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RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL (R.I.M.A.) – DECRETO Nº 453 y 954/2013
“Campamento de Obras – Oficinas administrativas- Depósitos - Planta de prefabricados y
Acopio temporal de estériles de obra”
Ing. Gloria Rolón de Ríos
CTCA-I-516
ÍNDICE
1. ANTECEDENTES .................................................................................................................................................. 2
............................................................................................................................................................................... 3 1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO ................................................................................................................................. 3 1.2 DATOS DE LOS INMUEBLES: ...................................................................................................................................... 3 1.3 CARTA TOPOGRÁFICA Y DE UBICACIÓN (VER PLANO EN ANEXOS) .................................................................................... 3 1.4 MEDIO FÍSICO ................................................................................................................................................... 4 1.5 PLANO DE DISTRIBUCIÓN...................................................................................................................................... 6
1.5.1 Campamento de obras y diversas infraestructuras. .................................................................................. 6
2. ÁREA DEL ESTUDIO ............................................................................................................................................ 9
3. DETERMINACIÓN DE LOS POTENCIALES IMPACTOS DEL PROYECTO ............................................................... 10
4. MEDIDAS DE MITIGACION, COMPENSACION Y/O REPARCION DE IMPACTOS AMBIENTALES. ........................ 12
RESIDUOS GENERADOS ............................................................................................................................................. 13
5. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL .......................................................................................................................... 1
5.1 PROGRAMA DE ABANDONO DE CAMPAMENTO ............................................................................................. 1 5.2 RECUPERACIÓN DEL AREA AFECTADA ............................................................................................................ 1 5.3 ACTIVIDADES A SER DESARROLLADAS ............................................................................................................ 1 5.4 OBJETIVOS ..................................................................................................................................................... 1 5.5 JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................................................... 2 5.6 METAS ........................................................................................................................................................... 2 5.7 METODOLOGÍA .............................................................................................................................................. 2 5.8 COSTO DEL PROGRAMA ................................................................................................................................. 3 5.9 PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL ...................................................................................................... 4
6. MARCO LEGAL ................................................................................................................................................... 5
7. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ........................................................................................................................ 12
8. ANEXOS ........................................................................................................................................................... 13
RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL (R.I.M.A.) – DECRETO Nº 453 y 954/2013
“Campamento de Obras – Oficinas administrativas- Depósitos - Planta de prefabricados y
Acopio temporal de estériles de obra”
Ing. Gloria Rolón de Ríos
CTCA-I-516
1. ANTECEDENTES
El Proyecto “Campamento de Obras – Oficinas administrativas- Depósitos - Planta
de prefabricados y Acopio temporal de estériles de obra”, se instala en un predio en
la ciudad de Fernando de la Mora , ubicado en las calle Carlos Storm esq. Julio Cesar
Franco , instalación necesaria para la centralización de las tareas administrativas y de
apoyo para la ejecución de todos los rubros necesarios para alcanzar los niveles de
servicio correspondientes para la de Alcantarillado Sanitario denominado
“Elaboración de Proyecto Ejecutivo y Construcción de Colectores Secundarios de
Alcantarillado Sanitario para la Ciudad de Fdo. De la Mora. Lote N°1. ID.N°366.188 CONTRATO N° 114/2019” tales como colocación de cañería de 200
mm, colocación de ramales de 100 mm, construcción de registros, entre otros.
Por el tipo de actividad a ser desarrollada y tal como se establece en la Ley 294/93 se
tiene la necesidad de la presentación de un EIA – RIMA, por hallarse comprendida
la actividad en las disposiciones previstas en el artículo 7°; inciso a) de la Ley 294
“De Evaluación de Impacto Ambiental” y su Decreto Reglamentario Nº 453/2013 y
954/2013. En este estudio se consideran los efectos que causa la instalación del
“Campamento de Obras – Oficinas administrativas- Depósitos - Planta de prefabricados y Acopio temporal de estériles de obra”; el manejo, procesamiento y
almacenamiento de los productos; control de contaminación; disminución de riesgos
y respuestas a las emergencias; control de emisiones a la atmósfera; eliminación de
residuos y condiciones de drenaje, entre otros.
La instalación de infraestructuras como estas es una actividad inherente al desarrollo
físico y socioeconómico de cualquier zona o región, pero de potenciales impactos
negativos sobre el ambiente natural y antrópico, los cuales son considerados en el
presente estudio.
Ubicación del Campamento.
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1.1 Identificación del Proyecto
Nombre del Proyecto: “Campamento de Obras – Oficinas administrativas- Depósitos - Planta de
prefabricados y Acopio temporal de estériles de obra”
Proponente: CONSORCIO KATUPYRY.
Representante Legal: Ing. Emilio Norberto Felipe Díaz de Vivar R.
Dirección: Gral. Díaz N° 871 e/ Montevideo y Ayolas
Teléfono N°: 021-490.107
1.2 Datos de los Inmuebles:
Inmueble
Propietario: Carlos Martin Santiago Storm Garcete y Jorge Alberto Storm Garcete.
Lugar: Fernando de la Mora
Distrito: Fernando de la Mora -Departamento: Central
Finca Nº: 130- Cuentas Corrientes Catastrales N° 27 -1613/ 28/ 29/ 30/ 31/ 01/ 27/
02/26/03/25/04/24/23/06/22/07/08 28/ 29/ 30/31/ 01/ 27/02 / 26/ 03/ 25/ 04/ 24/ 05/ 23/ 06/ 22/ 07/
21/ 08/20/09/19/10/18/1117/12/16/13/15/14, Manzana D 27-1609/ 16/ 15/ 14/ 13/ 12/ 17/ 18/ 19/
20/ 21/ 22/ 1/10/09/08/07/06/01/ 02/03/04/05/, Manzana E 27-1608-15/ 14/ 13/ 12/ 11/ 16/ 17/ 18/
19/ 20/ 10/ 09/08/07/06/01/ 02/ 03/04/05, Manzana F 27-1607-
13/12/11/10/09/08/07/06/05/01/02/03/04 , Superficie Arrendada aproximada : 4has.
Coordenadas: 21 J 445512.95 m E 7199993.04 m N
1.3 Carta Topográfica y de ubicación (ver plano en anexos)
Campamento: La propiedad es arrendada, aproximadamente de (4 Has) está
ubicada en la ciudad de Fernando de la Mora, en las Calles Carlos Storm y Julio
Cesar Franco, Colón y Zenteno.
