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NORMATIVA LEGAL EN SEGURIDAD HIGIENE Y AMBIENTE (SHA)

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NORMATIVA LEGAL EN SEGURIDAD HIGIENE Y AMBIENTE (SHA)

Valencia, Julio 2002

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INDICE

1 OBJETIVOS

2 CAMPO DE APLICACIÓN

3 REFERENCIAS

4 DEFINICIONES

5 ABREVIATURAS

6 ACTUALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA GUÍA

7 GENERALIDADES

8 OBLIGACIONES CONTENIDAS EN NORMAS GENERALES

8.1 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 8.2 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

8.3 Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público

9 OBLIGACIONES CONTENIDAS EN NORMAS SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE

9.1 Ley Orgánica del Trabajo

9.2 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

9.3 Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo

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10 OBLIGACIONES CONTENIDAS EN NORMAS SOBRE SEGURIDAD

10.1 Ley Orgánica de Seguridad y Defensa

10.2 Resolucion M.E.M. No. 241, “Normas para la Construcción, Modificación, Ampliación, Destrucción o Desmantelamiento de Establecimientos,Instalaciones o Equipos Destinados a la Explotación del Mercado Interno de los Productos Derivados de los Hidrocarburos"

10.3 Resolución M.E.M.No. 20. “Normas para la Construcción, Modificación, Ampliación, Destrucción o Desmantelamiento de Establecimientos, Instalaciones o Equipos Destinados a la Explotación del Mercado Internode los Productos Derivados de los Hidrocarburos en Aeropuertos.Requisitos para la Obtención de Permisos. Medidas de Seguridad que deben Adoptarse para la Realización de Operaciones de Dichos Establecimientos

10.4 Resolución M.E.M. No. 242. “Normas para la Construcción de los Establecimientos “Mini–Expendios, Destinados a la Venta de Productos Derivados de los Hidrocarburos"

10.5 Resolución M.E.M. No. 2.633, “Normas de Seguridad en las Plantas de Llenado de Vehículos Destinados al Transporte de Hidrocarburos Inflamables y Combustibles”

10.6 Resolución conjunta Min. Defensa No. 3.315 y M.E.M No. 74,“Normas para el Manejo y Expendio de Combustibles”

10.7 Resolución M.E.M No 1.097 “Normas para el Transporte Terrestre deHidrocarburos Inflamables y Combustibles”

10.8 Resolución M.E.M No. 290 “Normas para el Transporte Terrestre,Almacenamiento e Instalación de Sistemas de Gases de Petróleo Licuado”

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10.9 Normas COVENIN Relacionadas con la Prevención, Control, Combate de Incendios y Planes de Emergencia

10.10 Normas COVENIN Relacionadas con la Prevención de Accidentes

11 OBLIGACIONES CONTENIDAS EN NORMAS SOBRE HIGIENE

11.1 Resolución M.S.A.S No 18 ”Normas Sanitarias Sobre Calidad del Agua Potable”

11.2 Decreto 2.210 ”Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de Material Radiactivo”

11.3 Resolución M.S.AS. No. 1.126 y MINDUR No. 480 ”Normas Sanitarias para Proyecto, Construcción, Reparación, Reforma y Mantenimiento de Edificaciones”

11.4 Normas COVENIN Sobre Higiene Industrial

12 OBLIGACIONES CONTENIDAS EN NORMAS SOBRE AMBIENTE

12.1 Ley Orgánica del Ambiente

12.2 Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio

12.3 Ley Forestal, de Suelos y de Aguas

12.4 Ley de Diversidad Biológica

12.5 Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional

12.6 Ley Penal del Ambiente

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12.7 Decreto No. 2.226 “Normas Ambientales para la Apertura de Picas y Construcción de Vías de Acceso”

12.8 Decreto No. 2.220 “Normas para Regular las Actividades Capaces de Provocar Cambios de Flujo, Obstrucción de Cauces y Problemas de Sedimentación”

12.9 Decreto No. 1.257 “Normas sobre Evaluación de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente”

12.10 Resolucion No. 56 “Recaudos para la Evaluación Ambiental de Programas y Proyectos Mineros y de Exploración y Producción de Hidrocarburos”

12.11 Decreto No. 2.219 “Normas para Regular la Afectación de Recursos Naturales Renovables Asociada a la Exploración y Extracción de Minerales”

12.12 Decreto No. 2212 “Normas sobre Movimientos de Tierra y Conservación Ambiental”

12.13 Decreto No. 276 “Reglamento Parcial de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio sobre Administración y Manejo de Parques Nacionales y Monumentos Naturales”

12.14 Decreto No. 2.945 “Plan Nacional de Ordenación del Territorio”

12.15 Decreto No. 1.400 “Normas sobre Regulación y Control del Aprovechamiento de los Recursos Hídricos y las Cuencas Hidrográficas”

12.16 Decreto No. 846 “Normas sobre Protección de Morichales”

12.17 Decreto No. 1.843 “Normas sobre Protección de los Manglares y sus Espacios Vitales Asociados”

12.18 Decreto 2.635 “Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el

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Manejo de los Desechos Peligrosos”

12.19 Decreto 883 “Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidos o Efluentes Líquidos”

12.20 Decreto 638 “Normas sobre Calidad del Aire y Control de la Contaminación Atmosférica”

12.21 Decreto 2.218 “Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud”

12.22 Decreto 2.216 “Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de Origen Doméstico, Comercial, Industrial o de Cualquier otra Naturaleza que no sean Peligrosos”

12.23 Decreto 2.673 “Normas sobre Emisiones de Fuentes Moviles”

12.24 Decreto 3.220 “Normas para Reducir el Consumo de las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono”

12.25 Decreto 3.219 “Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de las Aguas de la Cuenca del Lago de Valencia”

12.26 Decreto 2.217 “Normas sobre el Control de la Contaminación Generada por Ruido”

12.27 Decreto No. 3.269 “Reglamento de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre”

12.28 Decreto No. 2.214 “Normas para la Administración de las Actividades Forestales en Reservas Forestales, Lotes Boscosos, Áreas Boscosas Bajo Protección y Áreas Boscosas en Terrenos de Propiedad Privada Destinadas a la Producción Forestal Permanente”

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OBLIGACIONES CONTENIDAS EN NORMAS GENERALES

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

N y Fecha de Gaceta Oficial: 5.453 Extraordinario del 24–03–2000.

Objeto de la Constitución: Establecer la estructura de los poderes del estado, la competencia de los órganos del poder público y los deberes, derechos y garantías de los nacionales y extranjeros.

OBLIGACIONES APLICABLES A LA

EMPRESA/TRABAJADORESARTÍCULOS

2. Acompañar de estudios de impacto ambiental y socio cultural, a todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas 129

3. Incluir en los contratos que sean celebrados con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas, y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultare alterado, en los términos que fije la Ley.

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OBLIGACIONES CONTENIDAS EN NORMAS SOBRE AMBIENTE

Ley Orgánica del Ambiente

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 31.004, del 16–06–1976

Objeto de la Norma: Establecer, dentro de la política del desarrollo integral de la Nación, los principios rectores para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en beneficio de la calidad de la vida.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Solicitar autorización para las actividades susceptibles de degradar el ambiente (Autorización de afectación de recursos naturales renovables (AARNR), y establecer garantías para su corrección.

21Clausura temporal o

definitiva de la instalación;

Prohibición yemporal y definitiva de la instalación

Art. 25 de la misma ley.

2. Cumplir las condiciones establecidas en la Autorización de Afectación de Recursos Naturales Renovables (AARNR).

213. Contar con equipos y personal técnico apropiados para el control de la contaminación. La clasificación y cantidad del personal dependerá de la magnitud del establecimiento y delriesgo que ocasione.

