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Intoxicación aguda por ingesta no intencional de cannabis en niños. A propósito de la nueva Legislación vigente en Uruguay. De León, Nancy B ; Rodriguez, Andrea; Pose, Federico Pascale, Antonio; Laborde, Amalia. C.I.A.T. Departamento de Toxicología, Hospital de Clínicas. Facultad de Medicina, UDELAR. Teléfono: (+598) 24840000 E-mail: [email protected]

Ingesta cannabis niños

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Intoxicación aguda por ingesta no

intencional de cannabis en niños.

A propósito de la nueva Legislación

vigente en Uruguay.

De León, Nancy B; Rodriguez, Andrea; Pose, Federico

Pascale, Antonio; Laborde, Amalia.

C.I.A.T. Departamento de Toxicología, Hospital de Clínicas.

Facultad de Medicina, UDELAR.

Teléfono: (+598) 24840000

E-mail: [email protected]

Introducción

En el año 2013 se reguló por ley la producción,

comercialización y distribución del cannabis en

Uruguay.

En otros países con marcos regulatorios similares surgió

preocupación por incremento del número de consultas

pediátricas por exposición no intencional a la planta y

derivados.

La toxicovigilancia resulta una estrategia importante

con el fin de monitorear posibles repercusiones de la

nueva Ley.

Objetivo

Presentar un caso clínico de intoxicación

aguda por cannabis en un niño cuya consulta

fue recibida en el Centro de Información y

Asesoramiento Toxicológico (C.I.A.T) en julio

del corriente año.

Caso clínico

Lactante de 11 meses, sana, presentó episodio de

sofocación, irritabilidad y depresión de conciencia

progresiva por lo que los padres consultaron UEM.

Surge de su relato, cultivadores de cannabis, que la

encontraron con restos de flores de la planta en

cavidad oral, habiendo ingerido parte de la misma.

A las dos horas durante traslado, presenta episodio

de mirada fija con retroversión ocular, sin

movimientos anormales y sin pérdida de control

esfinteriano que cede de manera espontanea.

Caso clínico

Al ingreso en emergencia:

Vigil, GCS 10, midriasis bilateral, hipertonía de los 4 miembros,

frialdad periférica, frecuencia cardíaca inicial de 200 ciclos por

minuto, presión arterial 90/50 mmHg.

Se realizó vaciamiento gástrico y carbón activado sin

protección de vía aérea.

A las 5 horas reitera episodio de similares características

que se interpreta como convulsión y cede con diazepam

10 mg intravenoso.

Mejora nivel de conciencia permaneciendo asintomática

a las 12 hs.

Caso clínico

Se solicitó: ionograma, glicemia, FR, F y E Hepático,

CPK total; los cuales fueron normales.

Se obtiene por determinación de metabolitos en

orina (inmunoensayo):

Cannabinoides positivos y benzoilecgonina negativa.

Los cannabinoides en orina fueron positivos hasta el

cuarto día de la exposición, otorgándose el alta.

Exposición no intencional a

cannabis en niños.

Intoxicación aguda: ingesta (v.g. cigarrillo, galletas

caramelos, bebidas)

Cuadro clínico potencialmente grave: agitación,

alucinaciones, vómitos, midriasis, taquicardia, coma y

depresión respiratoria.

La clínica presentada en éste caso es compatible con la

ingesta de cannabis y se explica por el mecanismo de

acción de los cannabinoides en el sistema nervioso

central en desarrollo.

En Colorado, el porcentaje de THC en la marihuana disponible para la

venta oscila entre 19% y 30%

Las manifestaciones clínicas reportadas por el Centro Regional de

Intoxicaciones de Colorado (RPC) en niños menores de 10 años (n=163

casos):

Somnolencia / letargo (80 [49%])

Ataxia / mareos (20 [12%])

Agitación (13 [8%])

Vómitos (8 [5%])

Taquicardia (9 [6%])

Distonías /rigidez muscular (4 [2%])

Depresión respiratoria (4 [2%])

Bradicardia /hipotensión (4 [2%])

Convulsiones (5 [3%])

28 % Asintomáticos

46% Síntomas menores

11% síntomas moderados

3% Síntomas graves

1 muerte, miocarditis, causalidad

con THC, + no esta claro

JAMA Pediatr. doi:10.1001/jamapediatrics.2016.0971

Published online July 25, 2016.

