IMEF_Foro Tributacion - 20141007

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Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas - Foro de Tributación 2014

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  • Bienvenida Daniel Calleja Presidente Nacional IMEF

    Fernando Licaga Presidente IMEF Grupo Ciudad de Mxico

    Arturo Carvajal Presidente CTN de Estudios Fiscales IMEF

  • Buzn Tributario, Contabilidad Electrnica y Revisiones Electrnicas

    PRESENTADO POR: LIC. FERNANDO MARTINEZ COSS

    ACT. ERNESTO LUNA VARGAS

    LIC. LIZANDRO NUEZ PICAZO

    C.P.C. XAVIER MNDEZ ALVARADO

  • Entorno Electrnico

    A par;r de 2014 las reformas al marco scal mexicano, par;cularmente las rela;vas al CFF, implementan acciones para mejorar la labor de scalizacin del SAT en aras de fortalecer la recaudacin.

    En ese tenor, se tomaron las siguientes medidas:

    A. La generalizacin del CFDI como mecanismo nico de facturacin, al mismo ;empo que desaparecieron las facilidades de comprobacin para algunos sectores y se implementaron alterna;vas de inscripcin especiales.

  • B. Se cre el Rgimen de Incorporacin Fiscal RIF, el cual propone un modelo de tributacin amigable, que va graduando el nivel de gravamen en un periodo de maduracin propio de incubadora de empresas.

    C. Se generaliz la obligacin de llevar contabilidad electrnica y entregarse mensualmente al SAT, incorporando con ello el ;mbrado de la informacin nanciera.

    D. Se incorpora el buzn scal y las revisiones electrnicas.

    Entorno Electrnico

  • Contabilidad Electrnica

    En la reforma al CFF, destacan en materia de Contabilidad Electr-nica los siguientes tres cambios:

    1. Se modica el concepto de contabilidad

    2. Se establece la obligacin de llevar los registros o asientos que integran la contabilidad en medios electrnicos

    3. Se deber enviar la informacin contable al Servicio de Administracin Tributaria (SAT).

    Las obligaciones anteriores se debern cumplir conforme a los requisitos que establezcan el RCFF y la RMF 2014.

  • Integracin de la contabilidad

    En atencin a lo sealado por el ar[culo 28 fraccin I primer prrafo del CFF, las personas que de acuerdo con las disposiciones scales estn obligadas a llevar contabilidad para efectos scales, la integrarn con:

    1. Libros, sistemas y registros contables, 2. Papeles de trabajo, 3. Estados de cuenta, 4. Cuentas especiales, 5. Libros y registros sociales,

    El ar[culo 83 fraccin II del CFF establece que es infraccin, no llevar algn libro o registro especial a que obliguen las leyes scales y la sancin de conformidad con el ar[culo 84 fraccin II del CFF es una multa de $260.00 a $5,980.00

    Contabilidad Electrnica

  • Integracin de la contabilidad

    6. Control de inventarios y mtodo de valuacin, 7. Discos y cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento

    de datos, 8. Equipos o sistemas electrnicos de registro scal y sus respec;vos

    registros, 9. Documentacin comprobatoria de los asientos respec;vos, 10.Documentacin e informacin relacionada con el cumplimiento de las

    disposiciones scales, 11.Documentacin que acredite sus ingresos y deducciones, 12.La documentacin que obliguen otras leyes,

    Contabilidad Electrnica

  • Buzn Tributario

    De conformidad con el ar[culo 17-K del CFF y del ar[culo SEGUNDO TRANSITORIO fraccin VII del Decreto por el que se reforma el CFF, las personas morales y las personas gsicas, tendrn asignado un buzn tributario, consistente en un sistema de comunicacin electrnico ubicado en la pgina de Internet del SAT, a travs del cual:

    ! El SAT realizar la no;cacin de cualquier acto o resolucin administra;va que emita, en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido.

    ! Los contribuyentes presentarn promociones, solicitudes, avisos, o darn cumplimiento a requerimientos, a travs de documentos digitales, y podrn realizar consultas sobre su situacin scal.

  • Buzn Tributario

    "Los contribuyentes que tengan asignado un buzn tributario debern consultarlo dentro de los tres das hbiles siguientes a aqul en que reciban un aviso electrnico enviado por el SAT, mediante los mecanismos de comunicacin que el contribuyente elija de entre los que se den a conocer mediante la RMF.

    "La autoridad enviar por nica ocasin, mediante el mecanismo elegido, un aviso de conrmacin que servir para corroborar la autenXcidad y correcto funcionamiento de ste.

  • Revisiones Electrnicas

    1. Facultad de llevar a cabo revisiones electrnicas

    De conformidad con el ar[culo 42, fraccin IX del CFF, las autoridades scales, podrn llevara a cabo revisiones electrnicas a los contribuyentes. 2. Emisin de una preliquidacin

    Con base en la informacin y documentacin que obre en su poder, las autoridades scales darn a conocer los hechos que deriven en la omisin de contribuciones y aprovechamientos o en la comisin de otras irregularidades, a travs de una resolucin provisional que, en su caso, contenga la preliquidacin respecXva. 3. Plazo para aportar pruebas y desvirtuar los hechos u omisiones

    En la resolucin provisional se le requerir al contribuyente, responsable solidario o tercero, para que en un plazo de quince das siguientes a la no;cacin de la citada resolucin, manieste lo que a su derecho convenga y proporcione la informacin y documentacin, tendiente a desvirtuar las irregularidades o acreditar el pago de las contribuciones o aprovechamientos consignados en la resolucin provisional.

  • Revisiones Electrnicas 4. Aceptacin de la preliquidacin.

