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México, D.F. abril de 2013 Kit de Bienvenida Alumnos de nuevo ingreso Maestría en Impuestos Finanzas 2013 1- Calendario1er Trimestre Maestría Finanzas 2- Mapa de ubicación IEE. 3- Diagrama de Inscripción a Posgrado. 4- Flyer MF-Abril 2013. 5- Guía de Admisión. 6- Carta de Bienvenida. 7- Política de Pagos MF-Abril 2013. 8- Proceso de Expedición de Certificado. 9- Reglamento de Biblioteca Mtro. Carlos Orozco Felgueres 10- Reglamento Interno IEE.

MF-IEE 2013

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KIT Maestria en Finanzas 2013

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Page 1: MF-IEE 2013

México, D.F. abril de 2013

Kit de Bienvenida Alumnos de nuevo ingreso

Maestría en Impuestos Finanzas 2013

1- Calendario1er Trimestre Maestría Finanzas

2- Mapa de ubicación IEE.

3- Diagrama de Inscripción a Posgrado.

4- Flyer MF-Abril 2013.

5- Guía de Admisión.

6- Carta de Bienvenida.

7- Política de Pagos MF-Abril 2013.

8- Proceso de Expedición de Certificado.

9- Reglamento de Biblioteca Mtro. Carlos Orozco Felgueres

10- Reglamento Interno IEE.

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MAESTRÍA EN FINANZAS

PROGRAMACIÓN CICLO 2013

Distrito Federal

Calendario de Clases 1er trimestre.

Distrito Federal Abril Mayo Junio

Diseño de Proyectos de

Investigación

Maestro Salvador Leaños Flores 9,16,23,30 7,14,21,28 4,11,18

horario

19:00 a 22:00 hrs.

Distrito Federal Abril Mayo Junio

Matemáticas Financieras Básicas

Maestro Héctor A. Garmendia

Alfaro 11,18,25 2,9,16,23,30 6,13,20

horario

19:00 a 22:00 hrs.

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Page 7: MF-IEE 2013

Protasio Tagle No. 95, Col. San Miguel Chapultepec, Deleg. Miguel Hidalgo CP. 11850,

México Distrito Federal 01 (55) 5277- 4588 / 86

www.ieedf.com.mx

Esta guía pertenece a:

Nombre: ___________________________________________________________________________

Calle: _______________________ No.: _________________ Colonia: ________________________

Delegación: _______________________ Ciudad: __________________ Estado ________________

CP: ____________ Teléfono: _____________________ E-mail: _____________________________

Page 8: MF-IEE 2013

INSTALACIONES

Page 9: MF-IEE 2013

PRESENTACIÓN DE LA GUÍA DE ADMISIÓN

Bienvenido al Instituto de Especialización para Ejecutivos.

A partir de este momento, formas parte de una de las instituciones de estudios superiores más importantes de

México, que ha marcado tradición en nuestro país.

Desde hoy te sumas a los más de cinco mil alumnos a nivel posgrado, respaldado por un centenar de

catedráticos y apoyado por decenas de trabajadores en el país que buscan generar agentes de cambio desde

nuestras aulas.

El IEE, fue creado en 1969 por el Mtro. Carlos Orozco Felgueres, con el propósito de que los profesionistas

mexicanos tuvieran acceso a estudios superiores especializados en las áreas fiscal, financiera y empresarial.

Desde hace 41 años el IEE, recibe y prepara a los mejores fiscalistas, además de desarrollar estrategas

empresariales de primer orden, quienes han sido acreedores a diversos reconocimientos tanto a nivel nacional

como internacional.

Nuestros catedráticos trabajan todos los días para formarte como un maestro de primer nivel, ¿para qué? Para

que tus conocimientos y habilidades sean parte fundamental del desarrollo del país.

A partir de ahora el IEE se convierte en una parte fundamental de tu vida. Aquí continuarás construyendo tú

futuro, con la ayuda de tus compañeros y profesores. Hoy tienes una gran oportunidad de desarrollo. Hoy, tú

también puedes ser parte de la historia de esta comunidad que se esfuerza por desarrollar - contigo -

Estrategas Empresariales.

Mucho Éxito

Lic. Raúl Moreno Cubas

Director

Instituto de Especialización para Ejecutivos

D.F.

Page 10: MF-IEE 2013

CONTENIDO

TEMA PÁGINA

Presentación de la Guía de Admisión 2012 ………………………………………………… 3

Breve Historia del IEE ……………………………………………………………………………. 5

Planteles, Presencia y Programas …………………………………………………………….. 9

Servicios y Beneficios a Estudiantes …………………………………………………………. 15

Servicios Escolares ………………………………………………………………………………. 16

Biblioteca..………………………………………………………………………………………….. 17

Titulación.…….……………………………………………………………………………………. 20

Derechos y Obligaciones..……………………………………………………………………… 22

Directorio IEE ……………………………………………………………………………………… 24

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BREVE HISTORIA DEL IEE

Mtro. Carlos Orozco Felgueres FUNDADOR DEL IEE

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El Instituto de Especialización para Ejecutivos (IEE) fue fundado, por el maestro Carlos Orozco Felgueres en 1969, como un

organismo privado de capacitación de excelencia en las áreas fiscal, financiera y empresarial mediante la impartición de

posgrados, diplomados y cursos especializados.

El IEE fue la primera Institución en revolucionar el mundo impositivo en México con la creación de los primeros diplomados

y maestrías en impuestos con lo cual se constituyó en líder en la materia.

El IEE es una sociedad civil dedicada a la enseñanza de posgrados con reconocimiento de validez oficial de estudios por la

Secretaría de Educación Pública y registro de donataria autorizada por la SHCP.

En nuestras aulas se han formado reconocidos fiscalistas y empresarios con una gran trayectoria en México y en el

extranjero.

Formar y desarrollar profesionales en las áreas del conocimiento fiscal, financiero y empresarial, a través de posgrados,

diplomados, cursos de especialización y otros medios educativos, con el fin de que, en su desempeño profesional, actúen

como agentes de superación y crecimiento en las organizaciones y en la sociedad a nivel nacional e internacional.

Consolidarnos como una institución educativa líder en el país en el desarrollo de profesionales especializados en las áreas

fiscal, financiera y empresarial.

Superación profesional dentro de un marco ético que impulse la eficacia, el

compromiso social, la integridad y la responsabilidad.

La nobleza de espíritu que fomente la lealtad, el esfuerzo continuado, la

perseverancia, la conciencia social en el desarrollo profesional y personal, así

como el respeto por ideas, culturas y costumbres distintas.

NUESTRO INCIO

MISIÓN

VISIÓN

VALORES

Page 13: MF-IEE 2013

Somos una Institución de enseñanza superior que aspira a conservar, incrementar, impartir y difundir el conocimiento y la

cultura, a fin de aplicarlos como instrumentos útiles de superación individual y colectiva.

Enarbola, como elementos de su filosofía, la libertad de pensamiento; el respeto por todo tipo de ideas y creencias; la

responsabilidad como ejercicio lúcido de la libertad; la objetividad que permite deslindar el conocimiento verdadero del

falso; la innovación académica permanente en las áreas de conocimiento que se imparten y el desarrollo equilibrado de los

aspectos profesionales del estudiante y de sus facultades profesionales.

Investigación

Espíritu de investigación entre estudiantes y catedráticos para generar y desarrollar conocimientos científicos y

tecnológicos, tanto en el área académica como en la aplicada. Los resultados obtenidos deben ser de utilidad inmediata

para el alumno y las organizaciones.

Creatividad e innovación

Espíritu creativo que fomente el pensamiento flexible e innovador para

utilizarse en acciones que conduzcan a la superación personal.

Vinculación Academia-Empresa

Vinculación academia-empresa para establecer un diálogo productivo que

genere mejores productos educativos en función de las circunstancias

particulares y nacionales

Actualización permanente

Actualización permanente de los programas a la par de los avances del

conocimiento, tanto en el plano nacional como internacional.

Aplicabilidad Inmediata e Interrelación de conceptos

Aplicabilidad inmediata de los conocimientos impartidos para que la teoría y la

práctica se armonicen en un desempeño profesional sólido y productivo.

FILOSOFÍA

IDEARIO

Page 14: MF-IEE 2013

Superación permanente

Superación permanente de la planta docente, personal académico y administrativo, tanto en sus aspectos profesionales

como personales, fortaleciendo el clima de confianza y respeto, promoviendo, además, la actitud participativa y

estableciendo los incentivos adecuados.

Destacada planta docente

Destacada planta docente vinculada a la práctica profesional que transmita eficazmente los conocimientos a la luz de sus

experiencias laborales cotidianas.

Generamos riqueza, contribuyendo de este modo al bienestar social y económico, contribuimos al desarrollo

integral de la educación y de la sociedad.

Actuamos con estrictas reglas de comportamiento ético, que determinen nuestra forma de entender la educación.

Participamos activamente en eventos de ayuda social.

Investigamos para aportar a la cultura y conocimiento en nuestro país.

Contamos con un amplio staff de expositores y catedráticos exitosos que responden a las exigencias que el país

necesita.

NUESTRO COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD SOCIAL

Page 15: MF-IEE 2013

PLANTELES, PRESENCIA Y PROGRAMAS

El IEE ofrece educación superior en las áreas fiscal financiera y empresarial, así como en sus

diversos planteles a nivel nacional.

Page 16: MF-IEE 2013

D.F.

Protasio Tagle # 95, Col. San Miguel Chapultepec CP. 11850

Tel.: 01 (55) 52 77 45 88 y 52 77 45 86

Lada: 01 800 020 08 91

GUADALAJARA

Sol # 2742, Col. Jardines del Bosque

Tel.: 01 (33) 47 77 74 33

Lada: 01 800 777 74 33

MONTERREY

Matamoros # 1705 Pte., Col. Obispado

CP. 64060

Tel.: 01 (81) 83 48 02 12 y 01 (81) 83 47 86 80

Lada: 01 800 711 48 02

MÉRIDA

Calle 25 No. 205-A por 22 y 24, Col García Ginerés

C.P. 97070

Tel. (999) 9200 890 y 9204 317

Lada 01 800 8325446

PLANTELES

Page 17: MF-IEE 2013

PRESENCIA

Mérida

D.F.

Guadalajara

Monterrey

Planteles

Page 18: MF-IEE 2013

DOCTORADO

Doctorado en Ciencias de lo Fiscal

REVOE: 2025317 con fecha del 20-12-02

MAESTRÍAS

Maestría en Impuestos

REVOE: 20091264 con fecha del 02-12-09

Maestría en Finanzas

REVOE: 20091272 con fecha del 02-12-09

Maestría en Gestión de Negocios

RVOE: 20101057 con fecha del 23-09-10

Programas:

Con la experiencia de más de 41 años en la capacitación, nuestro fin ha sido siempre preparar y actualizar a

directivos y ejecutivos mediante programas académicos de vanguardia con los especialistas más prestigiados

en las áreas de impuestos, financiera, legal, administrativa, mercadotecnia, ventas, laboral y empresarial.

Lineamientos:

Todos nuestros diplomados y cursos especializados tienen el fin de crear una visión analítica y estratégica de

los negocios.

Se desarrollan técnicas avanzadas que permiten una aplicación práctica e inmediata de los conocimientos

adquiridos mediante el estudio de casos específicos, simuladores de negocios y temas de vanguardia.

Nuestra Planta Docente:

Nuestros expositores son directores de empresas y prestigiados especialistas comprometidos con la calidad de

nuestros programas, quienes ofrecen su amplia experiencia.

PROGRAMAS

EDUCACIÓN CONTINUA

Page 19: MF-IEE 2013

DIPLOMADOS

Diplomado Excelencia en Impuestos.

Diplomado Integral, Fiscal y Laboral en Sueldos y Salarios.

Diplomado en Dirección de Negocios.

Diplomado en Excelencia Secretarial.

Diplomado en Mercadotecnia Estratégica.

Diplomado Derecho Fiscal y Corporativo.

Diplomado Derecho para Contadores.

Diplomado Dictaminadores Fiscales y Financieros.

Diplomado en Administración de Recursos Financieros.

Diplomado en Comercio Exterior.

Diplomado en Habilidades Gerenciales para Ejecutivos.

Diplomado en Administración Estratégica del Factor Humano.

Diplomado en Administración Pública.

Diplomado en Calidad Total.

Diplomado en Finanzas Bursátiles.

Diplomado en Formación de Dictaminadores.

Diplomado en Gestión por Competencias Laborales.

Diplomado en Recursos Humanos.

Diplomado para las Pequeñas y Medianas Empresas.

Diplomado en Habilidades Directivas y Ejecutivas.

SEMINARIOS Y TALLERES

Seminario de Actualización en Dirección Estratégica.

Seminario de Contabilidad para Abogados.

Seminario de Contabilidad para no Contadores.

Seminario de Costos.

Seminario de Fideicomisos.

Seminario y Taller de Impuestos.

Taller Estrategia Estructural.

Taller para la Elaboración y la Preparación de la Declaración Anual de Personas Físicas.

Taller para la Elaboración y la Preparación de la Declaración Anual de Personas Morales.

Taller para la Elaboración y la Preparación de la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo.

Taller para la Elaboración y la Preparación de la Declaración Anual de Sueldos y Salarios.

Taller para la Elaboración y la Preparación de la Declaración Anual de Empresas Transportistas y

Agropecuarias.

Page 20: MF-IEE 2013

CURSOS DE ACTUALIZACIÓN

Administración Eficiente de la Productividad de los

Recursos Humanos.

Administración de Proyectos.

Administración del Dinero en la Empresa.

Administración Efectiva del Tiempo.

Administración y Control de Inventarios.

Alta Planeación Fiscal, Financiera y Laboral de

Instituciones Educativas Privadas.

Auditorías Internas y Formación de Auditores.

Análisis Financiero Avanzado.

AFORE

Balance Score Card.

Boletín B-10.

Boletín B-12.

Boletín C-8 Activos Intangibles.

Boletín C-9: Pasivo, Provisiones, Activos y Pasivos, Contingentes y Compromiso.

Boletín D-4.

Coaching: “Una forma de liderar”.

Comunicación Escrita para Ejecutivos.

Integración de Equipos Efectivos de Trabajo de Alto

Desempeño.

Team Building

Imagen del Poder del Ejecutivo del Siglo XXI.

Motivación y Orientación al Logro de Resultados.

Negociación Efectiva.

Ortografía, Práctica y Redacción.

Atención al Cliente

Toma de Decisiones

Imagen Personal

Entre otros más.

Calidad en el Servicio

Coaching

Presentaciones de Alto Impacto

SERVICIOS Y BENEFICIOS A ESTUDIANTES

Page 21: MF-IEE 2013

El IEE, le

proporciona al

estudiante

elementos que

favorecen su

desarrollo

integral,

permitiéndole

conformar un

proyecto de vida

y su inserción en

el mundo social

y productivo, en

el marco de la

cultura y valores

del Instituto, a

través de los

siguientes

convenios:

A) Solicitar

descuentos para asistir a los programas de Educación Continua que imparte el IEE. B) 10 % de descuento en Libros a la venta en el IEE.

Page 22: MF-IEE 2013

SERVICIOS ESCOLARES

PRINCIPALES ACTIVIDADES DE

SERVICIOS ESCOLARES

a).- Proceso de Reinscripción.

b).- Cotejo de documentos en expediente, es de suma importancia el que los expedientes

cuenten con toda la documentación a más tardar al termino del primer trimestre, o

de lo contrario no podrá continuar con sus estudios de Maestría.

c).- Información de calificaciones.

d).- Información de bajas temporales y definitivas.

f).- Constancias parciales o totales (costo por constancia de $ 60.00).

g).- Certificados de estúdio.

h).- Proceso de titulación.

i).- Atención personalizada con cada uno de los alumnos.

