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PLAN DE EVALUACIÓN DEL CENTRO. A. ASPECTOS PRELIMINARES. 1. INTRODUCCIÓN 1.1. Nuestra concepción de la evaluación. 1.2. Ámbito de la evaluación. 1.3. La evaluación formativa. 1.4. Finalidades educativas 1.5. Estrategias de evaluación. 2. NORMATIVA DE REFERENCIA. 3. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN. 3.1. Funciones de la evaluación. 3.2. Modalidades de evaluación. 3.3. Principios de la evaluación. 4. OBJETIVOS GENERALES DE LA EVALUACIÓN. 5. PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN 5.1. PROCEDIMIENTOS COMUNES DE EVALUACIÓN 5.2. CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN EN EL CENTRO B. LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL. 1. NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN. 1.1. La evaluación en Educación Infantil. 2. MOMENTOS DE LA EVALUACIÓN. 2.1. Evaluación inicial. 2.2. Evaluación continua. 2.3. Evaluación final. 3. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN. 3.1. Documentos de evaluación. 3.2. Ficha Personal. 1

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PLAN DE EVALUACIÓN DEL CENTRO.

A. ASPECTOS PRELIMINARES.

1. INTRODUCCIÓN

1.1. Nuestra concepción de la evaluación. 1.2. Ámbito de la evaluación. 1.3. La evaluación formativa. 1.4. Finalidades educativas 1.5. Estrategias de evaluación.

2. NORMATIVA DE REFERENCIA. 3. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN.

3.1. Funciones de la evaluación. 3.2. Modalidades de evaluación. 3.3. Principios de la evaluación.

4. OBJETIVOS GENERALES DE LA EVALUACIÓN.

5. PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN

5.1. PROCEDIMIENTOS COMUNES DE EVALUACIÓN 5.2. CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN EN EL CENTRO

B. LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL.

1. NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN.

1.1. La evaluación en Educación Infantil.

2. MOMENTOS DE LA EVALUACIÓN.

2.1. Evaluación inicial. 2.2. Evaluación continua. 2.3. Evaluación final.

3. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN.

3.1. Documentos de evaluación. 3.2. Ficha Personal.

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3.3. Informe anual de evaluación individualizado. 3.4. Informe individualizado de final del ciclo. 3.5. Resumen de escolaridad. 3.6. Cumplimentación electrónica de los documentos.

4. COORDINACIÓN ENTRE LAS ETAPAS DE E. INFANTIL Y E. PRIMARIA.

5. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS.

6. ALUMNOS/AS CON N.E.A.E. 7. DE LAS GARANTIAS DE SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD.

8. SISTEMA DE CALIFICACION.

9. PROMOCIÓN DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL.

C._LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

1. NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN 1.1. La evaluación en Educación Primaria.

2. MOMENTOS DE LA EVALUACIÓN.

2.1. Evaluación inicial. 2.2. Evaluación continua. 2.3. Evaluación a la finalización de cada curso. 2.4. Sesiones de evaluación.

3. ALUMNADO CON N.E.A.E.

4. PROCEDIMIENTOS Y TÉCNICAS DE EVALUACIÓN.

5. SISTEMAS DE CALIFICACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

5.1. SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN PRIMER CICLO. 5.2 SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN SEGUNDO CICLO. 5.3. SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN TERCER CICLO.

6. CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

7. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

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7.1. ASPECTOS NORMATIVOS SOBRE LA PROMOCIÓN EN E. PRIMARIA. 7.2. CRITERIOS DE PROMOCÓN EN EL PRIMER CICLO.

7.3. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN EL SEGUNDO CICLO. 7.4. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN EL TECER CICLO.

8. CRITERIOS DE RECUPERACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

9. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN.

9.1. Documentos oficiales de evaluación. 9.2. Traslado del historial académico. 9.3. Cumplimentación electrónica de los documentos de evaluación.

D)._LA EVALUACIÓN EN LA ESO.

1. NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN.

1.1. La evaluación en la ESO.

2. MOMENTOS DE LA EVALUACIÓN.

2.1. Evaluación inicial. 2.2. Evaluación continua 2.3. Evaluación a la finalización del curso. 2.4. Sesiones de evaluación.

3. ALUMNADO CON N.E.A.E.

4. PROCEDIMIENTOS Y TÉCNICAS DE EVALUACIÓN EN ESO.

5. SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN LA ESO.

5.1 ELEMENTOS DE LA CALIFICACIÓN 5.2. PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA NOTA NUMÉRICA.

6. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN LA ESO.

6.1. Aspectos normativos sobre la promoción en la ESO.

7. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN EL LA ESO.

7.1. Documentos oficiales de evaluación. 7.2. Traslado del historial académico.

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7.3. Proceso de reclamación sobre las calificaciones.

7.4. Cumplimentación electrónica de los documentos de evaluación.

D. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS.

1. CONSIDERACIONES GENERALES. 2. PROCEDIMIENTO PARA OIR A LA FAMILIA SOBRE LA PROMOCIÓN. 3. PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO Y SUS FAMILIAS. 4. POSIBILIDAD DE RECLAMACIONES.

E._EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA EN EL CENTRO.

1. PROCESOS DE ENSEÑANZA Y PRÁCTICA DOCENTE.

F._APLICACIÓN, REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN.

1. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. 2. PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN Y REVISIÓN

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A. ASPECTOS PRELIMINARES________________________________________

1. INTRODUCCIÓN

1.1. Nuestra concepción de la evaluación.

En el CEIP “San Gregorio” concebimos la evaluación como un proceso continuo, formativo y global referido tanto al proceso de enseñanza como al de aprendizaje; esta condición permite poder reflexionar sobre el proceso y que cosas se hacen bien o mal y poder reorientar el proceso; es muy importante utilizar a la evaluación como una herramienta para la mejora de la actividad educativa.

La evaluación, entendida así, es la reflexión crítica sobre los componentes en el proceso educativo, con el fin de saber cuales están siendo sus resultados y adoptar decisiones adecuadas para la consecución de los objetivos; no es, por supuesto, una valoración aventurada, sino el fruto de unas estrategias específicas de evaluación; intentamos superar el concepto de evaluación imperante en un pasado reciente, donde la evaluación escolar sólo servía para juzgar al alumno; como fruto de ese juicio se determinaba si valía para estudiar o si era trabajador o no.

Entendemos la evaluación como un elemento fundamental e inseparable de la práctica educativa, que permite recoger, en cada momento, la información necesaria para poder realizar los juicios de valor oportunos que faciliten la toma de decisiones respecto al proceso de enseñanza-aprendizaje. Por tanto, no se puede circunscribir a un solo aspecto o momento, sino que se debe extender a lo largo de todo el proceso educativo de forma global y sistemática; por una parte, indicando qué objetivos se consiguen y cuáles no, y, por otra, en qué grado de profundidad y dónde, cómo, cuándo y por qué se producen los problemas o errores.

1.2. Ámbito de la evaluación.

En la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), se da un papel fundamental a la evaluación ya que se dice que es un valioso instrumento de seguimiento y de valoración de los resultados obtenidos y de mejora de los procesos que permiten obtenerlos; en el preámbulo, trata la importancia concedida a la evaluación, afirmando que esta “ se pone de manifiesto en el tratamiento de los distintos ámbitos en que debe aplicarse, que abarcan los procesos de aprendizaje de los alumnos, la actividad del profesorado, los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes,…”.

La evaluación tiene una gran importancia en cualquier proceso que implique el planteamiento de objetivos; la evaluación es un proceso continuo y no un acto aislado de la acción didáctica, permitiendo así averiguar si los objetivos propuestos son

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adecuados o si falla algún elemento del sistema educativo, como los contenidos, la metodología, etc.. Esto nos lleva a un sistema de feed-back que permite reconducir el proceso de aprendizaje.

Como el proceso de enseñanza y aprendizaje van unidos, existe una interdependencia de la evolución referida al aprendizaje (alumnos) y otra referida a la enseñanza (maestros y acción didáctica).

1.3. La evaluación formativa.

En la actualidad, la función de la evaluación ha cambiado de manera radical; con la evaluación no se trata de valorar el grado de competencia de los niños, sino de descubrir el tipo de ayuda que necesitan para lograr el máximo nivel de competencia posible; esta herramienta no es el final del proceso educativo, sino que es una parte fundamental de dicho proceso; por medio de ella, al valorar el progreso de los alumnos, se valora también su motivación,, sus dificultades específicas y la eficacia de posprocedimientos utilizados. Además, la evaluación también tiene como cometido evaluar al profesor y si su metodología es apropiada o no.

Los datos obtenidos de la evaluación aportan la información necesaria para reconducir el proceso educativo hacia cotas de mayor éxito; por eso, actualmente se habla de la evaluación formativa, no como una nueva forma de hacer exámenes, sino desde la idea de que la evaluación ha de tener siempre una finalidad educativa, que ayude al niño a aprender con mas eficacia.

1.4. Finalidades educativas

La evaluación pretende dar a conocer el rendimiento del alumno, diagnosticar, valorar la eficacia del sistema de enseñanza, pronosticar las posibilidades del alumno y orientar, motivar e incentivar al alumno, agrupar o clasificar y asignar calificaciones a los alumnos.

¿Qué y cómo se evalúa?. En cualquier proceso de evaluación se intenta valorar si se han logrado alcanzar los aprendizajes previstos y cómo ha conseguido aprenderlos, es decir, qué ha aprendido y cómo lo ha hecho; además es importante conocer las dificultades que el niño ha mostrado a la hora del aprendizaje, la ayuda que ha necesitado, el tiempo dedicado, las herramientas usadas,… Los procedimientos de evolución adecuados son las pruebas específicas de evaluación y la observación sistemática; una permitirá la obtención de datos sobre como aprende y las otras la cantidad de aprendizajes lograda.

1.5. Estrategias de evaluación.

La evaluación debe ser consecuente con los objetivos y competencias básicas, debe extenderse al maestro, a la acción didáctica y a los alumnos, debe atender a los aspectos conceptuales, procedimentales y actitudinales, debe ser continua y global, debe proporcionar una información continuada, debe ser realizada por los agentes

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internos y por los sistemas externos, debe estar integrada en el proceso educativo, debe tener en cuenta las diferencias individuales y debe utilizar distintos mecanismos e instrumentos de evaluación.

2. NORMATIVA DE REFERENCIA.

• LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA 26-12-2007)

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE 4-5-2006)

• INSTRUCCIONES de 5-6-2008, de la Dirección General de Ordenación Evaluación Educativa, por las que se complementa la normativa sobre Evaluación del alumnado de Educación Infantil y Bachillerato.

• INSTRUCCIONES de 17-12-2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria.

• INSTRUCCIONES de 17-12-2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre evaluación del alumnado de Educación Primaria.

• ORDEN de 10-8-2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía. (BOJA 30-8-2007)

• ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-8-2007)

• DECRETO 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria en Andalucía. (BOJA 8-8-2007)

• DECRETO 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA 15-05-2009).

• ORDEN de 29-12-2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• CORRECCIÓN de errores de la Orden de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación infantil en Andalucía (BOJA 17-10-2008).

• ORDEN de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 26-8-2008)

• DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 19-8-2008)

• ORDEN de 10-8-2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía. (BOJA 30-8-2007)

• ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-8-2007)

• DECRETO 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía. (BOJA 8-8-2007)

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• RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establecen determinados aspectos de la Orden de 27 de octubre de 2009, por la que se regulan las Pruebas de la evaluación de diagnóstico, para su aplicación en el curso 2010-2011(BOJA 19-01-2011).

• ORDEN de 27-10-2009, por la que se regulan las pruebas de evaluación de diagnóstico y el procedimiento de aplicación en los centros docentes de Andalucía (BOJA 25-11-2009).

3. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN.

3.1. Funciones de la evaluación.

Las funciones que desempeña la evaluación son las siguientes:

• Diagnóstico: información sobre la marcha del desarrollo del currículo, los alumnos y las alumnas, y los profesores y las profesoras.• Pronóstico: avance de expectativas sobre qué puede ocurrir, para prevenir y solventar problemas.• Adaptación: acomodación de los diferentes métodos y recursos a los distintos ritmos de aprendizaje de los alumnos y las alumnas, con miras a la máxima personalización del proceso educativo.• Orientación: guía, paso a paso, del camino que se debe seguir en cada momento del desarrollo curricular.• Regulación: facilitación y armonización de elementos personales, materiales y funcionales para garantizar el grado de eficacia del desarrollo del currículo.• Control: certificación de la calidad y cantidad de los logros obtenidos.

3.2. Modalidades de evaluación.

Dentro del proceso de evaluación se pueden distinguir las siguientes modalidades:

• Evaluación inicial, que facilita la valoración de los conocimientos previos, las capacidades y las actitudes del alumnado, con objeto de adecuar el proceso de enseñanza-aprendizaje a la realidad de sus posibilidades.

• Evaluación formativa continua, que pretende conocer si se van logrando los objetivos propuestos, cuando todavía se puede intervenir modificando el camino para conseguirlos; es decir, evaluación del proceso y como proceso. Este tipo de evaluación tiene un especial carácter regulador, orientador y auto-corrector del proceso educativo desde su comienzo, lo que requiere una evaluación inicial previa.

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• Evaluación sumativa, que estima los méritos al finalizar el currículo (más cuantitativa), en la que se valora, sobre todo, el dominio de las capacidades adquiridas; es decir, evaluación del resultado.

3.3. Principios de la evaluación.

El proceso de evaluación ha de regirse según los siguientes principios:

• Que sea un medio, no un fin en sí mismo.• Que constituya un proceso continuo, progresivo y sistemático.• Que atienda a las diferencias individuales.• Hay que partir de lo que se quiere evaluar y después evaluarlo.• Trabajar en equipo a la hora de su diseño.• Tener flexibilidad al elegir los criterios o pruebas.• Debe basarse en criterios claros y lo más objetivos posibles.• Hay que dotarla de un mínimo de requisitos para su realización.• Debe tratar aspectos cualitativos y cuantitativos.• Es necesario temporalizarla adecuadamente.• Debe posibilitar la corrección de los procesos una vez detectadas las

deficiencias.• Tiene que recoger al máximo todos los aspectos de la personalidad.• Reflejar de manera clara: qué, cómo y cuándo debe realizarse.• Propiciar a su término el proceso de reorganización específico y global

(feed-back).