    En caso de que el contribuyente acepte la preliquidacin por los hechos que se hicieron de su conocimiento, podr optar por corregir su situacin scal dentro del plazo de quince das, mediante el pago total de las contribuciones y aprovechamientos omi;dos, junto con sus accesorios, en cuyo caso, gozar del benecio de pagar una multa equivalente al 20% de las contribuciones omiXdas. 5. Procedimientos que seguir la autoridad scal despus de recibir la pruebas aportadas por el contribuyente

    Una vez recibidas y analizadas las pruebas aportadas por el contribuyente, si la autoridad scal iden;ca elementos adicionales que deban ser vericados, podr:

    a) Efectuar un segundo requerimiento al contribuyente, dentro del plazo de los diez das siguientes a aqul en que la autoridad scal reciba las pruebas, el cual deber ser atendido por el contribuyente dentro del plazo de diez das siguientes,

    b) Solicitar informacin y documentacin de un tercero.

  • Revisiones Electrnicas 6. Plazo para que la autoridad scal emita su resolucin cuando el contribuyente aporte pruebas

    En caso de que el contribuyente exhiba pruebas, la autoridad contar con un plazo mximo de cuarenta das contados a parXr de su desahogo para la emisin y noXcacin de la resolucin con base en la informacin que se cuente en el expediente. 7. Procedimiento cuando el contribuyente no aporta pruebas para desvirtuar lo hechos u omisiones

    En caso de que el contribuyente no aporte pruebas, ni manieste lo que a su derecho convenga para desvirtuar los hechos u omisiones dentro del plazo de quince das, la resolucin provisional se volver deniXva y las can;dades determinadas se harn efec;vas mediante el PAE. 8. Uso del buzn tributario en una revisin electrnica

    Los actos y resoluciones administra;vos, as como las promociones de los contribuyentes a que se reere este ar[culo, se noXcarn y presentarn en documentos digitales a travs del buzn tributario.

  • Presentacin de Inquietudes a Integrantes del SAT

  • 1. Qu criterios se u;lizarn para considerar contribuyentes con comportamientos a[picos, suscep;bles de "auditora electrnica"?

    2. Las revisiones de comportamientos a[picos son el antecedente de la auditora electrnica, seguirn estos programas?

    Planteamientos al SAT

  • 3. Actualmente las revisiones directas y de gabinete, permiten la posibilidad de que en algn momento de la misma, se pueda tener acceso a los auditores del SAT con el nimo de aclarar, precisar, aportar, informacin que en su caso permite llegar a un crdito scal "consensuado", ahora con la pre-liquidacin se pierde esa interaccin necesaria, se visualiza algn medio para el anlisis? (no nos referimos a los acuerdos conclusivos pues aqu ya hay un crdito, sino a ese acercamiento que se ;ene antes de la emisin del acta nal u ocio de observaciones)

    Planteamientos al SAT

  • 4. Con el envo de la contabilidad, el contribuyente en una posicin muy dura ante un requerimiento de informacin o compulsa, puede invocar el ar[culo 2 de los Derechos del Contribuyente, donde le permite no aportar a la autoridad la informacin que en su momento ya se le proporcion (plizas, papeles de trabajo, catlogo de cuentas, CFDI), qu opinin ;enen al respecto?

    Planteamientos al SAT

  • 5. Posibilidad de ampliar los das para darse el contribuyente por no;cado, hoy son tres das, pero en varios casos hemos observado que la falta de luz o arreglos en los servidores de proveedores de servicios son mayores a estos das.

    6. Cmo se puede proteger la condencialidad de la nmina, pues hoy con el uso del CFDI no hay forma de cuidarla? La Regla I.2.8.6. ahora ya lo permite?

    "Informacin de las plizas generadas incluyendo el detalle por transaccin, cuenta, subcuenta y par9da, as como sus auxiliares. En cada pliza debe ser posible dis9nguir los CFDI que soporten la operacin, asimismo debe ser posible iden9car los impuestos con las dis9ntas tasas, cuotas y ac9vidades por las que no deba pagar el impuesto. En las operaciones relacionadas con un tercero deber incluirse el RFC de ste, conforme al anexo 24, apartado D. En caso de que no se logre iden9car el folio scal asignado a los comprobantes scales dentro de las plizas contables, el contribuyente podr, a travs de un reporte auxiliar relacionar todos los folios scales, el RFC y el monto contenido en los comprobantes que amparen dicha pliza".

    Planteamientos al SAT

  • 7. En los CFDI de nmina qu debe entenderse por deducciones exentas?

    8. Para el caso de CUCA y CUFIN que se deben mencionar en cuentas de orden, el dato debe ir actualizado al cierre de 2013 o en su caso por movimientos en el ejercicio de 2014 (tal cmo lo establece la LISR). por qu entonces en el portal del SAT en la seccin de preguntas frecuentes menciona que debe ir actualizada al mes de julio de 2014?

    Planteamientos al SAT

  • 9. Cmo se debe proceder en el caso de operaciones de bienes o servicios en el extranjero? qu informacin se debe solicitar y en su caso cmo hacer la referencia en la pliza?

    10.Qu pasa si no se ;ene el .XML de algn gasto pero si se ;ene la representacin impresa y el comprobante de pago? Especcamente en el tema de reembolso de gastos menores realizados a travs de caja chica. Hoy resulta una prc;ca con mucho detalle y con mucha inversin de ;empo estar recabando y administrando este ;po de CDFI.

    Planteamientos al SAT

  • 11.Qu pasa si un proveedor me manda una factura con fecha 30 de sep;embre pero el ;mbrado del SAT dice 1 de octubre, para efectos scales qu fecha debo de considerar?

    12.Si el SAT me pide un auxiliar de alguna(s) cuenta(s) en especial, lo deber presentar en XML, esto es, mi programa contable tambin debe tener la capacidad para generar auxiliares en XML?

    Planteamientos al SAT

  • 13.Hasta que nivel de subcuentas es recomendable enviar la informacin, imaginando que manejo 5 niveles.