23

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio

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N y Fecha de Gaceta Oficial: 3.238 Extraordinario del 11–08–1983

Objeto de la Norma: Establecer las disposiciones que regirán el proceso de ordenación del territorio en concordancia con la estrategia de desarrollo económico y social a largo plazo de la Nación.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir las disposiciones de los planes: Nacionales y regionales/estadales de ordenación del territorio, planes de aprovechamiento de recursos naturales, planes sectoriales, de ordenación urbanística, de áreas bajo régimen de administración especial, y los demás planes de ordenación del territorio.

5, 7, 42

Multa hasta Bs 500.000 cuando el daño no es cuantificable, o hasta un 60% del daño causadocuantificado.

Inhabilitación hasta por 2años para obtenerautorizaciones de ocupación del territorio; de demolición, reparacdión del daño causado.

Art. 71 y 72 de la misma ley

2. Solicitar autorización para la ocupación del territorio a las autoridades competentes 53, 55

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal y a amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Ley Forestal, de Suelos y de Aguas

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N y Fecha de Gaceta Oficial: 1.004 Extraordinario del 26–01–1.966

Objeto de la Norma: Regir la conservación, fomento y aprovechamiento de los recursos naturales que en ella se determinan y los productos que de ellos se derivan.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Solicitar autorización al MARNR para deforestación, tala de vegetación alta o mediana, rozas, quemas, desmontes y cualquier otra actividad que implique destrucción devegetación.

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– Multa hasta Bs. 50.000.Art. 114 de la misma ley.

– Paralización temporal o definitiva de la actividad. Art.25 LOA

2. Acatar restricciones para afectación de recursos en Zonas protectoras.19

Prisión hasta 3 años y multa hasta 3000 días de salario.Art. 53 LPA

3. Adoptar las medidas que determine el Reglamento para prevenir incendios forestales y prestar la colaboración necesaria para su control y extinción

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Arresto hasta 3 meses y multa hasta 300 días de salario mínimo. Art. 51 LPA

4. Realizar labores de repoblación forestal en terrenos de propiedad privada ubicados en zonas protectoras si lo ordena el MARN, conservar las obras ejecutadas y responder por los daños y perjuicios que a las mismas se ocasionen 41

Multa hasta Bs. 5.000, Art.123 de la misma ley

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO Y

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OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOS NORMA DONDE SEESTABLECEN

5. Los servicios de telecomunicaciones deben transmitir, con carácter de urgencia, las noticias que reciban sobre incendios forestales.

28Arresto hasta 6 meses y multa hasta 600 días de salario. Art. 52 LPA

6. Los titulares de concesiones petroleras en terrenos baldíos podrán utilizar para su trabajo los productos forestales resultantes de talas; de lo contrario, deberán ponerlos a la orden del MARN.

71Multa hasta Bs.5.000, Art.115 de la misma ley

7. Solicitar la documentación reglamentaria para movilizar productos forestales 9

8. Aprovechar los suelos manteniendo su integridad física y capacidad productora. 83

Multa hasta Bs. 50.000.Art. 114 de la misma ley.

– Paralización temporal o definitiva de la actividad.Art.25 LOA

9. Realizar estudios y obras de conservación de suelos en terrenos de propiedad privada si lo ordena el MARN, conservar las obras ejecutadas y responder por los daños y perjuicios que a las mismas se ocasionen.

85,86Multa hasta Bs. 5.000, Art.115 de la misma ley

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Ley de Diversidad Biológica

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N y Fecha de Gaceta Oficial: 5.468 Extraordinario del 24–05–2.000Objeto de la Norma: Establecer los principios rectores para la conservación de la Diversidad Biológica.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN1. Suministrar información para demostrar que no se afecta el patrimonio cultural de las comunidades locales y pueblos indígenas o la diversidad biológica, cuando dichas comunidades y pueblos exijan la eliminación de una actividad

43Eliminación de la actividad.

Art. 43 de la misma ley

2. Solicitar autorización para actividades capaces de causar daños a la diversidad biológica y sus componentes, acompañada de estudio de impacto ambiental o evaluación ambiental.

44Multa hasta 500 unidadestributarias Art. 114 de la

misma ley

3. Elaborar planes de contingencia para actividades capaces de causar daños a la diversidad biológica. 50

Multa hasta 150 unidadestributarias Art. 115 de la

misma ley4. Suscribir póliza de seguros que cubra los posibles daños ambientales asociados a actividades capaces de causar daños a la diversidad biológica.

52 No existen sanciones en las Leyes

5. Poner a disposición de la Oficina Nacional de la Diversidad Biológica la información relativa a la diversidad biológica y sus componentes.

60 No existen sanciones en las Leyes

Nota: El trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo. Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional

Page 13: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

N y Fecha de Gaceta Oficial: 37.002 del 28–07–2.000

Objeto de la Norma: Regular la formulación, ejecución y coordinación de las políticas y planes relativos a la geografía y cartografía, así como los relacionados con la implantación, formación y conservación del catastro en todo el territorio nacional.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN1. Consignar los originales de los levantamientos de información territorial

proveniente de sensores remotos, para su guarda y custodia, en el Instituto Geográfico de Venezuela "Simón Bolívar” (IGVSB), en un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de vencimiento del contrato. 7,8

Por retardo en la consignación, multa de 20031 No existen sanciones en las leyes UT diarias. Después de 30 días, multa por el 100% + indexación, del costo del levantamiento, e inhabilitación para realizar trabajos hasta por 3 años.Art. 57 de la misma ley

2. Realizar los levantamientos geodésicos o topográficos tomando como referencia el Sistema Geodésico Nacional. 11 Multa de 20 a 90 UT Art. 58 de la misma ley

11 Multa de 20 a 90 UT, Art. 58 de la misma Ley

3. Entregar al IGVSB tres ejemplares de la publicación que se haga de mapas planos o cartas totales o parciales de la República Bolivariana de Venezuela 22 Multa de 180 a 360 UT, Art. 61

de la misma Ley

4. Elaborar los mapas catastrales conforme a la normativa técnica establecida por el IGVSB. 30

Multa de 180 a 360 UT, Art. 62 de la misma Ley

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

Page 14: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

ESTABLECEN5. Los propietarios y ocupantes de inmuebles, así como los responsables de la administraciónde inmuebles pertenecientes al Estado deben: Inscribir sus inmuebles en el Registro Catastral de la respectiva oficina

municipal de catastro.

Cooperar con los funcionarios o personas autorizadas de la oficina municipal de catastro permitiendo el acceso a sus inmuebles para efectuar las operaciones catastrales.

Concurrir personalmente, o por medio de su representante legal, a verificar en la oficina catastral el resultado del registro y levantamiento catastral de sus inmuebles, para firmar su conformidad o su objeción.

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No existen sanciones en las Leyes

6. Consignar los materiales originales de datos obtenidos mediante el uso de sensores remotos y la ejecución de levantamientos aerotransportados, ante el IGVSB en un lapso no mayor de 90 días a partir de la entrada en vigencia de esta ley.

68,69No existen sanciones en las Leyes

7. Consignar los materiales resultantes de actividades catastrales con anterioridad a esta Ley ante el IGVSB en un lapso no mayor de 90 días a partir de la entrada en vigencia de esta Ley.

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Nota: El trabajador que incumple está sujeto amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Ley Penal del Ambiente

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N y Fecha de Gaceta Oficial: 4.358 Extraordinario del 03–01–1992.

Objeto de la Norma: Tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a laconservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establecer las sanciones penales correspondientes.Asimismo, determinar las medidas precautelativas de restitución y/o reparación a que haya lugar.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN1. Acciones que generen o puedan generar la degradación, envenenamiento, contaminación o cualquier otro daño a las aguas, en contravención a las normas técnicas 6, 28–3

Arresto hasta 9 meses, prisión hasta 30 meses, multa hasta 2.500 días de salario mínimo. Prohibición de la actividad hasta 3 años, clausura o prohibicióndefinitiva de la actividad.

