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MÓDULO: GESTIÓN DE PROCESOS ADUANEROS EN EL COMERCIO EXTERIOR. 2da Unidad ¨Gestión de Operaciones del Comercio Exterior ¨ Acuerdos Comerciales Operaciones bancarias del COMEX Daniella De Luca N. MBA

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MÓDULO: GESTIÓN DE PROCESOS ADUANEROS

EN EL COMERCIO EXTERIOR.

2da Unidad ¨Gestión de Operaciones del Comercio Exterior ¨

Acuerdos ComercialesOperaciones bancarias del COMEX

Daniella De Luca N. MBA

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Formas de Pago:

Cobranza Bancaria

Cobranza Directa

Carta de Crédito

Pago Anticipado

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA Cobranza Bancaria

Es aquella en la cual los documentos respectivos de la mercancía son acompañados de una Letra de Cambio, cheque o pagaré, los que son entregados al comprador previo pago aceptación de estos. Este documento es entregado al Banco Comercial para que lo envíe o remita a un Banco ubicado en el País del girador (Proveedor) para su cobro o cancelación

Es importante destacar que con este tipo de documentos el Banco Comercial sólo cumple las instrucciones dadas por el girador y no existe responsabilidad alguna en lo relacionado con el pago.

La cobranza bancaria puede ser a la vista o a Plazo

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Cobranza Directa

Es aquella en que no existe intervención bancaria y la relación entre el proveedor extranjero y el importador Chileno es directa. De esta forma una vez que el exportador embarca las mercancías, envía directamente al importador todos los documentos que le permitirán a este último desaduanar las mercancías.

Esta forma de pago es utilizada frecuentemente cuando la relación que existe entre vendedor y comprador es de absoluta confianza.

OperacionesBancarias

DIAGRAMA DE FLUJO – COBRANZA

EXPORTADOR BANCO EXPORT. BANCO IMPORT. IMPORTADOR

NEGOCIACION ACEPTA CONDICIONES

EMBARCA LASMERCANCIAS Y

EMITE DOCUMENTOS DE

EMBARQUE

RECIBE DOCUMENTOS JUNTO A LETRA, PAGARE

O CHEQUE

REGISTRA COBRANZA YENVIA DOCUMENTOS AL

BANCO DEL IMPORTADOR

RECIBE DOCUMENTOS Y REGISTRA COBRANZA

EXTRANJERA Y ENTREGA A IMPORTADOR

RECIBE DOCUMENTOS PREVIO PAGO, O

ACEPTACION DE LETRA

DESADUANA LA MERCANCÍA

ENVIA AL BANCO EN EL EXTERIOR EL PAGO O LA

LETRA ACEPTADA

RECIBE EL PAGO O LALETRA ACEPTADA POR

EL COMPRADOR.

RECIBE EL PAGO DE LAS

MERCANCIAS EN COBRANZA A PLAZO

AL VENCIMIENTO INSTRUYE A SU BANCO

EL PAGO AL PROVEEDOR

ENVIA PAGO AL EXTERIORY CIERRA LA COBRANZA

RECIBE PAGO Y CIERRA LA COBRABZA.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Carta de Crédito

Es un instrumento de pago, mediante el cual el banco emisor, actuando a petición del importador se obliga a hacer el pago al beneficiario vendedor a través de otro banco (Banco notificador), ello contra la presentación de los documentos y cumplimiento de las condiciones establecidas en la misma carta de crédito.

La carta de crédito debe contener todas las condiciones claramente señaladas y fijadas entre el vendedor y el comprador.

El importador debe tener presente que este documento es un medio de financiamiento, puesto que es el banco quien cancela al proveedor extranjero, por lo que debe conocer los costos que involucra este crédito.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Tipos de Cartas de Crédito:

L/C Revocable : Es aquella que puede ser modificada por el banco emisor, Sin previo aviso al beneficiario, pudiendo aún proceder a su anulación.

L/C Irrevocable : Es aquella que sólo podrá ser modificada o anulada Previo consentimiento de todas las partes intervinientes en la operación

L/C Confirmada : Es aquella en que el Banco notificador se obliga pagar contra la negociación de los documentos y cumplimiento de los requisitos establecidos, si esperar el pago del banco emisor.

L/C a la vista : Es aquella que indica que el pago se efectuará contra la presentación de los documentos de embarque, siempre condicionado a que Ellos cumplan con todos los términos y condiciones indicadas.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Tipos de Cartas de Crédito:

L/C a plazo del proveedor: Es aquella que en sus condiciones estipula que el pago al exportador se efectúa al termino del plazo que este último le haya otorgado al importador, habitualmente este plazo está determinado por la fecha de embarque de las mercancías.

L/C Transferible :En aquella en que el beneficiario esta autorizado para transferirla a un tercero.

L/C Intransferible: Es aquella que solo cobrada por el beneficiario.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Etapas de una carta de Crédito :

Suscripción del contrato de compraventa El Importador solicita a su banco la emisión de una Carta de Crédito En banco emisor emite la carta de crédito y la notifica por intermedio de su corresponsal en el país del exportador. El banco notificador avisa al exportador que tiene una carta de crédito a su favor. El exportador realiza el embarque de las mercancías. El exportador presenta los documentos de embarque al banco notificador (confirmador) El banco confirmador, comprobado el cumplimiento de los términos y condiciones estipuladas, paga el valor de los documentos. El banco confirmador envía al banco emisor los documentos El banco emisor entrega los documentos de embarque al importador para que este pueda desaduanar las mercancías. A la fecha acordada, el importador paga al banco emisor el valor cancelado al exportador.

