25
Profesorado de Educación Secundaria de la Modalidad Técnico Profesional En concurrencia con título de base Materia: Historia y Política de la Educación Profesor: Gabriel Omar Santillán Título de la Actividad: Pasantías en el ámbito de la Escuela de Educación Técnica Nro. 1 Comisión: “A” – 1º Año Autores: Aguayo, Oscar Alfonso, Francisco Brunelli, Mirian Ramírez, Hilda Sánchez, Diego Sarmiento, Cristian Lugar y Fecha: Formosa, 24 de febrero de 2015

Marco Teórico Régimen de Pasantías - En Argentina

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Trata Sobre la Ley 26427 (Régimen de Pasantías)

Citation preview

  • Profesorado de Educacin Secundaria de la

    Modalidad Tcnico Profesional En concurrencia con ttulo de base

    Materia: Historia y Poltica de la Educacin

    Profesor: Gabriel Omar Santilln

    Ttulo de la Actividad: Pasantas en el mbito de la Escuela de Educacin Tcnica Nro. 1

    Comisin: A 1 Ao

    Autores:

    Aguayo, Oscar Alfonso, Francisco Brunelli, Mirian Ramrez, Hilda Snchez, Diego Sarmiento, Cristian

    Lugar y Fecha: Formosa, 24 de febrero de 2015

  • ndice

    1- Introduccin

    2- Relacin Escuela Comunidad

    3- Concepto de Estado, Sociedad y Educacin

    a- El Estado

    b- La Sociedad

    c- La Educacin

    4- El Modelo Formoseo

    a- El Desarrollo Productivo y el de la Escuela

    b- El Modelo de Estado

    c- El Sistema Educativo

    d- La Obligatoriedad del Nivel Secundario

    e- Inclusin y Poltica de Inclusin

    5- Las Leyes de Educacin

    a- Ley de Educacin Nacional Ley N 26.206

    b- Ley de Educacin Tcnico Profesional Ley Nacional N 26.058

    c- Ley Provincial de Educacin Ley N 1.613

    6- Pasantas:

    a- Marco Legal - Ley Nacional N 26.427

    b- Definicin

    c- Generalidades de la Ley:

    d- Anlisis Exhaustivo de la Ley

    A- Objetivos

    B- Diseo del Proyecto Pedaggico del Sistema de Pasanta

    C- Requisitos mnimos que deben constar en los Convenios de Pasantas

    D- Comunicacin de los Convenios Firmados

    E- Firma de Acuerdos Individuales

    F- Naturaleza de la Pasanta. Relacin Entre las Partes

    G- Duracin del Acuerdo de Pasanta y Carga Horario

  • H- Lugar de Desarrollo de la Pasanta. Normas de Seguridad

    I- Asignacin Estimulo

    J- Cobertura de Obra Social

    K- Control a Nivel Institucional

    L- Certificado de Pasanta Educativa

    M- Control a Nivel Estatal: Presunciones

    N- Registro Unificado y Control del Ministerio de Educacin

    O- Cupos de Pasantes

    P- Contratos de Pasantas Vigentes de los Regmenes Derogados

    Q- Registro Mi Simplificacin y Declaracin Jurada de Aportes y

    Contribuciones

    7- Realidades Respecto de la Implementacin de las Pasantas en la EPET Nro. 1

    a- Aspectos internos que han dificultado el afincamiento de las pasantas desde la

    institucin

    b- Aspectos externos han dificultado el afincamiento de las pasantas desde la

    institucin

    c- Pasanta de la EPET N 1

    8- Conclusin

    9- Bibliografas revisadas

  • 1

    1- Introduccin

    Este trabajo trata sobre las Pasantas externas y sus aspectos, que hacen a ellas,

    como vnculos entre la Escuela y las empresas del medio, por ende como uno de las

    varias formas en que la institucin se relaciona con la sociedad en la cual est

    inmersa.-

    Las Practicas Profesionalizantes, tienen el fin de poner al alumno en situacin real de

    trabajo a partir de la utilizacin de diferentes formatos y criterios de organizacin

    institucional atendiendo a los marcos establecidos que aseguren el acceso a la

    igualdad de oportunidades de todos los estudiantes, de forma tal que, ste ponga

    en juego las capacidades desarrolladas en el mbito educativo - formativo y el campo

    laboral evale el grado de competencia de los futuros egresados.-

    En lo referente a ellas, es vlido tambin recordar que es uno de los campos de los

    que se conforma la estructura curricular de todas las especialidades de la formacin

    tcnica, que si bien, est presente a lo largo de todo el trayecto formativo, es en el

    ltimo ao, donde hemos puesto especial atencin a este espacio, ya que es aqu

    donde el alumno debe cumplimentar las practicas Profesionalizantes en las cualquiera

    de sus distintas formas.-

    Dentro de las varias formas en las cuales el INET establece la realizacin de estas

    prcticas, se encuentran las Pasantas Externas, Proyectos Productivos, Proyectos

    Tecnolgicos y Empresas Simuladas, de todas estas, las dos primeras, son las que

    mayores posibilidades ofrecen para una vinculacin ms estrecha con la sociedad.-

    Si bien, se han llevado a cabo experiencias exitosas de pasantas externas en los

    ltimos seis aos aproximadamente, de las cuales resultaron una cierta cantidad de

    alumnos que fueron contratados por las empresas, una vez finalizadas sus pasantas,

    estas prcticas no se han masificado para la gran mayora de los alumnos del 7mo

    ao de ninguna de las especialidades, vale decir, el porcentaje de alumnos que han

    realizado pasantas en relacin con la cantidad que egresaron no solo fue fluctuante

    sino que adems nunca alcanzo a ser un porcentaje importante de estos.-

  • 2

    Varias podran mencionarse como las razones por las cuales este tipo de prcticas, no

    han logrado consolidarse en la institucin ni tampoco en el campo empresarial, algunas

    de ellas vamos a mencionarlas, sin por ello establecer como verdades absolutas ni

    tampoco como las nicas, pudindose escapar a nuestro anlisis, aspectos que

    influyen y por lo cual no pretendemos dejar agotada la discusin en lo referente a esta

    cuestin.-

    2- Relacin Escuela-Comunidad

    La escuela, constituye un lugar de encuentro de saberes, de intercambio de

    conocimientos, donde se debe encontrar el aprendizaje y la enseanza como proceso

    dinmico, igualitario y sin ningn tipo de exclusiones. ste encuentro

    irremediablemente se lleva a cabo en un espacio social. En tal sentido, la sociedad

    constituye se escenario donde se lleva a cabo, dicha integracin, un espacio de

    encuentro, de trabajo, de estudio, de compartir, de intercambio de experiencias, pero

    sobre todo es un lugar que se encuentra all permanentemente, la comunidad es donde

    nace, se desarrollan, viven y mueren las personas.