2. Acciones que generen o puedan generar la degradación, envenenamiento, contaminación o cualquier otro daño al medio lacustre, marino y costero, en contravención a las normas técnicas. 6, 35 – 41

Arresto hasta 8 meses, prisión hasta 1,5 años, multa hasta 1.500 días desalario mínimo. Prohibición de la actividad hasta 3 años, clausura o prohibición definitiva de la actividad.

3. Acciones que generen o puedan generar la degradación, alteración, deterioro, contaminación o cualquier otro daño a los suelos, la topografía y el paisaje, en contravención a las normas técnicas.

6, 42, 43

Arresto hasta 1 año, prisión hasta 3 años, multa hasta 1.500 días de salario mínimo. Prohibición de laactividad hasta 3 años, clausura o prohibición definitiva de la actividad.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

Page 16: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

ESTABLECEN4. Acciones que generen o puedan generar envenenamiento, contaminación o cualquier otro daño a la atmósfera o el aire, en contravención a las normas técnicas. 6, 44 – 47

Arresto hasta 1 año, prisión hasta 1 año, multa hasta 1.000 días de salario mínimo. Prohibición de laactividad hasta 3 años, clausura o prohibición definitiva de la actividad.

5. Acciones que generen o puedan generar la destrucción, contaminación o cualquier otro daño a la flora, la fauna, sus hábitats o las Areas bajo Régimen de Administración Especial, en contravención a las normas técnicas 6, 48 –60

Arresto hasta 9 meses, prisión hasta 5 años, multa hasta 5.000 días de salario mínimo. Prohibición de laactividad hasta 3 años, clausura o prohibición definitiva de la actividad.

6. Acciones de manejo de desechos tóxicos o peligrosos en contravención a las normas técnicas. 6, 62

Prisión hasta 3 años, multa hasta 3.000 días de salario mínimo. Prohibición de la actividad hasta 3 años

7. Introducción de desechos tóxicos o peligrosos en el territorio nacional

. 6, 63

Notas:

Page 17: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

– Esta ley es aplicable a la Empresa/Contratistas y trabajadores.– La Ley establece supuestos de agravantes y de aumentos de penalidad que podrían aumentar la

pena al doble.– La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles.– El trabajador que incumple está sujeto a acción penal y a amonestación verbal, escrita, suspensión o

terminación de la relación de trabajo.– El Tribunal podrá imponer a las personas jurídicas, algunas de las siguientes sanciones:– Publicación de la sentencia.– La obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancia, materiales, instrumento u objetos

susceptibles de ocasionar daños al ambiente o la salud de las personas;– La suspensión del permiso o autorización hasta por dos años.– La prohibición de contratar con la administración pública hasta por tres años.– Sanciones accesorias para personas naturales:– La inhabilitación para el ejercicio de la profesión, arte o industria, hasta por un año después de

cumplida la sanción principal.– La publicación de la sentencia.– La obligación de destruir, neutralizar o tratar las sustancias, materiales, instrumento u objetos

susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la salud de las personas;– La suspensión del permiso o autorización hasta por dos años, después de cumplida la sanción

principal.– La suspensión del ejercicio de cargos directivos y de representación en personas jurídicas hasta por

tres años, después de cumplida la pena principal– La prohibición de contratar con la administración pública hasta por tres años después de cumplida la

sanción principal.

Decreto No. 2.226 “Normas Ambientales para la Apertura de Picas y Construcción de Vías de Acceso”

Page 18: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

N y Fecha de Gaceta Oficial: 4.418 Extraordinario, del 27–04–1.992.

Objeto de la Norma: Establecer las medidas y prácticas conservacionistas que deben ejecutarse en las vías de acceso, para atenuar los efectos ambientales adversos.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LOQUE LES SEA APLICABLE ARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Solicitar AOT para trochas, picas, vías de acceso y penetración para el paso frecuente de vehículos y vías o líneas de transporte, y AARNR para la construcción de cualquier pica o vía de acceso que contemple deforestación, tala de vegetación alta o mediana, rozas, quemas, desmonte y cualquier otra actividad que implique destrucción de vegetación.

4

– Multa hasta 3.000 días desalario mínimo urbano,prisión hasta 3 años. Art.43 LPA.

– Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6

LPA.

2. Para la construcción de vías de acceso y penetración para el paso frecuente de vehículos y para transporte que por sus dimensiones y trazado afectan extensiones considerables,cumplir disposiciones técnicas de normas COVENIN 2000–80 Parte I, referentes a carreteras. En las Areas Bajo Régimen de Administración Especial, tomar en cuenta las disposiciones que establezcan los respectivos reglamentos de Uso.

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OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LOQUE LES SEA APLICABLE ARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

Page 19: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

ESTABLECEN

3. La planificación, el diseño y las técnicas de construcción de trochas, picas de acceso y vías de acceso y penetración para el paso frecuente de vehículos y para transporte que por sus dimensiones y trazado afectan extensiones considerables, deberán ajustarse a las características topográficas y del suelo y los problemas ambientales que pueden presentarse, de acuerdo al tipo de terreno, sobre todo en la época de mayor pluviosidad.

6

– Multa hasta 3.000 días desalario mínimo urbano,prisión hasta 3 años. Art.43 LPA.

– Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6

LPA.

4. Cumplir características y límites de afectación de recursos naturales para la construcción de picas y vías de acceso: Anchura máxima a deforestar, tipo de vegetación a eliminar,nivelación del terreno, cortes y rellenos, cambios en el escurrimiento y en los drenajes naturales, profundidad de cunetas, prevención de erosión.

7,8

5. Cumplir condiciones para pasos de vías provisionales o definitivas a través de cursos de agua, según el tipo de lecho y la altura del talud, evitando el represamiento del mismo.Períodos de retorno de las crecidas a utilizar para el diseño y calculo de puentes y medidas para evitar socavación de las bases y fenómenos de erosión.

10 – 12

6. Seguir criterios de diseño para obras de drenaje (datos de crecidas, diámetros mínimos, pendientes). Construir sumideros, alcantarillas y drenajes en vías tipo IV y V. Infraestructura hidráulica en diques carretera construidos en zonas inundables, para permitir el drenaje a través de ellos.

13, 14, 16

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LOQUE LES SEA APLICABLE ARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

Page 20: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

ESTABLECEN7. Cumplir condiciones para cortes y rellenos establecidas en la norma. Estas condiciones pueden ser modificadas si se justifica mediante estudios geológicos y geotécnicos

15

– Multa hasta 3.000 días desalario mínimo urbano,prisión hasta 3 años. Art.43 LPA.

– Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6

LPA.

8. Cumplir condiciones para préstamos según estudio geotécnico: Dimensiones máximas, ubicación, número de préstamos por kilómetro de vía

17

9. Disponer adecuadamente los desechos de desmonte, tala y otras actividades, que no tengan uso posterior, en zanjas o fosas ubicadas en localizaciones previamente aceptadas por el MARN. En su defecto, incinerarlos según plan de quema previamente aceptado por el MARN.

19

10. Desarrollar programas de recuperación para picas o vías temporales ( 2 años), préstamos y áreas afectadas, y programas de mantenimiento de vías permanentes. Presentación de informe anual sobre actividades de mantenimiento y recuperación de vías de acceso.

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Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto No. 2.220 “Normas para Regular las Actividades Capaces de Provocar Cambios de Flujo, Obstrucción de Cauces y Problemas de Sedimentación”

Page 21: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

N y Fecha de Gaceta Oficial: 4.418 Extraordinario, del 27–04–1.992.

Objeto de la Norma:Controlar el desarrollo de actividades que, por generar cambios en los sistemas de control de obras hidráulicas, obstrucción de cauces y escorrentías y producción artificial de sedimentos, son susceptibles de ocasionar daños como inundaciones, déficits de agua, inestabilidad de cauces, alteración de calidad de aguas.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN1. Solicitar AARNR para toda actividad capaz de provocar cambios de flujo, obstrucción de cauces y problemas de sedimentación.

