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Ingeniería civil
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Informe de Liquidación Técnico - Financiera
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INTRODUCCIÓN
as intervenciones del Estado a través de la inversión pública en proyectos y
construcción de obras de infraestructura, productivas y otros, así como la
inversión en gasto social, son los parámetros fundamentales de actuación y
desempeño de las diversas entidades del sector público, muchas de las cuales se realizan
a través de modalidades en su ejecución, tales como: obras por administración directa,
por contrata y por encargo.
Es importante señalar que, el diseño de un documento metodológico y practico que
direccione y establezca los lineamientos básicos para realizar las liquidaciones técnico
financiero de inversión y obras públicas ejecutadas en sus diversas modalidades por la
entidades del sector público, es una necesidad clamorosa, por cuanto, la única norma
vigente que establece algunos lineamientos para la ejecución de obras públicas por
administración directa y por contrata es la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG, el
18 de julio de 1988, la misma que ha servido en gran medida para el propósito de
liquidar obras por administración directa y el Reglamento de Contrataciones del Estado
aprobado por el D.S. Nº 184-2008-EF y modificada por el D.S. Nª 138-2012-EF,
artículos 183º al 213º los mismo que superficialmente contempla algunos aspectos.
Con la información vertida se proyecta dar una visión general del tema a fin de conocer
los alcances y pormenores a los que un profesional en administración de contratos suele
enfrentar y brindar un conocimiento técnico productivo a fin de que, en ejercicio y más
allá de los conocimientos académicos, estén idóneamente capacitados para desarrollar
su profesión de manera óptima.
Dirección Académica
L
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MANUAL DE AUTOAPRENDIZAJE
INFORME DE LIQUIDACIÓN TÉCNICO -
FINANCIERA
OBJETIVO GENERAL
& Describir los elementos que deben ser incluidos en la elaboración del Informe de
Liquidación Técnico-Financiera, que deben presentar ante las diferentes Entidades
Autorizadas, para cada proyecto financiado al amparo del artículo 59 de la Ley 7052 y
sus reformas.
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1. CONCEPTO DE OBRAS PÚBLICAS
Se entiende Obras por administración directa aquellas ejecutadas directamente por la entidad
que emplea: Dirección técnica, personal técnico operativo, mano de obra directa e indirecta,
personal administrativo, maquinaria y equipo, alquiler de maquinaria y equipo necesario y
otros elementos necesarios para llevar a cabo la construcción y puesta en marcha de las obras
públicas, por tanto, las entidades públicas podrán realizar obras por administración directa,
siempre que posean la capacidad técnica y los elementos necesarios para tal efecto: personal
de obra, maquinaria y equipo necesario de construcción, personal técnico, dirección técnica y
materiales de construcción que se requieran para el desarrollo de los trabajos respectivos y
podrán según el caso, debiendo contar también con toda la documentación necesaria, tales
como el expediente técnico y otros que aprueben su ejecución
2. LIQUIDACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
Es el acto administrativo, técnico y financiero realizado por la comisión de liquidación y
recepción de obras públicas designados formalmente para determinar en forma objetiva la
calidad de los trabajos de ingeniería y afines, así como señalar en forma específica el monto
efectivamente invertido en un proyecto u obra concluido y el estado operativo, en
concordancia con los documentos que lo sustentan, reflejados en los registros y liquidaciones
y rendiciones correspondientes así como en las valorizaciones de obra, cuando se traten de
obras por contrata y sobre la base de la revisión, conciliación y concordancia de toda la
documentación sustentatoria del gasto que demuestre la correcta utilización de los recursos
recibidos, cuya liquidación deberá sustentarse en:
a. La obra física ejecutada de acuerdo al Expediente Técnico, reflejada en la valorización
final.
b. La rendición final de cuentas, que viene a ser el conjunto de documentos contables
(o/c, o/s, pecosas, c/p., etc.) y administrativos que demuestran la correcta utilización
de los recursos recibidos, además deben reflejar la inversión realizada durante el
desarrollo del proyecto.
3. OBJETIVO DE LA LIQUIDACIÓN TÉCNICO FINANCIERA
La Liquidación Físico-Financiera de un proyecto u obra pública, definida como el proceso y
acción final de ejecutar actos administrativos de verificación, conciliación y concordancia
entre lo ejecutado de un proyecto u obra y lo previsto, planeado y programado en los
documentos que sustentaron su aprobación, tanto técnica como financieramente, los mismos
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que son obligatorios de realizar, al haber concluido los trabajos físicos de construcción y
acabados, ya sea como Liquidación Final (obra concluida apta para su puesta en servicio), o
como Liquidación Parcial (obra inconclusa, intervenida o paralizada por causales
presupuéstales u otras), cuyos objetivos los podemos resumir en los términos siguientes:
· Determinar el Costo Final de la obra (liquidación financiera).
· Definir las Características Técnicas con que se ha ejecutado la Obra para su Registro y
Control Patrimonial (Liquidación Técnica).
· Culminar con la Fase de Inversión, relativa a la Etapa de Ejecución (Construcción,
Mejoramiento, Rehabilitación y/o Mantenimiento).
· Regularizar la clasificación financiera y contable del proyecto u obra, de la fase de
construcciones en curso a su reclasificación como edificios residenciales o no
residenciales de acuerdo al nuevo plan contable gubernamental 2009 o, infraestructura
pública (construcción de estructuras) a infraestructura pública construida o estructuras
concluidas.
· Regularizar y sanear la documentación sustentatoria, para transferirla al sector
correspondiente para su administración y gestión operativa (caso de infraestructura:
educativa, medica, caminos y carreteras, etc.).
4. BASE LEGAL
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
- Ley Anual de Presupuesto del Sector Público del año pertinente
- Directiva de Programación y Formulación Presupuestal del año pertinente
- Directiva de Aprobación, Ejecución y Control Presupuestal del año pertinente
- Ley N° 27842, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado
- Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
- Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades
- Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
- Resolución de Contraloría General N° 195-88-CG, que apruebe las Normas para la
Ejecución de Obras por Administración Directa.
- R.C. N° 320-2006-CG que aprueba las normas de control interno para el sector
público
- Decreto Legislativo N° 276 y sus Normas, Ley Bases de la Carrera Administrativa
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- Reglamento Nacional de Construcciones
- Resolución Jefatural N° 008-2002-EF/68.01, N° 006-2002-EF/68.01, Plazos
Máximos para Proyecto de Inversión Pública, Contenidos Mínimos para Estudios de
Pre-Inversión a Nivel de Perfil.
- Decreto Supremo N° 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de
Procedimientos Administrativos de Bienes de Propiedad Fiscal y su modificatoria
D.S. N° 107-2003-EF.
5. PROCESO DE LIQUIDACIÓN
A) Proceso Normal
Cuando las acciones y actividades del proceso de recepción y liquidaciones son realizadas por
las personas y órganos competentes cumpliendo los requisitos, plazos y formalidades
establecidos por las normas legales y administrativas para la recepción, liquidación y
transferencia de las obras y proyectos.
La liquidación de las obras por contrata, se ejecutan cuando los trabajos hayan sido
culminados en las obras al 100% de las metas físicas programadas de acuerdo al Expediente
Técnico inicial aprobado incluyendo los adicionales y/o deductivos de haber sido aprobados.
En la modalidad de contrata, la responsabilidad de su elaboración y presentación corresponde
al Contratista de
Obra para la revisión y aprobación correspondiente por parte de la Entidad Contratante.
En el caso de obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios, la liquidación final se
practicar con los precios unitarios, gastos generales y utilidad ofertados; mientras que en las
obras contratadas bajo el sistema a suma alzada la liquidación se practicará con los precios,
gastos generales y utilidad del valor referencial, afectados por el factor de relación.
No se procederá a la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
B) Proceso de Regularización
Se efectúa cuando el proceso de recepción, liquidación y transferencia al que ha sido sometido
una obra o proyecto es considerado como inconcluso, por los que se deben efectuar acciones
y actividades complementarias al proceso normal para regularizar su situación y cumplir con
los requisitos y formalidades que exige un proceso normal.
· Se ejecutará en calidad de liquidación parcial de la obra, cuándo los trabajos estén con
características de inconclusa o paralizada, en las que no se hayan terminado la
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ejecución de metas físicas programadas de acuerdo al Expediente Técnico inicial
aprobado por causas imputables al Contratista o a la Entidad.
