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.'. CONVENIO DE ASISTENCIA JUDICIAL
En la ciudad de San Felipe, a treinta días del mes de\
septiembre del afio mil novecientos ochenta y cinco. entrela Ilustre Municipalidad de c~temu ,representada porsu Al~alde, don Carlos Gasmuri Solo de Saldivar y la CorpQ
,
raciOn de AsistenciaJudicial de la RegiOn de Valparalso.
representada por su Presidente, don C~sar Lizana Berguecio.Secre~ario Regional Ministerial de Justicia de la Va. Re-giOn
CONSIDERANUO:
~ PRIMERO: Que la Ilustre Municipalidad de CiJ.-temu .. dela Provincia de San Felipe de Aconcagua, se encuentra em-peñada en llevar adelante un programa de asistencia jur1-dicay judicial gratuita en favor de los habitantes de es
casos recursos de su territorio jurisdiccional;
SEGUNDO:Que este propósito se inscribe y busca dar concreción al objetivo constitucional de otorgar asesonamiento
jurldico y defensa judicial a quienes no puedan procur~r-selos con sus solos medios;
'!1,
'-'"
TERCERO:Que la Corporación de Asistencia Judicial ~e la R!
9i6n de Valpara1so. persona jur1dica de qerecho pú~lico. creada por la ley N2 17.995. es una entidad altamel)te cap2.
citada para la realizaci6n de un programa semejante y cue~ta con una trayectoriay experiencia en la materia públic!mente reconocidas.
ACUERDAN:
PRIMERO: La Corporación de Asistencia Judicial de la Regiónde Valparalso. representada como se ha mencionado. por suPresidente. el señor Secretario Regional Ministerial de Jus
i.J? -
2. -
"'.
ticia de la Va. RegiOn de Valparalso, se compromete a:
a) Dispensar asesoría jurídica y defensa judicial gr~tuita a los habitantes de escasos recursos de la co
muna de Catcmu ,según pautas de selecci6n quese convendr~n en un Anexo del presente Convenio, elcual, una vez suscrito, se considerar~ parte inte-grante del presente instrumento;
.b) Ofrecer esta asistencia por intermedio del Consult~
rio Jurídico que tiene instalado y en funfionamie~to en la ciudad de San Felipe, sin perjuicio de efef
tuar visitas a la comuna de ~céltemu para losmismo fines, cada quince días;
- c) Incrementar el número de profesionales Que se dese~
peñan en el mencionado Consultorio conforme lo De!mitan los aportes que recibir~ para estos prop6si-.
tos del municipio contratante y dem~s de la provi~cia de San Felipe de Aconcagua con los que concluyaconvenios similares;
d) Colocar su infraestructura administrativa, y. en lamedida de lo posible, los bienes y recursos materi~les de que dispone, al servicio de los objetivosenunciados.
~
SEGUNDO: La Ilustre Municipalidad de Catemu ,represe.!!tada según se ha hecho mención por su señor Alcalde, asume.por su parte. los siguientes compromisos: '.\
l,
a) Aportar mensualmente a la Corporaci6n de,¡~sistencia
Judicial de la RegiOn de Valpara1so el equivalente
de UF 4,3.- (cuatro coma tres unidades de fomento);
'b) Facilitar al profesional Que efectúe la visita qui.!!cenal a la comuna, una oficina habilitada para larecepción y atención de quienes soliciten su asis-tencia jur1dica;
c) Contribuir, sin perjuicio de lo anterior, en la me-
3.--.
dida de lo posible, con las facilidades materiales
a su alcance susceptibles de contribuir al mejor l~
gro de los objetivos que se persiguen con la celebra
ción del presente Convenio.
TERCERO: El aporte mensual a que se compromete el municipio
ser~ enterado a la Dirección General de la Corporaci6n de
Asistencia Judicial de la Región de Valparalso. con domicl
lio ~n dicha ciudad, calle Prat NQ 814, oficina NQ 509. de~
tro de los primeros quince d1as de cada uno de los meses
a que se extienda la vigencia del Convenio.
CUARTO: El presente Convenio comenzard a regir el día prl
mero de noviembre próximo y tendr~ una vigencia de un año
contado desde la misma fecha.--
QUINTO: Sin perjuicio de lo anterior, el t~rmino de vige~
cia del Convenio se entender~ prorrogado t~cita. autom~tl
ca y sucesivamente, por periodos de un año cada uno de ellos,
si ninguna de .las partes contratantes diere aviso a la otra
de intención de ponerle t~rmino mediante comunicaci6n envi!
da con tres meses de anterioridad, a lo menos, a la fecha
de expiración del Convenio o del perIodo de próproga auto
m~tica del mismo que estuviere en curso, en su caso.
"-"'
SEXTO: Cualquierduda o problema que suscite la intelige~
cia o aplicación del presente Convenio sera resueLta. encalidad de ~rbitro arbitrador, por el señor Gobennador de
. la Provinciade San Felipe de Aconcagua,sin forma de julc i o'. y re n u nc i a n d o 1 a s par t e s a i n ter pon e r con t r a s u s d i c
t~menes o resoluciones cualquier clase de recursos.
Para constancia, y previa lectura, lo ratifican y fi~
manoficiando como testigo de loybrado el señor Goberna-dor de la Provincia tde San Fe! W"e de Aconcagua.
E SALOIVAR
'/
. 4.-. .
CESAR~ANA BERGUECIOSECRETARIORE~ONAL MINISTERIAL
Va. REGIONPRESIDENTE DE LA CORPORACIONDE
JUDICIAL DE LA REGION DE VAL
DE JUSTICIA
SISTENCIA
RAISO
-
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