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Normativa laboral sobre la organización y las relaciones laborales en la empresa

Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

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Contenidos constitucionales de ambito laboral y su posterio desarrollo en leyes orgánicas y otras disposiciones con rango de ley

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Normativa laboral sobre la organización y las

relaciones laborales en la

empresa

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NORMAS LABORALES CONSTITUCIONALES

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Normas laborales constitucionales

La Constitución Española La Constitución Española (CE) es la norma fundamental de nuestro Ordenamiento Jurídico, a la que se somete nuestra normativa ordinaria.

La CE recoge múltiples principios que inspiran la normativa, y contiene preceptos de inmediata aplicación que determinan el reconocimiento de deter minados derechos de los ciudadanos.

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El artículo 28, reconoce los derechos fundamentales en el marco del Derecho del Trabajo : -  Libertad Sindical -  Derecho a la huelga 1.- “Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o instituciones armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos.

a.  La CA

Normas laborales constitucionales

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Normas laborales constitucionales

La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato”. 2.- “Se reconoce el derecho a huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.

a. La CA

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L a C E r e c o n o c e d e r e c h o s extraordinarios para el desarrollo de la vida social y económica, relacionados con el ámbito de regulación del Derecho del Trabajo, y de entre los que destaca el propio derecho al trabajo, reconocido en el art. 35 de la CE:

a. La CA

Normas laborales constitucionales

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Normas laborales constitucionales “Todos los españoles tienen el deber

de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”.

a. La CA

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Normas laborales constitucionales

Entre las reformas legislativas que han afectado al contenido del TRLET, se encuentran:

v La reforma laboral publicada en el BOE que contiene la ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

a. La Constitución Española

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Normas laborales constitucionales v La reforma laboral del Real Decreto

Ley 3/2012 de 10 de febrero y 3/2012 de 6 de julio de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, en vigor desde el 12 de febrero de 2012.

a. La CE

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Normas laborales constitucionales Siguiendo con la CE, en el artículo 37 se dice que:

-  “La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios”.

-  “También se reconoce, en ese mismo artículo, el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo, y se prevé que la Ley regule el ejercicio de este derecho,…

a. La CE

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…sin perjuicio de las limitaciones que pueda establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad”. El art. 38 de la CE de la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, estableciendo que los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la compañía general y en su caso de la planificación.

a. La CE

Normas laborales constitucionales

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Normas laborales constitucionales

La CE reserva al Estado, la regulación sobre el Derecho del Trabajo y el Derecho de la Seguridad Social, y otras materias son objeto de transferencia a las Comunidades Autónomas (CCAA). CC.AA (art.148 CE): -  Asistencia social -  Sanidad e higiene ESTADO: -  Legislación laboral -  Legislación de la Seguridad Social

a. La CE

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Normas laborales constitucionales En la CE otros aspectos que tienen relación :

Ø  Artículo 9.2: “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.

a. La CE

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Normas laborales constitucionales

Ø  Artículo 36: “La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y en funcionamiento de los colegios deberán ser democráticos”.

Ø  Artículo 41: “Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serían libres”.

a. La CE

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Normas laborales constitucionales Ø  Artículo 103: -  “La Administración Pública sirve con

objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”.

-  “Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley”.

a. La CE

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Normas laborales constitucionales

-  “La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones”.

a. La CE

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Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de

Libertad Sindical

(LOLS).

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Normas laborales constitucionales

Libertad sindical

Junto al Estatuto de los Trabajadores (TRLET) y la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), otra de las normas mas importantes en materia laboral que derivan de la Constitución es la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical (LOLS).

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Normas laborales constitucionales -  TÍTULO PRIMERO: De la libertad

sindical

-  TÍTULO II: Del régimen jurídico sindical

-  TÍTULO III: De la representatividad sindical

-  TÍTULO IV: De la acción sindical

-  TÍTULO V: De la tutela de la libertad sindical y represión de las conductas antisindicales.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales La LOLS tiene, además, cuatro Disposiciones Adicionales, una derogatoria y tres finales.

