10
Dirección Contable Julio 2016

Dirección financiera 20162

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Dirección financiera 20162

Dirección ContableJulio 2016

Page 2: Dirección financiera 20162

GESTION Y PAGO A TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Según el decreto 1703 de 2002, independiente debe afiliarse al Sistema de Seguridad Social.

Si los ingresos de una persona independiente, son menores o iguales a un salario mínimo no esta obligado a presentar pago de seguridad social.

Page 3: Dirección financiera 20162

GESTION Y PAGO A TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Existe el cotizante independiente tipo tres (3), si una persona percibe de un salario mínimo en adelantemos, deberá cotizar salud y pensión. La afiliación a riesgos profesionales y caja de Compensación se hace de forma voluntaria o si la empresa o entidad a la cual usted presta servicios lo exige como requisito contractual .

Page 4: Dirección financiera 20162

GESTION Y PAGO A TRABAJADORES INDEPENDIENTES

¿Cuánto debe ser el valor mensual de la cotización?Con relación a los independientes contratistas, ellos realizan sus aportes sobre el 40% del valor total de su contrato, se debe tomar: Valor contrato/ No de meses de duración contrato x 40%, el valor que se obtiene como resultado será el IBC para efectuar los aportes de seguridad social..

Page 5: Dirección financiera 20162

GESTION Y PAGO A TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Por ejemplo, si tiene un contrato por un año por un valor de $24.00.0000 de pesos, este se divide en el número de meses 12 y como resultado mensual son 2 millones; a este valor se multiplica por el 40% y su IBC será 800 mil pesos.

Es importante aclarar que el IBC no puede ser menor a un salario mínimo, aún si el valor sobre el 40% sobre sus ingresos mensuales es menor.

Page 6: Dirección financiera 20162

GESTION Y PAGO A TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Sistema Tarifa Valor

Salud 12,5% del IBC

Pensión 16% del IBC

Después de calculado su IBC debe tener estimar los siguientes valores, establecidos por Ley:

Esto significa que si su Ingreso Base de Cotización es $ 800.000, usted deberá cotizar $100.000 por concepto de salud y $128.000 por concepto de pensión.

Page 7: Dirección financiera 20162

Es importante resaltar que si usted es empleado dependiente o pensionado y a la vez celebra contratos de prestación de servicios, aun así deberá realizar los aportes por cada vinculación en los mismos términos que señala el Decreto 806 de 1998 artículo 65 parágrafo.

Así las cosas, el trabajador pensionado aportará el 12.5% sobre el 40% del valor que mensualmente reciba por el contrato de servicios, puesto que esa es la base de aportes para los trabajadores independientes.

Page 8: Dirección financiera 20162

PAGO SALUD PENSIONADO DE EMPRESAS PUBLICAS:

No necesita afiliación a FOSYGA y podrá hacer su pago a trabase del siguiente link: http://www.fosyga.gov.co/

Page 9: Dirección financiera 20162

REQUISITOS PARA EL PAGO DEL DOCENTE MENSUAL

• CUENTA COBRO DEBIDAMENTE DILIGENCIADA

• SI SUPERA EL SALARIO MINIMO PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL COMO INDEPENDIENTE.

• CERTIFICADO DE NO DECLARANTE CUANDO ES POR PRIMERA VEZ

• CERTIFICACION BANCARIA PARA EL PRIMER PAGO.

Page 10: Dirección financiera 20162