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Expediente N. J-2015-00038

NCASH

AUTO N. 1

Lima, seis de abril de dos mil quinceVISTO el Oficio N. 08-2002-10-S-SPE-CSJR, recibido el 31 de marzo de 2015, y remitido por rika Esther Ayala Miranda, secretaria de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica.

CONSIDERANDO

1. Mediante el Oficio N. 977-2015-SG/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones, solicit informacin a la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica, en relacin al estado actual del cuaderno de apelacin deducido por la Procuradura Pblica Descentralizada en delitos de corrupcin de funcionarios en contra de la resolucin emitida en primera instancia que declar procedente la rehabilitacin del sentenciado Waldo Ros Salcedo, por el delito de cohecho pasivo impropio y receptacin en perjuicio del Estado y tramitado en el Expediente N. 08-2002-10.2. En mrito de la informacin solicitada a la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica, es que mediante el oficio del visto, se pone en conocimiento que, con fecha 2 de marzo de 2015, se emiti el respectivo dictamen fiscal supremo, siendo el caso que, desde el 31 de marzo de 2015, el expediente se encuentra en el rea de relatora a fin de sealarse fecha de vista de la causa y se emita un pronunciamiento sobre el fondo.3. En ese sentido, este rgano colegiado teniendo en cuenta los acontecimientos relacionados con el presente caso y que guardan relacin con el ciudadano Waldo Ros Salcedo, proclamado como Presidente Regional de ncash, estima conveniente, exhortar a la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica, a que actu con celeridad en la tramitacin del Expediente N. 08-2002-10, y emita pronunciamiento sobre el recurso de apelacin interpuesto por la Procuradura Pblica Descentralizada en el ms breve plazo.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,RESUELVE

Artculo nico.- EXHORTAR a la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica, a que tramite y ersuekva con celeridad, la causa seguida en el Expediente N. 08-2002-10, a fin de que emita pronunciamiento sobre el recurso de apelacin interpuesto por la Procuradura Pblica Descentralizada en el ms breve plazo.Regstrese, comunquese y publquese.

SS.

TVARA CRDOVAFERNNDEZ ALARCN

AYVAR CARRASCO

CORNEJO GUERRERO

RODRGUEZ VLEZ

Marallano MuroSecretaria General(e)

mammPAGE 1