18
Universidad Andrés Bello Facultad de Medicina Carrera de Nutrición y Dietética. Hitos en la historia del Sistema de Salud Chileno. En Chile en el año 1592 a nombre del rey Carlos V, de España, se funda el primer hospital, llamado San Juan de Dios, a partir de esa época se comienzan a desarrollar hospitales y servicios sanitarios para la atención de enfermos y menesterosos cuya administración queda a cargo de instituciones de beneficencia y órdenes religiosas, a partir de donaciones entregadas por benefactores acaudalados. Hacia 1850 existía en Chile un movimiento ya organizado formado por las Sociedades de Socorros Mutuos (SSM), entidades que conformaban sistemas solidarios de ahorro privado destinados a otorgar principalmente prestaciones de salud y previsión a sus afiliados. Su historia da cuenta “de los deseos de superarse de la clase asalariada de aquellos años, máxime cuando sin ninguna ley que los protegiera, se encontraban expuestos al capricho patronal, al flagelo de la cesantía, a los riesgos de enfermedad”. En 1886 se promulgó el Reglamento Orgánico de Juntas de Beneficencia y se creó la Junta Nacional de Salubridad (1887), destinada a ordenar las instituciones y hospitales existentes y a asesorar al Gobierno, en materia de Salubridad. Este rol fue asumido, posteriormente, (1892) por el Consejo de Higiene Pública. En 1917 se crea el Consejo Superior de Beneficencia, quien pretende unificar el criterio técnico al interior de los hospitales existentes. En 1918 se crea el primer Código Sanitario. En 1924 se crea el Ministerio de Asistencia, Higiene y Previsión Social. Además en este año se constituye la creación del Seguro Obrero Obligatorio, destinado a cubrir los riesgos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte de este grupo de trabajadores. Su financiamiento provenía de fondos del trabajador, el empleador y el Estado. 1932 se cambia el nombre a Ministerio de Salubridad Pública. En 1938 se dicta la Ley de Medicina Preventiva, que incluyó, entre las prestaciones a recibir por los trabajadores, los exámenes sistemáticos de salud. De esta forma, los obreros y sus familias obtenían una cobertura integral de sus necesidades de salud.

doc sist salud-1.pdf

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: doc sist salud-1.pdf

Universidad Andrés Bello Facultad de Medicina Carrera de Nutrición y Dietética.

Hitos en la historia del Sistema de Salud Chileno.

• En Chile en el año 1592 a nombre del rey Carlos V, de España, se funda el primer hospital, llamado San Juan de Dios, a partir de esa época se comienzan a desarrollar hospitales y servicios sanitarios para la atención de enfermos y menesterosos cuya administración queda a cargo de instituciones de beneficencia y órdenes religiosas, a partir de donaciones entregadas por benefactores acaudalados.

• Hacia 1850 existía en Chile un movimiento ya organizado formado por las Sociedades de Socorros Mutuos (SSM), entidades que conformaban sistemas solidarios de ahorro privado destinados a otorgar principalmente prestaciones de salud y previsión a sus afiliados.

Su historia da cuenta “de los deseos de superarse de la clase asalariada de aquellos años, máxime cuando sin ninguna ley que los protegiera, se encontraban expuestos al capricho patronal, al flagelo de la cesantía, a los riesgos de enfermedad”.

• En 1886 se promulgó el Reglamento Orgánico de Juntas de Beneficencia y se creó la Junta Nacional de Salubridad (1887), destinada a ordenar las instituciones y hospitales existentes y a asesorar al Gobierno, en materia de Salubridad. Este rol fue asumido, posteriormente, (1892) por el Consejo de Higiene Pública.

• En 1917 se crea el Consejo Superior de Beneficencia, quien pretende unificar el criterio técnico al interior de los hospitales existentes.

• En 1918 se crea el primer Código Sanitario.

• En 1924 se crea el Ministerio de Asistencia, Higiene y Previsión Social. Además en este año se constituye la creación del Seguro Obrero Obligatorio, destinado a cubrir los riesgos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte de este grupo de trabajadores. Su financiamiento provenía de fondos del trabajador, el empleador y el Estado.