4. OBJETIVOS GENERALES DE LA EVALUACIÓN.

Los objetivos que se persiguen con el plan de evaluación, en referencia al proceso de evaluación son:

1. Averiguar la necesidad, la viabilidad, la idoneidad, la oportunidad, el aprovechamiento y la rentabilidad del diseño-desarrollo curricular.2. Actuar en función del alumno y la alumna, atendiéndolos como personas, tanto individual como socialmente.3. Proporcionar datos de todos los participantes en el proceso educativo: alumnado, docentes, diseños-desarrollos curriculares, etc., para poder decidir lo que mejor convenga.4. Obtener información cuantitativa y cualitativa acerca de la asimilación del programa y, por tanto, de su eficacia.5. Constatar que se van adquiriendo y desarrollando las capacidades previstas en los objetivos curriculares.6. Evaluar adecuadamente el aprovechamiento docente-discente para poder orientarlo de la mejor manera.7. Conocer exhaustivamente los elementos que integran el proceso educativo, en especial al alumnado, para poder elaborar diagnósticos lo más ajustados posible.

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8. Informar a la comunidad educativa, sobre todo a los padres, y solicitar su ayuda.9. Motivar con vistas al proceso de enseñanza-aprendizaje.10. Facilitar información a las instituciones reconocidas que lo requieran.11. Pronosticar y orientar las posibilidades de los alumnos y las alumnas y prevenir el fracaso escolar.12. Conocer la calidad de la actuación docente, individual y grupal, y del sistema educativo.13. Establecer programas de reciclaje ante la detección de malos resultados.14. Superar la antigua concepción de la evaluación como único control.

5. PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN.

Estos elementos comunes de evaluación tienen origen en las normas que regulan las enseñanzas y la evaluación de las etapas de Educación Infantil (Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, el Decreto 428/2008, de 29 de julio, y la Orden de 29 de diciembre de 2008), Educación Primaria (Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, el Decreto 230/2007, de 31 de julio, y la Orden de 10 de agosto de 2007) y ESO (Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, el Decreto 231/2007, de 31 de diciembre y la Orden 10/08/2007).

Todas estas normas insisten en señalar que la evaluación en estas etapas educativas tendrá las siguientes características: global (referida al conjunto de capacidades expresadas en los objetivos generales, adecuados al contexto sociocultural del centro y a las características propias del alumnado, en educación infantil, y a ello se añade en educación primaria el desarrollo de las competencias básicas y el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo), continua (en el sentido de que el profesorado recogerá información de modo continuo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias para que el alumnado continúe su proceso de aprendizaje), formativa y orientadora del proceso educativo (ha de proporcionar información constante que permitirá mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa). En educación infantil la función formativa conlleva que la evaluación no tendrá carácter de promoción, ni de calificación del alumnado.

De acuerdo con los apartados 6 y 7 del artículo 2 de las Ordenes de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria y ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, definimos los procedimientos y criterios comunes de evaluación de este Centro.

5.1. PROCEDIMIENTOS COMUNES DE EVALUACIÓN.

En la puesta en marcha de procedimientos de evaluación del alumnado nos parece interesante fomentar situaciones de autoevaluación y heteroevaluación de los

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propios alumnos y alumnas con el fin de contribuir a desarrollar las capacidades de crítica y autocrítica, ya que analizar el propio trabajo y ponerse en el lugar del otro parecen dos de las actividades más enriquecedoras y difíciles que se nos presentan a lo largo de la vida. Estas actividades de evaluación, pueden contribuir en buena manera al desarrollo de la competencia para la autonomía e iniciativa personal y la competencia social y ciudadana.

En cuanto a la evaluación de los aprendizajes, junto a los caracteres de globalidad y continuad de la evaluación, que conllevan ya unos procedimientos de evaluación en los que ahora nos detendremos, el procedimiento general de evaluación habrá de tener en cuenta el progreso del alumno o alumna en el conjunto de las áreas del currículo, según se desprende el Artículo 11 del Decreto 230/2007 y en Artículo 14 del Decreto 231/2007. No podrá adoptarse, por tanto, como criterio de evaluación un número de áreas determinado o el predominio de unas sobre otras. Además del progreso general, las competencias básicas y los objetivos generales de etapa, tendrán que tenerse en cuenta en la evaluación los diferentes elementos del currículo (objetivos, contenidos, actividades, metodología…) de acuerdo con el apartado 2 de los Artículos antes citados.

El apartado 3 de los Artículos antes citados aportan luz sobre el procedimiento de evaluación al decir que: “Los criterios de evaluación de las áreas (materias en ESO) serán referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas”.

Y de modo preferente la evaluación se llevará a cabo “a través de la observación continuada del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal”. La continuidad del proceso presenta, no obstante, diferentes momentos y diferentes motivos: evaluación inicial, evaluación del proceso y evaluación final con la calificación y la decisión sobre la promoción. Esta observación continua y la apreciación del carácter global de la evaluación nos obligan al uso de distintos instrumentos para evaluar y finalmente calificar el trabajo de nuestros alumnos y alumnas. Estos instrumentos son:

- Pruebas de control y cuestionarios de evaluación.- Revisión de cuadernos.- Fichas de seguimiento.- Preguntas de clase y participación en la misma.- Trabajos en grupo.- Entrevistas individuales.- Asambleas de clase, puestas en común, coloquios.- Observación sistemática

El proceso de evaluación continua podrá llevarnos al establecimiento de medidas de atención a la diversidad en cualquier momento del ciclo y tan pronto como se detecten las dificultades.

El apartado 5 de los citados artículos de ambos Decretos, establecen “la obligación de los maestros y maestras de evaluar tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente”. Por ello, tanto los maestros y maestras de manera individual como el equipo directivo y el ETCP de forma

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colectiva habrán de concretar los aspectos, criterios y procedimientos de esta evaluación, ofrecer documentos de reflexión e instrumentos que la faciliten y la acoten.

5.2. CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN EN EL CENTRO.

a) Los tutores y tutoras realizarán una evaluación inicial del alumnado durante el primer mes del curso escolar al comienzo de cada ciclo, dicha evaluación se registrará en la entrada oportuna del programa Séneca y constará de:

• E. Infantil: datos sobre el desarrollo de las capacidades contempladas en los objetivos de la etapa, información proporcionada por el padre o madre, en su caso, los informes médicos, psicológicos, pedagógicos y sociales que revistan interés para la vida escolar y la revisión de los datos del alumnado que hubiere estado escolarizado en primer ciclo de esta etapa.

• E. Primaria y ESO: datos sobre el punto de partida desde el que se inician los nuevos aprendizajes, obtenidos aquellos mediante pruebas y observación directa, análisis de los informes personales de la etapa o ciclo anterior, información de la familia y, en su caso, los informes médicos, psicológicos, pedagógicos y sociales.

b) El alumnado será evaluado conforme a criterios de plena objetividad. El profesorado de cada área dará a conocer estos criterios al alumnado, así como los resultados de sus aprendizajes.

c) Los resultados del aprendizaje se darán a conocer de manera discreta, individual y de manera que esta información tenga valor formativo y comprometa al alumnado en su educación.

d) La promoción del alumnado tendrá en cuenta: el grado de desarrollo de las competencias básicas adquirido, la consecución de los objetivos generales de la etapa y las posibilidades de progreso.

e) Participar en la elaboración de las normas de clase, conocerlas y respetarlas.

Así como conocer y respetar las normas del Centro de modo que el alumnado se inicie en el ejercicio de la ciudadanía democrática.

f) Esforzarse y responsabilizarse del estudio y del trabajo para poder desenvolverse con autonomía en la ejecución de actividades y juegos tanto individuales como colectivos.

g) Desarrollar las capacidades afectivas y adquirir habilidades sociales de modo que los alumnos y alumnas demuestren una actitud contraria a los prejuicios y los estereotipos y participen en la prevención y la resolución de conflictos tanto en el ámbito escolar como en el familiar y social, así como sean capaces de tomar iniciativas y llevarlas a cabo.

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h) El profesorado comprobará mediante la observación directa, la realización de actividades de debate, análisis y reflexión que el alumnado conoce, comprende y respeta otras culturas, las diferencias entre las personas y actúa sin discriminación hacia todas ellas reconociendo la igualdad de derechos y oportunidades entre las personas, especialmente entre hombres y mujeres.

i) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana, a la vez que reconoce y aprecia las peculiaridades de la modalidad lingüística andaluza en todas sus variedades. Este conocimiento, uso y apreciación tendrá especial incidencia en lograr que el alumnado sea competente para expresar de manera oral y por escrito su pensamiento, emociones y sentimientos y sea capaz de comprender diferentes tipos de texto a la vez que desarrolla diferentes usos y hábitos de lectura.

j) Expresar y comprender mensajes sencillos en inglés y ser capaz de desenvolverse en situaciones cotidianas. En lengua extranjera se prestará una atención muy destacada a las situaciones comunicativas orales.

k) Ser capaz de utilizar los números y las operaciones básicas, los símbolos y las formas de expresión del razonamiento matemático con el fin de producir e interpretar informaciones y resolver problemas de la vida diaria. El alumnado deberá adquirir la habilidad de trasladar y aplicar estos usos y conocimientos a situaciones de su vida cotidiana.

l) Se habrá de comprobar el conocimiento y la capacidad de interactuar en el entorno natural, social y cultural de manera que comprenda los sucesos, los avances y conocimientos científicos, se inicie en la predicción de las consecuencias de las acciones y contribuya a la conservación y mejora de su entorno. El medio natural, social y cultural andaluz será objeto de una atención significada, aunque se habrá de valorar el respeto e interés mostrado por la diversidad lingüística y cultural de los pueblos.

m) En cuanto al uso de las tecnologías de la información y la comunicación tendremos que valorar la iniciación en el uso de las mismas y la capacidad para buscar, obtener, procesar y comunicar la información y transformarla en conocimiento mediante textos, dossiers, caza de tesoros u otros trabajos. Junto al uso de las TIC y el tratamiento de la información deberá valorarse el desarrollo de una actitud crítica hacia los mensajes recibidos y emitidos y el uso excesivo de estas tecnologías.

n) Apreciar y comprender diferentes manifestaciones culturales y artísticas, utilizarlas como fuente de disfrute y enriquecimiento personal al tiempo que se inicia en la valoración crítica de las mismas. La realidad cultural andaluza habrá de ser considerada, conocida, respetada y entendida como comunidad de encuentro de culturas.

ñ) La educación física y el deporte tendrán que ser considerados como medios para favorecer el desarrollo personal y social y en este sentido la evaluación, en ésta y otras áreas dada la transversalidad de esta cuestión, deberá valorar

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la importancia y el interés que el alumnado muestra por la higiene y la salud, la aceptación del propio cuerpo y el de los otros, así como de sus posibilidades motrices, y el respeto a las diferencias.

o) Mediante el fomento de la educación vial se valorará el conocimiento de las normas elementales como peatón y usuario de vehículos y el desarrollo de actitudes de comportamiento y respeto hacia los demás que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.

B. LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL________________________

1. NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN.

1.1. La evaluación en Educación Infantil.

1. La evaluación en esta etapa será global, continua y formativa, y tendrá como referente los objetivos establecidos para la misma.

2. La evaluación será global, por cuanto deberá referirse al conjunto de capacidades expresadas en los objetivos generales, adecuados al contexto sociocultural del centro y a las características propias del alumnado. Tendrá un carácter continuo al ser un proceso en el que el tutor o tutora recoge de modo continuo, información sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje. Y, así mismo, tendrá un carácter formativo, al proporcionar una información constante que permitirá mejorar, tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa.

3. La evaluación en esta etapa servirá para detectar, analizar y valorar los procesos de desarrollo del alumnado así como sus aprendizajes, siempre en función de las características personales de cada uno. A estos efectos, los criterios de evaluación se utilizarán como referente para la identificación de las posibilidades y dificultades de cada alumno o alumna y para observar su proceso de desarrollo y los aprendizajes adquiridos.

4. La evaluación del aprendizaje del alumnado corresponderá a la persona que ejerza la tutoría, que recogerá, en su caso, la información proporcionada por otros profesionales que puedan incidir en el grupo o atiendan a algún alumno o alumna en particular. Dicha evaluación se realizará preferentemente a través de la observación continua y sistemática del alumnado y de las entrevistas con la familia.

5. Para la evaluación, tanto de los procesos de desarrollo como de los aprendizajes, se utilizarán distintas estrategias y técnicas. Se concederá especial importancia a la elaboración de documentación sobre la práctica docente y las experiencias de aula. Se avalarán y fundamentarán, de esa forma, las observaciones y valoraciones realizadas sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje.

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6. La valoración del proceso de aprendizaje se expresará en términos cualitativos, recogiéndose los progresos efectuados por el alumnado y, en su caso, las medidas de refuerzo y adaptación llevadas a cabo.

2. MOMENTOS DE LA EVALUACIÓN.

2.1. Evaluación inicial.

1. Al incorporarse por vez primera un niño o niña al centro, en la etapa de educación infantil, el tutor o tutora, realizará una evaluación inicial en la que se recogerán los datos relevantes sobre su proceso de desarrollo de las capacidades contempladas en los objetivos de la etapa. Esta evaluación inicial incluirá la información proporcionada por el padre o madre y, en su caso, los informes médicos, psicológicos, pedagógicos y sociales que revistan interés para la vida escolar.

2. Esta evaluación inicial se completará con la observación directa, que se realizará mediante técnicas o instrumentos que permitan recoger y consignar dicha información y que deberán decidirse por los profesionales del ciclo, así como reflejarse en el proyecto educativo.

