Ley Parto Prematuro

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  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    DEPARTAMENTO COORDINACIÓN NACIONAL DE LAS COMPIN

    SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

    Marzo 2015.

    Diferencias entre Licencia MédicaPostnatal, Parental e Hijo menor de

    un año.

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    Derecho a la Protección de la Maternidad.

     A la cara de mi hijo

    que duerme, bajan

    arenas de las dunas,

    flor de la caña

    y la espuma que vuela

    de la cascada...Gabriela Mistral.

    2

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    POSTNATAL.

    Descanso postnatal, es el descanso al

    cual tiene derecho la trabajadora de 12semanas (84 días) después del parto.Permite la recuperación de la mujertrabajadora y la protección de la salud delrecién nacido.En caso de fallecimiento de la madre elderecho le corresponde al padre..

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    Postnatal Normal.

    Prenatal de seis

    semanasNACIMIENTO.

    Postnatal de doce

    semanas.

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    • Ley 20.545.MODIFICA LAS NORMAS SOBRE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD E

    INCORPORA EL PERMISO POSTNATAL PARENTAL.BENEFICIOS

    1. Ampliación del derecho a permisopagado al padre en proceso de

    adopción.

    2.- Extensión del postnatal. (PN)

    3.- Postnatal parental. (PNP)

    4.- Postnatal y postnatal parental parapadres adoptantes.

    5.-Fuero.

    6.- Nuevo subsidio especial de maternidad.

    7.- Ampliación de cobertura.

    8.- Regulación funcionarios/as delsector público

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    LEY 20545.

    SE APLICA A LOS SIGUIENTES SISTEMAS DECONTRATACIÓN.•Planta.•Contrata•Honorarios cuyos beneficios hayan sidoincorporados explícitamente en el contrato

    DISTINCIÓN

    •Prenatal y Postnatal: Pago de Remuneraciones•Postnatal Parental: Pago de subsidio o subsidiomás remuneraciones; según corresponda.

    PILARES•Garantiza el mejor cuidado del hijo.•Aumenta la corresponsabilidad de la madre y elpadre en los cuidados del hijo.

    •Dar libertad a la familia para decidir la mejorforma de usar el PNP.

    •Permite que más madres se beneficien con laprotección a la maternidad.

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    PADRES ADOPTANTES

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    8/44Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    PADRES ADOPTANTES

    El trabajador/a que tenga a su cargo el cuidadode un menor de edad, por habérsele otorgado judicialmente la tuición o el cuidado personal:

    • Como medida de protección.

    • En virtud de lo previsto en los artículos 19 o24 de la Ley N° 19.620 (ley de adopción).

    Tendrá derecho al permiso posnatal parental.

    http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=140084http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=140084http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=140084http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=140084

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    9/44Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    PADRES ADOPTANTES.Distinción de hijos.

    Menores de seis meses.

    • Derecho a LM Postnatal por Tuición por 12 semanas + PNP de 12semanas completas o 18 medias jornadas.

    • Para uso del derecho debe presentar al empleador:

    Certificado del Tribunal.Declaración jurada de tener un menor bajo su custodia.• Plazo de aviso al empleador de Uso de media jornada y/o traspaso

    30 días antes del termino de las 12 semanas contadas desdesentencia ejecutoria.

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    PADRES ADOPTANTES.Distinción de hijos

    Mayores de 6 meses y menores de 18 años.

    • Derecho a PNP de 12 semanas completas o 18semanas de media jornada.

    • Plazo de aviso al empleador del uso de PNPmedia jornada y/o traspaso una vez que sedicte resolución.

    • Solicitar derecho a PNP y subsidio anteempleador adjuntando:

    Certificado del Tribunal.Formulario de SUSESO.

    • Subsidio se devengará desde la fecha desolicitud

    • Empleador remite antecedentes dentro de los

    3 días siguientes a la solicitud del trabajador.• Trabajador independiente: Debe llevar

    solicitud dentro de los 10 días siguientes de laresolución ejecutoria.

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    POSTNATAL AUMENTADO EN CASO DE PARTOS PREMATUROS.De 12 a 18 semanas.

    Ley 20545.

    Parto se produce antes

    de la semana 33.

    Hijo pesa menos de

    1500 gr.

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    POSTNATAL AUMENTADO.Causa Partos Múltiples

    Postnatal de 12 semanas se aumenta en 7días corridos por cada niño a partir del 2°.

    .

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    POSTNATAL AUMENTADO.Ley 20545.

