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cMwru&tóaJldad de ^oof^r (jyamtt rea AC'V c E$$)0 <D£ CONCEJO W188 - 201S-CM<PC Cajamarca, 20 de Agosto del 2015. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Agosto del 2015, el Dictamen N° 06-2015-CDE-MPC, emitido por la Comisión de Desarrollo Económico, a través del cual Dictaminan por Aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y el Proyecto de Energía, Desarrollo y VIDA GIZ, para la ejecución del Programa AGROIDEAS; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Cajamarca es una entidad del Estado con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, el Subgerente de Promoción al Desarrollo Económico Local, informa al Concejo que el Convenio entre la MPC - Proyecto Energía Desarrollo y Vida EnDev Perú (EnDev), implementado por la Cooperación Alemana al Desarrollo - GIZ, con la finalidad de ejecutar el Programa AGROIDEAS, es con el objetivo de aunar esfuerzos institucionales para desarrollar capacidades en la formulación de planes en negocios agrarios, permitiendo a las organizaciones de pequeños y medianos productores de Cajamarca, acceder a los incentivos de Asociatividad, Gestión Empresarial y/o Adopción de Tecnologías que ofrece el PROGRAMA AGROIDEAS, siendo que el convenio: a) Brinda créditos no reembolsables ante la presentación de un plan de negocios que demuestre la viabilidad del mismo, fomentando la Asociatividad y puede desembolsar hasta 1'095,000 nuevos soles por Plan de Negocio, b) Se, firmará contrato de servicios de capacitación en formulación de planes de agronegocios, c) La Municipalidad de Cajamarca con el apoyo de la Universidad ESAN capacitarán a 40 formuladores en planes de negocios, d) Se elaboraran los planes de negocios a 20 Asociaciones Agropecuarias de Cajamarca, e) Se lograran en la articulación de por lo menos 16 Planes de Negocios de las Asociaciones participantes a los Fondos No reembolsables que otorga el Programa AGROIDEAS; luego de las consultas y aclaraciones respectivas, los señores regidores tomaron el acuerdo respectivo. Por lo que, con el voto unánime de los Señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta para tomar el acuerdo y de conformidad con los artículos 17° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDO: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca - Proyecto Energía Desarrollo y Vida EnDev Perú (EnDev), implementado por la Cooperación Alemana al Desarrollo - GIZ, con la finalidad de ejecutar el PROGRAMA AGROIDEAS, cuyo objetivo es articular esfuerzos institucionales para desarrollar capacidades en la formulación de planes de negocios agrarios que les permitan a las organizaciones de pequeños y medianos productores de la región Cajamarca acceder a los incentivos de Asociatividad, Gestión Empresarial y/o Adopción de Tecnología que ofrece este programa. ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR, al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la suscripción del Convenio Aprobado en el artículo precedente. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para que a través de la Unidad de Planificación y Cooperación Técnica, coordine la suscripción del Convenio aprobado en el Artículo Primero; verificando que dicho convenio se encuentre acorde a la normatividad vigente y a los dispositivos municipales existentes. ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Económico, el seguimiento y ejecución del Convenio aprobado en el artículo primero, debiendo informar al Concejo Municipal (a través de la Comisión de Regidores pertinente) y a la Oficina de Planeamiento y Pfe^upuesto sobre su implementación. REGISTRESE, C JLVR/ Ijrg Ce Alcaldía Gerencia Municipal Sala de Regidores Oi'icin.i General de Planeamiento y Presupuesto Gerencia de Desarrollo Económico Unidad de Informática v Sistemas OCI Archivo ESE Y CUMPLASE AC ínlrdo Vásquez Rivasplata ÍRETARIO GENERAL "75H/ ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "TTHAPAC ÑAN CAJAMARCA-PERÚ

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AC'VcE$$)0 <D£ CONCEJO W188 - 201S-CM<PC

Cajamarca, 20 de Agosto del 2015.

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Agosto del 2015, el Dictamen N° 06-2015-CDE-MPC, emitido por la Comisión de Desarrollo Económico, a través del cual Dictaminan por Aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y el Proyecto de Energía, Desarrollo y VIDA GIZ, para la ejecución del Programa AGROIDEAS; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad Provincial de Cajamarca es una entidad del Estado con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.

