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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD ESTACIONES DE SERVICIO - PETROBRAS ________________________________ RIS REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD ESTACIONES DE SERVICIO DE PETROBRAS Y TIENDAS "SPACIO 1 "

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  • REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD ESTACIONES DE SERVICIO - PETROBRAS ________________________________

    RIS

    REGLAMENTO INTERNO DE

    SEGURIDAD

    ESTACIONES DE SERVICIO DE PETROBRAS Y TIENDAS "SPACIO 1 "

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    NDICE

    1. INTRODUCCION 2 2. OBJETIVO 3 3. ALCANCE 3 4. DEFINICIONES 4 5. REQUERIMIENTOS DEL PERSONAL QUE INGRESA 6 6. ORGANIGRAMA 7 7. COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD 8 8. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO 9 9. HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DEL PRODUCTO 10 10. INSTRUCCIONES EN PREVENCION DE RIESGOS EN

    EL MANEJO DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS 10 11. PREVENCION DE ACCIDENTES 12 12. PLAN DE EMERGENCIA 13 13. MAPA DE RIESGOS 14 14. RELACION CON CONTRATISTAS EN ASPECTOS DE SEGURIDAD Y DURANTE EMERGENCIAS 15 15. PERMISOS DE TRABAJO DE MANTENCION Y CONSTRUCCION 17 16. INVESTIGACION DE ACCIDENTES DEL TRABAJO 18 17. OBLIGACION DEL PROPIETARIO/ CONCESIONARIO/ ADMINISTRADOR Y SUPERVISOR 20 18. OBLIGACION DE LOS EMPLEADOS DE LA ESTACION DE SERVICIO 21 19. OBLIGACION DEL SERVICIO DE PREVENCION DE RIESGOS 22 20. PROHIBICIONES A TODO EL PERSONAL 23 21. FALTAS Y SANCIONES 24 22. PROGRAMA DE INSPECCION Y MANTENCION DE LAS INSTALACIONES 26 23. PROGRAMA DE PREVENCION DE RIESGOS DE LA ESTACION DE SERVICIO 31

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    1. INTRODUCCION

    La finalidad de este Reglamento, es la de establecer las normas de procedimientos o

    conductas generales de Seguridad y Prevencin de Riesgos, que teniendo carcter de

    obligatorias, servirn de gua en el diario actuar del establecimiento de expendio de

    combustibles lquidos al pblico en las Estaciones de Servicio de PETROBRAS y sus

    tiendas SPACIO 1.

    Adems, el reglamento proporcionar algunos conocimientos generales para prevenir

    accidentes e indicar las obligaciones y procedimientos que todo empleado deber cumplir.

    Es necesario sealar, que el no cumplimiento a las normas de seguridad, puede ser causa de

    graves consecuencias para la Estacin de Servicio y/o los empleados.

    Las disposiciones que contiene el presente reglamento han sido elaboradas para dar

    cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N 160/09 MINECON (que deroga al D.S. N 379/86 y al D.S. N 90/96) Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Produccin y Refinacin, Transporte, Almacenamiento, Distribucin y Abastecimiento de

    Combustibles Lquidos con el fin de prevenir los riesgos de accidentes que pudieran afectar a

    los empleados, clientes y/o instalaciones de la empresa y contribuir as a mejorar y aumentar la seguridad en el desarrollo de las labores diarias del negocio.

    Sobre la base de estas consideraciones, se espera la necesaria cooperacin de parte de los

    empleados de la Estacin de Servicio para respaldar las medidas conducentes a eliminar

    accidentes perfectamente evitables y que sern canalizadas y desarrolladas a travs de la

    supervisin de la instalacin.

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    2. OBJETIVO

    Este reglamento tiene por objeto fijar los requisitos mnimos de seguridad que se deben observar en las operaciones que se realicen en la recepcin, almacenamiento y expendio de

    combustibles lquidos, con el fin de resguardar a las personas, los bienes y preservar el

    medio ambiente.

    Establecer la responsabilidad de los empleados, de acuerdo a su nivel jerrquico, en las tareas de Seguridad en el almacenamiento y expendio de combustible lquido.

    Fijar las obligaciones y prohibiciones en todo lo concerniente a Prevencin de Riesgos. Establecer las sanciones que merezcan las infracciones a las normas y procedimientos que

    rijan las actividades de la Estacin de Servicio y toda actividad contraria y perjudicial al espritu de este reglamento o de la legislacin vigente sobre Seguridad y Prevencin de

    Riesgos Profesionales. Se cumplir este objetivo si todos los empleados sin excepcin, cumplen sus obligaciones, aportando al mismo tiempo su esfuerzo y participacin en los

    planes de Seguridad y Prevencin de Riesgos que se desarrollen.

    El presente Reglamento hace un llamado a los empleados de la Estacin de Servicio a

    participar en forma activa y permanente en todas las acciones que tengan por objetivo reducir los riesgos y desempear su trabajo en forma ms segura para l y sus compaeros de labores.

    3. ALCANCE

    El presente Reglamento se hace extensivo a todos y cada uno de los empleados de las Estacin

    de Servicio de PETROBRAS y sus tiendas SPACIO 1 (en adelante E.S.) y a terceros que realicen trabajos en las instalaciones , sin excepcin alguna, y en carcter de obligatorio.

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    4. DEFINICIONES

    Para efectos del presente Reglamento, los siguientes trminos tendrn el significado y

    alcance que se indican:

    * Accidente: Suceso repentino e inesperado que produce la interrupcin de la actividad

    de una Estacin de Servicio y genera un dao a las personas y/o a las cosas.

    * Autoservicio: Establecimiento de expendio de CL al pblico en el cual la operacin

    de suministro no es efectuada por personal del establecimiento, sino por los usuarios.

    * Cajero: Empleado que atiende en el local de venta de productos comestibles de la Estacin de Servicio.

    * Comit Paritario: Conjunto de tres (3) representantes de los trabajadores y de tres (3) representantes de los directivos cuyo objetivo es preocuparse de los problemas de seguridad e higiene dentro de la Corporacin.

    * CL: Combustibles lquidos

    * Clasificacin de los CL: Para fines del presente Reglamento se establece la clasificacin de los combustibles lquidos de acuerdo a lo sealado en el Decreto

    N90-Captulo I /1.11.:

    Clase I: Combustibles con punto de inflamacin menor a 37.8C , ej. gasolina 81 a 97 octanos

    Clase II: Combustibles con punto de inflamacin igual o superior a 37.8C y menor

    a 60C, ej. Kerosene, Petrleo Diesel, Petrleo Combustible N5 y Aguarrs mineral Clase III: Combustible con punto de inflamacin entre 60C y 93C, ej. Petrleo Combustible N6

    Clase IV: Combustibles con punto de inflacin superior a 93C.

    * Estanque de Almacenamiento de CL: Todo estanque con una capacidad de almacenamiento superior a 210 litros.

    * Emergencia : Toda situacin que se produzca en la operacin de una Estacin de

    Servicio y que provoque riesgos para la salud de las personas, la seguridad de las

    instalaciones y la preservacin del medio ambiente.

    * Expendedor de CL : Empleado de la Estacin de Servicio encargado de suministrar

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    combustibles lquidos.

    * Equipos crticos : Un equipo se considera crtico si la detencin o incorrecto funcionamiento del mismo, es tal que puede implicar un alto nivel de riesgo dentro

    de la Estacin de Servicio, tanto para el cliente como para los propios empleados y el

    medio ambiente.

    * Fuente de ignicin : Todo elemento o dispositivo capaz de transmitir o proporcionar el calor necesario para inflamar mezcla de vapores de combustibles y

    aire.

    * Hojas de Seguridad de Productos PETROBRAS: Hojas que resumen las principales caractersticas de los productos de petrleo PETROBRAS y que indican

    las recomendaciones de uso y las acciones a seguir en caso que se presente una

    emergencia.

    * Instalacin: Bien mueble o inmueble destinado a la recepcin, almacenamiento, trasvasije y venta de CL.

    * Islas de Servicio: Area donde se encuentra el equipo o surtidor que suministra CL.

    * Normas de Seguridad: Conjunto de Normas obligatorias emanadas del presente reglamento y/o de la reglamentacin vigente.

    * Operaciones: Cada una de las acciones, fases o labores necesarias para efectuar el almacenamiento y el expendio de los CL.

    * PTS: Procedimiento que permite establecer los riesgos asociados a cada etapa de un trabajo y recomendar las medidas preventivas para ejecutarlo en forma segura.

    * Punto de Inflamacin: Temperatura mnima medida en el lquido, con la cual el producto desprende suficientes vapores para formar con el aire, cerca de la superficie

    del lquido o dentro del recipiente, una mezcla inflamable.

    * Riesgo: Toda accin y/o condicin con potencial de producir un accidente.

    * RIS: Reglamento Interno de Seguridad de una Estacin de Servicio (Decreto N90). * SEC: Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

    * Seguridad: Conjunto de condiciones que permiten desarrollar las actividades propias de la Empresa, minimizando los riesgos para las personas y las instalaciones.

    * Supervisor: Persona responsable de operar una Estacin de Servicio bajo las normas

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    establecidas en el presente Reglamento.

    Unidades de Suministro o Surtidores de CL: Es el equipo que permite el expendio de combustible al pblico, formado en general por la pistola, mangueras, totalizador,

    medidor, bomba y motor, separador y eliminador de gases.

    5. REQUERIMIENTOS DEL PERSONAL QUE INGRESA A LA ESTACION DE SERVICIO. La contratacin de personal podr estar sujeta a certificado mdico previo, acreditando que el postulante al cargo es apto y tiene salud compatible con la actividad a desarrollar.

    Los empleados en servicio debern someterse eventualmente, a requerimiento de la

    Empresa, a exmenes mdicos o psicotcnicos para establecer que sus condiciones de salud

    son normales y aceptables en relacin con los riesgos o responsabilidades propias de las

    labores habituales que se realizan.

    En todo caso, la Empresa deber dar cumplimiento a las normas que a este respecto

    sealan las disposiciones contenidas en los cuerpos legales Ley N16.744 (Seguro de Accidentes del Trabajo y enfermedades Profesionales) del Ministerio del Trabajo y, Decreto Supremo

    N 594 (Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo) Ministerio de Salud.

