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CONVENIO ESPECIFICO: CNSNS-026-16. CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. WILLIAM HENRY LEE ALARDÍN , EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, CON LA ASISTENCIA DE LA M. EN C. MIREYA ATZALA ÍMAZ GISPERT, DIRECTORA DEL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ESTRATEGIAS PARA LA SUSTENTABILIDAD AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROGRAMA", Y POR LA OTRA PARTE, LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS, ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL, ING. JUAN EIBENSCHUTZ HARTMAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA COMISIÓN", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 01 de septiembre de 2010, "LA UNAM" y "LA COMISIÓN" celebraron un Convenio General de Colaboración mediante el cual se establecen las bases a través de las cuales las partes llevarán a cabo la organización y desarrollo de actividades conjuntas de investigación, actividades científicas, académicas y culturales de interés mutuo, con número de registro 27061- 1771-30-IX-10. II. Con fecha 31 de agosto de 2015, se realizó por "Las Partes" la ratificación y firma de Convenio de Prórroga del Convenio General mencionado en el antecedente I. III. Con base en las cláusulas SEGUNDA, TERCERA, CUARTA Y QUINTA del Convenio mencionado en el antecedente anterior y por haberse elaborado un Programa Específico de Trabajo que ya fue aprobado por ambas partes, ahora lo vienen a elevar a la categoría de CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN. IV. Que para llevar a cabo la realización del presente Convenio Específico, todas y cada una de las cláusulas contenidas en el Convenio General de Colaboración mencionado en el antecedente anterior siguen vigentes. Expuesto lo anterior, las partes acuerdan que sus relaciones se normen por las siguientes: DECLARACIONES I. DECLARA "LA UNAM": 1.1 Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de Enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura. 1.2 Que la representación legal de "LA UNAM" recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica; 30 de su Estatuto General, y conforme a la fracción I del artículo 34 de éste último ordenamiento, cuenta con facultades para delegarla en casos concretos. Página 1 de 10

CONVENIO ESPECIFICO: CNSNS-026-16. CONVENIO ESPECÍFICO DE

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Page 1: CONVENIO ESPECIFICO: CNSNS-026-16. CONVENIO ESPECÍFICO DE

CONVENIO ESPECIFICO: CNSNS-026-16.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. WILLIAM HENRY LEE ALARDÍN , EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, CON LA ASISTENCIA DE LA M. EN C. MIREYA ATZALA ÍMAZ GISPERT, DIRECTORA DEL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ESTRATEGIAS PARA LA SUSTENTABILIDAD AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROGRAMA", Y POR LA OTRA PARTE, LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS, ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL, ING. JUAN EIBENSCHUTZ HARTMAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA COMISIÓN", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Con fecha 01 de septiembre de 2010, "LA UNAM" y "LA COMISIÓN" celebraron un Convenio General de Colaboración mediante el cual se establecen las bases a través de las cuales las partes llevarán a cabo la organización y desarrollo de actividades conjuntas de investigación, actividades científicas, académicas y culturales de interés mutuo, con número de registro 27061-1771-30-IX-10.

II. Con fecha 31 de agosto de 2015, se realizó por "Las Partes" la ratificación y firma de Convenio de Prórroga del Convenio General mencionado en el antecedente I.

III. Con base en las cláusulas SEGUNDA, TERCERA, CUARTA Y QUINTA del Convenio mencionado en el antecedente anterior y por haberse elaborado un Programa Específico de Trabajo que ya fue aprobado por ambas partes, ahora lo vienen a elevar a la categoría de CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN.

IV. Que para llevar a cabo la realización del presente Convenio Específico, todas y cada una de las cláusulas contenidas en el Convenio General de Colaboración mencionado en el antecedente anterior siguen vigentes.

Expuesto lo anterior, las partes acuerdan que sus relaciones se normen por las siguientes:

DECLARACIONES

I. DECLARA "LA UNAM":

1.1 Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de Enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

1.2 Que la representación legal de "LA UNAM" recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica; 30 de su Estatuto General, y conforme a la fracción I del artículo 34 de éste último ordenamiento, cuenta con facultades para delegarla en casos concretos.

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CONVENIO ESPECÍFICO: CNSNS-026-16.