· Se realizará la Recopilación de la información técnico legal de obra: Expediente
técnico, expedientes de adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo, de
modificaciones del proyecto, informes mensuales de avance de obra, informes de la
inspección de obra, cuaderno de obra, trámites de verificación de viabilidad, etc.
· Se solicitará estado económico/financiero a la Oficina de Administración en la cual
deben señalarse todos los pagos efectuados con cargo a la obra y concordantes con las
valorizaciones presentadas y pagadas; además se incluirán de ser procedentes los
reajustes de acuerdo a la normatividad vigente.
· La Supervisión y/o Inspección tendrá la función y responsabilidad de verificar la
liquidación de obra presentada por el Contratista o de no hacerla la Entidad procederá
a realizarla con asesoría de la Supervisión y/o inspección, cuya aprobación estará
regida por los plazos establecidos en las normas vigentes y sus modificaciones.
6. CLASES DE LIQUIDACIÓN TÉCNICO FINANCIERA
La liquidación de obras se clasifica tomando como referencia dos criterios:
a) Por la modalidad de ejecución de la obra
b) Por la dimensión o aspecto técnico/financiero de la obra ejecutada
a) Por la modalidad de ejecución de obra
La liquidación técnico financiera se realiza para las siguientes modalidades.
· Por administración directa.
· Por contrata.
· Por encargo.
· Liquidación de oficio.
· Liquidación de proyectos u obras de convenios con organismos internacionales.
b) Por la dimensión de la obra ejecutada
Se clasifican en dos etapas:
· Liquidación técnica y
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· Liquidación financiera
a-1) Liquidación por Administración directa
Consiste en el conjunto de acciones conducentes a la formulación de un Expediente de
Liquidación Técnico-Financiera sobre las inversiones realizadas en obras o proyectos
ejecutados bajo la modalidad de, administración directa, para determinar el costo real de
ejecución que es elaborado por la Subgerencia de Liquidaciones; revisado, avalado y remitido
por la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras.
La liquidación de obras por administración directa está normada por la Resolución de
Contraloría General N° 195-88-CG, que apruebe las Normas para la Ejecución de Obras por
Administración Directa.
a-2) Liquidación de obras por contrata
Consiste en el conjunto de acciones conducentes a la formulación de un Expediente de
Liquidación Técnico Financiera sobre las obras ejecutadas bajo la modalidad de contrata, para
determinar el costo real de ejecución que es elaborado por el contratista que ejecuto la obra;
revisado, avalado y remitido por la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de
Obras.
La liquidación de obras por administración directa está normada por la ley y reglamento de
contrataciones del estado; Decreto Legislativo N° 1017 y D.S. N° 184-2008-EF.
Respectivamente, en los artículos 183 al 213 del reglamento.
El contratista presentará la liquidación debidamente sustentada con la documentación y
cálculos detallados, dentro de un plazo de sesenta (60) días o el equivalente a un décimo
(1/10) del plazo vigente de ejecución de la obra, el que resulte mayor, contado desde el día
siguiente de la recepción de la obra. Dentro del plazo máximo de sesenta (60) días de recibida,
la Entidad deberá pronunciarse, ya sea observando la liquidación presentada por el contratista
o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificará al contratista para que éste se
pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes.
Si el contratista no presenta la liquidación en el plazo previsto, su elaboración será
responsabilidad exclusiva de la Entidad en idéntico plazo, siendo los gastos de cargo del
contratista. La Entidad notificará la liquidación al contratista para que éste se pronuncie
dentro de los quince (15) días siguientes.
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La liquidación quedará consentida cuando, practicada por una de las partes, no sea observada
por la otra dentro del plazo establecido.
Cuando una de las partes observe la liquidación presentada por la otra, ésta deberá
pronunciarse dentro de los quince (15) días de haber recibido la observación; de no hacerlo,
se tendrá por aprobada la liquidación con las observaciones formuladas.
En el caso de que una de las partes no acoja las observaciones formuladas por la otra, aquélla
deberá manifestarlo por escrito dentro del plazo previsto en el párrafo anterior. En tal
supuesto, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, cualquiera de las partes deberá
solicitar el sometimiento de esta controversia a conciliación y/o arbitraje.
Toda discrepancia respecto a la liquidación se resuelve según las disposiciones previstas para
la solución de controversias establecidas en la Ley y en el presente Reglamento, sin perjuicio
del cobro de la parte no controvertida.
En el caso de obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios, la liquidación final se
practicará con los precios unitarios, gastos generales y utilidad ofertados; mientras que en las
obras contratadas bajo el sistema a suma alzada la liquidación se practicará con los precios,
gastos generales y utilidad del valor referencial, afectados por el factor de relación.
No se procederá a la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
a-3) Liquidación de obras por encargo
Consiste en el conjunto de acciones conducentes a la formulación de un Expediente de
Liquidación Técnico-Financiera sobre las obras ejecutadas bajo la modalidad de encargo1, para
determinar el costo real de ejecución que es elaborado por el contratista que ejecuto la obra;
revisado, avalado y remitido por la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de
Obras.
La liquidación de obras por encargo está normada por la ley y reglamento de contrataciones
del estado; Decreto legislativo 1017 y D.S. N° 184-2008- EF. Respectivamente, en los
artículos 183 al 213 del reglamento por la Resolución de Contraloría General N° 195-88-CG,
que apruebe las Normas para la Ejecución de Obras por Administración Directa.
Dependiendo de la modalidad de obra ejecutada por encargo y complementado por los
artículos 62° al 66° de la directiva de tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobado por R.D. N°
002-2007-EF-77.15, modificado por la R.D. N° 021-2009-EF.77.15 que señala en su Art. Io
que: A partir del Io de enero de 2010, la utilización de la modalidad del "Encargo" con fondos
1 Se denomina "Encargo", en el marco de lo establecido en el inciso b) del artículo 59° de la Ley N° 28411, Le¡) General del Sistema
Nacional de Presupuesto, a la ejecución de determinadas actividades y proyectos por parte de:
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públicos a que se refieren los artículos 62° y 63° y disposiciones conexas de la Directiva de
Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por la Resolución Directoral N° 002-2007-
EF/77.15, sólo procede para el caso de Unidades Ejecutoras a sus dependencias
desconcentradas. Artículo 2o; en consecuencia ya no proceden los encargos entre pliegos
presupuéstales o entre unidades ejecutoras de distintos pliegos.
a) Unidades desconcentradas conformantes de la misma Unidad Ejecutora, que para el
efecto se denominan "Unidades Operativas"; 6.2.2 Se denomina "Encargante" a la
Unidad Ejecutora de donde proceden los recursos y "Encargada" a la Unidad
Ejecutora u Operativa que los recibe.
a-4) Liquidación de oficio
i. Concepto
La liquidación de Oficio es el procedimiento administrativo, técnico y financiero que realiza la
entidad, aplicado a una obra o proyecto concluido para su correspondiente liquidación y
recepción de obra y suplir la falta de documentación técnica y documentación sustentatoria
del gasto, a través de documentación idónea que acredite la culminación de una Obra
financiada con los recursos de la entidad, pese a haber concluido su ejecución física y
financiera y ésta aún no se ha realizado dentro de los plazos establecidos y se encuentran
clasificados como construcciones en curso en las cuentas contables respectivas. (Hoy
denominadas construcción de edificios residenciales y no residenciales o construcción de
estructuras-Infraestructura física)
Por lo tanto éste procedimiento debe aplicarse a las entidades que han ejecutado y financiados
proyectos de inversión y obras públicas que tengan algún tipo de inconvenientes motivadas
por la falta de documentación sustentatoria u otras razones con justificada razón o
razonablemente sustentadas.
