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Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado - PRIDER Adjudicación de Menor Cuantía Nº 001-2015-GRA/PRIDER 1 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO UNIDAD EJECUTORA Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado PRIDER ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA AMC Nº 001-2015-GRA/PRIDER DERIVADO DEL ADS N° 013-2014-GRA-PRIDER Segunda Convocatoria CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE: ELABORACIÓN DE ESTUDIO DE PRE INVERSIÓN A NIVEL DE PERFIL PROYECTO: INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO RODEOPAMPA TAMBO LA MAR AYACUCHO 2015

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    Adjudicacin de Menor Cuanta N 001-2015-GRA/PRIDER

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    GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

    UNIDAD EJECUTORA

    Programa Regional de Irrigacin y Desarrollo Rural Integrado

    PRIDER

    ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA AMC

    N 001-2015-GRA/PRIDER

    DERIVADO DEL ADS N 013-2014-GRA-PRIDER

    Segunda Convocatoria

    CONTRATACIN DEL SERVICIO DE:

    ELABORACIN DE ESTUDIO DE PRE INVERSIN A NIVEL DE PERFIL

    PROYECTO: INSTALACIN DEL SERVICIO DE AGUA DEL

    SISTEMA DE RIEGO RODEOPAMPA

    TAMBO LA MAR AYACUCHO

    2015

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin

    de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

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    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

    tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada

    por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

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    1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

    1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para

    que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das

    hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentacin de propuestas se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento

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    registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

    1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio

    presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del

    consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

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    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PBLICO, deber tenerse en consideracin lo siguiente: La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

    1 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin Directiva Selectiva puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

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    En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas,, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente: Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos .

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

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    1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

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    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

    La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PBLICO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente: Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

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    Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente: Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. IMPORTANTE:

    En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.

    En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica. En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

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    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi

    Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

    En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, se deber tener en consideracin lo siguiente: En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima. El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

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    IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP

    3.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

    En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deber tener en consideracin lo siguiente: El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP

    4.

    El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

    3 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe 4 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe

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    Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

    1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 115 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

    3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

    En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

    3.3. DE LAS GARANTAS

    3.3.1. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

    Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

    3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

    Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. IMPORTANTE:

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

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    3.5. EJECUCIN DE GARANTAS

    Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.6. ADELANTOS

    La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

    Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.8. PAGOS

    La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio. La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

    3.9. DISPOSICIONES FINALES

    Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : Programa Regional De Irrigacin y Desarrollo Rural Integrado PRIDER

    RUC N : 20494642078

    Domicilio legal : Av. Los Pinos Mz N lote 4 Urb. Marisca Cceres Ayacucho Huamanga.

    Telfono/Fax: : 066-319676

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

    El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del servicio de Elaboracin de Estudio de Pre Inversin a Nivel de Perfil del Proyecto: Instalacin Del Servicio de Agua del Sistema de Riego RODEOPAMPA.

    1.3. VALOR REFERENCIAL5

    El valor referencial asciende a la suma de Ciento Cincuenta y Siete Mil Trescientos Con 00/100 Nuevos Soles (S/. 157,300.00), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de diciembre del 2014.

    IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

    Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar dichas propuestas.

    Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante un Memorando N 088-2014-GRA/PRIDER/DG, el 10 de Marzo del 2015.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    Recursos Determinados/Ordinarios

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El presente proceso se rige por el sistema de A SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    5 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

    El servicio a contratar est definido en los Trminos de Referencia y los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

    1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de 60 das calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES En caso de solicitar un ejemplar de las bases deber realizar el pago de S/. 6.00 (Seis con 00/100 nuevos soles) por derecho de reproduccin de las mismas que deber efectuar a la cuenta corriente N 0401-079335 del Banco de la Nacin o en Caja de la Entidad.

    1.10. BASE LEGAL Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015. Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal 2015. Ley N 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado, modificado con la Ley

    N 29873. (en adelante la Ley)

    Decreto Supremo N 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado por Decreto Supremo N 138-2012-EF. (en

    adelante)

    Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Texto nico Ordenado de la Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la

    Informacin Pblica, aprobado por Decreto Supremo N 043-2003-PCM. Directiva 003-2003-CONSUCODE/PRE Disposiciones Complementarias para la

    participacin de postores en consorcio en las contrataciones y adquisiciones del Estado.

    Ley N 27050 Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 003-2000-PROMUDEH.

