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Informe sobre DDHH - Universidad Andina

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informe sobre derechos humanos

Ecuador 2011

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UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR, SEDE ECUADOR

PROGRAMA ANDINO DE DERECHOS HUMANOS, PADHToledo N22-80 •Apartado postal: 17-12-569 • Quito, EcuadorTeléfonos: (593 2) 322 8085, 299 3600 • Fax: (593 2) 322 8426

ww w.uas b.e du.ec • [email protected]

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Programa andino de derechos humanoscomPilador

informe sobre derechos humanos

ecuador 2011

Quito, 2012

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Informe sobre derechos humanosEcuador 2011

Programa Andino de Derechos HumanosCOMPILADOR

Primera edición: Universidad Andina Simón Bolívar

Quito, marzo de 2012

ISBN: 978-9978-19-492-8Derechos de autor: 038485Depósito legal: 004784

Coordinación editorial: Quinche OrtizCubierta: Mosca estudio gráfico basada en idea de El Antebrazo

Diagramación: Mosca estudio gráficoImpresión: F. R. Ediciones, Rumipamba E1-35 y 10 de agosto

Edif. Vanderbilt, piso 1, Ofic. 103, Teléfono: 245 8134

Las opiniones expresadas en los artículos que constan en este informe son de responsabilidad de sus

autores y, por lo tanto, no representan el punto oficial de la Universidad Andina Simón Bolívar.

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Presentación / 9

Siempre críticos, Enrique Ayala Mora / 11

I. Los derechos humanos en 2011 / 13

Balance de la situación de derechos humanos 2011, PADH / 15

Panorama general de los derechos humanos desde la prensa, Gardenia Chávez Núñez / 35

II. Situaciones de derechos humanos que marcaron 2011 / 39

Justicia

La Función Judicial antes y después del referéndum, Julio César Trujillo / 41

El desarrollo normativo como garantía de derechos. Balance 2011,Ramiro Ávila Santamaría y Gina Benavides Llerena / 47

La participación social en el procedimiento legislativo, Silvana Sánchez Pinto / 51

Las garantías de los derechos en 2011, Agustín Grijalva / 57

Desde la verdad ¿Cuándo las justicias?, Clara Merino Serrano / 61

Seguridad

Conflictividad y derechos humanos en Ecuador, Mario Unda Soriano y Silvana Sánchez Pinto / 65

El derecho a la seguridad integral en 2011, Francisco Hurtado Caicedo y Gardenia Chávez Núñez / 71

Índice

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La excepción como regla ¿garantiza los derechos?, Gina Benavides Llerena / 75

Cumplimiento de las recomendaciones del Relator Especial de la ONU sobre ejecucionesextrajudiciales, Carolina Pazmiño Corral / 81

Ambiente

2011: la lucha por los derechos de la Pachamama se levanta sobre los hombros de la gente, Mario Melo / 87

Análisis y perspectivas del ejercicio de derechos colectivos en el Ecuador,Francisco Hurtado Caicedo, CDES / 91

Vigencia y garantía de los derechos en las políticas petroleras en el año 2011, Alexandra Almeida / 93

Caso Texaco 2011: una sentencia legendaria y una gigante transnacional buscandoimpunidad, Vanessa Barham y María Guadalupe de Heredia / 99

III. Otras situaciones de derechos humanos / 103

Una ley que desarrolle los derechos de la comunicación, Marco Navas Alvear / 105

La revolución ciudadana y los trabajadores, Ricardo Buitrón Cisnerosy Diego Cano Molestina / 109

Derechos de las personas en movilidad en el año 2011, Javier Arcentales Illescas / 113

El derecho a la alimentación en Ecuador desde una perspectiva de derechos humanos,Lina Cahuasquí y Enith Flores / 119

Reconocimiento formal, discriminación real: los derechos de las mujeres en Ecuador en 2011, Gabriela Bernal Carrera / 123

IV. Balance desde el Estado / 127

Derechos humanos y Defensoría del Pueblo de Ecuador, Defensoría del Pueblo de Ecuador / 129

Avances hacia la garantía plena de los derechos humanos: una mirada panorámica,Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos / 137

V. Principales producciones en 2011 / 139

Reseñas de informes

Informe sobre criminalización a defensores de derechos humanos y de la naturaleza,2011, CEDHU, Acción Ecológica e INREDH / 141

Informe sobre la situación penitenciaria en el Ecuador, CEDHU / 142

8 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

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Informe de la CEDHU al Consejo de Derechos Humanos de la ONU para el examen deseguimiento al Estado ecuatoriano, CEDHU / 143

Análisis y perspectivas del ejercicio de los derechos colectivos en el Ecuador, CDES / 144

Derecho a la alimentación en Ecuador, balance del estado alimentario de la poblaciónecuatoriana desde una perspectiva de derechos humanos. Informe 2010, FoodFirst Information and Action Network, FIAN Ecuador / 145

Monitoreo de políticas de distribución de tierra estatal y el derecho a la alimentaciónde posesionarios. Informe 2010, FIAN Ecuador / 146

Explotación minera en el páramo de Quimsacocha, otra complicidad del Estadoecuatoriano, FIAN Ecuador / 147

Los hijos del Ilaló y sus tierras ancestrales, FIAN Ecuador / 148

Los derechos de las mujeres en la mira. Informe anual de los Observatorios de sentenciasjudiciales y de medios 2010-2011, Corporación Humanas Ecuador / 149

Reseñas de publicaciones

Intervención minera a gran escala en Ecuador y vulneración de los derechos humanos.Caso Corriente Resources, 2010, CEDHU y FIDH / 150

Criminalización de los defensores y defensoras de derechos humanos en el Ecuador 2011,INREDH / 152

Guía popular para la incidencia, 2011, INREDH / 153

Manual popular de comunicación, 2011, INREDH / 154

Peones en un ajedrez militar, INREDH / 155

Nuevas instituciones de Derecho Constitucional ecuatoriano, tomo II, INREDH / 156

Manual popular de proyectos y gestión local, INREDH / 158

Manual popular de género, INREDH / 159

Nuestra agenda intercultural joven, jóvenes trabajandopara construir sus sueños, SERPAJ y Coalición Popular de Organizaciones Juveniles / 160

Ecuador: Estado plurinacional y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales,PIDHDD, Capítulo Ecuador / 161

Abandono y olvido para los afectados por la construcción de la represa Daule Peripa,el derecho a la alimentación, FIAN Ecuador / 162

Refugiados urbanos en Ecuador, estudio sobre los procesos de inserción urbana de la población colombiana refugiada, el caso de Quito y Guayaquil, Colectivo Migración y Refugio, y FLACSO / 163

Reseña de video documental

Con mi corazón en Yambo, María Fernanda Restrepo / 164

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 9

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Reseñas de programas de audio

Campaña por el derecho a la alimentación, cuñas radiales, FIAN Ecuador / 165

Voces de nuestra América, Pobreza, desastres y derechos humanos Programas radiales, Red Latinoamericana de Radialistas Pro Derechos Humanos y PRODH / 166

Campaña por una vida digna, cuñas radiales sobre los efectos de la contaminaciónpetrolera, INREDH y El Churo Comunicación / 167

Campaña por una vida digna, minería, INREDH , El Churo Comunicación / 168

Los autores / 169

10 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

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El Programa Andino de Derechos Humanos de la Universidad AndinaSimón Bolívar, Sede Ecuador (PADH), dando continuidad al desafío asumido desde2009, de propiciar un espacio anual de reflexión sobre la situación de la vigenciade los derechos humanos en el país, presenta el informe correspondiente al año2011.

Este informe surge nuevamente del esfuerzo conjunto de organizacionesde la sociedad civil y la academia, y en este año se ve complementado con el aportede algunas instituciones del Estado, propiciando así un espacio de reflexión plu-ral y de debate sobre la vigencia efectiva de los derechos humanos.

El informe mantiene su característica de ser un instrumento que permite,desde el posicionamiento político y social, aportar para la defensa de los derechoshumanos a través del monitoreo permanente del cumplimiento de las obligacio-nes estatales de respetar, proteger, cumplir y hacer cumplir los derechos. Para ello,toma como referente de análisis el grado de coherencia entre el marco constitu-cional ecuatoriano, los instrumentos internacionales de protección de derechos hu-manos, las políticas públicas y el diseño institucional.

En la tarea de seguimiento iniciada desde 2009, se ha avanzado en el di-seño e implementación de instrumentos de registro de información que contri-buyan a la generación y sistematización de datos sobre los cuales se sustenta la re-flexión. En ese sentido, se destaca el perfeccionamiento de las bases de seguimientode prensa, conflictividad, normativa y garantías diseñadas el año 2010, y la cons-trucción de la base de estados de excepción en 2011

Este proceso ha permitido generar, para este nuevo informe, elementos deanálisis comparativo que fortalecen el sistema de monitoreo y contribuyen al se-

Presentación

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guimiento de las tendencias encontradas en los años precedentes, evidenciando asíciclos de evolución, avance, estancamiento o retroceso.

Para este informe, tomando en consideración el contexto del país y reite-rando la imposibilidad de abarcar el amplio catálogo de derechos contempladospor la Constitución vigente, se mantienen como ejes de análisis los derechos dejusticia, seguridad y ambiente por ser los que continúan planteando los mayoresdesafíos para la vigencia de derechos humanos en Ecuador.

Además, siguiendo la línea de análisis de derechos complementarios quetuvieron trascendencia en la dinámica social durante el año, se continúa la refle-xión sobre el derecho a la comunicación y movilidad humana; se retoma el aná-lisis de los derechos de las mujeres y del derecho al trabajo y se introduce el aná-lisis del derecho a la alimentación.

Finalmente, se mantiene las reseñas de informes temáticos realizados porlas organizaciones de la sociedad civil, así como sus principales publicaciones y pro-ducciones, como un reconocimiento a su trabajo y con la finalidad de apoyar sudifusión y apropiación.

El Programa Andino de Derechos Humanos manifiesta su profundo agra-decimiento y reconocimiento a todas las personas, organizaciones e institucionesque dedicaron parte de su tiempo a reflexionar y escribir para este informe.

Además, pone a disposición de los interesados la versión ampliada de estey los dos anteriores informes en la dirección electrónica: ‹http://www.uasb. edu.ec/padh.php› o ‹http://www.repositorio.uasb.edu.ec›.

Programa Andino de Derechos HumanosUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador

Quito, abril de 2012

12 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

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La tarea de defender y promover los derechos humanos no es “neutra” niagradable. Siempre implica un enfrentamiento con el poder y la autoridad. Por ello,este informe, lejos de ser “aséptico”, es forzosamente polémico y siempre crítico.

Es responsabilidad del Programa Andino de Derechos Humanos de laUniversidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador (PADH), pero está abierto a laparticipación amplia de quienes desean ofrecer una visión o un balance sobre al-guna situación ocurrida en el año. Un tema central y la recolección de varios ele-mentos de información están a cargo del PADH. Pero se nutre de aportes de per-sonas que en forma voluntaria expresan sus puntos de vista. Es producto de la con-tribución y la opinión de muchas personas, colectivos e instituciones.

Nunca debe esperarse que un informe sobre derechos humanos tenga pos-turas “imparciales”. Siempre debe estar “parcializado” con los que son víctimas deviolación de esos derechos, o están en riesgo de serlo. Tampoco puede pedirse quesea “favorable” a los gobiernos, ya que su tarea es denunciar las violaciones quedesde el poder del Estado se cometen. Desde luego que se debe registrar cuandohay avances o hechos positivos que los gobiernos pueden exhibir en este campo,pero siempre el énfasis debe ser crítico y destacar lo que no se ha hecho o se hahecho mal.

El informe debe ser visto con esta perspectiva y no como un intento decensurar al gobierno o de apuntalar a la oposición política. Personalmente, creoque el gobierno actual tiene varios puntos a favor en la promoción de los dere-chos humanos y así lo he destacado, inclusive en anteriores ediciones de este in-forme. No vivimos en el Ecuador una dictadura, como afirman algunos agoreros,sin querer recordar que son herederos de Arroyo del Río y Febres Cordero. Pero

Siempre críticos

Enrique Ayala Mora

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sí hay rasgos de autoritarismo preocupantes, sobre todo eso de considerar que di-rigentes de movimientos sociales son “terroristas”. Se cumple con el país y con lospropios postulados gubernamentales cuando se destaca esta y otras facetas nega-tivas que ponen en riesgo la vigencia plena de los derechos.

Como rector universitario, auspicio este documento, que no puede ser sinocrítico. Así lo he hecho, convencido de que aún sus censuras o denuncias ayudana que se logre una vigencia plena de los derechos de las personas. Soy conscientede que, a veces, escriben sobre derechos humanos gentes sin visión equilibrada yde conjunto.

Hay posturas etnocentristas que creen que se violan derechos cuando no seaceptan demandas corporativistas y destructivas de la unidad nacional. Hay tambiénactitudes que pretenden imponer políticas sobre temas ambientales ingenuas, cuandono de mala fe, que con el inmovilismo, en la práctica favorecen a las grandes em-presas depredadoras. Pero no dudo que es preferible que esas opiniones se oigan, aque sean silenciadas en nombre del equilibrio y hasta del sentido común. Todo ellonos compromete con un genuino y amplio debate sobre temas complejos.

El que en el Ecuador no haya un régimen que atropella en forma sistemáticalos derechos humanos es algo que debe reconocerse; pero eso no significa que nose vean violaciones que sí se cometen y que tienden a volverse permanentes, so-bre todo en las relaciones con el movimiento social y en el respeto a la libertad deexpresión. Al contrario, hay que denunciarlas como garantía de que no se perpe-túen. Si este informe logra algo de eso, habrá cumplido con su objetivo.

Este es un esfuerzo de un pequeño grupo universitario y de muchos vo-luntarios. Gracias a todos ellos. Espero que el resultado que este informe puedatener sea su mejor recompensa.

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ILos

derechos humanosen 2011

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Balance de la situaciónde derechos humanos2011

PADH

La aprobación de la Constitución de 2008 determinó la necesidad de unproceso profundo de adecuación normativa, institucional y de políticas públicaspara avanzar en la construcción del Estado constitucional de derechos y justicia.

En el informe 2009, se evidenció que existieron normas, políticas, prácti-cas institucionales y procesos que se apartaron de la Constitución garantista, lo queplanteó el desafío de retomar el mandato constitucional, a fin de concretizar la jus-ticia social y para construir un nuevo modelo de desarrollo que sintetice las no-ciones del buen vivir y los derechos de la naturaleza.

El informe 2010 develó que este desafío no fue asumido y que, por el con-trario, presentó serios límites por un inadecuado procesamiento de los conflictosy su repercusión en derechos humanos; la comprobación de restricciones en el pro-cedimiento legislativo y su déficit democrático; las debilidades en el ejercicio deacceso a la justicia y a contar con un recurso eficaz y efectivo; y las deficiencias enlas políticas públicas por el limitado accionar de la institucionalidad estatal y unaincipiente incorporación del enfoque de derechos.

Sobre la base de estos límites y los desafíos que ellos plantearon, pasamosa continuación a mirar cuál fue la tendencia del proceso de adecuación constitu-cional y la vigencia de los derechos en 2011.

1. Persistencia del manejo inadecuado de la conflictividad

La conflictividad en el país se ha incrementado, si se la compara con las ci-fras de 2010. En este año se han producido 280 conflictos, y en el año pasado 268.

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De los 280 conflictos de 2011, 37% están relacionados con los derechos delibertad; 24% con los derechos del buen vivir; el 18% con los derechos de partici-pación; el 13% con los derechos de protección; el 5% con los derechos de los pue-blos, y el 3% con los derechos de los grupos de atención prioritaria.

Persiste el inadecuado manejo de la conflictividad expresado en lo ideo-lógico, político, económico, organizativo; a través de un gran despliegue mediá-tico. El Gobierno dio apertura para el diálogo con los gremios empresariales, mien-tras cerró las posibilidades de dialogar con el movimiento indígena, con los tra-bajadores y con periodistas; dando más bien paso a procesos de criminalizaciónde la protesta social y de la opinión pública (de ciertos sectores). La Defensoríadel Pueblo de Ecuador (DPE) se pronunció cuestionando la política de crimina-lización de la protesta social.1

2. Producción legislativa limitada y práctica democrática deficitaria

Durante 2011, la Asamblea Nacional expidió 16 leyes (7 menos que en 2010).De estas, el 37,5% se relacionaron con los derechos del buen vivir (educación, saludy economía solidaria); 31,3% con protección (seguridad jurídica y defensa); 25% conlibertades (propiedad horizontal y tributos), y el 6,3% con participación (consultaprevia y revocatoria de mandato).

Se mantuvo el déficit de legislación sobre derechos de la naturaleza y de co-munidades, pueblos y nacionalidades; sigue pendiente la adopción de leyes de co-municación, agua y cultura; proyectos de ley con trascendencia en derechos huma-nos no fueron calificados ni aprobados como: derechos colectivos del pueblo afro-descendiente; prevención de la tortura; derechos de las mujeres; juventud; repara-ción a las víctimas de violaciones a los derechos humanos, y compatibilización en-tre la justicia ordinaria y la justicia indígena.

En general, la producción legislativa de 2011 fue baja: hubo 1,6 leyes apro-badas por mes; si se compara con el número total de asambleístas, se determina quecada uno de ellos elaboró un 0,1% de leyes en el año. Los 141 proyectos de ley quese presentaron respondieron a la iniciativa de 61 asambleístas, esto evidencia que lamitad de los miembros de la Asamblea Nacional, no generó ni siquiera un proyectoal año. El 87,5% de las leyes aprobadas respondió a la iniciativa del partido de go-bierno y solo se aprobó un proyecto proveniente de la iniciativa ciudadana.

La Asamblea Nacional continuó con una práctica democrática deficita-ria, al no garantizar de manera efectiva el derecho a la participación social en el

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procedimiento legislativo; lo anterior se expresó de varias maneras: se usó prefe-rentemente el sitio web de la Asamblea Nacional para la difusión de los proyec-tos de ley; no se viabilizó mecanismos para garantizar la participación directa yla rendición de cuentas; no se creó espacios de deliberación sobre el contenido delos proyectos de ley ni se vigiló la adecuación constitucional de los proyectos a losestándares del corpus iuris de los derechos humanos.

Preocupa el tratamiento que tuvo el proyecto de reforma a la Ley deSeguridad Pública y del Estado sobre la facultad de emplear a las Fuerzas Armadaspara acciones de orden público interno. La sociedad civil se pronunció sobre la in-constitucionalidad del proyecto, pero las objeciones fueron desestimadas.

Estas prácticas develan la necesidad de una regulación que determine unprocedimiento uniforme de las comisiones con respecto a las observaciones y apor-tes que la sociedad civil hace a los proyectos de ley; los mecanismos específicospara su procesamiento, sistematización, análisis y estudio. De esta manera, el le-gislador estará obligado a motivar responsablemente sus decisiones de incorpo-rar o no las observaciones formuladas. Así se podrá garantizar el derecho a la par-ticipación social en el procedimiento legislativo.

3. Límites en la actuación de la justicia

El derecho a la justicia enfrentó obstáculos por el clima de tensión y pre-sión política. El Presidente de la República promovió un proceso de enmienda cons-titucional y consulta popular que fue avalado por la Corte Constitucional y ob-tuvo el respaldo popular. Las reformas introducidas alteraron el diseño constitu-cional de la Función Judicial; le restaron independencia, limitando así su calidadde garante de los derechos y contrapeso en el poder del Estado.

Bajo este marco de falta de independencia judicial, continuó la utilizaciónde la justicia penal como un mecanismo de criminalización de la protesta social yde la opinión: 204 líderes defensores de los derechos humanos y de la naturaleza–en su mayoría indígenas– fueron enjuiciados por sabotaje y terrorismo;2 se re-gistraron 10 casos de persecución y criminalización contra 48 dirigentes sindica-les;3 y 20 procesamientos a periodistas.4 En un juicio iniciado –a título personal–por el presidente Correa, un editorialista y directivos de un medio de comunica-ción impreso fueron condenados al pago de una indemnización económica sin pre-cedentes en el país, por el delito de injurias graves y calumniosas contra el Presi -dente.

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En materia de justicia constitucional, las grandes tendencias registradas enel año 2011 sobre la utilización de las garantías jurisdiccionales registraron conti-nuidades y pocos cambios; lo que da cuenta de la persistencia de límites para con-cretar el derecho a un recurso efectivo y eficaz para la restitución y reparación delos derechos.

Los derechos de protección –entre ellos, el debido proceso y las garantías parala privación de la libertad– fueron los que se reclamaron con mayor frecuencia alinterponer acciones de protección y hábeas corpus. La mayoría de demandantes deacciones de protección, provienen del sector público, particularmente de la PolicíaNacional. Tanto el Defensor del Pueblo como las organizaciones de derechos humanosy sociales mantienen una tasa baja de activación de garantías constitucionales.

Se mantuvo la tendencia judicial restrictiva para la aceptación de accio-nes protección detectada en 2010, pues nueve de cada diez acciones de proteccióninterpuestas fueron negadas por la administración de justicia. Al contrario, ochode cada diez acciones de hábeas corpus fueron aceptadas. Además, el número dehábeas corpus registró un aumento de 247 causas en relación con 2010, lo que de-vela una preocupante incidencia de la detención ilegal y arbitraria.

En este año se emitieron fallos judiciales importantes para la protecciónde derechos: la sentencia condenatoria contra la empresa Chevron Texaco, dentrodel juicio por daño ambiental; y la aceptación de la acción de protección interpuestacontra el Gobierno Provincial de Loja, para la protección de los derechos del río Vilcabamba. Sin embargo, se registran todavía límites para su cumplimientoefectivo.

El control formal y material de actos, normas y políticas a cargo de la CorteConstitucional dio paso a cuestionamientos por su falta de independencia. Unamuestra de los límites de esta instancia fundamental para la configuración delEstado constitucional de derechos fueron los dictámenes de constitucionalidad so-bre: la enmienda y la consulta popular solicitada por el Presidente de la República;el del Decreto Ejecutivo 1780 sobre la entrega de la educación a comunidades re-ligiosas, y los relativos a los estados de excepción dictados en el año.

Una de las dimensiones y retos más importantes que tuvo la justicia en 2011fue concretar los derechos: a saber, a la justicia y a la reparación en los casos de laComisión de la Verdad. Sin embargo, después de más de un año de la entrega delos casos a la Fiscalía General del Estado, ninguno de los crímenes de lesa huma-nidad documentados pasó de la verdad a la justicia. La unidad especial creada parainvestigar estos casos no avanzó más allá de la fase de indagación previa. Se evi-denció un acceso desigual a la justicia de las víctimas en relación con los presuntos

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autores; revictimización durante el trámite, y la exigencia de pruebas difíciles de ob-tener cuando han pasado casi tres décadas desde que se produjeron los crímenes.

4. Los derechos colectivos y de la naturaleza en inminente riesgo

El modelo económico de acumulación capitalista de extracción de recursosnaturales impulsado por el gobierno avanzó en su consolidación durante este añoy determinó efectos violatorios de los derechos de los pueblos y nacionalidades in-dígenas en cuyos territorios ancestrales están ubicados estos recursos naturales.

Los derechos colectivos y de la naturaleza se vieron seriamente amenaza-dos por: la adopción del Plan Nacional del Desarrollo del Sector Minero 2011; lasnuevas rondas de licitación petrolera en bloques que afectarán directamente a te-rritorios de los pueblos en aislamiento voluntario y a territorios ancestrales indí-genas; la proyección de negociación de campos maduros sin reparar los pasivosambientales; la renegociación de bloques de explotación petrolera que se han ex-tendido a áreas protegidas; y el anuncio de que se iniciaría la explotación del blo-que 31, que está dentro del Parque Nacional Yasuní en un 80%.

Se dictó sentencia de primera instancia en el caso contra la empresa pe-trolera Chevron Texaco, condenándola a pagar una indemnización por 8.640 mi-llones de dólares; sin embargo, dicha sentencia no se ejecutó porque la empresaentabló varias acciones legales en Ecuador y en Estados Unidos.

Frente a la política extractivista de recursos naturales petroleros y mine-ros, los pueblos indígenas y campesinos llevaron adelante procesos de defensa yresistencia que tuvieron como respuesta la criminalización de los dirigentes socialesy la represión a comunidades en las que los grupos afectados fueron mujeres, ni-ños y personas adultas mayores.

5. La seguridad integral deteriorada

2011 fue un año crítico para el derecho humano a la seguridad integral.La distancia entre el mandato constitucional y la reforma normativa tendió a agran-darse, en medio de hechos preocupantes que enfrentó la población: el incrementode delitos con afectaciones diferenciadas por zonas y tipo de conflicto; aumentode muertes violentas como los feminicidios, la muerte de un líder social en el marco

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de un conflicto de tierras,5 las causadas por accidentes de tránsito, suicidios, en-tre otras; el incremento de la conflictividad y su resolución de forma inadecuada,y un mínimo cumplimiento de las recomendaciones efectuadas al Estado ecuato-riano por el Relator Especial de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrariasde Naciones Unidas (Relator Especial).

Por otra parte, la declaratoria de las cuatro zonas estratégicas relaciona-das a mega proyectos económicos evidencia varios puntos críticos como la no apli-cación de la consulta ambiental, ni de la consulta previa libre e informada y otrosmecanismos previstos en la Constitución. Preocupa el uso de las Fuerzas Armadaspara la implementación de los proyectos.

Se suma la afectación a la seguridad laboral con medidas normativas y depolítica pública que implicaron que al menos 3.500 funcionarios y funcionariaspúblicas perdieran su fuente de trabajo.

La aplicación de medidas de seguridad, dadas en un contexto de una ina-decuada utilización de los estados de excepción, continúa marcada por la prima-cía de la seguridad del Estado y no de las personas.

La vulneración de las distintas dimensiones del derecho humano a la se-guridad integral, con el propósito de implantar el modelo económico, va confi-gurando un cuadro de afectación a mecanismos democráticos de procesamientode conflictos que dan paso a una naturalización de mecanismos represivos con par-ticipación de las Fuerzas Armadas en aspectos de seguridad interna.

6. Persiste la insuficiencia en las políticas públicas sobre derechos humanos

La producción de información y el acceso a ella son piezas clave para unaadecuada formulación de políticas públicas; para evaluar si estas políticas respon-den al cumplimiento de derechos se requiere que la información sea oportuna, com-pleta y adecuada.

Sin embargo, el procesamiento oportuno de la información continúa siendoun déficit en el país. Así, el Sistema de Información para la Gobernabilidad (SI-GOB), hasta finales del mes de enero de 2012, no presentó datos correspondien-tes a 2011; tampoco en el informe de rendición de cuentas presentado por la SEN-PLADES se encuentra información detallada sobre el cumplimiento de derechoshumanos en 2011.

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El PADH realizó peticiones de información a 14 entidades públicas; de lascuales, el 78% respondieron y el 21% no lo hicieron (ver cuadro 3).

Con respecto a la calidad de la información, el 64% de las institucionesentregó información parcial, el 14% información completa y del 21% no se ob-tuvo información (ver gráfico 1).

Además, el PADH formuló una invitación a las instituciones estatales concompetencia directa en la promoción y protección de Derechos Humanos, comola Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, ylos Ministerios Coordinadores de Seguridad Externa e Interna y de Inclusión yDesarrollo Social, para que participen en la elaboración del presente informe, me-diante la presentación de un artículo de balance sobre la situación de derechos hu-manos en el país, resaltando el grado de cumplimiento de los derechos, a partirde las obligaciones estatales y los estándares que constituyen el marco nacional einternacional de protección. Igual invitación se hizo a Alexis Ponce, considerandosu experiencia de trabajo previo en el campo de Derechos Humanos.

De las cinco invitaciones formuladas, únicamente la Defensoría del Puebloy el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos enviaron sus artículos de

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 23

Tipo de actuaciónagosto 2009-

julio 2010agosto 2010-

julio 2011

Resoluciones de la Dirección Nacional de ProtecciónResoluciones defensoriales a nivel de 13 provinciasGarantías jurisdiccionales interpuestasRecursos de revisión suscritos por el DefensorInvestigaciones defensorialesMedidas de cumplimiento obligatorioVigilancia del debido proceso

7 23311613

75* 36**

223**4**

128**

Total 373 466***

* Incluyen en garantías jurisdiccionales, aunque no lo son: seguimiento a sentencias, reclamos, peticiones y Amicus;

estas acciones suman 28; efectivamente serían 41 garantías.

** 21 resueltos y 15 pendientes.

Fuente: Defensoría del Pueblo: Informes agosto 2009-julio 2010 y agosto 2010-julio 2011.

Elaboración: Gardenia Chávez, PADH, 2012.

cuadro 1

defensoría del Pueblo

actuaciones por tipo de acción y períodos de informes

agosto 2009-julio 2011

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balance; un resumen ejecutivo de los mismos se incorpora en la Sección IV de esteinforme.

Realizando una evaluación de la información proporcionada, tenemos que:la DPE no presenta un informe anual que dé cuenta del cumplimiento de los de-rechos humanos en el país, su informe es de gestión (agosto de 2010-julio de 2011);además, registra inconsistencias en sumas y porcentajes. En líneas generales, se puedeapreciar la relación entre las acciones desarrolladas que se expresa en el cuadro 1.

Se observa, que si bien hay un incremento de 193 actuaciones respecto delinforme precedente, hay una disminución de 75 garantías interpuestas; esto es, 65%menos que lo señalado en el anterior informe.

Las garantías referidas en el Informe de la DPE, según los bloques consti-tucionales de derechos, reiteran la tendencia de que los derechos involucrados co-rresponden principalmente a libertades y buen vivir. Para este período la novedadson las garantías interpuestas por derechos de protección (9,5%).

Las garantías interpuestas demandan principalmente a la Policía Nacionaly a los tribunales y cortes de justicia.

La DPE, según el informe mencionado, absolvió 36.325 consultas de la ciu-dadanía a nivel nacional; recibió 20.262 peticiones de protección de derechos, yresolvió 4.921 casos; se encuentran en trámite 6.812 peticiones; también realizó106 acciones en el exterior. Reporta 61 visitas a 19 centros de rehabilitación socialen 18 provincias. De 4.990 instituciones que se encuentran en el catastro elabo-rado por el Ministerio de Relaciones Laborales, la DPE ha receptado 781 informes,lo que representa el 15,7% del total. Respecto a entidades del sector público, se de-

Garantías por bloques constitucionales de derechos

agosto 2009-julio 2010

agosto 2010- julio 2011

LibertadesBuen VivirDerechos de protecciónGrupos de atención prioritariaNaturaleza

49,1%48,3%

0,9%0,9%

59,5%29,7%9,5%

1,4%

Fuente: Defensoría del Pueblo: Informes agosto 2009-julio 2010 y agosto 2010-julio 2011.

Elaboración: Gardenia Chávez, PADH, 2012.

cuadro 2

Garantías jurisdiccionales por bloques

constitucionales de derechos y períodos de informes

agosto 2009-julio 2011

24 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Page 24: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

bían obtener 3.029 informes, pero solo 203 instituciones enviaron el suyo, lo quesignifica que tan solo el 6,7% han cumplido con esta obligación.

En su artículo de balance, la DPE enfatiza en las demandas por derechosde consumidores y usuarios, de pueblos indígenas afectados por el proceso ex-tractivista de recursos naturales, y para la verificación del debido proceso (por des-confianza en el sistema judicial). En la promoción de derechos refiere actividadesde educación, promoción, informes temáticos y monitoreo de la información pú-blica, sin precisar datos. Además se observa que las cifras no coinciden con las ex-puestas en su informe de gestión (ver artículo “Derechos humanos y Defensoríadel Pueblo de Ecuador”, sección IV).

La Fiscalía General del Estado6 señaló que, de los 121 casos de la Comisiónde la Verdad, 99 están en indagación previa, dos se han desestimado (no se conocelas razones) y 20 están en estudio. El total de personas protegidas en el Sistema deprotección de víctimas y testigos, entre noviembre de 2010 y septiembre de 2011,fue de 3.617 personas. De estas, 2.315 fueron víctimas, 405 testigos, 37 coprocesa-dos, 17 fiscales, tres jueces, 64 personas no nacionales, otras personas y familiares1.198. Las medidas de protección otorgadas fueron: protección policial comuni-taria, 5.471; auditorías de seguridad, 19.496; protección policial permanente, 1.090;protección no judicial, 664. El número de personas excluidas del sistema de pro-tección fue 1.200.

El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos se limitó a señalarque ha cumplido con el 100% de atención en los casos sin brindar ningún detallede la misma. Y evidenció una falta de claridad sobre sus competencias y disper-sión en la coordinación interinstitucional, como se evidencia de la siguiente res-puesta textual:

Si bien es cierto, esta Cartera de Estado tiene la competencia de coordi-nar las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, en los te-mas relativos a informes y relatorías trabajamos de acuerdo a la solicitud y par-ticipación directa del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración,pues esta es la institución del Estado encargada de manejar la política interna-cional dentro del Estado ecuatoriano. Por otro lado, es el Ministerio de Rela cionesExteriores, la entidad encargada para aplicar un determinado informe o relato-ría, por ejemplo, el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia sería el encar-gado de implementar el Comité de los Derechos del Niño.7

Este ministerio, en su artículo de balance, resalta que está impulsando po-líticas públicas y la transversalización efectiva de los derechos humanos en la ges-tión de lo público; profundas transformaciones en el Sistema de Rehabilitación so-

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 25

Page 25: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

cial; la reducción de la pobreza mediante datos macroeconómicos, y generaciónde políticas en materia de libertad de cultos. Pero no establece con datos relevan-tes el grado de cumplimiento de los derechos.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración no dio unarespuesta institucional, sino que se limitó a enviar un oficio,8 desde una de sus de-pendencias señalando que “no todos los temas requeridos son de competencia dela Dirección a su cargo” por lo que habían solicitado a otras unidades que res-pondieran; además recomendó hacer consultas a otras entidades como el Minis -terio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

La Corte Constitucional, máximo organismo de control constitucional, selimitó a proporcionar el número de acciones ingresadas y omitió las efectivamentedespachadas.9 Durante 2011 ingresaron 1.387 acciones: 1 de interpretación cons-titucional; 46 de inconstitucionalidad; 5 de inconstitucionalidad por omisión; 2por inconstitucionalidad por omisión de actos administrativos; 9 conflictos de di-rimencia de competencia; 2 de consulta popular; 10 de estados de excepción; 29de tratados internacionales; 43 de constitucionalidad de norma; 62 acciones porincumplimiento; 1.137 acciones extraordinarias de protección; 40 medidas caute-lares, y 1 acción extraordinaria de protección de justicia indígena.

