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COLEGIO DE PROFESIONALES EN CRIMINOLOGÍA DE COSTA RICA PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES Y DOCUMENTACIÓN | 1 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES Y DOCUMENTACIÓN Fecha de elaboración: 27 de junio de 2016 Fecha de la última actualización: Versión: 2.0 Nombre del Documento: Procedimiento de Solicitud de Credenciales y Documentación Rige desde: Próxima revisión: Elaborado por: MBA Yadira Solano Vindas Revisado por: Licda. Karla Hidalgo Ordeñana Directora Ejecutiva del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica. Aprobado por: Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica. TABLA DE CONTENIDO Contenido 1. OBJETIVO ............................................................................................................................................... 2 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN ....................................................................................................................... 2 3. MARCO LEGAL ....................................................................................................................................... 2 4. RESPONSABLES ...................................................................................................................................... 4 5. DEFINICIÓN DE CREDENCIALES ............................................................................................................. 5 5.1 CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN ....................................................................................................... 6 5.2 CARNÉ .................................................................................................................................................... 7 5.3 SELLO BLANCO ....................................................................................................................................... 8 6. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES ............................................................................. 8

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES Y … · procedimiento de solicitud de credenciales y documentaciÓn| 9 3) En caso de reposición de certificado de incorporación la persona

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COLEGIO DE PROFESIONALES EN CRIMINOLOGÍA DE COSTA RICA

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES Y DOCUMENTACIÓN | 1

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE

CREDENCIALES Y DOCUMENTACIÓN

Fecha de elaboración: 27 de junio de 2016

Fecha de la última actualización:

Versión: 2.0

Nombre del Documento: Procedimiento de Solicitud de Credenciales y

Documentación

Rige desde: Próxima revisión:

Elaborado por: MBA Yadira Solano Vindas

Revisado por: Licda. Karla Hidalgo Ordeñana

Directora Ejecutiva del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.

Aprobado por: Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Criminología

de Costa Rica.

TABLA DE CONTENIDO

Contenido 1. OBJETIVO ............................................................................................................................................... 2

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN ....................................................................................................................... 2

3. MARCO LEGAL ....................................................................................................................................... 2

4. RESPONSABLES ...................................................................................................................................... 4

5. DEFINICIÓN DE CREDENCIALES ............................................................................................................. 5

5.1 CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN ....................................................................................................... 6

5.2 CARNÉ .................................................................................................................................................... 7

5.3 SELLO BLANCO ....................................................................................................................................... 8

6. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES ............................................................................. 8

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7. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE CONSTANCIAS Y CERTIFICACIONES ...................................... 10

9. FORMULARIO DE SOLICITUD DE ELABORACIÓN DE SELLO BLANCO ................................................... 13

10. FORMULARIO DE ENTREGA Y REGISTRO DE SELLO BLANCO ............................................................... 14

1. OBJETIVO

Establecer un procedimiento que normalice todos los aspectos relacionados con la obtención y actualización

de credenciales por parte de las personas agremiadas al Colegio de Profesionales en Criminología de Costa

Rica.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Aplica para todas las personas agremiadas al Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.

3. MARCO LEGAL

De acuerdo con el Reglamento Interno del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica, en sus

artículos 11, 11 Bis, y 7, se establece lo siguiente:

Artículo 11: Medios de identificación: El Carné de Identificación: A toda persona incorporada, se le

emitirá o renovará, según sea el caso, un documento de identificación o carné, el cual contendrá la

siguiente información:

a) Nombre Completo;

b) Número de cédula de identidad;

c) Número de miembro del Colegio;

d) Grado Académico registrado;

e) Fecha de la sesión de Junta Directiva en la que se autorizó la inscripción de la persona

agremiada;

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f) Asiento de inscripción;

g) Firma registrada;

h) Fotografía;

i) Fecha de expedición y fecha de vencimiento, la cual será de cinco años computados desde el

día de expedición.

Artículo 11 BIS: Del sello Blanco: A toda persona incorporada, se le entregará, un sello blanco

mecánico, el cual contendrá la siguiente información:

a) Nombre Completo;

b) Número de miembro del Colegio;

c) Grado Académico registrado;

d) Logotipo del Colegio de Profesionales en Criminología.

