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Salud ocupacional

Enfermedad laboral y accidente de trabajo

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Salud ocupacional

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NUEVA LEGISLACIÓNEs el conjunto de entidades públicas y privadas,

normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.

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Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos

Laborales y se dictan otras disposiciones

en materia de Salud Ocupacional.

LEY 1562 DE 2012

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¿Quiénes son los nuevos afiliados al sistema?

El Sistema General de Riesgos Laborales reconoce varios afiliados obligatorios que podrían considerarse como nuevos:

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* Los trabajadores independientes que prestan sus servicios a través de contratos con una duración superior a un mes.

* Los estudiantes que realizan su pasantía y cuyo trabajo significa ingresos para la institución educativa o que es necesario para su grado.

* Los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.

* Quienes son miembros de asociaciones y agremiaciones, y que generan ingresos para su propia corporación.

* Los miembros activos del subsistema nacional de primera respuesta.

* Con la inclusión de estos nuevos afiliados obligatorios, se genera la necesidad de reglamentar quién debe realizar la afiliación, a cargo de quién se encuentra la cotización, y la forma de determinar la tasa de contribución.

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Nuevos conceptos en el sistema

Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)

Se cambia la palabra ‘profesionales’ por ‘laborales’ y se mantiene la definición del Sistema como el conjunto de “entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan”.

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Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

Antes se entendía como un simple conjunto de actividades en higiene industrial, seguridad y medicina preventiva y del trabajo tendientes a mantener y asegurar la salud individual y colectiva de los trabajadores. Con la nueva ley, la salud ocupacional debe entenderse como seguridad y salud en el trabajo; una verdadera disciplina sobre la prevención de las lesiones y enfermedades que le pueden llegar a ocurrir a los trabajadores a causa de las condiciones de trabajo.

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ACCIDENTE DE TRABAJO

El concepto se amplía para incluir la perturbación psiquiátrica como siniestro que se debe cubrir, además de la lesión orgánica, la perturbación funcional, la invalidez y la muerte, ya reconocidos por la legislación vigente. También se incluyen los siniestros que ocurran durante la realización de una actividad sindical, lo cual trae varios retos de reglamentación en cuanto al alcance.

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Enfermedad laboral

Aclara la necesidad de evaluar la tabla de enfermedades profesionales cada tres años, según el Fondo de Riesgos Laborales y el Consejo de Riesgos Laborales. Incluye además la posibilidad de encontrar enfermedades profesionales no incluidas en la tabla reglamentada, pero que guardan relación de causalidad con el medio o los factores de riesgo en los que trabaja el afiliado.

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CARACTERÍSTICAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

1.-  Pueden o no ocasionar heridas, daño físico o químico a una estructura animada o inanimada.

2.-  Implica un acontecimiento en determinado tiempo y lugar, con resultados inesperados.

3.-  Interrumpe o interfiere el avance adecuado de la actividad o proceso de producción.

4.-  Genera un contacto físico: Persona/Objeto, Persona/Superficie, Objeto/Superficie, Objeto/Medio Ambiente y Persona/Medio Ambiente.

5.-  Son complejos, raramente implica una sola causa, son multicausales.

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CARACTERÍSTICAS DE LAS ENFERMEDADES LABORALSon enfermedades producidas por la

exposición a contaminantes químicos, físicos, biológicos o carga física.

Muchas de las enfermedades profesionales son enfermedades de aparición lenta, tienen un período de latencia prolongado.

Muchas de las enfermedades profesionales son irreversibles, no hay tratamiento.

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ACCIDENTE DE TRABAJO

ENFERMEDAD PROFESIONAL

CAUSAS EXTERNAS QUE PROVOCAN UNA LESIÓN DIRECTA AL ORGANISMO

CAUSAS EXTERNAS, PERO AGENTES QUE PENETRAN EN EL ORGANISMO

FÁCILMENTE IDENTIFICABLE ES DIFICIL IDENTIFICAR

CASI SIEMPRE IMPREDECIBLE, AUNQUE DEPENDE DE LA EXPOSICIÓN A FACTORES DE RIESGO

SU APARICIÓN PUEDE SER PREVISIBLE MEDIANTE RECONOCIMIENTOS Y ANÁLISIS MÉDICOS.

SE PRESENTA DE FORMA SÚBITA.

ES EL RESULTADO DE UN PROCESO LENTO Y PROGRESIVO

DIFERENCIAS PRINCIPALES ENTRE ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL

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No se consideran accidentes de trabajo

El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador,

tales como labores recreativas, deportivas o culturales, incluidas las previstas en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o

en representación del empleador.

El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin

remuneración, así se trate de permisos sindicales.

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El que fuere provocado deliberadamente por la víctima o por sus causahabientes, o el que

fuere consecuencia de un acto delictuoso del que la

víctima fuere responsable directa o indirectamente

El que fuere producido por culpa grave de la víctima, considerándose igualmente como tal, entre otras, la desobediencia delibera da de

órdenes expresas, el incumplimiento manifiesto e intencional de las disposiciones del reglamento de prevención de riesgos, y la

embriaguez o cualquier otra forma de toxicomanía o de narcosis. Sin embargo, en

estos casos, el Instituto estará facultado para conceder las prestaciones del seguro de

riesgos profesionales en la extensión y en las condiciones que se señalan en el artículo 44.

