resolucion 2400

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Resolucin 2400-79

Resolucin 2400-79Presentado por:Aura Maria CampoAndrea Cifuentes BeltranMichel Stiven EncisoQu nos dice esta resolucin?Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

objetivos Preservar y mantener la salud fsica y mental. Prevenir: accidentes y enfermedades profesionales. Lograr condiciones de higiene y bienestar para los trabajadores que desempean diferentes actividades.

Disposiciones generalesCampo de aplicacin: Las disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad; con el fin de preservar y mantener la salud fsica y mental, prevenir accidentes y enfermedades profesionales, para lograr las mejores condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores en sus diferentes actividades.Obligaciones de los patronosINMUEBLES DESTINADOS A ESTABLECIMIENTOS DE TRABAJOServicios de higieneAlcantarillado pblico:InodoroLavamanosOrinalDucha1 por cada 15 empleadosSeparados por sexoDotados elementos de aseo: papel higinico, recipientes recoleccin, toallas de papel, jabn y desodorante.

Lavamanos

sean comunes o colectivos, se puede considerar que cada sesenta (60) centmetros longitudinales con su grifo correspondiente equivale aun lavamanos individual.Duchas Operaciones calurosas, sucias, polvorientasExpuestos sustanciasToxicasInfecciosasIrritantes para la pielAgua: Fra, caliente.

Higiene en los lugares de trabajoOrden y limpieza:Todos los sitios de trabajo, pasadizos, bodegas y servicios sanitarios debern mantenerse en buenas condiciones de higiene y limpieza. Por ningn motivo se permitir acumulacin de polvo, basuras y desperdicios o proliferacin de insectos.

Evaluacin de residuos o desechosTodos los desperdicios y basuras se debern recolectar en recipientes que permanezcan tapados; se evitara la recoleccin o acumulacin de desperdicios susceptibles de descomposicin, que puedan ser nocivos para la salud de los trabajadores.La evacuacin y eliminacin de estos residuos se efectuara por procedimientos adecuados y previo tratamiento de los mismos de acuerdo a las disposiciones higienicosanitarias vigentes.Campamentos de los trabajadoresCampamentos provisionales Campamentos de duracin no mayor aun ao.Los pisos podrn ser de ladrillo, piedra, cemento menos de tierra. Los techos pueden ser de paja, teja metlica, asbesto o de matera con cielorraso. Las paredes podran ser de bahareque, tapia pisada.El ancho de este campamento medido interiormente ser de siete(7) metros.Cada cama debe medir 1.60 x 1.30 metros a una distancia de 80 cmCampamentos permanentesCampamentos definitivos para centros laborales estables.Sern construidos en terrenos estables, deber haber fuentes de agua potable cerca, construccin de servicios sanitario o en su defecto letrinas de hoyo ciego, deber contar con cocina.las camas tendrn una distancia de 1m entre ellas.Los comedores, dormitorios y sanitarios colectivos no deben ubicarse juntos.Contar con servicios mdicos (dispensario)

NORMAS GENERALES SOBRE RIESGOS FISICOS, QUIMICOS Y BIOLGICOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE TRABAJO Temperatura, humedad y calefaccin:Lugares de trabajo con fuentes de calor, como: cuerpos incandescentes hornos de altas temperaturasDebern: adaptarse dispositivos adecuados para reflexinaislamiento del calor trabajadores debern utilizar los elementos de proteccin adecuados.Los trabajadores debern estar protegidos por medios naturales o artificiales de:Corrientes de airecambios bruscos detemperaturahumedadsequedad excesivaSe proteger a los trabajadores contra la accin del sol, las corrientes de aire.