En las cuales, se distribuirán: el campamento de Obras en sí, con las Oficinas
administrativas, Depósitos, Planta de Prefabricados y Acopio Temporal de Estériles
de Obra.
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1.4 Medio Físico
Situación Geográfica: La Ubicación del emprendimiento Campamento de Obras –
Oficinas administrativas- Depósitos - Planta de prefabricados y Acopio temporal
de estériles de obra” se encuentra en la zona Norte en la localidad de Fdo de la Mora.
Fernando de la Mora es un distrito del Departamento Central y una de las ciudades
más pobladas de Paraguay. Limita con los distritos de Luque y San Lorenzo al
norte, con el distrito de Villa Elisa al sur, al este con las ciudades de San Lorenzo
y Ñemby, y al oeste con la capital del país, Asunción.
Fernando de la Mora es un distrito completamente urbano y se divide
administrativamente en 15 barrios, de los cuales 8 están en la zona norte y 6 barrios
en la zona sur, separados por la avenida Mariscal Estigarribia. El barrio Centro se
concentra en la zona norte y se extiende mínimamente en la zona sur.
Barrios de Fernando de la Mora
N. º Barrio
1 Orilla del Campo Grande
2 Estanzuela
3 San Antonio
4 Villa Ofelia
5 Laguna Grande
6 Domingo Sabio
7 Laguna Satí
8 Residentas
9 Centro
10 Bernardino Caballero
11 Kokue Guazú
12 Pitiantuta
13 Itá Ka'aguy
14 Tres Bocas
15 San Juan
Fuente Internet: https://es.wikipedia.org/wiki/Fernando_de_la_Mora_(Paraguay)
En cuanto a su demografía, esta ciudad, que anteriormente integraba la ciudad de
San Lorenzo, es hoy en día una de las más pujantes, con una población cercana a los
176.943 habitantes, de los cuales 88.117 son varones y 88.826 son mujeres, según
proyecciones de la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos. Es el
distrito más pequeño con 21 km² y el más densamente poblado de todo el Paraguay,
alcanzando unos 8.426 habitantes por km².
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En cuanto al clima tiene un clima caluroso con temperaturas máximas que en el
verano pueden llegar a los 45 °C. En el invierno, la temperatura mínima llega a los 0
°C. La temperatura media anual es de 22 °C.
Economía: esta ciudad cuenta con una intensa actividad comercial desarrollada por
sus pobladores, poco y nada queda de aquella comunidad que se dedicaba
esencialmente a los cultivos y la cría de ganado. Hoy en día proliferan los comercios
y las industrias pequeñas y medianas, especialmente aquellas que pertenecen al rubro
metalúrgico, químico y otras. Es una ciudad dormitorio ya que un porcentaje
importante de personas viven aquí y trabajan en Asunción
Infraestructura: Avenida Mariscal Estigarribia, Fernando de la Mora utiliza como
principales vías de acceso la Ruta Acceso Sur (Desde 2019 Ruta PY01) y la Avenida
Mariscal Estigarribia. Tomando como punto de partida la ciudad de Asunción, es
bastante fácil acceder a Fernando de la Mora. Numerosos medios de transporte
público pasan por esta ciudad en sus trayectos de entrada y salida de la capital. Está
en el límite con la Capital de la República y está a 6 km del centro de Asunción
ingresando la Av. Eusebio Ayala.
Cultura: Fernando de la Mora cuenta con un moderno Teatro Municipal ubicado en
el centro. Este importante centro cultural es sede de numerosos eventos que presentan
la cultura y el arte del Paraguay.
Como parte de la religiosidad popular, esta ciudad venera a la Medalla Milagrosa,
celebrando la fiesta patronal cada 27 de noviembre. Otra fiesta patronal es el 6 de
enero, día de San Baltazar.
Un Museo Histórico tiene su sede en una de las casa más antiguas de la ciudad,
ubicada junto al edificio de la Municipalidad. Allí se exhiben más de 1300 piezas y
100 fotografías de la Guerra contra la Triple Alianza y la Guerra del Chaco. El Museo
ofrece visitas guiadas y textos históricos elaborados especialmente para los
estudiantes y grupos que lo visitan.
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1.5 Plano de Distribución
1.5.1 Campamento de obras y diversas infraestructuras.
Plano de distribución de campamentos
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1.5.2 Descripción general de la infraestructura a ser instalada
Descripción del Ambiente la propiedad usufructuada para la instalación del
campamento de obras se encuentra ubicado en una zona Norte de la ciudad de
Fernando de la Mora y la superficie arrendada se encuentra sobre las calles Carlos
Storm- Julio Cesar Franco y Colon .La propiedad mismo cuenta con diversas especies
forestales de gran porte como ser mangos, tayy, bananas, guayabas, cedro entre otros,
así mismo se tienen pastizal bajo.
Cerco perimetral y portones de acceso
Oficinas administrativas.
Depósitos
Área de acopios de áridos
Área de acopio de cañerías
Playa de maniobras y caminos internos.
Área de prefabricados.
Breve descripción de las infraestructuras a ser instaladas:
Portería de acceso – cerco perimetral: a los efectos de delimitar la zona se
instala cerco perimetral y dos portones de acceso para los controles pertinentes.
La propiedad en alquiler cuenta con una edificación de años anteriores en
buen estado de conservación, que el Consorcio tomó la decisión de utilizar para sus
Oficinas administrativas; la construcción es de material cocido , paredes de ladrillo
común visto , techo de tejas , carpintería de madera con estructura de cabriadas en
algunos lugares ; cuya arquitectura ha sido mantenida sin modificación alguna ;
Cuenta con energía eléctrica y agua corriente proveídas por Ande y Essap
respectivamente; únicamente fue mejorada la instalación eléctrica así como la
sanitaria en los lugares estrictamente necesarios de modo a hacerla adecuada al uso
que se pretende dar; así mismo se mejoraron la pintura de las paredes que se
encuentran revocadas.
Los desagües cloacales se utilizan pozos negros absorbentes.
En lo referente a la vegetación: la misma fue mantenida, únicamente fue saneada la
vegetación arbustiva con características de malezas
Otras oficinas administrativas: fueron colocadas en el predio, realizados
mediante contenedores cubiertos con techo de chapas, es decir se trata de estructuras
fácilmente desmontables.
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Depósitos: los depósitos son estructuras metálicas cubiertas de chapa de zinc.
