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Índice Ginebra febrero de 2000 Resuelto el primero caso de ciberocupación gracias al procedimiento de solución de controversias de la OMPI 50.000 depósitos de dibujos y modelos industriales en virtud virtud del sistema de La Haya: satisfacción en la OMPI Auge del proyecto IMPACT de automatización del PCT WIPONET precursora del intercambio de información en materia de propiedad intelectual en la era digital Derecho de autor La gestión mundial de la información En un Taller de la OMPI se aborda la responsabilidad civil de los proveedores de servicios en línea ante casos de infracción del derecho de autor en el ciberespacio Inventores de países en desarrollo Sri Lanka: con Coirpack se responderá a la demanda de embalaje inofensivo para el medio ambiente en los países desarrollados El Director General nombra miembro de la CAI al Sr. Nicolas G. Hayek Cooperación para el desarrollo México estudia nuevas cuestiones en relación con la gestión colectiva del derecho de autor en el marco de las creaciones visuales África: en un seminario se aborda la cuestión de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes El valor comercial de las indicaciones geográficas en África La observancia de derechos, cuestión central de un taller de la OMPI en Túnez Representantes del Magreb visitan la OMPI para conocer de cerca su labor El espectacular aumento del número de adhesiones a tratados pone en evidencia la creciente importancia de la propiedad intelectual Nuevos miembros de los tratados administrados por la OMPI en el ámbito de la propiedad industrial Nuevos miembros de los tratados administrados por la OMPI OMPI en el ámbito del derecho de autor Calendario de reuniones Productos 2 4 6 8 9 10 11 12 13 14 15 16 16 17 18 19 21 22 24 R EVISTA DE LA OMPI

Revista de la OMPI, Número 2, 2000

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Page 1: Revista de la OMPI, Número 2, 2000

Índice

Ginebra

febrero de 2000

Resuelto el primero caso de ciberocupación gracias al procedimiento de solución de controversias de la OMPI

50.000 depósitos de dibujos y modelos industriales en virtud virtud del sistema de La Haya: satisfacción en la OMPI

Auge del proyecto IMPACT de automatización del PCT

WIPONET precursora del intercambio de información en materia de propiedad intelectual en la era digital

Derecho de autor

La gestión mundial de la información

En un Taller de la OMPI se aborda la responsabilidad civil de los proveedores deservicios en línea ante casos de infracción del derecho de autor en el ciberespacio

Inventores de países en desarrollo

Sri Lanka: con Coirpack se responderá a la demanda de embalajeinofensivo para el medio ambiente en los países desarrollados

El Director General nombra miembro de la CAI al Sr. Nicolas G. Hayek

Cooperación para el desarrollo

México estudia nuevas cuestiones en relación con la gestión

colectiva del derecho de autor en el marco de las creaciones visuales

África: en un seminario se aborda la cuestión de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes

El valor comercial de las indicaciones geográficas en África

La observancia de derechos, cuestión central de un taller de la OMPI en Túnez

Representantes del Magreb visitan la OMPI para conocer de cerca su labor

El espectacular aumento del número de adhesiones a tratados pone en evidencia la creciente importancia de la propiedad intelectual

Nuevos miembros de los tratados administrados por la OMPI en el ámbito de la propiedad industrial

Nuevos miembros de los tratados administrados por la OMPI OMPI en el ámbito del derecho de autor

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Resuelto el primer caso de ciberocupación gracias alprocedimiento de solución de controversias de la OMPI

El pasado 14 de enero, el Grupo Adminis-trativo de Expertos de la OMPI resolvió elprimer caso de registro abusivo de unnombre de dominio en Internet, y exigióque el titular del registro cediera elnombre de dominio al demandante. LaWorld Wrestling Federation (WWF), consede en EE.UU., había presentado unademanda contra un residente en Califor-nia que había registrado el nombre dedominiowww.worldwrestlingfederation.com y tresdías más tarde había hecho una propuestade nueva venta de ese registro a la WWFque, de haberse llevado a cabo, hubierasupuesto beneficios considerables.

En cuanto a la primera demanda, se trata-ba de un nombre de dominio registradoante Melbourne IT, uno de los cinco pri-meros registradores habilitados por laICANN para aprobar registros en losdominios genéricos de nivel superior.com, .net y .org. La WWF alegó que elnombre de dominio en cuestión fue regis-trado de mala fe y que había habido abusode sus derechos de marca. Aunque eldemandante tenía la posibilidad de pre-sentar su demanda ante un tribunal de losEstados Unidos en virtud de la nueva leycontra la ciberocupación, prefirió utilizareste trámite administrativo que es másrápido y económico.

El Centro de Arbitraje y Mediación de laOMPI designó al Sr. Scott Donahey, abo-gado especializado en temas de propiedadintelectual y experto en marcas, residenteen California, para que se ocupara de lademanda. La resolución reza así:"Por todas las razones anteriores, el Gru-po Administrativo de Expertos resuelveque el nombre de dominio registrado porel demandado es idéntico a la marca y lamarca del servicio, o puede ser confundi-do debido a su similitud con éstas, y queel demandante es el titular de los dere-chos; que el demandado no tiene dere-chos o intereses legítimos sobre elnombre de dominio, y que el nombre de

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El Sr. Francis Gurry, Subdirector Generaly Director del Centro de Arbitraje yMediación de la OMPI, se congratuló porla rapidez con la que pudo resolverse esteprimer caso, afirmando: “El nuevo pro-cedimiento demuestra la viabilidad de unaalternativa más eficaz y económica que elrecurso a los tribunales”.

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La Revista de la OMPI es una publicación men-sual de la Oficina de Comunicación Mundial yde Relaciones Públicas de la OrganizaciónMundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).No constituye un documento oficial y las opin-iones expresadas en cada artículo no son nece-sariamente las de la OMPI.

La Revista se distribuye gratuitamente.

Si está interesado en recibir ejemplares,sírvase dirigirse a:

Funcionario de Publicaciones

OMPIApdo. postal 18CH-1211 Ginebra 20, SuizaTeléfono: 41 22 338 91 11Telefacsímile: 41 22 733 54 28Correo electrónico:[email protected]

Para formular comentarios o preguntas,sírvase dirigirse a:Jefe de Redacción

Revista de la OMPI (en la dirección que figura más arriba)

© 2000 Organización Mundial de la Propiedad IntelectualTodos los derechos reservados. Los artículos que figuran en lapresente publicación pueden reproducirse con fines educativos.Sin embargo, ninguna parte puede reproducirse con fines comer-ciales sin el consentimiento expreso por escrito de la Oficina deComunicación Mundial y de Relaciones Públicas de laOrganización Mundial de la Propiedad Intelectual, B.P. 18,CH-1211 Ginebra 20, Suiza.

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dominio del demandado ha sido registra-do y es usado de mala fe. Por lo tanto,conforme al apartado i) del párrafo 4 de laPolítica de la ICANN, el Grupo Adminis-trativo de Expertos exige la transferenciadel registro del nombre de dominio<worldwrestlingfederation.com> aldemandante."

El Sr. Francis Gurry, Subdirector Generalde la OMPI y Director del Centro deArbitraje y Medicación, acogió con bene-plácito la rápida solución de esta deman-da, afirmando que “el nuevo procedimien-to demuestra la viabilidad de unaalternativa más eficaz y económica que el

recurso a los tribunales” a lo que añadió:“por su naturaleza, el sistema de soluciónde controversias de la OMPI se adapta alas necesidades y exigencias de la dinámi-ca del mercado actual". Internet ofrece unsinnúmero de posibilidades de negocio atodos los niveles; la confianza en elcomercio electrónico se sustenta en elrespeto recíproco de los derechos de losusuarios."

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Procedimiento de solución de controversias de la OMPILa WWF presentó la demanda ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI, conarreglo a la nueva política uniforme de solución de controversias aplicable a los domi-nios genéricos de nivel superior (.com, .net y .org) aprobada por la Corporación de Asi-gnación de Números y Nombres de Internet (ICANN) el 26 de agosto de 1999. Estaprimera demanda fue presentada el 2 de diciembre de 1999, un día después de la entra-da en vigor del nuevo sistema.

La política de la ICANN establece un sistema administrativo de solución de controver-sias uniforme y vinculante para casos de registro abusivo y de mala fe, conocidos tam-bién como “ciberocupación”. Sobre la base de este sistema, los grupos integrados poruno o tres expertos, y nombrados por el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI,aplicarán procedimientos simplificados, rápidos y económicos para examinar lasdemandas y eliminar los casos de abuso notorio de los derechos de los titulares de mar-cas, dejando en manos de los tribunales los casos más complejos. El objetivo específicodel Mecanismo de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio delCentro de Arbitraje de la OMPI, es administrar las controversias sobre nombres dedominio, recurriendo a un eficaz sistema de presentación electrónica y gestión dedemandas; es el primer servicio que ha recibido acreditación para ocuparse de la solu-ción de las demandas que se interpongan en virtud de la política de la ICANN y se ocu-pa de la administración de controversias a escala mundial y en varios idiomas. Se prevéque las demandas presentadas ante el Centro de la OMPI se resuelvan, por lo general,en un plazo de 45 días.

Afluencia dedemandas

Desde principios de año, el Centro deArbitraje y Mediación de la OMPI harecibido una media de dos casos pordía; hacia mediados de febrero, sehabían presentado ya 66 demandas envirtud del procedimiento de soluciónde controversias, número que superacon creces las previsiones.

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El Swatch Group Ltd, líder mundial en lafabricación de relojes, fue galardonado porla OMPI por su perseverancia en el uso deun sistema de protección de dibujos ymodelos en numerosos países. El 10 defebrero de 2000, el Dr. Kamil Idris, Direc-tor General de la OMPI, impuso unamedalla al Sr. Nicolas G. Hayek, Presiden-te y Gerente General de Swatch, paraconmemorar el depósito efectuado por suempresa de un dibujo y modelo industrialen virtud de un tratado administrado por laOMPI, con lo cual, el número de depósitosefectuados asciende a 50.000.