1.3 El Dr. William Henry Lee Alardín, fue designado Coordinador de la Investigación Científica, con el nombramiento de fecha 7 de diciembre de 2015, por lo que se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con el punto segundo, numeral 3, del acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en Gaceta UNAM, el 5 de septiembre del 2011, documentos que se encuentran protocolizados en el primer testimonio notarial número 76403, de fecha 19 de enero de 2016, ante la fe del Lic. Ángel Gilberto Adame López, Notario Público número 233 de México, Distrito Federal.

1.4 Que dentro de su estructura Académico-Administrativa se encuentra el Programa Universitario de Estrategias para la Sustentabilidad, el cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio y cuya directora es la M. en C. Mireya Atzala Haz Gispert.

1.5 Que dispone de elementos suficientes para obligarse en los términos de este Convenio y que para su cumplimiento y ejecución cuenta con la experiencia, los recursos técnicos, financieros, administrativos y humanos necesarios, para la realización óptima del objeto del Convenio Específico.

1.6 Que su Registro Federal de Contribuyentes es UNA2907227Y5.

1.7 Que para los efectos del presente Convenio señala como su domicilio legal, el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, Código Postal 04510, Cuidad de México.

II. DECLARA "LA COMISIÓN":

11.1. Que es un Órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Energía, en términos del artículo 50 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 4 de febrero de 1985.

11.2. Que entre sus atribuciones está la de vigilar la aplicación de las normas de seguridad nuclear, radiológica, física y las salvaguardias para que el funcionamiento de las instalaciones nucleares y radiactivas se lleven a cabo con la máxima seguridad para los habitantes del país.

11.3. Que el Ing. Juan Eibenschutz Hartman fue designado Director General de "La Comisión" por el C. Secretario del Ramo, mediante el Oficio No. 100.-2001.- 0106 de fecha 5 de marzo de 2001, con las facultades correspondientes al puesto, y teniendo facultades específicas para suscribir el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 8, fracción XI, 41 y 42, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre del 2014.

11.4. Que señala como su domicilio legal Dr. Barragán 779, Col. Narvarte, Benito Juárez, Cuidad de México, C.P.03020, para todos los efectos que se deriven del presente Convenio.

III. DE "LAS PARTES":

111.1 Que ambas partes reconocen mutuamente su personalidad jurídica y la de sus representantes legales para la suscripción del presente Convenio.

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CONVENIO ESPECÍFICO: CNSNS-026-16.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO

Las partes convienen que el objeto del presente instrumento consiste en que "LA UNAM", a través de "EL PROGRAMA" imparta los cursos "Procesos y Prospectivas del Sector Energético" y "Nociones Generales de la Administración Pública Federal", de acuerdo a las cotizaciones que bajo el mismo nombre forman parte integral de este Convenio Específico y cuyo contenido obliga también a las partes.

SEGUNDA. COMPROMISOS DE "LA UNAM"

Para la ejecución del objeto de este Convenio Específico, "LA UNAM", a través del "EL PROGRAMA", se compromete a:

1) Impartir los cursos que se señalan a continuación, de acuerdo a lo especificado en el Anexo Único que forma parte del presente instrumento:

a. Procesos y Prospectivas del Sector Energético, con duración de 20 horas para 15 alumnos.

b. Nociones Generales de la Administración Pública Federal, con duración de 20 horas para 15 alumnos.

2) Proporcionar antes del inicio de los cursos el material didáctico requerido (presentaciones y bibliografía por medios electrónicos a través de la página que se habilita para los cursos en el portal web de "EL PROGRAMA".

3) Entregar dentro de los cinco días hábiles del término de los cursos lo siguiente:

a) Lista de asistencia. b) Evaluación para la certificación del curso. c) Evaluación diagnóstica inicial. d) Relación de calificaciones. e) Constancia de participación. f) Constancia de certificación por alumno que acredite la calificación aprobatoria del curso. g) Relación de constancias entregadas.

TERCERA. COMPROMISOS DE "LA COMISIÓN"

"LA COMISIÓN", a través de la Subdirección de Recursos Humanos se compromete a:

1) Proporcionar el apoyo, facilidades y colaboración necesarios a "EL PROGRAMA" para el desarrollo de las actividades señaladas en la cláusula anterior.

2) Proporcionar la información que se requiera para el desarrollo de las actividades señaladas en la cláusula anterior.

3) Disponer de un espacio para la impartición del curso. 4) Realizar los demás compromisos que las partes consideren necesarios de común acuerdo,

para el cumplimiento del objeto de este instrumento.

