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MÓDULO 1 – LOS RIESGOS SOCIALES Texto 2 MARCO NORMATIVO PERUANO RELACIONADO A LA INFANCIA FACILITADORES COMUNITARIOS PARA LA PREVENCIÓN DE DROGODEPENDENCIAS Y OTROS RIESGOS SOCIALES -SEGUNDA EDICIÓN-

Modulo 1 - Texto 2 Marco Normativo Relacionado a Infancia

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Se realiza: Descripción de Instrumentos Políticos de Infancia y Adolescencia.

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MÓDULO 1 – LOS RIESGOS SOCIALES

Texto 2

MARCO NORMATIVO PERUANO RELACIONADO A LA INFANCIA

FACILITADORES COMUNITARIOS PARA LA PREVENCIÓN DE DROGODEPENDENCIAS Y OTROS

RIESGOS SOCIALES -SEGUNDA EDICIÓN-

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El Curso de Formación On Line “Facilitadores comunitarios para la prevención de drogodependencias y otros riesgos sociales” se realizó en el marco del Convenio AECID-FAD 07-CO1-046 “Desarrollo de propuestas integrales de intervención en materia de prevención de drogodependencias y otros riesgos, con la población de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad” ejecutado en Perú por las Organizaciones Locales CRESER y CEPESJU en coordinación con la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. En el 2013, los contenidos han sido mejorados y actualizados por DEVIDA. En El 2014 los contenidos han sido revisados y actualizados por la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP

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MARCO NORMATIVO PERUANO

RELACIONADO A LA INFANCIA Descripción de Instrumentos Políticos de Infancia y Adolescencia

1. Convención sobre los Derechos del Niño - CDN

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•Deriva de la Declaración de los Derechos del Niño que inicia la necesidad deprotección de niños, niñas y adolescentes

•Tiene caracter vinculante en los países que la suscriben

2

•Debe incorporarse a los instrumentos normativos nacionales. Los tratadosinternacionales celebrados por el Perú con otros Estados, forman parte del derechonacional, en concordancia con la constitución Art. 102° (de 1979) vigente a la firmade la Convención.

3

•Se firma el 16 de enero 1990 y el congreso la aprueba con Resolución Legislativa Nº25278 del 4 de agosto de 1990. Entró en vigencia para el derecho internacional el 2de setiembre de 1990

4

•En el Código de los Niños y Adolescentes constituye el Sistema Nacional de AtenciónIntegral al Niño y al Adolescente, Ley No. 26518 publicada el 8/8/ 1995, modificadapor Ley N° 26621 del 26/4/1996 , cuya finalidad es orientar, integrar, estructurar,coordinar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y acciones a nivelnacional, destinados a la atención integral de niños y adolescentes, teniendo como unode sus principios al niño como sujeto de derechos.

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2. Constitución Política del Perú1 La Constitución Política del Perú hace referencia a los niños y niñas como sujetos de derecho

desde el momento de la concepción; así lo reconoce en el artículo 2º:

“Toda persona tiene derecho:

A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y

bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”.

Asimismo, en el artículo 4º, plantea la protección especial para los grupos poblacionales

vulnerables en los que comprende a los niños:

“La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al

anciano en situación de abandono”.

3. El Acuerdo Nacional2 Considerando que en el contexto político peruano, es preciso unificar criterios, propósitos y

acciones con la finalidad de aportar a la gobernabilidad del estado, fijando políticas públicas

precisas, los líderes de los partidos políticos de organizaciones políticas, religiosas, de la

sociedad civil y del gobierno, firmaron el “Acuerdo Nacional” proponiendo la “Hoja de Ruta”

que deberá seguir el Perú en los próximos años, independientemente de los Gobiernos de

turno.

Con la firma del Acuerdo Nacional se confirmó la voluntad de los integrantes del Acuerdo de

dar cumplimiento a las veintinueve políticas de Estado como base para la transición y

consolidación de la democracia y el diseño de una visión compartida del país a largo plazo.