“El depósito Nº 50.000 de un dibujo ymodelo industrial en virtud del Acta de1960 del Arreglo de La Haya es un hitoen la historia de la protección internacio-nal de dibujos y modelos industriales.Nos complace mucho que el Sr. Hayek,Presidente de Swatch Group Ltd., princi-pal usuario de este sistema, pueda estarcon nosotros para celebrar el aconteci-miento”, dijo el Dr. Idris, añadiendo:“Swatch ha sido un precursor mundial enel ámbito del diseño y ha utilizado conéxito el sistema de La Haya. La expe-riencia de una empresa dinámica comoSwatch ilustra muy bien la importanciadel sistema de La Haya para el sectorprivado, por cuanto permite que lasempresas ahorren sumas considerables,lo que se traduce en gastos menores yproductos mejor diseñados para elconsumidor, en definitiva, en mejorescondiciones de mercado”.

El Dr. Idris elogió a Swatch por su poderde innovación y originalidad, dos impor-tantes motores en el ámbito de la propie-dad intelectual. “Eso es exactamente loque trata de promover la OMPI, en parti-cular, en el mundo en desarrollo”, afirmóel Dr. Idris.

“Swatch pretende ser sinónimo de ale-gría de vivir y de innovación provocado-ra, a la vez que un motor de riqueza. El

éxito radica en saber sacar provecho dela creatividad que aportan los conoci-mientos técnicos. Lo importante es pro-mover, proteger y ejercer la creatividad”,dijo a su vez el Sr. Hayek.

Los dibujos y modelos industriales sonun valioso recurso de la propiedad inte-lectual; de ellos depende, en gran parte,el éxito de un producto frente a otro decaracterísticas similares. El “estilo” deun reloj es lo que puede inducir a unconsumidor a elegir un reloj y no otro.Eso explica que las empresas inviertanconsiderables sumas y conocimientosespecializados para concebir diseños deéxito asegurado. La protección interna-cional que se ofrece en virtud del sistemade La Haya es un medio al que puedenrecurrir los creadores contra la imitaciónilícita de sus obras. Administrado por laOMPI, este tratado es un instrumentorentable y fácil de aplicar para proteger

50.000 depósitos de dibujos y modelos industrialesen virtud del sistema de La Haya: satisfacción en la OMPI

dibujos y modelos industriales por cuan-to sólo requiere la presentación de unaúnica solicitud en cualquiera de lospaíses que hayan suscrito el sistema. Sinese sistema, el creador de un dibujo omodelo tendría que presentar una solici-tud en cada uno de los países en los quebusca esa protección, pues, por normageneral, la protección de los dibujos ymodelos industriales se limita al territo-rio del país en que haya sido solicitada yconcedida.

Una de las principales ventajas de utili-zar el sistema de La Haya es que losusuarios pueden incluir hasta 100 dibu-jos y modelos industriales en cada solici-tud internacional, lo que permite limitarlos costos medios de protección pordibujo y modelo.

En los últimos años ha ido aumentandoel número de solicitudes internacionales

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Al condecorar al Sr. Nicolas Hayek, Presidente y Gerente General del Grupo Swatch (ala derecha) con una medalla para conmemorar el registro Nº 50.000 de un dibujo ymodelo industrial en virtud del sistema de La Haya, el Dr. Kamil Idris elogió a eseGrupo por su poder de innovación y originalidad, dos importantes motores en elámbito de la propiedad intelectual.

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Foto: Mercedes Martínez Dozal

Ventajas de la protección de los dibujosy modelos industriales

El titular de la protección puede impedir la copia o la imitación no autorizadas de sudibujo o modelo. Por otro lado, habida cuenta de que los dibujos y modelos indus-triales añaden valor comercial a un producto y facilitan su venta y comercialización,la protección contribuye a garantizar que la inversión produzca un rendimiento apro-piado.La protección de los dibujos y modelos industriales fomenta la competencia leal yprácticas comerciales honestas. Se producen así artículos más diversificados yatractivos desde el punto de vista estético y se amplía el abanico de posibilidadespara el consumidor.La protección de los dibujos y modelos industriales estimula el desarrollo económi-co de los países al contribuir a la expansión de las actividades comerciales e incre-mentar el potencial exportador de los productos nacionales.

Costos de protecciónHabida cuenta de la sencillez y de los bajos costos de la creación y la protección delos dibujos y modelos industriales, esa protección está al alcance de las pequeñas ymedianas empresas e incluso de los artistas y artesanos que trabajan por cuentapropia, tanto en los países industrializados como en los países en desarrollo.En virtud del sistema de La Haya, el costo medio por dibujo y por país en el que sesolicita protección es de 37 francos suizos para cinco años de protección. En cadadepósito internacional se incluye una media de 4,8 dibujos o modelos, lo que signi-fica que el costo medio de obtención de cinco años de protección en virtud del sis-tema de La Haya es de 4,5 francos suizos por año.

¿Qué se entiendepor dibujo omodelo indus-trial?Por dibujo o modelo industrial seentiende el aspecto ornamental o estéti-co de un artículo, en otras palabras, loque hace que el artículo resulte atracti-vo. Puede tratarse de característicastridimensionales, como la forma o lasuperficie del artículo, o de característi-cas bidimensionales, como la composi-ción, las líneas o los colores. Estascaracterísticas añaden valor comercialal artículo y aumentan su potencial deventa. El dibujo o modelo industriales, ante todo, un valor estético y visualsin relación alguna con las propiedadestécnicas del artículo.

Se realizan dibujos y modelos indus-triales para una amplia gama de pro-ductos industriales y artesanales, desdeinstrumentos técnicos y médicos, arelojes y joyas, desde artículos domés-ticos y aparatos eléctricos a vehículosy estructuras arquitectónicas, desdediseños textiles a artículos recreativos.La protección de esos dibujos y mode-los beneficia tanto a los creadores delos países en desarrollo como a los de

los países desarrollados.

Tramitación del depósito Nº 50.000 en el RegistroInternacional de la OMPI de Dibujos y ModelosIndustriales; (de izquierda aderecha) Sra.Doris Hanberk,Examinadora Principal, Sr. Grégoire Bisson, Jefe y Sr. Farid Montasser, Examinador.

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para la protección de dibujos y modelosindustriales. Los 10 usuarios principalesdel sistema de La Haya son: SwatchGroup, Unilever, Sony, Hermès, PhilipsElectronics, Moulinex, Siemens, Inter-ior’s, Fiat, Braun.

Consciente de la importancia de los derechos de propiedad intelectual, Swatchrecurre también a otros sistemas deregistro internacional administrados porla OMPI, en particular, el sistema deMadrid para el registro internacional demarcas. Desde 1981, el Grupo Swatchha registrado alrededor de 39 marcas envirtud del sistema de Madrid, que permi-te que los usuarios obtengan protecciónen hasta 64 países.

El sistema de LaHaya en la práctica

El Arreglo

El Arreglo de La Haya relativo al depósi-to internacional de dibujos y modelosindustriales se aprobó en 1925. Desdeentonces el Arreglo ha sido revisado ycompletado en varias ocasiones. La últi-ma revisión se llevó a cabo en el marcode una conferencia diplomática celebra-da en junio de 1999 y en cuyo marco seaprobó el Acta de Ginebra del Arreglo deLa Haya. En esta nueva acta se introdu-jeron características que harán que el sis-tema sea más accesible para los paísesque, hasta la fecha, se han mantenido almargen del sistema.

Un proyecto de 40 millones de francos suizos destinado a la automatización completa delas actividades del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), llegó a una fasedecisiva el pasado mes de enero, tras la firma de un importante contrato entre la OMPI yun consorcio de compañías.

Conocido por su sigla en inglés IMPACT (Information Management for the PatentCooperation Treaty) (gestión de la información relativa al Tratado de Cooperación enmateria de Patentes) el proyecto es, según el Dr. Kamil Idris, Director General de laOMPI, una prioridad fundamental. “Ante todo nos interesa aprovechar plenamente lasoportunidades que ofrecen las tecnologías de la información para el fortalecimiento de losservicios de registro internacional de la Organización”, afirmó el Dr. Idris, añadiendo:“IMPACT es el proyecto de mayor alcance emprendido hasta la fecha por la OMPI en elcampo de las tecnologías de la información, y llevarlo a buen término es una de nuestrasprioridades fundamentales”.

La rápida expansión del sistema del PCT –el número de solicitudes internacionales haaumentado de 2.625 en 1979 a más de 70.000 en 1999- pone en evidencia la importanciade este tratado para la comunidad de la propiedad intelectual, subrayó el Dr. Idris. Laautomatización del PCT, a saber, la aplicación del concepto de una única solicitud depatente internacional válida en cualquiera de los 150 Estados contratantes, entrañaría unadisminución de los costos para los solicitantes así como un servicio más eficaz. Por otraparte, las solicitudes internacionales contienen valiosa información técnica por lo que elpúblico en general también se beneficiaría de este cambio, por cuanto tendría acceso amás información sobre el PCT en formato electrónico y consultable.

Auge del proyecto IMPACT de automatización del PCT

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Entre los principales objetivos delproyecto IMPACT, cabe destacar:

mejorar los servicios que se ofrecen a los solicitantes del PCT;sentar las bases para una futura reducción de las tasas gracias a la disminución delos gastos de funcionamiento del PCT; simplificar los procedimientos de trabajo y hacer que la administración del PCT selleve a cabo de forma más eficaz y rentable, recurriendo a un sistema automatizadopara la gestión de información y documentos; crear y poner a disposición de los solicitantes del PCT y de las oficinas nacionalesun soporte lógico para la presentación electrónica;mejorar los servicios que se prestan a las oficinas nacionales y regionales, y ofrecersoluciones generalizadas para el intercambio electrónico de datos entre la Oficinadel PCT y las oficinas nacionales y regionales, así como las administracionesencargadas de la búsqueda internacional y del examen preliminar internacional enel marco del PCT, incluida la publicación electrónica y la divulgación de informa-ción sobre el PCT.