    5.1 Seleccin de Personal Previo al empleo de una persona, la empresa deber llevar a cabo una entrevista de trabajo para comprobar las siguientes referencias:

    * Determinar la preparacin educativa y nivel de motivacin para realizar el trabajo. * Orientar al postulante respecto a lo que sern sus responsabilidades en el trabajo y la importancia que tiene la seguridad en las operaciones de una Estacin de Servicio

    * Informar al postulante sobre lo que se espera de l en trminos de rendimiento personal

    * Considerar cualquier restriccin de carcter legal o reglamentario que se refiera a la

    posicin que ocupara el postulante.

    * Responder cualquier pregunta que el postulante pueda hacer acerca de la Estacin de

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    Servicio.

    5.2 Capacitacin / Entrenamiento Todo empleado recin ingresado a la Estacin de Servicio deber recibir el entrenamiento

    adecuado y una constante supervisin de parte del encargado o supervisor a fin de realizar su

    trabajo en forma correcta y segura. La Empresa deber capacitar a todos sus empleados para el correcto cumplimiento de las

    normas contenidas en el RIS y ser obligacin primordial de todos los empleados de la

    Estacin de Servicio, en sus distintos niveles, conocer y cumplir las disposiciones de este

    RIS.

    El personal que opere los equipos y unidades de suministro de combustible deber, a lo

    menos, una vez al ao someterse a una evaluacin de sus conocimientos sobre

    procedimientos operacionales y de emergencia. La operacin deber ser efectuada por la

    empresa distribuidora correspondiente.

    6. ORGANIGRAMA

    6.1 Administrador /Sub-administrador / Distribuidor Supervisor a cargo de la operacin de la Estacin de Servicio, responsable de su seguridad y

    de la aplicacin del presente Reglamento (RIS). Empleado entrenado en las operaciones de suministro y seguridad general, encargado de

    velar en todo momento por el buen funcionamiento de las condiciones de suministro de

    combustible. En particular, el supervisor deber hacer cumplir las normas pertinentes del

    presente Reglamento pudiendo negar el suministro de combustible en caso de detectar

    alguna situacin que implique riesgos para el empleado, el comprador, el vehculo o la

    instalacin.

    El supervisor deber acreditar educacin media completa como mnimo, experiencia

    suficiente en operaciones relacionadas con el manejo de combustible y capacitacin en prevencin de riesgos y control de emergencias.

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    6.2 Expendedor de Combustible Empleado entrenado en las operaciones de suministro, encargado del expendio de

    combustibles lquidos a vehculos motorizados, bajo las normas de seguridad contenidas en el presente Reglamento (RIS).

    7. COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD (si procede)

    En toda Estacin de Servicio en la que trabajen ms de 25 empleados debern funcionar un Comit Paritario de Higiene y Seguridad, compuesto por tres (3) representantes de la Empresa y tres (3) de los empleados, los cuales tiene el carcter de miembros titulares. Adems, deben considerarse tres (3) representantes de ambas partes en calidad de suplentes. (Artculo 1 Decreto N 54 que reglamenta la Ley N 16.744) La designacin o eleccin de los miembros integrantes de los Comits Paritarios se efectuar

    en la forma que establece el Decreto Supremo N 54 de la Ley N 16.744.

    Los representantes de la Empresa sern designados por el propietario o distribuidor.

    Los representantes de los empleados, sern elegidos en votacin secreta y directa, y se

    considerarn elegidos como titulares aquellas personas que obtengan las tres ms altas

    mayoras y como suplentes los tres que los sigan en orden decreciente de sufragios.

    Para ser elegido miembro representante de los empleados se requiere:

    - Tener ms de 18 aos de edad , saber leer y escribir

    - Tener una antigedad de un ao trabajando en la Estacin de Servicio. - Acreditar haber asistido a un curso de Prevencin de Riesgos o prestar o haber

    prestado servicios en el Departamento de Prevencin de Riesgos Profesionales de la

    misma Empresa, en tareas relacionadas con la prevencin de riesgos profesionales

    por lo menos durante un ao.

    Funciones de los Comits Paritarios de Higiene y Seguridad : * Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilizacin de los elementos de

    proteccin.

    * Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de la Empresa como de los trabajadores, de

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    las medidas de Prevencin, Higiene y Seguridad;

    * Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en la Estacin de Servicio;

    * Indicar la adopcin de todas las medidas de higiene y seguridad, que sirvan para la

    Prevencin de Riesgos Profesionales;

    * Cumplir las dems funciones o misiones que le encomiende el Organismo

    Administrador respectivo ( Mutualidad).

    El Comit Paritario de Higiene y Seguridad se reunir, en forma ordinaria, una vez al mes;

    pero podr hacerlo en forma extraordinaria a peticin conjunta de un representante de los trabajadores y uno de la Empresa. En todo caso, el Comit deber reunirse cada vez que en la Estacin de Servicio ocurra un accidente del trabajo que cause la muerte de uno o ms trabajadores, o que a juicio del presidente, le pudiera originar a uno o ms de ellos, una disminucin permanente de su capacidad de ganancia superior al 40%.

    Corresponder a la Direccin del Trabajo el control del cumplimiento de las normas contenidas en este Reglamento para la constitucin y funcionamiento de los Comits

    Paritarios de Higiene y Seguridad en las empresas, sin perjuicio de las atribuciones que competen a la Superintendencia de Seguridad Social y a los organismos del sector salud.

    Tanto la Administracin como los empleados de la Estacin de Servicio debern colaborar

    con el Comit Paritario proporcionndole las informaciones con las funciones que les

    corresponda desempear.

    8. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO ( ATS )

    Con el propsito de establecer procedimientos operacionales que identifiquen los riesgos, y

    garanticen el desarrollo seguro de las tareas por parte de los empleados de la Estacin de

    Servicio, en la instalacin se deber contar con A.T.S. para toda actividad que involucre

    riesgos en la operacin con combustibles, tales como:

    * Descarga de combustible a estanques subterrneos

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    * Carga de combustible a vehculos

    * Servicio bajo capot * Servicio de aire a neumticos.

    En ANEXO 1 se presenta formulario de Procedimiento de Trabajo Seguro, para ser utilizado en la identificacin de los riesgos.

    9. HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

    La distribucin de productos de Petrleo requiere un alto grado de eficiencia operativa

    y de un manejo apropiado para mantener un ambiente operacional seguro, evitar la contaminacin ambiental y eliminar los riesgos que atentan contra la salud de las personas.

    En atencin a este postulado, es importante identificar los peligros del manejo de productos y los riesgos que se presentan para las personas, el medio ambiente y la comunidad en general.

    Para esta finalidad en cada Estacin de Servicio debern estar disponibles las Hojas de Seguridad de Productos PETROBRAS, donde se resumen las principales caractersticas de

    estos productos y las recomendaciones para actuar acertadamente cuando se manipulen o se

    presente alguna emergencia. Estas Hojas de Seguridad no reemplazan el documento MSDS (Material Safety data Sheet) de los productos PETROBRAS. (ANEXO 2)

    Para mayor informacin sobre estos productos y de las regulaciones locales respecto a

    cuidados y clasificaciones de riesgo, se deber consultar al contacto MSDS de la Compaa

    PETROBRAS Chile Petrolera Limitada.

    10. INTRUCCIONES EN PREVENCION DE RIESGOS EN EL MANEJO DE COMBUSTIBLE 10.1 Requerimientos mnimos de operacin en los establecimientos de expendio al pblico de combustibles lquidos. Para efectos de operacin de expendio de combustibles lquidos se deber dar cumplimiento

    a los siguientes requerimientos mnimos:

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    * Se deber usar pistolas automticas con traba para apertura, cuando el suministro de

    gasolina sea efectuado slo por un expendedor del establecimiento.

    * En caso que la gasolina sea suministrada al vehculo por el propio usuario, la pistola

    debe ser sin traba para apertura y del tipo de corte automtico.

    10.2 Expendio de combustible en envases. * Quedar prohibido el expendio de productos combustibles tales como gasolinas,

    kerosene y petrleo diesel en envases e vidrio o materiales frgiles.

    * Slo podr permitirse la venta de gasolina en envases de hasta cinco litros que tengan

    una tapa adecuada y su diseo permita verter el lquido sin salpicaduras.

    * Se prohibe el expendio de gasolina en tambores, excepto para el suministro de

    industrias, actividades agrcolas o faenas que la requieran para su propio consumo,

    caso en que deber contarse con la autorizacin previa otorgada por las oficinas del

    SEC que correspondan al domicilio en que se encuentre ubicada la industria o faena.

    10.3 Expendio de combustible a vehculos. Para efectuar el suministro de combustible, el expendedor de la instalacin deber verificar

    en forma previa lo siguiente:

    * Que el vehculo haya detenido su motor. * Que no haya personas fumando en su interior o en las cercanas del vehculo. * No deber expenderse combustibles a vehculos de locomocin colectiva con

    pasajeros en su interior. * No debern abastecerse motos o motonetas con personas sentadas en el vehculo.

    * En caso de derrames el vehculo deber empujarse para alejarlo del lugar en que ocurri el derrame y luego proceder a absorber el producto con arena o tierra seca,

    retirando sta inmediatamente despus de terminada la operacin.

    * En la Estacin de Servicio deber existir un procedimiento escrito que establezca las

    acciones a seguir en caso de emergencia.

    10.4 Expendio de combustible al pblico tipo autoservicio. * Este tipo de establecimiento deber contar, a lo menos, con un encargado de bombas

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    durante todo el tiempo en que permanezca abierto al pblico, quien vigilar el

    suministro de combustibles que realizan los usuarios.

    * El encargado de bombas del autoservicio ser responsable de :

    Controlar fuentes de ignicin

    Actuar en caso de derrames

    Manejar los extintores si fuera necesario Evitar que se expenda combustible a vehculos de locomocin colectiva con

    pasajeros en su interior. * En todo establecimiento de autoservicio debern existir letreros adecuados que

    sealen las instrucciones para operar correctamente las unidades de suministro.