Para acopio de materiales , especialmente caños de PVC , igualmente una edificación
existe antigua con paredes de material cocido fue readecuado ,para utilizarse como
depósito al cual se le realizaron trabajaos de reparación del techo de chapas y trabajos
de pintura en general
Área de acopio: donde se dispondrán la materia prima (áridos finos y gruesos)
para proveer a zona de obras como a la planta de prefabricados de tapas para registro
cloacal .Se dispone para el efecto de áreas destinadas para el acopio para áridos finos
(Arena lavada), áridos gruesos como piedra triturada, piedra bruta y de suelos
producto de la excavación de las zanjas para colocación de cañerías de red de
alcantarillado sanitario, a los que denominamos acopio de estériles de Obra.
Área de acopio de cañerías de PVC: básicamente colocados bajo estructuras
metálicas, cubiertas de chapas de zinc, dispuestas en bandejas de apoyo metálicas
evitando la deformación de los mismos.
Caminos internos y playa de maniobras: serán de tierra compactada, o cubiertas
con material de destape de canteras y de acuerdo a la necesidad se realizará el riego
del mismo para evitar la contaminación con polvo, que ese dispondrá en la zona donde
el predio tiene en un sector de pastizal bajo, evitando asi posibles daños a la
vegetación del lugar. La ejecución de los trabajos de colocación de cañerías exigen la
utilización de maquinarias para la excavación, reposición de relleno, retiro de suelo
etc, como ser retro palas, minicargadores, retro palas sobre orugas, camión volquete,
etc que son recogidos al final de cada jornada en dicho campamento, por lo tanto se
requieren en ciertos momentos de zonas de circulación y maniobras para los mismos.
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2. ÁREA DEL ESTUDIO
El Campamento de obras en estudio, está ubicada en un área urbana, del Municipio
de Fernando de la Mora, la propiedad identificada Finca Nº: 130, Departamento de
Central.
El Campamento de obras, del Consorcio Katupyry, correspondiente a la actividad
Sanitaria “Elaboración de Proyecto Ejecutivo y Construcción de Colectores
Secundarios de Alcantarillado Sanitario para la Ciudad de Fdo. De la Mora. Lote
N°1. ID.N°366.188 CONTRATO N° 114/2019” se encuentra, en la misma zona de
ejecución de los trabajos y para una mejor descripción de las incidencias ambientales
se han determinado el área de influencia directa e indirecta del proyecto.
2.1 Área de Influencia Directa (AID): por las características del proyecto se ha
considerado como área de influencia directa del Campamento de Obras las
dimensiones de la propiedad donde se encuentra el espacio físico ocupado, que a la
vez se considera temporal ya que una vez concluida las obras se desaloja ese sitio,
las propiedad tiene un área total aproximada de 4 Has y está ubicada a en el lado en
la parte media de la zona total que abracan los trabajos.
Se considera que dentro del área de influencia directa, toda la infraestructura utilizada
para el Campamento de Obras se ven afectadas (impactadas) directamente, originando
perturbaciones en diversos grados sobre el medio ambiente y sus componentes físicos,
biológicos y socio económicos.
2.2 Área de Influencia Indirecta (AII): El área de influencia indirecta fue determinada
teniendo en cuenta las características del medio físico y biótico, así como las
características socioculturales, considerándose todo el tramo afectado por los trabajos,
atendiendo los beneficios que va a acarrear el proyecto “Elaboración de Proyecto
Ejecutivo y Construcción de Colectores Secundarios de Alcantarillado Sanitario
para la Ciudad de Fdo. De la Mora. Lote N°1. ID.N°366.188 CONTRATO N°
114/2019” para lo cual se habilita el Campamento de Obras.
.
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3. DETERMINACIÓN DE LOS POTENCIALES IMPACTOS DEL
PROYECTO
La instalación así como las actividades en el campamento de obras, si bien se trata de
una obra complementaria, afecta diversos aspectos del medio ambiente,
principalmente de las siguientes maneras:
IMPACTOS POSITIVOS
• Generación de Empleos: El impacto positivo y de gran importancia es la
generación de empleo directo e indirecto, teniendo en cuanta la falta de oportunidades
de trabajo.
Las nuevas oportunidades de ocupación generarán efecto multiplicador de
importancia, ya que el personal no calificado de la zona o de sus adyacencias podría
acceder a una promoción por el adiestramiento en el área, posibilitándole obtener un
mejor nivel de vida, por mejor ingreso de salario.
• Medidas de Seguridad e Higiene Laboral: La aplicación de estas medidas
previstas en la legislación, tendrán impactos positivos de alta magnitud ya que se trata
de una actividad donde se desarrollarán tareas de mediano riesgo y bajo impacto
ambiental.
Sin dudas el mayor impacto positivo se da con el mejoramiento de la calidad
de vida de la población afectada, contar con alcantarillado es un gran beneficio para
la salud, las posibilidades de tener una mejor entorno medio ambiental, es un plus
incluso para elevar el valor de las propiedades de la zona Si bien en la etapa de
construcción de la infraestructura causan molestias al frentista, en la etapa operativa
compensa todo daño o mal rato provocado.
IMPACTOS NEGATIVOS
• Ruidos: Se considera mediana y puntual la posibilidad de que el proceso de
construcción del proyecto pueda causar contaminación sonora, en razón de que se
realizará a campo abierto.
• Contaminación de aguas y del suelo: Se tomarán todas las precauciones y
medidas que permitan evitar los riesgos de contaminación de algún cauce hídrico.
• Riesgos de accidentes: Los riesgos de accidentes son mínimos debido al tipo
de actividad a ser desarrollada en el área, pero como se dispone de un expendio de
combustible convierte en un sitio de cuidado permanente.
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• Alteración del paisaje: La afectación será significativa y localizada, pues el
lugar pierde cobertura vegetal, si bien no se sacrifican arboles de mediano ni gran
porte, sí se quita la cobertura vegetal (vegetación arbustiva) en forma temporal.
1. Movimiento de Vehículos y maquinarias pesadas: El movimiento o uso de
Equipos y Maquinaria Pesada, afecta al componente Fauna, en el medio natural y al
paisaje, principalmente por contaminación del aire producido por la utilización de
materiales combustibles derivados del petróleo.
2. Generación de Ruidos y vibraciones: por el movimiento o uso de Equipos y
Maquinaria Pesada, pudiendo afectar al componente fauna, en el medio natural.