Se prevé ultimar el proyecto en tres o cuatro años, pero los primeros componentes delnuevo sistema se distribuirán a finales de este año.

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La primera parte del contrato, a saber, eldesarrollo de un sistema informatizado degran alcance para la gestión y administra-ción de las actividades del PCT, se adju-dicó a un consorcio de tres compañíasencabezado por Xerox Professional Ser-vices (XPS) (Reino Unido). Los otrosmiembros del consorcio son Cap Gemini(Francia) y Hewlett Packard (Suiza). Laadjudicación del contrato para el desarro-llo de sistemas informáticos fue el resulta-do de un amplio proceso de licitacióninternacional en cuyo marco se recibió untotal de 35 ofertas procedentes de todo elmundo. A ese respecto se llevó a cabo unriguroso proceso de evaluación, en cuyavirtud tuvieron lugar reuniones con cincolicitadores previamente seleccionados yse sopesaron las posibilidades teniendo encuenta más de mil criterios distintos, a finde determinar la solución más económicay de mejor calidad a la hora de cumplirlos requisitos necesarios para las activi-

dades del PCT. En el proceso de evalua-ción participaron seis oficinas nacionalesdel PCT, en representación de las distintasregiones del mundo.

Expertos del consorcio y un equipo cen-tral de la OMPI integrado por especialis-tas en tecnologías de la información, res-ponsables de la administración ydistribución del sistema, comenzaron lalabor de análisis y diseño del proyecto aprincipios de año. La adjudicación de lasegunda parte del contrato, a saber, la fasede aplicación, dependerá de que se obten-gan resultados satisfactorios en las prue-bas de evaluación del sistema, que deter-minarán la viabilidad del proyecto. Esaspruebas, que llevará a cabo la OMPI encolaboración con el consorcio durante elprimer semestre de este año, garantizaránque la solución técnica propuesta cumplelos requisitos de funcionalidad y eficaciaestipulados por la OMPI.

La gestión del proyecto correrá a cargode la OMPI. Al principio se había pen-sado en subcontratar todo el proyecto aun coordinador de sistemas. Sin embar-go, tras examinar nuevamente la cuestióny con el asesoramiento de algunos Esta-dos miembros que habían llevado a caboproyectos similares a gran escala, en par-ticular, en la esfera del tratamiento deimágenes, la Organización decidió asu-mir la responsabilidad y la gestión delproyecto. Particularmente importantepara el éxito del proyecto es contar conla amplia participación del personalencargado del funcionamiento del PCT.A ese respecto, varios miembros queocupan puestos clave en el PCT hanpasado a formar parte del equipo delproyecto de manera permanente y se hadado prioridad a cuestiones como la for-mación, la gestión del cambio y la nece-sidad de intercambiar información anivel interno a lo largo del proyecto.

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Tratado de Cooperación en materia de Patentes Número de solicitudes internacionales recibidas desde 1978

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Habida cuenta de la mundialización y dela aceleración y la naturaleza de los cam-bios tecnológicos de los últimos años, ala hora de formular políticas, las cues-tiones relativas a la propiedad intelectualhan pasado a un primer plano. Las ten-dencias económicas indican que el bie-nestar socioeconómico de un país y sucapacidad para generar riqueza y prote-ger su cultura dependen cada vez másdel acceso que tenga y el uso que hagadel sistema de la propiedad intelectual.Sin ser un remedio para los muchos ycomplejos problemas que enfrentan losformuladores de políticas para resolverlos problemas de desarrollo, el sistemade la propiedad intelectual es, sin embar-go, un instrumento estratégico del quepueden servirse los países y las personasa título individual para dar curso a sucreatividad y su potencial de innovación,así como un estímulo para el desarrolloeconómico y el bienestar social.

La era digital, caracterizada por el rápidoavance de las tecnologías de informa-ción, ha supuesto una revolución en laforma de trabajar. Hoy, las tecnologíasde la información son el motor de lascomunicaciones y los negocios.Consciente de la importancia estratégicade las tecnologías de información parapromover y mejorar su servicio en elmundo, la OMPI ha emprendido unimportante proyecto encaminado a esta-blecer y consolidar una red de informa-ción mundial. WIPONET es un proyectovanguardista cuyo objetivo es velar porque la Organización se mantenga a la pardel extraordinario auge del comercioelectrónico y pueda responder a la cre-ciente demanda de servicios de intercam-bio electrónico de datos. Al conectar enred las operaciones de las oficinas depropiedad intelectual del mundo, la redpermitirá que todos los Estados miem-bros de la OMPI se beneficien plena-mente de los servicios de información enmateria de propiedad intelectual de laOrganización. Particularmente impor-

tante es la seguridad que ofrecerá la reden cuanto a la transmisión de punto apunto de datos confidenciales en materiade propiedad intelectual. Este recursosupondrá un aumento considerable de laeficacia de los servicios de registro inter-nacional de la OMPI y permitirá que losusuarios tengan acceso a información enmateria de propiedad intelectual de losEstados miembros. Con este proyectoultramoderno se promoverá la coopera-ción internacional, por cuanto se facili-tará el intercambio digital de informa-ción en materia de propiedad intelectual,así como el acceso a todos los datos dis-ponibles en ese ámbito; la red será tam-bién una plataforma para el estableci-miento de nuevos servicios y parafacilitar y automatizar las funciones ope-rativas fundamentales de las oficinas depropiedad intelectual de todo el mundo.

Ejecución e instalación

Este proyecto es particularmente impor-tante para los países en desarrollo. Unode los objetivos de WIPONET es la inte-gración electrónica de los países endesarrollo en el sistema internacional dela propiedad intelectual. A fin de ayudara los países en desarrollo a aprovecharplenamente las ventajas de los recursosde información en materia de propiedadintelectual a nivel mundial, uno de losobjetivos de WIPONET es también pro-porcionar equipo básico y conexión aInternet a determinadas oficinas, iniciati-va que se llevará a cabo paulatinamentey a partir del segundo trimestre del año2000. Si bien las oficinas que no esténconectadas a Internet se beneficiarántambién de este aspecto del proyecto deWIPONET, todas las oficinas que yaestán conectadas tendrán pleno acceso alos servicios centrales de WIPONET.

WIPONET ha sido concebida de formaque la OMPI y sus Estados miembrosdispongan de una plataforma para ejecu-

tar aplicaciones y procedimientos enmateria de propiedad intelectual. Pormedio de esta red será posible prestar unnúmero cada vez mayor de servicios enmateria de propiedad intelectual directa-mente a los Estados miembros; la redserá también un canal para la difusión deinformación en materia de propiedadintelectual al público, las universidades,las instituciones de investigación ydesarrollo y todos los que se interesanpor el derecho de autor.

Ventajas

Con la aplicación de este innovadorproyecto se prevén múltiples ventajas.En primer lugar, se reducirá el desfase enmateria de información que existe entrelos países desarrollados y los países endesarrollo. En cuanto a los beneficiosmás generales, cabe destacar la reduc-ción de costos y el aumento de la efica-cia que resultarán del intercambio dedatos en materia de propiedad intelectualpor vía electrónica.

En segundo lugar, al mejorar la circula-ción de datos en materia de derechos depropiedad intelectual entre los Estadosmiembros y la Secretaría de la OMPI,esta red de información facilitará el usoy la futura consolidación de los sistemas

WIPONET precursora del intercambio de información en materia de propiedad intelectual en la era digital

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 20008

Foto: W. Cody/Corbis

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internacionales de gestión de derechosde propiedad intelectual.

En tercer lugar, mediante el estableci-miento de bibliotecas digitales de propie-dad intelectual (BDPI), la red respaldarálas iniciativas colectivas de los Estadosmiembros para crear fondos de informa-ción de alta calidad.

Cuarto, WIPONET fomentará la comuni-cación y facilitará el intercambio deinformación entre todas las partes inter-esadas. De este modo se garantizará quelos usuarios y el público en general ten-gan acceso a datos fiables en materia depropiedad intelectual en todo el mundo yde forma rentable, tanto desde el puntode vista del tiempo como de los costos.

Quinto, WIPONET permitirá aumentar la eficacia de las actividades en materiade propiedad industrial que emprendanlas oficinas de propiedad intelectual y la Secretaría de la OMPI, como la tra-mitación de solicitudes y la concesiónde derechos.

Por último, el intercambio electrónicode datos confidenciales mediante losservicios de WIPONET, reducirá consi-derablemente los costos y los recursosque se invierten actualmente en la pro-ducción, la transmisión y la recepciónde ejemplares en papel de documentosen relación con la presentación de soli-citudes internacionales en virtud delTratado de Cooperación en materia dePatentes (PCT).

WIPONET tiene un gran potencial encuanto al fomento del uso y la proteccióna nivel mundial de los derechos de pro-piedad intelectual, y en relación con lastransacciones a ese respecto. Por otrolado, permitirá que la OMPI y sus Esta-dos miembros se beneficien de los rápi-dos y amplios avances tecnológicos paraestablecer un clima que promoverá unamayor toma de conciencia de la impor-tancia, el valor y la utilidad de contarcon un sólido sistema internacional depropiedad intelectual, y de la contribu-ción de ese sistema al bienestar social yel desarrollo económico.

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 20009

Servicios

Los servicios de WIPONET pueden dividirse en dos categorías, a saber::

Servicios básicos de informaciónCorreo electrónico, intercambio de datos compilados sistemáticamente y datos confidenciales, listas de direcciones, servicio deasistencia técnica y, para determinados Estados miembros, posibilidad de conexión a Internet y equipo básico.

Servicios de propiedad intelectualAcceso a bibliotecas digitales en materia de propiedad intelectual (BDPI);comunicaciones relativas al proceso de concesión de derechos y registro en el marco de los servicios internacionales de registro dela OMPI, en particular por lo que respecta al PCT y al sistema de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas. Latransmisión electrónica de esas comunicaciones contribuirá a reducir considerablemente los costos y el tiempo que se invierten en latramitación de esas solicitudes;acceso mundial a programas de enseñanza a distancia en línea elaborados por la OMPI a nivel mundial;participación a distancia en las reuniones de la OMPI, en particular, participación en la aprobación de los informes de reunión;participación en estudios en línea para la compilación de información.

