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La eutanasia en el Per

Conceptos y definiciones fundamentalesI.1.-Concepto, etimologa,historiay clasificacin de la eutanasiaI.1.1.- Etimologa.-La palabraeutanasiaetimolgicamente deriva de los trminos griegoseuythanatos que significansignifica buenamuerte, dulce muerte o libre de sufrimientos.

I.1.2.- Concepto.-Es todo acto u omisin cuyaresponsabilidadrecae enpersonalmdico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasionala muerteinmediata de ste con el fin de evitarle sufrimientos insoportables o la prolongacin artificial de su vida.En general, eutanasia significa el hecho de provocar una muerte fcil y sin dolores a un paciente que est prximo a morir por causa de una enfermedad terminal.Fue Francisco Bacn en el siglo XVII quien loempleopor primera vez. La prctica consistente en administrarlas drogas, frmacos u otras sustancias que alivien el dolor, aunque con ello se abrevie su vida

I.1.2.1.-Otros conceptos relacionados son:Suicidio asistido: Significa proporcionar en forma intencional y conconocimientoa unapersonalosmediosoprocedimientoso ambos necesarios para suicidarse, incluidos el asesoramiento sobre dosis letales de medicamentos, la prescripcin de dichos medicamentos letales o su suministro. Se plantea como deseo de extincin de muerte inminente, porque la vida ha perdido razn de ser o se ha hecho dolorosamente desesperanzada.Cacotanasia: Es la eutanasia que se impone sin el consentimiento del afectado. La palabra apunta hacia una mala muerte (kaks: malo)1Ortotanasia: Consiste en dejar morir atiemposin emplear medios desproporcionados y extraordinarios. Se ha sustituido en la terminologa prctica por muerte digna, para centrar el concepto en la condicin ("dignidad") del enfermo terminal y no en la voluntad de morir.Distanasia: Consiste en el "encarnizamiento o ensaamiento teraputico", mediante el cual se procura posponer el momento de la muerte recurriendo a cualquier medio artificial, pese a que hayaseguridadque no hay opcin alguna de regreso a la vida, con el fin de prolongar su vida a toda costa, llegando a la muerte en condiciones inhumanas, aqu se buscan ventajas para los dems, ajenas al verdaderointersdel paciente.

I.1.3.-Historia"Quedan autorizados para disponer cuanto sea necesario, a fin de que los enfermos considerables incurables, a tenor de los conocimientos actuales, se los pueda eliminar fsicamente para poner fin a sus sufrimientos." Adolf HitlerLa eutanasia es un problema persistente en la historia de la humanidad en el que se enfrentan ideologas diversas.

La eutanasia no planteabaproblemasmorales en la antiguaGrecia: la concepcin de la vida era diferente. Una mala vida no era digna de ser vivida y por tanto ni el eugenismo, ni la eutanasia complicaban a las personas. Hipcrates representa una notable excepcin: l prohbe a los mdicos la eutanasia activa y la ayuda para cometersuicidio.Durante laEdad Mediase produjeron cambios frente la muerte y al acto de morir. La eutanasia, el suicidio yel abortoson considerados comopecado, puesto queel hombreno puede disponer libremente sobre la vida, que le fue dada por Dios.La llegada de lamodernidadrompe con elpensamientomedieval , la perspectiva cristiana deja de ser la nica y se conocen y se discuten las ideas de la Antigedad clsica. Lasaludpuede ser alcanzada con el apoyo de la tcnica, de lascienciasnaturales y de lamedicina.Desde fines del siglo XIX, diversos enfoques, que sealan una nueva orientacin, comienzan a exteriorizarse entre los mdicos y pacientes, entre las personas y lasociedad.El darwinismo social y la eugenesia son temas que tambin comienzan a debatirse. En numerosos pases europeos se fundan, a comienzos del siglo XX,sociedadespara la eutanasia y se promulganinformespara una legalizacin de la eutanasia activa. En las discusiones toman parte mdicos, abogados,filsofosy telogos.

Eldebatesobre la licitudmoralde laeutanasiaha llegado a exacerbarse tanto que incluso se crearon asociaciones que claman por el reconocimiento de un legtimo derecho a morir condignidad. Elmovimientopara la legalizacin de estas prcticas comenz enInglaterraen 1935, con la creacin de la Asociacin por la Legislacin de la Eutanasia Voluntaria, que despus se denominara Asociacin para la Eutanasia. Aos despus se fund otra asociacin con el mismo objeto en Estados Unidos. EnEspaaha cobrado pujanza la Asociacin Pro Derecho a Morir Dignamente, presidida por el filsofo Salvador Pniker..

Laescasezeconmica en tiempos de la primeraguerramundial sustenta la matanza de lisiados y enfermos mentales. El trmino eutanasia ha sido muchas veces separado de su sentido real. Por ejemplo, los nazis hablaban de eutanasia para referirse a la eliminacin de los minusvlidos y dbiles (Aktion T-4). En los Juicios de Nuremberg (1946 1947) se juzg como ilegal e inmoral toda forma de eutanasia activa sin aclaracin y consentimiento o en contra de la voluntad de los afectados.En el presente, se sustentan diferentes opiniones sobre la eutanasia y son variadas las prcticas mdicas y las legalidades en los distintos pases del mundo. Muchas prcticas de los hospicios u hogares, lamedicinapaliativa y losgruposde autoayuda, trabajan por la humanizacin en el trato con los moribundos y quieren contribuir a superar la distancia entre la vida,la muertey las prcticas mdicas.

Enel estadode Oregn (EEUU) los ciudadanos aprobaron por referndum en 1994 elsuicidioasistido por mdicos para enfermos terminales. Hubo iniciativas similares en otros lugares, algunas de las cuales fueron revocadas pocotiempodespus. Elcambioms importante tuvo lugar en abril de 2002, cuando los Pases Bajos legalizaron la eutanasia, con una serie de garantas, convirtindose as en el primerEstadodel mundo que daba este paso. Blgica, en septiembre del mismo ao, fue el segundo.Estos son hitos histricos producidos en el espacio pblico. Poco investigadas y mucho menos conocidas son las diferentes prcticas reales de las personas frente al acto de morir. Se sabe que hasta fines del siglo XIX enAmricadel Sur exista lapersonadel "despenador" o "despenadora" encargada de hacer morir a los moribundos desahuciados a peticin de los parientes.

I.1.4.-Clasificaciones de eutanasiaExiste mucha confusin en cuanto a la forma de calificar la eutanasia actualmente. En el medio hispanohablante se han introducido conceptos provenientes de laevaluacinticade la eutanasia y se la califica de directa o indirecta en cuanto existe o no la intencin de provocar primariamente lamuerteen lasaccionesque se realizan sobre el enfermo terminal. En el contexto anglosajn, se distingue entre la eutanasia comoacciny la eutanasia como omisin (dejar morir). Su equivalente sera eutanasia activa y eutanasia pasiva, respectivamente. Tambin se utilizan, en forma casi sinnima, las calificaciones de positiva y negativa respectivamente.

I.1.4.1.-Eutanasia directa:Adelantar la hora de la muerte en caso de una enfermedad incurable, esta a su vez posee dos formas:

I.1.4.1.1.-Activa:Consiste en provocar una muerte indolora a peticin del afectado cuando se es vctima deenfermedadesincurables muy penosas o progresivas y gravemente invalidantes; el caso ms frecuentemente mostrado esel cncer, pero pueden ser tambin enfermedades incurables como, la migraa, laobesidado ladepresincrnica. Se recurre, como se comprende, a substancias especiales mortferas o a sobredosis de morfina.

I.1.4.1.2.-Pasiva:Se deja de tratar una complicacin, por ejemplo una bronconeumona, o de alimentar por va parenteral u otra al enfermo, con lo cual se precipita el trmino de la vida; es una muerte por omisin. De acuerdo con Prez Varela "la eutanasia pasiva puede revestir dos formas: la abstencin teraputica y la suspensin teraputica. En el primer caso no se inicia el tratamiento y en el segundo se suspende el ya iniciado ya que se considera que ms que prolongar el vivir, prolonga el morir" Debe resaltarse que en este tipo de eutanasia no se abandona en ningn momento al enfermo.

I.1.4.2.-Eutanasia indirecta:Consiste en efectuarprocedimientosteraputicos que tienen como efecto secundario la muerte, por ejemplo la sobredosis de analgsicos, como es el caso de la morfina para calmar los dolores, cuyo efecto agregado, como se sabe, es la disminucin de laconcienciay casi siempre una abreviacin de la vida. Aqu la intencin, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el sufrimiento, y lo otro es una consecuencia no deseada.

