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Grupo Funcional Desarrollo Económico 1 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10-0-08B00-02-0914 DE-020 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera para comprobar que el presupuesto asignado al citado programa y componente, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y las disposiciones legales y normativas aplicables. Alcance Universo Seleccionado: 1,223,120.2 miles de pesos Muestra Auditada: 1,169,753.8 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 95.6 % Se revisaron 1,169,753.8 miles de pesos, que representan el 95.6% de los recursos ejercidos en el Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, de acuerdo con las cifras presentadas por las entidades federativas para el cierre 2010 y la visita realizada al Estado de Michoacán. Antecedentes En el ejercicio 2007 la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación realizó un reordenamiento de los subsidios que entregaba, de lo que resultó la implementación de ocho programas, en los que se encontraba el Programa de Soporte. En dicho programa se ubicó el Componente de Sanidad e Inocuidad, que en el 2008 operó acciones para ejercer recursos mediante la Modalidad 1 (Recursos convenidos con las Entidades Federativas para lo cual realizó mezcla de recursos pari passu); posteriormente en el ejercicio 2010, el Componente cambió de Modalidad 1 a Modalidad 2, la cual fundamenta la ejecución directa de recursos de acuerdo a los programas cuya operación puede ser con las instancias participantes, a través de las unidades responsables y ejecutoras, incluyendo Entidades Federativas y Agentes Técnicos, considerando, de ser el caso, alinear los apoyos derivados de Recursos en Concurrencia para que éstos no se vean en desventaja, tratándose de los mismos tipos de apoyos y beneficiarios.

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Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria

Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10-0-08B00-02-0914

DE-020

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera para comprobar que el presupuesto asignado al citado programa y componente, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y las disposiciones legales y normativas aplicables.

Alcance Universo Seleccionado: 1,223,120.2 miles de pesos Muestra Auditada: 1,169,753.8 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 95.6 %

Se revisaron 1,169,753.8 miles de pesos, que representan el 95.6% de los recursos ejercidos en el Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, de acuerdo con las cifras presentadas por las entidades federativas para el cierre 2010 y la visita realizada al Estado de Michoacán.

Antecedentes

En el ejercicio 2007 la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación realizó un reordenamiento de los subsidios que entregaba, de lo que resultó la implementación de ocho programas, en los que se encontraba el Programa de Soporte.

En dicho programa se ubicó el Componente de Sanidad e Inocuidad, que en el 2008 operó acciones para ejercer recursos mediante la Modalidad 1 (Recursos convenidos con las Entidades Federativas para lo cual realizó mezcla de recursos pari passu); posteriormente en el ejercicio 2010, el Componente cambió de Modalidad 1 a Modalidad 2, la cual fundamenta la ejecución directa de recursos de acuerdo a los programas cuya operación puede ser con las instancias participantes, a través de las unidades responsables y ejecutoras, incluyendo Entidades Federativas y Agentes Técnicos, considerando, de ser el caso, alinear los apoyos derivados de Recursos en Concurrencia para que éstos no se vean en desventaja, tratándose de los mismos tipos de apoyos y beneficiarios.

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Resultados

1. El Manual de Organización del SENASICA se encuentra desactualizado, ya que en lo referente a la Dirección de Inocuidad Agrícola, Pecuaria, Acuícola y Pesquera, no coincide con las modificaciones a su estructura orgánica, autorizada por la Secretaría de la Función Pública el 16 de noviembre de 2010.

Adicionalmente, sus direcciones generales de Salud Animal (DGSA), Inspección Fitozoosanitaria (DGIF) e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera (DGIAAP), carecen o están en proceso de actualización y autorización de procedimientos que regulen su operación y las actividades que realizan.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-001

2. El recibo expedido por el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario (FOFAE) del Estado de Sonora por 11,436.0 miles de pesos, señala que el recurso fue para el subcomponente de "Innovación y Transferencia de Tecnología"; por otro lado, los recibos del FOFAE de Veracruz por un total de 56,531.1 miles de pesos no están desglosados para efectos de verificar y controlar el destino de los recursos.

Asimismo, se observó que no todos los Organismos Auxiliares (OA) que operaron recursos del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad emitieron recibos por los mismos.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-002 10-0-08100-02-0914-01-001

3. Se constató que las leyes federales de Sanidad Vegetal; de Sanidad Animal y General de Pesca, y Acuacultura Sustentables publicadas el 5 de enero de 1994, 25 y 24 de julio de 2007, respectivamente, a la fecha no cuentan con reglamentos específicos, no obstante que para la Ley de Sanidad Animal se estableció un plazo de 12 meses para expedirla, y para la Ley de Pesca un plazo de 6 meses.

Al respecto, se informó que se cuenta con los anteproyectos de los reglamentos de las leyes señaladas; sin embargo, éstos se encuentran en proceso de revisión y autorización por parte de diversas instancias.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-003

4. Se verificó que en los LEIMAN se contemplan recalendarizaciones o reprogramaciones por entregas extemporáneas de recursos o resultados de economías, hasta por 7 o 3 meses adicionales, respectivamente, lo que se contrapone con las ROPSAGARPA, que señalan que el cierre finiquito debe realizarse al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que se reporta, y que los recursos que no hayan sido aplicados deben reintegrarse a la Tesorería de la Federación (TESOFE).

Sobre el particular, se informó que la operación del Componente de Sanidades e Inocuidad no tiene tiempo ni lugar, toda vez que son actos de autoridad, los recursos están etiquetados como de "Prevención y Manejo de Riesgos", atendiendo a las amenazas de plagas y enfermedades; así como, urgencias sanitarias, por lo que se tiene la facultad de

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recalendarizar y reprogramar; sin embargo, ni las ROPSAGARPA, ni la Ley Federal del Presupuesto de Responsabilidad Hacendaria exceptúan al SENASICA de los plazos previstos para ejercer o reintegrar los recursos.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-004

5. Los lineamientos específicos emitidos por las direcciones generales de Sanidad Vegetal (DGSV), DGIF, DGSA y la DGIAAP no señalan que las cuentas en las que se deben recibir los recursos por parte de los OA deban ser productivas, lo que ocasionó que recursos federales por 309,450.8 miles de pesos, se mantuvieran improductivos, aunado a que no se informó del tipo de cuenta en que se manejaron recursos por 451,350.2 miles de pesos.

Adicionalmente, ni el SENASICA, ni las Delegaciones Estatales de la SAGARPA cuentan con mecanismos de control para verificar que las cuentas bancarias de los OA sean productivas, específicas y exclusivas para el manejo de los apoyos.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-005

6. Se verificó que no se cuenta con evidencia de la instalación de la Comisión Técnica de Sanidades e Inocuidad (COTESIA) en los estados de Morelos y Nuevo León.

Cabe señalar que dicha comisión tiene por objeto operar como órgano auxiliar de los Fideicomisos distribuidores de fondos, para la supervisión, control, evaluación y coordinación de los programas sanitarios y de inocuidad.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-006

7. Se verificó que los Programas Integrales de Trabajo (PIT) de las entidades federativas de Chiapas, Chihuahua, Michoacán, San Luis Potosí, Tlaxcala y Durango no fueron firmados por el Director en Jefe del SENASICA y en el caso del último estado, tampoco por el gobierno del mismo. Asimismo, de los PIT de Baja California, Campeche y Nayarit, no se cuenta con el acta de formalización, por lo que se desconoce si éstos fueron firmados, aunado a que no fueron proporcionados los PIT de Oaxaca, Querétaro y Sonora.

Por otra parte, 11 actas de cierre finiquito de 8 estados de la República; así como, 2 actas de la Comisión de Sanidades e Inocuidad Agroalimentaria del Distrito Federal no fueron firmadas por todos los que participaron en las mismas.

Adicionalmente, la DGSA no cuenta con las actas de la CRyS (Comisión de Regulación y Seguimiento) de los subcomponentes que opera en 14 estados; por su parte, la DGSV no cuenta con actas de la CRyS en Yucatán y Durango y cierre finiquito de Chiapas, Distrito Federal, Guerrero, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo y Yucatán.

Cabe señalar que los archivos de las direcciones generales del SENASICA no se encuentran completos por todos los meses de operación del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad y la información de cierre finiquito que fue entregada en Campeche y Querétaro no cuenta con la leyenda de transparencia.

Al respecto, como parte de la documentación proporcionada después de preconfronta se entregaron los PIT de Chiapas, Chihuahua, Michoacán, San Luis Potosí, Tlaxcala, Oaxaca y

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Sonora; así como, los cierres finiquitos de Chiapas, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca y Yucatán ya formalizados; sin embargo, esto se debió realizar de forma oportuna.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-007

8. La DGSA y la DGIAAP carecen de mecanismos de control para verificar que los OA del SENASICA cumplen con las disposiciones contenidas en el Clasificador por Objeto del Gasto, los principios generalmente aceptados y las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en sus registros contables y compras que realizan, respectivamente, no obstante que su normativa así lo establece.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-008

9. El Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad no se ciñe en su totalidad a la normativa que lo regula dado que se aplican en un ejercicio los recursos que no se erogaron en ejercicios anteriores, los cuales se reportan como comprometidos pendientes de pago, para no reintegrarse y se generan adeudos que se pagan con los recursos que se otorgan en ejercicios posteriores bajo el concepto de anticipos, por lo que no se tiene delimitado económicamente el inicio y el término de cada ejercicio.

