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PROYECTO DE APOYO A LOS GOBIERNOS REGIONALES EN LA FORMALIZACIÓN DE LA MINERÍA ARTESANAL FASCÍCULO 3 Ministerio de Energía y Minas

Proyecto de Apoyo a Los Gobiernos Regionales en La Formacion de La Mineria Artesanal

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PROYECTO DE APOYO A LOS

GOBIERNOS REGIONALES EN

LA FORMALIZACIÓN DE LA

MINERÍA ARTESANAL

FASCÍCULO 3

Ministeriode Energía y Minas

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SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

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Seguridad y Salud Ocupacional

TEMA Nº 7

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CONTENIDO

CAPÍTULO I: INTRODUCCIÓN ...........................................................................................................2

CAPÍTULO II: AUTORIDAD MINERA ...................................................................................................3

2.1 DGM ..........................................................................................................................................3

2.2 OSINERGMIN ............................................................................................................................3

2.3 GOBIERNOS REGIONALES – DREM.........................................................................................4

2.4 FISCALIZACIÓN ........................................................................................................................4

2.5 SANCIONES ..............................................................................................................................4

CAPÍTULO III: GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OCUPACIONAL .........................................................5

3.1 LIDERAZGO Y COMPROMISO .................................................................................................5

3.2 POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ............................................................5

3.3 PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ...........................................6

3.4 COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ..............................................................6

3.5 EQUIPO DE PROTECCIÓN PROFESIONAL (EPP) ....................................................................7

3.6 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS

(IPERC) .......................................................................................................................................8

3.7 SALUD OCUPACIONAL ............................................................................................................9

3.8 SEÑALIZACIÓN DE ÁREAS DE TRABAJO Y CÓDIGO DE COLORES ......................................9

3.9 PERMISO ESCRITO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO (PETAR) ..................................................9

3.10 PRIMEROS AUXILIOS, ASISTENCIA MÉDICA Y EDUCACIÓN SANITARIA ............................10

3.11 EXAMEN PRE-OCUPACIONAL ...............................................................................................10

CAPÍTULO IV: GESTIÓN DE LAS OPERACIONES MINERAS ............................................................11

4.1 ¿QUÉ SON LOS ESTÁNDARES DE LAS OPERACIONES MINERAS? .......................................11

4.2 PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIOS ........................................................................11

4.2.1 Etiquetado y hojas de datos de seguridad de sustancias y materiales

peligrosos HDSM (MSDS) ..........................................................................................................12

4.2.2 Uso de mercurio en recuperación de oro .........................................................................12

4.2.3 Orden de limpieza ............................................................................................................13

4.2.4 Manejo de residuos y sólidos domésticos e industriales ......................................................14

4.3 MONITOREO DE RUIDO .......................................................................................................14

4.4 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN EL TRABAJO .................................................................14

4.5 REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD OCUPACIONAL ................................................15

4.6 PLAN DE MINADO ANUAL ....................................................................................................15

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En el sector minero, de acuerdo con las normas establecidas, entro en vigencia a partir de enero del 2011, el Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional (DS N° 055 – 2010 – EM), cuyo objetivo es prevenir la ocurrencia de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales.

Para ello es necesaria la participación activa de todos los involucrados, trabajadores, empleadores y el Estado, quienes deben de velar por su promoción, difusión y cumplimiento.

CAPÍTULO I: INTRODUCCIÓN

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2.1 DGM

El Ministerio de Energía y Minas es la autoridad minera competente en materia de políticas y normativas de Seguridad y Salud Ocupacional. Ejerce su competencia a través de la Dirección General de Minería, cuyas atribuciones son:

a. Proponer las normas y políticas de Seguridad y Salud Ocupacional para las actividades mineras.

b. Incentivar la implementación de sistemas de gestión preventiva que tienda a mejorar las condiciones de trabajo en la actividad minera, de acuerdo con los avances técnicos y científicos.

c. Autorizar a las instituciones o titulares mineros para certificar la calificación de las competencias de los trabajadores del Sector Minero.

d. Difundir, a través de su página web, las estadísticas de incidentes, accidentes incapacitantes y accidentes mortales ocurridos a nivel nacional.

e. Elaborar el informe técnico económico para fijar el Arancel de Fiscalización Minera, el que será establecido anualmente mediante resolución del Ministerio de Energía y Minas.

f. Verificar la implementación de los requisitos para otorgar autorizaciones especiales, uso de anfo sobre laboreo de mina subterránea y condiciones de operación distintas a las fijadas en los permisos vigentes, a solicitud y por cuenta del titular minero.

g. Elaborar y/o actualizar las guías para el mejor cumplimiento del presente reglamento, mediante resolución directoral de la Dirección General de Minería.

h. Otras que se le encarguen.

2.2 OSINERGMIN

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, es la autoridad minera competente para verificar el cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, para la mediana y la gran minería, conforme a las facultades y atribuciones contenidas en las normas vigentes.

T2.3 GOBIERNOS REGIONALES – DREM

Es competencia de los gobiernos regionales a través de las Direcciones Regionales de Energía y Minas (DREM), verificar el cumplimiento del reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional para el pequeño productor minero (PPM) y el productor minero artesanal (PMA), conforme a las facultades y atribuciones contenidas en los siguientes aspectos:

a. Fiscalizar las actividades mineras en lo que respecta al cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud ocupacional.

b. Disponer la investigación de accidentes fatales y casos de emergencia.

c. Ordenar la paralización temporal de actividades en cualquier área de trabajo de

CAPÍTULO II: AUTORIDAD MINERA

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la unidad minera, cuando existe indicios de peligro inminente, con la finalidad de proteger la vida y la salud de los trabajadores, equipos, maquinarias y ambiente de trabajo.

d. Resolver las denuncias presentadas contra los titulares mineros en materia de Seguridad y Salud ocupacional.

e. Otra que se señale en disposiciones sobre la materia.

