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CATAU;NA y El COMERCIO PRIVILEGIADO Cal T AMERICA

Cataluña y el comercio privilegiado con América

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Història de Catalunya

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CATAU;NA yEl COMERCIOPRIVILEGIADOCal T AMERICA

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© José M.' Oliva Melgar

Publlcacions de la Unlversilat de Barcolona

Gran Via de les Corts Catalanes. 585

08007 Barcelona

I.S,B,N.: 84·7528-485·X

Dipósil legal. B.: 35.820-87

Disseny COberla: Teresa Jorda

Imprlmeilc DIARTS, S. A. - San! Jaume. 20 - Alpollel (Barcelona)

Tlra!ge: 1000 oxemp)ars

M,tE pn~QkJopord!"n ;t(

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INDICE

Prólogo . 7

IntroducciÓn 11

CliP. 1: LA FUNDACION DE LA REAL COMPAÑIA DE COMERCIODE BARCELONA A INDIAS 171. t. - la Compai'ira privilegiada como fórmula viable de expan-

sión comercial a mediados del alglo XVIII. 171.2. Gestación y nacimiento de la Real Compai'ile; de las

reuniones del Comercio de Barcelona 11 la primera ex·pedlclón 21

Cap. 11: EL REGIMEN JURIOICO DE LA COMPAt'lIA DE BARCELONA 332.1. El marco general; La r8al cédula de erección. 342,2. Las ordenanza! Internas 50

2.3. - la .lnstrucclÓn de 188 reglas y formalidades en la ha·bilitaclón y apresto de los naO/ios. . 57

2.4. Las reformas del régimen lurldico . 602.4.1. La ampliación a Cumaná . 60242. _ Modiflcaciones en las ordenanzas Internas 64

2.4.3. Nuevos cambios: supresión de la direccióncolegiada y trienal 66

2.5. los limites a los privilegios. Las peticiones denegadasa te CompañIa . 70

Cepo 111; LOS HOMBRES EN LA GESTlON DE LA COMPAF:lIA DEBARCELONA 773 1, El nUcloo dlrectlyo barcelonés. 77

3.1.1. - Los equipos directivos de la Compañia deBarcelona 78

3.1.2. - Comerciantes matriculados, Junta de Comer·clo y dirección de la Compañia de Barcelona. 85

3,1.3. - El secretario de la Real Compañia . 913,2. los agentes ante la Corte 933.3. Factorea y factorias de la Compañia de Barcelona. 97

3,3.1. Algo más que una lactorla: la representaciónen C6dlz . 98

3.3.2. las lactarlas amerIcanas y su organización. 1033,4, Los hombres de mar . 118

3.4.1. El capltán·maestre de la Compañía de Bar-celona 119

3.4.2. los patrones y capitanes de barcos fletadospor la Compañía 132

pr ido dar

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Cap. IV: RECURSOS FINANCIEROS Y RESULTADOS. LA COMPA¡QIADE BARCELONA COMO SOCIEDAD DE CAPITALES 1374.1. - El capital en acciones. 138

4.1.1. Constitución y evolución del capital social t404.1.2. Beneficios contables, repartos de dividendos

y depreciación de las acciones de la Comopañís . 150

4.1.3. - El cuerpo social de la Compañía: los ac·clonlstas 160

4.2. Los recursos aienos . 1664.2.1. La evolución de las imposiciones al 3 % 1684.2.2. Los .Imposltores. o .premlhistas. de II Como

paflfa de Barcelona 176Gap. V: ARMAMENTO NAVAL Y COMERCIO: LA COMPA!QIA DE

BARCELONA COMO EMPRESA MERCANTIl 1815.1. - los vehlculos del comercio. La flota de Is Compatlla 181

5.1.1. Las embarcaclonea propias de la CompañIa 1815,1,2. I as embarcaciones fletadas . 2005.1.3. - La flota de la Compañia. Visión de conlunto. 206

5.2. - Comercio y navegación an la Compañia de Barcelona. 2105.2.1. las expediciones comerciales 2105.2.2. La inseguridad en el comerCiO: naufragios y

apresamientos. 2185.2.3. - Duraciones y rotaciones. Los tiempos del

comercio , 2275.2.4. Rutas y destinos . 234

53, _ El ritmo del tr;Uico Periodización de la actividad merocantil de l. Compañfa de Barcelona . 2385.3.1. Observeclones de conlunto 2385.3.2. Tres etapaa de l. actividad de la Compatlfa de

Baceelona 241Cap. VI: EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE LA COMPA!QIA.

CLAROSCURO DE UN COMERCIO PRIVILEGIADO. 2516.1, El comercio de Id. , 251

6.1.1. Algunos problemas previoa . 2516.1.2. - Las grandes cifras. La evolución de las ex·

portaclones 2576.1.3. - la estructura de las exportaciones de la Com-

pañia . 2676.2. - El comercio de retorno. 285

6.2.1. - Las grandes cifras. La evolución de las Impor-'acloMa 287

6.2.2. - La estructura de las importaciones de la Com-patll, . 295

REFLEXIONES FINALES. COMERCIO PRIVILEGIADO: LIBRE Ca-MERCIO m

Apéndice documental 331Fuentea documentales 399

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PROlOGO

Como los agullrdientes catalanes que viajaban a América, la obrade José María Oliva es el fruto de una larga y cuidadosa destilación,Afldaluz asefllado en Catalul'ia, el autor gozó de la oportunidad de con·sultar alternativamente, con ritmo estacíollal, los archivos disponiblesjunto a su lugar de trabajo en la Universidad de Barcelona y los fondosdepositados en el Archivo General de Indias para acercarse al tema quele ha ocupado casi diez ai'los de su vida profesional: la Real Compai'llade Barcelona para el comercio de Indias.

Esta dilatada trayectoria que hoy culmina se iflicló con la rlldllcciónde la tesis de licenciatura, donde ya se abordaban algunos aspectos re·latlvos a la Compai'lla. que aparecia como algo més que como un mero_episodio •. segun la consideración que merllciera a Pierre Vilar. La tesisno fue publicada. pero sirvió de base para una amplia contribución alPrimer Congreso dll Historia de Andlllucía. celebrado en Córdob3 a rinesde 1976. A continuación dio comienzo la tarea de allegar los materialesnecesarios para escribir la tllllls dll doctorado. que tue defefldlda enseptiembre de 1982 ante un tribunal compuesto por Valentín Vézquez dePrada, Emlll Glralt, Pere Molas, Antonio Garcla·Baquero y yo mismo. y cuyoresumen apareció al año siguiente editado por el ServiCio de Publica­ciones de Ja Universidad de Barcelona.

A partir de ahí se abre un periodo de maduración. en el transcur.odel cual el autor presenta diversos avances de sus conclusiones a [aconsideración de Jos especialistas, al tiempo que amplia el contenidode su investigación para afrontar problemas de notable envergadura co­nectados con la temática princIpal. Singularmente publica en 1984 un aroticulo que. partiendo de la resistencia ofrecida a la CompañIa para eldespliegue de sus actividades en Santo Domingo. con$lituye una im·portante reflexión sobre el sentido del comercio privilegiado y de la po­trtles mercafltlllsta aplicada por los gobiernos borbónicos en el ámbitoamericano. En diciembre del mismo año. su contribución al Primer Con·greso de HistorIa Moderna de Cataluña planteará una problemátlca prác·tlcamente Inédita. la toma de posición de la burguesfa barcelonesa antela promulgaclófl del Decreto del Comercio libre de Barlovento de 1165.uno de los Jalones en el camino hacia la cancelación del sistema depuerto unico en el trélico colonial.

De este modo, el libro de Jos!! María Oliva se ha beneficiado de este

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proceso do decantación definido por la confrontación crítica con otrasopiniones y por la profundilación en los aspectos mas generales y demayor trascandencia de la polltica colonial de los Barbones, contempladadesde el observatorio de la Real Compañia y de sus impulsores. 105 hom·bres de negocios de Barcelona. En el camino a la imprenta la tesis Ini.cial, que se ha hecho más Incisiva y rotunda. ha perdido sin embargouna parte no desdenable de su caudal informativo, sacrificado a las exi­gencias e<litorlales con gran pesar del autor y con lllgún detrimento paralos Jectores. pero susceptible de recuperación a través de otras mono·grallas. como la dedicada a fa biografía de la .Perla de Cataluna. o laentregada a las Segundas Jornadas de Estudios Cataiano·Americanos y re­lativa a las Importaciones de algodón con destino a la industria catalana.

La obra se inserta. por otra parte. en el marco de on debate hlsto·riográflco que ha despertado el Interés de los especialistas y que serefiere a la función desemperlada por el comerCiO americano en la eco"nomía catalana de finales del Antiguo Régimen y, más allá. al alcancedel reformismo económico de la dlnastra borbónica. En este sentido. lapresente Invesllgaclón se suma a otros trabajos aparecidos en fechasrecientes: el de Josep María Delgado en torno al Impacto que sobre Co­taluno ejerció el Decreto do Libre Comercio promulgado en t778, el deJosep Marfa Fraderll acerca de las tronsformaclones experimentadas porel mercado exterior catalán en los <lnos de transición y el mío propiosobre los orlgenes de la presencia de Catalui'la en la Carrera de Indias.En este contexto se incluye por tanto también la conlrlbución del autoral Coloquio celebrado en El Puerto de Santa Maria en diciembre de 1985con el fin de díscutir las consecuencias que para las diversas provInciasde la Mon.,rquia. en Espllña y en AmérIca. tuvo la politica comercia! de losBorbones.

En resumen. el libro de José Maria Oliva aparece como fruto sazo·nado de una trayectorIa coherente de investigación sobre la Compllñlade Barcelona y sus implicacIones. ImplicacIones que aluden al procesode toma de conciencia colectiva de la burguesía mercantil catalana. a larolaclón entre comercio privilegiado y liberalización comercial, a 111 in·serclón del tráfico colonial en el sistema económico catalán. a los límI­tes del reformismo mercantlllsta del Setecientos. A partir de ahora sa­bemos a ciencia cierta cuál fue el orIgen. la evolución y el destino finalde la Compañía de Barcelona. un Instrumento privilegiado al servicio delos Intereses del grupo más dlnamlco de la burgueslll catalana del XVIlt.un Instrumento que finalmente cayó en desuso ante la aparición de fór­mulas más en consonancia con las nueves orientaciones de la vida eco·nómica. pero que no se consumió antes de brindar su particular contri·buclón a la expansión de la economla catalana de fines del AntiguoRégimen.

A partir do aqu¡. sin embargo. debemos ceder la palabra al autor,ya que no es posible, sin sufrir con la comparación. decir nada más acer-

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ca de la historia que ha reconstruido para nosotros José Maria Oliv¡¡,ayudado de su rigor metodológico, de su penetración inquisitiva y tam­bién de su bella prosa clentitlca.

Carlos Martfnel Shaw

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INTRODUCCION

Aunque este libro Intenta, como tod3 Investigación, cubrir un vacioen nuestros coooclmlentos sobre la Cataluña del siglo XVII!, en realidad.parte de notables precedentes. La historia de la Real Compañia de Co­mercio da Barcelona a Indias contaba ya. entre otras. con las páginasQue en 1931 dedicó a ella Frederlc Rahola en su Comercio da Cala/uñacon América an el siglo XVII/. Se ha de reconocer que. en cuanto a laCompai'iia, Rahala dibuJó un cuadro que resultaba. más que nada, unaapelogla Idealizada de su actividad y de sus dirigentes a partir de unadocumentación escasa y poco sistemática. Pero su libro Sirvió para que,tras él, pocos historiadores de la economía catalana setecentlsta hayandejado de hacer, por breve que fuera, alguna referencia a la Compañiade Indias.

La aparición en 1962 de la magna obra de Pierre Vllar. dedicada aanalizar La Cafa/ogne dens I'Espagne modeme, representó un importantecambio en las perspectivas historiográficas catalanas. Desde entonces.los historiadores Interesados por la economia catalana del siglo XVIIIhan contado con una referencia ineludible. También con un modélico es·tudio de .hlstoria total •. En él, Pierre Vilar tuvo como preocupacIón fun·damental la construcción del conjunto y la caracterización de los meca'nlsmos bésicos de comprensión. además del diseño del método a seguir.Por eso. habiendo asentado los fundamentos económiCOS de las estruc­turas generales, al9unos aspectos particulares Quedaron voluntariamentesólo esbozados. Uno de éstos fue. precisamente, el episodio de la Com­pal'ila de Indl&!, lo que no quiere decir que Plerre Vllar renunciara a re·pensar las informaCiones disponibles y a proporcionar magistrales re·fle)(iones sobre el acontecimiento supuesto por la asociación de capitalescara al comercio colonial.

Algunos años después. la presencia de V!llentín Vézquez de Prada alfrente del Departamento de Historia Moderna y Contemporánea de laUniversidad de Barcelona dio lugar a 12 Iniciación de trabajos orienta·dos hlleia la temétlca del comercio de Cataluila con América. El origenconcreto de la Unea de investigación surgIda entonces tue la refle)(lóndel propio Vázquez de Prada sobre Las rutas comercie/es entre Espallay Amcrica en tll siglo XVIII. Presentada en 1969, en esta ponencia resal·taba la creciente Importancia de la participación de las .burguesfaa pe­riférlcas, en el comercIo colonial. Este sugerente planteamiento quedó

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el hecho decisivo radicó mucho más en la proliferación de las iniCiativasespontáneas que impulsaba a las pequeñas saetias y polacras mediterrá·neaa a sobrepasar la barrera de Cédiz y dejar atrás la etapa del simplecabotaje, Ahora bien, mientras llega el momento en el que la navega·clón atlántica se convierte en cotidiana para el conjunto de la marinacatalana -lo que no ocurre sino en las últimas décadas del siglo-, elpapel representado por las embarcaciones y los hombres de la Compn­ñia privilegiada ocupa un lugar destncado en la escena. Sin duda, conla Compañia, Cataluña pudo contar con una base, más firme como enti­dad juridlca que como sociedad de capital autocentrado, sobre la queconsolidar definitivamente su participación en el comercio y el mundoamericanos,

la actividad comercial de la Compañía de Barcelona tuvo, por con­siguiente, un doble carácter de culminación y de contlnuldad. Culmina·ción de una trayectoria que, en realidad. se habia iniciado desde que lasIndias fueron conocidas por los europeos y que, precisamente. nació através de contactos con los mismos espacios que dos siglos más tardecompondrían el ámbito de acción inicia] de la Compañia. es decir, SantoDomingo, ademés de Puerto Alco y la Margarita. Aquellos cont8ctos,timidos y discontinuos, mantenidos por Intermedio de aquellos puertosque. como Sevilla y Cadíz y lisboa e, Incluso. Gibraltar, se comunicabandirectamente con el mundo colonial, condujeron finnlmerlle a la adqui­sición y control de mecanismos comerciales suficientes como para re­ducir la escala en la cabecera del monopolio a un mero, aunque muy en·gorroso, requisito administrativo y fiscal, De esta forma, desde los añoscuarenta del siglo XVIII. hombres, mercancías y barcos catalanes, apo­yados en el .Aeal Proyecto de 1720., el instrumento juridlco que con­solidó el sIstema de navegación en .reglstros sueltoa., se abren pasohacia los puertos americanos. Las etapas finales y decisivas del largoproceso que desembocÓ en estas e~pediciones ya _directas. fueron ana­lizadas en detalle por Carlos Mortínez Shaw. Sus conclusiones parecenmostrar que las dieciséis expediciones catalanas registradas entre 1740y 1156 suponen el limite que se podía alcanzar bajo el monopolio gadi­tano. Por elto, al mismo tiempo que la conciencia de la llegada a estacota brinda vna de las principales razones que movieron a loa comer·clantes barceloneses a asociarse bajo la rubrica de la Real Compañia,ésta aparece como el elemento de continuidad necesario para proseguirla expansión del comercio colonial catalán a mediados del siglo XVII!.

La primera evaluación de los materiales preexistentes permitió plan·tear los interrogantes esenciales y formular las hipótesis principales.Del intento de completar el conocimiento de la Compañía de Barcelonaen sr mioma, se podía pasar al de cooperar al esclarecimiento de lascaracterísticas reales de las compañías privilegiadas españolas y do suauténtica funciór¡ en el comercio colonial del siglo Ilustrado. Del examendel alcance del movimiento comercial de la Compai'ifa, el punto de mirase podio. dirigir hacia su concreción en forma de beneficios y hacia suposible participacIón en el proceso de acumulación de capilares en la

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Cataluña del siglo XVIII. Y, por no seguir detallando, aparecia como olroobjetivo de particuler interés -en releclón, edemás, con las investiga·ciones más recientes sobre el comercio coloniel anterior. coetáneo yposterior al de la Compañía- el establecimiento del lugar reservado ala fórmula especillca de la Compania privilegiada, contrapuesta al ca·mercio no privilegiado y. en especial, enfrentada al libre comercio. Enefecto, delimitada la relativa importancia cuanlltativa de los contactoscomerciales directos de la primera mitad del siglo. se entienda que losnego<:iantes barceloneses tuvieran Que elegir entre dos vias, e~cluídas

las ilegales. para proseguir la expansión de sus relaciones comercialescon América: una, le intensificación de los esfuarz.os por la participaciónen el monopolio gaditano mediante la precaria fórmula de las solicitudesde permisos Individuales para las eXP6dlclones: la otra. mientras nohubiese a la vista nada mejor. )0 formación de una Real Compañía quecon sus privilegios asegurara el disfrute de facilidades fiscales y sufl·clente cobertura juridica. No es que a partir de la fundación de la Com­pañía fuesen desdeñadas laa empresas particulares. dedicadas con sin·guiar é~lto al comercio de fletes en la Carrara de Indias: pero la aso­ciaCión bajo la protacción real pudo ser planificada como una fase Inter·media en las aspiraciones de la burguesla mercantil barcelonesa. faseseguramente necesaria. en tanto que el libre comercio no fuese más queun punto apenas previsible en el horizonte colonial.

El contenido de la Información proporcionada por las fuentes dlspo·nlbles, asl como la propia naturaleza multilateral del objeto de estudio,han aconsejado organizar los resultados del trabajo de forma temática.siguiendo diferentes acercamientos al episodio económico y social re·presentado por la Compañia de Barcelona. Sus actividades se manlfies·tan, en la relllidad. a través de una complejidad de aspectos simultáneose Implicados mutuamente. Por eso. en la ellposlclón es necesario adoptarun orden lineal que vaya recorriendo las diversas perspectivas. No su·frirá por elJo la cronología. Todos los aspectos fundamentales serán tra­tados también desde un punto de vista diacrónico al emerger su evolu·clón a través del tiempo en los diferentes capitulos del libro. Asi, seráestudiado el proceso de gestación y de fundación de la Sociedad (capí­tulo ti: su complejo marco jurídico e Institucional prIvilegIado y sus al­teraciones (capítulo 2); la participación de los dlstmtos grupos soclo­económicos catalanes en la gestión da la Companía. tanto en su gobier·no y dirección como en otros cometidos. Que no resultaban menos im·portantes [capitulo 31; los medios financieros con que contó la Sociedad.la evolución de los capitales propios y de los recursos ajenos y susresultados (capitulo 41: las bases materiales mediante las Que la Comopañía desarrolló su actividad. medida. en primer lugar. a través de lamarcha de sus e~pediciones comerciales [capítulo S). para establecerdespués la evolución y la estructura de las ellportaciones y de las im­portaciones de la Compai'iía (capitulo 61. Un último apartado. presentadoa manera de conclusión. serviré. más Que para hacer un cómodo resu·men, para refle~ionar li.Obrc los clementos más carllcteriladorcs de In

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Compaft:a de Barcelona, como tal sociedad mercantil privilegiada, enbusca de su slgnilicado en 111 Sllno del dllspilegue comercial catalén dela segunda mitad del siglo XVIII. Este balance final pondrá de manifiestoque 111 Compaí'lla de Indias habla cumplido ya, al finalizar los años se­tenta. la función que le habia correspondido dentro del dinamismo eoo·nómico de la Cataluña de finales del Antiguo Régimen, dejando paso anuevas formas de comercio colonial, señaladamente la acogida bajo elsistema de libre comercio. Esta será, aunque e~lge matizaciones, la jus­tificación de su slgllos8 desaparición.

El desarrollo y comprobación de las hipótesis y de los Interrogan·tes principales ha contado, como uno da los soportes documentales demayor solidez, con los _Registros de Contratación_ del Archivo Generalde Indias da Sevilla. Otras secciones del mismo archivo, como las deGobillrno. Juzgado de Arribadas y, sobre todo, la de Indiferente General,han re!'ultado también muy fructíferas. De igual forma, diversos fondosdel Archivo General de Slmencas, an particular de las secciones de laDirección General de Rentas y de las Secretadas de Marina y de Ha·clenda, han sido también de gran provecho. El ArChivo Histórico de laCiudad de Barcelona conserva copias de todos los balances generalesde la Compaí'lia. base documental primaria de uno de los capitulas deeste trabajo. Otros mucllos problemas han sido resualtos gracias a lavariada y rica documentación del magnificamente catalogado ArchivaHistórico de Protocolos de Barcelona. otro pilar documental de primer or­den. Fondos de otros archivos, como 61 Histórico Nacional. el de laCorona de Aragón y el de la Junta de Comercio de Barcelona. han sido.en general, de menor utilidad. pero han permitido conocer y e~amlnar

parcelas también importantes en el desarrollo de la actividad de la Com­pañia de Barcelona. Sin ambargo. algunas dificultades relativas a la do·cumentación no han podido ser superadas de forma totalmente satis·lactaria. la de mayor alcance ha sido la Imposibilidad de localizar elgrueso de la contabilidad Interna de la Compaí'lla, cuya conservación ensecreto era privilegio reconocido a la Sociedad. En su búsqueda. he Ile·gado a e~asperar a tantos pacientes archiveros y bibliotecarios que eldebido agradecimiento a unos y a otros no podré individualizarlo. Vayaa todos ellos. resumido en la relación de fuentes utilizadas. el recono·cimiento de ta deuda contralda. No slampre sus asfuerzos por ayudarmedaban los resultados apetecidos. Tal cosa ocurrió, por mencionar sólodos archivos IIn cuyos fondos habla depositado muchas esperanzatl. unmis insistentes Indagaciones en el Archivo Histórico del Museo Mari·timo y en la Biblioteca de la Cámara de Comercio. ambos de Barcelona.

Soy también gran deudor de muchas otras personas. En el pltlnoestrictamente clentiflco. la referencia a las obras mencionadas más arri·ba ya pretende Incluir mi agradecimiento y admiración a sus autores.A otros historiadores también debo mucho. Basta repasar los menclo·nadas más reiteradamente en las notas al pie de las páginas slgulel1les.Mis compañeros del Departamento de Historia Moderna de la Universidadde Bercelona. IIsí como otros colegas, merecen aqul una evocacIón a9ra-

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decida por su estimulo constante y amable. No quiero citar nombres:pero la regla exige alguna excepción. Desoyendo su resistencia ma­uifiesta, quiero hacer pública mi gratitud hacia Carlos Martinel Sha.....El fue més que el director de esta Investigación cuando fue presentadacomo tesis doctoral y quien ha sido més que el mentor de esta nuevaversiÓn del trabajo. Su guía científica no ha conocido horarios ni limita­ciones: su sentido de la amistad, como muchos otros aspectos de supersoualldad. sobrepasa con mucho lo habitual y hace que mi saldo conél sea imposible de equilibrar. También, a pesar de negérmelo su vo­luntad discreta. quiero testimoniar que. en el esfuerlo que ha supuestola realización de este trabajo. tanto en el archivo como en las horas iu­terminables de redacción y de elaboración material. nUl'lCa me ha fal­tado el amor. ja compañia y la colaboración Intensísima de Eulalia Be·Ilón. mi mujer. No exagero si afirmo que ella es tan autora de este IJbrocomo yo.