• 1932 se cambia el nombre a Ministerio de Salubridad Pública.

• En 1938 se dicta la Ley de Medicina Preventiva, que incluyó, entre las prestaciones a recibir por los trabajadores, los exámenes sistemáticos de salud. De esta forma, los obreros y sus familias obtenían una cobertura integral de sus necesidades de salud.

Page 2: doc sist salud-1.pdf

• 1942 se crea el Servicio Médico Nacional (SERMENA), que funciono entre 1942-1979 atendía las prestaciones de asistencia médica y dental de los empleados públicos y privados bajo la modalidad de un sistema administrativo o de libre elección (bonos).

• Uno de los hitos más importantes en la historia de nuestro sistema de salud, y pionero a nivel internacional, es la creación, en 1952, del Servicio Nacional de Salud (SNS), producto de la fusión de la Caja del Seguro Obrero, PROTINFA, los Servicios Médicos de las Municipalidades, la Sección de Accidentes del Trabajo del Ministerio del Trabajo y el instituto Bacteriológico. Sus prestaciones cubrían, principalmente, al sector obrero e indigentes. Constituye, junto con SERMENA, los pilares del desarrollo posterior de nuestro sistema de salud.

• En 1953, el Ministerio de salubridad pública nuevamente cambia de nombre, para proceder a llamarse Ministerio de Salud Pública y Previsión Social. Sin embargo, seis años más tarde la secretaría de Estado se divide, creándose el Ministerio de Salud Pública (Decreto con Fuerza de Ley N°25) y -como organismo independiente- el Ministerio del Trabajo y Previsión Social

• Durante la década del 60, se desarrollan importantes reformas sociales que, en el área de salud, se tradujeron en inversiones en centros asistenciales, aumento de la planta funcionaria y extensión de la cobertura geográfica del SNS. Por su parte, el SERMENA se consolida como un servicio de libre elección para empleados públicos y privados y sus cargas. Cabe recordar, también, la dictación, en 1.968, de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Estos dos últimos hechos, la consolidación del Modelo de Libre Elección y el desarrollo de las mutuales de seguridad del trabajo, contribuyeron a la expansión de los prestadores privados de acciones de salud.

• El período posterior a 1973 se caracterizó por una disminución del aporte financiero estatal al SNS, conservándose la misma modalidad organizacional y de funcionamiento.

• En 1979 se produce la reestructuración del sector Salud. Mediante un

decreto ley, se reorganizó el Ministerio de Salud y sus organismos relacionados, se fusionó el SNS y el SERMENA y se crearon el Sistema Nacional de Servicios de Salud, el FONASA, la Central de Abastecimiento y el Instituto de Salud Pública, vigentes hasta ahora. Se dicta el D.L. 2.763 que reorganiza el Ministerio de salud (creando el

Page 3: doc sist salud-1.pdf

FONASA) creando el nuevo Sistema Nacional de Servicios de Salud. Se establece una cotización obligatoria para el financiamiento de las prestaciones de salud (7%). Se definen las modalidades de libre elección e institucional, en el sistema público de salud.

F

I

N

A

N

C

I

A

M

I

E

N

T

O

PUBLICO

PRIVADO

PRESTADORES

PUBLICO PRIVADOS

FONASA

Modalidad Institucional

FONASA

Modalidad Libre Elección

ISAPRE

ISAPRE

Pensionado de

Hospitales Públicos

Sistema de Salud Chileno

(MAI) (MLE)

El 28 de agosto de 2011,el presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que reduce y elimina la cotización de 7% en salud de los jubilados, lo que hizo fue que a partir de noviembre de 2011, todos los pensionados que tengan pensiones inferiores a 255 mil pesos quedarían exentos de pagar la cotización del 7%, la que paso a ser financiada por el estado, por lo cual el beneficio cubre cerca de 700 mil personas que reciben pensiones inferiores a los 255 mil pesos. Sin embargo, quienes reciban una renta entre $255 mil y $286 mil tienen una rebaja en el pago de salud de un 7% a un 5%, que se hizo efectiva dentro del año 2012. Sobre esta cantidad todos los jubilados deben cancelar 7%.