Ventilacin Al usarc cualquier sistema de ventilacin, deber proporcionarse una o varias salidas de aire colocadas de preferencia en la parte superior de la edificacin; el aire suministrado no deber contener sustancias nocivas.Lugar o tipos de ocupacin pies cbicos/minuto/pies2:Industrias en general que no desprendan agentes insalubres, txicos, ni inflamables.1.Garajes (ventilacin mecnica).1.Gimnasios.1.5.Sanitarios cuartos de bao.3.Sala carga de baterias.2.Comedores.1.5.Cabinas de soldadura electrica.50.Salad de limpieza abrasiva.100.Los sistemas de ventilacin se mantendrn en perfecto estado.

iluminacin De acuerdo actividad:

Natural: ventanas Artificial Focos Altura Superficie local Trabajo realizado Trabajo nocturno Sistema emergenciaSe deber tener en cuenta la cantidad de luz para cada tipo de trabajo,

Ruidos y vibraciones Reducir Amortiguar Revisar maquinaria mal estado Proteccin:TaponesOrejeras Exposicin:Audiometras semestralesMximo permitido en:Bodegas (maquinaria): 85 decibelesOficinas (trabajo acadmico): 70 decibeles

radiacionesionizantesSon radiaciones electromagnticas o corpusculares capaces de producir iones, directa e indirectamente, a su paso a travs de la materia y comprende la radiaciones emitidas por los tubos rayos x, y los aceleradores de partculas.Estas debern ser controladas para lograr niveles de exposicin que no afecten la salud, las funciones biolgicas, ni la eficiencia de los trabajadores de la poblacin en general .No ionizantes: ultravioletas, infrarrojas y radiofrecuencias.Ultravioletas: son comprendidas entre intervalo del espectro solar que se extiende desde la mas larga longitud de onda de los rayos x, y mas corta longitud del espectro visible.Infrarrojas: son aquellas situadas el otro lado rojo visible en el espectro solar .Radiofrecuencia: es las radiacin electromagntica cuya longitud de onda esta comprendida entre 1 mm y 3000 metros.Electricidad alterna, continua, estticaTodas la instalaciones, maquina, aparatos y equipos electrnicos, sern construidos, instalados, protegidos, aislados y conservados, de tal manera que se eviten los riesgos de contacto accidental con los elementos bajo tensin (diferencia de potencial) y los peligros de incendio.

Concentraciones mximas permisiblesConcentracin atmosfrica de un material peligroso que no alcanza a afectar la salud de un trabajador a ella expuesto en jornada diaria de ocho horas, durante un prolongado periodo de tiempo.

Contaminacin ambiental Para obtener los establecimientos de trabajo un medio ambiente que no perjudique la salud de los trabajadores, por los riesgos qumicos a que estn expuestos, se deber adoptar todas las medidas necesarias para controlar en forma efectiva los agentes nocivos preferentemente en su origen, pudindose aplicar uno o varios de los siguientes mtodos: sustitucin de substancias, cambio o modificacin del proceso, encerramiento o aislamiento de procesos personal; solo se aplicara cuando los anteriores citados sean insuficientes para si mismos o en combinacin.Sustancias inflamables y explosivasEn los establecimientos de trabajo se tomaran medidas de prevencin contra las exposiciones o incendios producidos por gases o vapores inflamables, por medio de los siguientes procedimientos:Evitando la elevacin de la temperaturaAlmacenndolos en tanques subterrneos en recipientes de seguridadEliminando las fuentes de ignicin por medio del arreglo de procesos, lmparas con cubierta a prueba de vapor, equipo elctrico a prueba de chispas controlando la electricidad esttica.Evitando en mtodos de manejo de derrames y las fugas.Empleando en algunos procesos especiales, gases fuertes como el bixido de carbono o el nitrgeno, para producir una atmosfera incombustible.Sustancias infecciosas y toxicasLos patronos estn obligados a ejercer un control de higiene, sanidad y asepsia en todas las dependencias de estos lugares de trabajo, para evitar que los trabajadores se contaminen por la descomposicin o putrefaccin de las materias de origen animal o vegetal y por la presencia de grmenes o virus en los ambientes de trabajo.Los recipientes que contengan sustancias peligrosas estarn pintados, marcados o provistos de etiquetas de una manera caracterstica para que sean fcilmente identificables y acompaados de instrucciones.

ROPA DE TRABAJO EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCINRopa de trabajoEn todos los establecimientos de trabajo se suministrar a los trabajadores ropa de trabajo adecuada: segn los riesgos a que estn expuestos. de acuerdo a la naturaleza del trabajo que se realice.Las ropas de trabajo debern ajustar bien; no debern tener partes flexibles que cuelguen, cordones sueltos, ni bolsillos demasiado grandes.