2.4 FISCALIZACIÓN

Es un proceso de control sistemático, objetivo y documentado, realizado por la autoridad minera competente, para verificar el grado de cumplimiento de lo establecido en el nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional.

2.5 SANCIONES

Si a pesar de las advertencias y plazos otorgados para subsanar los hallazgos encontrados durante la fiscalización, el empleador demuestra incumplimiento; la autoridad minera competente tiene todas las facultades para sancionar a fin de corregir los errores en materia de Seguridad y Salud Ocupacional.

Es la aplicación de los principios de la administración profesional, a la Seguridad y Salud Ocupacional.

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3.1 LIDERAZGO Y COMPROMISO

La alta gerencia del titular minero asumirá el liderazgo y compromiso con la aplicación del Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, incluyendo lo siguiente:

a. Estar comprometidos con los esfuerzos de seguridad y salud ocupacional de la empresa.

b. Administrar la seguridad y salud ocupacional de la misma forma que administra la productividad y calidad del trabajo.

c. Integrar la seguridad y la salud ocupacional en todas las funciones de la empresa, incluyendo el planeamiento estratégico.

d. Involucrarse personalmente y motivar a los trabajadores en el esfuerzo de cumplir con los estándares y normas relacionados con la seguridad y salud ocupacional.

e. Asumir su responsabilidad por la seguridad y salud ocupacional, brindando el apoyo económico necesario.

f. Liderar y predicar con el ejemplo, determinando la responsabilidad en todos los niveles.

g. Comprometerse con la prevención de incidentes, accidentes, lesiones y enfermedades ocupacionales, promoviendo la participación de los trabajadores en el desarrollo e implementación de actividades de Seguridad y Salud ocupacional entre otros.

h. Implementar las mejoras necesarias de acuerdo a la naturaleza y magnitud de los riesgos de seguridad y salud ocupacional de la empresa.

3.2 POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

La alta gerencia del titular minero establecerá la política de seguridad y salud ocupacional, siendo responsable de su implementación y desarrollo, de forma que brinde cobertura a todos los trabajadores; asegurándose, dentro del alcance definido de su sistema de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional, que:

a. Sea apropiada a la naturaleza y magnitud de los riesgos de seguridad y salud ocupacional de la empresa.

b. Incluya un compromiso de prevención de lesiones, enfermedades y de mejora continua.

c. Incluya un compromiso de cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente reglamento, en las normas legales y en las normas internas.

d. Establezca metas y objetivos de seguridad y salud ocupacional.e. Esté documentada, implementada y vigente.f. Sea comunicada a todos los trabajadores con la intención que ellos estén

conscientes de sus obligaciones individuales de seguridad y salud ocupacional.g. Esté disponible para todos los trabajadores y partes interesadas.h. Sea visible para todos los trabajadores, así como para los visitantes.

CAPÍTULO III: GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OCUPACIONAL

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i. Sea revisada periódicamente para asegurar que se mantenga relevante y apropiada para la empresa.

3.3 PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Documento que contiene el conjunto de actividades a desarrollar a lo largo de un año, sobre la base de un diagnóstico del estado actual del cumplimiento del sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional, establecido en el reglamento y otros dispositivos, con la finalidad de eliminar y controlar los riesgos para prevenir posibles incidentes, accidentes y/o enfermedades ocupacionales.

3.4 COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Es el órgano constituido por representantes de la empresa y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por las normas vigentes, nombrados para considerar los asuntos de Seguridad y Salud Ocupacional.

Todo titular minero con veinticinco (25) trabajadores o más (incluidos los trabajadores de empresas contratistas mineras y empresas contratistas de actividades conexas) por cada UEA o concesión minera, deberá constituir un Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, el cual deberá contar con un Reglamento de Constitución y Funcionamiento. Dicho comité deberá ser paritario, es decir, con igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora, y estará integrado hasta por doce (12) miembros, incluyendo:

a. Gerente General o la máxima autoridad de la empresa.b. Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional.c. Médico del Programa de Salud Ocupacional.d. Otros integrantes nominados por el titular minero.e. Representantes de los trabajadores que no ostenten el cargo de supervisor

o realicen labores similares y que el trabajo que desempeñen sea por cuenta del titular minero o de las empresas contratistas mineras o de las empresas contratistas de actividades conexas.

Tales representantes serán elegidos por el plazo de un año, mediante votación secreta y directa, en concordancia con el proceso contenido en el ANEXO Nº 18 del nuevo reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional. Dichos miembros serán capacitados en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.

3.5 EQUIPO DE PROTECCIÓN PROFESIONAL (EPP)

Los equipos de protección personal serán utilizados obligatoriamente por todos los trabajadores, teniendo en cuenta:

• Queda terminantemente prohibido el ingreso de trabajadores a las instalaciones de la unidad minera y efectuar trabajos de la actividad minera sin tener en uso sus dispositivos y EPP, que cumplan con las especificaciones técnicas de seguridad nacional o con las aprobadas internacionalmente.

• En las labores que por la naturaleza del trabajo se requiera cambio de vestimenta, se dispondrá el cambio de ropa antes y después de ellas. Dicho cambio se realizará en vestuarios instalados para el caso, debidamente implementados, mantenidos y aseados.

• A los trabajadores que ejecutan labores especiales y peligrosas se les dotará de EPP adecuados al trabajo que realizan. Los EPP deben estar en perfecto

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estado de funcionamiento, conservación e higiene. • Los trabajadores expuestos a sustancias infecciosas, irritantes y tóxicas se

cambiarán la ropa de trabajo antes de ingerir alimentos o abandonar el lugar o área de trabajo. Esta ropa se dispondrá en lugares asignados para ello.