• Año 1981, reforma a la Seguridad Social y creación de las Administradoras

de Fondos de Pensiones (AFP).

• Año 1981, se dicta el D.F.L nº 1 que inicia el traspaso de los establecimientos de nivel primario de atención a la administración municipal.

• Año 1981, se dicta el D.F.L nº3 que crea las “Instituciones de Salud Previsional” (ISAPRES), a las cuales pueden acceder como afiliados todos los trabajadores que cotizan para su atención de salud.

Page 4: doc sist salud-1.pdf

• De esta forma, se da un impulso significativo a la descentralización del sistema y a la expansión de los prestadores privados de salud.

• Año 1995, se promulga la ley 19.378, que crea el “Estatuto de Atención Primaria Municipal”, que consolida la transferencia de la administración de esos establecimientos a los municipios, iniciada en 1981 por el régimen militar.

Situación Actual - Decisión de la persona

• Plan fijo,

independiente

del monto

cotizado y de

características

individuales.

• Plan que

depende de la

cotización, y de

características

personales de

riesgo.

IsapreFonasa

Si con cotización obligatoria (7% del ingreso) el individuo puede adquirir un plan de salud en Isapre que tenga mejor cobertura que Fonasa, elegirá Isapre.• A mayor ingreso, mayor probabilidad de afiliación a Isapre• A mayor riesgo, mayor probabilidad de afiliación a Fonasa

• El sistema público, se organiza a través de una modalidad solidaria de seguridad social.

• El sistema privado, ofrece seguros de salud que obedecen a una lógica de tipo individual.

Sistema de salud Actual:

El Estado, en su rol de garantizar el acceso de la población a las acciones de salud, es el responsable del funcionamiento del sistema, en forma global. Su ente operativo es el Ministerio de Salud. La provisión de servicios de salud en Chile es de carácter mixto, público y privado.

Page 5: doc sist salud-1.pdf

Ministerio de Salud:

• Su tarea es el diseño de políticas y programas, la coordinación de las entidades del área, la supervisión, la evaluación y el control de las políticas de salud. Representa el nivel normativo dentro del sistema de salud.

Funciones:

• Dirigir y orientar todas las actividades del Estado relativas al Sistema, en conformidad con las políticas fijadas.

• Dictar normas generales sobre materias técnicas, administrativas y financieras a las que deberán ceñirse los organismos y entidades del Sistema para ejecutar actividades de promoción o fomento, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de las personas enfermas.

• Formular los planes y programas generales del Sistema, en concordancia con la política general del Gobierno.

• Coordinar y controlar la actividad de los organismos del Sistema y propender, en la forma autorizada por la ley, al desarrollo de las actividades de salud por organismos y personas que no integran ese Sistema.

• Supervisar, controlar y evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y normas de salud.

• Relacionarse con personas, organismos y entidades públicas y privadas que no pertenezcan al Sistema o al Sector Salud.

• Fijar las políticas, dictar las normas, aprobar los planes y programas generales y evaluar las acciones respecto de las construcciones, transformaciones y reparaciones de edificios destinados a establecimientos hospitalarios de servicios de salud.

• Cumplir las demás funciones que le asignen las leyes y reglamentos.

• El Reglamento del Ministerio de Salud establece que, para el cumplimiento de las políticas, planes y normas que imparta esa Secretaría

Page 6: doc sist salud-1.pdf

de Estado, las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que laboren en salud coordinadamente y dentro de los marcos fijados por el Ministerio constituyen el Sistema Nacional de Salud.

• Los servicios públicos que dependen del Ministerio y forman parte del Sistema son: los Servicios de Salud, el Fondo Nacional del Sistema de Salud, el Instituto de Salud Pública, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y la Superintendencia de Salud (Fig 1)

Figura1:

• El nivel operativo está representado en los servicios de Salud, el Instituto de Salud Pública y la Central de Abastecimiento. El nivel financiero corresponde al Fondo Nacional de Salud (FONASA). Todos ellos son organismos de dependencia directa del Ministerio de Salud y que, en conjunto, dan forma al sistema nacional de servicios de Salud.