Sin embargo se considera baja la posibilidad de que el proceso del proyecto pueda
causar contaminación sonora, en razón de que se realizará a campo abierto y con
población cercana muy baja.
3. Generación de polvo: igualmente por el movimiento de camiones y
maquinarias pesadas en los campamentos de obras puede generar polvo, es afectando
a la atmosfera y al medio natural, se considera relevante.
4. Residuos generados: La instalación de un grupo de personas y de
infraestructuras (depósitos, acopio de materiales, instalación de sanitarios, planta de
prefabricados, etc.) en un lugar afecta además al medio por la generación de residuos,
tanto solidos como líquidos que de no ser considerados adecuadamente pueden
afectar a los componentes, Calidad del Aire, Calidad de Agua Superficial, Calidad de
Agua Subterránea, Calidad de Suelo, Flora y Fauna, en el Medio Natural, al Paisaje y
a las Condiciones Higiénico Sanitarias.
5. Impacto general en el medio: La instalación de un grupo de personas y de
infraestructuras en un lugar afecta no solo la actividad económica de la zona, así
como también los servicios, pues incide en los consumos de agua, energía eléctrica,
salud, sistema sanitario, seguridad de operación, de la zona ya que hay mayor
movimiento de persona y maquinarias sin olvidar la afectación de la seguridad de las
personas involucradas dentro y fuera del campamento, esto último, especialmente por
la instalación de expendio de combustible que lo convierte en una área de cuidado.
6. Afectación de la cobertura vegetal: la instalación de infraestructuras provoca la
pérdida de la cobertura vegetal y afecta a los componentes calidad de suelo,
escurrimiento superficial, flora y fauna, en el medio natural y al paisaje y la seguridad
de Operarios, en el Medio Antrópico.
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4. MEDIDAS DE MITIGACION, COMPENSACION Y/O
REPARCION DE IMPACTOS AMBIENTALES.
Control de vehículos y maquinarias pesadas
El campamento está instalado en una zona urbana por tanto es muy importante
atender algunos puntos tales como:
El contratista deberá controlar el correcto estado de manutención y
funcionamiento del parque automotor, camiones, equipos y maquinarias pesadas, así
como exigir el estricto cumplimiento de las normas de tránsito, en particular la
velocidad de desplazamiento en las calles internas del campamento de obras.
Que en dentro de la misma o en sus inmediaciones, alterar lo menos posible la
calidad de vida de los habitantes. Como ser, señalizar adecuadamente los accesos al
campamento con cartelería o señalizaciones preventivas tales como “Entrada y salida
de vehículos” o bien utilizar balizas con luces.
Tomar todas las medidas pertinentes para prevenir accidentes hacia las
personas que ocupan el campamento sobre todo a operarios de los equipos y
maquinarias pesadas, que se encuentren dentro de la misma o en sus cercanías y
minimizar al máximo la probabilidad de ocurrencia de incidentes. Así como prevenir
daños a la fauna y flora.-
Generación de Ruidos y Vibraciones
La actividad de Generación de Ruidos y Vibraciones, afecta a los componentes
calidad de aire y fauna, en el medio natural y seguridad de operarios en el medio
antrópico.
Por tanto, de ser posible el movimiento de maquinarias dentro del campamento, así
como las actividades dentro del predio , en la planta de prefabricados , depósitos,
playa de maniobras , etc, sean planeadas adecuadamente para mitigar la emisión total
lo máximo posible.
Generación de Material Polvo
La actividad de Generación de material de polvo, afecta a los componentes Calidad
del aire, calidad de agua superficial, calidad de Suelo, Flora y Fauna, en el Medio
Natural y al paisaje y condiciones higiénicas sanitarias (salud de la población). Más
aún porque el campamento de obras se encuentra en una zona urbana y la generación
de polvo se produciría principalmente por el tránsito de camiones, maquinarias, y por
los trabajos en la de Prefabricados. Por tanto este efecto puede ser mitigado con el
riego de los caminos internos, acceso al campamento y restringiendo la circulación al
mínimo posible.
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Residuos generados
Los residuos y sobrantes de material que se producirán en el campamento deberán ser
controlados y determinarse su disposición final de acuerdo a lo establecido los
documentos METAGAS- MAGERFIC y MAGERCAS
Por tanto:
En el sector prefabricados, depósitos, área de estacionamiento de maquinarias,
etc. siempre contar con recipientes adecuados para recolectar cualquier perdida
eventual de lubricantes y aceites (Tachos de chapa o plástico y tambores), que pueda
ocurrir.
Para los residuos de origen orgánico (restos de comidas, frutas, cascaras, yerba
de terere), siempre que fuese se deberá disponer finalmente mediante el servicio de
recolección del Municipio de Fernando de la Mora o eventualmente construir una
fosa séptica), según el siguiente detalle.
La Contratista capacitará adecuadamente al personal para la correcta para la
correcta gestión de los residuos (Podrá elaborar trípticos o volantes para el personal).
Dispondrá de suficiente cantidad de basureros por las diversas dependencias,
tanto administración, depósitos, y patio.
Para las aguas negras provenientes de sanitarios y desagües de la cocina, se
dispondrá de pozo ciego provistos de cámara séptica (de modo que en ella actúen las
bacterias anaeróbicas).
Impacto General en el medio: El contratista deberá principalmente educar al personal
que utilizará la infraestructura del campamento de obras a cuidar diversos aspectos
como ser:
Proteger su integridad. Uso de indumentarias y equipos de manera a mantener
la seguridad y salud del personal operativo. Especialmente se deberán atender estos
aspectos en el sector de depósitos de cemento (para la estiba y desestiba de cemento),
en prefabricados en el manipuleo de materiales como el cemento y la arena, en ambos
casos el personal deberá disponer de protectores buconasales, zapatones y guantes. El
personal encargado del manipuleo e materiales como varillas, deberá contar con
guantes adecuados para el efecto y zapatones.
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Tener un botiquín de Primeros Auxilios que esté ubicado en lugar accesible a
todo el personal. Se debe contar con suficiente con suero antiofídico y otras sustancias
para prevenir y tratar las picaduras de insectos.
Las horas de trabajo deberán ser adaptadas a los horarios normales de trabajo,
respetando horas de descanso.
Actuar responsablemente a los efectos de evitar la ocurrencia de accidentes.