    Adems, se deber contar con letreros de advertencia que indiquen :

    Se prohibe fumar - Apague el motor - Apague el celular

    11. PREVENCION DE ACCIDENTES

    A fin de prevenir accidentes personales en el ejercicio de las actividades laborales de la Estacin de Servicio, todo empleado debe cooperar con la prevencin de riesgos en el

    trabajo. Para el logro de este objetivo se detalla a continuacin, las siguientes normas de seguridad a poner en prctica :

    * Avisar al supervisor de cualquier herramienta o material que se considere inseguro, a

    fin de que sea debidamente revisado y/o reemplazado de ser necesario.

    * Mantener el orden y aseo en cada uno de los lugares que se ocupe y con cualquier

    material que se utilice.

    * Verificar que los lugares de trnsito estn limpios, ordenados y despejados, para permitir un desplazamiento seguro.

    * Estar atento al desplazamiento de vehculos desde y hacia las islas, ubicndose en un

    lugar seguro mientras la circulacin se produce. No caminar alrededor de un

    vehculo en movimiento.

    * Mantener los materiales combustibles incluso paos de limpieza, en recipientes

    metlicos con tapa.

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    * Al levantar objetos pesados, verificar su resistencia al peso y hacerlo con la espalda recta, doblando las rodillas, utilizando los msculos de las piernas, no los de la

    espalda. Mantener la carga apegada al cuerpo. Solicitar ayuda si la carga es

    excesiva.

    * Si en la ejecucin de alguna labor la ropa se ensucia con combustibles, aceites o cualquier otro producto qumico, debe quitarse rpidamente y lavar la piel.

    * Lavar con frecuencia las manos y los brazos con agua y jabn para eliminar la tierra, la grasa y el polvo.

    * Usar guantes de trabajo resistentes para manipular desechos, y guantes adecuados para manipular productos qumicos tales como aceites y detergentes.

    * Al manipular algn producto qumico, leer atentamente las instrucciones de manejo en la Hoja de Datos de Seguridad de Materiales.

    * Evitar los derrames de combustible. No desbordar los tanques de vehculos. En caso

    de derrame aplicar las acciones indicadas en el Plan de Emergencia de la Estacin de

    Servicio.

    * El expender combustible, no trabar la pistola para mantenerla abierta. Al usar

    pistolas automticas se debe permanecer atento en los alrededores. Retirar de

    inmediato cualquier pistola o manguera que presente fugas.

    * Antes de cobrar la venta se debe retirar primero la pistola del estanque del vehculo

    para evitar que ste se retire llevndosela consigo.

    * En estaciones tipo autoservicio, no permitir que nios pequeos operen los

    surtidores.

    * Al destapar un radiador dar siempre tiempo suficiente para su enfriamento previo y

    abrir la tapa lentamente para desalojar la presin, protegiendo las manos con guantes o un pao.

    * Prohibir la venta de combustibles en envases de vidrio o frgiles.

    * No trasvasijar combustible haciendo sifn con la boca. * No utilizar objetos metlicos tales como anillos, cadenas, pulseras al despachar

    combustible o dar servicio bajo el capot de un vehculo.

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    12. PLAN DE EMERGENCIA

    En toda Estacin de Servicio deber existir un Plan de Respuesta a la Emergencia que

    contenga el rol a seguir por cada uno de los empleados de la instalacin, para hacer frente a

    cualquier situacin dada por: Derrame de productos combustibles; Incendio y/o Accidentes

    de Personas.

    En todo caso, los elementos esenciales que debe contener el Plan de Respuesta a la

    Emergencia son:

    * Comunicacin a Bomberos, Polica y Asistencia Mdica (ambulancia, hospital) * Corte total e inmediato de la energa elctrica de la Estacin de Servicio.

    * Evacuacin de clientes y empleados de la instalacin y cierre del acceso a la misma.

    * En caso de derrame de combustible, no poner en marcha vehculos y evitar toda

    fuente de ignicin

    * Utilizar arena o tierra seca para contener o absorber el producto derramado evitando

    que ste pueda llegar a una alcantarilla.

    * Informar la emergencia al contacto de la Compaa Distribuidora PETROBRAS.

    (Jefe de Zona) * En caso de incendio, utilizar extintores de la instalacin mientras llega Bomberos.

    * En caso de accidentes a las personas, otorgar los primeros auxilios y procurar ayuda

    mdica.

    En ANEXO 3 se adjunta Plan de Respuesta a la Emergencia, correspondiente a las Estaciones de Servicio de PETROBRAS y sus tiendas "SPACIO 1 .

    13. MAPA DE RIESGOS Para efectos de identificar las zonas de riesgos presentes en la Estacin de Servicio, se

    deber contar con un plano esquemtico que seale en forma clara las siguientes reas de

    riesgo de la instalacin :

    * Zona de expendio de combustible

    * Area de descarga de combustible

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    * Area de ventilacin de estanques

    * Acceso y circulacin de vehculos

    * Vas de evacuacin y zona de seguridad

    * Elementos y dispositivos de emergencia (extintores, arena) * Tableros elctricos (switch parada emergencia).

    14. RELACION CON CONTRATISTAS EN ASPECTOS DE SEGURIDAD Y DURANTE EMERGENCIAS

    Las operaciones de reparacin y mantenimiento de los equipos e instalaciones de la

    Estacin de Servicio, realizadas a travs de contratistas debern cumplir los siguientes

    pasos, durante el transcurso del trabajo:

    14.1 Responsabilidad del Contratista. * Antes de comenzar cualquier trabajo, los contratistas debern solicitar la aprobacin

    de los permisos de trabajo de mantencin y construccin al supervisor de la Estacin de Servicio.

    * Los contratistas debern acreditar su calificacin para llevar a cabo el/los trabajos encargados. En caso de dudar de sus aptitudes, el supervisor de la Estacin de

    Servicio podr exigir la certificacin especfica apropiada que prueba la idoneidad

    para hacer los trabajos que est contratando. * Antes de que el contratista inicie cualquier trabajo en la Estacin de Servicio, debe

    informar de cualquier peligro existente en las instalaciones y que puedan afectar de

    alguna manera sobre el trabajo para el cual fue contratado. * El contratista debe asegurar mediante el uso de barreras el rea en la cual se va a

    desarrollar el trabajo. * Para trabajos en caliente deber solicitar la aprobacin del supervisor de la E.S.

    antes de que ste sea iniciado.

    * El contratista debe asegurarse que la energa elctrica que alimenta al equipo a ser

    reparado se pueda cortar totalmente y no realizar conexiones precarias.

    * El Contratista es responsable de notificar a sus empleados el tipo, la magnitud y los

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    riesgos del trabajo a ser ejecutado. * El Contratista debe informar al Supervisor de la Estacin de Servicio cualquier

    cambio de equipos o de las instalaciones. Asimismo, le debe notificar el impacto

    que puedan tener estos cambios en sus operaciones o empleados.

    14.2 Responsabilidad del Supervisor de la Estacin de Servicio. * Deber conocer todo el trabajo planeado por el contratista y los correspondientes

    procedimientos de seguridad que adoptar para la ejecucin del trabajo. * Deber comunicar de esta situacin anormal a los empleados, especialmente entre

    turnos. Esta comunicacin deber incluir procedimientos de "desactivacin

    identificada", para prevenir activaciones de energa en equipos que no estn

    funcionando o fuera de servicio.

    * Es responsable de que exista aislacin y sealizacin adecuada entre los clientes y l

    o los contratistas que llevan a cabo el trabajo, delimitando ambas reas. * Debe asegurarse que el contratista use proteccin personal apropiada y equipos de

    seguridad para ejecutar el trabajo. * Debe controlar, antes de que comience el trabajo, las herramientas del contratista

    para determinar si podran crear peligro potencial para la seguridad de la Estacin de

    Servicio al ponerlas en uso.

    * En caso de haber ms de un contratista simultneamente en la Estacin de Servicio,

    debe coordinar el trabajo en el sitio para asegurarse que se trabaje en forma segura y no haya interferencias.

    * De ser necesario, debe designar a alguno de sus empleados para supervisar todo el

    tiempo el trabajo del contratista. * Una vez concluidos los trabajos, debe controlar y asegurarse que el contratista los

    haya ejecutado de acuerdo a lo planificado y no queden condiciones inseguras en la instalacin. Deber mantener una copia de la orden de trabajo para sus propios archivos.

    * Debe actualizar los planos y documentacin tcnica de su Estacin de Servicio segn

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    17

    los cambios que se hayan producido.

    * Ante cualquier cambio operativo que resulte como consecuencia de trabajos en los equipos de la Estacin de Servicio, deber efectuar un reentrenamiento al personal y

    actualizar los procedimientos que deban modificarse.

    14.3 Situaciones de Emergencia.

    Si durante la ejecucin de trabajos por parte de contratistas en la Estacin de Servicio, se produjera una situacin de emergencia dada por incendio, derrame o accidente personal, el contratista deber comunicar de inmediato al Supervisor de la instalacin, quedando a

    disposicin de ste para colaborar en las acciones a seguir.

    El supervisor una vez informado de la emergencia, activar el Plan de Respuesta ante

    Emergencias establecido para tales efectos en la Estacin de Servicios.

    15. PERMISO DE TRABAJO DE MANTENCION Y CONSTRUCCION

    Con el propsito de asegurar que las operaciones de mantencin y construccin en la

    Estacin de Servicio, se realicen siguiendo los procedimientos de trabajo previamente establecidos, resguardando la integridad de las personas y la instalacin, el contratista deber

    presentar un permiso de trabajo que especifique la labor a desarrollar y las medidas de prevencin que adoptar a objeto de ejecutar el trabajo sin que implique riesgos para las personas, los bienes y/o el medio ambiente.

    Los principales trabajos que debern incluir un permiso de trabajo para su ejecucin son los siguientes:

    Excavaciones ; Trabajos en altura ; Trabajos en caliente ; Trabajos elctricos ; Instalacin de estanques ; Instalacin de unidades de suministro de CL.

    El Permiso de Trabajo deber ser firmado por el contratista y el supervisor de la Estacin de Servicio en seal de conformidad con las medidas de seguridad adoptadas para la realizacin

    de la labor.

