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1 INFORME DE LITIGIO DEFENSORIAL ANTE LA CORTE CONSTITUCIONAL 2020 Defensoría Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales Diciembre de 2020

INFORME DE LITIGIO DEFENSORIAL ANTE LA CORTE ...€¦ · Informe de Litigio Defensorial ante la Corte Constitucional - 2020 En cumplimiento de unas de las actividades definidas para

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    INFORME DE LITIGIO DEFENSORIAL

    ANTE LA CORTE CONSTITUCIONAL

    2020

    Defensoría Delegada para los Asuntos

    Constitucionales y Legales

    Diciembre de 2020

  • 2

    Informe de litigio defensorial ante la Corte Constitucional

    2020

  • 3

    Informe de Litigio Defensorial ante la Corte Constitucional

    - 2020

    En cumplimiento de unas de las actividades definidas para la Defensoría Delegada

    para los Asuntos Constitucionales y Legales en el Plan Anticorrupción y de Atención

    al Ciudadano 2020, esta dependencia se permite presentar el informe de las

    actuaciones de litigio defensorial que adelantó durante el 2020 ante la Corte

    Constitucional.

    Las Resoluciones 140 de 2018 y 917 de 2019, establecen que la Defensoría Delegada

    para los Asuntos Constitucionales y Legales tiene dentro de sus funciones la de

    adelantar acciones, impartir lineamientos y diseñar estrategias en materia de

    litigio defensorial principalmente ante la Corte Constitucional. Puntualmente, las

    resoluciones mencionadas indican que corresponde a esta dependencia:

    “1. Proyectar y presentar acciones públicas de inconstitucionalidad.

    2. Proyectar y presentar intervenciones en procesos de constitucionalidad y de

    tutela ante la Corte Constitucional.

    3. Proyectar y presentar solicitudes de selección de expedientes de tutela para

    su revisión ante la Corte Constitucional.

    (…)

    6. Coordinar el cumplimiento de las decisiones de la Corte Constitucional que

    comprenden órdenes dirigidas a la Defensoría del Pueblo, relacionadas con

    temas que sean de competencia de las Defensorías Regionales, las Direcciones

    Nacionales o Defensorías Delegadas, según sea el caso”.

    Teniendo en cuenta lo anterior, a continuación, se presentarán las actuaciones

    realizadas ante el Alto Tribunal Constitucional por esta Defensoría Delegada.

    Es importante aclarar que, durante el 2020, no se proyectaron acciones públicas

    de inconstitucionalidad, por lo que, sólo se presentarán los resultados relacionados

    con presentación de solicitudes de selección; de intervenciones en procesos de

    constitucionalidad y de tutela; e informes sobre el cumplimiento de sentencias

    dictadas por la Corte Constitucional con órdenes para la Defensoría.

  • 4

    1. Solicitudes de selección

    De acuerdo con los artículos 31, 32 y 33 del Decreto 2591 de 1991, todas las

    acciones de tutela deben ser remitidas a la Corte Constitucional para que se

    estudie su posible revisión.

    La decisión sobre este asunto se lleva a cabo en una Sala de Selección de

    Tutelas, conformada en forma rotativa y por sorteo, por dos magistrados/as

    titulares de la Corporación.

    El artículo 53 del Acuerdo 2 de 2015 de la Corte Constitucional –Reglamento

    interno- refiere que un expediente de tutela puede ser:

    “eventualmente seleccionado, cuando ha sido puesto a consideración de la Sala

    de Selección por cualquiera de las siguientes vías: a) Preselección por la Unidad

    de Análisis y Seguimiento de Tutelas o por uno de los Magistrados que integran

    la Sala de Selección, con base en reseñas esquemáticas. b) Presentación de una

    solicitud ciudadana a la Sala de Selección. c) Insistencia”1.

    En este contexto, la Defensoría del Pueblo analiza las peticiones allegadas por

    la ciudadanía en las que solicitan que la entidad evalúe la posibilidad de

    presentar escrito de solicitud de selección respecto de las acciones de tutela

    interpuestas por ella.

    Este análisis tiene en cuenta el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad

    de dicha acción constitucional y los criterios orientadores definidos por la Corte

    en el artículo 52º del Acuerdo 02 de 2015 de la Corte Constitucional –Reglamento

    Interno-, el cual establece los criterios orientadores para la selección de los

    fallos de tutela con el fin de adelantar su revisión, así:

    “(…) a) Criterios objetivos: unificación de jurisprudencia, asunto novedoso,

    necesidad de pronunciarse sobre una determinada línea jurisprudencial,

    exigencia de aclarar el contenido y alcance de un derecho fundamental, posible

    violación o desconocimiento de un precedente de la Corte Constitucional.

    b) Criterios subjetivos: urgencia de proteger un derecho fundamental o la

    necesidad de materializar un enfoque diferencial.