Lo anterior se debe a que los ejecutores del programa consideran como recursos devengados el pago de personal o de acciones que se realizarán a futuro, los cuales no cumplen con dicha característica (obligaciones de pago a favor de terceros por productos entregados o servicios cumplidos por éstos), aunado a que, para efectos del cierre finiquito, no se entrega evidencia que acredite que los compromisos se generaron al 31 de diciembre del ejercicio que se reporta y que fueron pagados hasta el 31 de marzo del siguiente ejercicio.

Por otra parte, no existe la figura del "anticipo" en la operación de los subsidios, dado que éstos deben entregarse cuando se reúnen los requisitos para ello.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-009

10. Se constató que los estados de Baja California, Coahuila, Colima, Hidalgo, Sinaloa, Tlaxcala y Veracruz omitieron efectuar el total de las aportaciones por 17,227.5 miles de pesos, que se comprometieron a entregar para los distintos subcomponentes del Programa Soporte–Componente de Sanidades e Inocuidad, lo que ocasionó que los OA no alcanzaran la totalidad de sus metas o se financiaran con otras fuentes.

En este sentido, en la cuenta del Subcomponente de Sanidad Vegetal de Coahuila existían recursos por 30.0 miles de pesos al 31 de marzo de 2011, de los cuales se informó que correspondían a préstamos de productores para el pago de salarios del personal, ya que no se había recibido la aportación del estado. Cabe señalar, que no se proporcionó evidencia que demuestre que dichos recursos no eran públicos.

Por otra parte, en Aguascalientes se traspasaron 500.0 miles de pesos a la cuenta de productores que según lo informado fueron utilizados mientras se radicaba el apoyo.

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En el caso de Nayarit se realizó una aportación por 313.5 miles de pesos hasta el 25 de junio de 2011, por lo que el recurso llegó fuera de tiempo para su aplicación.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-010

11. Se verificó que no se contaba con las actas de cierre del Subcomponente de Inocuidad (Agrícola, Acuícola y Pecuaria) del ejercicio 2009 de 30 OA, aun cuando era un requisito para recibir recursos en el 2010; sin embargo, se les entregaron apoyos por 38,626.0 miles de pesos. Asimismo, la DGIAAP no cuenta con las actas de CRyS para dar seguimiento a los recursos entregados a 48 OA, por 44,644.6 miles de pesos.

Adicionalmente, para el componente de movilización no se realizó un cierre finiquito específico del 2010; no obstante, que se requiere como requisito para la liberación de los recursos del siguiente ejercicio, a lo que la DGIF informó que solicitaría las actas específicas para el cierre del recurso, con el soporte del último informe trimestral debidamente firmado.

Sobre el particular, no toda la normativa específica establece alguna restricción por la falta de entrega del cierre finiquito anterior, además de que ninguna señala sanciones por ello.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-011

12. A la fecha de cierre de la auditoría, las direcciones generales del SENASICA, así como las Delegaciones Estatales de la SAGARPA en los Estados participantes, no contaban con la información de los cierres finiquitos de Tlaxcala y Veracruz, así como de los informes físicos-financieros que se deben emitir mensual y trimestralmente por los OA, por lo que no existió un adecuado control y seguimiento de las acciones realizadas y de los recursos ejercidos del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad del ejercicio 2010, tal como se menciona a continuación:

a) La DGIF informó que con el oficio núm. 130.01.00.04/000419 del 25 de abril de 2011 la Delegación de la SAGARPA en Durango notificó que no se habían ejercido los recursos del Subcomponente de Movilización por 4,266.1 miles de pesos, sin que a la fecha de cierre de la auditoría se haya justificado dicha situación y se haya realizado el reintegro a la TESOFE por 3,185.1 miles de pesos de la aportación federal, con sus respectivos productos financieros.

Asimismo, no se cuenta con evidencia documental del reintegro de los remanentes del Subcomponente de Movilización de 7 estados (Chiapas, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Querétaro y Sinaloa) por 2,804.8 miles de pesos.

Por otro lado, los OA de 17 entidades (Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Tabasco y Veracruz) no han remitido la totalidad de sus informes a la DGIF, a efecto de que ésta le dé el seguimiento a la aplicación de los recursos.

b) La DGSV señaló que sólo cuenta con informes al 31 de diciembre de 2010, en los que se reporta un promedio de avance general en Sanidad Vegetal del 81.9%.

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c) En el subcomponente de Salud Animal, la DGSA reportó que no tenía las actas de cierre de Jalisco y Nayarit, aunado a que en el caso de Sanidad Acuícola se informó que se tenían reintegros pendientes a la TESOFE de Jalisco, Oaxaca y Zacatecas por 1,164.0 miles de pesos, de los cuales se evidenció el reintegro de 436.8 miles de pesos, quedando únicamente 727.2 miles de pesos pendientes de reintegrar.

Cabe señalar que la información que tienen las direcciones generales del SENASICA respecto de los proyectos que fueron aprobados, en qué fechas, por qué monto, porcentaje de avance al cierre del 2010, fecha de conclusión y recursos pendientes de ejercer para reintegrarse, se encuentra incompleta e incluso difiere de la información sobre el monto de los recursos que conforme a los acuerdos específicos y adendas se aportaron para cada subcomponente en el 2010.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-03-001 10-0-08100-02-0914-01-002

13. Existe una falta de control y de coordinación entre las diferentes áreas que participan en el Programa Soporte-Componente de Sanidad e Inocuidad, respecto de la información de los reintegros por recursos remanentes o enteros de productos financieros, que se realizan tanto por parte de los FOFAE como por los OA, toda vez que por intervención de la ASF, durante la ejecución de la auditoría, se reintegró la cantidad de 3,898.9 miles de pesos a la TESOFE, correspondientes a recursos y productos financieros no ejercidos por los estados de Coahuila, Jalisco, Querétaro y San Luis Potosí; aunado a que, en la revisión se determinó que existían reintegros por 5,089.5 miles de pesos de los que no se había informado a la DGIA del SENASICA, para su registro y control. Adicionalmente, se solicitó información respecto de la aplicación o reintegro de 5,098.7 miles de pesos resultado de remanentes de recursos del 2010; 4,413.4 miles de pesos de productos financieros, y 3.7 miles de pesos de recursos de ejercicios anteriores, sin que a la fecha de cierre de los trabajos de auditoría, se haya proporcionado la documentación respectiva.

Cabe señalar que en el Estado de Hidalgo se informó que la cuenta del FOFAE no generó productos financieros porque desde la radicación de los recursos hasta su traspaso a los OA sólo transcurrieron 12 días; sin embargo, no se remitió evidencia que lo sustentara.

Sobre el particular, después de la reunión de preconfronta, se informó que con el oficio núm. 510.-3924 del 30 de agosto de 2011 se envió a los Delegados y a los Titulares de los Órganos Administrativos Desconcentrados el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros, en el que se incorporó la "Mecánica de Operación para Reintegros y Enteros de Ingresos por Derechos, Productos y Aprovechamientos".

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-003 10-0-08100-02-0914-03-001

14. Se detectó que los recursos ministrados en la cuenta concentradora del Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Michoacán (FOFAEM) llegaron a permanecer en ella de 4 a 53 días antes de que se transfirieran a la cuenta especifica del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad; aunado a que, en algunos casos, no se traspasaron con la totalidad de los productos financieros generados por 41.3 miles de pesos.

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Asimismo, se observó que la Subcuenta del Componente de Sanidades e Inocuidad del FOFAEM no fue exclusiva para el manejo de dichos recursos, dado que en ésta se depositaron recursos provenientes de otros subcomponentes del programa soporte y de otros programas de la SAGARPA.

Al respecto, el SENASICA no cuenta con mecanismos de control para verificar que los recursos ministrados al FOFAE se depositen inmediatamente en la subcuenta específica creada para cada programa y por cada ejercicio o, en su caso, para determinar que éstos fueron traspasados con la totalidad de los productos financieros que hubieran generado en la cuenta concentradora hasta su depósito a la subcuenta especifica.

Por otra parte, se observó que al 31 de marzo de 2011, la cuenta específica núm. 0173990818 y el contrato de inversión núm. 2035068924 tenían un saldo de 20.0 y 21,911.5 miles de pesos, respectivamente, de los que no se informó la causa por la que se tenían esos recursos y no habían sido reintegrados a la TESOFE.

Adicionalmente, no se proporcionó evidencia de la aplicación o reintegro a la TESOFE de los productos financieros por 1,752.6 miles de pesos generados a mayo de 2011 en el FOFAEM, de los cuales se informó que 1,184.0 miles de pesos corresponden a la parte federal.

