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Ley 598 de 2000 Decreto 3512 de 2003

SICE, CUBS Y RUPR

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Ley 598 de 2000

Decreto 3512 de 2003

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Aplica a los organismos que conforman laadministración pública, a los particulares quemanejen recursos públicos y a losproveedores de bienes y servicios de usocomún o de uso en contratos de obra.

Está conformado por 4 subsistemas que estánarticulados por el CUBS.

1. Subsistema de la demanda.2. Subsistema de la oferta.3. Subsistema de control básico.4. Subsistema de control inteligente.

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Este Subsistema suministra la información delos organismos, entidades y particularescontratantes, los elementos requeridos poréstos, las fechas programadas de lascontrataciones y los procesos de selección através de los cuales se compran los bienes yservicios de uso común o de uso en contratosde obra.

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A través de este Subsistema se suministra lainformación relacionada con las personasnaturales o jurídicas que estén en disposiciónde venderle, a la administración pública y alos particulares o entidades que manejanrecursos públicos, los bienes y servicios deuso común o de uso en contrato de obraofrecidos.

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Es un mecanismo de control que permite laverificación, el cumplimiento de los planes decompra en relación con las adquisicionesprevistas y sus fechas, frente a lascontrataciones realizadas, el presupuestoestimado y el presupuesto ejecutado, de lasentidades obligadas a llevar plan de compras.Para las demás entidades o particulares conregímenes especiales, el sistema suministrala información básica de las contratacionesrealizadas.

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Es un medio de control para comparar einterpretar los diferentes registros de lossubsistemas anteriores, en especial losrelacionados con los precios dereferencia, con el fin de evaluar el nivel dedistorsión entre el precio indicativo y elprecio final de contratación.

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1. Inscribirse.

2. Elaborar, registrar y actualizar sus planes decompras.

3. Exigir en los procesos contractuales cuyacuantía sea superior a 50 SMLMV que elproveedor referencie en su oferta el númerodel certificado del registro del bien oservicio ofrecido y verificar dicho registro enel portal.

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4. Consultar el CUBS y los precios indicativoscomo requisito previo a la adjudicación de uncontrato cuya cuantía sea superior a 50SMLMV.

5. Registrar dentro de los 5 primeros díashábiles de cada mes en el portal del SICE, loscontratos perfeccionados y legalizados en elmes inmediatamente anterior, cuya cuantíasea superior a 50 SMLMV.

6. Publicar los contratos indicando los preciosunitarios y los códigos de acuerdo al CUBS.

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a. Realizar su correspondiente inscripción enel portal del SICE.

b. Registrar dentro de los 5 primeros díashábiles de cada mes en el portal delSICE, los contratos perfeccionados ylegalizados en el mes inmediatamenteanterior, cuya cuantía sea superior a 50SMLMV.

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- Realizar la correspondiente inscripción en elportal.

- Registrar en el RUPR los precios de referencia delos bienes y servicios de uso común o de uso encontratos de obra que estén en capacidad deofrecer.

- Indicar en sus ofertas de procesos contractualesde cuantía superior a 50 SMLMV el número decertificado de registro de cada bien o servicio.

- Abstenerse de introducir información falsa oregistrar precios artificialmente bajos.

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www.sice-cgr.gov.co

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Se despliega la página “Proveedores Naturales oProveedores Jurídicos ”. Debe diligenciar elformulario que contiene la siguiente información:

Login NIT Nombre del establecimiento de comercio Nombre de la persona natural o jurídica Identificación Número de la matrícula mercantil Cámara de comercio Correo electrónico, URL de la página

WEB, dirección, teléfono, departamento y ciudad. K de contratación proveedor, consultor y

constructor Pregunta Respuesta

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El sistema valida todos los campos delformulario; si existe algún tipo deinconsistencia al momento de enviar lainformación, se genera un mensaje de error:

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Una vez solucionada la inconsistencia, se envíanuevamente la información, el sistema lavalida y si es correcta arroja el siguientemensaje:

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El proveedor debe Imprimir, diligenciar y firmar elcontrato de telecomunicaciones disponible en lapágina web de la Contraloría General de LaRepública.

Debe tener listos los siguientes documentos:

Proveedores Personas Jurídicas y Personas Naturales Comerciantes (Registrados en cámara de

comercio)

- Carta de solicitud de inscripción al SICE dirigida a la Coordinación de Ventanilla SICE, firmada por el solicitante o el representante legal.

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Contrato de telecomunicaciones Diligenciado yfirmado

Cámara de comercio vigente – Certificado deExistencia y representación (No superior a 3meses)

Copia de la declaración de renta del año anterioro la ultima presentada.