Como se puede observar, las instancias del Estado no rinden cuentas anua-les del cumplimiento de sus actuaciones desde una perspectiva de cumplimientode derechos y menos aún dan a conocer un informe global de la situación del cum-plimiento de los derechos humanos en el país.

Son preocupantes las declaraciones del actual gobierno cuestionanando lalegitimidad del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y, frente a ello, pro-poniendo la creación de un nuevo sistema internacional. Sin duda, todo sistemade protección de derechos, sea nacional o internacional, tiene límites; la Comisióny Corte Interamericana de Derechos Humanos no son la excepción; pero no es lasolución contraponer otro sistema, pues, la creación de un sistema internacionalde derechos humanos debe cumplir al menos los siguientes criterios: prioridad enla defensa de derechos de las personas por sobre la soberanía de los Estados; tenerclaridad en roles y funciones y que estos no se contrapongan a competencias deotros sistemas (evitar paralelismo), que deben ser complementarios; la participa-ción de los Estados en un sistema no puede implicar afectación a otro, su respon-sabilidad es fortalecer todos los sistemas; que respondan a procesos de consultasnacionales e internacionales, con amplia participación de la población; entre otros.A la postre, estas declaraciones pueden generar conflictividad internacional y eldebilitamiento del sistema internacional de protección de derechos humanos.

26 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Page 26: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Además, la concepción de derechos en la que se sustenta la política de go-bierno expresa este déficit: 1. contrapone los principios y derechos de igualdad conlos de libertad; 2. jerarquiza entre derechos más y menos importantes: salud, edu-cación..., en contraste con libertad de expresión; 3. distorsiona la concepción desujetos de derechos humanos y enfrenta a las personas en su exigibilidad (ejem-plo, los excluidos de antes frente a grupos mediáticos). Concepción e instrumen-talización de derechos que fractura la integralidad de estos y fragmentan a la per-sona humana.

7. Cifras relevantes del año

Acceso a la información

cuadro 3

respuestas institucionales ante peticiones de información

No. Instituciones envían información Responde Tipo de información

1234567891011121314

Asamblea NacionalConsejo Judicatura de TransiciónCorte ConstitucionalCorte Nacional de JusticiaDefensa PúblicaDefensoría del PuebloFiscalía General del EstadoMinisterio de AmbienteMinisterio de DefensaMinisterio de Justicia, DH y CultosMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio del InteriorPolicía JudicialProcuraduría General del Estado

SíSíSíSíNoSíSíNoSíSíSíNoSíSí

CompletaParcialParcialParcialNingunaParcial

CompletaNingunaParcialParcialParcialNingunaParcialParcial

Fuente: Peticiones (14) de información solicitadas por el PADH y respuestas institucionales (11).

Elaboración: Gardenia Chávez, PADH, 2012.

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 27

Page 27: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Situación de derechos por bloques constitucionales

28 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Ninguna21%

Completa 14%

Parcia l 64%

0 %

20 %

40 %

60 %

80 %

100 %

120 % 2010 2011

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leza

Part

icip

ació

n

91,4% 96,2%

91,4%

72,4%

12,0%20,5%

12,8% 10,5% 6,8% 6,2% 7,9%3,8% 3,3% 1,9%

Fuente: Bases de prensa 2010 y 2011, PADH.

Elaboración: Gardenia Chávez, PADH, 2012.

Fuente: Peticiones de información solicitadas por el PADH (14) y respuestas institucionales (11).

Elaboración: Gardenia Chávez, PADH, 2012.

Gráfico 2

afectación de derechos

por bloques constitucionales de derechos y por años

seguimiento de prensa

Gráfico 1

Tipo de respuesta de entidades públicas ante peticiones de información

Page 28: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 29

cuadro 4

derechos vulnerados por bloques constitucionales de derechos

seguimiento de Prensa 2011

% Derechos vulneradosagosto 2010-

julio 2011

79,8Vida (36,7%)Vida digna (6,7%)Vida libre de violencia (36,7%)

Derechos de libertad

73,8 Seguridad Derechos del buen vivir

54,8 Respeto Derechos de la naturaleza

54,8 Derechos de niños, niñas y adolescentes Derechos de grupos de atención prioritaria

53,5 Seguridad jurídica Derechos de protección

49,0 Derechos de pueblos indígenas Derechos de pueblos y nacionalidades

37,5 A participar Derechos de participación

31,3 A ser Consultados Derechos de participación

25,6 Debido proceso Derechos de protección

23,5 Derechos de pueblos afrodescendientes Derechos de pueblos y nacionalidades

23,5 Derechos de pueblos y nacionalidades en general Derechos de pueblos y nacionalidades

18,8 A fiscalizar Derechos de protección

16,1 Derechos de personas en situación de movilidad Derechos de grupos de atención prioritaria

Nota: El porcentaje se establece respecto del total de cada bloque. Los demás derechos obtienen porcentajes meno-

res al 15%.

Fuente: Base de prensa 2011, PADH.

Elaboración: Gardenia Chávez, PADH, 2012.

Page 29: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Protección13%

Buen v iv i r24%

Grupos de atención pr ior i tar ia

2%

Pueblos5%

Part ic ipación18%

Libertad38%

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

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2010 2011

2.627 2.345

15.981

21.048

10.580

11.810

4.874 4.905 5.993 5.845

4.880 5.111

612 648

Fuente: Mario Unda y revisión de prensa, enero a agosto 2011.

Elaboración: Silvana Sánchez, PADH, 2012.

Fuente: SIGOB, http://cmi.sigob.gob.ec/.

Elaboración: Gardenia Chávez, PADH, 2012.

Gráfico 3

conflictividad y derechos humanos, 2011

Gráfico 4

Tipo de delitos

2010-2011

30 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Page 30: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Producción normativa

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 31

2010 2011

Bu

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2010 2011

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Fuente: Base Desarrollo Normativo 2011, PADH, Asamblea Nacional del Ecuador, 2011.

Elaborado por: Gina Benavides, PADH, 2012.

Fuente: Base Desarrollo Normativo 2011, PADH, Asamblea Nacional del Ecuador, 2011.

Elaboración: Gina Benavides, PADH, 2012.

Gráfico 6

normas aprobadas y repercusión por bloques de derechos, 2010-2011

Gráfico 5

normas aprobadas por tipo de iniciativa, 2010-2011

Page 31: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Ejercicio de garantías constitucionales

1246

13

392

102 64 21

1299

3

639

89 118 12

Acc

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2010 2011

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2010 2011

Fuente: Función Judicial, Dirección Provincial de Pichincha. Consulta: causas por materia, enero-octubre de 2010 y

enero-octubre de 2011.

Elaboración: Sonnia Pérez y Alex Valle, 2012.

Fuente: Función Judicial, Dirección Provincial de Pichincha. Consulta: causas por materia, enero-octubre de 2010 y

enero-octubre de 2012.

Elaboración: Sonnia Pérez y Alex Valle, 2012

Gráfico 7

Garantías jurisdiccionales 2010-2011

Totales por año

Gráfico 8

acción de protección por bloques de derechos, 2010-2011

32 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Page 32: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Gráfico 9

hábeas corpus por causas de solicitud, 2010-2011

Estados de excepción

Gráfico 10

estados de excepción, por períodos de gobierno, 1979-2011

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 33

2010 2011

Alim

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Fuente: Función Judicial, Dirección Provincial de Pichincha. Consulta: causas por materia, enero-octubre de 2010 y

enero-octubre de 2011.

Elaboración: Sonnia Pérez y Gina Benavides, 2012

Fuente: PADH, base estados de excepción; Lexis, Sistema integrado de legislación ecuatoriana (SILEC), 1979-2006; SI-

GOB, Decretos Ejecutivos 2007-2011.

Elaboración: Gina Benavides, PADH, 2012.

Page 33: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Conclusión y recomendación general

En 2011, el proceso de adecuación normativa, institucional y de políticaspúblicas al nuevo marco constitucional, fue limitado y registró situaciones preo-cupantes para el ejercicio de derechos. Los bloques de derechos constitucionalesmás afectados fueron los de libertad, buen vivir y protección.

Frente a ello es urgente y necesario retomar acciones efectivas que dencuenta de la concordancia y coherencia con el mandado constitucional, a fin degarantizar el ejercicio material de los derechos, superando la mera proclamaciónformal y evitando su restricción práctica.

De manera especial, dicha adecuación integral es imperiosa en el campode la seguridad, justicia y ambiente; pues los datos expuestos en este informe de-velan que la seguridad no esta siendo garantizada, que las garantías constitucio-nales no cumplen con su función de restauración de los derechos, y que el am-biente esta en riesgo por el modelo extractivo y los modelos de consumo, afectandolos derechos humanos y de la naturaleza.

En seguridad urge que esta sea entendida e implementada en forma in-tegral. En justicia, el proceso de reforma judicial en marcha, debe priorizar el fun-cionamiento de las garantías jurisdiccionales, la justicia penal restaurativa y la jus-

Efectos insubordinación

Asamblea Nacional 37%

Angust iante s i tuación de

Función Judic ia l 5%

Neutral ización miner ía i legal

11%

Posible colapsoSistema de Salud

26%

Intoxicación con bebidas a lcohól icas

5%

Brote de v i rus derabia s i lvestre

5%

Amenaza de tsunami11%

Fuente: PADH, base estados de excepción; SIGOB, decretos ejecutivos, 2011.

Elaboración: Gina Benavides, PADH, 2012.

34 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Gráfico 11

estados de excepción por motivo de declaratoria, 2011

Page 34: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 35

ticia constitucional. En ambiente, se requiere un análisis profundo del conjuntode la sociedad, de las consecuencias humanas y ambientales del modelo extracti-vista.

Finalmente, se reitera la importancia de generar espacios de diálogo y de-liberación, entre todos los actores, para la búsqueda de soluciones que garanticenel contenido material de la Constitución.

Notas

1. Alejandra Cárdenas y otros, Los escenarios de la criminalización a defensores de derechos hu-manos y de la naturaleza en Ecuador: desafíos para un Estado Constitucional de Derechos,Defensoría del Pueblo del Ecuador, Quito, 2011, p. 53, en ‹http://bit.ly/InformeCriminalizacionDPE›.

2. Confederación Nacional de Organizaciones Indígenas del Ecuador, “CONAIE pide proteccióna CIDH”, Quito, 28 de octubre de 2011, en ‹http://www.conaie.org/component/content/arti-cle/2-secundarias/453-conaie-pide-proteccion-a-la-cidh›.

3. Internacional de Servicios Públicos, (ISP) y Diego Cano, Informe de persecución y criminali-zación de la lucha laboral en el Ecuador, del período 2007-2011, citado en este informe por DiegoCano y Ricardo Buitrón, en “La Revolución Ciudadana y los trabajadores”.

4. Ivonne Guzmán, “C. Botero pregunta si la honra es para todos los ecuatorianos”, en El Comercio,Quito, 26 de octubre de 2011, en ‹http://www.elcomercio.com/politica/Procurador-hablar-jui-cios-prensa-CIDH_0_578942300.html›.

5. Marlon Lozano Yulán, dirigente de la organización Unión Tierra y Vida, ocurrida el 20 de ju-lio de 2011 en Guayaquil.

6. Oficio 10458 FGE-DAGP, de 15 de noviembre de 2011, suscrito por Marco Navas Arboleda,Director de Actuación y Gestión de la Fiscalía General del Estado.

7. Oficio 08718, de 28 de octubre de 2011, suscrito por María del Carmen Jácome, subsecreta-ria de Derechos Humanos y Cultos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

8. Oficio MRECI-DDHAS-2011-0501-O, de 7 de diciembre de 2011, suscrito por María ElenaMoreira, directora de Derechos Humanos y Asuntos Sociales del Ministerio de RelacionesExteriores, Comercio e Integración.

9. Oficio 3900-CC-SG-2011, de 31 de octubre de 2011, suscrito por el Dr. Jaime Pozo Chamorro,Secretario General de la Corte Constitucional del Ecuador.

Page 35: Informe sobre DDHH - Universidad Andina
Page 36: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Panorama general de los derechos humanosdesde la prensa

Gardenia Chávez Núñez

En el informe sobre derechos humanos Ecuador 2010, a partir de la revi-sión de prensa, el PADH ubicó varios aspectos generales de la situación de los de-rechos humanos en el país; entre ellos, que las noticias en su mayoría referían he-chos sin establecer las implicaciones en derechos humanos, aunque ocasionalmentey en ciertos casos estos fueron señalados. Fue trabajo del PADH establecer este vín-culo en su análisis; los resultados indicaron que 29,6% eran acciones de promo-ción de derechos, el 54,7% eran sobre restricciones y 11% sobre anulación de de-rechos; esto es, más de las dos terceras partes se referían a vulneración de derechos.

A partir de esta tendencia, el PADH consideró que la revisión de prensapara 2011 se debía centrar en ubicar los hechos que afectaran el cumplimiento dederechos humanos. El resultado sumó 821 hechos violatorios referidos por diver-sos periódicos de alcance nacional,10 tanto en versión impresa como virtual. Mante -nien do la lógica del anterior reporte, los registros fueron clasificados según el blo-que constitucional de derechos.

De la información obtenida y estableciendo una comparación entre losaños 2010 y 2011, se encuentra que, en este último año, los hechos registrados seincrementaron 18,5 puntos a nivel local y disminuyeron en lo nacional, mientrasque en lo regional e internacional las variaciones son menores.

En los hechos locales, se evidencia un incremento para el sector rural, así:en 2010, el porcentaje fue 11,5% y para 2011 subió a 19%; también hay un incre-mento en el porcentaje para ambos sectores (urbano-rural) de 4 puntos, pues fue21,4% en 2010 y 24% en 2011; de hecho, el porcentaje que disminuyó correspondea los hechos urbanos.

Page 37: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Tomando en cuenta que en 2011 los porcentajes son exclusivamente de he-chos que inciden negativamente en el cumplimiento de derechos, preocupa el in-cremento porcentual en el sector rural, pues alerta acerca de que las problemáti-cas se están agudizando, especialmente, en el campo.

Las provincias más afectadas continúan siendo Guayas y Pichincha; am-bas representan el 66,8% de las violaciones y respecto al 70,4% de 2010, significauna disminución del 3,6%. Llama la atención que otras provincias con menoresporcentajes presentan aumentos significantes, especialmente Loja, Sucumbíos,Imbabura y El Oro.

Es necesario considerar que en 2010, se incluyen datos de prensa sobre pro-moción y vulneración de derechos; mientras que los de 2011 se refieren solo a vul-neraciones de derechos, por lo que la variación para 2011 seguramente será mayor.

Respecto a la relación de los hechos y los bloques constitucionales de de-rechos, la tendencia se mantiene en que los dos porcentajes mayores son para losderechos del buen vivir y de libertades, aunque se cambie el orden entre estos.También se mantiene la distancia porcentual con los demás bloques. Llama la aten-ción el aumento en más de 8,5 puntos en el bloque de derechos de grupos de aten-ción prioritaria, nuevamente esto es preocupante en tanto el aumento es de casosque afectan derechos. (ver artículo “Balance de la situación de derechos humanos2011”, gráfico 2).

De manera específica, tomando en cuenta el tipo de derecho de cada blo-que antes referido, durante 2011 los derechos más vulnerados fueron la vida y se-guridad de las personas; los grupos de población más afectados son niños, niñas,adolescentes, pueblos indígenas y personas en situación de movilidad. La afecta-ción a la naturaleza también es crítica. (ver artículo “Balance de la situación de de-rechos humanos 2011”, cuadro 4).

Sin soslayar que la responsabilidad máxima en el cumplimiento de los de-rechos la tiene el Estado, se especifica la responsabilidad directa que tienen diver-sos actores en la vulneración de derechos en 2011.

De los datos expuestos, llama la atención que el 39% de casos sean causa-dos por particulares, lo que muestra los niveles de conflictividad y violencia entrela población; y más aún, que exista un 23% de actos causados por agentes fuerade la ley; esto es, grupos de delincuencia organizada de diversos tipos, mientrasque en 2010 fue el 15,5%.

En cuando al nivel de afectación de derechos humanos, hay un incrementosustancial del porcentaje de anulación de derechos que pasó de 15,2% en 2010 a30% en 2011.

38 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Page 38: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

En síntesis y en relación a 2010, en 2011 se puede evidenciar lo siguiente:

• Incremento de 18,5 puntos en la vulneración de derechos en lo local.• Incremento de 7,5 puntos en la vulneración de derechos en el sector rural.• Se mantiene la tendencia de Guayas y Pichincha como las provincias más

afectadas, ambas representan el 67% del total.• Preocupa el incremento de violencia en: Esmeraldas, Azuay, Imbabura, El

Oro, Santo Domingo de los Tsáchilas, Santa Elena, Loja y Sucumbíos; estasprovincias presentan incrementos entre 2,2 y 3,7 veces más que lo presen-tado en 2010.

• Se mantiene la fuerte tendencia de 2010 que los bloques constitucionales dederechos más afectados son: buen vivir y libertades. Aunque hay cambiosporcentuales, la distancia entre estos dos bloques y el resto de bloques dederechos constitucionales es en promedio de 65 puntos (ver artículo “Balancede la situación de derechos humanos 2011”, cuadro 4).

• Incremento de 8,5 puntos en la vulneración de derechos de grupos de aten-ción prioritaria.

• El 49% de vulneración de derechos del bloque pueblos y nacionalidades, esa pueblos indígenas.

• Los derechos más afectados son la vida (80%) y seguridad (74%).

Los grupos más afectados fueron niños, niñas, adolescentes, pueblos in-dígenas y personas en situación de movilidad. Estadísticamente, no sobresale la vul-neración de derechos a las mujeres, pero cualitativamente la prensa refiere del in-cremento de la violencia intrafamiliar, feminicidios y embarazo adolescente.

Notas

1. Se revisaron: El Comercio, El Telégrafo, Hoy y El Universo. El período de revisión fue de no-viembre 2010 a octubre 2011. La información fue ingresada en una base de datos por GabrielaParedes.

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 39

Page 39: Informe sobre DDHH - Universidad Andina
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IISituaciones

de derechos humanosque marcaron 2011

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Page 42: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

JusticiaLa Función Judicial antes y después del referéndum

Julio César Trujillo

En la Constitución de Montecristi se confió la función de administrar jus-ticia a una institución que reunía lo esencial de un verdadero poder del Estado,independiente de los Poderes Legislativo y Ejecutivo.

Asegurada esta independencia, a la Función Judicial se la constituyó en ga-rante de los derechos constitucionalmente reconocidos; que, en resumen, son losenunciados en la propia Constitución y en los instrumentos internacionales, lomismo que los de creación judicial cuando una persona, grupo de personas, co-munidades, pueblos y nacionalidades soliciten del juez un derecho que, no estandoenunciado en esos cuerpos normativos, fuera, sin embargo, necesario para salva-guardar la dignidad de los demandantes y/o necesario para su pleno desenvolvi-miento, atentas las circunstancias del hecho en que ellos se encuentren.

A tal punto se confió en esta independencia del Poder Judicial que no solotiene competencia para resolver los conflictos entre particulares y entre estos y lospoderes públicos, sino que se le atribuyó competencia para tutelar los derechos cons-titucionales de los actos de los poderes públicos que los violaran o amenazaran vio-larlos mediante el conocimiento y resolución de las garantías jurisdiccionales, si bienen este caso sujeto al control subsidiario de la Corte Constitucional, y la confianzase extendió hasta encargarle del control inmediato de la constitucionalidad de todoel ordenamiento jurídico del país, bajo la decisión suprema de la misma Cortecuando de declarar la inconstitucionalidad de una norma se tratara.

El Presidente de la República propuso, bajo el nombre de enmiendas cons-titucionales, modificaciones que, en realidad, eran realmente reformas y cambiosque requerían, por tanto, de procedimientos diferentes, más complejos y forma-les del que efectivamente se siguió, con el aval de la Corte Constitucional que se

Page 43: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

44 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

dio mañas para atender los deseos del Presidente y no el respeto a las normas cons-titucionales que rigen o, mejor dicho, deberían regir estas materias.

El Poder Judicial previsto originalmente en la Constitución

En efecto, la Constitución de Montecristi organizó la Función Judicial conjueces de instancia, de apelación y de casación, previo concurso de méritos y deoposición, con veeduría e impugnación ciudadana; este proceso de selección de-bía ser dirigido por el Consejo de la Judicatura que, además, debía llevar a efectosu evaluación, ascenso y sanciones.

El Consejo de la Judicatura, por su parte, debía estar integrado por nuevevocales principales y nueve suplentes seleccionados por el Consejo de ParticipaciónCiudadana y Control Social, a través de comisiones ciudadanas de selección en-cargadas del concurso de oposición y méritos, con postulación, veeduría y dere-cho de impugnación ciudadana. Estas comisiones debían estar integradas por de-legados de las otras funciones del Estado e igual número de representantes de lasorganizaciones sociales, designados por sorteo.

Los jueces que, luego de este proceso complicado y largo, hubiesen mere-cido la designación quedaban sujetos a la Ley de Carrera Judicial administrada porel Consejo de la Judicatura, que debía, también, organizar y gestionar las escuelasde formación y capacitación de los jueces.

De este modo, designados los jueces y garantizada su estabilidad bien me-recían la confianza como garantes de los derechos constitucionalmente garantiza-dos que, como hemos visto, son los comunes a todos los pueblos civilizados de latierra.

Para nuestra desgracia, este proyecto fue truncado por las reformas y cam-bios que, mediante referéndum y con el nombre de enmiendas, se introdujeronen la Constitución; que, en definitiva, sustituyeron al Consejo de la Judicatura an-tes muy remotamente vinculado a los poderes políticos del Estado, ahora altamentedependiente de ellos y de los resultados electorales.

Las reformas y cambios del referéndum

Repito que con el nombre de enmiendas, el Presidente de la República conel respaldo de una estrecha ventaja de la voluntad popular expresada en la con-

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sulta de mayo de 2011, introdujo reformas y cambios que transformaron al órganoencargado de administrar justicia en una institución sometida, aunque solapada-mente, a los Poderes Legislativo y Ejecutivo que dependen de las veleidosas ma-yorías electorales.

La comprensión de estas reformas necesita que sean analizadas desde laperspectiva del régimen transitorio y desde la del régimen permanente, puesto queunas son las normas para aquel y otras para este.

El régimen transitorio

Las normas para el régimen transitorio comienzan por destituir al Consejode la Judicatura que había sido designado por la Asamblea Constituyente deMontecristi, y, en su reemplazo, constituye el Consejo de la Judicatura de Transición,integrado por tres ecuatorianos, designados uno por la Asamblea Nacional, otropor el Presidente de la República y un tercero por el Consejo de ParticipaciónCiudadana y Control Social.

La contradicción de este órgano con el diseñado en Montecristi es evidente,y, con indiferencia de las intenciones de quienes concibieron la reforma, ponen alConsejo de la Judicatura en manos de las que se quiso liberarlo originalmente enla Constitución. Este órgano, tanto o más subordinado a los poderes políticos queel Congreso de antaño, es el que, en el plazo de 18 meses, deberá dirigir los pro-cesos de selección de los jueces y demás servidores de la Función Judicial, organi-zar y gestionar las escuelas de formación y capacitación judicial, administrar la ca-rrera y la profesionalización judicial, amén de ejercer las otras facultades que parael Consejo de la Judicatura permanente contempla el Código Orgánico de laFunción Judicial.

En definitiva, sin entrar al examen de la independencia ni de la calidad deltrabajo del Consejo de la Judicatura de Transición, lo que sí es indiscutible es elnexo en sí mismo peligroso del órgano único de gobierno, administración, vigi-lancia y disciplina de la Función Judicial –que es lo mismo que decir jueces, cor-tes y tribunales– con los políticos, cuyo actos deben juzgar así cuando resuelvenlos contenciosos en los que son partes los miembros de estos órganos como per-sonas, como cuando actúan en ejercicio del poder del que están investidos, y aúnmás cuando juzguen los actos institucionales de quienes, a la postre, dependen.

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El régimen permanente

Aunque el régimen de transición es incuestionablemente una regresión alpasado que en Montecristi se quiso remontar, el régimen definitivo que se impusoen el referéndum de 2011; es, además de regresivo, incoherente con varias otrasnormas constitucionales y con los principios del Estado constitucional de dere-chos y justicia.

Desde la Constitución de 1998, hay una norma a la que se ha reconocidosuma importancia para erradicar la corrupción e impunidad; es la que prohíbe ocu-par cargos en los organismos de control y regulación a los funcionarios o funcio-narias de instituciones y órganos que se encuentren sometidos a su control y/o re-gulación.

En virtud de las reformas constitucionales aprobadas en el referéndum, elConsejo de la Judicatura que ha de constituirse para el futuro y de manera defi-nitiva debe estar integrado ya no por nueve vocales como preveía la Constituciónantes de las reformas, sino por cinco vocales; uno de los cuales y con la funciónde Presidente será el Presidente de la Corte Nacional de Justicia.

El Presidente de la Corte Nacional de Justicia, personal e institucionalmenteestá bajo el control y regulación del Consejo de la Judicatura, sin contar los con-flictos que pueden surgir con el Fiscal General y el Defensor Público General, quepor pertenecer a la Función Judicial podrán ser considerados entre los sometidosal control y regulación del Consejo de la Judicatura, como ya de hecho ocurrió hacemuy poco tiempo.

Esta integración del Consejo de la Judicatura no solo que estaría en con-flicto con lo prescrito en el art. 232 de la Constitución de la República, sino que re-pugna a los más elementales principios de justicia y moral pública que proscribenque una persona o institución sea, a la vez, autoridad con poder para controlar y re-gular su comportamiento y autoridad sujeto a su propio control y regulación.

Admito que la antinomia entre el art. 232 de la Constitución y la integra-ción del Consejo de la Judicatura aprobada en el referéndum puede ser resueltacon el argumento jurídicamente válido de que esta integración es una excepcióna la regla general del art. 232, pero ¿habrá argumento en la conciencia de una mu-jer u hombre probos ante el conflicto de intereses entre órgano de control y ór-gano controlado?

Pero, he dicho más arriba que la Constitución de Montecristi constituyóa la Función Judicial en garante principal de los derechos y garantías constitucio-nales y en contralor de primera instancia de la constitucionalidad del ordenamiento

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jurídico, y para que cumpla a cabalidad tan augusta función, diseñó un poder to-talmente independiente de los poderes públicos que podían violarlos.

El representante de la Asamblea Nacional ¿podrá mantener indiferenciaante los jueces, tribunales o cortes que planteen la inconstitucionalidad de las le-yes expedidas por la Asamblea Nacional a la que representa en el Consejo delJudicatura?, y, lo que es más improbable, ¿podrá el representante del Presidente oPresidenta de la República calificar favorablemente a los jueces, tribunales o cor-tes que declaren la invalidez de los actos del Ejecutivo por violatorios de los dere-chos humanos?

Es posible que los partidarios de las reformas constitucionales, aprobadascomo enmiendas, respondan afirmativamente a las preguntas que dejo plantea-das, y a lo mejor tengan razón si es que ellos fueran esos funcionarios o funcio-narias; pero las instituciones tiene que ser concebidas y organizadas en razón delos hombres y mujeres comunes y no de los excepcionales dechados de virtud ytalento, por ser partidarios del Gobierno.

La Corte Constitucional opinó muy positivamente sobre el hecho de quese cambiara la composición del Consejo de la Judicatura y se conservara tanto susfunciones como las de la Función Judicial; para mí, en cambio, en esto está el pe-ligro para los derechos y garantías constitucionales porque si quienes pueden vio-larlos son parte del órgano del control de los jueces, tribunales y cortes que debenjugar a los eventuales violadores, los habitantes del Ecuador tenemos derecho a du-dar del miedo de estos juzgadores respecto de sus controladores.

La constitucionalidad del referéndum y de la consulta popular fue am-pliamente debatida en la campaña que antecedió a las votaciones; desde la pers-pectiva del Derecho positivo, este asunto está resuelto por el dictamen de la CorteConstitucional; pero desde el punto de vista científico, sigue pendiente. Por ahora,basta señalarlo.

Igualmente, por ahora, me limito a recordar que los otros temas resueltosen el referéndum y consulta significan una regresión en materia de derechos y ga-rantías; que violaron la Constitución en cuanto al procedimiento, lo mismo queen su contenido.

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Las normas jurídicas no deben ser un impedimento u obstáculo para la re-alización de derechos fundamentales, sino más bien una de las formas de promoversu respeto y ejercicio. La Constitución de la República del Ecuador concibe al desa-rrollo normativo como una garantía de los derechos y determina un amplio campopara su ejercicio cuando señala “todo órgano con potestad normativa debe adecuarformal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstosen la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos”.1

De esta forma, el desarrollo normativo –con distintos alcances– lo hacentodas las funciones del Estado. Este desarrollo es cotidiano, permanente y com-plejo. El seguimiento de toda la producción normativa es casi imposible realizary por ello nos restringiremos a las normas de carácter general expedidas por laAsamblea Nacional. Para ello, se analizan: 1. aspectos generales del desarrollo par-lamentario; 2. la iniciativa legislativa; 3. comentarios generales. El análisis es des-criptivo, no aborda las causas, ni explica las motivaciones políticas, y hace un abor-daje crítico desde los derechos fundamentales. Su principal fuente es la informa-ción proporcionada y generada por la Asamblea Nacional del Ecuador.2

1. La Asamblea Nacional, en el período entre enero y diciembre de 2011, ex-pidió 16 leyes; lo que significa un promedio de 1,6 leyes por mes. Si se toma en cuentaque entre enero de 2009 y diciembre de 2011 la Asamblea Nacional aprobó 69 nor-mas, la producción de 2011 apenas representa el 23,18%. Además, si dividimos el

El desarrollo normativocomo garantía de derechos. Balance 2011

Ramiro Ávila Santamaría y Gina Benavides Llerena

Nota del compilador: El presente estudio fue financiado por el Fondo de Investigaciones de la Uni -versidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador.

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número de leyes aprobadas por el número de asambleístas, resulta que cada asam-bleísta elaboró un 0,1% de leyes en un año.

En cuanto a la extensión y la profundidad de las normas, estas varían con-siderablemente, lo que debe ser tomado en cuenta para dimensionar la labor le-gislativa. De las 16 leyes, 4 son derogatorias, 5 son reformas de leyes y 7 son leyesnuevas (5 orgánicas y 1 ordinaria). Las leyes derogatorias tienen 2 artículos cadauna, en total son 8 artículos, y las leyes nuevas, en promedio, tienen 95 artículos.En general, la producción legislativa puede considerarse baja.

De las 16 leyes, todas tienen relación con los derechos. Si apreciamos losderechos regulados en función de la clasificación constitucional, constatamos que6 se relacionan con el derecho al buen vivir (37,50%); 5 con los derechos de pro-tección (31,25%); 4 con el derecho a la libertad (25%); 1 con el derecho a la par-ticipación (6,25%). Si enumeramos los derechos regulados son apenas 11 (salud,educación, seguridad social, libertad de empresa, producción, propiedad, debidoproceso, revocatoria de mandato, consulta popular, seguridad jurídica y vida) delos muchos derechos reconocidos en la Constitución de Montecristi. (ver artículo“Balance de la situación de derechos humanos 2011”, gráfico 6).

Estas categorizaciones de las leyes por derechos no significan, necesariamente,que la Asamblea Nacional se inspiró en los derechos –como debería suceder en unEstado de derechos– para elaborar la legislación ni tampoco que sean consistentescon el contenido de los mismos establecidos en la Constitución y en los instrumen-tos internacionales de derechos humanos. En algunas leyes, como es el caso de la leyrelacionada con la educación intercultural, efectivamente, se desarrolla el derecho ala educación; pero pueden existir normas, dentro de este cuerpo normativo, que pue-dan ser cuestionadas constitucionalmente; como por ejemplo, la obligación que tie-nen los estudiantes de “fundamentar debidamente” sus opiniones (art. 8, lit. g de laley), que sugiere que no existe el derecho a la opinión si no está fundamentada.

2. La iniciativa legislativa puede ser un indicador de la democracia parti-cipativa, en el sentido de mostrar si existe pluralidad en las propuestas sometidasal parlamento o si existe una tendencia dominante, que sería el reflejo típico deun sistema presidencialista fuerte.

Efectivamente, de las 16 leyes aprobadas, 8 fueron tratadas por iniciativapresidencial (50%), 6 por iniciativas del legislativo y 2 por iniciativas mixtas (eje-cutivo, legislativo y ciudadanía) (ver artículo “Balance de la situación de derechoshumanos 2011”, gráfico 5). De las normas que tuvieron iniciativa legislativa, 6 tu-vieron relación directa con el Movimiento País (37,5%). Si sumamos las iniciati-vas del ejecutivo con las del bloque gobiernista, tenemos que 87,5% de las leyes apro-badas tienen relación con las propuestas gubernamentales. Esto nos puede indicartres hipótesis: la una, que solo el gobierno está impulsando el desarrollo norma-

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 51

tivo; la otra, que las iniciativas no gubernamentales no tienen posibilidad de ser de-sarrolladas; finalmente, que la oposición no tiene iniciativa para contribuir al de-sarrollo normativo del país. Apenas dos leyes de las aprobadas no tienen relacióncon la bancada legislativa afín al gobierno (una de ellas fue de una asambleísta exmiembro de Alianza País). Un hecho que llama la atención es la baja iniciativa dela ciudadanía; entre 2009 y 2011, este sector ha presentado apenas 3 proyectos deley, y tan solo uno de ellos fue aprobado en 2011, pese a que fue presentado en 2009.

En cuanto al género en las leyes aprobadas, apenas 3 mujeres son propo-nentes (19%) y el resto son hombres (81%); 40 de los proyectos presentados en elaño, corresponden a mujeres (28,37%), pero de ellos apenas 4 (10%) fueron apro-bados por la Asamblea; una mujer es la asambleísta con el mayor número de pro-puestas formuladas en 2011, sin embargo, tan solo 1 de sus 7 proyectos fue apro-bado, lo que nos da un indicio de que la Asamblea es un espacio patriarcal.

En relación a derechos humanos, de las 141 propuestas, aproximadamente35 (24,82%) tienen implicaciones en esta área; sin embargo, aunque en su mayo-ría fueron calificadas, no avanzaron en el trámite.