3. Asimismo, los centros que imparten el segundo ciclo, solicitarán a los centros de procedencia los datos oportunos del alumnado escolarizado en el primer ciclo. En todo caso, cualquier centro que escolarice a alumnado que haya asistido previamente a otro anterior, solicitará la información correspondiente al centro de procedencia.

2.2. Evaluación continua.

1. A lo largo del segundo ciclo, y de forma continua, la persona que ejerza la tutoría utilizará las distintas situaciones educativas para analizar los progresos y dificultades de su alumnado, con el fin de ajustar la intervención educativa para estimular el proceso de aprendizaje.

2. Se establecerán, al menos, tres sesiones de evaluación a lo largo del curso, sin perjuicio de otras que se establezcan en la propuesta pedagógica.

3. Los objetivos didácticos guiarán la intervención educativa, constituirán el punto de referencia inmediato de la evaluación continua y permitirán encontrar los procedimientos de evaluación más adecuados a tales objetivos.

4. El tutor o tutora recogerá y anotará los datos relativos al proceso de evaluación continua y elaborará, al finalizar cada curso escolar, un informe anual de evaluación individualizado en el que se reflejarán el grado de desarrollo de los diversos tipos de capacidades y las medidas de refuerzo y adaptación que, en su caso, hayan sido utilizadas.

5. En el proyecto educativo del centro se concretará la definición de los criterios de evaluación que, junto a las capacidades contempladas en los objetivos de la etapa, serán los referentes de la evaluación continua.

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2.3. Evaluación final.

1. Al término de cada ciclo se procederá a la evaluación final del alumnado a partir de los datos obtenidos en el proceso de evaluación continua, teniendo como referencia los objetivos y los criterios de evaluación establecidos en el proyecto educativo.

2. A la finalización del ciclo, el tutor o tutora elaborará un informe individualizado de final de ciclo que recogerá los logros y dificultades en su proceso de desarrollo y de aprendizaje.

3. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN.

3.1. Documentos de evaluación.

1. Al inicio de la escolarización, en el segundo ciclo de la educación infantil, el centro abrirá un expediente personal del alumnado. En dicho expediente, que tendrá un formato de carpeta-dossier, se consignarán el nombre y apellidos del niño o la niña y los datos relativos al centro.

2. El expediente personal comprenderá, al menos:

a) La ficha personal del alumno o alumna. b) Informe anual de evaluación individualizado. c) Informe individualizado de final de ciclo. d) Resumen de la escolaridad.

3. Cuando el alumno o alumna permanezca en el mismo centro, el informe individualizado de final de ciclo se trasladará al tutor o tutora correspondiente de educación primaria, para facilitar la continuidad del proceso de aprendizaje. Dicho informe servirá de orientación para la evaluación inicial al comienzo del siguiente ciclo o etapa.

3.2. Ficha Personal.

1. La ficha personal se ajustará en su contenido al modelo que, como Anexo I se adjunta a la presente Orden de evaluación de Educación infantil, y en ella se consignarán los datos de filiación y los familiares y, si los hubiera, los datos médicos, psicológicos y pedagógicos, pudiendo archivarse igualmente copia de aquellos documentos personales de cada niño o niña considerados de interés educativo. La custodia y archivo de la ficha personal corresponden a la secretaría del centro.

3.3. Informe anual de evaluación individualizado.

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1. El tutor o tutora elaborará un informe anual de evaluación individualizado al finalizar cada curso a partir de los datos obtenidos a través de la evaluación continua, de acuerdo con el modelo que como Anexo IV se adjunta a la Orden de evaluación. La custodia de los informes anuales de evaluación individualizados corresponde a la persona que ejerza la tutoría del grupo de alumnos y alumnas mientras éstos se encuentren escolarizados en el centro.

3.4. Informe individualizado de final del ciclo.

1. Al finalizar el alumnado el segundo ciclo de la etapa de educación infantil, el tutor o la tutora, con el fin de garantizar una atención individualizada y continuada, recogerá los datos más relevantes de los informes de cada curso y elaborará un informe individualizado de final de ciclo sobre los logros en su proceso de desarrollo y en la adquisición de los aprendizajes en relación con los objetivos establecidos. Asimismo, se hará constar los aspectos que más condicionen su progreso educativo y, en su caso, las medidas de refuerzo y adaptación que se hayan tomado, de acuerdo con el modelo que como Anexo V se adjunta a la presente Orden. Estos informes se adjuntarán al expediente personal del alumno o alumna.

2. Cuando un alumno o alumna se traslade a otro centro, la secretaría del mismo solicitará al centro de procedencia la ficha personal del alumno o alumna, los resúmenes de la escolaridad, así como los informes de evaluación individualizados correspondientes a su escolarización en esta etapa educativa. El centro de procedencia conservará copia de los documentos durante tres años.

3.5. Resumen de escolaridad.

1. Los resúmenes de escolaridad, en el primer y segundo ciclo de educación infantil, reflejarán los cursos escolares realizados, el centro en el que el alumno o alumna ha estado escolarizado cada año, la firma de quien ostente la dirección del mismo y las observaciones sobre las circunstancias de la escolaridad que se consignarán al finalizar cada ciclo. Los resúmenes de escolaridad se ajustarán en su contenido a los modelos de los Anexos II y III de la Orden de evaluación de Educación Infantil.

2. La cumplimentación anual del resumen de escolaridad en educación infantil de cada alumno o alumna es responsabilidad del respectivo tutor o tutora. La persona que ocupe la dirección del centro firmará en la casilla correspondiente a cada curso y ambos firmarán el documento en la fecha de finalización del ciclo. La custodia y archivo de los resúmenes de la escolaridad corresponden a la secretaría del centro.

3.6. Cumplimentación electrónica de los documentos.

1. Los centros docentes que impartan el segundo ciclo de la educación infantil cumplimentarán electrónicamente los documentos oficiales de evaluación recogidos en la presente Orden, a través de los módulos correspondientes incorporados al sistema informático «Séneca».

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4. COORDINACIÓN ENTRE LAS ETAPAS DE E. INFANTIL Y E. PRIMARIA.

1. Con objeto de garantizar una adecuada transición del alumnado entre la etapa de educación infantil y de educación primaria, así como de facilitar la continuidad en su proceso educativo, el centro establecerá mecanismos de coordinación entre las etapas de educación infantil y educación primaria.

2. Con esta finalidad, durante el último trimestre del curso escolar, la directora del centro, y en su caso, el orientador de referencia, mantendrán reuniones con los equipos docentes de ambas etapas.

3. En todo caso, los informes individualizados de final del segundo ciclo de educación infantil, serán remitidos a la jefatura de estudios del centro para su traslado a los maestros tutores o maestras tutoras de primer curso que correspondan.

4. La dirección del centro garantizará la adecuada transición del alumnado entre ambas etapas.

5. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS.

1. Corresponde al tutor o tutora informar regularmente a las familias o tutores legales sobre los progresos y dificultades detectados y tener en cuenta las informaciones que éstos proporcionen. Para ello, se reflejarán en el proyecto educativo las medidas necesarias de coordinación con las familias.

2. La información recogida de la evaluación continua se compartirá y se trasladará a las familias, al menos, en un informe escrito trimestral y de forma personal las veces que sean necesarias, con el objetivo de hacerles copartícipes del proceso educativo de sus hijos e hijas, convirtiendo de esta forma al centro en un lugar de encuentro donde los profesionales de la educación asesoren, orienten e intercambien ideas con las familias de manera que compartan prácticas y modelos educativos.

3. Los informes reflejarán los progresos efectuados por el alumnado con referencia a los criterios de evaluación establecidos y las medidas de refuerzo y adaptación que, en su caso, se hayan adoptado, incorporándose al expediente personal del alumnado. El contenido y formato del informe serán decididos por los profesionales de cada uno de los ciclos, en el marco del proyecto educativo.

6. ALUMNOS/AS CON N.E.A.E. 1. La evaluación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en este plan de evaluación.

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2. Respecto a los documentos de evaluación, cuando en un alumno o alumna se hayan identificado necesidades específicas de apoyo educativo, se recogerán en su expediente personal los apoyos y las adaptaciones curriculares que hayan sido necesarias y una copia de la valoración psicopedagógica.

3. Se podrá autorizar, con carácter excepcional, la permanencia del alumno o alumna durante un año más en el último curso del segundo ciclo, cuando se estime que dicha permanencia permitirá alcanzar los objetivos de la educación infantil o será beneficiosa para su socialización. La petición será tramitada por la dirección del centro, a propuesta del maestro tutor o la maestra tutora, basada en el informe del Equipo de Orientación Educativa, previa aceptación de la familia. La Inspección educativa elaborará un informe sobre la procedencia de dicha autorización.

7. DE LAS GARANTIAS DE SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. 1. La obtención y tratamiento de los datos personales del alumnado y, en particular los contenidos en los documentos oficiales de evaluación, su cesión de unos centros a otros y la adopción de medidas que garanticen la seguridad y confidencialidad de dichos datos, se llevará a cabo según lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en la Disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

8. SISTEMA DE CALIFICACION.

1. Teniendo el referente de la Orden de 29 de diciembre de 2008, sobre la evaluación en la Educación Infantil y el Decreto 428 /2008 de 29 de junio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, se ha elaborado el sistema de calificación.

2. El sistema de calificaciones en Educación Infantil es cualitativo. Cada uno de los centro de interés se evalúa a través de una lista de control, en la que se refleja el grado de consecución de las capacidades recogidas en los objetivos programados. En esta lista se especifica si las capacidades se han conseguido o están en proceso de consecución.

3. El código de esta lista de control será:

• En proceso (E.p.).

• Conseguido (C.).

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4. La calificación a aplicar en la evaluación trimestral y final será:

• Poco (Poc.).

• Regular (Reg.).

• Adecuado (Ade.).

• Bueno (Bue.).

• Excelente (Exc.).

9. PROMOCIÓN DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL.

1. Según la Orden de 29 de diciembre de 2008, sobre la evaluación en la Educación Infantil y el Decreto 428 /2008 de 29 de junio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, quedan determinados los criterios de promoción del alumnado del segundo ciclo de educación infantil.

2. La evaluación en la etapa de Educación Infantil tiene una evidente función formativa, sin carácter de promoción, ni de calificación del alumnado. Todo el alumnado de Educación Infantil promocionará al final del ciclo.

3. En el caso de alumnos/as con necesidades educativas especiales, podrán, con carácter excepcional, permanecer durante un año más en el último curso del segundo ciclo, cuando se estime que dicha permanencia permitirá alcanzar los objetivos de la etapa o será beneficioso para su socialización.

C._LA EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA._______________________

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1. NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN 1.1. La evaluación en Educación Primaria.

1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y global, tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas del currículo y se llevará a cabo teniendo en cuenta los diferentes elementos del mismo.

2. La evaluación será global en cuanto se referirá a las competencias básicas y a los objetivos generales de la etapa y tendrá como referente el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo, las características propias del mismo y el contexto sociocultural del centro docente.

3. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje.

4. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permita mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa.

5. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal. En todo caso, los criterios de evaluación de las áreas serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos.

6. Los centros docentes deberán especificar en su proyecto educativo los procedimientos y criterios de evaluación comunes que ayuden al profesorado a valorar el grado de desarrollo de las competencias básicas y los objetivos generales de la etapa y facilite la toma de decisión más adecuada en cada momento del proceso evaluador.

7. A tales efectos, deberá entenderse por criterios de evaluación comunes el conjunto de acuerdos incluidos en el proyecto educativo que concretan y adaptan al contexto del centro docente los criterios generales de evaluación establecidos en el Decreto 230/2007, de 31 de julio, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación.

8. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes, para que la información que se obtenga a través de los procedimientos informales y formales de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación.

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9. Los centros docentes harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada área que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y para la promoción del alumnado. 10. Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar al maestro tutor o maestra tutora aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos.

11. Los proyectos educativos de los centros docentes establecerán el sistema de participación del alumnado y de sus padres, madres o tutores legales en el desarrollo del proceso de evaluación.

2. MOMENTOS DE LA EVALUACIÓN.

2.1. Evaluación inicial.

1. Con objeto de garantizar una adecuada transición del alumnado entre las etapas de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria, así como de facilitar la continuidad de su proceso educativo, el centro establecerá mecanismos de coordinación con los equipos docentes de cada etapa y con los centros docentes de procedencia del alumnado que se incorpora a la etapa. Con esta finalidad, durante el último trimestre del curso escolar, La jefatura de estudios del centro, mantendrá reuniones de coordinación, en su caso.

2. Durante el primer mes del curso escolar al comienzo de cada ciclo, los tutores y tutoras realizarán una evaluación inicial del alumnado. Dicha evaluación incluirá el análisis de los informes personales de la etapa o ciclo anterior correspondientes a los alumnos y alumnas de su grupo, que se completarán con otros datos obtenidos por el propio tutor o tutora sobre el punto de partida desde el que el alumno o alumna inicia los nuevos aprendizajes.

3. Dicha evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado.

4. El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas pertinentes de apoyo, refuerzo y recuperación para aquellos alumnos y alumnas que lo precisen o de adaptación curricular para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

2.2. Evaluación continua.

1. La evaluación continua será realizada por el equipo docente que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinados por quien ejerza la tutoría. Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del equipo de orientación educativa correspondiente.

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2. Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa.

3. En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan, de conformidad con lo previsto en el capítulo V del Decreto 230/2007, de 31 de julio. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades, y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.

2.3. Evaluación a la finalización de cada curso.

1. Al término de cada curso, se valorará el progreso global de cada alumno y alumna, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo.

2. La valoración del progreso del alumnado se expresará en los términos descritos en el artículo anterior. Cuando el curso evaluado sea el último de un ciclo, la valoración del progreso del alumnado se trasladará al acta de evaluación, al expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que promocione, al historial académico de educación primaria previsto en el artículo 10.4 de la Orden de evaluación de educación primaria.

3. El equipo docente coordinará cuantas actuaciones considere de interés para que la transición del alumnado de un curso al siguiente se realice con las necesarias garantías de continuidad y coherencia en el proceso educativo.

2.4. Sesiones de evaluación.

1. La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por el maestro tutor o maestra tutora para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora.