No existe norma legal que lo sustente, sólo se emitió la Ley N° 27171 publicado el 11-09 de
1999, Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social financiada por el Fondo
Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES que señalaba en su artículo 1o
y 2o, lo siguiente: Declarase de necesidad y utilidad públicas el saneamiento físico, legal y
contable de las obras de inversión social financiadas por FONCODES así como su
transferencia en propiedad a las Entidades Receptoras responsables de su administración y
mantenimiento Para los efectos de la presente Ley, constituyen Entidades Receptoras los
gobiernos locales, comunidades campesinas, nativas, educativas y de salud, organizaciones
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sociales y organizaciones de carácter religioso que cumplen labores de apoyo social, conforme
a lo que se disponga en el Reglamento de la presente Ley. A su vez el artículo 7o.- Liquidación
de oficio; señala que, Tratándose de obras que no cuenten con suficientes documentos
sustentatorios de gasto para determinar el valor de liquidación y proceder a su recepción,
FONCODES llevará a cabo la liquidación y la recepción de oficio, conforme al procedimiento
que se establezca en el Reglamento de la presente Ley, sin perjuicio de adoptarse las acciones
legales contra los que resulten responsables de la falta de dichos documentos.
ii. Transferencia y liquidación de oficio
La liquidación de oficio será tramitada a pedido de la Unidad de Liquidaciones, la que
presentará a la Gerencia de infraestructura pública la relación de obras, debidamente
sustentada, para tramitar la autorización de la Gerencia General y con la autorización de la
Unidad de Liquidaciones procederá a la realización de la liquidación de oficio teniendo en
consideración los procedimientos y requisitos contemplados en la Ley N° 27171 y su
reglamento (Ley de saneamiento y transferencia de infraestructura social ejecutados por
Foncodes)
Nota: se toma como criterio normativo para éstos efectos, por jurisprudencia, por cuanto no
existe norma alguna que señala los lineamiento para efectuar la liquidación de oficio de obras
ejecutadas que no reúnen los requisitos exigidos para una liquidación normal, así como la
documentación y otra información adicional necesaria.
iii. Disposiciones complementarias para la liquidación de oficio
- Para la ejecución de las liquidaciones de oficio, el titular de la entidad podrá autorizar
la contratación de instituciones privadas especializadas para tal fin.
- Para el caso de los proyectos, que no constituyan obras, los formatos indicados en los
anexos 02, 03 y 04 deberán ser adecuados a la naturaleza del mismo.
- Las situaciones no contempladas por la presente directiva serán resueltas por la
Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras.
Por tanto se acompañaran los siguientes documentos:
a) Declaratoria de Fábrica o Memoria Descriptiva de la obra, conteniendo el brea total
del terreno, Brea ocupada y libre, linderos y medidas perimétricas y colindantes del
inmueble, así como material de construcción utilizado y distribución de la fábrica,
datos regístrales si los hubiere, valor de liquidación de la obra y destino de la misma.
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b) Acta de entrega del terreno para la ejecución de la obra, en caso de ser propiedad de la
Entidad Receptora o, en caso de no serlo, el documento público o privado de fecha
cierta en la que conste la donación.
c) Planos de ubicación y perimétricos.
d) Declaración Jurada de representante legal del FONCODES, manifestando que sobre
el inmueble materia de la transferencia no existe gravamen, embargo, medida cautelar
o proceso judicial alguno en el que el FONCODES sea parte.
a-5) Liquidación de obras provenientes de convenios con organismos internacionales.
7. CLASIFICACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE OBRAS POR LA DIMENSIÓN DE LA
OBRA EJECUTADA
Se clasifican en dos etapas:
a) Liquidación Técnica
Es la liquidación técnica de la obra, que se elabora, tomando en cuenta la estructura del valor
referencial dado por la valorización total ejecutada, incluido los adicionales y deductivos de
obra y cualquier otro concepto producido por la variación y/o modificación, que implique la
variación del Valor Referencial, por lo tanto, para la determinación de los montos reales, se
realiza una verificación física de la obra y consiste en el proceso de recopilación de la
documentación técnica sustentatoria de la ejecución de la obra, especialmente del expediente
técnico y sus modificaciones y su contrastación o conciliación con la ejecución física de obra,
para la respectiva consolidación técnico financiera con la cual se determinará el costo real de
la obra o proyecto actualizado y su ejecución física en términos y condiciones de calidad de
los que fue planteado.
b) Liquidación Financiera
Es el conjunto de actividades realizadas para determinar el costo real de la ejecución de obra y
su conformidad con el presupuesto de obra aprobado proceso necesario e indispensable para
la verificar el movimiento financiero, así como la documentación que lo sustenta y la
determinación del gasto financiero real de la obra o proyecto, que comprende todos los gastos
realizados en el pago de: mano de obra, materiales de construcción y otros insumos
(incluyendo la utilización de saldos de inventario de otras obras y la deducción del saldo actual
de almacén, herramientas utilizadas y/o prestadas), maquinaria y equipo (alquilado o propio) y
gastos generales atribuibles a la ejecución de la obra o proyecto.
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Asimismo, se debe considerar los gastos de pre-inversión (Estudios de pre o factibilidad,
expediente, y otros estudios, etc.) así como los gastos de liquidación y compromisos
pendientes de pago (devengados), si los hubiere.
8. ¿QUÉ DOCUMENTOS COMPONEN LA LIQUIDACIÓN TÉCNICO FINANCIERA?
I. Expediente Técnico de Obra aprobado
Es el conjunto de documentos que inicialmente fueron aprobados y que permite conocer los
antecedentes de la obra que se liquida, por tanto, se debe requerir la Resolución de aprobación
del mismo, comprende:
a. Memoria descriptiva,
b. Especificaciones técnicas,
c. Planos de ejecución de obra,
d. Metrados,
e. Valor referencial
f. Presupuesto de obra
g. Análisis de precios unitarios,
h. Calendario valorizado de avance de obras,
i. Fórmulas polinómicas,
Si el caso lo requiere, se puede incluir:
j. Estudios de suelos,
k. Estudio geológico,
l. Estudio de impacto ambiental,
m. Estudio básico de ingeniería, u otros complementarios.
Objetivo del expediente técnico
El expediente técnico define y sustenta el objeto, costo, plazo, características y otras
condiciones necesarias para adecuada ejecución de la obra en particular por ejecutar, por lo
que su elaboración debe contar con el respaldo técnico necesario, verificando que
corresponda a su naturaleza y condiciones especiales de la ley.
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Expediente técnico final
Es el conjunto de documentos técnicos modificados parcialmente, que provienen del
expediente técnico inicial, los mismos que son necesarios porque definen y sustentan el costo,
los plazos, características técnicas de la obra y otras condiciones necesarias finales que se
contaron como referencia para la ejecución de la obra y que permite conocer la información
necesaria de la obra que se liquida, por tanto, se debe requerir la Resolución de modificación
del mismo, comprende:
a) Memoria Descriptiva.
Es la descripción detallada del Proyecto, comprende aspectos relacionados con: Introducción,
antecedentes, estado actual de la obra, vías de acceso, estrategia para desarrollo de los trabajos, medidas de
seguridad, tolerancias, entre otros.
Señala la justificación técnica de acuerdo a la evaluación del estado de la obra, debiendo
precisarse las diversas consideraciones técnicas, cuya índole depende del tipo de obra a
ejecutar y que exigen el desarrollo de un conjunto de trabajos señalados en el expediente
técnico. De igual manera se señala en forma precisa los objetivos a alcanzar con el desarrollo
de la obra o trabajos planteados.
Otros aspectos a considerar son: Situación geográfica del proyecto, condiciones ambientales,
hidrológicas, geológicas, viales, altitud, topografía, sistemas de comunicaciones en obra,
control sanitario, almacenamiento de materiales, de canteras, suministro de agua, energía
eléctrica, entre otros.
b) Especificaciones Técnicas.
Constituyen un conjunto de reglas vinculadas a la descripción de los trabajos, método de construcción,
calidad de los materiales, sistemas de control de calidad (según el trabajo a ejecutar), métodos de medición
y condiciones de pago requeridas en la ejecución de la obra. Cada una de las partidas que conforman el
presupuesto de obra debe contener sus respectivas especificaciones técnicas, detallando las reglas que
definen las prestaciones específicas.
c) Planos de Ejecución de Obra.
Serán elaborados de tal forma que reflejen exactamente cada uno de los componentes físicos de la obra,
pueden ser en dos o tres dimensiones. Comprenderá planos en planta, perfil, cortes, detalles, etc.