2 Arresto hasta 9 meses,multa hasta 900 días desalario mínimo urbano. Art.30 LPA

Prohibición de la actividad hasta por 3 años. Art. 6 LPA

2. Cumplir condiciones técnicas para realizar las actividades. Garantizar el funcionamiento eficiente de los canales para evitar desbordamientos, erosión, disposición de sedimentos, daños a los suelos, alteración de los patrones de escorrentia, daños a las obras hidráulicas, vialidad, poblaciones, usuarios ribereños y obras situadas aguas abajo del sitio

5 – 9

3. Para actividades de reforestación, repoblación e introducción de especies vegetales, presentar recaudos para solicitar AARNR.

10

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO ARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO Y

Page 22: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

QUE LES SEA APLICABLE NORMA DONDE SEESTABLECEN

4. Solicitar AOT de acuerdo a los recaudos presentados, el MARN determinará la necesidad de un estudio de impacto ambiental (EIA)

11 Multa hasta Bs 500.000. Art.71 LOPOT

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto No. 1.257 “Normas sobre Evaluación de Actividades Susceptibles de Degradar el

Ambiente”

Page 23: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

N y Fecha de Gaceta Oficial: 35.946 del 25–04–1996.

Objeto de la Norma: Establecer los procedimientos conforme a los cuales se realizará la evaluación ambiental de actividades susceptibles de degradar el ambiente.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN1. Programas o proyectos complementarios o conexos a la producción de hidrocarburos y a la exploración y explotación minera:

Presentar un Documento de Intención al MARN, al inicio de los estudios de factibilidad.

Elaborar la propuesta de términos de referencia de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo a la información requerida.

Solicitar al MARN la Autorización para la Ocupación del Territorio (AOT).

Solicitar al MARN la Autorización de Afectación de Recursos Naturales Renovables (AARNR)

4,7,10,13,23

Paralización temporal o definitiva de la actividad. Art. 25 LOA

2. Exploración y producción de hidrocarburos y exploración y explotación minera:

Solicitar al MARN la Autorización para la Ocupación del Territorio (AOT).

Llenar Cuestionario Ambiental para tramitar la Autorización de Ocupación del Territorio

15,16,17,19,20

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

Page 24: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Solicitar al MARN la Autorización de Afectación de Recursos Naturales Renovables (AARNR)para la exploración.

Presentar recaudos según Resolución N 15, 16, 17, Presentar estudio de impacto ambiental (EIA) para explotación

temprana y perforación exploratoria, cuyos términos de referencia se ajustarán al art. 7° de la norma.

Solicitar al MARN autorización para la afectación de recursos naturales renovables para la Producción de hidrocarburos. Presentar EIA, cuyos términos de referencia se ajustarán al art.

7° de la norma.

Paralización temporal o definitiva de la actividad. Art. 25 LOA

3. Para el desarrollo de proyectos en áreas urbanas, presentar ante el MARN Documento de intención y el EIA (o la Evaluación Ambiental Específica), y solicitar Variables Ambientales Urbanas a la Alcaldía municipal.

24

4. Presentar un plan de supervisión ambiental incorporado en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) 285. Presentar informes de avance de ejecución de medidas y condiciones establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental y en la autorización.

30

6. Realizar un Estudio de Impacto Ambiental adicional o Evaluación Ambiental Específica en el caso de cambios en los programas o proyectos

40

7. Constituir fianzas para garantizar la ejecución de las medidas contempladas en los Estudios de Impacto Ambiental, las evaluaciones ambientales y las autorizaciones correspondientes

45

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo. Resolucion No. 56 “Recaudos para la Evaluación Ambiental de Programas y

Proyectos

Page 25: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Mineros y de Exploración y Producción de Hidrocarburos”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 5.079 Extraordinario, del 19–07–1996.

Objeto de la Norma: Establecer los recaudos necesarios para la evaluación ambiental de los programas y proyectos mineros y de hidrocarburos.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN1. Presentar Cuestionario Ambiental para la tramitación de la Autorización de Ocupación del Territorio para la exploración y explotación de hidrocarburos, de acuerdo al contenido señalado en el articulo.

5No existen sanciones en las

leyes2. Presentar recaudos para acompañar la solicitud de Autorización de Afectación de Recursos Naturales Renovables 6

Nota: El trabajador que incumple está sujeto a amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 26: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto No. 2.219 “Normas para Regular la Afectación de Recursos Naturales Renovables

Asociada a la Exploración y Extracción de Minerales”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 4.418 Extraordinario, del 27–04–1992.

Objeto de la Norma: Establecer los requisitos para obtener autorizaciones y aprobaciones para la ocupación del territorio y para la afectación de los recursos naturales renovables, así como lineamientos que permitan controlar las actividades de exploración y extracción de minerales metálicos y no metálicos a cielo abierto.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Para realizar actividades de exploración o extracción de minerales metálicos y no metálicos, solicitar Autorización para la Ocupación del Territorio (AOT) y para la Afectación deRecursos Naturales Renovables (AARNR)

5– Multa hasta 3.000 días desalario mínimo urbano,prisión hasta 3 años. Art. 43 LPA

– Prohibición de la actividadhasta por 6 años Art. 6 LPA

2. Presentar recaudos para obtener Autorización de Afectación de Recursos Naturales Renovables (AARNR) para la fase exploratoria

13

3. Presentar recaudos para obtener Autorización de Afectación de Recursos Naturales Renovables (AARNR) para la extracción de minerales

18, 19

Page 27: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

3. Cumplir disposiciones técnicas relativas al drenaje, altura de taludes y ancho de bermas en las actividades de extracción de minerales

22 – 24

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO

QUE LES SEA APLICABLEARTÍCULOS

SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

5. Acatar prohibición de afectar recursos naturales en cursos de agua que constituyan límites internacionales o de estados.

27

– Multa hasta 3.000 días desalario mínimo urbano,prisión hasta 3 años. Art. 43 LPA

– Prohibición de la actividadhasta por 6 años Art. 6 LPA

6. Acatar prohibición de afectar recursos naturales en embalses para consumo humano o hidroelectricidad

28

7. Establecer señalamientos topográficos (miras, levantamiento de secciones transversales) aguas arriba y aguas abajo del tramo del río sometido a explotación.

32

8. Disponer adecuadamente los materiales comerciales y estériles, para evitar la interrupción del libre flujo de las aguas y la producción de sedimentos

34

9. Recuperar los daños ambientales ocasionados por la actividad de exploración y extracción de minerales.

35

10. Cumplir las medidas de control de emisiones, efluentes, desechos y ruido establecidas en la legislación vigente.

36

11. Acatar prohibición de disponer material de desecho en laderas, barrancos, drenajes u otro lugar donde se pueda alterar la calidad y el flujo del agua y el paisaje

38

Page 28: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

No existen sanciones en las Leyes

12. Acatar prohibición de intervenir áreas con puntos de control topográfico 39

13. Señalizar el área de extracción de minerales40

14.Presentar al MARN los cambios a los proyectos autorizados antes del comienzo de la ejecución de los trabajos

43

15. Los titulares de autorizaciones para la afectación de recursos naturales renovables deben presentar al MARN, en un plazo de 90 días a partir de la publicación de este decreto, un informe de la actividad que incluya las medidas de recuperación y saneamiento ambiental adoptadas.

44

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 29: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto No. 2212 “Normas sobre Movimientos de Tierra y Conservación Ambiental”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 35.206, del 07–05–1993.

Objeto de la Norma: Establecer las condiciones bajo las cuales se realizarán las actividades de deforestación, movimiento de tierra, estabilización de taludes, arborización de áreas verdes y protección de suelos.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN1. Elaborar un proyecto de movimiento de tierra para proyectos en superficies

mayores a una hectárea o de un volumen mayor de 15.000 m3, y que en promedio supere 1,50 m en distancia vertical.