    En stos tiempos de cambios que viven el pas y el mundo, donde los padres pasan

    mucho ms tiempo en el trabajo, donde ambos trabajan para darle lo mejor a sus hijos,

    existe la necesidad de propiciar escenarios, espacios, actividades, eventos donde

    tengan participacin los padres y representantes, fuerzas vivas de la comunidad, los

    estudiantes, los docentes, la comunidad educativa, el personal administrativo y de

    maestranza, en fin todo el que pueda porque todos son necesarios en ste proceso de

    integracin, de enlace, de convivencia.

    Tengamos en cuenta que el papel que desarrollan como protagonistas en la

    construccin de la sociedad, estrechamente vinculada con la razn de ser del Estado,

    tiene un papel preponderante por involucrarse con la comunidad donde vive, para

    luego prestar sus servicios en la bsqueda de las soluciones ms adecuadas posibles.

    Analizamos ste trabajo en base a la situacin problemtica de las relaciones Estado,

    sociedad y educacin, teniendo en cuenta el influjo que tiene el poder poltico, la

    sociedad organizada y el papel que desempea la educacin en la formacin de un

    estado de derecho.

  • 3

    3- Conceptos de Estado, Sociedad y Educacin:

    a- El Estado: asumiendo que el rol del estado es el bienestar social, podemos

    deducir que a pesar de las intenciones del estado, la accin de la institucin

    denominada educacin debe basarse en la culturizacin de la sociedad, que al

    parecer no se encuentra orientada en sa directriz, afectados directamente por

    los cambios econmicos, polticos y sociales del pas, lo cual lo alejan de tener

    un papel protagnico en el cambio social y de participar de los beneficios que

    le pueden reportar la interaccin educacin-comunidad.

    b- La Sociedad: cada individuo si bien se autoforma con metas y valores, tambin

    al mismo tiempo se desarrolla en medio de la sociedad, y como tal constituye

    un sistema humano total compuesto de subsistemas de individuos y grupos,

    cada uno de los cuales afecta a los otros y a la organizacin; es decir los

    individuos, los grupos y la organizacin son interdependientes. Por ello en

    nuestra realidad social, el individuo que valora sus actuaciones en sociedad,

    caracterizado por tener su propia personalidad, motivacin y necesidades; por

    lo tanto no es un ser aislado, sino vinculado con el resto de la sociedad, dotado

    de emociones y sentimientos inherentes a los humanos en la ampliacin de los

    radios de accin hacia la grupalidad en las actividades. Es decir el individuo en

    forma personal se proyecta hacia la comunidad, y que tambin puede ser

    influenciado por la sociedad para su formacin personal comprendiendo de sta

    manera que individuo y sociedad estn ligados estrechamente, teniendo

    influencia uno del otro.

    c- La Educacin: es el vehculo que realiza la transmisin de la experiencia social.

    Es el medio por el cual la colectividad (comunidad, sociedad) transfiere

    directamente al individuo sus maneras de pensar, de sentir y de obrar. Su obra

    es la reconstruccin permanente de la experiencia colectiva. Su funcin es

    hacer adquirir al individuo la herencia social, formada especialmente de

    tradiciones, simbolismos y culturas, como elementos constantes del grupo.

    4- El Modelo Formoseo:

    a- El desarrollo productivo y el de la Escuela:

  • 4

    Las altas exigencias del mundo actual y la creciente competitividad obligan a cada

    persona a adquirir una mayor formacin para el trabajo, como as tambin el incesante

    crecimiento productivo obliga indefectiblemente a ampliar el conocimiento con el fin de

    obtener un desarrollo capaz de enfrentar la alta competitividad del mercado.

    Es por ello que, an con nuestras limitaciones y con gran esfuerzo, los formoseos

    estamos honrando en nuestra Patria Chica, aquel ltimo anhelo del Gral. Juan

    Domingo Pern, con la concrecin de un Proyecto Provincial, fruto de un Modelo

    Formoseo, inspirado a su vez, en la Filosofa y la Doctrina Justicialista.

    Entonces en la actualidad, el rol que se le asigna a la Escuela Tcnica y a los docentes

    se da a partir de una etapa de transformacin de las estructuras tradicionales, para dar

    cabida a una fuerte propuesta que privilegia aquellos aprendizajes significativos frente

    a los cambios generados en la realidad socio-productiva, y es all donde la educacin

    adquiere toda su dimensin e importancia vital, ya sea preparando al joven con

    herramientas slidas que le permitan ingresar al mundo laboral con la suficiente

    formacin, tanto como para asistir al productor con los avances que permiten la ciencia

    y la tcnica, como en la mejora de los procesos productivos y en los productos que

    son su consecuencia.

    El PAIPPA en toda su magnitud es la prueba fiel que permite explicar la relacin de

    necesidad entre los tres aspectos destacados, pues demuestra los alcances y logros

    del trabajo en conjunto entre el sistema educativo y los diferentes sistemas

    productivos. Al mismo tiempo, en el seno de ste programa se inaugura una nueva era

    de entendimiento entre el Estado y los Productores, con una educacin slida y

    fortalecida, fundada en el respeto de los derechos y en el cumplimiento de las

    respectivas obligaciones.