    1 Corte Constitucional. Acuerdo 2 de 2015. Por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional.

  • 5

    c) Criterios complementarios: lucha contra la corrupción, examen de

    pronunciamientos de instancias internacionales judiciales o cuasi judiciales,

    tutela contra providencias judiciales en los términos de la jurisprudencia

    constitucional; preservación del interés general y grave afectación del

    patrimonio público. Estos criterios de selección, en todo caso, deben

    entenderse como meramente enunciativos y no taxativos.

    Parágrafo. En todos los casos, al aplicar los criterios de selección, deberá

    tenerse en cuenta la relevancia constitucional del asunto, particularmente

    tratándose de casos de contenido económico”.2

    En el 2020, se presentaron 9 solicitudes de selección de expedientes de tutela

    para su revisión ante la Corte Constitucional:

    N° Año Solicitudes de selección de tutela acogidas por la Corte

    Constitucional

    Fue seleccionada por la Corte

    1 2020 Expediente T-7.806.320. Acción de tutela interpuesta por Ana Milena Rubiano Madrid y otros en contra de la Fiscalía General de la Nación.

    2 2020 Expediente T-7.910.068. Acción de tutela interpuesta por el Consejo Indígena del Territorio Pira Paraná contra Ministerio del Interior.

    3 2020

    Expediente T-7.926.972. Acción de tutela interpuesta por Cárdenas Mercy en representación de su hija menor de edad en contra de la administradora de Fondos de pensiones y cesantías -Porvenir S.A.-

    No

    4 2020 Expediente T-7.923.235. Acción de tutela interpuesta por García González Alfonso en contra Concejo Municipal y Otros.

    5 2020 Expediente T-7.970.593. Acción de tutela interpuesta por Caicedo López Daniela Stefany en contra Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF-

    6 2020 Expediente T-7.995.814. Acción de tutela interpuesta por Bonilla Rubiano Jorge Mauricio en contra Fiscalía General de la Nación y Otros.

    7 2020 Expediente T-7.970.593 caso de menor testigo de Jehová de 17 años que exige su derecho a libertad religiosa en relación a trasfusión de sangre que le apunta al derecho a la salud.

    8 2020 Expediente T-8.015.172. Acción de tutela interpuesta por Tascon Areiza Jhon Freddy en contra Cafesalud EPS en Liquidación y Otros.

    No

    9 2020

    Expediente T-8.007.959. Acción de tutela interpuesta por Weinstein Laura Frida (Weinstein Cesar Isaac) en contra Ministerio del Interior y Otros

    No

    2 Corte Constitucional. Acuerdo 2 de 2015. Por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional.

  • 6

    La mayoría de las solicitudes versaron sobre los siguientes asuntos: (i) derechos de

    mujeres y personas con orientación sexual e identidad de género diversas, (ii)

    interés superior de los niños y niñas; y (iii) derechos de los grupos étnicos; entre

    otros.

    2. Intervenciones en procesos tutelas

    Durante el año 2020, la Delegada para los Asuntos Constitucionales presentó 14

    coadyuvancias en varias acciones de tutela, relacionadas principalmente con los

    derechos de: personas migrantes; mujeres y personas con orientación sexual e

    identidad de género diversas; niños y niñas; indígenas y personas con discapacidad.

    En algunas ocasiones, la Defensoría del Pueblo intervino en casos en los que

    presentó solicitud de selección, como en el caso del expediente T-7.910.068.

    (Acción de tutela interpuesta por el Consejo Indígena del Territorio Pira Paraná

    contra Ministerio del Interior).

    N° Expediente Asunto

    Derechos vulnerados

    Sentencia

    La Corte acogió los

    argumentos de la entidad

    1 T- 7.742.471 Estabilidad laboral reforzada de mujeres gestantes.

    Igualdad, interés superior de los

    menores y trabajo. T-438/20 SÍ

    2 T-7.662.457 Violencia económica contra la mujer y acoso laboral en razón a su género.

    Seguridad social y

    trabajo.

    Aún no se ha

    proferido sentencia

    ------

    3 T-7.730.387 T-7.744.935

    Accesibilidad al derecho a la educación de los menores de edad.