Artículo 7: Procedimientos de inscripción: f)… Una vez que su solicitud haya sido aprobada (Retiro

Voluntario definitivo o temporal), deberá hacer la devolución de las credenciales entregadas (carné,

chapas del sello blanco y título), la cuales se mantendrán en depósito hasta la fecha de vencimiento que

se señala en el carné, posteriormente se procede a su destrucción.

Asimismo, la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica establece:

“Artículo 13.- Certificación de documentos: Los documentos que emitan las personas profesionales

en Criminología, sobre un determinado asunto referido a sus competencias, deberán contar con la firma,

el código y el sello de la persona profesional responsable”.

Asimismo, la obligatoriedad del uso del sello blanco también se encuentra estipulada en el artículo 13

del Código de Ética Profesional, el cual literalmente señala lo siguiente:

Articulo 13.- Los documentos que emitan las personas profesionales en Criminología, sobre un

determinado asunto referido a sus competencias, deberán contar con la firma, el código y el sello de la

persona profesional responsable, lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo 13.- de la Ley

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Orgánica N° 8831. Dichos informes y pericias profesionales, tanto escritas como verbales, deberán ser

objetivas y veraces.

4. RESPONSABLES

4.1. Profesional en Criminología solicitante:

1. Es responsable de cumplir con todos los requisitos necesarios para la solicitud de credenciales

según las condiciones establecidas en la Ley Orgánica №8831 del Colegio de Profesionales en

Criminología de Costa Rica, el Reglamento Interno del Colegio de Profesionales en Criminología de

Costa Rica y el Código de Ética.

2. Velar por estar y permanecer debidamente acreditado durante todo el tiempo que sea miembro

activo, del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica.

3. Renovar cuando sea oportuno sus credenciales a su vencimiento.

4.2 Junta Directiva:

Es responsabilidad de la Junta Directiva:

1. Firmar los títulos de incorporación al Colegio (Presidente y Secretario de Junta Directiva).

2. Regular los procedimientos sobre credenciales del Colegio de Profesionales en Criminología de

Costa Rica.

4.3 Dirección Ejecutiva:

Es responsabilidad de la Dirección Ejecutiva:

1. Velar porque el presente procedimiento se cumpla en apego a lo establecido.

2. Asegurar que todo el personal del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica esté

debidamente informado y sea conocedor del presente procedimiento.

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3. Asegurar la publicación de este procedimiento.

4. Ratificar el cumplimiento de los requisitos solicitados a los profesionales en criminología para el

debido proceso.

5. Aprobar la emisión de los credenciales de las personas próximas a incorporarse y de las personas

agremiadas que así lo soliciten.

4.4 Servicio al Agremiado:

Es responsabilidad de Servicio al Agremiado:

1. Revisar que las personas solicitantes cumplan con todos los requisitos de solicitud de credenciales

en apego a lo establecido.

2. Coordinar la elaboración de los credenciales con los distintos proveedores.

3. Coordinar y documentar la entrega de los credenciales solicitados.

4. Coordinar la actualización de la información en el Sitio Web.

5. Revisar el cumplimiento de las obligaciones económicas de las personas agremiadas (cuotas)

cuando se reciben solicitudes de cambio de credenciales y su condición de miembro activo.

4.5 Departamento de Servicios Institucionales:

Es responsabilidad de Servicios Institucionales:

1. Ingresar el comprobante de pago por tarifa de incorporación.

2. Revisar el cumplimiento de las obligaciones económicas de las personas agremiadas (cuotas) y

su condición de miembro activo, cuando se reciben solicitudes de cambio de credenciales.

5. DEFINICIÓN DE CREDENCIALES

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Se definen como credenciales de las personas agremiadas al Colegio de Profesionales en Criminología de

Costa Rica, aquellos documentos que dan fe de que la persona se encuentra acreditada para ejercer la

criminología, según lo estipulado en la ley orgánica №8831.

Los credenciales de las personas agremiadas del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica

son:

1. El certificado de incorporación.

2. El carné de agremiado (a).

3. El sello blanco.

Los credenciales (Certificado de incorporación, carné y sello blanco), se entregan a la persona agremiada

en el Acto Protocolario de Juramentación y Entrega de Credenciales.

El Colegio de Profesionales en Criminología emite y entrega carnés a los miembros de Junta Directiva, los

cuales consignan el cargo y el período de nombramiento.

