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Página 1 de 111 SECCIÓN II: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO. PAQUETE TÉCNICO. Anexo B Especificaciones Generales. Anexo B-1 Especificaciones Particulares Anexo “E” Equipo que proporcionará Pemex Exploración y Producción Anexo DE-10 Catálogo de Conceptos, Anexo DE-10A Catálogo de precios unitarios. Anexo S Obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Pemex Exploración y Producción.

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SECCIÓN II: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO.

PAQUETE TÉCNICO. Anexo B Especificaciones Generales.

Anexo B-1 Especificaciones Particulares

Anexo “E” Equipo que proporcionará Pemex Exploración y Producción

Anexo DE-10 Catálogo de Conceptos,

Anexo DE-10A Catálogo de precios unitarios.

Anexo S Obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental de los

proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Pemex Exploración y Producción.

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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A.- ESPECIFICACIONES GENERALES

I.- OBJETIVO.

Cumplir con el programa operativo de perforación, mediante la obtención de información de registros geofísicos, en agujero descubierto y entubado, para la evaluación de los pozos exploratorios, de desarrollo y en mantenimiento, obteniendo las características de las formaciones geológicas alcanzadas, determinando su litología, porosidad, resistividad, saturaciones, permeabilidad, propiedades mecánicas, detección y diferenciación de fluidos, presión y muestras de formación, a fin de cuantificar reservas, evaluar calidad de las cementaciones, evaluación de la producción y optimizar la explotación de los pozos que interviene la División XXXXXX.

II.- JUSTIFICACIÓN.

En los trabajos de perforación de pozos petroleros, es imprescindible realizar tomas de información, utilizando para ello registros geofísicos, en agujero descubierto y entubado. Con los trabajos de obtención y procesamiento de registros geofísicos se coadyuva en la perforación, terminación y reparación de los pozos petroleros, para la explotación de hidrocarburos e incorporación de reservas de los yacimientos en los diferentes proyectos de la División XXXXXX. Con la obtención de la información se determinan las características geológicas y geofísicas de las formaciones, para definir sus parámetros y particularidades como: porosidad, resistividad, densidad, presión, temperatura, saturación de agua y de hidrocarburos, así como la desviación y el rumbo del agujero, buzamiento e imágenes de las formaciones, propiedades mecánicas de la roca, identificación de arcillas. Con la delimitación de litología se determinan los asentamientos de tuberías de revestimiento, conociéndose y determinándose la geometría, forma, tamaño, orientación de los yacimientos. Además, mediante una cuidadosa interpretación de los registros es posible evaluar el potencial productivo de los yacimientos y optimizar la explotación del campo. Con la evaluación de la Cementación, se garantiza el aislamiento hidráulico de los intervalos.

III.- UBICACIÓN Y RESIDENCIA.

III.I.- Los trabajos objeto del contrato se realizarán en los pozos petroleros que interviene la Unidad de Perforación y Mantenimiento de Pozos División XXXXXXXX.

III.2.- El Contratista deberá contar al inicio y durante la vigencia del presente contrato con Instalaciones en (Reynosa, Tamps., o Poza Rica Ver., o Veracruz, Ver., Villahermosa, Tab., Cd. del Carmen, Camp.) con oficinas con medios de comunicación tales como: telefono, fax e internet, así como con el software y hardware para realizar los trabajos requeridos por PEP. Área para prueba y calibración de equipos. Almacen de materiales. Area de resguardo de sondas, laboratorio de mantenimiento. Cuarto de prueba de equipos de control de presión que incluya consola de prueba de presión con registrador gráfico y suministro de aire. Para la División Norte es suficiente que la compañía cuente con un cuarto de prueba de equipos de control de presión en cualquiera de sus bases ubicadas en esta región. Fosas de almacenamiento de material radioactivo conforme a los requerimientos de la CNSNS. Patio de maniobras, recursos humanos, materiales, transporte, y medios de comunicación, para asegurar una administración eficiente y continua del contrato.

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GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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IV.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS. Para efectos del presente Contrato, PEP conviene con el Contratista, en la definición de los siguientes términos que tienen los significados que a continuación se indican:

A.- Trabajo: Es una serie de operaciones de registros geofísicos, y/o recuperación de tuberías que se realizan en una sola salida a un pozo relacionada con una orden de trabajo, inicia con el armado de equipo y/o herramientas, continúa con las operaciones en una o varias etapas y termina con el desmantelamiento de las mismas.

Un trabajo puede incluir uno o más servicios.

B.-Operación: Es una bajada al pozo para realizar una parte o la totalidad del servicios, en una operación se pueden realizar uno o más servicios. C.- Servicio: Comprende una actividad de registro en agujero descubierto y entubado, un servicio cumple por si solo con un objetivo específico y correponde a los conceptos de trabajo del anexo DE-10”.

D.- Operación Incompleta: Se considera Operación incompleta cuando las herramientas y/o equipos se encuentran dentro del pozo, y no sea posible bajar por resistencias propias del pozo (verificado por PEP) y sea necesario acondicionar el agujero para efectuar la operación ó si dicha introducción es suspendida por cambio de programa ordenado por PEP.

E.- Registro: Toma de información de las diferentes condiciones del pozo, puede ser de un intervalo de la profundidad del pozo en función de la profundidad o del tiempo (estaciones) o de las condiciones de superficie.

F.-Profundidad: En el caso de registros, es la profundidad máxima donde inicia a medir la herramienta y en el caso de una calibración es la profundidad máxima alcanzada en el pozo.

G.-Orden de Trabajo: Orden por escrito que expide el residente y/o supervisor(es) de PEP al Contratista para ejecutar el trabajo, conteniendo los servicios, las características de la operación por ejecutar, lugar y hora de cita (cuando aplique) nombre y datos del pozo.

H.- Presión minima de trabajo: Es el requerimiento minimo de presiòn màxima en libras por pulgadas cuadrada solicitada por PEP que deberán soportar las herramientas, dentro del pozo.

I.- Temperatura minima de trabajo: Es el requerimiento minimo de temperatura màxima en grados Farenheit solicitada por PEP que deberán soportar las herramientas, dentro del pozo.

J.- Presión máxima: Máxima presión de los equipos manifestada por el licitante en sus especificaciones técnicas.

K.- Temperatura máxima: Máxima temperatura de los equipos manifestada por el licitante en sus especificaciones técnicas.

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GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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L.- Formato SEG-Y.- Formato estándar definido por la SEG última versión (Comité Internacional de la Sociedad de Geofísicos de Exploración) y adecuado por PEP por el Centro Nacional de Procesado Sismológico (CNPS)

M.- Punto de medida: Distancia entre el sensor de la sonda y el extremo inferior de la misma incluyendo adaptadores, extensiones u equipos adicionales con que esté combinado.

N.- Primera lectura: Profundidad en el pozo en la cual la medición en cuestión inicia y es válida y está relacionada con la profundidad máxima alcanzada por el sensor.

O.- Estación: Lectura tomada en función del tiempo con el equipo a una determinada profundidad y sin movimiento del mismo.

P.- Certificación de los trabajos: significa el documento con el cual se certifica la realización del trabajo solicitado.

V.- DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS. V.1.- Los trabajos de Obtención y procesamiento de registros geofísicos en los pozos petroleros de la División XXXXXXXX., consisten en la toma de información mediante la cual se determinan características de las formaciones para definir sus parámetros y particularidades como: porosidad, resistividad, densidad, presión, temperatura, saturación de agua y de hidrocarburos, así como la desviación y el rumbo del agujero, buzamiento e imágenes de las formaciones, propiedades mecánicas de la roca, identificación de arcillas. Con la delimitación de la litología se determinan los asentamientos de las tuberías de revestimiento, conociéndose y determinándose la geometría, forma, tamaño, orientación de los yacimientos. Además, mediante una cuidadosa interpretación de los registros es posible evaluar el potencial productivo de la formación y optimizar la explotación del campo, la evaluación de la Cementación, consiste en ponderar la adherencia entre el cemento, la formación y la tubería de revestimiento, por lo que se requiere la utilización, de personal, equipo, materiales, herramientas, refacciones y accesorios para la realización de estos trabajos.

VI.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA VI.1.- PROCEDIMIENTOS.

VI.1.1.- El Contratista al inicio del contrato debe proporcionar al residente ó supervisor de obra, copia de todos sus procedimientos de operación, mismos que deben aplicar en la ejecución de cada uno de los trabajos contratados.

VI.2.- PERSONAL Y EQUIPO

VI.2.1.- RECURSOS HUMANOS

VI.2.1.1.- El Contratista utilizará el personal propuesto para realizar los trabajos con seguridad, de acuerdo a los procedimientos de operación y dentro de los tiempos requeridos para la ejecución de los diversos trabajos contratados.

VI.2.1.2.-En la ejecución de los trabajos, el Contratista deberá realizarlos para cada una de las operaciones con el siguiente personal:

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GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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Para las partidas 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13, 15, 17, 19, 21, 23, 25, 27, 29, 32, 34, 36, 38, 40, 44, 47, 48, 52, 54, 56, 58, 60, 62, 64, 65, 68, 70, 72, 74, 81, 83, 85 y 87, se realizarán con un ingeniero operador, un operador de malacate y dos ayudantes. Para las partidas 2, 4, 6, 8, 10, 12, 14, 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30, 31, 45, 53, 55, 57, 59, 61, 63, 66, 67, 69, 71, 73, 75, 77, 78, 79, 80, 892, 84, 86, se realizarán con un ingeniero operador, un operador de malacate. Para la partida 33, 35, 37, 39, 41 se empleará un ingeniero operador, un operador de malacate y unespecialista en sìsmica Para la partida 42 se realizarà con un especialista en posicionamiento dinàmico y un ayudante. Para la partida 50 se realizarà con un ingeniero operador, un operador de malacate, tres ayudantesespecilalista en sìsmica, especialista en posicionamiento dinàmico. Las partidas 94, 96, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 105, 107, 109 se realizaràn con un ingeniero operador. Las partidas 92, 95, 97, 104, 106, 108, 110 se realizaràn con con un ingeniero operador, un operador deemalacate y un ayudante Para la partidas 46 y 49 se realizarán con un especialista en equipo condiciones difíciles. Para la partida 43 se emplearà un operario y un ayudante. Para la partida 51 no se requiere personal. Para las partidas 88, 89, 90 y 91 en caso de pozos marinos no se requiere personal. en caso de pozos terrestres o lacustres se requiere un operador.

VI.2.1.3.- El Contratista deberá proporcionar los recursos humanos para realizar los trabajos objeto de este Contrato, considerando que podrá efectuar hasta (xx) operaciones simultaneas.

VI.2.1.4.-El Contratista podrá solicitar personal adicional al indicado en la partida VI.2.1.2 de este mismo anexo para la realización de los trabajos, mismo que debera ser autorizado por PEP.

VI.2.2. EXPERIENCIA DEL PERSONAL TÈCNICO Y DE LA EMPRESA.

VI.2.2.1.- Superintendente de construcciòn, (uno) que se encargara de la ejecución de los trabajos, los que deben tener experiencia en trabajos similares (articulo 26 fracción III del RLOPSRM), comprobable con copia de los documentos indicados a continuaciòn.

Currículum vitae con:

a).- Documentos que comprueben la experiencia mínima de 5 años, con empresa o empresas del ramo en trabajos similares a los del objeto del presente contrato, por ejemplo contrato(s) laboral y carta firmada por el gerente o representante legal del Contratista avalando su experiencia y capacitación técnica, para desarrollar la categoría propuesta.

b).- Copia fotostática de cedula profesional (en los paises donde aplique) y titulo en alguna área de Ingeniería. certificados, diplomas o constancias de uno ó más cursos ó seminarios, para comprobar su capacitación en registros en agujero descubierto y entubado y en equipo de control de presión.

Cuando el Contratista o PEP decidan sustituir o reemplazar al Superintendente de construcción, el Contratista deberá entregar al residente o supervisor de obra con una anticipación mínima de tres dias

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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hábiles, la documentación referida en el punto VI.2.2.1, para avalar la experiencia mìnima requerida para su autorización.

VI.2.2.2.- Ingenieros Operadores (xx), que se encargara de la ejecución de los trabajos, los que deben tener experiencia en trabajos similares a los del presente contrato (articulo 26 fracción III del RLOPSRM), comprobable con copia de los documentos indicados a continuación:

Carátulas de contratos, y carta del patrón en la que especifique el tiempo laborado en la empresa y su experiencia para desempeñar la categoría propuesta:

Currículum vitae con:

a).-Documentos que comprueben la experiencia mínima de 2 años, con empresa o empresas del ramo en trabajos similares a los del presente contrato y condiciones de pozo similares (presión, temperatura, desviación) a las del área o lugar de los trabajos, por ejemplo contrato(s) laboral(es) y carta firmada por el Superintendente de Construcción o representante legal del Contratista avalando su experiencia y capacitación técnica.

b).- Copia fotostática de cedula profesional (donde aplique) y titulo en alguna área de Ingeniería. Certificados, diplomas o constancias de cursos ó seminarios, para comprobar su capacitación, en registros en agujero descubierto, entubado, en equipo condiciones difíciles y control de presión.

Cuando el Contratista o PEP decidan adicionar, sustituir o remplazar a los Ingenieros Operadores el Contratista deberá entregar al residente de obra o supervisores del contrato con una anticipación mínima de tres dias habiles, la documentación referida en el inciso VI.2.2.2, para avalar la experiencia mìnima requerida para su autorización.

VI.2.2.3.- Operador de la Unidad de Registros (xx), que se encargara de la ejecución de los trabajos, los que deben tener experiencia en trabajos similares (articulo 26 fracción III del RLOPSRM), comprobable con copia de los documentos indicados a continuación:

Carátulas de contratos, y carta del patrón en la que especifique el tiempo laborado en la empresa y su experiencia para desempeñar la categoría propuesta.

Currículum vitae con:

a).-Documentos que comprueben la experiencia mínima de 3 años en los ùltimos 5 años, con empresa o empresas del ramo en trabajos similares a los del objeto del presente contrato, por ejemplo contrato(s) laboral y carta firmada por el Superintendente de Construcción o representante legal del Contratista avalando su experiencia y capacitación técnica, para desarrollar la categoría propuesta.

VI.2.2.4.- Especialista de equipo en condiciones dificiles (xx) que se encargara de la ejecución de los trabajos, los que deben tener experiencia en trabajos similares (articulo 26 fracción III del RLOPSRM), comprobable con copia de los documentos indicados a continuación:

Carátulas de contratos, y carta del patrón en la que especifique el tiempo laborado en la empresa y su experiencia para desempeñar la categoría propuesta.

Currículum vitae con:

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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).-Documentos que comprueben la experiencia mínima de 2 años en los ùltimos 5 años para pozos terrestres y 3 años en los ùltimos 5 años para pozos costa fuera, con empresa o empresas del ramo en trabajos similares a los del objeto del presente contrato, por ejemplo contrato(s) laboral y carta firmada por el Superintendente de Construcción o representante legal del Contratista avalando su experiencia y capacitación técnica, para desarrollar la categoría propuesta.

.

VI.2.2.5.- Especialista en sísmica (xx) que se encargara de la ejecución de los trabajos, los que deben tener experiencia en trabajos similares (articulo 26 fracción III del RLOPSRM), comprobable con copia de los documentos indicados a continuación:

Caratulas de contratos, y carta del patrón en la que especifique el tiempo laborado en la empresa y su experiencia para desempeñar la categoría propuesta.

Currículum vitae con:

a).-Documentos que comprueben la experiencia mínima de 2 años en los ùltimos 5 años para pozos terrestres y 3 años en los ùltimos 5 años para pozos costa fuera, con empresa o empresas del ramo en trabajos similares a los del objeto del presente contrato, por ejemplo contrato(s) laboral y carta firmada por el Superintendente de Construcción o representante legal del Contratista avalando su experiencia y capacitación técnica, para desarrollar la categoría propuesta.

VI.2.2.6.- Ayudante (xx), que se encargara de la ejecución de los trabajos, los que deben tener experiencia en trabajos similares (articulo 26 fracción III del RLOPSRM), comprobable con copia de los documentos indicados a continuación: Caratulas de contratos, y/o carta del patrón en la que especifique el tiempo laborado en la empresa y su experiencia para desempeñar la categoría propuesta. VI.2.2.7.- La certificación de la capacidad, capacitación y experiencia todo su personal técnico serán responsabilidad del contratista.

VI.2.2.8.- El prestador del servicio podrá enviar personal para entrenamiento a las instalaciones de los pozos siempre y cuando cuente con la autorización del Supervisor o Residente del contrato y cumpla con las siguientes condiciones: Los tiempos operativos no deberán afectarse, los costos de traslado, alimentación y hospedaje corren por cuenta del contratista, la responsabilidad total de la operación es del Ingeniero operador que cumple con los requisitos de experiencia solictadas en estas bases de contrato

VI.2.2.9.- PEP podrá exigir la remoción inmediata del personal técnico si considera que su actitud, aptitud o desempeño laboral no es eficiente o eficaz y el subsecuente personal que el Contratista designe serán igualmente calificados por PEP según los parámetros para tal caso establecidos en el punto VI.2.2 de este Anexo.

VI.2.2.10.- El Contratista durante la vigencia del contrato, a solicitud de PEP podrá dar pláticas, seminarios o conferencias, al personal técnico y profesional de éste último; de sus técnicas de trabajo, de sus equipos y herramientas en cualquier momento siempre y cuando no interfiera con sus actividades, sin que esto ocasione un cargo adicional para PEP.

VI.2.2.11.- El Superintendente de Construcción del Contratista debe conocer las normas, especificaciones técnicas y los trámites administrativos de este contrato, y estará debidamente facultado para resolver a

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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nombre del Contratista cualquier situación que se presente durante el desarrollo de los trabajos. Además, está obligado a hablar el idioma español para poder interpretar las ordenes del Residente o Supervisores de Obra desigando por PEP, logrando con esta medida que las operaciones a realizar resulten satisfactorias.

VI.2.2.12.- El Contratista mantendrá estrecha comunicación con la residencia de obra y los supervisores del contrato en todas y cada una de las actividades a seguir durante el desarrollo del contrato.

VI.2.2.13.-Identificación de los trabajos realizados por el licitante que acrediten su experiencia de empresa de 2 años y la capacidad técnica en los que sea comparable su participación en la obtención y procesamiento de registros geofísicos para lo cual deberá presentar el currículum vitae de la empresa anotando el nombre de la contratante, número de contrato, descripción de la obra, importes totales, importes ejercidos o por ejercer, inicio y terminación de los trabajos o fechas previstas de terminación, según el caso, comprobables con actas de recepción de obra, actas de finiquito o cualquier otro documento que lo compruebe.

VI.2.2.14.- Al inicio de la vigencia del contrato el contratista entregará documentación (copia) que acredite el registro del Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE) ante la CNSNS del personal que manipulará el material radiactivo. El número de este personal dependerá del volumen de trabajo, siendo responsabilidaddel contratista que todo su personal que manipule materiales radioactivos esté registrado ante la CNSNS. El personal que no esté registrado como POE no podrá participar en los trabajos y el contratista está obligado a sustituirlos, o registrarlo y capacitarlo VI.2.3. EQUIPOS VI.2.3.1.- El Contratista contará con las refacciones y herramientas para la reparación de sus equipos; obligándose a proporcionar el mantenimiento oportuno de ellos, con objeto de tenerlos en óptimas condiciones de operación y a disposición de los trabajos solicitados por PEP cuando sean requeridos.

VI.2.3.2.- En el caso de herramientas, materiales o equipos perdidos dentro del pozo, o en superficie por cualquier causa, PEP no tendrá ninguna obligación de retribuir al Contratista cantidad alguna por reposición o reparación.

VI.2.3.3.- PEP no se responsabiliza por pérdida parcial o total o daños en las herramientas o equipos sufridas durante su traslado al pozo o en la operación, aún si la causa es imputable a problemas del pozo, el Contratista debe, en su totalidad, asumir la responsabilidad y costo de sus herramientas y equipos, quedando bajo su responsabilidad asegurarlos o no.

VI.2.3.4.- Cuando se trate de herramientas atrapadas dentro del pozo, en ningún momento el personal del Contratista romperá el punto débil o el cable sin la autorización de PEP.

VI.2.3.5.- Es responsabilidad del Contratista efectuar las pruebas y chequeos correspondientes de las herramientas antes y después de haber sido introducidas al pozo, así como el de realizarles sus respectivas pruebas y calibraciones maestras con la periodicidad que indican sus procedimientos de trabajo.

VI.2.3.6.- Cuando ocurra el atrapamiento de las herramientas o no puedan bajar por resistencias encontradas en el pozo, el Contratista deberá grabar la información del atrapamiento o resistencia, incluyendo en el registro la curva de tensión, para demostrar a PEP este suceso y deberá presentar en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm dicha información, con la finalidad de documentar para su pago la operación incompleta.

VI.2.3.7.- La aceptación de los registros por parte de la supervisión de PEP, no relevará al Contratista de su responsabilidad en cuanto a la calidad de los mismos.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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VI.2.3.8.- Cuando se presenten retrasos en la ejecución de los trabajos imputables al contratista por fallas en sus equipos y/o materiales y/o mano de obra ó por cualquier otra causa, se aplicaran las penas convencionales establecidas en el contrato.

VI.2.3.9.- El Contratista deberá contar con equipo para realizar los registros sísmicos de velocidades, cuando la fuente sonora se encuentre fuera de la plataforma donde se este realizando el registro, y PEP proporcionará la embarcación. (Solo aplica a pozos marinos)

VI.2.3.10.- El Contratista deberá contar durante la vigencia del contrato con el equipo y herramientas propuesto en el anexo “DT-3” para la ejecución de los trabajos.

VI.2.3.11.- Para el procesamiento e interpretación de todo tipo de registros obtenidos en los pozos petroleros en sus diferentes etapas, el Contratista se obliga a contar con el Software y Hardware para obtener las evaluaciones requeridas por PEP en el presente contrato.

VI.2.3.12.- El Contratista a solicitud de PEP proporcionará para las operaciones que no impliquen riesgo a las instalaciones, el adaptador de fábrica diseñado para la conexión a tubo madrina de 7” y 9 5/8” de diámetro. Este adaptador se integrará en la partida de equipo de control de presión.

VI.2.3.13.- PEP podrá ordenar en cualquier momento la sustitución o reparación del equipo o herramientas que presente problemas durante el desarrollo de los trabajos. En caso de sustitución de equipo o herramienta, deberà de ser con caracteristicas similares a los del equipo o herramienta sustituido.

VI.2.3.14.- Si la actividad rebasara la capacidad del Contratista, PEP podrà hacer uso de equipos de otras compañìas únicamente si el contratista rebasa el número de trabajos simultáneos y no cuente con capacidad para atender más trabajos. Si el contratista no tuviera capacidad para atender los trabajos, al recibir la orden de trabajo deberá manifestarlo por escrito. Si el contratista no pudiera atender la orden de trabajo porque la capacidad contratada está rebasada no da lugar a ningún tipo de sanción. En caso de que su capacidad no esté siendo rebasada como consecuencia de la orden de trabajo que se le entrega, procederá como incumplimiento a una orden de trabajo.

VI.2.3.15.- Al inicio del Contrato PEP podrà realizar una inspección en las instalaciones del Contratista del equipo, herramientas y materiales propuestos en el documento DT-3.

VI.2.3.16.- Será responsabilidad del Contratista contar con los accesorios y combinaciones para conectarse a las tuberías flexibles.

VI.2.3.17.- El Contratista se obliga a realizar mensualmente pruebas hidrostáticas a la presión de trabajo a sus equipos de control de presión que estén operando y en forma trimestral, a los equipos inactivos; Los reportes de estas pruebas serán entregados a PEP cuando lo solicite. Así mismo se obliga a utilizar el equipo revisado y probado, en los trabajos indicados en las ordenes de trabajo.

VI.2.3.18.- Es responsabilidad del Contratista efectuar la calibración de los pozos petroleros con barras calibradoras cuando sea necesario y a solicitud de PEP.

VI.2.3.19.- EL Contratista adicionalmente de la toma de información de fondo entregará los datos de presión y temperatura de la cabeza del pozo, cuando PEP se lo requiera en la orden de trabajo correspondiente.

VI.2.3.20.- En los registros de Medición de Flujo de Agua, el pago de las estaciones efectuadas para determinar el sentido del flujo, podrán ser con flujo hacia arriba, hacia abajo o ambas, por lo que no procederá el pago individual de cada una de estas condiciones en la misma estación, considerando estación como el intervalo comprendido de +/- 5 metros de la profundidad donde se efectuó la medición previa.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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VI.2.3.21.- Cuando se efectúen trabajos de producción simultáneo con lecturas en tiempo real, el cargo por tiempo se considerará desde el comienzo de la toma de información durante la bajada de la herramienta solo si se hace tomando información por estaciones, hasta que termina la toma de información antes de que se inicie la recuperación de la sonda a superficie. No se pagarán los tiempos de calibración del molinete y de toma de registros para los cuales se dispone de partida para pago por registro (ejemplo perfil de aportación). La calibración del molinete que se efectúa dentro del pozo no causará cargo alguno, así mismo el registro de molinete podrá ser hacia abajo y hacia arriba, por lo que no procederá el pago individual de cada una de estas condiciones en el mismo intervalo.

VI.2.3.22.- Cuando se efectúen trabajos de presión y temperatura con lecturas en tiempo real, el cargo por tiempo se considerará desde el comienzo de la toma de información durante la bajada de la herramienta solo si se hace tomando información por estaciones, hasta que termina la toma de información del servicio antes de que se inicie la recuperación de la sonda a superficie. Las herramientas de presión y temperatura deberan soportar temperaturas de trabajo dentro del pozo de hasta 400°F. Las tomas de información por estaciones se sujetarán a las condiciones de cada pozo por lo que serán solicitadas por PEP bajo un programa.

VI.2.3.23.- La herramienta de ultrasónico de imágenes deberá ser capaz de evaluar cementos con baja densidad. Se consideran cementos de baja densidad aquellos cementos con densidades menores de 1.40 gr/cm3 VI.2.3.24.- Toda la información referente a los resultados obtenidos durante los trabajos relacionados con este contrato, es de carácter estrictamente confidencial y bajo ninguna circunstancia serán divulgados por el contratista o sus empleados a persona o empresa alguna, salvo a los trabajadores de PEP acreditados para estar al tanto de dicha información. La información entre diferentes divisiones deberá ser canalizada a través de Sede, la Subgerencia de Evaluación y Mejora Operativa de Servicios a Pozos de la Gerencia de Control de Operación y Evaluación.