Que, el Subgerente de Promoción al Desarrollo Económico Local, informa al Concejo que el Convenio entre la MPC -Proyecto Energía Desarrollo y Vida EnDev Perú (EnDev), implementado por la Cooperación Alemana al Desarrollo -GIZ, con la finalidad de ejecutar el Programa AGROIDEAS, es con el objetivo de aunar esfuerzos institucionales para desarrollar capacidades en la formulación de planes en negocios agrarios, permitiendo a las organizaciones de pequeños y medianos productores de Cajamarca, acceder a los incentivos de Asociatividad, Gestión Empresarial y/o Adopción de Tecnologías que ofrece el PROGRAMA AGROIDEAS, siendo que el convenio: a) Brinda créditos no reembolsables ante la presentación de un plan de negocios que demuestre la viabilidad del mismo, fomentando la Asociatividad y puede desembolsar hasta 1'095,000 nuevos soles por Plan de Negocio, b) Se, firmará contrato de servicios de capacitación en formulación de planes de agronegocios, c) La Municipalidad de Cajamarca con el apoyo de la Universidad ESAN capacitarán a 40 formuladores en planes de negocios, d) Se elaboraran los planes de negocios a 20 Asociaciones Agropecuarias de Cajamarca, e) Se lograran en la articulación de por lo menos 16 Planes de Negocios de las Asociaciones participantes a los Fondos No reembolsables que otorga el Programa AGROIDEAS; luego de las consultas y aclaraciones respectivas, los señores regidores tomaron el acuerdo respectivo.

Por lo que, con el voto unánime de los Señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta para tomar el acuerdo y de conformidad con los artículos 17° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades.

SE ACORDO:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca - Proyecto Energía Desarrollo y Vida EnDev Perú (EnDev), implementado por la Cooperación Alemana al Desarrollo - GIZ, con la finalidad de ejecutar el PROGRAMA AGROIDEAS, cuyo objetivo es articular esfuerzos institucionales para desarrollar capacidades en la formulación de planes de negocios agrarios que les permitan a las organizaciones de pequeños y medianos productores de la región Cajamarca acceder a los incentivos de Asociatividad, Gestión Empresarial y/o Adopción de Tecnología que ofrece este programa.

ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR, al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la suscripción del Convenio Aprobado en el artículo precedente.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para que a través de la Unidad de Planificación y Cooperación Técnica, coordine la suscripción del Convenio aprobado en el Artículo Primero; verificando que dicho convenio se encuentre acorde a la normatividad vigente y a los dispositivos municipales existentes.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Económico, el seguimiento y ejecución del Convenio aprobado en el artículo primero, debiendo informar al Concejo Municipal (a través de la Comisión de Regidores pertinente) y a la Oficina de Planeamiento y Pfe^upuesto sobre su implementación.

REGISTRESE, C

JLVR/ Ijrg Ce Alcaldía Gerencia Municipal Sala de Regidores Oi'icin.i General de Planeamiento y Presupuesto Gerencia de Desarrollo Económico Unidad de Informática v Sistemas OCI Archivo

ESE Y CUMPLASE

AC í n l r d o Vásquez Rivasplata

ÍRETARIO GENERAL

"75H/ ALAMEDA DE LOS INCAS - COMPLEJO "TTHAPAC ÑAN CAJAMARCA-PERÚ

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CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA AGROIDEAS

Conste por el presente documento el Convenio de Colaboración Interinstitucional que celebran de una parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA, debidamente representada por su Alcalde Mg. Manuel Antenor Becerra Vílchez, identificado con DNI N° 26683410 , con domicilio legal en Av. La Alameda de los Incas S/N Complejo Qhapac Nan, Cajamarca - Perú, en adelante LA

UNICIPALIDAD y de la otra parte El Proyecto Energía Desarrollo y Vida EnDev Perú (EnDev), plementado por la cooperación alemana al desarrollo — GIZ, debidamente representado por su Directora,

ra. Ana Isabel Moreno Morales, identificada con Carnet de Extranjería 001101545, con domicilio legal en fo/ Av. Prolongación Arenales N° 801, Miraflores - Lima, en adelante GIZ/ENDEV

El presente convenio se realiza en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

' o \

É ^\ n u e v o s r e t o s c l u e plantea a los pequeños y medianos agricultores la firma del TLC con Estados Unidos Oj impulsaron al Ministerio de Agricultura a crear el Programa de Compensaciones para la Competitividad -

y AGROIDEAS, cuyo objetivo es contribuir a elevar la competitividad de las organizaciones agrarias

otorgándoles recursos no reembolsables para cofinanciar planes de negocios orientados a fortalecer la asociatividad, gestión empresarial y la adopción de tecnología. ^ ^ o \ p o c o s años de iniciadas sus operaciones, se ha podido constatar que existe un gran potencial de