    14.Al enviar la balanza puedo enviar todas mis cuentas, independientemente que en ese mes no tenga saldo con algunas cuentas, es decir, yo tengo 300 clientes registrados pero no tengo movimiento con todos en todos los meses, tengo que registrar los 300 clientes en la balanza que enviar en enero o envo los clientes conforme vaya teniendo movimientos con cada uno?

    Planteamientos al SAT

  • 15.Diversos contribuyentes han manifestado como inquietud, el plazo de tres das de autono;cacin, en el caso de no revisar constantemente el buzn, dado que se ;ene el temor, entre otros, de las fallas tcnicas que se puedan presentar, como se han presentado en innumerables ocasiones en dis;ntas aplicaciones del SAT, generando como consecuencia la no atencin a requerimientos, pre liquidaciones, etc., en ;empo para interponer los medios de defensa o llevar a cabo las acciones que, para cada caso, apliquen.

    Planteamientos al SAT

  • 16.De acuerdo con la pgina del SAT, otras en;dades o autoridades federa;vas podrn enviar no;caciones a los contribuyentes a travs del buzn tributario, la inquietud en este sen;do es conocer el mecanismo a travs del cual el SAT dar a conocer la informacin para que dichas dependencias se pongan en contacto con el contribuyente pero sobre todo qu certeza tendr el contribuyente de qu dependencias tendrn esa facultad?, pues existe inseguridad jurdica en el contribuyente por la repercusiones que podra tener en otros mbitos. El vnculo de la pgina del SAT donde se encuentra esta informacin es el siguiente:

    hpp://www.sat.gob.mx/chas_tema;cas/buzon_tributario/Paginas/default.aspx

    Planteamientos al SAT

  • 17.Atendiendo a los nuevos requerimientos de orden electrnico y las limitantes naturales que para ello tendrn innidad de contribuyentes, es fac;ble o se contempla el que la contabilidad se encuentre fuera del domicilio scal del contribuyente?.

    18.Cmo puede asegurar un contribuyente el debido resguardo electrnico de su informacin cuando se trata de pequeos y medianos contribuyentes que u;lizan los servicios de despachos contables? Lo sabr el contribuyente?

    Planteamientos al SAT

  • 19.Se ha pensado por parte del SAT en la implementacin de alguna herramienta electrnica similar a Mis Cuentas para pequeas y medianas empresas de baja capacidad administra;va, reconociendo la mnima cultura scal que existe en nuestro pas.

    20.En el supuesto de que algn contribuyente, lisa y llanamente no a;enda las disposiciones existentes en materia electrnica, tan slo se somete a sanciones de orden econmico por incumplimiento, o hay alguna otra implicacin?

    Planteamientos al SAT

  • Criterios Judiciales relevantes en Materia Fiscal

    PRESENTADO POR: PABLO CORVERA

    NORA MORALES

    OMAR ZUIGA

  • Acciones de InconsXtucionalidad 40/2013 y acumulados 5/2014

  • Acciones de InconsXtucionalidad 40/2013 y acumulada 5/2014

    Aborda los siguientes temas: Eliminacin Tasa IVA Regin Fronteriza (RF) Eliminacin Rgimen de Pequeos Contribuyentes (REPECOS)

    Aumento tasa de ISR en Personas Fsicas y tope de deducciones en dicha categora

  • Anlisis Histrico: 1978: 6% TF y 10% TG 1991: se homologan tasas 10% 1995: emergencia 10% RF y 15% TG

    Criterio Pre-existente CXXXVIII/97. No viola equidad tributaria tasas diferenciadas: Consumo es dis;nto, no idn;cas condiciones Fines extrascales: no afectar compe;;vidad y es;mular comercio nacional vs consumo extranjero

    Antecedentes analizados Tasa IVA RF

  • Anlisis conceptual y marco de referencia del principio de libertad congura0va y/o legisla0va: amplia en materia tributaria

    Sujecin a principios cons;tucionales de equidad y proporcionalidad tributarios

    Ponderar razonabilidad y proporcionalidad de la medida, acorde al n perseguido

    Eliminacin Tasa IVA RF

  • Tratamiento igualitario a situaciones diferentes: Misma tasa todo el pas Proporcionalidad radica en valor del consumo del sujeto pasivo incidido

    Reduccin o incremento de tasas no obligacin por libertad congura;va

    No se comprueba en la homologacin: Falta de razonabilidad y proporcionalidad Medida no adecuada o idnea al n perseguido

    SCJN Tasa IVA RF

  • Ajuste necesario: ausencia de causas originarias y no implica carga excesiva, desmedida o injus;cada

    Consumo diferente en RF: no puede ser factor sustancial para delimitar equidad

    Anlisis equidad: debe versar sobre hecho imponible y capacidad contribu;va del sujeto pasivo incidido

    Test de proporcionalidad: laxo por libertad congura;va o tributaria

    SCJN Tasa IVA RF

  • Tasa de RF diferenciadas hasta 2013: aspecto de pol;ca econmica y nes extrascales

    Compe;;vidad y Desarrollo Nacional no se obstaculiza No violacin a retroac;vidad, ni propiedad privada, pues slo

    se igualan tasas aplicables

    SCJN Tasa IVA RF

  • Legislador Amplia libertad congura;va: no necesario demostrar que u;liz mejor opcin de diseo norma;vo

    No necesario pormenorizar o jus;car razones de tope Diseo norma;vo en impuestos: pol;ca econmica ajeno a la

    SCJN Eliminar tope permi;ra mayor benecio (subsidio) a mayor

    ingreso Se trata de deducciones NO estructurales: no aplicacin

    proporcionalidad y equidad Estado gasta 2/100 pesos en servicios de salud, siendo que

    deducciones en gastos mdicos implica 35/100 pesos

    Tope Deducciones PF

  • 1. Analizar votos concurrentes en IVA RF (8) / PF Tope (7)

    2. Temas de equidad en PF (# dependientes)

    3. Votacin no idnea para ser obligatoria (PF)

    Pendientes

  • Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI)

  • COMPROBANTES FISCALES. INTERPRETACIN CONFORME DE LOS ARTCULOS 27, 29 Y 29-A DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN QUE LOS REGULAN, CON LA CONSTITUCIN POLTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Tesis de Jurisprudencia: 2a./J. 87/2013 (10a.) Segunda Sala de la SCJN.