CUARTA. PAGO

"LA COMISIÓN" cubrirá a "LA UNAM", la cantidad de $75,000.00 (setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.); dicho pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta bancaria

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número , Clave Bancaria Estándar (CLABE) número del Banco BBVA BANCOMER, sucursal número 7682, plaza 001, México, D.F., a nombre de la Universidad Nacional Autónoma de México, de la siguiente manera:

Por el curso de "Procesos y Prospectivas del Sector Energético", la cantidad de $54,500.00 (cincuenta y cuatro mil quinientos pesos 00/100 M.N.), que será pagado dentro de los 8 (ocho) días hábiles posteriores al 24 de junio de 2016, fecha de término del curso, previa recepción del comprobante fiscal digital y emisión del visto bueno por parte de la Subdirección de Recursos Humanos de "LA COMISIÓN".

Por el curso de "Nociones Generales de APF", la cantidad de $20,500.00 (veinte mil quinientos pesos 00/100 M.N.), que será pagado dentro de los 8 (ocho) días hábiles posteriores al 17 de junio de 2016, fecha de término del curso, previa recepción del comprobante fiscal digital y emisión del visto bueno por parte de la Subdirección de Recursos Humanos de "LA COMISIÓN".

Asimismo, "LA UNAM" a través de "EL PROGRAMA", se compromete a entregar a "LA COMISIÓN" los comprobantes fiscales digitales debidamente requisitados, conforme a las leyes fiscales aplicables y al Reglamento sobre Ingresos Extraordinarios de la Universidad Nacional Autónoma de México, respecto a los recursos recibidos en cumplimiento de este Convenio Específico.

El lugar de entrega será en la Subdirección de Recursos Humanos adscrita a la Dirección General Adjunta de Finanzas y Administración de "LA COMISIÓN" en la planta baja del domicilio señalado en la declaración 11.4 de este Convenio.

"LA COMISIÓN" enviará a "LA UNAM" a través de "EL PROGRAMA" copia del comprobante de la transferencia bancaria realizada por concepto de los cursos impartidos. En caso de que los comprobantes fiscales digitales entregados por "LA UNAM" para que se le otorgue la aportación correspondiente, presenten errores o deficiencias, "LA COMISIÓN" dentro de los 3 días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a "LA UNAM" las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que "LA UNAM" presente las correcciones, no se computará para efectos de los plazos establecidos en los párrafos segundo y tercero.

Las partes acuerdan que no habrá, bajo ninguna consideración, revisión o ajustes a los pagos establecidos en este Convenio Específico.

QUINTA.- CONTRATACIÓN CON TERCEROS.

"LA UNAM" a través de "EL PROGRAMA" podrá contratar a terceros, siempre y cuando no exceda del cuarenta y nueve por ciento del importe total de este Convenio Específico.

SEXTA. RESPONSABLES

"EL PROGRAMA" nombra como responsable del presente Convenio a la M. en C. Mireya Atzala Ínnaz Gispert, Directora del Programa Universitario de Estrategias para la Sustentabilidad, con domicilio en Ciudad Universitaria, Edificio de los Programas Universitarios, Planta Alta, Circuito de la Investigación Científica, C.P. 04510, Delegación Coyoacán, Cuidad de México, teléfono 56 22 52 12 al 14, correo electrónico: pumaaunam.mx.

Por su parte, "LA COMISIÓN" nombra a la Lic. Silvia Arriola López, Subdirectora de Recursos Humanos, como responsable de la operación y ejecución de este instrumento, teléfono 50 95 32 65, correo electrónico: [email protected].

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Eliminado: Número de Cuenta Bancaria y Clave Bancaria Estandarizada. Fundamento Legal: Arts. 116, párrafos primero y segundo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 113, fracción I, y último párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 40 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la UNAM, 8º y 9º del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para la UNAM. En virtud de tratarse de datos personales concernientes a una persona identificada o identificable.
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CONVENIO ESPECÍFICO: CNSNS-026-16.

SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL

El personal de cada una de las partes que sea designado para la realización conjunta de cualquier acción derivada del presente Convenio Específico, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con la cual tiene establecida su relación laboral, independientemente de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones o lugar de adscripción de dicha institución.

Si en la ejecución del objeto del presente instrumento interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a las partes, éste continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dichas instituciones o personas, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con ninguna de las partes.