• Existe otro grupo de instituciones públicas que, sin pertenecer al SNS, otorgan prestaciones de Salud. Es el caso de las Fuerzas Armadas y otras, cuyos servicios de Salud incluyen instalaciones propias para la atención de sus beneficiarios.

Page 7: doc sist salud-1.pdf

Servicios De Salud:

Los servicios de salud son los responsables de la ejecución de las acciones de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermas. Son organismos descentralizados, que poseen personalidad jurídica y patrimonio propio. Cada servicio está a cargo de un Director, que es un funcionario de confianza del Presidente de la República.

Entre las funciones de los servicios de salud, están la supervisión, coordinación y control de los establecimientos y servicios del sistema, ubicados en su territorio, para el cumplimiento de las políticas, normas, programas y directivas, en general, emanadas del Ministerio de Salud. La red asistencial de los servicios está constituida por hospitales, consultorios generales, urbanos y rurales; postas rurales de Salud y estaciones médico-rurales.

Los 29 servicios de salud distribuidos a lo largo del país, son:

Región de Tarapacá

Servicio de Salud Arica

Servicio de Salud Iquique

Región de Antofagasta

Servicio de Salud Antofagasta

Región de Atacama

Servicio de Salud Atacama

Región de Coquimbo

Servicio de Salud Coquimbo

Región de Valparaíso

Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio

Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota

Servicio de Salud San Felipe - Los Andes

Región del Libertador General Bernardo O’Higgins

Servicio de Salud Libertador B. O’Higgins

Región del Maule Servicio de Salud Maule

Región del Bío-Bío Servicio de Salud Arauco

Servicio de Salud Concepción

Servicio de Salud Talcahuano

Servicio de Salud Ñuble

Servicio de Salud Bío Bío

Región de la Servicio de Salud Araucanía Norte

Page 8: doc sist salud-1.pdf

Araucanía

Servicio de Salud Araucanía Sur

Región de Los Lagos

Servicio de Salud Valdivia

Servicio de Salud Osorno

Servicio de Salud Llanquihue-Chiloé

Palena

Región de Aysén del Gral. Carlos Ibañez del Campo

Servicio de Salud Aysén del General

Carlos Ibañez del Campo

Región de Magallanes

Servicio de Salud Magallanes

Región Metropolitana

Servicio de Salud Metropolitano Central

Servicio de Salud Metropolitano Sur

Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente

Servicio de Salud Metropolitano Oriente

Servicio de Salud Metropolitano Norte

Servicio de Salud Metropolitano Occidente

Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente

Cada Servicio de Salud posee y opera varios hospitales de distintos niveles de complejidad y centros de atención abierta, pudiendo establecer contratos con proveedores privados para servir a ciertas zonas o para tipos específicos de prestación.

• Para darle real existencia al nivel secundario de atención,( década del 90) se construyeron Centros de Referencia de Salud (CRS), que consisten en centros ambulatorios de complejidad tecnológica media y que reciben las derivaciones del nivel primario.

• Además existen Centros Diagnósticos y Terapéuticos (CDT) que son centros ambulatorios del más alto nivel tecnológico para la provisión de servicios terapéuticos y la realización de diagnósticos complejos. –volver a Fig 1-.

• Por otra parte, la atención de salud primaria en el sistema público está a cargo de Centros de Atención Primaria los cuales ofrecen servicios curativos de baja complejidad técnica a través de una modalidad de

Page 9: doc sist salud-1.pdf

atención abierta a la vez que realizan actividades de fomento y prevención de salud.

• La red de atención primaria consta de un total de 376 consultorios, además de 1102 postas rurales y 720 estaciones médico-rurales.

Instituto de Salud Pública (www.ispch.cl)

• El Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) es un servicio público funcionalmente descentralizado, que posee autonomía de gestión y está dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio, dependiendo del Ministerio de Salud para la aprobación de sus políticas, normas y planes generales de actividades, así como en la supervisión de su ejecución.