    El formato de Permisos de Trabajo corresponder a los usados por PETROBRAS Chile.

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    18

    16. INVESTIGACION DE ACCIDENTES DEL TRABAJO 16.1 Concepto de Accidente del Trabajo y Procedimiento de Denuncia Para los efectos de proceder a prevenir sus causas, evitar sus efectos perjudiciales y lograr su reconocimiento, el presente Reglamento contempla la siguiente definicin tcnica de

    accidente:

    Accidente es un acontecimiento no deseado o inesperado que altera o interrumpe el proceso

    normal de trabajo y que genera daos fsicos a las personas (lesiones, enfermedades) y/o daos a la propiedad de la Estacin de Servicio (prdida de tiempo, daos a equipos e instalaciones, daos a la prestacin del servicio). De acuerdo a la definicin anterior, todo empleado tiene la obligacin de dar cuenta

    inmediata (durante la jornada laboral) al Supervisor de la Estacin de Servicio de todo accidente que ocurra, ya sea que le haya afectado directamente o causado lesiones a otras

    personas. Tambin debe informar aquellos accidentes que alteren o detengan la actividad

    normal de la Estacin de Servicio.

    Todo empleado accidentado deber recibir atencin inmediata de primeros auxilios, y ser

    trasladado a un Centro de Atencin Hospitalaria o Mutualidad a la que est afiliada la

    Empresa. Luego el Supervisor deber confeccionar la Denuncia de Accidente del Trabajo (D.I.A.T.) para ser presentada a la mutualidad correspondiente. Si el accidente es grave, el afectado puede ser enviado sin ms tramite al establecimiento hospitalario, remitindose

    posteriormente la D.I.A.T.

    Una vez reestablecido, el empleado debe presentarse a la Empresa con el ALTA

    DEFINITIVA, otorgada por el Servicio Mdico correspondiente. En ningn caso se aceptar

    el reintegro a las labores al empleado que no cumpla con la exigencia sealada.

    16.2 Los Accidentes de Trayectos. Accidente de Trayecto es el que sufre un empleado con oportunidad del traslado desde su

    hogar al trabajo o viceversa, sea que se traslada en vehculo propio, locomocin colectiva o simplemente a pie.

    La condicin legal, es que tenga ocurrencia en el trnsito directo entre el domicilio del

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    empleado y el lugar de trabajo. Para comprobar la veracidad del accidente, la Ley 16.744 establece que el trabajador accidentado debe probar su ocurrencia con la presentacin de los medios de prueba

    necesarios (Parte de Carabineros, Certificado de Atencin Mdica de Hospital/Posta, Testigos o cualquier otro medio fehaciente). El Supervisor, por su parte, una vez enterado de las circunstancias, extender la respectiva

    denuncia del accidente y otorgar al accidentado un certificado que consigne el horario de

    trabajo para su presentacin a la mutualidad correspondiente

    16.3 Investigacin de Accidentes. El objetivo principal de la investigacin de accidentes es determinar las causas (acciones/condiciones inseguras) que generan los accidentes, para corregirlas o eliminarlas a travs de la aplicacin de medidas correctivas y as evitar su repeticin.

    Para el logro de este objetivo, los empleados deben prestar su ms amplia colaboracin y respaldo a sus procedimientos, ya que directamente son estos los beneficiados al disminuir

    los riesgos de accidentes.

    El ocultar datos o mostrar desconfianza en la investigacin, retarda el mejoramiento de las condiciones de trabajo, manteniendo vigente y sin control los peligros. Por regla general, se investigarn todos los accidentes que signifiquen dao fsico al

    empleado o que provoquen alteraciones a su salud a consecuencia de la actividad realizada o

    por las condiciones del ambiente de trabajo. La investigacin del accidente deber ser realizada de acuerdo a su magnitud por el

    Supervisor de la Estacin de Servicio, el Comit Paritario (si existe), con la asesora del Experto asesor en Prevencin de Riesgos de la Empresa, debindo quedar registrado en un

    Informe de Investigacin de Accidente para efectuar el seguimiento correspondiente a las

    medidas preventivas que se recomienden para evitar la repeticin del acontecimiento..

    En ANEXO 4 se adjunta formulario tipo para investigacin de accidentes.

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    16.4 Primeros Auxilios.

    Se entender por Primeros Auxilios la atencin inmediata dada a un lesionado en el lugar en

    que ocurri el accidente, mientras se procura la atencin mdica necesaria.

    El Supervisor de la Estacin de Servicio determinar la necesidad de uno ms botiquines

    dentro de la Estacin, asimismo como su contenido y ubicacin.

    El contenido del botiqun deber ser inspeccionado por lo menos una vez al mes, siendo

    responsabilidad del Supervisor su mantencin.

    Todo botiqun deber contener instrucciones simples y fciles de seguir en caso de urgencia.

    El botiqun deber ser instalado en un lugar limpio y de fcil acceso.

    El personal de la Estacin de Servicio deber ser entrenado en la prctica de Primeros

    Auxilios, con el objeto de estar preparado para tratar lesiones menores, mientras se espera la atencin mdica adecuada.

    17. OBLIGACION DEL PROPIETARIO/CONCESIONARIO/ADMINISTRADOR Y SUPERVISOR DE LA ESTACION DE SERVICIO Sern de responsabilidad del personal que administra la Estacin de Servicio las acciones

    indicadas a continuacin:

    * Mantener el funcionamiento de la Estacin de Servicio de acuerdo a las normas

    legales vigentes y las contenidas en el presente Reglamento.

    * Asegurar que el expendio de combustibles a vehculos se realice bajo estrictas normas de seguridad que garanticen la integridad de los empleados, clientes, bienes y

    medio ambiente.

    * Instruir al personal para trabajar con seguridad en las operaciones. * Velar porque se mantenga el lugar de trabajo limpio, ordenado y en condiciones

    ambientales adecuadas; adems, controlar el uso de vestuario y equipos de proteccin

    personal adecuados a la labor.

    * Investigar todos los accidentes del trabajo, corregir sus causas y realizar el seguimiento correspondiente.

    * Investigar e informar a SEC cualquier accidente que ocurra en sus equipos o

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    instalaciones y que estn relacionados con: explosin; incendio; derrame de CL

    superior a 8 m3; filtracin de tuberas enterradas; cualquier otro siniestro derivado

    del manejo de CL que revista caractersticas de gravedad para las personas y/o el medio ambiente.

    * Inspeccionar peridicamente los elementos de proteccin personal , disponiendo el

    reemplazo inmediato de aquellos que se encuentren defectuosos.

    * Paralizar o dejar fuera de servicio toda mquina o herramienta que se detecte como riesgo potencial de accidente, o que haya sido causal de accidente, hasta que dicha

    condicin insegura quede subsanada.

    Inspeccionar en forma peridica de acuerdo a un calendario previamente establecido

    los equipos crticos tales como: los extintores de incendio, recipientes con arena,

    detectores de fuga de CL, compresores, luces de emergencia, etc.

    18. OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADOS DE LA ESTACION DE SERVICIO

    1. El trabajador tiene la obligacin de conocer y cumplir en todas sus partes las disposiciones expresadas en el presente Reglamento Interno de Seguridad.

    2. El trabajador debe informar de inmediato a su supervisor directo de toda accin o condicin insegura que detecte en la ejecucin de su labor.

    3. Usar los elementos de proteccin personal que proporcione la Estacin de Servicio,

    para el desarrollo de sus funciones.

    4. Es obligacin del trabajador comunicar de inmediato de toda lesin que sufra a causa con ocasin del desarrollo de su trabajo y/o dao a la propiedad, equipos y herramientas.

    5. El personal de la Estacin de Servicio deber, en todo momento, velar por la

    seguridad del pblico que ingresa al recinto de la Estacin por cualquier motivo,

    evitando obstrucciones y/o derrames de CL en las vas de circulacin de la zona de

    playa; adems deber extremar la seguridad en las zonas peligrosas mediante

    barreras y/o sealizaciones de peligro colocadas de manera visible.

    6. Los pisos debern mantenerse limpios y libres de obstrucciones o manchas de aceite

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    o grasa, las que en caso de derrame debern ser rpidamente eliminadas.

    7. En el expendio de combustible el empleado deber cumplir con las norma de

    seguridad que establece el presente Reglamento, en especial, lo concerniente a:

    NO FUMAR, APAGUE EL MOTOR Y APAGUE EL CELULAR.

    19. OBLIGACION DEL EXPERTO EN PREVENCION DE RIESGOS Toda instalacin de expendio de combustible lquido a pblico, deber contar con la asesora

    de un profesional experto en prevencin de riesgos con experiencia mnima de tres aos en la

    operacin segura de combustibles lquidos, requisitos cuyo cumplimiento se deber mantener

    acreditado ante SEC (Superintendencia de Electricidad y Combustibles). El asesor de prevencin de riesgos deber realizar sus labores sobre la base de un programa de

    actividades preestablecido. (pto 23) Las actividades de asesora a desarrollar por el Experto, debern considerar como mnimo los

    siguientes aspectos:

    * Realizar inspecciones para verificar acciones y condiciones inseguras en la

    instalacin y recomendar medidas preventivas y correctivas.

    * Investigar accidentes y llevar registros estadsticos de seguridad.

    * Capacitar a los empleados de la Estacin de Servicio en temas relativos a seguridad,

    Salud y medio ambiente.

    * Entrenar a los empleados en el uso de extintores y respuesta frente a emergencias

    * Asesorar a la administracin en aspectos relacionados con seguridad entre la

    Empresa y organismos externos (Mutual, SEC, SESMA y otros) . * Deber dejar constancia de la asesora realizada en el Libro de Inspeccin, el que

    estar permanentemente en el lugar de la Estacin de Servicio y a disposicin de

    SEC.

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    23

    20. PROHIBICIONES A TODO EL PERSONAL En lo sucesivo, en virtud de la aplicacin de este Reglamento, queda prohibido a todos los

    empleados de la Estacin de Servicio las siguientes acciones, actitudes o procedimientos que

    afecten la continuidad de las operaciones y los bienes y/o recursos de la Estacin de Servicio.