Todos ellos aun quienes han aportado lo que de bueno pueda en·contrarse en las páginas siguientes. Reclamo para mi. en cambio. laresponsabilidad exclusiva de todos los posibles errores u omisiones queen etlas se hallen y la decisión de lo que. en esta versión de la primitivainvestigación ha sido incluido o excluido. No ha dejado de serme dolo­roso el sacrificio de algunas partes del contenido original de le tesis.desmesurada en su extensión frente a las lógicas condiciones requeri­das a la hora de la publicación. Ha sido necesario amputer aquellosapartados sólo lateralmente conectados con la argumentación principal.Algunos de ellos han dado motivo para otros trabajos: otros permaneceninéditos en el texto de la tesis. la simplificación del aparato critIco eraotra natural exigencia editoriel. Si con la fundación de la Compañia deIndies barcelonesa se acometía una aventura comercial. no menos aven­turado comercialmente resulta hoy publicar obras de autores cuyosnombres dicen poco o nada en el escaparate da las librerlas. El ServiciOde Ediciones de la Universidad de Barcelona ha querido correr ese riesgo.TambIén es de ley que vaya por delanle mi afectuoso agradecimiento asus responsables.

José Maria Oliva MelgarBarcalona. 22 de Marlo de 1987

MatE prcegdoporoer

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los comerciantes barceloneses, vanguardia de las iniciativas económicasdel Principado, adquiriaron temprana conciencia de su propia capacidady de haber completado un ciclo dentro de la trayectoria que comenzó adesarrollarse a finales del siglo XVII l. Se cuenta también en Cataluñacon las condiciones imprescindibles para un comercio activo y favorable,tales como la suficiencia de los sectores productivos para sostener lasexportaciones y la disponibilidad de capitales, aunque ésto último lo seatodavía en una medida bastanta modesta y, sobre todo, muy dispersa.De esta manera, a mediados del siglo XVlII ha emergido una activa bur·guesla catalana, cada vez más centrada en Barcelona, grupo con el queJ, Vlcens Vives construyó la imagen de una primera generación burguesacuyas expresiones más caracter1sticas serán, precisamente, la Raal Comopañía y la Junta Particular de Comercio de Barcelona'. Ambos Instru·mentos, al tiempo que caucea de sus espiracIones colectivas, deben en­tenderse como frutos de la conveniente adaptación a laa Circunstanciasdel momento,

Los contactos indirectos y las expediciones colonlalss de los arioscuarenta habían permitido explorar las amplias posibilidades de bene­flclos del comercio americano; pero, también. se habla tropezado con lainflexible tiscalidad y con el peligro de [as trampas jurídicas que e[ mo­nopolio gaditano Implicaba para los barcos aislados. Es la experienciaya adquirida [a que hace mirar a los hombres de negocios barceloneseshacIa una fórmula como la de la compsñla privilegiada, toda vez quecua[quler esfuerzo en pro de [a libertad de comarcio sería prematuro~.

Al margen ds la oferta do medios de transporte quo la marina catalanacomIenza a representar en ClIdiz, las vías abiertas por el momento paraIntroducir la producción del Principado en AmérIca -y no se vls[um·bran, salvo el contrabando, otras poslbilidades a mltsd de sig[a-- erantres; prImero, la participación como cargadores en las flotas y registrosgaditanos, lo cual originaba múltiples conflictos a los comerciantes ca·talanes desplazados a G6diz '; en segundo lugar. e[ precario Instrumentode los permisos conseguidos individualmente para envIar registros suelotos. y, en tercer lugar, la formaciÓn de una compañia privilegiada quecontase con collCeslones importantes. La última de astas fórmulas ofre­cra indudables ventajas hacia 1750: con la bendIción real y con sufIcientesprivilegios. e[ peso de la fiscalldad seria menor y [as expediciones con·

3. El comltrclo colonial catlll/in a lo lergo de toda esta primera tase hasido estudiado en protundldad por C. Martfnel Shaw. Calaluña en /a Ctlrrerado Indias, 1680-1755, Barcelona, 1981, rocogléndose ltn el párrafo anterior 01 sen·tldo de una parte de las .Considarecionn flneles. que clorran dicho estudio.

•. J. Vlcens Vivas, 'C<>yuntura ecooomlce y reformismo burgués_, en Co­yuntura económica y reformismo burgués y otros estudios de HjSlorle de Españe,Bercelooll. 1969, pp. 28-29.

5. P. Vilar, Cale/unye dins" .. vol. IV, p. 520.6. El prlnclpal, en torno al vIno catalán en Cádil. Véaso C. Martinel Shaw.

•EI Tercio de Frutos de la Flota de Indias en el siglo XVIII., ArcMvo Hispalense,n.' 171 (\g73I, pp. 201·211.

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e!lte Siglo lomaron este empeno retrahe a los ComerciantesParticulares y de aqu( resulla el Publico abandono del ComercioNacional sin cargo. ni culpa de ninguno de sus Vndlvlduos...•

AsI pues, en la creación de la CompañIa de Barcelona coincIdendeseos y reslldades, asplrac[ones y necesidades, además de intereses deorigen diferente, pero que llegan a yuxtaponerse. Es patente la aspira·clón de [a burgues[a barce[onasa de ampliar y consolidar su particIpaciónen e[ comercio americano. Al mismo tlempo, los hombres de negociosde Barcelona buscan organismos de representación y acción colectivas,bien que bajo una forma que no tenga aspecto de reivindicación. Conrealismo, sin propugnar reformas quiméricas ni, seguramente, partiendode una linea polltlca deflnlda; pero. a cada fase de progreso económico,la burguesia mercantil barcelonesa adquiere mayor desarrollo y presionapara obtener mayores ventaJas". No sorprende, pues, que la complacen­cia mostrada desde el gobierno hacia la formación de compañias privile­giadas fuese aprovechada por los grandes comerciantes de Barcelonapara tratar de superar 105 Inconvenientes del sistema colonial centra·IIzado en Cádlz.

Pero todo el esfuerzo habrla sido vano. y las gestiones conducentesa la fundación de la Compañía no habrlan llevado a nade, si ésta no sehubiese generado en el seno de la onda expansiva que prevlamante hit'bla hecho que las naves y mercanclas catalanas llegaran al otro ladodel Atlántico. La creatividad de estos años y el sentimIento compartidopor los miembros de la burguesla barcelonesa de estar pisando los um·brales de una época de objetivos más amplios se aunan a la favorablecoyuntura de los cincuenta. Asio la Real Compañia de Barcelona, primararealización colectiva de la burguesla de negocios de la capital, vio aucreación avalada y preparada desde tres cuartoa da siglo antes por unapaciente labor de construcción de BUS fundamentos a través de la expe­riencia que las anteriores relaciones coloniales catalanes proporciona­ban. Loa hombres que serian aus directores conoclan ya el comercio co·lonlal, los que serian sus factores estaban ya familiarlzadoa con los merocedos americanos, los llamados a ser sus marinos eran expertos en lanavegación atléntlca y hasta algunos de 8US barcoa hablen particIpado yaen la Carrera de Indias ". Por tanto, la CompañIa de Barcelona no nacecomo un artificio desconectado de la realidad económica -como pareceque ocurrió en otros proyectos coetáneos. condenados por ello al abortoo al fracaso prematuro- ni improvisando una precipItada homada de di.rigentes y empleados. sino que su creación y puesta en marcha, al Igualque el desarrollo de las releciones comerciales catalanas con el exterior.no ha dependido de proyectos ni de voluntarlsmos sin bases Bólidas. Porlo mismo. si estas consideraciones han sido ecertadas. se comprenderá

11. J. Vleens VIvas. _Coyuntura económica ..... pp. 25,26: I8mbl6n. P. VIlIr,Cataluf/Y. dln$ ..., vol. IV. pp. 519-520.

12. C. Mart(nez Shaw, Cat.luña en /11 C.tfftr..... p. 198 Y p. 28-4.

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bien porqué los proyectos precedentes de crear una gran compañía decomercio en Cataluña. acariciados largamente desde los tiempos de Fe­Ilu de la Penya!J. estaban destinados a no cristalizar: hasta la décadacentral del siglo XVIII no se dieron las condiciones que hemos visto con·fluir para convertirse en la base sobre la Que pudo erlg!rse la Real Comopai\la de ComercIo de Barcelona a Indias.

En deflnltlva. una ve~ Que el crecimiento económico de Cataluña h&­bia dado lugar hacia 1750 a la aparición de un auténtico grupo burguéspara el que el comercio colonial representaba una de las perspectivasmás prometedoraa. estos hombres trelaron de acceder a los instrumen·tos más adecuados para dar cauce a sus aspIraciones. Así. mientras quevariantes de la tradicional companyfa seguian tenIendo plena vigencia enel comercio. en la construcción naval y en otros negocios. la Real Com­pañia prlvlleglltda recogerá el empeño colectivo antes de que fueran res­taurados los Tres Cuerpos tradicionales del Comercio barcelonés. Se tra·taba de compagInar lo deseado con lo posible y la aceptación. Incluso lepropuesta. de le fórmula que contaba con la prodllecclón gubernamentalse presenta como la vla mAs transitable e mediados del siglo XVIII, sinser ni un punto de llegada ni un punto de partida. sino una fase y U/I

medio más para proseguir la expansión comercial catalana en el sigloIlustrado.

1.2. - GESTACION y NACIMIENTO DE LA REAL COMPAfilIA: DE LASREUNIONES DEL COMERCIO DE BARCELONA A LA PRIMERAEXPEDlClON

los esfuer~os que desembocaron en la fundaciÓn de la Real Comopai\la de Barcelona fuaron inicIados en 1748. es decIr. sólo tres años des·

13. le Idea de crear una gran comp8l'lia que abriese 81 mercado amencano• la economla cala lana venia alendo K8rlclada al menos desde los tlempl» deFellu de la Penya quien propuso. como parte fundamental de au plan de reno­vación econ6mlc. c.talana. l. cresclón de una gran compatira Integradora queunllt8e todos los recursoa económicos y soclalea de Catalul\a (FenlJ de Cat./unyll. Compadro de fllS 1In1lguall l1t1mdelllll y mediO/! parll "movllr/u. B.rcelona.1&aJ. reed.• cargo de H. Kemen. Barcelona. 1975, caps. X al XVII). Este tipode .Companla lotal. nunca se hlro reand.d. pero .Igo de este modalo estuvoI.tlando dUnlnte mucho Ilempo en CSlalulis. A ssle proyectlsmo dlldlc.n .Igl>­nas liMas P. Vllar, c,,11I/unYII dlnll.... vol. 11, pp. 39&400, Y P. Molas. ·La deca­dencia gremial a Barcelona. 1680-1836•. en Economl. I Soc/etal a/ lIeg/e XVIII.BarcelON. 1975. p. 71: del mismo••Neolorallsme I represa econ/)¡nIC&; el re9­nal de c"r1ell 11 •• en HISlórla de Cal/duoya, Barcelona. 1978. vol. IV. pp. 124-125.M4s tarde, en 1720. el ioteodente don RodrillO Caballero IratÓ de Hevar • lapr6cllc. Ulla R.O. tendente a qua todos los puertos peninsulares de ImportancIacolabor.ra ... eo el abuteclmlento de América. pero el resultado eo B.rceloo.fue 1I01.mente una sollcilud similar a los de las Cortes de 1102 y 1106. listo es,demandes de toneladas de registro en las propl.s flotas de Clidlr. Sobre todoelfo. véaae tambllin. J. Carrera Pulal. Hlsrorlll PoIlrICII y Econdmlc. de Cllf"luilll.Slglrn XVIII! XVIII. Barcelona. 1946-47. t. 111. pp. 3-4 YJ. Mercadar. fellp V I CII­tll/unya. Barcelona, 1968. pp. 243-245.

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pués de que el comercio catalán hubiese comenzado o explorar sin In­termediarios el mercado alTltlrlcano. En dicha lecha. la marina catalanacontaba ya con once experiencIas atlántIcas y. una vez iniciadas las ges·tlones conducentes a la creaCión de la Compai'ifa. los fel1ces resultadosde las expediciones que se continuaban realizando no haclan sino con·firmar las buenas perspactlvas y las posibilidades de mejorarlas w.

Esta prehistoria de la Compañia de Barcelona, que por tanto dIscurredesde 1748 hasta 1755, se desarrolló a través de raunlones da los hom­bres de negocios más Interesados y mediante laa gestiones llevadas acabo en la Corte. Cade reunión en Barcelona, cada gestión en Madrid.constltulan un paSO adelante, de liarlos de los cuales ya han dado cuentaelgunos historiadores I.l. Sin embargo, también se hall reiterado algunoserrores. El más espectacular es el cometido por F. Soldevile al dar porbuena la lecha de fundacIón de la Compai'ila sei'ialada por A. BoneventuraGassó quien. escrlblando de memorla en t816, Ollotó 10 fecho de 4 demayo de 1751. Esta error. ya detectado por P. Vllar". fue cruzado conotro de F. Rahola. quIen unificó las fechas de publicación de la Cédulade Erección y de les Ordenanzas Internas en la de estes últImas. esto es.el 11 de abril de 1756. Ante estas dos fechas, F. Soldelll1a, y con élP. RomevlI que le sigue al pIe de la lotra. se decidió -qulzlis para nocontradecir e nadie- por Inventar una Compaf'ila de Barcelona previa ela (/IIIca que exlstfó realmente. La Compai'ifa excogltada habrfa nacidoel 4 de mayo de 1751 y fracasarla estrepltosamente nada más ser creadaa causa de los fuertes gastos ocasIonados por la _fundacIón de Nuell8Barcelona_. la apertura de nuevas vlas de comunicación y la competenciade los registros particulares 1'.

El primer paso en firme para la fundación de la Compai'ifa de Barce·lona se dio oficialmente el 2 de abril de 1748. fecha en la que se reunle·ron. presididos por el Marqués de Puerto Nuevo. Regente de la Real Au·

14. P. Vllar estudió detalladamente los resultados econ6mlcos de una deestn e~pedlelones, la protegcnll.flda por Is fragata NO S- de MOfllsertat 811 1749.de cuyo belanee flnll resultan unos beneficios del 36 "f" (Cata/unYrI dIM.... vol. IV,pp. 503-517J; al estudio ponnenoozado de todas e,'" e~pedlelones colonialesdl~CIIlB en C. Marllnez Shaw. Clltrl/uffa rln /a Car~ra ...• "p. pp. 142,198 Ypp. 262-269. Por mi parte, hice un esfual70 de C\l8nUflceclón en .La aportacióncatalana a fa Carrera de Indias en el sIglo XVIII., Aetaa dllf / Congreso de Hls·tof/a de Anda/uela. l. IV. Anda/vela Moderna. Córdoba, 1978, pp. 113-131.

15. los hlslorladoraa que más concretamente se han ocupado del nllCl­miento de la ComPfit'ila de Barcelona son F. Rahole. Comar<:lo de Catalu/l8....pp. ~7; J. Carrera PuJal. Hlstorls EcOfl6mlcs..., t. 111. pp. 314-3t5; A. Rulz yPablo. Historia de /a Junla Particular de Comercio de Barcelona. Barcelona. 1919.pp. 12-13 Y P. Vllar. Ca(alunyll dlns ... , vol. IV, pp. 519-520.

16. A. BOl1avllJ1tura Gsssó, EapBfIa con Indua/rla fuerte y rica...• Barcelone.1816. p. 31; P. Vllar. Cata/unya dlns...• Vol. IV, p. 519.

11. F. SoldllVlla, HIStórl1l de Ca/B!unys. Barcelona. 1962 (l.'). p. 1210; F. Ra­rola. Comercio de Cat.luña.... p. 66; P. Romeva Ferrer. HIStOria de la /fldua/rleC.ra/ana. Bercelona. 1952, p. 110. Por otre Pfirte. la ciudad de Nueva Barcelonahebfa sido fumleda. an reallded. m's de medio siglo antes. V6ase P. VII•. J~nOrpl. L'Home da l. Novfl Cara/unya. 8..celona. 1961.

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dlencla. un total de 39 comerciantes barceloneses que se autocallflcancomo .el Comercio de Barcelona •. los reunidos apoderaron a seis deellos (Bona"'enlura de MUans. Dom~nec de Dunln, Bemat GlOria, JaumeGullrdla. Francesc Oller y Bartomeu Cassas) para flrmar .el Prolecto deComp', que debe formarse mediante [a Real AprobacIón de S. M" paralas negociaciones hacederas en América. a imItacIón de otras formadasen el Reyno...•, Se decide también el nombramIento de un agente enMadrId -que será el eficaz Bernardo Mario- y la desIgnacIón de dosdiputados para desplazarse a la Corte con el objeto da realizar las ges·tlones necesarias 11. Destaca [a e:o:preslón .Comercio de Barcelona •. bajocuya representación los 39 firmantes se atribuyen plena capacidad, asfcomo la alusIón a las otras compai'ifas ya e:o:lstentes que parecen habersido tomadas como modelo. Pero toda",la no parecIó oportuno hacer nin­guna mención a la otra aspiración colectiva, la del restablecimiento delos Tres Cuerpos tradicionales del comercio de Catalu/'ia.

El 22 de abril de 1748 la comisión de apoderados designó a BernatGlbria y a Ramon Picó como _diputados... que en nombre de todo esteComercio puedan comparescer ante S. M. y reales MInistros, y presentenal Plan, o Proiecto de la referida Comp·....., y con capacIdad para .am­pilar, restringir o variar qualquler capitulo •. Asl, GlOria y Picó marcharona Madrid con un proyecto ya redactado a partir del cual emprenderlanla negociacIón, Hubo que pensar también en las cosas menos sublimes ytados los firmantes se comprometIeron a costear mancomunadamente laestancia y demás gastos de las gestiones 19.

Pero este Intento no tuvo por el momento resultados pos[tlvos, ytanto el proyecto como la mIsión de los dos dIputados fueron rechazadosen Madr[d. Esto supuso una Interrupción del proceso que se prolongóhasta el atollo de 1754. lo ocurrido en ealos seis años será rememoradoen 1755. una vez que todo habia culminado felizmente lO:

18. A.H.P.S.. Sebastl. Prata. Escrituras 11. fo!. 132. los 39 com8rt:lantes fir­mantes aon los sIguIentes: Bonaventllta de MUáns: Domt.nec de Durén: Fraocescda Busquets: P8ra da Ourán: Frarn::esc de elota: Josep Smandla. cnos. hdos.:Bemat GIOr/a: Josep Sadttml; Ramon Plc6: Josep Pulguriguer: Josap Mall:h:Esteve Matas; Fraocesc Rolg: Aguat{ Glbert: Jaume Guliordla: Pllra VlIlllla; Fratl­cesc Oller; Josep Buhlgu: Dombnec Glapert: Joan Pau Gispert: Josep Velada:Joan Vldal: Josep canas: sertomeu Cassas: Frarn::esc Arboll: Antonl 8oet: Do­ménee Ga[up: Doménee Verde9uer: Antonl Morell: Franc8sc Terradellas: FrancescPl/ilet: Pere Geesell: Frarn::esc Gaudencl Pulg: Anton Segui; Joan Pongem: Mi·quel PuJol y Fraoce"", Auglrot. lodos vsclnoll de Barcelona '1 .qua componen elComercIo de eata Cludsd.; además estuvIeron presentes Francesc Sarrat, apo­derado d8 JOS8p Sarrat, su padre, y Gregorl Franch, .extra da esta convoca<:16n •.Esta documento ya llabla sIdo cItado por V. VlizqUllZ da Prsda, _las rutas c~

marciales..... p. 223 Y por P. Molas.• la Junta da Comert:lo d8 Barcelona: susprecedentes y su base social •. AnuarIo de Hlstorls EcorlÓmlcs y Social. (1975).p. 256: ademh debl6 aer conocido por J. Carrera PuJa!. aunque no ro cita. yaque alude a [as gestionas da 17411. v6ase. HJsloris EcondmICll.... t. 1Il, p. 314.

19. A.H.P.B., Sabasthlo Prats, Escrituras V. fols. 164-165 y fols. 132·133.20. Este relato figura en Is escritura que da fe de [o aprobado en otra

reunión dol comercIo de Barcelona celebrada el 16 de Julio da 1755 IA.H.P.S..Sebas!l' Prats, Caplt\!lorum IV. fols. 63-66).

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al que no disfrutara de ningún tipo de régimen de monopolio.b) que pudiera hacer la carga y el registro oficial de ella en

Barcelona.cl que contara con una sustancial disminución en los derechos

de exportación. a condición de que sus navios y las manu­facturas exportadas fuesen nacionales. con prohibición ab­soluta de exportar hiena y otros metales. En los retornos secobrarlan Integras los derechos de importación, excepto losde las materias primas neceserias para 11515 manufacturasnacionales.

dI que se [e permitiera llevar esclavos a Santo Domingo, PuertoRiCQ. La Margarita. Trinidad. Curnaná, El Orinoco y. subsidia·rlamente, a la Isla de Roatén, en la Bahla de Honduras.

el que la tutura compañia pudiera nombrar sus propios cargosdirectivos. axcepto el de .Contador Prlnclpal_, que seria nomobrado por el Rey y tendrla la misión de comprobar el fielcumplimiento de todo lo acordado.

Otras sugerencias de Nangle, como las exenciones personales a losdirigentes da ia Compañia, tlenlto menos Importancia. pero completarlanel programa perfectamente mercantilista que sus propuestas suponen.En el texto finalmente aprobado >l. las condiciones anteriores se tragua·ron SÓlo parcialmente. Por ejemplo, la rona propuesta -Honduras- noquedará más que como autorización para enviar alll 10 registros en unplazo de t2 sños. mientras que el áres de acción definitiva coincidir'bastante con aquellos lugares en los que Nangle recomendaba la impor·taciÓn de esclavos. Tampoco existirá ese .Contador Principal. CQn fun·clones fiscalizadoras. ni est8rá prohibido a la futura compañia exportarmanufacturas extranjeras ni hierro y otros metales. Pero, como se ve, yaunque sea desconocido el proyecto llevado por los representantes bar­celoneses, el contenido de la Real Cédula de creación de la Compañiade Barcelona fue fruto de las negociaciones llevadas a cebo desde elotoño de 1754 hasta la primavera de 1755. En estas fechas vuaiven a re­editarse las reunlone8 escrituradas de los comerciantes barceloneses.debiendo ser entendidas, por tanto, como la8 formalidades necesariaspara doter de represllntatlvldad jurldlca a los actos dll los apoderados ydiputados. que se hallan en Madrid desde septiembre de 1754.

El f8 de mItro de 1755 vuelven a reunirse. ahora en númaro de 53,los comerciantes que dicen representar al .Comercio de Barcelo........