Por otro lado, la iniciativa normativa permite valorar el trabajo efectivode la Asamblea. En el año 2011, se presentaron 141 proyectos de ley, de los cuales85 (60,27%) fueron calificados por el Consejo de Administración Legislativa (CAL);29 (20,57%) no calificaron, y 27 (19,15%) permanecieron sin calificación. Lo queda cuenta de que casi el 40% de la iniciativa legislativa es de baja calidad e im-productiva. Además, si se toma en cuenta que para el proceso de aprobación de2011 se retomaron 20 proyectos presentados en años anteriores (12 de 2009 y 8de 2010), se determina que la Asamblea en 2011 cubrió apenas 10,5% de la ini-ciativa calificada del año (85) y 15,23% de la iniciativa acumulada (105).

Un hecho preocupante es que los 141 proyectos presentados en 2011 co-rresponden a la iniciativa de 61 de los 124 asambleístas en funciones; lo que evi-dencia que 63 asambleístas, es decir más de la mitad de los miembros de la AsambleaNacional, no presentaron ni siquiera un proyecto en el año.

3. La producción normativa de 2011, si se toma en cuenta el período 2009-2011, ha disminuido en contenido sustancial. La gran mayoría de la producciónnormativa es derogatoria o reformatoria. Sin embargo, hay algunas pocas leyes enlas que efectivamente hay un esfuerzo enorme de adecuación normativa con lospostulados de la Constitución, como la ley sobre donación y transplante de órga-nos y la ley sobre educación intercultural.

Si uno compara el programa legislativo en función de la parte dogmáticade la Constitución, la Asamblea Nacional sin duda alguna está en deuda con elEcuador. Aún están pendiente tres leyes que, según mandato constitucional, de-

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bieron haber sido aprobadas después del primer año de expedida la Carta Magna:Ley de Comunicación, Ley de Aguas y Ley de Cultura.

En materia de derechos de grupos específicos, preocupa que el único pro-yecto de ley presentado para promover los derechos colectivos del pueblo afrodes-cendiente no fue calificado, pese a que la ONU declaró a 2011 como el año de estegrupo de población; el proyecto presentado para viabilizar el mecanismo nacionalde prevención de la tortura, tampoco fue calificado; la propuesta de igualdad de hom-bres y mujeres, que determina el funcionamiento de la institucionalidad de género,presentada el año pasado, de igual forma, no fue calificada. El proyecto contra el dis-crimen, acoso y violencia política en función del género no avanzó en el trámite. Elproyecto de jubilación de la mujer fue sometido a un amplio debate y no se lo aprobópor inviabilidad económica. De igual forma, aunque se presentaron proyectos parala protección de adultos mayores, niñez y adolescencia, juventud, personas con ca-pacidades especiales o enfermedades peligrosas, no avanzaron en su trámite.

Los únicos proyectos sobre derechos de la naturaleza que fueron presen-tados (biodiversidad, protección del manglar, protección del cóndor ecuatoriano)tampoco fueron aprobados. Además, durante este año quedaron pendientes deaprobación: el proyecto de reparación a las víctimas de graves violaciones a los de-rechos humanos y delitos de lesa humanidad incluidos en el informe de la Comisiónde la Verdad, presentado por la DPE; el proyecto de ley de repetición; así como elproyecto de compatibilización y coordinación entre la justicia ordinaria y la jus-ticia indígena, presentados en 2010.

Conviene seguir recordando que las garantías normativas son muy im-portantes para los derechos porque pueden facilitar su ejercicio o entorpecerlo, alestablecer mandatos, prohibiciones o permisiones. Sin embargo, estas garantías secomplementan con las de políticas públicas y las jurisdiccionales. Cuando el sis-tema legislativo falla, la competencia constitucional de los jueces tiene que ser ejer-cida para corregir, ampliar o eliminar los defectos legislativos en los casos concretoso, al tratase de la Corte Constitucional, en los casos que deban ser generalizables.

Notas

1. Constitución de la República del Ecuador, Título III, Garantías Constitucionales, Capítulo pri-mero, Garantías normativas, art. 84.

2. PADH, “Base de Desarrollo Normativo 2009-2011”, Quito, Universidad Andina Simón Bolívar,2011. Esta base de datos se construyó con las siguientes fuentes: Oficio SAN-2011-1246, de 16de diciembre de 2011, suscrito por Andrés Segovia, Secretario General de la Asamblea Nacionaldel Ecuador, en respuesta a petición de información del Programa Andino de Derechos Humanos,y Asamblea Nacional, ‹http://www.asambleanacional.gov.ec /tramite-de-las-leyes.html›.

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El art. 84 de la Constitución de la República del Ecuador de 2008 establece,como garantía normativa, la obligación de la Asamblea Nacional y de todo órganocon potestad normativa de adecuar formal y materialmente las leyes y demás nor-mas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados interna-cionales y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o delas comunidades, pueblos y nacionalidades. Finalmente señala que en ningún caso[...] las leyes [...] atentarán contra los derechos que reconoce la Constitución.

De manera complementaria a la garantía normativa, con la finalidad dehacer realidad esta adecuación, en la misma Constitución se ha previsto una ga-rantía extrainstitucional o social;1 como garantía social indirecta; esto es, la par-ticipación social en el procedimiento legislativo, la cual está prevista en el segundoinciso del art. 137 de la Constitución: “Las ciudadanas y los ciudadanos que ten-gan interés en la aprobación del proyecto de ley, o que consideren que sus dere-chos puedan ser afectados por su expedición podrán acudir ante la comisión y ex-poner sus argumentos”.

Esta garantía de participación en el proceso legislativo es una verdaderaaudiencia pública previa a la adopción de normas por parte de los parlamentos,que permite que las personas y grupos sociales hagan sentir su voz en el procesode construcción del Derecho,2 y tiene especial relevancia para la “supervisión dela observancia por parte de los órganos políticos del contenido esencial de los de-

La participación social en el procedimiento legislativo

Silvana Sánchez Pinto

Nota del compilador: El presente estudio fue financiado por el Fondo de Investigaciones de la Uni -versidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador.

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rechos y de las obligaciones de no discriminación, no regresividad y progresivi-dad”.3

Esta garantía permitiría concretar lo que Hanna Arendt definía por par-ticipación: “quiere decir tener el sentimiento de estar, y más precisamente, tenerderecho a tener derechos”4 y que Claude Lefort complementa como “el sentimientode los ciudadanos de estar involucrados en el juego político, de ser tomados encuenta en el debate político y no el sentimiento de tener que esperar pasivamentelas medidas favorables a su destino”.5

Sin embargo, este derecho –pese a estar formalmente vigente– tampocoha sido respetado ni cumplido por parte de la Asamblea Nacional; es así como laparticipación social en el trámite de las leyes ha sido reducida a una mínima ex-presión, cuando no completamente desconocida, lo que ha determinado que losaportes sociales, tendientes a exigir la adecuación material de los proyectos de leya la Constitución, no sean reconocidos. Esto ha sucedido en los casos de la Ley deMinería, la Ley Orgánica del Servicio Público, el proyecto de ley de recursos hí-dricos, el proyecto de ley de comunicación, entre otros.

Aquí se analiza estrictamente el procedimiento adoptado por las comisionesespecializadas de la Asamblea para tratar las observaciones presentadas por la so-ciedad civil en los siguientes proyectos de ley, en materia de derechos humanos:

Proyecto de ley reformatoria a la ley de seguridad pública y del Estado6

El proyecto de ley reformatoria propone que, en el lit. b del art. 11, se agre-gue como tercer inciso, el siguiente texto:

Las Fuerzas Armadas intervendrán, por disposición del Presidente y con-forme a las condiciones establecidas en la presente ley, en la protección interna yel mantenimiento y control del orden público, cuando por circunstancias de evi-dente necesidad, se haga indispensable su contingente para la prevención, con-trol y restricción del delito.

Así como la inclusión del art. 23, del siguiente art. innumerado:

Art. ... Empleo de las Fuerzas Armadas para la prevención, control, y res-tricción del delito. Los ministros del ramo mediante acuerdo inter ministerial, po-drán disponer que las Fuerzas Armadas intervengan en acciones destinadas a laprotección interna y mantenimiento y control del orden público, que incluye con-

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trol de armas, inteligencia antidelictiva, operativos preventivos y demás operati-vos para el control del delito.En el informe de la comisión para el primer debate, se hace constar la sis-

tematización de las observaciones realizadas por los asambleístas y la ciudadanía.7

En la matriz de observaciones se recogen los aportes de Fredy Rivera y de DanielPontón quienes coinciden en que los roles y campos de acción de la policía y lasFuerzas Armadas están claramente definidos en la Constitución y la ley.

Sin embargo, estas observaciones, pese a su pertinencia en lo relativo a sal-vaguardar la supremacía de la Constitución, no son consideradas en la versión fi-nal del proyecto de ley, presentado por la comisión para el segundo debate del pleno;es así como en la exposición de motivos se señala: “si bien el empleo de las FuerzasArmadas tiene como misión fundamental la defensa externa del país, las circuns-tancias [en que las capacidades de la Policía Nacional puedan verse sobrepasadas]hacen imperativo que la autoridad disponga de la prerrogativa del uso subsidia-rio de estas fuerzas para hacer frente a emergencias en el orden público”.

Y en el artículo innumerado que se propone agregar a continuación delart. 23, se mantiene la propuesta de reforma legal para la intervención subsidiariade Fuerzas Armadas, se señala textualmente:

Art. ... Empleo subsidiario de las Fuerzas Armadas: las Fuerzas Armadas,sin descuidar su misión fundamental de defensa externa, intervendrán por dis-posición de la Presidenta o Presidente de la República en la protección interna,el mantenimiento y control del orden público y seguridad ciudadana, cuando porcircunstancias de evidente necesidad, o de inminente alteración del orden público,se haga indispensable su contingente. Para tal propósito el Presidente o Presidentade la República requerirá de la asesoría y recomendación del Consejo de SeguridadPública y del Estado.

En el informe de la comisión para segundo debate del proyecto de ley, emi-tido el 30 de marzo de 2011, no se hace mención a ninguna observación adicio-nal de la sociedad civil. Actualmente, el proyecto de ley que es contrario al conte-nido material de la Constitución, se mantiene.

Proyecto de ley sobre enfermedades catastróficas8

En este proyecto de ley, varios asambleístas9 presentaron observaciones.En las formuladas por Pedro de la Cruz,10 se incorporaron las observaciones de la

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Asociación de Apoyo a Pacientes Reumáticos (APARE); en las observaciones pre-sentadas por Leonardo Viteri, se recogieron los criterios de profesionales de la sa-lud con especialidades en genética y endocrinología.11

Las observaciones de APARE y de uno de los médicos representantes dela sociedad civil relativas a agregar las enfermedades autoinmunes como otras en-fermedades raras o huérfanas, no se recogieron de manera textual en el texto dela ley reformatoria que finalmente se expidió, si bien se comprenderían incorpo-radas en la definición de enfermedad catastrófica, prevista en el art. 4 de dicha ley.La observación de que se agreguen las patologías por malformaciones congénitasy síndromes genéticos propiamente dichos, son recogidas en el último inciso delart. 4 de la ley reformatoria en mención.

En el acta de la sesión 42 de la Comisión (18 de mayo de 2011), se haceconstar que se recibe en comisión general a representantes de diversas organizacionesque trabajan con personas con enfermedades raras o huérfanas. Consta en el acta,el resumen de las exposiciones de Eliécer Quishpe, Presidente de la Fundación depersonas con enfermedades con depósito lisosomal, quien explicó los síntomas deestas enfermedades, y las de Nancy Ramos, vicepresidenta de la Fundación hemo-fílica ecuatoriana, quien solicitó una normativa legal que articule el diagnóstico yel tratamiento de estas enfermedades. Se hace constar en el acta que varios repre-sentantes de enfermedades consideradas huérfanas solicitan articular los progra-mas de atención y ayudas económicas, y que existan medicamentos a bajo costo.

La comisión general que recibe las observaciones de la sociedad civil duraúnicamente media hora. De estas observaciones, se admiten las que propusieron unanormativa sobre diagnóstico y tratamiento, y la relativa a la asistencia médica.

Los integrantes de la comisión no proceden a analizar ni a debatir sobrelas exposiciones de los representantes de la sociedad civil, se pasa directamente atratar la resolución de calificación del proyecto de ley.

Si bien en este caso no se dio paso a una verdadera deliberación sobre losaportes sociales, se puede evidenciar que el contenido material de la ley orgánicareformatoria a la Ley orgánica de salud12 permite garantizar la validez sustancialdel derecho a la salud de las personas que adolecen de enfermedades catastróficas,raras o huérfanas, a través del sistema nacional de salud; para lo cual se estable-cen obligaciones claras y concretas13 y se establece que el Ministerio de Finanzasrealice la reclasificación presupuestaria, a fin de que el Ministerio de Salud Públicacuente con fondos para cumplir sus obligaciones.14

56 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

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Conclusiones

Del análisis de estos dos casos, se evidencia que el derecho a la participa-ción social en el procedimiento legislativo tiene una efectividad todavía limitada.Esta situación se deriva de varios factores: primero, se privilegia la difusión de losproyectos de ley a través del sitio web de Asamblea;15 segundo, no se cumple lodispuesto en el art. 157 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL),16 enlo relativo a que las comisiones generen foros de consulta, mesas itinerantes a di-versos lugares del territorio nacional, ni el art. 24 del Reglamento de la LOFL res-pecto a la obligación de promover el acercamiento, la participación e interrelaciónde la sociedad civil con los asambleístas e informar a la ciudadanía sobre lo reali-zado;17 y tercero, que no se han creado las condiciones objetivas que propicien elejercicio de este derecho a través de la generación de espacios verdaderamente de-mocráticos en donde la deliberación permita la adopción de decisiones sobre elcontenido de los proyectos, respetando su adecuación a la Constitución y a los es-tándares del corpus iuris de los derechos humanos.

Se pone de manifiesto que el procedimiento adoptado en las dos comi-siones es distinto, y esto porque no está reglado en su integralidad el procedimientoque las comisiones de la Asamblea Nacional deben dar a las observaciones y apor-tes de la sociedad civil; los mecanismos específicos para su procesamiento, siste-matización, análisis y estudio y no se establece la obligatoriedad de que el asam-bleísta motive debidamente sus decisiones de incorporar o no las observacionessociales, lo que da paso a un ejercicio discrecional.

Solo la efectividad del derecho a la participación social en el procedimientolegislativo, como garantía extrainstitucional social permitirá, a su vez, la efectivi-dad de la garantía normativa del art. 84 de la Constitución de la República delEcuador.

Notas

1. “Las garantías extrainstitucionales o sociales son aquellos instrumentos de tutela o de defensade los derechos que [...] dependen fundamentalmente de la actuación de sus propios titula-res [...] consisten en el ejercicio de derechos [...] de participación dirigidos a reclamar la sa-tisfacción de aquellas necesidades e intereses básicos tutelados por los derechos”.Gerardo Pisarello, “Los derechos sociales y sus garantías: por una reconstrucción democrá-tica, participativa y multinivel,” en Los derechos sociales y sus garantías, elementos para una re-construcción, Madrid, Trotta, 2007, p. 123.

2. Ibid., p. 124.

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58 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

3. Ibid.4. Hanna Arendt, citada por Claude Lefort en “La representación no agota la democracia,” en

Mario R. dos Santos, coordinador, ¿Qué queda de la representación política?, Caracas, ConsejoLatinoamericano de Ciencias Sociales, CLACSO, Nueva Sociedad, 1992, p. 140.

5. Ibid., p. 140.6. Mediante oficio de 11 de enero de 2012, suscrito por la autora, ingresado con trámite 91472,

de 12 de enero de 2012, se solicitó al Presidente de la Comisión Especializada Permanente desoberanía, integración, relaciones internacionales y seguridad integral de la Asamblea Nacional,el acceso a la información relativa a las observaciones formuladas al proyecto de ley y a las ac-tas de sesiones de debate sobre el mismo, información que fue revisada en la mencionada co-misión.

7. Dichos aportes fueron de Fredy Rivera, coordinador del Programa de Relaciones Internacionalesde la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y Daniel Pontón, director delObservatorio de Seguridad Ciudadana del Distrito Metropolitano de Quito. A las sesiones desocialización del proyecto asistió también Fernando Garcés, representante de los vecinos y em-presarios del sector La Mariscal.

8. Mediante oficio de 11 de enero de 2012, ingresado con trámite 91474, de 12 de enero de 2012,suscrito por la autora, se solicitó al Presidente de la Comisión del Derecho a la Salud de laAsamblea Nacional, el acceso a la información relativa a las observaciones formuladas al pro-yecto de ley y a las actas de sesiones de debate sobre el mismo, información que fue entregadamediante oficio 0179-CEPDS-SR-2012, de 16 de enero de 2012, suscrito por el abogado AlexisNoboa, secretario relator de la comisión.

9. Silvia Salgado, Pedro de la Cruz, Gioconda Saltos, Jaime Abril, Raúl Abad, Betty Carrillo, MarisolPeñafiel, Lídice Larrea, Fernando Cáceres, Paco Moncayo, Aminta Buenaño, Silvia Kon, VíctorQuiroga, Scheznarda Fernández, José Picoita y Leonardo Viteri.

10. Oficio 409-OAPDLC-AN-Q, de 12 de julio de 2011, suscrito por Pedro de la Cruz y dirigidoa Carlos Velasco, Presidente de la Comisión del Derecho a la Salud.

11. Doctores Milton Jijón, genetista y pediatra y Mario Paredes, endocrinólogo.12. Publicada en el RO 625, de 24 de enero de 2012. 13. Artículos innumerados 2, 3, 4, 5 del Capítulo III-A, agregado luego del Capítulo III, del Título

II de la Ley Orgánica de Salud, Ley 67.14. Disposición transitoria tercera agregada a la Ley Orgánica de Salud.15. El nivel de acceso a internet fue de 29% de personas en 2010, según información del Ministerio

de Telecomunicaciones, de la Sociedad de la Información (MINTEL) y del Instituto Nacionalde Estadística y Censos, en Instituto Nacional de Estadística y Censos, 8 de febrero de 2010,‹http://www.inec.gov.ec/estadisticas/index.php?option=com_remository&Itemid=&func=startdown&id=1065&lang=es&TB_iframe=true&height=250&width=800› y ‹http://www.inec.gov.ec/estadisticas/index.php?option=com_remository&Itemid=&func=startdown&id=1065&lang=es&TB_iframe=true&height=250&width=800.

16. Que establece que la Asamblea Nacional promoverá la participación efectiva en las diferentesetapas de formación de las leyes, a través de mecanismos como la recepción de sugerencias yobservaciones, foros de consulta, mesas itinerantes a diversos lugares del territorio nacional,entre otros. Igualmente, dispone que se establezcan mecanismos que promuevan el acercamientoe interrelación de la sociedad civil con las y los asambleístas y las comisiones especializadas.

17. Procesos que, según la misma disposición reglamentaria, deben construirse considerando los

ejes transversales de género, generacional, territorialidad e interculturalidad.

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A partir de una muestra de 2.204 procesos constitucionales decididos enla provincia de Pichincha, entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2011, se ana-liza el desarrollo que han tenido las garantías jurisdiccionales en ese año. Graciasa la disponibilidad de datos similares para 2010, se presenta una comparación sis-temática con los datos correspondientes a 2011, que permite observar su evolu-ción en el tiempo.

En ambos años se aprecia que la acción de protección es la garantía sobrela cual existen el mayor número de procesos constitucionales, seguida del hábeascorpus y el hábeas data. Las demás garantías, en 2011, al igual que sucedió en 2010,continúan teniendo un uso comparativamente marginal.

Contrariamente a la percepción generalizada de una progresiva judiciali-zación que incluiría el constante incremento de acciones de protección, el númerorelativo de estas entre 2010 y 2011; es decir, el porcentaje respecto al total de ga-rantías interpuestas en cada año, disminuyó en 7,65 %. Esta tendencia decrecientese registró también en el caso del hábeas data, la acción extraordinaria de protec-ción y la acción de acceso a la información pública. En contraste, el número rela-tivo de hábeas corpus entre 2010 y 2011 se incrementó en 8,25 % y el de las me-didas cautelares en 1,98 %. Y en términos de números absolutos, el mayor incre-mento lo registra el hábeas corpus, con 247 causas más para 2011, lo que equivalea 63% (ver artículo “Balance de la situación de derechos humanos 2011”, gráficos7, 8 y 9).

Nota del compilador: El presente estudio fue financiado por el Fondo de Investigaciones de la Uni -versidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador.

Las garantías de los derechos en 2011

Agustín Grijalva

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60 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

En cuanto al tipo de accionante de las garantías, la tendencia general de2010, se mantuvo en 2011; es decir, la mayoría de accionantes, especialmente deacciones de protección, provienen del sector público, particularmente de la PolicíaNacional. Sin embargo, estos disminuyeron levemente en 2011, y otros accionan-tes del sector público, generalmente empleados públicos, registraron algún aumento.Se evidencia así que persiste la confusión entre justicia contencioso-administra-tiva y justicia constitucional, pues muchas de estas acciones deberían ser resueltasfundamentalmente por jueces administrativos.

Un hecho que llama la atención sobre los accionantes públicos de garan-tías es el ligero incremento que registran las acciones jurisdiccionales promovidaspor el Defensor del Pueblo en 2011. Sin embargo, estas no alcanzan sino al 2% deltotal general de garantías. Esta situación, pese al avance registrado, plantea im-portantes retos para que esta institución se pueda convertir en un referente im-portante para la protección de derechos humanos en el país.

Y en relación a los accionantes privados, persiste en 2011 la tendencia re-gistrada en 2010, de una alta tasa de personas naturales como accionantes; sin em-bargo, en términos porcentuales, este tipo de accionante decrece y a la par se evi-dencia un incremento significativo en la activación por parte de abogados/as, lo queevidenciaría una tendencia a la re-formalización de los procesos de garantías.

Un hecho que resulta preocupante es la persistencia en la baja tasa de ac-tivación de garantías por parte de grupos sociales organizados, particularmente or-ganizaciones de derechos humanos, quienes para 2011 han reducido su tasa de ac-tivación. Sin embargo, un hecho positivo en 2011 es el aumento porcentual queregistra otro tipo de organizaciones sociales.

En relación al género, la gran mayoría de accionantes de garantías en 2010y 2011 son hombres. En cuanto a las mujeres, entre los dos años, se evidencia unadisminución porcentual pues en 2010 las mujeres representaban 24,92% y en 2011,llegaron a 17,15%. Esta tendencia muestra que el sesgo de género, que se identi-ficó en el informe de 2010, persiste.

En cuanto a los derechos demandados, se mantiene la tendencia registradaen 2010, de que los derechos de protección y entre ellos particularmente el debidoproceso y las garantías para la privación de la libertad son los que con mayor fre-cuencia reclaman las personas al interponer acciones jurisdiccionales, particular-mente acciones de protección y hábeas corpus. En cambio otros derechos, comolos del buen vivir, los derechos civiles, derechos políticos o derechos colectivos sonreclamados muy marginalmente.

En relación a la carga procesal, se mantienen las tendencias ya encontra-das en 2010; en 2011, el promedio fue de dos causas mensuales. A nivel de salas

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 61

de la Corte Provincial, este promedio es mayor, pues llega a unas ocho mensuales.Se confirman así, datos de 2010, en el sentido de que el número de garantías cons-titucionales que procesan los juzgados en modo alguno es tan alto o inmanejablecomo a veces se presenta ante la opinión pública.

En relación al grado de aceptación de la acción de protección, se confirmaque la tendencia judicial restrictiva de garantías y derechos que se registró en 2010se ha mantenido e incluso acentuado durante 2011, pues nueve de cada diez ac-ciones de protección interpuestas son negadas, cuando en 2010 fueron ocho de cadadiez. Esta tendencia desmiente la percepción pública de que los jueces actualmenteconceden con gran liberalidad acciones de protección.

En relación a la acción de hábeas corpus, casi ocho de cada diez accionesfueron aceptadas en 2011. De este modo, no solo el número de hábeas corpus sinola tasa de aceptación de los mismos se incrementó entre 2010 y 2011, lo que de-vela una preocupante incidencia de la detención ilegal y arbitraria.

El número tanto absoluto como relativo de hábeas corpus presentados porpadres varones detenidos por problemas de alimentos aumentó de 2010 a 2011.Este hecho interpela a los operadores de justicia y a los generadores de políticaspúblicas en la materia; es necesario tomar medidas para que estas detenciones nosigan incrementándose y al mismo tiempo se haga respetar los derechos de los ni-ños, niñas y adolescentes.

Las acciones de hábeas corpus por deportaciones se han multiplicado porcinco entre 2010 y 2011. Este aumento evidencia tendencias preocupantes en losprocedimientos de deportaciones que, en todos los casos, se hacen sin boleta dedetención, excediendo plazos constitucionales o dictando resoluciones de depor-tación que derivan en detenciones prolongadas por falta de recursos para trasla-dar a los deportados fuera del país, en una franca demostración de prácticas decriminalización de algunos grupos de población inmigrante (colombiana, cubanay africana).

El número de medidas cautelares interpuestas aumentó entre 2010 y 2011,mientras el número de medidas cautelares negadas disminuyó. Un examen cualita-tivo revelaría si esto implica un funcionamiento más adecuado de este procedimiento.

Los tiempos de trámite de la acción de protección del hábeas corpus y delhábeas data continúan ubicándose por sobre los tiempos máximos legales, y ade-más han aumentado respecto al año 2010. Esta es una tendencia preocupante por-que indica que no hay procesos de progresiva eficiencia en el funcionamiento delas garantías que puedan brindar adecuada protección a los derechos en general yal debido proceso en particular. Sin embargo, las salas de la Corte Provincial dePichincha muestran una disminución de los tiempos para resolver; esta evolución

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62 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

positiva, pese a una mayor congestión de causas que entre los jueces de primer ni-vel, muestra que es posible ser más eficiente en la protección de derechos cuandose crean condiciones institucionales adecuadas.

Los tiempos de apelación de garantías constitucionales en la Corte Provincialde Pichincha han disminuido entre 2010 y 2011. Esta es una buena noticia, aun-que contraste con la tendencia indicada de aumento de tiempos para el trámite degarantías en la primera instancia. Esta disminución muestra que es posible lograrmayor agilidad en la tramitación de estos procesos constitucionales.

En conclusión, las grandes tendencias registradas en el año 2010, sobre elfuncionamiento de las garantías se mantienen en 2011, ello devela los límites quetodavía existen para su efectivo funcionamiento y para el aseguramiento y resta-blecimiento de los derechos humanos de la población.

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Desde la verdad¿Cuándo las justicias?

Clara Merino Serrano

Hace más de veinte y cinco años, instalado ya el gobierno socialcristianode León Fe bres Cor dero, se vivió un clima de asesinatos, torturas, violaciones, per-secución, amedrentamiento a nombre de la seguridad nacional y el combate al te-rrorismo y al narcotráfico. Miedo a salir, a decir, a ver, a sentir.

Sin embargo, diferentes núcleos de valientas y valientes optaron por in-tentar lo que varios de los grupos de izquierda proclamaban en palabras: levan-tarse en armas hasta conseguir una verdadera democracia. Pese a sus diferenciasinternas, lograron juntarse nombrando a Eloy Alfaro y su grito de guerra ¡Carajo!

Renacieron con pensamiento crítico, palabra consecuente, vida de entregay sueño libertario por una sociedad de igualdades, de libertades y alegrías; de vi-das de dignidad. Fueron entonces perseguidos con el afán premeditado de exter-minarlos, desde las altas esferas del gobierno y con grupos armados suprainstitu-cionales, formados y armados para la tortura y el asesinato, integrados por perso-nas seleccionadas de las fuerzas armadas policíacas, militares y paramilitares. Cadadetención arbitraria, cada violación, cada asesinato fue pagado en dinero contantey sonante, en ascensos y nombramientos, en visas y viajes.

Creían que el miedo convocaría al silencio y al olvido. No fue así. El do-lor profundo de la pérdida de las mejores vidas; la prisión y la tortura de la gentemás íntegra, renació desde las madres y hermanas; fue creciendo desde los primeroscomités por la defensa de los presos, de los desaparecidos, de los asesinados.

Con intervalos, con fluctuaciones, con altibajos, también con ejemploscomo el de la familia Restrepo Arismendi y otros, 25 años de resistencia lograronla conformación de la Comisión de la Verdad del Ecuador. Desde nuevas esperanzas

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64 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

por verdad y justicia, tuvimos que reemprender las tareas: testimonios, recons-trucciones, reconocimientos, descubrimientos a veces muy dolorosos.

Fue un logro que el actual gobierno conformara y ampliara los plazos dela Comisión de la Verdad. Fue un logro que la sociedad ecuatoriana reconocieralos delitos de lesa humanidad cometidos por el gobierno socialcristiano y los quecon fuerzas especiales que perduraron aunque cambiaran de nombre, se siguieroncometiendo en los años siguientes. Fue un logro que el presidente Rafael Correareconociera el informe y pidiera disculpas públicas a todas las víctimas de estosdelitos.

Desde entonces han pasado diecinueve meses y ninguno de estos críme-nes de lesa humanidad ha pasado de la verdad a la justicia.

Se creó la Unidad Especial de la Fiscalía para la Comisión de la Verdad, lamisma que hasta el momento tiene dos períodos diferentes. Los primeros fiscales,a pesar de haber sido motivados y formados para su función especializada, en másde un año no avanzaron en ninguna instrucción fiscal, mientras las indagacionesprevias forzadas por las mismas víctimas fueron para ellas una experiencia dolo-rosa de nueva revictimización, sin ningún resultado concreto.

Los nuevos funcionarios de la Unidad, aparentemente con un compromisofirme para que esta verdad llegue a justicia, con condiciones precarias para su tra-bajo y bajo amenazas de inestabilidad, continúan en el esfuerzo, sin que hasta elmomento se llegue a ninguna instrucción fiscal.

Los victimarios cuentan con ingentes recursos económicos, muchos lo-grados desde su inserción en los aparatos represivos como Servicio de InvestigaciónCriminal (SIC10), Unidad Anti Secuestro (UAS), Unidad de Investigaciones Espe -ciales (UIES), servicios de inteligencia y grupos armados suprainstitucionales; conabogados penalistas y empleados a su servicio; con tranquilidad para seguir con-fiando en su eterna impunidad.

Desde las víctimas y familiares de víctimas, las condiciones son otras:

• Solo en muy pocos casos, seis de las 118 víctimas, contamos con abogados.• Nuevamente tenemos que rendir testimonios, reconocer victimarios, luga-

res y hechos que nos reviven dolores y a veces impotencias.• Otra vez debemos exigir trámites, buscar testigos, rebuscar papeles.• Una vez más tenemos que encontrar pruebas, muchas de las cuales se vuel-

ven difíciles a casi tres décadas de los crímenes.• Cada vez debemos proseguir intentos de unidad de acción cuando muchos

de los nuestros han muerto y otros han entregado sus esperanzas por cuo-tas de poder en los actuales gobiernos.

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 65

Después de muchos años de esfuerzos, la Comisión de la Verdad fue creada el3 de mayo de 2007; entregó su informe, luego de varias prórrogas, en junio de 2010;entregó sus investigaciones y documentación a la Fiscalía y el proyecto de Ley deVíctimas a la Asamblea Nacional. Hasta el momento, este proyecto ni siquiera hasido seriamente discutido.

Iniciamos febrero de 2012 y seguimos intentando que en alguno de los casosse haga justicia. Podríamos caer en la desesperanza, más aún cuando ahora se vuelvea acusar por terrorismo a dirigentes de los movimientos sociales.

Pero, quienes entregaron sus vidas por justicias e igualdades nos convocan aseguir peleando por sus sueños, y nos obligan a asumir una recuperación de la me-moria que está en la historia que no es solo pasado, sino su presencia y la nuestraen las actuales luchas de nuestros pueblos.

Decimos que nunca los olvidaremos, con conciencia activa para que la verdadsea un paso hacia las justicias.

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SeguridadConflictividad y derechos humanos en Ecuador

Mario Unda Soriano y Silvana Sánchez Pinto

Las líneas generales de la conflictividad

La línea general de la conflictividad socio-política estuvo marcada durante2011, al igual que en los años anteriores, por la iniciativa del gobierno; es decir,que los conflictos marcan los pasos o las fases de consolidación del nuevo modelohegemónico. Desde este punto de vista, resaltan dos grupos de conflictos: el pri-mero, que enfrenta al gobierno con aquello que, genéricamente, podríamos de-nominar las oposiciones de derecha; el segundo, en cambio, enfrenta al gobiernocon los movimientos sociales.

La conflictividad con las oposiciones de derecha se despliega sobre dos cam-pos: el ideológico-político y el económico. El campo ideológico-político ha sidoel de enfrentamientos más agudos y es una continuación de la oposición entre elgobierno y las derechas que viene desde la campaña de 2006. Los actores de opo-sición allí son igual a las expresiones políticas de la vieja y de la nueva derecha (puesdisputan el espacio de representación política en nombre del programa neolibe-ral), cuanto los medios de comunicación (en la medida en que estos aún propug-nan los lineamientos básicos de la solución neoliberal). Las disputas con ellos sehan centrado en políticas económicas y en la libertad de expresión (entendida porestos actores como la libertad de expresión de los propios medios y de los perio-distas, en tanto estos aparecen como expresión de los medios).

En el campo económico las cosas se han presentado de modo distinto. Elcentro de la disputa ha estado en torno a las políticas económicas, pero el proce-samiento con los actores involucrados (aquí, los gremios empresariales) ha sido lanegociación. Los empresarios han mostrado mayor apertura para el diálogo y han

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68 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

reclamado menos cambios en las políticas tributarias e incentivos para sus nego-cios, y se han reunido en varias ocasiones con funcionarios gubernamentales paratratar las medidas tendientes a reducir el déficit comercial, o las reformas tributa-rias y la ley de control de poder del mercado.

La conflictividad con los movimientos sociales se ha desplegado en torno ados planos. El primero de ellos es general; es decir, el conflicto común que opone,al gobierno de Correa con los movimientos: este año ha girado alrededor de la cri-minalización de la protesta social y de la judicialización como uno de los ejes dela respuesta gubernamental frente a las acciones reivindicativas autónomas. Durantetodo el año se vieron acusaciones de terrorismo y sabotaje o de rebelión por par-ticipar en movilizaciones. Apresamientos, juicios y condenas estuvieron al ordendía, como también las amenazas de expulsar a los estudiantes que participaran enmanifestaciones callejeras.

El segundo plano se refiere a conflictos con actores particulares, especial-mente con el movimiento indígena y con los trabajadores públicos. Con el movi-miento indígena, la conflictividad se desplegó centralmente en torno a dos blo-ques temáticos: el manejo de los recursos naturales (agua, tierra, minería), que sevincula necesariamente con la gestión de los territorios, y la defensa de las orga-nizaciones, de sus dirigentes y de sus posibilidades de expresión, fuertemente aco-sados por la criminalización a que se han visto sometidos.