Page 23: MF-IEE 2013

BIBLIOTECA

El fluir de datos e información, el ir venir de las noticias en el momento en que suceden, es el resultado de la

investigación.

Puntos Fundamentales Reglamento de la Biblioteca

“Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

De Los Servicios:

a. Préstamo interno en sala.

* Para hacer uso del mismo y deberá registrarse debidamente en el libro de la Biblioteca.

b. Préstamo a domicilio.

*. Sólo se pueden facilitar tres volúmenes para préstamo a domicilio y sólo dos podrán ser de un mismo

Titulo.

*. Podrán renovarse hasta dos veces consecutivas, siempre y cuando el material no haya sido reservado

por otro usuario.

Page 24: MF-IEE 2013

*. El periodo de préstamo es de 6 días hábiles.

c.- Préstamo Inter bibliotecario.

a) La Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”, mantiene convenios de préstamo inter bibliotecario con

varias instituciones de la ciudad de México, bajo el código de la ABIESI. Este servicio consiste en la facilidad de

poder solicitar, por medio de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” materiales existentes en otras

bibliotecas.

b) Para el préstamo inter bibliotecario, el término de devolución estará sujeto a lo que señale el

Reglamento de la biblioteca prestataria y esos ejemplares no serán facilitados en préstamo a domicilio.

d.- Orientación e información a usuarios.

f. Fotocopiado.

Consiste en la foto duplicación de los materiales que forman parte de la colección de la Biblioteca. Este servicio

se proporciona con las siguientes características:

I. A usuarios tanto internos como externos.

II. El costo de este servicio será cubierto por el solicitante en la caja.

III. Este servicio tendrá un horario de lunes a jueves de 15:30 a 19:30 hrs.; los viernes

de15:30 a 18:30 hrs. y el sábado de 9:00 a 13:00 hrs.

IV. La entrega del material fotocopiado se hará: de 1 a 50 hojas, el mismo día y de 50 hojas

en adelante al siguiente día hábil.

De Las Obligaciones:

Las obligaciones de los usuarios son las siguientes:

a) Cumplir con todas las disposiciones del presente reglamento.

b) Obtener la credencial vigente que lo acredite como estudiante de posgrado.

c) Las credenciales son intransferibles. Se hace acreedor a una sanción el alumno que

presente una credencial que no sea la suya.

d) Responsabilizarse del material de los acervos que le sea proporcionado para consulta

bajo cualquier forma de préstamo y respetar las fechas que se establezca para su

devolución.

e) El usuario debe notificar al responsable de la biblioteca de los daños y/o mutilaciones

que presente el material y equipo que utilice, con la finalidad de delimitar

responsabilidades.

f) Deberá devolver sin deterioro alguno el material solicitado, a más tardar en la fecha

indicada en la hora de devolución.

g) Respetar el horario de servicio.

h) Guardar silencio.

i) Contribuir a mantener en buen estado el material bibliográfico y las instalaciones.

j) No utilizar las instalaciones con propósitos diferentes a su finalidad.

k) No fumar.

Page 25: MF-IEE 2013

l) No ingresar, ni consumir alimentos.

No podrán ser objeto de préstamo, para uso fuera de las instalaciones de la Biblioteca y del Instituto:

a) Mobiliario y equipo.

b) Tesis.

c) Anuarios.

d) Diccionarios

e) Obras raras, costosas o agotadas.

f) Publicaciones periódicas.

Page 26: MF-IEE 2013

TITULACIÓN

La culminación de los estudios será cuando el alumno obtenga el grado de maestro y la cédula en cualquiera

de los posgrados del Instituto.

PROCESO DE TITULACIÓN

El proceso de titulación inicia al cumplir el alumno con el programa académico de las maestrías en (IMPUESTOS,

GESTIÓN DE NEGOCIOS, FINANZAS) ó el (DOCTORADO EN CIENCIAS DE LO FISCAL.

El alumno se dirige al área de Servicios Escolares.

1.- Servicios Escolares verifica, en el sistema académico, que el alumno haya cursado las materias que

conforman el programa académico y que tenga calificación aprobatoria en cada una de ellas. (La calificación

mínima aprobatoria es de 8 (ocho).

2.- Servicios Escolares verifica con Control, si el alumno está al corriente de colegiaturas.

3.- Control verifica y entrega a Servicios Escolares, carta de NO ADEUDO del alumno, con lo que se corrobora

que no tenga ningún pendiente. (Colegiaturas y Biblioteca).

Page 27: MF-IEE 2013

4.- Servicios Escolares revisa que el expediente del alumno se encuentre completo, el cual debería de estar al

100% desde el primer trimestre de clases o de lo contrario no hubiese concluido el programa académico.

5.- Servicios Escolares informa al alumno del costo de titulación, las formas de pago y tiempo de entrega de

documentos.

6.- Servicios escolares inscribe al alumno al seminario de tesis, con lo cual inicia su proceso de

Titulación (elaboración de tesis y posteriormente examen de grado).

7.- En el caso de que el alumno obtenga como promedio general de todas asignaturas 9.8

(Cerrado), su titulación será automática.

Page 28: MF-IEE 2013

DERECHOS Y OBLIGACIONES

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

El alumno tendrá los siguientes derechos académicos

I. A recibir de Servicios Escolares, al inicio del curso; el plan de sesión con programas de cada materia,

objetivos, forma de evaluación de su desempeño, bibliografía, normas a las que se sujeta y demás

detalles sobre el desarrollo del curso. (vía electrónica).

II. A solicitar la intervención de la Coordinación de Posgrado e Investigación en caso de inconformidad

con el resultado de alguna evaluación académica que le haya sido aplicada. Si la Coordinación de

Posgrado e Investigación no escucha su querella podrá acudir al Director de Plantel.

III. A que se le expidan las Constancias, Certificados Parciales y Totales y el Grado de Maestría o

Doctorado que acrediten sus estudios y su situación administrativa y escolar. Siempre y cuando NO

tenga adeudo de colegiaturas.

Una vez inscrito el alumno queda obligado con lo siguiente:

I. Observar los ordenamientos, normas y políticas vigentes en la Institución tanto en aspectos

académicos como administrativos.

II. Dentro de cualquier plantel de la Institución deberá guardar una conducta adecuada y mantener

actitud respetuosa y atenta con los Catedráticos, Funcionarios y Autoridades Administrativas y

Académicas de la Institución.

Page 29: MF-IEE 2013

III. El alumno deberá evitar actividades que perturben la tranquilidad para la realización de las

actividades académicas.

IV. El alumno deberá de abstenerse de cometer actos contrarios a la moral y respeto que entre si se

deben los miembros que integran la Institución.

V. El alumno deberá abstenerse de hacer declaraciones públicas a nombre del IEE o cualquiera de sus

integrantes.

VI. El alumno tendrá la obligación de asistir regular y puntualmente a las clases y realizar los trabajos

inherentes a las asignaturas que cursen, en el lugar y hora previamente fijados. Mínimo de asistencia

el 80%.

VII. Si un alumno acumula más del 20% de inasistencias a una materia, es dado de baja técnicamente y

pierde derecho a calificación de dicha asignatura. La asignatura se considera como reprobada y

deberá recursarla. También deberá cubrir la totalidad de la cuota correspondiente a dicha

asignatura.

Page 30: MF-IEE 2013

DIRECTORIO IEE

Rector Instituto de Especialización para Ejecutivos M. en C. Salvador Leaños Flores [email protected] 5277-4588 Director del Instituto de Especialización Para Ejecutivos L.C.C. Raúl Moreno Cubas [email protected] 5277-4588 Ext. 105

Coordinador de Control L.C. Carlos Arredondo Rodríguez [email protected] 5277-4588 Ext. 147

Coordinador de Posgrado e Investigación: Lic. Marco Antonio González Castro [email protected] 5277-4588 Ext. 112 Coordinador de Admisiones a Posgrado. L.C.C. Fernando García García. [email protected] 5277-4588 Ext. 131

Coordinadora de Cursos Internos Lic. Esperanza Salazar Aviluz [email protected] 5277-4588 Ext. 135

Coordinador de Educación Continua Armando Vargas [email protected] 5277-4588 Ext. 120

Coordinadora de Comercialización Lic. M Adriana Cardoso Santillan [email protected] 5277-4588 Ext. 104

Page 31: MF-IEE 2013

CARTA DE BIENVENIDA

Bienvenido (a) al Instituto de Especialización para Ejecutivos, es

un honor que te integres a nuestra Institución y sumarte a este

compromiso que implica formarte como empresario de clase

mundial con un perfil humanístico y profesional.

Requerimos que centres toda tu pasión, atención, dedicación,

disciplina, creatividad, entusiasmo y talentos para alcanzar el

objetivo, ser un empresario exitoso.

Recuerda que la pasión enfocada a trascender da resultados

extraordinarios.

Atentamente

Mtro. Salvador Leaños

Dirección General

Page 32: MF-IEE 2013

Estimado (a) alumno:

Recibe la más cordial bienvenida al ciclo escolar 2013, de la Maestría en Finanzas.

A continuación se detallan las fechas y opciones de pago para el ciclo

PAGO DE LA MATERÍA

$ 6,825.00 (seis mil ochocientos veinticinco pesos 00/100 M.N), costo por materia.

dos materias obligatorias por trimestre

A LIQUIDAR EN CUALQUIERA DE ESTAS DOS OPCIONES

1. Pago total del trimestre en una sola exhibición con descuento del 10%

$12,757.50 (Doce mil setecientos cincuenta y siete pesos 50/100 M.N), costo normal $14,175.00 si se realiza

dicho pago antes del 08 de abril de 2013.

2. En parcialidades:

Vencimiento Importe

1ER PAGO antes del 08 de abril $ 4,725.00

2DO PAGO hasta el 10 de mayo $ 4,725.00

3ER PAGO hasta el 07 de junio $ 4,725.00

Agradeceremos tu puntualidad, sin embargo en el caso de que efectúes tu pago después de la fecha de vencimiento,

causará el 4.5% mensual acumulativo por recargo.

Cualquier duda o aclaración estoy a sus órdenes.

L.C. Carlos Arredondo Rodríguez

Coordinador de Control

[email protected]

Srita. Marisol Flores.

[email protected]

TEL. (0155) 52.77.45.88.

Ext. 145 y 147

01800-020 0891 (lada sin costo)

www.ieedf.com.mx

Page 33: MF-IEE 2013

Expedición de Certificado de Maestría y

Doctorado.

Solicitud y pago del certificado

Revisión del Sistema Académico

Elaboración de certificado y

recopilación de firmas

Trámite de Autenticación ante la S.E.P.

Tiempo aprox. de trámite

4 meses para la entrega de certificado

Aviso al alumno de entrega

de certificado

Entrega del certificado al alumno

Haber cubierto el 100% de los

créditos de la Maestría y/o

Doctorado

Revisión de Expediente en el área de

Servicios Escolares

Page 34: MF-IEE 2013

Reglamento de la Biblioteca Mtro. Carlos

Orozco Felgueres

Page 35: MF-IEE 2013

Reglamento de Biblioteca

1

LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE ESPECIALIZACIÓN PARA EJECUTIVOS HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA MTRO. CARLOS OROZCO FELGUERES

Capítulo 1 De los Objetivos y las Funciones 2

Capítulo 2 De los Servicios que Ofrece 3

Capítulo 3 De los Usuarios 5

Capítulo 4 De las Obligaciones 6

Capítulo 5 Del Horario de Servicio 7

Capítulo 6 De los Requisitos de Acceso 8

Capítulo 7 Adquisición de Materiales 9

Capítulo 8 Sanciones 10

Transitorios 12

Page 36: MF-IEE 2013

Reglamento de Biblioteca

2

CAPITULO 1

DE LOS OBJETIVOS Y LAS FUNCIONES

Artículo 1

Los servicios de la Biblioteca tienen como objetivo satisfacer las necesidades de información y consulta de los catedráticos, estudiantes adscritos a los programas de Posgrado del Instituto de Especialización para Ejecutivos, (I.E.E.), investigadores, académicos que colaboran en este Instituto, así como a los estudiantes y docentes e investigadores de otras instituciones con las que el I.E.E. haya establecido convenios de intercambio en servicios bibliotecarios. Artículo 2

Las funciones a desarrollar por el personal adscrito a la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” son:

a. Adquirir, actualizar, organizar, conservar y difundir el acervo bibliográfico para apoyar los proyectos de investigación del Instituto.

b. Brindar los servicios al público, necesarios para apoyar dichos proyectos.

c. Proporcionar información a los usuarios externos que lo requieran.

d. Vigilar el cumplimiento de este reglamento.

e. Responder y dar solución a las quejas y sugerencias que guarden los usuarios ya sean estas correspondientes al funcionamiento de la Biblioteca, como de las solicitudes bibliográficas que hayan solicitado.

CAPITULO 2 DE LOS SERVICIOS QUE OFRECE

Artículo 3

a. Préstamo interno en sala.

Este servicio consiste en facilitar el material documental de los usuarios dentro de los límites físicos del área de la Biblioteca, con las siguientes características:

i. Lo podrá solicitar todo usuario que lo solicite y que cumpla con los requisitos administrativos correspondientes.

Page 37: MF-IEE 2013

Reglamento de Biblioteca

3

ii. Para hacer uso del mismo deberá registrar su evaluación en el libro de la Biblioteca.

b. Préstamo a domicilio.

Este servicio consiste en facilitar el material de consulta fuera del área física de la Biblioteca con las siguientes características:

i. Sólo se pueden facilitar tres volúmenes para préstamo a domicilio y sólo dos podrán ser de un mismo Titulo.

ii. Podrán renovarse hasta dos veces consecutivas, siempre y cuando el material no haya sido reservado por otro usuario. Excepción expresa de las Revistas que solo cuentan con un préstamo de 6 días hábiles.

iii. El periodo de préstamo es de 6 días hábiles. c.- Préstamo Interbibliotecario.

a) La Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”, mantiene convenios de préstamo interbibliotecario con varias instituciones de la ciudad de México, bajo el código de la ABIESI. Este servicio consiste en la facilidad de poder solicitar, por medio de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” materiales existentes en otras bibliotecas.

b) Para el préstamo interbibliotecario, el término de devolución estará sujeto a lo que señale el Reglamento de la biblioteca prestataria y esos ejemplares no serán facilitados en préstamo a domicilio.

d. Acceso a Internet inalámbrico A este servicio podrán acceder únicamente los alumnos, catedráticos, expositores y personal administrativo, los cuales deberán traer laptop con tarjeta de red inalámbrica 802.11G estándar de comunicación. e. Orientación e información a usuarios.

Este servicio será brindado tanto a usuarios internos como externos.

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Reglamento de Biblioteca

4

f. Fotocopiado.

Consiste en la reproducción de los materiales que forman parte de la colección de la Biblioteca. Este servicio se proporciona con las siguientes características:

i. A usuarios tanto internos como externos.

ii. El costo de este servicio será cubierto previamente por el solicitante en la caja.

iii. Este servicio tendrá un horario de lunes a jueves de 15:30 a 19:30 hrs.; los viernes de15:30 a 18:30 hrs. y el sábado de 9:00 a 13:00 hrs.

iv. La entrega del material fotocopiado se hará: de 1 a 50 hojas, el mismo día y de 50 hojas en adelante al siguiente día hábil.

v. Es responsabilidad del alumno en verificar previamente que el material que se le entrega cumpla con las especificaciones solicitadas ya que una vez hecha la entrega no será responsabilidad del personal de biblioteca cualquier queja al respecto.

CAPITULO 3 DE LOS USUARIOS

Artículo 4

Pueden ser usuarios de los servicios que brinda la Biblioteca quienes reúnan una o más de las siguientes características:

Usuario Interno:

1. Alumno activo en los programas académicos de la Dirección de Posgrado e Investigación de acuerdo al reglamento correspondiente.