3.6 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS (IPERC)

El titular minero deberá identificar permanentemente los peligros, evaluar y controlar los riesgos a través de la información brindada por todos los trabajadores en los aspectos que a continuación se indica en:

a. Los problemas potenciales que no se previó durante el diseño o el análisis de tareas.

b. Las deficiencias de los equipos y materiales.c. Las acciones inapropiadas de los trabajadores.d. El efecto que producen los cambios en los procesos, materiales o equipos.e. Las deficiencias de las acciones correctivas.f. El lugar de trabajo, al inicio y durante la ejecución de la tarea que realizarán

los trabajadores, la que será ratificada o modificada por el supervisor con conocimiento del trabajador y, finalmente, dará visto bueno el ingeniero supervisor previa verificación de los riesgos identificados y otros.

g. El desarrollo y/o ejecución de Estándares y Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro (PETS) de acuerdo ANEXO Nº 15-A y 15-B respectivamente del RSSO.

h. El Análisis de Trabajo Seguro (ATS) de acuerdo al ANEXO Nº 15-C, antes de la ejecución de la tarea.

i. En tanto perdure la situación de peligro se mantendrá la supervisión permanente.

3.7 SALUD OCUPACIONAL

La gestión de la salud ocupacional debe de promover y mantener a los trabajadores de todas las áreas, en el más alto nivel posible de bienestar físico, mental y social a fin de prevenir los peligros en el trabajo.

3.8 SEÑALIZACIÓN DE ÁREAS DE TRABAJO Y CÓDIGO DE COLORES

Las labores mineras subterráneas, a tajo abierto, en plantas concentradoras, en fundiciones y en refinerías, en talleres, en almacenes y demás instalaciones, deberán ser señalizadas de acuerdo al Código de Señales y Colores que se indica en el ANEXO Nº 11 del RSSO.

El uso del código de colores permite un rápido reconocimiento y es una advertencia de peligro, por tanto, el titular minero deberá adoptar las siguientes medidas de prevención de riesgos:

a. Se debe colocar letreros con el Código de Señales y Colores, en lugares visibles dentro del lugar de trabajo.

b. En las cartillas de seguridad deberá presentarse detalles completos del Código de Señales y Colores.

c. Las líneas de aire, agua, corriente eléctrica, sustancias tóxicas, corrosivas de alta presión y otros deben ser identificadas de acuerdo al Código de Señales y

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Colores, indicando el sentido de flujo en las tuberías con una flecha a la entrada y salida de las válvulas.

Los letreros referidos líneas arriba deberán ser colocados en puntos visibles y estratégicos de las áreas de alto riesgo identificadas, indicando el número de teléfono del responsable del área correspondiente.

3.9 PERMISO ESCRITO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO (PETAR)

Es un documento autorizado y firmado por el Ing. Supervisor y superintendente o responsable del área de trabajo y visado por el gerente del programa de Seguridad y Salud Ocupacional o en su ausencia de éste, por el Ing. de Seguridad, que permite efectuar trabajos en zonas o ubicaciones que son peligrosas y considerados de alto riesgo.

3.10 PRIMEROS AUXILIOS, ASISTENCIA MÉDICA Y EDUCACIÓN SANITARIA

Los pequeños productores mineros y productores mineros artesanales contarán con un centro asistencial permanente a cargo de un tecnólogo médico con especialidad en emergencias y desastres, enfermero o técnico de enfermería con supervisión periódica de un médico. En el caso de equipos de trabajo reducidos, en actividades itinerantes se deberá contar con, por lo menos, un trabajador capacitado en primeros auxilios además de un botiquín para este fin.

Todo titular minero deberá contar con una ambulancia para el transporte de pacientes con las siguientes características:

a. Que tenga un ámbito de acción de 25 Km ó 30 minutos como máximo;b. Que cuente con el equipo de comunicaciones apropiado para la zona;

c. Que cuente con las características de las ambulancias especificadas en la Norma Técnica de Salud para el Transporte Asistido de Pacientes por Vía Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial Nº 953-2006-MINSA, sus modificatorias y demás normas vigentes aplicables;

d. Que sea del Tipo I, cuando el titular minero tenga menos de 100 trabajadores;e. Que sea del Tipo II, cuando el titular minero tenga más de 100 trabajadores.3.11 EXAMEN PRE-OCUPACIONAL

Son exámenes que se realizan en forma anual a todos los trabajadores de la mina, con la finalidad de identificar y/o diagnosticar algunas enfermedades pre-ocupacionales, producto del desempeño de sus funciones en la mina y que pueda ocasionar el deterioro de la salud del trabajador.

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4.1 ¿QUÉ SON LOS ESTÁNDARES DE LAS OPERACIONES MINERAS?

El estándar es definido como el modelo, pauta o patrón que contienen los parámetros y los requisitos mínimos aceptables de medida, cantidad, calidad, valor, peso y extensión establecidos por estudios experimentales, investigación, legislación vigente y/o resultado del avance tecnológico, con los cuales es posible comparar las actividades de trabajo, desempeño y comportamiento industrial. Es un parámetro que indica la forma correcta de hacer las cosas.

El estándar satisface las siguientes preguntas: ¿Qué hacer?, ¿Quién lo hará?, ¿Cuándo se hará? y ¿Quién es el responsable de que el trabajo sea bien hecho?