La eutanasia vista desde diversos aspectosII.1.- La eutanasia vista desde la medicinaEl juramento hipocrtico dice:"() establecer el rgimen de los enfermos, de manera que les sea ms provechoso, segn mis facultades y mi entender, abstenindome de cometer todo mal e injusticia. A nadie dar veneno y si alguno me propone semejante cosa no tomar en cuenta la iniciativa de tal sugestin; igualmente me abstendr de aplicar a las mujeres pesarios abortivos. Pasar mi vida y ejercer mi profesin con inocencia y pureza ()"Este juramento todava esta vigente en nuestros das, siendo entonces que lo prctica de la eutanasia se considerar, contradictoria con losprincipiosde la tica mdica.La deontologa mdica impone, los deberes de aliviar el sufrimiento fsico y moral del moribundo, de mantener en lo posible lacalidadde la vida que declina de ser guardin delrespetoa la dignidad de todo ser humano.

Hay varias razones por las cuales la eutanasia no puede ser aceptada:Primero porque se minara la confianza paciente mdico, si el profesional de la medicina que se ocupan de susaludpueden decidir si su caso es digno de curacin o susceptible de eutanasia.

Segundo, el diagnostico y el llamado pronstico hecho por los mdicos nos ofrece garantas. En definitiva enla cienciamdica no habra una certeza. Siendo aceptable el aforismo. "mientras hay vida hay esperanza".As es que el trmino incurabilidad no es sino unconceptorelativo. Pues lanaturalezadecuerpo humanoes a veces sorprendente, pudiendo salir muchas veces las personas que se encuentran en coma irreversible de estos.Esta posicin mdica al igual que la posicin de lareliginestara de acuerdo con la ortotanasia, al estar a favor de utilizar medicinas paliativas ymediosproporcionados, solamente, para prolongar la vida.Actualmente, se ha delimitado bien, que son medios proporcionados para la prolongacin de la vida por parte de los mdicos. As es que se entiende como medios ordinarios o proporcionados los "que estn a la mano y no imponen esfuerzos, sufrimientos ogastosmayores de los que las personas consideran prudentes", para la conservacin de la vida.

A diferencia de los medios desproporcionados o que usando medios artificiales, se haga seguir viviendo a una persona, no siendo esta una ayuda de la naturaleza (como pasa en los medios ordinarios por los cuales se utilizar tambin medios artificiales pero como ayuda a la naturaleza para que el enfermo se recupere o no sufra) siendo artificial, considerando estaclasede conservacin de la vida antinatural.

II.1.1.-La cuestin de la eutanasia, Es un problema mdico?La eutanasia, tal y como la plantean los defensores de su legalizacin, afecta de lleno al mundo de la Medicina, puesto que las propuestas de sus patrocinadores siempre hacen intervenir al mdico o alpersonalsanitario. Pero la cuestin de la eutanasia no es, propiamente hablando, un problema mdico, o no tendra que serlo.La eutanasia merece la misma calificacin tica si la practica un mdico o una enfermera en el tcnicoambientede un hospital que si la practica, por otro medio cualquiera, un familiar o un amigo de la vctima. En ambos casos se trata de unhombreque da muerte a otro.La eutanasia no es una forma de Medicina, sino una forma dehomicidio; y si la practica un mdico, ste estar negando la Medicina.

II.1.2.-Por qu la eutanasia es la negacin de la Medicina?Porque la razn de ser de la Medicina es la curacin del enfermo en cualquier fase de su dolencia, la mitigacin de sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el trance supremo de la muerte cuando la curacin no es posible. La eutanasia, por el contrario, no slo es la renuncia a esa razn de ser, sino que consiste en la deliberada decisin de practicar justamente lo opuesto a la Medicina, ya que es dar muerte a otro, aunque sea en virtud de una presunta compasin. Cualquiera es perfectamente capaz de advertir la diferencia sustancial que existe entre ayudar a un enfermo a morir dignamente y provocarle la muerte. La eutanasia no es una tcnica, un recurso de la Medicina: la eutanasia expulsa a la Medicina, la sustituye. La eutanasia, adems, precisamente por ser la negacin de la Medicina, se vuelve contra el mdico que la practique.

II.2.- La eutanasia vista desde la dignidad humana.La dignidad humana se invoca tanto para defender la eutanasia como para rechazarla.Para sus defensores, la dignidad humana del enfermo consistira en el derecho a elegir libremente el momento de la propia muerte. Para sus detractores, la dignidad humana sera oponerse a este derecho, por considerarlo una arbitrariedad humana frente a un asunto exclusivamente divino.Evidentemente, tras este uso equvoco del trmino dignidad subyacen distintas concepciones del ser humano, de lalibertad, de lacienciamdica y del conjunto de losderechoshumanos.

II.2.1.-Concepto de Dignidad HumanaInviolabilidad de cada persona, reconocimiento de que no puede ser utilizada o sacrificada por los dems como un mero instrumento para la realizacin de fines generales. Es adems el reconocimiento de la autonoma de cada cual para trazar sus propios planes en la vida y sus propios baremos de excelencia sin otro lmite que el derecho semejante de los otros a la misma autonoma y el reconocimiento de que cada cual debe ser tratado socialmente con suconducta, mrito o demrito personales, y no segn aquellos factores aleatorios que no son esenciales a su humanidad: raza,etnia,sexo, clase social, etc.

a dignidad propia del hombre es unvalorsingular que fcilmente puede reconocerse. Lo podemos descubrir en nosotros o podemos verlo en los dems. Pero ni podemos otorgarlo ni est en nuestra mano retirrselo a alguien. Es algo que nos viene dado. Es anterior a nuestra voluntad y reclama de nosotros unaactitudproporcionada, adecuada: reconocerlo y aceptarlo como un valor supremo (actitud de respeto) o bien ignorarlo o rechazarlo. Este valor singular que es la dignidad humana se nos presenta como una llamada al respeto incondicionado y absoluto. Un respeto que, como se ha dicho, debe extenderse a todos los que lo poseen: a todos los seres humanos. Por eso mismo, an en el caso de que toda lasociedaddecidiera por consenso dejar de respetar la dignidad humana, sta seguira siendo una realidad presente en cada ciudadano. An cuando algunos fueran relegados a un trato indigno, perseguidos, encerrados en campos de concentracin o eliminados, este desprecio no cambiaria en nada su valor inconmensurable en tanto que seres humanos.Por su misma naturaleza, por la mismafuerzade pertenecer a la especie humana, por su particular potencial gentico - que la enfermedad slo es capaz de esconder pero que resurgir de nuevo si elindividuorecibe la teraputica oportuna -, todo ser humano es en s mismo digno y merecedor de respeto.

La preocupacin por la dignidad de la persona humana es hoy universal: las declaraciones de losDerechos Humanosla reconocen, y tratan de protegerla e implantar el respeto que merece a lo largo y ancho del mundo. Los errores que pueda haber en la formulacin de esos derechos no invalidan la aspiracin fundamental que contienen: el reconocimiento de una verdad palmaria, la de que todo ser humano es digno por s mismo, y debe ser reconocido como tal. El ordenamiento jurdico y laorganizacineconmica,polticay social deben garantizar ese reconocimiento. Cuanto ms fijamos la mirada en la singular dignidad de la persona, ms descubrimos elcarcterirrepetible, incomunicable y subsistente de ese ser personal, un ser con nombre propio, dueo de una intimidad que slo l conoce, capaz de crear, soar y vivir una vida propia, un ser dotado del bien precioso de la libertad, deinteligencia, de capacidad de amar, de rer, de perdonar, de soar y de crear una infinidad sorprendente deciencias, artes,tcnicas,smbolosy narraciones.

Por eso, dignidad, en general y en el caso del hombre, es una palabra que significa valor intrnseco, no dependiente de factores externos. Algo es digno cuando es valioso de por s, y no slo ni principalmente por suutilidadpara esto o para lo otro. Esa utilidad es algo que se le aade a lo que ya es. Lo digno, porque tiene valor, debe ser siempre respetado y bien tratado. En el caso del hombre su dignidad reside en el hecho de que es, no un qu, sino un quin, un ser nico, insustituible, dotado de intimidad, de inteligencia, voluntad, libertad, capacidad de amar y de abrirse a los dems. De esta dignidad se derivan varios principios:

Principio de respeto.La primera actitud que sugiere la consideracin de la dignidad de todo ser humano es la de respeto y rechazo de toda manipulacin: frente a l no podemos comportarnos como nos conducimos ante un objeto, como si se tratara de una "cosa", como un medio para lograr nuestros fines personales.