    De sta forma, ya con una capacidad productiva recuperada, una notable alianza

    estratgica entre produccin y la educacin, y el nfasis puesto en marcha de una

    nueva Formosa fuertemente involucrada en el desarrollo productivo se hace posible,

    generando a su vez, una armoniosa reconversin de todas las estructuras econmicas

    y sociales con el objeto de adaptarlas a ste proceso de transformacin.

    Fortaleciendo la educacin transitaremos el camino de la igualdad de oportunidades,

    pues ella es un factor determinante de la distribucin equitativa de la riqueza y

    dinamizadora de la movilidad social.

  • 5

    b- El modelo de Estado:

    Claramente se evidencia, en la nueva Ley de Educacin Provincial donde el Estado

    plasma el modelo de provincia que se pretende y el rol de la educacin para todo

    nuestro suelo formoseo.

    En el Art. 1: de la citada, se escribe que es una cuestin de Estado, con inclusin,

    equidad e igualdad de oportunidades, constituyendo el modelo de provincia y es deja

    claro que la Educacin es el nuevo rostro de la Justicia Social esencial para construir

    el desarrollo agrcola, ganadero, forestal, hidrocarburfero, industrial y turstico.

    Atiende al derecho constitucional de ensear y el de aprender, respetuosa de la

    realidad pluricultural y multitnica sin dejar de lado el rol que cumple la familia como

    mbito natural, primigenio y principal en la Educacin de sus hijos.

    c- El Sistema Educativo:

    La estructura del sistema educativo nacional comprende cuatro (4) niveles:

    I. Educacin inicial (Ttulo II, Captulo II de la Ley N 26.206): desde los 45

    das de vida del nio y hasta los 5 aos (ste ltimo obligatorio). Jardines

    maternos va desde los 45 das hasta los 2 aos inclusive y Jardines de

    Infantes de 3 a 5 aos;

    II. Educacin primaria (Captulo III): es obligatoria y destinada a formar de

    manera integral a nios a partir de 6 aos de edad;

    III. Educacin secundaria (Captulo IV): obligatoria y destinada a formar a los

    que hayan cumplido con el Nivel Primario. Est dividida en dos (2) ciclos de

    tres (3) aos cada uno, el Ciclo Bsico Secundario comn a todas

    orientaciones y Ciclo Orientado Secundario diversificado segn las reas del

    conocimiento;

    IV. Educacin superior (Captulo V): que comprende:

    A- Universidades e Institutos Universitarios, estatales o privados, segn lo

    establecido en la Ley N 24.521 (Ley de Educacin Superior),

  • 6

    B- Los Institutos de Educacin Superior, nacionales o provinciales, de gestin estatal

    o privada:

    En las ocho (8) modalidades:

    i. Educacin tcnico profesional (Captulo VI)

    ii. Educacin artstica (Captulo VII)

    iii. Educacin especial (Captulo VIII)

    iv. Educacin permanente de jvenes y adultos (Captulo IX)

    v. Educacin rural (Captulo X)

    vi. Educacin intercultural bilinge (Captulo XI),

    vii. Educacin en contextos de privacin de la libertad (Captulo XII)

    viii. Educacin domiciliaria y hospitalaria (Captulo XIII).

    d- La obligatoriedad del Nivel Secundario:

    Es una responsabilidad que el Estado asume por primera vez en la historia Argentina,

    lo que implica lograr la escolarizacin, permanencia con aprendizaje y la finalizacin

    de estudios de todos los adolescentes, jvenes y adultos del pas.

    La educacin secundaria prolonga la educacin comn obligatoria, respetando las

    caractersticas sociales, culturales y etarias del grupo destinatario, proponiendo una

    nueva organizacin para el sistema. Esta secundaria fue pensada para todos, los que

    la transitan, los que abandonaron y es necesario que regresen, estudien y finalicen sus

    estudios.

    La meta es inclusin con aprendizaje desde sus dos dimensiones: la de ir a la Escuela

    y acceso al conocimiento (Ley N 26.206 Art. 11 inciso e).

    La obligatoriedad escolar en todo el pas se extiende, desde los 5 aos hasta la

    finalizacin de la educacin secundaria (Art. 16).

    e- Inclusin y Polticas de Inclusin:

    El programa nacional de inclusin educativa busca dar respuestas a la exclusin

    escolar. En el modelo de trabajo innovador se halla el Estado (Nacin, Provincia, local),

    Organismos Internacionales como Unicef y tres fundaciones.

  • 7

    A nivel local se desarrollan proyectos como espacio puente, destinados a nios y

    jvenes que se encuentran fuera del sistema:

    Talleres de arte, clases de apoyo escolar, emprendimientos productivos, tutoras, etc.

    Para lograr al cabo de un ao (como mximo) insertar al estudiante al grupo escolar

    comn que corresponde.

    Polticas de inclusin:

    I. Primera infancia: los Ministerios de Nacin, Educacin, Ciencia y Tecnologa-

    Desarrollo Social y Salud, firmaron el Programa Nacional de Desarrollo Infantil

    Primeros Aos; para trabajar en el desarrollo integral de nios de 0 a 4 aos,

    en su contexto familiar y comunitario, colaborando en las prcticas de crianza,

    apoyo social y comunitario acompaando a familias en contextos de pobreza y

    exclusin social.

    II. Educacin Primaria: el Programa Integral para la Igualdad Educativa busca

    incluir y garantizar el derecho de todos a una educacin de calidad. Dirigida a

    escuelas urbanas asistiendo a nios en situacin de pobreza y exclusin

    accediendo a herramientas y recursos para el aprendizaje. Dos lneas de accin

    son apoyo a las iniciativas pedaggicas y espacios de desarrollo social.

    Como materiales escolares bsicos, aulas informticas, kit multimedial,

    biblioteca con mobiliarios y materiales didcticos.

    III. Educacin Secundaria: el Programa Nacional de Becas Estudiantiles, tiene

    por objeto estimular la permanencia, promocin y egreso de estudiantes entre

    13 y 19 aos, bajo contextos de pobreza. ste programa se organiza en torno

    a 3 lneas (becas, proyectos institucionales -P.I.R.-, y textos de estudio).