    Si parto prematuro y múltiple laduración del postnatal será

    aquella que otorgue mayor

    extensión.

    Gemelos

    de

    menos

    de 33

    semanas

    .

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    POSTNATAL AUMENTADO.Causa Partos Múltiples.

    Ley 20545.

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    POSTNATAL PARENTAL

    Es el derecho irrenunciable a gozar de un permisode maternidad, por un período que comienzainmediatamente a continuación del permiso depostnatal (una vez cumplidas las 12 semanasdespués del parto), con derecho a subsidio, y quepuede ejercerse de las siguientes maneras:

    A. 12 semanas completas, con 100% subsidio ytope.

    B. 18 semanas trabajando a media jornada, con un50% de subsidio y tope.

    Este permiso constituye un derecho irrenunciablepara todas las madres trabajadoras.

    Incorpora el concepto de “corresponsabilidad”:padre o madre pueden usar el permiso.

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    NORMATIVA LEGAL POST NATAL PARENTAL

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    LEY 20.545, DEL 17 DE OCTUBRE DEL 2011

    DICTAMENES D.T.

    CIRCULAR N°2.777, SUSESO.

    D.S. 1.433, DEL 12 DE N0VIEMBRE DEL 2011.

    CIRCULAR 2784.

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    CARACTERISTICAS.

    •Es un beneficio de Seguridad Social.

    •Se halla enmarcado dentro de las normas de Protección a la

    Maternidad.

    •Se inicia inmediatamente a continuación del reposo postnatal.

    •Está instituido a favor de la madre y del padre, según la voluntad de la

    primera.

    •Es irrenunciable, mientras subsista el contrato de trabajo (art. 5º inc. 2º

    CT).

    •No da lugar a una licencia médica.

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    POSTNATAL PARENTAL.

    REGLA GENERAL

    • PERMISO POR 12 SEMANAS COMPLETAS A CONTINUACION DEL POSTNATAL.

    EXCEPCIÓN

    • COMUNICACIÓN AL EMPLEADOR EN 3 CASOS:

    • PNP de 18 semanas a media jornada.

    • Traspaso del postnatal al padre.

    • Trabajadoras excluidas del límite de jornada del trabajo.

    SANCIÓN

    • SI EMPLEADOR IMPIDE USO PNP O REALIZA PRÁCTICAS ARBITRARIAS O ABUSIVOS PARA DIFICULTARO IMPOSIBILITAR PNP, ARRIESGA MULTA ENTRE 15 A 150 UTM A BENEFICIO FISCAL.

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    Postnatal Parental Simple.Ley 20545.

    Prenatal de seis semanas

    POSTNATAL NORMAL

    (12 semanas)

    O

    EXTENDIDO.

    (18 semanas o 7 días si embarazomúltiple por cada hijo después del 2)

    POSTNATAL PARENTAL SIMPLE DE 12

    SEMANAS.

    Derecho a subsidio con tope 73.2UF.

    24 Semanas = 6 meses

    ó30 Semanas = 7,5 meses

    Nacimiento

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    Postnatal Parental Extendido: Condiciónreincorporación parcial de la Trabajadora. (Ley 20545)

    Prenatal de seis semanas

    POSTNATAL NORMAL

    (12 semanas)

    O

    EXTENDIDO.

    (18 semanas o 7 días si embarazomúltiple por cada hijo después del 2)

    POSTANTAL PARENTAL EXTENDIDO

    (18 SEMANAS)

    Derecho a subsidio con tope de

    36.6UF.

    30 Semanas = 7.5 meses

    ó36 Semanas = 9 meses

    Nacimiento

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    POSTNATAL PARENTAL MEDIA JORNADA.Condición reincorporación parcial de la Trabajadora.

    (Ley 20545)

    CONCEPTO: Es el derecho alternativo de ejercicio que la

    Ley contempla para que la trabajadora se reincorpore a suslabores en media jornada, una vez terminado el periodopostnatal, a efecto de hacer uso del derecho por un periodo de

    18 semanas.

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    POSTNATAL PARENTAL MEDIA JORNADA.Condición reincorporación parcial de la Trabajadora.

    (Ley 20545)

    • Se inicia una vez terminado el postnatal.

    • Derecho a 50% del Subsidio.

    • Permite la reincorporación por media

    jornada.

    Derecho a la correspondienteremuneración.

    • A partir de la 7° semana puede

    traspasarse parte de este derecho al

    padre.

    CARACTERISTICA.

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    FORMALIDADES.