2'2. Véue mh abajo. apart.do 2.1. _ .EI marco lIenet.1; la Re-I elidul.de Erección ••

23. A.HP.B.. Sebasl16 Prets. ElICTllllru XII, 101. 71. H.y 14 billa. respectode la lista anlarlor y 28 altas. La mayorla de 181 b.8¡.. raspanden a 'allllclmlell­lOS y s.Dr'I 113 slgulentea: Pere de Our'n: bep Smandla: Francesc Rolg: PareVllella: Josep Velada: Bertomeu CaSlU: Antan Boal: Antonl Morell: Fr....ce'cGaudencl Pulg: Anton Segul: Mlquel PuJol: Jollep Sarral, &tItllMS de GlOria yPicó. qua se hallan en M&tIrld. loa 28 I'HJ"VO!l flrman!"a aon: Frar>cesc de MI-

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por centrar el nacImIento de la Compaj'jla de Barcelona en una lecha de·termlnllda. ésta bien pudIera ser la oticlal de dicha publicación.

El 4 de mayo de 1755 es expedida la Real Cédula de Erección de laCompañia de Comercio de Barcelona e Indias. Como veremos más ade·lante al examinar su contenido. con!!ta de un breve preámbulo y de 27condJclones o capitulo!! que liJan. entre otros aspectos generale!!, su~ona de acción prlvllegleda, la.!l lineas mae.!ltras de .!IU funcionamiento, lanaturale~a y alcance de los privilegios de la Compañia y, también. suslimitaciones.

la misión de Bernat Gloria y Ramon Picó se pudo dar asl por terml·nada por 10 que hacia a la creación de la Real Compañia. de forma quepudieron regresar a Barcelona. El regre!!o no se produjo hasta Junio de1755 y fue demorado en alguna medida por asuntos de Interés particularde Gloria, quien supo compaginar las gestiones encomendadas por suscolegas con los negocios propios. en los que no estuvieron de más lasbuenas relaciones adquirIdas en los pasillos de Palacio n. los redactoreade La Galeta de Barcelona consideraron que el acontecImIento era dignode una nota en portada 3,

.Se restituyeron de Madrid, Don Bernardo Gloria y Don RamónPicó. que consiguieron de la Piedad del Rey, el establecimientode una CompalUa en este PrIncipado para negocIar en América,y ya el Comercio tiene sus Juntas para formar Ordenanzas, re·clblr Acciones, y dar prIncipio a la Empresa. cuyas resultas seprometen favorables •.

Tal como se anuncia en la Ga~eta de Barcelona, aún eran necesariasnuevas reuniones para poner en marcha la recién creada CompañIa. Elcapitulo XIX de la Real Cédula prescrIbe que. InmedIatamente que hayasido publicada, se ha da reunir .el Comercio de Barcelona. para elegiruna comisión de doce de sus miembros que se encarguen de nombrar alos tres primeros directores. al contador y al tesorero. El capitulo XXsenala que esta comisión. en unión de los directores. contador y tesare·ro. redactaré las Ordemm~1I8 /nternll8 para el gobierno Interior y funclo·namlento de la Compañia. Posteriormente serán elel/adas al Rey para'u aprobación.

21. Por ejemplo, en marzo de 1155 obtuvo la exención de la bolla de losderact\oa de entrada y salida de B.arcelnna y de embarque pera Cl!idl~ de 1.lIOlIuniformes de Pl'fto pera el Ej6rclto sobre los que antes habla conseguido el co­rresponodlente nlento para fabricarlos. negocio en el QIHI tsmbl6n pertlclpabaBonavenlUta da MUéna: otros negoclos similares siguieron al citado. segun otrasexenciones conseguIdas en dIciembre de 1155. Por lo menas hasta diciembrede 1151 estJ.lvo alorla rflcoglendo los Il'\Ilos paniculares de au estancia enMadrid. En esa fecha, fue lll"denado e la Tesorerla de Hacienda el pago a GlOriadel costo, cosl8ls y Hetes hasta C6dlz de 200 pedreros con llave hechos Isbrlcaren Barcelona. Todas utss m,t1clu proceden de A.a.S.. Secretsrls y Superinten­dencia de Hacienda. leg. 57.•Avlsos de Indln•.

28. La Gnll/a d" BllrC"IQfJII. n.· 28. Si\bsdo 12 de Jullo de 1755.

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Consecuentemente. el 16 de julio de 1755 se reunieron en el propiodomicilio de Boneventura de Miléns un total de 48 comerciantes. Se diocuenta de todas las gestiones realizadas al objeto de recabar la aproba­cIón de los presentes. se rememoraron las reuniones de 1748. se expll·caron las dIficultades habidas entonces y. también. el final feliz de la pro­longada gestación de la Compañia. Al mismo tiempo se hizo saber laobligada espera para la obtencl6n del otro objetivo colecllvo del comerciocatalén, el de le recuperacl6n de sus tradicionales Instltuclones marcan·tlles, y que quedaba encargado de ello el hábil Bernardo Marin. cuya re·conocida eficacia h)zo considerar innecesaria la presencia de ningún di.putado barcelonés en Madrid 29.

Pero hubo más cosas de Interés en la reunión, Por ejemplo, el anfl·trl6n. Bonaventura de MlIéns, '0'10 reconocido expresamenle su protego­nlsmo en el proceso ~ Incluso se hizo constar que anticipó el dineronecesario-. aunque. en realidad. este reconocimiento ya se venia ha·clendo al encabezar su nombre todas las relaciones de comerciantesdesde 1748. Mayor Importancia tuvo que se propusiera

' __ .acelerar los aprestos de algunos géneros y buques para hilzerconocer a la Corte lo activo y ejecutivo de nuestr. Nación, ypareciendo bien estos .vlssos dispusieron le compre de dosbuques y algunas mercadurles...•

Pero, como en otras ocasIones. las decisiones ya estaban tomadasde antemano e, Incluso, eJecutades, porque las gestiones para la comprade la fragal. N' S' de MonlsemJI y del plnque N' S' del Pilar. doa barcospioneros del comercIo coloniel catalén. ye esteban más que avanzadas alconvocarse esta reunl6n de Julio de 1755 JIl. Flnelmente, se decldl6 laconvocatoria de otra reuniÓn más pare elegir a los doce Integrantas dala Junta Comlsloneda.

El 25 de agoslo de 1755 luvo lugar esta olra reunIón ". En ella, ade­más de ser comunicados formalmente ciertos cambios Introducidos enla Cédula de Erección. fueron elegidas las slguleotes personas;

Boneventura de Mllana. nobleFrancese de BusQuets. nobleDomenec de Durán, nobleFrancesc de Clota, nobleBernat Glbrla. ciudadano honredoRamon Picó, ciudadano honradoAgustf Gibert I Xurrich. CIudadano honradoJaume Guardia, ciudadano honrado

29. A.H.P.8.. Seb,lstlil Prats. Capltulorum IV. fols. 63-66.JO. V~ase m6s abajo. apartados 5.1.1.1. - .EI plnque o paquebote N' S' del

Pilar y dol Rosario. y 5.1.1.2. _ ,La fragata N' S' de Montserral y San Antoniod9 Padlla. (9) • La Parla de C.talll"a•.

31. A.H.P.B.. Sebas!lil Prets, Capitulorum IV. tols. 77-83.

"M 'ltE pr( gido por den

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- Josep Puiguriguer i CladnsFrsncesc OllerEsteve MstasJosn Vidal

Todos estos nombres, al margen de que varios de ellos se han rei·terado '¡la en estas péglnas, deben resultar familiares a 10ll conocedorelldel comercio catalén del siglo XVIII y se estará de acuerdo. a tenor delalto porcentaje de personas de rango noble y de ciudadanos honrados.un que esta elección parece combinar lo mas granado y activo del ca·merclo barcelonés con el prestigIo socIal dentro del grupo.

El 3 de septiembre de 1755 se llevó a electo el nombramiento delos primeros dirigentes de la Compañia ll, no molestándose los miembrosde la Junta en pensar en nadie ajeno a olJs:

11 Oi,ecloffU¡:

2) COlltador:3) 1e$0"lfo:

Bonavulltura de MilénsBernat GlorIaAguat! Gibert I XurrichRamon PicóDOr11(lnec de Durilll

Fue necesario elegir a otros cinco comerciantes -lo que se hariael 9 de septiembre-- para volver a completar la Junta Jj y proceder a laredacción de las Ordenanzas Internas. As! ya pudo enlilarse la recta fInaldel proceso que dio paso al funcionamiento real de Is recién creadaCompañIa.

El 9 de enero de '756 la Junta Comisionada aprobó el proyecto deOrdenanzas Internas después de varias sesiones dedicadas e redactarloe Inmediatamente fue remitido al Consejo de Indias. El 5 da febrerode 1756 el Fiscal del ConueJo emitlO su dlctámen. plenamente favorable"';

_No aflCuantra an alguno de sus capítulos de los 93 que COITt­prehende. cláusula. ni circunstancia que sea reprobable por sertodaa muy equitativas y prudentes (... ) por lo que parece alFiscal se podrán aprobar por aora •.

Finalmente, tras la consulta real, el 11 de abril de 1756 fue expedidala Real Cédula de Aprobación de las Reales Ordenanzas Internas de la

32. A.H.P.S, Seballlll Pratl, C/lPitulorum IV, foil B54lIl. lu tlabla :Ildootorgado poder p¡lrl ello el 25 de agallo Interior IA.H.P.S.. Sebn!l. Prall. El'erltUrn XII, 101. 259).

33. Se"'n lo. siguientes: Anton frlocelC de Mlláns. Pere Geelell. 00rrHl·ntK: Verde{juer. frall(;ese Pugel y JOln POO1Iem, menOr (A.H.P.S.. SIlbasU. Pralll.Capllulon/m IV, fol •. 9fi.97]. Tamb"n fua n&cesarlo olorgarlel poder para quepudl$$/ln p¡lrtlelpsr en la redaeelón de tas OrdenallZlS Internas (AH.P.B.• Se·ba"llI Prall. Escrltu". XII. fol. mI.

~. A.G.l., Gobierno. Sto. Domingo.leg. 1.UIO y Contralaelón, Invenlario IV,leg. 5.005.

"Mal r PI"( ,Ior

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Compa/'iía de Barcelona B. Unos días antes, el 6 de abril. don Julián deArriaga habla hecho llegar al Intendente de Catalui'ia. como .Juez Conser·vador. de la Compai'ila y representante de la Administración en el Prin­cipado. una .Instrucclón de ras Reglas y formalidades que se han depracticar en Barcelona. lIl• Es el remate del edificio jurídico que precisabala CompañIa privilegiada para iniciar su andadura.

Con todo allo, nada faltaba ya para el funcionamiento de la maqui·naria económica, social e Institucional que nacla con el nombre de RealCompa/'ila de Comercio de Barcelona a Indias. El 18 de junio juran suscargos los dirigentes del primer trienio; el 2 de agosto toman posesiÓn ny. cinco dias més tarde, apenas estrenados los cargos -lo que pruebaotra vez Ql.le las decisiones y los hechos precedían a su formallzeción--.los noveles directores avisan a la Secretaria de Marina que hacia mitadde mes esperan tener la satisfacción de ver hacerse a la vela la primerade las embarcaciones de la Compañía. Será el plnque N" S' del Pilar,destinado a Puerto RIco. La Margarita y S.mto Domingo. A este barco.que ya Cantaba con experiencia atlántlca, le correspondió llevar a bordolos primeros factores de la Compañia de 8arcelona y. en su bodega. lasprimeras mercancías de su comercio JI.

Por fin. pues. se ha convertido en realidad una de las aspiraciones deaquellas decenas de hombres de negocios barceloneaes, protagonistasdesde la cúspide de los beneficios y de las Iniciativas, de la expansióndel comercio catalán en el siglo XVIll. Estos hombres han apostado porla compaf\ia privilegiada y ahora ya la tienen en sus manos tras un largopr()(:eso do gestación ". En este porcellO llama la atención. además de laobstinada voluntad por conseguir la mela propuesta, la filiación de laCompanla respecto del medio centenar de comerclantea que. una y otravez. se autodeflnen como el .Comarclo de Barcelona •• Sus nombres son,efectivamente. los que componen el gran comercio, y la Administraciónacepta sin reparos la representativldad que dicen ostentar. Al margen deque entre ellos se respete una Jerarquía -reflejada bien en las diferenteselecciones-, no hay duda de que estos hombres se muestran como ungrupo con entidad y personalidad proplaa. y no podemos olvidar quedesde 1755 se llevan a cabo conJul'llamente las negociaciones para lacreación de la Compailfa y para el restablecimiento de los tres Cuerposde Comercio.

Pero el gran comercio es sólo la cúspIde. que descansa sobre una

35. A.G.I., Contratación. Inventarlo IV. leg. 5.005.36. A.G.I.. Contratación. Inventarlo IV. leg. 5.005.37. A.H.P.S .• Sebastl~ Prats. Escritures Xlii. lols. 122·t23 y 185.38. A.G.! .. Goblarno. Sto. Domingo. leg. !.tOO. No obatenta. estll primera

expedición no se Inleló hastll el la de septlambra de 1756 (A.OJ.. Contratoclón.InvltOtarlo tIl. leg. 1.452l.

39. P. Vllar escribió que hubo una fasa relativamente réplda da creación(Catalunya dlns.... vol. IV. pp. 519-520). Posiblemente. su afirmación se daba aque no tiene en cuenta los acooteclmiantos anteriores II 1755 ya que pone enduda las noticias que ofrlS(;e J. Carrera Pujal sobre las reuniones dlt 1748. qulzbal r.. laclonarlas con los errOreS da Solclevila y Romeva. comentados más arriba.

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CAPITULO 11

EL REGIMEN JURIDICO DE LA COMPA#rlIA DE BARCELONA

Toda compaflía privilegiada de comercio, por su propia neturaleu ypor el origen de su concesión. habla de contar con un merco jurídico pro·pio. Este marco debe ser entendido desde una doble perspectiva. En pri­mer lugar. como la capacitación legal para el disfrute de diversos privl·leglos cuyo conjunto supone facultades que estaban vedadas al resto dolcomercio. Pero. en segundo lugar. ese mismo régimen Jurldlco determinalas fronteras -legales y. también. geográficas- dentro de las cuales laSociedad IlQzará de sus privilegios. aspecto restrictivo que no convieneolvidar. Todo ésto se contiene en las condiciones aprobadas en el mo·mento de su creación. ésto es. en la Real Cédula de Eracción a la que,ademés. deben ajustarse las normas acordadas para su propIo gobiernoy funcionamiento que componen las Reales Ordenanzas Internas. En elcaso de la Compañia de Comercio de Barcelona ya hemos visto cómoamboa documentos jurídicos llegaron a ver la luz. Sus contenidos hansido estudiados en algunas ocasiones', pero son muchos los espectos onlos que es preciso profundizar. También habrá que ocuparse. aunque setrata de una norma inferior en rango legislativo. de la .Instrucclón delas Reglas y formalidades que se han de practicar on Barcelona en lahabllftaclón y apresto de los Navíos... de la Comp' de Barcelona •.

Con las condiciones. garanlfas. restricciones y privilegios conteni­dos en estos instrumentos. la Real Compañia inIció su actIvidad. Sin em·bargo. fruto de la e~periencia. en unos casos. y como nueva ilustraciónde la convergencia de Intereses entre Administración y admInistrados. enotros. pronto se vio la conveniencia de alterar parcialmente el marco ju-

1. F. Rehala. Comercio de Cala/l/lia.... pp. 92,97; J. Carrera PuJel. Hl,torllJEconómICIJ .... l. 111. pp. 31~·315; P. VlIar. Cala/l/nYIJ dlns .... vol. IV, pp. 522-524;IIdemAs. l. Real Cédula de EreCCión fue rilproducida por F. Rehola. Comerciode Cat.luñlJ...• pp. 191 Y ss.. Y las Ordenanzss Intel1\llS por M. A. Vila, .la RealCompanls de Comercio de Barcelcn. en Vene~uelll (1752·1816)., Revista deHistoria. l. (CsrllCa" 1960). n· 2 Y 3. pp. SiHl2 y pp. 59-99. Por olre parte. R. Ricolinsge ha estudIado comp;lrllllvamente las Reales Códulas de dlveraas cam­panr,. aspaf'lolas en, UIS Reales CompaillllS de Comercio con Amérlcll. Ssvl·lis. 1964. as; como M.' J. Malilla Qullé. ·Las compaMas privilegiadas en IsEsp;ltla dsl Antiguo Rl!glmen. en La ECOIlQI1Iia espaiiolll al final del Anti¡1lI0 RII­glme,,_ IV. l"slltl/doncs, Madrid, 1982. pp. 269..103.

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r¡dlco. Se incorporarán así novedades tan Importantes como algunos cam·bias en el sistema de dirección de la Compañía y como la ampliacIón dosu área de acción privilegiada a la Provincia de CumanA. finalmente, de­limitadas las fronteras Que, a través de su legislación particular. se otor­gaban a la Compañia de Barcelona, es necesario no olvidar que su activi·dad sa enmarca dentro de la legislación general vlgonte en el comerciocolonial español del siglo XVIII. En ella, el Real Proyecto de 5 de abrilde 1721), y fas disposiciones complementarias que le siguieron l. es elque más de lleno Incide sobre la Compañia puesto que, entro otras cosas,por referencia a la Tabla de Indias del Proyecto fueron establecidas susexenciones fiscales.

2.1. - EL MARCO GENERAL: LA REAL CEDULA DE ERECCION l

En el preámbulo de este instrumento jurldlco fundamental. ee fijecomo objetivo de la Compañía el de .restablecer el comercio de misVassallos en las Islas de Sento Domingo. Puerto·Rico. y la Margarita_,para lo cual el Rey viene en .dlspensar 1I la misma Compai'ifa las graciasque se expresarán_, es decir, las contenidas en los 27 capitulas o articu­las de que se compone la Real Cédula de la Compañia de Barcelona. Al·gunos de sus artlculos aluden a circunstancias muy generales. Otros es­pecifican detalles particulares. Además. los aspectos tratados aparecenen un orden que dilJculta el análisis lineal de su contenido. Se hace aslmés convonlente distribUir los diferentes artlculos segun las materiasque regulan. aunque ésto suponga deshacer el orden original del docu·mento y repetir la relerencla a aquellos que abarcan más de un asunto.quedando organizado el estudio de la Real Cédula a través de los temasde mayor relevancia.

a) Amblto del comercio de la Compama: Su determinación es el pun°to de partida de la Cédula, ralÓn por la cual figura ya en el preAmbulo.Pero es en el capitulo I donde se establece formalmente, señalando lasislas de Santo DomIngo, Puerto Rico y la Margarita como el área de ac­ción de la Compañia de Barcelona. Además e(l le conceden .dlez Regis­tros de doscientas toneladas, 1I doscientas, y cinquenta cada uno. paraHonduras, y provincias de Guatemala, y los podrá desfrutar en doce. /)quince años de termino. (cap. VIIl.

IndIcado lo anterior. es necesaria alguna precisión en torno al pre·tendido monopolio a favor de la Compafi[a con el que han contado algu·nos autores, error que proviene de la Importación Indebida del modelo

2. Un detallado estudio del Real Proyecto en A. Garcia-Baquero. C6diz yel At!lJnt/co...• vol. l. pp. 197·210; véase tambIén. GJ. Wa\ker. PuNtlce españoley comercio coIorrlel, 1700-1789. Barcelona, t979. pp. 14G-146.

3. Reproducida en el Apéndice n' l. A causa de ello queda e~cusada lanecesidad de remItir constlmtemente al te~to de la Real Cédula con IlOtas. 11·mlt'odome a Indicar el CllpllUlo al que Se alU1l"e.

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de las grandes companlas europeas creadas en el siglo (Interior '. De lalectura de la Cédula de la Compañía b(lrcelonesa no se desprende nin­guna Idea de monopolio o e~clusjvldad: lo único que se hace, en el ca·pítulo I y en los que desarrollan los privilegios de la Compañia. es deli­mitar el espacio geogr¡'ifico en el que rigen las e~enciones nscales y de­mós venlajas que convierten a la CompañIa en privilegiada. Pero, si sequiere insiStir en la descallticaclón de la idea del monopolio. baste con·siderar que, antes y después de 1765, los barcos de la Compañía no fue·ron los únicos que marcharon a las islas señaladas l o, como vercmosdespués, que en tantas ocasiones como la Compañía pidió algún tipo deexclusividad recibió como respuesta la más contundente de las negativas.Debe, por tanto, quedar sentado que la actividad de la Compañia de Bar·celona no nació sobre monopolio comercial alguno: lo que estaba a sudJsposiclón era una delerminada zona de acción donde su comercio podlaser ejercido con ventaja sobre sus competidores. Pero nada más. En lasrestantes compañías privilegiadas españolas ocurría lo mismo: única·menle le GUipulcoana logro en 1742 una concesión monopolfslica sobrela Provincia de Caracas que permaneció vigente hasta 1781 •.

las ralones por las cuales tueron asignadas precisamente las Islasde Santo Domingo, Puerto RJco y la Margarita al comercio de la Comopañla de Barcelona están poco claras. F. Rahola explicó la elección deeste ámbito como producto de una calculada previsiÓn de loe comercian·

4. Esta errones Idaa aOl halla muy generslizada y, por citar solamenle ma·nuples ds ampila dIfusión O trBOalo, con tinalldad dlvullladore, véus J. VlcensVives (dlt.). Historia Ecooómlcrl da E8pañll, Barcelona. 1912 (9."1. p. 522, Y L. N¡¡.varro Garel•. HlspaflO8m~rlca en 01 siglo XVIII. Sevilla. 1979, pp. 61-62, quienparts de la bue de que el monopollo es la esencia da todas les eompll'lles es­panotas del siglo XVIII. Una reciente reaperlclón. en el capitulo redBCllldo porJ. J. l6pez González de la Historie Generel de Espa/la y Am6rlclt, Madrid, 1983,t. X·1. pp. 312·313. quien en dos ~glnu eparllntemente bien Informed8B con­sigue reunir mi.IChos errores sobre le CompaiHa de Barcelon•. lo mismo queA. Jutlller.• l·ElIOlucló demográfica, lIConilmlca i cultu.el de Cetalunya si se·lile XVlIl., Pllmer COO'1réS d'HlstÓfJe Moderne de CetaluAya. Bercelona. 1984.vol. 1. p. 596.

5. A.G.I.. Contrateclón. Inventa.io 111. leg. 2.902·A n.· 1. .Ubro de Registrode Salldae y Venidu. 1739--1710. y n· 6. _Libro de la Contoourla de Reglamen.tos de Asientos de Salida de Embucaelollfls de Cidiz pere lodles. 1718·1718_.además. los eKp8dlentes Individuales de los registros en la mlsme Secci6n deCOntratación del A.GJ.: también en A,H.N" Coosejos Suprimidos, leg. 21.058.e~p. 10.·, .Certlfk:acl6n del escribano de Haciende de Santo Domlnllo de tod<lslos relllsfrOS, berces. comisas y presas llegados e Santo Domingo. 1754·1711 •.