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d) Los Metrados
Constituyen la expresión cuantificada (por partidas) de los trabajos de construcción que se han
programado ejecutar en un plazo determinado; asimismo, son necesarios para determinar el
presupuesto de obra, por cuanto representan el volumen de trabajo por cada partida. Los
Metrados deben estar adecuadamente sustentados (mediante planillas de cálculo), permitiendo
con ello reducir los errores y omisiones que pudiera incurrirse en la presentación de las
partidasl4 integrantes del presupuesto base.
e) Valor Referencial
El valor referencial constituye el monto de la obra a ejecutar por contrata, determinado a
partir de la elaboración del presupuesto de obra, que está compuesto por el costo directo,
gastos generales, utilidad e impuestos. Está comprendido en el expediente Técnico de la Obra,
salvo en la modalidad "Concurso Oferta", donde el postor ganador es el que elabora el
expediente técnico de la obra.
El costo directo se formula previa cuantificación de los Metrados de obra y análisis de precios
unitarios. Por su parte, los gastos generales incluyen los gastos de personal técnico,
administrativo, empleados; gastos de oficina, seguros, materiales, servicio de vehículos, entre
otros; el costo total de los gastos generales se representa mediante un porcentaje del costo
directo.
f) Presupuesto de obra
El presupuesto de obra es aquel monto determinado del proyecto u obra ejecutada por
administración directa, que por medio de mediciones y valoraciones nos da un costo estimado
total de la obra a construir e incluye, Los Metrados o mediciones, cuadro de precios unitarios,
presupuestos parciales, presupuesto de materiales, de servicios generales tales como el alquiler
de maquinaria y equipo necesario si la entidad no poseyera, presupuesto para el pago de
subcontratistas en casos que se requiera para algunos tramos necesarios de la obra, finalmente
se debe incluir los gastos de administración que se debe incurrir en la obra.
g) Análisis de Precios Unitarios
Cada partida del presupuesto constituye un costo parcial, la determinación de cada uno de los
costos requiere de su correspondiente análisis de precios unitarios; es decir, la cuantificación
técnica de la cantidad de recursos (mano de obra, materiales, equipo, maquinaria,
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herramientas, entre otros), que se requieren para ejecutar cada unidad de la partida y su costo.
Los análisis de precios unitarios no incluyen IGV.
h) Calendario Valorizado de Avance de Obra
Documento en el que consta la programación valorizada de la ejecución de la obra objeto de
la prestación, por periodos determinados en las Bases o en el Contrato. Contemplará la
distribución del costo de la obra por partidas a ejecutar en el periodo de ejecución de obra,
concordante con la programación detallada en documentos como: PERT, CPM, Diagrama de
Gantt.
De acuerdo a la concepción adoptada para ejecutar la obra se establecerá la secuencia de
ejecución de las partidas correspondientes, quedando establecida la ruta crítica de la obra.
i) Fórmulas Polinómicas
Es la representación matemática de la estructura de costos de un presupuesto, y es elaborado
de acuerdo al DS 011-79-VC complementado con los dispositivos vigentes, de tal forma que
permita actualizar los costos aplicando los índices del INEI de acuerdo al área geográfica
correspondiente. El número máximo de fórmulas polinómicas por obra es de 4 y como
mínimo, 1. En caso que en un contrato existan obras de diversa naturaleza, podrá emplearse
hasta un máximo de ocho (8) fórmulas polinómicas.
j) Estudio de suelos
Son los análisis o pruebas de las propiedades físicas, mecánicas y de resistencia que se realizan
en el terreno donde se van a construir las edificaciones, recogiendo los datos fundamentales
que se necesitan para calcular un sistema de fundación de la Tensión Admisible del Terreno
(kg/cm2) a la profundidad de la cota estimada. En toda obra de ingeniería y arquitectura, ya
sea viviendas o edificios u otro tipo de construcciones a menudo es necesario conocer las
propiedades físicas y mecánicas del suelo, y su composición estratigráfica, es decir las capas o
estratos de diferentes características que lo componen en profundidad, y por cierto ubicación
de napas de agua (freáticas), si las hubiere. De acuerdo a las características de la resistencia y la
deformación que tenga se determinan o sugieren los tipos de fundación a emplear, y las cotas
probables donde arranquen las mismas en función de las características de los suelos y las
tensiones admisibles de los mismos.
En el caso de los suelos expansivos, como las arcillas, que son muy inestables a las variaciones
de humedad por los cambios de volumen, y que generalmente producen roturas y humedades
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se detectan y se prevee su optimización o se neutralizan sus efectos. Generalmente se estima
que el costo de un estudio de suelos oscila entre 0.5% y 1% del costo de la obra.
Si las cimentaciones proyectadas estuvieran sobredimensionadas o a la inversa, si fueran
insuficientes para las características del terreno considerado, el estudio de suelos puede prever
el ahorro de costos en el primer caso y la previsión de inconvenientes en el segundo. En las
obras de mediana envergadura o bien obras de edificios públicos el estudio de suelo es un
requisito exigido por las entidades públicas.
Un Estudio de Suelos o Estudio Geotécnico es realizado por geólogos o ingenieros
especializados en Mecánica de Suelos, básicamente un Estudio de suelos consta de un
Informe o Reporte que la entidad entrega al contratista o ejecutor de la obra, donde se
consignan los estudios realizados y las conclusiones o recomendaciones sobre las fundaciones
a usar, siempre teniendo en cuenta la seguridad y la economía de las mismas. Resumiendo los
pasos de un estudio de suelos contiene:
· Ensayos “in situ” (en el lugar) a cielo abierto con cargas aplicadas, como sondeos o
pozos cuya profundidad y cantidad dependerá de la superficie de la obra y el peso de
la misma. (Cargas en las columnas).
· Toma de muestras en distintos sitios donde se perforan, para extraer muestras.
· Ensayos de laboratorio de las muestras extraídas.
· Análisis de los resultados según los ensayos realizados in situ y en laboratorio.
Características de los suelos hallados.
· Elaboración del informe final con resultados, gráficos, tensiones calculadas y las
conclusiones sobre los sistemas de fundación recomendados.
k) Estudio geológico
Es el análisis o pruebas que se realizan de la estructura interior del terreno asignado para la
construcción, de la materia que la compone, su mecanismo de formación, los cambios o
alteraciones que ésta pudo haber experimentado desde su origen, y la textura y estructura que
tiene en el actual estado, incluye a todos los procesos y elementos relacionados a las fuerzas
tectónicas presentes en la corteza terrestre se analiza estructuras geológicas especialmente
tectónicas para aclarar la acción de fuerzas dirigidas , en este caso se realizan estudios
tectónicos para aclarar las deformaciones y desplazamientos que han ocurrido , se analiza
también el estudio de "calidad" de la roca: Significa la manera de su rompimiento o el
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comportamiento de las fracturas de la roca. Especialmente en la minería o en túneles hay que
estudiar muy detallado sí la roca soporta las obras o se queda inestable y hay peligro de
derrumbes.
l) Estudios de Impacto Ambiental
En este estudio debe evaluarse el impacto ambiental, consignando sus respectivos costos, por
las medidas de mitigación a ser imple- mentadas durante la ejecución de la obra y deben ser
elaborados de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
m) Estudios Básicos de Ingeniería
De acuerdo a la naturaleza de la obra se ejecutarán Estudios Básicos (Topografía, mecánica de
suelos, mecánica de rocas, entre otros) y Específicos (Canteras, estabilidad de taludes,
partículas en suspensión en el agua, hidrología, precipitaciones, arcillas expansivas, acuíferos,
calidad del agua, estudios sanitarios, entre otros), los que deben ser llevados a cabo por
organismos competentes y debidamente acreditados.
n) Cuaderno de obra
Es el documento que, debidamente foliado, se abre a la fecha de entrega del terreno, debiendo
ser firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda y por el
residente, únicos autorizados para hacer anotaciones en él. En este cuaderno de obra se
anotan los hechos más relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra, así como las
órdenes, consultas y las respuestas a las consultas.
PRESUPUESTO BASE Y ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS
a) Presupuesto base
Un presupuesto base de obra es la estimación del costo de una obra, que se realiza por medio
de mediciones y valoraciones, el cual nos proporciona el costo de la obra a construir, por
tanto se considera la medición económica de la obra, aunque el costo final de la obra ejecutada
puede tener una variación poco significativa del presupuesto de obra inicial, salvo que
existieran razones muy poderosas para elevar el costo inicial de la obra.