En el caso de los trabajadores públicos, se han presentado dos conflictosprincipales: en la primera parte del año, con maestros contratados, a los cuales,con diversos argumentos, no se les renovó el contrato; en el segundo semestre, laconfrontación con los maestros se combinó con la protesta estudiantil con mo-tivo del bachillerato unificado. Al final del año, en cambio, el conflicto se desató araíz del despido intempestivo más de 3.000 trabajadores bajo la figura de “renun-cia obligatoria”.

De esta manera, la conflictividad con las clases subalternas se vio casi siem-pre agudizada por la acción represiva y autoritaria del gobierno, contrastando conla conducta dialógica que observó con los gremios empresariales.

Conflictos y derechos

Ahora bien, los conflictos vistos desde los derechos reconocidos por laConstitución nos muestran, por el contrario, las líneas de acción de las clases su-balternas, especialmente de sus sectores organizados, por afirmarse como dere-

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 69

chohabientes, es decir, por ejercer esos derechos formalmente reconocidos o tam-bién, en otros casos, por disputar el sentido que socialmente se les da.

En este sentido, la revisión de noticias de prensa impresa de circulaciónnacional arroja un número de 280 conflictos durante 2011; 37% de los cuales es-tán relacionados con los derechos de libertad; 24% con los derechos del buen vi-vir; 18% con los derechos de participación; 13% con los derechos de protección;5% con los derechos de los pueblos; y 3% con los derechos de los grupos de aten-ción prioritaria (ver artículo “Balance de la situación de derechos humanos 2011”,gráfico 3).

Con el fin de profundizar en el análisis, a continuación se priorizan algu-nos de los principales conflictos para evidenciar su afectación a los derechos cons-titucionales.

Los 107 conflictos relativos al derecho a la libertad, se clasifican en 65 so-bre el derecho a la vida; entre ellos, el más sonado fue el fallecimiento de más de50 neonatos en hospitales públicos; pero también debe mencionarse, por su tras-cendencia, la posible afectación por las concesiones petroleras a la vida de los pue-blos en aislamiento voluntario Tagaeri y Taromenani. Se registraron también 19conflictos relativos a la libertad de expresión, entre los cuales convendría diferen-ciar, como expresamos más arriba, aquellos que involucran a los grandes mediosmasivos de comunicación, y aquellos relacionados con medios alternativos; 11 con-flictos relativos al derecho a la integridad. Además, se verificaron 11 conflictos res-pecto al derecho a la libertad personal, básicamente referidos a la represión sufridapor diversas manifestaciones populares, y a sus efectos (un estudiante del colegioMejía herido de suma gravedad). Finalmente, hubo un conflicto respecto al dere-cho a la práctica religiosa, que puso frente a frente a los Carmelitas Descalzos y alos Heraldos de Cristo por el Vicariato de Sucumbíos; es decir, a dos modos dia-metralmente opuestos de vivir la fe.

Los 66 conflictos producidos en relación a los derechos del buen vivir seclasifican en: cinco relativos al derecho a la salud, generalmente vinculados con de-ficiencias en los servicios de salud pública. Además, 21 conflictos sobre la vigen-cia del derecho al trabajo, puesto en entredicho en instituciones públicas; el casomás sonado fue el despido de trabajadores del Estado en el último trimestre delaño, pero no deben dejarse de lado los descontentos originados en torno a las con-diciones de trabajo (por incrementos de horas de trabajo, nuevas escalas labora-les). Se presentaron también 14 conflictos derivados del derecho a la vivienda, re-lacionados, sobre todo, con desalojos en sectores de vivienda popular; a los desa-lojados se les ofreció reubicar, pero hasta fin de año la promesa no terminaba decumplirse. Por último, 26 conflictos sobre el medio ambiente sano, entre ellas, las

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70 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

oposiciones de la población a la construcción de presas e hidroeléctricas y a las ac-tividades de extracción minera a gran escala.

De los 51 conflictos relativos a los derechos de participación, cinco recla-man el derecho a la resistencia; entre ellos la huelga de hambre de maestros porser restituidos en sus puestos, o de la esposa del coronel Carrión para exigir cele-ridad en el trámite del juicio, o de trabajadores del Consejo Provincial de Imbaburaen contra del visto bueno que habían recibido. Por el ejercicio del derecho a la con-sulta se presentaron 37 conflictos, incluyendo los relacionados con la consulta po-pular del 7 de mayo –iniciativa del presidente Correa–, cuyas preguntas fueron cues-tionadas por su manifiesta inconstitucionalidad, sin que la Corte Constitucionalejerciera su rol de control de constitucionalidad, lo que se analiza en otro artículode este informe, pero también las iniciativas planteadas y ejecutadas por la pobla-ción, como la consulta antiminera en dos parroquias del Azuay. Además, se veri-ficaron siete conflictos relacionados con la revocatoria de mandatos; y dos con-flictos sobre el derecho de organización (entre ellos, el mayor control gubernamentalsobre las organizaciones no gubernamentales).

De los 36 conflictos en materia de derechos de protección, hay 33 que serelacionan con los derechos de acceso a la justicia, debido proceso, protección alas víctimas y derecho a la seguridad jurídica (entre ellos, los relativos a las se-cuencias del 30 de septiembre o las manifestaciones realizadas por organizacionespopulares en contra de la criminalización y judicialización de la protesta social).Igualmente, este año se presentó el conflicto en torno a la reorganización de laFunción Judicial, donde se privó al Consejo de Participación Ciudadana y ControlSocial de su competencia1 para elegir al Consejo de la Judicatura y se procedió anombrar un Consejo de la Judicatura Transitorio que se ha encargado de condu-cir el proceso de selección de nuevos miembros de la Corte Nacional de Justicia.

Los 13 conflictos relativos a los derechos de los pueblos se clasifican en seisrespecto del derecho a la identidad, igual cultural que religiosa; seis sobre el terri-torio, quizás los más agudos, pues varios de ellos se relacionan con la política delgobierno respecto a los recursos naturales, y un conflicto sobre su derecho pro-pio, para mantener la justicia indígena, que también había sido puesta en cuestiónpor el presidente Correa durante 2010.

Por último, los siete conflictos relacionados a los derechos de los gruposde atención prioritaria se clasifican en un conflicto relativo a niños, niñas y ado-lescentes (respecto a la continuidad del trabajo infantil); dos sobre los derechosde las mujeres, dos con personas privadas de la libertad (incluye un intento de mo-tín en un centro de detención), y dos concernientes a los derechos de las personasen movilidad humana (deportaciones y endurecimiento de requisitos para otor-

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 71

gar el estatuto de refugiado). Cabe señalar que, en la mayoría de estos casos men-cionados, se trata de conflictos que afectan a colectivos.

Para concluir, siguiendo la línea de relacionar los conflictos con su reper-cusión en la vigencia de derechos humanos y derechos de la naturaleza, vemos queno están siendo protegidos y desarrollados de manera progresiva; por el contra-rio, la conflictividad descrita evidencia que el poder los está negando y restrin-giendo; en este sentido, se pone de manifiesto que con el fin de consolidar un mo-delo hegemónico que impide la vigencia de derechos y la consecución de la justi-cia, desde el poder se continúa privilegiando la versión antidialógica del conflicto.2

Notas

1. Art. 208, num. 12 de la Constitución de la República del Ecuador.2. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española señala que la palabra conflicto de-

signa tanto la noción tradicional de combate y lucha, como la noción de cuestión y materia

de discusión.

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El derecho a la seguridad integralen 2011

Francisco Hurtado Caicedoy Gardenia Chávez Núñez

La Constitución de 2008 plantea un amplio bloque de más de 100 artícu-los en torno al deber primordial del Estado de garantizar a sus habitantes, sin dis-tinción alguna, el derecho a la seguridad integral (art. 3). No obstante, en 2009 huboun primer distanciamiento del mandato constitucional, expresado en la adopciónde la Ley de Seguridad Pública y del Estado y en la formulación de políticas pú-blicas que no lograron traducir con coherencia el mandato constitucional en me-tas concretas.

En 2010, esta distancia se acentuó desde la conflictividad social (268 con-flictos); los hechos ocurridos en torno al 30 de septiembre, que debilitaron la de-mocracia; el deterioro del derecho a la vida, integridad y libertades evidenciadopor el informe del profesor Philip Alston, Relator Especial, y la utilización de lasfiguras penales –de sabotaje y terrorismo– creadas en época de dictadura militar,con varios demandados bajo esta acusación y dos sentencias acusatorias emitidas.

2011 fue un año crítico para el derecho a la seguridad integral; la propuestade reforma a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, de ser aprobada en los tér-minos planteados, significaría un mayor distanciamiento del mandato constitucional.

Se constituyeron cuatro zonas de seguridad: 1. en relación a la construc-ción del proyecto Hidroeléctrico Coca Codo Sinclair considerado estratégico y deprioridad nacional;1 2. alrededor de la Fase I del Proyecto Multipropósito Chonepara “evitar que se desborde la conflictividad” existente en el sector;2 3. en el es-pacio geográfico comprendido por las concesiones mineras de la Empresa NacionalMinera (ENAMI EP) en la provincia de Esmeraldas, bajo la consideración de sec-tor estratégico,3 y 4. en relación a la construcción de la refinería del Pacífico en laprovincia de Manabí, de igual modo por considerarse estratégica.4

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74 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Respecto a la zona de ENAMI EP, el 21 de mayo de 2011 el Estado ejecutóun operativo militar, amparado en la declaratoria de estado de excepción,5 paracontrolar y erradicar la minería ilegal en los cantones San Lorenzo y Eloy Alfarode la provincia de Esmeraldas. Este operativo incluyó el desalojo de los mineros yla inutilización de la maquinaria usando explosivos. Posteriormente, se decidió otor-gar esas concesiones a la ENAMI EP para continuar con la explotación. En la zonade seguridad del Proyecto Multipropósito Chone, el 18 de octubre se ordenó el de-salojo forzoso en el sector el Jobo de Río Grande, cantón Chone, provincia deManabí; en este desalojo se produjo un uso excesivo de la fuerza (gas lacrimógenoy maquinaria pesada) y malos tratos en contra de 40 familias campesinas.Finalmente se militarizó la zona prevista para asegurar la construcción de un em-balse que inundará miles de hectáreas agrícolas de propiedad de campesinos queserán desplazados.6

La seguridad laboral fue afectada con la adopción del Reglamento Generala la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) y su reforma, que mediante la fi-gura de “compra de renuncias obligatorias con indemnización”, dejó sin trabajo avarios miles de funcionarios y funcionarias públicas; contraviniendo los derechoslaborales, especialmente la estabilidad.

Mientras los delitos en general aumentaron en 6.165 casos respecto de 2010;disminuyeron los homicidios (-282) y el robo a automóviles (-148); en los demástipos de delitos hay incrementos; los más altos índices se registraron en relación arobo a personas (5.067) y robo a domicilios (1.230); entre ambos representan el33% del total de delitos de 2011. Otros delitos tienen incrementos menores (en-tre 31 y 231) (ver artículo “Balance de la situación de derechos humanos 2011”,gráfico 8).

También, los accidentes de tránsito se duplicaron respecto de 2010; así, du-rante 2011, 5.150 personas perdieron la vida por causa de accidentes de tránsito;dicha cifra es el doble de las ocurridas en 2010, en donde 50 mil accidentes oca-sionaron la muerte de 2.500 personas y 15 mil sufrieron heridas graves. Ecuadores el segundo país latinoamericano con más accidentes de tránsito por cada 100.000habitantes7 (Paraguay es el primero).

Ecuador presenta cifras crecientes de suicidios; así, la Dirección Nacionalde la Policía Judicial registró el suicidio de 571 personas en 2009; para 2010, su-bió a 610;8 para el primer trimestre de 2011 también hubo un incremento, regis-tró 205 denuncias; esto es, un promedio de 68,2 casos por mes; mientras que enel primer trimestre de 2010 la cifra fue de 55,5 casos por mes; esto es, un incre-mento de 12 personas por mes que decidieron quitarse la vida.9

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 75

En general, la concepción y práctica de seguridad no logra superar la ante-rior visión centrada en la seguridad del Estado y no de las personas, y la utilizaciónde acciones puntuales; así lo evidencian también los convenios bilaterales, centra-dos en la defensa del Estado, adoptados en 2011 con España, Colombia y Brasil.

Notas

1. Creada mediante DE 822 de 14 de julio de 2011, publicado en el RO 500 de 27 de julio de2011, y que fue ampliada mediante DE 923 de 26 de octubre de 2011, publicado en el RO 575de 14 de noviembre de 2011. La extensión del área reservada de seguridad del proyecto no hasido determinada, salvo sus coordenadas.

2. Creada mediante DE 914 de 17 de octubre de 2011, publicado en el RO 569 de 11 de noviembrede 2011, y que fue ampliada mediante DE 995 de 29 de diciembre de 2011, publicado en elRO 619 de 16 de enero de 2012. La extensión del área de seguridad es de 74,41 Km2.

3. Creada mediante DE 970 de 19 de diciembre de 2011 y que aún no ha sido publicada en elRO.No se determina la extensión del área de seguridad, solo sus coordenadas; aunque se pre-cisa que el área de las concesiones es de 18.000 hectáreas.

4. Creada mediante DE 993 de 29 de diciembre de 2011, publicado en el RO 619 de 16 de enerode 2012. No se determina la extensión del área de seguridad, solo sus coordenadas.

5. Emitido mediante DE 783 de 20 de mayo de 2011, publicado en el RO 460 suplemento de 1de junio de 2011, posteriormente se declaró nuevamente la zona en estado de excepción me-diante DE 844 de 2 de agosto de 2011, publicado en el RO 513 de 16 de agosto del mismo año.

6. Para mayor información sobre el conflicto en Río Grande y el desalojo ocurrido, revisar: PabloCornejo, “Violación de los derechos constitucionales del pueblo montubio de Río Grande yotras irregularidades en los diferentes estudios del Proyecto de Propósito Múltiple Chone”, enINREDH, 8 de agosto de 2011, ‹http://bit.ly/DesalojoRioGrandeINREDH›, y en CLADEM,“Acción urgente: desalojo El Jobo de Río Grande”, en CLADEM, 30 de diciembre de 2011,‹http://bit.ly/DesalojoRioGrandeCLADEM›.

7. Agencia Pública de Noticias del Ecuador y Suramérica (ANDES), “Ecuador duplicó muertespor accidentes de tránsito con respecto al 2010”, en ANDES, Quito, 1 de diciembre de 2011,‹http://andes.info.ec/portada/en-ecuador-duplicaron-las-muertes-por-accidentes-de-transito-con-respecto-al-2010-117043.html›.

8. El Universo, “Un promedio de dos personas se suicidan al día en Ecuador”, en El Universo,Guayaquil, 28 de febrero de 2011, ‹http://www.eluniverso.com/2011/02/28/1/1447/un-promedio-dos-personas-suicidan-dia-ecuador.html›.

9. El Universo, “Cifras del país revelan que suicidios aumentaron en el primer trimestre”, en ElUniverso, Guayaquil, 18 de julio de 2011, ‹http://www.eluniverso.com/2011/07/18/1/1422/cifras-pais-revelan-suicidios-aumentaron-primer-trimestre.html›.

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En una palabra, la perennizacion y la sofisticación de los regímenes deexcepción, no son sino el anverso y el reverso de una misma moneda.

En uno, la excepción es la regla, en el otro, lo ordinario es excepcional.Leandro Despouy

La nueva Constitución presenta avances importantes en materia de dere-chos humanos, y entre ellos, uno que resulta fundamental, por las tensiones quehistóricamente ha generado para su vigencia y garantía, es la regulación del estadode excepción.

El marco constitucional vigente recoge los principales estándares de pro-tección de derechos humanos e inscribe los estados de excepción como una po-testad extraordinaria, claramente reglada, que debe ser utilizada con carácter es-trictamente limitado y controlado, y teniendo siempre como eje rector la garan-tía de los derechos.

En el Ecuador la posibilidad de adoptar un régimen de excepción ha sidocontemplada, desde los inicios de su vida republicana, pero es a partir del retornoa la democracia, que se evidencia una mayor frecuencia en su uso. Una revisiónde los decretos ejecutivos publicados en el Registro Oficial (RO),1 permite deter-minar que entre agosto de 1979 y diciembre de 2011 se expidieron 316 decretosde declaratoria, reforma, ampliación o modificación de estados de emergencia y/oexcepción, y 21 decretos de terminación.

Nota del compilador: La base de datos sobre estados de excepción que sustenta este artículo se cons-truyó con el trabajo voluntario de Claudia Cadena y David Arcentales como ayudante de investigación.

La excepción como regla¿garantizalos derechos?

Gina Benavides Llerena

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78 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Analizados por períodos de gobierno y tomando en consideración su fre-cuencia numérica, se distingue dos momentos: etapa uno, de baja frecuencia, en-tre 1979 y 1999, con un total de 73 decretos, cuyos mayores picos se registraronen los gobiernos de Febres Cordero (17) y Durán Ballén (14); y etapa dos, de altafrecuencia, entre 2000 y 2011, con un total de 243 decretos a partir del gobiernode Noboa (30), alcanzando su mayor utilización en el gobierno de Correa (131).(Ver Artículo “Balance de la situación de derechos humanos 2011”, gráfico 10).

En los últimos 11 años de vida democrática, la utilización de los estadosde excepción prácticamente se ha triplicado respecto de los primeros 21 años deretorno democrático; se ha tornando sistemática en el gobierno de Correa, puesrepresenta el 54% de los sucedidos en estos 11 años. El período de gobierno conmayor utilización de los estados de excepción en la etapa 1, (Febres Cordero: 17),prácticamente se multiplicó por ocho, en relación con el período más alto de laetapa 2 (Correa: 131).

En los cinco años de gobierno de Rafael Correa, se expidieron 134 decre-tos ejecutivos (131 declaratorias y 3 terminaciones), de los cuales el 57,3% co-rresponde a los dos primeros años de gobierno, con un promedio mensual de tresdeclaratorias y en los últimos tres años, de uno a dos decretos por mes.

Los decretos emitidos utilizaron las figuras de declaratoria (80), renova-ción (42) y terminación (3), previstas por la Constitución, pero han incorporadootras no previstas como: reforma, modificación, ampliación, complementación (9).

Durante 2011, se dictaron 19 decretos ejecutivos: 12 de declaratoria, cincode renovación, uno de complementación y uno de terminación. Las razones porlas que se adoptaron fueron: sobre la seguridad de las instalaciones de la AsambleaNacional (7) –por efectos no superados de la insubordinación policial del 30 deseptiembre de 2010–; riesgo de colapso del sistema nacional de salud por la tem-porada invernal (5); necesidad de medidas de mitigación y neutralización de la mi-nería ilegal (2); amenaza inminente de tsunami por el terremoto en Japón (2); in-toxicación por consumo de bebidas alcohólicas adulteradas (1), brote de virus derabia silvestre (1); situación angustiante de la Función Judicial (1). (Ver artículo“Balance de la situación de derechos humanos 2011”, gráfico 11).

De estas situaciones, las que se enmarcaron como graves e imprevistas fue-ron las de amenaza inminente de tsunami, intoxicación por consumo de bebidasalcohólicas y las ocasionadas por el virus de rabia silvestre. Las otras, develan pro-blemas estructurales de gestión del Estado, sucesivos en el tiempo, predecibles yprevenibles por el régimen ordinario.

Los derechos que se invocaron para declarar el régimen de excepción fue-ron: salud y derechos conexos (sistema de salud pública, intoxicación por consumo

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de bebidas alcohólicas adulteradas y brote de virus de rabia silvestre); seguridadpública, paz, defensa del sistema democrático (instalaciones de la Asamblea Nacio -nal); de la naturaleza, medio ambiente sano, salud y paz, (minería ilegal); seguri-dad humana y protección de vida y patrimonio (amenaza inminente de tsunami);justicia y seguridad jurídica (Función Judicial).

Todas las declaratorias de estado de excepción fueron dictadas por elPresidente de la República mediante decreto ejecutivo, respetando el principio delegalidad. Sin embargo, seis de estas declaratorias invocaron la figura de estado deexcepción sanitaria, contemplado en la Ley Orgánica de Salud. Además se expi-dieron seis declaratorias, que fundamentadas en legislación secundaria2 estable-cieron otros regímenes de excepción: un estado de emergencia dictada por una mi-nistra de Estado3 y cinco de zonas reservadas de seguridad, dictadas por el Presiden -te de la República,4 medida que de acuerdo a la Constitución, solo puede ser dic-tada a través de estado de excepción.

El 84% de los decretos de estado de excepción se dictaron invocando doscausales no contempladas en la Constitución: se podría generar una grave con-moción interna (15) y grave intoxicación por bebidas alcohólicas adulteradas (1).La utilización de la primera devela una utilización del estado de excepción con ca-rácter preventivo,5 hecho que limita el principio de excepcionalidad por el cual elpeligro o amenaza debe ser grave, concreto, actual o inminente.

El principio de temporalidad6 se vio alterado por una práctica de decla-raciones y renovaciones sucesivas, que ampliaron el plazo máximo de 90 días pre-visto en la Constitución. La situación más preocupante fue la de la AsambleaNacional, con siete decretos (tres declaratorias y cuatro renovaciones), por un to-tal de 330 días. A ella se sumó, los cinco decretos del sistema de salud pública (dosdeclaratorias, dos renovaciones y una complementación), por un total de 180 días.

Los principios de necesidad y excepcionalidad evidenciaron límites. La ex-cepcionalidad extendida de las instalaciones de la Asamblea Nacional permitió man-tener a las Fuerzas Armadas a cargo de la Guardia Legislativa, bajo el argumentoreiterado, de que los efectos de la insubordinación ocurrida el 30 de septiembrede 2010, pese a varios esfuerzos realizados, no habían podido ser superados. Se in-vocó así una situación grave, pero superada y en ninguno de los decretos se deta-lló en que consistieron estos esfuerzos, evidenciando que la medida adoptada noresultaba razonable, proporcional, ni adecuada a la situación vigente; y que portanto pudo ser manejada por el régimen ordinario.

Los estados de excepción en el sector de la salud pública y la justicia fue-ron utilizados como un mecanismo para solucionar problemas institucionales es-tructurales, que se venían arrastrando de tiempo atrás, generados por límites en

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80 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

la capacidad operativa y/o falta de eficiencia administrativa. Esta práctica preocupaporque conduce a asumir a la excepcionalidad como una forma ordinaria y válidade gobernar y administrar el Estado, a nombre de la rapidez y eficacia para cana-lizar recursos.

Por su parte, la expedición de los decretos de excepción sobre minería ile-gal, se expidieron bajo el argumento de conocimiento público y evidente de los da-ños irreparables a los ecosistemas y la salud de los habitantes. Es decir, se sustentóen hechos que se venían produciendo; y que, por tanto, pudieron y debieron sercontrolados por las vías del ordenamiento jurídico ordinario y no del excepcional.

En cuanto al ámbito de cobertura, siete decretos fueron nacionales (salud,justicia y consumo de bebidas alcohólicas adulteradas), tres cantonales (Eloy Alfaroy San Lorenzo por minería ilegal y Taisha por rabia silvestre), dos a nivel regional(Costa ecuatoriana y Galápagos por tsunami) y siete a nivel local/institucional(Quito, Asamblea Nacional).

En este año se registraron serias limitaciones en los mecanismos de con-trol previstos por la Constitución. Si bien en el 90% de los decretos se establece lanotificación a la Asamblea Nacional y Corte Constitucional,7 ninguno de ellos prevé la notificación a los organismos internacionales de protección de derechoshumanos.

La Asamblea Nacional no utilizó la facultad constitucional que tiene derevocar los estados de excepción; por el contrario exhortó en nueve ocasiones alEjecutivo para que dictara otros estados de excepción (sector lechero, provinciasy cantones afectadas por fenómenos naturales) o ampliara los ya dictados (sistemade salud pública).8 Por su parte, la Corte Constitucional declaró la constituciona-lidad formal y material de seis de los 19 decretos dictados: tres del sistema de sa-lud pública, uno por amenaza de tsunami, uno por intoxicación por consumo be-bidas alcohólicas adulteradas y el de la Función Judicial.9

En cuanto al principio de intangibilidad de los derechos, durante este año,en ninguno de los decretos de estado de excepción se determinó la limitación osuspensión de derechos; sin embargo, en muchos de ellos se adoptaron medidasde: movilización militar (siete Asamblea Nacional y dos minería ilegal ); movili-zación de personal (seis sistema de salud pública y uno Función Judicial); ope-rativos de control de la policía y las Fuerzas Armadas (uno por tsunami); deco-miso de bienes, prohibición de consumo y comercialización, conducción de per-sonas y bienes ante autoridades (uno por consumo bebidas alcohólicas adultera-das); las cuales podrían colocar en situación de riesgo algunos derechos como tra-bajo, propiedad, libertad personal, desarrollo de actividades económicas, entre

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 81

otros. Un hecho preocupante es que el 53%, de las medidas adoptadas determi-naron la intervención de las Fuerzas Armadas.

Por su parte, la Corte Constitucional justificó la ausencia de notificacióninternacional, por la omisión de suspensión o limitación de derechos en los de-cretos,10 pese a que la Constitución no establece condicionalidad alguna para di-cha notificación.

El control y la rendición de cuentas se vio limitado por la no emisión dedecretos de terminación. En todo el año solo se expidió un decreto de este tipo(tsunami), pese a que la Constitución determina que se debe emitir cuando las cau-sas que lo motivaron desaparezcan y debe estar acompañado de un informe.

A la par, todos los decretos de estado de excepción invocaron como fun-damento de legitimidad los derechos establecidos en la Constitución. Estas decla-raciones unidas al manejo que se hace de la omisión de limitación o suspensiónde derechos en los decretos, devela una instrumentalización de la lógica de dere-chos, para promover la discrecionalidad y evadir el control.

En conclusión, la frecuencia en la utilización del estado de excepción, de-vela una tendencia a la institucionalización de esta facultad.

En 2011, tres de las cinco funciones del Estado, y dos de ellas por perío-dos prolongados de tiempo, estuvieron bajo régimen de excepción; este hecho per-mite observar cómo esta facultad excepcional se ha incorporado a la gestión or-dinaria del Estado; pasando así de excepción a regla.

Los límites en el cumplimiento de los principios constitucionales que re-gulan los estados de excepción ponen en evidencia las debilidades de su com-prensión y aplicación bajo un enfoque garantista y su instrumentalización comoun mecanismo para enfrentar problemas de gestión administrativa que deben en-contrar respuestas efectivas en el régimen ordinario.

La frecuencia en su utilización deja traslucir un manejo político de estafacultad. Una demostración de poder discrecional a nombre de la seguridad y laeficiencia, que está legitimado sobre la base de la defensa de los derechos de lasmayorías.

La invocación formal de los derechos como base de los estados de excep-ción debe compadecerse con un ejercicio material de los mismos, y debe tomarcomo eje a las personas, a los pueblos, a las comunidades y a la naturaleza, y no ala institución, al gobierno, a la sociedad o al Estado como un todo homogéneo ysuperior.

Esto resulta preocupante cuando los mecanismos de control político yjurisdiccional interno no ejercen un efectivo y estricto control formal y mate-

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rial, y cuando además se utilizan argumentos formales para evadir el control in-ternacional.

La tendencia a la injerencia de las Fuerzas Armadas a través de la activa-ción de este tipo de facultades debe alertar sobre los peligros de un proceso de mi-litarización de la sociedad, con el consiguiente debilitamiento que ello acarrea alsistema democrático.

Así, por la forma en que vienen siendo utilizados y por la tendencia a suinstitucionalización e instrumentalización, se prevé que los estados de excepciónseguirán siendo utilizados en los siguientes años. Ello demanda de la sociedad y elEstado un urgente proceso de adecuación constitucional a nivel normativo, insti-tucional y de políticas públicas.

Notas

1. Revisión realizada en el Sistema Integrado de Legislación Ecuatoriana, Lexis, SILEC, 2012 yen el Sistema de Información para la Gobernabilidad, SIGOB, Decretos Ejecutivos 2007-2011.Las variables de búsqueda utilizadas fueron decretos ejecutivos de estados de emergencia y/oexcepción.

2. Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública y Ley de Seguridad Pública y del Estado.3. Ministerio de Ambiente, Acuerdo Ministerial 212, Registro Oficial (RO) 366, 19 de enero de

2011, declara en estado de emergencia al Islote el Palmar.4. DE 822, RO 500, 27 de julio de 2011 y DE 923, RO 575, 14 de noviembre de 2011, declara área

reservada de seguridad al proyecto Coca Codo Sinclair; DE 914, RO 569, 7 de noviembre de2011, declara área reservada de seguridad al proyecto “Propósito Múltiple Chone Fase I”; DE970, de 19 de diciembre de 2011, declara área reservada de seguridad a la Empresa NacionalMinera-ENAMI EP, y DE 993, de 29 de diciembre de 2011, declara área reservada de seguri-dad a la Refinería del Pacífico en la provincia de Manabí

5. Comisión Andina de Juristas, “No se admite la prevención como justificación de la declara-toria de estado de emergencia”, en Comisión Andina de Juristas, edit., “Derechos humanos yestados de excepción”, en Red de Información Jurídica, Lima, ‹http://190.41.250.173/rij/bases/excep/alcan.htm›.

6. Equipo Nizkor, “La enunciación de este principio [...], apunta fundamentalmente a señalar sunecesaria limitación en el tiempo y evitar así la indebida permanencia del mismo”, en ONU,“Informe del Relator Especial Leandro Despouy sobre los derechos humanos y los estados deexcepción”, en Equipo Nizkor, Información derechos, ‹http://www.derechos.org/nizkor/excep/despouy97.html#A.Principio›.

7. En los DE de declaración y terminación por amenaza de tsunami no se señala esta notificación.8. Oficio SAN-2011-1246 de 16 de diciembre de 2011, suscrito por Andrés Segovia, secretario

general de la Asamblea Nacional, mediante el cual remite informe sobre normas aprobadas,proyectos presentados y resoluciones adoptadas por la Asamblea Nacional durante 2011.

9. Corte Constitucional del Ecuador, Dictámenes: 003-11-DEE-CC, de 3 de marzo de 2011; 004-11-DEE-CC, 005-11-DEE-CC, 006-DEE-CC; 007-DEE-CC, de 27 de julio de 2011, y 008-11-DEE-CC, de 29 de septiembre de 2011.

10. Corte Constitucional del Ecuador, Dictamen 005-11-DEE-CC, de 27 de julio de 2011.

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Cumplimiento de las recomendaciones delRelator Especial de laONU sobre ejecuciones extrajudiciales

Carolina Pazmiño Corral

Introducción

El presente documento describe la importancia de las recomendacionesrealizadas al Estado ecuatoriano en los informes internacionales de derechos hu-manos; además del marco constitucional y la acción por incumplimiento comoherramienta de exigibilidad frente a la falta de adopción de medidas de las auto-ridades para implementar estas recomendaciones.

El tema se desarrolla a partir de las observaciones y recomendaciones da-das al Ecuador, por el Relator Especial, después de su misión realizada en el mesde julio de 2010.

El documento muestra el nivel de cumplimiento o implementación de las-recomendaciones dadas al Estado por el Relator Especial, a fin de garantizar el de-recho a la vida en el Ecuador.

El derecho a la vida

Es la base fundamental para el ejercicio de los demás derechos. Su vigen-cia requiere de condiciones adecuadas que aseguren una vida digna. El derecho ala vida está reconocido en la Constitución de la República y en los instrumentosinternacionales de protección de derechos humanos. El Estado tiene la obligaciónde proteger y preservar la vida de sus habitantes. En consecuencia, cuando algúnagente del Estado, de forma directa o indirecta, priva el derecho a la vida de una

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persona constituye una grave violación a los derechos humanos, como ocurre enel caso de las ejecuciones extrajudiciales.

El Estado ecuatoriano y los derechos humanos

Por mandato constitucional, el Estado tiene la obligación de respetar y ha-cer respetar los derechos humanos. Esta obligación tiene una doble vía: a nivel na-cional, con las personas que están bajo su jurisdicción, y a nivel internacional, conlos demás Estados, frente a quienes se ha comprometido a cumplir las obligacio-nes contraídas en los instrumentos internacionales.

En este sentido, como resultado del proceso de seguimiento que realiza laONU al cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estadoen materia de derechos humanos, se han emitido informes que en el marco cons-titucional vigente son fuentes de derechos que contienen directrices de utilidad parael país. En consecuencia, las autoridades están llamadas a agotar sus esfuerzos paraimplementarlas y difundirlas. Su cumplimiento puede ser demandado medianteuna acción por incumplimiento.1

Seguimiento a las recomendaciones dadas al Estado ecuatoriano sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias por el Relator Especial de Naciones Unidas2

En razón de la importancia de las recomendaciones contenidas en el in-forme del Relator Especial, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU)realizó acciones de seguimiento a la observancia e implementación de las reco-mendaciones por parte de la Inspectoría General de la Policía Nacional; del Sistemade Protección a Víctimas y Testigos; del Ministerio de Defensa Nacional; del Ministe -rio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, y de otras autoridades de las cualesno recibimos respuesta.

Inspectoría General de la Policía Nacional

Informó que cuenta con la Sección de Planificación, Coordinación y Segui -miento (PLANICOSE); la misma que, entre otras funciones, debe actualizar la base

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 85

de datos para el registro estadístico de los casos que se investigan, así como las me-didas disciplinarias adoptadas, al igual que el registro estadístico de las informa-ciones sumarias para establecer la conducta profesional de sus miembros. PLA-NICOSE y la Dirección General de Personal realizan el seguimiento de causas.3 Nose indica si periódicamente estas estadísticas se hacen públicas o no.