Exposición no intencional a

cannabis en niños.

Estadística del CIAT

17 casos reportados de exposición a marihuana entre el

2010-2012.

12 adolescentes (entre 8-14 años):5 consultas por

consumo de marihuana, 4 pacientes asocian consumo

con alcohol etílico, 1 con benzodiazepinas y alcohol, 1

con cocaína y alcohol y 1 con cocaína.

5 consultas por niños (entre 8 meses a 4 años): 3 por

ingesta de cigarrillo de marihuana y 2 casos por

screening positivo en orina.

De los 3 casos de ingesta de cigarrillo de marihuana

ninguno presentó clínica.

Principales aspectos de

la Ley de regulación del

Cannabis en Uruguay

Ley Nº 19.172

La regulación de la marihuana fue

presentada como medida para:

Hacer frente a la creciente percepción de

inseguridad ciudadana reducir la influencia del

crimen organizado ligada al narcotráfico.

Regular la producción, comercialización y consumo

de cannabis y sus derivados en el país.

Autoriza:

La plantación, producción y comercialización de

cannabis de efecto psicoactivo para el uso

recreativo y médico–terapéutico.

Impacto del proyecto regulatorio en

la salud pública:

Prohíbe:

- Fumar en lugares cerrados de uso público, ambientes

educativos y de trabajo, instituciones sanitarias y deportivas.

- El consumo en situaciones de reconocido riesgo (conducción

y tránsito, ambiente de trabajo)

- Prohíbe la publicidad del cannabis.

Dispone de dispositivos de tratamiento para el consumo

problemático de cannabis así como de políticas y programas

de prevención.

Obligatoriedad en la inclusión de la temática (UPD) en los

diferentes planes de estudio.

Política de educación e información sobre riesgos del consumo

de cannabis y de todas las drogas.

Vías de obtención de la marihuana

1 - Cultivo doméstico (Autocultivo):

Hasta 6 plantas de marihuana por hogar.

Cosecha anual de 480 gramos o 40 gramos por mes.

Inscripción en registro del IRCCA –Instituto de

Regulación y Control de Cannabis.

Un cultivo doméstico por persona.

Vías de obtención de la marihuana

2 - Clubes de Membrecía o “Clubes Cannábicos”

Tienen por objeto exclusivo la plantación, cultivo y

cosecha de plantas de cannabis de efecto psicoactivo.

Se conforman con un mínimo de 15 a máximo de 45

miembros.

La Asociación debe registrarse y es responsable del

registro de sus miembros.

Pueden cultivar hasta 99 plantas.

Cada miembro puede percibir hasta 480 gramos por año.

3- Venta en Farmacias (Aún no puesta en marcha):

El consumidor registrado puede adquirir hasta 40 gramos

por mes o 480 gramos por año.

Los precios serán regulados por el Gobierno.

Instituto de Regulación y

Control del Cannabis - IRCCA

Tiene por finalidad:

Regular las tres vías legales de obtención de la

marihuana.

Promover y proponer acciones tendientes a reducir los

riesgos y los daños asociados al uso problemático de

cannabis, de acuerdo a las políticas definidas por la

Junta Nacional de Drogas.

Conclusión

La mayor disponibilidad de cannabis y derivados en el

hogar, ante la nueva legislación supone un riesgo de

exposición mayor en niños, pudiendo ocasionar

intoxicaciones agudas potencialmente graves.

Medidas preventivas tendientes a evitar las mismas

deben formar parte de los programas sanitarios

incluidos en la Ley.

El uso de marihuana medicinal y recreacional

favorecería el acceso de los niños a productos sólidos

y líquidos conteniendo marihuana (galletas,

brownies, bebidas).

«El incremento de la exposición no intencional a un

agente secundario a un aumento de su

disponibilidad o visibilidad (en un ambiente) es una

lección consistente en toxicología».

Necesidad de programas de prevención.

Hurley et al, JAMA Pediatrics 2013

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN…

Punta Ballena. Maldonado