4.2 PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIOS

En el manipuleo de materiales inflamables se deberá tener en cuenta lo siguiente:

a. Llevar un control riguroso de toda la existencia de combustibles y materiales inflamables.

b. Almacenar los combustibles y materiales inflamables, cuando estén contenidos en sus propios envases, colocándolos en depósitos especialmente dedicados a dicho objeto y tratando, en lo posible, de almacenar los distintos inflamables en forma independiente.

c. Guardar en depósitos especiales las pequeñas cantidades de aceites, lubricantes para el uso de las perforadoras, locomotoras, carros y otras maquinarias que sean guardadas en el subsuelo. Si el almacenaje se hiciera en depósitos enmaderados, éstos deberán ser cubiertos con un material no inflamable. Las puertas de acceso a los depósitos serán de materiales incombustibles.

d. Instalar las sub-estaciones eléctricas, instalaciones de bombas, ventiladores, cabrestantes o tornos y demás fuentes potenciales de incendios subterráneos, en casetas construidas con materiales incombustibles o preservados por tratamientos químicos o protegidos por revestimientos adecuados. Además, estarán provistos de conveniente ventilación.

e. Tener disponible en todas las instalaciones, tanto superficiales como subterráneas, equipo y materiales adecuados para combatir rápidamente cualquier amago de incendio, tales como extintores, arena, agua, mangueras y otros.

El titular minero debe cumplir las siguientes disposiciones:

a. Elaborar un programa contra incendios que comprenda:1. Un inventario de peligros sobre la base de un estudio de riesgos de incendio.2. Instrucciones detalladas y bien documentadas. 3. Capacitación.4. Determinación de obligaciones y responsabilidades para casos de emergencia.b. No efectuar el almacenamiento conjunto y prolongado de sustancias y materiales

que puedan reaccionar espontáneamente por oxidación y causar incendios.

CAPÍTULO IV: GESTIÓN DE LAS OPERACIONES MINERAS

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c. En los almacenes de materiales inflamables, los pisos serán impermeables e incombustibles.

d. La manipulación de los tanques de combustible y lubricantes, para el consumo directo en las operaciones mineras, deberán regirse de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM, sus reglamentos, sus modificatorias y demás normas vigentes aplicables.

e. Toda unidad operativa deberá contar con un sistema de alarma, cuyo funcionamiento será difundido a todo el personal.

f. Incluir la relación de los equipos de extinción en todo programa de prevención de incendios.

4.2.1 ETIQUETADO Y HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD DE SUSTANCIAS Y MATERIALES PELIGROSOS HDSM (MSDS)

El titular minero se asegurará que se coloque etiquetas adecuadas a todas las sustancias y materiales químicos almacenados, así como a aquellos que se encuentren en contenedores y dispensadores, en caso el material en el contenedor – dispensador no vaya a ser usado de inmediato.

Es obligación del titular minero mantener un archivo central de las HDSM (MSDS), las que serán puestas a disposición de los trabajadores para que éstos se familiaricen con la información que contienen para cada sustancia y material que manipulan.

4.2.2 USO DE MERCURIO EN RECUPERACIÓN DE ORO

En la recuperación de oro mediante amalgamación se tomará en cuenta lo siguiente:

a. No utilizar el mercurio en circuito abierto.

b. Evitar que el mercurio entre en contacto con la piel.

c. No ingerir alimentos ni fumar cuando se trabaja con el mercurio.

d. No usar recipientes que hayan contenido mercurio para guardar alimentos o bebidas.

e. Guardar el mercurio siempre cubierto por agua para evitar que se evapore al ambiente.

f. Mantener el mercurio lejos del alcance de los niños o madres gestantes.

g. Quemar el mercurio utilizando la retorta adecuada y asegurándose de hacerlo al aire libre, lejos de las áreas de viviendas.

h. Si al trabajar con mercurio se siente dolores de cabeza, escalofríos, vómitos, diarrea, sensación de opresión en general, síntomas propios de intoxicación por esta sustancia, el trabajador debe acudir de inmediato a un centro de salud y evitar continuar en ese ambiente.

4.2.3 ORDEN DE LIMPIEZA

El mantenimiento de edificaciones, plantas de beneficio y otras instalaciones del centro de trabajo en general deberá efectuarse teniendo en consideración las siguientes medidas:

a. Todo almacenamiento se debe realizar en los lugares autorizados. Los

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materiales inservibles deben ser retirados de los lugares de trabajo. Todo material reutilizable debe depositarse en forma clasificada en el almacén correspondiente. El material desechado debe ser eliminado.

b. Los almacenes deben contar con suficientes pasillos para permitir el fácil acceso a todo el material en los estantes o en el patio. Cada área del almacén debe tener lugares de estacionamiento debidamente señalizados.

c. Todos los accesos, pasillos y pisos deben estar siempre libres de aceites, grasas, agua, hoyos y toda clase de obstáculos a fin de facilitar el desplazamiento seguro de los trabajadores en sus tareas normales y/o emergencias.

d. Los caminos de tránsito de peatones y de vehículos deben estar demarcados y/o señalizados para garantizar una circulación segura y eficiente. Estos caminos deben seguir una ruta lógica para facilitar la circulación.

4.2.4 MANEJO DE RESIDUOS Y SÓLIDOS DOMÉSTICOS E INDUSTRIALES

El manipuleo de los residuos generados y/o producidos en la unidad minera deberá realizarse en concordancia con las disposiciones de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, sus modificatorias y demás normas vigentes aplicables y de acuerdo a lo establecido en el Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional elaborado por el titular minero.

Los residuos generados y/o producidos en la unidad minera como la ganga, desmonte, relaves, aguas ácidas, escorias, entre otros serán, según el caso, almacenados, encapsulados o dispuestos en lugares diseñados para tal efecto hasta su disposición final, asegurando la estabilidad física y química de dichos lugares, a fin de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

Se colocará recipientes de hierro u otro material incombustible en la salida a superficie de cada nivel, con el fin de que los trabajadores arrojen allí los sobrantes y productos de descomposición de las lámparas de carburo de calcio. Estos recipientes estarán instalados en lugares secos, aislados de materiales inflamables o explosivos y provistos de adecuada ventilación.

Está prohibido arrojar desperdicios en lugares que no sean los indicados adecuadamente.