VI.2. 3.25. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE TRABAJOS AGUJERO DESCUBIERTO

Estas especificaciones se complementan con las indicadas en el punto XI del anexo “B”

Ptda Equipo Caracteristicas

1 Unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie con malacate.

Las unidades móviles y cabinas marinas deberán contar con sistema de adquisición y control de datos (computadora digital) con el hardware y software necesarios para realizar los trabajos objeto de este contrato.

2 Cable electromecánico grueso.

Se considerará realizar operaciones en pozos de hasta xxxx mts., y deberán tener las características siguientes: Alta Temperatura (400 ºF), diámetro 15/32” o mayor, resistencia a la presencia de Ácido Sulfhídrico(H2S) y CO2 moderados (3%), presiones de hasta 20,000 lbs./plg2, uso en pozos desviados, horizontales y de diámetros reducidos.

3 Rayos gamma.- Deberán dar la lectura de rayos gamma totales del pozo mediante el empleo de

a).- xx para temperatura mínima de 350°F y Presión: mínima 20,000 psi. agujeros descubiertos desde 4 1/2” de diámetro hasta mínimo 24”

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GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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del pozo mediante el empleo de detectores de estado sólido.

b).- xx para temperatura mínima de 400°F.Presión: mínima 25,000 psi. agujeros descubiertos desde 4” de diámetro c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

4 Inducción Multiprofundidad.- Para la medición de la resistividad de la formacion que deberán tener como mínimo 5 diferentes profundidades de investigación, de las cuales la de mayor profundidad no deberá ser inferior a 90 pulgadas. Deberá brindar simultáneamente una curva de potencial espontaneo.

a).- xx para temperatura mínima de 350°F y Presión: mínima 20,000 psi. agujeros descubiertos desde 4 1/2” de diámetro hasta mínimo 20” b).- xx para temperatura mínima de 400°F.Presión: mínima 25,000 psi. agujeros descubiertos desde 4” de diámetro hasta mínimo 12” c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3% d).- Principio inductivo capáz de medir en lodos base agua o aceite.

5 Doble Laterolog.- Para la medición de la resistividad de la formacion que deberán tener como mínimo 2 diferentes profundidades de investigación, de las cuales la de mayor profundidad no deberá ser inferior a 60 pulgadas. Deberá brindar simultáneamente una curva de potencial espontaneo.

a).- xx para temperatura mínima de 350°F y Presión: mínima 20,000 psi. agujeros descubiertos desde 4 1/2” de diámetro hasta mínimo 16” b).- xx para temperatura mínima de 350°F.Presión: mínima 20,000 psi. agujeros descubiertos desde 4.625” de diámetro hasta mínimo 12” c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

6 Enfoque Microesférico.- Para la medición de la resistividad de la zona invadida de la formacion. Deberá brindar simultáneamente una curva de diámetro del pozo.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 6” de diámetro hasta mínimo 20” y deberán cumplir con lo siguiente:a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima de 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

7 Espectroscopía de Rayos gamma.- Para la medición del espectro de rayos gamma naturales de la formación, deberá brindar como mínimo curvas de Uranio, Torio y Potasio, así como Gamma total y Gamma sin uranio

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 4 1/2” de diámetro hasta mínimo 20” y deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

8 Litodensidad.- Para la medición de la densidad de la formación y del índice de absorción fotoeléctrica; Deberá brindar simultáneamente una curva de diámetro del pozo.

a).- xx para temperatura mínima de 350°F y Presión: mínima 20,000 psi. agujeros descubiertos desde 6” de diámetro hasta mínimo 21” b).- xx para temperatura mínima de 400°F.Presión: mínima 25,000 psi. agujeros descubiertos desde 4” de diámetro hasta mínimo 12”. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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9 Neutrón Compensado.- Para la medición de la porosidad de la formación mediante neutrones termales, esta medición deberá poder ser corregida por efectos ambientales del pozo.

a).- xx para temperatura mínima de 350°F y Presión: mínima 20,000 psi. agujeros descubiertos desde 4 1/2” de diámetro hasta mínimo 20” b).- xx para temperatura mínima de 400°F.Presión: mínima 25,000 psi. agujeros descubiertos desde 4” de diámetro hasta mínimo 12” c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

10 Sonico Dipolar.- Para la medición de las velocidades de las ondas compresionales, cizallamiento y Stoneley, deberá contar con paquete de navegación para brindar análisis de anisotropía de la formación.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 5” de diámetro hasta mínimo 17” y deberán cumplir con lo siguiente:a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

11 Sonico Digital.- Para la medición de las velocidades de las ondas compresionales, cizallamiento y Stoneley.

a).- xx para temperatura mínima de 350°F y Presión: mínima 20,000 psi. agujeros descubiertos desde 5” de diámetro hasta mínimo 18” b).- xx para temperatura mínima de 400°F.Presión: mínima 25,000 psi. agujeros descubiertos desde 4” de diámetro hasta mínimo 12” c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

12 Imagen Ultrasónica a pozo abierto.- Para la obtención de imágenes ultrasónicas de la pared del pozo.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 5 1/2” de diámetro hasta mínimo 10” y deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

13 Buzamiento Estratigrafico de alta resolución.- Para la determinación de los echados de la formación, desviación y azimuth del pozo, adicionalmente deberá brindar mínimo dos curvas de diámetro del pozo en diferentes planos. Incluye presentación de geometría del pozo.

Las herramientas de trabajarán en agujeros descubiertos desde 6” de diámetro hasta mínimo 20” y deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

14 Microimagen de Formación con principio resistivo.- Para la obtención de microimágenes resistivas de la formación y determinación de buzamientos y análisis de fracturas, adicionalmente deberá brindar

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 6.25” hasta un mìnimo de 20” de diámetro y deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%. d).- Cobertura mìnima de 60% en pozos de 8” de diàmetro.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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mínimo dos curvas de diámetro del pozo en diferentes planos. Incluye presentación de geometría del pozo.

15 Registro Resonancia Magnética.- Para la determinación de porosidad, permeabilidad, distribución de tamaño de poros.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 5 7/8” de diámetro hasta mínimo 8 1/2” y deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

16 Geometría de pozo.- Determinación de la desviación y azimuth del pozo, deberá brindar mínimo dos curvas de diámetro del pozo en diferentes planos.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 6” de diámetro hasta mínimo 21” y deberán cumplir con lo siguiente:a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

17 Probador de Formaciones.- Obtención de muestras de los fluidos de la formación, medición de la temperatura y presión de la formación para derivación de índices de permeabilidad

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 6” de diámetro hasta mínimo 12” y deberán cumplir con lo siguiente:a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

18 Sísmico de Velocidades (check shot).- Realización de tiros de verificación para ajuste de sísmica.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 4” de diámetro hasta mínimo 19” y deberán cumplir con lo siguiente:a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

19 Sísmico de Velocidades (vsp).- Para la realización de estudios sísmicos en el pozo con ondas directas y reflejadas.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 4” de diámetro hasta mínimo 19” y deberán cumplir con lo siguiente:a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3% Herramienta multisensor de 4 sensores triaxiales mínimo.

20 Extracción de Muestras de pared.- Recuperación de muestras de la pared de la formación, rotadas o de impacto.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 6 1/4” de diámetro hasta mínimo 12” y deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

21 Unidad generadora de energía eléctrica. (en caso de pozos marinos)

La unidad generadora de energía eléctrica deberá tener la capacidad para alimentar sus equipos, así como generar sus voltajes de operación.

22 Equipos de control de presión para 5000 PSI

Deberá señalar su configuración con todos sus componentes así como sus características de trabajo.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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para 5000 PSI Los equipos deberán ser capaces de operar en pozos con presiones de 0 a 5,000 PSI, estándard en pozo abierto.

23 Equipo condiciones difíciles.- Sistema para bajar las herramientas de registro en agujero descubierto asistidos por tubería.

Las herramientas deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350°F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%

24 Equipo de posicionamiento dinámico.- Para la ubicación de la fuente sonora en registros sísmicos con fuente móvil

Sistema sismico de navegación portatil, con unidad central de proceso, Modem UHF, Brújula de alto rendimiento.

25 Camión vibrador para trabajos de sísmica

Adecuados al tipo de trabajo. Fuerza pico mínima de 50,000 libras Capaz de generar barridos lineales, no lineales, ascendentes y descendentes. Deberá contar con sistema de posicionamiento dinámico con tolerancia máxima permisible para el posicionamiento de los puntos de 1 metro con respecto a los puntos teóricos. Máximo defazamiento de similaridad de +- 5 grados de la fase promedio de los vibradores en cualquier frecuencia sin considerar el taper Distorsión total máxima no deberá exceder 25% del valor promedio. Amplitud de salida plana con una tolerancia por debajo de +- 3 dB.

26 Microimagen resistivas de Formación para lodo base aceite.- Para la obtención de microimágenes resistivas de la formación y determinación de buzamientos y análisis de fracturas, adicionalmente deberá brindar mínimo dos curvas de diámetro del pozo en diferentes planos. Incluye presentación de geometría del pozo.

Las herramientas trabajarán en agujeros descubiertos desde 6.25” hasta un mìnimo de 16” de diámetro y deberán cumplir con lo siguiente: a).- Temperatura mínima de 350 °F. b).- Presión: mínima 20,000 psi. c).- Para trabajos en ambientes con H2S moderado 3%. d).- Cobertura mìnima de 30% en pozos de 8” de diàmetro.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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VI.2. 3.26. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE TRABAJOS AGUJERO ENTUBADO

PTDA EQUIPO CARACTERISTICAS

1 Cable electromecánico delgado Se considerará realizar operaciones en pozos de hasta xxxx mts., los cables delgados deberán tener las características siguientes: Temperatura (400 ºF), con diámetros desde 7/32” hasta 5/16” dependiendo de la presión de pozo con una resistencia a la presencia de Ácido Sulfhídrico H2S del 15% y una resistencia al Bióxido de Carbono CO2 del 25%, con especificación de presión hasta 20,000 libras/pulg2 para operar en pozos desviados, horizontales y de diámetros reducidos..

2 Detectores de coples Temperatura de 350° F y presión de 20,000 PSI. Con diámetros de 1 3/8” a 3 5/8”.

3 Contrapesos. Temperatura de 350° F y presión de 25,000 PSI. con diámetros desde 1 3/8” hasta 2 1/8”.

4 Equipo de rayos gamma.- Deberán dar la lectura de rayos gamma totales del pozo mediante el empleo de detectores de estado sólido.

a).- xx para temperatura de 350° F y presión de 20,000 PSI. Con diámetros de 1 3/8” a 3 5/8”.

b).- xx para temperatura mìnima de 400° F y presión de 25,000 PSI. Con diámetros de 1 3/8” a 2 ¾”.

5 Equipos de control de presión de 5,000 psi con inyección de grasa.

Los equipos deberán ser capaces de operar en pozos con presiones hasta 5,000 PSI estándar y H2S,

6 Equipos de control de presión de 10,000 psi con inyección de grasa.

Los equipos deberán ser capaces de operar en pozos con presiones hasta 10,000 PSI, H2S,

7 Equipos de control de presión de 15,000 psi con inyección de grasa.

Los equipos deberán ser capaces de operar en pozos con presiones hasta 15,000 PSI, H2S,

8 Equipo de tiempo de decaimiento termal.- deberá determinar mediante el principio de ráfagas de neutrones como mínimo la sección transversal de captura de la formación (SIGMA) derivando valores de porosidad, y curvas que permitan la determinación de contactos.

Las herramientas de registro deberán cumplir con lo siguiente: Temperatura mínima de 3000F Presión mínima de 15,000 lbs. Diàmetro de herramienta desde 1 11/16” Para trabajos en ambientes H2S y CO2

9 Equipo de cementación con densidad variable.- debe permitir evaluar la calidad de la cementación

Las herramientas de registro deberán cumplir con lo siguiente:

Diámetros de herramienta desde 1 11/16” a 3 5/8”

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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evaluar la calidad de la cementación mediante la medición de la atenuación de una onda acústica, y presentar un perfil de densidad variable para complementar la evaluación

Temperatura mínima de 3500F Presión mínima de 20,000 lbs. Para trabajos en ambientes H2S y CO2

10 Equipo ultrasónico de imágenes (corrosión – cementación).- Deberá permitir la evaluación de cementaciones, así como la inspección de tuberías (díametros y espesor de pared máximo – mínimo)

Las herramientas de registro deberán cumplir con lo siguiente: Temperatura mínima de 3500F Presión mínima de 20,000 lbs. Para trabajos en ambientes H2S y CO2 Cobertura de 360 grados de la tubería. Capaz de evaluar cementos de baja densidad. Resolución azimutal de 0 a 5 grados Para tuberías de revestimiento desde 4 ½” hasta 13 3/8”

11 Equipo de saturación de yacimiento. Deberá determinar mediante el principio de ráfagas de neutrones mínimo la sección transversal de captura de la formación (SIGMA), porosidad, Identificación de elementos tales como C, O, Si, Ca; mediciones Carbón/Oxigeno para derivación de saturaciones, reconocimiento de contactos de fluidos.

Las herramientas de registro deberán cumplir con lo siguiente: Temperatura mínima de 3000F Presión mínima de 15,000 lbs. Diámetro de herramienta desde 1 11/16” Para trabajos en ambientes H2S y CO2

12 Equipo de medición de flujo de agua.- Deberá mediente la activación del Oxígeno con ráfagas de neutrotes permitar la detección de flujo de agua dentro o atras de la tubería ya sea ascendente o descendente.

Las herramientas de registro deberán cumplir con lo siguiente: Temperatura mínima de 3000F Presión mínima de 15,000 lbs. Para trabajos en ambientes H2S y CO2

Diámetro de herramienta desde 1 11/16”

13 Equipo de producción simultáneo con lecturas en tiempo real.- deberán proveer como mínimo en forma simultánea una, mas o todas las mediciones de presión, temperatura, gradiomanómetro, molinete y corte de agua (principio resistivo o capacitivo) según

Las herramientas de registro deberán cumplir con lo siguiente: Temperatura mínima de 3500F Presión mínima de 20,000 lbs. Diámetro exterior de 1 11/16” Sensor de presión y temperatura de alta resolución de cristal de cuarzo y/o zafiro, con lecturas en tiempo real. Para trabajos en ambientes H2S y CO2

14 Equipo de presión y temperatura en ti l

Las herramientas de registro deberán cumplir con lo siguiente:

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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tiempo real. Temperatura mínima de 4000F Presión mínima de 15,000 lbs. Diámetro exterior de 1 11/16” ó 1-3/8” Sensor de presión y temperatura de alta resolución de cristal de cuarzo y/o zafiro, con lecturas en tiempo real.

Para trabajos en ambientes H2S y CO2

15 Mástil Para ser usado en los pozos productores donde no existe equipo de perforación, deberá proponer e indicar el tipo de mástil que utilizará y sus características, con capacidad de altura del mástil de 21 metros como mínimo.

VI.2.3.26.1 ESPECIFICACIONES DE TUBERÍAS EN QUE SE TRABAJARÁ POZO ENTUBADO.- El contratista deberá tener disponibles equipos de fondo de pozo entubado para operar en las tuberías siguientes: (esta tabla no es limitativa). Los equipos serán utilizados en las tuberías cuyo diámetro interno permita el paso de los mismos.

Tipo de tubería Diámetro exterior Peso Lbs/pie

Producción 2 3/8” 4.85 – 6.65

Producción 2 7/8” 6.85 – 10.40

Producción 3 ½” 9.3 – 10.3

Producción 4 ½” 10.5 – 12.75

Producción 5 ½” 15.4

Producción 7” 26 - 32

Revestimiento 4 ½” 9.5 – 15

Revestimiento 5” 18 – 23

Revestimiento 6 5/8” 20 - 32

Revestimiento 7” 29 – 35

Revestimiento 7 5/8” 39

Revestimiento 9 5/8” 47 – 53.5

Revestimiento 13 3/8” 68 – 77

Perforación 3 ½” 13.3 – 15.95

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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Perforación 4 ½” 16.6 – 20

Perforación 5” 19.5 – 25.6

VI.3.- HORARIO Y PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS

VI.3.1.- El Contratista deberá mantenerse informado de manera continua, sobre las actividades realizadas, en los equipos de Pemex, mediante el análisis diario del reporte de operación, a través de la Subgerencia de Servicio a Pozos. El Contratista a través del residente de obra o supervisor, debè dar seguimiento al desarrollo de las operaciones de los pozos, para proveer con la debida anticipación todos los recursos necesarios para la ejecución de los trabajos programados. Al inicio del contrato PEP y el contratista determinarán por escrito la forma en que este último tendrá acceso al reporte de operación, este mismo escrito establecerá el compromiso de confidencialidad y correcto uso de esta información por parte del contratista.

VI.3.2.- Durante la vigencia del contrato el Contratista tiene la obligación de efectuar los trabajos a partir de la orden de trabajo, sin importar fecha y hora, siendo responsable, de atender cualquier tipo de solicitud, ya sea para que se presente con la residencia de obra o supervisores del contrato, para la aclaración de cualquier asunto o trámite relacionado con el contrato.

VI.3.3.- El Contratista mantendrá permanente comunicación electrónica, telefónica, escrita, vía fax, con la residencia de obra y/o los supervisores del contrato en todas y cada una de las actividades a seguir durante el desarrollo del contrato.

VI.3.4.- El Contratista tendrá la capacidad para atender simultáneamente hasta xx (xxxxx) operaciones cuando PEP así lo requiera.

VI.3.5.- Será responsabilidad del Contratista en cada solicitud de orden de trabajo consultar con PEP el sistema a utilizar para bajar las herramientas y determinaran esto de común acuerdo conforme a las condiciones del pozo. VI.4.- ESTIMACIONES. VI.4.1.- Las estimaciones de los trabajos ejecutados se deberán formular con una periodicidad no mayor de un mes. El contratista deberá presentarlas a la residencia de obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que hubiere fijado PEP en el contrato, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; la residencia de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación, en el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo deberàn ser contempladas en la siguiente estimaciòn.

VI.4.2. El contratista deberá presentar las estimaciones acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago.

VI.5.- CONTROL DE CALIDAD.

ESTÁNDARES DE CALIDAD DE LOS REGISTROS GEOFÍSICOS YOPERACIONES ESPECIALES

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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El Contratista cumplirá en la presentación de los trabajos motivo de este contrato, con el “PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REGISTROS GEOFISICOS Y LINEA DE ACERO” Clave : XXXXXXXXXXXX; debiendo presentar mensualmente los reportes establecidos en dicho procedimiento

VI.6.- MEDIDAS DE SEGURIDAD, HIGIENE Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

VI.6.1.- El Contratista será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse a todos los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal, así como las instrucciones que al efecto le señale PEP. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del Contratista.

VI.6.2.- Todo el personal del Contratista que labore dentro de las instalaciones de PEP, deberá acreditar ante el supervisor del contrato, que cuenta con la capacitación en Seguridad Industrial y Protección Ambiental, satisfaciendo al menos con los requisitos del Curso Básico de Seguridad de Pemex Exploración y Producción, o su equivalente a los contenidos en el programa RIG PASS, para instalaciones terrestres o marinas y el de Sobrevivencia en el Mar o su equivalente, para trabajos costa fuera; entregando al inicio del contrato los siguientes documentos:

* Carnet emitido por el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción (I.C.I.C.) o por una institución de capacitación en materia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental, reconocida por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (S.T.P.S.).

* En caso de trabajos costa fuera constancia de curso de Sobrevivencia en el mar ó Cartilla de mar, emitida por una institución reconocida por PEP o por la Dirección General de Marina Mercante. En caso de los pozos lacustres constancia de asistencia al taller de información ambiental “Características, bienes y servicios de la reserva de la biosfera pantanos de Centla”.

VI.6.3.- Es responsabilidad del Contratista para actividades costa fuera, cumplir con los lineamientos específicos en la sección 8 del API-RP-14G; Regla 18, Cap.-III, Sección I y regla 51, Capítulo 111, Sección VII, parte C de SOLAS (Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar) 1974.

VI.6.4.- En materia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental el Contratista deberá cumplir estrictamente con lo establecido en el Anexo “S” de este contrato y con las siguientes disposiciones adicionales al anexo “S”:

a). El Contratista deberá entregar al residente de obra del contrato, con copia a la Subgerencia de SIPAC y a la Coordinación del elemento 6 del SIASPA, informes mensuales sobre su desempeño en seguridad y asentarse en la bitácora de obra del contrato.

b). El Contratista deberá asistir a las reuniones de seguridad y protección ambiental que sean convocadas en forma escrita por la Unidad de Perforación y Mantenimiento de Pozos y/o PEP

c). El Contratista deberá participar en los trabajos relacionados con el SIASPA.

d).- Al término del presente contrato, PEP evaluará el desempeño del Contratista de acuerdo a los formatos desarrollados y atendiendo las indicaciones del SIASPA.

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GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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VI.6.5.- Obligatoriamente en las instalaciones costa fuera, el personal del Contratista deberá registrarse en la administración con objeto de que se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación además de que se les instruya en los lineamientos específicos a seguir.

VI.6.6.- El personal del Contratista que realice los trabajos a bordo de los equipos de perforación, deberá portar overol 100% de algodón o de tela retardante a la flama en color naranja internacional con el logotipo de la compañía, cintas retroreflectivas de acuerdo a la Normatividad de SOLAS/74 y la Norma NRF-006-PEMEX-2002 del 12 Mayo 2002.

VI.6.7.- El personal del Contratista que realice los trabajos a bordo del equipo de perforación, no deberá usar patilla, ni barba, debido a la existencia de riesgo por fuga de gas y a la consecuente necesidad de utilizar equipo de respiración autónoma, donde la mascarilla debe ajustar perfectamente a la cara

VI.6.8.- El Contratista deberá presentar, al inicio del contrato, su programa de inducción y de capacitación con la siguiente información como mínimo: ! Nombre y categoría de los trabajadores que participan. ! Fecha y duración en que se imparte. ! Nombre y firma del expositor. ! Temas que se imparten. A). Para Supervisores: -Supervisión de Seguridad y Protección Ambiental. -Normas y Procedimientos de PEP estipulados en el contrato. -Normas, códigos y especificaciones sobre la especialidad del contrato. B). Para Trabajadores: -Reconocimiento de riesgos del área de trabajo y de los productos con los que pudiera tener contacto. -Normas y Procedimientos de Seguridad, Protección Ambiental y de trabajo. -Uso del equipo de protección ambiental. -Respuesta a Emergencias: ! El Contratista debe presentar un plan de dotación de equipo de protección personal, para sus trabajadores presentes en el sitio de trabajo y de acuerdo con los riesgos identificados en la instalación.

! El Contratista deberá reportar al residente de obra o supervisor de PEP los incidentes y accidentes que ocurran durante su permanencia en el Centro de Trabajo e investigarlos de acuerdo a procedimientos establecidos por PEP. VI.9.- El tipo de grasa a utilizar en el equipo de control de presión, debe ser biodegradable.

VII.- MATERIAL

VII.1. MATERIAL.

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GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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En los trabajos de Obtención y procesamiento de registros geofísicos en los pozos petroleros de la División XXXXXXXX., los materiales minimos requeridos son los siguientes; películas, copias, disco compacto o cintas DAT 4mm. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

VIII.- BITÁCORA.

El uso de la bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras; debiendo permanecer en la residencia de obra, a fin de que las consultas requeridas se efectúen en el sitio, sin que la bitácora pueda ser extraída de la residencia de obra. El contenido de la Bitácora se deberà ajustar a lo indicado en el RLOPSRM, en sus articulos 93, 94 95 y 96 IX.- REPORTES E INFORMES

IX.1.- El Contratista al término de cada operación reportará de inmediato al residente y supervisor el resultado de la misma, y al final de los trabajos entregará en las oficinas de Servicio a Pozos ubicadas en xxxxxxxxxxxxxxxx, la información de campo en un tiempo máximo de xx horas; y los productos finales, en un tiempo máximo de xx horas. Los productos finales constarán de: xx copias en papel predoblado, película, disco compacto o cinta DAT de 4 mm, en formato LIS o DLIS, asì como archivo gráfico de los registros o trabajos efectuados, indicados en la orden de trabajo. El requerimiento de la entrega de película por parte del contratista será a consideración de cada División.

lX.2.- El Contratista informará por escrito el avance y resultado de las operaciones realizadas, cuando se le requiera.

lX.3.- El Contratista informará a PEP en forma inmediata, de todos los problemas operacionales asi como de los acontecimientos que ocasionen daños o incidentes de peligro al personal y/o equipo del Contratista o a terceros como resultado de la operación de sus equipos.

IX.4.- PEP podrá requerir al Contratista, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, los controles e información referente a sus fuentes radioactivas.

IX.5.- El Contratista deberá entregar a PEP en los primero cinco días del mes, los informes siguientes: fallas, tiempos pérdidos por fallas, número total de operaciones, horas totales de operaciones.

IX.6.- El Contratista dentro de los tres primeros dìas de cada mes deberà entregar a la Subgerencia de Servivicios por Contratos División XXXXXXX , al residente y supervisor del contrato el informe del avance fìsico financiero y del estado de los trabajos pendientes de pago.

IX.7. El Contratista al término de la operación de registros sismicos entregará en un plazo no mayor de (xx) días naturales después de concluido el trabajo a los supervisores del contrato, tres ejemplares del informe final impreso y en disco compacto (usando las versiones y formatos compatibles con Office (Versión que estipule PEP).

- Resumen ejecutivo de los resultados. - Información general del pozo y del procesamiento realizado. - Un mapa de ubicación de los receptores en el pozo y su memoria de cálculo.

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SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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- Registro de calibración del sonico - Secciones de datos crosscorrelacionados y el corridor stack. - Registro compuesto VSP-Registros. - Listado de los tiempos de transito, profundidades y velocidades de las formaciones. - Gráfica de tiempo-profundidad y de velocidades de intervalo contra los valores de la sísmica de superficie,

sismograma sintetico. - Sección sísmica de superficie con la imagen final del VSP superpuesta. - En este informe deberá de incluir el resultado del procesamiento final de los datos de VSP. - Descripción de la tecnología empleada. - Conclusiones y recomendaciones.