7

– Multa hasta 3.000 días desalario mínimo urbano,prisión hasta 3 años. Art. 43LPA

– Prohibición de la actividad

2. Cumplir condiciones para los cortes: Pendiente máxima, altura de taludes, terraceo, estudio geotécnico. 9 – 11, 13,15

3. Cumplir condiciones para los rellenos: Pendiente máxima, compactación, remoción de vegetación y capa vegetal, altura de taludes 16 – 22

Page 30: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

hasta por 6 años Art. 6 LPA4. Cumplir condiciones para protección de áreas: Ancho mínimo de terrazas,

drenaje superficial, retiros, muros de sostenimiento, protección contra erosión, reforestación de taludes, arborización de vías.

23 – 34

5. Minimizar la remoción de vegetación y preservar en lo posible las áreas verdes. 35, 36

6. Elaborar plan de reforestación de áreas verdes.37

7. Elaborar estudio geológico y geotécnico en zonas geológicamente inestables 38, 39

Nota:La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 31: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto No. 276 “Reglamento Parcial de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio

sobre Administración y Manejo de Parques Nacionales y Monumentos Naturales”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 4.106 Extraordinario, del 09–06–1989.

Objeto de la Norma: Establecer las normas generales por las cuales se regirá la administración y manejo de los parques nacionales y monumentos naturales, en cuanto a la asignación de los usos permitidos, la regulación de las actividades y las modalidades de administración.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Solicitar AOT al MARN 3, 75 – Multa hasta 3.000 días desalario mínimo urbano,prisión hasta 3 años. Art. 43LPA

– Prohibición de la actividad

2.Acatar prohibición de explotación de hidrocarburos en Parques Nacionales.

12

Page 32: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

hasta por 6 años Art. 6 LPA3. Acatar restricción de construcción de ductos para el transporte de materiales industriales en Parques Nacionales

14

4. Acatar prohibición de explotación de hidrocarburos y de construcción de ductos para el transporte de materiales industriales en los Monumentos Naturales

. 16

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

5. Acatar la prohibición de actividades en Parques Nacionales y Monumentos Naturales: Vertido de poluentes a cursos de agua, inyección de poluentes a las aguas subterráneas, talas, deforestaciones, movimientos de tierra.

19 Prisión hasta 1 año, multahasta 1000 días de salariomínimo urbano. Art. 58LPA.

Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6 LPA

6. Acatar la restricción de prospección de hidrocarburos en Parques Nacionales y Monumentos Naturales..

19

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de Trabajo.

Page 33: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto No. 2.945 “Plan Nacional de Ordenación del Territorio”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 36.571 del 30–10–1998

Objeto de la Norma: Orientar la localización de la población, de las actividades económicas y la infraestructura física, armonizando criterios de crecimiento económico, desarrollo social, seguridad y defensa y conservación del ambiente.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Contribuir con el MEM en la definición de las áreas de interés para la exploración de hidrocarburos, quedando entendido que estas actividades podrán realizarse en cualquier lugar del territorio, previo cumplimiento de las normas aplicables.

10, 11

Page 34: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

No existen sanciones en lasleyes2. Estudiar la incorporación de nuevas áreas de producción de

hidrocarburos

.10, 11

3. Elaborar planes para los sectores hidrocarburos y petroquímico, los cuales deberán insertarse en los procesos de planificación del desarrollo, ordenación del territorio y conservación del ambiente.

10, 11

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

4. Construir, mantener y administrar la red de infraestructura de transporte, refinación, comercialización y de servicios propia de las actividades de hidrocarburos en el contexto de los planes nacionales y estadales de desarrollo y de ordenamiento territorial.

10, 11 No existen sanciones en lasleyes

Nota: El trabajador que incumple está sujeto a amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 35: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto No. 1.400 “Normas sobre Regulación y Control del Aprovechamiento de los

Recursos Hídricos y las Cuencas Hidrográficas”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 36.013 del 02–08–1996.

Objeto de la Norma: Desarrollar las disposiciones sobre recursos hídricos y cuencas hidrográficas, mediante el establecimiento de regulaciones relativas a su conservación y racional aprovechamiento.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Participar en acciones de conservación de la cuenca de la cual se es concesionario

23 No existen sanciones en lasleyes

Page 36: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

2. Solicitar concesiones cuando se pretenda realizar el aprovechamiento de aguas

27Arresto hasta 9 meses.

Multa hasta 900 días de salario mínimo urbano. Art.30 LPA.

Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6 LPA

3. Cancelar un canon por el aprovechamiento del recurso en las concesiones a título oneroso

28

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

4. Cumplir las condiciones exigidas para suscribir el contrato de concesión de aguas

29 Arresto hasta 9 meses.

Multa hasta 900 días de salario mínimo urbano. Art.30 LPA.

Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6 LPA

5. Cumplir las condiciones para la obtención de concesiones de agua 30

6. Cumplir procedimiento y presentar recaudos para la obtención de concesiones de agua

32

7. Cumplir con los planes de calidad de aguas y participar en el financiamiento de proyectos y obras que desarrollen dichos planes 42

Page 37: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

8. Registrar los aprovechamientos de agua en las dependencias regionales del MARN

62No existen sanciones en lasleyes

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal y a amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto No. 846 “Normas para la Protección de Morichales”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 34.462, del 08–05–1990.

Objeto de la Norma: La protección y conservación de los ecosistemas conocidos como ”morichales”.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Solicitar autorización al MARN para el aprovechamiento de frutos o productos forestales,la extracción o captación de agua y otras actividades, siempre que no se causen daños a los morichales.

5

Page 38: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

– Prisión hasta 1 año y multahasta 1.000 días de salariomínimo. Art. 58 LPA.

– Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6LPA.

2. Acatar prohibición de actividades de derribo de árboles, remoción de vegetación o cualquier forma de alteración del suelo, introducción de especies exóticas, construcción de cualquier tipo de obra destinada a represar o desviar el flujo de agua, entre otras, a menos que sea una acción necesaria en la etapa de ejecución de un proyecto previamente autorizado por el MARN.

6

3. Adoptar medidas de protección ambiental establecidas por el MARN para vías cuyo trazado deba cruzar un morichal

7

4. Para el caso de construcción de obras de infraestructura cuya magnitud o naturaleza seatal que pueda afectar un morichal, realizar un Estudio de Impacto Ambiental e implementar medidas mitigantes.

8

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

5. Presentar una evaluación hidrológica para la captación de agua de morichales o de aguas subterráneas que fluyan hacia él 9 – Prisión hasta 1 año y multa

hasta 1.000 días de salariomínimo. Art. 58 LPA.

– Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6LPA.

6. Elaborar planes de contingencia para la prevención de accidentes, incluyendo derrames de sustancias contaminantes e incendios.

10

7. Fomentar o desarrollar programas de investigación sobre recuperación y repoblación de morichales.

10

Page 39: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto No. 1.843 “Normas para la Protección de los Manglares y sus Espacios Vitales

Asociados”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 34.819, del 14–10–1991.

Objeto de la Norma: La protección del ecosistema manglar y de sus espacios vitales asociados: Arrecifes de coral, praderas de angiospermas marinas, bancos de algas, lagunas costeras, marismas, pantanos de marea, salinetas y otras áreas próximo–costeras.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

Page 40: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

1. Solicitar al MARN Autorizaciones para la Ocupación del Territorio (AOT) y para la Afectación de Recursos Naturales Renovables (AARNR) cuando se pretenda realizar actividades susceptibles de degradar el ambiente

3

– Prisión hasta 2 años y multahasta 2.000 días de salariomínimo. Art. 35, 40 y 58LPA.

Prohibición de la actividad 2. Cumplir condiciones para la intervención del ecosistema manglar y de sus espacios vitales asociados: Ser la única opción de ubicación de las actividades, que corresponda a la alternativa de mínima destrucción del ecosistema, que no interrumpa el flujo natural de las aguas marinas y fluviales y que esté garantizada la corrección o minimización del daño ambiental.