Equipos y elementos de proteccinen todos los establecimientos de trabajado en donde los trabajadores estn expuestos a riesgos fsicos ,mecnicos, qumicos, biolgicos, etc., los patronos suministrados los equipos de proteccin adecuados, segn la naturaleza del riesgo, que renan las condiciones de seguridad y eficiencia para el usuario.

Colores de seguridadCdigo de colores:En todos los establecimientos de trabajo en donde se lleven a cabo operaciones y/o procesos que integren:AparatosMquinasEquiposDuctosTuberas;Y dems instalaciones locativas necesarias para su funcionamiento se utilizarn los colores bsicos recomendados por la American Standards Association (A.SA.) y otros colores especficos, para identificar los elementos, materiales, etc. y dems elementos especficos que determinen y/o prevengan riesgos que puedan causar accidentes o enfermedades profesionales.

PREVENCIN Y EXTINCIN DE INCENDIOSPrevencin de incendios: en todos los establecimientos de trabajo que ofrezcan peligro de incendio, ya ser por emplearse combustibles o explosivos o por cualquier otra circunstancia, se tomara medidas para evitar estos riesgos, disponindose, tanques de deposito de reserva o aparatos extinguidores, con personal debidamente entrenado en extincin incendios.

Extincin de incendios: todo establecimiento de trabajo deber contar con extinguidores de incendio, de tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo . El equipo que se disponga para combatir incendios, deber mantenerse en perfecto estado de conservacin y funcionamiento, y ser revisados como mnimo una vez al ao.

Manejo de explosivosEn los trabajos relacionados con el manejos de explosivos, deber evitarse la presencia de toda fuente de calor que pueda dar lugar a una exposicin. Queda terminantemente prohibido exponer los explosivos a la luz directas del sol, postrar fsforos o encendedores, o efectuar trabajo en caliente, hasta una distancia de 20 metros de dichos explosivos.

Transporte de explosivostoda persona o empresa propietaria de vehculos destinados ocasionalmente o permanentemente al transporte de explosivos, deber acatar y hacer cumplir en todas su partes lo previsto en estas disposiciones sin perjuicio a cualquiera otras medidas que se dicten sobre las seguridad del transporte.

Locales destinados a polvorinesEstar situados a una distancia suficiente de todo edificio o zona habitada, carreteas y vas frreas, teniendo en cuanta la cantidad de explosivos y detonantes que se van a almacenar, de acuerdo con las normas que determine la industria militar.Estar construidos slidamente ya a prueba de balas y fuego.Debern mantenerse los pisos, techos y el rea a su alrededor limpios, secos, bien ventilados y frescos .La iluminacin artificial del rea y dentro de los polvorines, deber hacerse por medio de proyectores a distancia o como linternas o equipo de alumbrado elctrico de tipo antideflagrante.Todo polvorn deber estar protegido con un sistema de pararrayos que cubra su rea total, sin que ninguna de las partes del sistema tenga contacto con la estructura del polvorn.Barrenos y voladurasSe deber examinar cuidadosamente la superficie o frente antes de perforar el barreno, a fin de determinar la posible presencia de explosivo no detonado. Se examinara el barreno perforado con una vara de atacadura de madera, o con cinta de medir (metro o madera), para determinar su condicin antes de cargar.

Maquinas, equipos y aparatos en generalMaquinas, herramientas y maquinas industriales:Las maquinas-herramientas, motores y transmisiones estarn provistos de desembragues u otros dispositivos similares que permitan pararlas instantneamente, y de forma tal que resulte imposible todo embrague accidental.Equipos, tanques y recipientes de almacenamiento :Los tanques, recipientes, cubas y pailas utilizadas como mezcladoras, agitadoras, o para depositar (almacenar) lquidos calientes, corrosivos cidos o alcalinos, venenosos, instalados a menos de dos metros de altura sobre el piso o nivel de trabajo, debern cubrirse con tapas ajustables de material antitrmico o anticorrosivo, o cercarse con barandas de material adecuado. En caso de que existan pasillos de menos de 80cm de ancho, entre uno o mas recipientes de almacenamiento, deber cerrarse al paso a las personas.Tuberas y conductosLos conductos o sistemas de tubera usados para el transporte de gases, vapores, lquidos substancias semilquidas o plsticas que puedan ofrecer algn peligro, debern ser instaladas de acuerdo a las recomendaciones dadas para estos casos y en especial las relacionadas con la instalacin o vigilancia.