    5- Las Leyes de Educacin

    a- Ley de Educacin Nacional Ley N 26.206

    En el ejercicio del derecho de ensear y de aprender, tal como lo expresa el Art. 14 de

    nuestra Constitucin Nacional, el 14 de diciembre del ao 2006 se sanciona con fuerza

    de Ley los 145 Artculos dispuestas en 12 Ttulos y derogndose las Leyes N 25.030

    (Ley de seguimiento de la poltica educativa nacional), la Ley N 24.195 (Ley federal

  • 8

    de educacin), la Ley N 22.047 (Creacin del consejo federal de cultura y educacin)

    y el Decreto N 943/84 (Reglamentario de la Ley N22.047).

    b- Ley de Educacin Tcnico Profesional Ley Nacional N 26.058

    La presente Ley confirma la creacin de un fondo de financiamiento de la educacin

    tcnica, destinndose el 0,2% del total de ingresos pblicos adicionales. La ley tambin

    contempla una serie de instrumentos para garantizar el reconocimiento en todo el

    territorio nacional de certificaciones y ttulos de calidad equivalente, en el nivel medio

    y superior no universitario, a la vez que fomenta la creacin de convenios de pasantas

    y residencias con empresas privadas para la realizacin de prcticas profesionales de

    estudiantes.

    Sancionada el 7 de septiembre del ao 2.005, bajo 57 Artculos organizados en 7

    Ttulos reglamenta cuestiones tales como la Formacin Profesional, la vinculacin

    entre Instituciones Educativas y el sector productivo, mejora de la calidad educativa

    (Docentes, recursos, equipamiento, insumos de produccin), del registro federal de la

    Instituciones ETP, de la formacin de tcnicos medios y superiores no universitarios y

    FP y sobre las funciones del INET (capacitaciones, asesora y desarrollo curricular y

    administrar el rgimen de la Ley 22.317 Crdito Fiscal para los establecimientos

    Industriales que tengan organizados cursos de Educacin Tcnica.

    c- Ley de Provincial de Educacin Ley N 1.613

    El 2 de octubre del ao 2014, se sancion en la Legislatura Provincial la Ley de

    Educacin Provincial. En la citada, se estructura el Sistema Educativo en la Provincial

    en consonancia con la Ley de Educacin Nacional (Ley N 26.206).

    Reglamentada bajo 117 Artculos ordenados en 11 Ttulos, deja claro que la Educacin

    es una cuestin de Estado, describe el modelo de provincia al que se pretende.

    Modifica algunos Artculos de la Ley N 931 (Estatuto Docente) y se derogan la Ley N

    559 y la Ley N 1.470 (Ley Provincial de Educacin 28/04/2005).

    6- Pasantas

    a- Definicin:

  • 9

    Se entiende como "pasanta educativa" al conjunto de actividades formativas que

    realicen los estudiantes en empresas y organismos pblicos, o empresas privadas con

    personera jurdica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los

    estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto

    valor pedaggico, sin carcter obligatorio.

    b- Marco Legal - Ley 26.427:

    Crase el Sistema de Pasantas Educativas en el marco del sistema educativo

    nacional. Sancionada: Noviembre, 26 de 2008. Promulgada de Hecho: Diciembre, 18

    de 2008.

    El Senado y Cmara de Diputados de la Nacin Argentina reunidos en Congreso, etc.

    sancionan con fuerza de Ley:

    ARTICULO 1 Crase el Sistema de Pasantas Educativas en el marco del sistema

    educativo nacional para los estudiantes de la Educacin Superior (Captulo V, Ley

    26.206) y la Educacin Permanente de Jvenes y Adultos (Captulo IX, Ley 26.206) y

    de la Formacin Profesional (Captulo III, Ley 26.058), en todos los casos para

    personas mayores de DIECIOCHO (18) aos a cumplirse en empresas y organismos

    pblicos, o empresas privadas con personera jurdica, con excepcin de las empresas

    de servicios eventuales aun cuando adopten la forma de cooperativas.

    c- Generalidades de la Ley:

    La nueva Ley 26.427 de pasantas establece que el tiempo mximo de extensin de

    esa prctica se limita a un ao y fija una jornada laboral de cuatro horas diarias -como

    mximo 20 semanales-.

    A su vez, estipula el pago de un monto no remunerativo para los pasantes no menor

    al salario bsico de convenio colectivo que se aplica al establecimiento donde se

    realiza la prctica laboral en forma proporcional a la carga horaria.

    La ley establece adems que este rgimen no se podr usar para crear nuevos

    empleos, cubrir vacantes o reemplazar personal. Y sostiene que en caso de

    incumplimiento de la empresa o de duda se entender que la relacin es de naturaleza

    laboral, por lo que correspondern las sanciones e indemnizaciones de una relacin

  • 10

    laboral no declarada. La ley tiende a desalentar el uso del contrato de pasanta para

    disimular una relacin laboral, como es muy comn en la actualidad.

    Este nuevo marco legal resuelve de un modo ms consistente algunas de las

    debilidades que exhiba el rgimen anterior, en especial en lo atinente a la cobertura

    de salud del pasante y los porcentajes de retencin sobre la asignacin estmulo a

    aplicar por las distintas universidades.

    El principal fundamento de la norma es proteger el carcter formativo de los pasantes

    estudiantes de Educacin Superior, de Adultos y de Formacin Profesional. Para ello,

    propone limitar su duracin a un ao y brindar a los pasantes cobertura de salud y

    aporte econmico.

    La ley puntualiza que las pasantas educativas no originan ningn tipo de relacin

    laboral entre el pasante y la empresa u organizacin en la que stas se desarrollan.

    Texto completo de la ley

    d- Anlisis Exhaustivo de la Ley:

    A- Objetivos:

    Los objetivos que la norma prev del sistema de pasantas educativas son lograr que

    los pasantes:

    I. Profundicen la valoracin del trabajo como elemento indispensable y dignificado

    para la vida, desde una concepcin cultural y no meramente utilitaria.