    Interés superior del menor y derecho a la educación

    T-366/20 SÍ

    4 T-7.733.840 Trata de personas de niñas y mujeres migrantes de Venezuela

    Salud , vida y bloque de

    constitucionalidad

    Aún no se ha

    proferido sentencia

    ------

    5 T-7.745.590

    Los migrantes irregulares venezolanos como sujetos de especial protección constitucional del Estado colombiano, y la necesidad regularizar la permanencia de ellos en Colombia.

    Bloque de constitucionalidad, igualdad, debido

    proceso, derecho a la defensa y

    garantías judiciales

    Aún no se ha

    proferido sentencia

    ------

  • 7

    6 T-7.688.529

    Patrimonio cultural inmaterial: la música vallenato tradicional y el Festival de la Leyenda Vallenata.

    Bloque de

    constitucionalidad,

    igualdad, debido

    proceso, derecho a

    la defensa y

    garantías

    judiciales

    Aún no se ha

    proferido sentencia

    ------

    7 T-7.707.328 Derechos de las víctimas del conflicto armado inscrito en el Registro Único de Víctimas.

    Dignidad humana, igualdad, debido

    proceso, derecho a la defensa y

    garantías judiciales

    Aún no se ha

    proferido sentencia

    ------

    8 T-7.372.401

    Motivación de las providencias judiciales, como presupuesto para la garantía de los derechos al debido proceso y la tutela judicial efectiva.

    Debido proceso, derecho a la

    defensa y garantías judiciales

    T-147/20 SÍ

    9 T-7.656.214

    Deber del Estado de implementar una política pública para personas con orientación sexual e identidad de género diversas como medida indispensable en la garantía de sus derechos.

    Dignidad humana, igualdad, y libre desarrollo de la

    personalidad

    T-192/20 SÍ

    10 T-7.671.770 Derecho a la salud de las personas con discapacidad.

    Salud y dignidad humana

    T-232/20 SÍ

    11 T-7.654.124

    Límites a la libertad de información cuando involucra los derechos a la honra y al buen nombre, al hacer publicaciones en sitios de internet.

    Dignidad humana T-250/20 SÍ

    12 T-7.717.114 Garantía del derecho a la salud a menores venezolanos migrantes

    Interés superior del niño y la niña, salud e igualdad

    T-275/20 Parcialmente

    13 T-7.615.048

    Reconocimiento a la personalidad jurídica y a la nacionalidad de un niño hijo de migrantes ecuatorianos.

    Interés superior del niño y de la

    niña. T-301/20 SÍ

    14 T-7.910.068 Protección de los derechos de la comunidad indígena.

    Vida, integridad, ambiente sano y

    territorio de comunidad indígena.

    Aún no se ha

    proferido sentencia

    ------

    3. Intervenciones en procesos de constitucionalidad.

    El artículo 40 de la Constitución Política de 1991 contempla todo cualquier

    ciudadano “tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del

  • 8

    poder político”, y para su materialización puede “interponer acciones públicas en

    defensa de la Constitución y de la ley”, entre otras acciones.

    Así mismo, el artículo 241 definió dentro de las funciones de la Corte

    Constitucional ejercer el control de constitucionalidad de: (i) actos reformatorios

    de la Constitución, cualquiera que sea su origen sólo por vicios de procedimiento

    en su formación (numeral 1); (ii) leyes, tanto por su contenido material, como por

    vicios de procedimiento en su formación (numeral 4); (iii) decretos con fuerza de

    ley dictados con fundamento en los artículos 150 numeral 10, es decir decreto

    leyes dictados por el Gobierno en uso de facultades extraordinarias (numeral 5); y

    (iv) Decretos con fuerza de ley expedidos con fundamento en el artículo 341de la

    Constitución.

    El artículo 2° del Decreto 2067 de 1991, por medio del cual se dictó el régimen

    procedimental de los juicios y actuaciones que se surten ante la Corte, estableció

    los requisitos mínimos requeridos para su presentación: 1) el señalamiento de las

    normas acusadas como inconstitucionales; 2) el señalamiento de las normas

    constitucionales que se consideren infringidas; 3) las razones por las cuales dichos

    textos se estiman violados; 4) cuando fuere el caso, el señalamiento del trámite

    impuesto por la Constitución para expedición del acto demandado y la forma en

    que fue quebrantado; y 5) la razón por la cual la Corte es competente para conocer

    de la demanda.

    Adicional a los requisitos legales, se han consolidado como criterios

    jurisprudenciales de admisión en la Corte: claridad, certeza, especificidad,

    pertinencia y suficiencia.