^ crecimiento de la oferta comercial de productos agropecuarios en manos de la pequeña y mediana "brollo ¡9] agricultura. El cofinanciamiento de planes de negocios con recursos del programa, por un lado, y de las

' ' organizaciones de pequeños y/o medianos productores, por el otro, está favoreciendo la capitalización de la pequeña y mediana agricultura a través de la adquisición de bienes y servicios orientados a mejorar la productividad de las fincas, el uso eficiente del agua y el suelo, la mejora de la calidad e inocuidad de los alimentos, la innovación tecnológica en procesos de producción, transformación y gestión comercial, entre otros.

No obstante la oportunidad que implica para las organizaciones de productores acceder a fuentes de financiamiento de las que han estado tradicionalmente excluidas; se ha podido identificar como uno de los factores que limitan su acceso a los incentivos del programa, la escasa capacidad para formular y presentar planes de negocios de acuerdo a los estándares técnicos que esta herramienta exige.

Es así que las instituciones impulsoras de este convenio: LA MUNICIPALIDAD y GIZ/ENDEV, han decidido sumar esfuerzos para contribuir con el desarrollo de capacidades en formulación de planes de negocios convocando a la Universidad ESAN -por su reconocido prestigio en temas de gestión empresarial

¿|y Agronegocios- para llevar adelante un programa de capacitación para la formación de formuladores de ' Planes de Agro-Negocios que tenga como resultado final la elaboración, presentación y aprobación, ante el

Consejo Directivo del programa AGROIDEAS, de planes de negocios elaborados por los mismos participantes como apoyo a las organizaciones de pequeños y medianos productores de la región Cajamarca

CLAUSULA SEGUNDA: DE LAS PARTES

2.1. LA MUNICIPALIDAD, es una entidad que emana de la voluntad popular. Posee personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.

ñ Fomenta el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

2.2. GIZ/ENDEV es un proyecto de cooperación entre los gobiernos de los Países Bajos y Alemania quienes decidieron intensificar su cooperación en el área de servicios modernos de energía para la población pobre, para lo cual firmaron un acuerdo denominado "Desarrollo Energético" (Energising Development — ENDEV), que tiene como objetivo facilitar un mejor acceso al suministro de energía. En Perú la Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) lleva a cabo este programa de cooperación a través de Proyecto Energía, Desarrollo y Vida EnDev Perú, con el objeto de aumentar el número de personas con acceso a energía moderna, satisfaciendo en primer lugar sus necesidades básicas de servicios energéticos para cocinar (cocinas mejoradas), de servicios energéticos para infraestructura social (cocinas mejoradas institucionales, termas solares y conexiones eléctricas) y de servicios energéticos para apoyar el sector micro y pequeño empresarial con acciones y proyectos relacionados con actividades agrícolas concretas que se beneficien con la dotación de tecnología moderna y eficiente

LÁUSULA TERCERA: BASE LEGAL

I presente Convenio se desarrolla en el siguiente marco legal:

Decreto Legislativo N°1077, que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad. Decreto Supremo N° 014-2009-AG, que aprueba el Reglamento del Programa de Compensaciones para la Competitividad, modificado por Decreto Supremo N° 009-2010-AG. Resolución Ministerial N° 0114-2012-AG, que aprueba el nuevo Manual de Operaciones del Programa de Compensaciones para la Competitividad. Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización. Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Municipalidad. Ley N° 27902 - Ley que modifica la Ley N° 27867. Ley N° 28585 - Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado. Decreto Supremo N° 004-2006-GR, Reglamento del Programa de Riego Tecnificado.

CLÁUSULA CUARTA: OBJETO

4.1. Objetivo General

El objeto del presente convenio es articular esfuerzos institucionales para desarrollar capacidades en la formulación de planes de negocios agrarios que les permitan a las organizaciones de pequeños y medianos productores de la región Cajamarca acceder a los incentivos de Asociatividad, Gestión Empresarial y/o Adopción de Tecnología que ofrece el programa AGROIDEAS.

Objetivo Específico

Beneficiar a 20 organizaciones de productores agrarios de la región Cajamarca, las cuales, contarán con un plan de agro negocios elaborado por los participantes del Diploma para su presentación y aprobación por el Consejo Directivo del programa AGROIDEAS.