BDPIEl programa de Bibliotecas Digitalesde Propiedad Intelectual de la OMPI(BDPI), se inició en 1997. Las BDPIson el equivalente en formato electró-nico de los fondos de información enmateria de propiedad intelectual. Soncompilaciones que funcionan sobre labase de un servidor para compilardatos en materia de propiedad intelec-tual (bases de datos sobre patentes,instrumentos de clasificación, y debúsqueda de patentes o marcas, legis-laciones nacionales, normativas ydirectrices de examen, material educa-tivo, etc.) El programa de BDPI es uncomponente esencial de la iniciativaglobal WIPONET.

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Los días 8 y 9 del pasado mes dediciembre, el Comité Asesor sobre la Ges-tión del Derecho de Autor se reunió paraexaminar la función que puede desem-peñar la OMPI en la gestión del derechode autor en el marco de las redes mun-diales de información. A ese respecto, elComité reconoció que todavía es muchala labor que queda por hacer para estable-cer medios jurídicos y técnicos de protec-ción de obras amparadas por un derechode autor, como artículos, música, pelícu-las, imágenes, etc., que se distribuyen pormedio de Internet.

Aunque mantenerse a la par de la evolu-ción de los cambios en el ámbito generaldel comercio electrónico no es tarea fácil,todavía no existe un foro mundial compe-tente en esta esfera. La información vacompilándose de forma progresiva, por loque es difícil explicar las razones de quese planteen determinados problemas ydeterminar hasta qué punto influyen lasfuerzas del mercado o las diferentes polí-ticas nacionales. Por otro lado, es impo-sible saber qué material amparado por underecho de autor es objeto de transac-ciones en Internet y, por consiguiente, porqué reglas se rigen esas transacciones.

El Comité llegó a la conclusión de que, afalta de un foro internacional para expo-ner y analizar la situación de esas transac-ciones a nivel nacional y regional, nocabía prever progresos reales en cuanto ala protección de material amparado porderecho de autor que se vende en Internet.A ese respecto, se exhortó a la OMPI ahacer uso de sus conocimientos especiali-

zados y recursos para llevar a cabo granparte de la labor necesaria para establecerun foro en ese ámbito y contribuir a ins-taurar medios jurídicos y técnicos para ladistribución por Internet de materialamparado por derecho de autor.

Seguidamente, el Comité examinó de quéforma podía ayudar la OMPI a los crea-dores y usuarios de material amparadopor derecho de autor de sus Estadosmiembros a tener un mejor acceso.

Aunque ya están en curso muchas iniciati-vas para crear “clearance centers” (cen-tros de gestión del derecho de autor) anivel nacional y regional para dar a cono-cer en Internet obras artísticas que ante-riormente sólo eran conocidas y se utiliza-ban en el país de origen del artista, noexisten iniciativas de este tipo a nivelmundial y no existe un único punto deacceso por Internet a esos centros nienlaces de conexión entre ellos. Porconsiguiente, los usuarios todavía tienendificultades para localizar a un titular dederecho o material amparado por derechode autor y, a pesar de que ha mejorado elacceso a ese material, todavía quedamucho por hacer para perfeccionar elacceso a esta valiosa capacidad de crea-ción. El Comité subrayó que la situaciónactual podía mejorar considerablementecon una red mundial de informaciónsobre derechos y concesión de licenciasque aportara la tecnología y la estructuranecesarias para facilitar el acceso a todaslas obras existentes desde todas las partesdel mundo y desde cualquier ordenadorconectado a Internet.

Derecho de autorLa gestión mundial de la información

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Foto: Digital Art/Corbis

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Un grupo internacional de expertos yparticipantes se reunió los días 9 y 10 delpasado mes de diciembre en la Sede dela OMPI para abordar una de las cues-tiones más controvertidas que se plan-tean en relación con el ciberespacio:¿en qué circunstancias puede invocarsela responsabilidad civil de los proveedoresde servicios en línea por el materialinfractor que se encuentre en sus servi-dores?

En el taller se examinó el problemateniendo en cuenta la situación actual ysu futura evolución en todo el mundo. A ese respecto, se hizo referencia a tresestudios realizados a instancias de laOMPI con ocasión de este taller:

– Responsabilidad civil de los presta-dores en línea por infracción del derechode autor, del Profesor Bernt Hugenholtzy el Sr. Kamiel Koelman, del Centro deDerecho de la Información de la Univer-sidad de Amsterdam;

– Examen retrospectivo de las disposi-ciones sobre notificación y retirada decontenido que figuran en la ley de dere-cho de autor para el milenio digital de losEstados Unidos de América un año des-pués de su promulgación, del Sr. BaturOktay, de Adobe Systems Incorporated,Seattle, Washington y el Sr. Greg Wrenn,Yahoo! Inc., Santa Clara, California;

– Acuerdos de notificación y retiradade contenido en la práctica en Europa –opiniones de proveedores de servicios deInternet, industrias de telecomunica-ciones y la industria fonográfica, del Dr.Nils Bortloff, Asesor Jurídico de la Fede-ración Internacional de la IndustriaFonográfica, Londres y la Sra. JanetHenderson, Directora de Estrategias enmateria de Derechos, de BT Internet andMultimedia Services, Londres.

El primer estudio, presentado por el Pro-fesor Hugenholtz, es un detenido y deta-

llado análisis comparativo de diferentesenfoques jurídicos sobre el problema,desde la perspectiva de la Ley de Dere-cho de Autor para el Milenio Digital delos Estados Unidos de América (DMCA)y de la propuesta de Directiva Europeasobre Comercio Electrónico.

Los otros dos estudios aportan un grannúmero de datos concretos, que se pre-sentaron e hicieron públicos por primeravez en el marco del taller, sobre la prepa-ración y la respuesta de los proveedoresde servicios y titulares de derecho deautor en relación con las notificacionesde infracción en Internet y hacen unestudio comparativo entre la situación enuna jurisdicción que cuenta con un mar-co legislativo para esas notificaciones yretiradas de contenido (Estados Unidosde América) y la situación en una juris-dicción en que las partes recurren aacuerdos privados (Unión Europea).

La reunión finalizó con una presentaciónen la que se cotejaron opiniones sobre laevolución de la cuestión a nivel interna-cional, planteándose en particular si eramenester una armonización internacionalen ese ámbito, con argumentos en favory en contra, y sobre el momento y ellugar oportunos, y la forma de proceder.

En el marco del taller tuvieron lugarextensos debates y, aunque no se aproba-ron recomendaciones ni conclusionesoficiales, se determinaron algunosenfoques comunes, a saber:

los actos de piratería en Internetconstituyen un problema de sumagravedad por lo que deberían serobjeto de particular prioridad;se precisa determinar soluciones fac-tibles que permitan que todas laspartes interesadas puedan trabajar enlínea con eficacia;en determinadas circunstancias nodeberá demandarse por daños y per-juicios a los proveedores de servicios

como consecuencia de algunos de sus actos;sería útil instaurar procedimientosnormalizados de notificación y retira-da de contenido;sería conveniente promover la compa-tibilidad a nivel internacional.

También hubo puntos de divergenciaentre los participantes, a saber:

la cuestión de determinar si el proble-ma de la responsabilidad civil deberíaabordarse de forma horizontal o comocuestión específica de propiedad inte-lectual;el alcance preciso de los actoscontemplados en las limitaciones deresponsabilidad civil;la cuestión de determinar si los proce-dimientos de notificación y retirada

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En un Taller de la OMPI se aborda la responsabili-dad civil de los proveedores de servicios en líneaante casos de infracción del derecho de autor enel ciberespacio

Foto: D. Boone/Corbis

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Inventores de países en desarrolloSri Lanka: con Coirpack se responderá a la demandade embalaje inofensivo para el medio ambiente enlos países desarrollados

de contenido deben tener fuerza deley o debe recurrirse a mecanismosmás informales o acuerdos privados;la conveniencia de promover un instru-mento internacional a este respecto.

Sin embargo, los participantes convinie-ron en que el taller había sido un exce-lente punto de partida para ulterioresanálisis y estudios. A ese respecto, sebarajaron una serie de posibilidades encuanto a las futuras actividades de laOMPI en este ámbito, en particular, laelaboración de procedimientos o normasque puedan utilizarse en virtud de losdistintos marcos jurídicos.

Al observar la eficaz protección que unacapa fibrosa ofrece a la frágil cáscara delcoco, el Sr. Nandadasa Narayana, ingenie-ro mecánico, fabricante e inventor,empezó a investigar y a desarrollar un sis-tema de embalaje biodegradable y poliva-lente. Gran parte de su labor de experi-mentación de productos biodegradables sellevó a cabo en el laboratorio que el pro-pio Sr. Nandadasa ha instalado en uncobertizo de hojalata. Ocho años despuésy tras muchos intentos, el Sr. Nandadasapatentó el proceso de transformación deeste producto de desecho de la industriadel coco en un útil material de embalajepara sustituir al poliestireno expandido,por cuanto es inocuo para el medioambiente.

Reconocimiento

Por su carácter innovador, ese productoatrajo la atención de diversos sectores dela industria y las invenciones y el Sr. Nan-dadasa recibió un sinnúmero de galar-dones nacionales e internacionales por suinvención, en particular: seleccionadopara la Expo 2000 de entre 6000 partidasen tanto que “World Green Projects”(Proyectos Ecologistas Mundiales), Presi-dent’s Gold Cup, 1996, de la FederaciónInternacional de Asociaciones de Inven-tores y ganador de dos World Stars de laOrganización Mundial de Embalaje.