    Texto nico Ordenado de la Ley N 28016 Ley de Promocin de Competencia y Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del Acceso al Empleo, aprobado por Decreto Supremo N 007-2008-TR.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    6

    Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria : 24 de Marzo del 2015

    Registro de participantes : Del: 25 de Marzo del 2015

    Al: 06 de Abril del 2015

    A las 08:00 hasta las 17:00 horas.

    Presentacin de Propuestas : 06 de Abril del 2015

    : A las 08:00 hasta las 17:00 horas.

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    : 07 de Abril del 2015

    Otorgamiento de la Buena Pro : 07 de Abril del 2015

    : SEACE

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes es gratuito y se realizar en mesa de partes del PRIDER, sito en la Av. Los Pinos Mz N lote 4 Urb. Mariscal Cceres Ayacucho - Huamanga, en las fecha y horario sealadas en el cronograma. En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    IMPORTANTE:

    Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en la Av. Los Pinos Mz N lote 4 Urb. Mariscal Cceres Ayacucho Huamanga, en las fechas sealadas en el cronograma, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial del AMC N XX-2015-GRA-PRIDER derivado ADS N XXX-2014-GRA/PRIDER (Segunda Convocatoria).

    2.4. PRESENTACIN DE PROPUESTAS7

    Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en la Av. Los Pinos Mz N lote 4 Urb. Mariscal Cceres Ayacucho - Huamanga, en la fecha y horario sealados en el cronograma. En ambos supuestos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 001-2015-

    6 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la

    ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

    7 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin Directiva Selectiva puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

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    GRA-PRIDER derivado DE LA ADS N 013-2014-GRA/PRIDER (Segunda Convocatoria), conforme al siguiente detalle: SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y 02 copias

    8.

    El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos

    9, la siguiente

    documentacin:

    Documentacin de presentacin obligatoria:

    a) Declaracin jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos

    contenidos en el Captulo III de la presente seccin10

    (Anexo N 2), presentar la carta de compromiso firmado por el personal propuesto.

    8 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica se presentar en original y en el nmero de copias

    requerido en las Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comit Especial. 9 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la

    convocatoria. 10

    El Comit Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso, deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases.

    Seores

    Programa Regional de Irrigacin y Desarrollo Rural Integrado

    Av. Los Pinos Mz N lote 4 Urb. Mariscal Cceres Ayacucho Huamanga. Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 001-2015-GRA-PRIDER DERIVADO DE LA ADS N 013-2014-GRA/PRIDER

    Servicio de: OBJETO DEL PRESENTE PROCESO.

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

    Programa Regional de Irrigacin y Desarrollo Rural Integrado

    Av. Los Pinos Mz N lote 4 Urb. Mariscal Cceres Ayacucho Huamanga. Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 001-2015-GRA-PRIDER DERIVADO DE LA ADS N 013-2014-GRA/PRIDER

    Servicio de: OBJETO DEL PRESENTE PROCESO.

    SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4) La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).

    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa:

    a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso

    11.

    b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas

    con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad

    12.

    c) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u rdenes de

    servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 07 Y 08, referido a la Experiencia del Postor. IMPORTANTE:

    En el caso de la ejecucin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao podr presentarse una solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes, segn Anexo N 11.

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10). En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

    11

    Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento. 12

    Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

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    IMPORTANTE:

    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

    13

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 9). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La propuesta econmica de los postores que presenten la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi

    Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica. 0.80 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica. 0.20 Donde: c1 + c2 = 1.00 IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao debe consignarse lo siguiente:

    En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta tcnica la solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo N 11), se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

    13

    De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. CARTA FIANZA c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. d) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). e) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato. f) Correo electrnico para notificar la orden de servicio, en el caso que habiendo sido

    convocado el proceso por relacin de tems, el valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.

    IMPORTANTE:

    En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio .

    Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, tales como:

    a) Copia de DNI del Representante Legal. b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC de la empresa. e) De acuerdo al objeto contractual convocado podr requerirse la presentacin de otros

    documentos para la suscripcin del contrato, los que debern ser incluidos en este rubro.

    IMPORTANTE:

    La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento. La citada documentacin deber ser presentada en mesa de partes del PRIDER, sito en la Av. Los Pinos Mz N lote 4 Urb. Mariscal Cceres Ayacucho Huamanga.

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    2.9. FORMA DE PAGO La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en tres (03) partes segn detalle siguiente:

    Y de acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

    - Recepcin y conformidad al rgano de Administracin o, en su caso al rgano establecido en las bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organizacin interna de la entidad.

    - Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada, cuando corresponda.

    - Comprobante de pago. - Podr incluirse cualquier otra documentacin que resulte relevante para el trmite del

    pago.

    2.10. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

    2.11. REAJUSTE DE LOS PAGOS En los contratos de servicios pactados en moneda nacional, los pagos estarn sujetos a reajuste de ser el Caso, Consignar el Procedimiento Previsto Por el Artculo 49 Del Reglamento.

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    CAPTULO III TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

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    CAPTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

    EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial o del rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer.

    De acuerdo con el artculo 45 del Reglamento, las Bases debern consignar el siguiente factor

    de evaluacin:

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN14

    A. EXPERIENCIA DEL POSTOR (30 puntos)15

    A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD

    Criterio:

    Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el

    postor correspondiente a la actividad objeto del proceso,

    durante un periodo de diez (10) aos a la fecha de

    presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo

    acumulado equivalente a dos (02) veces del valor referencial.

    Acreditacin:

    La experiencia se acreditar mediante copia simple de:

    contratos y su respectiva conformidad por la prestacin

    efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se

    acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE

    DEPSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA,

    CANCELACIN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS,

    correspondientes a un mximo de diez (10) servicios.

    En caso los postores presenten varios comprobantes de pago

    para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber

    acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se

    asumir que los comprobantes acreditan servicios

    independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la

    evaluacin y calificacin, los diez (10) primeros servicios

    indicados en el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor

    en la actividad.

    En el caso de servicios de ejecucin peridica, slo se

    considerar como experiencia la parte del contrato que haya

    sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas,

    debiendo adjuntarse copia de las conformidades

    M = Monto facturado acumulado

    por el postor por la

    prestacin de

    servicios de consultora

    correspondientes a la

    actividad

    objeto del proceso

    M >= [02] veces el valor

    referencial:

    [30] puntos

    M >= [01] veces el valor

    referencial y

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN14

    correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de

    pago.

    En los casos que se acredite experiencia adquirida en

    consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio

    o el contrato de consorcio del cual se desprenda

    fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se

    asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se

    computar la experiencia proveniente de dicho contrato.

    Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de

    procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se

    entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al

    porcentaje de participacin de la promesa formal de consorcio

    o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no

    se consigne el porcentaje de participacin se presumir que

    las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

    Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto

    facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe

    indicarse el tipo de cambio venta publicado por la

    Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a

    la fecha de suscripcin del contrato o de cancelacin del

    comprobante de pago, segn corresponda.

    Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y

    presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor en

    la actividad.

    El servicio presentado para acreditar la experiencia en la

    especialidad servir para acreditar la experiencia en la

    actividad.

    IMPORTANTE: Cuando el objeto del proceso sea la elaboracin de expedientes tcnicos deber acreditarse la experiencia en la actividad con copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago referidos a servicios prestados en la elaboracin de expedientes tcnicos, sin considerar el tipo de especialidad prevista en el artculo 268 del Reglamento. Cuando el objeto del proceso sea la supervisin de obras

    deber acreditarse la experiencia en la actividad con contratos

    o comprobantes de pago referidos a la supervisin de obras in

    distinguir el tipo de especialidad prevista en el artculo 268 del

    Reglamento.

    EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN14

    B. PROPUESTO PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIO (45 puntos)

    Ms de [12] meses de

    experiencia: [15] puntos

    Ms de [05] meses hasta [11]

    meses de experiencia:

    [10] puntos

    Ms de [02] meses hasta

    [04]meses de experiencia:

    [05] puntos17

    Ms de [24] meses de

    experiencia: [15] puntos

    Ms de [15] meses hasta [19]

    meses de experiencia:

    [10] puntos

    Ms de [08] meses hasta [14]

    meses de experiencia:

    [05] puntos

    Ms de [15] perfiles viables:

    [15] puntos

    Ms de [10] perfiles viables hasta

    [14] perfiles viables:

    [10] puntos

    B.1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO

    B.1.1. ING. AGRICOLA (JEFE DE PROYECTO)

    Criterio:

    Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la

    especialidad del personal propuesto en elaboracin de

    proyectos de inversin pblica. Se considerarn como trabajos

    o prestaciones similares o iguales al objeto de la convocatoria.

    Acreditacin:

    Mediante la presentacin de copia simple de contratos de

    trabajo y su conformidad de servicio.

    En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la

    experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para

    acreditar su experiencia como personal propuesto para la

    prestacin del servicio de consultora, de ser el caso.

