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Derecho Constitucional

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El 5 de febrero de 1917 fue promulgada la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el presidente constitucionalista Venustiano Carranza, como producto de los movimientos revolucionarios de 1910.Este documento continúa vigente, aunque a lo largo de la historia ha sido reformada en más de 200 ocasiones.

El camino que se siguió desde las primeras críticas a la antigua Constitución vigente, la de 1857, hasta su entrada en vigor el 1 de mayo de 1917, no fue en modo alguno en un contexto de paz y armonía sino todo lo contrario: se originó a partir de la nueva realidad social que vivía México tras el inicio de la Revolución Mexicana, realidad que necesitaba una nueva Constitución Política que se ajustara a ella y garantizará los derechos de todos los mexicanos.

La Constitución de 1917 fue la primera en la historia en incluir los derechos sociales, marcando de esta forma un antecedente para el resto del mundo, lo que le otorgó el reconocimiento de “la primer Constitución social del Siglo XX”.Los antecedentes de esta Constitución están en el Acta Constitutiva de la Federación, la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, las Siete Leyes Constitucionales de 1836, las Bases Orgánicas de la República Mexicana de 1843, el Acta Constitutiva y de Reformas de 1847 y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857.Dentro de las principales aportaciones de la nueva Constitución, y que la distinguían por completo de las anteriores, aunque se hayan retomado algunos elemento de éstas, se encuentra la no reelección del presidente, las garantía individuales; se enfatizó, también, la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Federal; dejo de existir la figura de Vicepresidente al tiempo que se le daba una mayor soberanía a todos los estados de la República.

Además se establecieron leyes en lo referente a la propiedad de la tierra; igualmente, en el aspecto laboral y educativo, señala jornadas de trabajo de 8 Hrs. y una educaiiición laica y gratuita. La libertad de expresión y libre asociación de los trabajadores son también otros logros importantes que se ven plasmados en esta constitución.A partir de su entrada en vigor han sido distintas las reformas que se la han hecho para mantenerla vigente de acuerdo a los cambios sociales y económicos en México y el mundo, buscando de esta forma garantizar la inclusión de todos los ciudadanos, como la reforma hecha en 1953 que otorgó el derecho al voto a las mujeres y las múltiples reformas hechas para garantizar la libertad de voto en cargos de elección popular.Aunque hoy nuestra Constitución difiere en muchos aspectos de la forma en que fue concebida en 1917, debido a las reformas que se le han hecho, representa un baluarte de la democracia de nuestro país y una herencia viva de la lucha revolucionaria de nuestros antepasados.

Apunte día 21 de julio del 2015, Ensenada Baja California MX.

Constitución:Es el documento creado por un poder constituyente que en el que se expresa las normas que regulan la organización de un estado, los derechos fundamentales de los individuos y de los procedimiento de creación de las leyes.

Poder Constituyente:Estado Población Territorio y Gobierno

Poder Constituyente: Es la denominación es la denominación del poder que tiene la facultad de crear la norma fundamental de un ordenamiento jurídico, dando origen a un estado y su sistema político.

También tiene la contribución de modificarla o en dermanda

Diferencia entre teoría de la constitución y derecho constitucional. El derecho

constitucional está encargado de estudiar normas del estado y su aplicación

cotidiana puede ser considerada como una disciplina.

Dentro de la teoría de la constitución se encuentran establecidos los principios

necesarios para poder interpretar la constitución, es decir, es el fundamento

Actos de validez: formal y material

Fundamentos de validez de las normas constitucionales

1. Se crea a partir de una norma superior, el ejemplo mas común es el proceso

legislativo.

2. Material, el contenido de la norma no puede contrariar la norma superior .

SUPREMARCIA DE LA CONSTITUCION

La constitución es suprema por que plasma la voluntad del pueblo. En

cuestiones políticas es el pueblo quien dará vida a esta supremacía

constitucional, en lo jurídico es la constitución. El principal efecto de la

supremarcia constitucional es que toda norma contraria a la constitución carece

de efecto, una norma que contradiga lo establecido en la constitución no tiene

validez en lo nombramiento jurídico.

SOBERANIA

La soberanía significa independencia, es decir, un poder con competencia total,

por lo tanto ninguna norma anterior ni de fondo ni de forma, puede limitar la

soberanía constitucional.

Este principio señala que la constitución es el fundamento o la base principal

del ordenamiento jurídico, es decir, no puede existir ordenamiento jurídico que

este por encima de la constitución que es quien lo fundamenta.

Principio de Legalidad

El principio de Legalidad es un principio fundamental del Derecho conforma el

cual todo ejercicio del poder publico debería estar sometido a la voluntad de la

ley de su juridicccion y no a la voluntad de las personas.

TAREA

El concepto de soberanía puede entenderse de distintas maneras según el

enfoque elegido. Dentro del ámbito de la política, la soberanía está asociada al

hecho de ejercer la autoridad en un cierto territorio. Esta autoridad recae en el

pueblo, aunque la gente no realiza un ejercicio directo de la misma sino que

delega dicho poder en sus representantes.

la soberanía es la calidad de soberano, es el derecho, la cualidad o el poder

que tiene el soberano, siendo este la excelencia, la máxima autoridad o la

alteza suprema y absoluta que tiene autoridad sobre todo lo demás, es el que

está por encima del resto. La soberanía también es la superioridad no

superada en cualquier orden inmaterial, por ejemplo, la superioridad o

soberanía mostrada por el corredor en una carrera.

La soberanía es la autoridad más elevada o suprema donde reside el poder

político y público de un pueblo, una nación o un Estado, sobre su territorio y

sus habitantes. Por tanto, la soberanía es la independencia de cualquier Estado

para crear sus leyes y controlar sus recursos sin la coerción de otros Estados.