6. R. Rico Unalla. Lal< Reeles Campa/Has" y M.' J. Mstllla Quid, .Laseompallles prlvllsglooas...•. en ningoln caso pueden aludir a la concsslón deauténticos monopoJloe terrltorialas. a axcepción del c.so de la Compei'ile deCall1Cu. El capitulo V de le Real Cédula de e81e Campenla dice: .No obstanteeste ConlretO. Vo concederé si lo tengo a bien. a qualesquleta de mis demilsVasallos, lIeencles SIlfTlltj8ntes iX'" Careces en Iguales o diferentes clrcuns·t.ncles...•. Sin embargo. por R. D. de 11 de julh;l de 1742. la Con,pai'ila Guipuz·coana logro el monopolio del comercio coo la Provincia da Caraces. qua par.manecló vlgenfe haste el 14 de feMaro de 1761. Véase. R, H. HUS8ey. The Ce­rllC•• Company.... pp. 60--64 Y p. 296.

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tes catalanes quIenes .háblles y prácticos. señalaron tres mercados quenadie codIcIaba para no mover recelos •• añadiendo que .no deblan ex­cederse en la petición, que lo Importante era inIciar la cosa y que suextensión se originaria de la fuer~a y continuidad de la acción_ '. Es obvioque esta explicación no pasa de ser una suposición apoyada sólo en unarelatIva lógica y que. sin conocerse los proyectos originales del comen;iobarcelonés. cualquier argumentación sobre ello es arriesgada. No obs­tante. sugeriré que le designeclón de tal ámbito sobrepasabe lo ofrecidoy no alcan~aba lo deseado. Varias cin;unstanclas IncItan e hacer algu­nas conjeturas: al la idea. expresada por Carvajal en 1745, de que laCompañia que se formase en Catalul'la. una de las doce que Integrabansu plan. deberla ocuparse del comercio con La Española 1; bl el diclámende don Diego Nangle. que sel'lalaba Honduras con la Idell de IItllJllr. me­diante la Compai'ifa, el contrabando Inglés de pillos tintóreoa, Intenciónque quedó en forma de concesIón -Q imposIción-- de die~ registros. yque, en cuanto El las Islas. IEl propuestEl se reducla a IEl Importación deesclElvos; el los presumibles deaeos de los comerciantes ban;olonesesquienes. a pesar de no haber promovido ninguna expedición dIrecta a la~ona antes de 1755, no erlln ajenos al comercio indirecto con ella e, In·cluso. a una ciertEl tradición catalana que arranca desde el propIo si,glo XVI '. Y d) la ampliacIÓn en 1761 del comerCiO de la Compañia a Cu­maná. que diflcilmente puede considerarse fruto de la magnenlmldad es·pontánea de loa gobernantes y, en consecuencia, el carácter do compen­sación quo a ello puede otorgarse Elnte la insatisfacción InlclEllmente oca­sionada.

A esto mismo pudo responder la inclUSión de la Margarita. Isla muycercana a la costa de TIerra fIrme y alejada de las otras dos. Su caso fueobjeto de una de IlIs rectificaciones a la Real Cédula que se incorpora­ron a las Ordenan~IIS Internas. InicIalmente el capitulo XII aulorl~aba loscontactos mutuos entre las factoriaa de Santo Domingo y Puerto Rico.pero los prohibía tajantemente con La MElrgarita. la Incomunicación res­pondia. Sin duda, al temor de que. a través de la pequeflo Isla, la Com­pañia extendiera subrepticiamente su comercio 11 Tierra Firme. Natural·mente. ésto satisfl~o poco a los promotores de la Compañía ya que la

7. F. Rahola. Comarcio de Caraluila.... p. 65.8. Tal proyecto fu& d&lallado por don José de Ca....ajal, ante! de pr&!ldlr

la Junta da ComercIo y da ocupar la Secretaria de Est.do. sn su • TestamentoPolltlco o Idea da un GOvlerno Cathóllco... -. redectedo en t7~. C.....elal pro­yacmba aslgnlr Puerto Rleo a la eompa/lis que se fundase en C'dl~: le Marga­rita y Trinidad a la qU& se creaae en AslUrlas, y Hondums. Camp&ch& y Guate­mals a la que se estableciese para Castilla La Mllnchs. con puerto de embarquean Gallcla. &toa pormenores y OIrOs relatlVO$ al _Testamento Polltlco..... &nM. Garela Rulpére~. _El pensaml&nto económico...•. pp, S29-532, quien destae¡¡111 muy favorable &etltud de Ca....ajal hacia las eompanlas de comercio.

9. E. Olle. _los comlsnzos del comercio CIllal6n con América., Homenn¡B11 Vlcans Vivas, Barcelona. 1967, t. 11, pp. 459 Y sa.: E. Loran~o, ComBrclo do ESpañacon Am'rle" a" la 6p0c8 de Felipe 11. Valladolid. 1979. pp. 213-214, Y C. Marti·ne. ShllW. C8raluilll en /11 Carrer8. " p¡l. 142-196.

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rrespondiente. Naturalmente, se restringe la carga en Barcelona al co·mercio de ia Compai'iía con el área delimitada en el capítulo l. Pero, a dí­ferencia de la Compai'iia de Caracas. tanto a ia Ida como a la vuelta,será obligado pasar por Cádlz. AIIf se ha de presentar a la ContratacIónel regIstro oficial y comprobar su correspondencle liel con la cllrge peraproceder al cálculo de los derechos. En Cádiz, además, se podrán ai'iadírlas mercancías que la Compai'iia desee, cose que se hizo casi siempre. Deesta forma. a pesar de la obligada escala en Cádiz --que se reduce 8 untrámIte ante la Contratación y que. por engorroso que fuera, siempre loserra menos Que el regIstro completo a cargo de los oflclalefl gaditanos-oefltas disposiciOnes privilegian a la Compa/lia. Oueda exenta. además. dela obligación de reservar el .terclo de frutos. a favor dal comercio dela plaza.

las diez expediciones concedidas para Honduras tendrán un trata·miento distinto. Para este destino. la carga y descarga se hará obligatoriay totalmente en Cádiz.•sujetarn:lose en todo. por lo Que mira /l estosReglatros. /l las reglas, y circunstancias. Que se practfcan, {) practicarenen adelante con los Que ván a Honduras. {cap. VIII}. la unica diferenciacon las expediciones particulares estará en que. si en el plazo de dosmeses, el c;omerclo gaditano no ocupara al .terclo de frutos •. podrá comoplatarlo la Compaflla [cap. IX).

la autorizacIón a la Compai'iia de cargar y retlistrar en BlIrce­lona 00 debe ser tomada como la apertura del comercio da Cataluflacon Améric;a ni. menos aun. debe Hevsr a afirmar Que. gracias a fa Comopallla. se pudo poner en c;ontecto. por primera vez. la producción catalanacon el mercado amerlc;ano 15. El tradicional comercio de cabotaje dirigIdoa Cádlz y las expediciones partlc;ularea organizadas desde Barcelona,aunque oficialmente Iniciadas en la Bahla. ya hacia tiempo Que habranlogrado todo eso. lo que diferenciaba a la Compal'ila es que su comercIopodra hll(;erse de forma más directa. reguler y barata; pero ásto habriasido poco de OQ habar venido rubricado por el c;onjunto de sus privilegiosy, en particular. por las exenc;lones fiscales que la Real Cédula tambiénle garantizaba.

dl Los privilegios flsca/es de la Compllñ/s: en materia fIscal es don·de se muestra más extensa y detallada la Real Cédula. precisamente porresidir en sus exenciones lo principal del carácter privilegIado de la Com­pai'i!a de Barcelona. Su ffscalidad prIvilegIada fue establecida en funciónde rebajas a partir del marc;o fiscal existente en ef momento de su fun·daclÓn. cuyo Instrumento básic;o sagula sIendo el Proyecto de Petillo de1720. Posteriormente. pese a la publlcacl6n sucasiva de decretoa de Ubrecomerc;lo, la situacIón fiscal de la Compai'ira de Barcelona siguió mldlén·dOse por el viejo rasero de la reforma de 1720. Esto condujo. como en 1778

15. Este u otro de los tópicos que rutinaria y pertlnazmento se repitenen torno a la ComPl'JlrD do Ba,celona. V'ase les obru cttadu en la note n." •.

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Mat! pnegidoporden

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denunciaron los directores l., a un desequilibrio eotre las compaolas pri­vilegiadas y el resto del comercio coloolal. desequilibrio ahora desfavo·rabie e les prlmeres.

El capitulo IV otorga e la Compai'lia la exeoclóo totel de dos gravá­menes clásicos; los onerosos derechos de toneladas y los de .extracclóndel Aeyno •. Naturalmente. el beneficio se aplicará unlcemente a las ex­pediciones dirigidas e la zona de acción de la Compai'ifa. En cuanto a losderechos de Indies. el capítulo V prescribe los de Ida. Se pagarán Integroslos correspondientes a los _cajones y tercios de palmeo_ (5'5 reales porpalmo cúbico); 111 mitad de lo señalado en la Tabla de Indias para cadauno de los .frutos. enjunques y abarrotes_ y. Ilnalmente. dos productos.la harina y la loza. esterán completamente exentos de estos derechos.

Estas distinciones debeo reflejar las preferencies de le AdminlSfra·ción hacia la exporteción de unos y otros productos y, tambIén, el re·sultado de la negociación con los diptJtados del comercio barcelonés. Porello. este punto merece elguna reflexión. En buene lógice mercantilista.la exportación de les menufactures nacionales deberle verse empllamentefavorecida. V. en principio. los erticulos más susceptibles de ser Inch.d·dos en los cejones de palmeo son los de poco volumen y alto valor, esdecir, las manufacturas caras que. al pagar por palmos cúbicos. tributaríanmenos por unidad. Desde este punto de vista, cabria esperar una reduc­ción de los derechos de pelmeo. Pero, tanto el Gobierno como los fun·dadores de la Compañia --comercIantes y, muchoa de ellos. al mismotiempo fabrlcantes-- conocian bien la situacIón real del comercIo colo·nlal y sablan que el lugar Idóneo pare reexporter los géneros extrenjeros.básicemente textiles con buena relacIón entre calidad y precio. erao preciosamente los cejones de palmeo. No parece errónee. por tanto. la suposl·clón de que se estuviese de acuerdo en sacrlflcar la exención en el pal·meo a cambio de la general a la mitad en los .frutos, enjunques yeberro­tes •• entre los que el papel. los lienzos crudos. los pintados y otres pro­du¡;clones industriales catelenas. edemás de todo lo proporcionado por laagricultura. están incluidos. El sacrifl¡;io -relativo. de todas formas. por­que S'S reales por palmo representaba poco frente al valor de lo quesuele integrer esos cajones-- alcanza. pues. a la pafieria fina. sederfa,lenceda de calidad, galoneria. sombrereria y similares. es decir. produc­ciones esencialmente gremieles o extrenjeras.

Le exención tolal de derechos de Indias concedida a la harine, de leque ciertamente mi era excedentarie la agricultura catalena del siglo XVIII.puede explicarse por la escesez de ella en las Antillas. En cuanto a laloza. si se tiene en cuenta Que la fábrica de Alcora. propiedad de la fa·

16.• __ Y' es maior el laber coozedio:k> al comercio en ganer.l. que el que"roperci<man a la Comp· suplicante los "rivilegios y gre.las que lICompailaron asu erección..... Memorial de 28 de febrero de 1778 (A.G,I.. Indilerente General.leg. 2.382). Sin embargo. y contra lo que era goneralmente aceptado, el Regl...mento de 12 de octubre de 1778 slgnlflc6 un aumento de la presión fiscal se·gun J. M. Delgedo Albas.•Politic8 Ilustrada. industria sspañola y mercado ame­rIC.no •. Pedr./bcs. n.· 3 (19831. pp. 253·263.

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milla del Conde de Aranda, tenia almacén franco en Barcelona 11, y seañade un poco de suspicacia, podrá. quizá. darse con la combinación dela que surja la causa de su exención total.

El capitulo VI regula las exenciOnes en los retornos con un esquemasimilar al de las exportaciones. El oro y la plata pagarán integros los de­rachos del Proyecto de 1720 (2 ','0 Y 5 %. respectivamente); estarán to·lalmente exentos el azúcar, los palos tintóreos, maderas y el algodón; losdemás frutos se beneficiarán de una rebaja a la mitad de lo sel'lalado D

cada uno de ellos en la Tabla de Indias. Las consideraciones sobre su ajustea la óptica mercantilista son parecIdas a las de las exportaciones, bienentendido que se trata del reverso. Así, las materias primas útiles a laIndustria metropolitana se ven totalmente exentas. Se les une el azúcar.al que se trató de convertir en el siglo XVIII. a través de la especializa·clón de la agricultura de las islas caribeñas, en una de las bases sobrelas que generar entre los hacendados una amplia capacidad de consumode las manufacturas metropolitanas 11. La exención a la mitad del restode las Importaciones de la Compai'ila responde también. en su medida,al mismo Intento.

En el caso de las elC.pedlciones a Honduras. en cambio, no hay nin­guna exención y se habrán de pagar Integramente tanto los derechos depalmao y demás del Proyecto de 1720, como los de toneladas y de elC.·tracción. En cuanto a los retornos. la Real Cédula tampoco concede nln·guna elC.encIÓn. Naturalmente. ésto. junto con la obligación de realizaroficialmente toda la carga en Cádjz y reservar el .terclo de frutos •. hizomuy poco atracUva la concesión de los diez registros a Honduras al de­jar a la Companla en una situación similar. a elC.cepclÓn de la escala enLa Habana, a la do cualquIer armador particular.

el El sistema de fln8nc~aclón de la Sociedad: otro de los aspectosbásicos de la Real Cédula de Erección de la CompañIa de Barcelona, comotal socIedad de capital, es la configuracIón de su sistema de flnancla·clón. del que se ocupan los capítulos XVI, XVII, XVfIl Y XXIII. El primerode estos capltulos fija el capital de la Companla en un millón de pesoscorrientes. Ahora bien, si la marcha del negocio lo permitiera. se podráampliar el capital. De esta facultad gozaban la general1dad de 183 comopen;as privilegiadas espanolas. Lo que no es uniforme es la cantldad tnl'cial en cada una de eHas, dependtendo de la ambición con qua lueranplanteados los objetivos respectivos: la CompañIa de la Zarza Mayor,2.000.000 reales: la de Fábricas de Granada. 500.000 pesos' antiguos: lade Toledo. 500.000 pesos corrientes, y solamente la de La Habana y lade San Fernando de Sevilla tuvieron asignado 1.000.000 de pesos como

17. J. s.1ncMZ Mell. Prlmelw años de Ilf F6brlc8 de Cer6mlca de Alcor8.Nuevos dlllw (Mla su hlstorl8. Valencia. 1913. también. R. OIIlll'Ches y J. A. Fe·rrer Benlmell. El Conde de Arlmd8. Milo y relJi/dad de un poIll/eo srsgonás.Zaragoza. 1918. vol. 1. pp. 137 Y SS.

18. La mejor historia del azúcar antlllan<> se debe a M. Moreno Fraginals.Ellngon;o. CompleJo económico social cubano delllzúcar. La Habena. 1964. véaseespacIalmente. vol. l. PIl. 15-71.

"Mat r pnlegKJoporm'n ,tor

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la de Barcelona, En cuanto a ampliaciones llevadas a cabo. sólo parecehaberse decidido en la Guipuzcoana -que en 1751 duplicó su capital enacclones- y en la peculiar eKperiencia de la CompaiUa de los CincoGremios Mayores. que multiplicó espectacularmente su capital hasta al·canzar 210.000.000 reales, si bien contando con fuortes Inyecciones eK­teriores 1'. La Compañia de Barcelona fue autorizada a iniCiar su comercioen cuanto dispusiera de 400.000 pesos, cantidad considerada como ga·rantia suficiente de solvencia JO.

El millón de pesos so habrla de reunir mediante la venta de 4.000acciones de 250 pesos cada una. Se tiene especial cuidado en dejar clatoque cualquier vasallo del rey de España puede suscribir acciones. con de·claración eKpresa .de que por esto nO se derogará la nobleza. ni qual'quiera privilegio heredado. o adquirido...•, Es muy abundante la literaturasobre el tema da la .nobleza comerciante. en el Antiguo Régimen comopara necesitarse insislir aquí sobre esta cuestión JI. Declaraciones aimi·lares aparecen en todas las Reales Cédulas de compañias privilegiadas,tanto de fábricas como de comercio colonial. las compañías han sidoconcebidas desde el gobierno como Instrumentos para la promoción dela Industria y el comercio y. ante la poca Confianza en la suficiencia delcapital de origen puramente comercial o Industrial. las Invitaciones eK·presas a la participación de la nobleza, es decir. de los recursos de orl'gen rentista y agricola, se reiteran en el Intento de que colaboren en losproyectos mercantilistas. A modo de ejemplo, el propio monarca y sufamilia y sus ministros sollan suscribir acciones de las compañías deforma que .& esta Imitación se animen mis Vasallos. y en ocasiones, estaparticipación real alcanzó decenas de miles de pesos~. Sin embargo,

19. Los datoa anterlo'llS en A. Alco L1na!le.• la Aaal Complli'lia... de G'Il'nada..... p, 162 Y nota 19; M. Capena y A. Matllla. Los Cinco Gremios Mayoresde MMrld. Estudio hlstórlco-ctltlco, Madrid, 1957: y M." M. Girale 0Jangu'"n•• Lall cuentes de l. Real Campania Guipuzcoana de Ca,acas., Moneda y C,edlto,n.· t53 l/unlo 198OJ. p. 63.

20. V6anae los pormeno'es más aba¡O, apllrtado 4.1.1. - ·ConstltuciÓn yevolución del capital social •.

21. Por citar !lOlamente algunas de las obras centradas en esla cuesllÓn.W. J. eallahan, Honour, Commerce aOO IndUlllry In Elghtelmlh Century Spaln,Boaton, 1972; G, F, Coyer. La nobIeue COml!,~ante, Pa,;s. 1956; M. Artola•• L1.berallsmo económico y socladad estamantal a finales del al910 XVIII., MonedlJy Cr6dlto. n,· 110 lI969J; J, Gulllam6n. Honor y honra en la España del sigloXVII/. Madrld. 1981; G. Rlcha,d. Nobll!ssl! d'olfaltCS au XVIII- S;~c1e. Par/a. 1974;del mismo•• La noblesse come'canle a Bo,deaulI et II Nantes au XVIII" SIb­ele., L'lnformtltloo HlslorlqutI, 1957; y .Un esaal d'sdaptallon soclale II une noo­velle struclUre 6eonomlque; la noblesse de france et les socleléll per acllons IIla tln du XVIII' Slllcle., Revue d'Hlstoire iICOoomlque el Socltll, 1962.

22, La Irase entrecomillada pertenece a la R.C. de la Compaftla de Ca­merelo y Fébrlcall da Toledo. citada por R. Rico Unage. _La Aeal Companla...de Granada...., p. 162; de la Companra de San Fernando. el rey auacrlbló 120aoclon6S, por valor de 30.000 pesos; de la de Toledo. 20 acclonea por 7.500 pe­a08; de la de la Habana. 50.000 pesos; de la de Caracas el ,ey auscribió 200acciones (100.000 pesoa) y &damb. la Provincia de Gulpul.coa, 100 acciones,véaae M.' M. Gérale, .Las cuentas..... p. 51 Y R. D. Hussey. Thl! CarBC/ls Cem­pany.... p. 66.

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M,lE ;le

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las acciones de la Compañia de Barcelona suscritas por el Rey fueronmuy pocas: solamente tres a nombre de Fernando VI y otras tres a nomobre de D.' Maria Bárbara de Portugal. números 1 a 6, por valor conjuntode 1.500 pesos corrientes D.

Las acelones de la Compaola de Barcelona. como era norma tambiénen las demás. son negociables (cap. XVII). aunque no reintegrables. dls·poniéndose taxativamente que _...en ninguna manera se e:o:traherlt suImporte mientras durare la Compañía •. Precisamente a partir de estanorma. los historiadores del derecho mercantil otorgan un carácter ca·pitallsta. por oposición a la sociedad o compallla petsonallsta. a las gran·des compañlas privilegiadas del siglo XVlI1l<.

Ante la previsible insuficiencia del capital en acciones. el capitu­lo XXIII establece la posibilidad de recurrir a créditos a Interés y depó·sitos de otros tipos. Se trataría. en su primera formulación. de una pri·mltiva forma de emisión de obligaciones. con la particularidad de que susresguardos no serán negociables. Se considera en la Real Cédula queéste ha de ser un recurso e:o:traordlnario. sólo utlllzablll _al no se pre·sentasen bastantes acciones para completar el fondo ..... El Interés noes fijado ni por la Real Cédula. ni posteriormente por las Ordenanzas In·ternas. pero siempre regirá el 3 "lo. el mismo si que recaptaban dinerootras compaoles privilegiadas n. Pero. tras la autorización anterior. seañaden unas linsas de Interés especial: •...otorgando los Oirectores losresguardos. y Escrlpturas correspondientes. en las quales no hIln de que­dar 111101' obligados. sino 01 fondo do la Compañia ...... Se trata de la de­saparición da la responsabilidad Ilimitada de los socios. Incluidos losque actúan en nombre de ella. Este concepto da aociadad marcantll noencuentra el mismo desarrollo en las compañias creadas anteriormentea la de Barcolona 1Ij y. de haberlo Introducido efectIvamente en Españasu Real Cédula. seria ésta la primera aparIción de un rasgo que en lassociedades por acciones plenamente capitalistas constituye. como talmecanismo de autodefensa del capital. uno de sus caracteres más esen·

23. La foma da razón de su compra y de los beneficios resultantas enA.G.I.. Indiferente General. leg. 3.125. los tltulos orlglO4lles a nombre del reyy da la reina se conservan acTualmente en A.G.L. Mapas. Planos y Mon&des.n· 38. (t-3).

2'. J. Martine! Glión. _Las sociedades por ltCc;ones en el Oereclro espalloldel sllllo XVIII •• Re~lsla del /osl/tuto de Hlsloria del Darecho. n.· 19 {GuenosAirea. 1968). pp. 79-80: C. Petlt. La Compallla mercantil balo el r6r;lmel1 de lesOrdel1enzas dal COIl,ullKJo da Bilbao. t737·1829. $'lVille. 1980. pp. 59--62.

25. En algunllS compal\la,. como la de Granada y la de Sevilla. fll Intflrllsdol 3 % fla establlH:ldo por le propIa Rflal Cédula de Erección. R. Rico Unalle,us Reales Complfllu.... p. 162.

26. R. Rleo Unage no clla para nada flSle Tflma dfl la responsabilidad dfllos socios. y. fuesen almples &ccIOI1lstas o dire<:tore,. vllue Lea Rea/88 COmopafllas ... ; en algunu OClISlonflS. la r8sponsabllldad se ajusta al ~alor de lasaccIones poserdu por ceda socio. Que se consideran .hipotecadas•• como OCIrrre en al proyecto de la nonnats Compsñla bUbain.. de Buenos Aires. Tucurnliny Perelluay. r8dactado en 1736. ~ase C. Petlt. Ui Compallla Marcantl/...• pp. 62·63: tambIén. J. Martl...,z Gijón.• las lIOCiadsdes por accIones..... pp. 87,88.