    * Queda estrictamente prohibido desobedecer en forma total o parcial las instrucciones impartidas en este Reglamento u otros medios que use la Empresa.

    * Operar mquinas, sistemas, equipos, herramientas para las cuales no est capacitado

    ni autorizado.

    * Accionar, reparar o alterar mquinas, equipos o sistemas elctricos o instrumentos sin

    estar expresamente autorizado.

    * Reemplazar por propia iniciativa a otra persona en trabajos especializados. * Sacar, eliminar o desactivar mecanismos de seguridad o proteccin existente en

    mquinas y equipos peligrosos. Tambin, el detener el funcionamiento de equipos o

    instalaciones de ventilacin, extraccin, calefaccin, alimentacin o drenaje dispuestos en determinadas operaciones.

    * Intentar el ingreso de bebidas alcohlicas y drogas al lugar de trabajo y/o trabajar bajo la influencia de alcohol o drogas.

    * Presentarse a trabajar ocultando enfermedades o estado de salud resentida. En este caso debe consultar a su Supervisor, quien resolver sobre la conveniencia de

    interrumpir las actividades, enviarlo a su casa o envi a un centro mdico asistencial.

    * Presentarse a trabajar, despus de sufrir un accidente, sin el ALTA DEFINITIVA otorgada por el Servicio Mdico del Organismo Administrador.

    * Fumar, en todas las dependencias de la Estacin de Servicio.

    * Usar artefactos elctricos no autorizados (anafes, estufas, etc.) o encender fuego en lugares que la Empresa ha prohibido en forma estricta.

    * Permanecer en el lugar de trabajo fuera de horario habitual, sin la expresa autorizacin del Supervisor.

    * Dormir, comer o preparar alimentos y bebidas en los lugares de trabajo, en los cuales se atienda pblico, baos y en cualquier otro recinto no autorizado.

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    * Portar o introducir armas de fuego o de cualquier tipo.

    * Jugar con armas u otros elementos (herramientas y materiales contundentes y cortantes).

    * Correr, jugar, discutir o pelear en cualquier lugar de trabajo. * Se prohibe a la vctima de un accidente, tratarse por su cuenta, ya que se expone a

    infecciones o agravar su lesin. Del mismo modo, se prohibe a personas no

    capacitadas a curar heridas, sacar cuerpos extraos de los ojos o cualquier otra atencin, ya que el desconocimiento de la materia puede crear serias complicaciones

    a la salud del afectado.

    * Se prohibe la alteracin o destruccin del material informativo o instructivo de

    seguridad que se coloque para advertencia de riesgos en mquinas, equipos o lugares

    dispuestos para tal fin.

    * Ocultar las verdaderas causas o circunstancias de un accidente por parte de los

    afectados o de los testigos presenciales del hecho.

    * Negarse a participar en la operacin de emergencia y evacuacin.

    * No usar los correspondientes elementos de proteccin que se les haya entregado para

    su seguridad, o hacer un mal uso de ellos.

    * Negarse a proporcionar informacin en relacin con determinadas condiciones de

    trabajo que puedan ser causa de accidentes para los funcionarios. * Sobrecargar las instalaciones elctricas o efectuar su deterioro intencional.

    * Ejecutar manejo de materiales sin pedir ayuda o en forma insegura. * No denunciar en forma oportuna un accidente del trabajo o trayecto. * Negarse al chequeo mdico que se pueda efectuar para detectar posibles riesgos de

    enfermedades comunes o del trabajo. * Realizar acciones que pongan en peligro la integridad fsica propia o de otros.

    21. FALTAS Y SANCIONES Toda transgresin a lo dispuesto en el presente Reglamento Interno de Seguridad , podr ser

    considerada como grave o calificada de negligencia inexcusable, para los efectos de dar

    cumplimiento a las disposiciones de la Ley N 16.744. En particular se considerarn faltas

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    graves las siguientes:

    * Proporcionar informacin falsa sobre las causas de un accidente.

    * No utilizar los elementos de proteccin personal.

    * Toda simulacin de enfermedad o accidente de trabajo * Presentarse a trabajar bajo la influencia de alcohol o drogas. * Usar maquinarias o equipos sin estar a cargo de ellas o estar expresamente

    autorizado; accionar mecanismos o interruptores de cualquier tipo sin estar

    capacitado o autorizado.

    * Portar o introducir armas de fuego o de cualquier tipo.

    * Cualquier acto que vaya en perjuicio de la disciplina interna y que signifique riesgo para la seguridad del personal, actividades y bienes de la Estacin de Servicio.

    * El grado de infraccin o falta en la que incurra el empleado, dara motivo a la

    Empresa para la terminacin de su contrato de trabajo, ello en conformidad a lo establecido en el artculo anterior, inciso primero, y a lo dispuesto sobre la materia en

    el Reglamento Interno.

    * La reiteracin de una falta grave significar la inmediata caducidad del contrato de

    trabajo. El reglamento contempla sanciones a los empleados que no respeten cualquiera de sus partes.

    Las sanciones consistirn en multas en dinero efectivo, multa que ser proporcional a la

    gravedad de la infraccin. Esta multa no podr exceder del 25% del salario y ser aplicada de

    acuerdo a lo dispuesto en el artculo 154 del Cdigo del Trabajo. El producto de las multas se destinar as otorgar premios a los funcionarios, previo el

    descuento de un 10% para el fondo destinado a rehabilitacin de alcohlicos que establece

    la ley N 16.744.

    Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, cuando se haya comprobado que un accidente o enfermedad profesional se debi a negligencia inexcusable de un empleado,

    el Servicio de Salud podr aplicar una multa de acuerdo al procedimiento y sanciones

    dispuesto en el Cdigo Sanitario. La condicin de negligencia ser establecida por el Comit

    Paritario de Higiene y Seguridad.

    La simulacin de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional ser sancionada

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    con multa, de acuerdo al artculo 80 de la Ley, que dice Las infracciones a cualquiera de las

    disposiciones de esta Ley, salvo que tengan sealadas una sancin especial, sern penadas

    con una multa de uno a veinticuatro sueldos vitales mensuales, escala A) del Departamento de Santiago. Estas multas sern aplicadas por el Organismo Administrador.

    La reincidencia ser sancionada con el doble de la multa primeramente impuesta.

    22. PROGRAMA DE INSPECCION Y MANTENCION DE LAS INSTALACIONES

    22.1 Mantencin de Equipos Crticos y No Crticos El funcionamiento adecuado de los equipos de una Estacin de Servicio constituye una parte

    fundamental para realizar un ptimo servicio para el cliente, disminuyendo el riesgo

    intrnseco que una operacin insegura puede representar para los empleados y usuarios.

    En este captulo se desarrollar el Programa de Mantencin e Inspeccin que requerirn los

    equipos que componen la Estacin de Servicio.

    22.1.1. Equipos Crticos A continuacin se detallan los principales equipos considerados crticos en una instalacin y

    sus requerimientos mnimos de inspeccin y mantenimiento:

    * Sistemas de Deteccin de Prdidas de Estanques Subterrneos de Combustible Sensores y Sistemas que permiten detectar cuando existe una fuga del producto combustible

    a travs de caeras, estanques y surtidores en general. Estos equipos requieren controles

    peridicos a travs de monitoreos, inspecciones y pruebas que permitan asegurar su correcto

    funcionamiento.

    * Interruptor de Emergencia del Sistema Elctrico Con el propsito de asegurar la desconexin de todo el sistema elctrico que alimenta a la

    Estacin de Servicio, la instalacin debe poseer interruptores de corte rpido los cuales

    deben estar visibles y accesibles para ser activados en caso de emergencia por los empleados

    de la Estacin de Servicio.

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    * Extintores de Incendio

    La Estacin de Servicio debe tener un nmero suficiente de extintores de incendio ubicados

    en los pilares de la islas de tal manera que puedan ser alcanzados fcilmente por los

    empleados para apagar cualquier fuego que ocurra accidentalmente. Todos los extintores

    deben estar en correctas condiciones de operacin.

    El uso adecuado de los extintores de incendio se asegura si se siguen los siguientes pasos:

    Contar con acceso libre e inmediato desde cada lugar de la Estacin de Servicio

    Controlar diariamente que los extintores estn en su lugar designado.

    Realizar mantenimiento adecuado en especial despus de haberse utilizado,

    Todo el personal debe estar entrenado en el uso apropiado de los extintores.

    * Recipientes con Arena

    Para evitar, controlar y absorber posibles derrames de productos combustibles en la Playa de

    la Estacin de Servicio se debe contar con un tambor (200 litros) y tres baldes, los que deben permanecer llenos con arena para ser utilizados de inmediato en caso de emergencia.

    En caso de que la Estacin de Servicio disponga de una Sala de Ventas se deber contar con:

    * Cierre automtico de puerta principal El funcionamiento adecuado del cierre automtico de la puerta principal asegura que los

    procedimientos de seguridad y manejo del dinero en efectivo pueden ser efectuados en forma apropiada. Para estaciones que operan 24 horas, es un factor crtico para la seguridad del

    personal que trabaja en ese turno. Por tal motivo se debe controlar semanalmente que el mecanismo remoto de activacin de

    cierre automtico de la puerta principal funcione. Esto puede efectuarse solamente activando

    el sistema.

    * Iluminacin de Emergencia de las Salidas (si las hubiera) La evacuacin en forma segura de la sala de ventas la Estacin de Servicio tanto por clientes

    como por empleados, en caso de falla del sistema de iluminacin principal debido a corte de

    energa elctrica, es fundamental para la correcta operacin.

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    De contarse con un sistema de iluminacin, el mismo se debe controlar semanalmente por

    medio del sistema automtico de prueba que generalmente viene instalado dentro del mismos

    equipos de emergencia.

    * Alarmas Contra Robo (si las hubiera) El funcionamiento adecuado de la alarma contra robo es un factor fundamental para la

    deteccin de cualquier accin no deseada de terceros y constituye un dispositivo de

    seguridad importante para salvaguardar la integridad de las personas y los bienes.

