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JURISDICCIÓN DISCIPLINARIA JUDICIAL A l inicio de la ponencia realizada por la Magistrada emérita Jaimes Guerrero, en el Auditorio de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, DEM, este 1° de Julio, del presente año, mani- festó su agradecimiento al Dr. Tulio Jiménez, Presidente de la Corte Disciplinaria Judicial, así como a todas y todos los demás honorables integrantes de esta institución, invitarla a conversar en relación al tema: Avances normativos sobre la justicia de género en Venezuela, en el marco de sus actividades académicas 2013. Al precisar la importancia del tema la invitada, expuso de manera detallada las razones por las cuales el tema violencia de género es: “un problema de gran interés dentro de la sociedad venezolana, porque está directamente vinculado con la violencia en general y por tanto con la seguridad y la paz social. Conceptos y cifras: La violencia es la actuación por la fuerza de una persona sobre otra o sobre la colectividad que da lu- gar a un daño físico y hasta psíquico. Esta violencia se manifiesta de distintas formas cuyo destino final es la destrucción expresada en lesiones físicas, humillaciones, rechazo, amenazas, agresiones físicas o psicológicas, emocionales y hasta políticas. La violencia es enemiga del diálogo. Cuando existe vio- lencia no hay una conducta razonable, no es posible conversar con el agredido y es imposible conciliar. Por ello decimos que lo contrario a la razón es la violencia y de allí el empeño tanto de la colectividad como del Estado de utilizar las herramientas adecuadas que permitan enfrentar la violencia y derrotarla. En nuestro país existen cifras que son indicativas de violencia: 71 homicidios por cada 100.000 ha- bitantes, de la cual el 13% son lesiones personales, así como el dato impresionante de que de enero a mayo del año en curso han sido asesinadas 77 mujeres en la Gran Caracas, y en el Estado Nueva Es- parta, la violencia de género ocupa el primer lugar en cuanto a la comisión de delitos, seguido por ho- micidios y robos. Igual situación se da en Santa Elena de Uairén. Son, sin duda, cifras reveladoras de que vivimos en una sociedad violenta. De allí, la necesidad analizada por el Estado de crear la Gran Misión a toda vida Venezuela y el plan Patria Segura. Misión que tiene cobertura nacional y especial atención a 79 municipios donde hay ma- yor índice delictivo, con la finalidad de transformar los factores estructurales que originan violencia y delitos, reducirlos y acrecentar la convivencia y la seguridad de la gente. Avances Normativos para la protección de grupos vulnerables Debemos resaltar en el campo de la convivencia y la seguridad colectiva, los avances normativos que se han dado en nuestro país, especialmente para proteger a los grupos vulnerables de la población. En Venezuela están vigentes las siguientes leyes y esto es bueno tenerlo presente; Ley de los Pueblos indígenas, 2005. Ley de Personas con Discapacidad, 2007. Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mu- jeres a una Vida Libre de Violencia, 2007. Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad, 2009. Ley sobre procedimientos especiales en materia de protección familiar, niños, niñas y adolescentes, 2010. Ley sobre discriminación racial, 2011. Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, 2012. Destacamos que nuestro país avanza en ese sentido porque la acción legislativa se ha hecho presente y se han promulgado Leyes que atienden de manera particular a los grupos vulnerables de nuestra po- blación que años atrás estaban marginados. Hoy podemos señalar con toda claridad y firmeza que cada uno de esos grupos tiene un respaldo, un asidero jurídico: niños, niñas, discapacitados, afrodescendientes, indígenas y mujeres. Mucho hemos avanzado y esto debe ser reconocido como un gran logro de los nuevos tiempos que hoy se viven en el mundo, pero también en nuestra patria como consecuencia de una Constitución que consagra la perma- nencia de un Estado social de Derecho y de Justicia. Leyes venezolanas que protegen a grupos vulnerables En Venezuela, el Estado ha creado una normativa e instituciones de protección a los grupos más vul- nerables de la población, lo cual se ha traducido en evidentes avances legislativos que detalladamente señalamos antes, lo cual ha permitido que niños, niñas y adolescentes, discapacitados, Indígenas, afro- descendientes y mujeres, dispongan de herramientas jurídicas que resguarden sus derechos y determi- nen sus deberes. En violencia de género, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Vio- lencia que entró en vigencia, luego de varias reformas, el 19 de marzo de 2007, marca el inicio de un camino especial para afrontar este grave problema. No se trata de una ley discriminatoria que