IX.8.- PEP podrá solicitar los informes mensuales y trimestrales de las pruebas hidrostáticas realizadas a los equipos de control de presión así como de su mantenimiento, las pruebas hidrostáticas de los equipos de control de presión deberán ser realizadas bajo los estándares especificados por el fabricante de los mencionados equipos que garanticen el buen desarrollo de las operaciones y de la seguridad del personal de las instalaciones y del medio ambiente. X.- FORMATOS PARA CONTROLES

X.1.- ORDEN DE TRABAJO

X.1 PEP a través del residente de obra o supervisores, solicitará al Contratista la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, mediante “orden de trabajo” escrita con la información respecto a las condiciones del pozo a operar, a fin de que este se prepare y elija los equipos, herramientas y accesorios para realizar los trabajos solicitados con seguridad. X.1.1.- El contratista no ejecutara ningun trabajo, sin la orden de servicio girada por el residente de obra o el supervisor. Dicha Orden de Trabajo, en forma general deberá contener como mínimo lo siguiente: 1.- Nombre de pozo. 2.- Nombre de campo. 3.- Descripción del trabajo de acuerdo al catalogo de servicios 4.- Datos del pozo. 5.- Intervalo de trabajo. 6.- Estado Mecánico (cuando corresponda). 7.- Subgerencia o Departamento solicitante del trabajo. 8.- Nombre, firma y ficha del funcionario solicitante del trabajo. 9.- Programa de ejecución de los trabajos (cuando corresponda). 10.- Fecha de solicitud. 11.- Nombre, firma y ficha del Supervisor o residente. 12.- Nombre, firma de recepción del Contratista. 13.- Fecha de cita de equipo, de personal y de inicio de la orden de trabajo

X.1.2.- PEP entregará las Ordenes de Trabajo al Contratista con una anticipación de 24 hrs al envío de herramientas, equipo y personal en pozos marinos y lacustres, y 12 horas en pozos terrestres, y el mismo podrá solicitar cualquier aclaración de esta al residente de obra y/o a los supervisores del contrato.

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SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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X.1.3.- El Residente de obra o los Supervisores del Contrato podran solicitar en forma verbal o escrita (en persona, telefónicamente o via correo electrónico) al representante del CONTRATISTA, la realización de los trabajos, con la finalidad de que el CONTRATISTA se prepare para la ejecución de los mismos y se realicen con oportunidad, mientras recibe la orden por escrito del trabajo correspondiente en las oficinas de PEP y asimismo con el propósito de establecer una comunicación directa y aclarar cualquier duda sobre lo solicitado.

X.1.4.- Dadas las características de los trabajos amparados en este Contrato, los cuales dependen de las operaciones de Perforación, Terminación, Reparación y Producción, que se realizan en las plataformas marinas, con el propósito de agilizar el movimiento de equipos y personal, P.E.P. podrá notificar al contratista en forma personal, telefónicamente o por correo electrónico la órden de envío de personal y equipo a plataforma, en tanto se entrega la orden escrita (Solo aplica a pozos marinos)

X.1.5.- La recepción de los trabajos efectuados se harán en forma individual por cada orden de trabajo solicitado por PEP, las estimaciones deberán ser formuladas por orden de trabajo terminado y entregadas con la documentación de soporte correspondiente.

X.1.6.- Para efecto de considerar la fecha de inicio de la orden de trabajo, se considerará la notificada al Contratista por el representante de PEP en forma verbal, misma que deberá será registrada en la bitácora de obra y soportada con el reporte de trabajo.

X.1.7.- El tiempo de ejecución de los servicios, se considerará a partir de que el Contratista inicia las operaciones en el pozo hasta que este termina y hace entrega del pozo a PEP. Sin embargo se considera que la terminación de las ordenes de trabajo es hasta la entrega de los productos (películas, copias, cintas DAT 4 mm y/o discos compactos) y su recepción formal (acta de recepción de los trabajos de la orden de trabajo correspondiente)

Se anexa formato de Orden de trabajo (formato “A”). El cual es ejemplificativo, mas no limitativo.

X.2.- CANCELACIÓN DE ORDEN DE TRABAJO X.2.1. PEP podrá cancelar las ordenes de trabajo por medio del Residente de Obra y/o los Supervisores de Contrato, mediante el formato de cancelacion de orden de trabajo. Se anexa formato de cancelación (formato “B”). El cual es ejemplificativo, mas no limitativo

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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FORMATO “A” ORDEN DE TRABAJO

CAMPO: POZO: PLATAFORMA:

SERVICIOS SOLICITADOS

PARTIDA DESCRIPCION INTERVALO(MTS)

DE A M

DE

DE A M

DE A M

OTROS:

DATOS DEL POZO

DIAM. ULT. TR. " PESO LBS/PIE PROF. ZAPATA M. PROF. TOTAL M.

DIAM. BARRENA " TIPO FLUIDO NIVEL M. DENS. VISC.

DESV. MAX GRADOS PROF. M. H2S P.P.M. CO2 P.P.M.

PROF. BOCA LINER M. PROF. INTERIOR M. POZO PRODUCTOR INYECTOR

TUB. PROD. SIMPLE COMB. V. DE TORM. TIPO: MCA:

DIAM. " PESO LBS/PIE PROF. M. CAMISA TIPO PROF. M

DIAM. " PESO LBS/PIE PROF. M.

CONEX. ROSCADA EN PARTE SUP 1/2 ARBOL: DIAM.: " TIPO: VALV. GAS LIFT(1) M

CONEX. BRIDA EN PARTE SUP. 1/2 ARBOL DIAM.: " ANILLO SELLO: VALV. GAS LIFT(2) M

PROF. TOTAL AP. PROD.: M DIAM. MIN. TP.: " PROF.: M. VALV. GAS LIFT(3) M

EMPACADOR TIPO: DIAM. " PROF.: M.

PRES. DE CABEZA ANTES DE DISPARO: PSI. PRES. MAX. ESTIMADA DESPUES DEL DISPARO: PSI

TEMPERATURA MAXIMA ESTIMADA: OC A M. EDO. MEC. PROPORCIONADO: SI NO

EQ. DE CONTROL DE PRESION: SI NO RANGO: PSI TIPO: H2S STD

DATOS DEL SOLICITANTE UNIDAD OPERATIVA:

FECHA NOMBRE FICHA FIRMA:

DATOS DE QUIEN ORDENA EL TRABAJO: SUPERVISOR

NOMBRE FICHA: FIRMA:

DATOS DE QUIEN RECIBE: SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN

COMPAÑÍA: NOMBRE FECHA FIRMA:

FECHA DE INICIO DE LA ORDEN DE TRABAJO:

Para efecto de considerar la fecha de inicio de la orden de trabajo, se considerará la notificada al Contratista por el representante de PEP en forma verbal, misma que deberá será registrada en la bitácora de obra y soportada con el reporte de trabajo.

No de Orden: ____________

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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FORMATO “B”

CANCELACIÓN DE ORDEN DE TRABAJO

CAMPO: POZO: PLATAFORMA:

SERVICIO FECHA SOLICITUD

OBSERVACIONES

ORDEN A CANCELAR

MOTIVO CANCELACION:

DATOS DEL SOLICITANTE DE CANCELACIÓN: UNIDAD OPERATIVA XXXXXXXXX

FECHA NOMBRE FICHA FIRMA: DATOS DE QUIEN ORDENA LA CANCELACIÓN: SUPERVISOR DE OBRA

NOMBRE FICHA: FIRMA:

DATOS DE QUIEN RECIBE:: SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN

COMPAÑÍA NOMBRE FIRMA:

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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XI.- CONDICIONES GENERALES.

XI.1.- El Contratista deberá presentar el reporte de operación para su firma, al personal tècnico de PEP presente en el pozo: (Superintendente o Ingeniero de proyecto o Ingeniero de Yacimientos (Activos) o Inspector técnico de perforación (ITP) o Inspector técnico de reparación ITR).

XI.2.- Cuando por la naturaleza de los trabajos, PEP requiera de la participación simultánea de otros Contratistas y/o de PEP, el Contratista se obliga a realizar el trabajo solicitado, responsabilizándose de la parte correspondiente de acuerdo al presente contrato.

XI.3.- El Contratista podrá subcontratar cualquier parte de los trabajos objeto de este contrato, descritos en el anexo-C, previa solicitud por escrito y PEP lo autorizará cuando ocurran circunstancias que lo ameriten, con la finalidad de evitar tiempos perdidos, retrasos operativos y pérdidas económicas.

XI.4.- El Contratista deberá considerar en la toma de información, los metros de registro que sean necesarios para garantizar la correcta correlación con el registro del intervalo anterior, sin que esto implique para PEP un pago adicional. XI.5.- En los registros de rayos gamma, no procede el pago doble para el mismo intervalo bajo la misma orden de trabajo, por lo que el Contratista deberá considerar y presentar el rayos gamma en los demás registros, que se tomen en el mismo intervalo. En caso de que PEP requiera el registro de rayos gamma en el mismo intervalo con una orden de trabajo diferente si procederá el pago XI.6.- Por necesidades operativas PEP podrá solicitar al Contratista la toma de información en agujero entubado, de los siguientes registros: rayos gamma, neutrón compensado, espectroscopía de rayos gamma naturales, sónicos (dipolar o digital), sísmico de velocidades (CHECK SHOT, VSP) el costo de estos servicios será el mismo en agujero abierto o entubado.. XI.7.- Los registros de Imagen ultrasónica a pozo abierto y de Microimagen de formación con principio resistivo, se entregaran a PEP con la siguiente información dentro de su presentación: procesado de Imágenes, indice, amplitud, orientación de fracturas, echados estratigraficos e interpretación de las imágenes (estáticas y dinámicas). XI.8.- Los registros sonicos dipolar deberán incluir procesado e interpretación de propiedades mecánicas elásticas y estabilidad del agujero, análisis de fracturas con su estudio anisotrópico. Para los registros Sónico Digital deberán incluir procesado de análisis de fracturas, propiedades macánicas, elásticas y estabilidad del agujero.

XI.9.- Los trabajos de extracción de muestras de pared se harán con la herramienta adecuada para realizar dichos trabajos y será propuesta a PEP por el Contratista, en cada solicitud de servicio estas herramientas podrán ser del tipo de impacto o rotado.

XI.10.- Los registros de resonancia magnética deberán incluir procesado para litología compleja y distribución de fluidos de la formación y su interpretación.

XI.11.- El Contratista tambien deberá proporcionar la información de los registros sismicos de velocidades en formato de grabación SEG-Y.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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XI.12.- Los registros de velocidades sísmicas (Check Shoot) deberán incluir: Verticalización de los tiempos de transito referidos al nivel del mar. También deberán entregar cinta con grabación de onda sísmica (2,500 miliseg. a partir de la entrada de corte).

XI.13.- El registro VSP puede ser de offset cero, con offset lejano, de incidencia vertical y con la fuente de energía en diferentes posiciones (walk-away).

XI.14.- Los registros de velocidades sísmicas (VSP) deberán incluir: Verticalización de los tiempos de transito referidos al nivel del mar, procesado normal( apilado, separación de ondas ascendentes de las descendentes, deconvolución) y corredor del VSP (SUMA), calibración del registro sónico con el VSP y cálculo de sismogramas sintéticos. También si la geometría y/o la complejidad geológica lo requiere debe incluir, modelado de rayos, procesado de las tres componentes, migración de ondas sísmica e inversión sísmica por debajo de la profundidad total.

XI.15.- En caso de trabajos mal ejecutados, independientemente de la obligación del contratista de reponer los mismos sin costo adicional para PEP, o en su caso, no se pueda realizar su reposición y/o reparación, no se realizara pago alguno, se aplicará la pena convencional por retraso en la ejecución de los trabajos, establecidos en el presente contrato.

XI.16.- Cuando se presenten retrasos en la ejecución de los trabajos imputables al contratista por fallas en sus equipos y/o materiales y/o mano de obra ó por cualquier otra causa, se aplicaran las penas convencionales establecidas en el presente contrato.

XI.17.- En el caso de herramientas, materiales o equipos perdidos dentro del pozo, o en superficie por cualquier causa, PEP no tendrá ninguna obligación de retribuir al Contratista cantidad alguna por reposición o reparación.

XI.18.- En caso de que PEP tenga que proceder a pescar cualquiera de las herramientas del Contratista, PEP tendrá el control de dicha operación.

XI.19.- PEP podrá ordenar en cualquier momento la sustitución o reparación del equipo o herramienta que presente problemas durante el desarrollo de los trabajos. XI.20.- El Contratista a solicitud de PEP proporcionará, una propuesta o programa de trabajo, de acuerdo a los requerimientos, características y condiciones del pozo, quedando sujeta a la aprobación del Residente de Obra y/o los Supervisores de Contrato.

XI.21.- PEP tiene la opciòn de utilizar todo o parte de los conceptos del catàlogo de servicios Anexo “C”.

XII.- TRANSPORTE

XII.1.- En caso de instalaciones marinas PEP proporcionará transporte marítimo al personal, equipos y herramientas del contratista, desde los puertos de embarque al área de plataformas, así como para movimientos laterales entre plataformas. En caso de pozos terrestres o lacustres es responsabilidad del contratista el traslado de su personal, equipos y herramientas a las instalaciones de PEP (localizaciones o muelle de embarque) Utilizando las vías oficialmente establecidas por PEP. En pozos lacustres PEP proporcionará el transporte del muelle a la localización (barcaza) y viceversa.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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XII.2. Será responsabilidad del supervisor del contrato o su superior el autorizar las solicitudes del personal de compañía en las rutas desde Ciudad del Carmen, Campeche, Coatzacoalcos Veracrúz y/o Dos Bocas Tabasco a las instalaciones costa afuera y viceversa.

XII.3. El supervisor del contrato deberá justificar el cambio de la vía de transporte de personal pactada en el contrato, ya sea por razones de seguridad en instalaciones donde no se pueda arribar por la vía marítima, o por así convenir a los intereses de PEP determinado el costo beneficio que lo justifique, para lo cual el área de logística le proporcionará los costos de los trabajos que este requiera, solo para los siguientes casos:

XII.3.1. Para transporte de personal especializado cuyo costo hora-hombre represente un mayor gasto transportarlo por vía marítima.

XII.3.2. Para que se realicen de manera expedita los trabajos que requiera PEP en sus programas de seguridad, operación, mantenimiento y construcción.

XII.4. El supervisor del contrato deberá vigilar y cumplir que la elaboración de la solicitud de vuelo a personal de compañía, cuente con la justificación y observaciones correspondientes.

XII.5. Todas las solicitudes deberán capturarse y tramitarse en el Modulo del Sistema de Transporte Aéreo nodo Carmen o Dos Bocas para su validación por las áreas de recepción de solicitudes en la Terminal Aérea PEMEX en Cd del Carmen, Campeche y Dos Bocas, Tabasco.

XII.6. No se podrán tramitar y programar solicitudes para transportar personal del Contratista, elaboradas en el área de plataformas para la ruta plataformas-tierra.

XII.7. El personal que autorice las solicitudes de vuelos a personal de compañías deberá constatar que ésta cuente con la leyenda en el campo de observaciones “Con cargo al Contratista o con cargo a PEP”.

XII.8. Solo Subgerentes de área o superiores podrán autorizar el transporte por la vía aérea a personal del Contratista, cuando se trate de visitas de asistencia técnica-administrativa sin costo para la institución o bien cuando se trate de visitas al sitio en licitaciones.

XII.9. La Superintendencia de Servicios Aéreos emite un reporte mensual del personal de compañías que es transportado vía aérea en los tramos Tierra-Plataformas-Tierra dirigido a los administradores o gerentes de las diversas áreas usuarias del servicio o al personal que estos designen para tal fin.

XII.10. El Contratista deberá tramitar la orden de embarque con 24 (veinticuatro) horas de anticipación de acuerdo a los programas internos de logística.

XII.11. El Contratista será el responsable de todos los trámites aduanales correspondientes para el embarque y desembarque de sus equipos, herramientas, refacciones, materiales y accesorios a las instalaciones costa fuera que se requieran y empleen en la ejecución de los trabajos contratados, debiéndolos documentar detalladamente y proporcionar en caso de requerirse el o los pedimentos de importación de los materiales, unidades o refacciones, proporcionándole copia a los representantes de logística de PEP.

XII.12. El transporte de los equipos, herramientas, material, refacciones, unidades y accesorios desde las instalaciones del Contratista al puerto de embarque que PEP designe y viceversa, así como a cualquier instalación de PEP en Ciudad del Carmen, Campeche ó Dos Bocas, Tabasco, será efectuado por el Contratista sin costo adicional para PEP.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B ”

ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES

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XII.13. En caso de que el Contratista por causas imputables a él, no ocupe el (los) espacio(s) previamente asignados por PEP para su personal, se procederá al cobro del costo correspondiente, con base a los precios que PEP tenga establecidos con terceros.

XII.14. En caso de ser necesaria la transportación en el área de instalaciones costa fuera (movimientos laterales) serán efectuado por PEP, y estarán sujetos a los programas internos de logísticas.

XII.15. El Contratista transportará a las instalaciones que PEP designe las refacciones, herramientas y complementarios de los sistemas, equipos o cualquier componente de estos, debidamente empacados y protegidos para el transporte terrestre, aéreo y/o marítimo asegurados e identificados con una relación de partes por escrito y con su aviso de embarque. XII.16. El contratista deberá presentar los equipos, refacciones, accesorios y herramientas debidamente empacados y protegidos para su envío a la plataforma, acompañados de la documentación correspondiente por medio de una relación de lo enviado. Será responsabilidad del Contratista de los daños que pudieran ocurrir por mal embalaje o por falta del seguro correspondiente.

XII.17. El Contratista, deberá cumplir con la Especificación P .3.301.01 para Embalaje y Marcado para Embarque de Equipo y Materiales, Primera Edición, Noviembre 1998.

XIII.- RESPONSABILIDADES DE PEP

XIII.1.- Se considera como representantes de PEP y supervisión a bordo de la plataforma o en los pozos terrestres o lacustres a los siguientes funcionarios: Superintendente de plataforma, Ingeniero de proyecto, Ingeniero de Yacimientos(Activos), Inspector técnico de perforación (ITP) e Inspector técnico de reparación (ITR). Dichas personas estan facultadas para vigilar la realización de los trabajos y su certificación, para lo cual el Contratista deberá presentar para su firma el reporte de operación el cual debe contener: fechas y tiempos (horas) desde la hora en que arriban los equipos y personal del Contratista, descripción y desarrollo de sus actividades en la ejecución de los trabajos, hasta que el personal abandona la instalación.

XIII.2. PEP proporcionará Grua de apoyo para maniobras de carga y descarga de los equipos y componentes propiedad del Contratista, en el muelle de embarque y desembarque que PEP designe.

XIV.3. PEP proporcionará Equipo de Izaje (gruas, plumas, malacates, etc.), para efectuar las maniobras en el desembarque, instalación, remoción y embarque de los equipos y componenetes propiedad del contratista en las plataformas marinas

XIII.4. PEP proporcionará la Embarcación con grua para trabajos de registros VSP cuando la fuente sonora se encuentre fuera de la plataforma.

XIII.5. PEP suministrará únicamente en el área de trabajo,el abastecimiento de aire a presión máxima de 120 psi. y el suministro de agua y diesel para los motores de los equipos del contratista.

XIII.6. La alimentación, hospedaje y servicio médico para el contratista, será de conformidad con los establecido en el modelo de contrato, incluyendo en este las cláusulas sobre: Transporte de personal, Alimentación y hospedaje, Regimen jurídico, Jurisdicción, Importación de equipos y patentes, Servicio médico. (aplica para Región Marina)

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DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1 ”

NORMAS

Página 30 de 111

“B” ESPECIFICACIONES PARTICULARES

XIV.- ESPECIFICACIONES Y ALCANCES DE LOS CONCEPTOS DE OBRA DEL ANEXO “C”:

XIV.1.- TRABAJOS DE REGISTROS AGUJERO DESCUBIERTO

XIV.1.1.- TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS (PARTIDAS 1 A 31 ANEXO DE-10):

XIV.1.1.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de registros geofisicos en la evaluación de formaciones de los pozos petroleros, con su procesamiento e interpretación correspondiente.

XIV.1.1.2.- OPERACIÓN PARA PROFUNDIDAD: se requiere un Ingeniero operador, Un operador de malacate y dos ayudantes, Unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie, con malacate, cable electromecánico y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de registros agujero descubierto (lo que aplique), material, refacciones, conexiones, accesorios, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.1.3.- OPERACIÓN PARA REGISTRO: se requiere un Ingeniero operador y un operador de malacate, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de registros agujero descubierto (lo que aplique), procesamientos de registros (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento, películas, copias, disco compacto o cintas DAT 4mm. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.1.4.- PROCESO PARA PROFUNDIDAD: Es la Profundidad máxima alcanzada por el sensor dentro del pozo, de acuerdo a la solicitud de trabajo, para posicionarse en la zona de interés y preparase para la toma de información.

XIV.1.1.5.- PROCESO PARA REGISTRO: Es la toma de información registrada de acuerdo a la solicitud de trabajo en la zona de interés.

XIV.1.1.6.- COMPROBACIÓN PARA PROFUNDIDAD Y REGISTRO: El Supervisor, verificará en el registro de agujero descubierto la máxima profundidad alcanzada por el sensor, el intervalo registrado, o las estaciones realizadas, o así como las muestras obtenidas.

XIV.1.1.7.- MEDICIÓN (PTDA. 1 A 31 ): La cantidad a estimarse será el número de metros registrados, la profundidad alcanzada por el sensor, el intervalo, de las estaciones y de las muestras efectuadas y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4mm. Se considera como estación, los puntos de interés donde se requiere obtener información con la sonda estacionaria.

XIV.1.1.8.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDAS. 1 A 29): Se pagará por metro lineal.

XIV.1.1.9.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDA. 30): Se pagará por muestra.

XIV.1.1.10.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDA. 31): Se pagará por estación XIV.1.2.- TRABAJOS DE REGISTROS SISMICOS DE VELOCIDADES (PARTIDAS 32 A 41 ANEXO DE-10):

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.1.2.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de registros sismicos de velocidades en la evaluación de formaciones de los pozos petroleros, con su procesamiento e interpretación correspondiente.

XIV.1.2.2.- OPERACIÓN PARA PROFUNDIDAD: se requiere un Ingeniero operador, un operador de malacate y dos ayudantes, Unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie, con malacate, cable electromecánico y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de registros de sismica, material, refacciones, conexiones, accesorios, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.2.2.- OPERACIÓN PARA REGISTRO: Se requiere un Ingeniero operador, un operador de malacate y un especialista en sísmica, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de registros de sismica, Unidad vibradora cuando sea requerida por PEP de acuerdo al programa, procesamientos de registros Sísmico de Velocidades,, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento, copias, disco compacto o cintas DAT 4mm. en formato. SEG-Y, MIRF, LDF o equivalente y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.2.3.- PROCESO PARA PROFUNDIDAD: Es la Profundidad máxima alcanzada dentro del pozo por el sensor, de acuerdo a la solicitud de trabajo, para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.1.2.4.- PROCESO PARA REGISTRO: Es la toma de información registrada de acuerdo a la solicitud de trabajo en la zona de interés.

XIV.1.2.5.- COMPROBACIÓN PARA PROFUNDIDAD Y REGISTRO: El Supervisor, verificará en el registro de agujero descubierto la máxima profundidad alcanzada por el sensor, las estaciones realizadas e información obtenida con la hoja de reporte de operación firmado por el representante de PEP.

XIV.1.2.6.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será la máxima profundidad alcanzada por el sensor, de las estaciones efectuadas y presentados en película y disco compacto o cinta magnética. Se considera como estación, los puntos de interés donde se requiere obtener información con la sonda estacionada.

XIV.1.2.7.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDAS. 32, 34, 36, 38 y 40): Se pagará por metro lineal.

XIV.1.2.8.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDA. 33, 35 37, 39 y 41): Se pagará por estación. XIV.1.3.- CARGO POR TRABAJOS CON SISTEMA DE POSICIONAMIENTO DINÁMICO (PARTIDA 42 ANEXO DE-10)

XIV.1.3.1.- DESCRIPCIÓN: Se refiere a la utilización de equipo de posicionamiento dinámico en las operaciones de registros sísmicos (VSP) cuando la fuente sonora se encuentre fuera de la plataforma o alejada de la localización. Esta partida se considera por operación.

XIV.1.3.2.- OPERACIÓN: Se requiere un especialista en posicionamiento dinámico y un ayudante, posicionador dinamico, material y herramientas para posicionamiento dinámico, así como las actividades que se realizarán en la operación del equipo de posicionamiento dinámico como son los movimientos de instalaciones, pruebas, desinstalaciones de equipos y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.3.3.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará el empleo de esta técnica, y lo avalará con la hoja de Reporte de trabajo firmado por el Representante de PEP.

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LICITACIÓN No:________________________

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.1.3.4.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será por operación.

XIV.1.3.5.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por operación.

XIV.1.3.6.- CARGO POR TRABAJOS CON CAMIÓN VIBRADOR PARA TRABAJOS DE SÍSMICA (PARTIDA 43 ANEXO DE-10)

XIV.1.3.6.1.- DESCRIPCIÓN: Se refiere a la utilización de uno o más camiónes vibradores con posicionamiento dinámico como fuente(s) sonora(s) en las operaciones de registros sísmicos (VSP). Esta partida se considera por unidad.

XIV.1.3.6.2.- OPERACIÓN: Se requiere un operador y un ayudante, material y herramientas para camión vibrador, así como las actividades que se realizarán en la operación del mismo como son movilización, pruebas, operación, desinstalaciones y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.3.6.3.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará el empleo de esta(s) unidad(es), y lo avalará con la hoja de reporte de trabajo firmado por el Representante de PEP y por el reporte SIOP.

XIV.1.3.6.4.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será por unidad.

XIV.1.3.6.5.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por unidad.

XIV.1.4.- TRABAJOS DE EXTRACCIÓN DE MUESTRAS DE PARED (PARTIDAS 44 y 45 ANEXO DE-10):

XIV.1.4.1.- DESCRIPCIÓN: Es la extracción de muestras de pared a la formación para la evaluación de los pozos petroleros.

XIV.1.4.2.- OPERACIÓN PARA PROFUNDIDAD: se requiere un Ingeniero operador, un operador de malacate y dos ayudantes, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie, con malacate, cable electromecánico y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de extracción de muestras de pared, material, refacciones, conexiones, accesorios, así como las actividades que se realizarán en la operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.4.3.- OPERACIÓN PARA REGISTRO: Se requiere un Ingeniero operador, un operador de malacate, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de extracción de muestras de pared, así como las actividades que se realizarán en la operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento, películas, copias, disco compacto o cintas DAT 4mm. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.4.4.- PROCESO PARA PROFUNDIDAD: Es la Profundidad máxima alcanzada dentro del pozo, de acuerdo a la solicitud de trabajo, para posicionarse en la zona de interés.

XIV.1.4.5.- PROCESO PARA EXTRACCIÓN DE MUESTRAS: Es la obtención de las muestras de acuerdo a la solicitud de trabajo en la zona de interés.