Principios de no-maleficencia y de beneficencia.En todas y en cada una de tus acciones, evita daar a los otros y procura siempre el bienestar de los dems.

Principio de doble efecto:Busca primero el efecto beneficioso. Dando por supuesto que tanto en tu actuacin como en tu intencin tratas a la gente con respeto, asegrate de que no son previsibles efectos secundarios malos desproporcionados respecto al bien que se sigue del efecto principal.

Principio de Integridad.Comprtate en todo momento con lahonestidadde un autntico profesional, tomando todas tus decisiones con el respeto que te debes a ti mismo, de tal modo que te hagas as merecedor de vivir con plenitud tu profesin. Ser profesional no es nicamente ejercer una profesin sino que implica realizarlo con profesionalidad, es decir: conconocimientoprofundo delarte, con absoluta lealtad a lasnormasdeontolgicas y buscando elservicioa las personas y a la sociedad por encima de los intereses egostas.

Principio deJusticia.Trata a los otros tal como les corresponde como seres humanos; s justo, tratando a la gente de forma igual. Es decir: tratando a cada uno de forma similar en circunstancias similares.

Principio de Utilidad. Dando por supuesto que tanto en tu actuacin como en tu intencin tratas a la gente con respeto, elige siempre aquella actuacin que produzca el mayor beneficio para el mayor nmero de personas.

II.2.2.- Dignidad y derechos fundamentalesLa dignidad est estrechamente vinculada a los derechos fundamentales, en tanto, razn de ser, fin y limite de los mismos. Comparte con ellos el doble carcter de los derechos fundamentales: como derechos de la persona y como un orden constitucional; de modo que, "los derechos individuales son la vezinstitucionesjurdicas objetivas y derechos subjetivos". En este sentido, la dignidad opera no slo como un derecho individual, sino tambin como un limite de los derechos; lo cual se traduce en un deber general de respetar los derechos ajenos y propios.

Para que se configure el carcter de derechoobjetivo, requiere de la actuacin del Estado para la proteccin y eldesarrollodel mismo. A partir de esta concepcin de dignidad se desarrolla la categora de los limites del legislador en relacin a la dignidad, subordinando la viejatesisde la reserva deleypor la nueva tesis central de contenido esencial (Wesensgehaltgarantie" de la dignidad, como frmula sinttica que encierra el concepto de valor que se encuentra en la dignidad humana.

La dignidad incide, pues, directa o indirectamente en lasfuncionesde los derechos fundamentales establecidos y no slo en la abstracta norma constitucional. En ese sentido, "eldominioy loslmitesde los derechos fundamentales deben determinarse partiendo de la totalidad delsistemaconstitucional delos valoresal que hace en su esencia, referencia a todo derecho fundamental".La dignidad tambin puede ser analizada desde una perspectiva. Esta busca superar la unilateralidad de unateorasobre la dignidad humana valorativa, liberal, social, procesal, etc. -, dada la pluralidad de fines de intereses sociales que abarca el Estado Constitucional.

As las demandas para democratizar la sociedad sobre la base de laparticipacin ciudadana, as como para cumplir con losobjetivosdel Estado social de derecho, delimitando la libertad con las fronteras de laigualdad, son factibles de realizar mediante una articulacin prctica de las distintas funciones de los derechos fundamentales.As diremos que la diversidad de funciones constitucionales de la dignidad est en relacin directa con las funciones de la propiaConstitucinque, las doctrinas constitucionales alemanas y suizas han aportado al desarrollo constitucional. En ese sentido se puede sealar no slo la Constitucin, sino tambin la dignidad participa de las funciones: racionalizadota, ordenadora, estabilizadora, unificadora, controladora delpoder, as como, del aseguramiento de la libertad, la autodeterminacin y la proteccin jurdica de la persona, el establecimiento de laestructuraorganizativa bsica del Estado y del desarrollo de los contenidosmaterialesbsicos del Estado.

II.3 .- La eutanasia vista desde la religin.Juan Pablo II, en su encclica "El Evangelio de la Vida"define la Eutanasia como: "Aduearse de la muerte, procurndola de modo anticipado y poniendo as fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otro". Y se considera esto como una "culturade la muerte" que se ve en lassociedadesdel bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista, que va en contra de los ancianos y los ms dbiles, caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas porla familiay la sociedad, segn lo cual una vida inhbil no tiene ya valor alguno. Y vuelve a definir la Eutanasia como una "accin o una omisin que por su naturaleza y en la intencin causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor "situada en la intencin y losmtodosusados".

Posicin de laIglesiaCatlica

SAGRADA CONGREGACION PARA LA DOCTRINA DE LA FE

DECLARACION SOBRE LA EUTANASIA

INTRODUCCIONLos derechos yvaloresinherentes a la persona humana ocupan un puesto importante en la problemtica contempornea. A este respecto, el Concilio Ecumnico Vaticano 11 ha reafirmado solemnemente la dignidad excelente de la persona humana y de modo particular su derecho a la vida. Por ello ha denunciado los crmenes contra la vida, como dios de cualquier clase, genocidios,aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado

Congregacin para la Doctrina de la Fe, que recientemente ha recordado la doctrina catlica acerca del aborto procurado juzga oportuno proponer ahora laenseanzade la Iglesia sobre el problema de la eutanasia.

En efecto, aunque continen siendo siempre vlidos los principios enunciados en este terreno por los ltimos Pontfices, los progresos de la medicina han hecho aparecer, en los recientes aos, nuevos aspectos problema de la eutanasia que deben ser precisados ulteriormente en su contenido tico.En la sociedad actual, en la que no raramente son cuestionados 1os mismos valores fundamentales de la vida humana, la modificacin de cultura influye en el modo de considerar el sufrimiento y la muerte; medicina ha aumentado su capacidad de curar y de prolongar la vida en determinadas condiciones que a veces ponenproblemasde carcter moral. Por ello los hombres que viven en tal ambiente se interrogan con angustia acerca del significado de la ancianidad prolongada y de muerte, preguntndose consiguientemente si tienen el derecho de procurarse a s mismos o a sus semejantes la muerte dulce, que servira para abreviar el dolor y sera, segn ellos, ms conforme con la dignidad humana.

Diversas Conferencias Episcopales han preguntando al respecto esta S. Congregacin para la Doctrina de la Fe, la cual, tras haber pedido el parecer de personas expertas acerca de los varios aspectos de eutanasia, quiere responder con esta Declaracin a las peticiones de k obispos, para ayudarles a orientar rectamente a los fieles y ofrecerles elementos de reflexin que puedan presentar a las autoridades civiles propsito de este gravsimo problema.

Lamateriapropuesta en este documento concierne ante todo a k que ponen su fe y esperanza en Cristo, el cual mediante su vida, muerte resurreccin ha dado un nuevo significado a la existencia y sobre todo la muerte del cristiano, segn las palabras de San Pablo: pues si vivimos para el Seor vivimos; y si morimos, morimos para el Seor. En fin, se que vivamos, sea que muramos, del Seor somos (Rom. 14, 8; Fil 1, 20).Por lo que se refiere a quienes profesan otrasreligiones, mucho admitirn con nosotros que la fe - si la condividen - en un Dios creador Providente y Seor de la vida confiere un valor eminente a toda persona humana y garantiza su respeto.Confiamos, sin embargo, en que esta Declaracin recoger el consenso de tantos hombres de buena voluntad los cuales, por encima do diferencias filosficas o ideolgicas, tienen una viva conciencia de la derechos de la persona humana. Tales derechos, por lo dems, han sido proclamados frecuentemente en el curso de los ltimos aos en declaraciones de Congresos Internacionales(a); y tratndose de derechos fundamentales de cada persona humana, es evidente que no se puede recurrir 2 argumentos sacados del pluralismo poltico o de la libertad religiosa para negarles valor universal.

Recurdese en particular la recomendacin 779 (1976). referentes a los derechos de los enfermos y de los moribundos de la Asamblea Parlamentaria del Consejo deEuropaen su XXVII sesin ordinaria.

VALOR DE LA VIDA HUMANALa vida humana es el fundamento de todos losbienes, la fuente y condicin necesaria de toda actividad humana y de toda convivencia social. Si la mayor parte de los hombres creen que la vida tiene un carcter sacro y que nadie puede disponer de ella a capricho, los creyentes ven a la vez en ella un don delamorde Dios, que son llamados a conservar y hacer fructificar. De esta ltima consideracin brotan las siguientes consecuencias

1. Nadie puede atentar contra la vida de un hombre inocente sin oponerse al amor de Dios hacia l, sin violar un derecho fundamental, irrenunciable e inalienable, sin cometer, por ello, un crimen de extrema gravedad.(b)2. Todo hombre tiene el deber de conformar su vida con el designio de Dios. Esta le ha sido encomendada como un bien que debe dar sus frutos ya aqu enla tierra, pero que encuentra su plena perfeccin solamente en la vida eterna.