OCTAVA. PROPIEDAD INTELECTUAL

"LA UNAM", asume toda la responsabilidad por las violaciones que se llegaran a causar en materia de propiedad intelectual, de patentes, marcas y derechos de autor, con respecto a la propiedad de los trabajos materia de este Convenio Específico de Colaboración.

"LA COMISIÓN" reconoce que los planes, programas e instrumentos metodológicos que se utilicen en el desarrollo de los trabajos objeto de este Convenio, son propiedad de "LA UNAM" y debe dársele el tratamiento de información sujeta a derechos de propiedad intelectual. "LA COMISIÓN" acepta no alterar, quitar o modificar cualquier aviso de derechos de propiedad de la "LA UNAM" o de cualquier otra entidad que estén contenidos en el material educativo.

"LAS PARTES" convienen que la titularidad de los derechos de autor, en su aspecto patrimonial que se derive de las actividades objeto de este Convenio Específico de Colaboración corresponderá a "LA UNAM", dándole el debido reconocimiento moral a quienes hayan intervenido en la realización de las mismas.

"LAS PARTES" convienen que la publicación, producción y difusión de los resultados que deriven de este Convenio Específico de Colaboración se realizarán de común acuerdo.

Finalmente, acuerdan que ninguna de "LAS PARTES" usará el nombre, logotipo, marca y/o alguna otra figura regulada por la ley de la otra, para propaganda, publicidad, publicaciones científicas, notas, etiquetado de producto, o para cualquier propósito, sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte.

NOVENA. COMUNICACIONES

Las comunicaciones de tipo general, administrativo y académico producto de este Convenio Específico, deberán dirigirse, para el caso de "LA UNAM", a través de "EL PROGRAMA" al domicilio señalado en la cláusula sexta del presente, y para el caso de "LA COMISIÓN", al domicilio señalado en la declaración 11.4.

DÉCIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Queda expresamente pactado que ni "LA UNAM", ni "LA COMISIÓN" tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse durante la vigencia del presente Convenio Específico, por paro de labores académicas o administrativas, así como por otros casos fortuitos o de fuerza mayor, en virtud de los cuales alguna de las partes se encuentre impedida para cumplir oportunamente con los compromisos derivados del objeto del presente Convenio Específico.

Cuando el motivo del impedimento haya cesado, podrán reiniciarse las actividades objeto del presente convenio específico por acuerdo escrito de las partes, siempre y cuando continúe la

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Page 6: CONVENIO ESPECIFICO: CNSNS-026-16. CONVENIO ESPECÍFICO DE

HUTZ HARTMAN GENE 'AL

41,41.1 RANDE TEJADA

L ADJUNTO DE IST IÓN

NILLÉ S JURÍDICOS E

ACIONALES

ING. JUAN D.

SR. FRANC DIRECT

FI

DR. WILLIAM HENRY LEE ALARDÍN COORDINADOR DE LA INVESTIGACIÓN

TÍFICA

CONVENIO ESPECÍFICO: CNSNS-026-16.

necesidad de dar cumplimiento al mismo y se cuente con los recursos presupuestales disponibles.

DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA

La vigencia del presente Convenio será a partir de su firma y hasta el 01 de julio de 2016.

DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIÓN

Este Convenio Específico podrá ser modificado por mutuo acuerdo de "LAS PARTES", a petición de cualquiera de ellas, previa solicitud por escrito con 5 (cinco) días naturales de anticipación; en tal caso, las modificaciones obligarán a las partes a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD

"LAS PARTES" se obligan a guardar y mantener como reservada y confidencial la información que obtengan de la contraparte respecto al objeto del presente Convenio, que sea clasificada en esos términos por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento, así como, en el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para la Universidad Nacional Autónoma de México y normatividad interna, en su caso.

DÉCIMA CUARTA. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO

Las partes manifiestan que el presente Convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su debida ejecución, pero en el caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o cumplimiento, cada parte nombrará a tres personas para que en conjunto resuelvan de buena fe el conflicto.

No obstante lo anterior, en caso de no llegarse a algún acuerdo, las partes se someten explícitamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

Leído que fue el presente Convenio Específico de Colaboración y enteradas las partes de su alcance y fuerza legal, lo firman por cuadruplicado, correspondiendo dos ejemplares a cada una de ellas, en la Ciudad de México, a los 13 días del mes de junio de 2016.

POR "LA UNAM"

j1211 AZ GISPERT . EN C. MIRE

ECTORA m ' P OGR NIVERSITARIO DE ESTRAT GIAS PARA L • SUS ENTABILIDAD

POR "LA COMISIÓN"

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CONVENIO ESPECÍFICO: CNSNS-026-16.