XIV.1.4.6.- COMPROBACIÓN PARA PROFUNDIDAD Y EXTRACCIÓN DE MUESTRAS: El Supervisor, verificará en el registro la máxima profundidad alcanzada por el muestrero y la cantidad de muestras obtenidas.

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.1.4.7.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será la profundidad alcanzada, y las muestras efectuadas y presentados en película y cinta DAT 4mm o disco compacto.

XIV.1.4.8.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDA. 44): Se pagará por metro lineal.

XIV.1.4.9.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDA. 45): Se pagará por muestra. XIV.1.5.- CARGO POR TRABAJOS CON EQUIPO CONDICIONES DIFÍCILES (PARTIDA 46 ANEXO DE-10)

XIV.1.5.1.- DESCRIPCIÓN: Se refiere a la utilización de equipo para condiciones difíciles para bajar las herramientas de registro al pozo cuando así lo requieran las condiciones del mismo. Esta partida se considera por corrida ya sea con una o varias herramientas de registros.

XIV.1.5.2.- OPERACIÓN: Se requiere un especialista en equipo condiciones difíciles, equipo condiciones dificiles, material, herramientas, así como las actividades que se realizarán en la operación en condiciones difíciles como son los movimientos de conexión de las sondas a la tubería, supervisión de la bajada al pozo, colocación de ventana, conexión, desconexión, recuperación, desmantelamiento y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.5.3.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará el empleo de esta técnica, y lo avalará con la hoja de Reporte de trabajo firmado por el Representante de PEP. Asi mismo verificara en el registro la máxima profundidad alcanzada en cada corrida.

XIV.1.5.4.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad máxima alcanzados por la conexión cabeza mojada.

XIV.1.5.5.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro. XIV.1.6 OPERACIONES INCOMPLETAS XIV.1.6.1.- OPERACION INCOMPLETA DE TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS (PARTIDA 47 ANEXO DE-10):

XIV.1.6.1.1- DESCRIPCIÓN: Es el trabajo que se realiza en la obtención de información, cuando son introducidas las herramientas en el pozo y que por causas no imputables al Contratista, no se logra la toma de información.

XIV.1.6.1.2.- OPERACIÓN: se requiere un ingeniero operador, un operador de malacate y dos ayudantes, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie, con malacate, cable electromecánico, unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique) herramienta de registro de rayos gamma, material, accesorios, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.6.1.3.- PROCESO: Se considera operación incompleta cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo o si la operación es cancelada por P.E.P. una vez iniciada la operación. Se pagara operación incompleta por corrida (con una o varias herramientas).

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.1.6.1.4.- COMPROBACIÓN PARA OPERACIÓN INCOMPLETA: El supervisor verificará cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo, con el registro tomado para comprobar dicha resistencia o si la operación es cancelada por PEP una vez iniciada la operación.

XIV.1.6.1.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número operaciones incompletas.

XIV.1.6.1.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por operación.

XIV.1.6.2.- OPERACION INCOMPLETA DE TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN ALTA TEMPERATURA (PARTIDA 48 ANEXO DE-10):

XIV.1.6.2.1- DESCRIPCIÓN: Es el trabajo que se realiza en la obtención de información, cuando son introducidas las herramientas de alta temperatura en el pozo y que por causas no imputables al Contratista, no se logra la toma de información.

XIV.1.6.2.2.- OPERACIÓN: se requiere un ingeniero operador, un operador de malacate y dos ayudantes, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie, con malacate, cable electromecánico, unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique) herramientas registro de rayos gamma para alta temperatura, material, accesorios, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.6.2.3.- PROCESO: Se considera operación incompleta cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo o si la operación es cancelada por P.E.P. una vez iniciada la operación. Se pagara operación incompleta por corrida (con una o varias herramientas).

XIV.1.6.2.4.- COMPROBACIÓN PARA OPERACIÓN INCOMPLETA: El supervisor verificará cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo, con el registro tomado para comprobar dicha resistencia o si la operación es cancelada por PEP una vez iniciada la operación.

XIV.1.6.2.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número operaciones incompletas.

XIV.1.6.2.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por operación.

XIV.1.6.3.- OPERACIÓN INCOMPLETA DE TRABAJOS CON EQUIPO PARA CONDICIONES DIFÍCILES (PARTIDA 49 ANEXO DE-10)

XIV.1.6.3.1.- DESCRIPCIÓN: Se refiere a la utilización de equipo para condiciones difíciles para bajar las herramientas de registro al pozo cuando así lo requieran las condiciones del mismo, y que no sea posible obtener la información por causas no imputables al contratista. Esta partida se considera por corrida ya sea con una o varias herramientas de registros.

XIV.1.6.3.2.- OPERACIÓN: Se requiere un especialista en equipo condiciones difíciles, equipo condiciones dificiles, material, herramientas, así como las actividades que se realizarán en la Operación en condiciones difíciles como son los movimientos de conexión de las sondas a la tubería, supervisión de la bajada al pozo, colocación de ventana, conexión, desconexión, recuperación, desmantelamiento y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.6.3.3.- PROCESO: Se considera operación incompleta cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo o si la operación es cancelada por P.E.P. una vez iniciada la operación. Se pagara operación incompleta por corrida (con una o varias herramientas).

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.1.6.3.4.- COMPROBACIÓN PARA OPERACIÓN INCOMPLETA: El supervisor verificará cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo, con el registro tomado para comprobar dicha resistencia o si la operación es cancelada por PEP una vez iniciada la operación.

XIV.1.6.3.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de operaciones incompletas.

XIV.1.6.3.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por operación.

XIV.1.6.4.- OPERACION INCOMPLETA DE TRABAJOS DE REGISTROS SÍSMICOS DE VELOCIDADES CON POSICIONAMIENTO DINÁMICO (PARTIDA 50 ANEXO DE-10):

XIV.1.6.4.1- DESCRIPCIÓN: Es el trabajo que se realiza en la obtención de información con equipo VSP con posicionamiento dinámico, cuando son introducidas las herramientas en el pozo y que por causas no imputables al Contratista, no se logra la toma de información.

XIV.1.6.4.2.- OPERACIÓN: Se requiere un ingeniero operador, un operador de malacate, tres ayudantes, un especialista de sísmica y un especialista en posicionador dinamico, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie, con malacate, cable electromecánico, unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique) , herramienta de registro Sísmico de Velocidades y de posicionamiento dinamico, material, refacciones, conexiones, accesorios, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento, y cuando proceda incluira registro, copias, disco compacto o cintas DAT 4mm. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.6.4.3.- PROCESO: Se considera operación incompleta cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo o si la operación es cancelada por P.E.P. una vez iniciada la operación. Se pagara operación incompleta por corrida (con una o varias herramientas).

XIV.1.6.4.4.- COMPROBACIÓN PARA OPERACIÓN INCOMPLETA: El supervisor verificará cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo, con el registro tomado para comprobar dicha resistencia o si la operación es cancelada por PEP una vez iniciada la operación.

XIV.1.6.4.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número operaciones incompletas.

XIV.1.6.4.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por operación. XIV.1.7.- CARGO POR TRABAJOS CON EQUIPO DE CONTROL DE PRESIÓN PARA 5,000 LIBRAS(PARTIDA 51 ANEXO DE-10)

XIV.1.7.1.- DESCRIPCIÓN: Se refiere a la utilización de equipo de control de presión para 5,000 libras en la toma de registros geofísicos cuando sea requerido por las condiciones del pozo. Esta partida se considera por trabajo ya sea en una o varias corridas.

XIV.1.7.2.- OPERACIÓN: No se requiere personal adicional porque los trabajos serán ejecutados con el mismo personal de las partidas x a xx, Equipos de control de presión para 5000 psi, material y herramientas, así como las actividades que se realizarán en la utilización del equipo, como son los movimientos de instalación, pruebas, operación, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.1.7.3.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará el empleo de este equipo y lo avalará con la hoja de Reporte de trabajo firmado por el el representante de PEP. Asi mismo este equipo solo se pagará cuando sea expresamente solicitado en la orden de trabajo.

XIV.1.7.4.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será un equipo de control de presión por trabajo con una o más corridas de equipo de registro.

XIV.1.7.5.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por trabajo.

XIV.1.8.- TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN ALTA TEMPERATURA (PARTIDAS 52 A 63 ANEXO DE-10):

XIV.1.8.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de registros geofisicos en la evaluación de formaciones de los pozos petroleros, empleando equipos para alta temperatura, con su procesamiento e interpretación correspondiente.

XIV.1.8.2.- OPERACIÓN PARA PROFUNDIDAD: se requiere un Ingeniero operador, un operador de malacate y dos ayudantes, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie, con malacate, cable electromecánico y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de registros agujero descubierto para alta temperatura (lo que aplique), material, refacciones, conexiones, accesorios, así como las actividades que se realizarán en la operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.8.3.- OPERACIÓN PARA REGISTRO: Se requiere un Ingeniero operador, un operador de malacate, unidad con sistema computarizado de adquisición en superficie y unidad generadora de energía eléctrica (donde aplique), herramientas de registros agujero descubierto para alta temperatura (lo que aplique), procesamientos de registros (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desmantelamiento, películas, copias, disco compacto o cintas DAT 4mm. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.1.8.4.- PROCESO PARA PROFUNDIDAD: Es la Profundidad máxima alcanzada por el sensor dentro del pozo, de acuerdo a la solicitud de trabajo, para posicionarse en la zona de interés y preparase para la toma de información.

XIV.1.8.5.- PROCESO PARA REGISTRO: Es la toma de información registrada de acuerdo a la solicitud de trabajo en la zona de interés.

XIV.1.8.6.- COMPROBACIÓN PARA PROFUNDIDAD Y REGISTRO: El Supervisor, verificará en el registro de agujero descubierto la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la herramienta de alta temperatura y el intervalo registrado.

XIV.1.8.7.- MEDICIÓN (PTDAS. 52 A 63): La cantidad a estimarse será el número de metros, de la profundidad alcanzada, y del intervalo y presentados en película y cinta DAT 4mm o disco compacto.

XIV.1.8.8.- UNIDAD DE MEDIDA (PTDAS. 52 A 63): Se pagará por metro lineal.

XIV.2.- TRABAJOS DE REGISTROS AGUJERO ENTUBADO XIV.2.1.- TRABAJO DE BARRA CALIBRADORA (PARTIDA 64 ANEXO DE-10).

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.1.1.- DESCRIPCIÓN: Es la corrida que se realiza con la finalidad de calibrar los pozos petroleros. XIV.2.1.2.- OPERACIÓN: Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos ayudantes, contrapesos, detector de coples, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cables electromecánicos, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, trabajos de calibración, desinstalación, películas, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm. y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.2.1.3.- PROCESO: Profundizar una barra calibradora con la finalidad de garantizar que los equipos bajen en el pozo, y así mismo para confirmar la profundidad interior de este.

XIV.2.1.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro la profundidad real alcanzada.

XIV.2.1.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será la profundidad total alcanzada, registrada y presentada en película y disco compacto o cinta DAT 4mm.

XIV.2.1.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.2- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE RAYOS GAMMA COPLES (PARTIDA 65 ANEXO DE-10): XIV.2.2.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de rayos gamma coples en los pozos petroleros. XIV.2.2.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero operador, un operador de malacate y dos ayudantes, Contrapesos, Detector de coples y equipo de rayos gamma, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cables electromecánicos, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos. XIV.2.2.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de rayos gamma coples de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.2.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de rayos gamma coples la máxima profundidad alcanzada por el sensor de rayos gamma.

XIV.2.2.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de rayos gamma y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4mm.

XIV.2.2.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.3.- TRABAJO DE REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES (PARTIDA 66 ANEXO DE-10):

XIV.2.3.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de rayos gamma coples en los pozos petroleros. XIV.2.3.2.- OPERACIÓN (PTDA. X): Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, herramientas en general, Contrapesos, Detector de coples y equipo de rayos gamma, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de rayos gamma con coples.

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.3.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de rayos gamma coples en la zona de interés.

XIV.2.3.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de rayos gamma coples el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.3.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros efectivamente registrados por el sensor de rayos gamma coples y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4mm.

XIV.2.3.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.4.- TRABAJO DE REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES CON MARCA RADIOACTIVA (PARTIDA 67 ANEXO DE-10):

XIV.2.4.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de rayos gamma coples en los pozos petroleros, donde el contratista proverá marca radioactiva para correlación . XIV.2.4.2.- OPERACIÓN (PTDA. x): Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, herramientas en general, Contrapesos, Detector de coples y equipo de rayos gamma, marca radioactiva, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de rayos gamma con coples. XIV.2.4.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de rayos gamma coples en la zona de interés, donde el contratista proverá marca radioactiva para correlación .

XIV.2.4.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de rayos gamma coples el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.4.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de rayos gamma coples y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.4.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.5.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL (PARTIDA 68 ANEXO DE-10): XIV.2.5.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de tiempo de decaimiento termal en los pozos petroleros. XIV.2.5.2.- OPERACIÓN: Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos ayudantes, equipo de tiempo de decaimiento termal herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

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DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.5.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de la herramienta de tiempo de decaimiento termal de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.5.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de tiempo de decaimiento termal la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda (punto de medida).

XIV.2.5.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de la herramienta de tiempo de decaimiento termal y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.5.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.6.- TRABAJO DE REGISTRO DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL (PARTIDA 69 ANEXO DE-10): XV.6.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de la herramienta de tiempo de decaimiento termal en los pozos petroleros. XIV.2.6.2.- OPERACIÓN: Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de tiempo de decaimiento termal, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de tiempo de decaimiento termal.

XIV.2.6.3.- PROCESO: Es la toma de información de la herramienta de tiempo de decaimiento termal en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.6.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de tiempo de decaimiento termal el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.6.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de tiempo de decaimiento termal y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.6.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.7.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE SONICO DE CEMENTACIÓN CON DENSIDAD VARIABLE (PARTIDA 70 ANEXO DE-10):

XIV.2.7.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de sónico de cementación con densidad variable en los pozos petroleros. XIV.2.7.2.- OPERACIÓN : Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos Ayudantes, equipo sónico de cementación, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos.

XIV.2.7.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de la herramienta de sónico de cementación con densidad variable de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.7.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de sónico de cementación con densidad variable la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda (punto de medida).

XIV.2.7.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de sónico de cementación con densidad variable y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm. XIV.2.7.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.8.- TRABAJO DE REGISTRO DE SONICO DE CEMENTACIÓN CON DENSIDAD VARIABLE (PARTIDA 71 ANEXO DE-10):

XIV.2.8.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de sónico de cementación con densidad variable en los pozos petroleros. XIV.2.8.2.- EJECUCIÓN. Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo sónico de cementación, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de sónico de cementación con densidad variable. XIV.2.8.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de sónico de cementación con densidad variable en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.8.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de sónico de cementación con densidad variable el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.8.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de la herramienta de sónico de cementación con densidad variable y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.8.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.9.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE ULTRASÓNICO DE IMÁGENES POZO ENTUBADO (PARTIDA 72 ANEXO DE-10): XIV.2.9.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta ultrasónico de imágenes en los pozos petroleros entubados. XIV.2.9.2.- OPERACIÓN: Se requiere un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos Ayudantes, equipo ultrasónico de imágenes, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos. XIV.2.9.3.- PROCESO:- Profundidad alcanzada por el sensor de la herramienta de ultrasónico de imágenes de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.9.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de ultrasónico de imágenes la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda (punto de medida).

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.9.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de ultrasónico de imágenes y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.9.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.10.- TRABAJO DE REGISTRO DE ULTRASÓNICO DE IMÁGENES (PARTIDA 73 ANEXO DE-10): XIV.2.10.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de ultrasónico de imágenes en los pozos petroleros. XIV.2.10.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo ultrasónico de imágenes, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de ultrasónico de imágenes. XIV.2.10.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de ultrasónico de imágenes en la zona de interés de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.10.4.- COMPROBACIÓN: : El supervisor verificará en el registro de ultrasónico de imágenes el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.10.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de ultrasónico de imágenes y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.10.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.11.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL (PARTIDA 74 ANEXO DE-10): XIV.2.11.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de producción simultáneo con lecturas en tiempo real en los pozos petroleros. XIV.2.11.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos Ayudantes, equipo de producción simultáneo con lecturas en tiempo real, contrapesos, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos. XIV.2.11.3.- PROCESO:. Profundidad alcanzada por el sensor de producción simultáneo con lecturas en tiempo real de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.11.4.- COMPROBACIÓN: :. El supervisor verificará en el registro de producción simultáneo con lecturas en tiempo real la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda (punto de medida).

XIV.2.11.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de producción simultáneo con lecturas en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.11.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

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NORMAS

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XIV.2.12.- TRABAJO DE TIEMPO DE REGISTRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL (PARTIDA 75 ANEXO DE-10): XIV.2.12.1.- DESCRIPCIÓN: Es el tiempo de toma de información con la herramienta de producción simultáneo con lecturas en tiempo real cuando la sonda está estacionada en cierta profundidad en los pozos petroleros. XIV.2.12.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de producción simultáneo con lecturas en tiempo real, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de producción simultáneo con lecturas en tiempo real.

XIV.2.12.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con el equipo estacionado en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.12.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el reporte SIOP de Perforación, reporte de operación del contratista autorizado por el representante de PEP abordo y programa operativo el tiempo de medición con la sonda estacionada.

XIV.2.12.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de horas que la sonda de producción estuvo estacionada obteniendo datos de producción simultáneo con lecturas en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.12.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por hora.

XIV.2.13.- TRABAJO DE REGISTRO DE MOLINETE CONTINUO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO (PARTIDA 76 ANEXO DE-10): XIV.2.13.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de molinete contínuo de producción simultáneo en los pozos petroleros. XIV.2.13.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, molinete continuo de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de molinete contínuo de producción simultáneo. XIV.2.13.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de molinete contínuo de producción simultáneo en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.13.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de molinete contínuo de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.13.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de molinete contínuo de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.13.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.14.- REGISTRO GRADIOMANÓMETRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO (PARTIDA 77 ANEXO DE-10):

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

Página 43 de 111

XIV.2.14.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de gradiomanómetro de producción simultáneo en los pozos petroleros. XIV.2.14.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, gradiomanómetro de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de gradiomanómetro de producción simultáneo. XIV.2.14.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de gradiomanómetro de producción simultáneo en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.14.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de gradiomanómetro de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.14.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de gradiomanómetro de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.14.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.15.- TRABAJO DE REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO (PARTIDA 78 ANEXO DE-10): XIV.2.15.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de rayos gamma coples de producción simultáneo en los pozos petroleros. XIV.2.15.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de rayos gamma coples de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de rayos gamma coples de producción simultáneo. XIV.2.15.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de rayos gamma coples de producción simultáneo en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.15.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de rayos gamma coples de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.15.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de rayos gamma coples de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.15.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.16.- TRABAJO DE REGISTRO DE TEMPERATURA CONTÍNUO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO (PARTIDA 79 ANEXO DE-10): XIV.2.16.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de temperatura contínuo de producción simultáneo en los pozos petroleros.

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CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

Página 44 de 111

XIV.2.16.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de temperatura contínuo de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado, película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de temperatura contínuo de producción simultáneo. XIV.2.16.3.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de temperatura contínuo de producción simultáneo en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.16.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de temperatura contínuo de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.16.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de temperatura contínuo de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.16.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.17.- TRABAJO DE REGISTRO DE PRESIÓN DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO (PARTIDA 80 ANEXO DE-10): XIV.2.17.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información con la herramienta de presión de producción simultáneo en los pozos petroleros. XIV.2.17.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de presión de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de presión de producción simultáneo. XIV.2.17.2.- PROCESO: Es la toma de información con la herramienta de presión de producción simultáneo en la zona de interés de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.17.3.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de presión de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.17.4.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de presión de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.17.5.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.18.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL (PARTIDA 81 ANEXO DE-10): XIV.2.18.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de presión y temperatura con sensores de alta resolución en tiempo real en los pozos petroleros. XIV.2.18.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos Ayudantes, equipo de presión y temperatura de alta resolución en tiempo real, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de presión y temperatura en tiempo real.

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CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

Página 45 de 111

XIV.2.18.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de la herramienta de presión y temperatura en tiempo real de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.18.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de presión y temperatura en tiempo real la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda (punto de medida).

XIV.2.18.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de presión y temperatura en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.18.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.19.- TRABAJO DE TIEMPO DE REGISTRO DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL (PARTIDA 82 ANEXO DE-10): XIV.2.19.1.- DESCRIPCIÓN: Es el tiempo de toma de información con la herramienta de presión y temperatura de alta resolución con lecturas en tiempo real cuando la sonda está estacionada en cierta profundidad en los pozos petroleros. XIV.2.19.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de presión y temperatura de alta resolución en tiempo real, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de presión y temperatura en tiempo real. XIV.2.19.3.- PROCESO: Es el tiempo de la toma de información de presión y temperatura en tiempo real con la herramienta estacionada en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.19.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el reporte SIOP de Perforación, reporte de operación del contratista autorizado por el representante de PEP abordo y programa operativo el tiempo de medición con la sonda estacionada.

XIV.2.19.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de horas que la sonda estuvo estacionada obteniendo datos de presión y temperatura en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.19.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por hora.

XIV.2.20.-TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO (PARTIDA 83 ANEXO DE-10): XIV.2.20.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de Saturación de yacimiento en los pozos petroleros. XIV.2.20.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos Ayudantes, equipo de saturación de yacimiento, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de Saturación de Yacimientos.

XIV.2.20.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de Saturación de yacimiento de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información

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CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.20.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de Saturación de yacimiento la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda (punto de medida).

XIV.2.20.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de Saturación de yacimiento y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.20.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.21.- TRABAJO DE REGISTRO DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO (PARTIDA 84 ANEXO DE-10): XIV.2.21.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de la herramienta de Saturación de yacimiento en los pozos petroleros. XIV.2.21.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de saturación de yacimiento, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de Saturación de yacimiento. XIV.2.21.3.- PROCESO: Es la toma de información de la herramienta de Saturación de yacimiento en la zona de interés de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.21.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de Saturación de yacimiento el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.21.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de Saturación de yacimiento y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.21.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.22.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA (PARTIDA 85 ANEXO DE-10): XIV.2.22.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de Medición de flujo de agua en los pozos petroleros. XIV.2.22.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos Ayudantes, equipo de medición de flujo de agua, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de medición de flujo de agua.

XIV.2.22.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de Medición de flujo de agua de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.22.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de Medición de flujo de agua la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda (punto de medida).

XIV.2.22.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de Medición de flujo de agua y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.22.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

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NORMAS

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XIV.2.23.- TRABAJO DE CARGO POR ESTACIONES DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA (PARTIDA 86 ANEXO DE-10): XIV.2.23.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de Medición de flujo de agua con la herramienta estacionada en cierta profundidad en los pozos petroleros. XIV.2.23.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate, equipo de medición de flujo de agua, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de Medición de flujo de agua. XIV.2.23.3.- PROCESO: Es la toma de información de Medición de flujo de agua en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.23.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de Medición de flujo de agua el número de estaciones efectivamente registradas por la herramienta.

XIV.2.23.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de estaciones efectivamente registradas por el sensor de Medición de flujo de agua y presentadas en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.23.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por Estación.

XIV.2.24.- OPERACIÓN INCOMPLETA DE REGISTROS EN AGUJERO ENTUBADO (PARTIDA 87 ANEXO DE-10): XIV.2.24.1.- DESCRIPCIÓN: Es el trabajo en la obtención de registros de evaluación de la producción y revestimiento cuando las herramientas se introducen en el pozo y por causas no imputables a la contratista no se logra la toma de información XIV.2.24.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un Operador de Malacate y dos Ayudantes, equipo de rayos gamma coples, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), cable electromecánico, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación, película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos. XIV.2.24.3.- PROCESO: Se considera operación incompleta cuando no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo o si es cancelada por PEP una vez iniciada. Se pagará una operación incompleta por corrida (con una o varias herramientas). La operación incompleta no aplica en barra calibradota con coples.

XIV.2.24.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo con el registro entregado para comprobar la resistencia o si la operación es cancelada por PEP una vez iniciada.

XIV.2.24.5.- MEDICIÓN: Se pagará por operación.

XIV.2.25.- TRABAJO DE CARGO POR MASTIL O GRUA TELESCOPICA(PARTIDA 88 ANEXO DE-10):

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.25.1.- DESCRIPCIÓN: Es el trabajo en que se hace uso de un mástil o grua telescopica para poder introducir las herramientas al pozo cuando en el mismo no existe equipo de perforación o reparación para realizar la operación. XIV.2.25.2.- OPERACIÓN: Incluye mástil o grua telescopica, así como todas las actividades necesarias para la operación del mismo como son los movimientos de instalación, pruebas, operación y desinstalación. En caso de pozos terrestres incluye operador de màstil o grùa. XIV.2.25.3.- PROCESO: Es la utilización del mástil o grua telescopica para soportar las herramientas de registros cuando en el pozo no se cuenta con equipo de perforación o reparación.

XIV.2.25.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará la utilización del mástil o grua telescopica con el aviso de embarque del mismo (donde aplique), reporte de operaciones firmado por el representante de PEP y Reporte SIOP de perforación.

XIV.2.25.5.- MEDICIÓN: Se pagará por trabajo.

XIV.2.26.-TRABAJO DE CARGO POR EQUIPO DE CONTROL DE PRESIÓN (PARTIDAS 89, 90 y 91 ANEXO DE-10): XIV.2.26.1.- DESCRIPCIÓN: Es el trabajo que se realiza en un pozo usando el equipo de control de presión como un medio seguro para poder entrar y salir al pozo con equipos con cable mientras el pozo se mantiene controlado con el equipo de control de presión. XIV.2.26.2.- OPERACIÓN: Incluye equipo de control de presión con inyección de grasa de 5,000 libras (partida 89), 10,000 libras (partida 90) y 15,000 libras (partida 91), accesorios de equipo de control de presión, y todo lo necesario para la operación del mismo. En caso de pozos terrestres incluye operador de equipo de control de presiòn.

XIV.2.26.3.- PROCESO: Esta partida se considera por trabajo, ya sea con una o varias operaciones

XIV.2.26.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará la utilización del equipo de presión y lo avalará con el aviso de embarque del mismo (donde aplique), reporte de operaciones firmado por el representante de PEP y reporte SIOP de perforación.

XIV.2.26.5.- MEDICIÓN: Se pagará por trabajo.

REGISTROS DE PRODUCCIÓN CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE

XIV.2.27.- TRABAJO DE BARRA CALIBRADORA COPLES CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 92 ANEXO DE-10).

