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Cuarta Ronda del Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) Movámonos, logremos un país sin corrupción Abril 8 de 2013

Presentación MESICIC - 4 Ronda

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Cuarta Ronda del Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC)

Movámonos, logremos un país sin corrupción

Abril 8 de 2013

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Informe de la Sociedad Civil

“Transparencia por Colombia ha exhortado al gobierno nacional a que dentro de la formulación de la Política Pública se exalte que la lucha contra la corrupción es una responsabilidad de todas las entidades, incluidos los órganos superiores de control, y no debe estar concentrada en una sola oficina, ni una sola rama. Si bien el poder ejecutivo ha asumido el desafío en la implementación de una política anticorrupción, se hace necesaria la articulación de las tres ramas del poder y el ministerio público para fortalecer los sistemas y procesos de prevención, investigación y sanción de los hechos de corrupción, con el fin de tener sistemas de control que ayuden a subsanar las debilidades anteriores que se presentan sobre este fenómeno.”

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El artículo 117 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establece los organismos de control que se agrupan en el Ministerio Público:

1. Procuraduría General de la Nación2. Contraloría General de la República3. Fiscalía General de la Nación4. Auditoria General de la Nación

Órganos de Control en Colombia

Transparencia por Colombia seleccionó para análisis en el informe la PGN y la CGR.

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Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011)

Adopción de medidas tendientes a fortalecer la eficacia y eficiencia de los organismos de control del Estado encargados de controlar, vigilar y sancionar los hechos de corrupción.

• Nuevas funciones que adquiere la Contraloría General de la República en materia de control fiscal.

• Ampliación de la planta de la Contraloría General de la República y de las contralorías territoriales con la creación de nuevas dependencias y cargos.

• Lo mismo ocurre en la Procuraduría General de la Nación. El Estatuto consagra los procedimientos y las causales por las que se debe proferir la apertura del proceso verbal disciplinario.

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Dificultades

• Las medidas establecidas para generar resultados más rápidos y oportunos se ven limitadas por la falta de recursos humanos, económicos, tecnológicos y en capacitación que impiden que se implementen efectivamente.

• Aún es posible encontrar falencias importantes en los procesos y procedimientos de los órganos de control, que generan riesgos de corrupción.

• Reglamentación del Estatuto.

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Acciones especificas de prevención

• Observatorio Anticorrupción.• Índice de Gobierno Abierto

• Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas e Informes – SIRECI.

Divulgación y pedagogía sobre cada una de las herramientas

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Canales de denuncia • La Auditoría, la Contraloría, la Contaduría, la Procuraduría y el

Ministerio de las TICs firmaron un Convenio de Coadyuvancia para adelantar acciones orientadas al fortalecimiento del control fiscal y disciplinario, a través del uso de las TICs.

• La Secretaría de la Transparencia propuso darle impulso a la creación de un sistema coordinado de recepción de denuncias sobre hechos de corrupción que permitan facilitarle al ciudadano.

• Mecanismo de Denuncias de Alto Nivel para derrotar la corrupción.

La Secretaría de Transparencia, de la mano con el Min. de las TICS, ha venido trabajando en el diseño de la ventanilla unificada de denuncias.

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Recomendaciones

• Los canales de denuncia no se han institucionalizado, ni son referentes reconocidos por la ciudadanía en general ni por los servidores públicos en particular.

• Publicidad y pedagogía sobre la herramienta de denuncia para ciudadanos y funcionarios.

• Mecanismos de protección al denunciante.

Ley modelo para facilitar e incentivar la Denuncia de Actos de Corrupción y Proteger a sus Denunciantes y Testigos

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Ley estatutaria de participación ciudadana

En diciembre de 2011 la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el proyecto de Ley Estatutaria de Participación que mejoraba el marco legal dado por la ley 134 de 1994.

Para la formulación del Estatuto se llevaron a cabo mesas de trabajo con la participación de ciudadanos y miembros de varias organizaciones de la sociedad civil.

Este Estatuto se encuentra en proceso de revisión por parte de la Corte Constitucional.

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Preocupaciones sobre el Estatuto de Participación Ciudadana• El proyecto de ley se refiere al Fondo de Participación Ciudadana y

Fortalecimiento de la Democracia, pero no señala nada acerca del incremento de sus recursos ni del tipo de proyectos que debe auspiciar.

• La Comisión que concilió los textos de las dos Cámaras suprimió lo referente a la rendición de cuentas de las bancadas de los partidos en la Cámara de Representantes y en el Senado de la República.

El proyecto que resultó de la consulta ciudadana incluía una serie de definiciones y principios, cuya inclusión tenía como propósito delimitar el alcance de la participación democrática y los principios que la inspiran. Esos principios y definiciones fueron suprimidos a medida que el proyecto fue avanzando en el Congreso.

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Comisión de moralización

El estatuto Anticorrupción en su capítulo quinto “Organismos Especiales para la lucha contra la corrupción, contempla en su artículo 62 la conformación de la Comisión Nacional para la moralización.

Comisiones Regionales de Moralización, que tienen como objeto poner en marcha los lineamientos propuestos por la Comisión Nacional y coordinar en el nivel territorial las acciones de los órganos de prevención, investigación y sanción de la corrupción.

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Comisión Nacional Ciudadana Para

La Lucha Contra La Corrupción - CCCC

Resultados de la gestión

1. Consolidación de espacios de diálogo intersectorial para evaluar las políticas, programas y proyectos promovidos por el Gobierno para la lucha contra la corrupción.

2. Retroalimentación a las propuestas del gobierno para la consolidación de la Política Integral Anticorrupción.

3. Fortalecer un canal de comunicación entre el Estado y sectores representados en la CCCC con el fin de promover una construcción colectiva de acciones que impacten en la prevención, control y sanción de la corrupción.

4. La CCCC ya comenzó a sesionar, estableciendo su reglamento, su planeación, sus metas anuales y una estrategia de gestión de recursos para garantizar su funcionamiento.