Empiezan losobstáculosEl proceso Coirpack ha sido objeto denumerosas solicitudes de franquicia ylicencia en cerca de 35 países. Hasta lafecha, ha sido patentado en 30 países.Para establecer la primera fábrica de pro-ducción de Coirpack, el Sr. Nandadasatuvo que superar considerables dificul-tades financieras. A pesar de la importan-cia concedida al invento por el Gobierno,los bancos de Sri Lanka no veían con bue-nos ojos la posibilidad de invertir en laempresa. Nada más frustrante para el Sr.Nandadasa. Su producto tenía grandes

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Coirpack – embalaje “verde”A diferencia de muchos materiales de embalaje como la envoltura de burbujas, el plás-tico moldeado y el poliestireno, Coirpack utiliza un componente principal derivado dedesechos agrícolas, el polvo de coco, que se encuentra en muchos países tropicales.Como otras formas de embalaje, este polvo puede moldearse de varias formas o utili-zarse como relleno. Por otro lado, Coirpack tiene una capacidad de absorción ochoveces superior a su propio peso, lo que hace que se adapte perfectamente al transportede líquidos. Una vez cumplida su función de embalaje, el material es totalmente bio-degradable y puede utilizarse inmediatamente como fertilizante.

El Sr. Nandadasa Narayana exhibe suGold Cup Award que recibió en 1996 demanos de la Federación Internacionalde Asociaciones de Inventores, uno delos múltiples galardones que ha recibidopor la fabricación de Coirpack, un mate-rial de embalaje reciclable.

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El Director General nombra miembro de la CAI al Sr. Nicolas G. Hayek

posibilidades de comercialización en losEstados Unidos de América y Europa,donde se acusa una gran demanda dematerial de embalaje económico y reci-clable, pero tuvo que salvar muchosobstáculos para encontrar respaldo finan-ciero a fin de abrir una fábrica en un paísdel tercer mundo y sin apoyo de la tecno-logía moderna.

Finalmente y gracias a una subvencióndel Gobierno de Sri Lanka, en 1998pudieron completarse las investigacionesy experimentos necesarios para demostrarlas técnicas de fabricación del material enlos Estados Unidos. Para ello se arrendóuna fábrica ultramoderna ubicada en elSeethawaka Industrial Park, cuya instala-ción pudo llevarse a cabo gracias alrespaldo financiero del Ministerio deDesarrollo Industrial de Sri Lanka encolaboración con el Gobierno de Japónpor intermedio del Fondo de CooperaciónEconómica a Ultramar (OECF). Esteparque industrial se instaló para acogerconcretamente industrias ecológicamentesostenibles.

El 10 de febrero, el Dr. Kamil Idris,Director General de la OMPI, nombrómiembro de la Comisión Asesora de laIndustria (CAI) al Sr. Nicolas G. Hayek,Presidente y Gerente General de SwatchGroup Ltd. El Sr. Hayek, de nacionalidadsuiza, pasará así a formar parte del presti-gioso grupo de dirigentes empresarialesde esta Comisión, cuya función es aseso-rar al Director General en cuestiones rela-cionadas con la propiedad intelectual deinterés específico para el sector industrial.

El Dr. Idris afirmó que la vasta experien-cia del Sr. Hayek en el campo de la inno-vación y en la creación de tendencias esun aliciente para la labor de la CAI. "Eléxito de Swatch demuestra la influenciade la innovación y la originalidad, dosimportantes motores en materia de pro-piedad intelectual," afirmó el Dr. Idris,añadiendo: "La extraordinaria experien-cia empresarial del Sr. Hayek y la impor-tancia que concede a las cuestiones depropiedad intelectual como valoressociales, culturales y económicos, enri-quecerán la labor de la Comisión Asesorade la Industria".

El papel pionero que ha desempeñado elSr. Hayek en la industria relojera moderna

y su agudo sentido de los negocios y com-prensión de los mercados de consumidorescontribuirán a reforzar la labor de la CAI.El Grupo Swatch es uno de los fabricantesde relojes más importantes del mundo; en1999 fabricó más de 100 millones deejemplares. Además, la Compañía es pro-pietaria de otras marcas importantes, comoBlancpain, Breguet, Omega, Longines,Tissot, Rado y Flik Flak.

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La Comisión Asesora de la Industria

La creación de la CAI en 1998 significó el comienzo de una nueva relación de colaboraciónentre la OMPI y el sector privado. La Comisión, integrada por cerca de 20 representantesejecutivos del sector industrial, se reúne dos veces por año y desempeña una labor funda-mental para la OMPI, por cuanto la industria es la primera que se beneficia directamente dela protección de la propiedad intelectual. Por otro lado, los problemas que se plantean en laindustria por las consecuencias de la mundialización y la rápida evolución tecnológica reper-cuten directamente en la propiedad intelectual aunque esta última también incide en esosproblemas. Órgano puramente asesor del Director General, la Comisión Asesora de laIndustria es un foro en cuyo marco los dirigentes empresariales pueden intercambiar puntosde vista con la OMPI.

Al nombrar a los miembros de esta Comisión, el Dr. Idris vela por garantizar una representa-ción geográfica equilibrada y por que los miembros sean exponentes de sectores profesio-nales y académicos diversos.

El Sr. Nicolas G. Hayek, Presidente yGerente General del Swatch Group Ltd.se une al grupo internacional de diri-gentes empresariales que forman partede la Comisión Asesora de la Industria.

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La diversidad de creaciones visuales, des-de iconos religiosos hasta espectáculosmultimedios en Internet, a la que viene aañadirse la rápida expansión de losmedios de difusión de esas creaciones,plantea un sinnúmero de problemas parala gestión colectiva del derecho de autor.

Para intercambiar puntos de vista sobre laforma de abordar esos problemas, tuvolugar en Ciudad de México, del 26 al 28de enero de 2000, un seminario regionalde la OMPI en el que participaron cercade 50 personas, en particular, altos funcio-narios de ministerios de cultura, de ofici-nas de derecho de autor y otros organis-mos gubernamentales de la región. ElInstituto Nacional de Derecho de Autor deMéxico y la Fundación Arte y Derecho deEspaña, trabajaron en estrecha colabora-ción con la OMPI para la organización delseminario, primero que se lleva a cabopara estudiar concretamente este proble-ma y, en cuyo marco, los participantesasistieron a toda una serie de presenta-ciones bien documentadas y actualizadasa cargo de expertos internacionales de laregión, así como de los Estados Unidos deAmérica, Francia y España. Durante elseminario los debates se centraron, entreotras, en las cuestiones siguientes:

la comerciabilidad internacional de lascreaciones visuales, en particular obje-tos del patrimonio cultural nacional;la función de la propiedad intelectualen la comercialización de las crea-ciones visuales;la gestión de derechos de propiedadintelectual en relación con objetos delpatrimonio cultural nacional;la repercusión de esos problemas en eldesarrollo económico, social y culturalde los países.

Para profundizar el debate sobre la situa-ción particular de la región, los partici-pantes presentaron el enfoque de sus res-pectivos países frente a esos problemas.Al debate siguió una serie de presenta-

ciones específicas sobre la región conmiras a cotejar los distintos enfoquesnacionales en relación con las siguientescuestiones:

la definición jurídica de “creaciónvisual”;cómo contemplan las diferentes legisla-ciones los derechos de propiedad intelec-tual relativos a las creaciones visuales;el rendimiento económico de los produc-tos y servicios relacionados con las crea-ciones visuales.

En los debates que siguieron a las presen-taciones, se examinaron cuestiones fre-cuentemente complejas en relación con elderecho de propiedad intelectual, el patri-monio cultural y las artes, así como crite-rios económicos. Los participantes en elseminario llegaron a la conclusión de quetodavía era mucha la labor que quedabapor hacer para establecer un marco jurídi-co que abordara claramente el derecho deautor en el campo de las creacionesvisuales. A este respecto, los partici-pantes afirmaron que:

este esfuerzo coordinado iniciado en elseminario con la participación de orga-

Cooperación para el desarrolloMéxico estudia nuevas cuestiones en relación con lagestión colectiva del derecho de autor en el marco delas creaciones visuales

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Al seminario asistieron participantes dela Argentina, Bolivia, el Brasil, Colom-bia, Costa Rica, Cuba, el Ecuador, Gua-temala, México, Nicaragua, Panamá, elParaguay, Perú, la República Domini-cana, el Uruguay y Venezuela.

El Sr. Alfonso De María y Campos, Director General de Publicaciones del Consejo Nacionalpara la Cultura y las Artes, de México, junto con los otros organizadores del taller, a saber,el Sr. Crisóforo Peralta Cásares, Director General del Instituto Nacional de Derecho deAutor de México, el Sr. Ernesto Rubio, Director de la Oficina de Cooperación para el Desa-rrollo para América Latina y el Caribe, de la OMPI, el Sr. Javier Gutiérrez Vicén, Director dela Fundación Arte y Derecho, de España, y la Sra. Rosina Piñeyro, Oficial de Programas dela División de Gestión Colectiva del Derecho de Autor.

nizaciones regionales e internacionalesera un buen medio para el intercambiode puntos de vista, por lo que habríade continuarse;debe promoverse una toma deconciencia entre los artistas de lospaíses de América Latina por lo querespecta a sus derechos de propiedadintelectual;es necesario respaldar las iniciativaspara crear asociaciones de artistas;debe respaldarse la creación de enti-dades de recaudación en los distintospaíses;la formación del personal para mante-nerse al corriente de sobre la evoluciónde la protección en materia de propie-dad intelectual;deben llevarse a cabo estudios sobre elrendimiento económico de las crea-ciones visuales.

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Las dificultades prácticas que se planteanpara la protección eficaz de los derechosde los artistas intérpretes o ejecutantesestuvieron en el centro de atención de untaller organizado por la OMPI y destinadoa los países africanos de habla inglesa,que tuvo lugar en Accra (Ghana), del 12al 14 de enero.

El taller se organizó en colaboración conla Asociación de Organizaciones de Artis-tas Intérpretes o Ejecutantes Europeos(AEPO) y el Gobierno de Ghana.