Finalmente, se verificó que seis actas del FOFAEM (tres ordinarias y tres extraordinarias) no se encuentran firmadas por todos los asistentes a las mismas.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-004 10-0-08100-02-0914-03-002

15. Se verificó que el instrumento jurídico (Convenio de Aportación y Compromiso) que debía suscribirse con el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Michoacán (FOFAEM) y el Comité Estatal para el Fomento y la Protección Pecuaria de Michoacán, A.C. (CEFPPM) para la recepción de los recursos no cuenta con la firma del delegado fiduciario.

Por otra parte, los convenios de Aportación y Compromiso celebrados entre el CESAVEMICH y el CEFPPM con el FOFAEM sólo consideran los montos del acuerdo específico, sin que exista otro documento para los recursos adicionales por 17,371.8 miles de pesos.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-005

16. El CESAMICH pagó a la encargada de la Subdelegación de Pesca de la Delegación de la SAGARPA en Michoacán, por solicitud de la misma, la factura núm. 548 M por 7.3 miles de pesos por concepto de telefonía celular, con recursos del Subcomponente de Sanidad Acuícola 2010, lo cual se encuentra prohibido en la normativa.

Cabe señalar que por intervención de la ASF, el 22 de julio de 2011 se reintegró dicha cantidad a la TESOFE.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-006

17. Se verificó que el SENASICA no cuenta con la información completa de los recursos que aportan los productores o terceros para la operación de los proyectos de sanidad e

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inocuidad, dado que en Michoacán se reportan recursos aportados por los mismos o apoyos en especie, que no se reflejan en los informes que se emiten.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-007

18. Se identificó que las cuentas en las que se manejaron los recursos de inocuidad y sanidad en el CESAVEMICH no fueron específicas, dado que antes de que ministraran los recursos del programa (30 de abril de 2010) presentaban un saldo de 443.7 y 407.1 miles de pesos, respectivamente, y al 30 de junio de 2011 contaban con un saldo de 495.0 y 360.6 miles de pesos, cada una, sin que se aclare si estos recursos se tienen que reintegrar a la TESOFE.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-008 10-0-08100-02-0914-03-003

19. El CEFPPM no contó con un Reglamento Interno para el ejercicio 2010; asimismo, se verificó que el CESAMICH y el CEFPPM no contaron con un Programa Anual de Adquisiciones de Bienes y Servicios para el ejercicio 2010.

Por otra parte, se detectó que existen 11 contratos de prestadores de servicios del CESAVEMICH a los que se les hicieron pagos de más por 33.2 miles de pesos respecto al monto de su contrato, aunado a que 5 no se encuentran debidamente firmados.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-009

10-0-08100-02-0914-03-004

20. El FOFAEM entregó al CESAMICH 1,507.9 miles de pesos en abril y mayo de 2011 correspondientes a recursos y productos financieros del ejercicio 2010, de los cuales 1,130.9 miles de pesos eran federales, en lugar de reintegrarlos a la TESOFE, y de los que se desconoce su aplicación.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-005

21. Respecto de los PT de Inocuidad de Michoacán, los montos del Acuerdo Específico no fueron validados por la DGIAAP hasta el 21 de octubre de 2010, y los de las adendas, hasta el 21 de junio de 2011; no obstante que, los recursos se ejercerían de julio a diciembre de 2010. Asimismo, los PT de Movilización de los recursos originales para la operación de PVI y PVIF fueron remitidos con las firmas de validación hasta el 3 de noviembre y 21 de diciembre de 2010 y para los recursos adendados del PVI el 21 de febrero de 2011.

Lo anterior ocasionó que se entregaran recursos sin contar con los PT validados.

Asimismo, se detectaron deficiencias en la revisión y validación de los PT, ya que en el caso del PT de Trazabilidad de Michoacán difiere de los montos autorizados en el Acuerdo Específico en el cual se tenían recursos por 333.3 miles de pesos y se validó por 371.2, de lo que resultó una diferencia de 37.9 miles de pesos; posteriormente, en el PT modificado con los recursos adendados persiste una diferencia de 26.7 miles de pesos, en razón de que el monto era de 401.5 y lo validado por 428.2 miles de pesos.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-012

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22. La DGSA solicitó al Delegado Estatal de la SAGARPA en Michoacán, el reintegro de los recursos federales con sus productos financieros por 1,133.8 miles de pesos de las campañas zoosanitarias de "Rabia Paralítica Bovina", "Garrapata", "Influenza Aviar", "Enfermedad de Aujeszky" y "Varroasis de las Abejas", dado que no validó los PT modificados del CEFPPM, por considerar fechas de término posteriores al 31 de marzo de 2011, sin que al cierre de la revisión se hayan realizado.

No obstante lo anterior, la DGSA validó al CEFPPM los PT originales de "Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades de los Porcinos" por 1,166.4 miles de pesos, "Influenza Aviar" por 368.1 miles de pesos y "Despoblación" por 1,571.6 miles de pesos; así como, el PT modificado de "Trazabilidad" por 68.3 miles de pesos, con fechas de término a junio de 2011 los tres primeros y de abril de 2011 el tercero. Asimismo, el PT de los PVIF´s por 965.3 miles de pesos tenía como fecha de ejecución de julio de 2010 a abril de 2011; sin embargo, fue validado por la Dirección de Movilización Nacional de la DGIF el 21 de diciembre de 2010, motivo por el cual tampoco era factible hacer el cierre finiquito para dichas campañas al 31 de marzo.

Por otra parte, la Delegación Estatal de SAGARPA en Michoacán no proporcionó los PT modificados de las campañas de "Enfermedad de Newcastle", "Despoblación", "Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades Aviares y de los Porcinos", por lo que no se cuenta con la evidencia de la validación por parte de la DGSA por 1,030.3 miles de pesos, que corresponden a los recursos que se incrementan a dichos PT, aunado a que, no se cuenta con todos los PT debidamente firmados por todos los que participaron en su elaboración y validación.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-010 10-0-08100-02-0914-03-006

23. Se observó que en la Octava Sesión Extraordinaria del 22 de junio de 2010, el FOFAEM autorizó ejercer recursos remanentes de la campaña de tuberculosis bovina por 1,306.2 miles de pesos, para la ampliación de metas del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad del 2009.

Al respecto, el CEFPPM informó que esos recursos se utilizaron para darle seguimiento al "Programa de Activos Productivos" en específico para "Animales con Inconsistencias Documentales" y que al 30 de junio de 2011 tenía un saldo por 735.3 miles de pesos, de los cuales tenían comprometidos 160.8 miles de pesos para el pago de indemnización de 201 cabezas sacrificadas.

Por otra parte, el FOFAEM autorizó en su Décima Segunda Sesión Extraordinaria del 14 de septiembre de 2010 que el CEFPPM ampliara sus metas a diciembre de 2010, con el saldo que tenía por aplicar del Programa Soporte–Componente de Sanidades e Inocuidad del ejercicio 2009 por 10,085.2 miles de pesos, los cuales habían sido considerados como presupuesto devengado con compromiso de pago, en lugar de hacer el reintegro correspondiente.

Cabe señalar que el CEFPPM informó que dichos recursos se manejaron en la cuenta número 0174648986 y la de inversión con número de contrato 20454-4, las cuales

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reflejaban saldos al 30 de junio de 2011 por 311.1 y 1,045.4 miles de pesos, respectivamente.

Sobre el particular, se solicitó la intervención de la Instancia de Control mediante el oficio núm. DGAFFB/B3/141/2012 de fecha 17 de enero de 2012.

24. En el acta de la reunión extraordinaria del 31 de marzo de 2011 de la CRyS, para el cierre de los subcomponentes de salud animal e inocuidad pecuaria, se validó que el CEFPPM aplicara recursos por 12,957.7 miles de pesos del ejercicio 2010, en abril, mayo y junio de 2011, o hasta que se terminara el recurso.

Por otro lado, se comprometió a pagar adeudos por 168.2 miles de pesos de préstamos realizados por los productores para las campañas de 2010, con los recursos del 2011.

Asimismo, se informó que a esa fecha, en el caso de la campaña de "Tuberculosis Bovina" seguían pendientes de entrega recursos por 1,429.2 miles de pesos correspondientes a la segunda adenda, los cuales se entregaron al CEFPPM hasta el 9 de junio de 2011.

Finalmente, en el acta de cierre, no se informó acerca de los productos financieros generados, de los que el CEFPPM señaló que al 20 de julio de 2011, se contaba con 195.9 miles de pesos en la cuenta concentradora 1140-006-000 20438-2, sin que éstos hayan sido reintegrados a la TESOFE.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-007

25. Al 19 de julio de 2011, el CESAVEMICH contaba con productos financieros por 196.0 miles de pesos del Programa Soporte 2010, que no fueron autorizados para su aplicación; sin embargo, no se habían reintegrado a la TESOFE.