Asimismo, el Colegio hace entrega de un Carné de Miembro Honorario a las personas agremiadas que la

Junta Directiva declare como miembros de honor, a partir de la comunicación de esta distinción. Para la

renovación o sustitución del mismo, aplicarán los procedimientos que se detallan a continuación.

5.1 CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN

El certificado de incorporación es el documento que legitima que la persona profesional en Criminología

cumple con todos los requisitos para ejercer la profesión en criminología de acuerdo con los lineamientos de

la Ley orgánica №8831 y que ha cumplido con todos los requisitos para la inscripción al Colegio de

Profesionales en Criminología de Costa Rica.

El certificado de incorporación se emite con el mismo nombre que aparece en el documento de identificación

presentado por la persona aspirante y es firmado por el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva en

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ejercicio. En caso que en la cédula o documento de identidad se consigne el conocido como (CC), el título

deberá de consignarse de la misma forma (CC: el nombre de conocido como).

En caso que la persona agremiada cambie de nombre o apellidos, podrá solicitar la emisión del certificado

de incorporación consignando esta nueva información a la Administración del Colegio de Profesionales en

Criminología de Costa Rica. La emisión del Certificado de Incorporación debe consignar dos fechas: la fecha

de juramentación original y la fecha de emisión de este nuevo certificado. Por lo tanto, el certificado lo firman

el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva en ejercicio al momento de la emisión.

En caso de extravío o robo del certificado de incorporación, la persona agremiada solicita a la Administración

del Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica la respectiva reposición y éste debe consignar

dos fechas: la fecha de juramentación original y la fecha de emisión de este nuevo certificado. Por lo tanto,

el certificado lo firman el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva en ejercicio al momento de la

emisión.

5.2 CARNÉ

Es un medio de identificación personal que permite al titular demostrar que está incorporado al Colegio de

Profesionales en Criminología de Costa Rica. El carné se emite a toda persona incorporada y que se

encuentre al día con las obligaciones del Colegio, pero pierde su validez en el momento en que el

Colegiado(a) es suspendido o de cualquier forma separado del Colegio. El carné se repone en caso de

extravío, robo, o cambiado ante la necesidad de renovación o cuando el agremiado requiera cambio de

grado académico.

La vigencia del carné es de cinco años contados a partir de la fecha de emisión del mismo para todos los

casos. En el caso de entrega por incorporación la fecha de expedición será la fecha en que la persona realice

el Acto Protocolario de Juramentación y Entrega de Credenciales.

El carné contendrá la siguiente información:

a) Nombre Completo;

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b) Número de cédula de identidad;

c) Número de membresía del Colegio;

d) Grado Académico registrado;

e) Fotografía;

f) Fecha de expedición y fecha de vencimiento, la cual será de cinco años computados desde el día

de expedición.

5.3 SELLO BLANCO

Para que toda persona profesional en Criminología incorporada al Colegio pueda cumplir con lo dispuesto

en el artículo 13 de la Ley 8831, se le entregará un sello blanco mecánico, el cual contendrá la siguiente

información: nombre completo; número de miembro del Colegio; grado académico registrado y logotipo del

Colegio de Profesionales en Criminología. El sello blanco respaldará los documentos que en calidad de

profesional en criminología haga la persona y mantendrá su validez mientras el /la Colegiado/a sea miembro

activo del Colegio. Si por cualquier razón llegaré a ser separado/a del Colegio deberá entregar la placa del

sello a la Administración del Colegio.

6. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES

1) Para solicitar la reposición o renovación de cualquier credencial, la persona agremiada debe estar

al día con el pago de sus obligaciones para con el Colegio de Profesionales en Criminología de

Costa Rica y su carné debe de estar vigente.

2) La persona agremiada completa el formulario “Solicitud de Credenciales”, el cual se encuentra en el

Sitio Web del Colegio: www.criminologia.or.cr. Asimismo, lo puede solicitar vía correo electrónico

([email protected] ) o lo puede completar en las instalaciones del Colegio.

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3) En caso de reposición de certificado de incorporación la persona agremiada debe de cancelar

una suma por Veinte mil colones exactos (¢20.000.00). Esta cancelación se puede efectuar mediante

depósito, transferencia o en las instalaciones del Colegio con tarjeta de crédito o débito.