El taller se inició con un debate en el quese examinaron los ámbitos en los que losartistas intérpretes o ejecutantes puedenvelar por la protección de sus derechos depropiedad intelectual. Entre otros sec-tores, se destacaron la legislación laboral,las negociaciones de contrato a título indi-vidual y los acuerdos colectivos. Seguida-mente se examinó la protección interna-cional y las disposiciones que constan en:

la Convención de Roma sobre la pro-tección de los artistas intérpretes o eje-cutantes, los productores de fonogra-mas y los organismos de radiodifusión(1961);el Acuerdo sobre los Aspectos de losDerechos de Propiedad Intelectualrelacionados con el Comercio (Acuer-dos sobre los ADPIC) (1994);el Tratado de la OMPI sobre Interpre-tación o Ejecución y Fonogramas(WPPT) (1996).

Durante los debates que siguieron sepuso de relieve la urgente necesidad deuna infraestructura adecuada para quelos artistas intérpretes o ejecutantes pue-dan mantenerse a la par de la era digital.A ese respecto, y a fin de acelerar el pro-ceso de creación de una red eficaz detodos los artistas intérpretes o ejecu-tantes africanos, recomendaron que serespaldara y ampliara la función de lasentidades de recaudación, reforzando asíla experiencia de esas entidades de laregión y liberando otros recursos para el

establecimiento de nuevas organiza-ciones de gestión colectiva.

Cabe destacar la valiosa colaboración deexpertos de organizaciones de artistasintérpretes o ejecutantes que habían sidoinvitados a asistir al seminario, a saber,la Federación Internacional de Músicos(FIM), la Organización de Derechos delos Artistas Intérpretes o EjecutantesNeerlandeses (SENA), y, especialmente,la AEPO, que además participó en laorganización del seminario, por cuantoesos expertos prestaron asesoramientosobre la forma de reforzar la infraestruc-tura existente y propusieron directricesprácticas para la supervisión de los dere-chos de esos artistas.

Por otro lado, los participantes destaca-ron las necesidades especiales de losartistas intérpretes o ejecutantes de lospaíses africanos en desarrollo en los que,con frecuencia, los autores y composi-tores de las obras musicales son tambiénsus intérpretes.

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África: en un seminario se aborda la cuestión de losderechos de los artistas intérpretes o ejecutantes

El Sr. John Mahama, Ministro de Comunicaciones de Ghana inaugura oficialmente el Taller, junto con (de izquierda a derecha) el Sr. BernardBosumprah, Administrador de Derecho de Autor en funciones, Oficina de Derecho de Autor de Ghana, el Sr. Hans Lindström, Presidentede AEPO, el Sr. Ebo Hawkson, Vicepresidente de la Comisión de Cultura de Ghana; (y de derecha a izquierda) el Sr. Alhaji Sidiku B'Malik,Presidente de la Asociación de Músicos de Ghana (MUSIGA), y el Sr. Patrick Masouyé, Director Adjunto de la División de Gestión Colectivadel Derecho de Autor de la OMPI.

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Comercio) destinados a los funcionariosde aduanas. A ese respecto, se preparó unprograma completo para los participantes,que se inició con un resumen de los pro-cedimientos aduaneros de Túnez y la fun-ción del Instituto Nacional de Normaliza-ción y Propiedad Industrial (INORPI) enla lucha contra la falsificación de mer-cancías.

Seguidamente, los participantes en el taller examinaron el problema de la falsi-ficación de mercancías desde una ópticamás internacional, para lo que se contócon la contribución de expertos francesesque llevaron a cabo presentaciones sobrelas siguientes cuestiones:

la función de los servicios de aduanasen la prevención del tránsito de mer-cancías falsificadas;las disposiciones de la legislación fran-cesa de lucha contra la falsificación;la capacidad de incautación en lospuestos aduaneros y la necesidad decooperación entre titulares de derechosy funcionarios de aduana;

La importancia de las indicaciones geo-gráficas como medio de diferenciar losproductos auténticos de las imitaciones,fue uno de los puntos del orden del día deun seminario subregional de cuatro díasdestinado a los países africanos de hablafrancesa. El seminario tuvo lugar enConakry (Guinea), del 25 al 28 de enerode 2000, y fue organizado por la OMPI encolaboración con el Gobierno de Guinea.

Las indicaciones geográficas son efi-caces instrumentos comerciales porcuanto contribuyen a la preservación dela autenticidad de los productos, a la vezque impiden las tentativas de plagio a lasque recurren los que prefieren vendervaliéndose de la reputación de otros

antes que conseguir esa reputación por símismos. Los países que han establecidosistemas de protección de las indica-ciones geográficas son conscientes delvalor añadido que aporta una denomina-ción geográfica a un producto de presti-gio, por ejemplo, los puros cubanos, elvino francés y los relojes suizos, y deque es importante contar con un eficazsistema de protección para impedir queotros se aprovechen de la imagen demarca que han conseguido esas denomi-naciones. El sistema de protección delas denominaciones de origen e indica-ciones geográficas es hoy un valioso ins-trumento para determinar la calidad yreputación de los productores de un paísasí como una prueba de su categoría.

El valor comercial de las indicacionesgeográficas en África

La observancia de derechos, cues-tión central de cuatro talleres de laOMPI en Túnez

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200016

Al seminario asistieron participantesde Benin, Burkina Faso, Burundi, elCamerún, el Chad, el Congo (Brazza-ville), Côte d’Ivoire, el Gabón, GuineaBissau, Madagascar, Malí, Mauritania,el Níger, la República Centroafricana,la República Democrática del Congo,Rwanda, el Senegal y el Togo.

Del 7 al 11 de febrero tuvieron lugar cuatro Talleres organizados por la OMPI en colaboración con el Gobiernode Túnez y destinados a los funcionarios de aduanas tunecinos, para examinar la observancia de los derechosde propiedad intelectual.

de propiedad intelectual de conformidadcon el Acuerdo sobre los ADPIC (Acuer-do sobre los Aspectos de los Derechos dePropiedad Intelectual relacionados con el

Del 7 al 11 de febrero de 2000 y, en cola-boración con el Gobierno de Túnez, laOMPI organizó una serie de talleres de undía sobre la observancia de los derechos

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Un grupo de parlamentarios de dos de lospaíses del Magreb visitó la sede de laOMPI del 1 al 4 de febrero para participaren una serie de reuniones de informaciónsobre la labor de la organización en lapromoción de la protección de la propie-dad intelectual. El Sr. Ahmed El Alami,Presidente de la Comisión de AsuntosEducativos, Culturales y Sociales, presi-dió la delegación de Marruecos y el Sr.Tizani Haddad, Presidente de la Comisiónde Educación, Cultura, Información yJuventud, presidió la delegación deTúnez. En el marco de su visita, losmiembros de la delegación pudieron tenerinformación de primera mano sobre lossectores permanentes de actividad de laOMPI, a saber:

la formulación de normas para eldesarrollo de leyes en materia de pro-piedad intelectual;el programa de cooperación para eldesarrollo de la OMPI;

el aumento del número de sistemas deRegistro Internacional de la OMPI, elTratado de Cooperación en materiade Patentes, el Arreglo de Madrid yde La Haya.

Los miembros de las delegaciones asistie-ron también a una extensa sesión de infor-mación sobre los nuevos ámbitos de tra-bajo de la OMPI, a saber:

WIPONET, la red informática que vin-culará las oficinas de propiedad inte-lectual de los Estados miembros de laOMPI de todo el mundo;la Academia de la OMPI y el crecientenúmero de oportunidades de aprendi-

zaje por medio de Internet y el sistemade enseñanza a distancia;el comercio electrónico y las iniciati-vas de la OMPI para crear un forointernacional que permita resolverrápidamente los problemas de propie-dad intelectual que se plantean en elmarco de este sector en auge.

Los miembros de las delegaciones se reu-nieron también con el Dr. Kamil Idris,Director General de la OMPI, que puso derelieve la necesidad de que los países comoTúnez y Marruecos inviertan recursos ensus sistemas de propiedad intelectual.

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200017

Representantes del Magreb visitan la OMPI para conocer de cerca su labor

Túnez, 7 de febrero de 2000Bizerte, 8 de febrero de 2000Sousse, 10 de febrero de 2000Sfax, 11 de febrero de 2000

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Foto: Mercedes Martínez Dozal

Los miembros de las delegaciones se reunieron también con el Dr. Kamil Idris, DirectorGeneral de la OMPI, que puso de relieve la necesidad de que los países como Túnez yMarruecos inviertan recursos en sus sistemas de propiedad intelectual.

el Comité Nacional francés de luchacontra la falsificación y su función defomento de la cooperación entre lossectores público y privado en la luchacontra los actos de piratería.

Al término de los talleres tuvo lugar unamesa redonda sobre la actual legislaciónde Túnez y las medidas para detectar yconfiscar mercancías falsificadas.

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La creciente importancia que hoy estáadquiriendo la propiedad intelectual seaprecia claramente en el incremento delnúmero de adhesiones a los tratadosinternacionales de propiedad intelectual.En 1999, un total de 68 instrumentos deadhesión o ratificación a tratados admi-nistrados por la OMPI se depositaronante el Dr. Kamil Idris, Director Generalde la OMPI. La OMPI administra 21tratados en el ámbito de la propiedadintelectual, de los cuales 15 en el ámbitode la propiedad industrial y 6 en el ámbi-to del derecho de autor.

“El creciente número de Estados que hoyse adhieren a los tratados internacionalesen el ámbito de la propiedad intelectualpone en evidencia el reconocimientocada vez mayor de la importancia de losderechos de propiedad intelectual en unaépoca caracterizada por la progresivamundialización y digitalización”, dijo el

Dr. Kamil Idris, añadiendo: “Vivimos enun mundo en el que se define cada vezmás la riqueza de una nación en funciónde su acceso y uso de la información, y,en este proceso, la protección en virtudde la propiedad intelectual es decisiva”.

El Dr. Idris se congratuló por el mayornúmero de países en desarrollo que hoyson parte en los tratados internacionales

de propiedad intelectual. En 1999, el59% de las adhesiones o ratificacionesfueron efectuadas por países en desarro-llo, el 23% por países en transición haciaeconomías de mercado y el 18% porpaíses desarrollados.