2. Catedráticos y/o expositores de las Direcciones de Posgrado e Investigación y Educación Continua.

3. Miembros del Consejo Técnico Doctoral de la Dirección de Posgrado e Investigación.

4. Los administrativos que conforman las diferentes áreas del instituto de Especialización para Ejecutivos.

5. Los usuarios de otras instituciones con las que se tengan celebrados convenios de acuerdo al Artículo 1 de este reglamento.

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Reglamento de Biblioteca

5

Usuario Externo:

1. Toda aquella persona ajena a la Institución que cumpla con los requisitos administrativos correspondientes y que deseara consultar el acervo bibliohemerográfico.

CAPITULO 4 DE LAS OBLIGACIONES

Artículo 5

Las obligaciones de los usuarios son las siguientes:

a) Cumplir con todas las disposiciones del presente reglamento.

b) Obtener la credencial vigente que lo acredite como estudiante de posgrado.

c) Las credenciales son intransferibles. Se hace acreedor a una sanción el alumno que presente una credencial que no sea la suya.

d) Responsabilizarse del material de los acervos que le sea proporcionado para consulta bajo cualquier forma de préstamo y respetar las fechas que se establezca para su devolución.

e) El usuario debe notificar al responsable de la biblioteca de los daños y/o mutilaciones que presente el material y equipo que utilice, con la finalidad de delimitar responsabilidades.

f) Deberá devolver sin deterioro alguno el material solicitado, a más tardar en la fecha indicada en la hora de devolución.

g) Respetar el horario de servicio.

h) Guardar silencio.

i) Contribuir a mantener en buen estado el material bibliográfico y las instalaciones.

j) No utilizar las instalaciones con propósitos diferentes a su finalidad.

k) No fumar.

l) No ingresar, ni consumir alimentos.

Son obligaciones de los usuarios externos:

m) Las estipuladas en el Reglamento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” que a la letra dice:

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Reglamento de Biblioteca

6

n) Presentar una identificación personal vigente, para el caso de sacar, consultar y/o fotocopiar los materiales , mismas que podrán ser:

a. Credencial de elector.

b. Cédula profesional

c. Cartilla Militar.

d. Licencia de manejo.

a. Pasaporte

Artículo 6

No podrán ser objeto de préstamo, para uso fuera de las instalaciones de la Biblioteca y del Instituto:

a) Mobiliario y equipo.

b) Tesis.

c) Anuários

d) Diccionarios

e) Obras únicas, costosas o agotadas.

CAPITULO 5

DEL HORARIO DE SERVICIO

Artículo 7

El horario de funcionamiento de la Biblioteca para el servicio de consulta, es de lunes a jueves de 15:30 hrs. a 21:30 hrs., viernes 15:30 a 20:30 hrs. y los sábados de 9:00 a 14:00 hrs.

Artículo 8

El horario de préstamo interbibliotecario es de 15:30 hrs. a 21:30 hrs., y los sábados de 9:00 a 14:00 hrs.

Artículo 9

La biblioteca suspenderá su servicio:

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Reglamento de Biblioteca

7

En forma total:

a) Los días de descanso que señale la Ley Federal del Trabajo y los que las autoridades académicas consideren convenientes.

b) Por causas de fuerza mayor.

Por horas:

a) Con motivo de reuniones de trabajo que involucren a todos los miembros del personal del I.E.E.

b) Cuando la Dirección General del Instituto requiera del personal responsable de la Biblioteca.

En todos los casos se pondrán avisos en lugares visibles e identificados por los usuarios.

Artículo 10

Los usuarios no podrán ingresar a la biblioteca fuera de los horarios de servicio.

Artículo 11

Queda estrictamente prohibido sustraer cualquier documento o libro que forme parte del acervo, del lugar destinado a la Biblioteca y de las instalaciones del I.E.E. Toda consulta deberá ser efectuada dentro del recinto académico, salvo en el caso de préstamo a domicilio, para lo cual deberá observarse lo estipulado en el capítulo correspondiente.

CAPITULO 6 DE LOS REQUISITOS DE ACCESO

Artículo 12

Para el acceso y préstamo interno del acervo bibliográfico de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” los usuarios deben presentar:

a) Credencial vigente, tratándose de alumnos de posgrado.

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Reglamento de Biblioteca

8

b) Credencial y/o autorización de la Dirección de Posgrado e Investigación, tratándose de catedráticos, expositores y/o miembros del Comité Técnico de la Dirección de Posgrado e Investigación.

c) Credencial y/o autorización de la Dirección General, tratándose de empleados y otros.

d) Identificación oficial para usuarios externos.

e) Llenar la papeleta respectiva para este efecto, tanto en préstamo a domicilio

como interno.

CAPITULO 7 ADQUISICIONES DE MATERIALES

Artículo 13

Las sugerencias podrán ser recabadas mediante dos vertientes

a. El responsable de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” solicitará al inicio de cada ciclo escolar (trimestre) la participación de los profesores para la actualización y renovación del acervo bibliográfico de los diferentes programas académicos que imparte el Instituto de Especialización para Ejecutivos con la finalidad de que se lleve a cabo la compra de dicho acervo, siempre esto de acuerdo a presupuesto.

b. Mediante el libro de evaluación que se encuentra en la biblioteca, recopilando las

sugerencias de los alumnos en cuanto a materiales bibliográficos que puedan requerir y no se encuentren en el acervo.

Artículo 14 La Biblioteca notificará por medio de avisos colocados en los espacios correspondientes, de la adquisición de material bibliográfico para su consulta por parte de alumnos, catedráticos y quien a sí lo requiera, así como también se servirá de los correos personalizados dirigidos a los solicitantes de material notificando de la situación que guarde este.

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Reglamento de Biblioteca

9

CAPITULO 8 SANCIONES

Artículo 15

El incumplimiento de alguna o varias de las disposiciones aquí señaladas por parte de los usuarios, será motivo de suspensión (baja) dependiendo de la magnitud de la falta esta podrá ser:

a) Temporal

b) Definitiva

Artículo 16

En el caso de extraviar material de la Biblioteca, el usuario deberá cubrir el costo ó repondrá los materiales y será acreedor a la suspensión del servicio hasta reponer el mismo, excepto en situaciones extraordinarias, mismas que serán valoradas por la coordinación de Posgrado e Investigación.

Artículo 17

El retraso en la devolución del material obtenido en préstamo a domicilio, será sancionado con tiempo de no-préstamo, durante un mes.

Artículo 18

Al usuario que tenga deudas pendientes de pagar al I.E.E., se le suspenderán todos los servicios hasta que liquide su adeudo.

Artículo 19

En el caso de extravío y/o daño material cuya reposición no sea posible por encontrarse fuera de catálogo, el usuario deberá reponer tres obras que sean señaladas por la Coordinación de Posgrado e Investigación para que cubran y/o sustituyan el material no recuperado.

Artículo 20

Mientras el usuario tenga material con fecha vencida de préstamo, no se le facilitará nuevo material.

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Reglamento de Biblioteca

10

Artículo 21

El usuario que solicite el material bibliográfico en préstamo interno y se lo lleve a su domicilio, tendrá una suspensión de servicio por dos semanas.

Articulo 22

Al usuario se le suspenderá el derecho de utilizar los servicios de la Biblioteca:

i. Si es encontrado responsable de robo.

ii. Por causar daño a los bienes o instalaciones.

iii. Por haber sido expulsado del Instituto de Especialización para Ejecutivos ó encontrarse su caso en proceso por infringir la disciplina del Instituto, recuperando su calidad de usuario una vez que sea condonada su falta o tenga un fallo favorable por la Coordinación de Posgrado e Investigación.

Artículo 23

El responsable de la biblioteca enviará a Servicios Escolares un reporte de alumnos que tengan adeudos de libros, una semana antes de finalizar el ciclo escolar , con el fin de que cubran dichos adeudos y tener derechos a reinscribirse, así como de hacer uso de las prestaciones que ofrece la Biblioteca.

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Reglamento de Biblioteca

11

TRANSITORIOS

Artículo primero:

El presente reglamento entrará en vigor a partir del ciclo escolar 2013-2 (11 de enero de 2013), derogando los que con anterioridad estuvieren vigentes.

Artículo segundo:

Lo no previsto en este reglamento será resuelto por la Coordinación de Posgrado e Investigación del Instituto de Especialización para Ejecutivos, y considerará la necesidad y/o conveniencia de incorporarlo al cuerpo del mismo.

Lic. Laura I. Orozco Loya

EL PRESIDENTE DE LA H. JUNTA DE CONSEJO

Lic. Bertha Nayeli Calderón Vargas

SECRETARIO DE ACUERDOS

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Reglamento de Biblioteca

12

REGLAMENTO

Y

ESTATUTOS

DEL

INSTITUTO

DE

ESPECIALIZACIÓN

PARA

EJECUTIVOS

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Reglamento de Biblioteca

13

México, D.F., 2012

ÍNDICE

CAPÍTULO 1

GENERALIDADES .................................................................................... 4

CAPÍTULO 2

DE LA INSTITUCIÓN .............................................................................. 6

CAPÍTULO 3

EL MODELO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ............................................ 18

CAPÍTULO 4

DE LOS ORGANISMOS INTERNOS QUE INTERVIENEN EN LA INTERPRETACIÓN, APLICACIÓN Y

EVALUACIÓN DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO ..................................................................... 21

CAPÍTULO 5

EL PERSONAL ACADEMICO .................................................................... 23

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Reglamento de Biblioteca

14

CAPÍTULO 6

DE LOS ALUMNOS .................................................................................. 28

CAPÍTULO 7

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS ................... 34

CAPÍTULO 8

DE LAS RESPONSABILIDADS Y SANCIONES ....................................... 36

CAPÍTULO 9

OBTENCIÓN DE GRADO ....................................................................... 37

CAPÍTULO 10

OBTENCIÓN DEL DIPLOMA .................................................................. 46

CAPÍTULO 11

DE LAS BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS ..................................... 52

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Reglamento de Biblioteca

15

CAPÍTULO 12

DE LA ADMINISTRACIÓN Y CONTROL ESCOLAR ............................... 56

CAPÍTULO 13

DREVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS ......................... 57

CAPÍTULO 14

DE LOS SERVICIOS DE APOYO ........................................................... 58

CAPÍTULO 15

DE LAS CUOTAS Y PAGOS ................................................................... 59

CAPÍTULO 1

GENERALIDADES

Artículo 1. Del ámbito de la observancia

I) EL INSTITUTO DE ESPECIALIZACIÓN PARA EJECUTIVOS S.C. tiene su matriz

en la Ciudad de México y cuenta con planteles establecidos en diversas ciudades del país.

II) Este reglamento considera al INSTITUTO DE ESPECIALIZACIÓN PARA EJECUTIVOS S.C. como un sistema constituido por los estudiantes y docentes en cualquiera de sus planteles actuales y programas de estudio que se

imparten en cualquiera de dichos planteles; por sus órganos de gobierno académico y por el cuerpo de administración escolar considerado en su

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Reglamento de Biblioteca

16

totalidad, en lo sucesivo se utilizarán las siglas IEE o el término “instituto”

para designarlo.

III) En el sentido anterior, el presente reglamento es de observancia general para

todo el instituto. Artículo 2. De la vigencia

I) El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por

la Secretaría de Educación Pública y deroga todos los reglamentos anteriores. Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recepción del Reglamento y Estatutos aprobados por la SEP, EL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO1

del instituto lo publicará en todos los planteles y le dará la debida difusión para que todo el IEE tenga conocimiento del mismo.

Artículo 3. De las reformas

I) El presente reglamento estará sujeto a cambios cuando así lo demanden las necesidades y desarrollo del instituto o para ajustarse a las disposiciones y sugerencias oficiales de la Dirección General de Educación Superior (DGES)

de la Secretaría de Educación Pública (SEP). También para poder adoptar las normas emitidas por otras instituciones de carácter indicativo que el IEE considere convenientes. Entre dichas instituciones se considera, no

1

Como se definen en el ARTÍCULO 10, fracciones I A III

Limitativamente a: la Asociación de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior (ANUIES), la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de

Enseñanza Superior (FIMPES), la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), el Consejo Coordinador Empresaria (CCE), la Secretaria de Hacienda y Crédito Público

(SHCP), Instituto Politécnico Nacional (IPN) Secretaria de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI), etc.

II) El Consejo Técnico Consultivo Académico es el único organismo con autoridad para discutir y aprobar los cambios propuestos al presente Reglamento. Cualquier miembro del IEE podrá hacer propuestas de modificación del

presente reglamento enviándolas al Consejo Técnico Consultivo Académico a través de los DIRECTORES DE PLANTEL2.

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Reglamento de Biblioteca

17

CAPÍTULO 2

DE LA INSTITUCIÓN Artículo 4. De la personalidad y fines

I) El Instituto de Especialización para Ejecutivos, es una Sociedad Civil,

constituida por la Escritura Pública No. 53059 de la fecha 10 de Abril de 1970,

ante la fe del Notario Público No. 30 del D.F. Dic. Francisco Villalón Igartúa, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en la Ciudad de México, en la Sección Cuarta, libro 35 de

Asociaciones Civiles a fojas 194 y en el número 82, y sufrió “cambios de A.C. a Sociedad Civil” en diciembre del 2001, con el objeto de adaptarse a las nuevas necesidades del país.

II) En Instituto de Especialización para Ejecutivos S.C. tiene como fines: fundar,

promover, fomentar, patrocinar, subvencionar, administrar y dirigir Instituciones o Escuelas de Educación Superior en los niveles de Posgrado y de Educación continua.

Artículo 5. De la adscripción Legal

I) El Instituto buscará sistemáticamente, para sus programas de Posgrado, la incorporación o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) ante la Secretaria de Educación Pública de los Estados y de la Federación y ante las

instituciones educativas que recomiende el Consejo Técnico.

2 Cuyo perfil se señala en el ARTÍCULO 10, fracciones VXII A XXVII Artículo 6. De la filosofía y misión

I) El IEE es una institución de Enseñanza superior que aspira a conservar,

incrementar e impartir y difundir el conocimiento y la cultura a fin de aplicarlos como instrumentos útiles de superación individual y colectiva.

Enarbola como elementos de su filosofía, la libertad de pensamiento, el respeto por todo tipo de ideas y creencias, la responsabilidad como ejercicio lúcido de la libertad, la objetividad que permite deslindar el conocimiento

verdadero del falso, la innovación académica permanente en las áreas de conocimiento que se imparten y, el desarrollo equilibrado de los aspectos profesionales del estudiante y de sus facultades personales.

II) Los valores de esta filosofía que se manifiestan y promueven son:

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Reglamento de Biblioteca

18

A) Superación profesional dentro de un marco ético que impulse la eficacia, el

compromiso social, la integridad y la responsabilidad, entre otros.

B) La defensa de los valores y derechos fundamentales del ser humano sin

compromiso con ningún tipo de ideas políticas o religiosas.

C) La nobleza de espíritu que fomenta la lealtad, el esfuerzo continuado, la

perseverancia, la conciencia social y la satisfacción espiritual en el desarrollo profesional y personal, así como el respeto por todo tipo de ideas, culturas y

costumbres distintas.

D) La excelencia en la impartición del conocimiento, así como la generación,

transmisión y aplicación del mismo, dentro de un marco de vanguardia permanente que sea pluralista y comprometido.

III) La misión del IEE es formar y desarrollar profesionales en las áreas del

conocimiento fiscal, financiero y empresarial a través de posgrados,

diplomados, cursos especializados y otros medios educativos; con el fin de que actúen como agentes de superación y crecimiento, en las organizaciones y en la sociedad.