Las políticas de Estado suscritas se enmarcan en cuatro grandes objetivos:

Democracia y el Estado de Derecho,

Equidad y Justicia Social

Competitividad del País

Estado Eficiente. Transparente y Descentralizado

Es precisamente en el segundo gran objetivo nacional que se enmarca la Décimo Sexta Política

de Estado relativa al “Fortalecimiento de la Familia, Protección y Promoción de la Niñez, la

Adolescencia y la Juventud” mencionada en el siguiente texto:

1 Constitución Política del Perú. Ratificado en el referéndum del 31 de octubre de 1993. http://www.tc.gob.pe/legconperu/constitucion.html 2Conjunto de Políticas de Estado a cuya ejecución se comprometieron los representantes de las

organizaciones políticas, religiosas, de la sociedad civil y del Gobierno Peruano. Suscrita el 22 de julio del

2002. http://acuerdonacional.pe/

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“Nos comprometemos a fortalecer la familia como espacio fundamental del desarrollo integral

de las personas, promoviendo el matrimonio y una comunidad familiar respetuosa de la

dignidad y de los derechos de todos sus integrantes.

Es política de Estado prevenir, sancionar y erradicar las diversas manifestaciones de violencia

que se producen en las relaciones familiares.

Nos proponemos, asimismo, garantizar el bienestar, el desarrollo integral y una vida digna

para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, en especial de aquellos que se encuentran en

situación de riesgo, pobreza y exclusión.

Promoveremos espacios institucionales y entornos barriales que permitan la convivencia

pacífica y la seguridad personal, así como una cultura de respeto a los valores morales,

culturales y sociales.

Con este objetivo el Estado:

(a) Garantizará programas educativos orientados a la formación y al desarrollo de familias

estables basados en el respeto entre todos sus integrantes

(b) Promoverá la paternidad y la maternidad responsables

(c) Fortalecerá la participación y el liderazgo de las niñas, niños y adolescentes en sus

centros educativos y otros espacios de interacción

(d) Garantizará el acceso de las niñas, niños y adolescentes a una educación y salud

integrales, al enriquecimiento cultural, la recreación y la formación en valores, a fin de

fortalecer su autoestima, personalidad y el desarrollo de sus habilidades

(e) Prevendrá todas las formas de violencia familiar, así como de maltrato y explotación

contra niños, niñas y adolescentes, aportando a su erradicación

(f) Prevendrá el pandillaje y la violencia en los jóvenes y promoverá programas de

reinserción de los adolescentes infractores

(g) Desarrollará programas especiales de atención a niños, niñas, adolescentes y jóvenes

que sufren las secuelas del terrorismo

(h) Fortalecerá el ente rector del sistema de atención a la niñez y a la adolescencia, las

redes de Defensorías del Niño y Adolescente en municipalidades y escuelas, y los

servicios integrados para la denuncia, atención especializada y sanción de casos de

violencia y explotación contra aquéllos

(i) Fomentará programas especiales de recreación, creación y educación productiva y

emprendedora de los más jóvenes

(j) Implementará servicios de atención integral para adolescentes embarazadas, jefas de

hogar menores de edad y parejas jóvenes

(k) Fortalecerá sistemas de cuidado infantil diurno desde una perspectiva multisectorial

(l) Apoyará la inversión privada y pública en la creación de espacios de recreación,

deporte y cultura para los jóvenes, en especial de zonas alejadas y pobres

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(m) Promoverá que los medios de comunicación difundan imágenes positivas de la niñez,

adolescencia y juventud, así como contenidos adecuados para su edad

(n) Promoverá la educación sexual respetando el derecho de los padres de brindar la

educación particular que crean más conveniente para sus hijos

(o) Implementará programas de becas, capacitación u otras formas de apoyo que ayuden

a una mejor formación intelectual y profesional de la juventud

(p) Institucionalizar políticas multisectoriales para la reducción de la violencia familiar y

juvenil

(q) Promoverá la institucionalización de foros juveniles sobre los asuntos de Estado”.

Mediante esta declaración los representantes del Acuerdo Nacional se comprometieron a

fortalecer la familia como espacio fundamental del desarrollo integral de las personas,

garantizando su desarrollo integral y una vida digna para los niños, niñas, adolescentes y

jóvenes, en especial de aquellos que se encuentran en situación de riesgo, pobreza y exclusión.