2. A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, sin perjuicio de lo que, a estos efectos, los centros docentes puedan recoger en sus respectivos proyectos educativos.

3. El tutor o tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

4. Los resultados de la evaluación de cada área se expresarán en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás.

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5. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales, de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en el Decreto 230/2007, de 31 de julio, en la Orden de evaluación, en el presente plan de evaluación y en la demás normativa que resulte de aplicación.

2.5. Sesión general de evaluación.

1. La sesión general de evaluación es la reunión del Claustro del profesorado en la que participa todo el Equipo Docente bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios, con el objetivo de la puesta en común de todos aquellos aspectos que han determinado el proceso de evaluación. Se celebrará una en cada trimestre.

2. La sesión general de evaluación se celebrará en fecha posterior a la sesión de evaluación celebrada para cada grupo por su Equipo docente bajo la coordinación del tutor/a. Antes de realizar la sesión general, cada tutor/a habrá grabado las correspondientes calificaciones en el sistema SÉNECA, acudiendo a la sesión general de evaluación cada maestro con el correspondiente documento del grupo.

2.6. Protocolo en las sesiones de evaluación. En el desarrollo de las sesiones de evaluación (tanto del equipo docente de cada grupo como en la sesión general), se tendrán en cuenta una serie de aspectos:

a) Antes de la sesión general, el/la tutor/a de cada grupo habrá elevado las calificaciones al sistema SÉNECA; en la sesión general cada maestro/a acudirá con una copia de las mismas.

b) En primer lugar se hará un análisis del grupo en general:

• Comparar los resultados con la sesión anterior.• Analizar las propuestas de mejora realizadas en la sesión anterior

con respecto al grupo en general: si se han llevado a cabo, resultados, problemas en la aplicación, etc.

• Establecer propuestas de mejora, respecto al grupo, para la siguiente sesión.

• Realizar un análisis individual de cada área o materia.

c) En segundo lugar se hará un análisis individual del alumnado:

• Se estudiará cada alumno/a, empezando por los que han presentado mas dificultades.

• Comparar la evolución de cada alumno con respecto a la sesión anterior.

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• Analizar las propuestas de mejora realizadas en la sesión anterior con respecto a cada alumno en particular: si se han aplicado, evolución, dificultades, etc.

• Establecer propuestas de mejora para cada alumno en particular, que serán analizadas en la siguiente sesión.

• Acordar la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales.

d) Se levantará acta del desarrollo de las sesiones de evaluación; el/la maestro/a tutor/a en la sesión del equipo docente, y el acta correspondiente en la reunión del Claustro.

3. ALUMNADO CON N.E.A.E. 1. La evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que curse las enseñanzas correspondientes a la educación primaria con adaptaciones curriculares será competencia del tutor o tutora, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa. Los criterios de evaluación establecidos en dichas adaptaciones curriculares serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.

2. En la evaluación del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo y que, por presentar graves carencias en la lengua española, reciba una atención específica en este ámbito, se tendrán en cuenta los informes que, a tales efectos, elabore el profesorado responsable de dicha atención.

3. El alumnado escolarizado en el curso inmediatamente inferior al que le correspondería por edad, al que se refiere el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, se podrá incorporar al grupo correspondiente a su edad, siempre que tal circunstancia se produzca con anterioridad a la finalización del segundo trimestre, cuando a juicio del tutor o la tutora, oído el equipo docente y asesorado por el equipo de orientación educativa, haya superado el desfase curricular que presentaba.

4. PROCEDIMIENTOS Y TÉCNICAS DE EVALUACIÓN.

1. Los procedimientos de evaluación serán variados y descriptivos tal como determina la normativa vigente; los procedimientos variados nos van a permitir evaluar los distintos tipos de contenidos (puesto que todos los contenidos no pueden ser evaluados con los mismos procedimientos) así como contrastar datos de la evaluación de los mismos aprendizajes obtenidos a través de diferentes procedimientos.

2. En educación primaria, para constatar el grado de aprendizaje que adquieren el alumno o alumna y el grupo, así como las actitudes y los hábitos ante el trabajo, se han seleccionado los siguientes procedimientos e instrumentos:

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a) Observación sistemática: se refiere a la observación cotidiana del proceso de aprendizaje de cada alumno; es un proceso de atención sostenida y voluntaria y se realiza mediante:

• Lista de control: nos permiten evaluar las conductas positivas y negativas de los alumnos en una determinada actuación. Utilizan un juicio simple, “si” o “no”, sin añadir matices de tipo cualitativo.

• Escalas de observación: Permiten formular juicios sistemáticos sobre el grado hasta el que llega un comportamiento o una característica. Consisten en un conjunto de factores a juzgar y algún tipo de jerarquía. El observador usa la escala para indicar la cualidad, cantidad o nivel de rendimiento observado. A cada factor se le asigna una puntuación o letras que lo sitúan en la escala.

• Registro anecdótico: breve descripción de algún comportamiento.• Diario de clase: recoge los datos o sucesos más relevantes que

han ocurrido en la jornada.

b) La interrogación: consiste en preguntar aquello que deseamos conocer, y, se hace a través de:

• Notas en la agenda.• Entrevistas: es un proceso de interrogación verbal.• Cuestionarios: son presentaciones escritas donde el sujeto anota

sus apreciaciones.• Sociograma: representación gráfica de las interrelaciones de los

miembros del grupo.

c) El análisis de las producciones del alumnado.

• Análisis del cuaderno de clase del alumno.• Trabajos de aplicación y síntesis.• Producciones orales y escritas.• Análisis de textos escritos y pequeñas investigaciones o trabajos.• Juegos de simulación y dramáticos.

d) Las pruebas en distintas modalidades (escritas y orales); a través de:

• Pruebas de composición y ensayo; se intenta que los alumnos organicen, seleccionen y expresen las ideas principales.

• Examen oral: el alumno responde oralmente a las preguntas.

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• Pruebas objetivas: son breves en su enunciado y en la respuesta (preguntas de texto incompleto, de emparejamiento, de opción múltiple,..).

• Pruebas escritas: se harán a criterio de cada maestro, que determinará los aspectos a evaluar y la fecha correspondiente.

e) Estrategias de autoevaluación: en la forma adecuada a cada edad se trata de permitir al alumno (a través del análisis del trabajo realizado) que valore conjuntamente con el maestro los progresos y las dificultades encontradas. Para esto el alumno necesita conocer los objetivos de aprendizaje. Con este procedimiento se refuerza la autoestima necesaria para seguir aprendiendo. Ejemplos de estrategias:

• Corrección de los controles escritos por parte de los alumnos previa corrección de los mismos por el profesor.

• Autoseguimiento de los objetivos conseguidos en relación a los programados.

f) Las entrevistas al alumnado ya las familias, por la información complementaria que pueden ofrecer y la importancia que tiene una relación positiva entre el centro y la familia.

g) La triangulación, como técnica de contraste entre varios profesores o mediante la utilización de varios métodos, para confirmar los datos recogidos con anterioridad.

2. No se trata de utilizar todos los procedimientos para todo; sino que mas bien habrá que elegir en cada momento los mas adecuados en función de cada área y contenido a evaluar. Así mismo, habrá que tener en cuenta a la hora de utilizar un procedimiento u otro las características personales y aptitudes del alumno para que el procedimiento no impida que el alumno muestre su verdadero nivel de aprendizaje.

3. Estas estrategias generales de evaluación, junto con los criterios específicos señalados para cada ciclo y área, servirán para detectar el grado de desarrollo de los aprendizajes alcanzado por el alumnado. Además, son útiles para tomar decisiones (corregir, ampliar, simplificar, variar...) en cualquier momento, en todo lo que se refiere a la regulación del proceso de enseñanza y adaptarlo de manera permanente y positiva a los ritmos reales de cada estudiante en particular. La evaluación, realizada con este enfoque, conducirá a la elaboración de un informe descriptivo en relación con la situación de cada alumno o alumna en todos sus ámbitos personales de desarrollo. Esta información será transmitida a las familias por escrito, y comentada con ellas en las entrevistas establecidas, de manera que la educación constituya una acción conjunta entre la familia y el centro y favorezca la formación que se desea en cada uno de los alumnos.

5. SISTEMAS DE CALIFICACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

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5.1. SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN PRIMER CICLO.

Se utilizará el siguiente baremo:

5.1.1. Pruebas escritas y orales……………….…………………………….40%.

• Fichas de evaluación de las unidades…………………..…………… 5%• Lectura y comprensión lectora…………………………..…………...15%• Expresión oral y escrita…………………………..…………………. 20%

Lee respetando los signos de puntuación. Escribe respetando reglas ortográficas y gramaticales. Escribe con grafía legible y construye frases comprensibles. Se expresa con lenguaje oral correcto (vocabulario, comprensión

de la frase). Realiza dibujos de forma creativa y original. Respeta las normas de clase relativas a la expresión.

5.1.2. Realización del trabajo………………………………………….…...30%.

• Participa en las actividades que se desarrollan en clase………………..5%.• Acaba las tareas……………………………………………………….. 5%.• Cuaderno de clase, presentación y limpieza……………………………5%.• Aporta los materiales necesarios……………………………………….5%.• Trabajo en casa………………………………………………………..10%.

5.1.3. Comportamiento……………………………………………..……….20%.

• Respeta a los compañeros y a los maestros.• Cumple las normas.• Atiende.• Muestra interés y esfuerzo.• Cuida el material.• Habla en clase.

5.2 SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN SEGUNDO CICLO. Según las áreas, se utilizará el siguiente baremo:

5.2.1. Lengua, matemáticas, conocimiento del medio.

a) Pruebas orales y escritas (Para comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas)……………………………………... 40%.

• Pruebas orales…………………………………………..20%.

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• Pruebas escritas…………………………………………20%

b) Esfuerzo y atención…………………………………………….20%.

• Realiza las tareas de clase.• Realiza las tareas de casa.• Manifiesta interés.• Participa activamente en clase.

c) Presentación de cuadernos………………………………………10%

• Presenta los escritos con limpieza y orden.• Presenta los escritos con corrección ortográfica.

d) Conducta y comportamiento……………………………………20%.

• Respeta a los demás.• Utiliza el turno de palabra.• Respeta el material del centro y del aula.• Aprovecha el tiempo en clase.• Trabaja bien en grupo.

e) Expresión oral…………………………………………………...10%

• Se expresa con soltura y fluidez.

5.2.2. Lengua extranjera. Inglés.

b) Habilidades comunicativas y usos de la lengua……………….50%.

• Responde verbal y no verbalmente instrucciones y preguntas sencillas.

• Reconoce y puede decir el vocabulario de la unidad.• Escribe el vocabulario clave de cada unidad.• Muestra interés por escribir en inglés.• Muestra interés por participar en juegos de preguntas y

respuestas.• Reproduce adecuadamente aspectos de ritmo ,acentuación,

pronunciación y entonación.• Pruebas orales y escritas de cada unidad.• Termina las tareas.

c) Actitud con respecto al aprendizaje de la lengua........................30%

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• Muestra una actitud positiva sobre la propia capacidad para aprender una lengua extranjera.

• Muestra curiosidad e interés por una cultura distinta a la propia.

• Muestra interés por aprender la lengua extranjera.• Muestra una actitud abierta hacia hablantes de lengua

extranjera.

d) Comportamiento en el aula……………………………………..20%

• Responde educadamente al profesor.• Trae material escolar a clase.• Se porta adecuadamente en clase.• Trabaja bien por parejas/grupo.• Deja su mesa ,el aula limpia y ordenada.

5.2.3. Educación Física.

a) Esfuerzo y atención:………………………………………….20%.b) Conducta y compañerismo:………………………………….25%.c) Expresión Corporal:…………………………………………..15%.d) Desarrollo de Habilidades Motrices: ………………………...40%.

5.2.4. Educación Artística.

a) Presentación de las producciones artísticas ( Si presenta los trabajos de forma limpia, ordenada y creativa)……………...50%.

b) Esfuerzo y atención (Si participa activamente en clase y se esfuerza a la hora de realizar las producciones artísticas)…...30%.

c) Conducta y compañerismo (Si respeta a los demás, si utiliza el turno de palabra ,si respeta el material del centro y del aula, si aprovecha el tiempo en clase…)……………………………...20%

5.2.5. Educación musical.

a) Lenguaje musical……………………………………………..20%.b) Ritmo………………………………………………………….15%.c) Comportamiento………………………………………………20%.d) Instrumentación…………………………………………….....15%.e) Trabajo…………………………………………………...……15%.f) Entonación………………………………………………….…15%.

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5.3. SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN TERCER CICLO.

5.3.1. Área de Matemáticas.

a) Pruebas orales y escritas (Para comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas)………………………………... 60%.

• Pruebas orales…………………………………………..10%.• Pruebas escritas…………………………………………50%

b) Trabajo realizado…………...…………………………..……..15%.

• Trabajo en casa…………………………………………5%.• Trabajo en el cuaderno………………...………………10%.

c) Comportamiento……………………………………………...20%.d) Ortografía…………………………………………………….. 5%.

5.3.2. Área de lengua castellana y literatura.

a) Pruebas orales y escritas (Para comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas)………………………………... 50%.

• Pruebas orales…………………………………………..10%.• Pruebas escritas…………………………………………40%

b) Trabajo realizado…………...…………………………..……..15%.

• Trabajo en casa…………………………………………5%.• Trabajo en el cuaderno………………...………………10%.

c) Comportamiento……………………………………………...20%.d) Ortografía…………………………………………………….. 5%.e) Lectura………………………………………………………...10%.

5.3.3. Área de Conocimiento del medio social y natural.

a) Pruebas orales y escritas (Para comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas)………………………………...……... 50%.

• Pruebas orales…………………………………………..10%.• Pruebas escritas…………………………………………40%

b) Trabajo realizado…………...…………….………………..……..15%.

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• Trabajo en casa…………………………………………5%.• Trabajo en el cuaderno………………...………………10%.

c) Comportamiento……………………………..…………………...20%.d) Ortografía………………………………………….…………….. 5%.e) Trabajo de investigación…………………………………………10%.