Artículo 7. De la Organización General

El instituto tiene una JUNTA DE GOBIERNO, un RECTOR, un DIRECTOR que cumple con funciones educativas y coordinación del funcionamiento de todos los

planteles del IEE; cada plantel tiene un DIRECTO DE PLANTEL. El instituto cuenta con un CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ACADEMICO que es un órgano de planeación de los asuntos académicos generales del IEE y que además es un grupo promotor de la

excelencia académica dentro de la institución. Para vigilar el cumplimiento del presente Reglamento, en el instituto se ha constituido una COMISIÓN DE HONOR.

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Reglamento de Biblioteca

19

Figura 1

Artículo 8. De la Organización de los Planteles I. La operación de cada plantel esta a cargo de un Director de Plantel. En cada uno

podrán, existir las siguientes Divisiones:

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Reglamento de Biblioteca

20

A) Coordinación Corporativa B) Coordinación de Posgrado e Investigación C) Coordinación de Educación Continua

D) Coordinación de Cursos Corporativos in Company E) Coordinación de Comercialización F) Coordinación de Servicios

G) Coordinación de Control

II. La Coordinación de Posgrado e Investigación de cada plantel administra la operación del Doctorado y las Maestrías en su sede.

III. En cada sede, la Coordinación de Educación Continua es responsable de la planeación y el desarrollo de cursos de Diplomados, Seminarios, Cursos o Talleres de Actualización, etc.

IV. La Coordinación de Cursos Corporativos in Company ofrece programas de acuerdo a

las necesidades de capacitación interna para las empresas en la región de influencia

de cada plantel.

V. Cada Dirección contará con los ASESORES TÉCNICO ACADÉMICOS necesarios para promover y vigilar la excelencia académica en la misma. (Ver figura 2)

Artículo 9. De la Comunidad Académica

I. La Comunidad Académica en el IEE esta compuesta por los alumnos de cualquier Plantel del Instituto, por sus catedráticos, expositores y también por los planes y programas de estudio (saberes) impartidos en él.

II. Alumno del IEE se considerará a cualquier persona que se encuentre inscrito en

alguna asignatura o programa impartido por el Instituto y cumpla con los requisitos

de admisión y académicos vigentes por la Secretaria de Educación Pública (programa con Reconocimiento de Validez Oficial).

III. Egresado del IEE es una persona que terminó y aprobó cualquier programa de Posgrado impartido en el instituto.

IV. EX-ALUMNO del IEE se considera a una persona que fue inscrita en algún programa o curso del instituto, teniéndose más explícitamente las siguientes situaciones:

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Reglamento de Biblioteca

21

Ex alumno - que egresó del instituto por terminación de sus estudios de posgrado,

esto es que cumplió con la normatividad académica y administrativa para finalizar de manera adecuada su posgrado.

Ex alumno con estudios truncos – Alumno que no concluyó sus estudios pero que se encuentra dentro de la normatividad del Instituto, esto que es que no es susceptible de baja definitiva y que se encuentre en el tiempo establecido por el Instituto para

la terminación de sus estudios de posgrado.

Truncos – Alumno que no concluyó sus estudios de posgrado, pero que ya están fuera de la normatividad del Instituto, motivo por el cual se debe de exponer y aprobar ante la Coordinación de Posgrado e Investigación.

V. Catedrático del IEE del área de posgrado es un profesional que imparte los cursos el Instituto de los planes y programas de estudio que tienen el RVOE de la SEP y

que cumpla con los requisitos administrativos y académicos establecidos para cada uno de los programas que imparte el Instituto.

VI. Expositor del IEE del área de educación continua son los que imparten los cursos, talleres de actualización y diplomados que cumplan con los requisitos

académicos y administrativos correspondientes.

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Reglamento de Biblioteca

22

Artículo 10. De los órganos de Gobierno, Perfiles y Funciones

El CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ACADEMICO es, a nivel nacional, el máximo órgano académico del instituto.

EL RECTOR del instituto:

I. Es el Presidente del Consejo Técnico Consultivo Técnico y tiene facultades para

convocarlo cuando así lo considere necesario.

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Reglamento de Biblioteca

23

II. Propone los Directores de Plantel al Consejo de Administración.

III. Es el responsable, ante la Dirección General de Educación Superior, del

funcionamiento académico del instituto.

IV. Fomenta la generación de conocimiento nuevo animando y apoyando el desarrollo

de investigación con productos de beneficio social.

V. Convoca las Reuniones del Consejo Administrativo y elabora la agenda de las

mismas. VI. Representa al IEE en sus relaciones con otras instituciones educativas, públicas o

privadas. VII. Son miembros permanentes del Consejo Técnico: el Rector, el Secretario Ejecutivo y

los Consejeros Técnico-Académicos de los Planteles. VIII. El Consejo Técnico se reúne al menos cuatro veces al año.

IX. Son funciones del Consejo Consultivo Académico:

a) Aprobar los reglamentos y las normas que rigen la comunidad académica del IEE; así como, discutir, aprobar y analizar las reformas propuestas sobre estos últimos.

b) Proponer, revisar, actualizar, desarrollar, evaluar y aprobar planes y

programas de estudio para los programas académicos de Posgrado y diplomados; con la finalidad de promover una mejor posición en el ámbito educativo. Así mismo, vigilará que se cumpla el desarrollo de las funciones

sustantivas del IEE.

c) Promover y desarrollar programas de INTERCAMBIO ACADÉMICO con

otras instituciones educativas del país, que contribuyan al desarrollo de las opciones y de la calidad académica en el instituto.

d) Dirigir los programas de Revisión Sistemática y de Valoración de Resultados Académicos establecidos en la “Propuesta Curricular” de cada programa de Posgrado o de cada diplomado.

e) Proponer, desarrollar, evaluar y aprobar modificaciones a los planes y

programas de estudio de los diferentes programas de Posgrado o

diplomados, según los resultados de las evaluaciones mencionadas en la fracción anterior de este artículo.

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Reglamento de Biblioteca

24

f) Designar los integrantes de las comisiones académicas que se consideren

necesarias para el crecimiento académico dentro del instituto.

g) Aprobar los nombramientos de los Consejeros Técnico-Académico de las

Direcciones existentes en cada plantel. El CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

X. Son miembros permanentes del Consejo Administrativo: el Rector, el Director

General, y los Directores de Plantel. XI. El Consejo de Administración llamará a todos los Asesores Académicos y

Consejeros que considere necesarios, para auxiliar en su operación y en el cumplimiento de las funciones que se describen más adelante.

XII. El Consejo de Administración tiene la representación, dirección y administración general del instituto, con poder amplio y bastante para actuar en los términos del Artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil de la Federación.

XIII. El Consejo de Administración promueve, al menos cada 5 años procesos de

autoevaluación del IEE.

XIV. El Consejo de Administración cumple con funciones de:

a) Dirección y planeación estratégica dentro del IEE.

b) Establecimiento de las pautas generales para los fines, misión y filosofía del Instituto.

c) Análisis socio-económico y político que fundamenten las acciones del instituto, que deriven en las políticas de crecimiento físico y expansión del Instituto.

d) Evaluar y aprobar las propuestas de establecimiento de nuevos planteles

del IEE.

e) Aprobar el nombramiento de nuevos Directores de Plantel.

f) Generar acciones que contribuyan a los esfuerzos del Consejo Técnico y del Rector, para concretar convenios que acrecienten las capacidades de cumplimiento de las funciones sustantivas del instituto considerado como

Universidad.

g) Establecer las Políticas Generales de Becas y Financiamiento en el IEE.

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Reglamento de Biblioteca

25

El DIRECTOR XV. Es el coordinador general del funcionamiento académico y administrativo del

instituto y da seguimiento a los acuerdos tomados por el Consejo Técnico Consultivo Académico.

XVI. Es responsable de la coordinación de las actividades de difusión de la cultura y del conocimiento, por parte del instituto, como una de las funciones sustantivas de

la universidad.4 En este carácter, convoca y dirige comisiones editoriales según las necesidades y, planea las actividades de divulgación del conocimiento a nivel nacional, por parte del IEE.

XVII. Convoca y preside la COMISIÓN DE HONOR.

El DIRECTOR DE PLANTEL XVIII. Ejecuta los acuerdos que se tomen en el Consejo Técnico y en el Consejo de

Administración. XIX. Facilita y auspicia el trabajo de las comisiones de Autoevaluación Académica y

Valoración de Resultados, revisa su reporte y lo somete al Consejo Técnico. XX. Designa a los Coordinadores de Dirección en su plantel.

XXI. Transmite al Consejo Técnico las propuestas de reforma de los reglamentos y normas que le hacen llegar los miembros de la comunidad académica del instituto o el personal del mismo.

XXII. Es responsable por toda la documentación oficial presentada ante las

autoridades educativas federales y estatales, ante los alumnos y ante las

instituciones educativas con las que el IEE tiene convenios o acuerdos académicos. XXIII. Vigila y promueve la calidad académica, el buen servicio en su plantel y el

desarrollo de las funciones sustantivas de la universidad en las áreas académicas propias del IEE.

XXIV. Promueve la buena imagen y el crecimiento del instituto en su plaza.

XXV. Representa a la comunidad académica de su plantel en sus relaciones con otras instituciones educativas y nombra las comisiones que permiten el mejoramiento y difusión de la imagen del instituto a nivel nacional.

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Reglamento de Biblioteca

26

XXVI. En estrecha coordinación con el Consejo Técnico, suscribe convenios de carácter

académico con otras instituciones académicas de la región de influencia de su plantel.

XXVII. Es responsable, en la región de influencia de su plantel, de la ejecución de los programas de difusión del conocimiento, establecidos por la Dirección General del instituto.

La COMISIÓN DE HONOR

XXVIII. Es convocada y presidida por el Director General del IEE. La constituyen dos Coordinadores de Dirección de diferentes planteles junto con el propio Director General; ninguno con voto de calidad.

XXIX. Las funciones de la Comisión de Honor son:

a) La vigilancia del correcto y general cumplimiento del presente reglamento; el orden y buen funcionamiento académico en todos los ámbitos del IEE.

b) La función de determinar si un miembro del IEE ha violado el reglamento o alterado el orden, la calidad de la falta cometida y el establecimiento del tipo de sanción a que se hace acreedor el infractor.

c) La determinación del procedimiento a seguir en los casos de bajo

aprovechamiento académico de un estudiante por causas plenamente

justificadas.

XXX. Las sanciones dictaminadas por la Comisión de Honor pueden ser:

a) Amonestación verbal o por escrito: que debe quedar registrada en el

expediente del infractor; b) Suspensión temporal: que será notificada por escrito al infractor; c) Expulsión Definitiva.

XXXI. Son jurisdicción de la Comisión de Honor los siguientes casos –aunque su

intervención se puede extender a otras situaciones que alteren el orden o el buen

funcionamiento académico del instituto–:

a) Faltas a la moral y alteración del orden o buen funcionamiento del IEE;

b) Violaciones a las normas de la ética profesional o estudiantil, o la comisión de actos que afecten la imagen, prestigio o dignidad del instituto;

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Reglamento de Biblioteca

27

c) Actos de mal comportamiento social o hechos delictuosos intencionales,

que por su propia naturaleza, deriven en la privación de la libertad del individuo.

d) Los casos de estudiantes con bajo aprovechamiento académico que se

empeñen en continuar estudiando en el IEE.

Artículo 11. De las Funciones Sustantivas3

Sobre la docencia: I. Es responsabilidad del Consejo Técnico Consultivo Académico el dictar los

estándares de excelencia docente y de calidad académica en todo el instituto:

A) Vigilando que en la PROPUESTA CURRICULAR de cada programa impartido

por el instituto se incluyan elementos de apoyo al desarrollo de las funciones sustantivas.

3 El IEE como, institución de educación superior, asume y se compromete con las funciones sustantivas de la Universidad:

DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA CULTURA

B) Estableciendo programas permanentes y sistemáticos de evaluación y de valoración de los resultados académicos de TODOS Y CADA UNO DE LOS PROGRAMAS IMPARTIDOS POR EL INSTITUTO, siguiendo los lineamientos

marcados en el CAPÍTULO 4 de este reglamento. Dichos programas deben contemplar los tres aspectos: de docencia, investigación y difusión de la cultura; además de aquellos aspectos que se refieren a la calidad en

la educación y que estén marcados en la Propuesta Curricular correspondiente.

C) La calidad de la docencia y el fomento de la excelencia académica en cada plantel es responsabilidad del Director de Plantel.

D) La coordinación de la docencia y de las actividades que contribuyan a la excelencia académica en cada plantel está a cargo de los Coordinadores de Dirección en cada plantel.

Sobre la investigación: II. El Consejo Técnico Consultivo Académico del IEE es el responsable directo de

fomentar las actividades de investigación con productos de beneficio social en todo

el instituto:

A) La calidad de la investigación y el fomento de investigaciones con beneficio social en cada plantel es responsabilidad del Director de Plantel.

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Reglamento de Biblioteca

28

B) La coordinación de las actividades de investigación y la supervisión de la

calidad de las mismas está a cargo del Coordinador de Posgrado e Investigación.

Sobre la difusión de la cultura y del conocimiento:

III. El director coordina los esfuerzos de difusión de la cultura y del conocimiento que el instituto realice a nivel nacional.

A) El Director de Plantel es el responsable directo de la función de Difusión de la Cultura y del Conocimiento en su región de influencia; a través de la comunidad académica de su unidad. Esta función no la puede delegar.

Artículo 12. Corresponde al Consejo de Administración el vigilar que todos los esfuerzos de expansión y crecimiento de la infraestructura física del instituto apoyen las

actividades por la comunidad académica del IEE en pro de las funciones sustantivas. Artículo 13. El consejo de Administración promueve, al menos cada 5 años procesos

de autoevaluación en el IEE en los que se incluirá la medición del cumplimiento del instituto acerca de las mencionadas funciones de docencia, investigación y difusión de la cultura.

CAPÍTULO 3

EL MODELO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

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Reglamento de Biblioteca

29

Artículo 14. De los niveles y modalidades

I. La Coordinación de Posgrado e Investigación del IEE programa cuatro trimestres al año de acuerdo al Plan de Estudios aprobado y registrado ante SEP.

II. La Coordinación de Educación Continua y de Desarrollo Empresarial maneja sus propios calendarios de actividades académicas para dar flexibilidad y dinamismo a los Diplomados y a los Programas de Educación Continua.

Artículo 15. En el modelo de funcionamiento del IEE como institución de Educación

Superior, se hace una separación explícita entre las actividades de Posgrado e Investigación y las de Educación Continua, como se prevé en el PROGRAMA NACIONAL DE POSGRADO (PNP)4.

Artículo 16. Los cursos en el INSTITUTO DE ESPECIALIZACIÓN PARA EJECUTIVOS S.C. se imparten en la modalidad escolarizada, intramuros y extramuros, es decir se

pueden establecer convenios con empresas o con grupos sociales para que los docentes y el equipo técnico salgan del recinto del IEE y desarrollen todo el programa académico o parte de él en las instalaciones acordadas.

Artículo 17. La concepción del Posgrado en el instituto adopta las indicaciones del PNP

y del manual de procedimientos para Otorgar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de Tipo Superior a Instituciones Particulares, y establece:

4

PROGRAMA NACIONAL DE POSGRADO, serie Modernización Educativa 1989-1994, Secretaria de Educación Pública pp. 38-41

III. Maestrías que cubran el 100% de créditos; asimismo, deberá cubrir con los

requisitos para su proceso de titulación, esto es desarrollar y presentar su

protocolo de investigación, para que una vez aprobado éste, se le pueda autorizar la realización de su tesis; misma que, una vez facultada por los asesores correspondientes, pueda el alumno sustentar ante un sínodo conformado por tres

sinodales, que darán su fallo de aprobado o no aprobado según sea el caso. Sus objetivos son la formación de personal capacitado para participar en una investigación; es decir, para contribuir en el desarrollo innovador, y la adaptación

o incorporación del conocimiento a la práctica profesional.