    En este contexto, cualquier ciudadano o ciudadana puede presentar una demanda

    en contra de una ley, previo cumplimiento de unos requisitos. La Defensoría del

    Pueblo participa con la presentación de escritos de coadyuvancias en procesos de

    relevancia constitucional o en los que considera que se comprometen la protección

    y garantía de los derechos humanos.

    a. Demandas ordinarias (leyes y decretos con fuerza de

    ley).

    En el 2020, se presentaron 11 intervenciones en procesos de acciones públicas de

    inconstitucionalidad. En algunas de estas, se participó a partir de la invitación de

    la Corte Constitucional para ello; y en otros casos, por la relevancia del asunto

    tratado.

  • 9

    A la fecha, la Corte no ha emitido sentencia en ninguno de los expedientes en los

    que presentó intervención la entidad, razón por lo cual no se puede estudiar la

    incidencia de la entidad en esta instancia. Esta situación sucedió por la suspensión

    de términos por la pandemia COVID-19.

    N° Expediente Norma Demandada

    Asunto

    1 D-13866 Demanda de constitucionalidad en contra del numeral 11 del artículo 140 de la Ley 1801 de 2016 – Código de Policía-.

    Medidas sobre el uso del espacio público.

    2 D-13917

    Demanda de constitucionalidad en contra de los artículos 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 de la Ley 1996 de 2019.

    Reconocimiento del derecho a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

    3 D-13575 Demanda de constitucionalidad en contra de los artículos 6 y 53 (parciales) de la Ley 1996 de 2019.

    Reconocimiento del derecho a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

    4 D-13743 Demanda de constitucionalidad en contra de la Ley 1996 de 2019.

    Régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidades mayores de edad.

    5 D-13746

    Demanda de constitucionalidad en contra del artículo 9 de la Ley 797 de 2003, que modifica el artículo 33 de la Ley 100 de 1993.

    Garantía de los derechos de los padres y madres de hijos e hijas en situación de discapacidad.

    6 D-13738 Demanda de constitucionalidad en contra de los numerales 2º y 3º del artículo 16 de la Ley 1996 de 2019.

    Reconocimiento del derecho a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

    7 D-13926 Demanda de constitucionalidad en contra del parágrafo (parcial) del artículo 1 de la Ley 1997 de 2019.

    La aplicación de los beneficios de la Ley a la población venezolana.

    8 D-13842 Demanda de constitucionalidad en contra del Decreto 403 de 2020.

    Abuso y extralimitación de las facultades extraordinarias del Presidente de la República, del Acto Legislativo 04 de 2019.

    9 D-13752

    Demanda de constitucionalidad en contra del numeral 13 del artículo 108 del Decreto Ley 2663 de 1960 (Código Sustantivo del Trabajo).

    Trato discriminatorio para las mujeres en los reglamentos de trabajo, relacionado con labores que no deben realizar.

    10 D-13634 Demanda de constitucionalidad en contra del artículo 188 (parcial) de la Ley 1819 de 2016.

    Impuestos a productos de higiene femenina.

    11 D-13896 Demanda de constitucionalidad en contra del numeral 12, artículo 77 de la Ley 1862 de 2017

    Libre expresión en las Fuerzas Militares.

  • 10

    b. Revisiones de Decretos Legislativos expedidos en el

    marco de la emergencia económica, social y ecológica

    declarada por la pandemia Covid- 19.

    En el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada por la

    pandemia Covid- 19, el Gobierno Nacional emitió 72 Decretos Legislativos, que

    fueron estudiados por la Corte Constitucional, bajo la figura de control automático

    de constitucional que corresponde para este caso.

    En este contexto, la Defensoría del Pueblo se pronunció en el marco de 12 decretos

    legislativos:

    N° Expediente Sentencia Decreto

    1

    RE-284

    C-258/20

    "Decreto legislativo 558 de 2020, “Por el cual se implementan medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Pensiones, proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado y se dictan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

    2 RE-331 C-395/20

    Decreto Legislativo 804 de 2020, “Por el cual se establecen medidas para la adecuación, ampliación o modificación de inmuebles destinados a centros transitorios de detención a cargo de los entes territoriales y se adoptan otras disposiciones en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”

    3 RE-342 C-460/20

    Decreto Legislativo 815 de 2020, “Por el cual se modifica el Decreto Legislativo 639 de 2020 y se disponen medidas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal — PAEF, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020”.