4

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

3. Acatar prohibición de realizar las siguientes actividades en el ecosistema manglar: Empleo de plaguicidas, dragado y relleno de los arrecifes de coral, construcción de palafitos y casas flotantes, reforestación y repoblación con especies exóticas, vertido de desechos y efluentes líquidos y cualquier otra actividad que pueda causar danos al manglar o a sus espacios vitales asociados.

6– Prisión hasta 2 años y multahasta 2.000 días de salariomínimo. Art. 35, 40 y 58LPA.

Prohibición de la actividad

4. Fomentar o desarrollar programas de recuperación de los manglares 7

Page 41: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión terminación de la relación de trabajo.

Decreto 2.635 “Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el

Manejo de los Desechos Peligrosos”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 5.245 Extraordinario del 03–08–1998.

Objeto de la Norma: Regular la recuperación de materiales y el manejo de desechos cuando los mismos presenten características, composición o condiciones peligrosas, representando una fuente de riesgos a la salud y al ambiente.

Page 42: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir las condiciones para el almacenamiento y transporte de los materiales peligrosos recuperables 16 – 20, 140

Prisión hasta 3 años y multahasta 3.000 días de salariomínimo. Art. 62 LPA

2. Inscribir a la actividad de generación de materiales recuperables en el Registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente (RASDA).

21 Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 LOA

3. Mantener en archivo copia de las planillas de seguimiento con la información relativa a los materiales peligrosos recuperables que han sido procesados

24

Prisión hasta 3 años y multahasta 3.000 días de salariomínimo. Art. 62 LPA

4. Cumplir condiciones para la comercialización de los materiales peligrosos recuperables

26Prisión hasta 3 años y multahasta 3.000 días de salariomínimo. Art. 62 LPA

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

5. Acatar prohibición de importación de desechos peligrosos 34

Page 43: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Prisión hasta 3 años y multahasta 3.000 días de salariomínimo. Art. 62 LPA

6. Acatar prohibición de verter desechos peligrosos en el suelo, subsuelo y cuerpos de agua, en contravención a las normas.

34

7. No almacenar desechos peligrosos por más de cinco años en sitios de carácter temporal. Si el desecho es de riesgo tipo 4 o 5, no más de un año.

35

8. Cumplir las condiciones para el tratamiento, almacenamiento, transporte y disposición finalde desechos peligrosos 37 - 41 , 140

9. Inscribir la actividad de generación de desechos peligrosos en el RASDA y llevar relación anual sobre generación y manejo de los desechos 60

Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 LOA

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

10. Presentar, al MARN, cronograma anual de operaciones de manejo de los desechos 61

Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 LOA

11. Iniciar un proceso de adecuación de los desechos de perforación que estén almacenados a la fecha de publicación del Decreto 62

Page 44: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Prisión hasta 3 años y multahasta 3.000 días de salariomínimo. Art. 63 LPA

12. Cumplir las condiciones para el manejo de los desechos peligrosos de actividades de exploración y explotación de minerales. 64 - 68

13. Presentar cronograma y plan de adecuación de los desechos que son generados desde la publicación de la norma 69 -70

14. Cumplir condiciones para el almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de desechos provenientes de establecimientos de salud. 72 - 75

15. Cumplir condiciones para la incineración de desechos provenientes de establecimientos de salud

77 - 84

16. Cumplir condiciones para el diseño, construcción, operación, clausura y post–clausura de rellenos de seguridad.

100 - 118, 124, 125

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

17. Cumplir condiciones para el transporte de desechos peligrosos clases 1 y 2120

Prisión hasta 3 años y multaHasta 3.000 días de salario18. Presentar planes de adecuación al MARN 129 - 133, 137

Page 45: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

mínimo. Art. 62 LPA19. Conocer las características peligrosas y el nivel de riesgos para establecer medidas de prevención y de respuesta acordes, informar y entrenar al personal que esté en contacto con dichos materiales, sobre el cumplimiento de las medidas y acciones en caso de accidentes

139

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto 883 “Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de los Cuerpos de

Agua y Vertidos o Efluentes Líquidos”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 5.021 Extraordinario del 18–12–1995.

Objeto de la Norma: Establecer límites y condiciones para la descarga de vertidos líquidos y el procedimiento para la adecuación a estas disposiciones.

Page 46: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir con los rangos y límites máximos de calidad de descargas de efluentes líquidos a ríos, estuarios, lagos y embalses. 10

Prisión hasta 1 año y multaHasta 1.000 días de salariomínimo. Art. 28 LPA

2. Cumplir con las condiciones, rangos y límites máximos de calidad de descargas deefluentes líquidos al medio marino–costero 12 - 14

Prisión hasta 1 año y multaHasta 1.000 días de salariomínimo. Art. 35 LPA

3. Cumplir con los rangos y límites máximos de calidad de descargas de efluentes líquidos a redes cloacales 15

Prisión hasta 1 año y multaHasta 1.000 días de salariomínimo. Art. 35 LPA

4. Cumplir con las condiciones para descargas o infiltración de efluentes líquidos en el sueloo el subsuelo.los elmentos

16 - 18Prisión hasta 1 año y multaHasta 1.000 días de salariomínimo. Art. 42 LPA

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

Page 47: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

5. Acatar prohibición de:

Uso de sistemas de drenaje de aguas pluviales para la disposición de efluentes líquidos Descarga de desechos sólidos a los cuerpos de aguas y redes cloacales Dilución de efluentes líquidos con agua limpia para cumplir con los límites establecidos en la norma

19Prisión hasta 1 años y multaHasta 3000 días de salariomínimo. Art. 28 LPA

6. Acatar prohibición a los buques de arrojar, en las aguas jurisdiccionales, aguas servidas, hidrocarburos o aguas de lastre o mezcladas con una concentración de hidrocarburos superior a 20 mg/L

20 Prisión hasta 1 años y multaHasta 1000 días de salariomínimo. Art. 35 LPA

7. Dotar a los puertos de sistemas de recepción y tratamiento de aguas servidas 22Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 de la LOA

9. Inscribirse en el Registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente (RASDA )

24, 25

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

Page 48: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

9. Presentar, al MARN, caracterización trimestral de efluentes. 26

Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 de la LOA

10. Mostrar la constancia de inscripción en el RASDA y de la caracterización o evaluación correspondiente, a las autoridades, cuando así lo requieran

27

11. Presentar, al MARN, plan de adecuación de los efluentes líquidos a las condiciones y límites de la norma. 29 - 33, 35, 36

12. Notificar, al MARN, a la brevedad posible, de emergencias y vertidos imprevisibles 40

13. Pagar los costos de inspecciones y comprobaciones solicitadas al MARN durante el proceso de adecuación 46

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal y a amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto 638 “Normas sobre Calidad del Aire y Control de la Contaminación Atmosférica”

Page 49: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 4.899 Extraordinario del 19–05–1995.