OperacionesBancarias

DIAGRAMA DE FLUJO – CARTA DE CREDITO

EXPORTADOR BANCO EXPORT. BANCO IMPORT. IMPORTADOR

RECIBE L/C Y PROCEDE AL EMBARQUE

SOLICITAEMISIÓN

EMBARCA LASMERCANCIAS Y

EMITE DOCUMENTOS DE

EMBARQUE

RECIBE L/C Y NOTIFICAA EXPORTADOR ,

CONFIRMANDOLA

RECIBE DOCUMENTOS Y VERIFICA CMPLIMIENTO

DE TODAS LAS CONDICIONES

EMITE L/C SEGÚN INSTRUCCIONES DEL

IMPORTADOR Y ENVIA ABANCO DEL PAIS

EXPORTADOR

RECIBE DOCUMENTOS PREVIO PAGO, O

ACEPTACION DE LETRA

DESADUANA LA MERCANCÍA

RECIBE DOCUMENTOS Y ENTREGA A IMPORTADOR

NEGOCIA L/C CONLOS DOCUMENTOS

REQUERIDOS

RECIBE LEVANTAMIENTO DE DISCREPANCIAS E INSTRUYE PAGO AL

EXPORTADOR RECIBE EL PAGO

DE LAS MERCANCIAS

NEGOCIACIÓN LIMPIAPAGA SU VALOR EL

EXPORTADOR Y ENVIADOCUMENTOS AL BANCO

EMISOR.

NEGOCIACION CON DISCREPANCIAS, ENVIA

DOCUMENTOS AL BANCOEMISOR, Y ESPERA

INSTRUCCIONES PARA PAGO.

RECIBE DOCUMENTOS Y SOLICITA LEVANTAMIENTO

DE DISCREPANCIAS

ACEPTA DISCREPANCIAS

PAGA AL EXPORTADOR

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Pago Anticipado

En comprador paga el valor de las mercancías a su proveedor con anterioridad a que este último embarque las mercancías.

En esta forma de pago el vendedor tiene la seguridad y garantía de recibir el pago de las mercancías vendidas.

Para el comprador tiene varias desventajas : Inmoviliza recursos financieros con anterioridad a la recepción de los

productos

No tiene seguridad ni garantías al cumplimiento de las condiciones del contrato o convenio de compra/venta.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Informes y Obligaciones con el Banco Central de Chile

Capitulo V - Compendio de Normas de Cambios Internaciones

Información Cambiaria de las Operaciones de Importación

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA Informes y Obligaciones con el Banco Central de Chile

1. Los importadores que hayan efectuado importaciones por un valor FOB igual o superior a US$ 5 millones, deberán informar sus operaciones al Banco Central de Chile

La información proporcionada por el Importador, debe corresponder a :

a) La totalidad de los pagos efectuados por sus operaciones de Importación, ya sea que correspondan a pagos anticipados o posteriores al embarque

b) Los saldos de las coberturas anticipadas y de las operaciones pendientes de pago.

c) Los planes de pago de cobranzas a mas de 1 año.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA Informes y Obligaciones con el Banco Central de Chile

En caso de un financiamiento proporcionado por personas domiciliadas o residentes en el exterior, distintas del proveedor, dicho crédito se deberá informar al amparo del Capítulo XIV del Compendio de Cambios Internacionales, que corresponde a las “Normas aplicables a los créditos, depósitos, inversiones y aportes de capital provenientes del exterior.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA Informes y Obligaciones con el Banco Central de Chile

2. Los importadores dejarán de informar al Banco Central en las siguientes situaciones :

a) Si pone término a su giro, en cuyo caso deberá acreditar este hecho.

b) Si en dos años calendario consecutivos sus importaciones no superan los US$ 5 millones anuales o si en forma anticipada aeste plazo no registra saldos de coberturas anticipadas y/o importaciones pendientes de pago.

3. Las personas que realicen las operaciones señaladas en este Capítulo V., deberán informar las modificaciones a las condiciones de ellas.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Impuesto Ley de Timbres y Estampillas.

Decreto Ley.3.475 de 04.09.1980.

Quedan afectas al pago del Impuesto de la Ley de timbres y estampillas todas las operaciones de Importación cuyo pago o remesa al exterior se ha girado con posterioridad a la fecha dela Declaración de Importación ( Declaración de Ingreso), cualquiera sea la modalidad de pago utilizada.

La tasa a aplicar es de un porcentaje sobre el valor de la remesaequivalente a un 0.134% por mes o fracción de él, con un tope máximo de 1.608% , contados desde la fecha de la Declaración de Importación hasta la fecha del pago.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Impuesto Ley de Timbres y Estampillas.

Formas de Pago del Impuesto.

Cualquiera sea el mecanismo o canal utilizado para la adquisición delas divisas, siempre debe ser informado el pago al Banco Central deChile a través de una Empresa Bancaria.

Si la compra se efectúa en el mercado bancario formal la notificaciónal Banco Central la realiza la empresa bancaria por medio de unaplanilla Egreso Comercio Visible.

Si la compra se efectúa en el mercado bancario informal la notificaciónse realiza por medio de la planilla de Cobertura de carácter estadístico.

OperacionesBancarias

INTERVENCIÓN BANCARIA

Impuesto Ley de Timbres y Estampillas.

Formas de Pago del Impuesto.

El proceso de cobertura incluye el pago de este impuesto el que es enterado al Fisco mediante retención que efectúa la Empresa Bancaria por la que se realiza la cobertura de cambios.

En caso de que no intervenga una entidad bancaria, el pago derealiza directamente mediante el formulario Nro.24 del Serviciode Impuestos Internos, señalando en la línea Nro.6 del formularioel código 213 y el monto del impuesto a cancelar.

MÓDULO: GESTIÓN DE PROCESOS ADUANEROS

EN EL COMERCIO EXTERIOR. Tutor: Daniella Deluca Unidad 2