Por lo que se refiere al contenido de la LOLS, determina que la libertad sindical comprende los siguientes derechos:

v Derecho a fundar sindicatos sin autorización previa, así como el derecho a suspenderlos o a extinguirlos, por procedimientos democráticos.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

v Derecho a la afiliación a un sindicato de su elección a condición de observar los estatutos del mismo y/o a separarse del que estuviese afiliado, sin que nadie pueda ser obligado afiliarse a un sindicato.

v Derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato.

v Derecho a ejercer la actividad sindical.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

La LOLS determina los derechos de las Organizaciones Sindicales:

q  R e d a c t a r s u s e s t a t u t o s y r e g l a m e n t o , o r g a n i z a r s u administración interna y sus actividades y formular su programa de acción.

q C o n s t i t u i r f e d e r a c i o n e s , confederaciones y organizaciones internacionales, así como afiliarse a ellas y retirarse de las mismas.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

q  No ser suspendidas ni disueltas sino mediante resolución firme de la Autoridad Judicial, fundada en incumplimiento grave de las leyes.

q  El ejercicio de la actividad sindical en la empresa o fuera de ella, que comprenderá.

q  En todo caso, el derecho a la negociación colectiva,

q  al ejercicio del derecho de huelga, y a plantear conflictos individuales y colectivos

q  a la presentación de candidaturas para la elección de comités de empresas (…)

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

Los estatutos de un Sindicato constituyen el elemento esencial de su organización, y tendrán el contenido que haya sido aprobado por los órganos de representación de tal organización.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales Un ejemplo de esquema del contenido de unos estatutos sindicales puede ser el siguiente :

Definición y principios de la organización sindical

Afiliación al sindicato

Derechos y deberes de los afiliados

Estructura de la organización sindical

Órganos de dirección y representación

Órganos de control

Formas de participación con otras organizaciones sindicales

Acción sindical

Finanzas y administración

Formas de extinción de la organización

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales La LOLS, de acuerdo con lo

establecido en la propia CE, limita la libertad sindical a determinados colectivos, tales como los miembros de las fuerzas armadas, los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, o los jueces y magistrados.

T a m b i é n , d e t e r m i n a l a representatividad sindical y establece el concepto de sindicato mas representativo,

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

Entendiendo por tales, a nivel estatal, aquellos que acrediten una especial audiencia, expresada en la obtención, en dicho ámbito del 10% o más del total de delegados de personal de los miembros de los comités de empresa y de los correspondientes órganos de las Administraciones Públicas.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

A nivel de Comunidad Autónoma, t e n d r á n e l c a r á c t e r d e m a s representativos los sindicatos de dicho ámbito que acrediten en el mismo una especial audiencia expresada en la obtención de, al menos el 15% de los delegados de personal y de los representantes de los trabajadores en los comités de empresa, y en los órganos correspondientes de las Administraciones públicas, siempre que cuenten con un mínimo de 1.500 representantes y no estén confederados con organizaciones sindicales de ámbito estatal.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

Ejemplo: ¿Tendrá la consideración de sindicato más representativo un sindicato que en la CCAA de Cantabria tiene 1.700 representantes de los trabajadores en las empresas, lo que supone un 26% del total de esa CCAA, si en el ámbito estatal tiene un 8%? Respuesta: Tendrá la consideración de sindicato más representativo en la CCAA de Cantabria, pero no tendrá esa consideración a nivel estatal, ya que está por debajo, en ese ámbito, del 10% exigido.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales Reconoce también la LOLS el derecho a

la acción s ind ica l , as í como deter minados derechos a los trabajadores que ostenten cargos en las organizaciones s indicales mas representativas.

Singularmente, la LOLS establece que bien por acuerdo, bien a través de la negociación colectiva, se podrá establecer el número de delegados sindicales en las empresas, y que a falta de acuerdos específicos al respecto,

b. Libertad sindical

Page 31: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normas laborales constitucionales El número de delegados sindicales por

cada sección sindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10% de los votos en la elección al comité de e m p r e s a o a l ó r g a n o d e r e p r e s e n t a c i ó n e n l a s Administraciones Públ icas se determinará según la siguiente escala.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

De 250 a 750 trabajadores:

1

De 751 a 2.000 trabajadores:

2

De 2.001 a 5.000 trabajadores:

3

De 5.001 en adelante:

4

DELEGADOS SINDICALES

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

b. Libertad sindical

Por lo que se refiere a la acción sindical, tal como establece la LOLS, los trabajadores a un sindicato podrán, en el ámbito de la empresa o centro de trabajo: a)  Constituir secciones sindicales de

conformidad con lo establecido en los estatutos del sindicato.

b)  Celebrar reuniones, previa notificación al empresario, recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la empresa.

c)  Recibir la información que le remita su sindicato.