XIV.2.27.1.- DESCRIPCIÓN: Es la corrida de la barra calibradora coples con tubería flexible con cable con la finalidad de calibrar los pozos petroleros. XIV.2.27.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y un Ayudante, contrapesos, detector de coples, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como

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ANEXO “ B-1”

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son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación, películas, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm. y todo lo requerido para la OPERACIÓN de los trabajos. XIV.2.27.3.- PROCESO: Profundizar una barra calibradora bajada con tubería flexible con cable con la finalidad de garantizar que las herramientas bajen en el pozo, y así mismo para confirmar la profundidad interior de este.

XIV.2.27.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de coples la profundidad real alcanzada.

XIV.2.27.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será la profundidad alcanzada, registrada y presentada en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.27.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.28.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE RAYOS GAMMA COPLES CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 93 ANEXO DE-10): XIV.2.28.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de rayos gamma coples con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.28.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y un Ayudante, equipo de rayos gamma coples, herramientas en general, contrapesos, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de rayos gamma con coples.

XIV.2.28.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de rayos gamma coples con tubería flexible de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.28.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de rayos gamma coples la máxima profundidad alcanzada por el sensor de rayos gamma.

XIV.2.28.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de rayos gamma coples y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.28.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.29.- TRABAJO DE REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE(PARTIDA 94 ANEXO DE-10): XIV.2.29.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de rayos gamma coples con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.29.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo de rayos gamma coples, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de rayos gamma coples.

XIV.2.29.3.- PROCESO: Es la toma de información de rayos gamma coples con tubería flexible en la zona de interés.

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XIV.2.29.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de rayos gamma coples el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.29.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de rayos gamma coples y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.29.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.30.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE REGISTRO DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 95 ANEXO DE-10):

XIV.2.30.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de tiempo de tiempo de decaimiento termal con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.30.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador un operador de malacate y un ayudante, equipo de tiempo de decaimiento termal, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de tiempo de decaimiento termal. XIV.2.30.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de tiempo de decaimiento termal de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.30.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de tiempo de decaimiento termal la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda.

XIV.2.30.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de tiempo de decaimiento termal y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.30.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.31.- TRABAJO DE REGISTRO DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE(PARTIDA 96 ANEXO DE-10): XIV.2.31.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de la herramienta de tiempo de decaimiento termal con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.31.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo de tiempo de decaimiento termal, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de tiempo de decaimiento termal.

XIV.2.31.3.- PROCESO: Es la toma de información de la herramienta de tiempo de decaimiento termal con tubería flexible en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.31.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de tiempo de decaimiento termal el intervalo registrado por la herramienta.

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NORMAS

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XIV.2.31.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de tiempo de decaimiento termal y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.31.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.32.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 97 ANEXO DE-10): XIV.2.32.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción del equipo de producción simultáneo con lecturas en tiempo real bajado con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.32.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y un Ayudante, equipo de producción simultáneo con lecturas en tiempo real, contrapesos, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de producción simultáneo con lecturas en tiempo real. XIV.2.32.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con tubería flexible de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.32.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de producción simultáneo con lecturas en tiempo real la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda.

XIV.2.32.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de producción simultáneo con lecturas en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.32.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.33.- TRABAJO DE TIEMPO DE REGISTRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 98 ANEXO DE-10): XIV.2.33.1.- DESCRIPCIÓN: Es el tiempo de toma de información de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con tubería flexible cuando la sonda está estacionada en cierta profundidad en los pozos petroleros. XIV.2.33.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo de producción simultáneo con lecturas en tiempo real, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la OPERACIÓN de los trabajos de producción simultáneo con lecturas en tiempo real.

XIV.2.33.3.- PROCESO: Es la toma de información de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con tubería flexible con el equipo estacionado en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.33.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el reporte SIOP de Perforación, reporte de operación del contratista autorizado por el representante de PEP abordo y programa operativo el tiempo de medición con la sonda estacionada.

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XIV.2.33.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de horas que la sonda de producción estuvo estacionada obteniendo datos de producción simultáneo con lecturas en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.33.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por hora.

XIV.2.34.- TRABAJO DE REGISTRO DE MOLINETE CONTINUO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE(PARTIDA 99 ANEXO DE-10): XIV.2.34.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de molinete contínuo de producción simultáneo con tubería flexible en los pozos petroleros. XIV.2.34.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo de molinete contínuo de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de molinete contínuo de producción simultáneo.

XIV.2.34.3.- PROCESO: Es la toma de información de molinete contínuo de producción simultáneo con tubería flexible en la zona de interés de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.34.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de molinete contínuo de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.34.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de molinete contínuo de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.34.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.35.- TRABAJO DE REGISTRO DE GRADIOMANÓMETRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE(PARTIDA 100 ANEXO DE-10): XIV.2.35.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de gradiomanómetro de producción simultáneo con tubería flexible en los pozos petroleros. XIV.2.35.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo gradiomanómetro de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de gradiomanómetro de producción simultáneo.

XIV.2.35.3.- PROCESO: Es la toma de información de gradiomanómetro de producción simultáneo en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.35.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de gradiomanómetro de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.35.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de gradiomanómetro de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.35.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

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XIV.2.36.- TRABAJO DE REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE(PARTIDA 101 ANEXO DE-10): XIV.2.36.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de rayos gamma coples de producción simultáneo con tubería flexible en los pozos petroleros. XIV.2.36.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo rayos gamma coples de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de rayos gamma coples de producción simultáneo.

XIV.2.36.3.- PROCESO: Es la toma de información de rayos gamma coples de producción simultáneo con tubería flexible en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.36.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de rayos gamma coples de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.36.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de rayos gamma coples de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.36.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.37.- TRABAJO DE REGISTRO DE TEMPERATURA CONTÍNUO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE(PARTIDA 102 ANEXO DE-10): XIV.2.37.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de temperatura contínuo de producción simultáneo con tubería flexible en los pozos petroleros. XIV.2.37.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo temperatura contínuo de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de temperatura contínuo de producción simultáneo.

XIV.2.37.3.- PROCESO: Es la toma de información de temperatura contínuo de producción simultáneo con tubería flexible en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.37.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de temperatura contínuo de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.37.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de temperatura contínuo de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.37.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.38.- TRABAJO DE REGISTRO DE PRESIÓN DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 103 ANEXO DE-10):

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ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XVI.38.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de presión de producción simultáneo con tubería flexible en los pozos petroleros. XIV.2.38.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo presión de producción simultáneo, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de presión de producción simultáneo.

XIV.2.38.3.- PROCESO: Es la toma de información de presión de producción simultáneo con tubería flexible en la zona de interés de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.38.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de presión de producción simultáneo el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.38.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de presión de producción simultáneo y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.38.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.39.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 104 ANEXO DE-10): XIV.2.39.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de presión y temperatura en tiempo real bajada con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.39.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y un ayudante equipo presión y temperatura en tiempo real, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la OPERACIÓN de los trabajos de presión y temperatura en tiempo real. XIV.2.39.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de presión y temperatura en tiempo real con tubería flexible de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.39.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de presión y temperatura en tiempo real la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda.

XIV.2.39.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de presión y temperatura en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.39.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro

XIV.2.40.- TRABAJO DE TIEMPO DE REGISTRO DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 105 ANEXO DE-10): XIV.2.40.1.- DESCRIPCIÓN: Es el tiempo de toma de información de presión y temperatura con lecturas en tiempo real con tubería flexible con la sonda estacionada en cierta profundidad en los pozos petroleros.

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CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

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XIV.2.40.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo presión y temperatura en tiempo real, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de presión y temperatura en tiempo real.

XIV.2.40.3.- PROCESO: Es el tiempo de la toma de información de presión y temperatura en tiempo real con tubería flexible con la herramienta estacionada en la zona de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.40.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el reporte SIOP de Perforación, reporte de operación del contratista autorizado por el representante de PEP abordo y programa operativo el tiempo de medición con la sonda estacionada.

XIV.2.40.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de horas que la sonda de producción estuvo estacionada obteniendo datos de presión y temperatura en tiempo real y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.40.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por hora.

XIV.2.41.- TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 106 ANEXO DE-10): XIV.2.41.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de saturación de yacimiento bajada con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.41.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y un Ayudante, equipo de saturación de yacimiento, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de saturación de yacimiento. XIV.2.41.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de saturación de yacimiento con tubería flexible de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.41.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro saturación de yacimiento la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda.

XIV.2.41.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de saturación de yacimiento y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.41.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.42.- TRABAJO DE REGISTRO DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 107 ANEXO DE-10): XIV.2.42.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de la herramienta de Saturación de yacimiento con tubería flexible en los pozos petroleros. XIV.2.42.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo de saturación de yacimiento, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando

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LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

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aplique), película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecuciòn de los trabajos de Saturación de yacimiento. XIV.2.42.3.- PROCESO: Es la toma de información de la herramienta de Saturación de yacimiento con tubería flexible en la zona de interés de acuerdo a la solicitud de trabajo.

XIV.2.42.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de Saturación de yacimiento el intervalo registrado por la herramienta.

XIV.2.42.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad efectivamente registrados por el sensor de Saturación de yacimiento y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.42.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.43.-TRABAJO DE PROFUNDIDAD DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 108 ANEXO DE-10): XIV.2.43.1.- DESCRIPCIÓN: Es la introducción de la herramienta de medición de flujo de agua bajado con tubería flexible con cable en los pozos petroleros. XIV.2.43.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y un Ayudante, equipo medición de flujo de agua, herramientas en general, unidad con sistema computarizado y unidad generadora de energía eléctrica (cuando aplique), así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación y todo lo requerido para la ejecución de los trabajos de medición de flujo de agua. XIV.2.43.3.- PROCESO: Profundidad alcanzada por el sensor de medición de flujo de agua con tubería flexible de acuerdo a la solicitud de trabajo para posicionarse en la zona de interés y prepararse para la toma de información.

XIV.2.43.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de medición de flujo de agua la máxima profundidad alcanzada por el sensor de la sonda.

XIV.2.43.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de metros de profundidad alcanzados por el sensor de medición de flujo de agua y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.43.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por metro.

XIV.2.44.- TRABAJO DE CARGO POR ESTACIONES DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE(PARTIDA 109 ANEXO DE-10): XIV.2.44.1.- DESCRIPCIÓN: Es la toma de información de Medición de flujo de agua con tubería flexible con la herramienta estacionada en cierta profundidad en los pozos petroleros. XIV.2.44.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, equipo medición de flujo de agua, herramientas en general, unidad con sistema computarizado, película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la OPERACIÓN de los trabajos de Medición de flujo de agua. XIV.2.44.3.- PROCESO: Es la toma de información de Medición de flujo de agua con tubería flexible en las zonas de interes de acuerdo a la solicitud de trabajo.

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

Página 57 de 111

XIV.2.44.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará en el registro de Medición de flujo de agua las estaciones registradas por la herramienta.

XIV.2.44.5.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será el número de estaciones efectivamente registrados por el sensor de Medición de flujo de agua y presentados en película y disco compacto o cinta DAT 4 mm.

XIV.2.44.6.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por estación.

XIV.2.45.- OPERACIÓN INCOMPLETA DE REGISTROS AGUJERO ENTUBADO CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDA 110 ANEXO DE-10): XIV.2.45.1.- DESCRIPCIÓN: Es el trabajo en la obtención de registros de evaluación de la producción y revestimiento bajadas con tubería flexible con cable cuando las herramientas se introducen en el pozo y por causas no imputables al contratista no se logra la toma de información XIV.2.45.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y un Ayudante, herramienta de rayos gamma coples, unidad con sistema computarizado, así como las actividades que se realizarán en la Operación como son los movimientos de instalación, armado, pruebas, desinstalación, película, copias, disco compacto o cinta DAT 4mm.y todo lo requerido para la ejecuciòn de los trabajos. XIV.2.45.3.- PROCESO: Se considera operación incompleta cuando no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo o si es cancelada por PEP una vez iniciada. Se pagará una operación incompleta por corrida (con una o varias herramientas). La operación incompleta no aplica en barra calibradora con coples.

XIV.2.45.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará cuando la operación no puede ser concluida debido a las condiciones del pozo con el registro entregado para comprobar la resistencia o si la operación es cancelada por PEP una vez iniciada.

XIV.2.45.5.- MEDICIÓN: Se pagará por operación.

XIV.2.46.- TIEMPO POR LIBRANZA OPERATIVA (PARTIDA 111 ANEXO DE-10): XIV.2.46.1.- DESCRIPCIÓN: Es el tiempo que el equipo y el personal completos del contratista deben permanecer sin desarrollar trabajo alguno en el sitio de los trabajos en espera de la libranza del pozo para entrar en actividad. Este tiempo empezará a contar a partir de la doceava hora después de que el equipo y el personal completos están listos en el lugar de los trabajos si el arribo es en o posterior a la hora de cita especificada en la orden de trabajo. (1) Si el arribo es anterior o en la hora de cita, el tiempo por libranza operativa empezará a contabilizarse a partir de la doceava hora después de la hora de cita. (2) Si el contratista llega al pozo después de la hora de cita pero antes de iniciar la operación, el tiempo por libranza operativa se contabilizará a partir de la doceava hora después del arribo y hast a el inicio de la operación. XIV.2.46.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y dos Ayudantes, unidad con sistema computarizado, equipo de rayos gamma. XIV.2.46.3.- PROCESO: Se considera tiempo por libranza operativa cuando el equipo y el personal completos del contratista permanecen sin desarrollar trabajo alguno en el sitio de los trabajos en espera de la libranza del pozo para entrar en actividad.

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

Página 58 de 111

XIV.2.46.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará el tiempo de libranza operativa con la orden de trabajo que especifica la hora de cita y con el reporte de operación firmado por el representante de PEP en el pozo el cual debe indicar la hora del arribo de personal y equipo completos

XIV.2.46.5.- MEDICIÓN: Se pagará por hora.

XIV.2.47.- TIEMPO POR LIBRANZA OPERATIVA PARA OPERACIÓN CANCELADA (PARTIDA 112 ANEXO DE-10): XIV.2.47.1.- DESCRIPCIÓN: Es el tiempo que el equipo y el personal completos del contratista deben permanecer sin desarrollar trabajo alguno en el sitio de los trabajos en espera de la libranza del pozo para entrar en actividad y por instrucciones de PEP la operación se cancela. Este tiempo empezará a contar a partir de la doceava hora después de que el equipo y el personal completos están listos en el lugar de los trabajos si el arribo es en o posterior a la hora de cita especificada en la orden de trabajo. (1) Si el arribo es anterior o en la hora de cita, el tiempo por libranza operativa empezará a contabilizarse a partir de la doceava hora después de la hora de cita. (2) Si el contratista llega al pozo después de la hora de cita pero antes de iniciar la operación, el tiempo por libranza operativa se contabilizará a partir de la doceava hora después del arribo y hasta que reciba la instrucción de cancelar el trabajo. XIV.2.47.2.- OPERACIÓN: Se requiere de un Ingeniero Operador, un operador de malacate y dos Ayudantes, unidad con sistema computarizado, equipo de rayos gamma. XIV.2.47.3.- PROCESO: Se considera tiempo por libranza operativa para operación cancelada cuando el equipo y el personal completos del contratista permanecen sin desarrollar trabajo alguno en el sitio de los trabajos en espera de la libranza del pozo para entrar en actividad y por instrucciones de PEP se cancele el trabajo.

XIV.2.47.4.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará el tiempo de libranza operativa con la orden de trabajo que especifica la hora de cita y con el reporte de operación firmado por el representante de PEP en el pozo el cual debe indicar la hora del arribo de personal y equipo completos

XIV.2.47.5.- MEDICIÓN: Se pagará por hora. XV.2.48.- CARGO DIFERENCIAL POR CABINA MARINA (PARTIDA 113 ANEXO C) (APLICA SOLO PARA CONTRATOS QUE INCLUYEN SERVICIOS EN TIERRA Y MAR):

XV. 2.48.1.- DESCRIPCIÓN: Se refiere a la utilización de una Cabina Marina para operaciones costa afuera. Esta partida se considera por unidad.

XIV. 2.48.2.- OPERACIÓN: Se requiere de una cabina marina y su alcance se definirá en razón de la diferencia en rendimiento de una Unidad de Registros para operaciones en tierra y una Cabina de Registros para operaciones en mar.

XIV. 2.48.3.- COMPROBACIÓN: El supervisor verificará el empleo de esta(s) unidad(es), y lo avalará con la hoja de reporte de trabajo firmado por el Representante de PEP y por el reporte SIOP.

XIV. 2.48.4.- MEDICIÓN: La cantidad a estimarse será por unidad.

XIV. 2.48.5.- UNIDAD DE MEDIDA: Se pagará por unidad.

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ B-1”

NORMAS

Página 59 de 111

I.- NORMAS, ESPECIFICACIONES Y CÓDIGOS.

La ejecución de los trabajos del presente contrato se llevaran a cabo de acuerdo a las normas, especificaciones y codigos, que se señalan a continuación. Ademas podran aplicarse previa revisión y aprobación de PEP, aquellas ya comprobadas y aceptadas que como consecuencia de los adelantos tecnológicos, superen o mejoren a las señaladas en costo, funcionamiento y calidad. I.1.- REGLAMENTOS Y ORDENAMIENTOS. I.1.1.- El Contratista deberá contar al inicio y durante la vigencia del presente contrato con la licencia vigente para posesión y uso de material radioactivo, otorgada por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias. I.1.2.- Los trabajos deberán cumplir con los requisitos que se describen en las especificaciones técnicas del Anexo "B" elaboradas por este organismo, que PEP en su carácter de consumidor determina utilizar según lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en razón de no existir, en los temas que ahí se tratan, normas mexicanas, ni internacionales, ni de referencia, que en la especie cubran los requerimientos específicos de la entidad, dados los elevados estándares de calidad, innovación tecnológica y seguridad que requiere la industria petrolera.

I.1.3.- El Contratista será el responsable de obtener todas las licencias y permisos necesarios para el desarrollo de este contrato, licencia para posesión y uso de material radioactivo y deberá someterse a todas las disposiciones establecidas por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias. Así mismo deberá sujetarse a lo estipulado en los Reglamentos y Ordenamientos de las autoridades competentes Municipales, Estatales y Federales en materia referente a los trabajos motivo de este Contrato, como los siguientes y todos los que apliquen:

a) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

b) Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

c) Ley Reglamentaria del Articulo 27 Constitucional en Materia Nuclear.

d) Reglamento General de Seguridad Radiológica.

e) Reglamento para el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. I.2.- NORMAS DE PEMEX:

I.2.1.- Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Normatividad del SIASPA.

I.2.2.- Procedimiento de Evaluación de Desempeño de Prestadores de Servicios de Registros Geofísicos y Línea de Acero.

I.2.3.- Procedimiento de Uso, Almacenamiento y Transporte de Material y Equipo que emitan Radiaciones No. 05.1.35

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 60 de 111

TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS (PARTIDAS 1 A 45)

REGISTRO RAYOS GAMMA

1 Profundidad de Rayos Gamma. Metro

2 Registro de Rayos Gamma. Metro

REGISTRO INDUCCION MULTIPROFUNDIDAD

3 Profundidad de Inducción Multiprofundidad. Metro

4 Registro de Inducción Multiprofundidad. Metro

REGISTRO DOBLE LATEROLOG

5 Profundidad de Doble Laterolog. Metro

6 Registro de Doble Laterolog. Metro

REGISTRO ENFOQUE MICROESFERICO

7 Profundidad de Enfoque Microesferico. Metro

8 Registro Enfoque Microesferico. Metro

REGISTRO ESPECTROSCOPIA DE RAYOS GAMMA NATURALES

9 Profundidad de Espectrometria de Rayos Gamma. Metro

10 Registro de Espectrometria de Rayos Gamma. Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 61 de 111

REGISTRO LITODENSIDAD

11 Profundidad de Litodensidad. Metro

12 Registro de Litodensidad. Metro

REGISTRO NEUTRON COMPENSADO

13 Profundidad de Neutron Compensado. Metro

14 Registro de Neutron Compensado. Metro

REGISTRO SONICO DIPOLAR

15 Profundidad de Sonico Dipolar. Metro

16 Registro de Sonico Dipolar. Metro

REGISTRO SONICO DIGITAL

17 Profundidad Sonico Digital. Metro

18 Registro de Sonico Digital. Metro

REGISTRO IMAGEN ULTRASONICA A POZO ABIERTO

19 Profundidad de Imagen Ultrasonica. Metro

20 Registro de Imagen Ultrasonica. Metro

REGISTRO DE BUZAMIENTO ESTRATIGRAFICO DE ALTA RESOLUCIÓN

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 62 de 111

21 Profundidad de Buzamiento Estratigrafico de alta resolución. Metro

22 Registro de Buzamiento Estratigrafico de alta resolución. Metro

REGISTRO MICROIMAGEN DE FORMACIÓN CON PRINCIPIO RESISTIVO

23 Profundidad de Microimagen de Formación con principio resistivo. Metro

REGISTRO MICROIMAGEN RESISTIVA DE FORMACIÓN PARA LODO BASE ACEITE

23.1 Profundidad de Microimagen resistiva de formación para lodo base aceite Metro

23.2 Registro de Microimagen resistiva de formación para lodo base aceite. Metro

24 Registro de Microimagen de Formación con principio resistivo. Metro

REGISTRO RESONANCIA MAGNETICA

25 Profundidad de Resonancia Magnética. Metro

26 Registro de Resonancia Magnética. Metro

REGISTRO GEOMETRÍA DE POZO

27 Profundidad de Geometria de Pozo. Metro

28 Registro de Geometria de Pozo. Metro

PROBADOR DE FORMACIONES

29 Profundidad de probador de formaciones. Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 63 de 111

30 Muestra de probador de formaciones. Muestra

31 Registro presión de probador de formaciones. Estación

TRABAJOS DE REGISTROS SISMICOS DE VELOCIDADES (PARTIDA 32 A 43)

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES CHECK SHOT

32 Profundidad de Sismico de Velocidades Check Shot. Metro

33 Registro Sismico de Velocidades Check Shot. Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES VSP OFFSET CERO

34 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Cero Offset. Metro

35 Registro Sísmico de Velocidades VSP Cero Offset. Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES VSP OFFSET LEJANO

36 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Offset Lejano. Metro

37 Registro Sísmico de Velocidades VSP Offset Lejano. Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES DIFERENTES POSICIONES (WALK AWAY)

38 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Walk-Away. Metro

39 Registro Sísmico de Velocidades VSP Walk-Away Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES INCIDENCIA VERTICAL)

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 64 de 111

40 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Incidencia Vertical Metro

41 Registro Sísmico de Velocidades VSP Incidencia Vertical. Estación

CARGO POR TRABAJOS CON SISTEMA DE POSICIONAMIENTO DINAMICO

42 Cargo por sistema de posicionamiento dinamico Operación

CARGO POR CAMIÓN VIBRADOR PARA TRABAJOS DE SÍSMICA

43 Cargo por camión vibrador Unidad

TRABAJOS DE EXTRACCION DE MUESTRAS DE PARED (PARTIDAS 44 Y 45)

44 Profundidad de Extracción de Muestras de Pared. Metro

45 Recuperación de Extracción de Muestras de Pared. Muestra

46 CARGO POR TRABAJO CON EQUIPO CONDICIONES DIFÍCILES Metro

47 OPERACION INCOMPLETA TRABAJOS DE REGISTROS AGUJERO DESCUBIERTO Operación

48 OPERACIÓN INCOMPLETA DE TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN ALTA TEMPERATURA Operación

49 OPERACION INCOMPLETA DE TRABAJOS CON EQUIPO PARA CONDICIONES DIFÍCILES. Operación

50 OPERACIÓN INCOMPLETA DE TRABAJOS DE REGISTROS SÍSMICOS DE VELOCIDADES CON POSICIONAMIENTO DINÁMICO

Operación

51 CARGO POR TRABAJOS CON EQUIPO DE CONTROL DE PRESIÓN PARA 5000 LIBRAS Trabajo

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 65 de 111

TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN ALTA TEMPERATURA (PARTIDAS 52 A 63)

REGISTRO RAYOS GAMMA ALTA TEMPERATURA

52 Profundidad de Rayos Gamma alta temperatura. Metro

53 Registro de Rayos Gamma alta temperatura. Metro

REGISTRO INDUCCION MULTIPROFUNDIDAD ALTA TEMPERATURA

54 Profundidad de Inducción Multiprofundidad alta temperatura. Metro

55 Registro de Inducción Multiprofundidad alta temperatura. Metro

REGISTRO DOBLE LATEROLOG ALTA TEMPERATURA

56 Profundidad de doble laterolog alta temperatura. Metro

57 Registro de doble laterolog alta temperatura. Metro

REGISTRO LITODENSIDAD ALTA TEMPERATURA

58 Profundidad de Litodensidad alta temperatura. Metro

59 Registro de Litodensidad alta temperatura. Metro

REGISTRO NEUTRON COMPENSADO ALTA TEMPERATURA

60 Profundidad de Neutron Compensado alta temperatura. Metro

61 Registro de Neutron Compensado alta temperatura. Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 66 de 111

REGISTRO SONICO DIGITAL ALTA TEMPERATURA

62 Profundidad Sonico Digita alta temperatura. Metro

63 Registro de Sonico Digital alta temperatura. Metro

REGISTROS GEOFÌSICOS AGUJERO ENTUBADO (PARTIDAS 64 A 86)

BARRA CALIBRADORA COPLES

64 Profundidad de barra calibradora coples Metro

REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES

65 Profundidad de rayos gamma coples Metro

66 Registro de rayos gamma coples Metro

REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES CON MARCA RADIOACTIVA

67 Registro de rayos gamma coples con marca radioactiva

Metro

REGISTRO DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL

68 Profundidad de tiempo de decaimiento termal Metro

69 Registro de tiempo de decaimiento termal Metro

REGISTRO DE SÓNICO DE CEMENTACIÓN CON DENSIDAD VARIABLE

70 Profundidad de sónico de cementación con densidad variable Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 67 de 111

71 Registro de sónico de cementación con densidad variable

Metro

REGISTRO ULTRASÓNICO DE IMÁGENES

72 Profundidad de ultrasónico de imágenes Metro

73 Registro de ultrasónico de imágenes Metro

REGISTRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL

74 Profundidad de producción simultáneo con lecturas en tiempo real.

Metro

75 Tiempo de registro de producción simultáneo con lecturas en tiempo real

Hora

76 Registro de molinete continuo de producción simultáneo Metro

77 Registro de gradiomanómetro de producción simultáneo Metro

78 Registro de rayos gamma de producción simultáneo Metro

79 Registro de temperatua contínuo de producción simultáneo Metro

80 Registro de Presión de Producción Simultáneo Metro

REGISTRO DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL

81 Profundidad de presión y temperatura en tiempo real Metro

82 Tiempo de registro de presión y temperatura de fondo en tiempo real.

Hora

82.1 Tiempo de sensor de presión y temperatura en cabeza de pozo

Hora

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 68 de 111

REGISTRO DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO

83 Profundidad de saturación de yacimiento Metro

84 Registro de saturación de yacimiento Metro

REGISTRO DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA

85 Profundidad de medición de flujo de agua Metro

86 Cargo por Estación de medición de flujo de agua Estación

OPERACIÓN INCOMPLETA DE REGISTROS EN AGUJERO ENTUBADO

87 Cargo por operación incompleta de registros en agujero entubado

Operación

MASTIL O GRUA TELESCOPICA

88 Cargo por mastil o grua telescopica trabajo

TRABAJOS EQUIPO DE CONTROL DE PRESION

89 Trabajos con equipo de control de presión de 5,000 psi . Trabajo

90 Trabajos con equipo de control de presión de 10,000 psi. Trabajo

91 Trabajos con equipo de control de presión de 15,000 psi. Trabajo

REGISTROS CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE (PARTIDAS 92 A 109)

BARRA CALIBRADORA COPLES CON TUBERÍA FLEXIBLE

92 Profundidad de barra calibradora coples bajada con tubería flexible

Metro

REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES CON TUBERÍA FLEXIBLE

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 69 de 111

93 Profundidad de rayos gamma coples con tubería flexible. Metro

94 Registro de rayos gamma coples con tubería flexible. Metro

REGISTRO DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL CON TUBERÍA FLEXIBLE

95 Profundidad de tiempo de decaimiento termal con tubería flexible.

Metro

96 Registro de tiempo de decaimiento termal con tubería flexible. Metro

REGISTRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE

97 Profundidad de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con tubería flexible.

Metro

98 Tiempo de registro de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con tubería flexible.

Hora

99 Registro de molinete continuo de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

100 Registro de gradiomanómetro de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

101 Registro de rayos gamma coples de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

102 Registro de temperatua contínuo de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

103 Registro de Presión de Producción Simultáneo con tubería flexible.

Metro

REGISTRO DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE

104 Profundidad de presión y temperatura en tiempo real con tubería flexible

Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 70 de 111

tubería flexible.