La misión del ISP es contribuir al mejoramiento de la salud de la población, garantizando la calidad de bienes y servicios, a través del fortalecimiento de la referencia, la fiscalización y la normalización. El ISP actúa como Laboratorio Nacional y de referencia, normalizador y supervisor de los laboratorios de Salud Pública, en los campos de microbiología, inmunología, bromatología, farmacología, laboratorio clínico, contaminación ambiental y salud ocupacional . Sus funciones se refieren al control de calidad de los medicamentos y demás productos afectos a control sanitario. En relación a ellos, le corresponde al ISP autorizar la instalación y supervisar el funcionamiento de laboratorios, autorizar y registrar los medicamentos, así como controlar las condiciones para su internación, exportación, fabricación, distribución, expendio, propaganda, promoción y uso. Además, lleva a cabo la producción de algunos productos biológicos.

CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SNSS

Es un organismo descentralizado, dependiente del Ministerio de Salud. Su función es adquirir y proveer de medicamentos, instrumental y otros elementos e insumos a los establecimientos y personas pertenecientes o adscritas al Sistema Nacional de Servicios de Salud, para que estos ejecuten las acciones de salud que les corresponden para cumplir los planes y programas del Ministerio. También le corresponde atender las necesidades en el caso de emergencias nacionales, cuando así lo dispone el Gobierno.

Fondo Nacional De Salud (FONASA)

El FONASA es el ente encargado de recaudar, administrar y distribuir los dineros estatales, destinados a Salud. Constituye el Seguro Público de Salud, solidario y equitativo, sin discriminación de ninguna especie. Entre sus funciones, están:

Page 10: doc sist salud-1.pdf

a. Financiar las acciones de salud, la adquisición de equipos, instrumental, implementos y otros elementos de infraestructura que requiera el SNSS;

b. Financiar totalmente, o en parte, las prestaciones que se otorguen bajo la modalidad de libre elección;

c. Otorgar préstamos a usuarios, para financiar acciones de Salud; d. Colaborar con el Ministerio de Salud, en la evaluación y definición de

presupuesto de los Servicios de Salud y otros organismos relacionados con el presupuesto global de Salud.

Los recursos de que el FONASA dispone, provienen de aportes de la ley de presupuesto nacional, de la cotización obligatoria de salud (7 %) de los trabajadores afiliados al sistema público, co-pagos de prestaciones y otros.

La reforma en curso de FONASA, pretende llevarlo a ser un Seguro Público de Salud, que pueda financiar y comprar servicios de salud a un más amplio abanico de prestadores.

SUBSISTEMA PRIVADO

El subsistema privado está formado por todas aquellas personas e instituciones que prestan servicios de salud acreditados por las instancias públicas pertinentes, pero que no pertenecen al SNSS. Pueden reconocerse dos categorías: en la primera, se ubican las instituciones y organismos que realizan estas prácticas, con fines de lucro. En la segunda, las instituciones que las realizan sin fines de lucro, Entre estas últimas se encuentran la Cruz Roja, ONGs, departamentos médicos de mutuales, departamentos médicos de empresas, hospitales y otros servicios delegados Ej: Mutual de seguridad, ACHS.

En el subsistema privado con fines de lucro, el nivel operativo está constituido por los hospitales, clínicas, centros médicos, consultorios, laboratorios clínicos, farmacias y profesionales en general, que prestan atención de Salud bajo un modo y arancel de financiamiento, que ha sido establecido o preconvenido en forma particular. El nivel financiero está constituido por las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES).

INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL (ISAPRES)

Las ISAPRES, creadas en 1.981, son administradoras de un Seguro Privado de Salud. Tienen por objeto exclusivo, el otorgamiento de prestaciones y beneficios de salud a sus afiliados, ya sea en sus propias unidades de atención, o a través

Page 11: doc sist salud-1.pdf

del financiamiento por pago a personas, clínicas, hospitales u otras instituciones pertenecientes a terceros. Para ello, su financiamiento proviene de la cotización obligatoria para Salud de sus afiliados, cotizaciones adicionales, co-pagos y otras fuentes. Existen dos tipos de Isapres: las abiertas, instituciones con fines de lucro, a las que puede afiliarse cualquier individuo, y las cerradas, pertenecientes a empresas específicas y destinadas a administrar el seguro de Salud de los trabajadores y beneficiarios de esa empresa en particular. Estas son instituciones sin fines de lucro.

La afiliación a estas instituciones es voluntaria y se establece mediante la firma de un contrato, en el cual se convienen, libremente entre las partes, el otorgamiento, forma, modalidad y condiciones de las prestaciones y beneficios para la recuperación de la salud. Son elementos fundamentales, a tener en cuenta:

a. Las prestaciones y beneficios pactados, incluyendo los porcentajes de cobertura y el monto máximo de beneficios si los hubiere.

b. Los períodos de carencia, que es el tiempo durante el cual, a pesar de estar vigente el contrato, no son exigibles algunas de las prestaciones o beneficios pactados.

c. Exclusiones, que son prestaciones específicamente no cubiertas. d. Preexistencia, son enfermedades que el beneficiario posee desde antes de

suscribir el contrato de salud y que debe declarar ante la Isapre pudiendo ésta restringir las prestaciones para ellas por un período de tiempo.

e. Modificaciones de las cotizaciones, prestaciones y beneficios por modificación de la cotización mínima legal por cambios en la renta del trabajador.

f. Modificaciones de las cotizaciones, prestaciones y beneficios por incorporación o retiro de cargas legales.

Los contratos son pactados por un plazo indefinido. El cotizante puede, transcurrido un año de vigencia de su contrato, desahuciar el contrato mediante una comunicación escrita a la institución. En este mismo período, las ISAPRES pueden revisar el contrato de salud, pudiendo adecuar sus precios, prestaciones y beneficios. Estas adecuaciones deben hacerse para todos los afiliados de un determinado plan, de manera de no discriminar entre ellos.

El crecimiento de las ISAPRES ha sido sostenido desde 1.981, con una tasa de crecimiento anual del sistema, de aproximadamente 12 %. El sistema contaba, en 1.996, con 22 Isapres abiertas y 12 cerradas, que agrupaban a un total de 1.686.530 cotizantes y 3.813.384 beneficiarios (27 % de la población total del país).

Page 12: doc sist salud-1.pdf

6

8

10

14

21 21

20

16

14

9

7

0

5

10

15

20

25

1981 1983 1985 1987 1990 1993 1996 1999 2001 2005 2012

1. Evolución Poblaciones Aseguradas

Evolución de las Poblaciones de FONASA e ISAPRES

13.209.640 13.384.78813.686.135 13.881.799

-

3.500.000

7.000.000

10.500.000

14.000.000

junio 2003 junio 2004 junio 2005 junio 2006

BENEFICIARIOS FONASA BENEFICIARIOS ISAPRES TOTAL

78,9% 80,4% 80,4% 80,9%

21,1%19,6% 19,6%

19,1%

Variación 2003- 2006

• 672.159

• 5,1%

Fuente: Superintendencia de Salud y FONASA

Consolidacion del sector privado

Numero de Isapre

Page 13: doc sist salud-1.pdf

Al año 2005 un 72% de la población que cotiza se encontraba inscrita en FONASA, 16% a ISAPRES y 12% FFAA y otros (Fte: MINSAL). Al 2011 un 81% d ela población estaba inscrita en FONASA y un 13% en ISAPRES (Fuente: CASEN).

Con el objeto de supervisar y controlar las instituciones de Salud Previsional, se creó, en 1.990, la Superintendencia de Isapres.

Superintendencia de ISAPRES (www.superintendenciadesalud.cl):

Creada en 1990, a través de la Ley N° 18.933, la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional (SISP) es el organismo del Estado que se encarga de fiscalizar y controlar a las ISAPRE, llevar el registro de las instituciones de Salud previsional ; la verificación del cumplimiento por parte de éstas, de las leyes y reglamentos que las regulan ; dar instrucciones para la publicación de información de interés para el público, sobre su situación jurídica, económica y financiera ; y resolver las controversias que surjan entre las ISAPRES y sus afiliados o beneficiarios.

