27
NORMAS LEGALES DE LA EDUCACIÓN ARGENTINA Y BONAERENSE Perspectiva Política- Institucional Prof. Carlos Bernardez 2015

Power concurso nuevos directivos 2015

Embed Size (px)

Citation preview

NORMAS LEGALES DE LA EDUCACIÓN ARGENTINA Y BONAERENSE

Perspectiva Política-InstitucionalProf. Carlos Bernardez2015

COORDINADOR: Martins Monteiro DamiánSECRETARIO: Domínguez SantiagoDISEÑADORES: Ferrando Daniela Dobrovolsky JonathanGUIONISTAS: Martínez Lara Coló Borosky Facundo

RESPONSABLES DE ESTA PRESENTACIÓN

DEFINICIÓN DE EDUCACIÓN

Ley 26206 (Art. 2)

La educación y el conocimiento son un bien

público y un derechopersonal y social,

garantizados por el Estado.

RESPONSABLES DE LA EDUCACIÓN

ESTADO

Provincias y

Ciudad Autónom

a de Buenos Aires

Familias

Ley 26206 (Art. 4)

FINES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN

Construir una sociedad justaReafirmar la soberanía e identidad nacionalProfundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática y republicanaRespetar los derechos humanos y las libertades fundamentalesFortalecer el desarrollo económico-social sustentable de la Provincia en la Nación.

LEY 13688 (Art. 3)

OBLIGATORIEDAD Y GRATUIDADLa obligatoriedad escolar en todo el país desde la edad de cuatro años hasta finalización del nivel de la educación secundaria.La educación inicial comprende a los niños desde los 45 días hasta los 5 años de edad, siendo OBLIGATORIOS los dos últimos años.El nivel de educación primaria es obligatorio de 6 años de duración a partir de los 6 años de edad.El nivel de educación secundario es obligatorio, de 6 años de duración, destinada a todos aquellos que hayan terminado el nivel de educación primaria.Es deber del Estado asegurar la gratuidad de toda la Educación publica de Gestión Estatal

Ley 27045 (Art. 2)Ley 13688 (Art. 16, 25,27,28)

ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL Y BONAERENSE

JARDIN PRIMARIA SECUNDARIA SUPERIOR

8 Modalidades

Técnico Profesional Educación Artística Educación Especial

Educación Permanente de jóvenes y adultos

Educación Rural Educación intelectual bilingüe

Contexto de privación de Libertad Educación Domiciliaria Educación Hospitalaria Ley 26206 (Art.

122)

CARACTERÍSTICAS NIVEL SECUNDARIO

Obligatoria

Unidad Pedagógica

y Organizativ

a

Adolescentes

Cumplido Nivel

Primario

6 años de Duración

2 Ciclos

Ciclo Básico

Ciclo Orientad

o

Diferentes Áreas

• Del Conocimiento

• Del mundo Social

• Del Trabajo

Ley 26206 (art. 29)

Ley 13688 (art. 28)

OBJETIVOS DEL NIVEL

SECUNDARIO

Brindar una

formación ética

Formar sujetos responsables

Desarrollar y las capacidades de estudio

Desarrollar las

capacidades

necesarias los nuevos lenguajes

Vincular a los/as

estudiantes con el

mundo del trabajo

Promover la formación

corporal

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS DISTINTOS ACTORES

INSTITUCIONALES

DERECHOS DE LOS ALUMNOS:Recibir una educación integral e igualitaria

Ingresar, permanecer y egresar de todas las propuestas educativas publicas.

Ser protegidos contra toda agresión o abuso físico, psicológico o moral

Ser evaluados en su desempeño y logros.

Apoyo social, cultural, pedagógico y apoyo económico.

Tener acceso a la información publica.

Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional.

Integrar asociaciones, cooperativas, clubes infantiles y centro de estudiantes u organizaciones comunitarias.

Participar en la formulación de proyectos y elección de espacios curriculares complementarios.

Desarrollar sus aprendizajes en edificios, instalaciones y con equipamiento correspondiente.

Ser incluidos en el mismo turno horario que sus padres y/o hijos.

OBLIGACIONES Y/O RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS:Concurrir a la escuela hasta complementar la educación obligatoria.

Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo.

Asistir a clase regularmente y con puntualidad.

Participar en todas actividades formativas y complementarias.

Respetar la libertad de conciencia, convicciones y dignidad, la autoridad legitima, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar.

Respetar el P.I.E., cumplir las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.

Conservar y hacer un buen uso de las instilaciones, equipamiento y materiales didácticos del establecimiento educativo.

OBLIGACIONES DE LOS PADRES, MADRES O TUTORES DE ALUMNOS:

Hacer cumplir a sus hijos o representados la educación obligatoria.Asegurar la concurrencia de sus hijos o representados a los establecimientos.Seguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos.Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados.Respetar P.I.E. y cumplir las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.Contribuir al bueno uso de las instalaciones equipamiento y materiales didácticos del establecimiento educativo.

DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y/O TUTORES DE LOS ALUMNOS:

Ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación.Elegir, para sus hijos o representados, la institución que correspondan a sus convicciones educativas, pedagógicas, filosóficas, éticas o religiosas.Participar en las actividades de los establecimientos educativos.Ser informados periódicamente acerca de la evolución y evaluación del proceso educativo.Acceder información publica de modo libre y gratuito.Tener conocimiento y participar de la formulación de las pautas y normas que rigen la organización de la convivencia escolar.