105 Tiempo de registro de presión y temperatura en tiempo real con tubería flexible.

Hora

REGISTRO DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO CON TUBERÍA FLEXIBLE

106 Profundidad de saturación de yacimiento con tubería flexible. Metro

107 Registro de saturación de yacimiento con tubería flexible. Metro

REGISTRO DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA CON TUBERÍA FLEXIBLE

108 Profundidad de medición de flujo de agua con tubería flexible. Metro

109 Cargo por estación de medición de flujo de agua con tubería flexible.

Estación

OPERACIÓN INCOMPLETA DE REGISTROS EN EGUJERO ENTUBADO CON TUBERÍA FLEXIBLE

110 Cargo por operación incompleta de registros en agujero entubado con tubería flexible.

Operación

TIEMPO POR LIBRANZA OPERATIVA

111 Cargo por tiempo por libranza operativa Hora

TIEMPO POR LIBRANZA OPERATIVA PARA OPERACIÓN CANCELADA

112 Cargo por tiempo por libranza operativa para operación cancelada

Hora

CABINA MARINA

113 Cargo diferencial por cabina marina Unidad

IMPORTE TOTAL IMPORTE TOTAL

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ C ”

CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) IMPORTE TOTAL PRECIO UNITARIO (DOLARES) IMPORTE TOTAL No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA PESOS NUMERO LETRA DOLARES

Página 71 de 111

IMPORTE DE LA PROPUESTA (CON LETRA M.N + USD)

XXXXXXX XXXXXX . A

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 72 de 111

TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS (PARTIDAS 1 A 45)

REGISTRO RAYOS GAMMA

1 Profundidad de Rayos Gamma. Metro

2 Registro de Rayos Gamma. Metro

REGISTRO INDUCCION MULTIPROFUNDIDAD

3 Profundidad de Inducción Multiprofundidad. Metro

4 Registro de Inducción Multiprofundidad. Metro

REGISTRO DOBLE LATEROLOG

5 Profundidad de Doble Laterolog. Metro

6 Registro de Doble Laterolog. Metro

REGISTRO ENFOQUE MICROESFERICO

7 Profundidad de Enfoque Microesferico. Metro

8 Registro Enfoque Microesferico. Metro

REGISTRO ESPECTROSCOPIA DE RAYOS GAMMA NATURALES

9 Profundidad de Espectrometria de Rayos Gamma. Metro

10 Registro de Espectrometria de Rayos Gamma. Metro

REGISTRO LITODENSIDAD

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 73 de 111

11 Profundidad de Litodensidad. Metro

12 Registro de Litodensidad. Metro

REGISTRO NEUTRON COMPENSADO

13 Profundidad de Neutron Compensado. Metro

14 Registro de Neutron Compensado. Metro

REGISTRO SONICO DIPOLAR

15 Profundidad de Sonico Dipolar. Metro

16 Registro de Sonico Dipolar. Metro

REGISTRO SONICO DIGITAL

17 Profundidad Sonico Digital. Metro

18 Registro de Sonico Digital. Metro

REGISTRO IMAGEN ULTRASONICA A POZO ABIERTO

19 Profundidad de Imagen Ultrasonica. Metro

20 Registro de Imagen Ultrasonica. Metro

REGISTRO DE BUZAMIENTO ESTRATIGRAFICO DE ALTA RESOLUCIÓN

21 Profundidad de Buzamiento Estratigrafico de alta resolución. Metro

22 Registro de Buzamiento Estratigrafico de alta resolución. Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 74 de 111

REGISTRO MICROIMAGEN DE FORMACIÓN CON PRINCIPIO RESISTIVO

23 Profundidad de Microimagen de Formación con principio resistivo. Metro

REGISTRO MICROIMAGEN RESISTIVA DE FORMACIÓN PARA LODO BASE ACEITE

23.1 Profundidad de Microimagen resistiva de formación para lodo base aceite Metro

23.2 Registro de Microimagen resistiva de formación para lodo base aceite. Metro

24 Registro de Microimagen de Formación con principio resistivo. Metro

REGISTRO RESONANCIA MAGNETICA

25 Profundidad de Resonancia Magnética. Metro

26 Registro de Resonancia Magnética. Metro

REGISTRO GEOMETRÍA DE POZO

27 Profundidad de Geometria de Pozo. Metro

28 Registro de Geometria de Pozo. Metro

PROBADOR DE FORMACIONES

29 Profundidad de probador de formaciones. Metro

30 Muestra de probador de formaciones. Muestra

31 Registro presión de probador de formaciones. Estación

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 75 de 111

TRABAJOS DE REGISTROS SISMICOS DE VELOCIDADES (PARTIDA 32 A 43)

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES CHECK SHOT

32 Profundidad de Sismico de Velocidades Check Shot. Metro

33 Registro Sismico de Velocidades Check Shot. Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES VSP OFFSET CERO

34 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Cero Offset. Metro

35 Registro Sísmico de Velocidades VSP Cero Offset. Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES VSP OFFSET LEJANO

36 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Offset Lejano. Metro

37 Registro Sísmico de Velocidades VSP Offset Lejano. Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES DIFERENTES POSICIONES (WALK AWAY)

38 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Walk-Away. Metro

39 Registro Sísmico de Velocidades VSP Walk-Away Estación

REGISTRO SISMICO DE VELOCIDADES INCIDENCIA VERTICAL)

40 Profundidad de Sísmico de Velocidades VSP Incidencia Vertical Metro

41 Registro Sísmico de Velocidades VSP Incidencia Vertical. Estación

CARGO POR TRABAJOS CON SISTEMA DE POSICIONAMIENTO DINAMICO

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 76 de 111

42 Cargo por sistema de posicionamiento dinamico Operación

CARGO POR CAMIÓN VIBRADOR PARA TRABAJOS DE SÍSMICA

43 Cargo por camión vibrador Unidad

TRABAJOS DE EXTRACCION DE MUESTRAS DE PARED (PARTIDA 44 Y 45)

44 Profundidad de Extracción de Muestras de Pared. Metro

45 Recuperación de Extracción de Muestras de Pared. Muestra

46 CARGO POR TRABAJO CON EQUIPO CONDICIONES DIFÍCILES Metro

47 OPERACION INCOMPLETA TRABAJOS DE REGISTROS AGUJERO DESCUBIERTO Operación

48 OPERACIÓN INCOMPLETA DE TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN ALTA TEMPERATURA Operación

49 OPERACION INCOMPLETA DE TRABAJOS CON EQUIPO PARA CONDICIONES DIFÍCILES. Operación

50 OPERACIÓN INCOMPLETA DE TRABAJOS DE REGISTROS SÍSMICOS DE VELOCIDADES CON POSICIONAMIENTO DINÁMICO Operación

51 CARGO POR TRABAJOS CON EQUIPO DE CONTROL DE PRESIÓN PARA 5000 LIBRAS Trabajo

TRABAJOS DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN ALTA TEMPERATURA (PARTIDA 52 A 63)

REGISTRO RAYOS GAMMA ALTA TEMPERATURA

52 Profundidad de Rayos Gamma alta temperatura. Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 77 de 111

53 Registro de Rayos Gamma alta temperatura. Metro

REGISTRO INDUCCION MULTIPROFUNDIDAD ALTA TEMPERATURA

54 Profundidad de Inducción Multiprofundidad alta temperatura. Metro

55 Registro de Inducción Multiprofundidad alta temperatura. Metro

REGISTRO DOBLE LATEROLOG ALTA TEMPERATURA

56 Profundidad de doble laterolog alta temperatura. Metro

57 Registro de doble laterolog alta temperatura. Metro

REGISTRO LITODENSIDAD ALTA TEMPERATURA

58 Profundidad de Litodensidad alta temperatura. Metro

59 Registro de Litodensidad alta temperatura. Metro

REGISTRO NEUTRON COMPENSADO ALTA TEMPERATURA

60 Profundidad de Neutron Compensado alta temperatura. Metro

61 Registro de Neutron Compensado alta temperatura. Metro

REGISTRO SONICO DIGITAL ALTA TEMPERATURA

62 Profundidad Sonico Digita alta temperatura. Metro

63 Registro de Sonico Digital alta temperatura. Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 78 de 111

REGISTROS GEOFÌSICOS AGUJERO ENTUBADO (PARTIDAS 64 A 86)

BARRA CALIBRADORA COPLES

64 Profundidad de barra calibradora coples Metro

REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES

65 Profundidad de rayos gamma coples Metro

66 Registro de rayos gamma coples Metro

REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES CON MARCA RADIOACTIVA

67 Registro de rayos gamma coples con marca radioactiva Metro

REGISTRO DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL

68 Profundidad de tiempo de decaimiento termal Metro

69 Registro de tiempo de decaimiento termal Metro

REGISTRO DE SÓNICO DE CEMENTACIÓN CON DENSIDAD VARIABLE

70 Profundidad de sónico de cementación con densidad variable Metro

71 Registro de sónico de cementación con densidad variable Metro

REGISTRO ULTRASÓNICO DE IMÁGENES

72 Profundidad de ultrasónico de imágenes Metro

73 Registro de ultrasónico de imágenes Metro

REGISTRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL

74 Profundidad de producción simultáneo con lecturas en tiempo real. Metro

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 79 de 111

75 Tiempo de registro de producción simultáneo con lecturas en tiempo real Hora

76 Registro de molinete continuo de producción simultáneo Metro

77 Registro de gradiomanómetro de producción simultáneo Metro

78 Registro de rayos gamma de producción simultáneo Metro

79 Registro de temperatua contínuo de producción simultáneo Metro

80 Registro de Presión de Producción Simultáneo Metro

REGISTRO DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL

81 Profundidad de presión y temperatura en tiempo real Metro

82 Tiempo de registro de presión y temperatura de fondo en tiempo real.

Hora

82.1 Tiempo de sensor de presión y temperatura en cabeza de pozo

Hora

REGISTRO DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO

83 Profundidad de saturación de yacimiento Metro

84 Registro de saturación de yacimiento Metro

REGISTRO DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA

85 Profundidad de medición de flujo de agua Metro

86 Cargo por Estación de medición de flujo de agua Estación

OPERACIÓN INCOMPLETA DE REGISTROS EN AGUJERO ENTUBADO

87 Cargo por operación incompleta de registros en agujero entubado Operación

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 80 de 111

MASTIL O GRUA TELESCOPICA

88 Cargo por mastil o grua telescopica operación

TRABAJOS EQUIPO DE CONTROL DE PRESION

89 Trabajos con equipo de control de presión de 5,000 psi . Trabajo

90 Trabajos con equipo de control de presión de 10,000 psi. Trabajo

91 Trabajos con equipo de control de presión de 15,000 psi. Trabajo

REGISTROS CON TUBERÍA FLEXIBLE CON CABLE

(PARTIDAS 92 A 109)

BARRA CALIBRADORA COPLES CON TUBERÍA FLEXIBLE

92 Profundidad de barra calibradora coples bajada con tubería flexible Metro

REGISTRO DE RAYOS GAMMA COPLES CON TUBERÍA FLEXIBLE

93 Profundidad de rayos gamma coples con tubería flexible. Metro

94 Registro de rayos gamma coples con tubería flexible. Metro

REGISTRO DE TIEMPO DE DECAIMIENTO TERMAL CON TUBERÍA FLEXIBLE

95 Profundidad de tiempo de decaimiento termal con tubería flexible. Metro

96 Registro de tiempo de decaimiento termal con tubería flexible. Metro

REGISTRO DE PRODUCCIÓN SIMULTÁNEO CON LECTURAS EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE

97 Profundidad de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con tubería flexible.

Metro

98 Tiempo de registro de producción simultáneo con lecturas en tiempo real con tubería flexible.

Hora

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

Página 81 de 111

99 Registro de molinete continuo de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

100 Registro de gradiomanómetro de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

101 Registro de rayos gamma coples de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

102 Registro de temperatua contínuo de producción simultáneo con tubería flexible.

Metro

103 Registro de Presión de Producción Simultáneo con tubería flexible. Metro

REGISTRO DE PRESIÓN Y TEMPERATURA EN TIEMPO REAL CON TUBERÍA FLEXIBLE

104 Profundidad de presión y temperatura en tiempo real con tubería flexible. Metro

105 Tiempo de registro de presión y temperatura en tiempo real con tubería flexible.

Hora

REGISTRO DE SATURACIÓN DE YACIMIENTO CON TUBERÍA FLEXIBLE

106 Profundidad de saturación de yacimiento con tubería flexible. Metro

107 Registro de saturación de yacimiento con tubería flexible. Metro

REGISTRO DE MEDICIÓN DE FLUJO DE AGUA CON TUBERÍA FLEXIBLE

108 Profundidad de medición de flujo de agua con tubería flexible. Metro

109 Cargo por estación de medición de flujo de agua con tubería flexible. Estación

OPERACIÓN INCOMPLETA DE REGISTROS EN EGUJERO ENTUBADO CON TUBERÍA FLEXIBLE

110 Cargo por operación incompleta de registros en agujero entubado con tubería flexible.

Operación

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO

DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ CPU ” CATÁLOGO DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO (PESOS) PRECIO UNITARIO (DOLARES) No. DESCRIPCIÓN DE CONCEPTOS UNIDAD CANT.

NUMERO LETRA NUMERO LETRA

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TIEMPO POR LIBRANZA OPERATIVA

111 Cargo por tiempo por libranza operativa Hora

TIEMPO POR LIBRANZA OPERATIVA PARA OPERACIÓN CANCELADA

112 Cargo por tiempo por libranza operativa para operación cancelada Hora

CABINA MARINA

113 Cargo diferencial por cabina marina Unidad

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EXPLORACION Y PRODUCCION

UNIDAD DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

GERENCIA DE PERFORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE POZOS

SUBGERENCIA DE SERVICIOS POR CONTRATO DESCRIPCIÓN: TRABAJOS DE OBTENCIÓN Y PROCESAMIENTO DE REGISTROS GEOFÍSICOS EN LOS POZOS PETROLEROS DE LA DIVISIÓN XXXXXXXX

LICITACIÓN No:________________________

CONTRATO No:________________________

ANEXO “ E ”

MAQUINARIA Y/O EQUIPO QUE PROPORCIONARÁ PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN.

(DISTINTOS A LOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE)

Nº MAQUINARIA Y/O EQUIPO

NOTA:LAS DIVISIONES ENLISTARAN LA MAQUINARIA Y/O EQUIPO QUE PORPORCIONARÁ PEP A LOS CONTRATISTAS PARA LLEVAR A CABO LOS TRABAJOS.

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EXPLORACION Y PRODUCCION

DIRECCIÓN GENERAL

AUDITORÍA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE

LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN

INSTALACIONES DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

(ANEXO “S”)

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OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. 0. OBJETIVO Y ALCANCE. El presente Anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental que deben cumplir los proveedores o contratistas y su personal, con el fin de evitar incidentes y accidentes en las instalaciones petroleras de PEP. Los “requerimientos generales” y los “requerimientos específicos” de este anexo “S”, que se listan en el formato 4 del mismo, son de cumplimiento obligatorio para el contrato. I. DEFINICIONES.

Para los efectos del presente anexo se considerarán las definiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley Federal del Mar, la Ley de Navegación, la Ley Federal del Trabajo, la Ley General para la prevención y Gestión Integral de los Residuos y sus Reglamentos, en el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; así como las siguientes: I.1. Accidente industrial. Evento o combinación de eventos inesperados, no deseados, que alteran el funcionamiento normal de las instalaciones, del proceso o de la industria, acompañado o no de daño al ambiente, a las instalaciones o a las personas en su integridad física. I.2. Accidente de trabajo. Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo cualquiera que sea el lugar y tiempo que se presente, quedando incluidos los que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio a su trabajo y de este a su hogar. I.3. Accidente de trabajo con pérdida de tiempo. Es el que origina uno o más días de incapacidad del trabajador o la muerte. I.4. Agente. Elemento con características físicas, químicas, biológicas o psicosocial, cuya presencia en el medio interactúa con el organismo humano, causando efecto molecular, bioquímico, celular, en tejidos u órganos. I.5. Área de riesgo Los lugares donde se puedan suscitar los eventos que de forma enunciativa pero no limitativa, se mencionan a continuación:

a) Se procesen, manejen o existan de modo continuo o periódico gases o líquidos inflamables o tóxicos.

b) Existan combustibles líquidos o sólidos capaces de generar un incendio o explosión.

c) Se cuente con instalaciones o equipos que operen a altas presiones o temperaturas.

d) Se realicen actividades en las cuales se manejen materiales incluidos en el primero y segundo listados de actividades altamente riesgosas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992, respectivamente.

e) Se manejen residuos peligrosos.

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f) Se operen instalaciones o equipo que se encuentre a más de 2 metros de altura de una plataforma o excavaciones a más de 1.20 metros de profundidad o 0.30 metros en zonas donde exista la posibilidad de encontrar o afectar servicios subterráneos, túneles y pozos en general.

g) Se operen instalaciones o equipo de energía eléctrica de alta tensión.

h) Se cuenten con instalaciones o equipo que genere ruido, vibración, radiación ionizante o radiación térmica por arriba de los límites permisibles establecidos por la normatividad en la materia.

i) Se realicen actividades de disparos en pozos petroleros.

j) Donde se almacenan explosivos, solventes, combustibles y productos químicos

k) Espacios confinados. I.6. A.S.N.T (American Society for Non Destructive Testing) Sociedad Americana de Pruebas No Destructivas

I.7. Atlas de riesgo. Documento en el que se registran los agentes, condiciones o circunstancias capaces de generar deterioro a la salud por la exposición de los trabajadores. I.8. CFR (Code of Federal Regulations) Código de Regulaciones Federales de los Estados Unidos de Norteamérica. 1.9 CNA. Comisión Nacional del Agua. I.10. Condiciones de trabajo. Conjunto de variables que influyen en la realización de una tarea y el entorno en que esta se realiza. I.11. CONOCER. Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral I.12. Edificio administrativo. Es cualquier construcción con jurisdicción de PEP (propiedad o rentada), cuyo uso está destinado a la función administrativa. Se incluyen en esta definición las edificaciones que alojan oficinas, hospitales, clínicas, consultorios, archivos, bibliotecas, hemerotecas, auditorios, almacenes de materiales, bodegas, estacionamientos, escuelas, centros de integración familiar, centros de desarrollo infantil y cualquier otra de uso similar. I.13. Equipo de protección personal. Es el conjunto de aparatos y accesorios fabricados especialmente para ser usados en diversas partes del cuerpo, con el fin de impedir lesiones y enfermedades causadas por agentes a que están expuestos los trabajadores.

I.14. Equipo productor de flama o chispa. Es aquél capaz de producir chispas o flamas o que emite energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables / combustibles.

I.15. Exposición. Es el conjunto de medidas que determinan la cantidad, la vía, la frecuencia, y el tiempo en el que un agente penetra al cuerpo del trabajador. I.16. Higiene industrial. Es el conjunto de actividades que tienen por objeto el reconocimiento, la evaluación, y el control de aquellos agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral, por cuya acción continuada, se pueden generar enfermedades de trabajo. I.17. Instalaciones Petroleras: Son aquellos edificios, estructuras, barcos y en general toda infraestructura propia, arrendada o que le presten servicios a Pemex Exploración y Producción, en los que se desarrollen alguna o algunas de las actividades de la industria petrolera que se mencionan en el artículo 3° de la Ley Reglamentaria del

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Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Así como las áreas y terrenos propios o en los cuales éste tenga derechos de ocupación, en las que se desarrollen las actividades mencionadas de la industria petrolera o las relacionadas a las mismas, como pueden ser construcción; mantenimiento; almacenamiento y manejo de materiales y residuos; entre otros.

I.18. Instalación Petrolera Marina: Es aquella instalación petrolera localizada en zonas marinas mexicanas. I.19. Instalación Petrolera Terrestre: Aquella instalación petrolera localizada en el territorio nacional, en un sitio diferente a las zonas marinas mexicanas. I.20. Manual de sistema de “permiso para trabajo”. Documento que describe en detalle el Sistema de Permisos para Trabajos que por el riesgo que representan lo requieren, está dirigidos principalmente a los signatarios de los permisos y define cuando es necesario utilizar un Permiso para Trabajo, el proceso de aprobación y el control a seguir para la realización del trabajo motivo del permiso. 1.21 MARPOL. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques.

I.22. Material peligroso. Elementos, sustancias, compuestos o mezclas de ellos que independientemente de su estado físico representen un riesgo para el ambiente o la salud.

I.23. Matachispas. Dispositivo de seguridad para impedir la emisión de chispas.

I.24. Normas internacionales. La norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional. I.25. Norma de referencia (NRF). La norma emitida por el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, conforme al artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Debe aplicarse en su última versión vigente a la fecha en la que se realicen los trabajos o actividades. I.26. Pemex. Petróleos Mexicanos. I.27. PEP. Pemex-Exploración y Producción

I.28. Permiso de trabajo. Documento oficial utilizado para controlar el trabajo que ha sido identificado como un riesgo potencial, mismo que debe cumplir con lo que establezca el manual de sistema de “permiso para trabajo”.

I.29. Plan de Respuesta a Emergencias. Conjunto de instrucciones y acciones predeterminadas para la instalación o centro de trabajo, de ejecución inmediata a realizarse internamente en la instalación, las cuales tienen la finalidad de inhibir o mitigar las consecuencias que podrían presentarse en el caso de una emergencia.

I.30. Plato testigo. Muestra diaria de la comida que se suministrará en el comedor.

I.31. Residuo. Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya característica no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.

I.32. Residuo peligroso. Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico que por sus características, corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente. I.33. Riesgo. Probabilidad de que ocurra un daño al personal, al ambiente, a las instalaciones o al proceso productivo.

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I.34. Salud ocupacional. Es la aplicación de estrategias, técnicas y actividades multidisciplinarias para identificar, evaluar y controlar los riesgos a la salud de los trabajadores. I.35. SEMARNAT. Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales I.36. Sistema de permiso para trabajo. Mecanismo establecido por PEP, para proporcionar instrucciones escritas y autorizar al personal a realizar trabajos con riesgo potencial, a través de permisos.

I.37. SS. Secretaría de Salud

I.38. Trabajo con riesgo potencial. Es aquel que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos efectuados en altura o en lugares confinados y en general todo aquel que por su naturaleza o por las condiciones del área donde se ejecutan, sus alrededores o los materiales que se manejen durante su realización, motivan una probabilidad de daño al personal, a terceros, ambiente o a las instalaciones.

I.39. Vertimiento. Es toda evacuación deliberada en el mar, lagunas, ríos, pantanos entre otros cuerpos de agua, por desechos u otras materias efectuadas desde buques, aeronaves y las que realicen por estos medios las plataformas y otras estructuras. II. REQUERIMIENTOS GENERALES II.1. Todo participante de un procedimiento de contratación, contratista o proveedor, debe observar lo siguiente:

a) Conocer el contenido de este anexo.

b) Considerar los costos que tendrá que erogar para cumplir con lo estipulado con el presente anexo, en caso de resultar con la adjudicación del contrato y durante la vigencia del mismo.

c) Acatar el contenido de este anexo, así como hacerlo del conocimiento de todo su personal que desempeñará actividades en instalaciones petroleras de PEP y asegurarse que dicho personal cumpla con el mismo.

d) Considerar que los planes, procedimientos, informes, evidencias documentales, personal, trabajos, actividades, permisos, autorizaciones, programas, cursos de capacitación o entrenamiento y todo lo establecido en los diferentes requerimientos del presente anexo, son específicos al alcance del contrato.

e) Para poder iniciar los servicios o trabajos motivo del contrato, el proveedor o contratista debe cumplir con las obligaciones establecidas en los incisos III.1.3; III.1.16.1; III.1.16.2; III.3.5.2; III.3.7.1 y III.3.8.1 del presente anexo “S”.

II.2. Cumplir con las obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental estipuladas en el presente anexo y en la normatividad vigente en esas materias, para lo cual se debe presentar un plan de acción integral o un plan por cada materia al inicio del contrato. Dicho plan de acción debe ser específico a los alcances del contrato, debe incluir la identificación de los impactos ambientales y los riesgos asociados a los trabajos a desarrollar, las acciones que se realizarán para mitigarlos, la normatividad aplicable en esas materias y las acciones que se realizarán para su cumplimiento. Cuando se especifique en el anexo “B1” o en otro anexo del contrato, dicho plan de acción debe ser conforme a las guías que ahí se estipulen y debe presentarse y desarrollarse en los plazos que en esos anexos se especifiquen. II.3. Cuando se tenga que entregar o solicitar información o reportes conforme al presente anexo, durante la ejecución del contrato, dirigirse al supervisor o residente, excepto en los casos en los que se indique algo diferente en el presente anexo.