Fiscalía General del Estado

Informó que “una vez recibido el oficio, se ha procedido a buscar el in-forme del Relator Especial, tanto en el Departamento de Documentación y Archivo,como en la Unidad de Gestión de Cooperación Internacional, sin haber sido po-sible localizarlo, determinar la fecha de su emisión o la fecha de recibido; es de-cir, no existe constancia de que este ingresó a la Fiscalía General del Estado, niqué funcionario tuvo conocimiento oficial del mismo”.4

Sistema de protección a víctimas y testigos

Según informó la Fiscalía, existe un incremento en el presupuesto para elsistema, de $ 998.500,00 asignado en el año 2010, a $ 1’513.050,00 asignado parael año 2011. De agosto de 2010 a noviembre de 2011 se han impartido cerca de 50conferencias a nivel nacional con el fin de difundir los servicios que brinda el sis-tema. Se implementó el número 1800 FISCAL que brinda asesoría sobre el sistema;en la actualidad, registra 5.972 personas que lo han utilizado. Ha coordinado conotras instituciones para ejecutar planes de protección y asistencia a defensores dederechos humanos, esto siempre y cuando los hechos sean judicializados.5

Ministerio de Defensa Nacional

Informó que realiza un trabajo coordinado con otras instituciones, a finde capacitar al personal militar en temas de derechos humanos, refugio, procedi-mientos legales y misión, mandato y actividades del Movimiento Internacional dela Cruz Roja. En la actualidad, cuentan con 100 instructores en temas de derechoshumanos que capacitan al resto de sus miembros. Se manifiesta que tampoco hay tolerancia para abusos cometidos en el ejercicio de funciones por parte de losmilitares.6

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86 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

Conforme el art. 1, del Decreto 1317, publicado en el RO 428, de fecha 18de septiembre de 2008, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos esel responsable de coordinar la difusión, ejecución y seguimiento de las recomen-daciones y obligaciones originadas en el Sistema Universal de Derechos Humanos.

Al respecto, este Ministerio informó que mediante oficio 9425 de fecha 21de noviembre de 2011, solicitó a los demás Ministerios la información requerida.7

La CEDHU también requirió información al Ministerio del Interior,8 alFiscal General del Estado,9 a la Dirección de Actuación y Gestión Procesal de laFiscalía10 y a la Dirección de Capacitación y Escuela de Fiscales,11 no obstante, hastala elaboración del presente documento, no hemos recibido ninguna respuesta. Porlo que se desconoce información respecto de: la creación de la comisión de expertosde alto nivel para evaluar el desempeño de la Policía Nacional; del nuevo ente in-dependiente facultado para recibir e investigar denuncias de abusos policiales; dela estrategia nacional que confronte al sicariato; del seguimiento de la labor reali-zada por la Comisión de la Verdad; de la investigación y sanción a los atropelloscometidos por miembros de las juntas de defensa del campesinado, entre otras re-comendaciones específicas que contiene el informe del Relator Especial.

De la información proporcionada por las autoridades y frente al silenciode otras, podemos concluir que se han realizado algunos esfuerzos para materia-lizar las recomendaciones; sin embargo, no todas han sido implementadas.

Mientras se espera la implementación de las recomendaciones del RelatorEspecial, según lo prevé la Constitución de la República, el derecho a la vida conti-núa siendo vulnerado. De agosto de 2010 a octubre de 2011, la CEDHU registró 96homicidios, de los cuales, 17 son ejecuciones extrajudiciales. También se registró 25víctimas de abusos cometidos por miembros de las juntas de defensa del campesi-nado. Es necesario que las medidas que adopte el Estado ecuatoriano para garanti-zar el ejercicio del derecho a la vida sean eficaces, pero sobre todo oportunas.

Conclusiones

Las recomendaciones contenidas en los informes internacionales de dere-chos humanos son parte de los instrumentos internacionales y, en consecuencia,fuente de derechos. Contienen directrices de mucha utilidad para que el Estadoecuatoriano adopte medidas para la vigencia de los derechos. Su incumplimiento

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 87

implica ausencia de garantías que puede ser demandado por medio de la acciónpor incumplimiento ante la Corte Constitucional.

Las recomendaciones dadas al Estado ecuatoriano por el Relator Especialno se han implementado de forma completa. El derecho a la vida continúa siendovulnerado, mientras se esperan acciones eficaces y oportunas por parte de las autoridades.

Una de las obligaciones que tiene el Estado es difundir el contenido de losinformes internacionales de derechos humanos. Por lo tanto, es necesario dar a co-nocer ampliamente el informe y las recomendaciones del Relator Especial, a finde facilitar la participación ciudadana e impulsar su cumplimiento, incluso a tra-vés de la acción por incumplimiento.

Notas

1. Art. 93 de la Constitución de la República del Ecuador. 2. Por invitación del Estado, el Relator Especial de la ONU realizó una misión al Ecuador, del 5

al 15 de julio de 2010. Sus recomendaciones finales se presentaron durante el 17º período desesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, celebrado en Ginebra, el 9 de mayode 2011.

3. Oficio 2010-3184-IGPN, de 10 de noviembre de 2011, suscrito por Nelson Argüello, InspectorGeneral de la Policía Nacional.

4. Oficio 11053 FGE-DAGP, de 7 de diciembre de 2011, suscrito por Lourdes Pinos Hernández,Jefa de evaluación, control jurídico y quejas.

5. Oficio 10868-FGE-JNPVT, de 28 de noviembre de 2011, suscrito por Christian Lombeida delHierro, Jefe nacional de protección a víctimas, testigos y otros participantes en el proceso penal.

6. Oficio VCM-2011-0988-OF, de 24 de noviembre de 2011, suscrito por Rosa Mercedes Pérez,Viceministra de Defensa Nacional.

7. Oficio 09730, de 29 de noviembre de 2011, suscrito por Francisco Albuja Varela, Subsecretariode Derechos Humanos y Cultos (S).

8. Oficio 298 CEDHU/11, de 28 de octubre de 2011, suscrito por Hna. Elsie Monge, DirectoraEjecutiva de la CEDHU.

9. Oficios 300 y 304 CEDHU/11, de 28 de octubre de 2011, suscrito por Hna. Elsie Monge,Directora Ejecutiva de la CEDHU.

10. Oficio 301 CEDHU/11, de 28 de octubre de 2011, suscrito por Hna. Elsie Monge, DirectoraEjecutiva de la CEDHU.

11. Oficio 302 CEDHU/11, de 28 de octubre de 2011, suscrito por Hna. Elsie Monge, DirectoraEjecutiva de la CEDHU.

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La naturaleza como sujeto de derechos

El 10 de abril de 2007, con 91 de 130 votos, la Asamblea Constituyente delEcuador introdujo, en el texto de la Constitución de la República que estaba ela-borando, el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos. En los añosposteriores, los esfuerzos de los poderes públicos por incorporar efectivamente losderechos de la naturaleza en la legislación secundaria han sido prácticamente nu-los, especialmente al tratarse normas que regulan el acceso, uso y aprovechamientode los recursos naturales, como es el caso de la Ley de Minería.

En el fondo, el límite lo ponen los intereses económicos. La explotaciónintensiva y extensiva de los recursos naturales ha sido la senda por la que ha tran-sitado la economía ecuatoriana en las últimas cuatro décadas.

No obstante lo dicho anteriormente, 2011 fue un año importante para ladefensa de la naturaleza, no específicamente por la acción de Estado sino porcuanto, en varios casos, el accionar de la ciudadanía y de los colectivos llevó a quese activen los mecanismos de tutela efectiva de los derechos ambientales y de lanaturaleza.

En primer lugar, el emblemático caso contra la petrolera Chevron Texacollegó, por fin, a tener sentencia de primera instancia el 14 de febrero de 2011. Lasentencia de primera instancia condena a la empresa demandada a una indemni-zación por daño ambiental por 8.640 millones de dólares. El 3 de enero de 2012,la sala única de la Corte Provincial de Sucumbíos dictó sentencia de segunda ins-tancia, confirmando la condena.1

Ambiente

Nota del compilador: Este trabajo sintetiza y complementa trabajos anteriores del autor.

2011: la lucha por los derechos de laPachamama se levantasobre los hombrosde la gente

Mario Melo

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90 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Si bien este litigio se refiere a hechos anteriores al reconocimiento de lanaturaleza como sujeta de derechos, el éxito alcanzado en las dos instancias judi-ciales sin lugar a duda sirve de inspiración para quienes, utilizando el marco nor-mativo vigente, emprenden acciones en defensa de la naturaleza.

El 30 de marzo de 2011, la Sala Penal de la Corte Provincial de Loja re-solvió en segunda y definitiva instancia la acción de protección 11121-2011-0010,interpuesta por Richard Frederick Wheeler y Eleanor Geer Huddle, “a favor de lanaturaleza, particularmente a favor del río Vilcabamba y en contra del GobiernoProvincial de Loja”.2

Los jueces constitucionales de la Sala Penal de la Corte Provincial de Loja,al resolver esta acción de protección, establecen importantes estándares jurídicos,tanto en aspectos sustantivos como adjetivos para la aplicación de los derechos dela naturaleza.

La Sala acepta la acción de protección y declara que la entidad demandadaestá violentando el derecho que la naturaleza tiene a que se le respete integralmentesu existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura,funciones y procesos evolutivos y manda a que el Gobierno Provincial de Loja acojatodas las observaciones que ha realizado la autoridad ambiental nacional a la obra,conminándolo a que, de no hacerlo, suspenderá los trabajos. Delega al Ministeriodel Ambiente y a la DPE el seguimiento del cumplimiento de la sentencia.

En el año 2011 se produjo también un caso en el cual los derechos de lanaturaleza fueron judicializados; ya no por iniciativa de la ciudadanía, sino por partedel poder público. El resultado fue polémico.

El 21 de mayo de 2011, un contingente de 580 militares realizó un opera-tivo en los sitios Los Ajos y San José de Cachaví, en San Lorenzo, norte de la pro-vincia ecuatoriana de Esmeraldas,3 para el desalojo de mineros ilegales que veníanrealizando su actividad en los ríos del sector, sin contar con concesión ni permi-sos ambientales, provocando masivos niveles de daño a la naturaleza e impactosa la salud de la población aledaña.

El operativo4 fue realizado en cumplimiento a la medida cautelar 0016-2011 solicitada por el Ministro del Interior y dictada el 19 de mayo de 2011 por elJuez vigésimo segundo de garantías penales de Pichincha, para “la protección delos derechos de la naturaleza y la ciudadanía”, como reza la providencia respectiva.En este caso, la medida cautelar cuya naturaleza es evitar o hacer cesar la violacióno amenaza de violación de un derecho, se la aplicó en el sentido de restringir elderecho a la propiedad de los mineros, destruyendo su propiedad para que no sela siga usando para seguir cometiendo violaciones a los derechos de la naturaleza.Ahora, puesto que el derecho a la propiedad y el derecho a la naturaleza son im-

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perativos o principios de igual jerarquía dentro del texto constitucional, es res-ponsabilidad del juez que emite el fallo el dilucidar, a través de un ejercicio de pon-deración, cuál es el derecho que prima; es decir, que se trata de superar los efec-tos de una colisión de normas constitucionales igualmente legítimas, y ese ejerci-cio de ponderación –como manifiesta Häberle, citado por Borowski– “debe ser en-tre el fin de la intervención y la drasticidad de la restricción”.5

En conclusión, una buena medida en defensa de los derechos de la natu-raleza que, por la falta de un trabajo serio de argumentación jurídica por parte deljuez que la dicta, termina dejándonos un sabor amargo en la boca.

La efectiva vigencia y exigibilidad de los derechos de la naturaleza exige re-novados esfuerzos. La agenda extractivista del gobierno nacional permanece intacta.En el escenario nacional, el caso Texaco visibiliza las consecuencias nefastas de unmodelo extractivo que dispone de los territorios a espaldas de sus legítimos pro-pietarios ancestrales. La iniciativa Yasuní Ishpingo-Tiputini-Tambococha (ITT) esuna esperanza de que la búsqueda de alternativas creativas para abandonar defini-tivamente el extractivismo, con todas las dificultades y contradicciones en el camino,esté en marcha. Lamentablemente, la dura realidad surge a la vista frente al anun-cio reiterado de una nueva licitación petrolera que pondría en manos petrolerasel destino de un área mayor a la operada por Texaco y cuyos afectados principa-les serían siete nacionalidades indígenas y los bosques megadiversos de sus terri-torios sagrados.

De concretarse esa y otras pretensiones extractivas, no cabe duda de que losderechos de la naturaleza constituirán un aporte para la defensa de los territorios.

Notas

1. Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos. sentencia de segunda instancia, caso 2.011-016.2. Sala Penal de la Corte Provincial de Loja, sentencia en la acción de protección 11121-2011-

0010, interpuesta por Richard Wheeler y otra contra el Gobierno Provincial de Loja, 31 de marzode 2011.

3. Hoy, “Operativo en áreas mineras ilegales, ayer en Esmeraldas”, en Hoy, Actualidad, Quito, 22de mayo de 2011, ‹http://www.hoy.com.ec/noticias-ecuador/operativo-en-areas-mineras-ilegales-ayer-en-esmeraldas-476589.html›.

4. El ciudadano, “Operativo militar desactivó maquinaria utilizada en minería a gran escala”, enEl ciudadano, Actualidad, Quito, 23 de mayo de 2011, ‹http://www.elciudadano.gob.ec /index.php?option=com_content&view=article&id=24720:operativo-militar-desactivo-maquinaria-utilizada-en-mineria-a-gran-escala&catid=40:actualidad&Itemid=63›.

5. Martín Borowski, “La restricción de los derechos fundamentales”, en Revista Española de DerechoConstitucional, No. 59, mayo-agosto de 2000, p. 9, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Consti -tu cionales, ‹http://www.cepc.es/rap/Publicaciones/Revistas/6/REDC_059 _027.pdf›.

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La Constitución de 2008 recoge un planteamiento histórico del movi-miento social indígena ecuatoriano, la caracterización del Estado como plurina-cional; lo que supuso apuntalar a una transformación social, política, económicay cultural, y una garantía del pleno ejercicio de los derechos colectivos de pue-blos y nacionalidades indígenas que, bajo esta caracterización, adquieren una con-notación particular.

Sin embargo, ya en el momento postconstituyente y hasta la actualidad (oc-tubre de 2008 a diciembre de 2011), se ha constatado una restricción en el conte-nido de los derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas y unalimitación permanente y sistemática de su ejercicio. La declaración del carácter plu-rinacional en la Constitución no ha sido materializada en la organización políticadel Estado y más bien refleja una política de colonialidad y la pretensión de asi-milar los intereses legítimos de los pueblos y nacionalidades indígenas a los del “in-terés nacional” de la cultura hegemónica. En todo este tiempo se han producidovarios hechos que lo evidencian: por ejemplo, la expedición en 2009 de un decretoejecutivo de evangelización de los pueblos indígenas a cargo de las misiones cató-

Análisis y perspectivasdel ejercicio de derechos colectivos en Ecuador

Francisco Hurtado Caicedo,Centro de DerechosEconómicos y Sociales(CDES)

Nota del compilador: Versión ejecutiva y actualizada que tiene como base el “Informe de DerechosColectivos: Análisis y perspectivas del ejercicio de los derechos colectivos en el Ecuador”, elaboradopor Susy Garbay en el marco del Observatorio de Derechos Colectivos del Centro de DerechosEconómicos y Sociales, con el apoyo de OXFAM, presentado en julio de 2011, y el aporte de otros do-cumentos de análisis elaborados por el Observatorio en el año 2011, en ‹http://observatorio.cdes.org.ec›.

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licas, o la deslegitimación y criminalización de la justicia indígena como prácticasbárbaras e intolerables en el siglo XXI.

Por otro lado, en el afán de la implementación de una reforma capitalistaexpresada en el Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013, los pueblos y nacionali-dades indígenas siguen siendo los sujetos colectivos sacrificados –material y sim-bólicamente– del modelo de desarrollo que se pretende implementar.

Así, el gobierno nacional ha optado por ampliar la frontera extractiva. Enefecto, la ampliación de la frontera petrolera en el suroriente de la Amazonía poneen riesgo los territorios de varias nacionalidades indígenas; esta situación se sumaa las consecuencias de la actual explotación petrolera, y profundiza sus impactoscon el eventual inicio de la explotación de minerales metálicos a gran escala en pro-vincias de la Amazonía y de la Sierra, ahondando además la amenaza que enfren-tan los pueblos libres Tagaeri y Taromenani.

De otro lado, el gobierno pretende desarticular al movimiento indígena,tanto a sus bases como a las organizaciones que representan, y que históricamentese ha resistido a la implementación de políticas públicas que afectan su existenciacomo sujeto colectivo de derechos humanos. Los mecanismos para su desarticu-lación son varios; entre ellos, la política sistemática de represión y criminalizaciónde la movilización y protesta social, y que ahora implica a 204 personas que en-frentan procesos penales.

Adicionalmente, el gobierno nacional impide el ejercicio del derecho a laparticipación efectiva de los pueblos y nacionalidades indígenas en la construc-ción de la política pública; por ejemplo, al no garantizar el derecho a la consultaprevia, libre e informada, tanto para normas como para decisiones administrati-vas, o la subordinación de la democracia participativa en la democracia represen-tativa; pues, si bien se garantiza la representación indígena en la institucionalidaddel Estado, esta solo tiene carácter consultivo y por lo tanto se funcionaliza a lasdecisiones del ejecutivo, en particular a las del Presidente de la República.

Así las cosas, la caracterización del Estado como plurinacional y el reco-nocimiento de derechos colectivos de los pueblos y nacionalidades indígenas si-guen siendo por ahora un espejismo en el que las vulneraciones a sus derechos si-guen profundizando las condiciones de exclusión, discriminación y pobreza quehistóricamente han enfrentado.

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Vigencia y garantía de los derechos en las políticas petroleras en el año 2011

Alexandra Almeida

Durante el año 2011, el gobierno nacional continuó aplicando la política pe-trolera impulsada por la reforma de la Ley de Hidrocarburos, efectuada en juliode 2010, cuyo objetivo principal consiste en ampliar la producción de petróleo enel Ecuador.

Para cumplir esta meta, estaban anunciadas varias medidas para 2011; en-tre estas tenemos: la entrega de los campos maduros1 a empresas privadas con elfin de optimizar la producción; la décima ronda de licitaciones para entregar cua-tro campos marginales –entre ellos, el campo Armadillo–, y la décimo primeraronda de licitaciones para concesionar los bloques del sur de la Amazonía.

La firma de los contratos para la recuperación mejorada de los campos ma-duros Auca, Shushufindi, Cuyabeno y Libertador –que producen cerca de 150.000barriles de petróleo al día– no se efectuó en 2011; sin embargo, se realizaron to-das las negociaciones previas con las empresas interesadas, entre estas Schlumberger,Sertecpet, Baker Hughes y Halliburton.2

Este proceso ha recibido muchas críticas de diferentes sectores sociales quelo han calificado como la privatización del recurso petrolero. Las empresas que fir-marían los contratos han sido cuestionadas anteriormente por provocar grandespérdidas económicas al país en pasadas épocas.3 La entrega al sector privado deestos campos también denominados “joyas de la corona” ha sido la meta de variosgobiernos anteriores que, sin embargo, no lo pudieron lograr por la oposición delos trabajadores de la empresa estatal, principalmente.

La entrega de estos campos a manos privadas también es cuestionada desdeel punto de vista ambiental, pues una característica de tales campos es poseer una

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gran cantidad de pasivos ambientales generados por las operaciones realizadas desdehace 40 años, en el caso de Auca y Shushufindi que fueron abiertos por la empresaTexaco, y de 30 años en el caso de Libertador y Cuyabeno.

El Programa de Reparación Ambiental y Social del Ministerio del Am bienteha realizado una caracterización de estos pasivos, pero aún no se han realizado lostrabajos de reparación necesarios. En el caso específico del campo Libertador, ubi-cado en la parroquia Pacayacu, provincia de Sucumbíos, se presenta un grave pro-blema de contaminación de aguas. En el año 2009, se produjo un derrame de650.000 barriles de aguas de formación, que son aguas con un alto contenido tó-xico.4 El campo Shuara, localizado a ocho km del centro parroquial Pacayacu, den-tro del Área Libertador, contaminó grandes extensiones de tierras y cuerpos de aguade la zona.5

En julio de 2010, la organización Acción Ecológica realizó análisis de HAP(Hidrocarburos policíclicos aromáticos) en el agua de consumo de las familias dePacayacu, encontró que, de las 23 muestras analizadas, 22 (95,6%) tenían altos ni-veles de este contaminante, que es propio del petróleo, y es una de las sustanciasque producen cáncer y malformaciones genéticas.6

Otro estudio realizado en febrero de 2011 con la población de la parro-quia Pacayacu, esta vez para detectar afectaciones a la salud, ratifica el estado depermanente afectación que sufren las familias moradoras del lugar por causa dela explotación petrolera. Este estudio demuestra que la mayor prevalencia de en-fermedades crónicas respiratorias, digestivas y de la piel se presentan en la pobla-ción ubicada alrededor de la plataforma del pozo Carabobo 6, dentro del centropoblado.7

En este campo se pueden encontrar todavía piscinas de desechos de pe-tróleo abandonadas, petróleo enterrado en las riberas de los ríos dejados por lostrabajadores en las labores de limpieza de derrames pasados, mecheros prendidosque contaminan la atmósfera y frecuentes derrames de petróleo, diesel y aguas deformación en toda la zona.

A pesar de todo esto, el gobierno firmará un contrato para que un con-sorcio, encabezado por las empresas Schlumberger y Sertecpet ingrese a operar estecampo. Las preguntas que surgen son qué va a pasar con los pasivos ambientalesexistentes y qué va a pasar con el aseguramiento de agua no contaminada para lapoblación. Las empresas privadas tendrán que aplicar programas intensos de per-foración de nuevos pozos para lograr el objetivo de ampliar la producción delcampo, pero esto pondrá en más riesgo a la población que actualmente ya está afec-tada en sus derechos.

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En junio de 2011, como estaba previsto, se abrió la licitación de la décimaronda para ofertar cuatro campos marginales.8 Estos son: Ocano-Peña Blanca, Eno-Ron, Armadillo y Chanangué. Varias empresas manifestaron su interés, destacán-dose entre ellas, un consorcio que incluye a la empresa Cantárida, formada pormiembros del pueblo waorani. La empresa Cantártida está interesada en la ex-plotación del campo Armadillo, un campo muy polémico porque colinda con lazona intangible de los pueblos tagaeri y taromenane y se tiene registro de la pre-sencia de pueblos en aislamiento voluntario en este lugar.

Hubo muchas voces de protesta en relación a la licitación del campoArmadillo,9 porque esta decisión viola el art. 57, num. 21 de la Constitución delEcuador que determina que:

los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesión ancestralirreductible e intangible, y en ellos estará vetada todo tipo de actividad extrac-tiva. El Estado adoptará medidas para garantizar sus vidas, hacer respetar su au-todeterminación y voluntad de permanecer en aislamiento, y precautelar la ob-servancia de sus derechos. La violación de estos derechos constituirá delito de et-nocidio, que será tipificado por la ley.

Licitar el campo Armadillo contradice también la política nacional parala protección de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario, que garantiza laprotección de tierras y territorios a favor de los pueblos indígenas en aislamientoy ello comporta el compromiso del Estado de evitar cualquier actividad, del tipoque sea, que pueda poner en peligro su supervivencia.

Además, cabe recordar que la Comisión Interamericana de Derechos Hu -manos (CIDH), otorgó en el año 2006 medidas cautelares a favor de los pueblosindígenas libres solicitando al Estado ecuatoriano adoptar medidas efectivas paraproteger la vida e integridad personal de los miembros de los pueblos Tagaeri yTaromenane, con el fin de proteger el territorio en el que habitan, incluyendo lasacciones requeridas para impedir el ingreso de terceros.

A pesar de la normativa constitucional; a pesar de existir dictada una polí-tica nacional en la materia; a pesar de las medidas cautelares de la CIDH, y pese atodos los cuestionamientos que se han formulado el gobierno insiste en la licitaciónde este campo y está prevista la firma del contrato en los próximos meses, con locual se estará contraviniendo la Constitución, la política nacional y las obligacionesinternacionales del Estado en materia de derechos de los pueblos aislados.

La décima primera ronda de licitaciones, que estaba anunciada para octu-bre de 2011, no se efectuó; sin embargo, funcionarios de la Secretaría de Hidro -

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carburos ya avanzaron en las gestiones previas necesarias para abrir la licitación; en-tre estas, los acercamientos para la socialización con las comunidades locales. El go-bierno ha anunciado una nueva fecha para abrir la décima primera ronda de licita-ción, prevista para el 1 de abril de 2012. Se licitarán 21 bloques ubicados en el cen-tro sur de la Amazonía; de estos 21 bloques, 4 operará la empresa estatal, 7 se en-tregarán a empresas estatales de países fraternos y 10 se sacarán a libre licitación.

Los pueblos indígenas kichwa, shuar, achuar, shiwiar, andoas, zápara y wao -rani, dueños ancestrales de los territorios que hoy comprenden esos 21 bloquespetroleros, han manifestado reiteradas veces su total oposición a que se realicenactividades de explotación petrolera en sus territorios por considerarlas opuestasa sus formas tradicionales de vida.10

El pueblo kichwa de Sarayacu –conocido por su resistencia a la actividad pe-trolera desde 1996, cuando el gobierno de la época entregó el bloque 23, del cual el60% correspondía a territorio de Sarayacu– está también amenazado por la nuevalicitación; esta vez del bloque 74. Este pueblo indígena ha elaborado su propio plande vida que lo llama “kawsak sacha” o “selva viviente” que es incompatible con la ex-plotación petrolera.11 En julio de 2011, se llevó a cabo una audiencia en la CorteInteramericana de Derechos Humanos (Corte IDH), dentro de la demanda queSarayacu tiene interpuesta contra el Estado ecuatoriano por no haber sido consul-tado previamente en la licitación de 1996. La resolución de la Corte IDH, que estápróxima a dictarse, constituirá un importante precedente frente a la nueva licitación.

La renegociación de los contratos petroleros, efectuada a finales de 2010,ya tuvo consecuencias que se visibilizaron en 2011. Cuatro empresas consiguieronfirmar nuevos contratos con el Estado: Repsol, Andes Petroleum/Petroriental,Azienda Generale Italiana Petroli (AGIP) y la chilena Empresa Nacional de Petróleo(ENAP). Las demás, sin llegar a un acuerdo, salieron del país no sin antes recibirconsiderables indemnizaciones; es el caso de Petróleo Brasileño (PETROBRAS)12

que abandonó el país luego de causar graves daños socio ambientales con sus ope-raciones; lo cual constituyó un grave caso de impunidad ambiental.

Con la renegociación de los contratos se perpetuó la explotación petro-lera en áreas protegidas: se renegoció las operaciones de empresas que explotanen el Parque Nacional Yasuní, en el caso de Repsol y Petroriental, y en la ReservaFaunística Cuyabeno, en el caso de Andes Petroleum, lo que contraviene a lo dis-puesto en el art. 407 de la Constitución vigente desde octubre de 2008.

Dos de los bloques cuyos contratos se renegociaron sufrieron modifica-ciones de límites, pese a ser esto prohibido por la Ley de Hidrocarburos. En el casodel bloque 14, operado por Petroriental, se alargó el bloque de tal manera que selo hizo limitar con el campo Ishpingo-Tambococha-Tiputini (ITT); esto demues-

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tra claramente las intenciones de que la empresa china, de darse el caso, sea la queexplote el ITT. En el caso del bloque 10, operado por la empresa italiana AGIP, lamodificación de los límites del bloque incluyó campos petroleros con reservas pro-badas como Oglán y Jimbiquiti dentro del nuevo bloque;13 pero, además, incluyóa comunidades indígenas kichwas, achuar y shuar sin consulta previa, constitu-yéndose el mismo causal de la demanda de Sarayacu en la Corte IDH.

A finales de 2011, se terminó el plazo que el gobierno dio para recaudar100 millones de dólares para mantener la propuesta de dejar el petróleo del ITTen el subsuelo. Según la comisión negociadora esta meta fue superada, por lo queel gobierno dio un nuevo plazo y un nuevo monto a conseguir para continuar conla iniciativa.14 Sin embargo, a finales de 2011 se anunció que todo estaba listo paradar inicio a la explotación del bloque 31. Si se toma en cuenta que el 80% de estebloque está dentro del Parque Nacional Yasuni,15 estas operaciones constituiríanuna nueva violación al art. 407 de la Constitución.

Un precedente importantísimo para evitar la impunidad ambiental de laspetroleras y un reconocimiento del daño moral que estas empresas provocan consus operaciones fue la sentencia en primera instancia que la Corte Superior de LagoAgrio dictó en el juicio que los pobladores de la Amazonía pusieron contra la em-presa Chevron-Texaco por daños ambientales. Esta sentencia declara a la empresaculpable por los daños socio ambientales que provocó con sus operaciones y la con-denó a pagar 8.600 millones de dólares y a pedir disculpas públicas a los afecta-dos en el plazo de 45 días; de lo contrario, se la condenó a pagar el doble de la ci-fra anotada.

En conclusión, podemos decir que las políticas en materia petrolera, adop-tadas y aplicadas por el actual régimen, continúan violando los derechos de las po-blaciones que residen en los campos de explotación y amenazan a nuevas pobla-ciones; pero también es necesario recalcar que existe una fuerte lucha de resisten-cia desde las comunidades locales; principalmente, de pueblos indígenas que de-fienden sus territorios y su cultura.

Notas

1. Los campos maduros son aquellos que tienen de 30 a 40 años de explotación, por lo que suproducción está en declinación.

2. El Comercio, “Petroecuador retrasa negociación de campos maduros”, en El Comercio, Negocios,Quito, 6 de julio 2011, ‹http://www.elcomercio.com/negocios/ Petroecuador-negociacion-crudo-campos-maduro_0_512348812.html›.

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3. Comité de empresa de trabajadores de Petroproducción, filial de Petroecuador, CENAPRO,El petrolero No. 18, Quito, CENAPRO, 2005.

4. Las aguas de formación normalmente contienen metales pesados, sustancias radiactivas, altasalinidad, restos de hidrocarburos y otras substancias dañinas.

5. Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), “Ministerio del Ambientemulta a Petroecuador por derrame de aguas tóxicas”, en PNUMA, Resumen diario de noticias,22 de julio de 2009, en ‹http://www.pnuma.org/informacion/noticias/2009-07/22/#8›.

6. Centro de Estudios y Asesoría en Salud, Laboratorio Ambiental (LIAP-CEAS), Evaluación dela concentración de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el agua de consumo de la parroquiaPacayacu, Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, Quito, documento inédito, julio de 2010.

7. Acción Ecológica-Clínica Ambiental, Informe: análisis del impacto en salud ocasionado por lacontaminación petrolera en los habitantes de la Parroquia Pacayacu, Lago Agrio, Sucumbíos, Quito,documento inédito, 2012.

8. Campos con producción menor al 1% de la producción nacional.9. Carta abierta de 18 de julio de 2011 de las organizaciones de la sociedad civil frente a la lici-

tación del bloque Armadillo.10. Janeth Cuji, “Indígenas amazónicos decretan estado de emergencia en sus territorios ante ronda

petrolera”, Agencia Internacional de Prensa Indígena, Pastaza, 20 de agosto de 2011, en ‹http://www.puebloindigena.com/aipin/ecuador/180-indigenas-ama zo nicos-decretan-estado-de-emergencia-en-sus-territorios-ante-ronda-petrolera.html›.

11. Acción Ecológica, Alerta verde No. 163, Quito, Acción Ecológica, octubre de 2011.12. Agencia Xinhua, “Petrobras reclama indemnización superior a 160 millones de dólares”, en

Spanish.China.Org.Cn, 13 de julio de 2011, ‹http://spanish.china.org.cn/international/txt/2011-07/13/content_22978540.htm›.

13. José Proaño, “Bloque 10: Agip Oil B.V. Ecuador-(ENI-Italia)” en Acción Ecológica, Quito, s/f,‹http://www.accionecologica.org/images/2005/petroleo/documentos/09-Atlas-BLOQUE%2010-Agip.pdf›

14. Ecuavisa, “Recolección de fondos para evitar explotación petrolera en Yasuní continuará dosaños más”, en Ecuavisa,Quito, 30 diciembre 2011, ‹http://www.ecuavisa.com/noticias/noticias-actualidad/44116-recoleccion-de-fondos-para-evitar-explotacion-petrolera-en-yasuni-continuara-dos-anos-mas.html›.

15. Amazonía por la Vida, “El proyecto ITT (bloque 43) y el bloque 31”, en Amazonía por la Vida,Quito, 23 de diciembre de 2008, ‹http://www.amazoniaporlavida.org/es/Parque-nacional-Yasuni/el-proyecto-itt-bloque-43-y-el-bloque 31.html›.

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Caso Texaco 2011: una sentencia legendariay una gigante transnacional buscandoimpunidad

Vanessa Barham y María Guadalupe de Heredia

En lo que respecta a los derechos de los afectados por Texaco, en el año2011 se han presentado situaciones diametralmente opuestas. Mientras que las cor-tes ecuatorianas otorgaron a los afectados la primera sentencia en 17 años1 queanaliza los méritos del caso; otras jurisdicciones han permitido el abuso de Chevrony han tomado resoluciones violatorias a los derechos de los demandantes.

La contaminación ocasionada por la compañía petrolera continúa afec-tando a la población de la Amazonía ecuatoriana. Aunque la prolongación de estadevastadora situación es preocupante, lo es aún más el hecho de que el derechode los demandantes al acceso a la justicia ha sido violentado. El que este derechono pueda ser garantizado implica una amenaza para que los afectados puedan con-seguir una reparación y una garantía de sus derechos fundamentales.

Una de las formas en que este derecho ha sido violentado es a través de laprolongación excesiva del proceso: “justicia demorada es justicia denegada”. Las ar-gucias de la compañía han ocasionado que hayan tenido que transcurrir más de17 años para que los afectados cuenten con una sentencia judicial que resuelveacerca de los méritos del caso y 18 años para que tengan una sentencia ejecutable.El tiempo que tendrá que transcurrir para que los demandantes cuenten efectiva-mente con una compensación y la posterior reparación, es incierto. Al respecto, lacompañía Chevron ha prometido litigar eternamente, en palabras de su vocero“hasta que se congelara el infierno y entonces seguiría peleando sobre el hielo”.2

Además de lo antes señalado, la petrolera también ha entablado varios pro-cesos judiciales, los mismos que pretenden: prolongar la solución del caso, el des-gaste económico de los demandantes, la persecución de sus líderes y abogados, des-

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prestigiar a los afectados, desincentivar el inicio de otros procesos contra la com-pañía, presionar al Estado ecuatoriano para que se involucre en el juicio, impedirque la resolución de la Corte de Sucumbíos sea ejecutable, y que, en última ins-tancia, la compañía quede en la impunidad. A continuación se explica con más pro-fundidad los procesos de mayor relevancia iniciados por la compañía.

Criminalización de los demandantes, sus representantes y sus abogados

Hasta diciembre de 2011, Chevron ha planteado al menos tres denunciasen la Fiscalía General del Estado ecuatoriano, contra los abogados, expertos y di-rigentes de los afectados por Texaco. En estas acciones, se los acusa de haber co-metido fraude, falsificación de documentos, entre otros delitos. Aunque estas de-nuncias no constituyen aún un proceso; de configurarse como tal, podrían tenerserias consecuencias. Chevron busca destruir al equipo legal de los demandantesy de esta forma obligarlos a abandonar la causa. También busca lograr el encarce-lamiento de los líderes de las comunidades y así quedar en la impunidad. El jui-cio en Nueva York, explicado a continuación, es otra forma de persecución.