4) Si la reposición de carné es debida a robo o extravío la persona agremiada debe de reportar el

evento a la fiscalía del Colegio de Profesionales en Criminología al correo [email protected]

o bien en las oficinas, con una carta que notifique el acto y la copia de la denuncia presentada ante

el poder judicial (en caso de tenerla).

5) Si el trámite solicitado es la renovación o reposición de carné, la persona agremiada presenta el

original del carné vencido (en caso de renovación) y cancela la tarifa correspondiente por la

emisión de carné por Cinco mil colones exactos (¢5.000.00). Esta cancelación se puede efectuar

mediante depósito, transferencia o en las instalaciones del Colegio con tarjeta de crédito o débito.

6) Si la reposición de carné es debida a robo o extravío la persona agremiada debe de reportar el

evento a la fiscalía del Colegio de Profesionales en Criminología al correo [email protected]

o bien en las oficinas, con una carta que notifique el acto y la copia de la denuncia presentada ante

el poder judicial (en caso de tenerla).

7) Si la solicitud es correspondiente a la elaboración de sello blanco o solicitud de cambio de

chapas, la persona debe de cancelar un monto por dieciséis mil quinientos colones (¢16.500.00) o

por quince mil colones (¢15.000.00) según corresponda. Esta cancelación se puede efectuar

mediante depósito, transferencia o en las instalaciones del Colegio con tarjeta de crédito o débito.

8) El Departamento de Servicios Institucionales registra en el sistema el pago por este concepto y

entrega la documentación más el comprobante de pago al Departamento de Servicio al Agremiado,

previa verificación de que la persona agremiada se encuentra al día con el pago de sus obligaciones

para con el Colegio.

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9) El Departamento de Servicio al Agremiado se encarga de realizar la gestión pertinente para el pedido

de la credencial solicitada al proveedor correspondiente.

10) El Departamento de Servicio al Agremiado cuenta con plazo de 15 días hábiles después de recibida

la solicitud para realizar la entrega correspondiente a la persona agremiada.

11) La entrega se realiza de manera personal, o lo puede realizar un tercero, mediante una carta de

autorización a la que se le debe adjuntar copia de la cédula de la persona que hace la solicitud y

copia de la cédula de la persona que lo retira.

12) El Departamento de Servicio al Agremiado entrega a la persona agremiada o a la persona

autorizada, la credencial solicitada, previa firma en la hoja Control de Entrega de credenciales.

13) En caso de retiro voluntario o pérdida de la condición de agremiado, la persona agremiada deberá

hacer devolución de las credenciales, las cuales quedarán en custodia del Colegio.

7. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE CONSTANCIAS Y

CERTIFICACIONES

1) Para solicitar la elaboración de constancias y certificaciones, la persona agremiada debe estar al

día con el pago de sus obligaciones para con el Colegio de Profesionales en Criminología de Costa Rica y su carné debe estar vigente.

2) La persona interesada, remite al Departamento de Servicio al Agremiado el formulario de “Solicitud

de Constancias y Certificaciones” debidamente completo y firmado, el cual se encuentra en el Sitio Web del Colegio: www.criminologia.or.cr. Asimismo, lo puede solicitar vía correo electrónico ([email protected] ) o lo puede completar en las instalaciones del Colegio.

3) Se realiza la cancelación del rubro correspondiente, en el caso de constancias la tarifa es de Cuatro mil colones exactos (¢4.000) y en el caso de las certificaciones la tarifa es de Seis mil colones exactos (¢6.000). La cancelación se puede realizar a través de depósito, transferencia o bien en las instalaciones de Colegio mediante tarjeta de crédito o débito.

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4) El Departamento de Servicio al Agremiado, comunica a la Secretaría de la Junta Directiva, la existencia de la solicitud de certificación o constancia para que proceda con su confección. Se deben elaborar dos originales de la misma, una para la entrega y la otra para el archivo.

5) El Departamento de Servicio al Agremiado, quien será el ente responsable de la entrega de la

documentación tendrá un plazo de 8 días hábiles en caso de firma digital y 15 días hábiles en caso de documento con firma física después de recibida la solicitud.

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8. FORMULARIO DE SOLICITUD DE CREDENCIALES

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9. FORMULARIO DE SOLICITUD DE ELABORACIÓN DE SELLO BLANCO

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10. FORMULARIO DE ENTREGA Y REGISTRO DE SELLO BLANCO