    Contribuyente que expide el comprobante scal, que no haya dado

    aviso de cambio de domicilio (no localizable). No trae como consecuencia la nulidad o invalidez del comprobante.

    No existe sancin expresa en la ley, para la revisin de avisos de quien expide el comprobante.

    Las facultades de la autoridad se encuentran a salvo para requerir mayor informacin.

    CFDIs

  • COMPROBANTES FISCALES. SU VALOR PROBATORIO CUANDO EL CONTRIBUYENTE QUE LOS EXPIDI NO SE ENCUENTRA LOCALIZABLE [ABANDONO DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 161/2005 (*)].

    Tesis: 1a. CLVI/2014 (10a.) Primera Sala de la SCJN.

    29 y 29-A del CFF requisitos de los CFDIs. Obligacin del contribuyente al que le expiden el CFDI:

    Revisar datos del CFDI: Nombre, denominacin o razn social. Clave del RFC que aparece en el Comprobante Fiscal.

    NO es obligacin de a quien le expiden el CFDI: Vericar el cumplimiento de las obligaciones scales del emisor.

    CFDIs

  • COMPROBANTES FISCALES. EFECTOS DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO POR UNA INTERPRETACIN CONFORME A LOS ARTCULO 27, 29 Y 29-A DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN CON LA CONSTITUCIN POLTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

    Tesis: 1a. CLVII/2014 (10a.)

    No se puede cues;onar la validez de un documento scal por la presencia de un elemento ajeno a la operacin.

    El cambio de domicilio del emisor es un elemento ajeno. El Comprobante Fiscal debe reunir solamente los requisitos

    formales para su validez. Posteriormente, se vericar que se hayan acatado las

    exigencias de ley. Requisitos de Fondo (para deduccin y acreditamiento)

    CFDIs

  • Exportacin de Servicios

  • Localizacin. Amparo directo en revisin 370/2014.

    Antecedente: Nega;va de devolucin de saldo a favor de IVA (0%). No se acredit que las operaciones se pagaron mediante cheque nomina;vo o transferencia de fondos (proveniente del extranjero) a las cuentas del prestador de servicios.

    No se comprob aprovechamiento en el extranjero. Pago por compensacin.

    Exportacin de servicios

  • El contribuyente exhibi como prueba: Contrato de prestacin de servicios. Factura a favor de sociedad en el extranjero. Estados de cuenta con depsitos a nombre de una sociedad extranjera.

    Prueba pericial contable.

    El contribuyente sostuvo que slo restaba acreditar el aprovechamiento de los servicios en el extranjero.

    Exportacin de servicios

  • El Tribunal Colegiado resolvi: Art. 58 del RLIVA contempla como requisito que el pago debe ser mediante cheque nomina;vo o transferencia de fondos, del extranjero, a la cuenta del prestador.

    Entre otros supuestos art 58 RLIVA, no reere a otras formas de pago, sino a casos especcos. Servicios de maquila. Exportacin de servicios independientes. Servicios de lmacin o grabacin.

    Exportacin de servicios

  • El Tribunal Colegiado conrma que el RLIVA establece como requisitos que el pago debe ser mediante cheque nomina;vo o transferencia de fondos, del extranjero, a la cuenta del prestador.

    El Reglamento puede ir ms all de la Ley? Jerarqua de Leyes.

    Exportacin de servicios

  • Fecha Cierta de Documentos Privados

  • CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA. CUANDO ES RECONOCIDO EN LA SENTENCIA DICTADA EN UN JUICIO DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PBLICA, ADQUIERE FECHA CIERTA DESDE EL MOMENTO EN QUE SE CELEBR EL CONVENIO (LEGISLACIN DEL ESTADO DE PUEBLA).

    Tesis de Jurisprudencia VI.2o.C. J/13 (10a.) TCC

    Se inscriba en el Registro Pblico de la Propiedad y del Comercio; Se celebre o ra;que ante fedatario pblico; Se presente ante funcionario en razn de su ocio; y, Muera cualquiera de los rmantes;

    Fecha Cierta Doctos.

  • DOCUMENTO PRIVADO DE FECHA CIERTA. PARA CONSIDERARLO COMO TAL ES SUFICIENTE QUE SE PRESENTE ANTE NOTARIO PBLICO Y QUE STE CERTIFIQUE LAS FIRMAS PLASMADAS EN L. Tesis de Jurisprudencia: 1a./J. 44/2005 Primera Sala de la SCJN

    No puede otorgrsele valor probatorio al instrumento privado con relacin a terceros, sin el cumplimiento de alguno de los 3 supuestos.

    Se pretende evitar actos fraudulentos o dolosos. Fecha falsa.

    Fecha Cierta Doctos.

  • Criterio sustentado en la Recomendacin 9/2014.

    FECHA CIERTA DE DOCUMENTOS PRIVADOS. SU RELACIN CON LA MATERIA FISCAL, A LA LUZ DE LOS DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES. Las premisas de la SCJN, se encuentran en el marco de un

    procedimiento li;gioso, no en un acto administra;vo. Evidenciar la ecacia probatoria de un documento privado en

    un procedimiento li;gioso s exige requisitos. Los elementos mencionados por la SCJN (fecha cierta) no

    pueden ni deben ser concebidos por la autoridad scal como parmetros de valoracin en el curso de una auditora.

    Derecho comn que regula ese ;po de actos (auditoras) no prev mayores formalidades para su perfeccionamiento.