    B.1.2. ING. CIVIL O GEOLOGO (ESPECIALISTA EN

    ESTUDIOS DE GEOTECNIA Y MECANICA DE SUELOS)

    Criterio:

    Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la actividad

    del personal propuesto en la elaboracin de estudios de

    geotecnia y mecnica de suelos para proyectos de inversin

    pblica en general, formulados segn SNIP.

    Acreditacin:

    Mediante la presentacin de copia simple de contratos de

    trabajo, constancias o certificados.

    En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la

    experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para

    acreditar su experiencia como personal propuesto para la

    prestacin del servicio de consultora, de ser el caso.

    B.1.3. ECONOMISTA O ING. ECONOMISTA. (ESPECIALISTA EN FORMULACIN Y EVALUACIN DE PROYECTOS. (ECONOMISTA O ING. ECONOMISTA.) Criterio:

    Se evaluar en funcin a la cantidad de perfiles de proyecto

    viables de proyectos de inversin pblica.

    Acreditacin:

    Mediante la presentacin de copia simple de contratos y la

    17

    El Comit Especial define los rangos de evaluacin e indica cules son los parmetros en cada rango.

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN14

    ficha SNIP en estado viable, donde indique el nombre del

    profesional quien ha elaborado el perfil del PIP.

    Ms de [05] perfiles viables hasta

    [09] perfiles viables:

    [05] puntos

    C.

    CUMPLIMIENTO DE EJECUCION DE SERVICIOS

    (10 puntos)

    Se evaluar en funcin al nmero de constancias o

    certificados (ANEXO 10) en el que se acredite que el postor

    ejecut o liquid contratos sin que haya incurrido en

    penalidades, hasta un mximo de diez (10) contratos de

    servicios. La asignacin del puntaje ser de acuerdo con la

    siguiente frmula:

    PCP= PF x CBC NC

    Donde:

    PCP= Puntaje a otorgarse al postor

    PF= Puntaje mximo del Factor

    NC= Nmero de contrataciones presentadas para

    acreditar la experiencia del postor

    CBC= Nmero de constancias de buen cumplimento de la

    prestacin

    Asimismo, el factor podr ser acreditado mediante la

    presentacin de cualquier documento en el que conste o se

    evidencie que la prestacin presentada para acreditar la

    experiencia fue ejecutada sin penalidades,

    independientemente de la denominacin que tal documento

    reciba.

    Notas:

    Los certificados o constancias deben referirse a los servicios

    que se presentaron para acreditar la experiencia del postor

    en la especialidad. En caso la experiencia se haya acreditado

    con un nmero mayor de diez servicios, para la aplicacin de

    la frmula propuesta, se considerar que se han presentado

    nicamente diez (10), ya que tal es el nmero mximo de

    constancias de cumplimiento permitidas por la normativa.

    Adicionalmente, el Comit Especial podr consignar los siguientes factores de evaluacin,

    pudiendo utilizar algunos o todos los que a continuacin se detallan, segn corresponda a la

    naturaleza y caractersticas del objeto del proceso, su finalidad y a la necesidad de la Entidad

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    FACTORES DE EVALUACIN -

    OPCIONALES PUNTAJE/METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN

    E. OTROS FACTORES REFERIDOS AL

    OBJETO DE LA CONVOCATORIA18

    (15 puntos)

    Presenta plan de trabajo utilizando diagrama:

    Excelente : [10] puntos

    Bueno: [05] puntos

    Regular: [03] puntos

    Cuenta con 01 Camioneta 4 x 4: [02] punto

    Cuenta con 01 Estacin Total: [01] punto

    Cuenta con Navegador GPS [01] punto

    Cuenta con Computadora e Impresora: [01] punto

    E.1. PLAN DE TRABAJO:

    Se otorgara puntaje al postor, en funcin a la

    programacin secuencial que presente de

    todas las actividades, as como una

    programacin de utilizacin de personal y

    equipos para todas las fases del servicio. Se

    calificara de la siguiente manera:

    E.2. EQUIPAMIENTO:

    Se otorgara puntaje al postor en funcin a

    los equipos puestos a disposicin del

    servicio, el postor sustentar la tenencia

    (propia o alquilada). Debern acreditar su

    tenencia mediante factura o documento de

    compromiso de alquiler entre el postor y el

    propietario de los equipos, caso contrario no

    ser acreedor del puntaje correspondiente.