    II. Realicen prcticas complementarias a su formacin acadmica, que

    enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursan.

    III. Incorporen saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del

    mundo del trabajo.

    IV. Adquieran conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de

    insercin en el mbito laboral.

    V. Aumenten el conocimiento y manejo de tecnologa vigentes.

    VI. Cuenten con herramientas que contribuyan a una correcta eleccin u

    orientacin profesional futura.

    VII. Se beneficien con el mejoramiento de la propuesta formativa, a partir del vnculo

    entre las instituciones educativas y los organismos y empresas involucradas.

  • 11

    VIII. Progresen en el proceso de orientacin respecto de los posibles campos

    especficos de desempeo laboral.

    Adems, con este sistema se pretende generar mecanismos fluidos de conexin entre

    la produccin y la educacin, a los efectos de interactuar recprocamente entre los

    objetivos de los contenidos educativos y los procesos tecnolgicos y productivos.

    B- Diseo del Proyecto Pedaggico del Sistema de Pasanta:

    La implementacin del sistema de pasantas requiere por parte de las autoridades de

    instituciones y organismos de conduccin educativa reconocidos, el diseo de un

    proyecto pedaggico integral de pasantas a nivel institucional, como marco para

    celebrar convenios con las empresas u organismos en los que se aplicar dicho

    sistema. En el caso de los convenios suscriptos por autoridades de instituciones

    educativas, cualquiera sea su nivel y mbito de dependencia, las autoridades

    educativas jurisdiccionales deben ser notificadas fehacientemente en el curso de los

    cinco (5) das hbiles posteriores a la firma del convenio, conforme el procedimiento

    que determine la reglamentacin.

    C- Requisitos mnimos que deben constar en los Convenios de Pasantas:

    Los convenios de pasantas educativas entre las instituciones educativas y las

    empresas receptoras de pasantes, deben contar como mnimo con los siguientes

    requisitos:

    I. Denominacin, domicilio y personera de las partes que lo suscriben.

    II. Objetivos pedaggicos de las pasantas educativas en relacin con los estudios

    entre los cuales se convocar a los postulantes de las pasantas.

    III. Derechos y obligaciones de las entidades receptoras de los pasantes y de las

    instituciones u organismos educativos.

    IV. Caractersticas y condiciones de realizacin de las actividades que integran las

    pasantas educativas y perfil de los pasantes.

    V. Cantidad y duracin de las pasantas educativas propuestas.

    VI. Rgimen de asistencia y licencias por examen, enfermedad y accidente para

    los pasantes.

  • 12

    VII. Rgimen de la propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones que

    resulten de la actividad del pasante.

    VIII. Rgimen de la cobertura mdica de emergencias a cargo de la empresa u

    organizacin y entidad que atender los compromisos derivados de la Ley

    24.557 (de Riesgo del trabajo).

    IX. Planes de capacitacin tutorial que resulten necesarios.

    X. Plazo de vigencia del convenio y condiciones de revisin, caducidad o prrroga.

    XI. Nmina de personas autorizadas por las partes firmantes a suscribir los

    acuerdos individuales de pasantas educativas.

    D- Comunicacin de los Convenios Firmados:

    Para garantizar la transparencia en la firma de convenios, la norma prev que las

    autoridades de las instituciones u organismos educativos informen a la comunidad

    educativa sobre los convenios firmados con organismos pblicos o empresas privadas.

    Es tambin deber de stas comunicar fehacientemente al alumnado, con antelacin a

    cada convocatoria:

    I. Los procedimientos

    II. Requisitos

    III. Vacantes

    IV. Criterios de asignacin

    V. Plazos para postular a las pasantas.

    Los estudiantes podrn acceder a copias de los convenios a simple solicitud.

    Con el mismo objetivo, se definir por va reglamentaria los criterios sobre la

    asignacin de los postulantes a las pasantas, en funcin de pautas objetivas, que

    tendrn la adecuada difusin para preservar la igualdad de oportunidades de los

    postulantes.

    E- Firma de Acuerdos Individuales:

    Los estudiantes seleccionados para realizar las pasantas deben suscribir un acuerdo

    individual con los firmantes del convenio, el cual debe instrumentarse conforme a las

    pautas del convenio marco. El texto de la nueva Ley n 26.427 -Sistema de Pasantas

  • 13

    Educativas - y el convenio de referencia sern anexados al acuerdo, para la

    notificacin fehaciente del pasante.

    Los acuerdos individuales de pasantas educativas deben contener como mnimo los

    siguientes requisitos:

    I. Nombre y apellido del pasante, nmero de Cdigo nico de Identificacin

    Laboral (C.U.I.L.) y domicilio real

    II. Denominacin, domicilio y personera de las partes institucionales y datos de

    las personas autorizadas a suscribir el acuerdo, conforme el convenio

    III. Derechos y obligaciones de las partes

    IV. Plan de pasanta educativa

    V. Duracin, horarios y sede de realizacin de la pasanta educativa

    VI. Monto, fecha y lugar de pago de la asignacin estmulo

    VII. Enumeracin de las tareas asignadas al pasante

    VIII. Rgimen de asistencia y licencias por examen, enfermedad y accidente para el

    pasante

    IX. Rgimen de la propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones que

    resultaren de la actividad del pasante

    X. Nombre y apellido y nmero de C.U.I.L/C.U.I.T. de los tutores y de los docentes

    guas asignados por las partes.

    Cada institucin u organismo educativo debe conservar los originales de los convenios,

    llevar un registro de los acuerdos individuales de pasantas educativas, estructurar un

    legajo por cada postulante, asignar los docentes guas y supervisar el cumplimiento de

    los planes de pasantas, dando especial nfasis al cumplimiento de los aspectos

    formativos de las tareas de los pasantes. El desempeo de la funcin de docente gua

    ser incompatible con cualquier cargo rentado en la empresa u organizacin donde se

    desarrolle la pasanta.