La contratista deberá promover el buen relacionamiento entra las personas que
habitan el campamento de obras, principalmente sugiriendo el no consumo de bebidas
alcohólicas.
Es importante el control por parte de la contratista de que todo el personal
afectado al campamento de obras cuente con el seguro médico exigido por las leyes
nacionales.
Promover el uso racional del agua, la energía, el cuidado de la salud del personal
y la protección del medio natural, especialmente evitar cualquier daño a ningún
recurso natural
Colocar cartelerías tales como :
“Entrada y Salida de Camiones
“Prohibida la quema”
“Prohibido fumar”.
Para la prevención de los incendios contar con extintores en cada dependencia.
Para evitar la contaminación de la napas por derrame, contar con recipientes para
contener cualquier derrame que pudiera ocurrir
Para el sistema eléctrico de instalación de los equipos se utilizaron caños
galvanizados, cajas herméticas de aluminio, llaves termo magnéticas y guarda
motores. Todo el sistema estará protegido con llaves de corte de energía.
La instalación estará protegida contra posibles fallas o descargas eléctricas con
jabalinas de puesta a tierra.
Afectación de la cobertura vegetal: El contratista deberá efectuar el cultivo de
especies, preferentemente nativas, eventualmente exóticas en el campamento de obras
a los efectos de compensar la pérdida de la cobertura vegetal por las tareas de
instalación de las diversas infraestructuras para el campamento de obras.
El cultivo de plantines deberá ser de por lo menos 50 unidades colocadas cada 3
metros y realizar los cuidados culturales de riego, sanitación, reposición si fuese
necesario hasta su afianzamiento.
A modo de información se detallan las especies forestales que encontramos en el
predio:
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1) nombre común: kurupa'y
Nombre científico: piptadenia
peregrina
2) nombre común: urundey'mi
Nombre científico: astronium
urundeuva
3) nombre común: pindo
Nombre científico: sygarus
romanzoffiana
4) nombre común: yvyra Ro
Nombre científico: pterogyne nitens
5) nombre común: pino
Nombre científico: pinus sp
6) nombre común: guajayvi
Nombre científico: patagonula
americana
7) nombre común: amba'y
Nombre científico: cecropia
pachystachya
8) nombre común: algarobillo
Nombre científico: prosopis affinis
9) nombre común: cedro
Nombre científico: cedrela fissilis
10) nombre común: tajy say'ju
Nombre científico: tabebuia
pulcherrima
11) nombre común: kurupay kuru
Nombre científico: anadenanthera
colubrina
12) nombre común: tajy
Nombre científico: tabebuia
heptaphylla
13) nombre común: mango
Nombre científico: mangifera indica
14) nombre común: banana
Nombre científico: musa x paradisiaca
15) nombre común: limón
Nombre científico: citrus x aurantifolia
16) nombre común: guayaba
Nombre científico: psidium sp
17) nombre común: jukeri Guasu
Nombre científico: acacia polyphylla
18) nombre común: karova Guasu
Nombré científico: jacaranda
micrantha
19) nombre común: yvyra ju
Nombre científico: albizia hassleri
20) nombre común: tembetary
Nombre científico: fragara naranjillo
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5. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL
5.1 PROGRAMA DE ABANDONO DE CAMPAMENTO
Tratándose de un campamento de obras con toda la infraestructura a ser montada para
el efecto y teniendo en cuenta que el predio para la implantación de la misma fue
alquilada para la obra, una vez finalizados los trabajos y el contrato firmado entre la
contratista y sus propietarios, se deberá dejar la misma en condiciones similares a la
que se ha recibido.
5.2 RECUPERACIÓN DEL AREA AFECTADA
Integrar gradualmente las áreas intervenidas al paisaje circundante;
Favorecer el desarrollo natural de especies a fin de crear hábitat para la fauna;
Propiciar la regeneración natural para la cobertura del suelo, para ello se
deberán retirar los restos de materiales como cemento o piedras que pudieran
quedar.
5.3 ACTIVIDADES A SER DESARROLLADAS
Regularización y manejo integral del área;
Eliminación de estructuras innecesarias;
Reforestación de (02) dos hileras con especies de nativas ;
Crear hábitat favorables para la fauna;
Seguimiento de la evolución (recuperación) de la cobertura vegetal de las áreas
afectadas.
Cuidados permanentes para evitar contaminación de las napas freáticas, y pozo
de agua, con derrames de combustibles, lubricantes, desagües del lavadero u
otras áreas.
5.4 OBJETIVOS
Minimizar la afectación de la del área ocupada por la pérdida de cobertura vegetal y
por la implantación de infraestructuras necesarias en un campamento de Obras.
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5.5 JUSTIFICACIÓN
La afectación en general podría resultar importante al momento en que las actividades
estén a pleno, sobre todo por el movimiento de maquinarias y la generación de polvo
como principal consecuencia. Sin embargo al cese de las actividades el sitio
recuperará las condiciones iniciales. Especialmente con la recuperación de la
cobertura vegetal rastrera y arbustiva. De ahí la propuesta de cultivar especies en el
perímetro de la propiedad, podría sí contribuir a la formación de hábitats para
animales y plantas y de alguna manera se compensaría algún daño (sobre todo
contaminación del aire, por movimiento de máquinas, camiones, operación de planta,
planta de prefabricados, etc., o la contaminación del suelo, por derrames por descuido
o accidente que pudieran darse) como consecuencia de la ocupación de dicho lugar.
5.6 METAS
Reacondicionamiento del área ocupada, si fuese necesario en los lugares afectados
para propiciar la recuperación de la cobertura vegetal. Aporte de cultivo de especies
nativas principalmente en el perímetro de la propiedad y en otros sectores que apruebe
el propietario.
5.7 METODOLOGÍA
La afectación de la cobertura vegetal se efectúa en lugares estrictamente necesarios,
cuidando la integridad de intervenir en las áreas delimitadas.
Implementar pantallas vegetales con especies de rápido crecimiento, con mayor
probabilidad de éxito, siempre que fuese posible.
Los lugares donde se precisen serán readecuados para facilitar la regeneración de la
cobertura vegetal, pasto.
Las pantallas forestales, con especies escogidas para el efecto, deberá contar con
cuidado cultural de las plántulas o adecuación de vegetación existente, debe contar
con alambrada de protección y supervisión del tiempo necesario, para la reposición
de plántulas en aquellas que fracasaron el brote vegetativo y la aplicación posterior
de abonos, plaguicidas, otros.