ANEXO ÚNICO TÉRMINOS DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS

I.- LUGAR DE IMPARTICIÓN.- "LOS CURSOS" se impartirán en las instalaciones de "LA COMISIÓN" ubicado en Dr. José Ma. Barragán No. 779, Colonia Narvarte. Delegación Benito Juárez, C. P. 03020, México, D. F. "LA COMISIÓN" proporcionará el espacio físico para el desarrollo del curso.

II.- FECHA DE IMPARTICIÓN DE "LOS CURSOS".-

a) Procesos y Prospectivas del Sector Energético, de los días 20 al 24 de junio de 2016. b) Nociones Generales de APF, los días 16 y 17 de junio de 2016.

III.- CONTENIDO DE LOS CURSOS.

a) Procesos y Prospectivas del Sector Energético.

Objetivo general del curso: Los participantes podrán identificar y expresar los procesos y conocimientos principales del sector energía del sector energético

1.- FUNDAMENTOS: HIDROCARBUROS • ¿Qué es un hidrocarburo? • ¿Qué es una reserva probada? • Reservas probadas mundiales de petróleo • Reservas probadas en México de petróleo • Pequeña mesa de debate (15 min y escribe cada uno conclusión en 5 minutos más) ¿Qué puede usted decir del "peak oil"? • Reservas probadas mundiales de carbón • Reservas probadas en México de carbón

2.- FUNDAMENTOS: GAS • Reservas probadas mundiales de gas • Reservas probadas en México de gas • ¿Qué es el Gas Shale?

3.- FUNDAMENTOS: DERIVADOS DEL PETRÓLEO • ¿Para qué sirve el petróleo? ¿Qué se obtiene del petróleo? • Descripción de Diesel, Gasolina, Combustóleo y Gas Licuado de Petróleo • Importancia en el mundo de los derivados del petróleo • Importancia en México de los derivados del petróleo

4.-FUNDAMENTOS: ELECTRICIDAD • ¿A qué se le llama energía no renovable? ejemplos • ¿A qué energía renovable? Ejemplos • Descripción de las formas convencionales de generación de electricidad - Termoeléctricas

Carboeléctricas Ciclos combinados

- Nucleoeléctricas • Descripción de las formas de generación de electricidad de fuentes renovables

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CONVENIO ESPECÍFICO: CNSNS-026-16.

- Hidroeléctricas, diferenciación ambiental entre mini hidráulica e hidroeléctrica de gran embalse

Geotérmicas Eóloeléctricas Mareomotriz Fotovoltaica Biomasa

5.- ELECTRICIDAD - GENERACIÓN • ¿Cómo se genera la energía eléctrica en el mundo? • ',Cómo se genera en México? • j.Hacia dónde vamos? • ¿Hacia dónde deberíamos ir?

6.- CONDUCCIÓN • ¿Cómo se conduce la electricidad? • El Sistema eléctrico nacional

7.- TRANSFORMACIÓN • Las estaciones de transformación • j.Por qué es importante la transformación en el transporte de la electricidad?

8.- DISTRIBUCIÓN • Cómo llega la electricidad a los hogares, industrias y comercios • Tarifas eléctricas - Domésticas

Industriales Comerciales

9.- HIDROCARBUROS • Exploración • Explotación • Refinación y proceso

10.-TIPOS DE ENERGÍA REGULADOS POR EL ESTADO

b) Nociones Generales de APF

Objetivo general del curso: Al término del curso, el participante identificará la estructura que integra la Administración Pública Federal y Paraestatal, sus objetivos y funciones, para desarrollar su trabajo de una manera eficiente y eficaz.

1.- INTRODUCCIÓN O Marco teórico-conceptual ■ Aparición del Estado ■ Elementos del Estado ■ Gobierno • Administración Pública • Proceso administrativo

2. CONTEXTO CONSTITUCIONAL Y FORMA DE GOBIERNO • Nociones generales • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

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CONVENIO ESPECÍFICO: CNSNS-026-16.