3. La muerte voluntaria o sea el suicidio es, por consiguiente, tan inaceptable como el homicidio; semejante accin constituye en efecto, por parte del hombre, el rechazo de lasoberanade Dios y de su designio de amor. Adems, el suicidio es a menudo un rechazo del amor hacia s mismo, una negacin de la natural aspiracin a la vida, una renuncia frente a los deberes de justicia y caridad hacia el prjimo, hacia las diversas comunidades y hacia la sociedad entera, aunque a veces intervengan, como se sabe, factores psicolgicos que, pueden atenuar o incluso quitar laresponsabilidad.Se deber, sin embargo, distinguir bien del suicidio aquel sacrificio con el que, por una causa superior -como la gloria de Dios, la salvacin de las almas o el servicio a los hermanos - se ofrece o se pone en peligro la propia vida.

LA EUTANASIAPara tratar de manera adecuada el problema de la eutanasia, conviene ante todo precisar el vocabulario..(b). Se dejan completamente de lado las cuestiones de lapena de muertey de la guerra que exigiran consideraciones especificas, ajenas al tema de esta Declaracin.Etimolgicamente la palabraeutanasiasignificaba en la antigedad una muerte dulce sin sufrimientos atroces. Hoy no nos referimos tanto al significado original de trmino, cuanto ms bien a la intervencin de la medicina encaminada a atenuar los dolores de la enfermedad y de la agona, a veces incluso con elriesgode suprimir prematuramente la vida.Adems el trmino es usado, en sentido ms estricto, con el significado de causar la muerte por piedad, con el fin de eliminar radicalmente los ltimos sufrimientos o de evitar a losniossubnormales, a los enfermos mentales o a los incurables i la prolongacin de una vida desdichada, quizs por muchos aos que podra imponer cargas demasiado pesadas a las familias o a la sociedad.Es pues necesario decir claramente en qu sentido se toma el trmino en este documento.

Por eutanasia se entiende una accin o una omisin que por su naturaleza, o en la intencin, causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor. La eutanasia se sita pues en el nivel de las intenciones o de los mtodos usados.Ahora bien, es necesario reafirmar con toda firmeza que nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, seafetoo embrin, nio o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie adems puede pedir este gesto homicida para s mismo o para otros confiados a su responsabilidad, ni puede consentirlo explcita o implcitamente. Ningunaautoridadpuede legtimamente imponerlo ni permitirlo. Se trata en efecto de una violacin de la ley divina, de una ofensa a la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la vida, de un atentado contra la humanidad.

Podra tambin verificarse que el dolor prolongado e insoportable, razones de tipo afectivo u otros motivos diversos, induzcan a alguien a pensar que puede legtimamente pedir la muerte o procurarla k otros. Aunque en casos de esegnerola responsabilidad personal pueda estar disminuida o incluso no existir, sin embargo el error de juicio de la conciencia -aunque fuera incluso de buena fe - no modifica la naturaleza de acto homicida, que en s sigue siendo siempre inadmisible. Las splicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como expresin de una verdadera voluntad de eutanasia; estas en efecto son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto. Adems de los cuidados mdicos, lo que necesita el enfermo esel amor, elcalorhumano y sobrenatural, con el que pueden y deben rodearlo todos aquellos que estn cercanos, padres e hijos, mdicos y enfermeros.

El cristiano ante el sufrimiento y el uso de los analgsicosLa muerte no sobreviene siempre en condiciones dramticas, al final de sufrimientos insoportables. No debe pensarse nicamente en los casos extremos. Numerosos testimonios concordes hacen pensar que la misma naturaleza facilita en el momento de la muerte una separacin que sera terriblemente dolorosa para un hombre en plena salud. Por lo cual una enfermedad prolongada, una ancianidad avanzada, una situacin de soledad y de abandono, pueden determinar tales condiciones psicolgicas que faciliten la aceptacin de la muerte.Sin embargo se debe reconocer que la muerte precedida o acompaada a menudo de sufrimientos atroces y prolongados es un acontecimiento que naturalmente angustia elcorazndel hombre.

El dolor fsico es ciertamente un elemento inevitable de la condicin humana; a nivel biolgico, constituye un signo cuya utilidad es innegable; pero puesto que atae a la vida psicolgica de hombre, a menudo supera su utilidad biolgica y por ello puede asumir una dimensin tal que suscite el deseo de eliminarlo a cualquierprecio.Sin embargo, segn la doctrina cristiana, el dolor, sobre todo el de los ltimos momentos de la vida, asume un significado particular en elplansalvfico de Dios; en efecto, es una participacin en la Pasin de Cristo y una unin con el sacrificio redentor que El ha ofrecido en obediencia a la voluntad del Padre. No debe pues maravillar si algunos cristianos desean moderar el uso de los analgsicos, para aceptar voluntariamente al menos una parte de sus sufrimientos y asociarse as de modo consciente a los sufrimientos de Cristo crucificado (ef Mi 27, 34). No sera sin embargo prudente imponer como norma general uncomportamientoheroico determinado.

Al contrario, la prudencia humana y cristiana sugiere para la mayor parte de los enfermos el uso de las medicinas que sean adecuadas para aliviar o suprimir el dolor, aunque de ello se deriven, como efectos secundarios, entorpecimiento o menor lucidez. En cuanto a las personas que no estn en condiciones de expresarse, se podr razonablemente presumir que desean tomar tales calmantes y suministrrseles segn los consejos del mdico.Pero el uso intensivo de analgsicos no est exento de dificultades, ya que el fenmeno de acostumbrarse a ellos obliga generalmente a aumentar la dosis para mantener sueficacia. Es conveniente recordar una declaracin de Po XII que conserva an toda su validez. Ungrupode mdicos le haba planteado esta pregunta: La supresin de dolor y de la conciencia por medio de narcticos--- est permitida al mdico y al paciente por la religin yla moral(incluso cuando la muerte se aproxima o cuando se prev que el uso de narcticos abreviar la vida)?. El Papa respondi: Si no hay otros medios y si, en tales circunstancias, ello no impide el cumplimiento de otros deberes religiosos y morales: S. En este caso, en efecto, est claro que la muerte no es querida o buscada de ningn modo, por ms que se corra el riesgo por una causa razonable: simplemente se intenta mitigar el dolor de manera eficaz, usando a tal fin los analgsicos a disposicin de la medicina.

Los analgsicos que producen la prdida de la conciencia en los enfermos, merecen en cambio una consideracin particular. Es sumamente importante, en efecto, que los hombres no slo puedan satisfacer sus deberes morales y susobligacionesfamiliares, sino tambin y sobre todo que puedan prepararse con plena conciencia al encuentro con Cristo. Por esto, Po XII advierte que no es lcito privar al moribundo de la conciencia propia sin grave motivo.

El uso proporcionado de los medios teraputicosEs muy importante hoy da proteger, en el momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la concepcin cristiana de la vida contra un tecnicismo que corre el riesgo de hacerse abusivo. De hecho algunos hablan de derecho a morir expresin que no designa el derecho de procurarse o hacerse procurar la muerte como se quiere, sino el derecho de morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana. Desde este punto de vista, el uso de los medios teraputicos puede plantear a veces algunos problemas.En muchos casos, la complejidad de las situaciones puede ser tal que haga surgir dudas sobre el modo de aplicar los principios de la moral. Tomar decisiones corresponder en ltimoanlisisa la conciencia M enfermo o de las personas cualificadas para hablar en su nombre, o incluso de los mdicos, a laluzde las obligaciones morales y de los distintos aspectos caso.

Cada uno tiene el deber de curarse y de hacerse curar. Los que tienen a su cuidado los enfermos deben prestarles su servicio con toda diligencia y suministrarles los remedios que consideren necesarios o tiles.Pero se deber recurrir, en todas las circunstancias, a toda clase de remedios posibles?Hasta ahora los moralistas respondan que no se est obligado nunca al uso de los medios extraordinarios. Hoy en cambio, tal respuesta, siempre vlida en principio, puede parecer tal vez menos clara tanto por la imprecisin M trmino como por los rpidos progresos de la terapia. Debido a esto, algunos prefieren hablar de medios proporcionados y desproporcionados. En cada caso, se podrn valorar bien los medios poniendo en comparacin el tipo de terapia, el grado de dificultad y de riesgo que comporta, los gastos necesarios y las posibilidades de aplicacin con el resultado que se puede esperar de todo ello, teniendo en cuenta las condiciones del enfermo y sus fuerzas fsicas y morales.Para facilitar la aplicacin de estos principios generales se pueden aadir las siguientes puntualizaciones:- A falta de otros remedios, es lcito recurrir, con el consentimiento de enfermo, a los medios puestos a disposicin por la medicina ms avanzada, aunque estn todava en fase experimenta y no estn libres de todo riesgo. Aceptndolos, el enfermo podr dar as ejemplo de generosidad para el bien de la humanidad.