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Mat! pnegidoporden

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ciales. Este carácter se "a abriendo paso difícilmente en 111 doctrinamercantil del siglo XVIII y, sin duda, necesitó buscar su camino a travésde la práctica de las grandes compai'iias cuya dirección era colegiada yperiódicamente renovable 11,

f) Gobierno y organización de la Compañie: la primara alusión al go­bierno y funcionamiento Interno da la Compm'iia en la Real Cédula tratade la facultad de nombrar a sus propios capitanes. maestres. pilotos, ofl·ciales y tripulación de sus embarcaciones. Estos hombres podrén ser se·lecclonados en Barcelona, en Cédiz o en cualquier otro puerto de Es·paila (cap. Xl. Se prohibe. por lo que parece, el empleo de matinerla ex­tranjera, y ya veremos más adelante que los cargos de mayor responsa·bilidad a bordo serán siempre desempei'iados por marinos catalanes queproceden de la amplia plantilla da patronas y gente de mar disponibleen Catalui'ia::tl. Otro aspecto de interés es la libertad concedida en cuan·to a la forma de remuneración de la marlnerla. La Compañia se enten·derla con sus hombres de mar •... ya sea ajustandoles sus sueldos pormeses, o por vlages, como lo juzgare por conveniente •• las pocas no­ticias recogidas sobre este punto repiten Invariablemente, en IlIS expe·diclones propias de la Compañia. el ajuste de una determinada cantidadmensual, lo cual puede suponer el retlejo en la Compañia del paso haciauna marina capitalizada en la que no falta la proletarización de su manode obra 1'I. Oe la misma forma. las personas elegidas para dirigir la Com­pañia. empezando por el primer equipo, son los encargados de contratara quianes •....!!lrvan lo.!! demas emplaos subalternos al tiempo oportuno.y quando la Compañia los necesite para su trafico, o para las reglas desu govlerno.•

El organigrama directivo de la Compai'lfll de Barcolona Os muy pa­recldo al del resto do las compañlas privilegiadas españolas coeténeas.El modelo es la dirección colagiada. renovable periódicamente. En laCompai'ila barcelonesa, junto a los tres directores, habré un contador yun tesorero, En la Guipuzcoana habla cinco dIrectores. con funciones es·peclflcas. que también nombraban a los csrgos subalternos; en la deGranada. los directores eran cuatro, ademlis del contador y el tesorero,pero se añadian dos administradores. El esquema es sIempre el mIsmo

27. ·No lIay dude do que on ..1 sllllo XVIII loa ju,iSlas aoaU..nen 1.. doc­trina. que no sólo presume sIno que considera asenclal an las Compai\las merocantiles la responsabilIdad solidaria de los '0<;1011'. J. Mertlnez GIJón, ·LasSocledadea por acciones...•. p. 84; A eSle reS¡Jflcto es muy intereaante el allá·ilsla reailzBdo por M.' J. Matllla Ould.•Los coml..nzoa de la Compalli. Mer·cantil por Acclol\ils en Barcelona (lno-1780) •. en Primer CongréIJ d'Hls/flrlllModerM de C'/lIlunYII. Barcelona. 19&4. 1. pp. 737-7"6.

28. C. Martinez S\law y R, Fernández.•La liante de mar en la Catalul'iadal siglo XVIII<. en Primor Congrés .. " t. pp. 533·568.

29, Sobre esle proceso. J. M. Delgado.•La Flota del Libre Comercio enQltalulla. ln8-1808: Un caso de acumulación previa., Barcelona. 1977 (Tesisde llclt"ciaTura), p. "16.

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El capftulo XXIV Instituye el cargo de Juez Conservador. Su funciónliS la de velar por la preservación de los privilegios de la Compañia. Se­gún la redacción orIginal, la Compañia contaria con un Juez Conservadoren Barcelona y otro en Cédlz. El barcelonés sarla propuesto por los di·rectores de cada trienio y. por tanto. también soría trienal. En Cádlz. encambIo. lo será perpetuamente quien O(;upe la Presidencia de la Contra·taciÓn. Ahora bien. este capitulo será roformado parcialmente antes desu entrada en vigor por el segundo de los agregados a las OrdenanzasInternas. la reforma consistIrá en conferir perpetuamente el cargo al.Intendente que es, o fuere de Barcelona. asignándole, además. la pre­,idoncla en 18.9 Juntas Generales de Accionistas, aunque no tendrá votoen ellas. Esta reforma puede responder. toda vez que el cargo de presi·dente ha sido suprimido, a la imposición de la presencia del poder centralen el órgano soberano de la Compai'ira mediante su representante másdirecto en Catalui\a, ya que coloca al Juez por encima de la dirección de laSociedad.

Como otras companfaa. la de Barcelona también tue distinguida conla protección real y el goce de dignidades que se suman a los privilegiosfiscales y de orden comercial. Por ejemplo. el capitulo XI1l concede a susnavíos ·Ios mismos honores. y privilegios, que los de la Compañía deCaracas., que nuevamente es el espejo donde se mira la de Barcclona,pudiendo lISl enarbolar la enseña con la Cruz de Borgol'ia y el EscudoReal JJ. Privilegios meramente simbólicos: pero que no dejaban de tener

rubra da 1758, emberearon Bertom&u Arils, Josep Uunell y Esteve Mestres,labradores de Sanie Eulfllla de Prove~ana fL'Hospltaletl a quIenes acampana·ron Altons e Ignacl Cano, padre e hiJo, .préctlcos en el Ingenio del alocar.fA.GJ., Contratación, Inventarlo 111, leg, 1.452 y A.H.P.B.. Sebastl~ Prats, Escri·turas xv, fol. 238). El 6 de marlo de 1759 flrmsron con los dlractores unas sen·clllas capitulaciones \»Ira, durante tres ar,os. -trabajar en aquellas Haciendaspara su fomento., otros siete agricultores: Josep Fallol. Bernal Ortal y MiquelTIII, dol lerrllorio de Barcelona: Geronl Pi, da Sant Mani do Provell(:als; L10·re~ y Geronl Sant FelhJ, de Sant Vicens da Sarrl~. y Senel Vlla. de MatarófA.H.P.B .. Escrituras XVI, fols. 78 y 79L Flnalmente, el 5 de Julio de 17(¡() hiele·rOn ID mismo Joan Sena, d" Cenongo, y Pere Ferror y JOSllp Fom. de Palefru·geU CA.G.s.. Secretarís de Marina. leg, 262, .Matrículas.].

33. Esta real protección resguardaba las operaciones de la Campanla frenote a la Intel"olenClón Indolente (Hussey utlliUl la expresión _stupid_} o maliciosade las autorldades de la Corona en Indias. Se ordeuaba a lodas las personasque tuvieran que Intel"olenlr cerca de la CompaMa de Caracas reccmocerle a ellay a aus emple~os todos los privilegios que les correspondian. También se or·denaba a loa Comandsntes en Jefe de Barlcvenlo y a los Escuadrones Realesde buques de guerra tralar amigablemente a las naves de la Compania, .ocu·pidas lH1 el Real Sel"ollclo., y merecedoru de toda la ayuda necesaria, etc.,CR. O, Hussey, Tha CarllCas Company... , pp. &0-64). Pret:lsamenla eSIOs privi.lelllos (lieran lugar e un conflicto protocolario ya que una fragata de la Compa·lila de Barcelona, enarbolando al enseña real, tue confundida en 1773 con unnavlo de la Armada y recibió los honores do Ordenanza de un bajal de SanJuan de Malta. lo cual provocó tal desazón en 105 funcionarios de la Secretadade Marina que se oroellÓ reducir las dlmenslones de las enseñas de los barcosde la Compall¡a de Barcelona (A.G.S.. Secretaria de Marlnl!. leg. 519.•Gener.IIdad do Navegación de Parllcularou_).

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MatE PI"( egido po!" den ltOr

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importancia en el siglo XVIII, Incluso como técnica publicitaria. la pro·tecclón real sobre la Compañía de Barcelona, según el capítulo XIV. semostraré particularmente en los casos de apresamiento de sus barcos.Si ésto ocurre, dice la Real Cédula. la Compañía -acudir/l ante mi RealPersona, b la de mi Virrey l. .. ) para que conceda licencia de rescatarleexaminada la causa. y en caso de obtenerla. podr/l seguir su destino sinpagar nuevos derechos., Desgraciadamente para la Compañía, ésta tuvoque hacer varias veces uso de este capitulo, que, deade luego, resultópoco eficaz. Tampoco lo seria mucho el capitulo XV que señala que, enlas costas americanas o en alta mar, los navíos de la Compañia deberénrecIbir ayuda de los Comandantes de la Armada de Barlovento y de lasEscuadras de Guerra dado que los representantes de la Compañia deBarcelona deben ser tratados como _amigos empleados en beneficio pu­blico_.

y ya. por último. en el capitulo XXVI -que en la redacción Inicialservla de epílogo a la Real C6dula- se hace constar que el rey concedela facultad necesaria para que sea establecida Inmediatamente la RealCompañia de Barcelona a Indias bajo las condiciones y cláusulas ante·cedentes. Pero. si sus Instrumentos jurfdlcos no bastasen, la Compañíaes puesta bajo sendos mantos protectores en la Tierra y el Cielo: ....des·de luego se establezca esta Compañía en Barcelona, con el Patrociniode Nueslra Señora de Monlserrat, y la admito debajo de mi Real Pro­teccIÓn_. Por cierto, que el Patrocinio de la Mere de Deu de MontserratImportó a la Compania la suscripción gratuita a favor del Monasteriode ocho accIones. Así mismo, para asegurar la protección celestial, seencargó a la Comunidad montserratlna la celebración de una Misa dlarlaa partir del 18 de septlembre de 1756, die en que se hizo a la vela elprimer registro de la Compañia. El hecho de que no fuera nada fácit parala Compañia cumplir con el pago de estas Misas parece indIcar que tamopoco esla protección resultó del todo ellcall<.

34. En realidad. hubo Inés pagos. Cuando en 1771 se repartieron bflnefk:los,se llegó al acuerdo de dadlcar al produclo de las B acclontls e coslear un grupoescultórico con el Divino Salvador y los Doce Apó,¡oles. además da un fll8da.Ilón en bajo relieve COI] la ellglll dfl ls Virgen da MOI1tserrat. Iodo de mármolblanco. que se acabarlan de coslear con los ben&flcloe ultellores de las 8 ac·clones. Sil acordó lambl6n que sobre la puerta principal del Monastarlo se co­locaria la siguiente lnscrl¡lclón: SQCII MERCATURIS IN AMERICAM FACIUNDISSUB MARIAE SACRAfISS. HIC CQNSPICUAE PRAESIDIO REGIS QUE TUTElABARCINONAE COACTI HAS CHRISTQ O. VIRGINI OEPARAE SS. QUE APOS­TQLlS MARMORERAS IMAGENES. P.P. ANNO MOCCL.XXXVI. Al encontrarse laCompañia en 1786 con las Imágenes eún en su podar y con la reclamación delas Misas Impagadas desde elIde mayo de 1771 hasta 1786. y dado que nopodian esperarse mlla beneficios de las 8 acciones, fUe necesario nellociar otroacuerdo con la Comunidad: la Compallia entrellarJa las Imágenes (corriendo acargo del Monasterio su transportel a cambio de le condonación del Importeadeudado por las Misas cuys celebraclOn. por otra parte. quedó suspendltla.Este episodio. que va mAs allá de la anécdota, puedo seguirse, • Iravés de laescrlturaclón de los acuerdos. en A.HP.8., Jean Prals. Capltulorom VI, fol. 214.y Conlractum. XVI. fol. 23J. En la actualidad. ni las Imágenes ni Is inscripciónse lIallan On los l"9sres descrltos en las anteriores escrituras.

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MatE Jtor

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2.2. - LAS ORDENANZAS INTERNAS J5

Las Ordenanzas Internas conforman un documento extenso cuyoarticulodo desciende con minuciosidad reglamentlsta hasta la delimita­ción rigurosa de las normas de funcionamiento y gobierno de la Com­pañia. Constan de 93 articulas. presentados en una ordenación que tam­poco es perfectamente lógica, y cuyo detalle en ocasiones es lal quose mo permillrá pasar menos escrudiñadoramente sobre su articuladoque en el estudio de la Reel Cédula. renunciando expresamente a la glosade aquellos extremos menos relevantes.

Su artículo l' previene que la Real Compañia ha sido establecida_11 favor del Comarclo de Barcelona_ y no de un grupo particular. Consu sede permanente en la capital del Principado, su finalidad seré la de_acalorar el Comercio de esta Ciudad •. lo mismo parece querer reflejarla Intención de qUl,t ocupe la Casa lonja del Mar. abandonada desda 1714.El antiguo l,tdificio recobraria. con la instalación en él de la Compañia,su función de antaño, lo cuajo a ojos de P. Vllar. confirma la identidad deIntenciones entre la fundación de la Compañia de Comercio y la restau·reclón del Consulado y del Cuerpo de Comercio"'. la Real Compañiatendrá su sello propio, que dará carácter de Instrumento público a losdocumentos con él rubricados. Su uso correcto se fia a la presencia co­lectiva de los tros directores y al refrendo del secretario de la Compa­ñía {art. 3 'l. y su falseamianto -sera castigado con el mismo rigor quelos falsarios de Sellos Reales. y publicas" (art. -4 "J, lo Que formarlaparte de los prillilegios de la Compañia.

Tras establacerse por el articulo 5' que los asuntos principales degobierno de la Compañia seráfl competencia colegiada de 109 directores.lo _accesorio, estará en manos del contador y del tesorero. El pará­grafo 6' señala la fecha del 1 de mayo de 1756 como InlcJo del primertrienio. En éste, los directores serán Bonaventura de Mlláns, BernatGlOria y Agustí Gibert 1 Xurrich; al contador. Ramon PIcÓ y al tesorero.Oomenec de Durán, es decir, los nombrados por la Junta de Doca Ca·merciantes. Esta Junta se convertirá en la Junta Particular de Diputadospor lo que hace al primer trienio. cesando cuando a su final se constituyala General de Accionistas. Su mIsiÓn consiste en cooperar en la dlrec·clón de la Compañía. oyendo los directores -su parecer, Que sera den­beratlvo. y decIsivo, (art. 7 'J en reunionas trimestrales. Pero. en lostrienios sucesillos. la Junta Particular emanada de la General. no tendrá_voto dollberatlvo, y decisivo, sino consultivo •. TambIén sa reunirá tri­mestralmente y en la última reuniÓn de cada año los directores han depresentar en ella el balance allual lart. 8 "l. Como se lIe. la Junta elegidapor los comerciantes de Barcelona para la redacción de las Ordenanzas

35. Reproducidas en Apéndice n' 1. A causa de ello considero e~cusada

la remisIÓn continua mediante notas al te~to de las Reales Ordananzas lnlar·naa, limitándome 8 loolcar al parágrafo o articulo al que se alude.

38. P. Vllar. Cata/unya á/ns" .. 1101. IV. p. 522.

M 'ltE pr( gido por den

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se reserva mAs poder del que tendrá su heredera. Pero, tanto una comootra recortan las atribuciones de la General de Accionistas. que quedamarginada en la práctica de la toma de decisiones al no habersa esta·blecido la poslblllded de celebrer Juntas Generales e7;traordlnarias. Porejemplo. si lalleciere alguno de los miembros del equipo directivo. susustituto será elegido por la Junta de Diputados.

El articulo 11' de las Drdenan~as introduce la posibilidad. derivadadel capitulo XXIII de la Real Cédula, de recibir préstamos con Interés ydepósitos de dinero, en cuyos casos los directores _no quedar!1O obli­gados !II la responsabilidad sino es el landa dtl la Companla_. volviendoa sentarse la IImiteción de responsabilidad de los socios.

los Intereses se pagarán en dos pla~os equldlstantcmente dlstribul·dos en el dla de NavIdad y San Juan de Junio (art. 12 'l. Prohibido elreintegro de las acciones, sus compraventas entre particulares debenser escrituradas ante notarlo para ser aceptadas por la Compai'tla. Seránecesario reproducir literalmente el original y ser anotadas en los librosde le Companla (art. 13 ·l. El 14' inslsle en la declaración de que laposesiÓn de acciones no deroga noble~ll, ni supondrá .impedimento al·guno esta circunstancia para adquirir los empleos en Consejos Reales,y dem!lls honorlflcos•.

Los dIrectores, cuando esté cercano el final de su mandato, convo,carán a todos los accionistas con derecho a voto en Junta General parale celebraciÓn de ósta. La convocatoria se hará, al menos, con ochentadias de antelación al objeto de que los que deseen delegar su voto pue·dan remitir a la dirección los poderes Justificativos (art. 15" ·l. Recogiendoel contenido del capitulo XXI de la Real Cédula. el articulo 16' de lasOrdenaru:as, para evitar que recaigan en una misma persona muctlospoderes, limita a cInco el número de delegaciones quo puede recibirse.De esta forma, el número mblmo de votos que puede emitir un accio­nista es de sois. los directores, contador y tesorero están eutorl~ados arecibir poderes, pero la limitaCión anterior les alecta en los mismos tér­minos lart. 17 'l. La capacidad para recibir poderes es e7;tendlda, por elarticulo 18', a todos aquellos .Comerclantes de la Ciudad de Barcelona.que ejerzan por si el Comercio, y firmaron los poderes para la consecu·clón de esta Companla; y si se dignare S.M. retableeer la lonja del Mar,los Mercaderes matrIculados en esta, y que sean Interessdos en quetroAcciones ..... En este caso, el número mll.xlmo de poderes será de tres.Estos últimos articulas despertaron el Interés de P. Vllar, quien vio enellos una manifestacIón más de la solidarIdad entre todos los negocian­tes barceloneses y la IntencIón de .voler identificar l'Assemblea de [aCompanyia amb el Gas de Comer,.. JI. Además de una ventaja para los.Iundadores~ de la Companla, se observa una actitud solidarla de auto·delensa contra posibles Injerencias elcternas al .Comerclo de Barcelona.en las decisiones de la Junta de Accionistas. Pero. esta actitud deten·slvil parece también e7;lstir frenle a la posible monopolización por parte

37. P. Vllar. Cstshmys dl/1s .... vol. IV, p. 523.

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MatE ¡¡re ~r

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de algún grupo reducido, posibllidad cercenada, en teorio, por los articu·los 16 ° Y 17°, Y por la ampliación de la base al6Ctoral propiciada por el 18",

Una vez que la Junta General haya sido convocada y preparada (ar­ticulos 19", 20°, 21" Y 22°), la de Diputados, en unión de la direcciónsaliente, confeccionará una relación de nU6ve person6s de entre las quese elegirán les tres nuevos directores: otra de tres para el cargo decontador, y una tercera de otras tres para la elección de tesorero (art. 23°).Así pues, si bien los altos cargos de la CompañIa son cubiertos por vo­taGión en Junta General, ésta sólo podrá haGerJo dentro de las candlda·turas presentadas, lo que signifiGa una mediatización en uno de los po·cos terrenos dende la Asamblea de la CompañIa tenia capacidad másallá del mero asentimiento a la gestión de la dirección, Además, el ar­ticulo 24 ° Indica que podrán ser Incluidos en las listas de candidatossolamente aquellos que posean ocho acciones o mb, nlltureles de Es·paña, que ejerzan por si y bajo su nombre el comercio en Barcelona yquo sean vecinos de ella. Estes condiciones, que cierran sobre 01 mundomercantil barcelonás el gobierno de le Sociedad, son equiparables a lasvigentes en las demás compañlas privilegiadas espanolas, con la (micadiferencie de que casi siempre el número da acciones exigido a los can­didatos es superior al necesario para tener voto en la Junla General-.Olros requisitos, como la ausencia de parentesco entre los candidatosy la prohibición de reelección, ya Incluida en Is Real Cédula, parecentendar también a evitar el control de la Sociedad por un grupo reducido.Los IIrtiGulos siguientes, del 26 ° al 29", detallan el resto del procedi·miento electoral, InGluyendo ia forma de llevarse a cabo el recuento delos votos y hasta el ceremonial del acto. Será necesaria la mayorla slm·pie a cada candidato y se prevoen segundas vueltas hasta resolversela elección de todos los Gargos.

Aunque arliGulos anteriores ya hacen relerencla a la Junta Particu­lar de Diputados, no será hastll el 30" donde so establezca formalmentesu composicIón. Estaré rormada por los cinco integrantes de cada equipodirectivo, 01 secretario y otros seis aCGionlstlls, también poseedores delmlnlmo de ocho titulas, que sean vecinos y del comercio de Ban::elonaen activo, Como S6 ve, se relteran una y otra vez los requisitos que hacenrecaer todas las responsabilidades en personas como las que posterior­mente estón en condiciones de integrarse en la Matricula de Comerciobarcelonesa. Pero ni este articulo, ni ningún otro, establece el procedi­miento para la designación de estas seis personas, cuya permanenciaen la Junta de DIputados seré también trienal. Esta Junta seré convocadapor los directores siempre que éstos lo consIderen necesario; pero elartIculo 31· dispone que, para decisiones relativas e aumentos de capl·tal, reparto de beneficIos u airas de Importancia especial, se constituiráatril Junta integrada por los miembros del equipo directIvo y los seisdiputados. además de los directores dal trIenio anterior. La preocupaciónpor la continuidad en las decisiones de la dirección hizo que el arUcu·

38. R, Rico lInage.•La Real CompallJa,., de Granada,.,o, p. 163.

"MatE ¡Jrcegdoporoer

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para después revenderlos e la CompañIa. La pena prevista (.pague elFactor a la Compañia. otra tanta cantidad. quanta se huvlere ajustado. '1convenldo_!. mereció de F. Rahola la consldearción de .poco severa. 10.

Tampoco pueden los factores aprovechar los viajes de los barcos de laCompañia para embarcar mercancfas de cuenta propia. excepto en 105

retomos, contando con autorización expresa de los directores (art. 75·j.El trabajo de los factores quedará completo cuando remitan la cuenta delos costos '1 costas puesto a bordo de los frutos y géneros. cuyas cal\"tidades han de coincIdir exactamente con las partidas de registro. basesobre la cual se calcularén sus comisiones {art. 76 ·l.

Una vez que [as Ordenanzas han regulado las funciones de sus prlncl·pales responsables. el articulo 77· se ocupa de las remuneraciones.Cada uno de los directores percibirá 800 pesos de 128 q. al allo: la mis·ma cantidad se sei'iala para el contador '1 para el tesorero. Sin embargo,estas cantidades podrán ser incrementadas por la Junta General _1I pro­porclon de las creces que experimentare la Compañia por sus desvelos.,No hay noticia de que se hayan otorgado gratificaciones de este tipo. Losmiembros de le Junta de Diputados no tienen esignada una remunera­ción. pero también podrán ver compensados económicamente sus es·fuerzas si lo acuerdan los directores. Por ultimo, le Junte General. en elfuturo. podrá acordar eumentos o recortes en las retrIbuciones menoclonedas.

La ordenanza 78· prohibe. tanto a directivos como a factores '1 em·pleados. valerse de los fondos que heyan da pasar por sus manos paranegociar en provecho propio. La pena prevista se limite a la devoluciónde le cantidad más una lercera parte de lo malversado que quedará 11

favor de la Compallla: sólo .sl fuese un caso grave_ podrá la Junta Ge­neral _privarle del voto en la Compai'ila si lo tuviere. y declararle Inhábilpara ser elegido en empleo alguno de la Compaóia•. los delatores daestas faltas o de cualquiera otra cometida contra las Ordenanzas o leROIII Cédula se beneficiarán. a la manera Inquisitorial. de la terceraparte del producto subsiguiente a su denuncia (art. 79 ·l.

