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UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE OBLIGACIONES DE HACER Y OBLIGACIONES DE NO HACER DOCENTE: MERCHAN GORDILLO MARIO AUGUSTO. MERCEDES DINO HERRERA INGA FRANCISCA ISABEL TALLEDO ACOSTA GLADYS JULIA ESCUDERO MURILLO EDITH LETICIA LARA QUEZADA 2015

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UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE

OBLIGACIONES DE HACER Y

OBLIGACIONES DE NO HACERDOCENTE:

MERCHAN GORDILLO MARIO AUGUSTO. 

MERCEDES DINO HERRERA INGA FRANCISCA ISABEL TALLEDO ACOSTA

GLADYS JULIA ESCUDERO MURILLOEDITH LETICIA LARA QUEZADA

2015

OBLIGACIONES DE HACER

material intelectual deudor

acreedor

Son Obligaciones positivas que consisten en la realización de servicios en prestación

Objeto de la prestaciónEjecutar una cosa :

Bien Material

Bien Inmaterial

CARACTERISTICAS

No se prestan a la indeterminación

Se debe fijar el plazo y modo

ISABEL

CLASES

fungibles

infungibles

Resultado

De medios o de mera actividad

OPORTUNIDAD Y MODO DE CUMPLIMIENTO DE LA 

OBLIGACION

Art. 1148 C.C.

deudorEl deudor  debe ejecutar la obligación en el modo(forma) y plazo establecido(tiempo oportuno), i en lo exigido por la obligación

PLAZO : Es un hecho futuro pero cierto

PLAZO DE MANERA EXPRESASe le establece al deudor un plazo de manera clara, las características de la obligación con mes, día, hora

PLAZO DE MANERA TACITA

Los detalles de forma son claros y la fecha del cumplimiento se sobre entiende que sera  antes de la boda

EL MODO

Viene a ser la forma o manera  características en que deben ejecutarse estas obligaciones de hacer. Son los requisitos que deben cumplir el deudor para cumplir con el objeto, en base a los requerimientos del acreedor

Si en una obligación de hacer no se establece ni el plazo ni el modo o forma como deben cumplirse estas obligaciones, estas deberán ser cumplidas en el plazo y modos exigidos por la naturaleza d ella obligación o las circunstancias del caso

Las obligaciones de hacer deben cumplirse dentro del plazo establecido, es decir dentro del plazo oportuno, para que no se configure el incumplimiento de la prestación

GLADYS

Naturaleza de la obligación Hace referencia a las condiciones que generalmente o de acuerdo al caso particular debe ser ejecutado una obligación, es decir que concuerden con las propiedades, características o rasgos d ella obligación constituida, esto solo cuando no se allá fijado plazo ni modo de como debe cumpliese con el objeto de la prestación de hacer

Por las circunstancias del casoAlude  al entorno o grupo social, a sus características de poder económico y cultural así también a condiciones del tiempo y horario posible, es decir a condiciones concretas a que debe cumplirse la obligación de hacer, para que sea de manera justa y equitativa para ambas partes de la relación obligacional 

10:00pm

4:00pm

OBLIGACION INTUITOPERSONAE,CUMPLIR LA OBLIGACION DE

HACER POR UN TERCERO

Toda obligación puede ser cumplida por persona distinta al deudor, es decir por un tercero salvo que, por la naturaleza de la obligación resulta que el deudor fue elegido por sus cualidades personales o lo  imponga el compromiso asumido por las partes o una norma legal.

La regla al respecto es que resulta indiferente que el deudor cumpla con la obligación , ya que lo importante es el cumplimiento de la obligación sea por el deudor o por un tercero

INTUITO PERSONAELlamado también personalismo, donde el acreedor tiene todo el derecho de exigir que el cumplimiento de la obligación de hacer sea por el mismo deudor y no un tercero. El deudor se compromete a ello y por eso es el quien debe cumplir con la obligación de hacer

La obligación de hacer debe ser cumplida por el deudor y no por tercero en razón de que su elección en la obligación , se debió a sus atributos personales: cualidades, conocimientos, industria, arte, nos referimos a las obligaciones de hacer fungibles sean de mera actividad o de resultado

deudor

Ahora bien si  por el contrario, si desde que nació la obligación de hacer  se conoce que el deudor o sujeto pasivo de la relación obligacional no fue elegido por sus cualidades, aptitudes o atributos personales la obligación puede ser cumplida por un tercero

NO INTUITO PERSONAE

En las obligaciones de no intuito personae lo que importa es el cumplimiento de la obligación, independientemente de quien cumpla la prestación

deudor acreedor tercero

LETICIA

INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE HACER

Nos dice que puede afectar la integridad , oportunidad y forma de la prestación a realizarse

1.- Teniendo en cuenta la integridad de la prestación de hacer

cuando el deudor no cumple con nada de la prestación a que se comprometió a cumplir

TOTAL

Cuando el deudor solo cumple con la mitad o parte de la prestación

PARCIAL

NO FUE PINTADA NO TERMINO LA INSTALACIÓN

TENIENDO EN CUENTA LA OPORTUNIDAD DE LA PRESTACIÓN DE HACER

La prestación, conducta o comportamiento por parte del deudor se cumple fuera del plazo establecido, y en tal virtud la obligación de hacer no se cumple en el tiempo y plazo establecido.