MUTUALES Y ADMINISTRACIONES DELEGADAS

Estas entidades surgen de la dictación, en 1.968, de la ley 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Esta establece un seguro obligatorio de cargo del empleador, que protege a las siguientes personas:

a. Todos los trabajadores por cuenta ajena.

Page 14: doc sist salud-1.pdf

b. Funcionarios públicos de la administración civil del Estado, municipalidades e instituciones descentralizadas.

c. Estudiantes que realizan trabajos para su plantel. d. Trabajadores dependientes y trabajadores familiares. e. Estudiantes de establecimientos fiscales y particulares por accidentes que

sufran con ocasión de sus estudios o práctica profesional.

Se entiende por accidente del trabajo, toda lesión que cause incapacidad o muerte y que se produzca, a causa o con ocasión del trabajo. Se incluyen los accidentes ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo; y los sufridos por dirigentes sindicales, a causa del desempeño de sus labores gremiales. Se entiende por enfermedad profesional, aquella causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

Las víctimas de un accidente del trabajo o enfermedad profesional, tienen derecho a atención médica integral gratuita, hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente o la enfermedad. Además, tienen derecho a percibir un subsidio por incapacidad temporal, mientras dure el tratamiento hasta la curación, o hasta que se declare la invalidez del trabajador; en cuyo caso, debe recibir una indemnización o pensión. En caso de muerte del trabajador, su cónyuge, hijos, ascendientes y descendientes, causantes de asignación familiar, tienen derecho a una pensión de supervivencia.

Este seguro se financia con una cotización básica general, de 0,9% de las remuneraciones imponibles y una cotización adicional diferenciada en función del riesgo y actividad de la empresa y que no puede exceder el 3,4% de las remuneraciones imponibles. Ambas, de cargo del empleador. Las empresas que desarrollen medidas destinadas a disminuir los riesgos, pueden solicitar la reducción o exención de la cotización adicional.

La administración del seguro está a cargo del Instituto de Normalización Previsional (INP), cuyos afiliados reciben la atención de Salud y subsidios correspondientes en el SNSS; de las mutualidades de empleadores, entidades sin fines de lucro, destinadas a prestar atención de Salud a los trabajadores de las empresas afiliadas; y de las empresas con administración delegada, que se hacen cargo de la administración del seguro de sus propios trabajadores.

FINANCIAMIENTO

El sistema global de salud se financia desde múltiples fuentes, entre las que destacan:

Los impuestos administrados por el Gobierno. Los tributos comunales administrados por las municipalidades.

Page 15: doc sist salud-1.pdf

La cotización obligatoria del 7% del salario de los trabajadores afiliados a FONASA o ISAPRES, en virtud del régimen del seguro de salud.

El co-pago de bienes y servicios de salud por los usuarios mediante bonos a FONASA e ISAPRES.

El aporte de las empresas en el pago del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

El pago directo de los usuarios a los prestadores.

FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA PUBLICO

El sistema público atiende a:

Los afiliados que realizan cotizaciones en FONASA y sus cargas familiares, Las mujeres embarazadas y hasta el 6° mes del hijo, sean o no

beneficiarias o afiliadas al sistema, Los niños menores de 6 años, Las personas indigentes y las que gocen de pensiones asistenciales y sus

cargas familiares.

Estos beneficiarios tienen derecho a recibir prestaciones entregadas por los establecimientos del SNSS, en las áreas de:

Medicina preventiva: destinadas a la detección oportuna de tuberculosis, enfermedades de transmisión sexual, glaucoma, cáncer, diabetes, cardiopatías, hipertensión arterial, insuficiencia renal crónica y otras que puedan tener una evolución irreversible.

Atención médica curativa, incluyendo la entrega de medicamentos. Atención odontológica.

