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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS Y DE LA SALUD CARRERA DE BIOQUÍMICA Y FARMACIA LEGISLACION FARMACEUTICA Alumno: Jhon Jairo Rogel Rueda. Docente: Dr. Carlos García. Curso: 5 to Año de Bioquímica y Farmacia “B” Fecha: 21 de mayo de 2014 DEBERES DEL ESTADO DERECHO Definiciones Es la facultad de hacer o exigir lo que la ley establece a nuestro favor. Conjunto de principios y reglas a que están sometidas las relaciones humanas. Conjunto de normas reguladoras de la actividad de la administración pública. Clasificación del Derecho Derechos de libertad, llamados también derechos del hombre. Derechos sociales Derechos políticos Derechos administrativos Derechos de Libertad Los derechos del hombre constituyen la esfera de libertad que se encuentra protegida por la obligación que el estado se impone al abstenerse de ejecutar cualquier acto que lo obstruya.

Trabajo de legislacion farmaceutica

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Page 1: Trabajo de legislacion farmaceutica

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA

FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS Y DE LA SALUD

CARRERA DE BIOQUÍMICA Y FARMACIA

LEGISLACION FARMACEUTICA

Alumno: Jhon Jairo Rogel Rueda.

Docente: Dr. Carlos García.

Curso: 5to Año de Bioquímica y Farmacia “B”

Fecha: 21 de mayo de 2014

DEBERES DEL ESTADO

DERECHO

Definiciones

Es la facultad de hacer o exigir lo que la ley establece a nuestro favor.

Conjunto de principios y reglas a que están sometidas las relaciones humanas.

Conjunto de normas reguladoras de la actividad de la administración pública.

Clasificación del Derecho

Derechos de libertad, llamados también derechos del hombre.

Derechos sociales

Derechos políticos

Derechos administrativos

Derechos de Libertad

Los derechos del hombre constituyen la esfera de libertad que se encuentra protegida por la

obligación que el estado se impone al abstenerse de ejecutar cualquier acto que lo obstruya.

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Frente a estos derechos hace algún tiempo el estado y consecuentemente la administración,

quedaba reducidos a una actividad limitada, la de mantener el orden para evitar que el

derecho e uno, entre en conflicto con el derecho de os otros.

Derechos Sociales

La acción positiva de la que hablamos al tratar los derechos de libertad es la que da origen

practico a los llamados derechos sociales, en virtud de los cuales se recibe del estado

presentaciones o beneficios creados para la sociedad, en especial a aquellas clases sociales

que se encuentran en condiciones desfavorables en la lucha económica, también las que

protegen y dan seguridad al individuo en sus relaciones de trabajo y en su situación

económica, física, intelectual y moral.

Derechos Políticos

Se define como el poder de los individuos, en su carácter de miembros del estado, con una

calidad especial, la de ciudadanos, para intervenir en las funciones públicas o para

participar en la formación de la voluntad del estado.

DERECHO ADMINISTRATIVO

Estos derechos, a diferencia de los derechos de libertad, tienen un contenido mayormente

positivo. En el desarrollo normal de la actividad administrativa, esta clase de derecho están

comprendidos en ella todos los que tienden a obtener, una prestación especifica del Estado.

Como lo que ocurre con el sueldo o con la pensión del empleado público; los que tiene por

objeto la realización de actos jurídicos como lo son el otorgamiento de permisos o

autorizaciones para el aprovechamiento de los bienes públicos exclusivamente.

En la Constitución Política del país en su artículo 23, el estado reconoce los siguientes

derechos civiles:

El derecho a disponer de bienes y servicios, públicos y privados, de óptima calidad.

La inviolabilidad de la vida. No hay pena de muerte.

La integridad de la persona. Se prohíbe las penas crueles, las torturas y todo

procedimiento inhumano.

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La libertad de trabajo. Ninguna persona podrá ser obligada a realizar un trabajo

gratuito o forzoso.

La igualdad ante la ley. Todas las personas están consideradas iguales y gozaran de

los mismos derechos, libertades y oportunidades.

El derecho a la libertad de opinión y de expresión del pensamiento en todas sus

formas.