Page 34: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normas laborales constitucionales b. Libertad

sindical Sin perjuicio de lo que se establezca mediante convenio colectivo, las secciones sindicales de los sindicatos mas representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones Públicas o cuenten con delegados de personal, tendrán los siguientes derechos:

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Normas laborales constitucionales

v Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que puedan interesar a los afiliados al sindicato y a los trabajadores en general, la empresa pondrá a su disposición un tablón de anuncios que deberá situarse en el centro de trabajo y en lugar donde se garantice un adecuado acceso al mismo de los trabajadores.

b. Libertad sindical

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Normas laborales constitucionales

b. Libertad sindical

v A la negociación colectiva, en los términos establecidos en su legislación específica.

v A la utilización de un local adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de t r a b a j o c o n m á s d e 2 5 0 trabajadores.

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Normas laborales constitucionales

b. Libertad sindical

Derechos de las secciones sindicales:

-  Tablón de anuncios

-  Negociación colectiva

-  Local adecuado (+250 T)

Ejemplo: En una empresa de 850 trabajadores va a constituirse una sección sindical, y se plantea cuántos delegados podrá tener .

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Normas laborales constitucionales

b. Libertad sindical

Esta sección sindical podrá contar con dos delegados sindicales, en los términos establecidos en la lols, siempre que no haya algún acuerdo específico en esta materia.

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Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de

Prevención Riesgos

Laborales (LPRL).

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Normas laborales constitucionales

Se entiende por prevención de riesgos laborales el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de una empresa con la finalidad de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo, realizando para ello las labores de análisis y evaluación, mediante un conjunto de técnicas, de las modificaciones de todo tipo (mecánicas, físicas, etc.) que se producen en el medio laboral, determinando así el modo que afectan a la salud y la seguridad de los trabajadores.

c. Prevención de riesgos laborales

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Normas laborales constitucionales

En los principios rectores de la política social y económica el artículo 40.2 de la CE encomienda a los poderes públicos, el mandato de velar por la seguridad e higiene en el trabajo, lo que conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su actividad.

La LPRL es el marco general en el que habrán de desarrollarse las distintas acciones preventivas

c. Prevención de riesgos laborales

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Normas laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

En el artículo 118 a) del Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea (Acta única), ordena a los Estados miembros que promuevan la mejora del medio de trabajo; para conseguir el objetivo, se refuerza en el tratado y se plasma en distintas directivas de armonización las condiciones de seguridad de los trabajadores.

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Normas laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

La LPRL traspone al Derecho español las directivas comunitarias y tiene determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades para establecer un nivel de protección de la salud de los trabajadores en el ámbito laboral a la protección de su salud e integridad, y del establecimiento de las diversas obligaciones que, garantizarán el derecho, así como las actuaciones de las Administraciones públicas que puedan incidir positivamente en la consecución de dicho objetivo.

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Normas laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

Sintesis del contenido de la LPRL: v  El ámbito de aplicación de la ley

incluye tanto a los trabajadores vinculados por una relación laboral, como al personal civil con relación de carácter administrativo o estatutario al servicio de las Admones. Públicas, así como a los socios trabajadores de los distintos tipos de cooperativas, sin mas exclusiones que las correspondientes, en el ámbito de la función pública, a determinadas actividades de policía, seguridad, resguardo aduanero…

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Normas laborales constitucionales

c. prevención de riesgos laborales

…, peritaje forense y protección civil cuyas particularidades impidan la aplicación de la ley , la cual inspirará, no obstante, la normativa especifica que se dicte para salvaguardar la seguridad y la salud de los trabajadores.

En dichas actividades, la LPRL prevé su adaptación a las características propias de los centros y establecimientos militares y de los establecimientos penitenciarios.