Objeto de la Norma: Establecer las normas para el mejoramiento de la calidad del aire y la prevención y control de la contaminación atmosférica producida por fuentes fijas y móviles capaces de generar emisiones gaseosas y partículas.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir con los límites máximos de calidad del aire medidos en las áreas externas a las instalaciones, de libre acceso al público 3

Prisión hasta 2 años y multaHasta 2000 días de salariomínimo. Art. 44 LPA

2. Cumplir las condiciones para medir calidad de aire y emisiones contaminantes 6, 13, 14Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 de la LOA

3. Cumplir los límites máximos de emisión de contaminantes del aire 10

Prisión hasta 2 años y multaHasta 2000 días de salariomínimo. Art. 44 LPA

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OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

4. Para empresas que utilicen compuestos orgánicos volátiles en tanques mayores de 150 m3. ,excepto tanques subterráneos de gasolina:

Presión de vapor < 76 mmHg, instalar respiradero de conservación. 76 mmHg < Presión de vapor < 570, instalar techo flotante. Prisión hasta 2 años y

multa Presión de vapor < 570 mmHg, instalar sistema de recuperación de vapor

11

Prisión hasta 2 años y multaHasta 2000 días de salariomínimo. Art. 44 LPAPrisión hasta 2 años y multaHasta 2000 días de salariomínimo. Art. 44 LPA

5. Cumplir condiciones para diseño de chimeneas 12 mínimo.12

6. Acatar prohibición de utilizar técnicas de dilución o dispersión para cumplir con los límitesestablecidos en la norma

15

7. Cumplir condiciones para realizar trabajos generadores de polvo en zonas urbanas o vecinas a centros poblados.

17

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OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

8. Cumplir condiciones para controlar generación de polvo fuera de áreas urbanas

18

Prisión hasta 2 años y multaHasta 2000 días de salariomínimo. Art. 44 LPA

9. Limite máximo de opacidad para emisiones de vehiuclo motor diesel.

10. Inscribir la actividad en el Registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente(RASDA). 24, 25

Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 de la LOA

11. Presentar al MARN caracterización anual de emisiones26

12. Presentar al MARN plan de adecuación de las emisiones atmosféricas a las condiciones y límites de la norma

29- 36Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 600 a 2000 días de salario mínimo. Art. 44 LPA

13. Notificar al MARN emergencias y emisiones imprevisibles40

Clausura o prohibición de lainstalación o actividad. Art.25 de la LOA

14. Pagar los costos de inspecciones y comprobaciones del MARN durante el proceso de adecuación. 45

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 52: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto 2.218 “Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de

Salud”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 4.418 Extraordinario del 27–04–1992.

Objeto de la Norma: Establecer las condiciones bajo las cuales se debe realizar el manejo de los desechos generados en establecimientos relacionados con la salud, humana o animal; con la finalidad de prevenir la contaminación e infección microbiana en usuarios, trabajadores y público, así como su diseminación ambiental.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir con lo establecido en el Decreto 2.635 sobre materiales y desechos peligrosos

4

Prisión hasta 3 años y multaHasta 3000 días de salariomínimo. Art. 62 LPA

2. Cumplir condiciones para la recolección y almacenamiento primario de los desechos.

6 - 1319 - 21

3. Cumplir condiciones para el transporte interno en el establecimiento de salud14, 17

4. Cumplir condiciones para el transporte externo 22 - 27

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OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

5. Cumplir condiciones para el tratamiento y disposición final 28 - 32 Prisión hasta 3 años y multaHasta 3000 días de salariomínimo. Art. 62 LPA

6. El establecimiento que por su tamaño y tipo lo requiera, deberá contar con una dependencia de saneamiento o mantenimiento, la cual deberá implementar programas de adiestramiento para el manejo de los desechos.

33

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal y a amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 54: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto 2.216 “Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de Origen Doméstico,

Comercial, Industrial o de Cualquier otra Naturaleza que no sean Peligrosos”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 4.418 Extraordinario del 27–04–1992.

Objeto de la Norma: Regular las operaciones de manejo de los desechos sólidos de origen doméstico,comercial, industrial, o de cualquier otra naturaleza no peligrosa, con el fin de evitar riesgos a la salud y al ambiente.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir condiciones para el almacenamiento, transporte, procesamiento y reciclaje de los desechos.

5 – 7,22 – 24 Arresto hasta por 1 años y

multa Hasta 1000 días de salario mínimo. Art. 42 LPA

2. Cumplir condiciones para la disposición final de los desechos

25 – 30,32, 33, 35

3. Acatar la prohibición de quema de desechos a campo abierto.

34Prisión hasta 2 años y multaHasta 2000 días de salariomínimo. Art. 42 LPA

Page 55: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto 2.673 “Normas sobre Emisiones de Fuentes Moviles”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 36.532 del 04–09–1998.

Objeto de la Norma: Establecer las normas para el control de las emisiones de escape y de las emisiones evaporativas provenientes de las fuentes móviles. El ámbito de aplicación comprende los vehículos de más de tres ruedas y que utilizan como combustible gasolina o diesel.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir los límites máximos de emisiones para vehículos diseñados a partir del modelo año2.000

4 - 8Arresto de 3 a 6 meses ymulta de 300 a 600 días de salario mínimo. Art. 46 LPA

2. Cumplir los límites máximos de emisiones para vehículos diseñados hasta el modelo año 1.999

9 - 10

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 56: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto 3.220 “Normas para Reducir el Consumo de las Sustancias Agotadoras de la Capa

de Ozono”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 5.293 Ext. del 26–01–1999.

Objeto de la Norma: Controlar y reducir la producción, importación, exportación y consumo de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, según lo establecido en el Protocolo de Montreal.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Acatar la prohibición de utilizar, a partir del 01–01–200, las sustancias CFC 11, CFC 12,CFC 113, CFC 114 Y CFC 115, por los nuevos equipos acondicionadores de aire para vehículos, los equipos de refrigeración doméstica y comercial, las unidades de aire acondicionado, los materiales aislantes como paneles y cubiertas de tuberías y losprepolímeros, bien sea fabricados en el país o importados.

25Prisión de 1 a 2 años y

multa de 1.000 a 2.000 díasde salario mínimo.

Art. 47 LPA

Nota: El trabajador que incumple también está sujeto a amonestación verbal o escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Page 57: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Decreto 3.219 “Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de las Aguas de la

Cuenca del Lago de Valencia”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 5.305 Extraordinario del 01–02–1999.

Objeto de la Norma: Establecer la clasificación de las aguas del Lago de Valencia y sus tributarios, así como las normas para el control de la calidad de los vertidos líquidos a ellos descargados.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir los rangos y límites máximos de calidad de descargas al Lago y red hidrográfica tributaria 36

Prisión hasta 1 años y multaHasta 1000 días de salario2. Cumplir los rangos y límites máximos de calidad de descargas a redes cloacales

38

Page 58: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

mínimo. Art. 28 LPA3. Acatar la prohibición de:

Uso de sistemas de drenaje de aguas pluviales para la disposición de efluentes líquidos

Descarga de desechos sólidos a los cuerpos de aguas y a las cloacas Dilución de efluentes líquidos con agua limpia para cumplir con la norma.

.

40

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

4. Inscribir la actividad en el Registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente (RASDA).

44, 45

Clausura o prohibición de lainstalación o actividad.Art. 25 LOA

5. Presentar, al MARN, de caracterización trimestral de efluentes 46 ,56

6. Presentar, al MARN, de planes de adecuación .

49 - 55Prisión hasta 1 años y multaHasta 1000 días de salariomínimo. Art. 28 LPA

7. Notificar, al MARN, emergencias y vertidos imprevisibles 60Clausura o prohibición de lainstalación o actividad.Art. 25 LOA

8. Pagar los costos de inspecciones y comprobaciones solicitadas al MARN durante elproceso de adecuación

65

Page 59: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

Nota:La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal y a amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto 2.217 “Normas sobre el Control de la Contaminación Generada por Ruido”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 4.418 Extraordinario del 27–04–1992.

Objeto de la Norma: Establecer las normas para el control de la contaminación producida por fuentes fijas o móviles generadoras de ruido.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Cumplir los límites máximos de ruido tolerables en las zonas de influencia de la instalación.

5 Clausura o prohibición de lainstalación o actividad.Art. 25 LOA

2. Cumplir los límites de emisión de ruido por vehículos de transporte terrestre 7 Arresto hasta 6 meses ymulta hasta 600 días desalario mínimo.Art. 46 LPA

Page 60: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

3. Realizar, en períodos de días laborables, las actividades regulares de construcción o reparaciones mayores de edificaciones en las zonas I, II y III definidas en el artículo 5 del Decreto

13 Clausura o prohibición de lainstalación o actividad.Art. 25 LOA

4. Ajustar los niveles de ruido de las fuentes. a los límites establecidos, en un plazo máximo de un año contado a partir de la fecha de publicación del Decreto. 14

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o Terminación de la relación de trabajo. Decreto No. 3.269 “Reglamento de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 5.302 Ext. Del 29–01–99.