4.3 MONITOREO DE RUIDO

Es importante realizar los monitores permanentes de ruido, principalmente en aquellas áreas donde trabajan maquinarias, equipos de mucho ruido, que pueden afectar la capacidad auditiva del trabajador; el mismo que mediante un aviso, debe estar señalizado sobre el uso obligatorio de los EPP.

4.4 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN EL TRABAJO

Se deberá tener un programa de capacitación diaria (charlas de seguridad), semanal, mensual y trimestral; cada una de ellas cumple funciones específicas, dirigidos a todo los trabajadores de la operación, quienes están obligados a recibir capacitación, conforme lo establece el Nuevo Reglamento.

4.5 REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD OCUPACIONAL

Es el conjunto de disposiciones que elabora y deberá cumplir el titular minero, en base a los alcances del Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, adecuándolo a las características particulares de la actividad minera que realiza.

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4.6 PLAN DE MINADO ANUAL

Es el documento que contiene todas las actividades o acciones a realizar, durante el periodo de un año y que comprende entre otros: La identificación de los límites de las área de exploración, explotación, preparación, beneficio y otras actividades inherentes, metodologías y parámetros de trabajo, equipos a ser utilizados, presupuesto y costos, personal, medidas de seguridad y Salud ocupacional y posibles impactos en el entorno y medidas a tomar frente a posibles eventos adversos.

Ernesto Sagua, Raúl Rojas

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Gestión Ambiental

TEMA Nº 8

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CONTENIDO

CAPÍTULO I: AUTORIDAD AMBIENTAL .................................................................................................3

1.1 NORMAS AMBIENTALES ...........................................................................................................3

1.2 DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES MINEROS (DGAAM) ...........................3

1.3 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y

MINERÍA (OSINERGMIN) ..........................................................................................................3

1.4 ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA)................................4

1.5 TRANSFERENCIA DE FUNCIONES A LOS GOBIERNOS REGIONALES EN

MATERIA DE MINERÍA ...............................................................................................................4

1.6 FISCALIZACIÓN AMBIENTAL ....................................................................................................6

1.7 SANCIONES ..............................................................................................................................6

CAPÍTULO II: MEDIO AMBIENTE.........................................................................................................7

2.1 PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ...................................................................................7

2.2 IMPACTOS AMBIENTALES PRODUCIDOS POR LA ACTIVIDAD MINERA

ARTESANAL ..............................................................................................................................7

2.2.1 Fuentes de contaminación ....................................................................................................8

2.2.2 Principales agentes contaminantes de la minería artesanal .....................................................8

2.3 EFECTOS DE LOS CONTAMINANTES .....................................................................................9

2.4 PRINCIPALES PROBLEMAS ECOLÓGICOS ...............................................................................9

2.4.1 Calentamiento global ..........................................................................................................9

2.4.2 Efecto invernadero .............................................................................................................9

2.4.3 Lluvia ácida .........................................................................................................................9

2.4.4 Destrucción de la capa de ozono ......................................................................................10

CAPÍTULO III: GESTIÓN AMBIENTAL................................................................................................11

3.1 GESTIÓN AMBIENTAL ............................................................................................................11

3.2 INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL .........................................................................11

3.2.1 Estándares de Calidad Ambiental (ECA) .............................................................................11

3.2.2 Límites Máximos Permisibles (LMP) ...................................................................................11

3.3 ESTUDIOS AMBIENTALES .......................................................................................................11

3.3.1 ¿Qué es un Estudio de Impacto Ambiental (EIA)? ...............................................................12

3.3.2 ¿Qué es un Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIAs) .........................................12

3.3.3 ¿Qué es una Declaración de Impacto Ambiental (DIA)? .....................................................12

3.4 SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL .......................................................................................13

3.5 POLÍTICA DE GESTIÓN AMBIENTAL ......................................................................................13

3.6 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ..............................................................................................13

3.7 DESARROLLO SUSTENTABLE .................................................................................................13

CAPÍTULO IV: MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES ....................................14

4.1 PASIVOS AMBIENTALES ...........................................................................................................14

4.2 PLAN DE CIERRE DE MINA .....................................................................................................14

4.3 RESTAURACIÓN AMBIENTAL .................................................................................................14

4.4 REFORESTACIÓN ....................................................................................................................15

4.5 MONITOREO AMBIENTAL .....................................................................................................15

4.6 COMITÉS DE VIGILANCIA AMBIENTAL ..................................................................................15

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GESTIÓN AMBIENTAL

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1.1 NORMAS AMBIENTALES

Las normas ambientales son disposiciones legales que establecen, cuáles serán los niveles de sustancias contaminantes que serán considerados aceptables y seguros para la salud del ser humano y del medio ambiente.

Las normas ambientales son herramientas de gestión ambiental, es decir son utilizados para resolver problemas ambientales.

En particular el propósito de las normas de calidad ambiental es establecer los límites a aquellos elementos que presentan algún grado de peligro para las personas o el ambiente.

1.2 DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES MINEROS (DGAAM)

Es el órgano técnico normativo encargado de proponer y evaluar la política ambiental del Sector Minería, proponer y/o expedir la normatividad necesaria, así como promover la ejecución de actividades orientadas a la conservación y protección del medio ambiente referidas al desarrollo de las actividades mineras. Depende jerárquicamente del Vice Ministro de Minas.

1.3 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA (OSINERGMIN)

Es la autoridad minera competente que verifica el cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional (DS N° 055-2010-EM) para la mediana y gran minería, conforme a las facultades y atribuciones contenidas en las normas vigentes.

1.4 ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA)

Organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente (MINAM), está encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental para la mediana y gran minería. Entre sus funciones están; dirigir y supervisar la aplicación del régimen común de fiscalización y control ambiental, y el régimen de incentivos previsto en la Ley 28611, Ley General del Ambiente, así como fiscalizar y controlar directamente el cumplimiento de las actividades que le corresponden por ley.