Juicio en Nueva York

El 1 de febrero de 2011, Chevron presentó una demanda en Nueva Yorkacusando a los demandantes del juicio en Sucumbíos, a sus abogados y a algunosde sus consultores ambientales, de extorsión. Esta demanda se hizo en virtud dela Ley contra la extorsión criminal y las organizaciones corruptas (RICO), un es-tatuto originalmente promulgado para permitir que el gobierno de Estados Unidospueda combatir a entidades de crimen organizado.3 El objetivo de esta demandafue que la Corte declare que cualquier sentencia emitida por las cortes ecuatoria-nas era inejecutable; ya que, según la compañía, era el producto de fraude. Chevron,además, busca que se le paguen los daños asociados con el costo de su defensa enel litigio en Ecuador.

El 7 de marzo de 2011, el juez de la causa, Lewis Kaplan, emitió medidascautelares totalmente ajenas a los principios generales de Derecho. En estas se es-tablecía que los demandantes ecuatorianos no podían ejecutar la sentencia emi-tida por cortes ecuatorianas en ningún lugar del mundo, hasta que se resuelva la

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acción en Nueva York. Estas medidas fueron apeladas y posteriormente suspendi-das por la Corte de apelaciones el 19 de septiembre de 2011. A pesar del parcialéxito de los afectados, este juicio continúa vigente, y por tanto la posibilidad deque la compañía consiga su objetivo de quedar en la impunidad aún existe.

Arbitraje

Este proceso fue iniciado en septiembre de 2009, bajo el Tratado Bilateralde Inversiones existente entre Estados Unidos y Ecuador. Chevron pretende que,entre otras cosas, se declare: 1. que la compañía no tiene responsabilidad u obli-gación alguna por los impactos ambientales en el nororiente ecuatoriano; 2. “queel Ecuador o Petroecuador es exclusivamente responsable por toda sentencia quepueda dictarse en el juicio de Lago Agrio”,4 y 3. que el gobierno informe a la Cortede Sucumbíos que la compañía ha sido liberada de “todo impacto ambiental sur-gido de las actividades del antiguo consorcio y que el Ecuador y Petroecuador sonresponsables por toda tarea de remediación futura o que quede pendiente”;5 es de-cir, que la Corte no puede declarar culpable a Chevron.

Aunque los demandantes de Sucumbíos podrían verse seriamente afecta-dos por la resolución que se dé en este arbitraje, las reglas de este tipo de procesono permiten que sean parte del mismo. Si el panel decide conceder a Chevron suspeticiones, este podría exigir al gobierno ecuatoriano que se entrometa en su PoderJudicial independiente y le indique que no puede encontrar a Chevron responsa-ble, violando los derechos de los demandantes y dejándolos en la indefensión.

El 9 de febrero de 2011, el tribunal se extralimitó de sus competencias yemitió una serie de medidas cautelares totalmente violatorias de los derechos delos afectados amazónicos, en las que se pide al Ecuador que “adopte todas las me-didas a su disposición para suspender o hacer que se suspenda cualquier medidade reconocimiento o ejecución dentro o fuera de Ecuador, en contra de Chevron”.6

La intromisión que el panel está pidiendo del gobierno es totalmente ajena a De -recho y violatoria de los derechos de los demandantes y podría resultar en una de-negación de justicia. El desenlace de estos contenciosos mostrará si el derecho co-mercial prevalece sobre los derechos humanos de las comunidades afectadas porla petrolera.

En conclusión, el derecho de los demandantes a la justicia se encuentragravemente amenazado. Los pobladores del nororiente ecuatoriano han batalladoen las cortes por cerca de veinte años y al momento existe la posibilidad de que

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de derechos humanos

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todos sus esfuerzos sean desechados y se los deje en la indefensión. Lo que está enjuego en este caso no solo es el acceso a la justicia de las poblaciones, sino tam-bién si la interpretación del Derecho puede realizarse a favor de los intereses deempresas cuyo poder económico es enorme, y no a favor de la vigencia de los de-rechos; este es el escenario de manipulación y coacción al que se pretende dar vi-sos de legalidad para consumar la impunidad del daño producido por la petroleraChevron-Texaco en la Amazonía ecuatoriana.

Notas

1. El 14 de febrero de 2011, después de más 17 años de batalla legal y de ocho años de iniciadoel proceso en el Ecuador, el juez de la causa, abogado Nicolás Zambrano, dictó sentencia. Losdemandantes, por primera vez en esta larga batalla, obtuvieron una decisión judicial que ana-liza el fondo del caso. El juez determinó la culpabilidad de la petrolera y estableció que Chevrondebe pagar 8.641’160.000 dólares para la reparación de daños. Esta cifra contempla la repa-ración de diferentes componentes entre los que se incluye: la remediación de suelos, recupe-ración de ecosistemas, reparación cultural, un sistema de agua potable, un sistema de salud,remediación de los sedimentos y un fondo para las personas que enfermen con cáncer. Ademásde la reparación, la compañía debe pagar un diez por ciento adicional contemplado en la Leyde Gestión Ambiental, y un cien por ciento del valor de reparación adicional por daños pu-nitivos. Este último valor fue otorgado en palabras del propio juez por “[...] la mala fe con queha litigado la parte demandada en ese juicio y la falta de reconocimiento público de la digni-dad y el sufrimiento de las víctimas de la conducta de la demandada”. La Compañía puedeevitar el pago de esta cifra dando una disculpa pública a los demandantes, como una formade reparación moral. La compensación otorgada por el juez Zambrano en su sentencia, es lade mayor valor otorgado en el mundo dentro de un litigio ambiental. El 3 de enero de 2012,dentro del proceso de apelación, la Corte Provincial de Sucumbíos ratificó la sentencia emi-tida por Nicolás Zambrano.

2. John Otis, “Chevron vs. Ecuadorean Activists”, en The Global Post, 2009, en ‹http://www.globalpost.com/dispatch/the-americas/090429/chevron-ecuador?page=0,2#›.

3. María Aguinda y otros contra Chevron Corporation, “Escrito de sustento de la apelación delos demandantes”, juicio 002-2003, Corte Superior de Nueva Loja.

4. Traducción de demanda de arbitraje presentada contra el Estado ecuatoriano por Chevron Cor -poration y Texaco Petroleum Company, en Chevron Corporation, 2009, en ‹http://www.chevron.com/documents/pdf/EcuadorBITEs.pdf›.

5. Ibid.6. Tribunal arbitral en el caso Chevron Corporation y Texaco Petroleum Company contra la Repú

blica del Ecuador, orden de medidas cautelares, 9 de febrero de 2011, disponible en ‹http://italaw.com/documents/ChevronAndTexacoVEcuador_InterimMeasuresOrder.pdf›.

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de derechos humanos

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Una ley que desarrollelos derechos de la comunicación

Marco Navas Alvear

La Constitución ecuatoriana establece un muy amplio catálogo de dere-chos y normas organizativas en materia de comunicación.1 En buena parte, estasnormas recogen el debate y avances producto del activismo de derechos llevado acabo por académicos, organizaciones sociales, medios comunitarios y alternativosdesde la década de los sesenta en el país. Proceso que reivindicaba una democra-tización de la comunicación y su tratamiento como una dimensión fundamentalpara la vida social, desde un sentido amplio y no solamente desde un enfoque cir-cunscrito a aspectos como la regulación de los medios de comunicación.

En general, el texto constitucional permite el ejercicio, en un amplio es-pectro, de la comunicación en todas sus formas y expresiones.2 En su transitoriaprimera, la misma carta fundamental mandó que se promulgara una ley de co-municación que permitiese desarrollar los derechos en esta materia. En este con-texto, esta nueva ley que aún está en proceso de aprobación, debe ser consideradacomo una garantía normativa en cuanto, según lo dispuesto en el art. 84 de la cartamagna, se requiere adecuar formal y materialmente la legislación a los derechosprevistos en la Constitución y los tratados internacionales. Esto es, para el caso quenos ocupa, mediante la producción de normas que viabilicen el ejercicio de los de-rechos a comunicar.3

Para dar cumplimiento a este mandato constitucional de desarrollo legis-lativo, en septiembre de 2009 se conformó en el seno de la Asamblea Nacional unacomisión ocasional especializada, encargada de tramitar el proyecto de Ley Orgánicade Comunicación. El 1 de julio de 2010, luego de un proceso de discusión que contócon los aportes de varios actores políticos y de la sociedad civil, en el que se pre-sentaron tres anteproyectos y 34 propuestas de diversas organizaciones, la comi-

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sión presentó un informe que contiene 105 artículos y que fue aprobado para se-gundo debate.

Luego de la consulta popular del 7 de mayo de 2011, la misma comisiónemitió un informe complementario en julio del presente año,4 el cual modifica loscontenidos del proyecto aprobado para segundo debate, en razón de los resulta-dos de las preguntas 3 y 9 de la referida consulta. La primera de ellas amplía la prohi-bición de las instituciones del sistema financiero privado, a las empresas de co-municación privadas de carácter nacional, a sus directores y principales accionis-tas, para que sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito fi-nanciero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución en elart. 312. La segunda pregunta, aprobada por mayoría simple, manda a la AsambleaNacional a expedir sin dilaciones una Ley de Comunicación que cree un “Consejode Regulación” que norme la difusión de contenidos de la televisión, radio y pu-blicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamentesexuales o discriminatorios; y que establezca criterios de responsabilidad ulteriorde los comunicadores o medios emisores.

Frente a los referidos informes, varios actores han manifestado sus apo-yos y preocupaciones en relación a algunos aspectos fundamentales de su conte-nido, los que pueden resumirse a grandes rasgos como sigue:

• El concepto de libertad de expresión, desarrollado en el art. 9 del proyecto,se encuentra formulado de manera que tiende a confundirse con el de libertadde información. Esta fórmula usada en el proyecto podría provocar que unconcepto subsuma al otro, al momento de su aplicación; cuando, por el con-trario, se trata de dos derechos distintos de tipo, eso sí, comunicacional.

• El título tercero del proyecto para segundo debate organiza el Sistema deComunicación Social que tiene por objeto la promoción y garantía de losderechos a la comunicación. De este emana el Consejo de Comunicación eInformación que, luego de la consulta del 7 de mayo de 2011, se transformaen Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación. El desafío paralograr una legislación que desarrolle derechos es equilibrar estas dos gran-des competencias del Consejo, regular por un lado y promover y desarro-llar por otro, una comunicación pluralista e inclusiva, a través del diseño eimplementación de políticas públicas adecuadas. Al respecto, se ha mani-festado la preocupación en torno a que la facultad sancionatoria de tipo ad-ministrativo del Consejo está formulada en términos muy amplios, y a la ne-cesidad de contar con el debido proceso al momento de tratar las sanciones.El informe para segundo debate contiene además tipificaciones formuladas

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de forma excesivamente abierta y general que podrían crear un marco de dis-crecionalidad adverso al ejercicio de los derechos y contrario al principio deproporcionalidad que deben guardar las normas que limitan los derechosfundamentales. Un aspecto positivo en cuanto a la facultad de control de con-tenidos es que se orienta, sobre todo, a precautelar la vigilancia sobre con-tenidos violentos, sexistas y discriminatorios de todo orden. Los conceptosque contienen a este respecto los informes deberán, en todo caso, ser revi-sados de forma prolija para evitar errores conceptuales y excesos que pue-dan ser aplicados para restringir el ejercicio de los derechos protegidos.

• Otro aspecto que debe destacarse es la necesidad de desarrollar de mejorforma mecanismos y medidas concretas que permitan la promoción y el de-sarrollo de los derechos a comunicar. En especial, hay que poner atenciónal principio de equidad en la asignación de frecuencias y al establecimientode mecanismos para poder fundar medios de comunicación. El proyectotiende al equilibrio (tripartito) entre medios privados, públicos y comuni-tarios; aunque es deficiente en cuanto a una regulación más precisa de losmedios públicos, orientada a consolidar su independencia y un manejo plu-ralista. En especial, un aspecto sensible a regular se relaciona con el uso desus espacios para la promoción gubernamental.

• Como aspecto positivo se destaca la posibilidad de democratización de lasfrecuencias de radio y televisión a través del nuevo esquema de asignacióntripartito. Es igualmente importante, en relación al uso y asignación de fre-cuencias del espectro radioeléctrico, cuidar que la Ley de Comunicación seaarmónica con dos normativas que también están en proceso de reforma: poruna parte, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y por otra, el Código dela Democracia en tanto regulan aspectos de información y publicidad elec-toral. Estos cuerpos legales deberían orientarse a afirmar los derechos a lacomunicación, por lo que es necesaria una más amplia discusión al momentode tramitar sus reformas, así como garantizar, por parte de la AsambleaNacional, la debida socialización de estas.5

• Otros temas importantes se relacionan con el ejercicio del periodismo. Así,los derechos a la cláusula de conciencia y a la reserva de fuente no se hallansuficientemente desarrollados como podía esperarse, precisamente, de unanormativa de este tipo. Incluso, a la reserva de fuente se le establecen ex-cepciones que consideramos desmedidas respecto de la protección de dere-chos que eventualmente pueden entrar en colisión con el derecho a infor-mar, como son el derecho a la honra, a la imagen o a la privacidad. Otro as-pecto se refiere a la obligación para emplear en determinados cargos a co-municadores profesionales, lo que ha sido criticado por la Relatoría para la

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Libertad de Expresión de la CIDH, en el sentido de que podría restringir elejercicio de los derechos a comunicar.6

• Es urgente la aprobación de una Ley de Comunicación como lo manda lavoluntad soberana de la mayoría de los ecuatorianos, manifestada el 7 demayo de 2011; sin embargo, es necesario que tal cuerpo legal cuente con to-dos los mecanismos técnicos necesarios para que cumpla con su objetivode ser una garantía normativa que afirme y permita el ejercicio de todos losderechos a la comunicación para todos los actores de la vida pública. Porello, se requiere de un debate ampliado, y, en lo posible, de la generación deconsensos, no solo basados en acuerdos políticos, sino también asentadosen una base social que refuerce su legitimidad y eficacia.

Notas

1. La sección tercera, cap. 2 del Título Segundo, consagra entre los derechos del “buen vivir” alderecho a la comunicación y a la información a través de 12 enunciados referentes a variosderechos específicos, contenidos entre los arts. 16 al 20. Luego, entre los derechos de personasy grupos de “atención prioritaria”, se establecen otros derechos específicos más en la materiaa favor de estas personas y grupos. Así mismo, entre los derechos “de libertad”, en el art. 66,numerales 5 y 6, se reconocen la libertad de opinión y expresión y los derechos a la rectifica-ción y respuesta. En su parte organizativa, además, prevé la carta fundamental dentro del “ré-gimen de buen vivir” una sección que contiene disposiciones que organizan el “sistema de co-municación social”. El art. 312, inciso segundo, prohíbe la vinculación entre entidades del sec-tor financiero, sus directores y accionistas con medios de comunicación. Con relación al es-pectro radioeléctrico, finalmente, el Estado se atribuye su propiedad inalienable e impres-criptible, de acuerdo a los artículos 313 y 408.

2. Esto, pese a algunos errores conceptuales y técnicos sobre los cuales a su tiempo advertimos.A manera de ejemplo, mencionamos dos aspectos en los que consideramos que el legisladorconstituyente cometía una equivocación lesiva al ejercicio de los derechos a la comunicación.La primera, se relaciona con la calificación de “verificable” de la información, pues bastabacon el criterio de veracidad. La segunda, con la atribución para sí, de parte del Estado, de lapropiedad del espectro radioeléctrico; que, según la doctrina internacional, es un bien comúnde la humanidad.

3. Véase al respecto la argumentación de Luigi Ferrajoli en Poderes salvajes, la crisis de la demo-cracia constitucional, Madrid, Trotta, 2011, p. 40-42.

4. Asamblea Nacional del Ecuador, Informe complementario de la comisión especializada ocasio-nal de comunicación (borrador), Asamblea Nacional del Ecuador, en ‹http://www.asambleanacional.gov.ec/documentos/informe-comunicacion.pdf›.

5. En orden a garantizar el derecho a la participación social en el procedimiento legislativo es-tablecido en el art. 137, inciso 2 de la Constitución ecuatoriana.

6. Al respecto, consúltese la Opinión Consultiva OC 5/85 del 13 de noviembre de 1985, de la CorteInteramericana de Derechos Humanos.

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La revolución ciudadanay los trabajadores

Ricardo Buitrón Cisneros y Diego Cano Molestina

Si pidiéramos a un neoliberal puro y duro describiera el trabajo ideal ynos respondiera con sinceridad, seguramente definiría el de la informalidad (sinderechos, sin fiscalización, sin sindicato).

Oscar Hermida Uriarte

Los despidos de miles de trabajadores y trabajadoras realizados en elEcuador al final del mes de octubre de 2011 y principios de 2012, no solo revelanla implantación a la fuerza de un modelo de institucionalidad pública necesariopara acomodar y adaptar el Estado a los nuevos requerimientos del capital; tam-bién la necesidad de refrescar la militancia pública incondicional al régimen, dis-frazada bajo la figura de “recambio generacional”, muy en sintonía con las políti-cas laborales de la llamada “larga noche neoliberal”; sino, además, comienzan a ha-cer visible la afectación sufrida por los trabajadores ante la política laboral del go-bierno de Rafael Correa. Las políticas de Estado en el país evidencian, en los últi-mos años, una tendencia regresiva en cuanto a las garantías y ejercicio de la liber-tad sindical, la negociación colectiva y el derecho de huelga para todos los traba-jadores del sector público, de todos los niveles profesionales y ocupacionales.

La política laboral aplicada en el país tiene similitudes a la que es imple-mentada para los trabajadores en los demás países andinos, independientementede las definiciones políticas de los gobiernos de turno. Los elementos comunes enVenezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia tienen que ver con la desigualdad

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ante la ley; con la desigualdad como sujetos de derechos; con el reconocimientojurídico parcial y la restricción real de la negociación colectiva; con la injerenciagubernamental en las organizaciones sindicales y gremiales; con el hostigamientohacia ellas por parte de los gobiernos y los empleadores, y con la evaluación deldesempeño con carácter punitivo.

Hay casos emblemáticos, como el de los trabajadores de la compañía Gaso -linas y Petróleos S.A. (GASPETSA), despedidos por acusaciones que no han podi -do ser probadas.

Existen despidos masivos en instituciones del Estado, en los que deben in-cluirse los de trabajadores y trabajadoras a nivel nacional a partir del 28 de octu-bre de 2011, mediante la figura arbitraria e inconstitucional de la renuncia obliga-toria incorporada en el DE 813, y con la intervención coercitiva de la fuerza pú-blica, lo que configura una clara violación a normas jurídicas que garantizan losderechos de los trabajadores. Situación que se produce a pesar de los múltiples re-paros que se han realizado a este decreto y de estar demandada su inconstitucio-nalidad, la misma que aún no ha sido resuelta por la Corte Constitucional luegode tres meses de su presentación.

Este proceso último ha significado la salida de alrededor de 3.092 servi-dores públicos; entre ellos, profesionales de la salud, enfermeras, tecnólogos y ad-ministrativos del Ministerio de Salud Pública; trabajadores de los sistemas carce-larios del Ministerio del Interior; trabajadores del Ministerio de Justicia, DerechosHumanos y Cultos; del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, del Ministeriode Transporte y Obras Públicas, del Ministerio de Agricultura, Ganadería,Acuacultura y Pesca, del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, de laAgencia de Regulación y Control Minero, de las gobernaciones de provincias, delBanco Nacional de Fomento, de la Dirección de Aviación Civil, Municipio deRumiñahui, Cementos Guapán, entre otras instituciones públicas1. Según laSecretaría Nacional de Planificación, SENPLADES, en este año debían salir 2.627funcionarios por renuncia y 465 por jubilación, para lo que se tenía previsto alre-dedor de 90 millones de dólares de presupuesto,2 dentro del programa de desen-rolamiento de servidores públicos de entidades del Estado; proceso que respondemás a una acción política de gobierno para desenrolar trabajadores, supeditada alo presupuestario; de hecho, no existen por parte del ministerio de RelacionesLaborales datos exactos de los trabajadores despedidos de cada institución pública,ni un análisis técnico que justifique su despido. Como lo sostiene la Internacionalde Servicios Públicos (ISP) y el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES),los casos de violaciones a los derechos humanos de los trabajadores y trabajado-ras en el Ecuador no son visibilizados adecuadamente. Miles de trabajadores son

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despedidos de sus puestos de trabajo; otros, en su calidad de dirigentes o sin serlo,han sido objeto de descrédito y persecución política, manifestados en procesos ju-diciales impulsados por el Estado. Los trabajadores, trabajadoras y sus organiza-ciones son víctimas de desprestigio, hostigamiento, persecución y criminalización.Llegando hasta el extremo del exterminio físico, situación que en el Ecuador nose presenta con la crudeza y gravedad de otros países.

Son varios los dirigentes despedidos en el período 2007-2011. Hay por lomenos diez casos de persecución y criminalización de la protesta laboral, con ac-ciones incluso de judicialización, en los que se hallan involucrados cuarenta y ochodirigentes sindicales, gremiales y otros trabajadores; esto evidencia que en el paísexisten hechos de hostigamiento –velados o visibles– que generan temor entre losdemás trabajadores, desestimulan la participación en la actividad sindical de losdemás miembros de las organizaciones, fundamentalmente en jóvenes; agravadala situación por los fallos constitucionales y judiciales, que casi siempre se resuel-ven en contra de los trabajadores.

Se han elaborado y puesto en vigencia muchas reformas jurídicas (cons-titucionales, legales y administrativas) regresivas en materia de derechos sindica-les y laborales en el Ecuador que afectan el principio de libertad sindical, impac-tando negativamente en las organizaciones de los trabajadores, reduciendo el ni-vel de sindicalización, y en algunos provocando su desaparición; a través, espe-cialmente, de la clasificación de los trabajadores en servidores públicos y obreros,para que solo estos últimos tengan acceso al ejercicio, muy limitado incluso, de de-rechos sindicales, y los primeros conformen asociaciones sin fuerza sindical.

Si bien la Constitución reconoce una amplia variedad de derechos huma-nos, entre los que se cuentan los derechos humanos al trabajo, a la estabilidad, ala organización, a la negociación colectiva y la huelga; contradictoriamente, estostienen limitaciones también constitucionales y legales o son inobservados coti-dianamente por las autoridades de los diferentes poderes del Estado; en forma par-ticular, por el gobierno nacional y por los gobiernos locales, provinciales y muni-cipales, quienes despiden masivamente trabajadores e impulsan acciones jurídi-cos de carácter penal en contra de dirigentes y otros trabajadores, que están en unaposición de desventaja e indefensión, ante el hecho cierto de la injerencia del go-bierno en los demás poderes del Estado, especialmente en el sistema judicial.

Una política laboral progresista debe contener el respeto íntegro a la liber-tad sindical y la adopción de medidas de protección y promoción de la actividadsindical, de la estabilidad laboral; eso la distingue de un modelo neoliberal. La li-bertad sindical y sus componentes esenciales como la negociación colectiva y el de-

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recho de huelga son derechos humanos fundamentales, y deben ser reconocidos, pro-tegidos y promovidos por cualquier régimen que se considere respetuoso de ellos.

Notas

1. Depurar las entidades públicas es la finalidad del DE 813, según el ministro Richard Espinoza,saldrán 11.740 funcionarios públicos hasta 2012. Otras 9.113 personas recibirán la notifica-ción en los meses siguientes, para pagos de sueldos y nuevas plazas. Ricardo Buitrón, “Renunciasobligatorias en el sector público” en La Línea de Fuego, 10 de noviembre de 2011,‹http://lalineadefuego.info/2011/11/10/%E2%80%9Crenuncias-obligatorias%E2%80%9D-en-el-sector-publico-por-ricardo-buitron/›

2. Internacional de Servicios Públicos y Centro de Derechos Económicos y Sociales, Persecución ycriminalización de la lucha laboral en el Ecuador, período 2007-2011, Quito, s/e, 2011, p. 23-25.

3. Sindicatos por el Agua, “Ecuador: Informe de Despidos y Criminalización Sector Público”, s/f,en ‹http://www.sindicatosporelagua.org/index.php?option=com_content&view=article&id=834:ecuador-informe-de-despidos-y-criminalizacion-sector-publico&catid=23:marco-constitucionallegal&Itemid=35›

4. ISP, CDES, op. cit., Persecución y criminalización..., p. 27-38 y 60. Hay varios casos que per-manecen en la impunidad porque no han tenido una investigación administrativa ni judicialde instituciones del Estado. Uno de ellos, el del abogado Iván Muela Racines, conocido jurista,asesor de organizaciones sindicales y experto en temas laborales, quien fue asesinado en el can-tón El Carmen, provincia de Manabí, el 21 de enero de 2010, cuando salía de la extensión dela Universidad Eloy Alfaro. Según se conoce, había ganado varias demandas de los trabajado-res en contra del municipio de esa localidad, así como otros en contra de una conocida em-presa bananera. El otro es el de Marlon Lozano Yulán, joven dirigente de la organización deUnión Tierra y Vida por la defensa de los derechos de los campesinos, quien fue asesinadocon un disparo en la nuca, el 20 de julio de 2011, en la ciudad de Guayaquil.

5. Tres trabajadores de la Universidad Nacional de Chimborazo fueron sentenciados a un añode prisión por delito de invasión de edificios públicos, según el Informe de persecución y cri-minalización de la lucha laboral en el Ecuador, del período 2007-2011, elaborado por laInternacional de Servicios Públicos-ISP y Diego Cano. Además de integrantes de la FederaciónNacional de Trabajadores Judiciales del Ecuador (FENAJE); de la Confederación Nacional deServidores Públicos (CONASEP); de la Empresa Eléctrica de Guayaquil; del Ministerio deInclusión Económica y Social (MIES); del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP);de la Federación Nacional de Trabajadores de Petroecuador (FETRAPEC); del Sindicato deObreros del Gobierno Provincial de Imbabura; de la Universidad del Cotopaxi y otros.

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Luego de más de tres años de haber sido aprobada la Constitución, se man-tiene desde la política migratoria una suerte de esquizofrenia; por una parte, losprincipios constitucionales tendientes a garantizar los derechos de las personas enmovilidad, y por otra, una serie de medidas restrictivas y criminalizadoras de laspersonas inmigrantes. En efecto, si se miran las diferentes medidas adoptadas porel Estado ecuatoriano en el campo de la inmigración, se puede detectar una ten-dencia a caminar en sentido contrario de los horizontes marcados por la Consti -tución. Este comportamiento tiene su disonancia con la protección que, al menosdesde el discurso, se pretende dar a los ecuatorianos y ecuatorianas en el exterioren medio del contexto de la crisis económica mundial.

Hasta el momento, el Ecuador no cuenta con datos certeros sobre la po-blación de otras nacionalidades. Pese a que se han hecho públicos los datos del úl-timo Censo de Población y Vivienda de 2010,1 estos datos no proporcionan unacifra definitiva de esta población. Esto ocurre principalmente porque no se incluyóuna pregunta que fuera adecuada para determinar el número de personas de otrasnacionalidades que habitan en el Ecuador. El dato oficial señala la cifra de 194.130personas, obtenida en función de la pregunta por la ciudad de origen; sin embargo,este número no concuerda con otros datos oficiales; por ejemplo, frente al númerode refugiados y solicitantes de refugio,2 los cuales duplicarían la cifra obtenida porel censo de 2010.

Derechos de las personas en movilidaden el año 2011

Javier Arcentales Illescas

Nota del compilador: El presente artículo se basa en la información recogida para la elaboración delInforme de Movilidad Humana 2011, de la Coalición por las Migraciones y el Refugio.

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Por otra parte, el saldo migratorio de 2011,3 es el más alto de los últimoscinco años. No obstante, los nuevos flujos migratorios provenientes de África o Asia,ya no son visibles dentro de las nacionalidades con mayor índice. Esto puede seruna respuesta a las medidas restrictivas que han sido adoptadas en el año 2011, lascuales se contradicen con los principios y derechos constitucionales; principalmente,con el derecho a migrar, previsto en el art. 40; la no discriminación, ni criminali-zación de las personas por su condición migratoria, establecido en el art. 11, num.2; el derecho a solicitar asilo y refugio en el Ecuador, reconocido en el art. 41; laprohibición de desplazamiento arbitrario, prevista en el art. 42; entre otros princi-pios y derechos que se han visto afectados por las nuevas medidas adoptadas.

En el año 2011, entre otras complicaciones existentes en el otorgamientode visados en el Ecuador, se han impuesto nuevos requisitos, desde una perspec-tiva de selectividad de la migración, lo que impide que una gran cantidad de per-sonas de otras nacionalidades puedan regularizarse; en especial, aquellas que per-tenecen a flujos migratorios en condiciones de amenaza o vulneración de sus de-rechos, tanto desde sus países de origen, como en el Ecuador. Los requisitos y cos-tos, que no se establecen mediante ley, son modificados a través de resolucionesadministrativas desde diferentes instituciones que tienen competencia en estecampo. Además, no existe la suficiente difusión de la información sobre las posi-bilidades de regularizarse en el país. Este complejo sistema de visados ha llevadoa la conformación de redes de corrupción que se aprovechan de la urgencia de laspersonas por tener una estadía regular en el país. Ejemplo de esto es la red que otor-gaba visados falsos a personas de nacionalidad cubana en la ciudad de Guayaquil.

La política de criminalización de la inmigración se observa en el incre-mento, en más de un centenar, de deportaciones en comparación con el año an-terior. Entre estos procesos, se destaca el caso de 60 personas de origen asiático (pa-kistaníes y afganas) que en el mes de abril de 2011, fueron detenidas –algunas in-cluso estando en condición migratoria regular– en un operativo realizado con lasupuesta finalidad de capturar a personas vinculadas con Al Qaeda. Estas deten-ciones fueron seguidas por polémicos procesos de deportación expeditos y la pri-vación de la libertad indefinida en un centro de detención de máxima seguridadde Quito. Frente a ello, fueron solicitadas medidas cautelares ante la CIDH, porparte de la Coalición por las Migraciones y el Refugio, las que no han sido res-pondidas hasta la fecha. Finalmente, la DPE interpuso un hábeas corpus medianteel cual se dispuso la libertad de una gran parte de este grupo de personas; sin em-bargo, se desconoce las condiciones de las personas que fueron deportadas a EstadosUnidos o a sus países de origen. Este caso pone en evidencia procedimientos ar-

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bitrarios, fundamentados en doctrinas arcaicas de soberanía y seguridad nacional,que atentan en contra de derechos humanos de las personas en movilidad.

Respecto de los procesos de deportación, solamente en Pichincha, han sidoplanteados 67 hábeas corpus frente a detenciones arbitrarias por motivos migra-torios y deportaciones, a los cuales se les debe sumar dos hábeas corpus plantea-dos por desaparición (dentro del caso de personas asiáticas detenidas). Es impor-tante señalar que más del 60% de las garantías planteadas han sido favorables, loque significa que las privaciones de libertad, en la mayoría de los casos, no se re-alizan conforme a Derecho. Frente a este tema, la preocupación es alta debido aque no se ha planteado hasta el momento formas de regularización que sean ac-cesibles, y, por el contrario, la tendencia que se observa es la restricción de los de-rechos de las poblaciones de otras nacionalidades y su criminalización, lo que im-pide procesos de integración en la sociedad ecuatoriana.

En esta tendencia también se enmarcan las medidas que han afectado el ejer-cicio del derecho al refugio. Al respecto, llama la atención que, si bien existe un in-cremento del número de personas de nacionalidad colombiana que decidieron per-manecer en el Ecuador en 2011, el número de personas refugiadas reconocidas enese mismo año haya disminuido. Entre las causas para que esto ocurra, se encuen-tra la adopción del procedimiento de admisibilidad4 como una forma de descon-gestionar el sistema de refugio, colapsado por una gran cantidad de solicitantes. Esteprocedimiento ha sido cuestionado por ser contrario a los principios del debidoproceso; pero, principalmente, por afectar a la protección de las personas refugia-das que no pueden acceder de manera eficaz a su registro y documentación; y, porende, a la protección a la que tienen derecho. En efecto, esta medida que se aplicasin mirar particularidades frente a grupos de atención prioritaria, ha dejado fueraa personas que, en verdad, requieren protección internacional. La aplicación del pro-cedimiento de admisibilidad se convierte en un obstáculo más, que complejiza elejercicio de este derecho, sobre todo para las personas que habitan en lugares ale-jados de las oficinas en las que se debe realizar el registro.

Se han constatado también cancelaciones del estatuto de refugiados a per-sonas que fueron reconocidas en el Registro Ampliado, a personas privadas de li-bertad, entre otros casos. Estos procedimientos de cancelación del estatuto de re-fugiado se hacen sin observar el debido proceso y superponiendo normas de DerechoAdministrativo a los principios constitucionales para la aplicación de derechos.Además, se declaran caducadas solicitudes de refugio a quienes no han acudido arecibir sus notificaciones en los plazos señalados; sin embargo, para quienes habi-tan en localidades alejadas de las oficinas de registro de la Dirección de Refugio, elviaje implica costos y largos trayectos de movilización, con riesgo de ser detenidos

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y sometidos a procesos de deportación. Estos aspectos han hecho que, a pesar deque la población colombiana haya tenido mayor presencia que el año anterior y queel conflicto interno colombiano persiste, el índice de personas refugiadas haya des-cendido notablemente.

Las limitaciones no solo se centran en torno a la posibilidad de permane-cer en el país, sino también en cuanto al ejercicio de otros derechos. Respecto delderecho al trabajo de las personas de otro origen nacional, particularmente las per-sonas refugiadas, han sido obligadas a obtener permisos de trabajo válidos por 90días renovables, lo que es absurdo para una población que busca asentarse de ma-nera permanente en el Ecuador. Adicionalmente, es preocupante la consideraciónde que las personas que están como solicitantes de refugio o en situación irregularno pueden ejercer el derecho al trabajo y por ende no puedan conseguir este per-miso. Si se analiza esta medida a la luz de los principios constitucionales, existe unatensión con el derecho a la igualdad y no discriminación por condición migratoria.