    4 RE-243 C-161/20

    Decreto Legislativo 467 de 2020, “Por el cual se dictan medidas de urgencia en materia de auxilios para beneficiarios del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -ICETEX, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

    5 RE-232

    C-145/20

    Decreto legislativo 417 de 2020, “Por el cual se declara un estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional”

    6 RE-235

    C-157/20

    Decreto Legislativo 439 de 2020, “Por el cual se suspende el desembarque con fines de ingreso o conexión en territorio colombiano, de pasajeros procedentes del exterior, por vía aérea”

    7 RE-240

    C-179/20

    Decreto Legislativo 460 de 2020, “Por el cual se dictan medidas para garantizar la prestación del servicio a cargo de las comisarías de familia, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

    8 RE-274 C-180/20 Decreto Legislativo 541 de 2020, “Por el cual se dictan medidas especiales en el Sector Defensa, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”

  • 11

    9 RE-280

    C-195/20

    Decreto Legislativo 553 de 2020, “Por el cual se define la transferencia económica no condicionada para los Adultos Mayores que se encuentran registrados en la lista de priorización del Programa Colombia Mayor y se define la transferencia al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante administrado por las Cajas de Compensación Familiar, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

    10 RE-289

    C-238/20

    Decreto legislativo 563 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas especiales y transitorias para el sector de inclusión social y reconciliación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

    11 RE-277

    C-255/20

    Decreto legislativo 546 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas para sustituir la pena de prisión y la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimientos penitenciarios y carcelarios por la prisión domiciliaria y la detención domiciliaria transitorias en el lugar de residencia a personas que se encuentran en mayor vulnerabilidad frente al COVID-19, y se adoptan otras medidas para combatir el hacinamiento carcelario y prevenir y mitigar el riesgo de propagación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

    12 RE-293 C-161/20

    Decreto Legislativo 568 de 2020, “Por el cual se crea el impuesto solidario por el COVID-19, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 417 de 2020”

    4. Informes sobre el cumplimiento de sentencias de la

    Corte Constitucional con órdenes para la Defensoría

    del Pueblo.

    La Defensoría Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales, en

    cumplimiento de las funciones a su cargo, realiza diferentes acciones encaminadas

    a la protección y defensa de los derechos humanos y al acceso a la administración

    de justicia, dentro de las que se encuentra la vigilancia al cumplimiento de las

    órdenes proferidas por la Corte Constitucional dirigidas a la Defensoría del Pueblo,

    en sus diferentes providencias.

    Al respecto, es necesario precisar que las órdenes dictadas por la Corte

    Constitucional en sentencias de tutela pueden clasificarse en tres categorías: (i)

    ejecución directa: cuando el cumplimiento de la orden compete exclusivamente a

    la Defensoría; (ii) De seguimiento: casos en los cuales la labor de la Defensoría es

    esencialmente verificar el cumplimiento por parte de los destinatarios de las

    órdenes y iii) De ejecución y seguimiento: en la que se incluyen las dos anteriores.

    Teniendo en cuenta lo mencionado, los informes presentados refieren las

    actuaciones defensoriales adelantadas para dar cumplimiento a lo ordenado por el

  • 12

    Alto Tribunal Constitucional. En el 2020, se presentaron los siguientes informes

    ante la Corte Constitucional y los jueces de instancia:

    Informes Presentados

    2020

    Informes del seguimiento a sentencias. 12

    Total 12

    Destino del Informe

    2020

    Corte Constitucional 9

    Jueces de instancia 4

    Total 13

    Los informes elaborados por la Delegada para los Asuntos Constitucionales y

    presentados en el marco del cumplimiento de las sentencias de la Corte

    Constitucional corresponden a las siguientes sentencias:

    Temas 2020

    T-422 de 2014 - Derecho a la información 1

    SU-235 de 2016 - Hacienda la Bella Cruz 1

    T-421 de 2018 – Juez de Paz 1

    T-005 de 2016 - Consulta previa Cabildo Arhuaco 1

    T-1025 de 2017 - Comunidad de Paz de San José de Apartadó 4

    T-302 de 2017 - ECI niñez Wayuu 2

    T-544 de 2017 - Derecho a la muerte digna de niños, niñas y adolescentes 2

    T-376 de 2019 - Discriminación en entornos sanitarios población OSIG 1

    Total 13

    Es importante aclarar que algunos informes se presentan conforme con la

    periodicidad que fue estipulada en la sentencia. Adicionalmente, no se incluyeron

    los informes elaborados por otras dependencias de la Defensoría del Pueblo en el

    marco del seguimiento de sentencias que declararon el Estado de Cosas

    Inconstitucional en relación con víctimas y desplazamiento forzado; derecho a la

    salud y en materia penitenciaria y carcelaria, por ser de su competencia la

    elaboración y radicación de los mismos.