    Las empresas y organismos deben conservar los originales de los convenios y

    acuerdos que suscriban, por un plazo de cinco (5) aos posteriores a la finalizacin de

    su vigencia; llevar un registro interno de cada uno de ellos, y comunicarlos a los

    organismos de seguridad social y tributarios, conforme a lo establecido en el artculo

  • 14

    19 de la Ley N 25.013, designar tutores para las pasantas educativas que tengan

    experiencia laboral especfica y capacidad para planificar, implementar y evaluar

    propuestas formativas.

    F- Naturaleza de la Pasanta. Relacin Entre las Partes:

    Las pasantas educativas no originan ningn tipo de relacin laboral entre el pasante

    y la empresa u organizacin en la que stas se desarrollen.

    Esta figura no podr ser utilizada para cubrir vacantes o creacin de empleo nuevo ni

    para reemplazar al personal de las empresas y organismos pblicos o privados.

    Si luego de la pasanta educativa se contrata a la persona por tiempo indeterminado,

    no se puede hacer uso del perodo de prueba del artculo 92 bis de la Ley de Contrato

    de Trabajo.

    G- Duracin del Acuerdo de Pasanta y Carga Horario:

    La duracin y la carga horaria de las pasantas educativas se definen en el convenio

    marco firmado entre la institucin educativa y la empresa receptora.

    Los plazos son los siguientes: Un plazo mnimo de dos (2) meses y mximo de doce

    (12) meses.

    La carga horaria semanal es de hasta veinte (20) horas.

    Cumplido el plazo mximo establecido, una vacante de pasanta educativa puede

    renovarse a favor del mismo pasante, por hasta seis (6) meses adicionales,

    debindose firmar un nuevo acuerdo individual entre las partes.

    H- Lugar de Desarrollo de la Pasanta. Normas de Seguridad:

    La norma dispone que las actividades de las pasantas educativas se lleven a cabo en

    las instalaciones de las empresas u organismos, o en los lugares que stas dispongan

    segn el tipo de labor a desarrollar.

    Dichos mbitos tienen que reunir las condiciones de higiene y seguridad dispuestas

    por la Ley N 19.587 - Ley de Higiene y Seguridad del trabajo - y sus normas

    reglamentarias.

    Adems, los pasantes deben contar con cobertura de una aseguradora de riesgos del

    trabajo (A.R.T.) segn los dispone la Ley N 24.557 -Ley de Riesgos del trabajo- y sus

  • 15

    normas reglamentarias, y acreditar dicha contratacin ante la unidad educativa

    correspondiente.

    I- Asignacin Estimulo:

    El pasante tiene derecho a percibir una suma de dinero en carcter no remunerativo

    en calidad de asignacin estmulo, que se calcular sobre el salario bsico del

    Convenio Colectivo aplicable a la empresa, y que ser proporcional a la carga horaria

    de la pasanta.

    En caso de haber ms de un convenio aplicable, se tomar en cuenta el ms favorable

    para el pasante. Para el caso de actividades que no cuenten con Convenio Colectivo,

    se aplicar para el clculo de la asignacin estmulo, el salario mnimo, vital y mvil,

    en forma proporcional a la carga horaria de la pasanta.

    J- Cobertura de Obra Social:

    Es obligatoria la cobertura de salud para el pasante cuyas prestaciones sern las

    previstas en la Ley N 23.660 -Ley de Obras Sociales-.

    K- Control a Nivel Institucional:

    Al legajo individual de cada pasante se debe incorporar el plan de trabajo elaborado

    por el docente gua - por parte de la institucin educativa - y el tutor - por parte el

    organismo o empresa -. Este plan debe ser notificado fehacientemente al pasante.

    El control de la implementacin del plan de pasantas educativas, y su posterior

    evaluacin es responsabilidad de los profesores guas y de los tutores, por ello se los

    obliga a elaborar informes peridicos, que deben incorporarse al legajo individual de

    cada acuerdo.

    Asimismo, en el trmino de treinta (30) das corridos posteriores a la finalizacin de la

    pasanta educativa, los tutores designados deben remitir a la unidad educativa un

    informe con la evaluacin del desempeo del pasante.

    L- Certificado de Pasanta Educativa:

    Las partes firmantes deben extender a los pasantes un certificado de pasanta

    educativa en el que conste la duracin de la pasanta y las actividades desarrolladas.

  • 16

    Tambin est previsto en la norma que, a pedido de parte, se extienden certificaciones

    de las funciones cumplidas a los docentes guas y a los tutores, indicando la cantidad

    de pasantes y el tiempo de dedicacin.

    M- Control a Nivel Estatal: Presunciones:

    El control a nivel estatal lo ejerce el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,

    con el objeto que las empresas y organismos no alteren los objetivos del plan de

    pasantas.

    En caso de incumplimiento por parte de la empresa de alguno de los requisitos o

    caractersticas que tipifican a esta especial relacin, la pasanta educativa perder el

    carcter de tal y ser considerada contrato laboral por tiempo indeterminado. En dicho

    caso, regirn todas las sanciones e indemnizaciones que correspondan para la

    relacin laboral no registrada.

    Es importante destacar que se establece que atento el carcter excepcional del

    rgimen, en caso de duda se entender que la relacin habida entre el alumno y la

    empresa u organismo es de naturaleza laboral, aplicndose el rgimen de la Ley N

    20.744 y sus complementarias.

    N- Registro Unificado y Control del Ministerio de Educacin:

    El Ministerio de Educacin, dentro del Consejo federal de Educacin y del Consejo de

    Universidades, y con participacin del Instituto Nacional de Educacin Tecnolgica,

    para los casos que corresponda, dispondr un registro unificado de los convenios

    suscriptos por las instituciones y organismos educativos que participen en el sistema,

    organizar mecanismos para el apoyo tcnico, para la capacitacin de los docentes

    guas y para el control del cumplimiento de los objetivos pedaggicos de las pasantas,

    en lo que compete a las funciones de las instituciones y organismos educativos.

    Peridicamente realizar por s o en acuerdo con los citados consejos, la realizacin

    de controles, con demostraciones, que permitan mejorar en forma integral la gestin

    de las pasantas educativas.