En este contexto, se ha podido constatar que no existe una respuesta su-ficiente desde la institucionalidad estatal para combatir el tráfico y la trata de per-sonas. Por el contrario, se identifican retrocesos en torno a estos temas, como lamínima implementación del Plan para combatir la trata y el tráfico de personas yla decisión de que la rectoría de este tema sea asumida por el Ministerio del Interior.No obstante, temas como la prevención, la atención a víctimas y la reparación dederechos quedan aún sin una respuesta institucionalizada que no sea coyuntural.En este marco, se evidencian formas de trata que no son perseguidas por autori-dades porque han sido naturalizadas, en las que sus principales víctimas son mu-jeres, niñas y adolescentes; sobre todo en las provincias de la frontera norte

Los diferentes aspectos revisados dan cuenta de un retroceso en el respetoy garantía de los derechos de las personas en movilidad; particularmente, de per-sonas inmigrantes y refugiadas. Es importante insistir en medidas urgentes que de-ben ser abordadas por el Estado de manera simultánea, para eliminar las amena-zas permanentes que sufre este sector de la población. Estas medidas, entre otras,implican abordar el tema desde diferentes ámbitos, como el normativo, adecuandola legislación a la Constitución e instrumentos internacionales de derechos hu-manos. El ámbito de las políticas migratorias debe comprender la generación deprocesos de regularización y flexibilización de requisitos y la implementación demedidas tendientes a erradicar la trata de personas y el tráfico de migrantes.

En cuanto a políticas de refugio, se deben eliminar los obstáculos forma-les e implementar mecanismos para que las personas que se encuentran alejadasde las ciudades puedan acceder de manera más eficaz a su registro, y, por tanto, ala protección que debe brindar el Estado.

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Finalmente, es importante trabajar a nivel de la población local, en espe-cial sobre quienes generan opinión, a fin de desvincular la idea de seguridad y mo-vilidad humana.

Notas

1. Datos obtenidos en el Censo de Población y Vivienda, INEC 2011.2. Según las estadísticas de la Dirección de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores,

hasta octubre 2011, se habían registrado 131.425 solicitantes y 54.129 refugiados reconocidos,sumadas estas cifras duplica el número total de personas de otra nacionalidad que se encon-trarían en el Ecuador, según el Censo 2010.

3. Fuente: INEC, Anuario de Migraciones 2010, y Estadísticas de la Dirección de Migración dela Policía Nacional.

4. Acuerdo Ministerial 00003, de 11 de enero de 2011.

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El derecho a la alimentación en Ecuadordesde una perspectivade derechos humanos

Lina Cahuasquí y Enith Flores

Dentro del marco jurídico internacional, el Pacto Internacional de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales 1966 (PIDESC) es el instrumento que más am-pliamente trata sobre el derecho a la alimentación (DaA). En su art. 11, los Estadospartes reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para síy su familia; alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continuade las condiciones de existencia, reconociendo así la importancia esencial de la co-operación internacional, fundada en el libre consentimiento.

Debido a las dificultades para que los países efectivicen este derecho y es-tablezcan una medición de su cumplimiento, en la Cumbre Mundial sobre laAlimentación de 2002 se solicitó al Comité de Derechos Económicos Sociales yCulturales (CDESC) de la ONU que definiera mejor los derechos relacionados conla alimentación. De allí surge la Observación General 12 (OG12) que señala: “elderecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño,ya sea solo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo mo-mento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla”. Esto es muy im-portante porque enfatiza que las personas necesitan asegurar la disponibilidad yla accesibilidad de los recursos para obtener los alimentos. Además de la adecua-bilidad, la aceptabilidad cultural y la sostenibilidad como parte del cumplimientodel DaA.

Nota de las autoras: La información para el presente artículo fue elaborada a partir de: FoodFirstInformation and Action Network, FIAN Ecuador, El derecho a la alimentación en el Ecuador: balancedel estado alimentario de la población ecuatoriana desde una perspectiva de derechos humanos, Quito,FIAN, 2010.

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Otro de los instrumentos internacionales que apoyan los esfuerzos de losEstados para la realización progresiva del DaA son las 19 directrices voluntariasde la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura,(FAO, por sus siglas en inglés) aprobadas en 2004, que contienen principios comola igualdad, ausencia de discriminación, participación, inclusión, rendición de cuen-tas; con el fin de que los Estados formulen y apliquen estrategias, políticas públi-cas y programas que les permita cumplir con la realización progresiva del DaA.Lamentablemente, este instrumento no es de carácter vinculante.

En el Ecuador, el DaA es reconocido en el Art. 13 de la nueva Constituciónde 2008 como parte de los derechos del buen vivir o sumak kawsay: “las personasy colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente de alimentos sanos,suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspon-dencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales, para lo cual se pro-moverá la soberanía alimentaria”.

Para cumplir este principio constitucional, se aprobó en febrero de 2009la Ley Orgánica del Régimen de Soberanía Alimentaria (LORSA), cuyos ejes te-máticos son: acceso al agua y a la tierra y uso de ellas; protección de la agrobiodi-versidad; investigación, asistencia técnica y diálogo de saberes; fomento de la pro-ducción; acceso al capital e incentivos; comercialización y abastecimiento agroa-limentario; sanidad e inocuidad alimentaria; consumo y nutrición, y, participaciónsocial para la soberanía alimentaria.

Si bien la Constitución junto con la LORSA son los instrumentos jurídi-cos más importantes relacionados con el DaA, existen leyes que están vigentes ycontradicen los principios constitucionales de soberanía alimentaria porque fa-vorecen la acumulación capitalista en el agro, no fortalecen la propiedad comunalsobre la tierra, orientan la capacitación en gerencia empresarial, agroindustria yagroexportación. Es el caso de la Ley de Desarrollo Agrario (LDA) que derogó laLey de Reforma Agraria, eliminó las vías de afectación a la concentración de la pro-piedad –tales como extinción y reversión de dominio– la expropiación quedó comoúnico mecanismo de afectación; eliminó toda forma de regulación y limitación ala propiedad agraria, fomentando el mercado de tierras, incluidas las tierras co-munitarias. Cambió el Instituto Ecuatoriano de Reforma Agraria y Colonización(IERAC) por el Instituto Nacional de Desarrollo Agrario (INDA) para terminarcon la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria (SSTRA). La Ley de DesarrolloAgrario fue aprobada por DE 373, de mayo de 2010.

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El papel del Estado en materia de soberanía alimentaria y el DaA

La SENPLADES formuló el Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013; en-tre sus objetivos, se plantea superar las desigualdades en salud, educación, ali-mentación; asegurar una alimentación, sana, nutritiva, natural, con productos delmedio; democratizar los medios de producción; reducir la dependencia externaalimentaria y energética.

Sin embargo, un estudio realizado por el Instituto de Estudios Ecuatorianos(IEE) en 2010 evidencia que este gobierno ha invertido menos en agricultura quelos gobiernos anteriores, y que los proyectos no toman en cuenta la calidad, ni ne-cesidad de los productores; el país sigue atado al monocultivo; las mujeres no sonconsideradas sujetos productivos, sino de asistencia, y, lo más grave, es que la in-versión en agricultura sigue beneficiando a medianos y grandes productores en de-trimento de la agricultura familiar campesina.

En 2009, la Subsecretaría de Tierras lanzó el conocido Plan tierras y te-rritorios, cuyo propósito era la redistribución de 2,5 millones de hectáreas de tie-rras estatales en cuatro años. Sin embargo, el estudio de FoodFirst Information andAction Network, FIAN Ecuador, en 2011, revela que el plan no ha garantizado latenencia de la tierra de familias posesionarias; por el contrario, provocó falsas ex-pectativas con personas vinculadas a la especulación de la tierra y generó conflic-tos en las haciendas; división, violencia y hasta asesinatos.

Dentro de las políticas estatales relacionadas con el DaA están la Ley deAguas, la Ley de Tierras, la Ley Minera; todas estas han significado una confron-tación directa entre el Gobierno y los movimientos indígena y sociales que exigíancoherencia con lo aprobado en la Constitución de 2008, donde se exige el respetoal derecho a la consulta previa e informada de la población. Por esta razón, mu-chos dirigentes (más de 200 según la Confederación de Nacionalidades Indígenasdel Ecuador) han sido acusados de terrorismo, sedición y sabotaje. Hasta hoy, solose ha logrado aprobar la Ley Minera.

Inversión pública (presupuestada y ejecutada) en agricultura

Para conocer si efectivamente el Ecuador se encamina a la soberanía ali-mentaria, basta analizar las cifras de inversión en agricultura. El estudio realizadopor el IEE de 2010 muestra que, si bien ha habido un incremento de la inversiónpública en agricultura, esta no produjo una reorientación de los beneficiarios del

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modelo de desarrollo agropecuario existente. El estudio destaca que en épocas degobiernos derrocados hubo mayor inversión en agricultura que en la actualidad.

FIAN Ecuador, entre sus conclusiones del Informe del DaA de 2010, plan-tea que:

• se mantiene el mismo modelo de desarrollo que favorece la concentraciónde los ingresos y de los bienes naturales como la tierra y el agua; vulnerandolos derechos del buen vivir y privilegiando políticas agroalimentarias de gru-pos dominantes;

• la participación de las organizaciones sociales en la aprobación de leyes fun-damentales dentro de la soberanía alimentaria ha sido nula porque el go-bierno impone sus decisiones en desmedro de procesos de consenso;

• el Estado no ha avanzado en la legalización de tierras, pues el Plan Tierrassigue los lineamientos del Banco Mundial centrados en la llamada reformaagraria asistida por el mercado;

• existe una contradicción en el accionar del gobierno; por un lado, planteael discurso del buen vivir y los derechos de la naturaleza, y por otro se cri-minaliza la protesta social.

Así mismo, entre las recomendaciones al Estado se le sugiere:

• Garantizar el derecho de la población ecuatoriana, especialmente de la queha sido excluida y empobrecida, a ejercer control efectivo e incidencia enleyes relacionadas con el DaA; especialmente, las leyes derivadas de la LORSA.

• Cesar la criminalización y judicialización de la protesta social contra activis-tas que defienden los derechos humanos, el DaA y la soberanía alimentaria.

• Implementar una política de reforma agraria con visión integral con la par-ticipación de organizaciones sociales y que fortalezcan la economía cam-pesina, la agricultura diversificada y ecológicamente sustentable.

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Reconocimiento formal,discriminación real: los derechos de las mujeres en Ecuador en2011

Gabriela Bernal Carrera

Parafraseando a Silvia Rivera, los derechos de las mujeres recuerdan la do-ble moral colonial que subsiste en el Ecuador: dentro de los marcos jurídicos pro-puestos, elaborados y/o aprobados hay un reconocimiento de la ciudadanía for-mal de las mujeres; sin embargo, en las prácticas –tales como la implementaciónde políticas públicas, la definición del presupuesto general del Estado o la mismamirada de la sociedad a través de los medios– las mujeres somos vistas desde unaperspectiva que sigue partiendo del supuesto de que fundamentalmente somos ma-dres y nos debemos al hogar. En estas circunstancias, no existen condiciones parala plena realización de nuestros derechos humanos en igualdad de condiciones quelos varones.

La Constitución vigente es, de forma enunciativa, una de las que más re-coge los debates planteados a nivel de América Latina sobre equidad, igualdad yparidad de género; pero estos progresos no han tenido eco en el trabajo de gene-ración y adecuación normativa a cargo de la Asamblea Nacional. De los 124 asam-bleístas, 42 son mujeres y de ellas 22 pertenecen al partido de gobierno (Movi mientoPaís). Durante 2011, 17 mujeres asambleístas presentaron 40 proyectos de ley, perosolo uno de ellos estuvo encaminado explícitamente a promover los derechos dela mujer.1 A su vez, únicamente cuatro de las 16 leyes aprobadas incorporaron dis-posiciones sobre derechos de la mujer.2 El proyecto de Ley de igualdad entre lasmujeres y hombres y personas de diversa condición sexo genérica, formulado porla Comisión de Transición hacia el Consejo de Igualdad de las Mujeres no pasó lacalificación del Consejo de Administración Legislativa.3 Y el proyecto de ley sobrejubilación anticipada de la mujer, presentado en 2009, pero debatido en 2011, no

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fue aprobado por inviabilidad económica. De esta forma, se puede considerar queel desarrollo legislativo sobre los derechos de la mujer durante 2011 fue limitado.

Más allá del accionar legislativo, en la estructura misma del Estado se evi-dencia una ausencia de institucionalidad de género. La Comisión de Transiciónque remplazó al antiguo Consejo Nacional de las Mujeres (CONAMU) continúaoperando sin ofrecer claridad de cuál será el mecanismo que permita dar fin a esteperíodo “de transición”. De manera visible, la comisión ha implementado la cam-paña “Despierta Ecuador, el machismo es violencia”, impulsada en el marco delúnico plan vigente en materia de género que es el de “erradicación de la violenciade género”; sin embargo, este tiene una visión muy limitada que reproduce la vi-sión de la mujer como víctima y en su rol de madre, hija y esposa. En 2009, fene-ció el Plan de Igualdad de Oportunidades que brindaba una visión mucho másintegral sobre derechos de las mujeres, articulando las recomendaciones de laConvención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contrala Mujer (CEDAW). En un intento por darle continuidad, la Comisión de Transiciónformuló en 2011 una Agenda de Igualdad de las Mujeres Ecuatorianas como unapropuesta que condujera a la formulación de un nuevo plan de igualdad congruentecon los objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir. Para concretarlo, promovió unaserie de talleres de consulta; sin embargo, este proceso fue poco conocido y no lo-gró convocar a la diversidad del movimiento de mujeres del país.

Un dato relevante para ubicar la importancia y peso que tiene el tema delos derechos de la mujer en la gestión pública es que tan solo el 0,13% de laProforma del Presupuesto General del Estado para 2011 ha sido cuantificado conindicadores de inversión en equidad de género. De este estrecho porcentaje, el 74,6%se ubica en el Ministerio de Salud y el 11,3% en el Ministerio de Justicia, DerechosHumanos y Cultos.

La Comisión de Transición hacia el Consejo de las Mujeres y la Igualdadde Género es la tercera institución con un rubro significativo, el 7,7%; de sobraestá decir que el 44% del presupuesto de la Comisión de Transición está orientadoa la gestión administrativa de dicha entidad.4

Los datos ofrecidos desde la gestión estatal muestran que lejos de que elEstado regule la vida social es, por el contrario, la vida social la que regula las ac-ciones del Estado. Un rastreo de prensa5 revela que la mayor cantidad de titularesde prensa sobre mujeres, niños, niñas o personas de la tercera edad, tienen comoeje central la violencia. Violencia que es fundamentalmente sexual: trata, porno-grafía, agresiones sexuales callejeras, violaciones, asesinatos “por celos”. Esta abru-madora evidencia de la violencia contra las mujeres, sin embargo, es naturalizadaa través de titulares y textos de noticia que la presentan como parte conformante

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de las relaciones entre hombres y mujeres. Si bien hay una creciente tendencia aun estilo “políticamente correcto” de presentar los hechos, en la práctica se observaque las noticias recogidas presentan los temas recogidos como fenómenos socia-les, más no los problematizan. Ni los embarazos adolescentes o la alta mortalidadde mujeres embarazadas son problematizados. A lo largo de 2011, tan solo tres no-ticias que tienen una impronta de género se presentaron problematizados: los pro-gramas televisivos que recogen crónica roja; la exigencia de los pueblos indígenasde respeto a la magistrada Nina Pacari y los ecos del caso Villalta en la CorteConstitucional.

En 2011, aunque se develó públicamente la preocupante magnitud del fe-minicidio,6 no se emitió ninguna norma ni política específica al respecto. Los da-tos también muestran que los problemas de violencia intrafamiliar persisten y aúnno se han podido visualizar los efectos de la campaña gubernamental que buscaeliminarla. Otro dato que resulta revelador es la ambigüedad en el debate y pre-sentación de información acerca de las clínicas de deshomosexualización; problemaque sigue sin solución clara.

Un saldo que comienza a crecer es el relativo a las externalidades de la po-lítica extractivista: la violencia estatal ejercida contra las comunidades que resis-ten a proyectos mineros y/o de generación de energía tiene a las mujeres como susprincipales víctimas. Así lo evidencia el caso del desalojo ocurrido el 18 de octu-bre de 2011, en la comunidad Río Grande, cantón Chone, provincia de Manabí,donde una mujer embarazada fue agredida por la policía y perdió de forma invo-luntaria a su hijo.

Otra de las evidencias de los saldos crecientes en materia de derechos hu-manos tiene que ver con la declaratoria de constitucionalidad del DE 1780, emi-tido en junio de 2009. Por medio de ese decreto, el gobierno entregó a algunas ór-denes religiosas católicas el control de la educación de territorios de la regiónAmazónica y de Galápagos. La duda acerca de la limitación de la laicidad del Estadoy de los derechos a la educación, la salud y la libertad religiosa, así como sus re-percusiones sobre la población indígena y las mujeres, fue zanjada por la declara-ción de constitucionalidad que emitió la Corte Constitucional7 en 2011, refren-dado así el papel rector de la iglesia católica en las políticas públicas.

En 2011, las políticas públicas tuvieron como centro a programas de asis-tencia en salud, particularmente con la adopción del Plan Desnutrición Cero,8 en-caminado a enfrentar los graves problemas de alimentación de niños y niñas. Dichoprograma se sustenta en la asignación de una bonificación económica condicio-nada a las mujeres embarazadas y madres para que asistan junto con sus hijos/asa controles de salud periódicos. Más allá de la garantía a la salud y a la alimenta-

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ción, es evidente que el programa tiene como centro a la niñez y asume a la mu-jer desde su función eminentemente reproductora.

En general, se puede considerar que las políticas públicas para la promo-ción de los derechos humanos de las mujeres deben reconocer las condiciones es-tructurales de la violencia, el racismo, la discriminación y la desigualdad. No bastacon mejorar los índices educativos de las mujeres a nivel superior, cuando las mu-jeres indígenas y afroecuatorianas siguen siendo las más analfabetas, las más po-bres, las menos aseguradas, las más violentadas. El creciente sesgo de la ilustracióneuropea en los diseñadores de políticas públicas, que no ubica los procesos histó-ricos desde donde se han gestado nuestras diversidades, no muestra indicios de re-conocer cómo siguen funcionando los hilos de la dominación de raza, etnicidad,clase, edad y género.

Notas

1. Asamblea Nacional del Ecuador, Proyecto 2011-132, Ley Orgánica Contra el Discrimen, el Acosoy la Violencia Política en Razón del Género.

2. Ley Orgánica de Educación Intercultural; Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria delSistema Financiero; Ley de Reconocimiento a los Héroes y Heroínas Nacionales, y reformas ala Ley de Tránsito y Transporte Terrestre.

3. Datos obtenidos de la base de desarrollo normativo, PADH, 2010-2011.4. Ministerio de Finanzas, “La equidad de género en la proforma del Presupuesto General del

Estado 2011”, en Ministerio de Finanzas del Ecuador, ‹http://www.finanzas.gob.ec/pls/.../9815AD506A9ABFA8E040007F01003226›.

5. Base de Seguimiento de Prensa, PADH, 2010-2011.6. El Universo, “80% de las ecuatorianas sufren violencia machista”, en El Universo, Guayaquil,

7 de octubre de 2011, ‹http://www.eluniverso.com/2011/10/07/1/1447/80-ecuatorianas-sufre-violencia-machista-ante-pasividad-social.html›.

7. Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia 005-11-SIN-CC, 12 de octubre de 2011, RO 572,10 de noviembre de 2011.

8. Acuerdo Ministerial 175, RO 411, 23 de marzo de 2011.

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IV Balance desde el Estado

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La Constitución ecuatoriana en su art. 215, señala que la DPE tiene comofunción la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador, asícomo la defensa de los derechos de los ecuatorianos y ecuatorianas que estén fueradel país. Este mandato implica que el rol de la DPE es tutelar los derechos consti-tucionales, que abarcan incluso los derechos de la naturaleza; lo que significa unreto (conceptual y operativo) para su protección y promoción.

El abordaje defensorial se circunscribe a sus dos áreas misionales; por unaparte, la protección de derechos, y por otra, la promoción de los mismos, cuyoejercicio nos permite ver el estado de situación de los derechos humanos y de lanaturaleza.

La protección de los derechos

Desde este escenario, la DPE ha venido organizando su trabajo de pro-tección de derechos a partir de las Delegaciones Provinciales, como también desdela Dirección Nacional de Protección. Para el presente artículo, abordaremos am-bos escenarios de forma diferenciada, a fin de tener una mirada lo más amplia po-sible de la situación de los derechos humanos y de la naturaleza en el Ecuador.

Nota del compilador: Sistematización elaborada por la Dirección Nacional de Promoción de DerechosHumanos y de la Naturaleza, la Coordinación Nacional de Educación y Promoción, y la Defensoríadel Pueblo de Ecuador.

Derechos humanos yDefensoría del Pueblode Ecuador

Defensoría del Pueblo de Ecuador

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Así, durante el año 2011,1 las delegaciones provinciales han atendido 33.129asesoramientos e ingresado 19.089 peticiones para trámite defensorial; de estas úl-timas, 8.442 son peticiones relativas a derechos de consumidores y usuarios, cen-tradas especialmente en las provincias de Guayas, Pichincha, Manabí, Los Ríos ySanto Domingo; le siguen en importancia las peticiones de vigilancia del debidoproceso (1.815) ubicadas básicamente en las provincias de Guayas, Pichincha,Manabí, Imbabura y Azuay; de la misma manera, tenemos las peticiones referen-tes al acceso a la información pública (779), con preponderancia en MoronaSantiago, Sucumbíos y Carchi; los derechos de la naturaleza y derechos ambien-tales se encuentran en cuarto lugar con 198 peticiones, ubicadas en su mayor parteen las provincias de Manabí, Orellana, Pichincha, Sucumbíos, Guayas, Imbabura,Loja, Azuay y Zamora; luego encontramos el seguimiento de sentencias de garan-tías constitucionales (77), ubicadas en su mayoría en las provincias de El Oro yGuayas; así como las acciones de protección (43), centradas en Guayas, Bolívar yCañar; medidas cautelares (20), principalmente en las provincias de Cañar, Guayas,Morona Santiago, Esmeraldas y Santo Domingo; hábeas corpus (17), principal-mente en Esmeraldas, Napo, Azuay, Loja y Pichincha; hábeas data (7), en Pastaza,Sucumbíos, Morona Santiago y Guayas; revisión de sentencias de garantías juris-diccionales ante la Corte Constitucional (5), principalmente en las provincias deEl Oro y Loja; amicus curiae (4), en las provincias de Zamora Chinchipe, Pastaza,Esmeraldas y Loja; acciones por incumplimiento (2), en Cotopaxi y Santa Elena;acciones ciudadanas (2), en Cañar y Santa Elena, y acciones extraordinarias de pro-tección (1) en la provincia de Santo Domingo.

Si bien esta descripción de las peticiones recibidas por las 24 delegacionesprovinciales tienen un carácter cuantitativo (y que no se expresan necesariamenteen derechos violentados o garantías jurisdiccionales interpuestas, sino más bienes una combinación de ambas), nos da pistas de las principales situaciones de de-rechos humanos que se han vulnerado en 2011, así como la aplicación de garan-tías constitucionales.

Como se puede apreciar de los datos presentados, encontramos que lo re-ferente a derechos de consumidores y usuarios es el principal rubro de demanda,lo cual puede tener como explicación que, desde la promulgación de la Ley Orgánicade Defensa del Consumidor (LODC), donde se le da la facultad a la DPE de co-nocer y pronunciarse motivadamente sobre reclamos y quejas de consumidores yusuarios (art. 81 de la LODC), se ha ido generando una cultura institucional y ciu-dadana de ver a la DPE, como la instancia apropiada y única para el tratamientode estas peticiones. Aunque en los últimos años se viene impulsando un proceso

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de redefinición institucional hacia otros ámbitos de derechos humanos, así comode aplicación de garantías constitucionales.

Las peticiones de vigilancia al debido proceso corresponden al segundo ru-bro de importancia; con respecto a esto, se puede señalar que esta demanda de vi-gilancia procesal puede deberse, en gran medida, a la desconfianza que existe dela población en general en torno al sistema de justicia o al incumplimiento de lasnormas del sistema jurídico por parte de los agentes judiciales.

En cuanto a derechos de la naturaleza y ambiente, 2011 fue un año endonde las demandas de comunidades, pueblos y nacionalidades fueron evidentesfrente a iniciativas de explotación petrolera y minera, así como concesiones parala industria extractivista.

En cuanto a la aplicación de la acción de hábeas corpus, este expresa lasituación de violación del derecho a la libertad e integridad personal presente, so-bre todo, en casos de privación de libertad a personas de otro origen nacional,inmigrantes, solicitantes de asilo o asilados/as, lo cual devela una inadecuada po-lítica en materia migratoria y la persistencia de una legislación que no respondea los estándares constitucionales. En este rubro, aparecen también los casos de clí-nicas y centros de adicciones y del denominado proceso de “deshomosexualiza-ción” que retienen en contra de su voluntad a quienes supuestamente están entratamiento.

En esta misma línea de peticiones de aplicación de garantías jurisdiccio-nales, encontramos acciones de protección, habeas data, revisión de sentencias degarantías jurisdiccionales; amicus curiae (figura que ha permitido a la DPE actuarsobre el fondo de las causas y aportar con la administración de justicia para quese resuelvan los casos que llegan a sus dependencias con una perspectiva cada vezmás cercana a los derechos humanos);2 acciones por incumplimiento (cuya basees el irrespeto e incumplimiento de las normas del sistema jurídico, lo que evidenciala limitada cultura social y jurídica no solo de los agentes estatales, sino de la so-ciedad misma);3 acciones ciudadanas y acciones extraordinarias de protección, locual nos da una referencia de cómo la población en general empieza a hacer usode las garantías constitucionales asumiendo que estas son el camino más eficaz paratutelar los derechos; aunque, si lo vemos en un contexto más amplio, su aplica-ción sigue siendo aún limitada por el desconocimiento que existe en torno a lasgarantías constitucionales.

El otro escenario de trámite de peticiones es la Dirección Nacional deProtección de Derechos Humanos y de la Naturaleza, que a través de sus coordi-naciones4 recepta peticiones que tienen un alcance y/o trascendencia nacional y

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que durante el período julio 2010-junio 20115 receptaron un total de 466 peticio-nes, de las cuales:

• el 47,8% son investigaciones defensoriales relacionadas con acciones u omi-siones de instancias que prestan servicios públicos o privados de interés social;

• el 27,4% es vigilancia del debido proceso; la vigilancia procesal más significa-tiva se la realiza en sede judicial que representa un total de 85 casos, mientrasque la vigilancia procesal en sede administrativa implicó atender 43 casos. Detodas estas, el 44% han sido resueltas y el 56% se encuentran en proceso, locual evidencia un avance significativo en el seguimiento de las causas;

• el 16% son garantías jurisdiccionales. De estas, 42,6% tienen relación conel derecho a la libertad e integridad personales, 17,3% con el derecho al tra-bajo, 8% con la tutela judicial efectiva, 5,3% tanto con el derecho a la igual-dad como con el de no discriminación, y, con el mismo porcentaje, con elderecho a una vida sin violencia en lo público y lo privado;

• el 7,7% son proyectos de resolución de recursos de revisión, en los cualesse constata que el principal derecho demandado es el del trabajo con un 25%del total de casos; el derecho a la salud, 11,1%; 8,3% lo comparten los de-rechos a la igualdad y no discriminación, debido proceso, derechos de usua-rios; ambiente y naturaleza.

Promoción de derechos

Los procesos de educación, formación; así como de investigación, inci-dencia y transparencia impulsados por la DPE, dan cuenta de un estado de situa-ción de los derechos, que mencionamos a continuación.

Educación y promoción

La educación y promoción de los derechos humanos y de la naturaleza buscagenerar actitudes que garanticen la participación activa en la práctica cotidiana. Porlo tanto, esta es la instancia encargada de la implementación de procesos de edu-cación continua y de promoción de derechos que busca modificar concepciones,actitudes y prácticas para disminuir la vulneración de derechos en el país. Las ac-ciones generadas desde la DPE en este sentido durante 2011 fueron:

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• Elaboración de cartillas y material promocional en derechos humanos y de-rechos de la naturaleza (derechos humanos en la Constitución ecuatoriana;derechos humanos y rol de la DPE; derechos de consumidores y usuarios;compra de bienes o contrato de servicios con tarjetas de crédito; prevenciónde la tortura; transparencia y Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a laInformación Pública (LOTAIP); agua y derechos de la naturaleza).

• Realización de talleres de capacitación a nivel nacional en: justicia indígena,derecho humano al agua, admisibilidad de casos de derechos humanos, rolde la DPE, garantías constitucionales, derechos colectivos, derechos de con-sumidores y usuarios.

• Charlas, talleres y conferencias, a nivel nacional, realizadas por petición deorganizaciones e instituciones que trabajan en derechos humanos en tornoa: justicia indígena, derecho humano al agua, admisibilidad de casos de de-rechos humanos, rol de la DPE, garantías constitucionales, derechos colec-tivos y derechos de consumidores y usuarios.

• Colocación de carpas informativas que permiten el encuentro y el diálogocon la población, así como el asesoramiento en diversos temas de compe-tencia de la DPE.

• Participación en campañas de instituciones y organizaciones que trabajanen derechos humanos; entre estas, las campañas de derechos de consumi-dores, no discriminación, convivir en solidaridad, celebración de la decla-ración universal de los derechos humanos y derechos del adulto mayor.

Informes temáticos

Los informes temáticos buscan identificar y poner en conocimiento la si-tuación de los derechos a nivel nacional, y esclarecer las obligaciones del Estadofrente a estos. Estos informes permiten identificar poblaciones de alta vulnerabi-lidad en el ejercicio de sus derechos, y por lo tanto proponer políticas públicas quepermitan protegerlos y formular un sistema de prevención para atender conflic-tos que afecten a una población específica. Durante 2011, se ha iniciado el desa-rrollo de los siguientes informes temáticos:

• El agua como un derecho humano.• Situación del pueblo afroecuatoriano.• Criminalización y movilidad humana.• Derechos humanos de las personas en movilidad humana.

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136 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

• Los escenarios de la criminalización a defensores y defensoras de derechoshumanos y de la naturaleza en Ecuador.

• Consulta previa y derecho de participación.

Transparencia y acceso a la información pública

La LOTAIP fue establecida por primera vez en el Ecuador en la Constituciónde 1998, pero no es sino hasta 2005 en donde se crea el Reglamento de la Ley Orgánicade Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Esta Ley señala que la información pública es un derecho de los ciudada-nos y ciudadanas y establece que es el Estado el que debe garantizarlo. De esta ma-nera, todas las instituciones, organizaciones, entidades o personas jurídicas que re-ciben fondos del Estado deben proporcionar información, la cual debe convertirseen información pública y de libre acceso para la ciudadanía, salvo ciertas excep-ciones establecidas por la misma Ley.

La DPE es la entidad encargada de la recepción y monitoreo de la infor-mación pública según lo establece la LOTAIP, donde se señala que la DPE tienecomo competencias la promoción y vigilancia de esta Ley, el precautelar la cali-dad de la información, el patrocinio de acciones de acceso a la información pú-blica cuando esta ha sido negada, así como de dictaminar correctivos cuando lainformación entregada por las instituciones no sea clara.

La LOTAIP, en su art. 12, establece la obligación de las instituciones pú-blicas, personas jurídicas de Derecho público o privado y demás instituciones quereciben fondos del Estado de presentar, hasta el último día laborable de marzo decada año, un informe anual sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la in-formación pública, que deberá cumplir con lo siguiente:

• información del período anterior sobre el cumplimiento de las obligacio-nes que le asigna esta Ley;

• detalle de las solicitudes de acceso a la información y el trámite dado a cadauna de ellas;

• informe semestral actualizado sobre el listado índice de información reser-vada.

En cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución y por la Ley, la DPEdurante el año 2011 receptó 1.167 informes de entidades del sector público o pri-

Page 136: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 137

vado que por delegación reciben fondos del Estado; que, comparado con los da-tos de 2010, significa que el cumplimiento de la LOTAIP creció en un 100% (de545 a 1.167).

Para el adecuado manejo de esta información, se han construido herra-mientas que permitan el correcto cumplimiento de la Ley; se ha diseñado el mó-dulo de control informático denominado Sí Transparencia; así como también sehan realizado jornadas de capacitación dirigidas a servidores públicos de las dis-tintas funciones del Estado y a integrantes de las juntas parroquiales y tenenciaspolíticas.

Notas

1. Datos proporcionados por la Adjuntía Segunda de la Defensoría del Pueblo, Plantilla matrizde casos atendidos a nivel nacional por las Delegaciones Provinciales de la DPE, período enero-diciembre 2011, Quito, DPE, documento sin publicar.

2. Defensoría del Pueblo de Ecuador, Informe anual Defensor del Pueblo de Ecuador, agosto 2010-julio 2011, Quito, DPE, 2011, p. 51.

3. Ibid.4. Coordinación Nacional de Protección Prioritaria; Coordinación Nacional de Derechos Econó -

micos, Sociales y Culturales; Coordinación Nacional de Derechos de la Naturaleza y Ambiente.5. La siguiente información y análisis se realiza en base al documento: Defensoría del Pueblo de

Ecuador, Informe Anual Defensor del Pueblo de Ecuador, agosto 2010-julio 2011, Quito, DPE,2011, p. 46 y 47.

Page 137: Informe sobre DDHH - Universidad Andina
Page 138: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Avances hacia la garantía plena de losderechos humanos: una mirada panorámica

Ministerio de Justicia,Derechos Humanos y Cultos

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se creó aproximadamenteun año antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 2008. Los ministe-rios sectoriales son entidades encargadas de la rectoría de un sector; del diseño, dela definición e implementación de políticas; de la formulación e implementaciónde planes, programas y proyectos y de su ejecución de manera desconcentrada. Enesa medida, como rector de políticas públicas, y entendiendo a estas últimas comogarantías constitucionales de derechos, el actual Ministerio de Justicia, DerechosHumanos y Cultos (nombre ampliado que recibió luego de asumir competenciasadicionales) impulsa un conjunto de políticas públicas que giran principalmenteen torno a la transversalización efectiva de los derechos humanos en la gestión delo público; al funcionamiento del Sistema de Rehabilitación Social a partir de unmodelo integral de atención basado en derechos; al acceso y calidad de los servi-cios de justicia, y al libre ejercicio de cultos en el marco del Estado laico.