    Trabajadora:• Debe dar aviso al empleador 30 días antes del termino del Postnatal,

    sobre el régimen que elegirá.• De no hacerlo se entenderá que opta por PNP de 12 semanas.• El aviso se realizará con carta certificada al empleador con copia a la

    Dirección del Trabajo

    Alternativas del empleador.

    • Incorporar a la trabajadora en media jornada o según pacte con ella.• Negarse, cuando por la naturaleza de las labores y condiciones en que

    ella se desempeñaba, estas últimas solo puedan realizarse en lamisma jornada que tenía antes del prenatal.

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    FORMALIDADES.

     Alternativas del empleador.

    1. Si se niega debe fundamentarlodentro de los tres días siguientes al

    recibo de la carta certificada por

    parte de la trabajadora

    2. Debe informar de su negativa a la

    trabajadora por carta certificada concopia a la Dirección del Trabajo.

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    FORMALIDADES

    Ante la negativa del empleador: La trabajadora debe reclamar ante lainspección del trabajo dentro de un plazo de 3 días hábiles desde la

    recepción de la notificación del empleador.

    Finalmente resuelve la Dirección del Trabajo.

    DT resuelve si la naturaleza de las labores ycondiciones en las que éstas son desempeñadas justifican o no la negativa del empleador.

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    TRASPASO DEL POSTNATAL PARENTAL AL PADRE

    CONCEPTO: Es el derecho que la ley contempla para que latrabajadora traspase al padre de su hijo(a), a partir de laséptima semana, parte de su permiso PNP.

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    DesdeSemana

    DesdeSemana

     Aviso

    1.La manifestación de voluntad de

    la madre, con su firma, en el

    sentido de traspasar al padre elpermiso postnatal parental,

    indicando el número de semanas

    que se traspasan y el período a

    que ellas corresponden.

    2.La manifestación de voluntad del

    padre, a través de su firma, en el

    sentido que hará uso del referido

    permiso y la modalidad de éste.

    3.La identificación tanto de la

    madre como del padre, a través

    de sus nombres completos y

    números de Cédulas deIdentidad.

    4.Nombre y RUT del empleador del

    padre

    5.Nombre de la entidad pagadora

    de subsidio de la madre

    6.Número de folio de la licencia

    postnatal de la madre

    Padre

    7

    Semanas

    Padre

    7

    Semanas

    ENVÍA AVISO Y COMUNICAVÍA CARTA CERTIFICADA

    10DÍAS

     ANTES enque hará

    uso depermiso

    SOLO EN LA MEDIDAQUE MADRE HAYA

    OPTADO PORJORNADA COMPLETA

    SOLO EN LA MEDIDA

    QUE MADRE HAYAOPTADO POR MEDIA

    JORNADA

    Empleador

    Trabajador

    Inspección del

    trabajo

    Entidades

    Pagadoras (padre y

    madre)

    Empleador

    Trabajadora

    CON AUTORIZACI

    ÓN MADRE

    Jornada Completa Media Jornada

    10DÍAS

     ANTES enque hará

    uso depermiso

    Se podrán traspasar una o más semanas (semanas completas:equivalente a 7 días corridos)

    El padre gozará de fuero laboral por un períodoequivalente al doble de la duración de su permiso,a contar de los diez días anteriores al comienzo deluso del mismo, sin que pueda exceder, en total, ellapso de tres meses.

    1. Que se trate de un padre trabajador afecto al sistema previsional.

    2. Que la madre lo manifieste en términos formales y explícitos

    3. Que el padre haga uso del permiso bajo la misma modalidad elegida por la

    madre.

    Concopi

    a

     Antes del inicio del permiso postnatal delpadre

     Acompañar fotocopia CI madre ypadre

    Postnatal Parental Padre Trabajador Dependiente.

    Í Í

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    TRABAJADORAS EXCLUÍDAS DEL LÍMITE AJORNADA DE TRABAJO

    Aquellas que presten servicios a distintos empleadores

    Gerentes, administradores, apoderados con facultades deadministración.

    Trabajo sin fiscalización superior inmediata.

    Trabajo desde el hogar u otro libremente elegido.

    Agentes comisionistas, de seguros, cobradores, etc que noejerzan funciones en el local del establecimiento.