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II.4. Comunicar por escrito o personalmente a la máxima autoridad de PEP de la instalación, al supervisor o residente del contrato, o al personal de seguridad industrial; los actos o condiciones inseguras, anomalías o irregularidades que durante su permanencia dentro de instalaciones petroleras, observe o identifique, cuando aquellas puedan poner en peligro la integridad de las personas, el ambiente o las instalaciones. II.5. Interrumpir y reprogramar sus tareas, sin que ello signifique ampliación del plazo, cuando el servidor público de mayor rango de la instalación, el supervisor o residente o el personal de seguridad industrial de PEP lo soliciten por el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente anexo “S” o por motivos de seguridad o protección ambiental, sin responsabilidad o cargo para PEP y en el entendido de que sólo se permitirá que se realicen o reinicien dichas tareas hasta que se cumplan las obligaciones que motivan la interrupción de las mismas, o se restauren las condiciones de seguridad o protección ambiental. II.6. Reparar los daños o afectaciones que ocasionen dentro y fuera de las instalaciones petroleras, cumpliendo con la normatividad vigente o las indicaciones de la autoridad competente, sin cargo para PEP. II.7. No fumar en las instalaciones petroleras, excepto en las áreas autorizadas y delimitadas para ese fin. II.8. Acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que emita PEP en materia de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental, sin perjuicio de las demás disposiciones legales que está obligado a cumplir. II.9. Aplicar sus procedimientos para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, sometiéndolos previamente a la validación de PEP y a la autorización del representante legal de la compañía.

II.10. Capacitación II.10.1. Contar con personal capacitado y adiestrado, en materia de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental, acorde con la naturaleza de los trabajos que realice por motivo del contrato, y presentar evidencias de dicha capacitación antes de realizar dichos trabajos. II.10.2. Orientar a su personal que por primera vez ingresa a una instalación petrolera o aborda un barco o un helicóptero; en lo concerniente a equipo de seguridad, protección ambiental, seguridad física, conducta y registro en la instalación o medio de transporte, productos que no pueden ingresarse a la instalación y en general, sobre todos los requerimientos del presente anexo “S” que deba conocer dicho personal para cumplir con el mismo. II.10.3. Dar las facilidades a su personal que labora dentro de las instalaciones petroleras, para que sean instruidos por PEP, cuando éste lo requiera, en lo relativo al presente anexo, pláticas para el personal que ingresa por primera vez a las instalaciones petroleras o a cualquier otro tema en materia de trabajos con riesgo, seguridad, salud ocupacional y protección ambiental. II.10.4. Contar con los planes y programas de capacitación previamente presentados a la, Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o aprobados por la misma, para capacitar a sus trabajadores sobre los riesgos de trabajo inherentes a sus labores motivo del contrato y las medidas preventivas para evitarlos. Así mismo contar con los planes y programas de capacitación correspondientes en materia de protección ambiental, durante el desarrollo del contrato. II.10.5. Instruir a sus trabajadores en lo relativo al manejo de los residuos que genere por el desempeño de sus labores motivo del contrato.

II.11. SEGURIDAD INDUSTRIAL

II.11.1. Equipo de protección personal

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II.11.1.1. Portar y utilizar correctamente el equipo de protección personal que se establece en el presente anexo o en los otros anexos del contrato, al trabajar o permanecer en las instalaciones petroleras. II.11.1.2. Utilizar equipo de protección personal en buen estado, con uniforme y casco con el logotipo de su compañía y sin el logotipo de Pemex u Organismos Subsidiarios, el cual debe ser específico para las actividades a desempeñar y debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente.

II.11.2. Registro y notificación de accidentes II.11.2.1. Informar al supervisor o residente de PEP, remitiendo copia al Área de SIPA, dentro de los primeros cinco días de cada mes, su estadística de accidentes de trabajo por motivo del contrato, por medio del formato 1 del presente anexo. II.11.2.2. Proporcionar al inicio del contrato, el nombre del responsable de reportar las estadísticas de accidentabilidad mencionadas en el punto anterior, utilizando el formato 2 del presente anexo. II.11.2.3. Notificar los accidentes, dirigiéndose a la máxima autoridad o personal de Seguridad Industrial de la instalación de PEP o centro de trabajo donde ocurra dicho accidente y al supervisor o residente. Esto debe realizarse inmediatamente por teléfono o radio y por escrito dentro de las 24 horas siguientes, llenando el formato 3 del presente anexo “reporte de accidentes industriales o de trabajo, de proveedores o contratistas”. Los accidentes que deben reportarse son: los ocurridos sin pérdida de tiempo, accidentes con pérdida de tiempo, de tránsito, industriales y ecológicos.

II.11.3. Investigación de accidentes II.11.3.1. Otorgar las facilidades necesarias a efecto de que se realicen las investigaciones de accidentes que PEP considere convenientes o necesarias. II.11.3.2. Participar en la investigación y análisis de los accidentes relacionados con los trabajos objeto del contrato, cuando se le solicite. II.11.3.3. Realizar los pagos por concepto de las pruebas y análisis de los materiales y equipos utilizados por el proveedor o contratista involucrado o relacionado con un accidente, cuyas causas le sean imputables, sin cargo para PEP. II.11.4. Señalización

II.11.4.1. Obedecer y respetar las señalizaciones prohibitivas o restrictivas, así como atender las informativas que se tengan en las instalaciones petroleras.

II.11.5. Orden y Limpieza II.11.5.1. Mantener en condiciones limpias y ordenadas sus áreas de trabajo. II.11.5.2. A la entrega-recepción de la obra o servicio, el lugar donde se ejecutaron los trabajos debe estar en condiciones limpias, libre de materiales, residuos, equipo sobrante y sin afectaciones al terreno, estructuras o instalaciones.

II.11.6. Respuesta a emergencias II.11.6.1. Participar en la práctica de simulacros que PEP establezca para las instalaciones donde realice sus actividades.

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II.11.6.2. Solicitar a la máxima autoridad de la instalación petrolera o al supervisor o residente, que se le indiquen las rutas de escape, puntos de reunión y salidas de emergencia de dicha instalación, al ingresar por primera vez a la misma. II.11.6.3. Colaborar en la atención de emergencias que se tengan que llevar a cabo en la instalación donde desempeñen sus actividades, cuando se le solicite y bajo la coordinación de personal de PEP.

II.12. SALUD OCUPACIONAL II.12.1. Controlar la salud ocupacional de sus trabajadores, prevenir y controlar las enfermedades y adicciones, cumpliendo con el Reglamento de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, la Ley General de Salud y las normas oficiales en la materia. II.12.2 Cumplir con las jornadas de trabajo del personal en instalaciones petroleras, que se establezca en los otros anexos del contrato. II.12.3. Prevenir y controlar la emisión de agentes, que puedan afectar la salud del ser humano, para lo cual deben implementarse las medidas de mitigación que se requieran. II.12.4. En lo referente a su personal, acatar y cumplir los requerimientos de salud ocupacional exigidos por la Secretaría de Salud y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, que establecen las regulaciones en la materia, así como los estipulados en el contrato y, cuando así se le solicite, proporcionar a PEP la evidencia documental de dicho cumplimiento. II.12.5. Contar y aplicar programas de vigilancia médica para el personal que labora en instalaciones petroleras, principalmente cuando se realicen las actividades que de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: trabajos relacionados con soldadura y corte, radiaciones ionizantes, ruido y vibraciones o cuando el trabajador esté expuesto a condiciones térmicas extremas, sobreesfuerzo muscular, presiones ambientales anormales o sustancias químicas contaminantes. Así mismo, aplicar programas de control de drogas y alcohol a todo su personal. II.12.6. Contar con un manual y botiquín de primeros auxilios que incluya los medicamentos de curación, antídotos y materiales específicos para los riesgos potenciales del área o trabajos motivo del contrato. Adicionalmente, cuando su personal que labora en uno o varios frentes de trabajo dentro de instalaciones petroleras sea entre 15 y 49 trabajadores, contar además con una brigada de primeros auxilios integrada con dichos trabajadores debidamente entrenados. Cuando dicho personal sea entre 50 y 99 trabajadores, contar adicionalmente a lo anterior con al menos un paramédico en dichas instalaciones. Cuando el número de trabajadores sea 100 o más, se debe contar también con un médico cuando menos, en esas instalaciones.

II.13. PROTECCIÓN AMBIENTAL

II.13.1. Autorizaciones y Permisos II.13.1.1. Proporcionar las evidencias documentales de las autorizaciones y permisos, la información y documentación de soporte; que las leyes, reglamentos, normas y los anexos del contrato exijan para la realización de las actividades motivo del mismo, así como las del cumplimiento de los requisitos que las autoridades o dicha normatividad establezcan para obtener las autorizaciones y permisos mencionados.. II.13.1.2. Respetar las indicaciones de PEP sobre el uso de suelo de las áreas, predios o instalaciones petroleras.

II.13.2. Agua

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II.13.2.1. No realizar vertimientos al mar, ríos, lagunas, pantanos u otros cuerpos de agua, de materiales tales como los que se señalan a continuación: plásticos, textiles, material sintético, vidrio, metales, losa, equipaje, materiales de recubrimiento, así como todos aquellos materiales que prohíbe la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en el Anexo I de su Reglamento para Prevenir y Controlar la contaminación del Mar por vertimiento de deshechos y otras materias.

II.13.3. Atmósfera

II.13.3.1. No utilizar o suministrar equipos que contengan Clorofluorocarbonos (CFCs) u otras sustancias que dañen la capa de ozono. En el caso de las embarcaciones, no usar sistemas contraincendio a base de Clorofluorocarbonos (CFCs), de acuerdo al Protocolo de Montreal y al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea – SOLAS). Así mismo, cumplir con lo establecido en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.

II.13.4. Residuos

II.13.4.1. No mezclar basura, chatarra, residuos peligrosos o cualquier otro residuo indicado en los anexos del contrato. II.13.4.2. Al terminar cualquier etapa de un trabajo del contrato, retirar de la zona del trabajo todos sus equipos, estructuras provisionales y materiales excedentes que no vaya a utilizar posteriormente en el mismo sitio.

II.13.5. Suelo II.13.5.1. Informar por escrito en los formatos vigentes que emite la autoridad ambiental, al Área de SIPA a través del supervisor o residente, cualquier derrame de materiales o residuos peligrosos que realice durante el desempeño de sus trabajos en instalaciones petroleras o en el trayecto a estas. Así mismo, acatar y cumplir con su responsabilidad de restaurar las áreas contaminadas, a través de las compañías autorizadas y conforme a la normatividad ambiental vigente, sin costo para PEP. II.13.5.2. Mantener en buen estado su maquinaria y equipo, así como evitar fugas de lubricantes o combustibles que puedan afectar el suelo o subsuelo, instalando los dispositivos que para este fin se requieran. II.13.5.3. No remover grava o material de arrastre del lecho de los ríos, arroyos, playas, lagos, lagunas o cualquier otro cuerpo de agua, excepto en las zonas específicamente aprobadas como bancos de materiales por las autoridades gubernamentales.

II.13.6. Prevención de impactos ambientales II.13.6.1. No cazar, pescar, transportar, comercializar, o poseer ejemplares de fauna silvestre (terrestre o marina) en instalaciones petroleras, su vecindad o en áreas donde se realicen actividades por motivo del contrato. II.13.6.2. Al encontrar monumentos, restos y vestigios arqueológicos, históricos y culturales durante sus actividades, evitar la destrucción de los mismos, interrumpir temporalmente los trabajos por éste motivo e informar de inmediato a las autoridades de PEP, así como evitar difundir públicamente dichos hallazgos.

II.13.7. Auditorías II.13.7.1. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, durante la realización de auditorías ambientales o de seguridad en las instalaciones petroleras donde desempeñe sus actividades.

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II.13.7.2. Otorgar las facilidades e información que le solicite PEP, cuando éste ejerza su derecho de verificar el cumplimiento de los requerimientos de este anexo “S”, en campo o documentalmente.

II.14. SEGURIDAD FÍSICA

II.14.1. Registro e Identificación II.14.1.1. Antes de iniciar los trabajos, registrar a su personal con el supervisor o residente, quien gestionará el acceso de dicho personal con el área de seguridad física y con el responsable de las instalaciones petroleras donde desarrollarán sus actividades.

II.14.1.2. Todos los trabajadores del Proveedor o Contratista, deben llevar consigo una credencial de identificación que los acredite como personal de su compañía, durante el desarrollo de los trabajos y por el tiempo de permanencia en las instalaciones petroleras y presentarla cuando se le solicite.

II.14.2. Acceso a instalaciones petroleras

II.14.2.1. A través de sus representantes, el proveedor o contratista debe solicitar la autorización para dar inicio de sus trabajos dentro de las instalaciones petroleras. II.14.2.2. Respetar cercas, bardas y puertas de acceso de las instalaciones petroleras y sólo ingresar o salir de las instalaciones petroleras a través de las entradas o salidas que se le indiquen. II.14.2.3. No ingresar a las áreas de trabajo sin el equipo de protección personal que se establece en el presente anexo u otros anexos del contrato. II.14.2.4. No ingresar a las instalaciones petroleras o áreas de trabajo con aliento alcohólico, bajo el efecto de drogas o cualquier enervante. II.14.2.5. No ingresar ni usar armas de fuego o sustancias ilícitas en las instalaciones petroleras. Las armas blancas o punzo cortantes sólo pueden ingresarse a las instalaciones, cuando esté plenamente justificado su utilización en los trabajos motivo del contrato. II.14.2.6. Cuando se requiera ingresar medicamentos a las instalaciones petroleras, notificarlo al personal de vigilancia, supervisor o al responsable de la instalación, presentando la prescripción médica correspondiente y acatar las instrucciones que dicho personal le indique. II.14.2.7. Al conducir o transportarse en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras, usar el cinturón de seguridad correspondiente. II.14.2.8. Estacionar sus vehículos en posición de salida, en áreas autorizadas, evitando obstaculizar las salidas normales y de emergencia, hidrantes, gabinetes con manguera contraincendio, equipo contraincendio y zonas o pasillos de circulación de personal.

II.14.2.9. Al conducir vehículos dentro de las instalaciones petroleras, circular a velocidades menores de 20 km/h o menores a las velocidades máximas indicadas en los señalamientos que se tengan en las diferentes áreas. II.14.2.10. Al transportar personal en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras, utilizar vehículos adecuados para ese fin, asegurándose que dicho personal viaje sentado en asientos destinados para ese efecto y que cuente con medios para asirse.

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II.14.2.11. Previo a la utilización de maquinaria o equipos que por sus dimensiones, pesos, o substancias que contenga representen un riesgo para los trabajadores, el ambiente o las instalaciones, solicitar a PEP el permiso para operar dentro de instalaciones petroleras.

II.14.3. Permisos para el uso de teléfonos celulares, radios de comunicación y equipos de fotografía o video

II.14.3.1. No usar teléfonos celulares dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras, ni ningún equipo eléctrico o electrónico que no sea Intrínsecamente Seguro, en caso de requerirse deberá tramitar y obtener un Permiso para Trabajo y seguir las instrucciones que el permiso y su documentación anexa señale. II.14.3.2. Previo al uso de radios de comunicación dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras o cualquier equipo que emita frecuencias que alteren los sistemas de seguridad de los procesos, obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que se le den al respecto. II.14.3.3 Previo al uso de equipos de fotografía o video, obtener la autorización de PEP y acatar las recomendaciones que se le den al respecto III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS

III. 1. SEGURIDAD INDUSTRIAL III.1.1. Entregar las hojas de seguridad e instrucciones de uso o aplicación de los productos o sustancias químicas que se suministren a PEP. Así mismo, indicar la composición química, fecha de caducidad de dichos productos o sustancias y los métodos para ser conservadas, segregadas, manejadas o protegidas para mantener sus propiedades. III.1.2. Adjuntar con la información de la composición química y hoja de seguridad de las sustancias químicas que contengan los equipos que se suministren a PEP. III.1.3. Conforme a lo que se establece en los otros anexos del contrato, designar al personal especialista responsable de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental que representen a la compañía y que tengan la facultad de tomar decisiones en sus respectivas materias durante la vigencia del contrato y, por cada 50 (cincuenta) trabajadores que tenga trabajando en las instalaciones petroleras de PEP, en uno o más frentes de trabajo, designar por escrito a cuando menos un supervisor especialista en Seguridad y Salud Ocupacional y otro en Protección Ambiental. En estos casos, notificar previo al inicio de sus funciones, para su evaluación y validación por PEP, los cargos y posición de dichos supervisores en el organigrama de su personal que participará en los trabajos o servicios motivo del contrato sus responsabilidades, experiencia en esas materias y entregar las evidencias documentales de dicha experiencia. III.1.4. Cumplir con los requisitos de seguridad para actividades de buceo comercial que establecen la NOM-014-STPS-2000 “Exposición laboral a presiones ambientales anormales - condiciones de seguridad e higiene” y las regulaciones extranjeras OSHA 1915.6 “Operaciones de buceo comercial” y Code of Federal Regulations (CFR) 29 Sección T, o equivalentes; cuando se realicen trabajos submarinos por motivo del contrato. III.1.5. Dotar a las plataformas marinas que le arrienden a PEP, con un sistema de detección y alarma de gases contaminantes que puedan estar presentes en ellas, durante la vigencia del contrato, asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR” , lo cual debe incluirse sin cargo para PEP. III.1.6. Dotar con un sistema de detección y alarma de gas sulfhídrico a los equipos de perforación que le arrienden u operen a PEP en instalaciones petroleras terrestres donde se manejen hidrocarburos que contengan ese gas,

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asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma NRF-011-PEMEX-2002 “Sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas SAAFAR” III.1.7. Cuando se ejecuten actividades que involucren gases o vapores tóxicos o inflamables (mezclas explosivas) en instalaciones petroleras, o donde exista posibilidad de encontrarlos por la clasificación del área donde se ejecuten los trabajos y puedan generar o representar una fuente de ignición, contar con detectores portátiles de esos gases para cada frente de trabajo y utilizarlos durante el desarrollo de dichas actividades. Su utilización debe realizarse por probadores de gas autorizados, quiénes invariablemente deben haber acreditado el curso correspondiente, pudiendo ser estos técnicos o profesionistas integrantes de los frentes de trabajo de campo, es decir que no se requiere personal adicional por este concepto. En todos los casos, independientemente de la supervisión y pruebas que ejecute y realice el Proveedor o Contratista, “PEP” podrá verificar que estas se ejecuten correctamente y podrá suspender, sin responsabilidad para “PEP”, los trabajos cuando las condiciones de seguridad u operativas así lo exijan. III.1.8. Tener vigente la libreta de mar para todo su personal que labore en embarcaciones o la tarjeta de mar para los que laboren en otras instalaciones petroleras marinas, las cuales deben ser avaladas por la Dirección General de Puertos y Marina Mercante, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, o por un país diferente a México que sea miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI). III.1.9. Entregar evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral del personal técnico que realice pruebas radiográficas, revelado o interpretación de radiografías dentro de instalaciones petroleras de PEP. Dichas evidencias deben entregarse en copias simples antes de iniciar los trabajos correspondientes. Así mismo, entregar copias del registro ante la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, de los materiales radiactivos, equipos empleados y del personal responsable del manejo de los equipos. El personal responsable de las pruebas radiográficas, debe asegurarse que se cumpla con la norma NOM-025/02-NUCL-1996 “Requisitos para equipo de radiografía industrial”. III.1.10. De acuerdo con las actividades a realizar en las instalaciones petroleras de PEP por motivo del contrato, contar con las constancias de habilidades laborales que para tal efecto requiere la STPS, las cuales de manera enunciativa y no limitativa se mencionan a continuación:

a. Manejo de montacargas y calderas, para los operadores de esos equipos.

b. Manejo y almacenamiento de materiales peligrosos, para los responsables de esos trabajos. c. Mantenimiento, cuidado y almacenamiento de las herramientas de trabajo, para los responsables de esos

trabajos. d. Uso, conservación, mantenimiento, almacenamiento y reposición del equipo de protección personal, para

los responsables de esos trabajos. e. Ejecución o supervisión de los programas de seguridad e higiene, para quienes realicen esas

actividades. f. Servicios de medicina del trabajo y los servicios preventivos de seguridad e higiene, para los responsables

de esos servicios, g. Mantenimiento u operación de las instalaciones eléctricas, para quienes realicen esas actividades.

h. Capacitación y adiestramiento en combate de incendios para quienes tengan esas funciones.

Para el caso de trabajos especializados que no estén avalados por la STPS, tales como soldadura, servicios contraincendio, maniobras con grúas, entre otros, contar con las evidencias documentales vigentes que

demuestren la competencia laboral del personal técnico conforme a CONOCER u otro organismo equivalente.

III.1.11. Cuando se necesiten andamios para trabajos en alturas, cumplir con la NOM-009-STPS-1999 “Equipo suspendido de acceso. Instalación, operación y mantenimiento. Condiciones de seguridad” y con los procedimientos que PEP establezca. Dichos andamios deben ser prefabricados, de estructura metálica, con la resistencia y estabilidad para soportar las cargas a las que estarán sujetos y de un color contrastante al de la instalación donde se utilice.

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III.1.12. Equipo mínimo de protección personal

III.1.12.1. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalaciones petroleras marinas, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo mínimo de protección personal siguiente: III.1.12.1.1. Overol de trabajo de algodón, de color contrastante con el mar diferente a los indicados en la tabla No. 1 de la NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, que cumpla con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista. III.1.12.1.2. Casco de seguridad en color naranja, de acuerdo a la norma de referencia de Pemex o de no existir esta, con la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación” y con la NMX-055-SCFI-2002 “Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación, especificaciones y métodos de prueba”. III.1.12.1.3. Media bota costafuera, con suela antiderrapante; con casquillo de protección, sin agujetas y que cumpla con las especificaciones técnicas de la NRF-008-PEMEX-2001 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”. III.1.12.1.4. Calzado tipo borceguí costafuera dieléctrico, sin agujetas, que cumpla con las especificaciones técnicas de la mencionada norma de referencia NRF-008-PEMEX-2001, cuando se realicen trabajos de electricidad.

III.1.12.1.5. Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos. Dichos lentes deben cumplir con las especificaciones técnicas de la NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos” cuando el riesgo sea conforme al alcance de dicha norma. Para otros tipos de riesgo, los lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad oficial vigente. III.1.12.1.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente. III.1.12.1.7. Durante la prestación de servicios de alimentación y hospedaje, usar ropa de algodón, color blanco, con logotipo de la compañía, gorro y calzado de piel con suela antiderrapante, que cumpla con la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos”. Cuando este personal ingrese a zonas industriales, debe utilizar el equipo de protección personal indicado en los otros incisos de este anexo. III.1.12.2. Durante la realización de trabajos en embarcaciones, usar el equipo mínimo de protección personal para actividades en instalaciones petroleras marinas que se establece en el inciso III.1.12.1, del presente anexo, así como el equipo propio a las actividades o área de la embarcación en la que se realicen. III.1.12.3. Cuando por motivo del contrato se realicen trabajos en instalaciones petroleras terrestres, utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones, el equipo mínimo de protección personal siguiente: III.1.12.3.1. Overol de algodón o camisa de manga larga y pantalón tipo recto de algodón, de colores diferentes a los indicados en la tabla No. 1 de la NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, que cumpla con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista. III.1.12.3.2. Casco de seguridad en color naranja, de acuerdo a la norma de referencia de Pemex o de no existir esta, con la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos de

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prueba y clasificación” y con la NMX-055-SCFI-2002 “Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación, especificaciones y métodos de prueba”. III.1.12.3.3. Calzado de seguridad adecuado a las actividades que desarrolle, con suela antiderrapante y casquillo de protección, que cumpla con las especificaciones de la NRF-008-PEMEX-2001 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”.

III.1.12.3.4. Calzado tipo borceguí dieléctrico, que cumpla con la mencionada norma de referencia NRF-008-PEMEX-2001, cuando se realicen trabajos de electricidad.

III.1.12.3.5. Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos. Dichos lentes deben cumplir con las especificaciones de la NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos” cuando el riesgo sea conforme al alcance de dicha norma. Para otros tipos de riesgo, los lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad oficial vigente. III.1.12.3.6. Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de no existir éstas, con la normatividad oficial vigente.

III.1.12.4. Para los trabajadores que laboren en instalaciones petroleras marinas de PEP, o en embarcaciones que le presten servicios a éste; se debe tener el equipo de protección personal, contraincendio y salvamento de acuerdo a lo requerido en el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety of Life at Sea – SOLAS). Los equipos como chalecos y botes o balsas inflables, deben ubicarse en los sitios que para tal fin le asigne PEP.

III.1.13. Trabajos con riesgo III.1.13.1. Antes de iniciar trabajos con riesgo potencial en instalaciones petroleras, tramitar a través del residente o supervisor de PEP, el permiso de trabajo correspondiente en los formatos del Sistema de Permiso para Trabajo vigente. III.1.13.2. Al tramitar el permiso de trabajo mencionado en el punto anterior, indicar el equipo de protección personal que se usará adicionalmente al “equipo mínimo de protección personal” establecido en el inciso III.1.12 del presente anexo, indicando recomendaciones al respecto. Dicho equipo adicional depende de las actividades a realizar, y pueden ser los que de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: ropa retardante a la flama, guantes de uso específico (para soldador, químicos, dieléctricos, antiderrapantes), orejeras o tapones auditivos, equipo de protección para soldadores (peto, mangas, gorro, polainas, careta), equipo de protección respiratoria (mascarilla contra polvos, vapores orgánicos o ácidos, para humos de soldadura, equipo de respiración autónoma o sistema de aire tipo cascada), cinturón de seguridad con arnés tipo paracaídas con doble cable (1.80 mts.) de vida, aditamento de desaceleración y cinturón, faja para soporte lumbar, bandolas y líneas de sujeción.

III.1.13.3. Antes de ejecutar o supervisar trabajos con riesgo potencial, contar con los conocimientos específicos y el aval de PEP como signatarios que requiere el Sistema de Permisos para Trabajo vigente en el mismo. III.1.13.4. Al efectuar trabajos con riesgo potencial en las instalaciones petroleras de PEP, cumplir con los requerimientos indicados en el manual del Sistema de Permiso Para Trabajo, vigente en PEP, el cual debe solicitar impreso o en archivo electrónico a la firma del contrato. III.1.13.5. Acatar la responsabilidad y consecuencias de cualquier accidente que ocasione por no seguir las indicaciones contenidas en el permiso de trabajo con riesgo potencial correspondiente, o por no contar con éste.