El espectacular aumento del número deadhesiones a tratados pone en evidenciala creciente importancia de la propiedadintelectual

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200018

Adhesiones a tratados administrados por la OMPI en 1999

“Tratados Internet”El Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y el Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT), másconocidos como “Tratados Internet” de la OMPI, exponen de forma actualizada los principios jurídicos que rigen la protección internacio-nal del derecho de autor y los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas en la era digital. Por otra par-te, estipulan claramente que las legislaciones nacionales deben impedir todo acceso y uso no autorizado de las obras creativas que, habidacuenta del alcance mundial de Internet, pueden telecargarse desde cualquier punto del mundo con sólo pulsar un botón. Los “TratadosInternet” de la OMPI se aprobaron en diciembre de 1996.

Estos tratados entrarán en vigor una vez que 30 Estados hayan depositado instrumentos de ratificación o de adhesión ante el DirectorGeneral de la OMPI.

WCTEn 1999, seis países (la Argentina, Burkina Faso, Eslovenia, los Estados Unidos de América, Panamá y Santa Lucía) se adhirieron a estetratado, con lo que, al 31 de diciembre de 1999, eran en total 12 las Partes Contratantes.

WPPTEn 1999, siete países (la Argentina, Burkina Faso, Eslovenia, los Estados Unidos de América, México, Panamá y Santa Lucía) se adhirie-ron al WPPT, con lo que, al 31 de diciembre de 1999, eran en total 11 las Partes Contratantes en el Tratado.

países desarrollados

países en transición

países en desarrollo

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Convenio de París

En 1999, seis países (Antigua y Barbuda,Dominica, el Ecuador, Jamaica, Omán yPapua Nueva Guinea) se adhirieron alConvenio de París para la Protección de laPropiedad Industrial. Firmado en 1883, elConvenio de París es una de las piedrasangulares del sistema internacional de lapropiedad intelectual en su forma actual,y se aplica a la propiedad intelectual en susentido más amplio, abarcando las inven-ciones, las marcas, los dibujos y modelosindustriales, los modelos de utilidad, losnombres comerciales, las indicacionesgeográficas y la represión de actos decompetencia desleal.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total157 las Partes Contratantes en el Conve-nio, en comparación con 78 en 1970, y100 en 1990.

Tratado de Cooperación en

materia de Patentes (PCT)

Otros seis países (Antigua y Barbuda,Argelia, Costa Rica, Dominica, Marrue-cos y la República Unida de Tanzanía) seadhirieron al Tratado de Cooperación enmateria de Patentes en 1999. En virtud delPCT, firmado en 1970, se puede solicitarla protección de una invención por patentesimultáneamente en un gran número depaíses; para ello sólo hay que rellenar unasolicitud “internacional” de patente.Cualquier nacional o residente en un Esta-do contratante puede presentar una solici-tud de patente. El PCT estipula los requi-sitos formales a los que debe atenersecualquier solicitud internacional. Desdesu firma, el PCT ha experimentado unauge considerable.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total106 las Partes Contratantes en el Tratado,en comparación con 15 en 1978, y 43 en 1990.

Arreglo y Protocolo de Madrid

El sistema de Madrid relativo al RegistroInternacional de Marcas (sistema deMadrid) se rige por dos tratados: el Arre-glo de Madrid relativo al Registro Interna-cional de Marcas y el Protocolo concer-niente al Arreglo de Madrid relativo alRegistro Internacional de Marcas.

En virtud del Arreglo de Madrid, firmadoen 1891, se puede proteger una marca enun gran número de países presentandouna solicitud de registro internacional quetiene vigor en cada una de las PartesContratantes previamente designadas enla solicitud internacional. Al 31 dediciembre de 1999, eran en total 51 lasPartes Contratantes en el Arreglo deMadrid, en comparación con 21 en 1970,y 29 en 1990.

En 1999, siete países (Antigua y Barbuda,Austria, el Japón, Letonia, Marruecos,Sierra Leona y Turkmenistán) se adhirie-ron al Protocolo de Madrid, con lo que, al31 de diciembre de 1999, eran en total 43las Partes Contratantes en el Protocolo, encomparación con 9 en 1996 y 34 en 1998.

El Protocolo de Madrid se firmó en 1989a fin de introducir nuevos elementos en elsistema de Madrid, en particular, la nece-sidad de solucionar las dificultades queimpiden que determinados países seadhieran al Arreglo de Madrid, para queel sistema sea más flexible y más compa-tible con las legislaciones nacionales delas Partes Contratantes.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total64 las Partes Contratantes en el Arreglode Madrid y/o el Protocolo de Madrid.

Tratado sobre el Derecho de

Marcas (TLT)

En 1999, tres países (Egipto, Irlanda yLetonia) se adhirieron al Tratado sobreel Derecho de Marcas, firmado en 1994,con objeto de facilitar el uso de siste-mas nacionales y regionales de registrode marcas mediante la simplificación yarmonización de los procedimientos.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total25 las Partes Contratantes en el Tratado,en comparación con 7 en 1997, y 21 en 1998.

Arreglo de Niza

En 1999, dos países (la República Unidade Tanzanía y el Uruguay) se adhirieronal Arreglo de Niza relativo a la Clasifica-ción Internacional de Productos y Servi-cios para el Registro de las Marcas. ElArreglo, firmado en 1957, establece unaclasificación de productos y servicios aefectos de registro de marcas de fábrica ode comercio y marcas de servicio. La cla-sificación contiene una lista de clases(basada en los tipos de productos y servi-cios), a saber, 34 para productos y 8 paraservicios, y una lista por orden alfabéticode dichos productos y servicios.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total60 las Partes Contratantes en el Arreglo,en comparación con 25 en 1970, y 34 en1990.

Arreglo de Locarno

En 1999, dos países (Grecia y el Uru-guay) se adhirieron al Arreglo de Locarnoque establece una Clasificación Interna-cional de Dibujos y Modelos Industriales.Firmado en 1968, este arreglo estableceuna clasificación en relación con los dibu-jos y modelos industriales, a saber, 32

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200019

Nuevos miembros de los tratados administrados por la OMPI en el ámbito de la propiedad industrial

Page 20: Revista de la OMPI, Número 2, 2000

clases y 223 subclases sobre la base de losdiferentes tipos de productos. Tambiéncontiene una lista por orden alfabético deproductos con una indicación de las clasesy subclases a las que corresponden losdistintos productos. La lista contiene cer-ca de 6320 indicaciones de diferentestipos de productos.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total37 las Partes Contratantes en el Arreglo,en comparación con 7 en 1972, y 15 en1990.

Arreglo de Estrasburgo (IPC)

En 1999, dos países (Croacia y el Uru-guay) se adhirieron al Arreglo de Estras-burgo relativo a la Clasificación Interna-cional de Patentes (IPC), firmado en1971, que divide la técnica en ocho sec-ciones y, aproximadamente, 67.000 subdi-visiones, a cada una de las cuales corres-ponde un símbolo asignado por la oficinanacional o regional de propiedad indus-trial que publica la patente. Al 31 dediciembre de 1999, eran en total 45 lasPartes Contratantes en el Arreglo, en com-paración con 20 en 1976, y 27 en 1990.

Acuerdo de Viena

En 1999, dos países (Austria y el Uruguay)se adhirieron al Acuerdo de Viena por elque se establece una clasificación interna-cional de los elementos figurativos de lasmarcas. Firmado en 1973, este acuerdoestablece un sistema de clasificación delas marcas que consisten en un elementofigurativo o que contienen tales elemen-tos. La clasificación está dispuesta en tor-no a 29 categorías, 144 divisiones y alre-dedor de 1600 secciones.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total15 las Partes Contratantes en el Acuerdo,en comparación con 5 en 1986 y en 1990.

Tratado de Budapest

En 1999, dos países (Irlanda y Rumania),se adhirieron al Tratado de Budapestsobre el Reconocimiento Internacional delDepósito de Microorganismos a los finesdel Procedimiento en materia de Patentes.La particularidad de este tratado, firmadoen 1977, reside en el hecho de que cual-quier Estado contratante que permita osolicite el depósito de microorganismos aefectos del procedimiento en materia depatentes debe aprobar, con ese fin, eldepósito del microorganismo ante cual-quier “autoridad internacional de depósi-to”, independientemente de que dichaautoridad forme o no parte del territoriodel Estado en cuestión. Ese procedimien-to elimina la obligación de proceder a undepósito en cada país en el que se solicitaprotección.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total48 las Partes Contratantes en el Tratado,en comparación con 8 en 1981, y 24 en1990.

Arreglo de La Haya

En 1999, Marruecos se adhirió al Acta deLa Haya (1960) y al Acta complementariade Estocolmo (1967) del Arreglo de LaHaya relativo al depósito internacional dedibujos y modelos industriales. Firmadoen 1925, este arreglo ofrece la posibilidadde obtener protección para dibujos ymodelos industriales en varios Estados ymediante un único depósito en la OMPI.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total29 las Partes Contratantes en el Arreglo,en comparación con 14 en 1970, y 20 en 1990.

Arreglo de Lisboa

En 1999, Yugoslavia se adhirió al Arreglode Lisboa relativo a la Protección de lasDenominaciones de Origen y su RegistroInternacional. Este acuerdo se firmó en1958 y contempla la “protección de ladenominación geográfica de un país, deuna región o de una localidad que sirvapara designar un producto originario delmismo y cuya calidad o características sedeben exclusiva o esencialmente al mediogeográfico, comprendidos los factoresnaturales y los factores humanos”.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total19 las Partes Contratantes en el Arreglo,en comparación con 9 en 1970, y 16 en 1990.