    PAGO DE SUBSIDIO

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    PAGO DE SUBSIDIO

    ENTIDADESPAGADORAS

    DEL SUBSIDIO

    AFILIADOS AFONASA

    AFILIADOS AISAPRE

    TRABAJADORDEPENDIENTE

    TRABAJADORINDEPENDIENTE

    AFILIADO ACCAF NO AFILIADO A

    CCAF

    PAGA LA CCAF PAGA COMPIN

    TRABAJADORDEPENDIENTE E

    INDEPENDIENTE

    PAGA LA ISAPRECORRESPONDIENTE

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    COMPATIBILIDAD DEL SUBSIDIO

    PNP MEDIA JORNADA: COMPATIBLE con los siguientes

    subsidios:● Licencia por enfermedad o accidente común● Licencia por enfermedad o accidente laboral● Licencia por enfermedad grave del hijo menor de un año.

    PNP COMPLETO INCOMPATIBLE con cualquier otro subsidiopor incapacidad laboral.

    Licencia por Enfermedad Grave de Hijo Menor de un Año solose otorgará una vez terminado el PNP completo.

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    POSTNATAL PARENTAL EN EL SECTOR PÚBLICO

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    POSTNATAL PARENTAL EN EL SECTOR PÚBLICO.NORMATIVA APLICABLE.

    1.- Ley 20.545, D.O. 17 octubre 2011 “Modifica las normas sobre protección a lamaternidad e incorpora el permiso de postnatal parental”.

    2.- D.S. Nº 1.433, 12 noviembre de 2011, Ministerio de Hacienda y Ministerio del Trabajo ySeguridad Social. “Reglamento para la aplicación del permiso de postnatal parental

    establecido en la Ley 20.545 para el sector público.3.- DFL Nº 44/1978 MINTRAB, que fija normas comunes para los subsidios porincapacidad laboral de los trabajadores dependientes del sector privado

    4.- Circular Nº 2784, 14 noviembre de 2011, Superintendencia de Seguridad Social. “Subsidios Maternales. Imparte instrucciones a los servicios públicos respecto del pago delos subsidios postnatales parentales de sus funcionarios”.

    5.- Circular Nº 2.777, 18 octubre de 2011, Superintendencia de Seguridad Social. “Subsidios maternales. Imparte instrucciones para la aplicación de la ley 20.545 a losorganismos administradores del régimen de subsidios por incapacidad laboral (modificada

    por Circulares Nº 2.781, 2.790 y 2.800).

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Cuadro comparativo entre Postnatal y PermisoPostnatal Parental.

    Licencia• Integridad de las remuneraciones.

    • El Servicio paga lasremuneraciones.

    • Se otorga por 12 semanas.• Se otorga por jornada completa• El padre tiene el derecho a un

    permiso voluntario, luego delparto por cinco días.

    Permiso.• La remuneración no está

    protegida, se paga un subsidio.• El Servicio es el encargado de

    pagar el subsidio.• Puede ser por 12 o 18 semanas.•

    Modalidad de Jornada Completa oParcial.• El padre lo puede ejercer en caso

    de traspaso, a partir de laséptima semana

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    PostnatalArtículo 195 del Código delTrabajo

    Permiso postnatal parentalArtículo 197 bis del Código del Trabajo

    l d d d l d l h

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    Particularidades del Ejercicio del Derecho.Funcionarios Públicos.

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    No existe fiscalización por parte de laInspección del Trabajo.En caso de existir discrepancia en la

    aplicación del derecho, se debe recurrirsolicitando un pronunciamiento:• Ante la CGR, en lo referente a pago deremuneraciones y aplicación dedeterminados derechos específicos (Ej.sala cuna, hora de alimentación, etc.)• Ante la SUSESO, en lo referente alpago del subsidio del PNP.

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    AVISO AL EMPLEADOR DE FUNCIONARIO PÚBLICO.

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    POR PARTE DE LA MADRE:

    • En caso de optar por la media

     jornada o traspasar parte del PNP.•Puede ser por escrito o por correoelectrónico.• Ante el Departamento depersonal o Unidad que cumpladicha función en el respectivo

    servicio o institución.•Copia cédula de identidad.

    AVISO AL EMPLEADOR DE FUNCIONARIO PÚBLICO

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    AVISO AL EMPLEADOR DE FUNCIONARIO PÚBLICO.

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    POR PARTE DEL PADRE

    •Por escrito o por correo electrónico ante el Departamento de Personal o Unidadque cumpla dicha función en su respectivo servicio o institución empleadora .

    •Con copia:

    •Si la madre es trabajadora del sector privado: Por carta certificada alempleador de la madre y a la Inspección del Trabajo.