    PROGRAMA DE INSPECCIN Y PRUEBAS DE EQUIPOS CRTICOS

    En el siguiente cuadro se detallan las actividades a realizar para mantener un correcto

    control sobre el funcionamiento de los equipos crticos:

    Equipo Crtico

    Funcin

    Requerimientos para las Pruebas

    Frecuencia

    Deteccin de prdidas en tanques subterrneos

    Detectar prdidas

    Mediciones diarias de inventarios de combustibles en estanques.

    Diariamente

    Corte o interruptor elctrico de emergencia

    Cortar el suministro de energa elctrica

    Controlar acceso a interruptor.

    Activar fsicamente el corte o interruptor apagndolos y encendindolos nuevamente

    Diariamente

    Semanalmente

    Extintores de Incendio

    Extinguir incendios

    Controlar la fecha de vencimiento de la carga en cada lugar requerido.

    Verificar indicador de presin.

    Fecha: mensualmente. Posicin: diariamente

    Recipientes de Arena

    Controlar derrames de combustible

    Controlar llenado de baldes y tambor

    Controlar humedad de la arena

    Diariamente

    Semanalmente

    Cierre automtico de puerta principal

    Previene ingreso no autorizado a sala de ventas

    Activar fsicamente el switch.

    Semanalmente

    Iluminacin de emergencia de salidas

    Evacuar los locales durante una emergencia

    Presionar el interruptor automtico de prueba

    Semanalmente

    Alarmas contra robo

    Previene ingreso no autorizado a sala de ventas

    Activar fsicamente el sistema

    Semanalmente

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    Equipos No Crticos

    Los equipos considerados no crticos son aquellos necesarios para la operacin de

    la Estacin de Servicio pero, que no representan un alto nivel de riesgo si su

    funcionamiento se ve afectado.

    No obstante deben existir requerimientos de inspeccin y mantenimiento mnimo

    para asegurar un adecuado funcionamiento que permita mantener una eficiente

    atencin al cliente.

    PROGRAMA DE INSPECCIN Y PRUEBA DE EQUIPOS NO CRTICOS

    Equipo No Crtico

    Funcionamiento Adecuado

    Frecuencia de Prueba

    Surtidores

    Sin prdidas, mangueras y caos operando normalmente

    Semanalmente

    Refrigeradores/congeladores

    Termocuplas trabajando con precisin. Sellos de las puertas en buen estado

    Mensualmente

    Separadores de Agua/hidrocarburos (Cmaras)

    Libre drenaje. Sin acumulacin de lodos, sedimentos conteniendo hidrocarburos en flotacin. Efluente limpio.

    Mensualmente

    Sistema de reciclado de agua del lavadero automtico

    Bombas de drenaje operando normalmente, sin contaminacin en el efluente, sin acumulacin de lodo

    Semanalmente

    Compresores y elevadores hidrulicos

    Operacin normal. Sin ruidos excesivos, movimiento o vibracin. Proteccin en partes mviles del compresor

    Mensualmente

    Generador Elctrico

    Trabajando normal. Probado regularmente. arranque inmediato.

    Mensualmente

    Provisin de agua de la Estacin de Servicio

    Trabajando normal. Probado regularmente. Tanque(s) de reserva limpios

    Mensualmente

    Equipos para medir la presin en neumticos

    Presin probada regularmente para controlar exactitud y corte automtico (cuando lo hubiera)

    Mensualmente

    Sala de Ventas y equipos para comidas rpidas

    Cumple con reglamentaciones locales. Instrucciones de los fabricantes.

    Segn lo requiera cada equipo

    Sistema de intercomunicadores con playa (cuando lo hubiera)

    Trabajando y que se escuchen en todas las islas de surtidores

    Diariamente

    Iluminacin de la Estacin de Servicio

    Todo el sistema operando los artefactos limpios

    Diariamente

    Canopy de islas (techumbre)

    Todos los paneles en su sitio sin cenefas desprendidas y/o apagadas

    Semanalmente

    Extractores de aceites de crter

    En condiciones normales de trabajo con sistemas de control de residuos (aceite usado)

    Mensualmente

    Equipo de lubricacin (Compresores,elevadores,etc.)

    Trabajando normalmente y operados segn instrucciones del fabricante

    Mensualmente

    Sistema de calefaccin/ventilacin o aire acondicionado

    Filtros de aire limpios, trabajando normalmente y operados segn instrucciones del fabricante.

    Mensualmente

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    REQUERIMIENTOS PARA LA MANTENCIN DE EQUIPOS CRTICOS Y NO CRTICOS

    La mantencin de los equipos que conforman una Estacin de Servicio deben contar con un

    programa de mantenimiento mecnico/elctrico que permita asegurar un contnuo y

    adecuado funcionamiento de los mismos. Para este propsito la administracin de la

    Estacin de Servicio deber contar con un servicio calificado para efectuar las labores de

    mantencin, las que incluirn como mnimo el siguiente Programa de Actividades:

    PROGRAMA DE MANTENCIN DE EQUIPOS

    Equipo

    Requerimientos de Mantencin

    Frecuencia del Servicio

    Surtidores

    Calibracin de numerales

    Revisin de filtracin, pistolas y mangueras

    Bimestralmente

    Mensualmente

    Cmaras y bombas

    Revisin de uniones de caeras y funcionamiento de bombas

    Efectuar pruebas de presin de caeras

    Bimestralmente

    Segn necesidad

    Compresor

    Revisin nivel de aceite , funcionamiento vlvula de seguridad, prdidas de aceite y vlvula de drenaje

    Mensualmente

    Circuitos elctricos

    Revisin y reparacin de partes y accesorios de equipos elctricos e iluminacin

    Segn necesidad

    Equipos de comida

    Reparacin de partes y piezas

    Segn necesidad

    Refrigeradores

    Revisar funciomamiento de equipo refrigerante, cierres hermticos y conexin elctrica

    Mensualmente

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    23. PROGRAMA DE PREVENCION DE RIESGOS DE LA ESTACION DE SERVICIO

    Las actividades de prevencin de riesgos que se deben llevar a cabo en la Estacin de Servicio PETROBRAS "SPACIO 1 PORTAL LA DEHESA, estn enmarcadas en un Sistema de Gestin para Administrar la Integridad Operacional (OIMS) que la Empresa ha implementado en toda la cadena de locales operados por ella, el que se ejecuta a travs de la lnea de supervisin y que es monitoreado por el Depto Prevencin de Riesgos dirigido por un Experto Profesional que asesora a toda la cadena de Servicentros PETROBRAS a nivel nacional.

    Las principales actividades de este programa son :

    Actividad

    Desarrollo

    Responsabilidad y Frecuencia

    Capacitacin

    Entrenamiento inductivo a empleados nuevos

    Plan de entrenamiento permanente en Seguridad en el manejo de combustible Procedimientos de recepcin de combustible Planes de emergencia Uso de extintores

    Cursos de: Primeros auxilios Prevencin de incendios Manipulacin de alimentos Riesgos elctricos

    + Centro de Entrenamiento en la contratacin + Administrador de la Estacin semanlamente

    + Mutual de Seguridad anualmente

    Inspecciones de Seguridad

    Realizar inspecciones peridicas de equipos e instalaciones de la E.S. para detectar condiciones y acciones inseguras en la operacin

    + Depto. Prevencin Riesgos/ mensual + Administrador mediante check list de verificacin diaria, semanal, y mensual.

    Investigacin de Accidentes

    Realizar investigacin de accidentes cuando stos se produzcan

    Confeccionar informe respectivo para entregar a Empresa

    Actualizar registro estadstico de accidentabilidad

    + Depto. Prevencin segn necesidad

    + Depto. Prevencin //mensualmente

    Higiene Industrial y Salud Ocupacional

    Coordinar con Mutualidad la realizacin de: Medicin de gases y vapores de combustible Evaluacin de agentes contaminantes Establecer planes de control mdico a empleados expuestos Adoptar medidas de control para prevenir Enfermedades Profesionales

    + Depto. Prevencin + Depto Salud Ocupacional + Mutualidad/anualmente

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    ANEXOS

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    ANEXO 1

    PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO

    ATS N

    Fecha:

    Nuevo [] Revisado []

    Pgina ___ de ___

    Trabajo:

    Tarea/Procedimiento:

    Estacin de Servicio

    EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL REQUERIDO/RECOMENDADO

    Casco Careta Guantes Chaleco Reflectante Gafas de Seguridad Zapatos de seguridad Ropa de proteccin personal Otros

    Pasos del Trabajo(1)

    Peligros Potenciales(2)

    Acciones o procedimientos recomendados(3)

    1. Cada trabajo u operacin consiste en un conjunto de tareas/pasos. Asegurarse de escribir todos los necesarios para realizar el trabajo.

    2. Un riesgo es un peligro potencial. Dividir los riesgos en cinco tipos: Contacto: la vctima es golpeada por o golpea un objeto. Atrapado: la vctima es atrapada sobre o atrapada dentro o atrapada entre objetos. Cada: la vctima cae al nevel del suelo o a un nivel ms bajo. Esfuerzo Excesivo: Presin excesiva/ergonmica/tcnicas de elevacin. Exposicin: Riesgos de inhalacin/explosin.

    3. Usando las primeras dos columnas como gua, decida cuales acciones o procedimientos son necesarios para eliminar o minimizar el riesgo. Escriba los procedimientos de operacin segura recomendados. Diga exactamente lo que se debe hacer, por ejemplo, use dos personas para alzar. Evitar formulaciones generales como tenga cuidado.

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    ANEXO 2

    HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS COMBUSTIBLES

    1. IDENTIFICACION DE LA SUSTANCIA/PREPARACION

    PRODUCTO: GASOLINA 93 SP PRODUCTO #: L-12-001 PHSD #: 12-3161008 FECHA DE EDICION: 23 MAYO 2001

    PETROBRAS CHILE PETROLERA LIMITADA Av. Cerro Colorado 5240, Piso 14, Torre I Parque Arauco, Las Condes. Santiago, Chile

    EMERGENCY TELEPHONE: (562) 230 6000/6369 CUSTOMER SERVICE: 800 21 1101 - Curitiva Br.