5.3.4. Área de educación Artística.

a) Presentación de trabajos…………………………………………80%.b) Comportamiento…………………………………………………20%.

5.3.5. Área de Educación Musical.

a) Lenguaje musical……………………………………………….20%.b) Ritmo…………………………………………………………...15%.c) Comportamiento………………………………………………..20%.d) Instrumento……………………………………………………..15%.e) Trabajos …………………………………………......…………15%.f) Entonación……………………………………………………...15%

5.3.6. Área de Educación para la ciudadanía.

a) Participación en clase ……………………………………...…..30%.b) Realización de trabajos ……………………………………..….50%.c) Comportamiento…………………………………………….….20%.

5.3.7. Área de Educación Física.

a) Esfuerzo y atención …………………………………………….20%.b) Conducta Compañerismo……………………………………….25%.c) Expresión Corporal………………………………………….…..15%.d) Desarrollo de Habilidades Motrices………………….…………40%.

5.3.8. Área de lengua extranjera. Inglés.

a) Habilidades comunicativas y usos de la lengua ………..…….50%.b) Actitud con respecto al aprendizaje de la lengua………….…20%.c) Comportamiento en el aula………………………………….. 30%.

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6. CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

1. Según se recoge en el artículo 6 de la citada Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el proyecto educativo deberá establecer los procedimientos y criterios de evaluación comunes que ayuden al profesorado a valorar el grado de desarrollo de las competencias básicas y los objetivos generales de la etapa y facilite la toma de la decisión más adecuada en cada momento del proceso evaluador.

2. Como criterios de evaluación comunes a considerar en todas las áreas, y a lo largo de todo el proceso de aprendizaje durante la Educación Primaria, se consideran los siguientes:

a) Expone oralmente de manera clara y coherente sus experiencias, sus ideas y sentimientos, aportando ideas y haciendo preguntas en relación con el tema.

b) Expresa de forma oral relatos y exposiciones de clase de manera coherente.

c) Participa en diálogos, conversaciones, charlas de clase, etc., respetando las normas que facilitan el intercambio comunicativo: pide la palabra, interviene cuando corresponde, escucha las intervenciones de sus compañeros y compañeras, expone sus razones para explicar su comportamiento y sus gustos.

d) Respeta a los demás y las normas establecidas (escucha las intervenciones, espera el momento de intervención).

e) Realiza resúmenes de textos leídos adecuados a su nivel y explica e intercambia ideas, sentimientos y opiniones sobre ellos.

f) Localiza y recupera información en textos adecuados a su nivel previamente leídos y es capaz de extraer conclusiones e inferencias de los mismos.

g) Utiliza de forma habitual los libros como medio de diversión y disfrute, dentro y fuera del aula.

h) Distingue usos racistas, sexistas y estereotipados en conversaciones, audiciones, cuentos e imágenes, manifestando sensibilidad, aceptación y respeto ante las diferencias individuales, así como voluntad de emprender autocorrecciones pertinentes para evitar estos usos del lenguaje.

i) Presenta los escritos y trabajos de forma clara y limpia, valorando su ejecución cuidadosa.

j) Participa sistemáticamente en la realización de tareas y muestra satisfacción por ello.

k) Muestra interés y curiosidad por aprender.l) Respeta las normas elementales de relación y convivencia en los contextos

familiar y escolar.m) Participa en las actividades grupales del colegio (juegos, conversaciones,

dramatizaciones, puestas en común, etc.). n) Muestra una actitud de aceptación y respeto hacia los demás y no rechaza

ni discrimina a nadie en sus juegos ni en las tareas escolares que realiza.o) Participa y colabora con los otros niños y niñas del grupo en las

actividades del aula.

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p) Muestra interés por las aportaciones de los demás, valorando el aspecto cooperativo del aprendizaje.

q) Trabaja en equipo.r) Utiliza el lenguaje como instrumento de aprendizaje: para memorizar,

anotar, preguntar, comprender, responder.s) Elige y utiliza los instrumentos y materiales adecuados para realizar

actividades diferentes.t) Valora la elaboración personal de materiales propios para el aprendizaje.u) Cuida los materiales de trabajo y del centro.

2. Los criterios de evaluación propios de cada área serán los que aparecen fijados en los apartados correspondientes a los mismos dentro del currículo de cada ciclo. (Establecidos en la concreción curricular del proyecto Educativo del Centro).

7. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA. 7.1. ASPECTOS NORMATIVOS SOBRE LA PROMOCIÓN EN E. PRIMARIA.

1. Los criterios de evaluación comunes a que se refiere el artículo 2.6 de la Orden 10/08/2007, incluirán la promoción del alumnado, atendiendo a la adquisición de las competencias básicas, a la consecución de los objetivos generales de la etapa y a sus posibilidades de progreso.

2. Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de forma colegiada, en la sesión final de evaluación, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo ciclo o etapa siguiente. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o tutora, que comunicará la opinión de los padres, madres o tutores legales del alumno/a siendo oída previamente en una entrevista anterior a la Sesión de evaluación. El centro establecerá, en su proyecto educativo, la forma en que los padres, madres o tutores legales del alumnado puedan ser oídos para la adopción de la decisión de promoción.

3. Como Equipo docente se tendrá presente que el alumno/a es una persona y como tal es diferente y por ello nos adaptaremos a sus características personales, por tanto la decisión de promoción requiere una serie de pasos que denotan la importancia que tiene en el proceso de enseñaza aprendizaje. Es necesario tener presente los siguientes criterios básicos:

• Evolución del aprendizaje del alumno/a respecto de sí mismo.• Condiciones personales.• Sus capacidades y dificultades de aprendizaje.• Posibilidades de progreso y recuperación en cursos posteriores.• Criterios de evaluación mínimos de cada área.

4. El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado

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grado de madurez. Se accederá, asimismo, siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes.

5. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria (siempre en los cursos que finalizan ciclo) y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación. El centro organizará este plan de acuerdo con lo que, a tales efectos, se establezca. En el caso que fuera necesaria una segunda repetición (extraordinaria), será determinante el asesoramiento y decisión del Gabinete de Orientación del Centro.

6. Cuando un alumno/a promocione con áreas abiertas, o bien, permanezca un año más en el Ciclo se le aplicará una serie de medidas coordinadas por el tutor/a del alumno/a con la colaboración de los profesores/as de las áreas, Departamento de Orientación, Aula de Apoyo a la Integración y a la familia se le mantendrá en todo momento informada. Dichos apoyos podrán ser los siguientes: refuerzo educativo, adaptación curricular,…

5. En la sesión de evaluación para la decisión de promoción, el equipo docente estudiará por separado cada caso teniendo en cuenta la singularidad de cada alumno o alumna, atendiendo a la naturaleza de sus dificultades y analizando si éstas le impiden verdaderamente seguir con éxito el curso siguiente, así como las expectativas favorablesde recuperación.

6. De conformidad con lo recogido en el artículo 16.1 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.

7. De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.

7.2. CRITERIOS DE PROMOCÓN EN EL PRIMER CICLO.

1. Los criterios de promoción atenderán a la adquisición de las competencias básicas, la consecución de los objetivos generales del ciclo y a las posibilidades de progreso del alumnado. Por tanto, un alumno promocionará al 2º ciclo de Educación Primaria si reúne unos criterios mínimos de promoción de ciclo:

• Lectura comprensiva de textos cortos y con entonación.• Escritura de frases sencillas.

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• Comprensión de textos orales sencillos. • Lectura y escritura de números hasta el 999.• Realización de cálculos con las dos operaciones ( suma y resta ). • Realización de problemas con las dos operaciones indicadas.• Autonomía personal y respeto y obediencia al adulto.• En inglés deberá poder deducir el significado de 25 palabras por el

contexto con la ayuda de ilustraciones y otras pistas adoptando una actitud abierta y participativa, disfrutando con el aprendizaje y avance diario.

7.3. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN EL SEGUNDO CICLO.

1. Los criterios de promoción atenderán a la adquisición de las competencias básicas, la consecución de los objetivos generales del ciclo y a las posibilidades de progreso del alumnado. Por tanto, un alumno promocionará al 3º ciclo de Educación Primaria si:

a). Es competente en las siguientes habilidades lingüísticas:

• Lee al menos 90 palabras por minuto con una lectura fluida y entonación adecuada.

• Lee un texto adecuado a su edad y es capaz de responder de forma oral y/o escrita a una serie de preguntas sobre la lectura.

• Es capaz de elaborar textos sencillos, aplicando la mayor parte de las reglas ortográficas básicas pertenecientes a la ortografía natural y su escritura es legible y no comete errores en la segmentación de las palabras.

b). Es competente en las siguientes habilidades matemáticas:

• Es capaz de plantear un problema (datos, operaciones y solución) siguiendo un orden lógico.

• Realiza cálculos con las cuatro operaciones básicas de números naturales (divisiones al menos con dos cifras en el divisor).

• Interpreta de forma básica gráficos sencillos.

c). Es competente en las siguientes habilidades de autonomía y madurez:

• Tiene unos hábitos básicos de trabajo y estudio, además de mostrar respeto a las figuras adultas. (Mínima autonomía en el trabajo, búsqueda de soluciones, actitud de esfuerzo y superación de las dificultades).

d). Es competente en las siguientes habilidades en lengua extranjera:

• Domina al menos un vocabulario de cien palabras contextualizadas.

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• Comprende órdenes básicas en inglés y domina algunas preguntas tipo.

7.4. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN EL TECER CICLO.

1. Los criterios de promoción atenderán a la adquisición de las competencias básicas, la consecución de los objetivos generales del ciclo y a las posibilidades de progreso del alumnado. Por tanto, un alumno/a no promocionará a la etapa de Secundaria si no ha superado más de dos áreas y tampoco con dos si son Lengua y Matemáticas.

2. En caso de que se plantee la promoción con otras áreas (2) que no sean los casos anteriormente citados tendremos en cuenta la adquisición de las competencias básicas, la consecución de los objetivos generales del ciclo y a las posibilidades de progreso del alumnado. Por tanto, se valorará concreta y especialmente:

a). Es competente en grado de madurez, expresado en valores y actitudes:

• Hábitos de estudio. • Respeto a las normas de convivencia. • Interés demostrado en las áreas evaluadas negativamente.

b). Es competente en las siguientes habilidades lingüísticas:

• Sabe expresarse oralmente de forma adecuada utilizando el vocabulario básico de su nivel.

• Lee con fluidez empleando la pronunciación, la entonación y el ritmo adecuados.

• Lee un texto adecuado a su edad y es capaz de responder oralmente o por escrito a una serie de preguntas relacionadas.

• Resume las ideas principales de un texto.• Distingue todas las categorías gramaticales. • Produce textos escritos narrativos y descriptivos aplicando con corrección

las normas básicas de ortografía de la palabra y de la oración, así como los procedimientos de cohesión (nexos, signos de puntuación…).

c). Es competente en las siguientes habilidades matemáticas:

• Domina la mecánica operatoria de las cuatro operaciones. (con números naturales, fraccionarios y decimales) y las aplica en la resolución de problemas de la vida cotidiana con varias operaciones.

• Conoce, distingue y calcula: lado, perímetro, ángulo y superficie.• Utiliza correctamente las medidas de longitud, masa, tiempo y capacidad.

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e). Es competente en las siguientes habilidades en lengua extranjera:

• Comprende y se expresa de forma y escrita haciendo uso de las estructuras básicas trabajadas en este ciclo.

8. CRITERIOS DE RECUPERACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA.

1. Cuando un alumno no alcance el nivel suficiente en alguna de las áreas en cualquiera de las fases del curso se tendrán en cuenta los siguientes criterios de recuperación:

a) Tomar como referencia los contenidos básicos de cada unidad didáctica.b) Partir de una toma de conciencia clara por parte del alumno

(autoevaluación) de los contenidos no superados y que es necesario recuperar.

c) Si los contenidos a recuperar son recurrentes y aparecen en unidades didácticas posteriores se darán por recuperados si el alumno obtiene calificación positiva en dichos contenidos. En todo caso, se planificarán actividades individuales de trabajo.

d) Si los contenidos a recuperar son específicos de una unidad didáctica se planificarán actividades individuales de trabajo en las que el alumno demuestre que supera dichos contenidos.

e) La respuesta educativa para la recuperación se reflejará en el Plan de Trabajo Individualizado.

f) Para obtener una calificación positiva se tendrán en cuenta:

• El nivel de conocimientos.• El esfuerzo y la realización de las actividades individuales de

trabajo propuestas.• La actitud y el comportamiento.

9. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN.

9.1. Documentos oficiales de evaluación.

1. Los documentos oficiales de evaluación en la educación primaria son los siguientes: las actas de evaluación, el expediente académico, el historial académico de educación primaria y el informe personal.

2. Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los ciclos de la educación primaria, comprenderán la relación nominal del alumnado que compone el grupo, junto con los resultados de la evaluación, y se cerrarán al término del período lectivo. Las actas de evaluación, firmadas por todo el profesorado del grupo, con el visto bueno del director o directora, serán archivadas y custodiadas en la secretaría del centro.

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3. Las actas de evaluación se ajustarán a los modelos y características que se determinan en el Anexo I de la Orden de evaluación de primaria.

3. El expediente académico del alumnado incluirá los datos de identificación del centro docente y del alumno o alumna y la información relativa al proceso de evaluación, según el modelo que se recoge como Anexo II de la Orden de evaluación. La custodia y archivo de los expedientes académicos corresponde a los centros docentes.

4. El historial académico de educación primaria es el documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado a lo largo de la etapa y tiene valor acreditativo de los estudios realizados. Su custodia corresponde al centro docente en que el alumnado se encuentre escolarizado. Al finalizar la etapa el historial académico de educación primaria se entregará al alumnado y una copia se enviará al centro de educación secundaria en el que se matricule el alumno o alumna, a petición de este centro docente, junto con el informe personal. Esta circunstancia se reflejará en el correspondiente expediente académico. El historial académico de educación primaria se extenderá en impreso oficial, llevará el visto bueno del director o directora del centro y se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo III de la Orden de evaluación de primaria.