    La calificacin se realizar de la siguiente

    manera:

    NOTA: En caso de que los equipos y

    vehculo no sean de propiedad del postor se

    adjuntara copia de contrato simple en

    original, adems de los documentos que

    verifiquen la propiedad de los citados

    equipos como son Tarjeta de Propiedad y

    las respectivas facturas.

    PUNTAJE TOTAL 100 puntos19

    IMPORTANTE:

    Los factores de evaluacin no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos.

    Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber obtener un puntaje tcnico mnimo de ochenta (80) puntos.

    18

    Podr evaluarse factores, tales como: equipamiento, infraestructura, siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto en el artculo 43 del Reglamento.

    19

    Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluacin, incluyendo los opcionales.

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    CAPTULO V PROFORMA DEL CONTRATO

    Conste por el presente documento, la contratacin del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC N [], con domicilio legal en [], representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte [.....................], con RUC N [................], con domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes: CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 001-2015-GRA-PRIDER DERIVADO DE LA ADS N 013-2014-GRA/PRIDER para la

    contratacin del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLUSULA SEGUNDA: OBJETO

    El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIN], conforme a los Trminos de Referencia. CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

    El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

    20

    Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato. CLUSULA CUARTA: DEL PAGO

    21

    LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR SI SE TRATA DE NICO PAGO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIDICOS], luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debi efectuarse. CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIN DE LA PRESTACIN

    El plazo de ejecucin del presente contrato es de [..] das calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIN EN ESTE ULTIMO CASO]. IMPORTANTE:

    De preverse en los Trminos de Referencia la ejecucin de actividades de instalacin, implementacin u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecucin, se debe consignar lo siguiente: El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TRMINOS DE REFERENCIA] es de [...] das calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].

    20

    Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10) en su propuesta tcnica.

    21

    En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podr adicionarse la informacin que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

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    CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

    El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora22

    y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes. CLUSULA STIMA: GARANTAS

    EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

    Garanta por el monto diferencial de la propuesta23

    : S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

    CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN

    LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

    CLUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO

    LA ENTIDAD no otorgar adelantos

    CLUSULA DCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO

    La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y ser otorgada por [CONSIGNAR EL REA O UNIDAD ORGNICA QUE OTORGAR LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones se consignarn en el acta respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al contratista un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, LA ENTIDAD podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no ser aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuar la recepcin, debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose las penalidades que correspondan. CLUSULA UNDCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA

    EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLUSULA DUODCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

    La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo mximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AOS, NO MENOR DE UN (1) AO] aos. CLUSULA DCIMO TERCERA: PENALIDADES

    Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicar una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del tem que debi ejecutarse, en concordancia con el artculo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular de acuerdo a la siguiente frmula:

    22

    La oferta ganadora comprende a las propuestas tcnica y econmica del postor ganador de la Buena Pro. 23

    En aplicacin de los dispuesto por el artculo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste en el proceso de seleccin para la contratacin de servicios, para la suscripcin del contrato el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

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    Penalidad Diaria = 0.10 x Monto

    F x Plazo en das Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) das o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.

    Tanto el monto como el plazo se refieren, segn corresponda, al contrato o tem que debi ejecutarse o, en caso que stos involucrarn obligaciones de ejecucin peridica, a la prestacin parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidacin final; o si fuese necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las garantas de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, LA ENTIDAD podr resolver el contrato por incumplimiento. La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Cdigo Civil y dems normas aplicables, segn corresponda. IMPORTANTE:

    De preverse en los Trminos de Referencia penalidades distintas a la penalidad por mora, se deber consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que sern objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderan aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificar la ocurrencia de tales incumplimientos.

    CLUSULA DCIMO CUARTA: RESOLUCIN DEL CONTRATO

    Cualquiera de las partes podr resolver el contrato, de conformidad con los artculos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artculos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a lo establecido en el artculo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLUSULA DCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

    Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daos y perjuicios ocasionados, a travs de la indemnizacin correspondiente. Ello no obsta la aplicacin de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que stas correspondan. Lo sealado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las dems obligaciones previstas en el presente contrato. CLUSULA DCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO

    Slo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y dems normativa especial que resulte aplicable sern de aplicacin supletoria las disposiciones pertinentes del Cdigo Civil vigente, cuando corresponda, y dems normas de derecho privado. CLUSULA DCIMO STIMA: SOLUCIN DE CONTROVERSIAS

    24

    Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecucin contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artculos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artculo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podr someter a conciliacin la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se ll