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Normas laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, mas o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales, y mas aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas. La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias,

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Normativa laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

La ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados básicos del nuevo enfoque en la prevención de riesgos laborales que la LPRL plantea. Y j u n t o a e l l o , h a d e e s t a r necesariamente la información y la formación de los trabajadores dirigida a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo, como de la forma de prevenirlos y evitarlos,

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Normativa laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan.

En el capitulo III de la LPRL, regula:

o  el conjunto de derechos y obligaciones derivados o correlativos al derecho básico de los trabajadores a su protección,

o  las actuaciones a desarrollar en situaciones de emergencia o en caso de riesgo grave e inminente,

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Normativa laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

o  Las garantías y derechos relacionados con la vigilancia de la salud de los trabajadores, con especial atención a la protección de la confidencialidad y el respeto a la intimidad en el tratamiento de estas actuaciones

o  Las medidas particulares a adoptar en relación con categorías especificas de trabajadores, tales como los jóvenes, las personas con discapacidad, trabajadoras embarazadas o que han dado a luz recientemente y los trabajadores sujetos a relaciones laborales de carácter temporal.

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

Entre las obligaciones empresariales que establece la ley, además de las que implícitamente lleva consigo la garantía de los derechos reconocidos al trabajador, están:

o  el deber de coordinación que se les exige a los empresarios que desarrollen sus actividades de un mismo centro de trabajo, o a aquellos que contraten o subcontraten la realización en sus propios centros de trabajo o en obras y servicios correspondientes a su actividad de vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención.

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

Un instrumento fundamental de la acción preventiva en la empresa es la obligación regulada en el capítulo IV de estructurar dicha acción a través de la actuación de uno o varios trabajadores de la empresa específicamente designados para ello, de la constitución de un servicio de prevención o del recurso a un servicio de prevención ajeno a la empresa.

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

El capitulo V regula de forma detallada los derechos de consulta y participación de los trabajadores, en relación con las cuestiones que afectan a la seguridad y salud en el trabajo. Partiendo del sistema de representación colectiva vigente en nuestro país, la LPRL a los denominados delegados de prevención -elegidos por y entre los representantes del personal en el ámbito de los respectivos órganos de representación-, les atribuye:

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

“El ejercicio de las funciones especializadas en materia de prevención de riesgos en el trabajo otorgándoles para ello las competencias, facultades y garantías necesarias”.

Junto a ello el comité de seguridad y salud, se configura como el órgano de encuentro entre dichos representantes y el empresario para el desarrollo de una participación equilibrada en materia de prevención de riesgos. Todo ello sin prejuicio de las posibilidades que otorga la ley a la negociación colectiva para articular de manera diferente los instrumentos de participación de los trabajadores.

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

El capitulo VI regula las obligaciones básicas que afectan a los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo.

El capítulo VII contiene la regulación de la responsabilidades y sanciones que debe garantizar su cumplimiento, incluyendo la tipificación a las infracciones y el régimen sancionador correspondiente.

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

La LPRL cuenta con un gran numero de normas reglamentarias de desarrollo que han permitido configurar un tejido regulador muy intenso en las distintas áreas de regulación, de entre las que podemos destacar:

Page 56: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

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Prevención de riesgos laborales

Servicios de prevención

Lugares de trabajo

Señalización

Accidentes de trabajo

Equipos de protección individual

Enfermedades profesionales

Page 57: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

Por otra parte, la administración publica tiene un papel muy destacado en la ejecución de la normativa de prevención de riesgos laborales y en el control del cumplimiento de la misma, de manera que los vigentes TRLISOS(1) contiene el catalogo de infracciones y sanciones en esta materia, y la ley 42/1997, ordenadora de la inspección de trabajo y seguridad social atribuye a este organismo el control de la normativa vigente reguladora de la prevención de riesgos laborales,

(1) Texto Refundido Ley de infracciones y Sanciones del orden social

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

Así como, en su caso, la adopción de las medidas necesarias en caso de incumplimiento por parte de los empresarios de esta normativa. En definitiva, la asunción de los RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO PUEDEN PROVOCAR: -  Accidentes de trabajo -  Enfermedades profesionales -  Otros daños para la salud de los

trabajadores, tales como fatiga, estrés o insatisfacción laboral entre otros.