Consta de los siguientes conceptos:
· Memoria de Mediciones
· Cuadro de Precios 1: se trata del cuadro de precios unitarios
· Cuadro de Precios 2: se trata del cuadro de precios descompuestos
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· Presupuestos parciales
· Presupuesto de materiales
· Presupuesto de mano de obra directa
· Presupuesto de costos indirectos (Servicios y otros conceptos que inciden
indirectamente en la ejecución de la obra)
· Presupuesto de gastos administrativos. Para poder calcular el costo total de una obra,
primero necesitamos "cuantificar" el volumen de la obra, lo que significa calcular el
volumen total de trabajos que se van a realizar en una obra.
Dependiendo de la complejidad de la obra, vamos a tener mayor cantidad de trabajos, todos
ellos se van a registrar y controlar en un documento de conceptos y valores denominado
metrados, el volumen a ejecutar y el precio unitario por cada uno de ellos.
b) Cuantificación
La cuantificación es la parte más laboriosa a la hora de generar un presupuesto ya que
tenemos que, estimar, ¿cuánto vamos a necesitar en cada uno de los elementos o conceptos?
por ejemplo tenemos el requerimiento de fierro, cemento, ladrillos, etc. y se calculan en
unidades de medida distintas: varillas, toneladas, bolsas, millares, etc. los cuales se asocian a los
componentes de la obra: muros, columnas, vigas, etc.
c) Precio unitario
Es el precio por unidad de medida (m1, m2, m3, unidad, pieza, etc.) de cada uno de los
trabajos a realizar, por ejemplo el análisis de un precio unitario del concepto de cemento en
muros de una dimensión de 10 m por 12 con una altura de 3 metros.
Como podrán apreciar una obra puede tener una cantidad considerable de conceptos y
trabajos a realizar, lo importante es calcular los precios unitarios.
Una vez que tienes el análisis del precio unitario de cada uno de los conceptos a ejecutar
vamos a hacer el " Listado de conceptos" que significa registrar y controlar los conceptos, su
precio unitario, los metrados a ejecutar en obra y el total por cada concepto.
Por tanto, todos los costos se irán agregando hasta encontrar un costo total:
Materiales + mano de obra directa + herramienta + costos indirectos, incluyendo la mano de
obra indirecta y los materiales y servicios indirectos.
Por ejemplo.
La manera más fácil de registrarlo es, en una hoja de Excel con las siguientes columnas.
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Concepto Unidad Cantidad Precio Unitario Total
Muro De M2 100 S/.558.00 S/. 5,580.00
En muchos casos el listado de conceptos es recomendable dividirlo por partidas para
realizarlo de manera más fácil.
- Preliminares
- Albañilería
- Acabados
- Tabla roca
- Instalaciones eléctricas
- Instalación hidráulica/sanitaria
- Instalaciones especiales
- etc., etc., etc.
Por otro lado, el presupuesto de obras lo podemos dividir en cuatro conceptos perfectamente
diferenciados:
- Mediciones.
- Precios unitarios.
- Precios descompuestos.
- Presupuesto.
d) Mediciones
Las mediciones son el conjunto de todos conceptos necesarios para la ejecución de la obra,
agrupando por separado todas aquellas unidades que sean objeto de igual precio. Las
mediciones deben obtenerse siempre aplicando las cotas de los planos, sin tener que recurrir
nunca a utilizar el escalímetro.
Se recomienda realizar las mediciones expresando: las excavaciones y rellenos en metros
cúbicos; los encofrados en metros cuadrados; los hormigones en metros cúbicos; las
armaduras en kilogramos; siguiendo siempre criterios generalizados y en función del proceso
de construcción previsto.
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e) Cuadro de precios unitarios
En él deben figurar, en letra y cifra, los precios totales de cada una de las unidades que haya en
la obra, sin detallar su descomposición.
f) Cuadro de precios descompuestos
En él deben figurar, con el mayor detalle posible, la descomposición de cada uno de los
precios que figuran en el Cuadro de Precios Unitarios. Este documento carece de carácter
legal.
g) Presupuesto de construcción
Es la valoración económica de la obra. En él figurarán, en cifra, las unidades obtenidas en la
medición, el pecio que le corresponde de acuerdo con el Cuadro de Precios Unitarios.
La elaboración de los costos, es muy importante ya que mediante los conocimientos
necesarios se elaborará el Presupuesto Base de Obra empleando criterios técnicos para la
realización de la Obra.
Los términos Costos y Presupuestos están íntimamente relacionados, dado que
no es posible elaborar un Presupuesto sin que existan los costos y estos por si
solos, no expresan nada. En cambio unidos a los metrados de obra conforman
el valor referencial de la obra es decir el "Presupuesto".
Fuente: Miguel Salinas Sañinas
9. ANÁLISIS DE COSTOS
a) Aspectos generales
El análisis de costos es muy importante para estimar el presupuesto base a pesar de la
dificultad en su cálculo y de ser una herramienta importante, su uso es poco difundido porque
generalmente en su determinación de utilizan métodos estándar de ingeniería y finanzas
relacionadas con términos contables, sin embargo dicho análisis aporta mucho a la toma de
decisiones para determinar el costo total estimado de la obra
Partamos de que los Costos Totales en una obra pública pueden clasificarse en costos directos
e indirectos de acuerdo al comportamiento que cada uno tenga en cuanto a su contribución e
identificación directa o indirecta en la ejecución de obras.
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b) Tipos de Costos
Para la conformación del valor referencial de una obra se debe establecer un análisis en base al
valor de los elementos que intervienen en la misma, es decir los materiales, la mano de obra,
los equipos y maquinarias, además de otros factores que contribuyen indirectamente pero de
una manera necesaria en el desarrollo de la obra y se denominan "apoyo logístico", llamados
en el Presupuesto como "Gastos Generales". También se puede identificar como la ganancia
de la empresa y es función de sus parámetros y política con que maneja sus finanzas.
En todo este conjunto de factores intervinientes del presupuesto, se presentan dos tipos de
costos: el Directo y el Indirecto.
c) Costo directo
Se define a al Costo Directo como el valor económico resultante de todos los elementos que
quedan insumidos en la obra (Materiales de construcción, mano de obra directa peón, oficial,
operario, servicios directos, etc.).
Estructuralmente este costo directo es el resultado de la multiplicación de los metrados por
los costos unitarios.
d) Costos Unitarios
Los costos unitarios se obtienen de la sumatoria de los costos de la mano de obra (incluyendo
leyes sociales), equipo, herramientas, maquinarias y todos los materiales que se requieren para
la ejecución de la obra. Los costos unitarios se analizarán para cada una de las partidas confor-
tantes del presupuesto, pueden tener diversos grados de aproximación de acuerdo al interés
que se proponga.
De acuerdo a la magnitud de la obra, los metrados variarán y los costos unitarios se calcularán
mediante un análisis bien detallado el cual se mostrará con la aplicación de un programa de
costos en el que se considera las características de la obra especialmente el lugar a desa-
rrollarse la ejecución del proyecto. Los costos unitarios se representan por la siguiente fórmula
matemática:
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Dónde:
MO= Mano de obra directa
EQ/Maq.=Equipo/Maquina
Mat.=Materiales
e) Mano de Obra
El costo de la mano de obra está determinado por categorías: Capataz, operario, oficial y
peón.
Para la ejecución d las partidas se consideran los precios vigentes del costo de la mano de obra
en el territorio nacional.
El costo de la mano de obra es la sumatoria de los siguientes rubros que están sujetos a las
disposiciones legales vigentes:
· Jornal Básico, que comprende la remuneración básica.
· Leyes sociales.
· Bonificación unificada de construcción.
· Bonificación por movilidad acumulada.
f) Categoría de los trabajadores
Operario
Albañil, carpintero, fierrero, electricista, gasfitero, almacenero, chofer, mecánico y demás
trabajadores calificados en una especialidad en el ramo. En esa misma categoría se consideran
a los maquinistas que desempeñan las funciones de los operarios mezcladores, concreteros,
wincheros, etc.
En esta categoría se encuentran los obreros que saben utilizar sus herramientas y al menos
tienen noción de lecturas de los planos de su especialidad.