Asimismo, se informó que se tenían saldos de las campañas pendientes de ejercer por 3,306.7 miles de pesos, de los cuales 2,076.7 son recursos federales y que tanto el CESAVEMICH como las Juntas Locales de Sanidad Vegetal (JLSV) de Periban de Ramos, los Reyes, Oriente de Michoacán, Fco. J. Múgica, Ario de Rosales y Tingambato posiblemente realizarían reintegros; sin embargo, dado que a la fecha de la visita realizada al CESAVEMICH no se contaba con el acta de cierre finiquito del ejercicio 2010, éstos no habían sido determinados en su totalidad, por lo que se informó que esto se atendería con posterioridad; no obstante, a la fecha de cierre de la auditoría, no se remitió evidencia documental de los reintegros, ni del cierre finiquito.

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Cabe señalar, que el 27 de mayo de 2011 se realizó la entrega-recepción de la Presidencia del CESAVEMICH, en la cual se señaló un saldo del presupuesto asignado por el Comité Técnico del FOFAEM de los ejercicios 2008, 2009 y 2010 por 10,897.5 miles de pesos. Posteriormente, mediante el oficio núm. B00.01.02.03.03/09619 del 19 de septiembre de 2011, se informó que dichos recursos fueron utilizados para realizar pagos por compromisos devengados, sin que se proporcionara evidencia de la utilización que se dio a dichos recursos, además de que no se aclaró quién y con qué facultades autorizó los pagos, ya que no se contaba con un titular. Respecto de esta situación, se solicitó la intervención de la instancia de control mediante el oficio núm. DGAFFB/B3/139/2012 de fecha 17 de enero de 2012.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-008

26. Se constató que en la Cuarta y Sexta Sesión Extraordinaria del 30 y 31 de marzo de 2010, respectivamente, el FOFAEM autorizó la liberación de recursos del ejercicio 2009 por 2,600.0 miles de pesos al CESAVEMICH los cuales se entregaron el 20 de mayo y 17 de agosto de 2010, por lo que el inicio de las operaciones del ejercicio 2010, se realizó sin que estuvieran ejercidos la totalidad de los recursos entregados en el 2009, aunado a que el acta de cierre finiquito de ese año, no había sido firmada por el fiduciario.

Al respecto, el CESAVEMICH informó que de dichos recursos se utilizaron 1,200.0 miles de pesos en el "Programa de Caracterización de Zonas y Control de Barrenado del Hueso" de los cuales a mayo de 2011 se contaba con un saldo de 102.8 miles de pesos, que no habían sido reintegrados a la TESOFE; no obstante que a esa fecha el programa ya se había concluido.

Por otra parte, se observó que durante los meses de abril a agosto de 2010 se ejercieron recursos federales por 1,307.1 miles de pesos del Subcomponente de Inocuidad del 2009, que habían sido reprogramados el 2 de julio de 2010 por la DGIAAP para su ejercicio en el periodo de enero a marzo de 2010.

Adicionalmente, se verificó que en el ejercicio 2010 el CESAVEMICH realizó reintegros al FOFAEM por 4,526.4 miles de pesos de recursos no ejercidos de años anteriores, de los cuales 3,708.2 miles de pesos son federales; sin embargo, no se proporcionó evidencia de su reintegro a la TESOFE. Asimismo, se tenía pendiente otro reintegro de 42.0 miles de pesos, sin que se proporcionara documentación de su realización ni de la autorización para aplicar los productos financieros por 891.6 miles de pesos, o en su caso, evidencia de que se enteraron a la TESOFE.

Sobre el particular, se solicitó la intervención de la Instancia de Control mediante el oficio núm. DGAFFB/B3/140/2012 de fecha 17 de enero de 2012.

27. Se verificó que en los ejercicios 2009 y 2010 fueron robados dos vehículos al CESAVEMICH y a la Junta Local de Sanidad Vegetal del Oriente de Michoacán (JLSVOM), de los cuales el 10 de junio de 2011 y 22 de junio de 2010 se obtuvieron indemnizaciones de las aseguradoras por 118.9 y 132.8 miles de pesos, respectivamente; sin embargo, no se han hecho las reposiciones de los vehículos por estar pendiente la autorización de la CRyS, aunado a que en la denuncia presentada en el caso del siniestro de la JLSVOM, se manifestó

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por parte del denunciante que no se contaba con oficio de asignación, aun cuando se entregó un resguardo de fecha 3 de marzo de 2009.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-011

28. Se identificó que una camioneta Jeep Grand Cherokee con placas de circulación PFS-2216 del CESAVEMICH se encuentra bajo resguardo del DDR de Uruapan, sin que se haya justificado esta situación.

Por otra parte, el Comité Estatal de Fomento y Protección Pecuaria de Chihuahua le pagó al SENASICA, con cargo a los recursos del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad del ejercicio 2010, el combustible, lubricantes y mantenimiento de los vehículos que tienen en comodato por 542.1 miles de pesos; no obstante, que la normativa establece que los vehículos son para uso exclusivo de los profesionistas y técnicos del OA y los gastos por mantenimiento son únicamente para los vehículos que utiliza en la operación de los PT validados.

Véase acción(es): 10-9-08B00-02-0914-08-001 10-9-08114-02-0914-08-001

29. Se observó que en enero de 2011, la CRyS a petición del CESAVEMICH validó la transferencia de recursos del 2010 de la campaña de "Manejo Fitosanitario del Maíz" a la campaña "Contra Moscas de la Fruta" de Michoacán en donde se ejercieron 16.0 miles de pesos de recursos federales; sin embargo, la DGSV opinó negativamente dicho movimiento, por lo que el CESAVEMICH solicitó a la CRyS la autorización para ejercer recursos de enero a junio de 2011 con posibles préstamos con cargo al Programa Soporte 2011, sin que este proceso se encuentre regulado y se hayan reintegrado los recursos federales.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-009

30. Se verificó que los recibos entregados por el CEFPPM presentan una diferencia de 9.8 miles de pesos, con respecto al monto que debía liberársele.

Por otra parte, se detectaron diferencias entre los montos convenidos en el acuerdo y las adendas contra los recibos de los OA de Nayarit, ya que en Sanidad Acuícola y Vegetal se señalan recursos de más por 185.0 y 7,011.6 miles de pesos, respectivamente, y en Pecuarios de menos por 442.3 miles de pesos.

Aunado a lo anterior, existen diferencias entre los montos señalados en el Acuerdo Especifico y las adendas del Estado de Nayarit contra las instrucciones de pago del FOFAE para los OA de Vegetal y Pecuarios por 1,538.0 y 1,266.5 miles de pesos.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-012 10-0-08100-02-0914-03-010

31. Los gastos de operación y evaluación excedieron en 1.3% (12,046.0 miles de pesos) el porcentaje señalado en la normativa de 4.7% respecto del presupuesto original autorizado para el Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-013 10-9-08114-02-0914-08-002

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32. Trece OA que operaron recursos para los subcomponentes de inocuidad agrícola, pecuaria y acuícola excedieron el porcentaje del 8.0% para gastos de administración por 535.3 miles de pesos, de los que no se identificó la aportación federal de la estatal; asimismo, tres Comités de Sanidad Acuícola se excedieron por 18.3 miles de pesos, que corresponden a recursos federales, y cinco, por 359.5 miles de pesos, que corresponden a recursos estatales.

Cabe señalar que la DGSA no proporcionó los datos correspondientes al subcomponente de salud animal, dado que sus lineamientos específicos no señalan un porcentaje límite para dichos gastos.

Por otro lado, la DGSV no cuenta con los datos de los cierres, ni con la descripción específica del 10.0% correspondiente a los Gastos de Administración de todos los proyectos fitosanitarios.

En este contexto, se desconoce el gasto real que se emplea para la administración del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, dado que se asigna el 4.0% para gastos de las Delegaciones Estatales de la SAGARPA y el Gobierno del Estado, aunado a los recursos que se asignan para la administración por parte de los OA, de los cuales, los primeros no se ocupan en forma específica para el componente señalado, y de los segundos no se tiene cuantificado a cuánto asciende el monto que se ejerce en éstos.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-014 10-9-08114-02-0914-08-003

33. Para efectos de la revisión de los gastos de operación con recursos federales del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad por 44,969.4 miles de pesos, se solicitó información referente a su ejercicio o reintegro por cada entidad federativa, sin que a la fecha de cierre de los trabajos de auditoría se haya tenido respuesta.

Sobre el particular, se constató que los OA de Sanidad Vegetal y de Pecuarios del Estado de Guanajuato ejercieron gastos de operación por 140.0 y 1,038.7 miles de pesos, respectivamente, no obstante, que el destino de estos recursos era para la operación de la Delegación Estatal y el Gobierno del Estado, por lo que no se realizó la distribución de los gastos de operación en apego a la normativa, aunado a que, no se cuenta con la autorización de las DGSV y DGSA para el ejercicio de dichos recursos por parte de los OA's, dado que ese procedimiento no se encuentra regulado por la normativa aplicable.

Por otra parte, se observó que en los gastos de operación por 3,159.8 miles de pesos del Estado de Michoacán, se incluyeron pagos por la compra de una cocineta, un lava trastes, un limpiador de vidrios, un desinfectante, comida para peces, pastilla anti alga, limpiadores, toallitas desinfectantes, bolsas de plástico y servicios de fotocopiado por un monto de 40.5 miles de pesos, de los cuales no se justificó su relación con el programa; aunado a que se consideró una transferencia de 62.0 miles de pesos, que era gasto de operación estatal.