Se deberá dar cumplimiento a las etapas de la reforestación que son: a) Provisión de
plantas y transporte; b) Desinfección y abono; c) Marcación y Plantación; d)
Implementación de alambrada perimetral; e) Cuidados culturales; f) Control y
Supervisión.
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Metodología y normativas a considerar para un buen manejo del medio y su
mitigación y posterior recuperación y rehabilitación del área afectada.
I.- Referente a la preparación de las diversas infraestructuras instaladas (oficinas
administrativas, depósitos, planta de prefabricados, etc.)
Se deberán tomar las siguientes medidas:
evitar la destrucción de la cobertura vegetal y la afectación de la misma fuera
del área delimitada;
preservar la vegetación que no afecte las actividades;
Evitar la contaminación del suelo con materiales combustibles, lubricantes,
aceites, desagües cloacales, sobre todo atender la zona en zona de Pozo de agua.
Reducir al mínimo la generación de ruido.
Evitar molestias al vecindario, especialmente con ruidos molestos.
II- Referente a la Planta de prefabricados
Evitar la contaminación del aire, con materiales, tales como el cemento.
Mantener la pala cargadora en buen estado, realizar los mantenimientos
periódicamente.
Colectar las bolsas de cemento, realizar atados de ser posible para entregar con
fines de reciclaje o para su disposición final en vertedero habilitado del
municipio.
Personal afectado, utilizar sus equipos de protección personal para evitar la
ocurrencia de accidentes.
Mantener el orden y la limpieza.
5.8 COSTO DEL PROGRAMA
El costo del programa debe ser incluido en los gastos operativos de la obra.
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5.9 PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL
• Control de los impactos previstos y la eficiencia de las medidas de mitigación.
• Observar y determinar otros cambios inducidos y no definidos dentro de los
impactos considerados y diferenciarlos si son naturales o de origen externo causado
por el hombre.
• Caracterizar y valorar los nuevos impactos, como así también las medidas de
mitigación en caso de tener un impacto negativo.
• En caso de encontrarse con un impacto que afecta al ecosistema y no tiene
atenuantes eficaces, además que esté protegida por alguna ley ambiental se informará
a la SEAM.
Los trabajos de monitoreo se notificaran en el Informe Ambiental Mensual, a
ser preparado por la Especialista Ambiental.
• El costo de los trabajos de monitoreo están incluido en los gastos operativos.
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6. MARCO LEGAL
La Constitución Nacional.
La Ley 294/93, Sancionada por el Poder Ejecutivo de la Nación el 31 de
diciembre de 1993. Su nueva autoridad de aplicación es la SEAM. Esta Ley obliga
en su artículo 7º, la realización de Estudios de Impacto Ambiental de las obras de
construcción y operación de una amplia gama de actividades industriales y de
servicios. Se encuentra reglamentada desde 1996. Recientemente se ha iniciado su
revisión para dar más agilidad y permitir una mayor participación de los gobiernos
locales en el proceso de concesión de licencias o permisos; actualmente ha sufrido
modificaciones en la Reglamentación. Declarase obligatoria la Evaluación de
Impacto Ambiental y autoridad de aplicación, la SEAM.
Por Impacto Ambiental se entiende, a los efectos legales, toda modificación del
ambiente provocada por obras o actividades humanas que tengan como
consecuencia positiva o negativa, directa o indirecta, afectar: La vida en general, la
biodiversidad, la calidad o una cantidad significativa de los recursos naturales o
ambientales y su aprovechamiento, el bienestar, la salud, la seguridad personal, los
hábitos y costumbres, el patrimonio cultural o los medios de vida legítimos.
Decreto del Poder Ejecutivo N° 453/2013 por el cual se reglamenta la Ley N°
294/1993 “De Evaluación de impacto Ambiental” y su modificatoria, la Ley N°
345/1994 y se deroga el Decreto N°14.281/1996.
Decreto del Poder Ejecutivo N° 954 por el cual se amplían los artículos 2°, 3°, 4°,
5°, 6° inciso e), 9°, 10° y 14° y el anexo del decreto N° 452 del 8 de Octubre de
2013, por el cual se reglamenta la ley N° 294/1993 “De Evaluación de impacto
Ambiental” y su modificatoria, la Ley N° 345/1994 y se deroga el Decreto
N°14.281/1996.
Ley 352/94 de áreas silvestres protegidas
Ley 422/73 Forestal
Ley 253/93 que aprueba el convenio sobre diversidad biológica, adoptado
durante la conferencia de las naciones unidas sobre el Medio Ambiente y
Desarrollo – La Cumbre para la Tierra, celebrado en la Ciudad de Río de Janeiro,
Brasil.
Asimismo la SEAM ejercerá autoridad en los asuntos que conciernan a su ámbito
de competencia y en coordinación con las demás autoridades competentes entre
otras en las siguientes leyes:
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La Ley Nº 424/94 establece en el Art. 16 que el Gobierno Departamental coordinara
con el Gobierno Central la política sanitaria así como de medidas de preservación de
las comunidades indígenas y del medio ambiente.
Ley N° 716/96 establece el Delito Ecológico. Protege al medio amiente y la calidad
de vida contra cualquiera que ordene, ejecute, o por medio de su poder autorice
actividades que amenace el equilibrio del sistema económico, el sostén de los recursos
naturales o de la calidad de vida. Esta ley no contempla específicamente la descarga
de efluentes líquidos sin tratamiento a los cursos de agua. La misma define penas de
penitenciaría a quienes cometan delitos contra la naturaleza, así mismo agrega multas
a las penas carcelarias. En su Art. 8º hace referencia explícita a los responsables de
fábricas o industrias que viertan efluentes o desechos industriales no tratados, de
conformidad con las normas que rigen la materia.
En el Art. 12º establece sanciones para los que depositen basuras u otros desperdicios
de cualquier tipo, en los cursos de agua o sus adyacencias.
Ley Nº 1.100/97 de Prevención de la Polución Sonora. Esta Ley tiene por objetivo
prevenir la polución sonora en la Vía Pública, Plazas, Parques, Salas de Espectáculos,
Centros de Reunión, Clubes Deportivos y Sociales, y en toda actividad pública y
privada que produzca polución sonora.
En el Artículo 2º hace referencia a la prohibición en todo el territorio nacional de
causar ruidos y sonidos molestos, así como vibraciones cuando por razón de horario,
lugar o intensidad afecten la tranquilidad, el reposo, la salud y los bienes materiales
de la población.