5. Para garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje de todo el alumnado y, en particular, el de quienes se trasladen a otro centro docente sin haber concluido el curso, se emitirá un informe personal en el que se consignarán los siguientes elementos:

a) Resultados de la evaluación final del último curso realizado.b) Aplicación, en su caso, de medidas educativas complementarias de

refuerzo y apoyo, así como las adaptaciones curriculares realizadas.c) Todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del

progreso general del alumno o alumna.d) En caso de traslado a otro centro docente sin haber concluido el curso,

resultados parciales de las evaluaciones que se hubieran realizado.

6. El informe personal será cumplimentado por el maestro tutor o la maestra tutora, con el visto bueno del director o directora, que lo depositará en la jefatura de estudios antes de la finalización del mes de junio para que sea entregado al nuevo tutor o tutora del grupo al que se incorpora el alumno o alumna al inicio del siguiente curso escolar. En el caso del alumnado que se traslade a otro centro docente, el informe personal será realizado en el plazo de diez días hábiles desde que se reciba en el centro de origen del alumno o alumna la solicitud del centro de destino de traslado del historial académico, de acuerdo con lo que se recoge en el artículo siguiente.

7. El informe personal se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo IV de la Orden de evaluación de primaria.

8. El informe a que se refiere el artículo 12.5 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, será el informe personal del alumno o alumna que se realice al finalizar la etapa, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo V de la Orden de evaluación.

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9.2. Traslado del historial académico.

1. Cuando un alumno o alumna se traslade a otro centro docente para proseguir sus estudios, el centro de origen remitirá al de destino, a petición de este, el historial académico de educación primaria y el informe personal al que se refiere el artículo 10.5 de la presente Orden, acreditando que los datos que contiene concuerdan con el expediente que guarda el centro. 2. El centro docente receptor abrirá el correspondiente expediente académico.

3. La matriculación del alumno o alumna adquirirá carácter definitivo una vez recibido el historial académico de educación primaria debidamente cumplimentado.

9.3. Cumplimentación electrónica de los documentos de evaluación.

1. El centro cumplimentará electrónicamente los documentos oficiales de evaluación recogidos en la presente Orden, a través de los módulos correspondientes incorporados al sistema informático «Séneca».

10. EVALUACIÓN DE DIAGNÓSTICO

1. El alumnado, al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria, realizará una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas, de conformidad con lo que establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. Esta evaluación no tendrá efectos académicos para el alumnado y tendrá carácter formativo y orientador para los centros docentes e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

2. La Consejería de educación proporcionará a los centros docentes los modelos y apoyos pertinentes, a fin de que en todos ellos se puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones. 3. El centro utilizará los resultados de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar, en el tercer ciclo de la educación primaria, las medidas de refuerzo para los alumnos y alumnas que las requieran, dirigidas a garantizar que todo el alumnado alcance las correspondientes competencias básicas. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros ciclos de la etapa.

D)._LA EVALUACIÓN EN LA ESO_______________________________________

1. NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN.

1.1. La evaluación en la ESO.

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1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria en Andalucía, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo y tendrá en cuenta los diferentes elementos que lo constituyen.

2. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje.

3. La evaluación será diferenciada según las distintas materias del currículo, por lo que observará los progresos del alumnado en cada una de ellas y tendrá como referente las competencias básicas y los objetivos generales de la etapa.

4. Asimismo, en la evaluación del proceso de aprendizaje de alumnado se considerarán las características propias de este y el contexto sociocultural del centro.

5. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permita mejorar tanto los procesos, como los resultados de la intervención educativa.

6. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, el profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal, sin perjuicio de las pruebas que, en su caso, realice el alumnado. En todo caso, los criterios de evaluación de las materias serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos.

7. Los centros docentes deberán especificar en su proyecto educativo los procedimientos y criterios de evaluación comunes que ayuden al profesorado a valorar el grado de adquisición de las competencias básicas y de los objetivos generales de la etapa y faciliten la toma de decisión más adecuada en cada momento del proceso evaluador.

8. A tales efectos, deberá entenderse por criterios de evaluación comunes el conjunto de acuerdos incluidos en el proyecto educativo que concretan y adaptan al contexto del centro docente los criterios generales de evaluación establecidos en el Decreto 231/2007, de 31 de julio, en la Orden 10/08/2007, y en la demás normativa que resulte de aplicación. 9. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes, para que la información que se obtenga a través de los procedimientos informales y formales de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación.

10. Los centros docentes harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada materia que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y para la promoción del alumnado.

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11. El alumnado podrá solicitar al profesorado responsable de las distintas materias aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen para la mejora de su proceso de aprendizaje. Asimismo, los padres, madres o tutores legales ejercerán este derecho a través del profesor tutor o profesora tutora.

12. En el proyecto educativo del centro, se establecerá el sistema de participación del alumnado y de sus padres, madres o tutores legales en el desarrollo del proceso de evaluación.

2. MOMENTOS DE LA EVALUACIÓN.

2.1. Evaluación inicial.

1. Con objeto de garantizar una adecuada transición del alumnado entre la etapa de educación primaria y la de educación secundaria obligatoria, así como de facilitar la continuidad de su proceso educativo, se establecerán mecanismos de coordinación entres las etapas de primaria y secundaria. Con esta finalidad, durante el último trimestre del curso escolar, la jefatura de Estudios mantendrá reuniones con los equipos docentes de ambas etapas educativas.

2. Durante el primer mes de cada curso escolar todo el profesorado realizará una evaluación inicial del alumnado. En este mismo período cada tutor o tutora analizará los informes personales del curso anterior correspondientes a los alumnos y alumnas de su grupo. Al término de este período se convocará una sesión de evaluación con el fin de conocer y valorar la situación inicial del alumnado en cuanto al grado de desarrollo de las competencias básicas y al dominio de los contenidos de las distintas materias.

3. Dicha evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado.

4. El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas pertinentes de refuerzo de materias instrumentales básicas para aquellos alumnos y alumnas que lo precisen o de adaptación curricular para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

2.2. Evaluación continua.

1. La evaluación continua será realizada por el equipo docente, que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinado por quien ejerza la tutoría. Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del departamento de orientación. El profesor o la profesora responsable de cada materia decidirá la calificación de la misma.

2. Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa.

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3. En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan, de acuerdo con lo previsto en el capítulo V del Decreto 231/2007, de 31 de julio. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades, y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.

2.3. Evaluación a la finalización del curso.

1. Al término de cada curso se valorará el progreso global de cada alumno y alumna en las diferentes materias, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo.

2. La valoración del progreso del alumnado, expresada en los términos descritos en el artículo anterior, se trasladará al acta de evaluación, al expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que promocione, al historial académico de educación secundaria obligatoria a que se refiere el artículo 12.4 de Orden de evaluación.

3. Para el alumnado con evaluación negativa, el profesor o profesora de la materia elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación.

4. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán durante los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre. Las calificaciones correspondientes a la prueba extraordinaria se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que promocione, en el historial académico de educación secundaria obligatoria. Si un alumno o alumna no se presenta a la prueba extraordinaria de alguna materia, se reflejará como No Presentado (NP), que tendrá, a todos los efectos, la consideración de calificación negativa.

5. Las calificaciones de las materias pendientes de cursos anteriores se consignarán, igualmente, en el acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que sean positivas, en el historial académico de educación secundaria obligatoria.

6. El alumnado y sus familias podrán formular reclamaciones sobre los resultados de la evaluación final y de la prueba extraordinaria de acuerdo con el procedimiento que se recoge en la disposición adicional primera de la Orden de evaluación.

2.4. Sesiones de evaluación.

1. La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por quien ejerza la tutoría para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora.

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2. A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo ordinario, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, además de la establecida en el artículo 3, y sin perjuicio de lo que a estos efectos los centros docentes puedan recoger en sus proyectos educativos.

3. El profesor tutor o la profesora tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

4. Los resultados de la evaluación de cada materia se expresarán por medio de calificaciones, en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. Estas calificaciones irán acompañadas de una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez, aplicándose en estecaso las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 ó 10.

5. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales, de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en el Decreto 231/2007, de 31 de julio, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación.

2.5. Sesión general de evaluación.

1. La sesión general de evaluación es la reunión del Claustro del profesorado en la que participa todo el Equipo Docente bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios, con el objetivo de la puesta en común de todos aquellos aspectos que han determinado el proceso de evaluación. Se celebrará una en cada trimestre.

2. La sesión general de evaluación se celebrará en fecha posterior a la sesión de evaluación celebrada para cada grupo por su Equipo docente bajo la coordinación del tutor/a. Antes de realizar la sesión general, cada tutor/a habrá grabado las correspondientes calificaciones en el sistema SÉNECA, acudiendo a la sesión general de evaluación cada maestro con el correspondiente documento del grupo.

2.6. Protocolo en las sesiones de evaluación. En el desarrollo de las sesiones de evaluación (tanto del equipo docente de cada grupo como en la sesión general), se tendrán en cuenta una serie de aspectos:

e) Antes de la sesión general, el/la tutor/a de cada grupo habrá elevado las calificaciones al sistema SÉNECA; en la sesión general cada maestro/a acudirá con una copia de las mismas.

f) En primer lugar se hará un análisis del grupo en general:

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• Comparar los resultados con la sesión anterior.• Analizar las propuestas de mejora realizadas en la sesión anterior

con respecto al grupo en general: si se han llevado a cabo, resultados, problemas en la aplicación, etc.

• Establecer propuestas de mejora, respecto al grupo, para la siguiente sesión.

• Realizar un análisis individual de cada área o materia.

g) En segundo lugar se hará un análisis individual del alumnado:

• Se estudiará cada alumno/a, empezando por los que han presentado mas dificultades.

• Comparar la evolución de cada alumno con respecto a la sesión anterior.

• Analizar las propuestas de mejora realizadas en la sesión anterior con respecto a cada alumno en particular: si se han aplicado, evolución, dificultades, etc.

• Establecer propuestas de mejora para cada alumno en particular, que serán analizadas en la siguiente sesión.

• Acordar la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales.

h) Se levantará acta del desarrollo de las sesiones de evaluación; el/la maestro/a tutor/a en la sesión del equipo docente, y el acta correspondiente en la reunión del Claustro.

3. ALUMNADO CON N.E.A.E.

1. La evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que curse las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria con adaptaciones curriculares será competencia del equipo docente, asesorado por el departamento de orientación. Los criterios de evaluación establecidos en dichas adaptaciones curriculares serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.

2. En la evaluación del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo y que, por presentar graves carencias en la lengua española, reciba una atención específica en este ámbito, se tendrán en cuenta los informes sobre competencias lingüísticas que, a tales efectos, elabore el profesorado responsable de dicha atención.

4. PROCEDIMIENTOS Y TÉCNICAS DE EVALUACIÓN EN ESO.

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1. Los procedimientos de evaluación serán variados y descriptivos tal como determina la normativa vigente; los procedimientos variados nos van a permitir evaluar los distintos tipos de contenidos, así como contrastar datos de la evaluación de los mismos aprendizajes obtenidos a través de diferentes procedimientos.

2. En educación secundaria obligatoria, para constatar el grado de aprendizaje que adquieren el alumno o alumna y el grupo, así como las actitudes y los hábitos ante el trabajo, se han seleccionado los siguientes procedimientos : observación sistemática, interrogación, análisis de las producciones, pruebas (escritas y orales), autoevaluación, entrevista, triangulación, etc. Los instrumentos de evaluación y su uso, quedan determinados en el sistema de calificación.

3. No se trata de utilizar todos los procedimientos para todo; sino que mas bien habrá que elegir en cada momento los mas adecuados en función de cada área y contenido a evaluar. Así mismo, habrá que tener en cuenta a la hora de utilizar un procedimiento u otro las características personales y aptitudes del alumno para que el procedimiento no impida que el alumno muestre su verdadero nivel de aprendizaje.

3. Estas estrategias generales de evaluación, junto con los criterios específicos señalados para el ciclo y materia, servirán para detectar el grado de desarrollo de los aprendizajes alcanzado por el alumnado. Además, son útiles para tomar decisiones (corregir, ampliar, simplificar, variar...) en cualquier momento, en todo lo que se refiere a la regulación del proceso de enseñanza y adaptarlo de manera permanente y positiva a los ritmos reales de cada estudiante en particular. La evaluación, realizada con este enfoque, conducirá a la elaboración de un informe descriptivo en relación con la situación de cada alumno o alumna en todos sus ámbitos personales de desarrollo. Esta información será transmitida a las familias por escrito, y comentada con ellas en las entrevistas establecidas, de manera que la educación constituya una acción conjunta entre la familia y el centro y favorezca la formación que se desea en cada uno de los alumnos.

5. SISTEMA DE CALIFICACIÓN EN LA ESO.

5.1 ELEMENTOS DE LA CALIFICACIÓN

ELEMENTOS DE LA ACTIVIDAD DEL ALUMNO ↓

INDICADORES DE EVALUACIÓN

INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

TEMPORALIZACIÓN PESO

EXAMEN Los fijados para la unidad 1. Examen escrito2. Examen oral

1. Preferentemente al final de cada unidad

40,00%

TRABAJO EN CASA 1. Estudia los contenidos impartidos en cada sesión2. Realiza las actividades, diariamente, de forma reflexiva y aplicando los conocimientos adquiridos3. Lleva un control de los contenidos en los que tiene dificultades, para solicitar explicaciones

1. Prueba oral rápida.2. Prueba escrita rápida.3. Cuaderno.4. Trabajos complementarios.5. Diálogos con los alumnosy tutor familiar.6. Autoevaluación del alumno

1. En todas las sesiones eligiendo, al azar, al menos dos alumnos, para terminar con voluntarios.2. En su caso, al final de cada trabajo complementario

20,00%

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complementarias.4. Entrega con puntualidad los trabajos y manifiesta los aprendizajes adquiridos con ellos.