Objeto de la Norma: Desarrollar los preceptos sobre protección y aprovechamiento racional de la fauna silvestre y sus productos contenidos en la Ley, y establecer las orientaciones necesarias para el manejo sustentable del recurso fauna.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

Page 61: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

1. Acatar prohibición de los siguientes usos y actividades en refugios y santuarios de fauna silvestre.– Explotación de hidrocarburos– Arrojar, abandonar o depositar basura y otros desechos sólidos, excepto en los recipienteso sitios dispuestos para ello. De no existir éstos o encontrarse llenos, el usuario deberállevarse consigo sus desechos– Vertido de efluentes líquidos no tratados, de origen urbano o industrial, a las tierras ocuerpos de agua del área protegida.

40

Arresto hasta 9 meses ymulta hasta 900 días desalario mínimo. Art. 59 LPA.Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6 LPA

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

Decreto No. 2.214 “Normas para la Administración de las Actividades Forestales en

Reservas Forestales, Lotes Boscosos, Áreas Boscosas Bajo Protección y Áreas Boscosasen Terrenos de Propiedad Privada Destinadas a la Producción Forestal Permanente”

N y Fecha de Gaceta Oficial: No. 4.418 Extraordinario del 27–04–1992.

Objeto de la Norma: Reglamentar la administración y desarrollo de las actividades forestales en Reservas Forestales, Lotes Boscosos, Areas Boscosas Bajo Protección y Areas Boscosas en Terrenos de Propiedad Privada destinadas a la producción forestal permanente, a los fines de asegurar que las

Page 62: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

mismas cumplan los propósitos para los cuales fueron creadas, respetando los principios de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Acatar restricción y prohibición de usos y actividades en Reservas Forestales, LotesBoscosos, Areas Boscosas Bajo Protección y Areas Boscosas en Terrenos de Propiedad Privada destinadas a la producción forestal permanente

5, 12, 13, 15,16, 19, 22,

28, 29, 31, 32Prisión hasta 1 años y multaHasta 1000 días de salariomínimo. Art. 58 LPA

2. Acatar prohibición de construir obras dentro de Reservas Forestales, Lotes Boscosos, Areas Boscosas Bajo Protección y Areas Boscosas en Terrenos de Propiedad Privada destinadas a la producción forestal permanente, a menos que estén definidas como de Utilidad Pública o Interés General y sea imposible su instalación fuera de estas áreas. Garantizar que su emplazamiento no degradará los recursos naturales existentes y se integrará en lo posible a los planes de manejo o actividades permitidas

6

Prohibición de la actividadhasta por 3 años. Art. 6 LPA

Nota: La empresa y el trabajador también podrán responder por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador queincumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal, escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo. Decreto 2.210 “Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de Material

Radiactivo”

N y Fecha de Gaceta Oficial: 4.418 Extraordinario, del 27–04–1.992.

Objeto de la Norma: Regular el manejo de materiales radiactivos con la finalidad de proteger la salud de las personas y el ambiente.

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OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1. Implantar planes para el control de emergencias con materiales radiactivos3

Multa hasta 600 días desalario mínimo y prisión

hasta 6 meses. Art. 45 LPA2. Garantizar :a. Vigilancia radiológica continua en el entorno y áreas de operación yb. En caso de que se detecten niveles de radiación en dosis superiores a lasestablecidas, tomar una o varias de las medidas siguientes:Aumentar la distancia entre el público y la fuente de radiaciones ionizantes, colocar oaumentar el blindaje protector, reducir la actividad del radionucleido o la energía del equipo

6

3. Solicitar el permiso respectivo ante el MEM para la importación o exportación de materiales o aparatos que generen radiaciones ionizantes 9

Multa hasta 2000 días desalario mínimo y prisiónhasta 2 años. Art. 45 LPA

.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

4. Solicitar ante el MEM autorización para toda instalación que utilice con fines Industriales u otros , materiales o aparatos que generen radiaciones ionizantes 11 - 12 Multa hasta 2000 días de

salario mínimo y prisión

Page 64: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

hasta 2 años. Art. 45 LPA5. Solicitar ante el MEM autorización para el transporte de materiales radiactivos o Equipos que contengan fuentes radiactivas. 13

6. Dotar a todo vehículo de carga utilizado para el transporte de materiales radiactivos de un compartimiento de carga cerrado y equipado con sistemas de seguridad. 31

Multa hasta 600 días desalario mínimo y prisión

hasta 6 meses. Art. 45 LPA

7. Proveer de vigilancia radiológica a las personas que transportan materiales Radiactivos en vehículos de carretera, cuando el nivel de radiación en cualquiera de los lugares ocupados por el conductor y sus ayudantes excede de 2,5 mSv (0.25 mrem/ h)

33 Multa hasta 2000 días desalario mínimo y prisión

hasta 2 años. Art. 45 LPA

8. Notificar al MEM o MSDS del inventario de material radiactivo almacenado, y mantener actualizado dicho inventario.. 43

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

Page 65: NORMATIVA LEGAL - SANCIONES - Todas

9. Almacenar el material radiactivo de acuerdo a las siguientes condiciones:a. Etiquetar y rotular los embalajes.b. Mantener la fuente radiactiva en el interior del blindaje.c. Identificar y señalizar el lugar de almacenamiento y garantizar vigilancia física y radiológica.d. Notificar al Ministerio de Energía y Minas cuando se requiera transportar material radiactivo.

44Multa hasta 2000 días desalario mínimo y prisión

hasta 2 años. Art. 45 LPA

10. Acondicionar, previo a su disposición final, las fuentes radiactivas en desuso53

Multa hasta 600 días desalario mínimo y prisión

hasta 6 meses. Art. 45 LPA

11. Inmovilizar con concreto, dentro de un recipiente de acero, las fuentes radiactivas con períodos de semidesintegración medio o largo.. 53

12. Identificar claramente todos los bultos que contengan desechos radiactivos 53

Nota: La empresa y el trabajador también responden por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal o escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.

"Ley Sobre Sustancias, Materailes y Desechos Peligrosos".

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N y Fecha de Gaceta Oficial: 5.554 Extraordinario, del 13–11–2.001

Objeto de la Norma: Regular la generación, uso, recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y dusposición final de las sustancias, materiales y desechos peligrosos, así como cualquier otra operación que los involucfre, con el fin de protegeer la salud y el ambiente.

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

1 Inscribir la actividad en el Registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente (RASDA). 65

Multa entre 50 - 100 UT y arresto proporcional a la

sanción.

2. No importar desechos peligrosos68

Prisión de 6 a 8 años y multa de 6000 a 8000 UT, más el monto correspondiente a la reparación total del daño causado al ambiente o a terceros.

3. Utilizar las sustancias y materiales peligrosos de manera segura a fin de impedir daños a la salud y al ambiente. Disponer de planes de emergencias y de contingencia, diseñados e implementados de conformidad con la reglamentación técnica sobre la materia.

13 Prisión de 4 a 6 años y multa de 4000 a 6000 UT

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA / CONTRATISTAS / TRABAJADORES EN LO QUE LES SEA APLICABLE

ARTÍCULOSSANCIONES POR

INCUMPLIMIENTO YNORMA DONDE SE

ESTABLECEN

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4. Cumplir con la reglamentación técnica respectiva a importación, fabricación, manejo o uso de fuentes capaces de generar radiaciones ionozantes o sustancias radiactivas , con cualquier fin , para garantizar el manejo adecuado en salvaguarda de la sauld y el ambiente.

51 Prisión de 6 meses a 3 años y multa de 600 a 3000 UT.

Nota: La empresa y el trabajador también responden por daños civiles. Adicionalmente, el trabajador que incumple está sujeto a acción penal, amonestación verbal o escrita, suspensión o terminación de la relación de trabajo.