Concepto legitimidad

Una norma jurídica para ser legitima de be cumplir los siguientes requisitos

1. Validez2. Justicia3. Eficacia

Podemos dividir la legitimidad en dos aspectos fundamentales, legitimidad formal y legitimidad material; la formal se considera como el correcto proceder de los órganos jurisdiccionales con respecto a todos los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico.

La legitimidad material es el reconocimiento del pueblo creado a partir de la aprobación de la ley creada o de la actuación GOBERNAMENTAL

Mecanismo para proteger la constitución

1. Rigidez de la constitución significa que las disposiciones y normas de una constitución no pueden ser modificadas ni derogadas, en las formas en que puede alterarse una ley, por lo tanto se establecen condiciones y requisitos especial.. En caso que la modificación o derogación se realice en la misma forma que opera para las leyes, estamos frente a una constitución flexible.

2. La constitución debe ser escrita. Para asegurar la supremacía de la norma fundamental esta debe estar constituida y construida en un único documento orgánico y solemne.

3. Control de la constitución; este mecanismo pretende proteger el principio de supremacía frente a posibles vulneraciones emanadas del órgano legislativo en el cumplimiento de su mandato de crear la ley, según el órgano que realiza este control

En el caso de nuestra constitución al no existir constituyente, el método para modificar y abrogar nuestra constitución es diferente, es decir, se necesita la aprobación de las dos terceras partes del congreso de la unión, así como la aprobación de la mayoría de las legislaciones de las legislaturas dos estados p entidades federativas.

Golpe de Estado

Es la transformación de las estructuras políticas e institucionales, pero no necesariamente de las estructuras económicas y sociales el efecto inmediato del golpe de estado es la destrucción o desconocimiento del ordenamiento jurídico..

División de Poderes

La separación de poderes o división de poderes es un ordenamiento y distribución de las funciones del Estado, mediante la cual la titularidad de cada uno de ellas es otorgada a un órgano u organismo público distinto. La separación de funciones al considerar al poder como único e indivisible y perteneciente al titular de la soberanía.

ART.14 y 16

Poder Legislativo:500 Diputados: 300 uninominales elección popular, 200 plurinominales lista

=3 años

128 senadores_ Congreso de la Unión: trabajan 1 mes y descansan 3 meses: comisión permanente: 18 diputados y 17 senadores.

Poder Judicial: SCJN (Suprema Corte de Justicia de la Nación):

11 ministros Diputados

Tribunal Colegiado de Circuito

Tribunal Unitario Circuito

Juez Federal: : Amparo.

Poder Ejecutivo: Se deposita el ejercicio del supremo poder ejecutivo de la Unión en un solo individuo que se denominara Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

La elección del Presidente será directa y para hacerlo se requiere:

1. Ser ciudadano Mexicano

2. Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.

3. No pertenecer al Estado Eclesiástico ni ser ministro de culto.

4. No ser miembro del Ejercito, Gobernador o secretario de Estado, salvo que se separe de su cargo 6 meses antes de la elección.

En caso de falta absoluta del Presidente de la Republica ocurrida en los dos primeros años del periodo respectivo, si el congreso estuviera en decisiones nombrara un Presidente Interino; el mismo congreso expedirá dentro de los 10 días siguientes la convocatoria para la elección del Presidente en un plazo no menor de 14 meses ni mayor de 18 meses.

Si el congreso no estuviera en sesiones la comisión permanente nombrara un Presidente Provisional y este convocara al congreso de la unión para que este a la vez designe al Presidente.

Cuando la falta del Presidente ocurriere en los 4 últimos años del periodo respectivo, si el congreso se encontrase reunido designara un Presidente Sustituto que deberá concluir el periodo.

Presidente constitucional: 6 años

Presidente interino: 2 primeros años

Presidente sustituto: Últimos 4 años

Presidente Provisional: Comisión Permanente

Presidente Electo: Gana la elección.

Debate

Privatización de Pemex (Hidrocarburos)

(favor)

Iniciativa: Los Diputados, Cenadores y Presidente de la RepublicaDiscusiónAprobaciónSanción

Publicación

Iniciación

Sucesivo

De la Iniciativa y Realizacion de las Leyes. El proceso Legislativo comprende 6 pasos.El derecho de Iniciar Leyes, de acuerdo con el art. 71 de la constitución de la Republica corresponde:

1. Al presidente de la Republica2. A los Diputados3. A los Cenadores 4. A las Legislaturas de los Estados.

Se llama discusión a la liberación que se genera en cada una de las cámaras cuando se presentas las iniciativas de Ley; la cámara que recibe el proyecto inicialmente se le llama cámara de origen y la segunda cámara recibe cámara revisora.Este Proceso de discusión termina con lo que llamamos aprobación que es el resulta final de la Liberación.

Aprobada que sea un proyecto de Ley por las cámaras de diputados y senadores se turnan al ejecutivo para su sanción. Si el Presidente de la Republica recibe el proyecto tiene un término de 10 días para hacer las observaciones que estime convenientes, si no lo hace se entiende tácitamente

su aprobación en caso de que no crea convenielo qnte tiene el Derecho de veto por una sola vez.

Si el proceso Legislativo sigue un proceso Normal esto es, sin observaciones del ejecutivo procederá a su publicación en el diario oficial de la Federación.

Después viene lo que se le llama iniciación de la vigencia que de acuerdo con el código civil existen dos sistemas el sucesivo y el sincrónico.

Durante la publicación a la iniciación de la vigencia de una ley, existe un espacio de tiempo que se llama ( Vacatious Legis)