Los afiliados y sus beneficiarios, además de esta modalidad institucional de atención, pueden optar a la Modalidad de Libre Elección, consistente en elegir libremente a los profesionales e instituciones con quienes atenderse de entre los inscritos en los registros de FONASA. El financiamiento de dichas prestaciones es compartido entre el afiliado, mediante la compra de bonos y programas médicos (co-pago), y FONASA que bonifica un porcentaje de un arancel previamente fijado. Los establecimientos y profesionales inscritos en FONASA, quedan obligados a aceptar, como única retribución por sus servicios, los valores del arancel correspondiente, no pudiendo realizar cobros adicionales a los usuarios. Los establecimientos del SNSS pueden inscribirse en la modalidad Libre Elección de FONASA, en el nivel de más bajo costo.

Los afiliados al sistema público contribuyen al financiamiento de sus prestaciones en la modalidad institucional, mediante el pago directo; de acuerdo a la clasificación según su nivel de ingresos. La clasificación vigente, por tramos, es la siguiente :

Pagos de atención médica según tramo de afiliación y modalidad

Page 16: doc sist salud-1.pdf

Tramos de afiliados FONASA según ingresos

Modalidad de Atención Institucional (valor a pagar)

Modalidad Libre Elección (niveles de Bono de Atención de Salud)

A – Carencia de recursos o indigentes

Atención gratuita --

B – Reciben menos de un salario mínimo

Atención gratuita 1 - 2 - 3

C – Desde un salario mínimo a uno y medio

Pago de 10% de la atención

1 - 2 - 3

D – Desde uno y medio salario mínimo y más

Pago de 20% de la atención

1 - 2 - 3

FONASA bonifica el 100 % del valor de las prestaciones de los grupos A y B, 75 % del grupo C y 50 % del grupo D, excepto en la atención del parto, en que la contribución de FONASA no puede ser menor al 75 % en el grupo D. La bonificación es de 100% en todas las prestaciones realizadas en el nivel primario de atención para todos los grupos de ingreso de FONASA. Actualmente, existen programas especiales como los de enfermedades catastróficas, que otorgan bonificaciones mayores en prestaciones específicas para beneficiarios de los grupos C y D.

Continuando con la historia del sistema de salud:

• A partir del 1 de julio del 2005, entró en plena vigencia la Ley Nº 19.966, conocida como ley AUGE.

• Se establece un Régimen General de Garantías en Salud que se aplica a todos los beneficiarios, sean éstos de FONASA o de ISAPRES.

• Tanto FONASA como las ISAPRES deben asegurar a sus beneficiarios el otorgamiento de las condiciones de salud explícitamente garantizadas.

• Garantiza atención oportuna, de calidad y sin costos para todas las personas, sin discriminación de edad, género o capacidad de pago.

• Su objetivo central es que toda la población tenga atención garantizada por ley, promoviendo la igualdad en la calidad y acceso a la salud.

Las Garantías Explícitas en Salud (GES) Las GE son conjunto de programas, enfermedades o condiciones de salud dotadas de garantías explícitas, que aseguran cuatro aspectos: acceso, calidad, protección financiera y oportunidad. El objetivo de este sistema es establecer un plan de salud garantizado de manera universal, determinado en base a prioridades.

Page 17: doc sist salud-1.pdf

Actualmente son 80 las patologías GES cubiertas por este programa.

BIBLIOGRAFIA: 1.- Giaconi J. El Sistema de Salud Chileno. Boletin Esc. de Medicina, P.Universidad Católica de Chile 1994; 23:6-9

2.-Drago M..La reforma al sistema de salud chileno desde la perspectiva de los derechos humanos. CEPAL- Serie Políticas Sociales. N| 121, 2006.

Webgrafía:

3.- Jiménez J; Rojas P. Organización de la atención sanitaria chilena. Revisado el 30/03/2010: www.escuela.med.puc.cl/publ/medamb/OrganizacionSanitaria.html

4.- MINSAL. AUGE 80. 07/04/2014. http://web.minsal.cl/AUGE_INTRODUCCION

Page 18: doc sist salud-1.pdf