    (cont)

    Fecha Cierta Doctos.

  • (cont) La autoridad al ejercer facultades no est actuando como un

    tercero, sino como una en;dad del Estado dotada de pleno imperio. Si la autoridad pretende deses;mar para efectos scales las operaciones contenidas en documentos privados, deber acudir a la labor de auditora. Vericar los asientos en la contabilidad del contribuyente Rastrear la materialidad de las operaciones o su ujo de efec;vo.

    De lo contrario, se coloca al par;cular en una situacin por dems inequita;va Se obligara al par;cular a sa;sfacer exigencias impuestas unilateralmente por la propia autoridad por el valor probatorio

    Son procedimiento ocioso de carcter estrictamente administra;vo (revisin o auditora scal).

    Fecha Cierta Doctos.

  • Otros Precedentes Relevantes

  • RENTA. EL ARTCULO 109, FRACCIN III, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, AL ESTABLECER UNA EXENCIN LIMITADA A DETERMINADO MONTO POR LA OBTENCIN DE INGRESOS PROVENIENTES DE PENSIONES, JUBILACIONES U OTRAS FORMAS DE RETIRO, Y GRAVAR POR EL EXCEDENTE, NO VIOLA EL DERECHO AL MNIMO VITAL (LEGISLACIN VIGENTE HASTA EL 25 DE MAYO DE 2012). PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA. CARGA PROBATORIA, TRATNDOSE DE DERECHOS POR SERVICIOS. CONTROL DIFUSO. SU EJERCICIO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. INMOVILIZACIN DE DEPSITOS BANCARIOS. EL ARTCULO 156-BIS DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, QUE PREV EL PROCEDIMIENTO RELATIVO, NO VULNERA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE AUDIENCIA PREVIA.

  • RENTA. EL ARTCULO 32, FRACCIN XVII, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, AL PREVER LA DEDUCCIN LIMITADA DE LAS PRDIDAS POR LA ENAJENACIN DE ACCIONES, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIN VIGENTE DEL 1o. DE ENERO DE 2008 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013). IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIN.- NO PROCEDE EL COBRO TRATNDOSE DE MERCANCAS IMPORTADAS TEMPORALMENTE Y RETORNADAS AL EXTRANJERO EN LAS MISMAS CONDICIONES CONFORME AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMRICA DEL NORTE. DERECHO SUBJETIVO A LA DEVOLUCIN. SI NO SE ACREDITA, PROCEDE RECONOCER LA VALIDEZ DE LA RESOLUCIN NEGATIVA FICTA IMPUGNADA. PRESUNCIN DE INGRESOS. LA ESTABLECIDA EN EL ARTCULO 59, FRACCIN III, DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, EXIGE DE LAS AUTORIDADES TRIBUTARIAS Y DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, EL DEBER DE PRONUNCIARSE DESTACADAMENTE RESPECTO DE LAS PRUEBAS QUE OFREZCA EL CONTRIBUYENTE PARA JUSTIFICAR SUS REGISTROS CONTABLES EN RELACIN CON SUS DEPSITOS BANCARIOS, DADA LA NATURALEZA DEL SISTEMA RELATIVO.

  • 54

    Plan de accin OCDE Reporte sobre la Erosin de la Base y el Traslado de UXlidades (BEPS)

    PRESENTADO POR: ENRIQUE RAMREZ

    JORGE CORREA

    MANUEL TRON

  • BEPS (Base Erosion and Prot Shiuing) Consenso sobre la necesidad de solucionar los problemas de doble no

    imposicin conseguidos mediante erosin de la base y traslado de benecios (BEPS)

    Percepcin generalizada de que las mul;nacionales eluden impuestos, sobre todo en los pases en desarrollo

    Reporte BEPS publicado originalmente el 12 Feb. 2013:

    Iden;ca las principales reas que ofrecen oportunidades para BEPS

    Pide a los gobiernos que resuelvan esos problemas.

    En sntesis: si los gobiernos no estn sa;sfechos con la situacin actual, hay que cambiar las leyes

    55

  • Principios fundamentales de tributacin internacional y oportunidades para BEPS En la prc;ca, cualquier estructura que produzca BEPS incorpora una serie de

    estrategias, que a menudo pueden agruparse en cuatro elementos:

    Minimizacin del impuesto en el pas fuente mediante el traspaso de ingresos brutos a travs de estructuras comerciales o bien reduccin de benecios mediante maximizacin de deducciones en la unidad econmica generadora de la renta

    Retenciones en la fuente bajas o inexistentes

    Tributacin baja o inexistente al nivel del receptor de la renta (usando parasos scales, regmenes preferentes, hbridos) que facilitan el traspaso de benecios

    Diferimiento de impuesto al nivel de la matriz mediante no repatriacin. Luego, estrategias de repatriacin beneciosa o incluso reinversiones en el exterior en jurisdicciones de escasa tributacin

    56

  • El desarrollo de un Plan de Accin BEPS El informe iden;ca una serie de reas de presin: hbridos, regmenes

    preferentes, normas an;-elusin, etctera

    A par;r del informe de febrero de 2013, el trabajo se orient a desarrollar un Plan de Accin

    OCDE seala que el desarrollo del Plan de Accin tambin cont con el

    apoyo y asesoramiento del sector empresarial y la sociedad civil (consultas con BIAC, TUAC y Organizaciones no gubernamentales ONGs)

    El Plan de Accin se aprob por el Comit de Asuntos Fiscales el 25 de

    junio de 2013. Todos los pases del G20 par;ciparon 57

  • El Plan de Accin de BEPS

    Iden;ca 15 acciones necesarias, que se agrupan sobre tres pilares:

    La coherencia del impuesto a las sociedades a nivel internacional.- Se propone el desarrollo de estndares que garan;cen la coherencia del impuesto a las sociedades en el plano internacional

    Una realineacin de la scalidad y la ac9vidad econmica (sustancia). Se propone la re-alineacin de la imposicin y la sustancia econmica sobre temas especcos

    Transparencia, junto con seguridad jurdica y previsibilidad

    Tambin reclama un trabajo especco en relacin con la economa digital, que presenta numerosos rasgos caracters;cos, as como el desarrollo de un instrumento mulXlateral para poner en prc;ca las medidas desarrolladas en el Plan de Accin.