    2. COMPOSICION/INFORMACION SOBRE INGREDIENTES

    INGREDIENTE PELIGROSO CONCENTRACION APROXIMADA

    T Xi Xn GASOLINE (HASTA 2 VOL% BENCENO) HASTA 99.8% R 45 Puede causar cancer. R 38 Irrita la piel. R 65 Cuidado: puede causar dano en el pulmon si es ingerido. R 67 Los vapores pueden causar somnolencia y vertigo

    3. IDENTIFICACION DE PELIGRO

    R 12 Extremadamente inflamable. R 45 Puede causar cancer. R 38 Irrita la piel. R 65 Cuidado: puede causar dano en el pulmon si es ingerido. R 67 Los vapores pueden causar somnolencia y vertigo

    La nafta utilizada en automotores contiene componentes toxicos y aditivos

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    a niveles que, bajo condiciones normales de uso y buenas practicas, no son considerados que presenten peligros para la salud. De todos modos, siendo altamente volatil, el mal uso o un pobre manipuleo podria resultar en exposi- cion a muy alta concentracion de vapores que pueden causar distintos efectos que van desde irritacion ocular,nasal o garganta, en casos extremos, narco- sis y aun la muerte.Prolongada y repetidas exposiciones a altas concentracio- nes puede producir danos a la sangre o sistema nervioso.Recientes evidencias con estudios de numero limitado de animales, indican potencial dano a los rinones.De todas formas, este efecto ha sido mostrado no tener preocupacion fisiologica a los humanos. Las naftas tienen una baja a moderada toxicidad oral, pero esto no se produce durante su uso normal.Igualmente la aspiracion de muy pequenas cantidades en los pulmones, en forma directa o como resultado de un vomito, podria causar severos danos a los pulmones y aun la muerte. Las gasolinas son agen- tes desengrasantes y prolongados o repetidos contactos con la piel pueden causar dermatitis. Contacto con los ojos puede causar irritacion aunque sin que estos efectos deban ser permanentes.

    Se deben observar las precauciones en el manejo incluyendo buenas precticas de ventilacion.

    4. PRIMEROS AUXILIOS

    INHALACION: Usando proteccion respiratoria adecuada, se saca inmediatamente a la victima del lugar del accidente. En caso de interrupcion de la respiracion se aplica respiracion artificial. Mantener a la victima en reposo y buscar atencion medica inmediata.

    CONTACTO CON LA PIEL: Lavar inmediatamente con abundante cantidad de agua; usar jabon si hay disponible. Quitar la ropa, incluyendo zapatos, una vez que se ha comenzado el lavado.-

    Si persiste la irritacion,buscar atencion medica.

    CONTACTO CON LOS OJOS: Lavar los ojos con abundante cantidad de agua hasta que descienda la irritacion. En caso de que persista recurrir a un medico.

    INGESTION: NO INDUCIR AL VOMITO debido a que es importante que ninguna cantidad de producto ingrese a los pulmones (aspiracion).Mantenga en descanso. Consegir rapida atencion medica.

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    5. MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL FUEGO

    MEDIO EXTINTOR: Espuma, polvo quimico seco, anhidrido carbonico.

    PELIGRO DE EXPLOSION E INCENDIO: Extremadamente inflamable,alto peligro. El liquido puede producir considera- ble cantidad de vapores a temperaturas debajo de la ambiente, que formaran mezclas inflamables.

    Los vapores al ser mas pesados que el aire toman el nivel del piso y puden alcanzar mediante desagues u otras conexiones subterraneas, fuentes de ignicion muy alejadas del punto de derrame.

    Descarga esttica. El material puede acumular cargas estticas que pueden producir una descarga elctrica que ocasione fuego.

    PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE LUCHA CONTRA EL FUEGO: Niebla o rociado con agua,para enfriar las superficies expuestas al fuego (e.g. recipientes) y proteger al personal, solo debe ser usado por personal entrenado en lucha contra el fuego.

    Cortar el suministro de combustible; dependiendo de las circunstancias, o permitir que el fuego queme bajo condiciones controladas o usar espuma o polvo quimico seco para extinguir el fuego.

    Proteccion respiratoria y ocular son requeridas para el personal de lucha contra el fuego que esta expuesto a humos.

    PELIGRO PRODUCTOS COMBUSTIBLES: Humos, y monoxido de carbono pueden ser formados durante una incompleta combustion.

    6. MEDIDAS SOBRE DESCARGAS ACCIDENTALES

    PRECAUCIONES PERSONALES: Ver Seccion 8. DERRAME SOBRE TIERRA:

    Eliminar fuentes de ignicion.

    Prevenir a las personas que se encuentran en areas a las cuales sopla la direccion del viento,de los peligros de fuego y explosion.

    Cerrar la fuente tomando precauciones normales de seguridad.Prevenir la

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    entrada de liquido a desagues, cursos de agua o falsas areas bajas; avisar a la autoridad competente si esto ha ocurrido, o si se contamino el suelo o la vegetacion. Tomar medidas para minimizar los efectos sobre la napa de agua.

    Recoger la capa sobrenadante o aspirar por bombeo usando um equipo a prueba de explosion, o contener el liquido derramado mediante barreras flotantes, arena ,u otro absorbente apropiado y disponer mecanicamente dentro de recipientes. Si es necesario, disponga de los residuos de absorbente como se indica en la seccion 13.

    DERRAME SOBRE AGUA: Elimine las fuentes de ignicion.Avise de la situacion y prevenga a las areas en la direccion en que sopla el viento de peligros de explosion o fuego,mantengalas desocupadas. Notifique a las autoridades competentes.

    No encierre en area de perdida.

    Retire el liquido sobrenadante de la superficie por barrido o con absorben- tes apropiados.Disperse el residuo en aguas no confinadas, si es permitido por las autoridades locales o entes regulatorios.

    7. MANIPULEO Y ALMACENAJE

    NO ALMACENAR O MANIPULEAR CERCA DE FUENTES DE CALOR, DE CHISPAS O DE IGNICION O DE OXIDANTES FUERTES. NO FUMAR EN LUGARES DONDE LA NAFTA ES ALMACENADA O MANIPULEADA.

    Almacenar y manipulear en contenedores adecuadamente cerrados o apropiadamen- te ventilados. Cuando sea posible, el manipuleo de naftas a granel debera ser efectuado mediante sistemas cerrados con control de vapores, para minimizar los riesgos a la salud y de incendio. Revisar y prevenir potenciales perdidas de los contenedores. Si es almacenado en areas cerradas, asegurar una sufi- ciente ventilacion para evitar que el nivel de vapores exceda los limites de exposicion. Los tanques que hayan contenido nafta con plomo pueden contener residuos de plomo y por lo tanto requieren precauciones especiales durante su limpieza.

    El manejo del producto y los sistemas de transferencia deben estar unidos y conectados a tierra para minimizar el riesgo de generar chispas de la acumulacion de carga estatica. El equipo electrico y los aditamentos deben cumplir con las regulaciones locales para prevencion de incendio para este producto. Use el procedimiento correcto de conexion a tierra. Refierase a las regulaciones locales o nacionales que cubren el manejo seguro de la gasolina y las areas de almacenamiento para este producto. El equipo

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    elctrico y mecanico usado en los alrededores en la vecindad del manejo de gasolina a granel o el almacenamiento, deberia ser certificado intrinsecamente como seguro por una agencia Nacional de pruebas, orientado a los estandares de seguridad requeridos por las regulaciones nacional o local.

    ADVERTENCIA TAMBOR "VACIO": Los tambores vacios pueden contener liquidos residuales o vapores y puede ser peligroso. NO LO PRESURIZE, CORTE, SUELDE, REFUERZE, TALADRE, TRITURE O LOS EXPONGA A CALOR, LLAMAS, CHISPAS, ELECTRICID AD ESTATICA, U OTRA FUENTE DE IGNICION; ELLOS PUEDEN EXPLOTAR Y CAUSAR HERIDA O LA MUERTE. No intente limpiarlo cuando el residuo es dificil de remover.Los tambores "vacios" deben ser completamente drenados, sellados adecuadamente, marcados e identificados para un manejo apropiado indicando su manejo y el pronto envio a un reacondicionador de tambores o para disponerlos. Todos los otros contenedores deben ser dispuestos de una manera ambientalmente segura de acuerdo con las regulaciones locales. No use tambores contaminados para posteriores almacenamientos de productos comestibles.

    TEMPERATURA DE CARGA/ DESCARGA grados C:

    AMBIENTE HASTA 40 C

    TEMPERATURA DE ALMACENAJE grados C:

    AMBIENTE HASTA 40 C

    PRECAUCIONES ESPECIALES: Mantenga los recipientes cerrados cuando no esten en uso.

    No haga sifon succionando con la boca.

    8. CONTROLES DE EXPOSICION Y PROTECCION PERSONAL

    LIMITE DE EXPOSICION OCUPACIONAL: Para gasolina, ExxonMobil recomienda 300 mg/m3 (TWA,8 hrs de trabajo diario) (analisis de acuerdo con el metodo US NIOSH 1500 o UK HSE 60; Manual de metodos analiticos de NIOSH, 3 ed; Mtodos HSE para la determinacion de las sustancias peligrosas).

    Para Gasolina, 300 ppm (900 mg/m3) (Analisis de acuerdo a UK HSE Metodo 60, HSE Metodos para la determinacion de sustancias peligrosas).

    Para n-Hexano, 50 ppm (180 mg/m3). (Analisis de acuerdo a US NIOSH Metodo 1500 ,NIOSH Manual de metodos analiticos, 3ra Ed.).

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    Para el Benceno, ACGIH recomienda un TLV(CMP) de 0.5 ppm (1.6 mg/m3), (piel), y lo categoriza como un cancerigeno confirmado para hombre. (Analisis de acue rdo a US NIOSH Metodo 1501, NIOSH Manual de metodos analiticos, 3ra Ed.,o los metodos HSE de UK 17,22,50, o 60, metodos HSE para la determinacion de sustan cias peligrosas).

    PROTECCION PERSONAL En el caso de sistemas abiertos, donde es probable el contacto, usar antiparras de seguridad, vestidos resistentes a productos quimicos y guantes impenetrables a productos quimicos.

    Cuando se pueda producir contacto, usar mangas largas y gafas de seguridad con protectores laterales.