El que se deba a fuerza mayor conforme a la definición del Código Civil.

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COSTOS QUE TIENEN ENFERMEDAD LABORAL Y ACCIDENTE DE TRABAJOPARA EL TRABAJADOR:

Si consideramos primeramente al trabajador, se debe mencionar que este esta protegido contra los Riesgos de Trabajo según el caso por prácticamente todas las instituciones de Seguridad Social y tiene derecho a la atención médica con el pago de las incapacidades consecuentes al riesgo. Sin embargo en la mayoría de los casos las lesiones le afectan económicamente de manera adicional a través de:

1) Los gastos de transporte y desplazamiento hacia los lugares de atención médica 2) Las perdidas en percepciones y prestaciones adicionales al salario base 3) Los gastos por la adquisición de algunos materiales complementarios al tratamiento. 4) Las erogaciones con relación a asesoría jurídica y a la interposición de demandas de carácter laboral

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PARA LAS EMPRESAS:

Los principales costos económicos para las empresas en relación con los accidentes de Trabajo se pueden separar en los siguientes dos grandes grupos:

Costos Directos: Este grupo incluye los costos tanto en materia de prevención después de, como del seguro de Riesgos de Trabajo. 1) La inversión en materia de la prevención de los Riesgos de Trabajo tales como medidas y dispositivos de seguridad, instalaciones, equipo de protección especifico, señalamientos, cursos de capacitación y otras erogaciones. 2) Las cuotas o aportaciones que por concepto de seguro de Riesgos de Trabajo esta obligado a pagar el empleador al seguro social, o a otras organizaciones similares o equivalentes. 3) Las primas que se aumentan, o costos de los seguros adicionales para la empresa y los trabajadores.

Costos Indirectos: Son el conjunto de perdidas económicas tangibles que sufren las empresas como consecuencia de los accidentes.1) El tiempo perdido de la Jornada Laboral 2) Los daños causados a las instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas3) El lucro cesante por para de la maquinaria. 4) Las perdidas en materia prima, subproductos o productos 5) El deterioro del ritmo de producción 6) La disminución de la Calidad 7) El incumplimiento de compromisos de producción y la penalización de fianzas establecidas en los contratos   La perdida de clientes y mercados 9) Los gastos por atención de demandas laborales 10) El deterioro de la imagen corporativa 

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PARA LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL:Representa el conjunto de prestaciones médicas y

económicas que sondestinadas a atender al trabajador lesionado.

1) El gasto en la prevención de los Riesgos de Trabajo 2) El gasto en la atención medica (de urgencia, hospitalización, cirugía, consultas, tratamientos y rehabilitación) 3) Los gastos con motivo del estudio del paciente para efectos de valuación de las secuelas y asignación de las prestaciones económicas a lugar .

4) Los gastos jurídicos por la atención de inconformidad y demanda de aumento en el monto de las prestaciones económicas 5) El gasto en prestaciones económicas al trabajador o a sus deudos (pago de incapacidades, subsidios, pago de pensiones, pagos por mortandad) 6) La disminución de los recursos presupuestales disponibles para atender otros problemas de salud.

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BENEFICIOS los beneficios máximos por incapacidad total

temporaria son las siguientes: 

Si la fecha de la lesión ocurrió entre  1/1/03 - 12/31/03: $ 602 por semana si el salario semanal es igual o mayor a $ 903, o puede ser calculado multiplicando el salario semanal por  66-2/3%. 

Si la fecha de la lesión ocurrió entre 1/1/04 - 12/31/04: $ 728 por semana si el salario semanal es igual o superior a 1.092 dólares, o puede ser calculado multiplicando el salario semanal por  66-2/3%. 

Beneficios Total Temporarios por incapacidad  terminará cuando: •     El trabajador lesionado regresa a trabajar. •     Los cualquiera del los  Médicos: El Médico del  Estado (QME), Medico Neutral (AME)  o el su Médico de cabecera (PTP) consideran que el empleado lesionado es capaz de volver a trabajar. 

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Si la fecha de la lesión ocurrió entre 1/1/05 - 12/31/05: $ 840 por semana si el salario semanal es igual o superior a 1.260 dólares, o puede ser calculado multiplicando el salario semanal por 66-2/3%. 

 Si la fecha de la lesión a partir del 1/1/06: $ 840 + costo de la vida de adaptación si los ingresos semanales son iguales o superiores a $ 1,260 + 2 / 3 del costo de la vida de ajuste, o puede calcularse multiplicando los ingresos semanales por 66-2/3%. Un trabajador lesionado no tiene derecho a beneficios por

incapacidad total temporal durante los primeros tres días  fuera del trabajo, a menos que: •     Él es hospitalizado. •     Él es de baja laboral de más de 14 días. •     Cuando un médico introduce algunas restricciones a un trabajador lesionado (Ejemplo: No levantar más de 25 libras, no la flexión repetida, etc) y no hay trabajo disponible que tendrá en respeten estas restricciones, el pago de incapacidad total temporal continuará sobre una base temporal por incapacidad parcial a menos que la condición es declarada permanente y estacionaria.