4. Código Civil El Código Civil peruano plantea que el niño es sujeto de derechos desde la concepción:

“Artículo 1.- (...) La vida humana comienza con la concepción. El concebido es sujeto de derecho

para todo cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está condicionada a que

nazca vivo”

5. El Código de los Niños y Adolescentes - CNA Es el instrumento que organiza, dirige, conduce la acción sobre los niños, niñas y adolescentes.

Tiene un enfoque de derechos y es el instrumento que garantiza el cumplimiento de los

derechos en concordancia con la Convención de los Derechos del Niño - CDN.

Antes de contar con el nuevo Código de los Niños y Adolescentes el Perú se conducía con un

instrumento normativo llamado Código de Menores, que tenía un enfoque proteccionista

donde el niño y niña eran vistos como seres pasivos y receptores que necesitaban del amparo

subsanado por los adultos. Así, los requerimientos de niños, niñas y adolescentes eran

satisfechos en un ambiente donde la participación, la opinión y posibilidad de organización no

eran dadas sino en función del adulto, el enfoque de derecho aún no estaba impregnado en la

visión de niñez.

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6. Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente -

SNAINA Uno de los compromisos asumidos por el Estado a partir de la ratificación de la CDN es el de

garantizar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, manifestándose no sólo

en la promulgación de una ley y en la creación de un sistema especializado para la atención y

promoción de los derechos de la niñez y adolescencia, sino también en las políticas públicas

que se diseñen para proteger sus derechos.

El Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente - SNAINA, está definido en el

artículo 27 del CNA como:

La creación e implementación del SNAINA permitió la articulación de los sectores vinculados a

la protección y promoción de derechos de niños y adolescentes, generando acciones

interinstitucionales para la formulación de políticas públicas.

Es necesario un empuje a la activación y fortalecimiento del SNAINA al brindarle los recursos

normativos, administrativos, técnicos, profesionales, materiales y financieros necesarios para

su adecuada operación y efectividad.

1•El CNA fue promulgado el 24/12/ 1992 entrando en vigencia mediante decreto Ley Nº 26102, el 28/6/1993 considerando a los NNA como sujetos de derechos.

2•El 21/7/2000 se promulga el último CNA, y se constituye en documento de orden jurídico que protege y promueve la participación de los NNA

3•El CNA actualmente está en en revisión y se espera su aprobación con las modificaciones para mejorar su implementación.

4

•Crea el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, y se establece la administración de justicia especializada para proteger los derechos de los NNA.

5

•Crea la Policía Especializada y las Defensorías del Niño y el Adolescente.

•Se implementa la Adjuntía para la Niñez y Adolescencia de la Defensoría del Pueblo.

“...el conjunto de órganos, entidades y

servicios públicos y privados, que

formulan, coordinan, supervisan,

evalúan y ejecutan los programas y

acciones desarrolladas para la

protección y promoción de los derechos

de los niños y adolescentes.”

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7. Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia PNAIA En el país, se han implementado tres Planes Nacionales de Acción por la Infancia y la

Adolescencia, constituyéndose cada uno de ellos en el instrumento nacional que señala

durante su vigencia las políticas públicas de Estado sobre niñez y adolescencia.

El PNAIA se articula alrededor de 4 objetivos estratégicos y 25 resultados esperados con sus

respectivas metas, destacan 6 metas emblemáticas, tomadas como referentes de las acciones

propuestas a efectos de estimular y focalizar el aporte de quienes (desde sus respectivos roles)

son responsables directos de su ejecución, como autoridades, maestros, padres de familia,

profesionales de la salud, operadores del sector público, investigadores y comunicadores,

ciudadanas y ciudadanos en general3.

8. Las Defensorías de los Niños y Adolescentes4 La Defensoría del Niño y el Adolescente, es un servicio del Sistema Nacional de Atención

Integral al Niño y el Adolescente, que funciona en los gobiernos locales, en las instituciones

públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil. Su finalidad es Promover, Defender y

Vigilar los derechos que la legislación reconoce a las niñas, niños y adolescentes.

En el Perú este servicio es de carácter gratuito y puede acudir a ella cualquier persona que

conozca de una situación o problema que atente contra los derechos de los niños, niñas y

adolescentes.

3 PNAIA 2012-2021. 4 Documento Informativo: “Conociendo el servicio de defensorías del niño y del adolescente”. Portal web del MIMP http://www.mimp.gob.pe/files/direcciones/dgnna/conociendo_servicio_dna.pdf

Norma

•El D.S. Nº 001-2012-MIMP aprobó el Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia - PNAIA 2012-2021. La implementa la Comisión Multisectorial que preside el MIMP a través de la secretaria técnica que la opera.