    Cuando las concentraciones en aire puedan exceder los limites de exposicion ocupacional, y donde la ingenieria, practicas en el trabajo u otros medios de reduccion de la exposicion no sean adecuados, podran ser necesarios apa- ratos respiratorios homologados para prevenir la sobreexposicion por in- halacion.

    9. PROPIEDADES FISICO-QUIMICAS

    APARIENCIA / OLOR: Liquido de color paja claro y palido, agudo olor a petroleo (puede estar co- loreado)

    DENSIDAD, g/ml: 0.75 a 15 grado C (0.72 - 0.79)

    RANGO DE EBULLICION: 25.0 - 205.0 grado C (APROX.)

    VISCOSIDAD, mm2/S: 1 a 20 grado C (0.5 - 1.5)

    PRESION DE VAPOR, kPa: 60.0 a 20 grado C (44 - 75)MAX.)

    DENSIDAD DEL VAPOR A 1 BAR (Aire=1): MAS PESADO QUE EL AIRE

    RELACION DE EVAPORACION (n-butil acetato=1):

    10 - 11

    SOLUBILIDAD EN AGUA: 0.01g/l a 20 grado C (APROX.)

    pH: No Aplicable.

    PUNTO DE INFLAMACION: METODO:

    < -40 grado C TAG-C ASTM D56

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    LIMITE DE INFLAMABILIDAD EN AIRE, % EN VOL:

    LEL: 1.4 UEL: 7.6 (APROX.)

    TEMPERATURA DE AUTOIGNICION: > 250 grado C

    COEFICIENTE DE PARTICION n-octanol/agua:

    Informacion no disponible.

    10. ESTABILIDAD Y REACTIVIDAD

    ESTABILIDAD (TERMICA, A LA LUZ, ETC): Estable

    CONDICIONES A EVITAR: Mantener fuera del alcance de fuentes de calor, llamas abiertas y otras fuentes de ignicion.

    MATERIALES INCOMPATIBLES: Evite el contacto con oxidantes fuertes tales como cloro liquido, oxigeno concentrado, hipocloritos solidos etc, en razon que pueden presentar un serio riesgo de explosion.

    PRODUCTOS CON PELIGRO DE DESCOMPOSICION El producto no se descompone a temperatura ambiente.

    No se descompone a temperatura ambiente .

    11. INFORMACION TOXICOLOGICA

    EFECTOS DE SOBREEXPOSICION: INHALACION:

    Altas concentraciones de vapor son irritantes para ojos y tracto respiratorio , puede producir dolores de cabeza y mareos, tiene efectos anestesicos y puede tener otros efectos sobre el sistema nervioso central.

    Asfixiante si se deja acumular en espacios cerrados a concentraciones que reduzcan el oxigeno por debajo de los niveles respiratorios de seguridad.

    Evitar respirar vapores o nieblas.

    CONTACTO CON LA PIEL: Bajo grado de toxicidad aguda.

    Irritante.-

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    CONTACTO CON LOS OJOS: Ligeramente irritante,pero no lesiona el tejido ocular.

    INGESTION: Bajo grado de toxicidad.

    Pequenas cantidades del liquido aspiradas en el sistema respiratorio durante la ingestion, o el vomito, pueden producir severas lesiones pulmonares y la muerte.

    CRONICO: Estudios realizados indican que este material es un carcinogenico animal. La relacion de esos resultados a los humanos no ha sido completamente establecida.

    Este producto contiene benceno. Una sobreexposicion al benceno puede ocasionar lesion a la medula osea y graves enfermedades de la sangre, incluyendo leucemia. Los estudios en animales sugieren que una sobreexposicion prolongada puede danar al feto.

    Este producto contiene n-hexano. Una sobreexposicion al n-Hexano puede ocasionar dano progresivo y potencialmente irreversible al sistema nervioso periferico, particularmente en los brazos y las piernas.

    Prolongadas y repetidas exposiciones de ratas hembras a la inhalacion de los vapores de hidrocarburos livianos en el mismo rango de ebullicion de la nafta de este material produjo danos y/o desordenes en los rinones, incluyendo el cancer. Estos efectos no se observaron en estudios similares en ratas y raton hembras. En un numero de estudios en humanos no se han mostrado evidencias clinicas de una asociacion entre la exposicion del hidrocarburo liviano y la enfermedad. El foro de evaluacion de riesgos de la US EPA ha concluido que el resultado del tumor en el rinon en la rata hembra, no es relevante en los humanos.

    INFORMACION DE TOXICIDAD AGUDO

    La evaluacion de toxicidad aguda para este producto esta basada sobre ensayos realizados sobre cortes de similar destilacion atmosferica,de destilados de petroleo.

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    CRONICO Basado sobre lo conocido de este producto y de materiales de similar composicion e historia de refinacion, este producto podra esperarse que posea potencial efecto carcinogenico.

    12. INFORMACION ECOLOGICA

    En la ausencia de datos especificos para este producto,esta recomendacion esta basada sobre la informacion general de los hidrocarburos componentes encontrados en las naftas.Escapes de naftas al medio ambiente se volatizaran en la atmosfera y se dispersaran.Estos pueden tambien alcanzar el suelo y solubilizarse en agua.Basado sobre datos fisicoquimicos y biologicos de la literatura para seleccionados componentes de este producto,nocivos efectos a los habitats terrestres y aquaticos podrian ocurrir inmediatamente luego del escape.Podria esperarse que algunos componentes de este producto presen- ten una baja a moderada toxicidad aquatica aguda.La mayoria de los componen- tes de este producto podria esperarse que se biodegraden en forma moderada a rapida y es de esperar que no persistan en el medio ambiente.

    13. CONSIDERACIONES DE DISPOSICION

    Este producto contiene ingredientes peligrosos listados en Seccion 2. Se debera recoger y disponer de acuerdo a las disposiciones vigentes.

    14. INFORMACION SOBRE TRANSPORTE

    ENVASES USUALES DE ENVIO: Buque tanques, barcazaz, vagones, camiones tanques, tambores.

    TEMPERATURA DE TRANSPORTE grados C: AMBIENTE HASTA 40 C

    IMO CLASS: 3.1

    UN NUMBER: 0

    15. INFORMACION REGULATORIA

    EEC CLASIFICACION DE SUSTANCIAS Y PREPARACIONES PELIGROSAS: EXTREMADAMENTE INFLAMABLE CARCINOGENICO CAT 2 PERJUDICIAL

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    EEC SIMBOLO DE PELIGRO: F+ T EEC AVISO DE RIESGO Y SEGURIDAD: R 12 Extremadamente inflamable. R 45 Puede causar cancer. R 38 Irrita la piel. R 65 Cuidado: puede causar dano en el pulmon si es ingerido. R 67 Los vapores pueden causar somnolencia y vertigo S 16 Protjase de fuentes de ignicin. No fumar. S 53 Evitese la exposicion - reciba instrucciones especiales antes del uso. S 45 En caso de accidente o malestar acuda inmediatamente al mdico (si es posible mustrele la etiqueta). S 62 Si es digerido, no induzca al vomito; busque asistencia medica inmediata y muestre este envase o su etiqueta S 29 No tirar los resduos por el desague. S 02 Mantngase fuera del alcance de los nios.

    Referirse a su legislacion nacional implementando la Directiva

    16. OTRA INFORMACION

    TIPO DE PRODUCTO/USOS: Combustible motor a gasolina.

    FUENTE DE LA INFORMACION BASICA: Las recomendaciones presentadas en esta Hoja de Informacion de Segurida de Productos fueron recopiladas de datos de ensayos reales (cuando existieran), comparacion con similares productos, informacion de componentes proveniente de proveedores y de fuentes confiables de practica correcta.

    La informacion y recomendaciones aqui contenidas son, segun el mejor saber y entender de EXXONMOBIL, seguras y confiables hasta el momento de edicion, pero son ofrecidas sin ninguna garantia. Estan

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    referidas al material especifico en cuestion y pueden no ser validas para tal material usado en combinacion con cualquier otro material o proceso. Las condiciones de uso del material estan bajo el control del usuario por lo tanto, es responsabilidad del usuario comprobar el mismo la veracidad y el alcance de tal informacion para su caso particular de uso.

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    HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS COMBUSTIBLES

    1. IDENTIFICACION DE LA SUSTANCIA/PREPARACION

    PRODUCTO: GASOLINA 95 SP PRODUCTO #: L-12-001 PHSD #: 12-3161008 FECHA DE EDICION: 23 MAYO 2001

    PETROBRAS CHILE PETROLERA LIMITADA Presidente Riesco 5711 Santiago, Chile

    EMERGENCY TELEPHONE: (562) 230 6000/6369CUSTOMER SERVICE: 800 21 1101 - Curitiva Br.

    2. COMPOSICION/INFORMACION SOBRE INGREDIENTES

    INGREDIENTE PELIGROSO CONCENTRACION APROXIMADA

    T Xi Xn GASOLINE (HASTA 2 VOL% BENCENO) HASTA 99.8% R 45 Puede causar cancer. R 38 Irrita la piel. R 65 Cuidado: puede causar dano en el pulmon si es ingerido. R 67 Los vapores pueden causar somnolencia y vertigo

    3. IDENTIFICACION DE PELIGRO

    R 12 Extremadamente inflamable. R 45 Puede causar cancer. R 38 Irrita la piel. R 65 Cuidado: puede causar dano en el pulmon si es ingerido. R 67 Los vapores pueden causar somnolencia y vertigo

    La nafta utilizada en automotores contiene componentes toxicos y aditivos a niveles que, bajo condiciones normales de uso y buenas practicas, no son considerados que presenten peligros para la salud. De todos modos, siendo altamente volatil, el mal uso o un pobre manipuleo podria resultar en exposi- cion a muy alta concentracion de vapores que pueden causar distintos efectos que van desde irritacion ocular,nasal o garganta, en casos extremos, narco- sis y aun la muerte.Prolongada y repetidas exposiciones

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    a altas concentracio- nes puede producir danos a la sangre o sistema nervioso.Recientes evidencias con estudios de numero limitado de animales, indican potencial dano a los rinones.De todas formas, este efecto ha sid