Fecha pactada

Fecha fuera del plazo

TENIENDO EN CUENTA LA FORMA DEFECTUOSA DE LA PRESTACIÓN

La obligación de hacer es cumplida de manera defectuosa cuando se cumple con la conducta o comportamiento de hacer, pero el objeto de la prestación no cumple con los requisitos ni forma establecidos por el acreedor

DIFERENCIAS ENTRE LAS OBLIGACIONES DE HACER Y LAS OBLIGACIONES DE DAR

En este punto hay que señalar que existen dos tipos de obligaciones de hacer

La primera que concluyen con la acción misma es decir un hacer.

La segunda que concluye con la entrega, con la conducta de dar lo hecho o efectuado, con la cual se cumple con la prestación sin dejar de ser una obligación de hacer.

PRIMERO:

Frente a una obligación de DAR, si la conducta  por parte del deudor consiste en la entrega de la cosa, ser un bien mueble o inmueble al acreedor

acreedor deudor

prestacion

La obligación  sera de HACER, si la conducta del deudor consiste en la realización de hacer algo, en prestar un servicio

deudor

SEGUNDO:

En las obligaciones de DAR el acreedor tiene mayores privilegios para lograr el cumplimiento de la prestación o para que se le entregue el objeto debido, solo basta que exista el bien y que se encuentre en posesión del deudor.

En las obligaciones de HACER, dado que lo debido, lo debe cumplir el deudor o sujeto pasivo de la obligación consiste en una conducta que solo depende de el.

acreedor

deudor

TERCERO:En las obligaciones de DAR al acreedor de la relación  le resulta indiferente la identidad de la persona quien cumpla con la entrega del bien lo que le importa es que se le entregue el bien sea por el deudor o por un tercero delegado por el deudor. No se tiene en cuenta las cualidades de la persona.

En las obligaciones de hacer, al acreedor si le importa  la identidad del deudor , le resulta importante quien cumpla con la prestación sea el deudor que eligió  por sus cualidades personales o aptitudes profesionales.

acreedor

deudor

terceros

OBLIGACIONES DE NO HACER

Son negativas, ay que su prestación consiste en que un deudor se ha de abstener de aquello que , de no mediar la obligación, le seria permisible ejecutar la obligaciónLa ventaja económica para en acreedor radica en ese abstenerse, en no hacer esto o aquello. Que se obliga el deudor

OPOSICIONES DEL   ACREEDOR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

El Art. 1158 franquea o da al acreedor alternativamente tres opciones

Exigir la obligación forzada

Que se destruya lo ejecutado

Dejar sin efecto la obligación

1.-Exigir la ejecución forzada, a no ser que fuese necesario paraello emplear violencia contra el deudor. Pero existe aquí unaevidente limitación: si el deudor, al incumplir la obligación deno hacer, la ha violado en forma tal que, por la naturaleza delas cosas, ella fuera irreversible.

Indemnización por Daños y Perjuicios

Además de las alternativas del artículo 1158, el acreedor goza de la indemnización por daños y perjuicios.

Por ejemploCuando la obligación ya no pueda destruirse (si se revelo el secreto industrial) en cuyo caso no queda otro derecho al acreedor que el exigir el pago resarcitorio por daños y perjuicios.

Si se obliga a no construir una zanja, si lo hizo y provocó una inundaciónen casa del vecino con quien se obligo a no hacerla, entonces debe pagarla indemnización

Responsabilidad Por el incumplimiento de las   Obligaciones de no Hacer

El artículo 1160 hace de aplicación alas obligaciones de no hacer lasreglas de los artículos 1154, primer párrafo, artículos 1155, 1156 y1157.

a) Imposibilidad de prestación por culpa del deudor.La obligación de éste queda resuelta, pero el acreedor deja de estar obligado a la contraprestación, si la hubiere, sin perjuicio de su derechode exigirle el pago de la indemnización respectiva

b) Imposibilidad de la prestación por culpa del acreedor.La obligación del deudor se resuelve, pero el deudor conserva el derecho a la contraprestación, si la hubiere

c) Imposibilidad de la prestación sin culpa de las partes.La obligación del deudor queda resuelta.La Mora en las Obligaciones de no Hacer.- En las obligacionesde no hacer no hay mora, si no inejecución

3.-Dejar sin efecto la obligación. es evidente que el cumplimientoparcial o defectuoso de una obligación de no hacer es posible,pero se sancionaría con alguna den las alternativas que franqueael artículo 1158 y, demás, con la indemnización de dañosy perjuicios prevista por el artículo 1159, cuyo texto es similaral del artículo 1152.