Adicionalmente, se realizaron aportaciones para ventanillas de la SAGARPA y la SEDRU por 740.9 miles de pesos, no obstante que el Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad no utiliza ventanillas para la entrega de los apoyos.

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Finalmente, se constató que en los gastos de operación de la Delegación Estatal de la SAGARPA en Michoacán por 889.1 miles de pesos, no se tienen identificados los correspondientes al Programa de Desarrollo institucional en Delegaciones, Distritos de Desarrollo Rural y Centros de Apoyo al Desarrollo Rural (PDI), por lo que no se puede verificar si se ajustaron al porcentaje establecido en las ROPSAGARPA.

Cabe señalar que por intervención de la ASF, el 22 de julio de 2011 se reintegró la cantidad de 196.0 miles de pesos a la TESOFE, correspondientes a recursos no ejercidos por parte de la Delegación Estatal de la SAGARPA en Michoacán.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-015 10-0-08100-02-0914-03-011

34. Existe opacidad en el rubro de Gastos de Evaluación del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, al cual se le asignaron recursos federales por 8,397.1 miles de pesos en el ejercicio 2010, dado que los recursos son ministrados a los FOFAE de los Estados y no se remite información alguna sobre los resultados obtenidos a las direcciones generales del SENASICA para que realicen las mejoras procedentes. Al respecto, se solicitó información sobre el ejercicio de los mismos, resultados generados, remanentes y reintegros, sin que a la fecha de cierre de los trabajos de auditoría se haya tenido respuesta.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-016 10-0-08100-02-0914-03-012

35. Se observó falta de transparencia en el ejercicio de los productos financieros generados en el Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, dado que la normativa permite que éstos sean empleados en diversos conceptos a los cuales no se les da seguimiento.

Al respecto, los FOFAE de Yucatán, Campeche y Baja California asignaron un monto de 216.1, 64.0 y 349.7 miles de pesos, respectivamente, de los productos financieros, para el pago de publicaciones y papelería oficial; no obstante, que en el Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, sólo se transfieren recursos a los OA, por lo que no se justifica el gasto, aunado a que no se proporcionó la documentación comprobatoria del ejercicio del mismo.

Asimismo, no se comprobó la aplicación de productos financieros en los estados de Baja California por 353.0 miles de pesos por concepto de Pago de Servicios Fiduciarios; Campeche por 230.3 miles de pesos reportados por el FOFAECAM al 31 de enero de 2011 y Morelos por 240.1 miles de pesos, en los que se argumentó que los productos financieros se toman como una sola bolsa para el pago de diversos conceptos autorizados en la norma.

Por otro lado, en los estados de Nayarit, Querétaro y Quintana Roo no se informó de los productos financieros generados en el FOFAE por la administración de los recursos, o en su caso, la documentación comprobatoria de su aplicación o reintegro.

Adicionalmente, en los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chihuahua, Distrito Federal, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, México, Morelos, Puebla, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas se aplicaron productos financieros por 29,978.3

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miles de pesos para la ampliación de metas de los cuales las direcciones generales del SENASICA no emiten autorización, por lo que desconocen en qué conceptos se aplican y si éstos resultan necesarios para la operación y el cumplimiento del objetivo del programa, ya que se utilizan para la compra de vehículos, pago de gastos posteriores al cierre, e incluso el FOFAE de Zacatecas utilizó 289.0 miles de pesos, para ampliar las metas del Programa Adquisición de Activos Productivos 2010.

Finalmente, se observó que el FOFAE de Tlaxcala autorizó el ejercicio de recursos por 340.1 miles de pesos en el Subcomponente de Sanidad Vegetal, provenientes de rendimientos de ejercicios anteriores. Al respecto, se indicó que dicho importe se radicó mediante instrucciones de pago por 241.5 y 200.0 miles de pesos, en las que se señaló que los recursos serían tomados con cargo a la aportación estatal y rendimientos financieros de los programas de la Alianza para el Campo 2007, respectivamente.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-013 10-0-08100-02-0914-03-013

36. La Subcomisión de Sanidad Vegetal en el Estado de Chiapas autorizó que recursos federales remanentes del 2010 por 18.2 miles de pesos, se ejercieran en abril de 2011.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-014

37. Se detectó que al 1 de abril de 2011, el FOFAE de Zacatecas contaba con un saldo de 1,736.9 miles de pesos, que se encontraba como devengado pendiente de pago; sin embargo, no se remitió evidencia del compromiso del pago, la autorización, así como la justificación de por qué no se habían entregado antes del 31 de marzo de 2011.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-015

38. El 5 de enero de 2011 se elaboró el finiquito del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad del Estado de Guerrero; sin embargo, en dicha fecha el Comité Técnico del FOFAE de Guerrero autorizó el traspaso de un monto de 6,038.0 miles de pesos (de los cuales 4,518.7 miles de pesos eran de origen federal), a la subcuenta denominada “Apoyos Devengados Modalidad 2 en Proceso de Pago 2010", por lo que al cierre del ejercicio, no se había ministrado la totalidad de los recursos a los OA.

Al respecto, dado que no se encuentra regulado el traspaso de los recursos a otra cuenta, existe falta de transparencia, ya que no se tiene evidencia de que los recursos hayan sido entregados, ejercidos, o reintegrados, ni de los productos financieros que se habrían generado en dicha subcuenta.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-017 10-0-08100-02-0914-03-016

39. Se informó que el Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Colima asignó un monto de 461.6 miles de pesos en calidad de préstamo del saldo que tenía al 31 de marzo de 2011 del ejercicio 2010, para la operación de las campañas 2011; sin embargo, posteriormente se indicó que esto se realizó con recursos propios de los productores, por lo que no se aclaró en qué se erogó dicho monto, toda vez que en el finiquito se reportó que los recursos fueron ejercidos en su totalidad.

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Por otra parte, el Comité Estatal de Sanidad Acuícola de Colima autorizó ejercer recursos por 121.7 miles de pesos en los meses de abril, mayo y junio de 2011 para el pago de honorarios, en lugar de reintegrarlos a la TESOFE, en incumplimiento de la normativa.

Asimismo, el 7 de marzo de 2011 la Comisión Estatal de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de Colima, autorizó que el Comité Estatal para el Fomento y Protección Pecuaria ejerciera los remanentes del ejercicio 2010 de los subcomponentes de salud animal, inocuidad pecuaria y movilización por 2,179.0 miles de pesos, en diversos conceptos como la adquisición de vehículos, cámaras e internet de PVI's, que no fueron autorizados por la DGSA y la DGIF, por lo que se realizan autorizaciones al término del tiempo establecido en la normativa que no garantizan el adecuado ejercicio de los recursos, en lugar de reintegrarlos a la TESOFE, dado que al 31 de marzo de 2011 se tenía un saldo en las cuentas bancarias de 1,907.5 miles de pesos, de los que no se proporcionó evidencia de que estuvieran comprometidos.

Por lo anterior, se concluye que en la operación del Programa los ejecutores ejercen los recursos remanentes y los productos financieros fuera de los plazos establecidos con el fin de evitar su reintegro a la Tesorería de la Federación.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-01-018 10-0-08100-02-0914-03-017

40. La DGSA autorizó el 28 de octubre de 2010 que el Comité para el Fomento y Protección Pecuaria del Estado de Coahuila realizara un traspaso por la cantidad de 7,421.5 miles de pesos del proyecto de "Despoblación de Vigilancia Epidemiológica" al de "Movilización", de los cuales 5,525.9 miles de pesos, son recursos federales; no obstante, que esto no está permitido en la normativa.

Lo anterior obedeció a que el control de la movilización se había realizado con recursos de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica; sin embargo, para el ejercicio 2010 esto se debía concentrar en la DGIF, lo cual no se reguló en la autorización de los PT de Coahuila.

Por otra parte, se observó que en el Estado de Coahuila no se reportó el ejercicio de los montos convenidos mediante Acuerdo Específico y adendas, correspondientes a los subcomponentes de Inocuidad Pecuaria y Movilización por 427.2 y 830.0 miles de pesos, respectivamente.

Al respecto, en el informe de julio de 2010 a marzo de 2011 del subcomponente de movilización, se reportó un ejercicio de 118.7 miles de pesos, por lo que se tiene una diferencia de 6,237.2 miles de pesos pendientes de comprobar, motivo por el cual, se solicitó el reintegro correspondiente de los recursos no informados, así como los rendimientos generados, sin que a la fecha se tenga evidencia de su realización. Por otro lado, de los recursos de inocuidad no reportados, no se remitió información de su aplicación o reintegro.