Actualmente, el Ministerio desarrolla herramientas para formular y eje-cutar políticas transversales de derechos humanos; apoyar a las demás carteras deEstado para asegurar la plena vigencia de los estándares de derechos humanos, ypara hacer seguimiento, monitorear y evaluar que las políticas públicas contribu-yan a la realización de los derechos de todos y todas. A su vez, presta un serviciogratuito de asesoría jurídica y psicosocial a la ciudadanía; brinda capacitación so-bre derechos humanos al sector público y a la sociedad civil, y genera procesos per-manentes de difusión de derechos. Simultáneamente, perfecciona los mecanismospara el cumplimiento de obligaciones internacionales y para la producción coor-dinada de informes a las diferentes instancias de los sistemas internacionales de

Page 139: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

protección de derechos, procurando que de estos emanen recomendaciones úti-les para el afinamiento de políticas públicas, normas y jurisprudencia.

En los últimos cinco años, se puede dar cuenta de considerables avancesen el país; entre los que se incluye una disminución significativa de la pobreza y laextrema pobreza y una mejor distribución de la riqueza. Los datos censales corro-boran un marcado progreso en la satisfacción de necesidades básicas y, a nivel in-ternacional, la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) ha mostradoque Ecuador es el segundo país de la región en disminuir la tasa de pobreza. Hoyse puede mostrar cómo han evolucionado los rendimientos del sistema democrá-tico para la satisfacción de las necesidades básicas de las personas en derechos fun-damentales como trabajo, educación, salud y vivienda, entre otros. Paralelamente,ha habido una dedicación deliberada hacia la aplicación del principio de igualdady no discriminación, a favor de las personas con discapacidad, indígenas, afroecu-torianos y montubios, mujeres embarazadas, personas con orientaciones sexualese identidades de género diversas, personas con enfermedades catastróficas, migrantesy otros grupos poblacionales histórica y sistemáticamente excluidos en el pasado.

En materia de rehabilitación social, se han dado firmes pasos para desesti-mar la visión punitiva que rigió un caduco sistema carcelario y para construir unnuevo Sistema de Rehabilitación Social con un modelo de atención integral. Comoningún otro, el gobierno de la Revolución Ciudadana le ha dado una atención prio-ritaria a las personas privadas de su libertad, proyectando un marco de rehabilita-ción integral para su posterior reinserción en la sociedad. El hacinamiento en el sis-tema ha disminuido notoriamente, se han equipado los centros de privación de li-bertad, se han instalado procesos de capacitación a las personas privadas de libertady sus familias, se han implementado mejoras para el mantenimiento de condicionesde paz dentro de los centros, y se está poniendo en marcha la Escuela Penitenciaria.

A la vez, estamos atravesando un proceso de transformación completa delSistema de Justicia. Bajo principios claros de meritocracia, transparencia y control so-cial existe un trabajo planificado para garantizar el acceso y calidad de los serviciosde justicia para todos y todas. Esto, para tener una justicia imparcial, transparente,digna, eficaz, eficiente, oportuna y moderna, como los ecuatorianos y ecuatorianasmerecemos. Se resalta, también, un trabajo de generación de políticas públicas en ma-teria de cultos, que permita ir más allá de la mera actividad registral. Para el efecto yase han tendido puentes e instalado espacios de intercambio con las diversas asocia-ciones y organizaciones religiosas del país. Esto, desde la mirada de un Estado laicoque busca garantizar la libertad de religión, creencia y conciencia para todos y todas.

Queda manifiesto el compromiso de este Ministerio de seguir enfrentandocon decisión todas las adversidades para construir un mejor país.

140 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Page 140: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

VPrincipales

producciones en 2011

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Page 142: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Reseña de informes

Informe sobre criminalización a defensores de derechos humanos y de la naturaleza, 2011

CEDHU, Acción Ecológica e INREDH

Índice

1. Antecedentes2. La criminalización como proceso selectivo de control social 3. ¿Criminalizar a quienes defienden derechos?4. Matriz descriptiva de casos de criminalización ocurridos a partir de 20085. Análisis y conclusiones: víctimas de la criminalización; mecanismos utili-

zados para criminalizar; procesos judiciales y administrativos contra quie-nes defienden derechos; denunciantes; el uso de la fuerza; vulneración dederechos fundamentales a causa de la criminalización; recomendaciones

Bibliografía

Texto completo en: ‹www.cedhu.org› y ‹www.inredh.org›.

Page 143: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Informe sobre la situación penitenciariaen el Ecuador

CEDHU

144

Índice

1. Estructura carcelaria2. Población penitenciaria3. Condiciones de detención4. Violencia intracarcelaria5. Condiciones sanitarias y de salud de la población penitenciaria y personal

penitenciario6. Hechos violatorios de los derechos de los presosBibliografía

Texto completo en: ‹www.cedhu.org›.

Nota del compilador: El presente documento fue enviado a la Comisión Interamericana de DerechosHumanos, durante su 141º período de sesiones.

Page 144: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Informe de la CEDHUal Consejo de DerechosHumanos de la ONU para el examen de seguimiento al Estado ecuatoriano

CEDHU

145

Contenido

Contiene información para el seguimiento a las recomendaciones 1, 4 y 5formuladas a Ecuador acerca de la situación de los derechos de las persona priva-das de la libertad. Incluye información de las actividades realizadas por organis-mos nacionales e internacionales en este campo.

Texto completo en: ‹www.cedhu.org›.

Nota del compilador: El presente documento fue enviado en noviembre de 2011 al Consejo de Dere -chos Humanos de la ONU, en el marco del seguimiento a las recomendaciones formuladas al Estadoecuatoriano por el Consejo, luego del Examen Periódico Universal; este documento aporta elemen-tos a ser considerados en la sesión del Consejo de Evaluación al Ecuador, que se realizará en mayode 2012.

Page 145: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

146

Índice

1. Contexto económico y social2. Situación de los pueblos indígenas en Ecuador3. Reconocimiento de los derechos colectivos4. Límites reales en el ejercicio de los derechos colectivos5. Situación de los pueblos en aislamiento voluntario6. ConclusionesBibliografía

Texto disponible en: ‹www.cdes.org.ec›.

Nota del compilador: La autora es Susy Garbay Mancheno.

Análisis y perspectivas del ejercicio de los derechos colectivos en el Ecuador

CDES

Page 146: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

147

Índice

1. El marco jurídico nacional e internacional del derecho a la alimentación2. Condiciones materiales del derecho a la alimentación y de la soberanía ali-

mentaria3. El papel del Estado en materia de soberanía alimentaria y derecho a la ali-

mentación4. Tensiones entre el marco legal y las políticas públicas relativas al derecho a

la alimentación5. Garantías jurisdiccionales versus criminalización de las protestas sociales6. Conclusiones y recomendacionesBibliografía

Texto completo en: FIAN Ecuador, ‹www.fianecuador.org.ec›.

Nota del compilador: Los autores son Carlos Andrés Barragán, Lina Cahuasquí, Natalia Landívar Gar -cía y Miguel Ruiz Acosta.

Derecho a la alimentaciónen el Ecuador, balance del estado alimentario de la población ecuatorianadesde una perspectiva de derechos humanos. Informe 2010

FoodFirst Information and Action Network,FIAN Ecuador

Page 147: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

148

Índice

1. Justificación legal y económica para una política de redistribución de tie-rras en Ecuador

2. Políticas públicas de redistribución de tierra en Ecuador: “Plan tierras y territorios”

3. ¿Institucionalidad, marco legal o decisión política?4. Casos de violaciones a derechos de campesinos/as y pequeños/as agriculto-

res/as posesionarios/as5. Conclusiones6. RecomendacionesBibliografía

Texto completo en: FIAN Ecuador, ‹www.fianecuador.org.ec›.

Nota del compilador: Los autores son Natalia Landívar y Milton Yulán Morán.

Monitoreo de políticas de distribución de tierra estatal y el derecho a la alimentación de posesionarios. Informe 2010

FIAN Ecuador

Page 148: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

149

Índice

1. Antecedentes2. Ubicación geográfica3. Derecho humano a la alimentación4. Lucha en contra de amenazas mineras sobre el páramo de Quimsacocha5. Ley Minera: ley anticonstitucional y violatoria de los derechos humanos6. Demandas y exigencias de reparaciónBibliografía

Texto completo en: FIAN Ecuador, ‹www.fianecuador.org.ec›.

Nota del compilador: El autor es Mario Macías Yela.

Explotación minera en el páramo de Quimsacocha,otra complicidad del Estadoecuatoriano

FIAN Ecuador

Page 149: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

150

Índice

1. Pueblo Situ Kara, hijos del Barrio o la Toalla2. Territorio ancestral por mandamiento restitutorio3. Instancias públicas y violencia al servicio de inmobiliarias para afectar tie-

rras comunitarias4. Garantías colectivas y el derecho a la alimentación

Bibliografía

Texto completo en: FIAN Ecuador, ‹www.fianecuador.org.ec›.

Nota del compilador: El autor es Mario Macías Yela.

Los hijos del Ilaló y sus tierras ancestrales

FIAN Ecuador

Page 150: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

151

Índice

1. ¿Desconocimiento o apatía?2. Violencia de género, acceso a la justicia y medios de comunicación en 20103. Mujeres en los medios4. ¿Androcentrismo o adultocentrismo?5. El laberinto de la justicia androcéntricaBibliografía

Texto completo en: ‹www.humanas.org.ec›.

Nota del compilador: Los autores son Blanca Diego Vicente, Miguel Vallier Urbina, Minna Salazar,Gayne Villagómez Wier y Roxana Arroyo Vargas.

Los derechos de las mujeres en la mira Informe anual de los Observatorios de sentenciasjudiciales y de medios 2010-2011

Corporación Humanas Ecuador

Page 151: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Reseña de publicaciones

Índice

1. Caracterización político jurídica del país relacionada con el desarrollo ex-tractivo-minero y la situación de los derechos humanos, el contexto socio-ambiental y político-territorial en el que interviene al empresa CorrienteResources

2. Relación entre intervención minera y derechos humanos2.1. Derechos de los pueblos a participar en los derechos que les afectan, en es-

pecial a la ocupación de sus espacios territoriales y los riesgos ambientalesque esto representa en la zona del proyecto Mirador

2.2. Descripción de las estrategias de adquisición de tierras, implementada porla empresa en la zona del proyecto Mirador; el impacto en el derecho de losgrupos campesinos e indígenas a tener una vivienda adecuada, y el impactoen el derecho al agua

2.3. Represión y la criminalización de las personas opuestas a la intervención delas subsidiarias de Corriente Resources en Zamora Chinchipe y Morona

Intervención minera a gran escala en Ecuadory vulneración de los derechos humanos.Caso Corriente Resources, 2010

CEDHU y FIDH

Page 152: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Santiago en el marco de la resistencia a la minería a gran escala 3. Conclusiones y recomendaciones de utilidad para el gobierno, comunida-

des afectadas, empresas mineras y comunidad nacional e internacionalBibliografía

Texto completo en: ‹http://www.cedhu.org/index.php?option=com_content&view=article&id=91&Itemid=7›.

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 153

Page 153: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

154

Índice

1. ¿Quiénes son los defensores y defensoras de los derechos humanos?2. El derecho a la resistencia3. La criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos y de la

naturaleza4. Actuación de los administradores de justicia en los procesos de criminali-

zación de las defensoras y defensoresBibliografía

Texto completo en: ‹http://inredh.org/index.php?view=article&catid=70%3Adefensores-derechos-humanos&id=450%3Acriminalizacion-de-los-defensores-y-defensoras-de-derechos-humanos-en-el-ecuador&option=com_content&Itemid=142›.

Nota del compilador: Los autores son Mélida Pumalpa Iza y Rodrigo Trujillo Orbe.

Criminalización de los defensores y defensoras de derechos humanos en el Ecuador 2011

INREDH

Page 154: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

155

Índice

1. ¿Cuál es el problema más sentido que podemos resolver?2. ¿Qué podemos proponer para resolver este problema?3. ¿Quién tiene el poder de decisión sobre nuestra propuesta?4. ¿Qué tenemos que hacer para convencer a la persona con poder de decisión?5. ¿Quiénes más pueden influir en la decisión?6. ¿Cómo llegar a las personas allegadas a la alcaldesa?Bibliografía

Texto completo en: ‹http://inredh.org/index.php?view=article&catid=93%3Amanuales-para-pueblos-indigenas&id=463%3Aguia-popular-para-la-incidencia&option=com_content&Itemid=142›.

Nota del compilador: Los autores son la Asociación de Mujeres de la Nacionalidad Kichwa de Sucum -bíos Ecuador (AMNKISE) y la Federación de Organizaciones de la Nacionalidad Kichwa (FONAKISE).Traducido por: Paco Chuji.

Guía popular para la incidencia, 2011

INREDH

Page 155: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

156

Índice

1. La comunicación2. Medios de comunicación y poder3. La comunicación en la Constitución4. Formatos comunicacionales útiles5. Lenguaje oral y expresión en público6. Manejo de medios Bibliografía

Texto completo en: ‹http://inredh.org/index.php?view=article&catid=92%3Amanuales-para-pueblos-indigenas&id=454%3Amanual-popular-de-comunicacion&option= com_content&Itemid=142›.

Nota del compilador: Los autores son Ana María Acosta Buenaño y Luis Ángel Saavedra.

Manual popular decomunicación, 2011

INREDH

Page 156: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

157

Índice

1. El escenario y la población 2. La vecindad con el Estado de las FARC3. El ejército ecuatoriano: entre el rechazo y la necesidad4. Los paras y el ejército colombiano5. Las fronteras: la clave del imperioBibliografía

Texto completo en: ‹http://inredh.org/index.php?view=article&catid=69%3Arefugio&id=465%3Apeones-en-un-ajedrez-militar&option=com_content&Itemid=142›.

Nota del compilador: La autora es Laura González.

Peones en un ajedrez militar

INREDH

Page 157: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Índice

1. Historia constitucional, extensión limitada del sufragio en el Ecuador, 1929-1972

2. Inseguridad ciudadana y derechos humanos: por la reconstrucción de undiscurso securitista y hacia un nuevo Derecho Penal

3. Los derechos de las personas privadas de su libertad en la Constitución de2008 a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos

4. Espectro electromagnético como ejercicio del derecho a la libertad de expresión

5. La comunicación, un derecho necesario para el buen vivir6. Recursos naturales, constitucionalismo y derechos7. Participación ciudadana en el procedimiento legislativo, como concreción

del principio de interculturalidad; y control previo de constitucionalidad deproyectos de ley, como garantía de participación

8. La Defensoría del Pueblo del Ecuador. Un nuevo modelo de gestión para lapromoción y protección de derechos

9. La noción “derechos fundamentales” en la jurisprudencia de la autodeno-minada Corte Constitucional ecuatoriana (La exclusión del derecho de pro-

Nuevas instituciones de Derecho Constitucional ecuatoriano, tomo II

INREDH

158

Page 158: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

piedad de la acción extraordinaria de protección por no ser “derecho cons-titucional”)

10- El tribunal constitucional del Ecuador frente a la demanda de inconstitu-cionalidad por falta de motivación de las resoluciones que niegan la condi-ción de refugiado/a

11. Sentencias constitucionales12. Alcohol, revueltas y Estado constitucionalBibliografía

Texto completo en: ‹http://inredh.org/index.php?option=com_content&view=section&id=13&Itemid=142›.

Nota del compilador: Los autores son Agustín Grijalva, Ana Acosta, Christian Paula, David CorderoHeredia, Farith Simon Campaña, Gina Benavides, Harold Burbano Villareal, Jhoel Marlin EscuderoSoliz, Juan Pablo Aguilar Andrade, Patricio Benalcázar Alarcón, Ramiro Ávila Santamaría, SilvanaSánchez Pinto y Wilton Guaranda Mendoza.

Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 159

Page 159: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

160

Índice

1. ¿Qué es un proyecto?2. ¿Cómo se empieza a planificar un proyecto?3. Definición del problema4. Árbol de objetivos5. Diseño del proyectoBibliografía

Texto completo en: ‹http://inredh.org/index.php?view=article&catid=92%3Amanuales-para-pueblos-indigenas&id=456%3Amanual-popular-de-proyectos-y-gestion-local&option=com_content&Itemid=142›.

Nota del compilador: El autor es Luis Ángel Saavedra.

Manual popular de proyectos y gestión local

INREDH

Page 160: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

161

Índice

1. El sexo y el género2. La desigualdad de género3. Diferentes pero no desiguales4. Historia de lucha de mujeres5. El género en la ConstituciónBibliografía

Texto completo en: ‹http://inredh.org/index.php?view=article&catid=92%3Amanuales-para-pueblos-indigenas&id=455%3Amanual-popular-de-genero&option=com_content&Itemid=142›.

Nota del compilador: La autora es Ana María Acosta.

Manual popular de género

INREDH

Page 161: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

162

Índice

1. Quiénes participamos en el proceso de construcción de nuestra agenda in-tercultural joven

2. ¿Qué es la Coalición Popular de Organizaciones Juveniles del Ecuador?3. Nuestra agenda intercultural joven: un sueño hecho realidad4. Trabajando para hacer realidad nuestros sueños5. Modelo económico y el buen vivir6. Elementos naturales, biodiversidad y ambiente7. Derecho a la soberanía8. Derecho a la educación9. Derecho a la salud10. Derecho al empleo11. Derecho a la movilidad12. Derecho a la justicia, seguridad y cultura de paz13. Derecho a la igualdad de género y no discriminación14. Derecho a la identidad, cultura, y recreación15. Derecho a la participación y organización social / institucionalidad de ju-

ventudesBibliografía

Texto completo en: ‹[email protected]›.

Nota del compilador: La coordinación y elaboración ha estado a cargo de Kalindy Bolívar.

Nuestra agenda intercultural joven, jóvenes trabajando para construir sus sueños

SERPAJ y Coalición Popular de Organizaciones Juveniles

Page 162: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

163

Índice

1. La plurinacionalidad en el Ecuador2. Los aportes de las cosmovisiones indígena y afroecuatoriana3. Plurinacionalidad y DESCA4. ConclusionesBibliografía

Texto completo en: ‹www.pidhddecuador.org›.

Nota del compilador: De la edición se ha encargado Carlos Andrés Barragán, Lidia García e IvetteMinda.

Ecuador: Estado plurinacional y derechos económicos,sociales, culturales y ambientales

PIDHDD, Capítulo Ecuador

Page 163: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

164

Índice

1. Ubicación de la represa Daule Peripa2. Historia de una injusticia3. Principales violaciones a los derechos humanos causadas por la construc-

ción de la represa y sus responsables4. Principales responsables5. La reparación integral y el derecho a la alimentaciónBibliografía

Texto completo en: ‹www.fianecuador.org.ec›.

Nota del compilador: El autor es Mario Macías Yela.

Abandono y olvidopara los afectados por la construcciónde la represa Daule Peripa, el derecho a la alimentación

FIAN Ecuador

Page 164: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

165

Índice

1. A manera de introducción2. Causas e itinerarios del refugio3. Inserción social y cultural4. La participación en organizaciones e instituciones locales5. Condiciones de vida: trabajo, educación, salud, vivienda6. Mujer, relaciones de género y familia7. Síntesis y recomendaciones

Nota del compilador: Los autores son Oscar Raúl Ospina y Lucy Santacruz.

Refugiados urbanos en Ecuador, estudio sobre los procesos de inserción urbana de la poblacióncolombiana refugiada, el caso de Quito y Guayaquil

Colectivo Migración y Refugio, y FLACSO

Page 165: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Reseña de video documental

166

Contenidos

Un 8 de enero de 1988, cuando tenía 10 años, mis padres se fueron de vaca-ciones y me dejaron al cuidado de mis hermanos Santiago de 17 y Andrés de 14.Ese día yo tenía una fiesta infantil y ellos debían recogerme. Llegó la noche, y el restodel amanecer estuve en una ventana, esperando. Nunca llegaron. Luego de un añode desconocimiento y angustia descubrimos que ese día mis hermanos fueron tor-turados, asesinados y desaparecidos por la policía ecuatoriana, sin razón alguna. Suscuerpos fueron arrojados en la laguna de Yambo. Nunca los encontramos.Este documental es un viaje personal mezclado con la memoria de todo un paísmarcado por esta historia.

Ver en: ‹http://.www.conmicorazonenyambo.com› y la sinopsis de María FernandaRestrepo Arismendy en ‹http://.www.conmicorazonenyambo.com›.

Nota del compilador: Con mi Corazón en Yambo es un documental que tiene una duración de 2h17min. Formato: HDV; idioma: español; subtítulos: inglés, francés, catalán; formato de filmación:HDV; formato de proyección: DCP, blueray; año: 2011; dirección, guión, investigación: María FernandaRestrepo Arismendi producción ejecutiva y general: Randi Krarup, Fernanda Restrepo; edición: IvánMora Manzano, Carla Valencia Dávila; dirección de fotografía: Francois Laso; cámara: Cristina Salazar;producción de campo: Fernanda Sosa; música: Iván Mora Manzano; diseño de sonido: Esteban Brauer;mezcla música: Daniel Pasquel; interpretación música clásica: Valentina Ramia; Online: Abel Menén -dez; post créditos: Jorge de los Santos, La que cruza; diseño gráfico: Yorestudio. Festivales y premios:IDFA, 2011, Amsterdam; EDOC, Publics Choice Award, 2011, Quito.

Con mi corazón en Yambo

María Fernanda Restrepo

Page 166: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Reseña de programas de audio

167

Contenidos

1. Qué es el derecho a la alimentación2. La concentración del agua y tierra en Ecuador3. La desnutrición infantil4. Los programas alimentarios5. La implementación del Plan Tierras6. Yaku canto, canciones de resistencia por el agua, campaña pro defensores

de la naturaleza y de derechos humanos6.1. “Virgen de las Aguas de Kimsakocha”. Letra y música: Padre Teodoro

Maldonado, Azuay6.2. Mejor es morir luchando y no morirse de sed, “El Agua es vida”. Letra:

Defensores del Agua de Chillanes; música popular, Bolívar6.3. Décima del Manglar. Letra: Limber Nazareno; música popular: Esmeraldas.6.4. Te cuadre o no te cuadre, “Nuestra lucha es por el Agua”. Letra: Defensores

del Agua de Chillanes; música popular: Bolívar6.5. Agua es hoy el himno. Letra: Verónica Cevallos, Rufina Shagüi, Jaime

Guevara; música popular: Azuay6.6. Bomba de Junín, “Que se vayan al carajo”. Letra y música: Los Tucanes,

Imbabura6.7. Pachijal. Letra y música: Malamaña, Pichincha

Nota del compilador: Producción de las canciones de Yaku canto: Acosta Producciones, CampañaPro Defensores de los Derechos Humanos y de la Naturaleza, y Acción Ecológica.

Campaña por el derechoa la alimentación, cuñasradialesFIAN Ecuador

Page 167: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

Voces de nuestra América

168

Contenidos

1. Desmonte... cuando los árboles lloran2. Aguas que lloviendo vienen... Programa 1: emergencia en el departamento

de Antioquia3. Aguas que lloviendo vienen... Programa 2: emergencia en Bogotá4. Inundaciones: desastre en la vida de los empobrecidos5. Un terremoto descubre verdades6. Violencias contra las mujeres. Programa 1: “Manifestaciones de las violen-

cias contra las mujeres”7. Violencias contra las mujeres. Programa 2: “Proyecto delgadez”8. Violencias contra las mujeres. Programa 3: “Invisibilización de las mujeres

en la información”9. Como el ave fénix. Programas 1, 2 y 3

Disponible en: ‹www. prodh.org›.

Nota del compilador: Dirección: Ximena Gudiño. Investigación y producción: Carlos Terán, PRODH-Ecuador; David Morales, Comunicación Positiva-Colombia; Harold Urbina, Comité de DerechosHumanos Leonel Rugada, Nicaragua; Néstor Manchini, PROA-Argentina; Silvia Tello, Colectivo TierraInsurgente-Perú; Yesid Fernandez, CEPALC-Colombia. Masterización: Esteban Coloma. Auspicio:Asociación Mundial para la Comunicación Cristiana, WACC 2010

Pobreza, desastres y derechos humanosProgramas radiales

Red Latinoamericana de Radialistas Pro Derechos Humanos y PRODH

Page 168: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

169

Contenidos

1. Cuña contaminación petróleo2. Cuña mujer petróleo3. Cuña Constitución de derechos

Nota del compilador: Los autores son la Red de Líderes Comunitarios Ángel Shingre y el INREDH;la edición estuvo a cargo de El Churo Comunicación.

Campaña por una vida digna, cuñas radiales sobre los efectos de la contaminación petrolera

INREDHEl Churo Comunicación

Page 169: Informe sobre DDHH - Universidad Andina

170

Contenidos

1. Minería “desarrollo”2. Minería mentiras3. Minería efectos socioambientales

Nota del compilador: Los autores son el INREDH y la Asamblea de los Pueblos del Sur.

Campaña por una vida digna, minería

INREDHEl Churo Comunicación

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Alexandra Almeida, Bioquímica Farmacéutica, Universidad Central del Ecuador,Quito (UCE). Defensora de los derechos de la naturaleza y coordinadora del Áreade Petróleo de Acción Ecológica.

Javier Arcentales Illescas, Abogado, Pontificia Universidad Católica del Ecuador,Quito (PUCE); Diploma en Migraciones y Desarrollo, Facultad Latinoamericanade Ciencias Sociales, Sede Ecuador, Quito (FLACSO-E). Miembro de la Coaliciónpor las Migraciones y el Refugio, Quito.

Ramiro Ávila Santamaría, Abogado y Doctor en Jurisprudencia, PUCE; Magísteren Derecho, Columbia Law School, Nueva York. Docente del Área de Derecho,Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, Quito (UASB-E).

Enrique Ayala Mora, Licenciado y Doctor en Educación, PUCE; Curso de Maestría,University of Essex; DPhil, University of Oxford. Rector de la UASB-E.

Venessa Barham, egresada de Jurisprudencia y Ecología Aplicada, Universida SanFrancisco de Quito, Quito. Integrante del equipo legal del caso Chevron-Texaco

Gina Benavides Llerena, Abogada y Doctora en Jurisprudencia, PUCE; EspecialistaSuperior en Derechos Humanos, UASB-E; Magíster en Derechos Humanos yDemocracia en América Latina, UASB-E. Coordinadora del Programa Andino deDerechos Humanos de la UASB-E.

Gabriela Bernal Carrera, Educadora, Universidad Politécnica Salesiana, Quito (UPS),Maestra en Antropología Social, UNAM México. Responsable del Programa de

Los autores

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172 Programa Andino de Derechos Humanos, compilador

Formación del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de losDerechos de la Mujer (CLADEM).

Ricardo Buitrón Cisneros, Estudios en Sociología, UCE y Posgrado en Gestión deRecursos Naturales y Desarrollo, Centro Bartolomé de las Casas en Perú. Coordi -nador Proyecto Andino de Agua de la Internacional de Servicios Públicos, miem-bro de Acción Ecológica.

Lina Cahuasquí, Licenciada en Lengua y Literatura, Universidad Técnica Particularde Loja, (UTPL); Diplomada en Migración y Desarrollo, FLACSO-E; Maestranteen Estudios Latinoamericanos, UASB-E. Directora Ejecutiva de FIAN Ecuador.

Diego Cano Molestina, egresado de la Facultad de Economía, PUCE. Presidentede la Federación Nacional de Trabajadores Petroleros del Ecuador (FETRAPEC)y Responsable de la Coordinación Nacional de Sindicatos Públicos del Ecuador.

Gardenia Chávez Núnez, Antropóloga, Universidad Politécnica Salesiana, Quito;estudios de Diploma Superior en Ciencias Sociales, con mención en Derechos Hu -manos y Seguridad Democrática, FLACSO-E; Magíster en Estudios Latinoameri -canos, con mención en Políticas Culturales, UASB-E. Docente del Programa Andinode Derechos Humanos de la UASB-E.

Enith Flores, Comunicadora Social, UCE. Miembro de la Asamblea de MujeresPopulares y Diversas; Responsable del Área de Comunicación de FIAN Ecuador.

Agustín Grijalva, Doctor en Jurisprudencia, PUCE; Magíster en Ciencias Políticas,University of Kansas, Lawrence; Doctor en Ciencia Política University of Pittsburgh.Docente del Área de Derecho de la UASB-E.

María Guadalupe de Heredia, Periodista, Instituto de Desarrollo Humano, Bogotá.Miembro del equipo de comunicación del Caso Chevron Texaco.

Francisco Hurtado Caicedo, Abogado, PUCE. Miembro de la Asamblea de laComisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU); miembro de la Coaliciónpara las Migraciones y el Refugio; miembro del Taller Ikal Yuyarina y Secretariode la Fundación Yanapacuna.

Mario Melo, Abogado y Doctor en Jurisprudencia, PUCE; Máster en DerechoAmbiental, Universidad del País Vasco, Bizkaia; Diploma de Postítulo en DerechosHumanos, Universidad de Chile, Santiago. Docente universitario en la UASB-E yen la PUCE.

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Informe sobre derechos humanos, Ecuador 2011 173

Clara Merino Serrano, Socióloga, UCE. Directora Ejecutiva de la Fundación deMujeres Luna Creciente.

Marco Navas Alvear, Abogado y Doctor en Jurisprudencia, UCE; Magíster enEstudios Latinoamericanos, UASB-E; DPhil en Ciencias Políticas, Freie UniversitatBerlín. Docente del Área de Derecho de la UASB-E. Coordinador de la Especializa -ción Superior en Derecho Constitucional de la UASB-E, Director del Taller de Cons -titucionalismo y Democracia de la UASB-E.

Carolina Pazmiño Corral, Abogada, UCE; Especialista Superior en Derecho Admi -nistrativo, UASB-E. Asesora jurídica de la CEDHU.

Silvana Sánchez Pinto, Abogada y Doctora en Jurisprudencia, PUCE; EspecialistaSuperior en Derechos Humanos, UASB-E; Especialista Superior en DerechoAdministrativo, UASB-E; Magíster en Derecho Constitucional, UASB-E. Docentecontratada del Programa Andino de Derechos Humanos, UASB-E; Docente invi-tada del Área de Derecho, UASB-E. Integrante de CLADEM-Ecuador.

Julio César Trujillo, Abogado y Doctor en Jurisprudencia, PUCE. Docente deDerecho al Trabajo y Teoría del Estado, PUCE; Docente de Derecho Constitucionale Introducción al Derecho Procesal Constitucional e Instituciones del EcuadorContemporáneo, UASB-E; Profesor invitado de varias universidades del país y delexterior.

Mario Unda Soriano, Licenciado en Sociología, UCE. Docente de la carrera de So -ciología, UCE; Docente de la Escuela de Sociología y Ciencias Políticas, PUCE.Investigador del Centro de Investigaciones Ciudad.

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UNIVER SI DAD AN DI NA SI MÓN BO LÍ VARSE DE ECUA DOR

La Universidad Andina Simón Bolívar es una institución académica denuevo tipo, creada para afrontar los desafíos del siglo XXI. Como centro de exce-lencia, se dedica a la investigación, la enseñanza y la prestación de servicios parala transmisión de conocimientos científicos y tecnológicos.

La Universidad es un centro académico abierto a la cooperación interna-cional, tiene como eje fundamental de trabajo la reflexión sobre América Andina,su historia, su cultura, su desarrollo científico y tecnológico, su proceso de inte-gración, y el papel de la Subregión en América Latina y el mundo.

La Universidad Andina Simón Bolívar fue creada en 1985 por el Parlamen -to Andino. Es un organismo del Sistema Andino de Integración. Además de su ca-rácter de institución académica autónoma, goza del estatus de organismo de de-recho público internacional. Tiene su Sede Central en Sucre, Bolivia; una sede na-cional en Quito, Ecuador; una sede local en La Paz, Bolivia, y una oficina en Bogotá,Colombia.

La Universidad Andina Simón Bolívar se estableció en el Ecuador en 1992.En ese año la Universidad suscribió un convenio de sede con el gobierno delEcuador, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que ratifica sucarácter de organismo académico internacional. En 1997, el Congreso de la Repú -blica del Ecuador, mediante ley, la incorporó al sistema de educación superior delEcuador, y la Constitución de 1998 reconoció su estatus jurídico, el que fue rati-ficado por la legislación ecuatoriana vigente. Fue la primera universidad del Ecua -dor en recibir un certificado internacional de calidad y excelencia.

La Sede Ecuador realiza actividades, con alcance nacional e internacional,dirigidas a la Comunidad Andina, América Latina y otros ámbitos del mundo, enel marco de áreas y programas de Letras, Estudios Culturales, Comunicación, De -recho, Relaciones Internacionales, Integración y Comercio, Estudios Latinoameri -canos, Historia, Estudios sobre Democracia, Educación, Adolescencia, Salud y Me -dicinas Tradicionales, Medio Ambiente, Derechos Humanos, Migraciones, GestiónPública, Dirección de Empresas, Economía y Finanzas, Estudios Agrarios, Estu -dios Interculturales, Indígenas y Afroecuatorianos.

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PROGRAMA ANDINO DE DERECHOS HUMANOS

El Programa Andino de Derechos Humanos, PADH, de la UniversidadAndina Simón Bolívar, Sede Ecuador, es un espacio académico de debate, inter-cambio de opiniones y experiencias, orientado a contribuir al desarrollo y con-solidación de la democracia y el Estado constitucional de derechos y justicia, y ala promoción de los derechos humanos en los distintos países de América Latina.

Entre sus estrategias se encuentra el trabajo colectivo desde una red de uni-versidades de América del Sur integrada por la Universidad Nacional de Lanús,Argentina; la Universidad Andina Simón Bolívar de La Paz, Bolivia; la Universidadedo Estado da Bahia, Brasil; la Universidad Nacional de Colombia; la UniversidadNacional Mayor de San Marcos, Perú, y la Universidad Católica Andrés Bello,Venezuela.

Los programas académicos que brinda el PADH tienen un carácter inter-disciplinario y crítico, con enfoque latinoamericano y de reconocimiento de lasdiversidades en general, y de género en particular; vinculando teoría y práctica.En esta perspectiva, ofrece posgrados y cursos abiertos en Derechos Humanos.Además, por petición y bajo convenio con organizaciones sociales, institucionesestatales o cooperación internacional, el PADH organiza cursos específicos y decorta duración sobre distintos ámbitos de los derechos humanos.

Dispone de un sitio web que se ha constituido en un referente de encuentroy comunicación de los distintos espacios comprometidos con los derechos hu-manos en la región, a través de la revista electrónica cuatrimestral Aportes Andinosy un centro de referencia en línea que dispone de un fondo documental especí-fico sobre derechos humanos. El PADH ha generado además una línea de publi-caciones, a partir de investigaciones realizadas por docentes y estudiantes; mate-riales de trabajo producto de procesos de capacitación, y memorias de conferenciasregionales y otras actividades académicas realizadas a lo largo de su gestión.

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