- Es tambin lcito interrumpir la aplicacin de tales medios, cuando les resultados defraudan las esperanzas puestas en ellos. Pero, al tomar una tal decisin, deber tenerse en cuenta el justo deseo M enfermo y de sus familiares, as como el parecer de mdicos verdaderamente competentes; estos podrn sin duda juzgar mejor que otra persona si elempleode instrumentos y personal es desproporcionado a los resultados previsibles, y si las tcnicas empleadas imponen al paciente sufrimientos y molestias mayores que los beneficios que se pueden obtener de los mismos.Es siempre lcito contentarse con los medios normales que la medicina puede ofrecer. No se puede, por lo tanto, imponer a nadie la obligacin de recurrir a un tipo de cura que, aunque ya est en uso, todava no est libre de peligro o es demasiado costosa. Su rechazo no equivale al suicidio: significa ms bien o simple aceptacin de la condicin humana, o deseo de evitar la puesta en prctica de un dispositivo mdico desproporcionado a los resultados que se podran esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos excesivamente pesados a lafamiliao la colectividad. Ante la inminencia de una muerte inevitable, a pesar de los medios empleados, es lcito en conciencia tomar la decisin de renunciar a unos tratamientos que procuraran nicamente una prolongacin precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir sin embargo las curas normales debidas al enfermo en casos similares. Por esto, el mdico no tiene motivo de angustia, como si no hubiera prestado asistencia a una persona en peligro. Aspectos morales y religiosos de la eutanasiaDesde la perspectiva religiosa se considera que lapropiedadde la vida humana le corresponde a un ser superior y el individuo es un mero usufructuario, incapacitado por definicin para disponer de su vida de acuerdo con su voluntad.Quienes creemos en un Dios personal, en especial los catlicos, tenemos un motivo ms para rechazar la eutanasia. Pues lo que as pensamos, estamos convencidos que la eutanasia implica matar a un ser querido por Dios, quien vela por su vida y su muerte. Por ello, la iglesia catlica la ha considerado un grave crimen.Para la Iglesia Catlica y su doctrina dicen sobre la eutanasia que no es lcito matar a un paciente, ni siquiera para no verlo o hacerle sufrir, as se lo hayan pedido al mdico el enfermo, sus familiares o terceros, pues no est en sus manos, solo en las de Dios, las vidas de las seres personas. Comprendiendo ello, el no hacer acciones que produzcan intencionalmente la muerte del paciente y como es lgico tampoco es permisible omitir una prestacin debida al paciente con la cual salvara su vida.

Para la iglesia no es lcito que se deje u omita los tratamientos disponibles para la posible recuperacin del paciente, con el lmite que no tenga una muerte cerebral, lo cual ocasiona dejar de aplicar los tratamientos siendo esto lo ms adecuado, actitud concordante con la recta razn. La cual trata de evitar las medidas desproporcionadas que no sera una medida razonable, sino no ms bien prcticas distansicas.

La iglesia esta de acuerdo con la ortotanasia, entendida como la entiende Romero y NIo, llamada eutanasia solutiva, por la cual, se le suministra narcticos y analgsicos que aliviarn el dolor, aunque atenen la conciencia y provoquen de modo secundario un acortamiento de la vida del paciente.Este acto no se considera ilcito, pues en este sentido se expresaba Pablo VI cuando deca que:"El deber del mdico consista ms bien en intentar calmar los sufrimientos, en vez de prolongar todo lo que pueda con cualquier medio y a cualquier condicin una vida que no es ya plenamente humana y que va naturalmente hacia la conclusin"En laconferenciaepiscopal espaola se hablo tambin que en el momento de la muerte se tena que tomar en cuenta la dignidad de la persona humana y la concepcin cristiana de la vida. Pues a nadie se le puede imponer la obligacin de recurrir a cualquier tipo de cura.

Podemos concluir por ello que la religin y la iglesia catlica no estn de acuerdo con la eutanasia, pero tampoco con la distanasia que se presenta en los medios desproporcionados que se utilizan para que el paciente siga vivo sea esta una vida con aparatos con los cuales no podra vivir. Pero aceptan la ortotanasia, la cual se utilizaran paliativos para el dolor los cuales permitir a las personas que no quieran recibir un tratamiento morir progresivamente y naturalmente sin sufrimientos ayudado pordrogas. Nio llama a esto "Eutanasia solutiva", claro que la iglesia no la llama as, esta clase de eutanasia no slo carece de relevancia atpica sino que encarna un deber moral y jurdico.

OPINION DE LA IGLESIALa eutanasia es una consecuencia de una mentalidad materialista y utilitarista sobre la existencia humana. Existe una prdida del sentido de la existencia humana debido a unacrisismoral y religiosa.El respeto de la vida humana presupone admitir la existencia de Dios, de un Dios amoroso autor de la vida. Nadie puede atentar contra la vida de un ser humano sin apoyarse al amor de Dios hacia l, sin violar un derecho fundamental y sin cometer un crimen.

La eutanasia es una grave ofensa a Dios, autor de la vida, en cuanto viola su ley. No es lcito matar a un paciente para no verle sufrir o no hacerle sufrir, aunque aqul lo pida. Ni el paciente, ni los mdicos, ni los familiares tienen la facultad de decidir o provocar la muerte de una persona. No tiene derecho a la eleccin del lugar y del momento de la muerte, porqueel hombreno tiene el poder absoluto sobre su persona y su vivir, con mayor razn, sobre su muerte.

Es necesario reafirmar que nadie ni nada puede autorizar la muerte de un ser humano, sea feto o embrin, nio o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Ninguna autoridad puede legtimamente imponerlo o permitirlo.No se puede decir que una vida es mas o menos plena dependiendo del estado de la salud o si es til o no. Toda vida merece ser vivida.Etimolgicamente, eutanasia, viene del griego y significa principalmente buena muerte, muerte apacible, sin sufrimiento. Segn la tradicin cristiana, a la buena muerte se llega cuando se prepara espiritualmente al encuentro con Dios. Slo dentro de la perspectiva cristiana de la redencin, el sufrimiento alcanza su valor pleno. El dolor puede ser un instrumento de salvacin , cuando es vivido cristianamente e iluminado por la Palabra de Dios.Todo hombre tiene el deber de vivir su vida conforme al designio de Dios. Esta le ha sido dada para dar frutos en latierra, y no para ser destruida a su antojo.Juan Pablo II ha hecho grandes labores para evitar que se siga permitiendo la eutanasia y se proclama sobre el tema en la encclicaEvangelium Vitae(Cartasobre el valor y el carcter inviolable de la vida humana). En esta carta declara tambin la opinin de la Iglesia Catlica sobre el tema de la eutanasia:

"Amenazas no menos graves afectan tambin a los enfermos incurables y a los terminales, en un contexto social y cultural que, haciendo mas difcil afrontar y soportar el sufrimiento, agudiza la tentacin de resolver el problema del sufrimiento eliminndolo en su raz, anticipando la muerte al momento considerado mas oportuno.En una decisin as, confluyen con frecuencia elementos diversos, lamentablemente convergentes en este terrible final.

II.4.- La eutanasia vista desde la doctrina penal.Muchos pases buscan el reconocimiento legal de esta prctica. Son diversos los argumentos que defienden los partidarios de la eutanasia para que pueda ser legalizada, algunos de esos argumentos son: si una persona tiene "sufrimientos intolerables" y pide la muerte, las dems personas obedecen debido a la compasin que les embarga.

Otros manifiestan que si un paciente se encuentra en fase terminal de una enfermedad incurable, sucede lo mismo que el caso anterior, configurando el llamado homicidio por compasin.Para otros es un argumento slido la falta decontrolsobre los excesos y abusos que pueden producirse al practicarse la eutanasia de manera clandestina. En muchos casos sealan que la prctica de la eutanasia es un asunto privado, es decir, entre el paciente y su mdico (este argumento es muy utilizado).Los dos primeros argumentos mencionados se refieren a casos dramticos pero a mi parecer no son argumentos razonables para legalizar la eutanasia, pues las personas deben comprender que el dolor puede disminuir con determinados medicamentos pudiendo mejorar en cierta forma nuestra vida, adems no podemos disponer de nuestra vida, pues es una falta de respeto hacia uno mismo, y mucho menos podemos disponer de la vida de los dems.