A) Las maestrías se cursan en un mínimo de dos años y un trimestre, los

niveles o ciclos en los que se divide el Plan de Estudios de una Maestría dependerá del número de asignaturas y créditos que éste contenga.

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Reglamento de Biblioteca

30

B) Con el fin de fomentar el desarrollo de investigaciones de tesis que

generen conocimientos de utilidad social, en el modelo educativo del instituto, se prevé que todo maestrante podrá cursar el seminario de tesis después de haber aprobado todas las asignaturas incluidas en el plan de

estudios.

Doctorados que cubran el 100% de créditos; asimismo, deberá cubrir con los

requisitos para su proceso de titulación, esto es desarrollar y presentar su

protocolo de investigación en un Coloquio Doctoral1 que se programará en al final ; para que una vez aprobado éste, se le pueda autorizar la realización de su tesis; misma que, una vez facultada por los asesores correspondientes, pueda el

alumno sustentar ante un sínodo conformado por tres sinodales, que darán su fallo de aprobado o no aprobado según sea el caso. Un doctor egresado del instituto deberá ser capaz de dirigir un grupo de investigadores y de generar y

aplicar el conocimiento a la solución de problemas actuales; cumpliendo con una función de liderazgo intelectual necesaria en el país.

Artículo 18. De la calidad Académica

I. El Consejo técnico es el responsable de la calidad de los planes y programas ofrecidos por el IEE. Los Directores de cada plantel contribuyen esforzadamente con el cumplimiento de los estándares de docencia, investigación, servicios

bibliotecarios, infraestructura, servicios escolares y otros que contribuyan a la excelencia señalada por el Consejo Técnico. El responsable del logro de la excelencia académica será siempre el Director del Plantel.

II. Los requisitos de ingreso, los propedéuticos necesarios, los procesos de admisión y

las condiciones de permanencia en cualquier programa ofrecido por el instituto son establecidos por los Directores de área bajo arbitraje del Consejo Técnico y deberán incluirse detalladamente en toda la publicidad del programa y entregarse por escrito

al aspirante en sus primeros contactos con el IEE. III. Este reglamento deberá incluirse entre los documentos que un estudiante recibe al

inscribirse en el instituto, señalándole explícitamente las materias seriadas en su Plan de Estudios, el tiempo mínimo de duración del mismo, los máximos y mínimos de materias que pueden cursar en cada ciclo escolar o periodo, los mínimos

requisitos aprobatorios y de permanencia en el programa y una clara descripción del Programa Institucional de Investigación.

Artículo 19. De la calidad de la Investigación

1 Descripción del Coloquio…

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Reglamento de Biblioteca

31

I. El Rector es responsable de la proyección social y científica que tengan las

investigaciones realizadas en el instituto. II. La calidad de la investigación practicada en el instituto y la calidad de sus productos

y la difusión de los mismos es responsabilidad de Director de Plantel. Esta función no puede delegarla.

III. Cada programa de Posgrado deberá señalar un mínimo de dos materias pivote sobre las cuales girará el Programa Institucional de Investigación2.

IV. Los Directores de Posgrado e Investigación tienen el deber de informar

permanentemente tanto el Consejo Técnico, como al Rector, a los Directores de

Plantel y a todos los estudiantes y docentes del IEE sobre el desarrollo y avance del Programa Institucional de Investigación.

Artículo 20. Los Directores de Investigación y Posgrado son responsables de difundir el

Programa Institucional de Investigación entre los estudiantes y docentes, de instruirlos sobre su significado y sobre el funcionamiento de las células de investigación.

CAPÍTULO 4

DE LOS ORGANISMOS INTERNOS QUE INTERVIENEN EN LA

INTERPRETACIÓN, APLICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO

Artículo 21. El Consejo Técnico establece las metas de desarrollo académico del

instituto, incluyendo metas acerca de las funciones sustantivas, como se mencionan en el Artículo 11 de este Reglamento; define los criterios o parámetros de excelencia académica que medirán los logros del instituto en los sentidos de desarrollo académico,

expansión y cumplimiento de las funciones sustantivas.

Artículo 22. El Consejo de Administración General, se reunirá al menos cada 2 años, y revisar los procesos de autoevaluación del IEE que incluyan el aspecto académico.

Artículo 23. Los procesos de autoevaluación en el Instituto consideran las estrategias y lineamientos establecidos en el Capítulo Tercero del Programa Nacional de Posgrado, los lineamientos pertinentes del Programa de Autoevaluación para el Ingreso y Permanencia

en FIMPES y las directrices de desarrollo marcadas por el Consejo de Administración.

2 Sería importante señalar el nombre de las materias que fungen con esta función ya que se podría defender en cada

actualización del plan de estudios ante la SEP en cada plan de estudios.

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Reglamento de Biblioteca

32

Artículo 24. El Consejo Técnico / Académico es el organismo que dirige las actividades de autoevaluación académica quincenales.

Artículo 25. El desarrollo de las actividades de Valoración de los Resultados Académicos de TODOS Y CADA UNO DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE TODAS LAS

DIRECCIONES DE CADA PLANTEL es responsabilidad del Consejo Técnico: I. El periodo de aplicación de la evaluación de cada programa no podrá ser más largo

que el tiempo de duración de dos ciclos del mismo. II. El Consejo Técnico / Académico nombrará una Comisión Especial de “Evaluación de

Programa Académico” cada vez que así lo considere necesario.

III. Para la evaluación de cada programa se considerarán los planteamientos hechos en la Propuesta Curricular del mismo, los modelos pertinentes del Programa de Autoevaluación para el Ingreso y Permanencia en FIMPES y las indicaciones del

Capítulo Tercero del Programa Nacional de Posgrado.

IV. Las comisiones deberán incluir, no limitativamente, a los Asesores Técnicos y Académicos en el Plantel en el que se imparte el programa evaluado, a un catedrático con más de tres años en el instituto, un alumno del penúltimo nivel de

la carrera de Posgrado.

CAPÍTULO 5

EL PERSONAL ACADÉMICO

Artículo 26. De los perfiles

Para ser catedrático del instituto, el candidato deberá justificar:

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Reglamento de Biblioteca

33

I. Excelente dominio de la materia que pretende impartir, a través de un examen de dominio del área académica correspondiente y de la comprobación de un mínimo de dos años de experiencia profesional en el

campo correspondiente a dicha disciplina.

II. Estudios de Posgrado, del nivel equivalente o superior al programa en el

que impartirá su cátedra.

III. Demostrar habilidad en la aplicación de las técnicas y recursos didácticos idóneos para el proceso enseñanza-aprendizaje a nivel de Posgrado y en la asignatura que se le encomiende.

IV. Mostrar capacidades para trabajar en equipo y habilidades para dirigir y

formar investigadores.

V. Respeto a los alumnos, al IEE y a las normas establecidas.

Artículo 27. De las categorías y niveles

I. Por el tipo de programa en el que participan, los docentes del instituto se

dividen en dos categorías:

A) Catedráticos, son aquellos docentes que imparten alguna asignatura en los

programas de Posgrado: Doctorado y Maestrías.

B) Expositores, son aquellos docentes que imparten algún curso aislado, cursos dentro de un diplomado o curso organizado por el IEE dentro de cualquier empresa.

II. En el instituto se conocen tres modalidades docentes de acuerdo con el tipo de función que desempeñan:

A) TITULAR, el que posee el grado mínimo para participar en el programa académico que se le ha encomendado o que comprueba una destacada carrera profesional en el área de conocimiento correspondiente al programa.

B) ASOCIADO, el que aspira a la titularidad y ha sido propuesto por un titular

para auxiliarle en su tarea como animador del proceso de enseñanza-

aprendizaje.

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Reglamento de Biblioteca

34

C) ASESOR DE METODOLOGÍA, que es un investigador consagrado que asiste

a las células de investigación5 en los aspectos metodológicos.

Artículo 28. El Consejo Técnico convocará por lo menos a un docente investigador de tiempo completo que apoye la labor de los docentes de tiempo variable; ya que por la

naturaleza propia de las áreas del conocimiento –que son especialidad del IEE– y requiere de catedráticos que estén en contacto permanente con los problemas y estrategias del ejercicio profesional, y que atiendan en el resto de su tiempo sus propios

despachos contables o de asesoría fiscal, financiera y/o administrativa. Artículo 29. De los reconocimientos

El Consejo Técnico Académico podrá otorgar los reconocimientos que considere pertinentes a los catedráticos que se hayan distinguido por su labor a favor del

IEE o en el campo académico profesional, lo que se hará públicamente con el propósito de estimular la actuación de los buenos catedráticos contribuyendo a

una mayor integración de compromiso con la institución por parte de ellos. 5

En el modelo educativo propuesto por el Instituto se concibe la labor de investigación, de los estudiantes, dirigida por un profesionista

(catedrático) destacado en las áreas profesionales de lo fiscal, lo financiero, lo contable y la administración, pero que no tiene formación

metodológica. Las células de investigación suplen esta ausencia de preparación metodológica a través de la intervención de consumados

investigadores que participan con los estudiantes y con sus catedráticos para conformar los aspectos metodológicos de las investigaciones

conjuntas que ambos desarrollan. Este tema es lo que se llama una célula de investigación.

Artículo 30. Del sistema de evaluación para el personal académico

I. Compete al Consejo Técnico los mecanismos para evaluar el trabajo

académico de los catedráticos de acuerdo a los indicadores de calidad

establecidos en reuniones de consejo, a las sugerencias al respecto contenidas en el programa de autoevaluación de FIMPES y a los estándares y

lineamientos marcados por el Programa Nacional de Posgrado.

II. Son los Directores (o Coordinadores) de área los responsables directos de que

las actividades docentes sean permanentemente evaluadas en el instituto. También son responsables de la retroalimentación sistemática que deben recibir los docentes sobre los resultados de dichas evaluaciones.

Artículo 31. De los derechos del personal académico

Los docentes del instituto tienen los derechos que a continuación se describen:

I. Opinar acerca del contenido del programa de la asignatura que le haya sido

encomendada y proponer al Director los ajusten que considere conveniente. Así como, gozar de libertad de cátedra dentro de los límites fijados por el programa de la asignatura encomendada.

Comentario [IEE1]: Se deberán de

estandarizar los nombramientos

Comentario [IEE2]:

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Reglamento de Biblioteca

35

II. Percibir los emolumentos correspondientes por las horas de clase impartidas, por

la asistencia a las juntas de catedráticos, por asesorar tesis o por realizar trabajos que la Dirección de Posgrado e Investigación le hubieren encomendado, de acuerdo a las normas establecidas para cada caso. (¿Se quita este párrafo?)

III. Solicitar los apoyos administrativos y didácticos que le fueren necesarios para el

correcto desarrollo del programa de la asignatura que tenga asignada.

IV. Ser informado oportunamente a cerca de los cambios que sufrieran los programas

de la (s) asignatura (s) a su cargo; así como la de otras asignaturas que pudieran incidir en el contenido o enfoque de la que él tiene a su cargo.

V. Ser asesor de los trabajos de tesis y formar parte de los jurados para el examen de grado.

VI. Conocer al principio de cada ciclo escolar los aspectos de su práctica docente que serán evaluados y la manera y tiempo en los que se aplicarán las evaluaciones.

VII. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones de la práctica docente

que aplican periódicamente en la Dirección correspondiente; al igual que cualquier otra información que pudiera ser indicativa de la calidad de su propio desempeño como animador del aprendizaje.

VIII. Contar con un profesor asociado que él mismo proponga y que sin disminuir

sus responsabilidades y sus obligaciones, pueda auxiliarlo en algunos de los trabajos inherentes a la impartición del programa académico encomendado.

IX. Contar con una credencial de identificación que lo acredite como catedrático del

IEE.

Artículo 32. De las obligaciones del personal académico

Son obligaciones de los catedráticos las siguientes:

I. Aplicar los métodos y recursos didácticos con que cuente el IEE a fin de lograr una mejor transmisión de los conocimientos durante el proceso enseñanza-aprendizaje.

II. Entregar a la Coordinación correspondiente la documentación que le sea

solicitada que avale sus conocimientos y experiencia.

Comentario [IEE3]: Deberá dejarse,

porque son las actividades por las que se les

paga a los profesores, y este es un derecho.

Comentario [IEE4]: O Coordinación

(homologar)

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Reglamento de Biblioteca

36

III. Desarrollar la asignatura que tenga encomendada, cumpliendo estrictamente con

el programa vigente, respetando el contenido, los objetivos y las actividades de investigación marcadas en el mismo y el tiempo señalado para su conclusión.

IV. Facilitar la realización a las “evaluaciones a los docentes” que práctica sistemáticamente el IEE e implementar, de inmediato, las recomendaciones que le fueren hechas.

V. Propiciar la realización de investigaciones como método didáctico en el desarrollo

de la asignatura que tiene encomendada.

VI. Mantenerse actualizado tanto en el contenido de la asignatura como en los

métodos didácticos y uso de apoyos y recursos didácticos para la realización óptima del proceso enseñanza-aprendizaje, en la asignatura que se le tiene encomendada.

VII. Asistir a las reuniones de catedráticos a las que fuera convocado y realizar los

trabajos que, en relación a las asignatura de la que es titular, le fueren

encomendadas.

VIII. Entregar a sus alumnos sus resultados de evaluaciones a más tardar tres días

después de su aplicación.

IX. Presentar al inicio del periodo de clases, las características y normas a las que se

sujetará la realización del programa, así como los objetivos, contenido de la asignatura y sus formas de evaluación y las normas que deberán respetarse

durante el desarrollo del curso.

X. Entregar las actas de calificaciones de las asignaturas encomendadas a la

Coordinación de Posgrado e Investigación en las fechas establecidas en el calendario de actividades del ciclo escolar vigente.

XI. Participar en los cursos de actualización o de didáctica que le fueren sugeridos por el Coordinación de Posgrado e Investigación.

XII. Avisar por escrito, por lo menos con dos meses de anticipación, su retiro temporal o definitivo de la misma.

XIII. Cumplir con los compromisos de asesoría de tesis o en la integración de los jurados de los exámenes de grado que hubiere contraído con el instituto.

XIV. Informar al Coordinador cualquier conflicto que pudiere tener con alumnos o grupos a su cargo.

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Reglamento de Biblioteca

37

XV. Avisar oportunamente al Coordinador de Posgrado cualquier alteración del

programa o del calendario de actividades académicas, e informarle igualmente de las causas de dichos cambio.

CAPÍTULO 6

DE LOS ALUMNOS

Para ser alumno del INSTITUTO DE ESPECIALIZACIÓN PARA EJECUTIVOS S.C.,

es necesario:

Artículo 33. De los requisitos de ingreso

I. El aspirante al Doctorado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

A) Presentar solicitud de admisión que se le proporcionará en el Instituto, debidamente llenada y firmada.

B) Acudir a la entrevista con las autoridades escolares pertinentes.

C) Carta de motivos en la que explique su interés o las causas que motiven su

solicitud de admisión y compromiso para realizar investigación en beneficio de la sociedad como parte de sus estudios.

D) Grado de Maestría debidamente legalizado. (copia por ambos lados)

E) Cédula Profesional. (copia por ambos lados)

F) Certificado de la Maestría debidamente legalizado. (original)

G) Acta de nacimiento original.

H) Curriculum vitae con documentos comprobatorios.

I) 6 fotografías infantil, a blanco y negro, con retoque, fondo blanco, en papel

mate, sin lentes y con ropa formal.