El articulo 8D· establece el principio general de que todos los ac·clonistas serán participes en los beneficios obtenIdos; pero. en el primerreparto. se apllcerén descuentos a las acciones menos antiguas. El ba­remo es el slgulenta; a las suscritas antes de junio de 1756. no se leshará ningún descuento; se descontará el 3 % a las acciones compradasen el segundo semestre: el 6 % a las del tercero -de enero a Junioda 1757-. y así sucesivamente, de forma que en adelante _se hara aproporclon el desfalco, y rebaja en esta forma. hasta que se halle COI1l"

plato el numero de las Acciones. '1 el fondo de un mlllon de pesos •. Setardllrá mucho tiempo en poder aplicar este norma.

El articulo 83· de les Ordenanzas prevee la alteración futura de al·gunas da sus disposiciones. Será preciso para ello la autorización real.además de la resolución favorable '1 unánime de dos Junlas do Diputa·

40. F. Rallola. Come,cio de Ca'aluiia.... p. 95.

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M .,

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dos, es decir, las de dos trienios dIstintos. tratando de garantlzar asl quela necesidad del cambio sea tan evldante que haya sido ratificada condlfarencla de. al menos, tres al'ios y por un n(¡mero amplio de dirigentesda la Compallla,

Los diez liltlrnos articulas se ocupan de las funcionas de los JuecesConservadores y las Jurisdicciones bajo las que los actos de la Compa·n!a quedan sometidos, Por la reforma dal capitulo XXIV de la Real Cé­dula se establecIó que, en Barcelona, el Juez Consarvador seré oslempreel que es, o fuere Intendente del Ejercllo, y Principado de Cataluñao. Portanto, el prImer Juez Conservador de la Compañia en Barcelona fuedon José de Contamina, Permaneció vigente lo dispuesto sobre el JuezConservador de la Compal'lla en Cédiz, que seré el PresIdente de la Con·tratación, es decir, don Esteban José de Abaría, Así, en calidad de JuezConservador, el Intendente de Cataluña presidiré las Juntas Generalesde Accionistas (art. 85 'J, Y ambos Jueces otendrlln el espacial encargode defender, y proteger la Real Compallia, y mantenerla en la poseslon,y goze de todos sus privilegios, e Inmunidades.... , con la facultad deproceder por si contra los Infractores de la Real Cédula y de tas Orde­nanzas Internas, Tendrán tambIén el conocImiento prIvatIvo de los delitoscometidos por sus dIrIgentes, lactares y demb empleados en el desem­peno de sus funcIones, con InhibIcIón de todos los demb trIbunales deEspalla y América que entiendan en delltos económIcos (art. 87°J. Sinembargo, el articulo 88· concede facultad a 105 directores para procedercivil y crIminalmente ante los tribunales correspondientes en caso demalversación da caudales, efectos e Intereses de la Compai'lla por IUS

faclores en Cádlz o en AmérIca, con la finalidad de llegar a la recupe­ración de las cantidades malversadas. El PreSIdente de la ContratacIón,como Juez Conservador en Cádlz, conoceré privativamente todas les ac­tuaciones en aquella plaza y en alta mar (lIrt, 90 °l. Ahora bien, en casode ser encausada la propia Companla, oserA el conocImiento en el lugarda su domlcllloo, y por tanto. sólo Intervendrá al Intendente de Cataluña,Se dispone expresamente en el articulo 91 • le Inhibición de la Real Au·dlencia de Cataluña, por lo que la Compañia quedaría al margen del con·flicto de JurIsdiccIones que enfrentó a Audiencia e IntendencIa, Final·mente, las apelaciones a las sentencias de ambos jueces conservadores,seglin el articulo 92', se llevarán directamente ante el Consejo de Indias.

El articulo 93 o, y liltlmo, de las Ordenanzas Internas explica que·slendo importante 11 la Compañia el secreto en el curso de su Comer­cio, nlngun Tribunal podrll compeler 11 los Directores, Contador, y Theso­rero que presenten para verse los libros de la CompañIa.. , •. Se trata deuna norma de consecuellcias lamentables, doscientos años después, yaque este prlvlleglo es la cauaa por la que el magnlllco conjunto de libroscontables y de documentacIón interna, a los que hacen alusión directaestas Ordenanzas, no haya podido ser descubIerto ni utilizado, a excepcIón,precisamente. de algunas coplas realizadas Incumpliendo este liltlmoartículo 'l.

41. Concrelamante, por 111 Fiscal dll la Audlancia de Ssnlo Domingo qU8.

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M,tE pf(~QkJopord!'·n ;t(

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2.3. - LA _INSTRUCCION DE LAS REGLAS Y FORMALIDADES EN LAHABILlTACION y APRESTO DE LOS NAVIOS.42

Esta _InstruccIón., consta de quince reglas. dirigidas por el Secre­tario do Marina don Jullán de Arrlaga al Intendente de Cataluña. bajo cuyocontrol se han de organizar las expediciones de la Compañia. Son nor­mas que. carentes de toda retórica, componen un breve documento. Surango legal tambIén es. obviamente. menor que la Reel Cédula y las Orodenanzas Internas; pero no por eso deja de tener gran Interés su con­tenido. la _Instrucción_ determIna los trámites a seguir en Barcelonapara le cerga y expedición reglamentaria de los bajeles de la Real Com·pañia. Estos trámites vienen a cubrir le ausencia de una normativa queregulase todos estos aspectos en Barcelona. y por ello. suponen unaadaptación de los procedimlantos regularmente empleados en Cadlz enel envio de embarcacIones a Amérlce 43.

la primera de las reglas dispone que. una vez que la Compañiacuente con autorización para realizar una e¡,:pedlción. sus directores _pre­sentaran pedimento» al Intendente de Cataluña. Se acompañará certifi­cación de la propiedad de la embarcación y. aceptada la peticIón. se lle­vará a cabo 18 primera _visita •. En ésta. se inspeccionaré el estado dela nave. señalándose. en su caso. las reparaciones necesarias para unanavegación segura. Una segunda visita servirá pera comprobar las repa·raciones, otorgándose los certIficados correspondientes por los maestroamayores y calafates. Estos serán los primeros documentos que Integra·rán el regIstro de cada viaje, A pesar de que por el capitulo IV de suReal Cédula. la CompañIa de Barcelona no ha de pagar derechos de tooneladas. el punto 2 - de la _Instrucción_ estipula que, de todas formas.se realice el arqueo de la embarcación ya que este dato será útil y _de_

violentemente. se hizo con los libros contables de la lactaría para utilizarloscomo prueba en la causa que en lnl promovíó contra los faciales por presun­10 contrabando. La sentancla absolutoría que en apelacíón díctó el CoI'lsejo deIndías no olvidó mencionar este íncumplímlent", rOK:rímínando duramente alFíscal por ell". Sobre este esunto trala la mayoría de los e¡,:pedlentes del leg.21.058 de la secc. de Consejos Suprímldos del A.H.N. y I"s he utlllzado en mi_Contrebandlstas. criollos y...• ya cltedo. Por aIra parte. e~ísten otros IIbroacorrespondientes a las teetorfas de la Compañilt. elaborados por un apoderadogene....1 para Am'¡rfca. htev<l Brt,lguera. a lo largo de la InspOK:clón llevad. acebo en 1180-1181. conservados en A.C.A.. Apéndice Generel. n.· 553 {slgn. anl.).

42. El titulo completo del documento es _Instruccloo de las Reglas y For·mandade. que .e han de practicar en Bareelona en la habilitación y epresto delos Navlos que hubíere de despachar la Real Compai'iía de aquella Capital parasu Comercío y Trtlflco con las Islas de SI. Domingo. Puerto-Aíco y La Margaríla.en conformidad con la Real Zédula de su estableclmíento. expedída en 4 deMayo de 1755 •. Firma esla .Instrucclón. el SOK:relarlo de Marina don Jul!én deArrlaga el 6 de abdl de 1756 y esté dírlglda al Intendente de Catalul'ia don Jos'¡de Contamína [A.OJ., Conlralaclón. Inventarlo IV. leg. S.CI05}.

43. Las referencias a este procedímlento y lormalldades en A. Garcla·Baquero. C6dlz )' el ArIJntlco.... vol. l. pp. 165-174.

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M 'ltE pce

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berilo tenerJI8 a la vista. no solo para el caso de los Saguros que se acosotumbran, sino IXIr otros incidentes que ocurran•.

la regla 3' explica las normas bajo las cuales el maestre de la em­barcación ha de presentar sus fianzas. normas que siguen las que sepractican en CMlz. Pero. se añade que. la Compañia podrá Instituirse enfiadora ya que wcomo que redundan en su propio daño o beneficio res­pecto de no haberse de cargar en los Navlos cosa alguna que no seade su quentll. se podr.ln omitir En efecto. los registros de Contra·tación de las expediciones de la Compañía de Barcelona omiten el usualcapitulo de fiadores y abonadores del maestre. que es sustituido por laformalidad de une petición firmada pOr el factor de le Compañia en Cádlzy la aceptllclón por parte del Presidente de la Contratación, admitiendoel nombramiento del maestre .con relevaclon de fianzas ... a ejemplode lo que se practica con la de CaraCaS y la Habana.... ~. Pero. tanto laembarcación como el maestre han de estar libres de cualquier obliga­ción anterior {regla 4 'J, Y una vez que maestre y barco son admitidos.ta regla 5· señala que ya se puede J}lIsar a la carga da las mercanclas.Se practIcará un fondeo para comprobar ,que no hay Fruttos ni Merca­derlas a su bordo. y. en caso de haberlos, se Incurrirá en la pena decomiso.

El paso siguiente es la apertura del, registro•. Este será supervisado

44. No es cierto, a pesar de lo que aqul SE! dice. qUE! en las embareaclon{lSde la Reat COmpanle eólo se carguen mercancfes de cuenla prople. ArTlege notuvo en cuenla dicha posibilidad. que fue ulHllada en buena medIda por laCompañfe. Véase mis ebaJo. 6.1.2. _ 'Lu grand"s cifras. La evolución de lasell"portaeIOfles•. Pero el resultado fue que la Compa/'ifa no se vio en la precl·sl6n de presentar fianzas de la maestrla máa qua en las ell"p.edlclones especia·les a Honduras y a Buenos AIres.

45. En todos los Registros de las ell"p.edlclones de la Companla se Inclu·yen tates documentos. cuyos tell"fOs se repiten casI siempre. muy aprOll"lmada­mente. de la misma forma que en este ejemplo. correspondiente a la expedlcl6nfeelluda en 1173 por la ¡rag. N.· S.' da Montaetro/, e cargo del maestre JoaepPau 80navlda:

.PadlmcntG: Don Francisco SOllvera. faclor de la Real Compal'ila (... )en fuerza de la Reel Zedule da Creación y Estableci­miento da dha. Real Comp.' [. .. ) y de permiso conledldopor R.O. C. .. I y para que usr se verifique y eJar¡:e In tun-­ciones de la maestrla ha de ser V.S. servido admitirlopara este encargo con relevaclon da flan183 como estaconledldo. y se ha verlffcado con Jos demás Navlos quehe despachado dha. Real Comp.· mi autore, a ejemplode lo que se practica con la de Caracas y la Habana (... )(siguen las ffrmas de F. Sollvera y de J. Pau Bonavlda).

Auto: Por preaentado este aacrllo c. ..) se reciban las pollus opapeles que diere su Cepltan o Maestre don Joseph PauBonavlda. a quien su Srla admIte por tal bajo le obliga­clon que hace y en la que queda constituida la mismaReal Comp." c. ..) [sigue le ffrma de dOfl Joaqufn M.' deVlllena, Marqués del Real Tesoro. Presidente de le Con­trataclónl.'

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M"l.tE pn ~QkJ() por de'!"! ;te

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por el Intendente, según la regla 6". anoténdose en cada partida la fechay descripción do la mercanela. Completada la carga, el registro resul­tante de la agregación de todos los documentos anteriores seré cerra·do. sellado y rotulMlo al Presidente de la Contratación donde lo presen·taré el propio maestre al llegar a Cédlz. Allí se abriré para la comproba­ción -sin descargar las mercancías, según el capítulo 11 de la Real Cé­dulo-- y para incorporar las partIdas de carga correspondIentes a lasmercanelas que en Cédiz se carguen. Volveré a ser cerrado. sellado yrotulado, ahora a los oflclales reales del lugar a donde fuere destinadala embarcación. Le regla 7" explica la forma en que el maestre ha deIntervenir en la carga. Como responsable directo de ella, solicitaré delIntendente el despacho correspondiente para cada mercancía y otorgarépóliza de cada partIda. En éstas ae anotarán los frangotes. tercios o ca­lones y los efectos y frutos de cMla una.•con expresión del peso y nU­mero de piezas, bien entendido que en los que sean de medida no se hade decir ni reconocer su contenido. porque basta saberse los palmos Cú'blcos que tienen ...•. ya que se lea va a aplicar el sistema de palmeo delProyecto de 1720.

El Intendente de Cataluña remitiré a Cádlz una relación. además dela que lleve consIgo el maestre. de todo lo Que se haya cargado en Bar·celona. Incluido el rancho y bastlmentos (regla 9 "l. Esta relación viene asuponer un resumen de las partidas de carga individuales y su objetivodirecto es le fljeción de 105 derechos que la carga ha de contribuir. Estecálculo eslá reservado a los oficiales gaditanos ya que la Casa de Con·trataclón sigue alendo. a pesar de realizarse la carga en Barcelona, elorganismo encargado de ejercer el control fiscal sobre la Compañia deBarcelona. Por otra parte. como la Real Compañía no estaba exenta delos derechos de Aduanas de Cataluña. será necesario presentar las cer­tificacIones del pago de ellos por las mercanc(as introducIdas previamen­te en el PrIncipado {regla 9-].

El punto la· de la .Instrucclón. Ind¡ca que el Intendente admitiré.además de los oficiales y tripulación, el embarque de aquallas personasque en calidad de factores y empleados sea preciso que se trasladen aAmérIca. Naturalmente. se exigen las condiciones usualas para elto. comolimpIeza de sangre. autorIzación conyugal o certIficado de solterla. etc.

El Intendente ordenará, finalmente, una tercera visita cuando el bajelesté ya listo para navegar. Se comprobaré ahora la capacIdad defensIvade la nave. asr como la completa provisión do vrveres y pertrechos y Inpresencia de todo el personal reglamentado. es decir. pilotos. capellán,cirujano y sangrador (regla 11 "J. Esta tercera visIta se repellrá en Cádlz.donde además se tendrá espacial cuidado an evitar el embarque de .110­vidas. o polizones (regla 12 "l.

El capitulo 111 da la Cédula de la Compal'ila ordenaba que el regresode sus barcos se hIcIera directamente a Cádlz. En relación con ello. laregla 13" explica que alli se contribuirán los derechos correspondientesa la carga de regreso tras su reconocimiento PQr los oficIales de la Con·Irlltacl6n. Al llegar a Barcelona los certillcados dal pago se presentIrán

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y (del otro registro) ( ..) después de 8 Años, muchedumvre de cajonesy ter~los de Bretanyas podridas...•. Estas noticias dan Idea de la pobrecapacidad de consumo de Cumaná, edemás de expresar el lamentabledesconocimiento del mercado de quienes se aventuraron a aparecer poraJll. Por sI fuera poco, más descorazonadora es la afirmación del Gober·nadar de qua _ningun otro Rejistro de quantos han benldo aqul de Españay de las Yslss Canarias ha regresado CH) (sin grandes pérdidas) en aldiscurso de 30 ai\os... o. Finalmente, en cuanto a la forma de IncorporarCumaná al comercio metropolitano, opina el Gobernador que lo mejor esque .este encargo se hiciese más bien a la Campo' de Caracas, assl porser Tierra Firme corrida y tan InmedIata a esta Provln~la como por maio·res Fondos, Comercio y moderaclon de precios de sus Géneros respectode la de Cathaluña... o. En resumidas cuentas, aceptando que el Gober­nador estaba bien informado y bien Intencionado, sus palabras Indicanque Cumaná a mediados del siglo XVIll distaba mucho de ser un codi­cIado Eldorado. Pero, si no lo era en 1760, nada impedia que, sobre labase de sus rique~as naturales por explotar. se pensara que más ade­lante podia llegar a serlo. Es, pues. en este contexto de promoción agrl·cola de las cotonlas .perliérlcas. en el que se entiende que el Gobiernometropolitano buscara quien se encargase del comercIo de la provinciacumansgsta partIendo. por decirlo asl. de su propia InIciatIva.

Estas palabras relativas a una iniciativa gubernamental en la exten·slón del comercio de la Compañia de Barcelona a Cumaná, son frulo deuna suposición, desde luego, Pero tampoco hay motivos para contrade­cirles más que en 111 medido en que lo ampliación también fuese unaaspiración de los fundadores de la CompañIa, derivada, también supues·tamente. de la Insatisfacción con que habría sido recibida la asignaciónInIcial, reducida e algunas Islas caribeñas. A estas especulaciones obligael hecho de que no se conoce de forma directa Is razón por la que se de­cidió conceder precIsamente a la Compañía de Barcelona el comerciode Cumané.

Lo cierto es que, por Real Orden del 6 de marzo de 1161, la RealCompañia fue encargada de la provisión da frutos y efectos a la Provln·cla de Cumaná 52. Fue desolde, por tanto, la recomendación del Goberna­dor DIguJa que preferla la Compañia de Caracas. En la Real Orden sedoJaban a la Compañia de Barcelona dos apclones para llevar a cabo sucomercIo en Cumaná; una, el comercio directo con expediciones regis·tradas desde Barcelona y Cl\dlz; otra, un comercio Indirecto a través delas anterIores factorias de la CompañIa. Esta segunda modalidad fue lainicialmente elegida por los directores 1>;

52. Copla manuscrita de esta R. O. en A.G.l .. tndlferente General, leg. 2.382.53. Carte de la dirección de le Compe~[a de 14 de marzo de 1761, en

A.GJ., Indiferente General, le9. 2.382. Una e~pHcacl6n muy parecIda en el .In.forme de la O[r&Cclón de la Compai'ila de 8ar~lena a la Junta General de Ac-clonlstaa de 4 de Mayo de 1762., reproducido por f. Rahala, Comercio deC"'<f/unyil p. 288. Por aIra parte, el 24 de abril de 1761 fue lemltlda la R. O.

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• abrazaremos la via de ampliación a la ConeesiófI anteriorda las raferidas Islas, socorriendo por aora la Provincia de Cu·maná de los Almazenes de la Margarita (...J. conduciendo a losmismos los frullos y generos de retorno. hasta que la experien·cla del succeso fasillte poder ejecutarlo en derechura con Re­jlstro correspondiente, estableciendo Facturia en aquella Pro·vlncia..••

la elección de los directores fue aprobada el 24 de mayo de 1761 :lO

Y no se tardó en poner manos a la obra. Sin embargo. de momento. losesfuerzos de la Compañia quederon en el mero lntento. Entre otras con­trarledadas.lS, la Intervención española en la guerra do los Siete AñosImpidió la inmediata apartura de la ruta da Tierra Firme para la Campa·ñla. la fragata San José y San Anfonlo de PBdU8 que, destinada a la Mar·garita y a la provisión da Cumaná. salió do Barcelona en noviembre de1761, fue apresada ante Gibraltar en los compases inlciales del confllc­to JO. Seguramente desconocIendo esta desgracia. pero también con cler·la Indlslmulada animadversión hacia la Compania. el Gobernador de Cu'maná comunicó en 1763 que hasta el momento _la Comp" de Cathalanesno ha dado la menor probidenzla. y que estol verldicamente cerzlorado.que en los Almazones de la Margarlla no tlanen ni comestlbles ni ropasútiles, sino que se valen de los olandeses.~. Pero se equivocaba el Go­vernador. Una vez firmado el Tratado da Paria (10 de febrero de 1163) ytanteado el terreno desde los anteriores asantamlentos. la Compai'iladecidió Inatalar en las ciudades de Cumaná y Nueva Barcalona sus pro·plas factorlas, y en 1766 se trasladó allí el primer grupo de sus repre·.!Ientante.!l, encargados de Inaugurar el comercio ya dlracto con Cumaná"'.

Por los mismos años, la Compailia de Barcalona Iuvo la oportunidadde continuar la expansión de sus áreas comerciales hacia las Bo·cas del Orlnoco y la Guayana. la Iniciativa no partla de ella misma y.en realidad, no se mostró muy decidida a ello. En agoslo de 1765, elComandante General de Poblaciones del Orlnoco don José da Iturrlaga re·m1tió a la Secralarla de Marina una representación pidiendo que la Com·pañla da Barcelona extendiese su comercio hacia las nuevas tierras del

de ampllllClón a Cuman' al gobernador don José Dlguja. quien no contestO consu .enterado. hasta el 26 de marzo del ai'lo siguiente (A.G.I.. Gobierno. Car.·caso leg. 12l).

Sot. A.OL lndlfoneme OlOnaral. lag. 2.382.55. Por elemplo. una epidemIa de viruelas desstada en Cuman' a prlncl·

pies de 1764 que. según los responubles de la Compañía de Barcelona. le ím­pidió todo comercIo IA.O.l .. GobIerno. Caracas. leg. 1211.

56. Véase mb abajo. apartado 5.2.2. _ .la Inseguridad en el comercie:Mulraglos y apres.emlentos•.

57. A.G.I., Gobierno. CarllC8s, ley. 121.58. El grupo estaba compuesto por 7 administradores y foctores y 4 .mu­

chachos. para dlstrlbulrslt entra les dos factorlas y se embarcaron en el pa.quebote N.' S.- del PII.r qlMl zarpó de Cédlz el 30 de octubre de 1766. lnaugu·téndose asl el comercio directo de la Compañia con Cuman' (A.G.I.. Contrata·clón. Inventarie 111. leg. 1.6761.

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MatE P"

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Oriente venezolano rnlldianle una factoria!/l. Iturrlaga se habia puestopreviamente en contacto con los lactores de la Margarita, los más pró~i·

mas dado que todavía no se habían abierto las factorías de Cumané, peroéstos rechazeron le sugerencia aduciendo felta de órdenes el respecto.Más tarde. en noviembre de 1767. don Manuel Centurión. sucesor de Itu­nlaga, insiste en la petición. sollcltando que con urgencia se provea a lazona .por ReJistro particular o por Factor de alguna Compañia.... asegu­rando a V.E. bajo de mi Palabre que no malograrla su Caudal ni su tra·bajo el Negociante que lntrodujesse en este Rlo un Rejilltro de Españacon 50 mil ó 60 mll pessos de Electos...• <o. Pero. a pesar del optimismode Centurión. la Real Compañía no enCOntró atractiva la proposición. Laúnica noticia que suponga alguna respuesta por parte de le Compañiase halla en un poder otorgado en 1774 a Gabriel Garrlga, agente ante laCorte. En esta escritura"'. se explica que el4 de Julio de t77A el Consejode Indles hizo saber a la dirección de la Compañia su intención de queestableciera un comercio directo desde España a La Guayana. La Juntade Diputados. reunida en octubre -es decir. sin darse ninguna prisa­aceptó en principio la proposición. apoderando a Gabriel Garrlga paranegociar las cOllcllclones. No obstante. estas negociaciones no dieronningún !ruto y la Compañía de Barcelona jamás destinó ninguna e~pedi­

ción a la Guayana.En dafinitiva, a pesar de este último ¡ntento, que como se ha visto

partió més de la Administración que de la Compañia, sus zonas de ac·clón comercial privilegiada continuaron sIendo la primitiva de las islasde Santo Domingo, Puerto Rico y la Margarita, a las que se unió por laReal Orden de 6 de marzo de 1761 la Provincia de Cumaná.