no lo es, pues sólo se castiga o sanciona al hombre maltratador porque lo que se desea es una familia equilibra- da, armónica y con valores que la hagan una escuela para la formación de la prole. Como ustedes pueden apreciar, Venezuela dispone de una herramienta jurídica valiosa e innovadora en justicia de género para sancionar esta violencia que se desarrolla dentro y fuera del hogar, lo cual podemos ver con absoluta claridad cuando analizamos los múltiples delitos que suceden diariamente en nuestro país y cuyas víctimas son mujeres, hasta el punto de que hoy los índices de criminalidad señalan casi 15 mujeres por mes que han perdido la vida, por lo cual la agenda del Estado atiende con atención este grave flagelo, hoy considerado como un problema de salud pública. Ejemplos de esta política es la creación del Ministerio de la Mujer y la Igualdad de Género, la crea- ción de la Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Judicial, la materialización de 53 tri- bunales especializados junto con los equipos interdisciplinarios que funcionan en el país, y toda una acción legislativa como la aquí comentada que muestra al mundo los avances normativos en materia de violencia de género. A pesar de tales avances se requieren mayores esfuerzos. De allí ha surgido la necesidad de solicitar modificaciones a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como ha ocurrido recientemente, en mayo de este año, cuando la Dra. Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República solicitó ante la Asamblea Nacional, la inclusión del Femicidio como un delito autónomo dentro del catálogo de delitos previstos en la ley orgánica. Se trata del “asesinato misógino de mujeres cometido por hombres”. También solicitó la reforma de los artículos 64 y 67 de la misma ley. Esta es una materia pendiente y una deuda del mundo con la mujer. Necesitamos avanzar. Nos espera un largo recorrido donde lo humano debe estar por encima de otras consideraciones. Es una tarea que nos obliga. Esta mitad de la humanidad tiene el compromiso impos- tergable de afianzar su dignidad, su igualdad y su integridad. Si somos dadoras de vida y también de amor, ¿por qué no hemos de luchar?, ¿Por qué no hemos de vencer?. Acompáñenos. Muchas gracias. CARTELERA INFORMATIVA Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero Violencia de género en Venezuela: Julio-Agosto C Entre el jueves 15 de agosto y el 16 de septiembre, los trabajadores de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial, disfrutarán del receso judicial. Planes para compartir el asueto con los pequeños y grandes de la casa, tomando siempre en cuenta la precaución al viajar por vía terrestre, marítima o aérea a los diversos lugares de nuestra Patria bonita, Venezuela. Cesta Ticket en el mes de agosto La Presidencia de la JDJ y la Unidad de Recursos Humanos informaron que el beneficio de Cesta tickets correspondiente al mes de agosto de 2013, podrá ser retirado los días veintisiete (27) al treinta (30) de agosto de 2013, en la División de Nómina de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, ubicada en el piso 5, de la Torre sur, en horario de oficina. Igualmente informan que, si existiere alguna imposibilidad de buscar los cesta tickets en el lapso fijado deberá esperarse la reincorporación laboral, el lunes 16 de septiembre de 2013. Vacaciones Judiciales C on el apoyo del Dr. Pedro Rodríguez Hernández de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD, este 29 de julio de 2013 se re- alizó el tercer taller sobre “Introducción a la Práctica de la Hatha Yoga”, destinado a los trabajadores y trabajadoras de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial, JDJ, en el auditorio de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, DEM. De esta manera se propició el cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en su título V, de la Higiene la Seguridad y la Ergonomía, artículo 59 referido a las condiciones y ambiente en que debe desarrollarse el trabajo, ordinal 4, en beneficio de la salud mental, de los trabajadores y trabajadoras, a fin de fomentar la comunicación entre los mismos a través de la Hatha Yoga. El encuentro estuvo destinado a abordar las distintas posturas o ásanas corporales que aportan firmeza y elasticidad a la musculatura. De manera integral los asistentes realizaron un conjunto de ejercicios psicofísicos que facilitaron la necesaria comprensión que el Cuerpo es un instrumento, unido a la mente y la vital respiración, permite que el individuo pueda superar momentos difíciles y lograr una convivencia en armonía. Para los asistentes los puntos de gran interés fueron los ejercicios que permiten una saludable limpieza intestinal y limpieza inmunológicas en vías respirato- rias, (antigripales). Sincronía entre cuerpo mente y respiración Avances Normativos