J) Presentar, para su aprobación ante la Dirección de Posgrado e Investigación,

un diseño de investigación original de acuerdo a las líneas de conocimiento en

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Reglamento de Biblioteca

38

que se inscriba el doctorante. (Esta bien pero falta definir el como, esto lo

tiene que ver admisión)

K) Cubrir las cuotas correspondientes.

M) Otros que la Coordinación de Posgrado e Investigación acuerde.

II. El aspirante a la Maestría deberá cumplir con los siguientes requisitos:

A) Presentar solicitud de admisión que se le proporcionará en el Instituto, debidamente llenada y firmada.

B) Acudir a la entrevista con las autoridades escolares pertinentes.

C) Carta de motivos en la que explique su interés o las causas que motiven su

solicitud de admisión y compromiso para realizar investigación en beneficio de la sociedad como parte de sus estudios.

D) Título de Licenciatura legalizado (copia por ambos lados). E) Cédula profesional (copia por ambos lados).

F) Certificado de Licenciatura debidamente legalizado. (original)

G) Acta de nacimiento original.

H) 6 fotografías infantil, a blanco y negro, con retoque, fondo blanco, en papel mate, sin lentes y con ropa formal.

I) Curriculum vitae con documentos comprobatorios.

J) Haber aprobado el examen de admisión o curso propedéutico que exija el plan

y programa.

K) Presentar, para su aprobación ante la Dirección de Posgrado e Investigación,

un diseño de investigación original de acuerdo a las líneas de conocimiento en que se inscriba el maestrante. (Lo mismo que el anterior)

M) Cubrir las cuotas correspondientes.

L) Otros que la Coordinación de Posgrado e Investigación acuerde.

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Reglamento de Biblioteca

39

Artículo 34. De los requisitos de ingreso para alumnos que realizarán estudios de

posgrado (Maestría y Doctorado) para opción a titulación de Licenciatura y Maestria respectivamente.

A) Presentar solicitud de admisión que se le proporcionará en el Instituto, debidamente llenada y firmada.

B) Acudir a la entrevista con las autoridades escolares pertinentes.

C) Carta de motivos en la que explique su interés o las causas que motiven su solicitud de admisión y compromiso para realizar investigación en beneficio de la sociedad como parte de sus estudios en el caso de la Maestría y del Doctorado.

D) Certificado de la Licenciatura o Maestría debidamente legalizado. (original)

E) Acta de nacimiento. (original)

F) 6 fotografías tamaño infantil blanco y negro, con retoque, fondo blanco, en

papel mate, sin lentes y con ropa formal.

G) Curriculum vitae con documentos comprobatorios.

H) Haber aprobado el examen de admisión o curso propedéutico que exija el plan y programa.

I) Cubrir las cuotas correspondientes.

J) Si su título esta en trámite, el aspirante deberá entregar comprobante de que esto es así, mientras no entregue copia de su título o cédula profesional; el

aspirante es considerado como alumno condicional de la Maestría o Doctorado durante un ciclo escolar. Después de transcurrido este periodo será considerado alumno del IEE pero no del posgrado y no podrá revalidar ninguna de las

asignaturas cursadas y aprobadas en esas condiciones. K) Deberá presentar el documento oficial en que su universidad le aprueba la

selección de dicha opción. L) Otros que las autoridades de la Dirección de Posgrado e Investigación

acuerden. i) En el caso de los alumnos que certifiquen debidamente tanto

administrativamente como académicamente la conclusión aprobatoria de su plan de estudios y que opten por la titulación de ésta ultima, mediante el

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Reglamento de Biblioteca

40

Doctorado en Ciencias de los Fiscal, deberán de cumplir con los siguientes

requisitos adicionales: Cumplir con el 80% de créditos cursados y aprobados en el programa que se encuentre

vigente en el Doctorado en Ciencias de lo Fiscal. No tener adeudos de cualquier índole: monetarios, documentos, administrativos, con el

Instituto.

Haber aprobado el coloquio doctoral (únicamente aplica para el Doctorado en Ciencias de lo Fiscal).

Cualquier caso que no encuadre en los anteriores deberá de ser sometido al consejo técnico, esto siempre apegado a las políticas Institucionales y lineamientos previamente establecidos tanto académicos como administrativos.

Artículo 35. De las reinscripciones y permanencia I. Para poder reinscribirse, un estudiante de cualquier programa deberá haber cursado

al menos una asignatura dentro de los doce meses que precede a la fecha en que solicita reinscripción. Presentar la solicitud que se entregará en el propio instituto, debidamente llenada y firmada y cubrir las cuotas señaladas.

II. El alumno que deje de cursar su programa por más de un año, para poder

reinscribirse, deberá someter su solicitud escrita al Consejo Técnico, quien

determinará las asignaturas que el estudiante podrá continuar cursando y realizar su trámite de equivalencia y se le indicará en que grupo o generación se insertará a

dicho estudiante para que pueda cumplir con los tiempos máximos de carrera indicados en ARTICULO 109.

III. Con respecto a las cuotas del alumno que deje de cursar su programa por más de un año deberá pagar nuevamente inscripción al costo actual y los pagos que tenga en estatus de “anticipados” para cualquier trámite administrativo, serán

automáticamente nulos y no serán susceptibles de devolución alguna, esto debido a los costos fijos que se generan por dichos trámites y por la pérdida del valor de dichos pagos con respecto al tiempo.

Artículo 36. De la clasificación y categorías

I. Los alumnos de nuevo ingreso quedan inscritos como alumnos provisionales tanto hayan cumplido con todos los requisitos de ingreso.

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41

II. Un estudiante de un programa de Posgrado podrá ser considerado como alumno

regular siempre y cuando no repruebe ninguna asignatura del plan de estudios cursado ni se dé de baja de alguna de las dos materias correspondientes.

III. Cuando el alumno no haya dado de baja una materia ya sea de forma provisional o definitiva.

IV. Un estudiante que haya reprobado una asignatura, podrá cursarla por segunda vez y

será considerado alumno irregular. Artículo 37. El expediente del alumno es confidencial y sólo será proporcionado a las

autoridades competentes. Artículo 38. De la acreditación y regularización

I. Si un alumno reprueba por tercera vez una asignatura de Doctorado o Maestría

causa baja automática del programa y no podrá recibir ni certificado de estudios ni

podrá revalidar ninguna de las materias aprobadas dentro en el tiempo que participó en el programa.

II. Un alumno de Doctorado o Maestría puede reprobar un máximo de tres asignaturas y recursarlas, a la cuarta materia reprobada causa baja del programa y no podrá solicitar un certificado de estudios parciales de las asignaturas acreditadas

anteriormente, así como no podrá revalidar ninguna de las materias aprobadas en el tiempo que participó en el programa.

Artículo 39. De las bajas

I. Se consideran dados de baja en una asignatura, sin que tal cuente como reprobada, aquellos estudiantes que la soliciten a la Coordinación correspondiente, por escrito, antes de transcurrido el 35% de las sesiones del curso.

II. Un alumno que se da de baja antes de la segunda sesión de cualquier curso deberá

cubrir el 25% de la cuota total correspondiente. Si se da de baja después de la

segunda sesión pero antes del transcurrido el 50% de las sesiones del curso, deberá cubrir el 50% de la cuota total correspondiente.

III. El dejar de asistir a clases no implica la baja por lo que es necesario solicitarla por escrito o vía electrónica a la Dirección de Posgrado e Investigación para hacerla oficial.

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42

IV. Si el alumno deja de asistir a clases sin aviso se le considerará como cursada y reprobada y deberá cubrir la totalidad de la cuota correspondiente al solicitar su reinscripción.

CAPÍTULO 7

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

Artículo 40. De los derechos El alumno tendrá los siguientes derechos académicos

I. A recibir los programas de estudio e información acerca del desarrollo del programa

en el que está inscrito.

II. A recibir del Catedrático, al inicio del curso: objetivos, programas, forma de

evaluación de su desempeño, bibliografía, normas a las que se sujeta y demás detalles sobre el desarrollo del curso.

III. A solicitar la intervención de la Coordinación de Posgrado e Investigación en caso de inconformidad con el resultado de alguna evaluación académica que le haya sido aplicada. Si la Dirección de Posgrado e Investigación no escucha su querella podrá

acudir al Consejo Técnico a través de su Director de Plantel. IV. A que se le expidan las constancias, certificados y el Grado de Maestría y Doctorado

según sea el caso¸ siempre y cuando acrediten sus estudios y su situación administrativa y escolar sea la estipulada por el Instituto.

Artículo 41. De las obligaciones Una vez inscrito el alumno queda obligado con lo siguiente:

I. Observar los ordenamientos, normas y políticas vigentes en la Institución tanto en

aspectos académicos como administrativo.

II. Dentro de cualquier plantel de la Institución deberá guardar una conducta de

acuerdo a las normas señaladas en el Capítulo 8 de este Reglamento y mantener actitud respetuosa y atenta con los Catedráticos, Funcionarios y Autoridades Administrativas y Académicas de la Institución.

III. El alumno deberá evitar actividades que perturben la tranquilidad para la realización de las actividades académicas.

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Reglamento de Biblioteca

43

IV. El alumno deberá de abstenerse de cometer actos contrarios a la moral y respeto

que entre si se deben los miembros que integran la Institución.

V. El alumno deberá abstenerse de hacer declaraciones públicas a nombre del IEE o

cualquiera de sus integrantes.

VI. El alumno tendrá la obligación de asistir regular y puntualmente a las clases y

realizar los trabajos inherentes a las asignaturas que cursen, en el lugar y hora previamente fijados.

VII. El alumno(s)

Artículo 42. De la asistencia

I. Si un alumno acumula más del 20% de inasistencias a un curso, es dado de baja

técnicamente y pierde derecho a calificación de dicha asignatura. La asignatura se considera como reprobada y deberá recursarla. También deberá cubrir la totalidad de la cuota correspondiente a dicha asignatura.

II. El alumno que llegue 15 minutos después de iniciado el curso contabiliza una inasistencia, no se marcan retardos. No se justificarán retardos e inasistencias. Si un

alumno abandona la sesión antes de transcurrido el 60% de la misma, contabiliza una inasistencia.

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Reglamento de Biblioteca

44

CAPÍTULO 8

DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

Artículo 43. De la disciplina

I. Se considerará faltas a la disciplina los actos que uno o varios alumnos que perturben el orden de la Institución, faltas a la dignidad o respeto a los alumnos,

catedráticos, autoridades administrativas, empleados, etc., que forman parte de la misma o que alteren su funcionamiento.

II. Las sanciones que se impongan a los alumnos podrán ser:

Amonestación verbal.

Amonestación escrita. Suspensión temporal de actividades académicas. Suspensión temporal de sus derechos.

Expulsión definitiva. Reparación de daños.

III. Los catedráticos serán responsables de mantener el orden y disciplina en sus cátedras. Cuando un profesor lo considere conveniente informará a las Autoridades competentes, las faltas que considere para que sea retribuible una sanción.

Artículo 44. La comisión de honor intervendrá en aquellas situaciones que lo ameriten,

a juicio del Director de Plantel, en cuyo caso el asunto será remitido al Director General del IEE.

CAPÍTULO 9

OBTENCIÓN DE GRADO

Artículo 45. De los sujetos

I. Sólo podrán aspirar a los Grados de Doctorado y Maestría las personas que siendo alumnos del Instituto de Especialización para Ejecutivos S.C. hayan aprobado todas las materias que forman el Plan de Estudios y que no tengan ningún tipo de adeudo

con el Instituto, así como que hayan cumplido con los trámites administrativos y académicos estipulados por el Instituto.

Artículo 46. De la calificación mínima aprobatoria

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I. La calificación mínima aprobatoria en cualquier programa académico de Posgrado es de 8 (ocho).

Artículo 47. El promedio mínimo para obtener el grado es de 8 (ocho).

Artículo 48. Del proceso para la obtención del grado

Todo el proceso para la obtención del grado deberá estar impregnado de la necesidad

de generar tecnología y conocimientos nuevos y útiles e idóneos para la sociedad en la que vivimos como mexicanos.

I. Para obtener el Grado de Doctorado sólo existe la opción de Tesis. Esta deberá considerar claramente la participación del alumno dentro de un esfuerzo global, coherente y sistemático de investigación, siguiendo una metodología rigurosa.

a) Haber acreditado los cursos del plan de estudios en el plazo máximo establecido en este reglamento.

b) Elaborar una tesis de grado, con una bibliografía mínima de obras de consulta, supervisada y aprobada por un tutor de tesis, quien deberá

contar con el grado de Doctor y ser especialista en el tema u tópico a tratar.

c) Haber obtenido la candidatura a doctor.

d) Aprobar un examen ante un jurado nombrado.

Artículo 49. Los jurados de los exámenes doctorales se integrarán con tres sinodales, nombrados por el área de Investigación. (Todos los sinodales deberán contar con el grado de doctor).

Artículo 50. El interesado en sustentar examen de grado de doctor, lo solicitará por escrito a la Coordinación de Posgrado e Investigación adjuntando a dicha solicitud los

documentos necesarios para cumplir los requisitos exigidos en este reglamento.

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Reglamento de Biblioteca

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Artículo 51. El examen de grado comprenderá una prueba escrita (tesis) y otra oral

teórica-práctica (examen).

Artículo 52. La prueba escrita consistirá en una Tesis de Grado, entendiéndose por

ésta el trabajo escrito de investigación eminentemente teórico o práctico, realizado con rigor metodológico y diversidad de fuentes, planteando claramente el problema que se analiza, la hipótesis propuesta y las conclusiones obtenidas, en los que así lo aplique.

Artículo 53. Los interesados a que se refiere el artículo 50 de este reglamento,

deberán presentar por escrito ante la Coordinación de Posgrado e Investigación, una solicitud por escrito que contenga:

A) El proyecto de investigación

B) El índice propuesto

C) La bibliografía que consultará; y,

D) La propuesta de designación del Tutor de Tesis

Artículo 54. El escrito a que se refiere el artículo anterior, deberá ser firmado por el

solicitante y por el tutor propuesto y se presenta en original.

Artículo 55. El Consejo Técnico de la Coordinación de Posgrado e Investigación

aprobará, modificará o rechazará la propuesta del Proyecto de Investigación, bibliografía y nombramiento de Tutor, debiéndosele comunicar por escrito al solicitante.

Artículo 56. En caso de que existan controversias de fondo entre el Autor y el Tutor de Tesis, el primero podrá solicitar por escrito ante la Coordinación de Posgrado e

Investigación el cambio del mismo, exponiendo los motivos para ello. El Consejo Técnico del Programa respectivo dictaminará si procede el cambio solicitado y autorizará en su caso, la nueva propuesta.

Artículo 57. El Tutor de Tesis deberá supervisar todo el proceso de investigación y queda a su criterio si el fondo de la tesis cubre los requisitos señalados en este

reglamento.

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47

Artículo 58. El interesado, al concluir su trabajo de Tesis, deberá presentar a la Coordinación de Posgrado e Investigación cuatro ejemplares del mismo, así como en archivo PDF, en un CD (de manera electrónica) y el oficio de autorización de su tutor de

Tesis.

Artículo 59. La Coordinación de Posgrado e Investigación designará preferentemente

de entre los Tutores de la Institución, dos revisores de los cuales uno será el metodológico y el otro técnico, para el doctorado, quienes se encargarán de revisar el

trabajo de tesis propuesto y valorar si este reúne los requisitos para ser presentado y defendido en el examen correspondiente, en cuyo caso extenderán por escrito la autorización respectiva.

Artículo 60. Aprobado el trabajo de tesis por los revisores a que se refiere el artículo anterior, la Coordinación de Posgrado e Investigación autorizará al interesado para

impresión del citado trabajo y le proporcionará los lineamientos para el mismo.