Ley Nº 1160/97 Código Penal. Esta ley castiga la tentativa de delito, así como
también la conducta culposa. Define en el Título III, Capítulo I "Hechos punibles
contra las bases naturales de la vida humana", el Art. 200" "Procesamiento ilícito de
desechos".
Art.1º El que tratara, almacenara, arrojara, evacuara o de otra forma echara desechos:
fuera de las instalaciones previstas para ello; o apartándose considerablemente de los
tratamientos prescriptos o autorizados por disposiciones legales o administrativas,
será castigado con pena preventiva de libertad hasta cinco años o multa.
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Art.2º "Se entenderán como desechos en el sentido del inciso anterior, las sustancias
que sean tóxicas o capaces de causar enfermedades infecto - contagiosas a seres
humanos o animales por su género, cualidades o cuantía, capaces de contaminar
gravemente las aguas.
Ley N° 1.561/2000 que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo
Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente:
Debido que se han identificado indefiniciones, asimetrías, superposiciones, y vacíos
a las estructuras jurídicas existentes relacionadas con aspectos ambientales, en el año
2.000 se crea el Sistema Nacional del Ambiente a través de la Ley Nº 1.561/2000 que
tiene por objeto crear y regular el funcionamiento de los organismos responsables de
la elaboración, normalización, coordinación, ejecución y fiscalización de la política y
gestión ambiental nacional.
El Artículo 1º establece que la Ley tiene por objetivo crear y regular el funcionamiento
de los organismos responsables de la elaboración, normalización, coordinación,
ejecución y fiscalización de la política y gestión ambiental nacional.
El Artículo 2º estipula sobre la creación del Sistema Nacional del Ambiente -
SISNAM - que se integra por el conjunto de órganos y entidades públicas de los
gobiernos nacional, departamental y municipal con competencia ambiental; las
entidades privadas creadas con igual objeto, a los efectos de actuar en forma conjunta,
armónica y ordenada, en la búsqueda de respuestas y soluciones a la problemática
ambiental, de forma además de evitar conflictos interinstitucionales, vacíos o
superposiciones de competencia y responder eficientemente a los objetivos de la
política ambiental.
A través del Artículo 3º se crea el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM - órgano
colegiado, de carácter interinstitucional, como instancia deliberativa, consultiva y
definidora de la política ambiental nacional, y por medio del Artículo 7º se crea la
Secretaría del Ambiente - SEAM, como institución autónoma, autárquica, con
personería jurídica de derecha público, patrimonio propio y duración indefinida.
Entre otros, la SEAM adquiere el carácter de aplicación de las siguientes Leyes: (Se
mencionan las que guardan relación directa).
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Esta Ley tiene como particularidad en su Art. 20 el establecimiento de cuatro
Direcciones Generales de acuerdo con áreas temáticas de importancia en la gestión
ambiental: la de Protección y Conservación de la Biodiversidad, la de Gestión
Ambiental, la de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos y la Dirección
General de Control de la Calidad Ambiental de la SEAM.
Artículo 11.- La SEAM tiene por objetivo la formulación, coordinación, ejecución y
fiscalización de la política ambiental nacional.
Artículo 12.- La SEAM tendrá por funciones, atribuciones y responsabilidades, las
siguientes:
a) elaborar la política ambiental nacional, en base a una amplia participación
ciudadana, y elevar las propuestas correspondientes al CONAM;
b) formular los planes nacionales y regionales de desarrollo económico y social, con
el objetivo de asegurar el carácter de sustentabilidad de los procesos de
aprovechamiento de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad de vida;
c) formular, ejecutar, coordinar y fiscalizar la gestión y el cumplimiento de los
planes, programas y proyectos, referentes a la preservación, la conservación, la
recuperación, recomposición y el mejoramiento ambiental considerando los aspectos
de equidad social y sostenibilidad de los mismos;
d) determinar los criterios y/o principios ambientales a ser incorporados en la
formulación de políticas nacionales;
e) elaborar anteproyectos de legislación adecuada para el desarrollo de las pautas
normativas generales establecidas en esta ley, así como cumplir y hacer cumplir la
legislación que sirva de instrumento a la política, programas, planes y proyectos
indicados en los incisos anteriores;
f) participar en representación del Gobierno Nacional, previa intervención del
Ministerio de Relaciones Exteriores, en la suscripción de convenios internacionales,
así como en la cooperación regional o mundial, sobre intereses comunes en materia
ambiental;
g) coordinar y fiscalizar la gestión de los organismos públicos con competencia en
materia ambiental y en el aprovechamiento de recursos naturales;
h) proponer planes nacionales y regionales de ordenamiento ambiental del territorio,
con participación de los sectores sociales interesados;
i) proponer al CONAM niveles y estándares ambientales; efectuar la normalización
técnica y ejercer su control y monitoreo en materia ambiental;
j) definir las técnicas de valuación del patrimonio ambiental y de los recursos
naturales, a los efectos de determinar los costos socioeconómicos y ambientales;
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k) proponer y difundir sistemas más aptos para la protección ambiental y para el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el mantenimiento de la
biodiversidad;
l) suscribir convenios interinstitucionales, organizar y administrar un Sistema
Nacional de Información Ambiental, en coordinación y cooperación con organismos
de planificación o de investigación, educacionales y otros que sean afines, públicos o
privados, nacionales o extranjeros;
m) organizar y administrar un sistema nacional de defensa del patrimonio ambiental
en coordinación y cooperación con el Ministerio Público;
n) promover el control y fiscalización de las actividades tendientes a la explotación
de bosques, flora, fauna silvestre y recursos hídricos, autorizando el uso sustentable
de los mismos y la mejoría de la calidad ambiental;
o) participar en planes y organismos de prevención, control y asistencia en desastres
naturales y contingencias ambientales;
p) concertar y apoyar la acción de asociaciones civiles y organismos no
gubernamentales, con las de carácter público nacional, en materias ambientales y
afines;
q) apoyar y coordinar programas de educación, extensión e investigación
relacionados con los recursos naturales y el medio ambiente;
r) organizar y participar en representación del Gobierno Nacional, en congresos,
seminarios, exposiciones, ferias, concursos, campañas publicitarias o de información
masiva, en foros nacionales, internacionales y extranjeros;
s) administrar sus recursos presupuestarios;
t) preparar el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría y someterlo a
consideración del Poder Ejecutivo;
u) efectuar operaciones bancarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento
de los objetivos;
v) ejecutar los proyectos y convenios nacionales e internacionales; y
w) imponer sanciones y multas conforme a las leyes vigentes, a quienes cometan
infracciones a los reglamentos respectivos. Respecto a la aplicación de penas e
infracciones no económicas, se estará sujeto a la legislación penal, debiendo
requerirse la comunicación y denuncia a la justicia ordinaria del supuesto hecho
punible.