    58

  • Organizacin del trabajo

    El trabajo para las 15 acciones se est realizando por los grupos de trabajo (WP) del CFA, entre los cuales se han creado: El Grupo de Trabajo sobre la economa digital El Grupo informal de expertos para desarrollar un instrumento

    mul;lateral El nuevo Grupo de Trabajo 11 (WP11) sobre Planeacin Fiscal

    Las 15 acciones se dividen en tres fases: Sep;embre 2014, Sep;embre de 2015, Diciembre de 2015

    59

  • El proyecto BEPS (15 acciones) Coherencia

    Operaciones hbridas (2)

    Deducciones de intereses (4)

    Reglas CFC (3)

    Prc;cas scales nocivas (5)

    Sustancia/Fondo

    Prevencin de Abuso de Tratados (6)

    Estatus de EP (7)

    Aspectos de Intangibles en PT (8)

    PT/ Riesgos y Capital (9)

    PT/ Transacciones de Alto Riesgo (10)

    Transparencia

    Metodologas y Anlisis de Datos (11)

    Reglas de Revelacin Obligatoria (12)

    Documentacin de PT (13)

    Resolucin de Disputas (14)

    Economa Digital (1)

    Instrumento MulXlateral (15) 60

  • Plan de accin a sepXembre 2014

    Despus de 12 meses de trabajo y una vez obtenido el consenso entre los pases del G20 y la OCDE, sta public el pasado 16 de sep;embre 7 de las 15 acciones de BEPS, a travs de un documento denominado Explanatory Statement, en el cual se seala el contenido de cada accin y su explicacin.

    Se presentaron 3 reportes y 4 instrumentos: De los 3 reportes, 2 son versin nal (Accin 1- Economa Digital) y

    Accin 15 (Instrumento Mul;lateral) y 1 versin provisional (Accin 5-Prc;cas Fiscales Nocivas).

    Los 4 instrumentos corresponden a las acciones 2-Operaciones hbridas, 6-Prevencin de Abuso de Tratados, 8-Aspectos de Intangibles en PT y 13-Documentacin de PT

    61

  • (1) ECONOMA DIGITAL No es posible aislar la economa digital para nes scales.

    Caracters;cas clave y nuevos modelos de negocios exacerban los riesgos BEPS iden;cados.

    Estos riesgos BEPS sern atendidos juntos con otros trabajos del proyecto BEPS, que tendrn que considerar temas especcos relacionados con la economa digital, tales como: Accin 3 (Reglas CFC) Accin 7 (Elusin ar;ciosa del estatuto de EP) Acciones 8-10 (Precios de Transferencia)

    62

  • (1) ECONOMA DIGITAL Economa digital tambin plantea desagos ms amplios para los

    impuestos directos (nexo, caracterizacin, datos) as como para los indirectos (recaudacin de IVA en pas de des;no en el caso de las cross-border B2C transac;ons (transacciones transfronterizas business-to-consumer)

    Opciones discu;das (incluyendo modicaciones a las reglas de nexo y retencin de impuestos en bienes/servicios digitales) y acuerdo en un marco de evaluacin de: Reglas de EP Transacciones digitales Regmenes de IVA

    El proyecto ser concluido para Diciembre de 2015 63

  • (2) OPERACIONES HBRIDAS Acuerdos que explotan el diferente tratamiento scal en dos

    jurisdicciones para producir un desajuste en los resultados scales

    Desajuste puede ser tanto una doble deduccin para un mismo pago o un pago deducible que no es incluido en los ingresos del des;natario

    Con esta accin se pretenden elaborar recomendaciones para modicaciones de legislacin doms;ca as como cambios al Modelo OCDE para comba;r dichas operaciones

    A la vez, contar con reglas claras, autom;cas y comprensibles que neutralicen el desajuste scal sin interferir en las consecuencias comerciales o regulatorias

    64

  • (2) OPERACIONES HBRIDAS Consenso en cuanto a:

    Reglas de vinculacin como concepto y su aplicacin detallada Amplitud para asegurar que las reglas sean comprensibles pero

    administrables por los contribuyentes y autoridades scales Reglas que neutralizan los desajustes hbridos an si la jurisdiccin

    contraparte no las ;ene Reglas que aseguran que la aplicacin no lleve a una doble tributacin.

    Reglas reducen tanto los costos de transaccin como los riesgos scales de las inversiones transfronterizas en comparacin con acciones no coordinadas

    Siguientes pasos: Cues;ones sustan;vas Cues;ones de implementacin

    Se espera que se concluya el trabajo en Sep;embre de 2015. 65

  • (3) REGLAS CFC

    Fortalecer las reglas para compaas forneas controladas Pagos realizados a jurisdicciones de baja imposicin Trata de limitar deduccin de pagos

    Deduccin excesiva de intereses, prstamos (capitalizacin delgada) y precios de transferencia

    Se espera que se concluya el trabajo en Sep;embre de 2015.

    66

  • (4) DEDUCCIONES DE INTERESES

    Limitar la erosin de la base mediante la deduccin de intereses y otros pagos nancieros

    Operaciones nancieras transfronterizas

    Abuso de nanciacin mediante fondos ajenos vs. fondos propios (Grupo de trabajo 11) y Aspectos de Precios de Transf.: sobre e infra capitalizacin) (Grupo de Trabajo 6)

    Se espera que se concluya el trabajo en Sep;embre y Diciembre de 2015, respec;vamente.