1.5 TRANSFERENCIA DE FUNCIONES A LOS GOBIERNOS REGIONALES EN MATERIA DE MINERÍA

DS N° 068-2006-PCM

Artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

a. Fomentar y supervisar las actividades de la pequeña minería y la minería artesanal y la exploración y explotación de los recursos mineros de la región con arreglo a ley. Para esta función se transferirán las siguientes facultades: • Supervisar la exploración y explotación de los recursos mineros, de la

pequeña minería y minería artesanal, verificando el cumplimiento de todas las

CAPÍTULO I: AUTORIDAD AMBIENTAL

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obligaciones con el Estado: Tributarias (SUNAT), Ambientales (MEM), Salud y Seguridad Ocupacional (MEM), Laborales (Ministerio de Trabajo) y Sociales, aplicando las sanciones de Ley en caso de incumplimientos conforme a competencias.

• Fomentar la formalización de exploración y explotación de los recursos mineros para la pequeña minería y minería artesanal.

• Evaluar y otorgar el Certificado de Operación Minera a la pequeña minería y minería artesanal.

• Investigar y resolver los casos de extracción ilícita de mineral en agravio del Estado en zonas donde se realice explotación minera sin contar con título de concesión o auto de amparo. Incluye la facultad de autorizar a la Procuraduría del Gobierno Regional para las acciones legales correspondientes.

• Autorizar el inicio de las actividades de exploración y explotación de las concesiones metálicas y no metálicas para la pequeña minería y minería artesanal.

• Aplicar sanciones referidas a incumplimiento de normas ambientales y de seguridad y salud ocupacional.

• Cobranza coactiva de sanciones de multas consentidas en vía administrativa. • Autorización de plan de minado de canteras de materiales de construcción. • Autorización de operación de concesión, beneficio de minerales del

productor minero artesanal.Denuncias contra pequeños productores mineros y mineros artesanales, por incumplimiento de las normas mineras, ambientales y/o seguridad minera.

b. Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Para esta función se transferirá la siguiente facultad: • Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance

regional, incluyéndose en esta función la recepción de petitorios, tramitación, otorgamiento de concesiones y extinción, y en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme a la Ley General de Minería y sus Reglamentos.

c. Inventariar y evaluar los recursos mineros y el potencial minero y de hidrocarburos regionales. Para esta función se transferirán las siguientes facultades: • Inventariar los recursos mineros de la región.

d. Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de su circunscripción, implementando las acciones correctivas e imponiendo las sanciones correspondientes. Para esta función se transferirán las siguientes facultades: • Procesar y analizar la información estadística sobre los reportes de monitoreo

de emisiones y efluentes de las actividades de pequeña minería y minería artesanal.

• Evaluar, aprobar y supervisar planes de cierre de las actividades de la pequeña minería y la minería artesanal.

• Evaluar y aprobar planes de cierre de los pasivos ambientales de la pequeña minería y la minería artesanal.

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1.6 FISCALIZACIÓN AMBIENTAL

De acuerdo a las transferencias de funciones por parte del gobierno central, las Direcciones Regionales de Minería (DREM) a través de sus funcionarios tienen la facultad de fiscalizar el desempeño ambiental del pequeño productor minero y el productor minero artesanal.

1.7 SANCIONES

Si el titular minero en una fiscalización, no cumpliera con la Normatividad Ambiental Vigente, estará sujeto de sanción (multas, paralizaciones de labor, otros), impuesta por la DREM.

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2.1 PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

En nuestro país al promulgarse el CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES mediante el D.L. N° 613, el 08 de agosto de 1990, se inicia una nueva era en materia de política ambiental.

Es así como a partir de 1993 en el sector Energía y Minas con el marco jurídico necesario se comienza a implementar toda una política ambiental, combinando la producción con la protección del medio ambiente.

La política de responsabilidad ambiental está orientada a proteger el agua, el aire, los suelos de cualquier impacto negativo que puedan generar las operaciones mineras, esta política incluye una visión de protección integral de todo el entorno ecológico de las operaciones mineras.

2.2 IMPACTOS AMBIENTALES PRODUCIDOS POR LA ACTIVIDAD MINERA ARTESANAL

Los principales impactos son los siguientes:

a. Contaminación por mercurio Es el principal problema ambiental, además tiene efectos perniciosos para

la salud de los trabajadores y su entorno. El uso indiscriminado e ineficiente del mercurio para amalgamar el oro ocasiona que grandes cantidades de esta sustancia se pierdan y viertan en el medio ambiente en forma gaseosa o líquida.

b. Contaminación por cianuro Otra forma de contaminación se produce por el mal uso del cianuro a través de

métodos artesanales de “vat leaching”, en plantas portátiles de geomembranas con el apoyo de una motobomba, realizándose la aglomeración de manera manual. Este procedimiento constituye un riesgo para los operadores y el ambiente, en especial en las localidades cercanas a los cursos de agua.

c. Contaminación por cascajo La extracción ilegal puede producir deforestación, movimiento de tierras,

erosión forzada, acumulación de gravas que conlleva a la eliminación de la cobertura vegetal (tala y quema de bosques). La acumulación de material grueso, que resulta del lavado de grava durante el proceso de recuperación del oro, al estar desprovistas de material fino, no ofrece el sustrato adecuado para la recuperación natural.

d. Deforestación En los últimos 15 años, la extracción ilegal aurífera ha perturbado una cantidad

muy considerable de hectáreas de bosques tropicales en zonas como Huepetuhe y Caychive en el departamento de Madre de Dios, por lo tanto es necesario tomar medidas para detener la deforestación.

e. Contaminación de las aguas En el proceso de la extracción de oro en la minería ilegal se incrementan sólidos

CAPÍTULO II: MEDIO AMBIENTE

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en suspensión en el agua, que afecta la vida acuática. Se produce una descarga de sedimentos con la consiguiente colmatación y modificación morfológica de los cauces.