OBLIGACIONES Y DERECHO DEL PERSONAL TECNICO, ADMINISTRATIVO, PROFESIONAL, AUXILIAR Y DE SERVICIO:Derecho a participar en el gobierno de las instituciones educativas.

Derecho a capacitación estatal gratuita.

Acceso a la información publica de modo libre y gratuito.

Estabilidad en el cargo titular.

Libre asociación y al respeto integral de todos sus derechos como ciudadanos

Participar en la actividad gremial.

Negociación colectiva paritaria.

Beneficios de seguridad social, jubilación, seguros y obra social.

Salario digno.

Acceso a programas de salud laboral y prevención.

Desarrollo de sus tareas en condiciones adecuadas.

DERECHOS DE LOS DOCENTES:Desarrollo de sus carreras profesionales y el ejercicio de la docencia.Capacitación estatal y gratuita.Acceso a cargos por concurso.Participación en los proyectos institucionales.Estabilidad en el cargo titular.Libre asociación y al respeto integral de todos sus derechos como ciudadano.Participar en la actividad gremialBeneficios de seguridad social, jubilación, seguros y obra socialSalario dignoAcceso a programas de salud laboral y prevención de enfermedades.Desarrollo de sus tareas en condiciones adecuadas.Participación en los procesos de diseño curricular

OBLIGACIONES DE LOS DOCENTES:

Respetar y hacer respetar los principios constitucionales, libertad de conciencia, la dignidad integridad e intimidad entre otros los de la presente ley, la normativa institucional y la que regula la tarea docente.Enseñar saberes y promover valores.Cumplir con los lineamientos de la política educativa provincial.A capacitarse y actualizarse en forma permanente.Ejercer su trabajo de manera idónea y responsable.Proteger, promover y reconocer el conocimiento y ejercicio de los derechos.

Cuidado de los alumnos

Trabajo en equipo

Enseñanza de valores

Formación continua

Innovación pedagógica

Acreditación de saberes

REGLAMENTACION DE LA DOCENCIA

INSTITUCIONES EDUCATIVASUNIDAD PEDAGOGICA

PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE

LOGROS DE OBJETIVOS

Favorece y Articula la participación de los distintos actores que constituyen la

comunidad Educativa.

Ley 26206 (Art. 17)

PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVADeben llevar adelante un proyecto compartido y de cooperación para alcanzar los fines de la institución.

La participación de la comunidad educativa es asegurada por la dirección general de Cultura y Educación.

Deberán contribuir a la construcción de una cultura institucional democrática.

Personal administrativo, técnico, auxiliar, social de la salud y de Servicio.

Participación de la comunidad Educativa

Ley 26206 (Art. 68)Decreto

2299 (Art 4,5,6)

EQUIPOS DE TRABAJO DE

LA INSTITUCIÓ

N.

EQUIPO ADMINISTRATIVO Y/O AUXILIAR DE LA EDUCACION.

EQUIPO DOCENTE.

EQUIPO DE CONDUCION INSTITUCIONAL.

Director

Vicedirector

Regente

Secretario

Director

Vicedirector

Regente

Secretario

Jefe de área/Jefe de departamento de integración curricular

Subjefe de área

Jefe de preceptores

Subjefe de preceptores

Jefe de medios de apoyo

Preceptor presidente

Cargos docentes de base

CARGOS DOCENTES DE BASE:PROFESOR- MAESTRO.

PRECEPTOR.

BIBLIOTECARIO.

ENCARGADO DE MEDIOS DE APOYO TÉCNICO PEDAGÓGICOS.

CARGOS TÉCNICO DOCENTES DE BASE.

TECNICOS DOCENTES DE BASE

Personal docente de base que cumple tareas docentes vinculadas a su habilitación profesional, en los siguientes cargos:

Medico.

Psicólogo de la modalidad especial

Fonoaudiólogo de la modalidad especial

Fonoaudiólogo de la modalidad psicológica comunitaria y pedagogía social

Asistente educacional de la modalidad especial

Maestro recuperador de la modalidad psicología comunitaria y pedagogía social

Orientador social de la modalidad psicología comunitaria y pedagogía social

De los equipos de orientación escolar: orden social y/o educacional en otros niveles y modalidades

Terapia ocupacional

Kinesiólogo de la modalidad especial

Kinesiólogo de la modalidad de educación física

EQUIPO DE TRABAJO ADMINISTRATIVO:

Equipo de trabajo administrativo

Administrativo y/o auxiliares de la

educación

Personal técnico/administrativo, obrero de

servicio.

PROYECTO INSTITUCIONAL

PROTECCIÓN DEDERECHOS

OBLIGATORIEDAD ESCOLAR

ACUERDOS DE CONVIVENCIA

JORNADA ESCOLAR

ASPECTOS ADMINISTRATI

VOS

PLAN DE CONTINUIDAD PEDAGÓGICA

• Es la herramienta de intervención

institucional para asegurar los actos educativos para

dar cumplimiento efectivo a al

jornada escolar

• Facilitar las condiciones

adecuadas para el ejercicio de los

derechos de enseñar y aprender

• Comprenderá el acceso y la trayectoria de los

alumnos en igual calidad, en todas las situaciones sociales.

• Horario de funcionamiento de los

turnos conforme al diseño curricular del nivel, modalidad y

modelo organizacional

• División estructural

gradual, por grado, año grupos

o secciones

• Es responsabilidad del estado la

defensa de interés superior del niño y

adolescentes.