    Asimismo, debern realizarse controles ante la presentacin de denuncias de

    irregularidades en el cumplimiento de las pasantas educativas y las responsabilidades

    de las partes involucradas.

  • 17

    O- Cupos de Pasantes:

    El cupo mximo de pasantes no ha sido establecido an, pero ser definido por la

    reglamentacin. El mismo se fijar en forma proporcional al tamao de la empresa y a

    la cantidad de tutores que la misma designe.

    P- Contratos de Pasantas Vigentes de los Regmenes Derogados:

    Los contratos de pasantas que se encuentren vigentes al momento de la promulgacin

    de la Ley debern adecuarse a sus prescripciones en el trmino de ciento ochenta

    (180) das, excepto en lo referido a la duracin de las pasantas educativas, los que se

    cumplirn hasta la finalizacin del plazo originalmente suscripto, no pudiendo ser

    renovados ni prorrogados.

    Q- Registro Mi Simplificacin y Declaracin Jurada de Aportes y

    Contribuciones:

    Los pasantes deben tener cobertura de obra social y de la aseguradora de riesgos del

    trabajo (ART).

    La Resolucin General N 1891 (AFIP), determina que los empleadores comprendidos

    en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), con relacin a cada uno

    de los trabajadores que incorporan o desafectan de su nmina salarial, aun cuando se

    trate de sujetos cuyo modalidad de contratacin sea la pasanta, quedan obligados a

    ingresar en el "Registro", debiendo comunicar por este medio el alta o la baja en el

    "Registro" el pasante, segn corresponda.

    Los cdigos por el Sistema, se completarn en funcin de los establecidos por la

    resolucin General N 3834 (DGI) - texto sustituido por la RG N 712, sus modificatorias

    y complementarias -, en su anexo IV, Tablas T03 (Tabla de cdigos de modalidad de

    contratacin), T05 (Tabla de cdigos de Obras Sociales), y T06 (Tabla de Cdigos de

    Aseguradora de Riesgos del trabajo), segn corresponda. Se debe tener en cuenta

    que segn consultas realizadas a AFIP en cuanto al cdigo de modalidad de

    contratacin a utilizar, ste ser el 27.

    En la declaracin jurada de aportes y contribuciones, est disponible mediante el

    programa aplicativo "SIJP - Versin 31", la modalidad de contratacin con cdigo 27

  • 18

    "Pasantes Ley 26.427", que se denominaba en la versin 30 del mismo "Pasantas

    decreto 1227/01".

    7- Realidades Respecto de la Implementacin de las Pasantas en la EPET

    Nro. 1

    a- Aspectos internos que han dificultado el afincamiento de las pasantas

    desde la institucin:

    I. Falta de informacin del alumnado.

    II. Falta de informacin de los docentes.

    III. Falta de elaboracin de estrategias institucionales para establecer vnculos con

    la empresas del medio.

    IV. Falta de estrategias institucionales para difundir y socializar toda informacin

    acerca de las pasantas y los marcos regulatorios que las rigen.

    V. Carencia de capacitacin sobre trabajo en equipo de las autoridades

    institucionales y docentes de la casa.

    VI. Falta de cultura de trabajo interdisciplinario.

    b- Aspectos externos:

    I. Falta de informacin o desinters por parte de las empresas por contar con

    pasantes.

    II. Falta de una poltica que supra institucional que difunda y promueva las

    pasantas.

    III. La refaccin del edificio escolar que ha desarticulado los horarios normales de

    clases haciendo imposible las pasantas por la maana (horario que las

    empresas prefieren o pueden atender a los pasantes).

    c- Pasanta de la EPET N 1:

    Como se mencion anteriormente, la elaboracin y puesta en marcha de un proyecto

    productivo, bajo los requisitos que el INET estipula, es una forma ms de realizar

    Prcticas Profesionalizantes que conlleva una interrelacin con la sociedad, pues entre

    estos requisitos est el que estipula que lo producido en la escuela debe atender a una

    necesidad social del entorno. A diferencia de la Pasanta Externa, en el proyecto

  • 19

    productivo no se requiere de una empresa que desee contar con pasantes, sino que

    en la misma escuela, los alumnos se abocan a detectar las posibles necesidades

    sociales a satisfacer, estudiar y seleccionar las alternativas de solucin ms viables,

    proyectar, disear, gestionar y construir el producto y establecer un mecanismo de

    recupero de lo invertido a fin de que este proyecto sea sustentable por lo menos

    durante tres aos. Un ejemplo de esto, lo constituyeron las garitas en las paradas de

    los colectivos, que fueron proyectadas y gestionadas por los alumnos y docentes de la

    especialidad Construcciones ante la Municipalidad de la ciudad de Formosa y con el

    aporte de materiales de la Empresa CHAMACO S.A., y en cuanto a ejemplo, no solo

    de la implementacin exitosa de un proyecto productivo, sino tambin de trabajo

    interdisciplinario, ya que la construccin total de las estructuras metlicas de ellas

    fueron hechas por alumnos de la especialidad Electromecnica.

    Como se puede ver es una alternativa interesante que cuenta con una experiencia

    exitosa y en el marco del cual, se han bosquejado ideas interesantes como la

    construccin de sillas de ruedas, de camas ortopdicas, la instalacin de un sistema

    de tanque de agua elevado con sistema de bombeo de agua, llaves automticas,

    protecciones y un servicio de mantenimiento por dos aos, todo esto para personas u

    hogares de familias con bajos recursos con una cuota de recupero a 24 o 36 meses

    muy accesibles.

    Esta alternativa, si bien valida, deber sin embargo contar con un alto grado de

    compromiso por parte de los organismos supra institucionales, la institucin, de los

    docentes, los alumnos, es decir estar expuesto a las mismas debilidades y/o

    amenazas mencionadas anteriormente para el caso de las pasantas externas.

