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HIPOTESIS DE LA BISECTRIZ DEL PERU Expertos descartan que en un eventual triunfo del Perú ante la Corte de La Haya para una delimitación marítima con Chile en base a la teoría de la bisectriz, Ecuador haga una solicitud similar con respecto al Perú, ya que la Declaración de Santiago establece claramente que cuando existen islas se utilizará el paralelo como instrumento de delimitación marítima, y es lo que se ha aplicado con Ecuador, que también ha suscrito el acuerdo

Hipotesis de la bisectriz del peru

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HIPOTESIS DE LA BISECTRIZ DEL PERU

Expertos descartan que en un eventual triunfo del Perú ante la Corte de La Haya para una delimitación marítima con Chile en base a la teoría de la bisectriz, Ecuador haga una solicitud similar con respecto al Perú, ya que la Declaración de Santiago establece claramente que cuando existen islas se utilizará el paralelo como instrumento de delimitación marítima, y es lo que se ha aplicado con Ecuador, que también ha suscrito el acuerdo

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HIPOTESIS DE LA BISECTRIZ DEL PERU

• Uno de los argumentos presentados por Perú para desconocer la frontera marítima con Chile, es que, a diferencia de la frontera de Perú con Ecuador, entre Chile y Perú no existen islas. Afirman en su demanda (según el inserto publicado por su cancillería en el diario El Comercio de Lima), que el artículo 4 del tratado de 1952 -sobre las islas- no es aplicable a Chile.

• Para comenzar, hay que decir que Perú reconoce formalmente que los documentos firmados en 1952 y 1954 no son simples acuerdos pesqueros, sino tratados limítrofes. Así lo aceptó Perú respecto a Ecuador, habiendo formalizado dicho reconocimiento con la firma del protocolo de 1998, con el que se puso fin a la guerra del Cenepa -de 1995- entre esos países, y en el que se afirma que la totalidad de las fronteras entre Peru y Ecuador se encuentras definidas y selladas.

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POR QUÉ ES FALSO EL ARGUMENTO PERUANO DE LAS ISLAS • II) Como consecuencia de estos hechos, los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú proclaman

como norma de su política internacional marítima, la soberanía y jurisdicción exclusivas que cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas.

• III) La jurisdicción y soberanía exclusivas sobre la zona marítima indicada, incluye también la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde.

• IV) En el caso de territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas.

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• Así que es seguro que Ecuador (que ha declarado que se mantiene expectante ante la demanda) terminará siendo interpelado en el juicio, y no porque quiera beneficiar a Chile, sino porque tiene que defender sus propios derechos e intereses, amenazados por Perú al buscar este país restar validez a los tratados fronterizos de 1952 y 1954... porque, de primar la postura peruana respecto a que los documentos no son tratados limítrofes y no habiendo nada que diferencie la situación de Ecuador y Chile, nada impediría que luego los peruanos digan que el Protocolo de 1998 TAMBIEN ESTA VICIADO, y es necesario "corregir el error", redefiniendo esa frontera también (basta mirar con detenimiento -a la izquierda- los mapas publicados en Perú, para ver que también tienen pretensiones sobre el mar ecuatoriano... aplicando una "línea equitativa y justa").