Cuando los partidarios de la eutanasia quieren evitar "excesos o abusos" dan a entender que en determinadas circunstancias, la prctica de la eutanasia no es un exceso o un abuso, pero lo que realmente solicitan es una legislacin permisiva y no restrictiva.Algunos pases estn a favor de la eutanasia, pases como Holanda, Blgica, ya han legalizado la eutanasia, de igual forma lo realiz el Estado de Oregon en E.E.U.U.Suiza yColombiatienen legislado que la eutanasia no es undelito, pues ayuda a las personas en fase terminal a morir, siempre que se haya realizado una autorizacin clara y precisa.Para ser precisos la legislacin suiza acepta la eutanasia pero no todos sus tipos, pues esta prohibida la eutanasia activa. Y en Colombia la Corte Constitucional de ese pas resolvi que el reconocimiento del respeto a la dignidad humana, y la autonoma en su Constitucin, obliga a interpretar que elCdigoPenal Colombiano no castiga la eutanasia realizada con el consentimiento del paciente; limitando la aplicacin del artculo 236, que pena el homicidio por piedad con prisin menor al homicidio simple ( de seis meses a tres aos), a los casos donde no exista voluntad de la victima.Holanda es el primer pas donde la eutanasia se practica abiertamente, la ley holandesa permite terminar con la vida de otra persona, ya sea por un doctor o por el deseo expreso de un paciente teniendo en cuenta que "lademandaal doctor debe ser voluntaria, explcita y cuidadosamente considerada y se debe de haber hecho repetidamente."Para la realizacin de la eutanasia activa deben realizarse las siguientes condiciones: debe existir solicitudes del paciente, y estas deben ser repetidas y bien informadas. La enfermedad debe ser mental ofsicaincurable. Se debe haber agotado todas las dems opciones asistenciales. Debe existir la aprobacin de otro mdico a dems del que va a realizar la eutanasia. Y debe existirdocumentacinde los hechos.

No se considera como condicin para la aplicacin de la eutanasia activa a la evaluacin de un psiquiatra o psiclogo, lo cual dificulta determinar si existe un cuadro depresivo.La legislacin holandesa considera que la eutanasia no es considerado un delito si el mdico respeta una serie de cdigos estrictos, es decir: el enfermo debe estar sometido a un sufrimiento insoportable, no debe existir ninguna perspectiva de mejora, debe expresar repetidamente su voluntad de morir, el mdico debe consultar por lo menos a otro colega antes de tomar la decisin, el mdico est obligado a informar inmediatamente a un juez, un especialista en tica y a otra autoridad medica.En Blgica la mayora esta de acuerdo con la aprobacin legal de la eutanasia, as podemos ver en diversosinformesque el 72% de los belgas estn a favor de la eutanasia; y por ello existe una norma aprobada subdividida en 16 artculos, entre ello destacan:El mdico deber asegurarse de que el paciente sea mayor de edad y se encuentre en plenas facultades mentales. El mdico debe verificar que la enfermedad sea incurable y provoque un sufrimiento fsico o psquico constante e insoportable.

Debe consultar a otro mdico independiente para valorar la gravedad de la patologa. La peticin debe ser reiterada en cualquier momento y exige que el mdicoinformeal paciente de las diversas posibilidades de cuidados paliativos existentes para su caso. La peticin del paciente debe contar con un testigo capaz de entender y traducir su voluntad.Cada caso deeutanasiadeber ser notificado a una comisin federal de diecisiete miembros (profesores de Derecho, abogados, expertos) que ser la encargada de verificar si se han respetado todas las condiciones exigidas por laley. En caso contrario los expedientes sern enviados a laautoridadjudicial.Si bien es cierto la eutanasia es legal en varios pases, pero en el Per la eutanasia es legal?, pues no lo es, debido aqu se respeta el derecho a la vida que es el "derecho bsico para materializar los demsderechoshumanos".

En laConstitucinPolticadelEstado, en el captulo I, artculo 2 seala: "Todapersonatiene derecho a: 1)A la vida,. Y en elCdigoCivil en el artculo 1 se define al nasciturus, y de esta forma se evita atentar su vida.Para evitar la aplicacin de la eutanasia se ha creado una serie denormasque regulan la pena demuerte, el genocidio, y la misma eutanasia.Debido a ello, lapena de muerteest en principio prohibida y no puede restablecerse en los pases en que ha sido abolida (ejm. Per). Por ello se establece un rgimen de transicin que comprende reglas de prohibicin aplicables a todo caso y reglas de aplicacin en los pases que no han abolido a pena de muerte.

Lasleyesde prohibicin a todo caso son: No se aplica la pena de muerte a personas menores de dieciocho aos, no se aplica la pena de muerte a mujeres en estado de gravidez, no se aplica la pena de muerte a personas mayores de setenta aos, no se aplica la pena de muerte pordelitospolticos ni comunes conexos con los polticos, y no se aplica la pena de muerte en los pases que han abolido la pena de muerte.En el caso del genocidio, su prohibicin se debe al cumplimiento del Tratado Internacional sobre Prevencin y sancin deldelitodel genocidio, el cual fue aprobado por el Per, por Resolucin Legislativa N 13288.

La prohibicin del genocidio implica la prohibicin de privar a miembros de ungrupotnico, social, nacional, o religioso, o someterlos a condiciones de existencia que produzcan su destruccinfsicade manera total o parcial, y las medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seo del grupo.En cuanto a la prohibicin de la eutanasia, por ser una forma especfica de la privacin arbitraria de la vida, aunque ni lostratadosinternacionales, ni la Constitucin establezca su prohibicin expresa, se puede encontrar su prohibicin en el Cdigo Penal Peruano, en el capitulo de Delitos contra la vida.

Ante la legislacin permisiva de la eutanasia, laIglesiase opone a esta, pues considera que a travs de la prctica de la eutanasia se esta eliminando una vida humana inocente, por ser portadora de unadignidadque debe ser respetada absolutamente. Debemos recordar que para la iglesia la eliminacin de la vida es una violacin de la ley divina, es una ofensa a la dignidad de la persona, un atentado contra la vida, lo cual atenta contra la humanidad; pero este acertijo religioso en lo concerniente al punto de vista de la iglesia lo veremos ms adelante en un siguiente artculo un poco ms detallado.Pero si hablamos de lalegitimacinde algo que tiene que ver con la vida tendramos que hablar de la tan famosa mentalidad antivida que ha generado la aceptacin legal delaborto, en la que podemos encontrar que la base de la legislacin del aborto, tambin es la misma para la aceptacin de la eutanasia, por ende esta en cada uno de las personas eliminar la mentalidad antivida, pues nosotros somos seres con vida; ya que estaramos yendo en contra de lo que ms cuidamos: "la vida".

La eutanasia es aceptada legalmente debido a que los tribunales no entienden la sencilla diferencia entre elhomicidioy la suspensin de tratamientos desproporcionados, pues el desconectar los aparatos de reanimacin artificial a una persona, luego de pasado untiempoprudencial, no es homicidio, sino que se le est dejando morir naturalmente ( de esta forma se evita practicar la distanasia).

Al hablar sobre la legislacin de la eutanasia, es interesante conocer que enEspaa, se viene utilizando la figura del testamento vital, el cul es considerado vlido jurdica y ticamente si esproductode la "expresin de la voluntad de una persona de enunciar a que le sean aplicadosmediosdesproporcionados para alargarle artificialmente la vida o mecnicamente la agona cuando ya no sea posible salvarle la vida." Pero si la persona lo realiza para eliminarse producto de una enfermedad, pero sin antes haber consultado sobre los posibles cuidados para su recuperacin , este testamento ser invlido.