2.4.2. - Modificaciones en las Ordenanzas Internas

A los catorce años de existencia de la Real Compañía. se decidiómQ<!ificar todos aquellos articulas de las Ordenanzas Internas que laexperleocia habia demostrado Ineficientes. Por ello, los directores in·cluyeron todas las propuestas de mQ<!íflcación en una única representa­ción. remitida en abril de 17700:.

El primero de los cambios solicitados se reliere al articulo 13". queimponla algunas formalidades engorrosas en la compraventa y cesión deacciones. corno la presancla de notariO y la copia literal en escriturapública de la vitela de la scclón vendida o cedida. La modlllcación que sepide es la simplificación de estos requls1los, de manera que fuera sufl·ciente la reseña, en escritura pública, de la fecha de la transacción, nú­mero de la acción y nombre del comprador o cesionario.

59. A.G.I.. Gobierno. Caracas, leg. JO.60. A.G.l .. Gobierno, Ceracas. leg. JO.61. A.H.P.B.. Josn Prats. Inslrumento....m IV. fol. 298.62. A.G.L. Gobiumo. Sto. Domlng". leg. 1.100, e Indiferente General, lego

2.382.

MatE PI"( egida po!" den Jtor

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En scgundo lugar. so pedía que la ordcnanza lij' y la 18' tambiéntuesen altaradas. Estos artIculas autorizaban a los suscriptores que po­seyeran ocho o olés accIones a recibir hasta cinco poderes de otrostantos accionistas con voto en la Junta General para rapresentarlos enésta. Igualmente, aquellos comerciantes barceloneses que firmaron lasescrituras de 1755 en representación del .Comerclo de Bercelona_ y loscomerciantes matriculados que poseyeran cuatro acciones podlan recibirhasta tres poderes. A pesar de que ésto ya tendía a diversificar la comoposIción de la Junta General. en la petición de 1770 se consideraba in·suficiente. y dado que .son demasiados los votos que pueden recaheren una Persona (. .. ) pareze convenIente establescer que los Interessadosen 8 Acciones no puedan adlmtir mas de 2 poderes, y que los Gomar·clantes matriculados que tengan 4 Acciones sólo puedan admitir uno... _.Como se ve, se trata de ampliar la presencia de comarclantes matricu­lados en las Juntas Generales. No obstante, no se olvide que permane­cen Intactas las condiciones necesarias para poder ser candidato a lospuestos de dirección de la CompañIa por lo que, en la práctica. ampllarla base electoral no equivale necesariamente a abrir su gobIerno.

El tercer cambio solicitado Incide, precisamente, en el sistema dedirección de la Compañia y. es posible, que esté relacIonado con lo an­terior. El articulo 2S' de las Ordenanzas prohibía la reelección de loscargos directivos en trienios consecutivos. En este caso, dice la repre·sentaclón de 1770, lo que la experiencia ha ensel'iado son .Ios Inconve·nlentes que resultan de que entren nuevos en cada Trlennlo todos losDirectores, por el mucho tiempo que necesitan para Imponerse en elestado del Giro..... Por esta razón, se propone que. realizándose laselecciones por el mismo procedImiento anterior, sin embargo,

.en cada un Trlennio acabe uno de los antiguos, y entre el prl·mero de los elegidos a sel"Jlr desde luego con dos de los sn·tecedentes: que concluido el Año. salga otro de los antiguos.y entre el segundo de los nuevos: y concluidos los dos años.salga el que queda do los antiguos, y entre el tercero de losnuevos: continuandose de esta misma forma en todos los Trlen­nios consecutivos •.

Este aparentomente complicado sistema buscaba sustituIr el relevototal de los cargos por la mezclo de los experImentados con los novelos,logrando asl una perfecta contlnuldad en la gestión de la Compa/lla.

Estas propuestas de modificación de las Ordenanzas contaron, enprimer lugar. con un Informe favorable de la Contadurfa General de Re·glamentos, Firmado por don Tomb Ortrz de landazurl. quien consideróque las alteraclonos podlan mejorar el gobierno de la Compañia. El fiscaldel Consejo de Indias también informó favorablemente, expllcando que-no se descubre perjuicio alguno contra el Público. conlra el Estado. nicontra lOS interesses de S.M. (.. .l, de suerte que aún quando la preten­dIda alteración no fuese tan útil como se IIgura quedanln BUS perjuIcios

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M ~, ,

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dentro de la misma Comp.' ... _. El Consejo se conformó sIn dificultadescon estos dlctémenes y, finalmente, el 31 de marzo de 1771 fueran aproobadas las modlllcaclones tal como las habla solicitado la Compañia me·dlante la correspondIente Real Cédula. en cuyo texto se reproduce casIal pie de la letra la representación de abril de 1770 oJ .

Como la Real Cédula estaba fechada el 31 de marzo de 1771, loscambios aprobados por ella pudieron entrar en vIgor con tiempo sufl·clente como para que ls convocatoria de la Junta General correspon·diente al trienio que finalizaba en mayo de 1771, por lo referente a rasdelegaciones de votos. se hiciera bajo las nuevas reglas y. por tanto, Isconcurrencia fuese mb numerosa que en anterIores Juntas. De Igualforma, el slstems de .suceslón gradual. mediante la renovación portercios pudo ser aplicado ya en los elegidos por eata Junta, lo cual sehizo constar en las escrituras que dan fe de las ceremonias de Juraman·to y toml de posesión da los nuevos dIrigentes de la Real CompafUa".

2.4.3. - Nuevos cambios: supresión de la dirección colegleda y trienal.

El gobierno de la Real Compañia aún viviría, al final de su e)(isleocia,ya en los afias ochenta. nuevas e Importantes modlflcaclones. Pero. a dife­rencia de las que acabamos de conocer. que no alteraban la esencia delsistema -dirección tripartita colegiada-. sino solamente el momento enque cada director ocuparé 8U ¡HJ8sto, estos otros cambios supondrán ladesapatlclón del sistema establecido en 1755. Hay que lIe"alar. edemb.que la nueva forme de gobierno de la Compañia de Barcelona está, enrealidad, més motivada por le crisis tinal de la Sociedad que por la bús·queda de nuevas perspectivas. De hecho. cuando tuvieron lugar estoscambios, aquellas perspectivas ya no exlst!an para la Real Compañía.

Antes de llegar a ello. sin embargo, ya se dieron algunos pasos ten·dentes a la supresión del característico sistema tripartito y trienal. Porejemplo, una petición presantada en dlclambre de 1776 ante el Despachode Indias 65. Se trata de un largo escrito que. tras recordar la vigenteprohibición de reelegir a los dirigentes de la Compañis, hace presente laposibilidad extraordinaria de hacerlo [caps. V y XXVI de la Real Cédula}.La necesidad de reformar las instItuciones es JustifIcada con algunos pá·rrafos, dIgnos de figurar en el mejor tratado de teoria polltica, que In·tentan hacer ver que la rigidez en ei gobierno de la Compa"'a es lo _quela va acercando a su ruina. que. sin duda. _procederia de que algún 1m·¡HJlso no premeditado trastornaba la mAquina y habla perturbado el oroden•. Sin abandonarse el tono ciertamente Ilustrado con que está re·dactada la representación, esa trastorno es localizado en las factorlas,

63. Todos astas dictámenes e Informes en A.G.I.. Goblarno. Sto. Domingo.lag. 1.100; Indiferente Genal1ll.leg. 2.382 y Contratación. Inventarlo IV. leg. 5.005.

64. A.H.P.S.. JOlIn Prats. Instrurnentorum J. fol. 13&.65. A.G.I .. Goblarno. Slo. Domingo. lag. 1.100. e Indiferente Ganeral. lag.

2.382.

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MatE ¡Jrcegdoporaer

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ya que .Ios Factores se hablan abrogado (sic) facultades que no lescompetían (... ) emprendieron de propia autoridad, proiectos vastos, sincaudales ni inteligencia ...•. Atajar estas e:'ltralimitaciones resulta impo­sible en la préctica actual porque los directores, al entrar en sus puestos,tardan en conocer la situación y disponer las convenientes órdenes,.y Cuando éstas han llegado a los Factores. empenados en llevar ade­lante sus ideas, han ido e:'lpU8stas a perder toda su autoridad porque (...)confiados en que ha de espirar su virtud con el Trlennlo. que con estasdilaciones artificiosas se cumple ...•. la rivalidad entre los directorestambién es argOida, para concluir la representación que es necesaria.una autoridad permanente que se hiciera respetable y de obedecer delos subalternos •. TrélS la acostumbrada referencia a la Compañia de Ca·racas. que ante unas dificultades parecidas vio aprobada la solución pro·puesta por su dirección, y algunas reflexiones más sobre la Ineficaciade los gobiernos de tiempo limitado. finaliza la representación suplican·do a S.M. que -se digne perpetuar en sus empleos al Director Don Fran·cisco Capalé y Vidal. y al Contador Don Miguel Joseph Formentl. que contanto amor e inteligencia se han dedicado L..) o a lo menos que se sirvaV.M. prorrogarlos por Nueve Años•.

Esta representación parece un golpe de fuerza por parte de laspersonas que en 1776 ocupaban la direCCión de la Companla; pero. antodo caso, no tuvo efecto momentáneo porque la petición no fue aproobada y en 1771. al inicio de un nuevo trienio. todos los cargos pasaronnuevamente a elección y no aparecen en nlngU/l(} de eUos ni Forment!ni Capalá". No obstante. este último será elegido nuevamente en el si­guiente trienio, en 1180. junio a Josep Forn I de Mlléns y Meteu Clvll·l .lo que le valló continuar en la dirección de la CompañIa cuando añosmás tarde cambia efectivamente el sistema. Aunque rechazada, la pe·tlcl6n de t776 era un precedente y muestra que en el seno de la Comopanla prosperaba la Idea de que su gobierno debía sujetarse a normasdistIntas de las vigentes. Ahore bien. solamente cuando la ruina de laCompañfa era algo más que una amenaza y cuando aquellos que habfaoInvertIdo algunos ahorros en ella. tanto los lmpositores como los peque·nos y grandes accionistas. temieron no sólo por el rendimIento de sudinero, sIno por el propio capital, se hará inevitable el abandono del tra·diclonal sistema trinitario.

los cambios se Iniciaron a partir de 1782 en que, por primera vez,se constituyó una .Junta Comlslonada_. cuya formación fue promovidapor los propios dIrectores con la finalidad de Balvar la criSiS de la Com­pai'ila. tratando de .restablecer su Crédito en el Público •. Esta Junta Co·misionada agrupaba a vocales elegidos tanto entre los accionistas comoentre 109 intranquilos Imposltores. y habrá de supervisar ras operacionesy decisIones de la dirección, quadando ésta sujeta a sus resoluciones.

68. Para el trienio ln7·1780 tueron elellldos como dlr&t:tores Joao PauGlspert, Josep Mallos y Beoet Durlin, eomo contador Joan BlIptlste Amol! ycomo tesorero Franeasc de Clots IA.H.P.8.• Jean Prsts. Conlraetuum VII. foL 1281.

67. A.H.P.B.. Joan PralS, Contra<::!Uum X. fol 107.

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pero también respaldada por aquella~. Además de la superposición deesta Junta Comisionada, se produjo otro cambio sustancial: fue supri·mido el lérmino trienal de los mendatos y se abolló la prohibición de re­elecciones. Desgraciadamente, esta novedad no puede ser analizada contodo el detalle deseado porque las noticies sobre estos últimos ailos dela Real Compañia son incompletas y dispersas; pero el hecho es quealgunas personas lueron perpetuadas al frenle de la Compañia de Bar·celona. La Junta General que debla haberse celebrado en mayo de 1783,no se convocó .... Al mismo tiempo. con el sistema tradicional. Josep fom,el elegido en primer lugar, habrla acabado su mandato el 30 de abrilde 1783; sin embargo. en 1784 continua como director Junto a Capalé ya Civil "'. de manera que la dirección de la Compañia fue prolongada enlos elegidos en 1780.

Por su parte, la Junta Comisionada de 1782 no debió solucioner grsncosa ya que en abril de 1784 el Barón de la linde, como Jue~ Conservadorde la Compañia, comunicó a don José de Gélve~ que habla autor¡~ado laconvocatoria de una Junta General e;o;treordinarle, dado .el crítico y la­mentable estado en que se halla la citada Compañle. JI. Esta Junta Ge·neral extraordinaria se celebró en la lonja el 21 de Junio de 1784 y suprincipal acuerdo lue el de crear otra Junta Comisionada que sustItuyeraa la de t782. Esta nueva Junta de 1784 estaré formada por dle~ miembros.de los que cuatro habrlen de proceder de la anterior. divididos por mitadentre accionistas e Imposltores, y le lueron conferidos por la Generalamplios poderes. aunque, en realidad, éstos ya no pueden emplearsepréctlcamente para nada més Que para Ir psgendo en l. medida de lo po.sible 11 los IIcreedores. los directores quedan como meros agentes de laJunta Comisionada, aunque, por otra parte, están integrados en elle. FI­nalmente. la Junta General acordó que 111 Comlslonade dlsei'iara un .PlanEconómico_ cuyo fin no se señala. pero se adIvina qua consistiré en agl·Ii~ar la recogIda de bienes que aún poseyera la Compai'ila 11. Este .PlanEconómico. fue confeccionado antes de acabar el año 1784 y conste devarios puntos tendentes. efectlvilmente, a economizar gastos (conceltraclón de todas las oficinas de la Compañia en un solo lugar, elabora·clón de normas para el control de los directores por la Junta Comisiona·

68. las noticias más dlractlls sobre esta Junta Comisionada de 1782 PfOovienen de una representllclón firmada por EsleV& Bl"ll\luera. sntlgllO apoderadogeneral de la Compatlla para Am6rlca. en 1792, como cesionario de un grupod& acreedores dlt la COmpatll& fA.G.l., Indlferltnte General. lego 2.383) y de lacertIficacIón expedida en 1190 por el secretario de la COmpatlla relativa. laconstitUCión de la Junta COmisionada de 17&4 (A.H.P.B.. Joan Prats. Contr.e­tuum XX. fol. 361.

69. D& habersa celebrado quedaria el acla escriturada en los msnualude prolocolos de Josn Prata. nolarlo de la COmpañia. quien racoge. como supadre. religiosamente todas las escrituras de la Compal'ifa de Barcelona. V6ase.Fuentes •.

70. A.H.P.B.• Joan Prala, COntractuum XIV. fol. 52.71. A.G.l., Indlfarante General. lego 2.382.72. A.H.P.B.. Joan Prats. Contractuum XX. fol. 361: A.G.I .• Indlferenla

Genaral. lego 2.382.

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Otra slgnlflcatlva solicitud de exencIón de derechos. lue la presen­tada el 18 de octubre de 1772. Se utiliza como argumento la poslbilldadde Incrementar los precios a los que pagaba e los hacendad03 de SantoDomingo. Puerto Rico y La Margarita los frutos que la Componía lescompraba para los retornos y el fomento de la producción locel que re­sultarla de elJo. argumento que esperaban los diractores que no de­jaria Insensibles a los destinatarios de su petición. Por ello se pIdela exención total de derechos de extracción sobre el cacao. azúcer. caféy otros frutos por espacio de veinte anos. La respuesta. negativa también.da don Miguel de Múzqulz explicaba qua la Corona no debla renunciar 8

sus rentas. y que • la falle de Negros estorba mas que los DerechosReales el cultivo de les Haciendas_ 76.

En 1782. cuando ya la Real Compaftla se deslizaba Ilacla su desapa·riciÓn. sus responsables utilizaron la dificil situación para reclamar otravez nuevas eltenclones flsceles. El 15 de mayo es remitida otra re­presentación e Florldeblanea. acompal'lada de un memorial al Rey, enlos que se pide autorizacIón para que le Compaftla pueda, durante diezaftos, enviar sus embarcaciones e Cumand. Caracas y VeracTUZ con fran·quicIo de derechos y bajo pabellón neutral, mientras durase la guerra.La cuantfa y tipo de esta franquicia es delada a la discreción del Gobier·no TI. Al aOO sIguiente. otra petición muy parecida, hace veler como jus­tlflcaclón el apresamiento de tres barcos de la Campanla cuando, enagosto de 1781. regresaban cargados con el cacao que. según este me·morlal. hubiera supuesto la salvacIón de le Companfa. La súplica es pre·sentada tanto en nombre de los accionistas como de .1lI Agrfculttlra.Artes. Oflcios y FabrIcas nacionales. a culo adelantamIento ha contri·buido (Is Companla) lazllltando la elttrecclón y conaumo de sus produc·clones ...•. En consecuencIa, el memorIal solicita ·permls80 para que enal termino de diez anos pueda eltPedir a Cumand. Caracas y Veracroz elnumero de Re/latros hasta completar 1.500 tonellldes en cada Ano. conla moderación de Derechos que V.M. se digne coozederle, assl de ex·tracción como de retorno...•. La respuesta concedla 400 toneladas anua·les para Cumand. pero no coodescendla ni a la moderación de derechosni a los regIstros pars Veracruz o C8raC8s. si bien recordaba a los dlrec·tores que la Companla, por libre comercio. podla comerciar con todoslos puertos habilitados 1&. Aunque sea una cuesllón marginal a lo aqultratado. se habré observado que la Compai'ila buscaba su salvación enmercados saguros. pero controlados. como VerscTUZ y Caracas. Igual'mente 8s slgniflcatlvo que en este punto no hubIese la menor transigen·cla gubamamental. Finalmonte. en 1785. la Companla welve a Insistir.tras haber inciuldo !IU!l p«ltlclones de rebajas de derechos en otras muochas representaciones. Pide la Compailla que se le exima da los dere-

76. A.G.I.. IOOlle.enle Generel. leg. 2.382.n. A.H.N.. secreterle de hl.do, leg. 2.3'5. ed••ctedo por P. león Tello.

Un IIlglo de lomento...• pp. 156-157. n." 2«.18. A.O.l .. Indiferente Oenerel. 11Ij). 2.382.

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MOllE pr( gidoporden ,Ioc

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chos correspondientes a la entrada de cacao en Barcelona, petición queys sólo mereció una lacónica negativa como respuesta ".

b) Peticiones de supresión de /a escajo en Códlz: tampoco tardómucho la Compai'lia en pretender eludir la escala en Ctidlz para el re·glstro ante la Contratación de sus expediciones. En junio de 1758 yaelevó una representación en este senUdo, basada en los resultados pocobrillantes de las primeras expediciones. y solicitaba permiso para en­viar dos o tres embarcaciones pequeñas que, tripuladas por pocos hom·bres. fuesen capaces de hacer rtipidos y efectivos viajes. Para ello, sereflexiona en la representación. era necesario marchar directamente aAmérica, sin detenerse en Cádlz. La respuesta de Arriaga fue conwn·dente: la Compai'lfa puede tripular sus embarcaciones como quiera. pero·no conviene S. M. en la proposición que Vms. hacen de navegar enderechura sin deternerse en Cédiz: y aun sIrve de extrañaza a S.M. quepretenda la Comp: un comercio directo a Indias deade esse puerto deBarzelona. lIlI• Naturalmente, era demasiado pronto para una idea seme­jante Y. en real1dad, no es que la Compañía se mostrase partidaria dellibre comercio, sino que su deseo era slcanzar un grado mM en la es·cala del favor, puesto que no renunciaba a los beneficios que en airasterrenos disfrutaba: pedlo su libre comercio. Esto podrá verse mejora continuación.

En 1768, una vez que ya habia sido aprobaoo el comercio Ubre deaarlovento. la Real Compai'ifa utlllzó esta circunstancia para Insistir ensu pretensión de eludir el paso por Cádiz. la representación se Iniciacon los elogios que 11 los directores merecieron .Ios auxilios con queS.M. quiso lavorezer a los que se animen a (comerciar con) las e",presss·dss Islas •. Como fs Real Compsñia es uno de los que se animan a co­merclar COn Iss Islas de Bsrlovento. pide que se permitan

.sus expediciones desde el puerlo de Barcelona a los de aque­llas sin prezlsarles a tocsr Cádiz. y en la misms forma los re­tornos a Barcelona, formandoles Rejistro con los derechos queestan prevenidos en Iss condiCiones qUllrta, quinta y sesta dela Zédula de Erección ...•.

No valló Is lIBgacidad del argumento. precisamente por lo recogidoen Is última de las líness reproducldss, y se rechszó que la Compai'ifsescogiera lo mejor del nuevo sistems. pero manteniendo tamblón lo me·jor de sus privilegios, ósto es. su régimen fiscal. Se le respondió que.suJetsndosse a los identicos termlnos que se observs con ISI Embsr·csclones def libre Comercio, no puede haber dIficultad: Ilendo en estecsso obligadoa s ls mllmll contribución de Derechos. 11. A la Compañiale Interesó más el msntenlmlento fntegro de sus privilegios fiscales que

79. A.O" .• Indllel"nte General. leg. 2.383.80. A.GJ.. Contratacl6fl, Invenlallo IV. leg. .s.005.81. A.O".. Indiferente General. tell. 2.382.

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MatE PI"( egida po!" den Jtar

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obviar la escola gaditana. No se trata. Jl'Or tanto, de que a la Compañiade Barcelona se le nIeguen facilidades que estaban al alcance de 105comerciantes partIculares. como comentó F, Rahola a la vista de estapetlclón 12, sino que ella mIsma escogió lo que se correspondla mejorcon su naturaleza: el mantenImiento de sus prMleglos fiscales. al me­nos, mientras éstos garantizasen más ventajas que las aperturas auce­slvas del comercIo colonial.

cl Monopolio en Cumaná: al examinar la Real Cédula de 4 de mayode 1755 hice hincapié en que a la Compallla de Barcelona nunca se laconcedió ninguna zona en régImen de monopolio comercial. Ahora bIen,ésto no quIere decIr que sus dirigentes no Intentaran conseguIr el pri­vilegio del comercIo exclusIvo y. concretamente. en aquel territorIo dondela Compa/lfa obtenla sus mejores resultados, es decir. en Cumané,

Generalmente. las petIciones de monopolio comercial se acompa·ñaban de la demanda de autorizacIón para practIcar el corso en las cos­tas cumanagatas. AsI ocurrió en 1768, cuando es solicitada por primerevez la exclusividad en Cumaná. Esta representacIón e ya amenazaba conoproceder al corte de su Comercio., al que se verla abocada la CompañIasi no se remediaba el prejuicio ocasIonado por la presencIa de dos em­barcaciones particulares, que compartIendo el mercado con la Compa­ñia, hacia que su comercio resultase deficitario. De ser cIerta la denun·cia, esté claro que la capacidad de consumo del mercado cumanagatotodavla era muy reducida. Por eso mIsmo. la representacIón tambiénalude al reparto de dicha capacidad que sUJl'One el contrabando, razónpor la cual se pide también que le aea autorizado oun pequel'io corso (...)armando de su quenta. para contener el IIizlto comercio dos lanchas yuna balandra con arreglo en un todo al que tiene la Comp.' de Cara­cas... '. el modelo que para la de Barcelona representó sIempre la Comopañla de Caracas. ahora se concreta en una de sus actIvidades más lu·crallvas; pero. al final. ni la exclusividad, ni el corso. fueron concedIdos.No mucho después. en JunIo de 1770, Inslsle la Compal'i!a de Barcelonacon un memorlel parecido". en el que eXJl'Onll .10 deplorable situacIónde aquel comerclo-. originado .por el clandestIno tratto, tan dlsslmuiadopor Aqulli Governador•. SI. al comercIo Ilegal. se suma la compelenclaejercida por los siete regIstros que desde 1761 a 1770 llegaron desde

82. F. Rllool•. Comercio de Clltaluilll.... p. 104: J. Carrera Pujal recoge aslecomentario en su HistorIa ECOI>dmlclI .... t. 1Il. p. 323.