    Conforme a lo hasta aqu manifestado, podemos decir que es imperioso, tanto para el

    cumplimiento pleno del trayecto formativo del alumno, como tambin para dar real y

    efectivo cumplimiento a las condiciones que lo Marcos de Referencia que para cada

    especialidad ha establecido el INET para la homologacin de ttulos, lograr que las

    practicas Profesionalizantes se realicen en forma ms constante, en un grado tal, que

    involucre al total de los alumnos y que sea cual fuere la forma en que estas se realicen,

    el alumno participe en todas las etapas y ponga en juego la mayor cantidad de

    capacidades posibles atendiendo as a la premisa de brindar igualdad de

    oportunidades para todos.-

  • 20

    Lo anteriormente expresado, es totalmente valido tambin para el aspecto que ha

    motivado este trabajo, es decir a las Prcticas Profesionalizantes, y ms

    especficamente a las Pasantas Externas, como una de las formas en que la

    institucin se vincula con la sociedad, es decir que la institucin no solo mantenga este

    vnculo, sino tambin que lo fortalezca.

    Para lograrlo, nos permitimos aqu, realizar algunas propuestas, las cuales

    lgicamente surgen del anlisis de la situacin planteada, pero para nada se pretende

    agotar las alternativas, dejando abierta siempre la posibilidad de recibir aportes que

    puedan enriquecer, o alternativas que puedan resultar ms viables y efectivas para

    revertir la situacin hasta aqu descripta:

    I. Desde la institucin, insistir ante las autoridades superiores, para que la

    jurisdiccin convoque a las empresas del medio local e informe a las empresas

    acerca de las posibilidades, los requisitos y los beneficios de contar con

    pasantes.

    II. Hacia adentro de la institucin, realizar jornadas de sensibilizacin para

    docentes y alumnos, en las cuales no solamente se informe sobre todo lo que

    hace a las condiciones y beneficios de las pasantas, sino tambin, lograr un

    mayor grado de participacin de los docentes, sobre todo, en lo que se refiere

    a la gestin y contralor de estas ante las empresas.

    III. Sin duda es la escuela quien debe organizar, implementar y evaluar, y aqu

    reside el pilar fundamental del xito de las Prcticas Profesionalizantes. La

    capacidad de gestin que tienen los equipos de conduccin de la institucin,

    adquiere una importancia altamente significativa con el objetivo de poner en

    prctica este tipo de estrategias formativas sobre procesos socio-productivos

    de bienes y servicios que tenga afinidad con el futuro entorno laboral en el que

    el egresado se desenvolver. Esta capacidad de gestin est ntimamente

    relacionada con la capacidad de trabajar y de promover entre los docentes el

    trabajo en equipo. Esta expresin (trabajo en equipo o equipo de trabajo) es

    muy utilizada en las instituciones, lamentablemente no se alcanza a comprender

    que, muchas veces, trabajar en grupo no siempre implica trabajar en equipo,

    por lo que capacitarse para conocer lo que verdaderamente es el trabajo en

    equipo redundara en un gran beneficio.

  • 21

    IV. Si es factible lograr lo expuesto en el tem anterior, la formacin de equipos de

    trabajos conformados por directivos y docentes que asuman funciones y roles

    con conocimiento y responsabilidad, podran abocarse, entre otras cosas a la

    gestin de acuerdos, control y evaluacin de las pasantas y sobre todo se

    podra llegar a elevar el nmero de alumnos que puedan beneficiarse con esta

    experiencia y cumplimentar las 2 (dos) hs de Prcticas Profesionalizantes que

    se requieren en los marcos de homologacin.-

    8- Conclusin

    Como conclusin, podemos decir que la institucin cuenta con experiencias exitosas

    no solo en lo que se refiere a pasantas externas, sino tambin en trabajos que se han

    realizado para otras instituciones educativas, religiosas, de servicios sociales

    (comedores, guarderas,) particulares y sociedad en general, cuenta con un plantel

    docente que posee el potencial necesario, posee un prestigio dentro de la sociedad

    que le brinda una plusvala importante, en sntesis posee una base sobre la cual, el

    desarrollo temporal y expansin en cuanto al abarcamiento de alumnos de las

    Prcticas Profesionalizantes en forma de Pasantas Externas, se podra dar con cierta

    facilidad, siempre y cuando, tanto desde el cuerpo directivo de la Institucin como

    desde el personal docente (particularmente aquellos que pertenecen a los dos ltimos

    aos de las especialidades) se involucren ms, sean agentes proactivos en el manejo

    y la difusin de toda la informacin que sea importante que los colegas y los alumnos

    conozcan acerca de las Pasantas Externas y otras formas de realizar las Prcticas

    Profesionalizantes, sean ms participativos en las distintas etapas que se dan en las

    pasantas (gestin, seguimiento, evaluacin), sean agentes difusores hacia afuera de

    la institucin (concretamente ante las empresas) de los beneficios que puede llegar a

    obtener la empresa admitiendo pasantes y el importante aporte de estas a la formacin

    de nuestros jvenes.-

    Creemos entonces que tan solo atendiendo a estas falencias observadas y

    corrigindolas, tanto las Pasantas Externas en las empresas del medio as como todo

    otro vinculo de la institucin con la sociedad, se ver afianzado en la sociedad y

    consolidado en el tiempo.-

  • 22

    9- Bibliografas revisadas:

    Entrevista y consulta a Docentes de la Institucin, en el marco de homologacin

    de Ttulos del INET, Ley de Educacin, Decreto de Pasantas, Proyecto Curricular

    Institucional para cada Especialidad

    Infoleg Informacin Legislativa y Documental www.infoleg.gov.ar Breve resumen Ley de Pasantas N 26.427 www.cup.edu.ar/breve-resumen-ley-de-pasantias-no-26-427 Ley 26.427: Nuevo rgimen de pasantas educativas http://www.infojus.gob.ar/doctrina/dacf090022-ramos-ley_26427_nuevo_regimen.htm Autor SANTIAGO JOS RAMOS

    Abril de 2009

    Manual de apoyo para la implementacin de pasantas educativas Autor Adrin Hctor lvarez Publicado en Buenos Aires, Diciembre 2003 Artculos comentado por la Prof. Claudia Bracchi Directora de Educacin

    Secundaria de la provincia de Buenos Aires.