TRABAJO EN AULA 1. Realiza las actividades diariamente, de forma reflexiva y aplicando los conocimientos adquiridos2. Pregunta dudas.3. Participa en los debates y diálogos.

1. Observaciones del profesor.2. Cuaderno.3. Diálogos entre profesor y alumno.4. Autoevaluación del alumno

En todas las sesiones se controlará, al final de cada sesión, al menos a dos alumnos elegidos al azar pudiendo, por razones pedagógicas especiales, añadir algún otro alumno por decisión del profesor. Igualmente, cualquier alumno podrá solicitar, al principio de la sesión, que su trabajo sea evaluado.

10,00%

EXPRESIÓN 1. Escribe con corrección ortográfica y claridad de grafía.2. Domina las técnicas de la lectura y manifiesta comprensión de lo leído.3. Se expresa en lenguaje oral y escrito con:- Corrección gramatical.- Argumentación lógica.- Vocabulario adecuado.4. Presenta su cuaderno y resto de trabajos con la estética y pautas adecuadas.

1. Cuaderno.2. Exámenes escritos y orales.3. Trabajos complementarios.4. Diálogos.5. Gráficos, dibujos y construcciones

1. En cada sesión.2. Al final de la unidad.

20,00%

CONDUCTA 1. Criterios actitudinales fijados para la unidad.2. En general, respeta la normativa establecida en el Plan de Convivencia, explicitada en las normas de clase. De forma concreta:- Presta atención.-Interviene en clase respetando el turno.- Se relaciona de forma educada y afectiva con sus compañeros.-Respeta las instrucciones y consejos del profesor.- Ayuda a sus compañeros con dificultades.- Evita los conflictos y las discusiones.- Es sincero y afronta con responsabilidad las consecuencias de sus actos.

1. En cada sesión.2. Al final de cada unidad

1. A lo largo de todo el proceso

10%

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5.2. PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA NOTA NUMÉRICA DE LA UNIDAD

1. Todos los elementos de la actividad del alumno ( Exámenes -E, trabajo en casa -Tc, trabajo en clase -Tcl, expresión -Exp y conducta -C ), se puntúan en una escala de 0 a 10. Para la nota en boletines y registros oficiales, se aproximan al valor entero más próximo,y en caso de décimas con un cinco, al entero inferior más próximo. 2. Se aplica la siguiente fórmula: N = 0.4 x E + 0.2 x TC + 0.1 x Tcl + 0.2 x Exp + 0.1 x C.

3. Si algún profesor, por la naturaleza de su asignatura decide realizar modificaciones en este sistema de calificación, deberá confeccionar, de forma justificada el suyo propio, y ser aprobado por el equipo de ciclo y la jefatura de estudios. Así mismo quedará sujeto a la pubilicidad del mismo según lo establecido en la legalidad vigente.

6. CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN LA ESO.

6.1. Aspectos normativos sobre la promoción en la ESO.

1. Los criterios de evaluación comunes a que se refiere el artículo 2.7 de la Orden de evaluación en secundaria, incluirán la promoción del alumnado, atendiendo a la adquisición de las competencias básicas, a la consecución de los objetivos generales de la etapa y a sus posibilidades de progreso.

2. Al finalizar cada uno de los cursos de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de forma colegiada, tomará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado al curso siguiente, con el asesoramiento del departamento de orientación. El centro establecerá en su proyecto educativo la forma en que el alumno o la alumna y su padre, madre o tutores legales puedan ser oídos para la adopción de la decisión de promoción.

3. De conformidad con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 15 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, se promocionará al curso siguiente cuando se hayan superado los objetivos de las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias, como máximo, y se repetirá curso con evaluación negativa en tres o más materias.

4. Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias, respetando conjuntamente las siguientes condiciones:

• cuando el equipo docente considere que la naturaleza de sus dificultades no le impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación, a partir de las competencias básicas alcanzadas, y que dicha promoción beneficiará su evolución académica.

• En todo caso, y dada la relevancia para el aprendizaje de las materias instrumentales de matemáticas y lengua castellana y literatura, no se

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podrá aplicar dicha excepcionalidad a aquellos alumnos que tengan pendientes dichas materias junto con alguna otra de las cursadas.

• Que no se haya aplicado la excepcionalidad de la tercera materia pendiente para promocionar en cursos anteriores.

• Que no ha abandonado ninguna materia.• Que, siendo alguna de las tres materias no superadas una asignatura

pendiente de cursos anteriores, ha mostrado interés en recuperarla asistiendo a las sesiones alas que se le hayan convocado, así como a las pruebas programadas para su recuperación y haya entregado los trabajos exigidos por el profesor responsable.

• Que el alumno ha demostrado interés en aprobar las tres materias, utilizando para ello las pruebas extraordinarias de septiembre y/o la realización de los trabajos encomendados por los profesores de las materias respectivas.

5. El alumno que, teniendo tres materias no superadas, y, antes de la sesión de evaluación, se le haya realizado un informe de abandono de una de ellas, no será tenido en cuenta en el caso de promoción excepcional. Las situaciones que llevan a la consideración de abandono pueden ser:

• No entregar sistemáticamente trabajos propuestos.• No traer sistemáticamente a clase el material necesario, ni realizar las

actividades propuestas en el aula.• Entregar sistemáticamente los exámenes en blanco.• No asistir reiteradamente a clase sin motivo justificado.

6. Cada caso donde quepa la excepcionalidad deberá estudiarse individualmente. La decisión que se tome exigirá que esté convenientemente motivada, será adoptada de forma colegiada por consenso del Equipo Docente del alumno respectivo y deberá quedar registrada por escrito y firmada por todos los miembros de la junta de evaluación, y si ello no fuera posible, por al menos los dos tercios de la misma.

7. Estos criterios, que pasan a figurar en el Proyecto Educativo de Centro, deberán ser dados a conocer a los alumnos al principio del curso.

8. Cuando se promocione con materias suspensas, se indicará en el informe de evaluación individualizado las dificultades mostradas por el alumno en las áreas o materias evaluadas negativamente y las medidas educativas complementarias o de adaptación curricular que se proponen al profesor o profesores del curso siguiente para favorecer que el alumno pueda superarlas.

9. Asimismo, estas materias serán objeto de recuperación. Para ello el equipo docente correspondiente establecerá un programa de refuerzo, seguimiento y evaluación de dichas materias previo a la realización de las sesiones de evaluación ordinaria y extraordinaria.

10. Antes de la evaluación final, tanto ordinaria como extraordinaria de cada curso, se celebrarán sesiones de evaluación de los alumnos con materias pendientes que serán coordinadas por el Jefe de Estudios. Del resultado de esta evaluación se levantará

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acta y los datos obtenidos se trasladarán a todos los documentos de evaluación; también se dará cuenta por escrito al alumno y a los padres o representantes legales.

11. En el cómputo de las materias no superadas, a efectos de promoción, se considerarán tanto las materias del propio curso como las pendientes de cursos anteriores.

12. Para aquellos alumnos mayores de quince años que, habiendo repetido en uno de los dos cursos anteriores, no cumplan los requisitos de promoción, el equipo docente, asesorado por el Departamento de Orientación, oídos el alumno y sus padres, previos la evaluación psicopedagógica del alumno y el informe de la Inspección educativa, podrá decidir su incorporación a un Programa de Diversificación Curricular (encaminado a que el alumno alcance las capacidades y competencias básicas propias de esta etapa ), o a un PCPI (programa de cualificación profesional individual). La incorporación a estos programas, requerirá garantías de cooperación y de actitudes positivas por parte del alumno que se quiera acoger a ellas.

13. Los alumnos podrán realizar en el mes de septiembre una prueba extraordinaria de aquellas áreas o materias que no hayan superado en la última evaluación del curso. La realización de la prueba extraordinaria, su evaluación, entrega de calificaciones y revisión se desarrollarán entre el 1 y 7 de septiembre.

14. En el contexto de la evaluación continua, cuando los alumnos promocionen con evaluación negativa en alguna de las áreas o materias, la superación de los objetivos correspondientes a éstas podrá ser determinada por el profesor del área o materia respectiva del curso al que promocionan. En el caso de áreas o materias optativas que el alumno haya dejado de cursar corresponderá la determinación de su superación al departamento del área, en función de las medidas educativas complementarias que el equipo de profesores hubieran adoptado para que el alumno alcance los objetivos de dichas áreas o materias.

15. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.5 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, quien promocione sin haber superado todas las materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa, lo que será tenido en cuenta a los efectos de calificación de las materias no superadas, así como a los de promoción. Corresponde a los departamentos didácticos la organización de estos programas. De su contenido se informará al alumnado y a sus padres, madres o tutores al comienzo del curso escolar.

16. De conformidad con lo establecido en el artículo 15.6 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, cuando un alumno o alumna no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida deberá ir acompañada de un plan específico personalizado orientado a que el alumno o alumna supere las dificultades detectadas en el curso anterior. Los centros docentes organizarán este plan de conformidad con lo que, a tales efectos, establezca la normativa en vigor.

17. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.7 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, el alumnado podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa.

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18. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, el equipo docente, asesorado por el departamento de orientación, oído el alumno o la alumna y su padre, madre o tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de la misma se deriven beneficios para su desarrollo personal o su socialización.

19. La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.

7. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN EL LA ESO.

7.1. Documentos oficiales de evaluación.

1. Los documentos oficiales de evaluación en la educación secundaria obligatoria son los siguientes: las actas de evaluación, el expediente académico, el historial académico de educación secundaria obligatoria y el informe personal.

2. Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los cursos de la educación secundaria obligatoria, comprenderán la relación nominal del alumnado que compone el grupo, junto con los resultados de la evaluación, y se cerrarán al término del período lectivo ordinario y de la convocatoria de la prueba extraordinaria. Asimismo, se extenderán actas de evaluación de materias pendientes por curso, al término del período lectivo ordinario y de la convocatoria de la prueba extraordinaria. Las actas de evaluación, firmadas por todo el profesorado del grupo, con el visto bueno del director o directora, serán archivadas y custodiadas en la secretaría del centro docente. Las actas de evaluación se ajustarán a los modelos y características que se determinan en los Anexos I.A, I.B, I.C y I.D de la Orden 10/08/2007, de evaluación en secundaria.

3. El expediente académico del alumnado incluirá los datos de identificación del centro docente y del alumno o alumna y la información relativa al proceso de evaluación, según el modelo que se recoge como Anexo II de la Orden. La custodia y archivo de los expedientes académicos corresponde al centro docente.

4. El historial académico de educación secundaria obligatoria es el documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado en toda la etapa y tiene valor acreditativo de los estudios realizados. Su custodia corresponde al centro docente. El historial académico se entregará al alumnado al término de la enseñanza obligatoria y, en cualquier caso, al finalizar su escolarización en la enseñanza básica en régimen ordinario. Esta circunstancia se reflejará en el correspondiente expediente académico. El historial académico de educación secundaria obligatoria se extenderá en impreso oficial, llevará

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el visto bueno de la directora del centro, y se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo III de la Orden 10/08/2007, de evaluación en secundaria.

5. Para garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje de todo el alumnado y, en particular, el de quienes se trasladen a otro centro docente sin haber concluido el curso, se emitirá un informe personal en el que se consignarán los siguientes elementos:

a) Resultados de la evaluación final del último curso realizado.b) Aplicación, en su caso, de medidas educativas complementarias de

refuerzo y apoyo, así como las adaptaciones curriculares realizadas.c) Todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del

progreso general del alumno o alumna.d) En caso de traslado a otro centro docente sin haber concluido el curso,

resultados parciales de las evaluaciones que se hubieran realizado.

6. El informe personal será cumplimentado por el profesor tutor o la profesora tutora, con el visto bueno del director o directora,que lo depositará en la jefatura de estudios en el mes de septiembre para que sea entregado al nuevo tutor o tutora del grupo al que se incorpora el alumno o alumna al inicio del curso siguiente. En el caso del alumnado que se traslade a otro centro docente, el informe personal será realizado en el plazo de diez días hábiles desde que se reciba en el centro docente de origen del alumno o alumna la solicitud del centro de destino de traslado del historial académico, de acuerdo con lo que se recoge en el artículo siguiente.

7. El informe personal se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo IV de la Orden 10/08/2007, de evaluación en secundaria.

7.2. Traslado del historial académico.

1. Cuando un alumno o alumna se traslade a otro centro docente para proseguir sus estudios, el centro de origen remitirá al de destino, a petición de este, el historial académico de educación secundaria obligatoria y el informe personal, acreditando que los datos que contiene concuerdan con el expediente que guarda el centro.

2. El centro docente receptor abrirá el correspondiente expediente académico.

3. La matriculación del alumno o alumna adquirirá carácter definitivo una vez recibido el historial académico de educación secundaria obligatoria debidamente cumplimentado.

7.3. Proceso de reclamación sobre las calificaciones.

1. El alumnado y sus padres, madres o tutores legales podrán formular reclamaciones sobre las calificaciones obtenidas a la finalización de cada curso, así como sobre la decisión de promoción y titulación, de acuerdo con el procedimiento que

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se establece en la disposición adicional primera de la Orden 10/08/2007 de evaluación en secundaria.

7.4. Cumplimentación electrónica de los documentos de evaluación.

1. El centro cumplimentará electrónicamente los documentos oficiales de evaluación recogidos en la Orden 10/08/2007 de evaluación en secundaria, a través de los módulos correspondientes incorporados al sistema informático «Séneca».

8. EVALUACIÓN DE DIAGNÓSTICO.

1. El alumnado, al finalizar el segundo curso de la educación secundaria obligatoria, realizará una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas, de conformidad con lo que establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. Esta evaluación no tendrá efectos académicos para el alumnado y tendrá carácter formativo y orientador para los centros docentes e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

2. La Consejería competente en materia de educación proporcionará a los centros docentes los modelos y apoyos pertinentes, a fin de que en todos ellos se puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones.