    67

  • (5) PRCTICAS FISCALES NOCIVAS Progreso del reporte respecto al trabajo realizado en el FHTP

    Actualizacin en el trabajo de ac;vidad sustancial como si apicara a los regmenes IP (intellectual property)

    Marco para el intercambio de informacin en resoluciones especcas de los contribuyentes

    Lista de miembros y regmenes asociados bajo revisin

    68

  • (5) PRCTICAS FISCALES NOCIVAS

    Siguientes pasos: Finalizar acuerdo con un enfoque hacia la ac;vidad sustancial para

    regmenes IP Acordar cmo aplicar criterios de ac;vidad sustancial elaborados para

    otros regmenes no IP Aplicar marco en resoluciones y empezar intercambios de informacin Comprometerse con Estados para la par;cipacin en el FHTP Considerar revisiones o enmiendas a los criterios existentes aplicados

    a regmenes preferenciales

    69

  • (6) PREVENCIN DE ABUSO DE TRATADOS Reglas especcas de prevencin de abuso de tratados propuestas en el

    reporte:

    LOB rule (limita;on-on-benets) para atender un gran nmero de situaciones de treaty shopping basadas en la naturaleza jurdica, tenencia y ac;vidades generales de los residentes de un Estado Contratante

    Mnimo de tenencia accionaria para prevenir transacciones de transferencia de dividendos

    Cambios al Ar[culo 13(4) para prevenir transacciones que eluden la aplicacin de ese ar[culo que versan sobre las ganancias de capital en acciones de empresas de propiedades inmuebles

    Cambios a la regla de desempate para determinar residencia para en;dades de doble residencia

    Regla an;-abuso para EPs situados en otros Estados 70

  • (6) PREVENCIN DE ABUSO DE TRATADOS Un resultado clave del reporte es el acuerdo respecto de un mnimo nivel

    de proteccin en contra del treaty shopping Como mnimo los pases deber acordar incluir en sus tratados scales

    Una declaracin expresa de que la intencin comn es eliminar la doble tributacin sin crear oportunidades de treaty shopping y

    Ya sea # Una clusula general an;-abuso # Una regla LOB suplementada con un mecanismo que se ocupe de acuerdos de conducto que no estn cubiertos por los tratados

    # Tanto una clusula general an;-abuso como la regla LOB

    71

  • (7) ELUSIN ARTIFICIOSA DE ESTATUS DE EP Prevenir la evasin ar;cial del concepto de Establecimiento Permanente Cambios en la denicin de EP para prevenir la elusin ar;ciosa del

    estatuto de EP en relacin con BEPS, incluyendo el uso de estructuras de comisin de venta y las exenciones de ac;vidades especcas

    Operaciones ajustadas a principio de plena competencia Resolver las cues;ones de atribucin de benecios Fecha: Sep;embre 2015

    72

  • (8) ASPECTOS DE INTANGIBLES EN PT Asegurar que los resultados de Precios de Transferencia mantengan relacin

    con el concepto de creacin de valor

    Fase 1. Gua nal

    Captulo 1 de las Guas de PT se ampli para discu;r: # Ventajas de localizacin y otras caracters;cas del mercado local # Plan;lla laboral organizada # Sinergias de grupo

    Nuevo Captulo VI con;ene una gua para iden;car intangibles y determinar condiciones de plena competencia # Comparabilidad en transacciones de intangibles # Mtodos de precios de transferencia y uso de tcnicas de valuacin para transacciones de intangibles

    # Numerosos ejemplos

    73

  • (8) ASPECTOS DE INTANGIBLES EN PT Fase 2. Gua provisional de asignacin de rendimientos derivados de

    intangibles

    Propiedad legal y acuerdos contractuales son el punto de par;da del anlisis de precios de transferencia

    Las partes que contribuyan al desarrollo, mejora, mantenimiento,

    proteccin y explotacin del intangible deben ser remuneradas apropiadamente. Esto incluye aquellas personas que desarrollen funciones, u;licen ac;vos, tomen riesgos, as como personas que controlen dichas ac;vidades 74

  • (9) RIESGOS Y CAPITAL

    Reglas para prevenir BEPS mediante la transferencia de riesgos entre en;dades del grupo o la atribucin excesiva de capital

    Desarrollar reglas para prevenir que a una en;dad del grupo auyan

    excesivos benecios por causa de riesgos asumidos contractualmente o por aportacin extraordinaria de capital.

    Alinear benecio imponible con cadena de creacin de valor Coordinar este trabajo con accin 4 (deduccin de intereses y pagos

    nancieros)

    75

  • (10) TRANSACCIONES DE ALTO RIESGO Desarrollar reglas para prevenir BEPS en transacciones que no ocurriran

    (o que raramente lo haran) entre en;dades independientes Claricar las circunstancias en que se puede recaracterizar las

    transacciones Claricar las circunstancias en que se pueden aplicar los mtodos, en

    par;cular el prot split, en cadenas globales de creacin de valor, Proteccin contra pagos que comnmente erosionan la base, tal como

    gastos de ges;n o costes de la casa central

    76

  • (11) METODOLOGAS Y ANLISIS DE DATOS Establecer metodologas para obtener y analizar datos sobre BEPS y las

    acciones para comba;rlos

    Desarrollar recomendaciones sobre indicadores de la escala e impacto econmico de BEPS

    Desarrollar indicadores para el seguimiento de la efec;vidad de las medidas

    Iden;car las estads;cas disponibles y desarrollar metodologas basadas en agregados y en datos a nivel micro

    Fecha: Sep;embre 2015

    77

  • (12) REGLAS DE DIVULGACIN Requerir a los contribuyentes que revelen sus esquemas de planicacin

    scal agresiva.