2.2.1 FUENTES DE CONTAMINACIÓN

En general existen dos fuentes de contaminación:

• Natural Que se dan a través de fuentes contaminantes naturales, como por ejemplo,

las actividades volcánicas o los incendios forestales, que emiten gases y partículas que quedan en suspensión, éstas suelen ser por lo general depuradas por la propia atmósfera.

• Provocadas por el hombre La contaminación generada por el hombre es la que excede la capacidad de

la atmósfera para procesarla, dando lugar a una concentración amenazante para la vida, siendo este un acto irresponsable.

2.2.2 PRINCIPALES AGENTES CONTAMINANTES DE LA MINERÍA ARTESANAL

Los principales agentes contaminantes son los siguientes:

• Mercurio y vapores de mercurio • Cianuro • Polvo • Desperdicios domésticos e industriales • Aguas acidas • Relaves • Combustibles • Aceites • Otros

2.3 EFECTOS DE LOS CONTAMINANTES

• Los principales efectos son los siguientes: • Daños a la salud, inclusive puede producir hasta la muerte. • Daños al medio ambiente, algunas veces irreversibles. • Alteración de los ciclos normales de vida. • Perdida de los recursos naturales.

2.4 PRINCIPALES PROBLEMAS ECOLÓGICOS

2.4.1 CALENTAMIENTO GLOBAL

Es el incremento de la temperatura media de la atmosfera debido a la actividad humana, actividades generadas por el hombre como la quema de combustibles, la deforestación, la ganadería entre otras, incrementan la cantidad de gases de efecto invernadero, por lo que la atmosfera retiene más calor y el planeta se recalienta.

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2.4.2 EFECTO INVERNADERO

Es un fenómeno mediante el cual ciertos gases (dióxido de carbono, dióxido de azufre, metano y otros ) retienen parte de la energía emitida por el suelo tras haber sido calentada por la radiación solar, se produce por lo tanto un efecto de calentamiento similar al que ocurre en un invernadero, con una elevación de la temperatura. En las últimas décadas el proceso de calentamiento ha sido efectuado por la acción del hombre, a través de diferentes industrias.

2.4.3 LLUVIA ÁCIDA

Es aquella lluvia, que debido a la contaminación cuenta, en su composición, con ciertos niveles de ácido nítrico o ácido sulfúrico. Es provocada por los humos y los gases emitidos por los automóviles y las industrias. Estos humos y gases emitidos suelen contener dióxido de azufre, el que se mezcla con el vapor de agua, haciendo que la lluvia contenga ácido sulfúrico. Por otra parte, si los gases emitidos contienen nitrógenos, entonces al mezclarse con el vapor de agua, la lluvia caerá con ácido nítrico.

Entre los efectos más comunes se encuentra el efecto negativo que produce sobre el crecimiento de las plantas, las que sufren un importante debilitamiento y la caída de sus hojas. Además éstos ácidos destruyen ciertos elementos esenciales de los suelos y depositan metales nocivos como el aluminio, afectando e interfiriendo en la respiración y fotosíntesis de las plantas.

2.4.4 DESTRUCCIÓN DE LA CAPA DE OZONO

La reducción de la capa de ozono que protege a la Tierra de los rayos ultravioleta se debe a la acción química del cloro y el bromo liberados por el cloruro de carbono (CFC), producido por el hombre y que se utiliza principalmente en atomizadores de aerosol y equipos de refrigeración.Los estudios científicos desarrollados en los últimos años han demostrado que productos fabricados por la industria química son responsables de la destrucción progresiva de la capa de ozono sobre la Antártida.

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3.1 GESTIÓN AMBIENTAL

La gestión ambiental, se entiende como la aplicación de un conjunto de herramientas o instrumentos para abordar los problemas ambientales, en otras palabras es la estrategia mediante el cual se organizan las actividades antrópicas (causadas por el hombre) que afectan al medio ambiente, con el fin de lograr una adecuada calidad de vida, previniendo o mitigando los problemas ambientales. La Dirección de Gestión Ambiental Minera del Ministerio de Energía y Minas es el órgano encargado de proponer y evaluar la política y los planes para garantizar el desarrollo sostenible de las actividades mineras así como evaluar y recomendar la aprobación o desaprobación de los estudios ambientales y sociales presentados ante el Ministerio de Energía y Minas.

3.2 INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL

Son los diferentes recursos que se utilizan para llevar a cabo acciones concretas destinadas a lograr los objetivos planteados en la política ambiental. De acuerdo a la Normatividad Vigente, en la actividad minera se aplican varios instrumentos de gestión ambiental.

3.2.1 ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL (ECA)

Los ECA son instrumentos de gestión ambiental, son indicadores de calidad ambiental, miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, pero que no representan riesgos significativos para la salud de las personas ni al ambiente.

3.2.2 LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES (LMP)

Los LMP son instrumentos de gestión ambiental, sirven para medir la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en las emisiones, efluentes o descargas generadas por una actividad productiva (minería, hidrocarburos, electricidad, etc.), que al exceder causan daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente.

3.3 ESTUDIOS AMBIENTALES

Son en general instrumentos de gestión ambiental que se deberán realizar, con la finalidad de reducir y controlar el impacto ambiental negativo que puede ocasionar la actividad minera.

3.3.1 ¿QUÉ ES UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA)?

Es aquel instrumento de gestión ambiental, que se encarga de estudiar multidisciplinariamente el ambiente de toda la zona de influencia donde estará la nueva operación minera; es decir el agua, aire, suelo, clima, topografía, flora, fauna, y por supuesto el hombre. Estudia el impacto que podrían causar las operaciones mineras y la forma de prevenirlos y controlarlos para que no causen daños al ambiente ni al ser humano.