La legislacin de la eutanasia es un tema muy complicado y muy controversial para que surja una estricta conformidad universal, pero lo que si se debe dejar en claro que en algunos lugares ya es aceptada por diversos motivos, lo que nos hace darnos cuenta lo diferente que somos cada uno de nosotros al tener pensamientos diferentes; en este artculo hemos podido observar como algo que en el pasado era un tab y ms que unpecadorealizarlo, ha sido aprobado por la legislacin de algunos pases quienes tienen motivos muy preclaros para la decisin que han tomado; al igual que la iglesia que tiene una posicin contraria a la de estos pases y la cual tiene unos motivos y unas bases igual de bien cimentadas, lo cual hablaremos en un siguiente artculo como lo refer anteriormente.CAPTULOIII:

La eutanasia en el PerIII.1.-Situacin legal de la eutanasia en el Per.Nuestro Cdigo Penal, en el ttulo referido a los Delitos contra la vida, el cuerpo y lasalud, tipifica el delito de "Homicidio por piedad", en el artculo 112 del citado cuerpo normativo; no se utiliza pues el trmino eutanasia.El artculo 112 del Cdigo Penal seala lo siguiente:"El que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores, ser reprimido con pena privativa delibertadno mayor de tres aos".Tal como seala el Dr. Luis Alberto Bramont-Arias Torres , especialista enDerecho Penal, nuestra legislacin ha tipificado en el homicidio por piedad a la eutanasia activa, mas no a la pasiva (no prolongar artificialmente la vida de quienes indefectiblemente estn destinados ala muerte, en la medida en que tal alargamiento slo traiga efectos de sufrimientos), ni la indirecta (que supone el adelantamiento de la muerte -que se conoce como cierta- mediante el suministro de medicamentos que sirven para mitigar el dolor fsico del enfermo).

Pero, no obstante tipificar el homicidio por piedad, el legislador lo ha atenuado disponiendo una pena mxima de 3 aos pues brinda vital importancia al consentimiento expreso y voluntario del enfermo, colocando al que realiza la eutanasia como un mero colaborador, por lo que es este acto de colaboracin lo que se castiga. As, existen tres aspectos fundamentales para concluir que estamos, legalmente, frente a la figura de la eutanasia activa u homicidio por piedad: el mvil de piedad que es el que impulsa al autor del hecho, la peticin expresa y consciente de la vctima y la existencia de dolores intolerables que hacen difcil la vida del paciente.III.2.-Tesissobre la eutanasia:III.2.1.- Tesis que considera ilcita la eutanasiaLa mayora de esas tesis fundamentan su postura en la intangibilidad de la vida humana, la indisponibilidad de la propia vida.La vida es considerada como unvalor, como un derecho fundamental que se debe proteger. Pues no es slo importante para su titular (un ser humano) si no tambin para lasociedad.La vida la entienden como un valor primario, pues consideran que es la base y fundamento de todos los derechos individuales, sin el cual ningn valor tendra cabida.La vida como un derecho. Tendra dos tipos deobligaciones, una de proteger y promover el ejercicio del derecho y la otra de abstenerse de hacer cualquier cosa que menoscabe ese derecho. Siendo entonces que este derecho protege en s mismo a la vida."Por ello la autonoma del enfermo se vera limitada por el deber derespetoa la propia vida y, de esa guisa, su consentimiento no podra justificar la actuacin del tercero".Al derecho lo consideran inalienable, siendo que el titular no puede disponer jurdicamente de este, ni destruir el bien objeto del mismo, de modo que el ejercicio no es posible. Tambin se le considera irrenunciable. Por ello este derecho le permitira solo protegerlo y garantizarlo.Aqu se puede ver claros tintes paternalistas, protegiendo a ultranza el bien vida aun por encima de su titular.En un primer momento hemos visto la postura que se tiene entornoa la eutanasia por la imposibilidad de disponer de un bien jurdico como es la vida, considerada como un derecho. Ello con la argumentacin que la eutanasia, no puede ser contenido de la libre decisin delindividuo, es decir, el derecho a la autodeterminacin individual, no puede ser un valor absoluto que sustente la licitud de la eutanasia, sern tiles para sustentar esta tesis.La tesis plantea que la autonoma individual est limitada, "pues para que una decisin pueda ser considerada como autnoma no debe estar motivada por un criterio deaccinexterior a uno mismo y no puede vulnerar la ley de tratar a la persona siempre como fin y nunca como medio".

Es decir, la persona no puede tener la libertad de pedir que le quiten la vida pues estara yendo en contra del fin que tiene la autonoma, la cual es el ser humano, y si muere, quclasede autonoma puede haber.Otra razn para no aceptar a la autonoma individual para validar la eutanasia esta en que la voluntad del enfermo se ve limitado por el deber de respeto a lo propia vida, ya no como la de su titular sino como bien jurdico protegido por el Estado.En ellibro"Tres temas penales" de Cuello; nos presenta la opinin de Collignon, el cual rechaza la eutanasia declarando que "el fin ms eminente del derecho natural, delderecho positivo, de las tradiciones y dela morales la defensa integral del derecho de vivir". Por lo cual se dira que la proteccin de la vida requiere una garanta absoluta siendo esteconceptomuy paternalista.

Al ver la autonoma individual, entramos tambin a observar que el consentimiento del titular (es decir, la libertad que tiene el enfermo de consentir que se le de muerte) no dara licitud, al acto del sujeto activo. "Pues este consentimiento tendra solo valor para los derechos "subjetivos privados", es decir, a los derechos que son disponibles por parte del sujeto. Y por ende, el derecho a la vida no es uno de ellos pues este es considerado denaturalezatambin pblica"

III.2.2.-Tesis que consideran lcita la eutanasia."Utilizan el mismo argumento de la otra tesis, el derecho a la vida. En las cuales se argumenta a favor de la eutanasia aludiendo a que es preferible morir a continuar viviendo en las condiciones que se hallan ciertos enfermos terminales. Se dice que la vida humana tiene que tener condiciones para desarrollarse como seres humanos, con las cuales las facultades estn realmente mermados, si el enfermo no puede llevar a cabo una vida con un mnimo decalidad, estara justificada la prctica de la eutanasia"Aqu se reivindicara el derecho a escoger como y cuando morir. Todo esto hace pensar que el derecho a la vida se habra relativizado.Se presenta tres tesis, la de Tooley nos dice que solo estamos en presencia de un ser humano cuando nos encontramos con un ser humano con autoconciencia de s mismo y con capacidad para tenerinters. Pues para l todos aquellos que no tengan inters en continuar su existencia podran ser excluidos de la proteccin del derecho a la vida.Despus tenemos la de Newell que sostiene una tesis de la "identidadpersonal", la cual, dice que puede haber situaciones en las cuales elsuicidiosea racional (cuando el mismo lleve a preservar y proteger la identidad personal). Esta identidad se refiere al conjunto de capacidades racionales. Pero l deja de lado el cuerpo (el fsico) que tambin forma parte de esa identidad.

Y por ltimo tenemos Singer, a mi parecer el ms radical de los tres el cual habla de tres tipos de eutanasia la voluntaria, involuntaria, y la no voluntaria la primera sabemos a cual se refiere; por involuntaria habla de la que se produce sin consentimiento, el cual se podra haber producido sino que no se le pregunt o porque se le pregunt y contest que si deseaba seguir viviendo, esta no tiene caso plantearla porque como se puede ver es un homicidio propiamente dicho; y por ultimo est la no voluntaria, la cual dice que estara justificada por el supuesto utilizado llamado calidad de vida, aduce que se est en presencia de una vida humana cuando se presentan las caractersticas tales como racionalidad, la autonoma y laconcienciade uno mismo. "En este sentido, si se est en presencia de seres que por ciertas circunstancias carezcan de estas propiedades, no sera injusto matar; es ms se debera matar. De modo, acabar con la vida de aquellos que no pueden elegir entre la vida y la muerte, sera una accin moralmente lcita, en tanto que ya no estamos en presencia de vidas humanas"Con estas tesis sobre el derecho a una vida con calidad, se une la tesis por la cual mantiene que la eutanasia cae dentro del mbito de autodeterminacin del individuo. Ellos aducen que la capacidad de la autonoma es un referente vlido para afirmar la licitud tico jurdico de la eutanasia. Califican la decisin eutansica como decisin decarcterpersonal, que incumbe nicamente al individuo y que se incluye dentro de la esfera que abarca la autonoma, si bien se pueden apreciar diversos matices en cada una de ellas.CAPTULO IV:Diferentes aspectos sobre el temaVI.1.-Medios que hacen posible mantener a una paciente terminal.Segn lo define el Hasting Center, se entiende por soporte vital:"toda intervencin mdica, tcnica,procedimientoo medicacin que se administra a un paciente para retrasar el momento de la muerte, est o no dicho tratamiento dirigido hacia la enfermedad de base o aprocesobiolgico causal". Esta definicin, que goza de aceptacin unnime, incluye maniobras tales como la ventilacinmecnica,tcnicasde circulacin asistida, dilisis, marcapasos, oxigenacin extracorprea, tratamiento farmacolgico condrogasvasoactivas, antibiticos, diurticos, citostticos, derivados sanguneos,nutricinenteral y parenteral e hidratacinLo que se encuentra enjuegoes el derecho a la vida y a lacalidad de vidaque cada uno quiere para s. Lo que ha de respetarse a ultranza es el derecho a la dignidad del ser humano.En los ltimos aos, los avances tecnolgicos que invadieron nuestra sociedad trajeron, junto con ellos, grandes modificaciones en las vidas de las personas.Estos logros fueron muy importantes en el mbito dela cienciamdica, a punto tal de que hoy en da podemos mantener con vida a una persona que, de otra manera, estara muerta.