Oficial
Los trabajos que desempeñan las mismas ocupaciones, pero que laboran como ayudantes del
operario que tenga a su cargo la responsabilidad de la tarea y que no hubieran alcanzado plena
calificación en la especialidad, en esta categoría también están comprendidos los guardianes. Se
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identifican además a los oficiales como obreros que ya tienen algún conocimiento de uso de
las herramientas y que está listo para calificar como operario con práctica, dedicación y
habilidad.
Peón
Los trabajadores no calificados que son ocupados indistintamente en diversas tareas de la
construcción.
Capataz
En lo referente a los capataces se denomina capataz "A" al encargado de realizar todo tipo de
trabajo. Es personal calificado y que dominan el área de la construcción, con amplia
experiencia en el rubro- Los capataces en las obras de gran envergadura (volumen)
generalmente se dividen por especialidades (concreto, movimiento de tierras, mampostería,
etc.), debiendo siempre contar con un superior en campo denominado "Maestro de Obra.
Estos obreros deben contar además con liderazgo, don de mando y habilidad especial para
dirigir a grupos de obreros, controlando la calidad y el avance de la obra.
g) Rendimientos
Para el caso de las obras de construcción, el rendimiento lo definimos como la cantidad de
trabajo medida en las unidades fundamentales de cada partida (m3, Kg., etc.), en la unidad de
tiempo (jornada) que generalmente es "un día" de 8 horas, desarrollada por una cuadrilla.
Cuadrilla: Cantidad de recursos suficientes y necesarios para elaborar una actividad en el
menor tiempo posible.
El tema de los rendimientos de la mano de obra es un parámetro de muy difícil avaluación, en
razón de que al tratarse del elemento humano, existen de por medio, entre otros, los
siguientes factores que influyen con el rendimiento:
· Edad del obrero
· Capacidad física
· Habilidad natural
· Ubicación geográfica de la obra
En el caso de rendimientos solo están establecidos legalmente los “Rendimientos Mínimos
Oficiales de mano de obra en edificación”.
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Los valores que se estiman para los cálculos de un presupuesto son en muchos de los casos
los establecidos por la experiencia del operador del presupuesto, las estadísticas de la empresa
par con sus trabajadores generalmente establecidos de varias obras continuas. En otros casos
existen presiones de parte del sindicato de obreros para fijar rendimientos mínimos en obra
que generalmente perjudican en el cumplimiento de los costos establecidos en el presupuesto.
h) Costo por hora hombre (h-h)
El régimen laboral de construcción Civil establece tres categorías de obreros de construcción
civil: operario, oficial y peón, por lo que las categorías de capataz y maestro de obra no están
registradas, debiendo en compensación al cargo y responsabilidad asignarle un plus sobre el
jornal de operario (fuera de planilla).
Costo de la h-h = Costo Obrero + Aportac. Empleador
i) Aporte Unitario de la Mano de obra
Para calcular la cantidad de recurso de mano de obra por unidad de partida, se aplica la
siguiente relación:
Aporte MO = N° de obreros x 8 horas/rendimiento
Ejemplo: Asentado de ladrillo kk de cabeza
- Rendimiento: 8 m2/día
- Cuadrilla:
- 1 operario + 0.5 peón + 0.2 capataz
- AU op. = 1 x 8 / 8 = 1 h-h
- AUc = 0 . 2 x 8 / 8 = 0.2 h-h
- AUp = 0.5 x 8 / 8 = 0.5 h-h
j) Materiales
El costo de los materiales necesarios a utilizar para la obra, son componentes básicos dentro
de un análisis de costos unitarios. El costo utilizado es de material puesto en obra que incluirá
los siguientes rubros:
· Precio del material en el centro abastecedor.
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Los precios de materiales serán aquellos que se tome del costo en fábrica incluido el
IGV
· Costo de flete
Flete es el costo del transporte desde el centro abastecedor hasta el almacén.
· Costo de almacenamiento: este costo es el de almacenar, el cual es un servicio auxiliar en
la construcción, como: recibir la salvaguardia y protección, proporcionar materiales y
suministros mediante solicitudes autorizadas por el ingeniero residente, llevar los
registros de almacén necesarios, hacerse cargo de los materiales., mantener el almacén
limpio y en orden
· Se considera el costo del almacenamiento en un monto no mayor del 2% del costo del
material.
· Mermas: es la porción de un material que se consume naturalmente. Desperdicios son
pérdidas irrecuperables e inutilizables de un material
El costo de los materiales está determinado por dos parámetros:
a) Aporte unitario el material
b) Precio del material
k) Aporte Unitario
Bajo este concepto dentro de los costos directos, el aporte unitario de los materiales
corresponde a la cantidad de material o insumo que se requiere por unidad de medida (Kg.,
m2, m3, etc.). Los materiales son expresados en unidades comerciales como bolsa de
cemento, m2 de piso, galón de asfalto, etc. Se debe calcular el coeficiente de aporte es decir la
cantidad de unidad de material por unidad de medida de la partida, como bl/m3 de del ce-
mento en el concreto. Estas cantidades generalmente se calculan de las experiencias en el
campo y/o en los laboratorios. Se debe estimar además el volumen de desperdicios expresado
generalmente en porcentaje. Estos desperdicios son producto de pérdidas ocasionadas en el
transporte o en los cortes necesarios en la colocación del material en el proceso de
construcción. Los precios del material utilizados en el cálculo del análisis del costo unitario
deberán haberse adquirido por medio de cotizaciones proporcionadas oficialmente por la
entidad fabricante o la distribuidora que provee del referido material.
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l) Equipo Mecánico
El equipo es un elemento muy importante, ya que tiene una gran incidencia en el costo del
proyecto, en especial en los trabajos de movimientos de tierras y pavimentos.
Para calcular el costo de alquiler horario de los equipos hay que tener presente dos elementos
fundamentales:
· Costo de posesión: donde se incluye las depreciaciones, intereses, capital, obligaciones
tributarias, seguros, etc.
· Costo de operación: donde se incluye, lubricantes, filtros, neumáticos, mantenimiento,
operador y elementos de desgaste.
Los costos de alquiler, horario del equipo mecánico, se cotizarán en el mercado nacional y/o
extranjero.
Para obtener el costo de materiales se efectuarán sub-análisis como la determinación de:
· Costos de extracción y apilamiento.
· Costo de carguío.
· Costo de transporte de la cantera a la planta de procesamiento y transporte hacia la
obra.
· Costo de zarandeo y chancado.
10. DIFERENCIAS ENTRE LA LIQUIDACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
Liquidación Técnica Liquidación Financiera
1.- Concepto
Es la liquidación técnica de la obra, que se elabora, tomando en cuenta la estructura del valor referencial dado por la valorización total ejecutada, incluido los adicionales y deductivos de obra y cualquier otro concepto producido por la variación y/o modificación, que implique la variación del Valor Referencial, por lo tanto, para la determinación de los montos reales, se realiza una verificación física de la obra y consiste en el proceso de recopilación de la documentación técnica sustentatoria de la ejecución de la obra, especialmente del expediente técnico y sus modificaciones y su con-trastación o conciliación con la ejecución física de obra, para la respectiva consolidación técnico financiera con la cual se determinará el costo real de la obra o
1.- Concepto
Es el conjunto de actividades realizadas para determinar el costo real de la ejecución de obra y su conformidad con el presupuesto aprobado, por tanto es un proceso necesario e indispensable para la verificar la inversión realizada y el movimiento financiero, asi como la documentación que lo sustenta, determinando el gasto financiero real de la obra o proyecto ejecutado, que comprende todos los desembolsos realizados en el pago de: mano de obra, materiales de construcción y otros insumos (incluyendo la utilización de saldos de inventario de otras obras y la deducción del saldo actual de almacén, herramientas utilizadas y/o prestadas), maquinaria y equipo (alquilado o propio) y gastos generales atribuibles a la ejecución de la obra o proyecto.
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proyecto actualizado y su ejecución física en términos y condiciones de calidad de los que fue planteado.
