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ABC MINERO Documento de apoyo para el proceso de consulta previa del “proyecto de ley por medio del cual se reforma el código de minas y se dictan otras disposiciones”.

Abc Minero

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ABC MINERODocumento de apoyo para el proceso de consulta previa del “proyecto de ley por medio del cual se reforma el código de minas y se dictan otras disposiciones”.

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Ministerio de Minas y Energía

Federico RengifoMinistro

Germán Eduardo Quintero RojasViceministro de Minas (e)

Eduardo Junguito CamachoOficina de Asuntos Ambientales y Sociales

Ricardo SantamaríaGrupo de Comunicaciones y Prensa

Colaboradores:Alejandro Riveros GonzálezGermán Guillermo Erasso CamachoJimena Trujillo MolanoLina María Gil RestrepoLorena Bolivar HerreraMoisés Alberto Villafaña IzquierdoOmar O. Duarte R.

Diseño gráficoClaudia Noreña Botero

Bogotá - ColombiaDiciembre 2012

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PRESENTACIÓN

Esta cartilla es el resultado de un esfuerzo por presen-tar de manera sencilla y didáctica los conceptos, ideas y términos que se utilizan en los procesos de prospec-ción, exploración, explotación, beneficio, transporte y comercialización de minerales, los cuales serán útiles para comprender cómo funciona la industria minera en nuestro país, su importancia y la legislación vigente al respecto.

Se debe tener en cuenta que la minería es una actividad que tiene efectos sociales, culturales, políticos, territoria-les, económicos y ambientales, por lo que es preciso co-nocerla en detalle con el fin de mejorar las condiciones bajo las cuales se realiza.

La minería es una actividad de vital importancia para el país, dado que genera numerosos recursos para los municipios, departamentos y la nación a través del pago de regalías, las cuales son utilizadas para la construc-ción de escuelas, plantas de agua potable, acueductos, alcantarillados, electrificación, vías y demás proyectos de inversión social.

Adicionalmente, gracias a la minería contamos con la disponibilidad de los materiales necesarios para nuestra vida diaria, tales como construcción de edificaciones e infraestructura, generación energética, utensilios para el hogar, producción de electrodomésticos, medicamentos, abonos, joyería, sal, entre otros.

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Minería, una práctica ancestral

Tradicionalmente se ha venido considerando que la minería está relacionada únicamente con la industria, esto sucede porque creemos que la minería se refiere solo a la extracción de minera-les de uso comercial, incluso equívocamente pensamos que en la vida del hombre campesino, del afrocolombiano o del indígena no se requiere de materiales diferentes a los que provienen de vegetales o animales.

Sin embargo, la minería es una actividad que existe desde los orí-genes de la humanidad. Los primeros habitantes utilizaban pie-dras para la fabricación de cuchillos, hachas, molinos, puntas de lanzas y flechas, materiales para las viviendas y en general, pro-ductos provenientes de la minería para cubrir sus necesidades.

Cada cultura ha necesitado resolver los diferentes problemas coti-dianos con la ayuda de minerales. En Colombia, la minería hizo parte de la vida de nuestros ancestros; por ejemplo, la sal fue parte esencial de la economía de los pueblos Muiscas y Tayro-nas; el oro fue usado para la fabricación de máscaras y objetos religiosos por parte de muchos pueblos indígenas y| comunida-des negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

Aún hoy, los pueblos indígenas y comunidades negras, afroco-lombianas, raizales, palenqueras y rom continúan trabajando di-versas formas de minería, tanto para su consumo como para su comercialización.

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CONCEPTOS BÁSICOS

1. ¿Qué es la minería?

Es el conjunto de actividades que realiza cualquier persona para conseguir los minerales que se encuentran en el suelo o subsuelo.

La minería es un proceso que comprende varias etapas (ciclo minero): prospección, exploración, construcción y montaje, ex-plotación, transporte y beneficio de minerales.

La minería siempre debe hacerse respetando el medio ambiente y haciendo buen uso de los recursos naturales renovables y no renovables.

Prospección:

La prospección es un proceso que busca establecer si exis-ten minerales en una zona determinada.