Miembros

•Integrada por PCM, MINSA, MINEDU, MIDIS, MTPE, MININTER, MINJUS, MICENTUR, MTC, MINAM, MINISTERIO DE CULTURA; INEI, INDECI, DEVIDA, MPFN, RENIEC. Invitados: Consejo Consultivo de NNA del MIMP, la MCLCP y UNICEF.

Visión

•“Nuestros NNA tienen igualdad de oportunidades, acceden a servicios de calidad y participan en el ejercicio, promoción y defensa de sus derechos, en conjunto con las instituciones del Estado, las comunidades y a sociedad civil; desarrollándose plenamente en el seno de su familia, en un ambiente sano y libre de violencia”

Busca

•Busca crear y reforzar las condiciones necesarias para que NNA accedan a servicios de calidad, atendidos por personal idóneo y debidamente equipado, contando con la participación de la familia y de las instituciones públicas, privadas o asociadas para defender sus derechos.

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Los Principios que guían el accionar de las Defensorías son:

El Interés Superior del Niño y del Adolescente.

El Niño Como Sujeto de Derecho

La No Discriminación

Priorizar el Desarrollo Integral de las niñas, niños y adolescentes

El cumplimiento de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, es tarea de cada

uno de los integrantes de la sociedad.

Las funciones de las Defensorías del Niño y el Adolescente están establecidas en el artículo 45°

del Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, y estas son:

Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en

instituciones públicas y privadas.

Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer

prevalecer el principio del interés superior.

Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar

conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos,

tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas

materias.

Conocer de la colocación familiar.

Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación.

Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que

trabajan.

Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas,

siempre que no existan procesos judiciales previos.

Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio

de los niños y adolescentes.

Las estrategias básicas que utilizan las defensorías del niño y el adolescente en su trabajo son:

Conformar y/o formar parte de las Redes de Servicio o Comités de Vigilancia Local, a

fin de complementar y articular el trabajo que realizan.

Propiciar acciones de movilización y sensibilización comunitaria a nivel local,

involucrando tanto a las familias como a las autoridades y miembros de instituciones.

Mantener contacto permanente con la comunidad, conociéndola y facilitando su

acceso.

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Las Defensoría del Niño y del Adolescente pueden ubicarse en diferentes instituciones, por eso

la denominación de la Defensoría puede variar, dependiendo de la institución que ha

promovido su formación. Así podemos identificar:

Defensorías del Niño y el Adolescente que funcionan en Centros Educativos: Conocidas

como Defensorías Escolares del Niño y el Adolescente – DESNA.

Defensorías del Niño y el Adolescente de iglesias: que pueden ser diferentes religiones.

Defensorías del Niño y el Adolescente Comunales: conformadas por Organizaciones

Sociales de Base.

Defensorías del Niño y el Adolescente conformadas en Organizaciones No

Gubernamentales - ONGs.

Defensorías del Niño y el Adolescente de Municipios: conocidas como DEMUNA

(Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente) y que funcionan en las

Municipalidades Provinciales, Distritales o de Centros Poblados Menores.

Además, aunque en menor proporción, existen otras defensorías que funcionan en Centros de

Salud, en la Policía Nacional, en Universidades, entre otras instituciones.

La conformación de las defensorías del niño y el adolescente puede variar de acuerdo a las

instituciones u organizaciones que la promueven, pero generalmente está integrada por

profesionales o personas de la comunidad debidamente capacitadas para llevar el

funcionamiento de la Defensoría. Además puede contar con el apoyo de personas que hayan

sido capacitadas respecto al funcionamiento del servicio. Sin embargo, en la búsqueda de un

orden que resulte adecuado en la práctica, la estructura de una Defensoría podría ser la

siguiente:

El Responsable: Es una persona reconocida por la Comunidad. Puede ser

representante de alguna institución u organización de la sociedad civil, elegida para

desempeñar este cargo.