• Objetivo y estructura de la Constitución

3. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL EN MÉXICO

o Nociones generales ■ Función administrativa y sus características ■ La Administración Pública Federal ■ Administración Pública Centralizada y Paraestatal ■ Administración Pública Descentralizada • Componentes

4.- CONTEXTO DEL SERVIDOR PÚBLICO FEDERAL • Servicio público como función del Estado ¿Qué es el servicio público? • Servicios públicos y sus características La prestación de los servicios públicos ¿Quiénes son los servidores públicos? El servidor público profesionalizado • Entorno funcional de los servidores públicos • Derechos humanos y el servidor público (Arts. 1 y 102) • Responsabilidades de los servidores públicos (Arts. Const. 108 — 114)

5.- NORMATIVIDAD SUSTANTIVA, OBJETO Y ALCANCES • Ley Federal de Responsabilidades de los servidores públicos • Los sujetos • Las obligaciones • Responsabilidades y sanciones • Autoridades competentes

IV.- PARTICIPANTES.- "LA COMISIÓN" integrará un grupo de máximo 15 (quince) participantes por cada curso objeto del presente Convenio de Colaboración.

V.- MATERIAL DEL CURSO.- "LA UNAM" entregará a los participantes inscritos por "LA COMISIÓN", el material didáctico requerido para los cursos (presentaciones y bibliografía se proporcionan de manera electrónica, a través de la página que se habilita para los cursos en el portal web del programa).

VI.- EMISIÓN DE CONSTANCIAS.- "LA UNAM" Entregará constancia de participación y constancia de certificación a cada uno de los participantes que cumplan con los requisitos siguientes:

• Contar mínimo con el 80% (ochenta por ciento) de asistencias. • Obtener calificación igual o mayor que 75 (setenta y cinco), para fines de certificación.

Las constancias serán entregadas por "LA UNAM" mediante escrito dirigido a "LA COMISIÓN", dichas constancias estarán elaboradas de acuerdo al formato de "LA UNAM".

VII.- CAMBIO DE PROGRAMACIÓN O CANCELACIÓN DEL CURSO.- Cualquier cambio en la programación o cancelación del curso, deberá ser notificado por escrito a la otra parte con mínimo de 5 (cinco) días naturales de anticipación.

VIII- APORTACIONES.- Al término del curso, "LA UNAM" entregará a "LA COMISIÓN" los Comprobantes Fiscales Digitales correspondientes a los cursos impartidos. "LA COMISIÓN" realizará el pago de la aportación a "LA UNAM" dentro de los 8 (ocho) días hábiles posteriores al término de cada curso.

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Page 10: CONVENIO ESPECIFICO: CNSNS-026-16. CONVENIO ESPECÍFICO DE

dlY

SR. FRA lot RANDE TEJADA DIRECTOR c-1‘4 AL ADJUNTO DE

- TAN

/S Y AD(VIIIIISTRACIÓN

CONVENIO ESPECIFICO: CNSNS-026-16.

DEPENDENCIA: LA COMISION NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS

Nombre del Curso Duración No.

participa ntes

Fechas Sede Costo

Procesos y prospectivas del Sector Energético

20 horas 15

Del 20 al 24 de junio de

2016

Oficinas de la Comisión Nacional

Nuclear y de Salvaguardias

$54,500.00

Nociones Generales de APF 08 horas 15

Los días 16 y 17 de junio

de 2016

Oficinas de la Comisión Nacional

Nuclear y de Salvaguardias

$20,500.00

Total: $ 75,000.00 (setenta y cinco mil pesos 00/100 M, N.)

POR "LA UNAM"

)44-- DR. WI IAM HENRY LEE ALARDÍN

COORDINADOR DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

EN C. MIREYA AT LA 1TVIAZ RT DiDtECTORA DEL PROGRAMA UNIVERSI ARIO

DEL ESTRATEGIAS PARA LA SUSTENTABILIDAD

POR "LA COMISIÓN"

ING. JUAN El HUTZ HARTMAN DIRECTOR ENERAL

LIC. M . PINTO CUNILLÉ DIRECT. DE ASUNTOS JURÍDICOS E

INTERNACIONALES

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Dirección General de Estudios de Legislación Universitaria Registro: 45792-2062-26-VIII-16 Partes clasificadas: Número de Cuenta Bancaria y Clave Bancaria Estandarizada, pág. 4. Fundamento: Arts. 116, párrafos primero y segundo (LGTAIP), 113, fracción I, y último párrafo (LFTAIP), 40 (RTAIPUNAM), 8º y 9º (RTAIPPDPUNAM). Datos personales concernientes a una persona identificada o identificable. Fecha y número de acta de la sesión: 07/04/2017 y CTUNAM/108/17.