Véase acción(es): 10-0-08B00-02-0914-01-014 10-0-08100-02-0914-03-018

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41. Se realizaron traspasos de productos financieros y remanentes de los recursos del Programa Soporte del ejercicio 2010, para la ampliación de metas de otros componentes en los estados de Baja California y Zacatecas por 150.0 y 289.0 miles de pesos, respectivamente; así como, entre campañas en los estados de Tabasco y Chiapas por 675.3 y 108.0 miles de pesos, respectivamente; que en el último caso, se usaron para adquisición de vehículos, aun cuando la DGSV sólo había autorizado 70.0 miles de pesos.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-019

42. Se observó que el FOFAE del Distrito Federal (FOFAEDF) operó con discrecionalidad los recursos del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, toda vez que ministró recursos al Comité para el Fomento y Protección Pecuaria del D.F. (CFPPDF) sin tener previamente los PT validados por la DGSA, aunado a que éstos se enviaron con cifras superiores a las señaladas en el Acuerdo Especifico para los Proyectos de Vigilancia Epidemiológica.

Adicionalmente, el CFPPDF dejó de realizar metas programadas en diversas campañas para apoyar los Proyectos de Vigilancia Epidemiológica y la emergencia de Garrapata Boophilus, para los cuales incluso el FOFAEDF entregó recursos adicionales de productos financieros por 275.5 miles de pesos; no obstante, que la DGSA había señalado que las actividades de vigilancia epidemiológica ya habían sido realizadas por la Comisión México-Estados Unidos para la Prevención de la Fiebre Aftosa y Otras Enfermedades Exóticas de los Animales (CPA).

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-020

43. Se observó que no todas las personas que se encuentran prestando servicios en los distintos OA están contratadas bajo el régimen de honorarios, lo cual se ha traducido en obligaciones de carácter laboral que son sufragadas con los recursos del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad como seguros de vida, cuotas al IMSS, compensaciones anuales y pago de demandas, como se realizó en la Junta Local de Sanidad Vegetal de Mapastepec de Chiapas, en el que erogó la cantidad de 150.0 miles de pesos provenientes de remanentes del programa del 2010, para liquidar a un "Auxiliar de Campo".

Cabe señalar que los apoyos que se les otorgan a los OA son subsidios con un fin específico (proteger al país de plagas y enfermedades y mejorar la situación sanitaria mediante líneas de acción específicas para las sanidades e inocuidad), por lo que los recursos no pueden ser canalizados para cubrir compromisos de otra índole.

Véase acción(es): 10-0-08100-02-0914-03-021

Acciones

Recomendaciones

10-0-08B00-02-0914-01-001.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria elabore, actualice, autorice y difunda tanto su manual de organización, como los manuales de procedimientos que regulan su operación y las actividades que realizan las diferentes direcciones generales que la conforman. [Resultado 1]

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10-0-08B00-02-0914-01-002.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, implemente mecanismos de control para que los Organismos Auxiliares que operen recursos federales emitan los recibos correspondientes a las aportaciones realizadas por los mismos. [Resultado 2]

10-0-08B00-02-0914-01-003.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria concluya con los trámites correspondientes a la revisión y autorización de los reglamentos de las leyes federales de Sanidad Vegetal, de Sanidad Animal y General de Pesca, y Acuacultura Sustentables, a efecto de que éstos puedan ser publicados, difundidos y aplicados en lo conducente. [Resultado 3]

10-0-08B00-02-0914-01-004.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, antes de emitir la normativa específica para la operación del Componente de Sanidades e Inocuidad, se asegure de que no tenga contradicciones con otras leyes que regulan el ejercicio y control de los recursos públicos federales; asimismo, para que realice las correcciones en los casos procedentes. [Resultado 4]

10-0-08B00-02-0914-01-005.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria implemente los mecanismos de control necesarios para que, antes de la entrega de los apoyos, se verifique que las cuentas bancarias de los Organismos Auxiliares sean productivas, específicas y exclusivas, a efecto de asegurar que los recursos federales del Componente de Sanidades e Inocuidad, en ningún caso permanezcan ociosos. [Resultado 5]

10-0-08B00-02-0914-01-006.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fortalezca sus mecanismos para la supervisión, control, evaluación y coordinación de los programas sanitarios y de inocuidad con objeto de que los órganos auxiliares que se determine necesario integrar se instalen en tiempo y forma en todas las entidades federativas donde se operen los recursos. [Resultado 6]

10-0-08B00-02-0914-01-007.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fortalezca sus mecanismos de control a efecto de que los Programas Integrales de Trabajo sean formalizados en tiempo y forma por los responsables de su autorización y para que toda la información que se genere con motivo del Componente de Sanidades e Inocuidad sea debidamente resguardada por las áreas encargadas de su ejecución y supervisión y contenga la leyenda de transparencia. [Resultado 7]

10-0-08B00-02-0914-01-008.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria implemente mecanismos de control con objeto de verificar que sus Organismos Auxiliares cumplan con las disposiciones normativas que le son impuestas. [Resultado 8]

10-0-08B00-02-0914-01-009.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo

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Rural, Pesca y Alimentación, especifique claramente los conceptos presupuestales que regulan el ejercicio del gasto, a efecto de que tanto los dispersores de los recursos como los Organismos Auxiliares se sujeten estrictamente a ellos. [Resultado 9]

10-0-08B00-02-0914-01-010.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, evalúe las ventajas y desventajas de seguir dispersando los recursos mediante los Fideicomisos Fondo de Fomento Agropecuario de los estados, dada la recurrencia en la falta de oportunidad de la entrega de los apoyos estatales, que en la práctica han demorado la entrega de los recursos federales a los Organismos Auxiliares. [Resultado 10]

10-0-08B00-02-0914-01-011.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fortalezca sus mecanismos de control a efecto de que, antes de entregar recursos a los Organismos Auxiliares para el Componente de Sanidades e Inocuidad, se verifique que éstos cumplieron con el cierre del ejercicio inmediato anterior y, en su caso, aplique las sanciones que correspondan. [Resultado 11]

10-0-08B00-02-0914-01-012.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que los programas de trabajo que elaboren los Organismos Auxiliares para recibir los apoyos del Componente de Sanidad e Inocuidad sean debidamente revisados y validados antes de ejercer los recursos. [Resultado 21]

10-0-08B00-02-0914-01-013.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, implemente los mecanismos de control que les permitan constatar que los productos financieros son ejercidos exclusivamente en actividades necesarias para la operación y el cumplimiento del objetivo del programa autorizado para el ejercicio fiscal que corresponda. [Resultado 35]

10-0-08B00-02-0914-01-014.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que la autorización de recursos para los Organismos Auxiliares se realice para los subcomponentes y campañas en los que los aplicarán, para evitar con ello que se efectúen traspasos de recursos que demoren la ejecución de los programas de trabajo. [Resultado 40]

10-0-08100-02-0914-01-001.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación fortalezca sus mecanismos de control a fin de que los recibos que emitan los Fideicomisos de Fondo de Fomento Agropecuario por las ministraciones que se les realicen para dispersar los subsidios a la población objetivo de los diversos programas que operan sean debidamente desglosados, a efecto de que éstos puedan ser verificados y ligados con su destino específico. [Resultado 2]

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10-0-08100-02-0914-01-002.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control que permitan verificar que toda la información que se derive de la operación del Componente de Sanidades e Inocuidad, se entregue en tiempo y forma, a efecto de que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria cuente con todos los elementos para llevar un adecuado seguimiento y control del mismo. [Resultado 12]

10-0-08100-02-0914-01-003.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación fortalezca sus mecanismos de control a efecto de que todos los reintegros que se generen en el Componente de Sanidades e Inocuidad sean informados en cuanto se realicen al área correspondiente, para su registro. [Resultado 13]

10-0-08100-02-0914-01-004.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, implemente los mecanismos de control que permitan verificar que las subcuentas que se crean en los Fideicomisos de Fondo de Fomento Agropecuario para el manejo de los subsidios que se aportan por cada ejercicio y componente de los programas que se operan en los estados sean específicas y exclusivas; así como, para que éstos se traspasen con la totalidad de los productos financieros que hubieren generado en la cuenta concentradora, desde el momento de su recepción, y para que los recursos que no se hubieren ejercido al cierre del programa, se reintegren en tiempo y forma a la Tesorería de la Federación. [Resultado 14]

10-0-08100-02-0914-01-005.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, implemente los mecanismos de control necesarios a efecto de que los Organismos Auxiliares formalicen en tiempo y forma todos los instrumentos jurídicos que con motivo de la recepción de recursos tengan que suscribir de acuerdo con la normativa. [Resultado 15]

10-0-08100-02-0914-01-006.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que ningún servidor público solicite o reciba de los Organismos Auxiliares recursos públicos para fines distintos de los autorizados en la normativa. [Resultado 16]

10-0-08100-02-0914-01-007.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a fin de que se reporte la totalidad de los recursos que aportan los productores para la realización de los proyectos de sanidad e inocuidad. [Resultado 17]

10-0-08100-02-0914-01-008.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que los Organismos Auxiliares tengan cuentas específicas para el manejo de cada subcomponente que operan en cada ejercicio. [Resultado 18]