2.- Finalidad
Verificación, conciliar y concordar entre la obra o pro-yecto ejecutado y lo previsto, planeado y programado en los documentos que sustentaron su aprobación técnica, los mismos que son obligatorios de realizar, al haber concluido los trabajos físicos de construcción y acabados, ya sea como Liquidación Final (obra concluida apta para su puesta en servicio), o como Liquidación Parcial (obra inconclusa, intervenida o paralizada por causales presupuestaos u otras),
2.- Finalidad
Verificar, conciliar y concordar los desembolsos inver-tidos en la ejecución de la obra tanto financiera como presupuestalmente y lo previsto en el presupuesto de obra incluido en el expediente técnico y lo, planeado y programado en los documentos que sustentaron su aprobación, los mismos que son obligatorios de realizar, al haber concluido los trabajos físicos de construcción y acabados, ya sea como Liquidación Final (obra concluida apta para su puesta en servicio), o como Liquidación Parcial (obra inconclusa, intervenida o paralizada por causales presupuéstales u otras), cuyos objetivos los podemos resumir en los términos siguientes:
3.- .Base legal 3.- Base legal
4.-Características
Se elabora, tomando en cuenta la estructura del valor referencial dado por la valorización técnica total eje-cutada, incluido los adicionales y deductivos de obra y cualquier otro concepto producido por la variación y/o modificación, que implique la variación del Valor Referencial, por lo tanto,para la determinación de los montos reales, se debe realizar una verificación física de la obra Se formula un Expediente de Liquidación Técnica sobre los trabajos de ingeniería y acabados realizadas en la obra o proyecto
4.- Características
Se formula un Expediente de Liquidación Financiera sobre las inversiones realizadas en la obra o proyecto. Se verifica con los documentos y comprobantes de pago que sustentan los desembolsos (O/C, O/S, planillas de remuneraciones, C/P. y valorizaciones en el caso de obras por contrata. Se verifica las partidas presupuéstales aprobadas y ejecutadas las mismas que han sido asignadas como crédito presupuestario.
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5.- Documentos que lo sustentan
1. Expediente técnico inicial y su Resolución de aprobación. 2. Expediente Técnico Final 3. Ficha de Resumen de Liquidación de la Obra Ejecutada 4. Memoria Descriptiva Valorizada 5. Especificaciones técnicas de las partidas ejecutadas 6. Metrado final de los trabajos ejecutados y valori-zados 7. Metrado de las partidas físicas adicionales. 8. Metrado de las partidas físicas reducidas. 9. Planos de replanteo o finales de obra. 10. Especificaciones técnicas de las partidas ejecutadas 11. Ficha de Resumen de la Obra Ejecutada 12. Informe Final de Ejecución de Obra 13. Título de propiedad del terreno o documento de tenencia legal terreno 14. Acta de Entrega de Terreno 15. Resolución de designación del Inspector 16. Resolución de designación del Residente de obra 17. Informe de Evaluación del Exp. Técnico 18. Solicitud de Apertura de Libro de Planilla de Obre-ros 19. Solicitud de Recepción de Obra c/documentos de designación del comité de liquidación y recepción. 20. Acta de Constatación Física 21. Acta de Recepción de Obra 22. Solicitud de cierre del libro de planilla 23. Calendario Reprogramado de Obra 24. Cuadro Metrados Realmente Ejecutados 25. Resumen de Avances Físicos Mensuales 26. Pruebas de Control de Calidad 27. Planilla de Tareo Semanal 28. Cuaderno de Obra 29. Sustento de Ampliaciones de Plazo 30. Sustento de Adicionales y/o Deductivos 31. Resolución de Modificación, del Presupuesto analítico 32. Fotografías del proceso constructivo y culminación de la obra.
5.- Documentos que lo sustentan
a. Cuadro de Liquidación Financiera b. Reporte de partidas Específicas de Gasto c. Informe Financiero Final d. Balance de Ejecución Presupuestal e. Cuadro analítico del Presupuesto Ejecutado f. Consolidado de la Planilla Salario Normal, incluido las bonificación y retenciones, descuentos y aportaciones g. Cuadro Materiales realmente utilizados h. Saldo de materiales valorizados en obra. i. Materiales que adeuda la obra.j) j. Materiales otorgadas a otras obras en calidad de préstamo. k. Equipos e implementos adquiridos para la obra. l. Cuaderno de control de materiales, Control de Horas Máquina, etc. m. Documentos Sustentatorios de gasto: Copias de Comprobantes de Pago, con sus respectivas Órdenes de Compra, PECOSAS, Órdenes de Servicios, Ordenes de Trabajo, Planillas, Contratos, gastos de alquiler de maquinaria y equipo, cuadros de consumo de combustible etc.
Resolución de Modificación, del Presupuesto analítico.
Analítico
31 )Contratos de mano de obra especializada, alquiler de Equipos y/o Maquinarias, y partes diarios de maquinaria etc
11. MECÁNICA OPERATIVA DE LIQUIDACIÓN DE OBRAS POR
ADMINISTRACIÓN DIRECTA
a) Aspectos generales
El comité, responsable de la ejecución de la Liquidación Física y financiera, en un plazo no
mayor de (45) días calendarios culminada la ejecución del trabajo, el ejecutor informara a la
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Gerencia sobre la Liquidación física y financiera "verificación de los trabajos ejecutados de la
obra y la recepción de la misma, adjuntando documentos Técnicos, Financieros y Adminis-
trativos en el informe" según modelo en el anexo N° 01.
b) Pre-liquidación de obra o proyecto
Consiste en el conjunto de acciones conducentes a la formulación de un Expediente de
Liquidación Técnico-Financiera final sobre las inversiones realizadas en la obra o proyecto
para determinar el costo real de ejecución que es elaborado por la Subgerencia de
Liquidaciones; revisado, avalado y remitido por la Comisión de Recepción, Liquidación y
Transferencia de Obras al Titular de la Entidad para su aprobación mediante Resolución.
c) Etapa de recepción de obra
Es el conjunto de acciones y actividades realizadas por la comisión de recepción, liquidación y
transferencia de obras, el Residente de Obra o por el responsable del proyecto, al concluir los
trabajos programados con el propósito de levantar un Acta de Terminación de la obra o
proyecto sin observaciones.
Una vez concluidos los trabajos de ejecución de obra o proyecto, el residente, dejará
constancia de ello, en el Cuaderno de obra y solicitará por escrito mediante informe de la
finalización de la obra, dirigido al Gerente de Obras o quien haga sus veces para que se realice
la recepción y liquidación de obra, para ello será necesario conformar una comisión de
recepción y liquidación para levantar el acta correspondiente sin observaciones. Si no hubiera
inconvenientes, por tanto, es requisito indispensable para solicitar la recepción contar con el
Informe Final de Obra o proyecto con la firma del Inspector en cada uno de sus folios.
La Gerencia de obras elevara dicho informe a los niveles correspondientes, dentro de los
cinco días de recibida la solicitud del residente, a la comisión para la fijación del lugar, fecha y
hora en que se llevará a cabo dicho acto.
Constituidos el residente y la comisión de recepción en el lugar, fecha y hora fijados, que no
deberán exceder de los diez días siguientes de recibida la comunicación, procederán a la
verificación de los trabajos ejecutados y levantamiento del Acta de Recepción, según el Anexo
03: Acta de Recepción de Obra. De encontrarse observaciones que no requieran gastos
adicionales, se dará un plazo de cinco días hábiles para su absolución, y levantamiento del
Acta de Recepción sin Observaciones, la cual será elaborada en original y cinco copias que
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serán distribuidas a los integrantes de la comisión y al residente de obra (o responsable del
proyecto) y el original se anexa al Informe Final, el cual deberá ser elaborado conforme al
Anexo 01:
Concluida la recepción de la obra o proyecto, el Presidente de la comisión, al día siguiente
hábil de la recepción, informará por escrito a la Gerencia correspondiente de todo lo actuado
adjuntando el original del Acta de Recepción y el Informe Final.
d) Etapa de liquidación físico financiera de obra
Contando con el Acta de Recepción de Obra sin Observaciones y el Informe Final, el
Gerente de obras públicas, dispondrá, dentro de los dos días siguientes, mediante
memorándum, adjuntando la documentación mencionada, que la Subgerencia de
Liquidaciones proceda a elaborar el expediente de liquidación técnico financiera.
El Subgerente de Liquidaciones, luego de recepcionar la documentación, mediante
memorándum designa a un liquidador de obra para que realice la consolidación técnico-
financiera, de acuerdo al Anexo 02: Plantilla de Liquidación Técnico Financiera, en
coordinación con el liquidador financiero que es designado con el mismo documento, quien
elaborará la Liquidación Financiera en concordancia con el Anexo 03: Resumen de Gasto
Financiero, dentro de los plazos establecidos por las disposiciones legales.