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III.1.13.6. Proporcionar el servicio de contraincendio a través de una brigada capacitada que cuente con el equipo adecuado para ese fin, la cual debe estar integrada con los mismos trabajadores que realizan las actividades o trabajos motivo del contrato.

III.1.14. Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipo de trabajo

III.1.14.1. Dotar de matachispas que operen correctamente a sus vehículos que ingresen a áreas de riesgo de una instalación petrolera, durante trabajos con riesgo potencial en presencia de gases, vapores o líquidos inflamables. III.1.14.2. Dotar de matachispas a los equipos de combustión interna que se utilicen en áreas de riesgo, así como con interruptores de paro de emergencia, conforme a la NOM-004-STPS-1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo”. III.1.14.3. En áreas de riesgo utilizar únicamente equipos, accesorios y conexiones eléctricas a prueba de explosiones, conforme a la NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”. Así mismo, dotar de tierra física a esos equipos conforme a la NOM-022-STPS-1999 “Electricidad estática en los centros de trabajo – Condiciones de seguridad e higiene”. III.1.14.4. Cuando en las instalaciones petroleras se utilicen equipos productores de flama, tales como equipos de corte y soldadura, multiflama, así como a los equipos que se establezcan en los anexos del contrato, asegurarse que cuenten con un regulador y válvula “check” para evitar el contra flujo o con arresta flama en condiciones de operación. Así mismo, cumplir con las especificaciones que establece la NOM-027-STPS-2000 ”Soldadura y corte-condiciones de seguridad e higiene” o la normatividad oficial aplicable vigente. III.1.14.5. Asegurarse que todos los equipos y accesorios rotatorios que se utilicen en las instalaciones petroleras, cuenten con guardas de seguridad, conforme a la NOM-004-STPS-1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo”.

III.1.15. Señalización e identificación de productos y equipos III.1.15.1. Acordonar con cintas de polietileno de color amarillo o rojo, e identificar con señalamientos las zonas donde se ejecute trabajos con riesgo potencial para el peatón o los trabajadores. III.1.15.2. Durante la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras terrestres, instalar un letrero donde se indique el nombre del proyecto que se construye, el nombre de la compañía y el titular responsable de los trabajos. Las características del señalamiento deben ser las que se especifican en los otros anexos del contrato. III.1.15.3 Identificar los productos, sustancias químicas o equipos que suministren, de manera legible y durable, en idioma español además del idioma del país de origen. Las especificaciones y durabilidad mínima requerida de la identificación, serán la que se especifica en los anexos del contrato. La identificación debe ser conforme a las NRF de Pemex, o de no existir estas, de acuerdo a las normas NOM 018-STPS-2000, NOM-005-STPS-1998, NOM-010-STPS-1999.

III.1.16. Respuesta a emergencias III.1.16.1. Cuando se establezca en el anexo B-1, entregar al inicio del contrato un Plan de Respuesta a Emergencias en idioma español, acorde al de PEP, en el cual se consideren todos los escenarios de emergencia conocidos o probables y que contemple procedimientos para evacuación y respuesta ante cualquier eventualidad durante el desarrollo del contrato. Después de revisarlo por PEP, dicho plan debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista.

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III.1.16.2. Al elaborar los Planes de Respuesta a Emergencias conforme al inciso anterior, incluir cuando menos y conforme al nivel de riesgo que impliquen los trabajos a desarrollar, los siguientes requisitos que se listan de forma enunciativa pero no limitativa: la estructura organizacional para la respuesta, la evaluación del riesgo, recursos en riesgo, soporte logístico, requerimientos de personal para la respuesta, almacenamiento de materiales y equipos, comunicaciones, requisitos de evacuación, rescate y ataque contra incendio, así como alternativas de recuperación después de la emergencia. III.1.16.3. Proporcionar apoyo a instalaciones petroleras marinas en situación de emergencia con las embarcaciones que le prestan servicios a PEP, cuando se le solicite o se encuentre en las cercanías a dichas instalaciones. III.1.16.4. Cuando por aplicación de un plan de emergencia, PEP evacue personal del proveedor o contratista de las instalaciones petroleras marinas a tierra, éste debe hacerse responsable de la integridad de su personal desde su arribo a tierra, trasladándolos a un destino seguro. En caso de que dicho proveedor o contratista no cumpla con este requerimiento y PEP tenga que prestar algún servicio por cuenta propia o por terceros con motivo de la seguridad del personal evacuado, PEP recuperará los gastos mediante el descuento correspondiente en la facturación del periodo en que se susciten los hechos. En caso de reincidencia en el incumplimiento en este requerimiento, adicionalmente al descuento PEP podrá rescindir el contrato como se establece en el apartado IV de este anexo y en el clausulado del contrato.

III.1.17. Manuales III.1.17.1. Proporcionar los manuales de operación, instalación, mantenimiento y desmantelamiento de los equipos que suministren por motivo del contrato. Dichos documentos deben presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducción simple al español. III. 2. SALUD OCUPACIONAL III.2.1. Proporcionar el servicio de sanitarios a sus trabajadores que lleven a cabo actividades en instalaciones petroleras, que cumplan con la normatividad en la materia y conforme a lo que se establezca en el anexo B1 del contrato. III.2.2. Al prestar servicios a PEP que incluyan la utilización o suministro de agua para consumo humano y preparación de alimentos, cumplir con la NOM-127-SSA1-1994 “Salud Ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”.

III.2.3. Ruido en el ambiente laboral III.2.3.1. Al utilizar maquinaria o equipo de trabajo con emisiones de ruido, evitar que se excedan los límites máximos permisibles especificados en la NOM-011-STPS-2001 ”Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido” e implementar las medidas de mitigación que se requieran para asegurar el cumplimiento de dicha norma.

III.2.4. Atlas de riesgo III.2.4.1. Contar en el área de trabajo con el atlas de riesgo en idioma español, de las instalaciones petroleras que le arrienden u operen a PEP por motivo del contrato. Dicho atlas debe considerar como mínimo los agentes físicos (ruido, iluminación, ambiente térmico y vibraciones mecánicas, entre otros), biológicos (calidad del agua de uso y consumo humano, calidad de insumos y análisis de alimentos, entre otros) y químicos (gases tóxicos, vapores, ácidos, solventes, entre otros). Dicho atlas de riesgo debe estar disponible y actualizado para su seguimiento durante la vigencia del contrato de arrendamiento u operación.

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III.2.5. Iluminación III.2.5.1. Cuando se instalen dispositivos de iluminación para realizar los trabajos dentro de instalaciones petroleras de PEP, cumplir con las especificaciones de intensidad, características técnicas y conexiones que se establezcan en las normas de referencia de Pemex que sean aplicables o, a falta de estas, con las normas oficiales mexicanas NOM-025-STPS-1999 “Condiciones de Iluminación en los Centros de Trabajo” y NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (Utilización)”.

III.2.6. Alimentación, hospedaje y control de plagas

III.2.6.1. Durante el manejo de alimentos en instalaciones petroleras, cumplir con la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos” y además contar con los exámenes de salud del personal que realiza dicho manejo y, cuando se le requiera, ponerse a disposiciones de personal médico de PEP para que se le realicen los exámenes médicos pertinentes. III.2.6.2. En las plataformas habitacionales que se le arrienden a PEP, cumplir con la norma NMX-TT-005:1996-IMNC “Requisitos mínimos de calidad en el servicio e instalaciones que deben cumplir hoteles, moteles, servicios de tiempo compartido y similares para obtener el certificado de calidad turística, comercial de una o dos estrellas” en lo relativo a la limpieza y cuidado de las habitaciones y servicios pactados.

III.2.6.3. Cuando se le suministren alimentos a PEP, cumplir con el procedimiento del plato testigo establecido en la normatividad oficial, cumplir con la NOM-093-SSA1-1994 “Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos”, en lo relativo a la inspección organoléptica de los insumos, las temperaturas diarias de los frigoríficos, las líneas de alimentos fríos y calientes, el control de primeras entradas y primeras salidas de materias primas, entre otros aspectos. Cumplir con la NOM-120-SSA1-1994 “ Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas” y presentar la evidencia documental del cumplimiento como se cita en dichas normas.

III.2.6.4. Previo a la utilización de productos químicos para el control de plagas y desratización, contar con la autorización de la Secretaría de Salud e implementar las medidas de seguridad establecidas en la NOM-005-STPS-1998 ”Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas”.

III.2.6.5. Cuando se utilicen embarcaciones para la prestación de servicios a PEP, contar con constancias de fumigación y control de plagas y desratización de dichas embarcaciones, conforme al Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios de la Ley General de Salud y cuando dichos servicios se presten en el mar, cumplir con la Ley General de Salud referente al Reglamento en materia de sanidad internacional, artículos 8 y 19.

III.2.7. Servicio médico III.2.7.1. Cuando cuenten con servicio médico propio en las instalaciones petroleras, sin perjuicio de lo establecido en el requerimiento II.12.6, tener disponible en dichas instalaciones: medicamentos, material y equipo de primeros

auxilios conforme lo establece el Título Cuarto Capitulo Sexto del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.

III.3. PROTECCIÓN AMBIENTAL

III.3.1. Estudios de Impacto y Riesgo Ambiental III.3.1.1. Cuando se pacte la elaboración del estudio de impacto y riesgo en materia ambiental en los anexos del contrato, realizarlo conforme a las guías que para tal efecto emite la autoridad ambiental y las normas de referencia aplicables. Así mismo, ejecutar las acciones o medidas correspondientes que se deriven de las recomendaciones del análisis de riesgo, cuando se establezca en los otros anexos del contrato.

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III.3.2. Reporte de cumplimiento ambiental

III.3.2.1. Cumplir con los términos y condicionantes establecidos en el oficio resolutivo de autorización en materia de Impacto y Riesgo Ambiental emitido por la SEMARNAT, que apliquen a las etapas del proyecto o actividades pactadas en el contrato. Para esto, documentar dicho cumplimiento y generar las evidencias pertinentes, tales como: fotografías, análisis de laboratorios, planos, permisos, pagos, reportes, estadísticas, estudios, entre otros. Cuando se trate de documentos oficiales, éstos deben ser firmados por una persona reconocida o autorizada para tal fin. III.3.2.2. Elaborar el Reporte de Cumplimiento Ambiental (RCA) al oficio resolutivo, con la información recopilada según se indica en el punto anterior y entregarlo a PEP para su revisión. Así mismo, cumplir con el plazo de entrega de dicho reporte y los tiempos para entregar los avances del cumplimiento establecidos en el oficio resolutivo y la vigencia de la autorización en materia de impacto y riesgo ambiental.

III.3.3. Agua III.3.3.1. Cuando accidentalmente derramen o viertan materiales o residuos peligrosos en el mar, informar en los formatos vigentes a la Secretaría de Marina y a la Delegación de la SEMARNAT que corresponda y reparar el daño sin cargo para PEP. Así mismo, enviar inmediatamente un informe detallado a PEP. III.3.3.2. Previo al desvío de un curso natural de agua o la construcción de un paso temporal de un cuerpo de agua por motivo del contrato, contar con el permiso de la dependencia oficial correspondiente. Así mismo, al concluir los trabajos restaurarlo a sus condiciones originales sin cargo para PEP.

III.3.3.3. Antes de efectuar, vertimientos o descargas de aguas residuales, deshechos u otras materias al, mar, lagunas, ríos, pantanos u otros cuerpos de agua, contar con la autorización expedida por la dependencias federales correspondientes, o las locales en los casos que dichas descargas sean de jurisdicción local o a

sistemas de alcantarillado; cumplir con las NRF de Pemex y en general con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezcan las autoridades. Para este fin, deben tratarse las aguas residuales cuando sea

necesario para poder cumplir con los límites máximos permisibles establecidos en las autorizaciones de descarga o las Condiciones Particulares de Descarga.

III.3.3.4. Previo al uso o aprovechamiento de aguas nacionales, contar con el permiso correspondiente.

III.3.3.5. Evitar que el cemento, limos o concreto fresco y en general los residuos sólidos que genere durante sus actividades en instalaciones petroleras, tengan como receptor final el lecho de los cuerpos de agua.

III.3.4. Atmósfera

III.3.4.1. Al operar instalaciones petroleras para PEP o al utilizar equipos que funcionen con combustibles fósiles en las instalaciones petroleras, implementar un programa de mantenimiento durante la vigencia del contrato o instalar dispositivos, a efecto de cumplir con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezca la autoridad ambiental. Así mismo, entregar las evidencias documentales de su cumplimiento, conforme a la normatividad mencionada.

III.3.5. Residuos

III.3.5.1. Acatar y cumplir con la responsabilidad de los residuos que genere durante sus actividades, cumpliendo con lo previsto en la Ley General para la prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su reglamento y las otras leyes, reglamentos y normas en la materia.

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III.3.5.2. Al arrendar u operar equipos o instalaciones a PEP, proporcionar al inicio del contrato, el programa de manejo de sus residuos que genere en la instalación petrolera correspondiente.

III.3.5.3. Contar con una bitácora mensual, para registrar la generación y manejo de los residuos peligrosos o residuos de manejo especial que genere en cualquier instalación petrolera de PEP. III.3.5.4. Al realizar actividades en instalaciones petroleras marinas de PEP, adicionalmente a la bitácora establecida en el requerimiento anterior, contar con una bitácora para registrar la generación y movimientos de los residuos no peligrosos que genere.

III.3.5.5. No quemar residuos a cielo abierto en las instalaciones petroleras. En el caso de las embarcaciones sólo se permite incinerar los residuos conforme al Anexo V del convenio internacional de Marpol, a través de incineradores específicos para ese fin. III.3.5.6. Al utilizar dispositivos para el tratamiento o disposición de residuos en instalaciones petroleras, tales como incineradores, lavadores de gases o vapores, entre otros, no contravenir lo dispuesto en el inciso anterior y demostrar técnicamente que no existe generación de subproductos o residuos peligrosos. III.3.5.7. No verter residuos no alimenticios al mar. III.3.5.8. Antes de arrojar residuos alimenticios al mar, triturarlos en piezas de 25 mm o menores, de acuerdo a lo requerido en la Regla 4, anexo V del convenio internacional del MARPOL. III.3.5.9. Al transportar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo que establezca para tal fin la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Marina o la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, según corresponda; las normas de referencia de Pemex que sean aplicables y la normatividad ambiental oficial vigente.

III.3.5.10. Al manejar residuos peligrosos o residuos de manejo especial, cumplir con lo requerido en el título IV, capítulo VI de la LGEEPA, con toda la normatividad vigente en la materia y entregar a PEP su registro como empresa generadora de residuos peligrosos, los manifiestos de generación de residuos peligrosos, los de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos, así como los reportes trimestrales correspondientes.

III.3.6. Ruido III.3.6.1. Al utilizar maquinaria y equipos de trabajo con emisiones de ruido, cumplir con la NOM-081-SEMARNAT-1994 “Establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición” y en general con toda la normatividad oficial vigente en la materia y lo que establezca la autoridad ambiental.

III.3.7. Seguros contra daños ambientales III.3.7.1. Al realizar actividades altamente riesgosas en instalaciones petroleras, contar con un seguro de riesgo ambiental conforme al artículo 147 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Las actividades altamente riesgosas son las que establece la SEMARNAT (actualmente se tienen dos listados que fueron publicados en el Diario oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992), en tanto que las características y alcance de dicho seguro, deben ser conforme a la legislación y normatividad aplicables. Este seguro puede ser independiente o formar parte de los otros seguros que PEP le solicite al proveedor o contratista en el contrato.

III.3.8. Planes de contingencia ambiental

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III.3.8.1. Al realizar actividades en instalaciones petroleras, contar desde el inicio del contrato con un Plan de contingencia ambiental basado en un análisis de riesgo, cuando se establezca en el anexo “B-1” del contrato. Dicho Plan debe establecer las medidas y equipos que se utilizarán en caso de una contingencia ambiental, estar vigente, cumplir con lo que se establece la normatividad oficial vigente, los lineamientos o guías correspondientes de PEP y ser acorde a los planes de contingencia ambiental de PEP. Debe someterse a la revisión de PEP y una vez aprobado por éste, debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista.

III.3.9. Auditorías Ambientales III.3.9.1. Previo al inicio de operaciones de las instalaciones petroleras o equipos de perforación que se arrienden u operen a PEP, iniciar los trámites para incorporarlos al Programa Nacional de Auditoría Ambiental, con el fin de obtener el Certificado de Industria Limpia (Certificado de Cumplimiento Ambiental) correspondiente, en los términos que le establezca la Autoridad, sin que esto sea un criterio de Evaluación Técnica del Procedimiento de Contratación. III.3.9.2. Para efectos del punto anterior, antes de finiquitar el contrato, el proveedor o contratista debe entregar evidencias documentales que demuestren el registro en el Programa Nacional de Auditoría Ambiental mencionado y que ha cumplido con los requisitos y recomendaciones que la Autoridad le haya emitido en fechas comprendidas dentro del plazo de vigencia del contrato.

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IV. FORMATOS

FORMATO 1 RESUMEN ESTADÍSTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO

COMPAÑÍA: RFC: NÚMERO DE CONTRATO:

DIRECCIÓN TELÉFONO FAX: CORREO ELECTRÓNICO: INFORME CORRESPONDIENTE AL MES DE: DEL AÑO: TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO CON PÉRDIDA DE TIEMPO: TOTAL MENSUAL DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO CON PÉRDIDA DE TIEMPO: TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS CON INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE: TOTAL MENSUAL DE CASOS PAGADOS DE MUERTE POR ACCIDENTE DE TRABAJO: TOTAL MENSUAL DE DÍAS PERDIDOS POR INCAPACIDAD: TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: TOTAL MENSUAL DE DÍAS INDEMNIZADOS POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE O MUERTE: IMPORTE TOTAL MENSUAL DE SALARIOS Y PRESTACIONES PAGADOS POR INCAPACIDAD: IMPORTE TOTAL MENSUAL DE GASTOS POR SERVICIOS MÉDICOS PROPORCIONADO A LOS TRABAJADORES ACCIDENTADOS: IMPORTE TOTAL MENSUAL DE LAS INDEMNIZACIONES PAGADAS POR RIESGOS DE TRABAJO:

TOTAL MENSUAL DE HORAS HOMBRE LABORADAS: LUGAR FECHA(DÍA/MES/AÑO): DE DE

REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA NOMBRE Y FIRMA:

CARGO:

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FORMATO 2

DATOS DEL PERSONAL DEL PROVEEDOR O CONTRATISTA RESPONSABLE DE PROPORCIONAR LAS ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTABILIDAD

COMPAÑÍA RFC: NÚMERO DE CONTRATO: NOMBRE DEL PERSONAL:

CARGO: DIRECCIÓN: TELÉFONO: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: PERIODO DE NOMBRAMIENTO:

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FORMATO 3

REPORTE DE ACCIDENTES INDUSTRIALES O DE TRABAJO DE PROVEEDORES O CONTRATISTAS

LUGAR DEL EVENTO: FECHA DE REPORTE(DÍA/MES/AÑO): FECHA DEL EVENTO(DÍA/MES/AÑO): HORA DEL EVENTO: COMPAÑÍA: RFC: NÚMERO DE CONTRATO: ACCIDENTE: INDUSTRIAL: PERSONAL: NOMBRE DE LA PERSONA: EDAD: ANTIGÜEDAD EN LA COMPAÑÍA: No. DE IDENTIFICACIÓN: CLASIFICACIÓN O CATEGORÍA: TIEMPO QUE TENÍA DESARROLLANDO ESA CATEGORÍA: RELATO DEL ACCIDENTE: SE AUTORIZÓ EL TRABAJO SI NO SE SUPERVISÓ EL TRABAJO SI NO PERMISO CLASE A B NÚMERO DE PERMISO:

DEPENDENCIA QUE EXPIDIÓ EL PERMISO: NOMBRE DEL RESIDENTE: TIPO DE LESIONES AL TRABAJADOR: LUGAR DONDE OCURRIÓ EL ACCIDENTE: DAÑOS A LA INSTALACIÓN DE PEMEX: CUANTIFICACIÓN DE DAÑOS: EFECTOS NEGATIVOS AL AMBIENTE: SI NO DERRAME DE: HIDROCARBUROS: MATERIALES PELIGROSOS: RESIDUOS PELIGROSOS: EMISIONES DE: GASES TÓXICOS: HUMO: CONTAMINACIÓN DEL: AIRE AGUA SUELO REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA NOMBRE Y FIRMA: CARGO:

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SECCIÓN II: INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO LICITACIÓN PUBLICA _____________No. 185750XX-XX-XX

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FORMATO 4

LISTADO DE REQUERIMIENTOS DE ESTE ANEXO QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR O CONTRATISTA POR MOTIVO DEL CONTRATO

LISTADO DE REQUERIMIENTOS COMENTARIOS II. REQUERIMIENTOS GENERALES TODOS SIN COMENTARIOS

III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS

III. 1. SEGURIDAD INDUSTRIAL

III. 2. SALUD OCUPACIONAL

III.3. PROTECCIÓN AMBIENTAL

IV. FORMATOS

FORMATO 4 SIN COMENTARIOS

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LISTADO DE REQUERIMIENTOS COMENTARIOS II. REQUERIMIENTOSGENERALES

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III. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS III.1.3 Designar al personal especialista responsable de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental que representen a la compañía y que tengan la facultad de tomar decisiones en sus respectivas materias durante la vigencia del contrato.

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III.1.8 Tener vigente la libreta de mar para todo su personal que labore en embarcaciones o la tarjeta de mar para los que laboren en otras instalaciones petroleras marinas, las cuales deben ser avaladas por la Dirección General de Puertos y Marina Mercante, dependiente de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, o por un país diferente a México que sea miembro de la Organización Maritima Internacional (OMI).

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III.1.10. De acuerdo con las actividades a realizar en las instalaciones petroleras de PEP por motivo del contrato, contar con las constancias de habilidades laborales que para tal efecto requiere la STPS.

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III.1.12. Equipo mínimo de protección personal

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III.1.12.1 utilizar mientras se permanezca en instalaciones, el equipo mínimo de protección personal.

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III. 1. SEGURIDAD INDUSTRIAL

III.1.12.1.1 Overol de trabajo de algodón, contrastante con el mar diferente a los indicados en la tabla No. 1 de la NRF-006-PEMEX-2002 “Ropa de trabajo para los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, que cumpla con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista.

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LISTADO DE REQUERIMIENTOS COMENTARIOS

III.1.12.1.2 Casco de seguridad de acuerdo a la norma de referencia de Pemex o de no existir esta, con la norma oficial mexicana NOM-115-STPS-1994 “Cascos de Protección- Especificaciones, métodos de prueba y clasificación” y con la NMX-055-SCFI-2002 “Seguridad-equipo de protección personal – cascos de protección industrial – clasificación, especificaciones y métodos de prueba”.

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III.1.12.1.3 Media bota costa fuera, con suela antiderrapante; con casquillo de protección, sin agujetas y que cumpla con las especificaciones técnicas de la NRF-008-PEMEX-2001 “Calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”.

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III.1.12.1.5 Lentes de seguridad, cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos. Dichos lentes deben cumplir con las especificaciones técnicas de la NRF-007-PEMEX-2000 “Lentes y goggles de seguridad, protección primaria de los ojos”

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III.1.12.1.6 Guantes acordes a las actividades a realizar, que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia de Pemex correspondientes o de noe xistir éstas con la normatividad oficial vigente.

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III.1.13 Trabajos con riesgo III.1.13.1., III.1.13.2., III.1.13.3., III.1.13.4., III.1.13.5.,

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III.1.14. Dispositivos de Seguridad para vehículos y equipo de trabajo III.1.14.5. Asegurarse que todos los equipos y accesorios rotatorios que se utilicen en las instalaciones petroleras, cuenten con guardas de seguridad, conforme a la NOM-004-STPS-1999 “Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo".

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LISTADO DE REQUERIMIENTOS COMENTARIOS

III.1.15. Señalización e identificación de productos y equipos III.1.15.1. Acordonar con cintas de polietileno de color a marillo o rojo, e identificar con señalamientos las zonas donde se ejecute trabajos con riesgo potencial para el peatón o los trabajadores.

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III.1.16. Respuesta a emergencias III.1.16.1, III.1.16.2 Y III.1.16.4

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III.1.17. Manuales III.1.17.1. Proporcionar los manuales de operación, instalación, mantenimiento y desmantelamiento de los equipos que suministren por motivo del contrato. Dichos documentos deben presentarse en el idioma del pais de origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducción simple al español.

Proporcionar los procedimientos operativos.

III.2.3. Ruido en el ambiente laboral. Sin comentarios III.2.3.1 utilizar maquinaria o equipo de trabajo con emisiones de ruido, que no se excedan los límites máximos permisibles especificados en la NOM-011-STPS-2001 ”Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido”

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III.2.4. Atlas de riesgo III.2.4.1 Contar en el área de trabajo con el atlas de riesgo en idioma español.

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III.2.5. Iluminación

III. 2. SALUD OCUPACIONAL

III.2.5.1 cumplir con las especificaciones de intensidad, características técnicas y conexiones que se establezcan en las normas de referencia de Pemex que sean aplicables o, a falta de estas, con las normas oficiales mexicanas NOM-025-STPS-1999 “Condiciones de Iluminación en los Centros de Trabajo” y NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (Utilización)”.

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LISTADO DE REQUERIMIENTOS COMENTARIOS III.3. PROTECCIÓN AMBIENTAL

III.3.3 Agua. III.3.3.1 Cuando accidentalmente derramen o viertan materiales o residuos peligrosos en el mar, informar en los formatos vigentes a la Secretaría de Marina y a la Delegación de la SEMARNAT que corresponda y reparar el daño sin cargo para PEP. Así mismo, enviar inmediatamente un informe detallado a PEP. III.3.5.Residuos III.3.5.1 Acatar y cumplir con la responsabilidad de los residuos que genere durante sus actividades, cumpliendo con lo previsto en la Ley General para la prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su reglamento y las otras leyes, reglamentos y normas en la materia. III.3.5.3 Contar con una bitácora mensual, para registrar la generación y manejo de los residuos peligrosos o residuos de manejo especial que genere en cualquier instalación de PEP III.3.5.7. No verter residuos no alimenticios al mar. III.3.5.8. Antes de arrojar residuos alimenticios al mar, triturarlos en piezas de 25 mm o menores, de acuerdo a lo requerido en la regla 4, anexo V del convenio internacional del MARPOL.

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FORMATO 1 Sin comentarios. FORMATO 2 Sin comentarios. FORMATO 3 Sin comentarios.

IV. FORMATOS

FORMATO 4 Sin comentarios. ING. ING. SUBGERENTE SERVICIOS A POZOS SUBGERENTE DE SIPAC D.M.