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10-0-08100-02-0914-01-009.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que los Organismos Auxiliares cumplan con todas las disposiciones aplicables en materia de adquisiciones y para que cuenten con un reglamento interno que regule su estructura, funcionamiento y operación; asimismo, para que los pagos realizados a los prestadores de servicios profesionales se correspondan con lo señalado en los contratos suscritos con los mismos, los cuales deben estar debidamente formalizados. [Resultado 19]

10-0-08100-02-0914-01-010.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que las modificaciones de los Programas de Trabajo que presenten los Organismos Auxiliares, sean autorizadas antes de liberar y ejercer los recursos, y sean debidamente formalizadas. [Resultado 22]

10-0-08100-02-0914-01-011.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control con el fin de que los vehículos adquiridos con recursos del Componente de Sanidades e Inocuidad sean utilizados únicamente para la operación de los programas y por los resguardatarios de los mismos; asimismo, para que se analice y determine la procedencia de la reposición de los bienes. [Resultado 27]

10-0-08100-02-0914-01-012.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que las instrucciones de pago que realicen los Fideicomisos Fondo de Fomento Agropecuario de los estados y los recibos que emitan los Organismos Auxiliares con motivo de la entrega y recepción de los apoyos del Componente de Sanidades e Inocuidad, se elaboren de acuerdo con los montos autorizados en los acuerdos específicos correspondientes. [Resultado 30]

10-0-08100-02-0914-01-013.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación fortalezca sus mecanismos de control a efecto de que los recursos destinados a los gastos de operación y evaluación del Componente de Sanidades e Inocuidad se ejerzan sin rebasar los porcentajes establecidos para tal efecto. [Resultado 31]

10-0-08100-02-0914-01-014.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control con objeto de que los Organismos Auxiliares se ajusten estrictamente a los montos autorizados para ejercer en cada rubro de gasto; asimismo, se evalúe la necesidad y efectos legales de continuar autorizando que los subsidios federales se empleen para sufragar los gastos de administración de dichos organismos. [Resultado 32]

10-0-08100-02-0914-01-015.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a fin de que se cuente con

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la información detallada de las erogaciones que se realizan bajo el rubro de gastos de operación por parte de los ejecutores de gasto, a efecto de verificar que se encuentran relacionados con las actividades del programa para el cual fueron otorgados, se tengan debidamente identificados y se hayan ejercido o reintegrado en tiempo y forma. [Resultado 33]

10-0-08100-02-0914-01-016.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a fin de que se cuente con la información sobre el ejercicio de los remanentes y reintegros que se efectúen de los recursos federales destinados a los gastos de evaluación, y que los resultados de dichas evaluaciones se remitan al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, a efecto de que realice las acciones de mejora que procedan. [Resultado 34]

10-0-08100-02-0914-01-017.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a fin de que los recursos federales del Componente de Sanidades e Inocuidad que manejan los Fideicomisos Fondo de Fomento Agropecuario de los estados, que no hayan sido entregados a los Organismos Auxiliares para la ejecución de los Programas de Trabajo antes del cierre del ejercicio, no sean traspasados a cuentas distintas de las que autorice la normativa. [Resultado 38]

10-0-08100-02-0914-01-018.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, fortalezca los mecanismos de control a efecto de que todos los recursos federales y productos financieros que no hubieren sido devengados y ejercidos al cierre establecido en la normativa, se reintegren a la Tesorería de la Federación. [Resultado 39]

Solicitudes de Aclaración

10-0-08B00-02-0914-03-001.- Para que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 6,717.1 miles de pesos por concepto de reintegros que se encuentran pendientes de efectuar, de acuerdo con lo informado por las direcciones generales del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 12]

10-0-08100-02-0914-03-001.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación que evidencie la aplicación o reintegro de 9,515.8 miles de pesos por concepto de remanentes de recursos y productos financieros. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 13]

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10-0-08100-02-0914-03-002.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 23,156.8 miles de pesos por concepto de los productos financieros que se generaron con motivo del manejo financiero de los recursos del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, los cuales no se traspasaron a la subcuenta específica, se tenían como saldo al 31 de marzo de 2011 en las cuentas de inversión y no se evidenció su aplicación o reintegro a la Tesorería de la Federación. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 14]

10-0-08100-02-0914-03-003.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 855.6 miles de pesos, por concepto de los saldos que presentaban las cuentas del Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Michoacán al 30 de junio de 2011. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 18]

10-0-08100-02-0914-03-004.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 33.2 miles de pesos por concepto de pagos realizados a prestadores de servicios profesionales que excedieron los montos señalados en los contratos respectivos. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 19]

10-0-08100-02-0914-03-005.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 1,130.9 miles de pesos por concepto de los recursos entregados al Comité Estatal de Sanidad Acuícola de Michoacán posteriores a la fecha de cierre del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad del ejercicio 2010 y que debieron haber sido reintegrados a la Tesorería de la Federación. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 20]

10-0-08100-02-0914-03-006.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 2,164.1 miles de pesos por concepto de la falta de autorización y presentación de los Programas de Trabajo modificados para el ejercicio de recursos en las campañas zoosanitarias del Estado de Michoacán en el ejercicio 2010. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 22]

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10-0-08100-02-0914-03-007.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 14,751.0 miles de pesos, por concepto de la autorización y entrega extemporánea de recursos al cierre establecido en la normativa, así como por lo correspondiente a los recursos comprometidos en ejercicios subsecuentes y productos financieros que permanecen en las cuentas bancarias del Comité Estatal para el Fomento y la Protección Pecuaria de Michoacán, A.C. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 24]

10-0-08100-02-0914-03-008.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 2,272.7 miles de pesos por concepto de los saldos de recursos y productos financieros con que contaba el Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Michoacán, los cuales no habían sido ejercidos a la fecha de cierre del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad y, en su caso, proporcione los posibles reintegros que realizarían las Juntas Locales de Sanidad Vegetal. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 25]

10-0-08100-02-0914-03-009.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 16.0 miles de pesos por concepto de la transferencia de recursos que se ejercieron sin contar con la autorización de las instancias correspondientes. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 29]

10-0-08100-02-0914-03-010.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 9.8 miles de pesos por las diferencias detectadas entre los recibos emitidos por el Comité Estatal para el Fomento y Protección Pecuaria del Estado de Michoacán y los montos convenidos para ejercer; así como, las de los Organismos Auxiliares de Nayarit por 7,638.9 miles de pesos, y las instrucciones de pago del Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario de Nayarit por 2,804.5 miles de pesos. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 30]

10-0-08100-02-0914-03-011.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 46,701.9 miles de pesos correspondientes a la falta de información del ejercicio o reintegro de recursos federales que se autorizaron en los estados como Gastos de Operación; así como, por las erogaciones realizadas en dicho concepto por la Delegación Estatal de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en Michoacán,

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que no se encuentran relacionadas con la operación del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 33]

10-0-08100-02-0914-03-012.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 8,397.1 miles de pesos correspondientes al ejercicio o reintegro de recursos federales que se autorizaron en los estados como Gastos de Evaluación del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 34]

10-0-08100-02-0914-03-013.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 1,742.2 miles de pesos que evidencie la aplicación de los productos financieros y la justificación de que los gastos realizados con éstos, se encuentran relacionados exclusivamente con la operación del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad; así como, lo relacionado a la falta de información de los productos financieros generados, aplicados y reintegrados por los Fideicomisos Fondo de Fomento Agropecuario de los estados de Hidalgo, Morelos, Nayarit, Querétaro y Quintana Roo. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 35]

10-0-08100-02-0914-03-014.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 18.2 miles de pesos que la Subcomisión de Sanidad Vegetal en el Estado de Chiapas autorizó ejercer de forma extemporánea al cierre del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad del ejercicio 2010. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 36]

10-0-08100-02-0914-03-015.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 1,736.9 miles de pesos que se tenían como saldos del ejercicio 2010 y de los cuales no se remitió evidencia de su aplicación o reintegro. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 37]

10-0-08100-02-0914-03-016.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 4,518.7 miles de pesos correspondientes a los recursos federales que se traspasaron a la subcuenta denominada "Apoyos Devengados Modalidad 2 en Proceso de Pago 2010", de los

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que no se cuenta con información acerca de su entrega, ejercicio o reintegro, ni de los productos financieros generados. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 38]

10-0-08100-02-0914-03-017.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 2,762.3 miles de pesos correspondientes a remanentes de recursos y productos financieros que se ejercieron fuera de los plazos establecidos en la normativa. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 39]

10-0-08100-02-0914-03-018.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 6,664.4 miles de pesos correspondientes a los recursos del Estado de Coahuila de los que no se evidenció su ejercicio, ni su reintegro a la Tesorería de la Federación. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 40]

10-0-08100-02-0914-03-019.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 1,152.3 miles de pesos correspondientes a los traspasos de recursos y productos financieros entre componentes y campañas del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad en los estados de Baja California, Zacatecas, Tabasco y Chiapas, que no cuentan con autorización por parte del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 41]

10-0-08100-02-0914-03-020.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 275.5 miles de pesos correspondientes a los productos financieros que el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Distrito Federal entregó al Comité para el Fomento y Protección Pecuaria del Distrito Federal a efecto de apoyar actividades que la Dirección General de Salud Animal informó que ya habían sido realizadas por otro organismo. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 42]