CLÁUSULA QUINTA: SOBRE EL DIPLOMA

\ A , Para garantizar el logro de los objetivos señalados en la Cláusula Cuarta, las instituciones impulsadoras de este Convenio: LA MUNICIPALIDAD y GIZ/ENDEV eligen como Operador del Diploma a la Universidad de ESAN por su prestigio en temas de gestión de Agronegocios, alto nivel de profesionales y calidad educativa.

A G R O I DE A S Programa de Compensatio«» pira la Compelltlvltad

V _ ^ £ L Á U S U L A SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

6.1 Son obligaciones de LA MUNICIPALIDAD

• Designar una persona de coordinación institucional. • Promover la participación de los postulantes al programa. • Difundir los requisitos académicos de postulación y selección que exige el programa y los

sistemas académicos de la Universidad ESAN. • Proporcionar el local en condiciones adecuadas (internet, proyector, écran y pizarra acrilica).

6.2. Son obligaciones de GIZ/ENDEV:

Brindar asistencia técnica a LA MUNICIPALIDAD para desarrollar el Diploma. Designar a una persona encargada de articular las acciones necesarias para el desarrollo del Diploma, entre la Unidad Regional de Agroideas, LA MUNICIPALIDAD y la Universidad ESAN. Realizar el monitoreo del Diploma de Planes de Agronegocios en coordinación con la Municipalidad, hasta su aprobación ante el Consejo Directivo de Agroideas y entrega de beneficiarios. Entrega de catálogos de selección de tecnologías en el módulo de Promoción de Energía para Usos Productivos.

OA CLÁUSULA SETIMA: PLAZO

>>r;l plazo del presente convenio será de seis (06) meses, contando desde su suscripción.

Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito se interrumpe el plazo acordado, las partes podrán reprogramar el mismo mediante adendas.

LÁUSULA OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD

Durante la vigencia de este Convenio y dentro de los cinco años siguientes a su término, LA MUNICIPALIDAD, ni GIZ/ENDEV no podrá revelar ninguna información confidencial o de propiedad de alguna de las partes relacionadas con el desarrollo las actividades u operaciones del Diploma o el Programa, sin el consentimiento previo por escrito de estas.

p CLAUSULA NOVENA: DE LOS REPRESENTANTES

Las partes acuerdan designar, mediante comunicación expresa, a un (01) representante titular y un (01) representante suplente por cada institución, en calidad de Coordinadores del Convenio. Esta designación se realizará dentro de los (05) cinco días siguientes a la firma del presente documento.

CLÁUSULA DÉCIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las Partes acuerdan que tratarán de solucionar las controversias que surjan del presente Convenio de forma amigable. Y de ser el caso, las partes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten voluntariamente a la competencia de los jueces y tribunales del Distrito Judicial del que accione primero.

OUAUAM • i)o\i>i roi>o I M l ' l / < -

III ( 1 A G R O I DE A S Pfpgfans de Compcm

USULA DÉCIMO PRIMERA; NO RELACION LABORAL

as partes declaran que el presente Convenio no establece vínculo laboral, ni relación de dependencia o subordinación alguna entre el personal de LA MUNICIPALIDAD, GIZ/ENDEV asumiendo cada una las obligaciones que le corresponda.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA CAUSALES DE TERMINACION

demás de las causales de ley, las partes podrán dar por terminado el contrato en los siguientes eventos:

12.1. Unilateralmente por incumplimiento de alguna de las partes a las obligaciones pactadas en el Convenio y que hagan imposible continuar con su ejecución, la parte perjudicada deberá poner en conocimiento de la otra, otorgándole un plazo razonable de diez (10) días calendarios para que la subsane. De persistir el incumplimiento, se comunicará la terminación del Convenio con antelación no inferior a treinta (30) días calendarios, informando los motivos constitutivos del incumplimiento, debiendo en consecuencia culminarse los proyectos que se encuentren en desarrollo.

Por mutuo acuerdo entre las partes.

CLAUSULA DECIMO TERCERA DOMICILIO

Las partes declaran como sus domicilios los consignados en la parte introductoria del presente contrato.

* De acuerdo con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el presente convenio las partes lo

firman en 03 ejemplares de igual tenor, en la ciudad de Lima a losQh... de. del 2015.

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Ñ S ' ^ S r ! », 12.2.

Por la Municipalidad Por GIZ

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Dra. Ana Blabel M Directora ^ProyectíWinergia Desarrollo tapida GIZ - Perú

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