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200020

Page 21: Revista de la OMPI, Número 2, 2000

Convenio de Berna

En 1999, 11 países (Antigua y Barbuda,Azerbaiyán, Bangladesh, Bélgica (Actade París), Dominica, Jordania, Kazajstán,Kirguistán, Liechtenstein (Acta deParís), Omán y Tayikistán) se adhirieronal Convenio de Berna para la Protecciónde las Obras Literarias y Artísticas, unode los fundamentos del sistema interna-cional de protección del derecho deautor. El Convenio, cuya firma seremonta a 1886, establece y define lasnormas mínimas de protección de losderechos económicos y morales de losautores de obras literarias y artísticas.

El número de Partes Contratantes en elConvenio de Berna pasó de 59 en 1970,a 84 en 1990, y 142 al 31 de diciembrede 1999.

Convención de Roma

En 1999, tres países (Letonia, Liechten-stein y Lituania) se adhirieron a laConvención Internacional sobre la protec-ción de los artistas intérpretes o ejecu-

tantes, los productores de fonogramas ylos organismos de radiodifusión. LaOMPI se encarga de la administración dela Convención de Roma, firmada en 1961,junto con la Oficina Internacional del Tra-bajo (OIT), y la Organización de lasNaciones Unidas para la Educación, laCiencia y la Cultura (UNESCO).

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total63 las Partes Contratantes en la Conven-ción, en comparación con 11 en 1970, y35 en 1990.

Convenio de Ginebra (Fonogra-

mas)

En 1999, tres países (Liechtenstein, Litua-nia y Ucrania) se adhirieron al Conveniopara la protección de los productores defonogramas contra la reproducción noautorizada de sus fonogramas. Firmadoen 1971, el Convenio de Ginebra obliga acada Estado contratante a proteger a todoslos productores de fonogramas que seannacionales de los otros Estados contra-tantes contra las reproducciones no autori-zadas por los productores, así como

contra la importación de esas reproduc-ciones, cuando se trate de una importa-ción a efectos de distribución al público,así como contra la distribución al públicode esas copias.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total60 las Partes Contratantes en el Convenio,en comparación con 8 en 1974, y 43 en 1990.

Convenio de Bruselas

En 1999, dos países (Costa Rica y Jamai-ca) se adhirieron al Convenio sobre la dis-tribución de señales portadoras de progra-mas transmitidas por satélite. Firmado en1974, el Convenio prevé la toma de medi-das para impedir que, en o desde el terri-torio de un Estado contratante se distri-buya cualquier señal portadora de unprograma a través de un satélite.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total24 las Partes Contratantes en el Convenio,en comparación con 5 en 1980.

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200021

Nuevos Estados parte en los tratados administradospor la OMPI en el ámbito del derecho de autor

1970

0

20

40

60

80

100

120

140

160

180

200

1980 1990 1999

Convenio de la OMPI

En 1999, dos países (Antigua y Barbuda y la Repúblicade Seychelles) se adhirieron al Convenio que establece laOrganización Mundial de la Propiedad Intelectual, firma-do en Estocolmo el 14 de julio de 1967 y que entró envigor en 1970.

Al 31 de diciembre de 1999, eran en total 173 los Estadosmiembros de la OMPI, en comparación con 13 en 1970,y 126 en 1990.

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Calendario de reuniones

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200022

REV

ISTA

DE

LAO

MPI

13 a 17 de marzo (Ginebra)Asamblea de la Unión del PCT (Tratado de

Cooperación en materia de Patentes) (Vigésimo octa-

vo período de sesiones)

La Asamblea debería aprobar las enmiendas al Reglamentodel PCT que guardan relación con el proyecto de Tratadosobre el Derecho de Patentes, y examinar la aplicación dela presentación y tramitación electrónicas de los registrosinternacionales.Invitaciones: En calidad de miembros, los Estados con-tratantes del PCT; en calidad de observadores, los Estadosparte en el Convenio de París para la Protección de laPropiedad Industrial que no son parte en el PCT, así comociertas organizaciones intergubernamentales y no guberna-mentales.

13 a 17 de marzo (Ginebra)Comité de Expertos de la Unión IPC (Vigésima novena

sesión)

El Comité examinará, entre otras cosas, las actividadesrelacionadas con la reforma en curso de la ClasificaciónInternacional de Patentes.Invitaciones: En calidad de miembros, los Estados miem-bros de la Unión de Estrasburgo; en calidad de obser-vadores, otros Estados y ciertas organizaciones.

22 a 24 de marzo (Ginebra)Grupo de Trabajo sobre Reforma Constitucional

(Primera reunión)

El Grupo de Trabajo examinará y estudiará las propuestasrelativas a la reforma constitucional, y presentará uninforme sobre el avance de sus trabajos a las Asambleas delos Estados miembros.Invitaciones: Estados miembros de la OMPI y de lasUniones de París y de Berna.

27 a 31 de marzo (Ginebra)Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas,

Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones

Geográficas (Cuarta sesión)

El Comité continuará sus trabajos sobre la base de losresultados de su tercera sesión (celebrada del 8 al 12 denoviembre de 1999).Invitaciones: En calidad de miembros, los Estados miem-bros de la OMPI y otras delegaciones admitidas comomiembros por el Comité; en calidad de observadores, otrosEstados y ciertas organizaciones.

11, 12 y 14 de abril (Ginebra)Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos

Conexos (Cuarta sesión)

El Comité continuará su labor sobre la base de los resulta-dos de su tercera sesión (celebrada del 16 al 20 de noviem-bre de 1999).Invitaciones: En calidad de miembros, los Estados miem-bros de la OMPI y/o de la Unión de Berna, así como lasComunidades Europeas; en calidad de observadores, otrosEstados y ciertas organizaciones.

12 y 14 de abril (Ginebra)Comité Preparatorio de la Conferencia Diplomática de

la OMPI sobre Interpretaciones o Ejecuciones

Audiovisuales

El Comité Preparatorio elaborará las recomendaciones quese presentarán a la Asamblea General de la OMPI relativasa la convocación de una Conferencia Diplomática sobreInterpretaciones o Ejecuciones Audiovisuales, incluyendolas fechas, el lugar de reunión, las invitaciones y elreglamento interno.Invitaciones: En calidad de miembros, los Estados miem-bros de la OMPI; en calidad de observadores, otrosEstados.

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REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200023

REV

ISTA

DE

LAO

MPI

13 y 14 de abril (Ginebra)Asamblea General de la OMPI (undécimo período

extraordinario de sesiones)

La Asamblea General examinará las recomendaciones delComité Preparatorio de la Conferencia Diplomática de laOMPI sobre Interpretaciones o Ejecuciones Audiovisualesy adoptará una decisión sobre la convocación de unaConferencia Diplomática.Invitaciones: En calidad de miembros, los Estados miem-bros de la OMPI; en calidad de observadores, otrosEstados y ciertas organizaciones.

11 de mayo a 2 de junio (CICG, Ginebra)Conferencia Diplomática relativa al propuesto Tratado

sobre el Derecho de Patentes

La Conferencia Diplomática debería adoptar el Tratadosobre el Derecho de Patentes y su Reglamento.Invitaciones: En calidad de miembros ordinarios, losEstados miembros de la OMPI y los Estados parte en elConvenio de París para la Protección de la PropiedadIndustrial; en calidad de miembros especiales, laOrganización Africana de la Propiedad Intelectual, laOrganización Regional Africana de la Propiedad Industrial,la Organización Eurasiática de Patentes y la OrganizaciónEuropea de Patentes; en calidad de observadores, losEstados miembros de las Naciones Unidas que no seanmiembros de la OMPI o de la Unión de París, así comociertas organizaciones intergubernamentales y no guberna-mentales.

3 a 6 de julio (Ginebra)

Grupo de Trabajo sobre Reforma Constitucional

(Segunda reunión)

El Grupo de Trabajo continuará su labor sobre la base delos resultados de su primera reunión (celebrada del 22 al 24de marzo de 2000).Invitaciones: Estados miembros de la OMPI y de lasUniones de París y de Berna.

10 a 14 de julio (Ginebra)Comité Permanente de Tecnologías de la Información

(SCIT) (Quinta sesión plenaria)

El Comité examinará, entre otras cosas, las metodologíasde gestión de los proyectos que ejecutará la OMPI, asícomo los mecanismos de planificación concernientes alPlan Estratégico de Ejecución en materia de Tecnologías dela Información.Invitaciones: En calidad de miembros, los Estados miem-bros de la OMPI y ciertas organizaciones; en calidad deobservadores, otros Estados y ciertas organizaciones.

25 de septiembre a 3 de octubre (Ginebra)Asambleas de los Estados miembros de la OMPI

(Trigésima quinta serie de reuniones)

Algunas de las Asambleas se reunirán en período extraordi-nario de sesiones, y otros órganos en períodos ordinarios desesiones.Invitaciones: En calidad de miembros u observadores (enfunción de la asamblea), los Estados miembros de laOMPI; en calidad de observadores, otros Estados y ciertasorganizaciones.

2 a 13 de octubre (Ginebra)Comité de Expertos de la Unión de Niza (Unión espe-

cial para la Clasificación Internacional de Productos y

Servicios para el Registro de las Marcas (Decimoctava

sesión)

El Comité de Expertos examinará las propuestas deenmienda y otras modificaciones de la séptima edición dela Clasificación Internacional de Productos y Servicios(Clasificación de Niza), habida cuenta de la entrada en vigor de la octava edición el 1 de enero de 2002.Invitaciones: Los Estados miembros de la Unión de Nizay, en calidad de observadores, los Estados miembros de laUnión de París que no sean miembros de la Unión de Niza,la Organización Africana de la Propiedad Intelectual, laOficina de Marcas del Benelux y la Oficina para laArmonización del Mercado Interior (Marcas y Dibujos yModelos).

Page 24: Revista de la OMPI, Número 2, 2000

La OMPI publicó los nuevos produc-

tos siguientes:

Acta de Ginebra (1999) del Arreglo de La Hayarelativo al registro internacional de dibujos ymodelos industriales (S) Nº 453 gratuito.

Productos

REVISTA DE LA OMPI - FEBRERO DE 200024

Se pueden obtener las publicaciones de la OMPI dirigiéndose a la Sección de Comercialización y Divulgación :

OMPI

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