Los Defensores: Son profesionales de cualquier disciplina, preferentemente

relacionada con las ciencias humanas y sociales. En los lugares que no se cuente con

profesionales o en las instituciones que por su naturaleza no cuentan con profesionales entre

sus miembros, los Defensores podrán ser personas reconocidas por la comunidad,

debidamente acreditadas para el ejercicio de sus funciones.

Los Promotores Defensores: Son niñas, niños, adolescentes y adultos de la comunidad

que han sido capacitados para desempeñar las funciones propias del servicio, y han asumido

voluntariamente la responsabilidad y el compromiso de apoyar la constitución y el

funcionamiento de la Defensoría del Niño y el Adolescente.

Personal De Apoyo: Está conformado por personal administrativo y profesional que

colabore con el servicio y no tenga la condición de responsable, defensor, ni promotor -

defensor.

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Los ejes sobre los cuales se orienta las funciones de las defensorías del niño y el adolescente

son:

Promoción: Es el despliegue de acciones planificadas, orientadas a cambiar la forma de

pensar y actuar de las personas en torno a los derechos de la niñez y adolescencia a fin de

lograr su cumplimiento para ello:

1. Involucra a las familias e individuos como agentes activos de su propio cambio.

2. Permite que las personas asuman actitudes de respeto y cumplimiento de los

derechos de los niños, niñas y adolescentes, produciendo cambios positivos en

el imaginario social.

3. Refuerza y desarrolla habilidades sociales y personales de los propios niños,

niñas y adolescentes, para que puedan ejercer la defensa de sus derechos y el

cumplimiento de sus deberes.

4. Contribuye a la prevención de situaciones que vulneran los derechos de niños,

niñas y adolescentes.

5. Apoya y motiva la participación comunitaria y el desarrollo de líderes que

fomenten el respeto por los derechos de la niñez y lo inserten en su vida diaria.

Defensa: Se concretiza a través de la atención de casos, el mismo que es el despliegue

de acciones organizadas para cesar un peligro o la vulneración de un derecho o restituirlo a

través de las siguientes acciones:

1. Facilitar el acceso a la justicia.

2. Contribuir a la construcción de la paz social.

3. Constituir un aporte real de la desjudicialización de los conflictos familiares en

el país. Aunque es importante señalar que las Defensorías no puede intervenir

cuando el caso se encuentra tramitando en el poder judicial.

4. Buscar el bienestar de los niños, niñas y adolescentes, contribuyendo a su

desarrollo integral.

Vigilancia: Acciones orientadas a que las Defensorías del Niño y del Adolescente

conjuntamente con la población organizada exijan el cumplimiento de los derechos de las

niñas, niños y adolescentes y de los servicios dirigidos a los mismos. Su importancia radica en

que:

1. Promueve la participación directa y organizada de la población en el control

del cumplimiento de los derechos de la niñez y adolescencia, así como los

servicios dirigidos a los mismos.

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2. Promueve que la población asuma como uno de sus compromisos la exigencia

del cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y los

servicios dirigidos a los mismos.

3. La vigilancia no sólo sirve para identificar los problemas que se suscitan en

diferentes niveles, sino también para proponer alternativas de solución que

normalmente son fruto de consenso de un grupo de ciudadanos organizados.

Los casos o situaciones en los que puede intervenir la defensoría del niño y el adolescente son:

1. Por medio del mecanismo de la conciliación

Las Defensorías del Niño y el Adolescente pueden intervenir utilizando este mecanismo

cuando no existan procesos judiciales en trámite, ni concluidos sobre el mismo caso, ni cuando

constituya falta o delito. Los temas en los que se puede intervenir son:

Alimentos: Es todo lo necesario para el sustento, habitación, vestido, educación,

instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica, recreación de la niña,

niño y adolescente, así como de la madre embarazada, desde la concepción hasta la

etapa de post-parto.

Tenencia: Es la responsabilidad que asume uno de los padres de la niña, niño o

adolescente de velar por su desarrollo integral cuando se encuentren separados de

hecho. La madre o el padre que entregue en tenencia a su hijo o hija no pierde la

patria potestad.

Régimen de Visitas: El padre o la madre que no vive con sus hijos, tiene derecho a

visitarlos, para lo cual, por acuerdo de las partes, se establecen días y horas de visita.