Page 59: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

La constatación de que tales riesgos, y su actualización, provocan repercusiones en la economía y en el funcionamiento de las empresas, por lo que debe establecerse una actividad preventiva que permita la eliminación de los riesgos cuando sea posible y, en todo caso, su minimización.

Esta actividad preventiva puede esquematizarse del siguiente modo:

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

PLAN DE PREVENCION

EVALUACIÓN DE LOS

RIESGOS

PLANFICACIÓN Y EJECUCIÓN

DE LA PREVENCIÓN

SEGUIMIENTO, CONTROL Y

ADAPTACIÓN

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

En los artículos 33 a 40 de la LPRL se regu la la representac ión y participación de los trabajadores:

Empresas con + de 6

trabajadores

50 o mas trabajadores

Delegados de Prevención

Comité de Seguridad y Salud

Menos de 50 trabajadores Delegados de Prevención

Page 62: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

Los Delegados de Prevención serán d e s i g n a d o s p o r y e n t r e l o s representantes del personal, con arreglo a la siguiente escala:

De 50 a 100 trabajadores 2 Delegados de Prevención De 101 a 500 trabajadores 3 Delegados de Prevención De 501 a 1.000 trabajadores 4 Delegados de Prevención De 1.001 a 2.000 trabajadores 5 Delegados de Prevención

De 2.001 a 3.000 trabajadores 6 Delegados de Prevención

De 3.001 a 4.000 trabajadores 7 Delegados de Prevención

De 4.000 en adelante 8 Delegados de Prevención

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

En empresas hasta 30 trabajadores: Delegado de Prevención = Delegado de Personal. En las empresas de 31 a 49 trabajadores habrá un Delegado de Prevención elegido por y entre los Delegados de Personal. El Comité de Seguridad y Salud estará formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra.

Page 64: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

La organización de la prevención en una empresa puede realizarse del siguiente modo:

Organización de la

Prevención (Empresario)

Seguridad Integrada

Formación

Información

Plan de Prevención

Servicio de Prevención

Page 65: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

Actuaciones que una empresa debe llevar a cabo en materia de prevención de riesgos laborales: o  Notificación e investigación de

accidentes o  Control de compras de equipos y

materiales o  Equipos de protección individual (EPI) o  Coordinación de actividades

empresariales y con empresas de trabajo temporal (ETT)

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Normativa laborales constitucionales

Prevención de riesgos laborales

o  Actuaciones en casos de emergencia

o  Actuaciones en caso de riesgo grave e inminente

o  Controles periódicos

o  Especial control de los trabajadores que requieren atención especial: embarazo, lactancia, discapacidad

o  Vigilancia de la salud

o  Formación e información a los trabajadores

Page 67: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normativa laborales constitucionales

c. Prevención de riesgos laborales

Documentación preceptiva que debe tener una empresa en materia de prevención de

riesgos laborales:

MATERIA DOCUMENTACIÓN

EVALUACIÓN DE RIESGOS

-  Evaluación de riesgos -  Procedimiento aplicado y

revisiones previstas -  Resultados

PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA

-  Planificación para el control de riesgos y previsiones ante cambios.

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Normativa laborales constitucionales

MATERIA DOCUMENTACIÓN

MEDIDAS Y MATERIAL DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN A ADOPTAR

-  Proyectos de instalaciones y equipos y manuales de instrucciones de los mismos.

-  Instrucciones de trabajo y normas de seguridad

-  Plan de emergencia -  Epi`s

RESULTADOS DE LOS CONTROLES PERIÓDICOS DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y DE LA ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES

- Revisiones de instalaciones, equipos y lugares de trabajo -  Observaciones del trabajo -  Actas de reuniones de prevención

Page 69: Régimen Jurídico de las Relaciones Laborales

Normativa laborales constitucionales

MATERIA DOCUMENTACIÓN

PRÁCTICA DE LOS CONTROLES DEL ESTADO DE SALUD DE LOS TRABAJADORES

-  Vigilancia de la salud. Registro de

los controles realizados -  Protocolos de reconocimientos

específicos (aplicados cuando sea necesario)

RELACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL CON INCAPACIDAD LABORAL SUPERIOR A UN DÍA

-  Registro y control de la siniestralidad -  Investigaciones de accidentes

acaecidos