10-0-08100-02-0914-03-021.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 150.0 miles de pesos, que se utilizaron para pagar la liquidación de una persona con motivo de una demanda laboral. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la

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entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 43]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

10-9-08B00-02-0914-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron que el Comité Estatal de Fomento y Protección Pecuaria de Chihuahua pagara con recursos del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad los gastos por concepto de combustible, lubricantes y mantenimiento de los vehículos que ya había entregado en comodato al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, no obstante que la normativa establece que los vehículos son para uso exclusivo de los profesionistas y técnicos del Organismo Auxiliar y los gastos por mantenimiento son únicamente para los vehículos que utiliza en la operación de los programas de trabajo validados. [Resultado 28]

10-9-08114-02-0914-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron que el Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Michoacán entregara al Distrito de Desarrollo Rural de Uruapan una camioneta Jeep Grand Cherokee, no obstante que la normativa establece que el resguardo de los vehículos será por el personal técnico y administrativo del Organismo Auxiliar que lo tenga en uso. [Resultado 28]

10-9-08114-02-0914-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron ejercer gastos de operación y evaluación que excedieron el porcentaje establecido del 4.7% del presupuesto original autorizado para el Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad. [Resultado 31]

10-9-08114-02-0914-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión omitieron supervisar que los gastos de administración se ajustaran a los porcentajes autorizados en la normativa para dicho concepto. [Resultado 32]

Recuperaciones Operadas y Probables

Se determinaron recuperaciones por 149,724.9 miles de pesos, de los cuales 4,539.0 miles de pesos fueron operadas y 145,185.9 miles de pesos corresponden a recuperaciones probables.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 41 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 32 Recomendación(es), 22 Solicitud(es) de Aclaración y 4 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes:

El Manual de Organización del SENASICA no se encuentra actualizado, y sus direcciones generales carecen o están en proceso de actualizar y autorizar los procedimientos que regulen su operación y las actividades que realizan; falta emitir reglamentos de las leyes que regulan las sanidades; la normativa es contradictoria con diversas disposiciones generales aplicables al ejercicio del gasto en materia de subsidios; no hay coordinación entre las diversas áreas para la debida operación del programa; se efectuaron traspasos de recursos entre campañas, subcomponentes y programas aun cuando no está permitido por la normativa; falta de oportunidad en la entrega de los informes físico-financieros; autorizaciones para el ejercicio de recursos después de la fecha de cierre establecida en la normativa; falta de entrega de cierres finiquitos tanto anteriores como del año en revisión; y ejercicio de recursos para fines distintos de los señalados para el Componente de Sanidades e Inocuidad.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Comprobar que la estructura orgánica del área sujeta a revisión fue congruente con la estructura operativa, y que se contó con manuales de organización y procedimientos actualizados y vigentes.

2. Constatar que las Cuentas por Liquidar Certificadas contaron con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.

3. Analizar las disposiciones establecidas para la instrumentación del Programa Soporte-Componente de Sanidades e Inocuidad, así como la normativa aplicable al mismo.

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4. Verificar el cumplimiento de los convenios de coordinación y los acuerdos específicos que regularon la operación del Componente de Sanidades e Inocuidad.

5. Constatar la emisión y el cumplimiento de la normativa específica para el ejercicio de los recursos del Componente de Sanidades e Inocuidad en el ejercicio 2010.

6. Constatar que los Organismos Auxiliares (OA) presentaron en tiempo y forma sus Programas de Trabajo (PT) y se formalice el Programa Integral de Trabajo de cada estado.

7. Verificar que los recursos recibidos para el Componente de Sanidades e Inocuidad se dispersaron a través del FOFAE y que se dio seguimiento a su control y ejercicio mediante los mecanismos instaurados para ello.

8. Verificar que los apoyos entregados a cada Organismo Auxiliar se realizaron de conformidad con los instrumentos jurídicos suscritos con las entidades federativas.

9. Constatar que los FOFAE y los Organismos Auxiliares cuenten con cuentas bancarias o subcuentas, exclusivas, específicas y productivas para la administración y el ejercicio de los recursos presupuestales de 2010.

10. Verificar que los gastos de operación y evaluación, con cargo al presupuesto del programa, no excedieron el monto autorizado y, seleccionar de una muestra, que se encuentren justificados y comprobados.

11. Verificar que los informes de avance mensual, trimestral y de cierre de cuenta pública, se entregaron en tiempo y forma y que se les dio el seguimiento correspondiente.

12. Verificar, de una muestra, que los Organismos Auxiliares cumplieron con las disposiciones aplicables a la operación y manejo de los recursos del programa.

13. Constatar que se suscribió el acta de cierre finiquito del Componente de Sanidades e Inocuidad.

14. Constatar que los recursos no devengados se enteraron a la Tesorería de la Federación en tiempo y forma.

Áreas Revisadas

Las direcciones generales de Salud Animal (DGSA), Sanidad Vegetal (DGSV), Inspección Fitozoosanitaria (DGIF) e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera (DGIAAP), todas adscritas al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), Coordinación General de Delegaciones de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), Comité de Sanidad Acuícola del Estado de Michoacán (CESAMICH), Comité de Sanidad Vegetal del Estado de Michoacán (CESAVEMICH) y Comité Estatal para el Fomento y Protección Pecuaria del Estado de Michoacán (CEFPPM).

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 134, Par. 1, 2.

2. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Arts. 12; 19

3. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Arts. 1, Par. 2; 54, Par. 1, 2; 110, Par. 4, Frac. II; 111, Par. último.

4. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Arts. 6, Frac. I; 8, Frac. I, y II; 176, Par. 1; 241, Par. 1.

5. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Arts. 35, Frac. VI; 54, Frac. XII.

Términos de Referencia para la Operación del Componente de Sanidad e Inocuidad del Programa Soporte, Arts. 7; 8, Inc. b, punto 4; 9, Núm. 2.

Lineamientos Técnicos y Administrativos para la Operación de los Subcomponentes de Sanidad Acuícola e Inocuidad Acuícola y Pesquera del Programa de Soporte (LTAESAIA), Núms. 14; 16, Inc. a, b; 70; 75; 76; 77; 78; 99; 100; 102.

Lineamientos para el Ejercicio, Control y Seguimiento de los Recursos Federales, Programados en el Subcomponente de Inspección de la Movilización Agropecuaria Nacional, Componente de Sanidades e Inocuidad del Programa Soporte, así como los Recursos asignados directamente por el SENASICA para el Fortalecimiento de los Puntos de Verificación e Inspección Federal (LEIMAN), Frac. IV.2, punto 8; Núm. IV, punto 8; IV.3, punto 5.

Lineamientos Técnicos Administrativos Específicos para la Operación de los Proyectos Fitosanitarios y Ejecución de los Recursos Asignados al Subcomponente de Sanidad Vegetal a través de los Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal (LTAESV), Frac. VIII, Inc. a, Par. 3, Frac. IV, Num. 3; Núms. VI, Inc. c, Par. 2; VII, Inc. a, apartado del "flujo de los recursos del CESV a las JLSV operativa".

Ley Federal de Sanidad Animal, Art. 6 Transitorio.

Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, Art. 6 Transitorio.

Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, que se indican (ROPSAGARPA), Arts. 17, Frac. I; II.2.1., Par. 3, punto segundo, Frac. II.2.2., Par. 10; III, Par. antepenúltimo; 23, Frac. III, V, Par. 4, 5; 24; 25, Par. 3; 26, Frac. I, Par. 2, 3, II, Par. 1; Séptimo transitorio.

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Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno (ADMCI), Art. 14, Frac. I, Norma Cuarta, II.3, punto cuarto.

Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, Art. 109, Par. 1.

Oficio Circular núm. 113.-252 del 31 de marzo de 2008 suscrito por el Coordinador General de Delegaciones y el Director en Jefe del SENASICA.

Lineamientos Técnicos y Administrativos para la operación de los Subcomponentes de Salud Animal e Inocuidad Pecuaria del Programa Soporte (LTAESAIP), Núms. 5; 9; 11; 15; 17; 45, Inc. a; 46; 55; 62; 64; 66; 67; 78; 79; 84; 85.

Convenios de Coordinación suscritos con las entidades, Cláu. décima sexta, Inc. b, n.

Acuerdos Específicos suscritos con las entidades federativas, Cláu. segunda; tercera, punto 3.1, Inc. a, b, c, d, d.3, d.5, i; 3.2, Inc. c; 3.3, Inc. b.

Lineamientos Técnicos y Administrativos para la Operación de los Proyectos y Ejecución de los Recursos Públicos Asignados al Componente de Sanidad e Inocuidad del Programa Soporte, a través de los Organismos Auxiliares (LTAG), Frac. I, Par. 2, 7, 12.

Contratos de Prestadores de Servicios, Cláu. quinta, octava.

Manual de Procedimientos de la Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, Anexo I, apartado "Descripción de los criterios técnicos administrativos, para la revisión de los Programas de Trabajo", punto 5.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.