Violencia de género en Venezuela: Avances Normativos · El encuentro estuvo destinado a abordar las distintas posturas o ásanas corporales que aportan firmeza y elasticidad a la

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Page 1: Violencia de género en Venezuela: Avances Normativos · El encuentro estuvo destinado a abordar las distintas posturas o ásanas corporales que aportan firmeza y elasticidad a la

JURISDICCIÓN

DISCIPLINARIA

JUDICIAL

Al inicio de la ponencia realizada por la Magistrada emérita Jaimes Guerrero, en el Auditorio de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, DEM, este 1° de Julio, del presente año, mani-festó su agradecimiento al Dr. Tulio Jiménez, Presidente de la Corte Disciplinaria Judicial,

así como a todas y todos los demás honorables integrantes de esta institución, invitarla a conversar en relación al tema: Avances normativos sobre la justicia de género en Venezuela, en el marco de sus actividades académicas 2013.Al precisar la importancia del tema la invitada, expuso de manera detallada las razones por las cuales el tema violencia de género es: “un problema de gran interés dentro de la sociedad venezolana, porque está directamente vinculado con la violencia en general y por tanto con la seguridad y la paz social.

Conceptos y cifras:

La violencia es la actuación por la fuerza de una persona sobre otra o sobre la colectividad que da lu-gar a un daño físico y hasta psíquico. Esta violencia se manifiesta de distintas formas cuyo destino final es la destrucción expresada en lesiones físicas, humillaciones, rechazo, amenazas, agresiones físicas o psicológicas, emocionales y hasta políticas. La violencia es enemiga del diálogo. Cuando existe vio-lencia no hay una conducta razonable, no es posible conversar con el agredido y es imposible conciliar. Por ello decimos que lo contrario a la razón es la violencia y de allí el empeño tanto de la colectividad como del Estado de utilizar las herramientas adecuadas que permitan enfrentar la violencia y derrotarla.

En nuestro país existen cifras que son indicativas de violencia: 71 homicidios por cada 100.000 ha-bitantes, de la cual el 13% son lesiones personales, así como el dato impresionante de que de enero a mayo del año en curso han sido asesinadas 77 mujeres en la Gran Caracas, y en el Estado Nueva Es-parta, la violencia de género ocupa el primer lugar en cuanto a la comisión de delitos, seguido por ho-micidios y robos. Igual situación se da en Santa Elena de Uairén. Son, sin duda, cifras reveladoras de que vivimos en una sociedad violenta.

De allí, la necesidad analizada por el Estado de crear la Gran Misión a toda vida Venezuela y el plan Patria Segura. Misión que tiene cobertura nacional y especial atención a 79 municipios donde hay ma-yor índice delictivo, con la finalidad de transformar los factores estructurales que originan violencia y delitos, reducirlos y acrecentar la convivencia y la seguridad de la gente.

Avances Normativos para la protección de grupos vulnerables

Debemos resaltar en el campo de la convivencia y la seguridad colectiva, los avances normativos que se han dado en nuestro país, especialmente para proteger a los grupos vulnerables de la población.

En Venezuela están vigentes las siguientes leyes y esto es bueno tenerlo presente; Ley de los Pueblos indígenas, 2005. Ley de Personas con Discapacidad, 2007. Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mu-jeres a una Vida Libre de Violencia, 2007. Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad, 2009. Ley sobre procedimientos especiales en materia de protección familiar, niños, niñas y adolescentes, 2010. Ley sobre discriminación racial, 2011. Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, 2012.

Destacamos que nuestro país avanza en ese sentido porque la acción legislativa se ha hecho presente y se han promulgado Leyes que atienden de manera particular a los grupos vulnerables de nuestra po-blación que años atrás estaban marginados.

Hoy podemos señalar con toda claridad y firmeza que cada uno de esos grupos tiene un respaldo, un asidero jurídico: niños, niñas, discapacitados, afrodescendientes, indígenas y mujeres. Mucho hemos avanzado y esto debe ser reconocido como un gran logro de los nuevos tiempos que hoy se viven en el mundo, pero también en nuestra patria como consecuencia de una Constitución que consagra la perma-nencia de un Estado social de Derecho y de Justicia.

Leyes venezolanas que protegen a grupos vulnerables

En Venezuela, el Estado ha creado una normativa e instituciones de protección a los grupos más vul-nerables de la población, lo cual se ha traducido en evidentes avances legislativos que detalladamente señalamos antes, lo cual ha permitido que niños, niñas y adolescentes, discapacitados, Indígenas, afro-descendientes y mujeres, dispongan de herramientas jurídicas que resguarden sus derechos y determi-nen sus deberes.