Luego de consolidada la liquidación técnico-financiera será presentada en original y dos
copias, debidamente visadas por ambos liquidadores. El original servirá para tramitar la rebaja
de la Cuenta Construcciones en Curso (Construcción de edificios residenciales y no
residenciales, así como la construcción de otras estructuras) por parte de la Gerencia de
Finanzas; una copia se anexa al expediente de liquidación para la transferencia; y otra, para el
Archivo General de la entidad.
Luego de recibir el Expediente de Liquidación el Subgerente de Liquidaciones remitirá una
copia a la Gerencia de Finanzas para que se proceda a realizar la revisión y cruce de
información en el Área de Integración Contable Presupuestal y Financiera; contando con el
aval correspondiente se remitirá a la Gerencia de infraestructura pública para ser presentado a
la comisión de recepción y liquidación.
El Liquidador Técnico deberá implementar un cuadro de balance total versus el Costo real de
la obra.
Informe de Liquidación Técnico - Financiera
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La comisión luego de recibir el expediente procederá a la revisión y firma por parte de todos
los integrantes en señal de conformidad, dejándose constancia de la decisión de aprobación de
dicho expediente en el Acta correspondiente.
La comisión a continuación solicitará la aprobación por Resolución del expediente de
liquidación, a través de la Gerencia de infraestructura pública.
La Gerencia de obras públicas, derivará este pedido a la Gerencia de Asesoría Jurídica
acompañando el original y las dos copias, recibida la copia de la resolución de aprobación
acompañada del expediente de liquidación (original y copias), la Subgerencia de Liquidaciones
solicitará, a través de la gerencia de obras públicas, la rebaja de la Cuenta Contable
Construcciones en Curso ( Hoy denominado en el nuevo plan contable gubernamental como
construcción de edificios residenciales y no residenciales, así como construcción de otras
estructuras y trasladar a las cuentas correspondientes de : edificios residenciales, edificios no
residenciales o estructuras ), y coordinará con la comisión para la realización de la trans-
ferencia definitiva al sector correspondiente.
e) Consolidación técnico-financiera
Es el resultado final registrado en documentos resumen producto de la comparación entre el
costo total valorizado de obra actualizada (liquidación técnica), con el gasto financiero real de
la obra o proyecto (liquidación financiera).
f) Proceso de liquidación y recepción
Proceso Normal, cuando las acciones y actividades del proceso de recepción y liquidaciones
son realizadas por las personas y órganos competentes cumpliendo los requisitos, plazos y
formalidades establecidos por las normas legales y administrativas para la recepción,
liquidación y transferencia de las obras y proyectos.
Proceso de Regularización, cuando el proceso de recepción, liquidación y transferencia al que
ha sido sometido una obra o proyecto considera acciones y actividades complementarias al
proceso normal para regularizar su situación y cumplir con los requisitos y formalidades que
exige un proceso normal.
Liquidación de oficio
Es el proceso de liquidación y recepción de obra extemporánea, de aquellas obras que no
cuentan con los documentos sustentatorios suficientes de gasto, para determinar el valor del
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costo de la obra y proceder a su recepción, ya que la entidad lo realizara de oficio a través de
una resolución que aprueba su liquidación.
Por lo general éste tipo de liquidación se ejecuta cuando no existe evidencia suficiente de
documentación que respalde o sustente la ejecución de dicha obra, por omisión o negligencia
de funcionarios y responsables de la ejecución y liquidación.
g) Etapa de la transferencia
Consiste en el proceso de traslado o transferencia de propiedad del proyecto u obra liquidada
y recepcionado al sector correspondiente para su operatividad y mantenimiento, ejecutado
por la entidad, mediante el cual una obra o proyecto, previamente liquidada, pasa a formar
parte del patrimonio de la entidad receptora.
Inmediatamente después de conocida la Resolución correspondiente, de aprobación del
expediente de liquidación por la comisión de re-opción y liquidación, se procederá, dentro de
los dos días hábiles, a coordinar el lugar, fecha y hora para la realización de la transferencia al
sector correspondiente, formalizándose y solicitando la Resolución de designación de la
Comisión receptora del sector mediante oficio del Titular de la entidad.
En la fecha fijada se realizará el acto de transferencia definitiva con la presencia de ambas
comisiones, entregándose la documentación correspondiente que constara en Acta (original y
seis copias distribuidas como sigue: original y una copia para la entidad, una copia para cada
Comisión, una copia para el beneficiario, una copia para la autoridad correspondiente, una
copia para adjuntar al expediente de transferencia al sector) elaborada según el Anexo 04:
Acta de Transferencia Patrimonial.
La comisión hará llegar el original del Acta de Transferencia a la Gerencia de infraestructura
pública quien comunicará a su vez a la Dirección de Administración, a efectos de proceder a
descargar y dar de baja las cuentas contables correspondientes tanto del Activo como del
Patrimonio, de la entidad, el valor de liquidación de lo transferido, a través de las unidades
orgánicas correspondientes.
De acuerdo a la naturaleza de la obra o proyecto la comisión en pleno se reunirá a fin de
resolver las transferencias parciales o definitivas de las obras, proyectos y adquisición de
equipos a los sectores correspondientes.
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12. COMISIÓN DE RECEPCIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRANSFERENCIA
a) El Titular de la entidad designará mediante Resolución correspondiente a los
miembros de la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras , que
se encargará de las acciones correspondientes para su liquidación , y estará integrada
por:
· El Subgerente de Desarrollo Urbano Rural, o subgerencia de infraestructura pública
quien la presidirá.
· El responsable de Liquidaciones, como ejecutor técnico-financiero y actuará como
secretario.
· El responsable de proyectos y Obras, como responsable técnico.
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Taller Nº 1
1. ¿Describa Ud. qué factores se toman en cuenta para realizar una liquidación de una obra por Contrata y una por Administración Directa?
2. ¿Qué diferencias existen entre una obra a suma alzada y a precios unitarios?
Taller Nº 2
1. ¿En una obra a suma alzada puede haber adicionales de obra?
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INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DE LOS
TALLERES
1. Programa de Educación de Régimen Mixto (Semipresencial): ü En cada actividad presencial, se desarrollarán talleres sobre casos prácticos en los que
se aplicarán los conceptos del módulo de estudio. ü Los talleres desarrollados durante la clase, serán entregados al Docente-Expositor y
aquellos que no fueron concluidos y/o no revisados, quedarán como trabajo para la fase no presencial, debiendo presentarlo hasta la siguiente conferencia, en la oficina de coordinación o antes de ingresar al auditorio.
ü No se aceptará la presentación o envío de talleres mediante correo electrónico. ü Serán desarrollados en grupo de hasta 05 participantes como máximo.
2. Programa de Educación Virtual (Sistema a Distancia): ü El participante deberá desarrollar los talleres del Manual Autoinstructivo de cada
módulo, presentándolo en nuestra oficina de coordinación, según cronograma establecido.
ü Podrán desarrollarse en grupos de hasta 05 participantes como máximo, siempre que existan las facilidades de afinidad laboral – institucional, comunidad virtual o lugar de domicilio.
ü No se aceptará la presentación o envío de talleres mediante correo electrónico. Para la presentación de talleres, en cualquiera de los programas anteriores, se deberá consignar en la carátula del trabajo, lo siguiente:
¨ Nombre del Curso. ¨ Módulo al que corresponde el Taller. ¨ El o los autores. ¨ Ciudad en la que se desarrolla el curso. ¨ Fecha de presentación.
NOTA: Se sugiere conservar una copia de la carátula del trabajo presentado, en calidad de cargo, el mismo que deberá estar firmado y sellado por el personal que lo recepciona.
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BIBLIOGRAFÍA
1. LIQUIDACIÓN TÉCNICO-FINANCIERA DE OBRAS PÚBLICAS, Instituto
Pacífico, primera edición, Lima, Perú, 2010.
2. VALORIZACIONES Y LIQUIDACIONES DE OBRAS, Instituto de la
Construcción y Gerencia, Lima, Perú, 2009.
3. LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO, tercera
edición, Lima, Perú, 2012.