La presentación del Estudio de Impacto Ambiental es exigido a los titulares de concesiones mineras que, habiendo completado la etapa de exploración, proyecten iniciar la de explotación.

Asimismo, es exigido al solicitante de una concesión minera o de beneficio, así como a los que realicen ampliaciones de producción en sus operaciones superiores al 50 %.

CAPÍTULO III: GESTIÓN AMBIENTAL

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3.3.2 ¿QUÉ ES UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SEMIDETALLADO (EIAS)

Es un instrumento de gestión ambiental que el titular minero debe de presentar en la etapa de exploración catalogada como categoría II, en donde deberá incluir una descripción de:

• Las actividades de participación ciudadana. • Del área del proyecto en sus aspectos físicos, biológicos y socioeconómicos. • Las actividades a realizar. • La identificación de los posibles impactos y el correspondiente plan de manejo

ambiental. • Las medidas de cierre y post cierre.

3.3.3 ¿QUÉ ES UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA)?

Es un instrumento de gestión ambiental que el titular minero debe de presentar en la etapa de exploración catalogada como categoría I, en donde deberá incluir:

• Una descripción detallada del área del proyecto en sus aspectos físicos, biológicos y socioeconómicos.

• Una descripción de las actividades a realizar. • La identificación de los posibles impactos y el correspondiente plan de manejo

ambiental. • Las medidas de cierre y post cierre.

Si la DIA cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley y los términos de referencia comunes, se aprobara automáticamente.

3.4 SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL

El Sistema Nacional de gestión ambiental tiene por finalidad, orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

3.5 POLÍTICA DE GESTIÓN AMBIENTAL

Contiene los lineamientos y los compromisos ambientales asumidos por el titular de una concesión minera, a fin de que desarrollen sus actividades ambientalmente y socialmente responsables.

3.6 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Se denomina plan de manejo ambiental al plan que, de manera detallada, establece las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados en el desarrollo de un proyecto, obra o actividad; incluye también los planes de seguimiento, evaluación, monitoreo y los de contingencia.

3.7 DESARROLLO SUSTENTABLE

El desarrollo sustentable, tal como lo sugiere su nombre, es aquel desarrollo que puede “sostenerse” en el tiempo, sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades, en el ámbito ambiental, social y económico; esto significa mejorar la calidad de vida de los pobladores, en los tres ámbitos. Poner en práctica dicho desarrollo dependerá de la sensibilización del hombre ante los graves problemas ambientales que vienen ocurriendo, y requerirá un cambio de valores, prioridades y la manera de producir y consumir los bienes y servicios.

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4.1 PASIVOS AMBIENTALES

Según la Ley N° 28271, son considerados pasivos ambientales aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos producidos por operaciones mineras, que en la actualidad se encuentran abandonadas o inactivas y que constituyen un riesgo permanente y potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad.

4.2 PLAN DE CIERRE DE MINA

Según la Ley N° 28090, el Plan de Cierre de Minas es un instrumento de gestión ambiental conformado por acciones técnicas y legales, efectuadas por los titulares mineros, destinado a establecer medidas que se deben adoptar a fin de rehabilitar el área utilizada o perturbada por la actividad minera para que ésta alcance características de ecosistema compatible con un ambiente saludable y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación paisajista.

La rehabilitación se llevará a cabo mediante la ejecución de medidas que sean necesarias realizar antes, durante y después del cierre de operaciones, cumpliendo con las normas técnicas establecidas, las mismas que permitirán eliminar, mitigar y controlar los efectos adversos al ambiente generados o que se pudieran generar por los residuos sólidos, líquidos o gaseosos producto de la actividad minera.

4.3 RESTAURACIÓN AMBIENTAL

Consiste en rehabilitar aquellos ambientes que se encuentran degradados por la actividad minera, y restablecerlos a sus condiciones naturales originales o, si éstas no son posibles, crear otras que sean similares al hábitat afectado y que compensen aceptablemente los daños causados. En general la degradación puede deberse a varios factores, aunque principalmente lo son a causa de actividades humanas regresivas (minería, deforestación, etc.) y siniestros naturales (erupciones volcánicas, actividad sísmica, inundaciones, etc.).

4.4 REFORESTACIÓN

En la actividad minera por lo general la reforestación se realiza con plantas típicas de la zona de influencia, con el fin de recuperar gran parte de los suelos impactados, por las diferentes etapas realizadas por la minería.

4.5 MONITOREO AMBIENTAL

Es el proceso de toma de muestras representativas, de los puntos de monitoreo establecidos (en coordinación con la autoridad minera competente), con la finalidad de conocer el comportamiento físico, químico y biológico del agua, aire y ruido, el mismo que se utiliza para la comparación con la información obtenida en la línea de base.

CAPÍTULO IV: MITIGACIÓN Y CONTROL DE IMPACTOS AMBIENTALES

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4.6 COMITÉS DE VIGILANCIA AMBIENTAL

Se forma por iniciativa de la “Norma que regula el proceso de participación ciudadana en el sub sector minero” (RM N° 304-2008-MEM/DM).

Son organismos de coordinación que fomentan la participación de la sociedad civil (en especial de las comunidades), las empresas mineras y el Estado en todos sus niveles; para generar mecanismos de verificación que contribuyan en la evaluación de los impactos ambientales que cierto sector de la actividad minera ocasiona.

Por lo general las actividades de monitoreo y vigilancia ambiental nacen de manera local, a partir de la acción de los actores que viven, trabajan y son responsables de la zona donde se evidencia el impacto ambiental. Luego, conforme sus actividades son de conocimiento público, y crecen los ámbitos de influencia, ésta acción local puede convertirse en una acción regional.

Felipe Chipana, Ernesto Sagua, Raúl Rojas

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