En violencia de género, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Vio-lencia que entró en vigencia, luego de varias reformas, el 19 de marzo de 2007, marca el inicio de un camino especial para afrontar este grave problema. No se trata de una ley discriminatoria que no lo es, pues sólo se castiga o sanciona al hombre maltratador porque lo que se desea es una familia equilibra-da, armónica y con valores que la hagan una escuela para la formación de la prole.

Como ustedes pueden apreciar, Venezuela dispone de una herramienta jurídica valiosa e innovadora en justicia de género para sancionar esta violencia que se desarrolla dentro y fuera del hogar, lo cual podemos ver con absoluta claridad cuando analizamos los múltiples delitos que suceden diariamente en nuestro país y cuyas víctimas son mujeres, hasta el punto de que hoy los índices de criminalidad señalan casi 15 mujeres por mes que han perdido la vida, por lo cual la agenda del Estado atiende con atención este grave flagelo, hoy considerado como un problema de salud pública.

Ejemplos de esta política es la creación del Ministerio de la Mujer y la Igualdad de Género, la crea-ción de la Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Judicial, la materialización de 53 tri-bunales especializados junto con los equipos interdisciplinarios que funcionan en el país, y toda una acción legislativa como la aquí comentada que muestra al mundo los avances normativos en materia de violencia de género.

A pesar de tales avances se requieren mayores esfuerzos. De allí ha surgido la necesidad de solicitar modificaciones a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como ha ocurrido recientemente, en mayo de este año, cuando la Dra. Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República solicitó ante la Asamblea Nacional, la inclusión del Femicidio como un delito autónomo dentro del catálogo de delitos previstos en la ley orgánica. Se trata del “asesinato misógino de mujeres cometido por hombres”. También solicitó la reforma de los artículos 64 y 67 de la misma ley. Esta es una materia pendiente y una deuda del mundo con la mujer.

Necesitamos avanzar. Nos espera un largo recorrido donde lo humano debe estar por encima de otras consideraciones. Es una tarea que nos obliga. Esta mitad de la humanidad tiene el compromiso impos-tergable de afianzar su dignidad, su igualdad y su integridad. Si somos dadoras de vida y también de amor, ¿por qué no hemos de luchar?, ¿Por qué no hemos de vencer?. Acompáñenos. Muchas gracias.

CARTELERA INFORMATIVAMagistrada Yolanda Jaimes Guerrero

Violencia de género en Venezuela:

Julio-Agosto

CEntre el jueves 15 de agosto y el 16 de septiembre, los trabajadores de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial, disfrutarán del receso judicial. Planes

para compartir el asueto con los pequeños y grandes de la casa, tomando siempre en cuenta la precaución al viajar por vía terrestre, marítima o

aérea a los diversos lugares de nuestra Patria bonita, Venezuela.

Cesta Ticket en el mes de agosto

La Presidencia de la JDJ y la Unidad de Recursos Humanos informaron que el beneficio de Cesta tickets correspondiente al mes de agosto de 2013, podrá

ser retirado los días veintisiete (27) al treinta (30) de agosto de 2013, en la División de Nómina de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, ubicada en el

piso 5, de la Torre sur, en horario de oficina.

Igualmente informan que, si existiere alguna imposibilidad de buscar los cesta tickets en el lapso fijado deberá esperarse la reincorporación laboral, el lunes

16 de septiembre de 2013.

Vacaciones Judiciales

Con el apoyo del Dr. Pedro Rodríguez Hernández de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD, este 29 de julio de 2013 se re-

alizó el tercer taller sobre “Introducción a la Práctica de la Hatha Yoga”, destinado a los trabajadores y trabajadoras de la Jurisdicción Disciplinaria

Judicial, JDJ, en el auditorio de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, DEM.

De esta manera se propició el cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en su título V,

de la Higiene la Seguridad y la Ergonomía, artículo 59 referido a las condiciones y ambiente en que debe desarrollarse el trabajo, ordinal 4, en beneficio de la

salud mental, de los trabajadores y trabajadoras, a fin de fomentar la comunicación entre los mismos a través de la Hatha Yoga.

El encuentro estuvo destinado a abordar las distintas posturas o ásanas corporales que aportan firmeza y elasticidad a la musculatura. De manera integral

los asistentes realizaron un conjunto de ejercicios psicofísicos que facilitaron la necesaria comprensión que el Cuerpo es un instrumento, unido a la mente y

la vital respiración, permite que el individuo pueda superar momentos difíciles y lograr una convivencia en armonía.

Para los asistentes los puntos de gran interés fueron los ejercicios que permiten una saludable limpieza intestinal y limpieza inmunológicas en vías respirato-

rias, (antigripales).

Sincronía entre cuerpo mente y respiración

Avances Normativos