    •Si la madre es funcionaria pública: Por escrito o correo electrónico aldepartamento de personal o unidad que cumpla dicha función del servicio oinstitución empleadora de la madre.

    •Copia de la cédula de identidad del padre y de la madre. En ambos casos lainstitución empleadora debe certificar la fecha de recepción y entregar copia a lafuncionaria en formato papel o por correo electrónico.

    PAGO DEL SUBSIDIO Y REMUNERACIÓN

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    PAGO DEL SUBSIDIO Y REMUNERACIÓNDISTINCIÓN

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    a. Pre y postnatal: Pago de remuneraciones.

    b. Postnatal parental: Pago de subsidio, o subsidio másremuneraciones, según corresponda.

    a.- Pre y Postnatal Las funcionarias tienen derecho a la mantencióntotal de sus remuneraciones y su pago corresponde a su Servicioo Institución empleadora. Se aplica:●Art. 153 DFL 1/2005, Ministerio de Salud.●Art. 12 Ley 18.196.

    ISAPRE / FONASA: Dentro de los 10 días siguientes a la presentaciónde cobro respectiva, paga al servicio o institución empleadora una sumaequivalente al mínimo del subsidio por incapacidad laboral que le habríacorrespondido al trabajador de haberse encontrado éste afecto al DFL44/1978.

    POSTNATAL PARENTAL

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    POSTNATAL PARENTAL

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    Para el cálculo del subsidio se aplican las normas del DFL44/1978.

    DISTINCIÓN PNP COMPLETOPNP A MEDIA JORNADA

    A. PNP COMPLETOEl o la funcionaria tiene derecho al pago de un subsidio cuyo

    cálculo se realizará conforme a las normas del DFL 44/1978. Sinperjuicio de lo anterior, siempre que proceda, habrá derecho aremuneración , en caso de:

    ● Asignación de zona

    ● Bonos especiales de zonas extremas.

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    ¿QUIÉN Y COMO SE PAGA EL SUBSIDIO?

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    • La institución empleadora: Deberá pagar directa y mensualmente el subsidio y sus correspondientes cotizaciones a la funcionaria o funcionario.

    • Cálculo y procedimiento: Se regirán por las normas del DFL Nº 44/1978 y

    por la Circular Nº 2784 de la SUSESO.

    • Monto diario: Será igual al 100% del subsidio por descanso pre y postnataldeterminado por la entidad pagadora del subsidio maternal, y en caso de PNPa media jornada será por el 50%.

    • Recuperación de los montos: La institución empleadora cobrará a lasentidades pagadoras una vez pagado el subsidio a las o los funcionarios.

    • INOBSERVANCIA: Acarreará las responsabilidades administrativas quecorrespondan.

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO MENOR DE UN AÑO

    Cuando la salud de un niño menor de un año requiera deatención en el hogar con motivo de enfermedad grave yque se acredita con un Certificado Médico.

    La madre tiene derecho a un permiso, con subsidioestatal con tope de 66 UF.En caso de que ambos padres sean trabajadores,cualquiera de ellos y a elección de la madre, podrá gozardel permiso y subsidio maternal.

    Con excepción del período de permiso postnatal parentalutilizado en jornada parcial, en este caso sólo quien esté

    haciendo uso del permiso postnatal parental puede haceruso del permiso por enfermedad grave del menor

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    ENFERMEDAD GRAVE DEL HIJO MENOR DE UN AÑO

    También tiene derecho

    a este permiso y

    subsidio, la trabajadora

    o trabajador que tenga

    a su cuidado un menor,

    respecto de a quien se

    le haya otorgado

    judicialmente la tuición

    o el cuidado personalcomo medida de

    protección

    Licencia por Enfermedad Grave de Hijo Menor de

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

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    Gobierno de Chile / Ministerio de Salud

    Licencia por Enfermedad Grave de Hijo Menor deun Año.

    Las licencias por enfermedad de hijo menor se autorizarán

    por períodos de hasta siete días corridos, prorrogables por

    iguales lapsos. Cuando las licencias así prorrogadas

    sobrepasan de un total de treinta días corridos, el reposoposterior que se conceda podrá extenderse por todo el

    período que se estime necesario. (Art 18 DS 3).

  • 8/17/2019 Ley Parto Prematuro

    44/44

    SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBL ICA

    DEPARTAMENTO COORDINACIÓN NACIONAL DE LAS COMPIN 

    Hay un solo niño bello en el

    mundo y cada madre lo tiene.José Martí