    Recomendaciones para el diseo de normas internas

    Factores: costes de cumplimiento para empresas y administraciones

    Coordinado con los trabajos de cumplimiento coopera;vo

    Nuevos soportes y mtodos para compar;r informacin sobre esquemas

    Fecha: sep;embre 2015

    78

  • (13) DOCUMENTACIN DE PT Re-examinar la documentacin rela;va a precios de transferencia-Reporte

    CBC

    Enfoque escalonado Master le Local File Reporte Country by Country

    Consideraciones:

    Condencialidad Puntualidad Consistencia Uso apropiado 79

  • (13) DOCUMENTACIN DE PT

    CbC Template

    Requiere que se proporcione informacin de cada en;dad del grupo de EMN

    Debe incluir a la holding o tenedora l;ma y a todas las empresas asociadas (Guas OCDE)

    Cada EP que presente declaraciones debe tratarse como empresa separada para estos efectos

    Tomando en cuenta el ;empo de proceso de la informacin se recomienda pedirlo un ao despus

    80

  • (14) Resolucin de Disputas

    Hacer ms efec;vos los mecanismos de solucin de controversias. Soluciones para remover los obstculos que impiden el funcionamiento

    ecaz de los procedimientos amistosos Examinar la ausencia de clusulas de arbitraje obligatorio para los pases Examinar situaciones en que se deniega el acceso a MAP o arbitraje Fecha: sep;embre 2015

    81

  • (15) DESARROLLO DE UN INSTRUMENTO MULTILATERAL

    Se concentra en la viabilidad del uso de un instrumento mul;lateral para implementar las medidas BEPS y modicar los tratados bilaterales

    Reporte elaborado con la ayuda de expertos Aprobado por representantes de los Estados en el CFA

    82

  • (15) DESARROLLO DE UN INSTRUMENTO MULTILATERAL

    Basados sobre precedentes de diversas reas dis;ntas a las scales, un instrumento mul;lateral es viable

    Tambin es deseable asegurar la sustentabilidad del marco consensuado

    para eliminar la doble tributacin La meta es agilizar y racionalizar la implementacin de las medidas

    desarrolladas para dirigir BEPS y modicar los tratados scales En Enero de 2015, el CFA considerar un dra~ para las negociaciones de

    instrumentos mul;laterales (quin, qu, cundo, cmo)

    83

  • La Reforma Fiscal al da de hoy

    PRESENTADO POR: ARTURO CARVAJAL TRILLO

    NORA MORALES

    XAVIER MENDEZ ALVARADO

  • Recuento de la Reforma Fiscal DESAPARECEN DIVERSOS ESTMULOS A LA INVERSIN

    Deduccin inmediata Consolidacin scal Sociedades de inversin de bienes races (SIBRAS)

    SE LIMITAN DEDUCCIONES O ESTMULOS

    Deducciones personales Deducciones de gastos de previsin social Deduccin de automviles Deduccin de gastos en restaurantes Algunas deducciones relacionadas con gastos pagados a residentes en el extranjero partes relacionadas (regalas, intereses, asistencia tcnica) El es[mulo a las empresas IMMEX

  • SE INCREMENTAN BASES Y TASAS O NACEN NUEVOS IMPUESTOS

    Tasa mxima del impuesto sobre la renta a personas gsicas (ahora 35%) Impuesto sobre la renta a dividendos (10% nuevo a personas gsicas y residentes en el extranjero) Impuesto a la venta de casas-habitacin Impuesto al consumo de algunos bienes (refrescos y alimentos calricos) Impuesto a algunas ac;vidades (minera)

    SE EJERCE MAYOR CONTROL

    Buzn tributario Facturacin electrnica Contabilidad electrnica

  • Consecuencias adversas derivadas de la Reforma Fiscal - Mxico como pas caro para inver;r (no es un pas exportador de capitales) - Falta de inters de los contribuyentes en ser FORMALES.

    - Incremento en el costo de las prestaciones por la no deducibilidad parcial de stas.

    - Afectacin sustancial principalmente a la clase media por el aumento en las tasas de recaudacin.

  • ndice de desempleo

  • ndice de desempleo

  • ndice de conanza del consumidor

  • ndice de importaciones y exportaciones

  • ndice de importaciones y exportaciones

  • Inversin Extranjera Directa en Mxico

  • Otros elementos que afectan el clima de negocios en Mxico - Posicin sumamente agresiva por parte de las autoridades scales respecto

    de la devolucin de impuestos.

    - Desconanza mutua generalizada en la relacin sco/contribuyente

    - El des;no de los recursos tributarios no se ve reejado en benecios claros para los contribuyentes

  • Ajustes sugeridos a la Reforma Fiscal ! IVA Tasa generalizada No exenciones ni excepciones (excepto canasta bsica y alimentos)

    ! ISR Mayor progresividad y disminucin de las tasas de ISR para personas y

    negocios de nueva creacin. Es[mulos scales para negocios pequeos y medianos (tasas progresivas

    asociadas al ;empo de inicio del negocio como a los ingresos). ! Simplicacin y seguridad jurdica ! Fomento a la inversin

  • Ajustes sugeridos a la Reforma Fiscal ! Retorno de la deduccin inmediata de inversiones

    ! Disminucin o eliminacin del impuesto sobre la renta a dividendos

    ! Fomento a la contratacin laboral formal

    ! Reparto de PTU con base en produc;vidad

    ! Eliminacin de la deduccin parcial de las prestaciones de previsin social

    ! Respeto a la garan[a de proporcionalidad

    ! Fomento a la scalizacin indirecta y a la formalidad

  • Ajustes sugeridos a la Reforma Fiscal ! Eliminar la limitante de deducciones personales

    ! Mayor progresividad de las tasas

    ! Actualizacin de las tarifas contenidas en la Ley del ISR

  • Conclusiones Diana Bernal Ladrn de Guevara Procuradora de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)

    Arturo Carvajal Presidente CTN de Estudios Fiscales IMEF