Artículo 61. El interesado entregará a la Coordinación de Posgrado e Investigación,

cuatro ejemplares de su trabajo de Tesis.

Artículo 62. Previo cumplimiento de todos los requisitos que este reglamento exige, el

Coordinador de Posgrado e Investigación señalará el día y hora para la celebración de la prueba oral teórica-práctica del examen de grado, designará a los miembros del Jurado y solicitará a la dependencia educativa correspondiente la autorización respectiva.

Artículo 63. Una vez concluido el examen de grado, el presidente del jurado declarará

un receso, en el que sus miembros deliberarán con toda libertad y emitirán secretamente su voto.

El resultado del examen de grado podrá ser:

A) Aprobado por mayoría de votos;

B) Aprobado por Unanimidad; y

C) Aprobado por Mención Honorífica (se otorgará al sustentante que obtuvo un promedio general de aprovechamiento académico igual a 9.5 y/o, a consideración de

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Reglamento de Biblioteca

48

todos los miembros del jurado, haya revelado excepcional calidad en el trabajo y su

defensa).

D) No aprobado: cuando la mayoría de los miembros del jurado emita opinión

desfavorable.

Artículo 64. En caso de que el resultado del examen sea de no aprobado, se le hará

saber al aspirante en recinto vacío, quien podrá solicitar nueva fecha para examen después de transcurridos seis meses. Si nuevamente es suspendido, el Consejo Técnico

del programa de posgrado determinará si procede o no otorgar una nueva oportunidad.

Artículo 65. Si el resultado de la prueba oral teórica-práctica fuese aprobatorio, el

Presidente del Jurado lo hará saber al sustentante, le tomará la protesta respectiva y el Secretario procederá a levantar el Acta en el Libro correspondiente, a la que dará lectura y la firmarán todos los miembros del Jurado, el sustentante y el representante

de la autoridad educativa correspondiente.

Artículo 66. En caso de demostrarse que en la elaboración del trabajo de tesis no

intervino directamente el sustentante, esté quedará automáticamente anulado y el procedimiento de titulación quedará suspendido según lo amerite el caso, a juicio de la Coordinación de Posgrado e Investigación.

Artículo 67. Para los sustentantes que no se presenten en la fecha, lugar y hora fijados para la realización de la prueba oral teórico-práctica del Examen de grado, éste será

cancelado y solo podrá efectuarse pasado un término no menor de seis meses. La valorización de la causa, será calificada por la Coordinación de Posgrado e Investigación.

II. Para obtener el Grado de Maestría

TESIS. Esta deberá considerar claramente la participación del alumno dentro de un esfuerzo global, coherente y sistemático de investigación, siguiendo una metodología rigurosa.

A) Haber acreditado los cursos del plan de estudios en el plazo máximo establecido en este reglamento.

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Reglamento de Biblioteca

49

B) Elaborar una tesis de grado con una extensión mínima de cien cuartillas,

con una bibliografía mínima de veinte obras de consulta, supervisada y aprobada por un tutor de tesis, quien deberá contar con el Grado de Maestría o Doctorado; y

C) Aprobar un examen ante un jurado nombrado.

PROMEDIO GENERAL. Esta deberá considerar claramente la participación del alumno dentro de un esfuerzo global, coherente y sistemático de investigación, siguiendo una metodología rigurosa.

C) Haber acreditado los cursos del plan de estudios en el plazo máximo establecido en este reglamento.

D) Haber cursado el programa académico sin interrupciones.

E) Haber obtenido un promedio general de 9.8 de calificación.

F) Haber cubierto el 100% de los créditos del plan de estudio según sea el caso.

G) No haber reprobado, ni recursado ninguna materia del plan de estudios.

H) Ser alumno regular.

I) Haber cubierto los requerimientos de la documentación que son solicitados por la SEP para la autentificación del Certificado y Grado Académico.

EXPOSICIÓN DE CASO PRÁCTICO. Esta deberá considerar claramente la participación del alumno dentro de un esfuerzo global, coherente y sistemático de investigación, siguiendo una metodología rigurosa.

A) Haber acreditado los cursos del plan de estudios en el plazo máximo establecido en este reglamento.

B) Haber cursado el programa académico sin interrupciones.

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Reglamento de Biblioteca

50

C) Haber obtenido un promedio general de 9.00 de calificación.

D) Haber cubierto el 100% de los créditos del plan de estudio según sea el caso.

E) No haber reprobado, ni recursado ninguna materia del plan de estudios.

F) Ser alumno regular.

G) Tener una experiencia académico-laboral de 5 años en el área de conocimiento.

H) Haber cubierto los requerimientos de la documentación que son solicitados por la SEP para la autentificación del Certificado Total y Grado Académico.(No esta vigente, se tiene que quitar)

Artículo 68. Los jurados de los exámenes de Maestría se integrarán con tres sinodales nombrados por la Coordinación de Posgrado e Investigación del Instituto. (Todos los

sinodales deberán contar con el grado mínimo de Maestría).

Artículo 69. El interesado en sustentar examen de grado de Maestría, lo solicitará por

escrito a la Coordinación de Posgrado e Investigación adjuntando a dicha solicitud los documentos necesarios para cumplir los requisitos exigidos en este reglamento.

Artículo 70. El examen de grado comprenderá una prueba escrita y otra oral teórica-práctica.

Artículo 71. La prueba escrita consistirá en una Tesis de Grado, entendiéndose por ésta el trabajo escrito de investigación eminentemente teórico o práctico, realizado con

rigor metodológico y diversidad de fuentes, planteando claramente el problema que se analiza, la hipótesis propuesta y las conclusiones obtenidas.

Artículo 72. Los interesados a que se refiere el artículo 50 de este reglamento, deberán presentar por escrito ante la Coordinación de Posgrado e Investigación, una solicitud por escrito que contenga:

A) El proyecto de investigación.

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Reglamento de Biblioteca

51

B) La propuesta de designación del Tutor de Tesis.

C) Anexar el pago correspondiente.

Artículo 73. El escrito a que se refiere el artículo anterior, deberá ser firmado por el

solicitante y por el tutor propuesto y se presenta en original.

Artículo 74. El Consejo Técnico de la Dirección de Posgrado e Investigación aprobará,

modificará o rechazará la propuesta de Proyecto de Investigación, bibliografía y nombramiento de Tutor, debiéndosele comunicar por escrito al solicitante.

Artículo 75. En caso de que existan controversias de fondo entre el Autor y el Tutor de Tesis, el primero podrá solicitar por escrito ante la Dirección de Posgrado e

Investigación el cambio del mismo, exponiendo los motivos para ello. El Consejo Técnico del Programa respectivo dictaminará si procede el cambio solicitado y autorizará en su caso, la nueva propuesta.

Artículo 76. El Tutor de Tesis deberá supervisar todo el proceso de investigación y queda a su criterio si el fondo de la tesis cubre los requisitos señalados en este

reglamento.

Artículo 77. El interesado, al concluir su trabajo de Tesis, deberá presentar a la

Dirección de Posgrado e Investigación cuatro ejemplares del mismo, y el oficio de autorización de su tutor de Tesis.

Artículo 78. La Dirección de Posgrado e Investigación designará preferentemente de entre los Tutores de la Institución, dos revisores, para la Maestría en cuestión, quienes

se encargarán de revisar el trabajo de tesis propuesto y valorar si esta reúne los requisitos para ser presentada y defendida en el examen correspondiente, en cuyo caso extenderán por escrito la autorización respectiva.

Artículo 79. Aprobado el trabajo de tesis por los revisores a que se refiere el artículo anterior, la Dirección de Posgrado e Investigación autorizará al interesado para

impresión del citado trabajo.

Artículo 80. El interesado entregará a la Dirección de Posgrado e Investigación, cuatro

ejemplares de su trabajo de Tesis, así como en archivo PDF, en un CD (de manera electrónica).

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Reglamento de Biblioteca

52

Artículo 81. Previo cumplimiento de todos los requisitos que este reglamento exige, la Coordinación de Posgrado e Investigación señalará el día y hora para la celebración de la prueba oral teórica-práctica del examen de grado, designará a los miembros del

Jurado y solicitará a la dependencia educativa correspondiente la autorización respectiva.

Artículo 82. Una vez concluido el examen de grado, el presidente del jurado declarará un receso, en el que sus miembros deliberarán con toda libertad y emitirán

secretamente su voto.

El resultado del examen de grado podrá ser:

A) Aprobado por mayoría de votos;

B) Aprobado por Unanimidad; y

C) Aprobado por Mención Honorífica (Se otorgará al sustentante que obtuvo un

promedio general de aprovechamiento académico igual a 9.5 y, a consideración de todos los miembros del jurado, haya revelado excepcional calidad en el trabajo y su defensa.

D) No aprobado: cuando la mayoría de los miembros del jurado emita opinión desfavorable.

Artículo 83. En caso de que el resultado del examen sea no aprobado, se le hará saber

al aspirante en recinto vacío, quien podrá solicitar nueva fecha para examen después de transcurridos seis meses. Si nuevamente el resultado es de no aprobado, el Consejo Técnico del programa de posgrado determinará si procede o no otorgar una nueva

oportunidad.

Artículo 84. Si el resultado de la prueba oral teórica-práctica fuese aprobatorio, el

Presidente del Jurado lo hará saber al sustentante, le tomará la protesta respectiva y el Secretario procederá a levantar el Acta en el Libro correspondiente, a la que dará lectura y la firmarán todos los miembros del Jurado, el sustentante y el representante

de la autoridad educativa correspondiente.

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Reglamento de Biblioteca

53

Artículo 85. En caso de demostrarse que en la elaboración del trabajo de tesis no

intervino directamente el sustentante, esté quedará automáticamente anulado y el procedimiento de titulación quedará suspendido según lo amerite el caso, a juicio de la Dirección de Posgrado e Investigación.

Artículo 86. Para los sustentantes que no se presenten en la fecha, lugar y hora fijados para la realización de la prueba oral teórico-práctica del Examen de grado, éste será

cancelado y solo podrá efectuarse pasado un término no menor de seis meses. La valorización de la causa, será calificada por la Dirección de Posgrado e Investigación.

Artículo 87. Haber acreditado cada una de las asignaturas que integran el plan de estudios de la Maestría en cuestión, sin haber reprobado ninguna materia.

Artículo 88. Obtener una calificación mínima de 9 o más en las asignaturas cursadas.

Artículo 89. Haber concluido sus estudios en el tiempo establecido para cursar la Maestría, sin interrupción alguna, es decir; que no se haya dado de baja temporal en

ningún momento para la conclusión de sus estudios.

Artículo 90. Obtener un promedio general de 9.6 ó más al concluir la totalidad de las

asignaturas del plan de estudios. (Esto no va, en referencia a que)

CAPÍTULO 10

OBTENCIÓN DEL DIPLOMA

Artículo 91. De los sujetos

Sólo podrán aspirar al Diploma de la Especialidad las personas que siendo alumnos del Instituto de Especialización para Ejecutivos S.C. hayan aprobado todas las materias que forman el Plan de Estudios vigente.

Artículo 92. De la calificación mínima aprobatoria

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Reglamento de Biblioteca

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La calificación mínima aprobatoria en cualquier programa académico de Posgrado es de

8. (ocho)

Artículo 93. El promedio mínimo para obtener el grado es de 8 (ocho)

Artículo 94. Del proceso para la obtención del Diploma

I. Para obtener el Diploma de Especialidad

TESINA. Esta deberá considerar claramente la participación del alumno dentro de un esfuerzo global, coherente y sistemático de investigación, siguiendo una metodología rigurosa.

A) Haber acreditado los cursos del plan de estudios en el plazo máximo establecido en este reglamento.

B) Elaborar una tesina, con una bibliografía mínima de quince obras de consulta, supervisada y aprobada por un tutor de tesina, quien deberá contar

con el Diploma de Especialidad o de maestro; y

D) Aprobar un examen ante un jurado nombrado.

PROMEDIO GENERAL. Esta deberá considerar claramente la participación del

alumno dentro de un esfuerzo global, coherente y sistemático de investigación, siguiendo una metodología rigurosa.

A) Haber acreditado los cursos del plan de estudios en el plazo máximo establecido en

este reglamento.

B) Haber cursado el programa académico sin interrupciones.

C) Haber obtenido un promedio general de 9.8 de calificación.

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Reglamento de Biblioteca

55

D) Haber cubierto el 100% de los créditos del plan de estudio según sea el caso.

E) No haber reprobado, ni recursado ninguna materia del plan de estudios.

F) Ser alumno regular.

G) Haber cubierto los requerimientos de la documentación que son solicitados por la SEP para la autentificación del Certificado y Grado Académico.

EXPOSICIÓN DE CASO PRÁCTICO. Esta deberá considerar claramente la

participación del alumno dentro de un esfuerzo global, coherente y sistemático de investigación, siguiendo una metodología rigurosa.

A) Haber acreditado los cursos del plan de estudios en el plazo máximo establecido en este reglamento.

B) Haber cursado el programa académico sin interrupciones.

C) Haber obtenido un promedio general de 9:00 de calificación.

D) Haber cubierto el 100% de los créditos del plan de estudio según sea el caso.

E) No haber reprobado, ni recursado ninguna materia del plan de estudios.

F) Ser alumno regular.

G) Tener una experiencia académico-laboral de 5 años en el área de conocimiento.

H) Haber cubierto los requerimientos de la documentación que son solicitados por la

SEP para la autentificación del Certificado Total y Grado Académico.

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Reglamento de Biblioteca

56

Artículo 95. Los jurados de los exámenes de especialidad se integrarán con cinco sinodales tres titulares y dos suplentes, nombrados por la Dirección de Posgrado e Investigación del Instituto. (Los sinodales deberán contar con el Diploma de

Especialidad o el Grado de Maestría)

Artículo 96. El interesado en sustentar examen de especialidad, lo solicitará por escrito

a la Dirección de Posgrado e Investigación adjuntando a dicha solicitud los documentos necesarios para cumplir los requisitos exigidos en este reglamento.

Artículo 97. El examen de especialidad comprenderá una prueba escrita y otra oral teórica-práctica.

Artículo 98. La prueba escrita consistirá en una Tesina, entendiéndose por ésta el trabajo escrito de investigación eminentemente teórico o práctico, realizado con rigor

metodológico y diversidad de fuentes, planteando claramente el problema que se analiza, la hipótesis propuesta y las conclusiones obtenidas.

Artículo 99. Los interesados a que se refiere el artículo 50 de este reglamento, deberán presentar por escrito ante la Dirección de Posgrado e Investigación, una solicitud por escrito que contenga:

A) El proyecto de investigación

B) El índice propuesto

C) La bibliografía que consultará; y,

D) La propuesta de designación del Tutor de la Tesina

Artículo 100. El escrito a que se refiere el artículo anterior, deberá ser firmado por el solicitante y por el tutor propuesto y se presenta en original.

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Reglamento de Biblioteca

57

Artículo 101. El Consejo Técnico de la Dirección de Posgrado e Investigación aprobará, modificará o rechazará la propuesta de Protocolo de Investigación, bibliografía y nombramiento de Tutor, debiéndosele comunicar por escrito al solicitante.

Artículo 102. En caso de que existan controversias de fondo entre el Autor y el Tutor de la Tesina, el primero podrá solicitar por escrito ante la Dirección de Posgrado e

Investigación el cambio del mismo, exponiendo los motivos para ello y adjuntando una carta de conformidad de otro posible Tutor de la Tesina. El Consejo Técnico del

Programa respectivo dictaminará si procede el cambio solicitado y autorizará en su caso, la nueva propuesta.

Artículo 103. El Tutor de Tesina deberá supervisar todo el proceso de investigación y queda a su criterio si el fondo de la tesis cubre los requisitos señalados en este reglamento.