Copia legible del RUT Estados financieros (Balance General y Estado

de Resultados) del Último año certificados yfirmados por Revisor Fiscal o Contador Público(1)

Copia de la Tarjeta Profesional del Revisor Fiscalo Contador Público que certifica y firma losestados financieros que se anexan.

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Si se trata de una persona natural nocomerciante, debe aportar además lossiguientes documentos:

Copia legible del RUT

Certificación de Ingresos Anuales con corte al31 de diciembre del año anterior firmado porContador Público. (Solo si la persona naturalsolicitante del registro en el SICE no escomerciante registrado en cámara decomercio)

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Posteriormente, debe efectuarse el pago de la tarifa, así:

Cancelada correctamente la correspondiente tarifa, sehabilita la clave de acceso al usuario.

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CUBS

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Conjunto de códigos, identificaciones yestandarizaciones de los bienes y servicios deuso común o de uso en obras que contratanlas entidades estatales.

Se debe consultar el CUBS para la ejecución deplanes de compras de las entidadesestatales, y la adquisición de bienes yservicios de los particulares o entidades quemanejan recursos públicos.

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1. Clasificar los bienes y servicios de usocomún o de uso en contratos de obra, queadquieren usualmente las entidades de laadministración pública y los particulares oentidades que manejan recursospúblicos, en tipos, clases, subclases, grupose ítems.

2. Identificar los bienes y servicios de usocomún o de uso en contratos de obra, y unavez clasificados, asignarles un códigoúnico, que mantenga la estructura detipo, clase, subclase, grupo e ítem.

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3. Facilitar a los proveedores el registro de susprecios y a la administración pública y a losparticulares o entidades que manejanrecursos públicos, el registro de los contratosdesagregados por bien o servicio adquirido.

4. Facilitar la consulta de información de losbienes y servicios de uso común o de uso encontratos de obra a los proveedores, a losfuncionarios públicos y a la ciudadanía engeneral.

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a. Elementos Genéricos: Es la descripcióngeneral de un bien o servicio en cuanto a sudestinación. El código de un elementogenérico está de acuerdo al nivel dedesagregación desde el punto de vista de suuso, servicio o utilidad, así:

- El tipo es la identificación de los productosque compran las Entidades del Estado, yasea como un bien, un servicio o una obrapública.

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- La clase es un conjunto de bienes o serviciosque están caracterizados por su utilizacióndentro de un mismo tipo.

- La subclase es un conjunto de bienes oservicios dentro de una clase caracterizadospor su utilización en un ámbito másespecífico.

- El grupo es un conjunto de bienes o serviciosdentro de una subclase, y está caracterizadoporque su utilización se demanda en unsector específico de la economía.

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Si la persona no conoce el código delelemento, puede utilizar la siguienteherramienta:

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RUPR

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Registro que realizan los proveedores de los precios delos bienes y servicios de uso común o de uso encontratos de obra que estén en capacidad de ofrecera la administración pública y a los particulares oentidades que manejan recursos públicos.

La inscripción tiene una vigencia de un año.

Los proponentes pueden solicitaractualización, modificación o cancelación de losprecios registrados en cualquier momento.

Los precios registrados que no se actualicen omodifiquen en el término de un año, carecerán devigencia y no serán certificados.

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El precio a registrar por parte de los proveedorescomo requisito previo a la contratación, será elque el proveedor esté en condiciones de ofreceral Estado, teniendo en cuenta el valor al detal(precio unitario), pago de contado y la entregaen el lugar en el cual manifestó que ofrece elbien y servicio, incluido el IVA.

El registro del precio de referencia por parte delos proveedores, se realizará en pesoscolombianos, con el fin de permitir sucomparación con los demás precios registrados yel procesamiento de la información.

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PRECIO NACIONALComprende el ofrecimiento de los bienes y servicios a un precioúnico nacional que comprende todo el país, todas lasregiones, los departamentos y municipios del país.

PRECIO REGIONALComprende el ofrecimiento de los bienes y servicios con preciosdiferenciales en las regiones, los departamentos que indique elproveedor

PRECIO DEPARTAMENTALComprende el ofrecimiento de los bienes y servicios con preciosdiferenciales en los departamentos que indique el proveedor.

PRECIO MUNICIPALComprende el ofrecimiento de los bienes y servicios con preciosdiferenciales en los municipios o distritos que indique elproveedor.

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Al momento de hacer el registro de los preciosde referencia el SICE genera automáticamenteun número de identificación único que haceconstar que el proveedor registró los preciosde sus bienes y servicios, indicando el precioregistrado.