Lo mencionado requiere unalecturaactualizada dado que la aparicin de los respiradores artificiales y las modernas tcnicas de reanimacin cardiocirculatoria y metablica, por ejemplo, produjeron la creacin de un nuevo nivel de estado de coma, el "coma depass" o "coma sobrepasado", en el cual el organismo humano, de hecho muerto ya, por la cesacin total y definitiva del funcionamiento delsistema nerviosocentral, es artificialmente preservado de las consecuencias degenerativas de sus rganos, asegurndole la irrigacin consangreoxigenada, mantenida forzadamente en circulacin. En este caso, la muerte cerebral no ocurre naturalmente, sino que la crean los mdicos a partir de latecnologateraputica. Por ello, muchos pacientes en coma que hubieran muerto rpidamente en otros tiempos, pueden mantener ahora susfuncionescardiopulmonares por varias horas, das o semanas, permaneciendo en un coma agnico irrecuperable.Pero no se trata slo del caso de los pacientes que se encuentran en estado de coma. En una similar situacin se hallan aqullos que quedan en el denominado "estado vegetativo persistente", en los cuales las posibilidades de recuperar laindependenciadespus de estar vegetativo por tres meses, son muy escasas.En este caso, el paciente tiene reflejos, respira por s mismo, pero no hay evidencia de una mente que funcione.Este tipo de paciente es mantenido con vida nicamente por laalimentacina travs de una sonda o alimentacin parenteral.

VI.2.-Gastosque se emplean en la mantencin de un paciente terminal.Nos proponemos abordar en el presentetrabajosi es efectivo desde el punto de vista econmico y ante laescasezderecursos, mantener con vida artificialmente a una persona en esas condiciones o si, por el contrario, dado el gran gasto que ello implica, debiera ser despenalizado el ejercicio de la eutanasia en tal situacin. Y en su caso, nos proponemos analizar, tambin, a quin le corresponde tomar esta decisin fundamental para la vida del paciente, y qu rol debe asumir el profesional de lamedicinaante esta circunstancia.Actualmente, diez mil personas son mantenidas con vida enEstados Unidosen estado vegetativo persistente. Esta situacin implica una graninversindedineroen orden a mantener viva a tal persona.Nos fue imposible llegar a determinar cul es el monto exacto necesario para conservar la vida de estas personas. Podemos decir, sin embargo, que ello implica ocupar una cama en una institucin, los gastos que conlleva aplicar y mantener la sonda nasal, el suero que se aplica como sustituto de la alimentacin e hidratacin, los gastos deenfermeray los doctores y dems profesionales que diariamente controlan y asisten al paciente.Se justifican todos estos gastos en una persona cuyas posibilidades de vida independiente son nulas; cuando todo tratamiento es ftil, ya que nunca se alcanzar elobjetivode sanarlo?

Debemos tener en cuenta que toda institucin de salud, ya sea privada u oficial, tiene sus recursos limitados.Los recursos disponibles son un punto importante a tener en cuenta a la hora de aplicar un determinado tratamiento. Me parece que no es justo para la sociedad en su conjunto gastar enormes cantidades de dinero diariamente en tcnicas de soporte vital para mantener con vida a una persona sin esperanzas de recuperacin, cuando hay muchas ms personas conenfermedadescon ms posibilidades de recuperacin, las cuales no pueden ser sometidas al tratamiento correspondiente por insuficiencia de recursos econmicos.

Es un hecho pblico y notorio que los hospitales muchas veces no cuentan con los elementos y medicamentos bsicos necesarios para cumplir acabadamente con sus funciones. Encontramos, entonces, una contradiccin en queel Estadogaste grandes cantidades de dinero en mantener con vida a una persona en estos casos "terminales", por no decir "terminados", y a su vez, carezca, por ejemplo, de una gasa para curar una simple herida.En nuestra opinin, tales recursos escasos y limitados, estaran mejor invertidos en aquellos pacientes quienes, gracias a un tratamiento, podran llegar a sanarse. Y no me refiero a aquellos pacientes con una alta posibilidad de curacin. Mientras tal paciente tenga una mnima esperanza de vida, debe serle aplicado el tratamiento necesario con cierta "preferencia" con relacin a quien se encuentra en estado vegetativo. Es decir, en la asignacin de recursos, creo que sera ms justo invertirlos en el primer tipo de pacientes, en lugar de aplicar tratamientos excesivamente onerosos y ftiles a pacientes en estado vegetativo sin posibilidades de sanacin.

Esto debe tenerse en cuenta muy especialmente en pases como el nuestro, donde los recursos son muy escasos y notoriamente inferiores a las necesidades por satisfacer.Nos permitimos una pequea cuota de valoracin y opino que, en pases subdesarrollados, resultara ms efectivo invertir los recursos mayormente en prevencin que en curacin de las enfermedades.Debemos considerar, asimismo, los recursos econmicos con los que cuentala familiadel paciente, ya que muchas veces se les torna insostenible mantenerlo con vida artificialmente gracias a la nutricin parenteral e hidratacin. Estas personas pueden llegar a sacrificarbienesimportantes, tales como la vivienda oeducacinde sus hijos, en aras de mantener con vida a una persona que se sabe, acienciacierta, no se sanar.En virtud de las consideraciones expuestas, creo que la legislacin de nuestro pas debera permitir la desconexin de las tcnicas de soporte vital, ante la imposibilidad de recuperacin de un paciente en estado vegetativo persistente.

De lo contrario, tendramos a una persona inmovilizada durante aos, invirtindose grandes cantidades de recursos en ella, sin posibilidades ciertas de recuperacin, privndose as a otros personas de los medios necesarios para tratar sus afecciones, as como del tiempo y dedicacin que podran prestarle mdicos y enfermeras.VI.3.-Personas competentes para decidir la interrupcin de las tcnicas de soporte vital.Ahora bien, el problema que se advierte es el relativo a determinar, en casos de imposibilidad de decisin por parte del propio paciente, quin o quines se encontraran en condiciones de optar entre la continuacin o no de la aplicacin de estas tcnicas, las cuales no proporcionan posibilidad alguna de curacin ni mejora y slo sirven para mantener formalmente viva a una persona materialmente muerta.

Teniendo en cuenta la existencia de las mencionadas tcnicas que posibilitan mantener por tiempo, a veces indefinido, con vida a personas que sin ellas falleceran al instante, creemos que, as como alguien en su sano juicio puede adoptar sus propias decisiones, y debe respetarse el carcter subjetivo que tal eleccin reviste, en la situacin de los enfermos incapaces fsicamente de decidir por s la continuacin de su vida, debe haber tambin alguien competente para decidir en su lugar.Aunque en nuestro pas la eutanasia esta penada por la ley creemos que si se diera el caso los primeros que deberan ser consultados son los familiares ms cercanos, ya que estos se encuentran tan involucrados con la decisin como el propio paciente, ya que su vida se ver completamente alterada por el hecho de que se tome una u otra decisin. Es importante que sean stos quienes tomen la decisin, ya que, probablemente sean los nicos capacitados para ello. En efecto, son quienes conocen en profundidadlos valores, ideales y dems de su familiar e, incluso, algunas veces, su ltima voluntad previo ingresar al estado vegetativo. Obviamente, no slo con ello alcanza, sino que adems debenpoderdecidir conociendo plenamente el aspecto mdico de la situacin, el cual debe serles proporcionado por el mdico para que as puedan tomar la decisin a partir de un consentimiento informado.

ConclusionesLuego de analizar el material recabado, arrib a la conclusin de que no resulta eficiente mantener con vida a travs de la nutricin parenteral e hidratacin a aquellos pacientes en estado vegetativo. Considero que es ms justo invertir los recursos que se utilizaran a tales fines para sanar o intentar hacerlo respecto a otros pacientes con mayores posibilidades de sobrevivencia.No concibo a un mdico que est de acuerdo en aplicar la eutanasia, ese no es el fin de la medicina, nos formamos con la ilusin y el deber de salvar vidas, no para segarlas por el simple hecho de que padezcan una enfermedad incurable o incapacitante.