En esta etapa no se necesita título minero, pero se requiere que el interesado informe previamente al dueño, poseedor, tenedor o administrador del terreno, directamente o a tra-vés del alcalde del municipio correspondiente, para que se le permita su ingreso y se le asegure la reparación de los daños que se pudieren ocasionar.

Exploración:

Es la etapa en la que se busca confirmar qué minerales están presentes en un área determinada, su ubicación, can-tidad, calidad y posibilidades técnicas de extracción, así como el impacto ambiental y social del proyecto.

Construcción y montaje:

Es la etapa en la que se prepara toda la infraestructura re-querida para dar inicio a la etapa de explotación.

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Explotación:

Es la etapa donde se sacan o extraen los minerales y se preparan para su utilización y/o venta.

Beneficio y transformación:

El beneficio y transformación es la etapa en la que el mine-ral que se sacó se prepara para ser utilizado y/o vendido en el mercado.

Cierre y abandono de la mina:

Una vez se termina la explotación, se procede con el cierre de la mina, etapa dentro de la cual se retiran los equipos, y se restauran las excavaciones mineras, mitigando (disminu-yendo, aplacando, reduciendo) sus impactos ambientales.

2. ¿Qué es un mineral?

Los minerales son elementos sólidos formados naturalmente, com-puestos por estructuras llamadas cristales, con características físi-cas y químicas especiales.

3. ¿Qué es un yacimiento mineral?

Es el lugar donde se encuentra una formación o deposito de mi-nerales.

4. ¿Qué es una mina?

Una mina es un yacimiento mineral que puede ser explotado.

5. ¿Qué tipos de explotación minera hay?

Hay dos tipos de explotación minera:

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- Minería a cielo abierto:

Es la excavación que se realiza al aire libre, para sacar o extraer los minerales que se encuentran a poca profundi-dad o en la superficie.

- Minería subterránea:

Es la extracción y transporte de los minerales que se en-cuentran al interior de la montaña o a gran profundidad bajo el suelo y que se sacan a través de túneles que condu-cen a la superficie.

6. ¿Qué es el barequeo?

Es una actividad en la cual a través del lavado de arenas, y empleando solamente medios manuales (bateas), se obtienen los metales preciosos contenidos en éstas. En el barequeo no se usan motobombas, dragas excavadoras ni ninguna maquinaria.

7. ¿Qué es la extracción ocasional?

Una extracción es ocasional cuando se realiza por los propieta-rios del predio en donde se encuentran los minerales, para cons-truir o mejorar su vivienda e instalaciones en cantidades peque-ñas, a poca profundidad y por medios manuales (no se puede comercializar). Para adelantar una extracción ocasional no se necesita título minero, aunque los propietarios del predio están obligados a reparar los daños ambientales que causen y a rea-decuar el terreno explotado.

8. ¿Qué minerales se explotan en Colombia?

En Colombia se explotan minerales como el carbón, que se utiliza para producir energía; acero, arcillas, gravas y arenas, con los que se fabrican ladrillos y cemento; piedras preciosas y oro, que se utilizan en la joyería, y muchos otros minerales que se emplean en la producción de artículos de tecnología tales como celulares, computadores y televisores.

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9. ¿Quién puede hacer minería en Colombia?

Todas las personas (naturales o jurídicas), colombianas o extran-jeras, que cumplan con los requisitos que exige el Estado para adelantar la actividad minera.

10 ¿Quién es la autoridad minera?

La Agencia Nacional de Minería (ANM) es la encargada de la administración de los recursos minerales, por lo que es la respon-sable del trámite y otorgamiento de los contratos que permiten su exploración y explotación en Colombia.

TITULACIÓN MINERA

Los recursos minerales que se encuentran en el suelo y en el subsuelo son propiedad del Estado, por eso éste debe asegurar-se que sean utilizados para beneficio de todos los colombianos.

Así alguien sea propietario de una finca o de un lote, no es dueño de los minerales que se encuentren allí, y para su explotación, debe solicitar un título minero que autorice la exploración y ex-plotación de estos minerales.