3. El centro tendrá en cuenta la información proveniente de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar las medidas y programas necesarios dirigidos a mejorar la atención del alumnado y a garantizar que alcance las correspondientes competencias básicas. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros cursos de la etapa

D. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS_________________________________

1. CONSIDERACIONES GENERALES.

1. Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, los tutores y tutoras, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales sobre la evolución escolar de sus hijos/as.

2. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente.

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3. Al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres, madres o tutores legales del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo.

4. Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o tutores legales acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación correspondientes.

5. Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, los maestros y maestras informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas.

6. Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre la evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto educativo. Dicho procedimiento deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus familias contemplados en la normativa en vigor, y los criterios de evaluación y promoción establecidos en el proyecto educativo del centro.

2. PROCEDIMIENTO PARA OIR A LA FAMILIA SOBRE LA PROMOCIÓN.

1. Los padres o tutores legales del alumno/a podrán solicitar una entrevista con el tutor antes de la sesión final de evaluación para expresar sus opiniones acerca de la promoción. En todo caso, cuando se prevea que la decisión que adoptará el equipo docente pueda ser la no promoción, el tutor o tutora citará al interesado. El tutor recogerá por escrito en el modelo de registro procedimentado, la entrevista con los padres o tutores legales y trasladará estas consideraciones a la junta de evaluación.

2. Estas conclusiones e impresiones de los padres o tutores legales acerca de la promoción no es vinculante a la decisión del equipo docente, que tomará de forma colegiada las decisiones relativas a la promoción de los alumnos/as, donde tendrá especial consideración la información y opinión del tutor/a.

3. PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO Y SUS FAMILIAS.

1. En la primera reunión de la tutoría con los padres, se les informará por escrito de los criterios de evaluación, procedimientos de evaluación y sistema de calificación; así como de cualquier aspecto que se considere relevante del proyecto educativo.

2. Los tutores y el resto de profesores informarán a los padres y tutores legales sobre la evolución escolar de los alumnos/as trimestralmente. Esta información será entregada por escrito en un boletín donde se recogen las calificaciones de las distintas

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materias y, en su caso, las medidas educativas especiales que se hayan podido tomar. Los padres, madres o tutores legales deben firmar cualquier información que se les haga llegar del Colegio. 3. Además de esta información escrita, la familia que lo solicite podrán tener una entrevista personal con el tutor o con el maestro del área correspondiente, para que este le explique más pormenorizadamente la evolución escolar de su hijo/a.

4. Las fechas de todas las sesiones de evaluación y de entrega de boletines a los alumnos/as serán establecidas por la Jefatura de Estudios de acuerdo con el profesorado en la primera quincena de Septiembre cuando se elabora el calendario del curso.

4. POSIBILIDAD DE RECLAMACIONES. 1. El alumno/a y sus padres, madres o tutores legales podrán formular reclamaciones sobre las calificaciones obtenidas a la finalización de cada ciclo y/o curso, así como sobre la decisión de promoción de acuerdo con el procedimiento que se establece a continuación:

a) Si existe desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia o con la decisión de promoción para un alumnno/a, sus padres o tutores pueden solicitar por escrito la revisión de dicha calificación o decisión, en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se produjo su comunicación.

b) La solicitud de revisión contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con la calificación final o con la decisión adoptada.

c) Cuando la solicitud de revisión sea por desacuerdo en la calificación final obtenida en una materia, ésta será tramitada a través del Jefe de Estudios, quien la trasladará al responsable de la materia con cuya calificación se manifiesta el desacuerdo, y comunicará tal circunstancia al profesor/tutor. Cuando el objeto de la revisión sea la decisión de promoción, el Jefe de Estudios la trasladará al profesor tutor del alumno.

d) En el proceso de revisión de la calificación final obtenida en un área o materia, el Equipo Docente contrastará, en el primer día hábil siguiente a aquel en que finalice el periodo de solicitud de revisión, las actuaciones seguidas en el proceso de evaluación, con especial referencia a la adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con los recogidos en la correspondiente programación didáctica. Tras este estudio, el Equipo Docente elaborará los correspondientes informes que recojan la descripción de los hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar, el análisis realizado conforme a lo establecido en este punto y la decisión adoptada de modificación o ratificación de la calificación final objeto de revisión.

e) El Tutor/a del grupo correspondiente, trasladará el informe elaborado al Jefe de Estudios, quien informará al profesor/tutor haciéndoles entrega de una copia del escrito cursado para considerar conjuntamente, en función de los criterios de promoción establecidos con carácter general en el centro, la procedencia a reunir en sesión extraordinaria al equipo docente,

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a fin de valorar la posibilidad de revisar los acuerdos y las decisiones adoptadas para dicho alumno/a.

f) Cuando la solicitud de revisión tenga por objeto la decisión de promoción adoptada para un alumno/a, se celebrará en un plazo máximo de dos días hábiles desde la finalización del periodo de solicitud de revisión, una reunión extraordinaria con el equipo docente correspondiente, en la que el conjunto del profesorado, revisará el proceso de adopción de dicha decisión a la vista de las alegaciones presentadas.

g) El profesor/tutor recogerá en el acta de la sesión extraordinaria la descripción de hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar, los puntos principales de las deliberaciones del equipo docente y la ratificación o modificación de la decisión objeto de revisión, razonada conforme a los criterios de promoción y titulación del alumnado establecidos con carácter general para el Centro en el Proyecto Educativo.

h) El Jefe de Estudios comunicará por escrito al alumno/a y a sus padres o tutores legales la decisión razonada de ratificación o modificación de la calificación revisada o de la decisión de promoción.

i) Si tras el proceso de revisión procediera la modificación de alguna calificación final o de la decisión de promoción adoptada para el alumno/a, el secretario del Centro insertará en las actas y en su caso en el expediente académico y en el historial académico del alumnado, la oportuna diligencia, que será visada por el director del Centro.

j) En el caso de que tras el proceso de revisión en el Centro docente persista el desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia o con la decisión de promoción, la persona interesada o sus padres o tutores legales podrán solicitar por escrito al director en el plazo de dos días hábiles a partir de la última comunicación del Centro que eleve la reclamación a la correspondiente Delegación Provincial de la Conserjería de Educación.

k) El Director del Centro en un plazo no superior a tres días hábiles, remitirá el expediente de reclamación a la correspondiente Delegación Provincial, al cual incorporará los informes elaborados en el Centro y cuantos datos considere acerca del proceso de evaluación del alumno/a, así como, en su caso, las nuevas alegaciones del reclamante y el informe, si procede del director acerca de las mismas.

l) La Comisión Técnica Provincial de reclamaciones que en cada Delegación Provincial estará constituida por un inspector de educación, que actuará como presidente de la comisión y por el profesorado especialista necesario, designado por la persona titular de la Delegación Provincial, analizará el expediente y las alegaciones que en él se contengan a la vista de la programación didáctica del Ciclo respectivo, contenida en el Proyecto Educativo del Centro y emitirá un informe.

m) De acuerdo con la propuesta incluida en el informe de la Comisión Técnica de reclamaciones y en el plazo de 15 días hábiles a partir de la recepción del expediente la persona titular de la Delegación Provincial de la Conserjería de Educación adoptará la resolución pertinente, que será motivada en todo caso y que se comunicará inmediatamente al Director del Centro Docente para su aplicación y traslado al interesado.

n) La resolución de la Delegación Provincial pondrá fin a la vía administrativa.

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o) En el caso de que la reclamación sea estimada se adoptará las medidas a las que se refiere el apartado i.

E._EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA EN EL CENTRO.

8.1. PROCESOS DE ENSEÑANZA Y PRÁCTICA DOCENTE.

1. 1La observación del trabajo diario de los alumnos y del nivel de los objetivos alcanzados por estos nos llevará a la evaluación de nuestra metodología, motivando la revisión de nuestra práctica docente a corto plazo, y del proyecto curricular a un plazo mayor.

2. Como resultado de dicha observación, con la consiguiente reflexión, tanto a nivel personal de cada profesor como a nivel colectivo de equipos docentes y claustro de profesores, se elaborará anualmente, en el tercer trimestre, un informe sobre Evaluación de la Práctica Docente y del proyecto curricular del centro, así como de todos los aspectos que intervienen en el proceso educativo y que inciden en los resultados (programación, actividades, metodología, profesorado, evaluación, ambiente familar, etc..), el cual será discutido en el claustro y servirá como punto de reflexión en orden al establecimiento de aquellos campos del quehacer educativo de nuestro centro que se considere necesario modificar o mejorar.

3. En nuestro centro, utilizaremos los siguientes indicadores, que contienen los posibles factores internos y externos que pueden incidir en los resultados académicos del alumnado:

a). Factores relacionados con la programación didáctica:

• Coherencia entre objetivos didácticos y objetivos generales de la materia.• Inclusión de la contribución de cada materia al desarrollo de las competencias básicas.• Adecuación de la selección, organización y secuenciación de los contenidos a las características del alumnado.• La organización temporal se adapta a las necesidades de los/las alumnos/as.• Distribución de los objetivos y contenidos a lo largo del curso.• Recursos útiles y realistas.• Utilización de los resultados de la evaluación inicial.• Tratamiento de la diversidad.• Reajustes como consecuencia de la evaluación continua.• Evaluación conforme a los criterios de evaluación de cada materia.

b). Factores relacionados con las actividades planteadas:

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• Número y diversidad de las mismas.• Adecuación a los contenidos y pertinencia.• Relación con las actividades de evaluación.• Tiempo real de aprendizaje, en clase, en casa.• Atención a comportamiento y sistemas de participación en el aula.

c). Factores relacionados con la metodología empleada:

• Valorar los procedimientos utilizados para consolidar aprendizajes.• Valorar los procedimientos utilizados para descubrir las ideas previas del alumnado y los aprendizajes de los que partían.• Reflexionar sobre el uso racional del tiempo y de los espacios.• Valorar el uso de los recursos disponibles (humanos, materiales y didácticos).• Reflexionar sobre los procedimientos para contribuir a promover actitudes favorables al trabajo y motivación de logro, en el alumnado.• Reflexionar sobre la presencia de la evaluación continua como instrumento de toma de conciencia de las dificultades y errores con la finalidad de corregirlos.

d). Factores relacionados con las expectativas y el papel del profesorado:

• Interacciones y gestión del aula.• Ausencias orientadas a horas lectivas y/o complementarias.• Presencia en el centro en horas no lectivas.• Participación en proyectos de formación o innovación del centro.• Dedicación o no al cuidado de la convivencia dentro y fuera del aula.• Implicación en la tutoría.• Registros de evaluación y seguimientos.• Confianza en la utilidad de las medidas de atención a la diversidad.

e). Factores relacionados con la evaluación:

• Oportunidad.• Utilización racional de los procedimientos: pruebas, observación. Etc..• Uso de instrumentos adecuados.• Fidelidad con los sistemas de calificación.• Coherencia entre lo enseñado y lo evaluado.• Diseño adecuado de las pruebas y de los ítems.• Claridad o no en los criterios de evaluación de cada instrumento.• Corrección de la prueba (objetividad o subjetividad compartida).• Determinación previa o no de la contribución de la materia a la adquisición de las competencias básicas.

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• Determinación de la evaluación del alumnado con Programas de Refuerzo o Adaptación curricular.

f). Factores relacionados con el alumnado:

• Deficiencias curriculares importantes (de partida).• Escasez de motivación hacia el trabajo escolar.• Actitudes de inhibición hacia la participación en el aula, el trabajo, el estudio, la cooperación, la solidaridad, etc.• Nivel de desarrollo socio-afectivo, valoración por parte del tutor de: aceptación del alumno/a por el grupo, autoestima.• Tiempo real de aprendizaje en el aula.• Existencia de contravalores.• Ausencia de perspectivas en sus proyectos de vida.• Ausencias. Tratamiento.• Percepción del nivel de expectativas que el profesorado tiene sobre él.

g). Factores relacionados con el contexto social y familiar: • Despreocupación de los padres por las tareas escolares.• Niveles educativos bajos en el padre y la madre.• Escasa participación de los padres y las madres en la tutoría y en las reuniones generales de comienzos de curso.• Fomento de valores antieducativos en la familia o en el contexto social próximo al alumnado.• Actitudes de rechazo familiar hacia al profesorado.• Refuerzo de las conductas disruptivas y antisociales en algunos alumnos o alumnas.• Ausencia de expectativas en relación con la educación de sus hijos e hijas.• Existencia de espacios sociales o culturales con valores no deseables

F._APLICACIÓN, REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN.

1. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.

1. Este Plan de Evaluación, pasa a formar parte del Proyecto Educativo del centrp, que, una vez sancionado por el Consejo Escolar, entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2011. Será de obligado cumplimiento por todos los miembros de esta Comunidad Educativa; las siguientes revisiones o actualizaciones entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación. 2. Todo lo no expresamente regulado en el presente Plan de Evaluación o en otros documentos a los que se alude será resuelto por el equipo directivo, sin perjuicio de su control por los órganos colegiados del centro o autoridades competentes.

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2. PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN Y REVISIÓN.

1. El presente Plan de Evaluación, se estructura como un documento abierto y en constante evolución. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa puede sugerir la revisión de los aspectos que contiene o proponer otros nuevos. El Consejo Escolar resolverá su aceptación o no, comunicándolo por escrito al solicitante, exponiendo, así mismo, las razones de su aceptación o denegación.

2. El presente Plan se evaluará cada año académico por el Consejo Escolar, procediendo a su revisión si se estima conveniente. Las propuestas de modificación se trabajarán en el ETCP, donde se elaborará un informe que se elevará, para su conocimiento, al claustro y para su posible aprobación al Consejo Escolar. Estas propuestas deben estar resueltas antes d ela finalización del mes de octubre.

3. Asimismo, este reglamento no debe ser fijo e inamovible, sino que debe ser adaptado o reformado, siempre que las Leyes y/o Normativas en vigor así lo aconsejen, o según las necesidades educativas y del alumnado.

4. Se debe informar a la comunidad educativa de aquellos acuerdos que se adopten en el Consejo Escolar y que modifiquen o actualicen el presente Plan de Evaluación.

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