2. Por medio del compromiso

Cuando se trata de:

Normas de comportamiento: Son reglas o pautas que están orientadas a resguarda los

derechos y obligaciones de las niñas, niños y adolescentes. Estas normas pueden

aplicarse tanto a adultos como a las niñas, niños y adolescentes

Reconocimiento voluntario de filiación extrajudicial: Es la aceptación voluntaria del hijo

o hija no reconocida ante los registros civiles por el padre o la madre. La filiación de un

hijo o hija, sólo surge a partir de la firma en la partida o acta de nacimiento por parte

del padre o la madre, ya sea en el momento de la inscripción o en acto posterior.

3. Por medio de acciones administrativas

Cuando se trate de:

Inscripción Extemporánea de Nacimiento: La Inscripción Extemporánea consiste en la

regularización de la inscripción del nacimiento de la niña, niño o adolescente en los

Registros de Nacimiento del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Se

realiza cuando se ha vencido el plazo de 30 días otorgados por Ley.

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El Defensor realiza una serie de acciones que permiten a la persona que requiere el

servicio, solicitar la inscripción de la niña, niño o adolescente.

La Matricula Oportuna: Son las acciones que realiza el defensor para que la niña, niño

o adolescente sea matriculado a una edad y tiempo adecuado.

Las Defensorías del Niño y el Adolescente pueden intervenir mediando ante las

autoridades del Centro Educativo y/o la Asociación de Padres de Familia (APAFA), para

que ante la ausencia de algunos requisitos solicitados para la matrícula, se haga

prevalecer el derecho a la Educación de nuestra niñez y adolescencia, brindándoles las

facilidades para ser matriculados.

La Atención Médica: Son las coordinaciones que realiza el defensor con los Centros de

Salud correspondientes en búsqueda de la atención médica oportuna para el niño,

niña o adolescente.

Detenciones Arbitrarias: Al respecto debe señalarse que nadie puede ser detenido

excepto por dos causas específicas: Flagrante Delito, o Mandato Judicial. Si el niño,

niña o adolescente es detenido sin mediar ninguna de estas dos causas, el Defensor

podrá realizar las acciones necesarias que permitan la inmediata libertad del detenido,

como plantear el Habeas Corpus ante la autoridad competente.

4. En los casos de violencia familiar

En estos casos es necesario precisar que la actuación de las Defensorías ha variado con la

modificación de la ley de Conciliación que prohíbe realizar conciliaciones extrajudiciales sobre

violencia familiar, razón por la que ya no realiza conciliaciones extrajudiciales en estos casos;

sin embargo la Defensoría puede utilizar otros mecanismos de intervención, que se orienta a

brindar el apoyo necesario a los involucrados en la violencia, a través de la orientación, la

asesoría legal, las coordinaciones que permitan la derivación para la atención especializada.

Por ejemplo ante un caso de este tipo la Defensoría podrá facilitar el apoyo psicológico o la

orientación legal, que corresponda. Además, debemos destacar la labor preventiva que realiza

la Defensoría, a través de sus acciones de promoción del derecho al buen trato que tiene toda

persona.

5. En los casos de abandono de las niñas, niños y adolescentes

En los casos de abandono de niñas, niños y adolescentes la actuación de las Defensorías se

dirige a tomar conocimiento de estos casos para derivarlos hacia la autoridad competente

(Juzgado de Familia), a fin que se tomen las medidas pertinentes de protección.

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BIBLIOGRAFIA

Gatica, Nora y Chaimovic, Claudia: “La justicia no entra en la escuela. Análisis de los

principales principios contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño”.

La Semana Jurídica 13/19 de Mayo de 2002).

Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley 27972 publicada en el Diario Oficial

El Peruano el 27 de mayo del 2003. Artículo 73: Materias de Competencia Municipal.

Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012–2021

Save the Children Suecia - Oficina Regional para América del Sur - Lima- Perú, febrero

de 2003

Guía Referencial - Lucha contra todas las formas de discriminación a los niños, niñas y

adolescentes en América del Sur –

Constitución Política del Perú. Ratificado en el referéndum del 31 de octubre de 1993.

http://www.tc.gob.pe/legconperu/constitucion.html

Documento Informativo: “Conociendo el servicio de defensorías del niño y del

adolescente”. Portal web del MIMP

http://www.mimp.gob.pe/files/direcciones/dgnna/conociendo_servicio_dna.pdf