Artículo 104. El interesado, al concluir su trabajo de Tesina, deberá presentar a la Dirección de Posgrado e Investigación cinco ejemplares del mismo, y el oficio de

autorización de su tutor de Tesina.

Artículo 105. La Dirección de Posgrado e Investigación designará preferentemente de

entre los Tutores de la Institución, dos o tres revisores, para la especialidad, quienes se encargarán de revisar el trabajo de tesina propuesto y valorar si esta reúne los requisitos para ser presentada y defendida en el examen correspondiente, en cuyo caso

extenderán por escrito la autorización respectiva.

Artículo 106. Aprobado el trabajo de tesina por los revisores a que se refiere el artículo anterior, la Dirección de Posgrado e Investigación autorizará al interesado para impresión del citado trabajo.

Artículo 107. Previo cumplimiento de todos los requisitos que este reglamento exige, el Director de Posgrado e Investigación señalará el día y hora para la celebración de la

prueba oral teórica-práctica del examen de especialidad, designará a los miembros del Jurado y solicitará a la dependencia educativa correspondiente la autorización respectiva.

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Reglamento de Biblioteca

58

Artículo 108. Una vez concluido el examen de especialidad, el presidente del jurado declarará un receso, en el que sus miembros deliberarán con toda libertad y emitirán secretamente su voto.

El resultado del examen de especialidad podrá ser:

A) Aprobado por mayoría de votos;

B) Aprobado por Unanimidad; y

C) Aprobado por Mención Honorífica (Se otorgará al sustentante que obtuvo un

promedio general de aprovechamiento académico igual a 9.5 y, a consideración de todos los miembros del jurado, haya revelado excepcional calidad en el trabajo y su defensa.

D) No aprobado: cuando la mayoría de los miembros del jurado emita opinión desfavorable.

Artículo 109. En caso de que el resultado del examen sea de no aprobado, se le hará saber al aspirante en recinto vacío, quien podrá solicitar nueva fecha para examen

después de transcurridos seis meses. Si nuevamente el resultado es de no aprobado, el Consejo Técnico del programa de posgrado determinará si procede o no otorgar una

nueva oportunidad.

Artículo 110. Si el resultado de la prueba oral teórica-práctica fuese aprobatorio, el

Presidente del Jurado lo hará saber al sustentante, le tomará la protesta respectiva y el Secretario procederá a levantar el Acta en el Libro correspondiente, a la que dará lectura y la firmarán todos los miembros del Jurado, el sustentante y el representante

de la autoridad educativa correspondiente.

Artículo 111. En caso de demostrarse que en la elaboración del trabajo de tesina no

intervino directamente el sustentante, esté quedará automáticamente anulado y el

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Reglamento de Biblioteca

59

procedimiento de titulación quedará suspendido según lo amerite el caso, a juicio de la

Dirección de Posgrado e Investigación.

Artículo 112. Para los sustentantes que no se presenten en la fecha, lugar y hora

fijados para la realización de la prueba oral teórico-práctica del Examen de especialidad, éste será cancelado y solo podrá efectuarse pasado un término no menor de seis meses. La valorización de la causa, será calificada por la Dirección de Posgrado e

Investigación. (Esto no va ya es de especialidad).

Artículo 113. De los tiempos

I. El tiempo mínimo para cubrir un Programa de Posgrado es de: 36 meses para las

Maestrías, y 20 meses para un Doctorado.

II. El tiempo máximo para cubrir un programa de Posgrado es del doble del tiempo

marcado oficialmente para su conclusión.

III. Transcurrido un plazo de doce meses contados a partir de la fecha de su graduación

sin que los alumnos de Posgrado inicien los trámites de titulación, corresponderá al Consejo Técnico, previa solicitud escrita del interesado, analizar el caso y determinar si procede dar curso al trámite en cuestión y las condiciones a que éste se sujetará

en todos aspectos, esto es tanto en la parte académica como en la administrativa.

Artículo 114. Haber acreditado cada una de las asignaturas que integran el plan de

estudios de la Maestría en cuestión, sin haber reprobado ninguna materia.

Artículo 115. Obtener una calificación mínima de 9 ó más en las asignaturas cursadas.

Artículo 116. Haber concluido sus estudios en el tiempo establecido para cursar la

Maestría, sin interrupción alguna, es decir: que no se haya dado de baja temporal en ningún momento para la conclusión de sus estudios.

Artículo 117. Obtener un promedio general de 9.6 ó más al concluir la totalidad de las asignaturas del plan de estudios.

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Reglamento de Biblioteca

60

CAPÍTULO 11

DE LAS BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS

Artículo 118. De las becas

I. El Instituto otorgará el mínimo oficial de BECAS SEP equivalente al 5% de los

alumnos inscritos en cada programa académico. Dichas Becas SEP se entienden libres de servicio Becario obligatorio y se otorgarán independientemente de los programas de financiamiento.

Artículo 119. De los requisitos

I. Los alumnos interesados en obtener una beca y gozar de alguno de los planes de financiamiento que tiene previstos el instituto, deberán solicitar a la Dirección de Posgrado e Investigación, informes al respecto.

II. La aceptación de solicitudes de financiamiento o becas está sujeta a la disponibilidad

de las mismas dentro de las cuotas de Becas y financiamiento de que dispone el

Instituto y se atenderán respetando los lineamientos emitidos para el mismo. III. En cuanto a las becas la exención del pago de inscripción y colegiaturas dependerá

del porcentaje que le asigne el instituto al alumno. Artículo 120. Para ser acreedor a una beca se deberá:

I. Ser alumno oficial del Instituto.

II. Haber cursado dos ciclos escolares continuos con mínimo de dos asignaturas cada

uno, obteniendo promedio de calificación igual o mayor a 8 (ocho) para financiamiento o 9 (nueve) para beca académica.

III. Acreditar incapacidad o insuficiencia financiera para cubrir parte o la totalidad de

colegiaturas.

Artículo 121. Las solicitudes de financiamiento y de beca parcial podrán ser autorizadas por el Director del Plantel, siguiendo los procedimientos aquí marcados.

Artículo 122. Las solicitudes de Beca o de financiamiento se manejarán con la debida confidencialidad y discreción tanto por parte de las autoridades del Instituto como por parte del solicitante.

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Reglamento de Biblioteca

61

Artículo 123. El presentar información falsa dará evidencia de mala fe y causará la

cancelación del trámite de la solicitud o, en su caso, la cancelación de la Beca. De ser este último el caso, el estudiante deberá rembolsar la totalidad de los créditos otorgados a través de la beca.

Artículo 124. Un estudiante beneficiado con una beca deberá mantener un promedio mínimo de 8 (ocho), cursar el mínimo de dos materias por ciclo escolar, no dar de baja

asignaturas mientras goce de la beca. Las becas objeto de este reglamento dejarán de concederse al beneficiario en caso de que este abandone sus estudios en el IEE o los

suspenda por cualquier razón. Artículo 125. Al final de cada ciclo escolar, el estudiante deberá comprobar que

subsisten las condiciones que lo empujaron a solicitar el financiamiento o la beca del IEE para poder seguirla gozando. El beneficiario podrá ser modificado, reducido o cancelado, cuando las condiciones iniciales, que dieron lugar a dicho beneficio, hayan

cambiado. Artículo 126. De las becas de excelencia

I. El Consejo de Administración determinará cada año el número de BECAS DE

EXCELENCIA que el IEE podrá otorgar.

II. Se concederá beca de excelencia al alumno que haya cursado 2 asignaturas en

cada ciclo escolar continuos, haya obtenido un promedio general de 9.50,

independientemente de la condición económica del candidato.

III. La beca de excelencia se refrendará cada ciclo escolar si el alumno continua cursando 2 materias por periodo promedio general de 9.50. De no ser así la beca se cancelará.

IV. El otorgamiento de las BECAS DE EXCELENCIA está sujeto a la disponibilidad dentro

de las cuotas de BECAS DE EXCELENCIA marcadas por el Consejo de Administración

cada ciclo escolar.

V. Todos los casos no previstos en este reglamento en cuanto a becas de excelencia,

serán resueltos por el Consejo de Administración.

Artículo 129. De los Comités de Becas y Financiamiento y sus Funciones

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Reglamento de Biblioteca

62

I. El Director del Plantel conforma un Comité de Becas y Financiamiento para su

unidad, conforma a sus recursos y necesidades.

II. En cada caso el Comité de Becas y Financiamiento de un Plantel deberá estar

conformado por un número impar de integrantes mayor o igual a 3. III. Serán funciones de los Comités de Becas y Financiamiento:

A) Dar información y orientación a los estudiantes sobre las opciones de

Becas y Financiamiento que ofrece el instituto; y distribuir las solicitudes correspondientes.

B) Recibir las solicitudes de Beca o Financiamiento debidamente llenadas y acompañadas de los documentos que, en ellas mismas, se requiera.

C) Supervisar la aplicación de las Políticas Generales de Becas y Financiamiento emitidas por el Consejo de Administración del IEE.

D) Evaluar las solicitudes de Beca y Financiamiento presentadas y dictaminar cada caso de acuerdo con las Políticas Generales de Becas y Financiamiento emitidas por el Consejo de Administración del IEE.

E) Resolver sobre los casos no previstos por el presente Reglamento, en

estrecha coordinación con el Consejo de Administración del IEE.

CAPÍTULO 12

DE LA ADMINISTRACIÓN Y CONTROL ESCOLAR

Artículo 130. De la evaluación

I. La escala de calificaciones es de 5 (cinco) a 10 (diez). La calificación mínima aprobatoria es de 8 (ocho).

II. El promedio mínimo general para optar por el Grado de Doctor y Maestro es de 8 (ocho).

A) En el caso en el que un estudiante no alcance dicho promedio mínimo, podrá solicitar al CONSEJO TÉCNICO autorización para recursar aquellas

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Reglamento de Biblioteca

63

materias de menores calificaciones en su expediente hasta alcanzar el

promedio de 8 (ocho).

B) Mientras el estudiante no sobrepases el límite de tiempo señalado en el

artículo 106 (de los tiempos), podrá recursar todas las materias que sea necesario para alcanzar el promedio mínimo señalado.

C) Un estudiante que no logre el mínimo de 8 (ocho) dentro de los tiempos límites no puede aspirar al Grado de Doctorado o Maestría.

III. Cada estudiante deberá contar con un expediente en el que se registren sus calificaciones y toda la información escolar pertinente.

Artículo 131. El Coordinador de Posgrado e Investigación es el encargado de hacer llegar los registros escolares de rutina a las autoridades educativas que corresponda,

según se marca en el acuerdo 279 emitido el 10 de julio del 2000 en el Diario Oficial.

Artículo 132. El Coordinador de Posgrado e Investigación es responsable de contestar

adecuadamente los requerimientos de documentación e informes de las autoridades educativas que corresponda, según se marca en el acuerdo 279 emitido el 10 de julio de 2000 en el Diario Oficial.

CAPÍTULO 13

REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS

Artículo 133. De la revalidación de estudios

I. El Instituto de Especialización para Ejecutivos, el cuerpo de Asesores Técnico Académicos corresponde realizar el estudio y resolución de los casos que lo ameriten

en lo que respecta a los trámites de Revalidación y Equivalencia de estudios de tipos superior.

II. Los dictámenes de Revalidación y Equivalencia de Estudios serán entregados al solicitante junto con las instrucciones para que este último pueda realizar sus trámites oficiales de revalidación y equivalencia ante el Departamento de

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Reglamento de Biblioteca

64

Revalidación y Equivalencia de la Dirección de Instituciones Particulares de

Educación Superior.

En el dictamen serán consideradas para su revalidación o equivalencia de estudios

sólo aquellas asignaturas que sean cursadas al mismo nivel para el que se solicita la revalidación o equivalencia y en caso de que los contenidos de las materias a revalidar o equivalentes sean similares a los contenidos de las materias a revalidar o

equivalentes sean similares a los contenidos de las materias homólogas en el programa correspondiente del IEE.

III. Toda solicitud de Revalidación o Equivalencia de estudios deberá acompañar con copia del programa de estudios correspondiente y con toda la documentación que

acredite la validez oficial de los estudios a revalidar o ser equivalentes.

Artículo 134. De la expedición de documentos

Los alumnos (vigentes, truncos, egresados-truncos o egresados-titulados) tendrán derecho a la entrega de Constancias, Certificados Totales, Certificados parciales,

Diploma o Grado de Maestría o Doctorado, siempre y cuando no tengan adeudos económicos y paguen los derechos correspondientes, fijados por la Dirección General del Instituto.

CAPÍTULO 14

DE LOS SERVICIOS DE APOYO

Artículo 135. De los servicios de apoyo en el Instituto de Especialización para Ejecutivos se conciben principalmente como elementos que contribuyan al cumplimiento de las funciones sustantivas del instituto en tanto que institución de educación superior:

I. Consejo de Administración considerará, en las políticas generales de crecimiento del

instituto la dotación de recursos para los servicios de apoyo considerado prioritaria esta concepción.

II. Los Directores del Planteles son responsables de que los recursos del instituto se utilicen para generar servicios de apoyo con esta concepción.

Artículo 136. Los servicios de apoyo en el instituto tendrán permanencia como primera prioridad las labores de investigación con productos de beneficio social.

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Reglamento de Biblioteca

65

Artículo 137. Del uso de las instalaciones

I. La comunidad escolar podrá hacer uso de las instalaciones y equipo del Instituto, en

los horarios de trabajo y de clase establecidos. En caso de requerir el uso de aulas u de otras instalaciones fuera de dichos horarios, deberán solicitar autorización ante la Coordinación de Posgrado e Investigación.

Artículo 138. Del uso de la biblioteca

I. Se podrá hacer uso del servicio de biblioteca, de acuerdo a los tiempos estipulados en el artículo antecedente. Los materiales bibliográficos podrán ser solicitados por

los alumnos en calidad de préstamo y hasta por 10 días hábiles cumpliendo los requisitos señalados por la Coordinación de Posgrado e Investigación.

Artículo 139. Del uso del equipo y materiales

I. El equipo con que cuenta el IEE para el desarrollo del proceso de enseñanza-

aprendizaje, como: televisor, retro-proyectores, así como rotafolio, pizarrones, marcadores, hojas de rotafolio, pegamentos y/u otras, podrán ser utilizados por los catedráticos y alumnos previa solicitud en la Coordinación de Posgrado e

Investigación conjuntamente con el área de Servicios.

CAPÍTULO 15 DE LAS CUOTAS Y PAGOS

Artículo 140. De las cuotas

I. El alumno (vigente, trunco, egresado-trunco o egresado-titulado) deberá cubrir

dentro de los plazos señalados en el siguiente artículo, las cuotas vigentes establecidas por el Instituto por concepto de: inscripciones, costo por asignatura, constancias, certificado parcial, certificado total, proceso de titulación, asignación de

sinodales, Diploma, Grado (Doctorado y Maestría) y otros relacionados con los servicios que ofrece el IEE.

II. En cuanto a las becas la exención del pago de inscripción y colegiaturas dependerá del porcentaje que le asigne el instituto al alumno.

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Reglamento de Biblioteca

66

Artículo 141. De las modalidades y plazos a pagos

I. El IEE ofrece la posibilidad de Planes de Financiamiento para el pago de

colegiaturas, siguiendo las políticas establecidas por el Consejo de Administración.

II. Las fechas límites de pago sin recargos serán fijadas por cada plantel.

Artículo 142. Transitorios

Las cuestiones no previstas en el presente reglamento serán sometidas al Consejo Técnico quien determinará lo consecuente.

El presente Reglamento se aplicará en el Instituto de Especialización para Ejecutivos con programas académicos que cuenten con RVOE, a partir de su autorización por parte de

la Dirección de Instituciones Particulares de Educación Superior.