1. ¿Qué es un contrato de concesión minera?

Es aquel acuerdo celebrado entre el Estado y cualquier persona o empresa, en el que se fijan las condiciones para adelantar la actividad minera. El contrato incorpora las etapas de explora-ción, construcción y montaje, y explotación. El Contrato tiene una duración de treinta años y puede ser prorrogado.

Como resultado de la celebración del contrato de concesión mi-nera, la autoridad otorga el permiso para explorar y explotar el suelo y el subsuelo. Las actividades mineras que se hagan sin esta

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autorización son ilegales y podrán ser sancionadas.

El contrato de concesión se celebra entre dos partes:

1. Concedente, el que concede el derecho a explotar la zona minera.

2. Concesionario, quien adquiere los derechos y obligacio-nes para explorar y explotar un yacimiento.

2. Entre las principales obligaciones del concesionario vale la pena destacar:

a. El concesionario deberá constituir una póliza de garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones mineras y ambientales, el pago de las multas y la caducidad del contrato, y mantenerla vigente durante el término de du-ración de éste y tres años más.

b. Pagar el canon superficiario durante las etapas de explo-ración y, construcción y montaje.

c. Pagar regalías durante la etapa de explotación.

d. Una vez finalizada la etapa de exploración, presentar para la aprobación de la autoridad minera, el Programa de Trabajos y Obras (PTO) a desarrollar durante las eta-pas de construcción y montaje y explotación.

e. Adelantar las labores de exploración según lo estableci-do en las guías minero ambientales.

f. Obtener la licencia ambiental requerida para dar inicio a las etapas de construcción y montaje y, explotación.

3. ¿Qué se debe hacer para obtener un contrato de con-cesión?

Si usted es una persona o una empresa (nacional o extranjera) y quiere obtener un contrato de concesión por parte del Estado, debe presentar la propuesta vía internet en la página www.

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ingeominas.gov.co y llevar los documentos de soporte al servicio geológico colombiano, a los grupos de trabajo regional o a las gobernaciones delegadas.

4. ¿Es suficiente el contrato de concesión para la explo-ración y explotación minera?

No; también se deben seguir guías minero ambientales en la etapa de exploración, y contar con una licencia ambiental para adelantar las etapas de construcción y montaje y, explotación.

5. ¿Qué es el canon superficiario?

Es el dinero que el concesionario le paga al Estado durante las etapas de exploración y construcción y montaje, y por las áreas que durante la etapa de explotación sean utilizadas para explo-raciones adicionales.

6. ¿Qué son las regalías?

Las regalías son los pagos que deben realizar los concesionarios como contraprestación por la extracción de minerales. Se paga de acuerdo al tipo de mineral que se extrae y a la cantidad extraída.

COMUNIDADES ÉTNICAS

Todos los explotadores o exploradores tienen la obligación de proteger los valores culturales, sociales y económicos de las co-munidades y grupos étnicos, y ocupantes reales y tradicionales del área donde se adelante la actividad.

Zonas Mineras Indígenas:

En los territorios indígenas podrán establecerse por la autoridad

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minera, zonas mineras indígenas en las cuales existirá un dere-cho de prelación para la obtención de contratos de concesión para estas comunidades. Adicionalmente, dentro de estas zonas podrán establecerse áreas restringidas en las que no podrán ade-lantarse actividades mineras, debido al especial significado cultu-ral, social y económicos que tienen para las comunidades.

Zonas Mineras de Comunidades Negras

En los territorios titulados como propiedad colectiva de comunida-des negras, podrán establecerse zonas mineras especiales dentro de las cuales estas comunidades podrán ejercer un derecho de prelación para la obtención de contratos de concesión minera.

¿Qué es el derecho de prelación?

Las comunidades étnicas tendrán preferencia para obtener títulos de concesión para explorar y explotar los minerales que están en una zona minera indígena o de comunidades negras.

Dentro de estas zonas también pueden realizar minería las per-sonas que no hagan parte de estas comunidades indígenas o negras, siempre y cuando estas comunidades no hayan hecho uso del derecho de prelación.

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