La inviolabilidad de domicilio.

La inviolabilidad y el secreto de la correspondencia.

El derecho a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación y nutrición,

agua potable, saneamiento ambiental; educación, trabajo, empleo, recreación,

vivienda, vestido y otros servicios sociales necesarios.

El derecho a vivir en un buen ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de

contaminación.

LA LEY

Nuestro Código Civil en su artículo 1, nos da el concepto de ley, diciendo que “es una

declaración de voluntad soberana que, manifestada, en la Constitución Política del Estado,

manda, prohíbe o permite”. De acuerdo con esta definición general y por analogía las leyes

administrativas son:

Imperativas

Prohibitivas

Permisivas.

CLASIFICACIÓN

LEYES IMPOSITIVAS

Son aquellas que el Estado impone al ciudadano ecuatoriano de una manera obligatoria. Así

el Derecho Administrativo, manda por ejemplo, al prestar caución al favor del Fisco, a los

funcionarios y empleados del sector público, encargados de la recepción, control, custodia e

inversión de los fondos públicos.

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LEYES PROHIBITIVAS

Son aquellas que prohíben determinados actos, que atentan contra el orden público, la

moral y las buenas costumbres. Así el derecho administrativo prohíbe recibir coimas, el

peculado o el soborno de los funcionarios públicos.

LEYES PERMISIVAS

Son aquellas, que no ordena y me prohíben hacer algo, sino que simplemente conceden

facultades para que las personas ejecuta en determinados actos, como por ejemplo, el

derecho de la libre asociación para formar empresas, qué en el ecuador toma el nombre de

Fundaciones, Partidos Políticos, Ongs, Corporaciones “sin fines de lucro” y otras que

manejan fondos públicos y privados.

CARACTERÍSTICAS DE LAS LEYES

Las características de las leyes administrativas son:

Generales

Permanentes

Impersonales

Conocidas por todos los ecuatorianos

LA LEY ES GENERAL

Es decir, la ley es para todos los ciudadanos sin excepción de persona alguna, de status o de

clase social, corbata, cuello blanco, raza, religión, milicia. Es decir, "la ley, no sólo rige

para los de poncho, sino para toda la idiosincrasia-ecuatoriana"

LA LEY ES PERMANENTE

La ley es estable en el tiempo, y que solo deja de tener vigencia, cuando se la derogue

expresa o tácitamente. En el Ecuador, el caos jurídico ocurre cuando se viola la Norma

Constitucional, con leyes de inferior categoría jurídica a discrecionalidad del aplicador o

sector de poder económico y político, y a vista y paciencia de los organismos del Ministerio

Publico y de control de recursos del Estado.

LA LEY ES IMPERSONAL

Page 5: Trabajo de legislacion farmaceutica

Es decir, que la ley no está dedicada a persona alguna, sino al colectivo social.

LA LEY ES CONOCIDA POR TODOS

La norma general es que “la ignorancia de la ley no excusa a persona alguna”, principio

jurídico que señala claramente que ninguna persona puede aducir incumplimiento a la ley

por desconocimiento dela misma.

LEYES ORGANICAS Y ORDINARIAS

Según el Art. 142 de la Constitución Política del Ecuador, las leyes serán orgánicas y

ordinarias.

LEYES ORGÁNICAS

Serán leyes orgánicas:

1. Las que regulan la organización y actividades de las Funciones Legislativas, Ejecutiva y

Judicial.

2. Las relativas al régimen de partidos.

3. Las que regulen las garantías de los derechos fundamentales y los procedimientos para su

protección. 4. Las que la constitución determine que se expidan con este carácter. Las leyes

orgánicas serán aprobadas, reformadas, derogadas o interpretadas por mayoría absoluta de

los integrantes del Congreso Nacional

LEYES ORDINARIAS

Todas aquellas leyes que no se establecen en los aspectos anteriores. Una ley ordinaria no

podrá modificar una ley orgánica ni prevalecer sobre ella, ni siquiera a título de ley

especial.

BIBLIOGRAFIA:

Libro Dra. Feijoó L. Legislación Farmacéutica. Pag 21-23