Además de los objetivos, atribuciones y responsabilidades que estén citados en esta
ley, los que sean complementarios o inherentes a ellos; todos aquellos que siendo de
carácter ambiental, no estuvieran atribuidas expresamente y con exclusividad a otros
organismos.
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Ley N° 1.183/85 Código Civil, que establece la protección de los cursos de aguas,
evitando su deterioro y contaminación.
Ley N° 585/95, por la cual se modifica el reglamento sobre el control de la calidad
de los recursos hídricos relacionados con el saneamiento ambiental, descrito en
la Resolución S.G.Nº 396 del 13 de Agosto de 1993, a cargo del Servicio Nacional de
Saneamiento Ambiental (SENASA). Se refiere al control de la contaminación y de
los recursos hídricos en sus Artículos Nº 4, 5, 6 y 13.
El Código Sanitario aprobado por la Ley Nº 836 del año 1980, se refiere a la
contaminación ambiental en sus Artículos 66, 67 y 68, y a los edificios viviendas y
urbanizaciones en los Artículos 94, 95, 96 y a la salud y desarrollo económico y social
en el Artículo 141. El Código define además al Ministerio de Salud Pública y
Bienestar Social (MSPBS), disposiciones de contaminantes del aire, del agua y del
suelo. La ley 836/80, se refiere también a la polución sonora en sus artículos 128, 129
y 130. El Código Sanitario reglamenta que el MPSBS está facultado para establecer
las normas a que deben ajustarse las actividades laborales, industriales, comerciales y
de transporte, para promover programas encaminados a la prevención y control de la
contaminación y polución ambiental, para disponer medidas para su preservación y
para realizar controles periódicos del medio a fin de detectar el eventual deterioro de
la atmósfera, el suelo, las aguas y los alimentos.
Ley Nº 3966/10 Orgánica Municipal
Ley Nº 4.188/10 que modifica la Ley Nº 3956/09 de Gestión Integral de los
Residuos Sólidos
Ley N° 436/94 Carta Orgánica departamental: ha establecido la Carta orgánica
del Gobierno Departamental.
Para coordinar las actividades del Gobierno nacional con las del Gobierno
Departamental, los Ministerios del poder ejecutivo, y los titulares de las entidades
descentralizadas, a través de sus órganos, oficinas o autoridades instaladas en cada
departamento, colaboraran con el gobierno departamental en todo lo relativo a la
elaboración y ejecución de la política de desarrollo departamental.
El gobierno departamental es el nexo más directo a los planes de desarrollo nacional
y es a través de sus secretarias que se aplicaran las políticas del estado.
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Ley N° 3239/07 de los Recursos Hídricos del Paraguay: Cuyo objetivo se indica en
el Capítulo I, Artículo 1º: La presente Ley tiene por objeto regular la gestión
sustentable e integral de todas las aguas y los territorios que le producen, cualquiera
sea su ubicación, estado físico o su ocurrencia natural dentro del territorio paraguayo,
con el fin de hacerle social, económica y ambientalmente sustentable para las
personas que habitan el territorio de la República del Paraguay”
Resolución SEAM N° 2194/07: Por la cual se establece el Registro Nacional de
Recursos Hídricos, el certificado de disponibilidad de recursos hídricos, y los
procedimientos para su implementación.
Ley 5211 DE CALIADAD DEL AIRE. Protege la calidad del aire y de la atmósfera,
mediante la prevención y control de la emisión de contaminantes químicos y físicos
al aire.
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7. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Ley N° 294/93 – “Evaluación de Impacto Ambiental”.
Decreto N° 14.281/96 por el cual se reglamenta la ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental.
Ley N° 3180/2007 de Minería.
Constitución Nacional – República del Paraguay.
Ley 1.561/2000 que crea el “Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente”
Ley 716/96 Penalización de delitos ambientales
Código Sanitario, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Resolución S.G. N° 585, del SENASA
Banco Mundial. Trabajo Técnico 140 – “Libro de Consulta para Evaluación Ambiental” Washington, D.C. 1992.
VADILLO FERNANDES, L. – AYALA CARCEDO, Francisco Javier. “Manual de restauración de terrenos y evaluación de impactos ambientales en minería”. Instituto
Tecnológico Geominero de España. Ministerio de Industria y Energía. Madrid. 1989.
Perfil ambiental del Paraguay. Instituto Internacional para el desarrollo y Medio Ambiente –
Secretaría Técnica de Planificación – Agencia para el Desarrollo Internacional. Asunción-
Paraguay, Junio de 1.985.
Atlas Censal. República del Paraguay, presidencia de la república, Secretaría Técnica de Planificación, Dirección General de Estadística, encuestas y Censos. Paraguay. 1993
SHALAMUCK, I; SABIO, D.; MENDIA, J. “Incidencia de la “Actividad Minera sobre el Medio Ambiente”. Asociación Argentina de Geólogos Economistas-Rev. N° 9 1.992.
SHALAMUCK, I; DE BARRIO, R. “La Actividad Minera y el Medio Ambiente”. CONICET. La Plata. Argentina.
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO – Aplicación de los Procedimientos
Ambientales en el Sector del Saneamiento y el Desarrollo Urbano – Directrices. 1991.
LARRY W. CANTER – “Manual de Evaluación de Impacto Ambiental”, Técnicas para la elaboración de estudios de impacto, Segunda Edición.
J. GLYNN HENRY - GARY W. HEINKE –“Ingeniería Ambiental”, segunda edición.
CASAÑAS LEVI, José Fernando; GONZALEZ MACCHI, José Ignacio; MERLO FAELLA,
Ricardo José. “Legislación Penal Ambiental Paraguaya”. Comentada. Intercontinental Editora.
Agosto. 2.000.
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8. ANEXOS
Imágenes de vegetación existente en el predio
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Cartelería instalada – instalación de lavamanos y basureros