Herramientas en generalHerramientas de mano:Las herramientas manuales que se utilicen en os establecimientos de trabajo sern de buena calidad y apropiadas al trabajo para el cual han sido fabricadas.Herramientas de fuerza motriz:Las herramientas porttiles accionadas por fuerza motriz, estarn construidas sin proyecciones de las partes expuestas con movimiento giratorio o alternativo, esta debern ser revisadas antes de utilizarse.Manejo y transporte de materiales Manejo y transporte manual de materiales :En los establecimientos de trabajo, donde los trabajadores tengan que manejar (levantar) y transportar materiales (carga), se instruir al personal sobre mtodos seguros para el manejo de materiales, y se tendrn en cuenta las condiciones fsicas del trabajador, el peso y el volumen de cargas, y el trayecto a recorrer, para evitar los grandes esfuerzos en estas operaciones .Manejo y transporte mecnico de materiales:Los equipos para el movimiento de materiales etc.; constantemente, de un lugar a otro, como los transportadores; los que mueven materiales, intermitentemente, de un lugar a otro, en un permetro indeterminado, como las vagonetas, sern construidas de materiales resistentes que ofrezcan seguridad en su manejo y transporteInstalaciones industriales operaciones y procesosGeneradores de vapor:Todas las calderas existentes en el pas ya sean importadas o de fabricacin nacional, irn acompaadas de un certificado en que se incluyan todas las especificaciones tcnicas, diseos y dimensiones usadas por el fabricante, el material resultado de todas las pruebas llevadas a cabo durante la fabricacin del material y la construccin de las caldera .Recipientes y tuberas sometidos a presin:Los recipientes a presin, sus accesorios y aditamentos debern construirse de acuerdo a las normas aprobadas por el instituto colombiano de normas tcnicas. (cilindros para gases comprimidos)Soldadura elctrica autgena y corte de metales:Los trabajos con soldadura y cortes se prohibirn en los locales que contengan materiales combustibles o en la proximidad de polvos, gases o vapores inflamables .Trabajos en aire comprimido:Ningn trabajador ser sometido a presiones atmosfricas anormales a menos que se tomen precauciones para controlar cuidadosamente el aumento o la disminucin de la presin, de tal manera que no se presenten lesiones corporales.Trabajos de pintura a presin :El patrono deber tomar las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los efectos dainos de las substancias usadas y prevenir los riesgos de incendio y explosin inherentes a este tipo de trabajoconstruccinDemolicin y remocin de escombro:En las reas donde se hagan demoliciones deber prohibirse la entrada a personas extraas, y tomarse las precauciones necesarias para evitar accidentes y daos a terceros.Deber removerse los escombros con prontitud de las reas donde se este efectuando una demolicin.Excavaciones:Se deber eliminar todo rbol, piedra suelta u obstculo que pueda originar posibles riesgos durante el desarrollo del trabajo.Andamios y escaleras:Ser construidos en materiales resistentes, este debe permitir el movimiento seguro del trabajador. Tneles y trabajos subterrneos:En los trabajos de construccin de pozos, zanjas, galeras (tneles) y similares , se establecern las fortificaciones y revestimientos para la contencin de las tierras que sean necesarias, para obtener la mayor seguridad de dos trabajadores; las entibaciones sern revisadas al comenzar la jornada de trabajo:Canteras y trituracin:Todas las canteras debern disponer de medios seguros para la entrada y salida de las personas y paisajes adecuados para el transito de los trabajares.

Trabajo de mujeres y nios:Esta prohibido el trabajo en industrias para menores de 14 aos,Los menos de 18 aos no podrn trabajar de noche.Los menores de 18 y mayores de 16 podrn ser empleados en cualquier empresa de las operaciones, ocupaciones o procedimientos en por- de su formacin.Las mujeres embarazadas no podrn ser empleadas en trabajos nocturnos por mas de 5 horas.