83, A.G.! .. Indlferente Generar. leg. 2.382. Esta representacIón lleva adjU~

tadas elgunas notas Q\Hl Indican que la pretensl6n de la Compaflla habla sIdopreviamente recomendada en lérmlnos favorables por don Pedro José de UI1'U­tis. gobernador de Cumaná. quien en m'yo da 1768 propuso que no se conce·diera' ningún partIcular permiso para comercia, con la Provlnela. sIno sólo ala Compai\l•. Estos documentos plSsron llOf las manos da F, Aehola. copiándo­los casI literalmente en su Comercio dI!! Clttll/uillt.... p. 11)2. Y recogIdos tambIénpor J. Carrera pular. Htstorla EcO/lÓmlco" .. t. lU. p. 322.

84. A.G.f .. !ndllerenta Gene,al, leg. 2.382, documento Igualmente conocIdopor F. Reoola. Comercio de Cataluña.. , pp. 105-106.

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M 'ltE pre '

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Espai'ia, se comprende. conUnua el memorial. que sean pocos los bene­ficIos que saca de Cuman' la Compañle. La conclusIón ya se ve venir:

_Para el remedIo de todo lo expressado y que la Comp.' puedaseguIr su ComercIo en Aquella Provlnzla de Cumané, suplicase digne concederla V.M. la grezla de que see única en esteComercIo. que PlJeda mentener Guarda·Costas a sus expensas....

los deseos de establacer un corso y de conseguIr el monopolio ea-­merclal en Cuman' fueron Incluidos por los directores. como un obJe·tilia Importante. en el Informe presentado a la Junta General de AccIo­nIstas de 2 de mayo de tnl lS• lo que prueba que la Compal\la se reco·nocfa Incapaz de sostener la competencIa que alguooa pocos buquessuponlan en Cumant!. De todas maneras. hasta mayo de 1784 la Compa­tila de Barcelona 00 vollllÓ 8 solicitar formalmente el monopolio. Esta re­presentación denuncia que llegan a Cumaná embarcaciones que inicial·mente 00 estaban regIstradas para squel destino y como quiera que,según la Companla. la Provincia no puede consumir más de dos o tresregistros al al\o, ya se colige la dificultad que encuentra en sus ventas.La súplica final de esta representación. auténticamente lastimosa. esdIgna de aer reproducida:

-Supl1ca (...) eats pobre Companla ae sIrva V.E. Inclinar el ánimode S. M. a efecto de que no ae admitan més ReJlstros qua losde la Campanle suplicante por culo medio se sostendrá y re·pararé de sus quebrantos L ..) o a lo menos que no se admitanalll 103 Rejlstros que comparescan en Cumané a menos quehallan salido de España con permiso de S.M. para aquel destl·no (... ), y que se conceda a esta pobre Compa/Ua la exencIóny rebaja de Derechos que sea del agrado de V.E....•

Don Jos6 de Gálvez. que conoela la situaciÓn de la Companla en 1784y. por tanto, podre imaginar la poca cepacldad comercial que le quedaba.denegó lo aoliclledo en cuanto a la exclusivIdad y a las exenciones fls­calas, aunque la Compania pudo consolarse con la prevencIón remItidaal Intendente de Caracas y al Gobernador de Cumané sobre la admisiónde arribadas no autorlzadss-.

Conocido el contenIdo de las representaciones y memorlalas ante·rlores ys podremos decir algunas cosas, al margen de que. de haber re·clbldo respuestas afirmativas. hubiese sido alterado el marco Jurrdlcode la Companra de Barcelona. No lo hicieron; pero expresan bIen las Ideasde 8US dIrigentes. Expresan también algunos de los problemas prIncipa­les que. desde llU punto de IIlsta. tenia la CompañIa y el contenIdo deestos escrItos es la respuesta que ofreció ante ellos. buscando superar·

as. B.C.C.. AJ.C.. Folletos Bonsoms. n.· 1.451.86. A.G.I., IndIferente Gener.l. leg. 2.383.

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los en un forcejeo caal continuo con la Administración dispensadora degracias y privilegIos. Pero, a través de lo que hay de comun en todos losmamorlales y representaciones, y particularmente en éstos que fueronrechazados, se comprenden dos cosas ligadas entre si: el anacronismoen que progresivamente tue cayendo la Real Compal'ila da Barcelona alavanzar la segunda mitad del siglo XVIII. y, junto a allo, los limites quesus privilegios habrlan de encontrar.

Efectivamente, a través de su Incoherencia con los planteamientosque se Imponen en el coloniellsmo borbónico desde los alias sesenta ysetenta, ha habIdo ocasión de observar la imposibilidad de que la Com·pai\la de Barcelona. y sus homónImas. perdurasen mucho más allá dala época en que naclaron, al menoa tal como fueron concebldes en laprimera mitad del siglo. Esto se Ilustra bien, por eJemplo, con la asln·cronla que representa, en la décsde de los ochenta, una petIción de mo·nopollo comercial. Esta Irresoluble falta de slncroo!a condujo a la de­negación sistemática de las solicItudes reseliadas. con un tono más omenos enérgico, eunque no exento de cIerta compasIón que lIevabs s ve·ces a alguna pequel\a compensación. Pero conocer esta literatura Impro­ductiva ha podido servir también para tener una Idea de cuAles son loslimites, las fronteraa, que el Gobierno Impone a la acción privilegiadade las compafilas de comercio, en general, y 8 la de Bercelona en partI­cular. Estos limites, naturalmente, se sltuan Justamente en el lugar enel qua en cada momento las 8VanZ1ldlllas del libre comercio estén si·tuadas, resultando esclarecedor a este respecto que la propIa Admlnis·traclón recomiende a la Compaí'ils el uso de las reglas de libre comer·cio y que la Compal\la, finalmente, opte por esta vra~.

En definitiva, hemos podido var un catAlogo de los caminos por losque los responsables de la Companla creyeron más llevadera su anda­dura. En los primeros al\os, buseando Incrementar sus poslbllldedes CO"

marciales: en los últImos, sencillamente, tratendo de soltar lastre o deencontrar la Inexlstante tabla de salvación a la que aferrarae en el nau·fraglo final. Pero. ya se comprende que. por su propIo carácter de so­ciedad fundade sobre el privilegio y el favor real, la existencia de laCompafila estaba ligada precisamente a ello. al mantenimiento, y si eraposible al acrecentamIento. de la ventaja qua sus privilegios le otorgabansobre los demás. AsI, aunque cada año que pasaba fuera más anacrónIcoeste camIno, era Is únlcs vla transitable para le Real Compaftla, deIgual forma que ella habla sido la mejor en los a!\os cIncuenta. De estemodo se entiende tembién le paradoja que supone Que loe dirIgentes dela Companla, en tanto que tales, representen una función comerclel .all'"tigua., ligada al comercIo no competitivo, al Que depende de la bendi­ción real; pero. en tanto que comerciantes particulares estén. Justamen·

87. Véase más abalo. apnrlado 5.2.1. - _Las expediciones comerciales_o

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to legal de la Sociedad hace Imposible la presentaciÓn de un esquemapreciso de estas ramificaciones Inleriores del núcleo barcelonés de laCompañia. Esta renuncia, sin embargo, no debe hacer olvidar que a elloscorrespondla, dosde 111 Casll-lonJII de Barcelonll, Iransmltlr el moylmlen·to desde los engranajes centrales de 111 Compllilla de Comercio.

3.1.1. - Los equipos dl,octivos de /a Compoñla de Barce/ooa

VII puede Imaginarse que el núcleo directlyo de la CompalUa estuvoformado por quienes, al lundarla en nombre del cComerclo de Barcelo­nao, constituyeron su núcleo origlrlllrio. Dicho de otra manerll, si con111 Compañia se buscabll un medio de continuar la expansiÓn del comer­cio de cataluña con América. los grllndes comerciantes barceloneses nodejsrán escapar de sus manos el control del organismo que ellos crearoncon tal finalidad. Por eso puede adelantarse que la aristocracia del ca­merclo barcelonés se reservó en e)(cluslya el gobIerno de la CompatllaprlYlleglada. Incluso. y seguremente con razón, estos hombres podlanconsiderarse a si mismos como proplelarlos de la Compatlla.

La ocupación de los cargos direcllYOs de la Compañia de Barcelonaexlgla. adaméis de 111 elección en Junte General de Accionistas. Ilgunasceremonias cuya escrlturaclón permite el eXllcto seguimiento de qulemtsdesempeflaron sucesivamente los diferentes cargos. El Juramento eraprestado, unos dlas después de la Junta General, ante el Inlendente deCatalufla como Juez Conservador de la Compañia. En este acto tambiéneran presentadas oflclalmente las fianzas y fiadores parll. flnlllmente.llevarse a cabo una expreslya ceremonia de toma de posesión 1.

A conllnuaclón conoceremos la composIción de los diferentes equi·pos directivos. Irienio tras trienio. Además de los Integrantes de cadaequipo se Indican!n, tras cada uno de ellos. los Iladores respecllvos, le·nlendo en cuanta que el contador no los precisaba. En loa casos en que

lo"," a Indias. El comercio privilegiado de Catah,ll\ll eOll América en le ~und.

mltlld del s~lo XVIII •. Barcelona. 19112. cap. II.U. - _DependIentes f P6rsen.1subalterno en Bao::elOlUl'. vol. 1, pp. 259-268.

2. Eetas eaerlturaa eran otorgadas ante el notarlo que actuaba slamprepara la Campalila, Seb8atlll Prats y. a su muerta, su hito Joen. Véne .Fuentes_.El caremonlal. siguiendo el articulo 34 - de las Ordenanzas. ae inlclabs con eljuramento de observar fielmente 111 Real Cédula y las Ordenamas, de que lasocho acciones reqlJarldas para ser candidato eran proples excluslvemente .slnmezcla de Interés de otro_o y de mantener una conducta buena y leal en lodosloa eomatldos propios da elida cargo. Presentadas a contlnuaclón las flanzu.equellos elaetos que posaran rango noble hablan de renunciar a los prlvllegloada su estllmento para loa casos de responsabilidad por au lloCtuacl6n al frentede le CompaMa. la ceremonia de toma da posesión sa realizaba Inmedlatamentadespués. pero en el domIcilio del .prlmero de ellos_. aa daelt. del dlraetor quetwblara obtenido m.h votos. Un. vaz alli. en presencie del escribano y tastlgos,Sil a/&eutaba al gesto de lomar asiento _en el lugar que a cada uno corresponde_oU firma poi" todos enoa ds las escrituras que daban fe de todos es~ actosrubricaba el final de las ceremonlu de renovaciórl de loa conselOs directivosde la Real Compaftra de Barctllena.

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sca neccsario. se añoolrtin las eventualidades que hayan alterado definitivao temporalmente la composición inicial del quinteto. bajo la deoomlna­ción de .incldenclas •. la relación. incluyendo el primer equipo -al queya cooocemoa por su función en la puesta en marcha de la Campanlll-,y los Integrantes de las Juntas que la gobarnaron desda 1782. es la 51·gulente:

1) T,lenlo 1756.1759 1

Directores:- BONAVENTUAA DE MILANS (Antón Fr.!Incesc de Mllilns y

Francesc de MUlIns I de Be08ges).- BEANAT GLOAIA (J08ep GlOria I Picó y Joan Pau Glspert).- AGUSTl GIBEAT I XUAAICH (Mlquel Alegre I Aolg y Josep

Pulgurlguer I Clarlna).CootMlor:

- RAMON PICO.Tesorero:

- DOMENEC DE DURAN I MUJICA IJosep Antón de DuranI Br~ y Josep Francesc de Dutlln I Pulg).

2) TrIenio 1759-1762'

Directores:- FRANCESC DE ClOTA I TEIXIDOA (F~lil( M&rch de Jelpl

y Ermengol Gener].- E5TEVE MATAS {Antón Matas I Forest y Joan Vldall Mlr).- FRANCESC OlLEA lJosep Oller I Romenya y Peta Ros).

CantMlor:- JOAN PAU GiSPERT.

- JOSEP FRANCESC DE DURAN 1 PUIG (Oom~n8C de Du­rtn I Mullce y Josep Antón de Oor11l\ I Br~).

IncIdencias:1 ") El 13 de septiembre de 1759, Josep Franeese de Duritn

1 Pulg otorgó poder a Ooménec de Duran I Mujlca y aGerunl Duran para que le sustituyeran en la tesorerladurante una ausencia de Barcelona J.

3. Dollgoat:lón re.llude por l. Junta de lot .Doce COmercl.nt". el3 deseptiembre de 1755: Juremento y ptesenteclón de fianzas, el 18 de junio de 1756;toma de polesl6n. el 2 de agosto de 1756 (A.H.P.S" Sebastl~ Pral$. Capitulo­rum IV. fols. 85-86: Escrituras Xlii. fols. 122·123 y fal. 185).

... ElecclOn en l. Junts General de 3 de mayo de 1759: juremento. presen­ttc:IOtl de fl.ozu y loma de posnlOtl. ellO de maya (A.H.P.S.. Sebasll~ Prsl$.Escrlturu XVI. fol. 1.«1 y fol. 1~3).

S. A.H.P.S.. SebutU, Prals. EscrllU'" XVi. fol. 266.

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M 'ltE pr( ,

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2°' El 26 de febrero de 1162 falleció Franeese Oller, unode los directores. La Junta de Diputados designó parasustilulrle por el tiempo que faltaba del trienio a Ge­roni Oorán, presentando como fiadores a Oom/!lnec deDurán I Mujiea -que ya afianzaba a su sobrino JosepFraneese de Durán i Pulg- y al propio Josep Francescde Dun"n i Pulg, tosorero •.

3) Trienio 1762-/765 1

Directores;- PERE BENZI (Ramon de Olmera i Dcsprat y Josep Ale­

many 1 Sala).- GERONI DE DURAN (Domenee de Durán I Mujlea y Josep

Franeese de Duran 1 Pulg).- MAGI NEGREVERNlS (Joan Pau Glspert y Jm~ep Cara­

bassa I Folch).Contador:

- MELCIOR GUARDIA.Tesorero;

- MIOUEL ALEGRE I ROIG (Agusti Gibert I Xurrleh y AntónPuget I Clarfna).

Direc/ores:- AGUSTl GIBEAT I XURAICH (Mlquel Alegre I Aolg y

Franease Gualdo).- JOSEP PUIGUAIGUER I CLAAINA (Aamón Picó y Antón

Puget I Clarlnal.- EAMENGOL GENEA (Franeese Augirot y Antón Gispart).

Contador:- JOSEP FAANCESC SEGUI.

Tesorero;- ANTON MATAS 1 FOAEST (Melelor Gutlrdla 1 Males y

Joan Vldal 1 Mir}./m::/deneies;

El 19 de septiembre de 1165 Antón Matas otorg6 poder aMelelor Guardia. Ilador suyo, para que le sustituyera en el

6. Geranl Curán prestó juramento y lOmó posesión el 20 de marzo de 1762(A.H.P.B.. Sebastlá Prals. Escrituras XIX. 10L 122). También. -Inlorme de la 01­rec<::lón... de 4 de Meya de 1762_. en F. Rehola. Comercio de C.raluM.... p. 296.

7. [lección en la Junta General celebrada el 4 de mayo de 1762: Jur..mento. presenladón de flenzas y loma de p<»esión el 12 de mayo (A.H.P.B~

Sebaslli Prals. ElIcrltulas XIX, fol. 179 y fol. 180).8. EleccIón en la Junta del 7 de mayo de 1765: juramento, presentacIón

de flaru.as y toma de posesión. el !O de mayo (A.H.P.B.. Sewstlll Pr.ts. ElIcrl·turas XXII. 101. 202 Y 101. 104)_

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cargo por ausencia de Barcelona'. Es la segunda ve~ quese da esta circunstancia, recayendo el poder en dirigentesdel trienio precedente. la cercanra a la fecha de elecciónhace ¡MlnSar, inevitablemente, que puede tretarse de unaforma de eludir encubiertamente la prohibición de reelec·clones.

5) Trienio 176lJ-f771 'O

Directores:- RAMON NADAL (GOLORONS) 1 FERRER (Joaqulm 6as­

sois 1 Colomer y Ignacl de Dou).- JOSEP FORN i DE MILANS (Franeesc de Miléns i do

60nages y Anton Franeese de Miléns).- ANTON GISPERT (Franeese Auglrot y Joan Pau Olspert).

Contador:- ANTDN PUOET I ClARINA.

Tesorero:- MIOUEL FRANCESC PUJOL (Cristblol GironelJa y Joan

Santmartl).

6) Trienio 1771_t774 11

O/rectores:- JOSEP FRANCESC DE DURAN I PUlO (Domenec de Du·

ran I MuJica y Franease Puig i de Duran).- JOAN PAU GI$PERT (Josep GlOria I Picó y Domanee

Gispert).- ERMENGOl GENER IAgusti Gibert I Xurrlch y Mlquel

Alegre I Rolg).Contooor:

- JOSEP MOLtNS.Tesorero:

- ANTON MATAS i FOREST (MelcJor Guardia I Matas yJoan Vldal i Mlr).

loc/dene/as:t'} En este trienio ya se hacen vsler las modificaciones in·

troducidas en las Ordenanzas Internas por la Real Cé-

9. A.H.P.B.. Sebilstill Prsts. Escrituras XXII, fol. 397.10. Elección en la Junta Gomaral de 2 de mBYo de 1768; juramento. pre­

sentación de fianzas y toma de posesión. el 6 de mayo (A.H.P.6" Sebastill Prsts.Escrituras XXV. fol. 162 Y 101. 164): F. Rallola conoció. entre otras, esta rano­vaclÓl1 de Clr¡¡os de 1768. aunque en bts cita erróneamente a Agustl Glbert IXurrlch como uno de los directores de este trienio. Véase su Comercio de Ca­1111(111••• _. p.99.

11. Elección en la Junta General de 2 de mayo dll 1771: JUramento. pre­sentación de fianzas y toma de posesión. el 7 de mayo IA.H.P.B.• Joan Prals.Instrumentorum 1. fol. 138 y fol. 140).

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dulil de 31 de marzo de 1771 sobre la sucesión de losdirectores. Consiguientemente. los tiempos reales deocupación de los cargos por cada uno de ellos fueronlos siguientes;- Josep Francese de Durlln. del I·V·1771 aI3(}V·I774- Joan Pau Glspert . • del I·V.I772 al 30-V·1775- Ermengol Gcner • . del l-V'I773 al 3()"V-1776

2") ElIde septiembre de 1772 Josep MoJins. contador,otorgó poder a Geron/ Ang/es, oficial mayor de la Con­taduría. para que le sustituyera durante una ausencia ll.

7) Trienio 1774.1777 u

O/rectores:- FRANCESC CAPALA ¡ VlDAL (Franeese de MlIéns I de

Benllgos. y Josep Ignacl PI). del 1 de mayo de 1774al 30 de abril de 1777.

- ANTON NADAL 1 DARRER (Anton Nadal I Vicent y Ma·nel Vleentl. del 1 de mayo de 1775 al 30 de abrllde 1778.

- MIOUEL DE GIRONA I RIGALT (Franease Augltot y JoanPau Glsperl). del 1 de mayo de 1776 al 30 de abrilde 1779.

Contador:- MIGUEL JOSEP FORMENTI.

Tesorero:- ANTONI PONGEM i ALABAU (Pau Sabater y Josep Sau·

ri I Trlal.Incidencias:

Al fallecer Mlque/ de G/rone anles de llegar a ocupar efee·tivamente su cargo de director, fue designado para sustituir­le Frencesc de MI/áns / de Benages -que ya era fiador deFraneese Capalá- qulon presentó a su vez como fiadores 11FroneQsc de Canals y a JOlln Pau Gispert ".

81 Trienio 1777.1780 11

D/roctores;- JOSEP MOLlNS (Josep Franeese Seguí y Francese Ca·

12. A.H.P.B.. Joan Prllts. Instrumentorum 11. fol. 297.13. EleccIón en )a Junta General del 4 de mllYO de 1774; juramento. pr&­

sentaclón de fianzas y toma de posesión. ello de mayo IA.H.P.S.• Joen Prata.InSjrumtlnlorum IV. 101. 151 Y 101. 1531.

14. Francesc de MII6ns lue duslgnedo el 11 dI! marzo y tomó posesión el30 de abril de 1776 (A.H.P.S.. Joan Prals. Inslrumentorum VI. 101. 96 Y fol. 99).

15. Elacclón un la Junt. General de 5 de m.yo dI! 1777; juraml!nto. pr&­sentaelón de fianzas y loma de posesIón. el 13 dI! msyo (A.H.P.B.. Joen Prats.Controctuum VII. fol. 128 y 101. 130).

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31 Plen económico de 1787~

al Continúa en sus funcionas la Junta Comisionada creada el 21 daJunio da 1784. con la misma composición.

bl .Encargados del manejo de la ComP8iiie.;JOSEP ALBAAEDA, en representación de los .Imposltores •.FAANCESC CAPALA I VIDAL. en representación de los

accionistas.

3.1.2. - Comerclentes matriculados, Junta de Comercio y Dirección dele Compañle de Bercelone

las páginas anteriores han constituido un desfile de nombres de [osque muchos de ellos, bien como ocupantes de alguno de los cinco carogos de mayor responsabilidad de la CompaMa, bien como fiadores, serepiten en más de una ocasión. Se comprueba, tal como so pronostIcaba.que se trata de los apellidos más Ilustres en las actividades económicascatalanas del siglo XVIII a tenor de lo que conocemos de ellas. Por esare~On, habiéndose escrito ya muchas y acertadas páginas sobre sus ac­tividades JI, resulta Innecesario que, por mi parte. me ocupe de trazar

20. Aprobación del Plan Económico de 1787 por Real Ordan de 28 de le­brero d9 1787 (A.G.L, Indlf9rente Ganeral, lego 2.383).

21. Abundante Informadón sobre eslas personas y sus ectlvldades ptlncl·pelmenla en A. Rul~ y Peblo. Hllltorla de la Juntfl ... , esp. pp. ~2; F. Rehala,Comercio de Carfllulla... : J. Carrerfl PuJel. Historia Económica ...• t. 111: R. RomevaFerrer. Historia da la Indústrla .... especialmente al hablar de los primeros fa·brlcantes de Indianas, pp. 155-156: J. Vlvens Vives.•Coyuntura económica...• ,desde el punto de viste de las sctltudes colectlvss y el significado del llrupo:P. Vllar. Catlllunya dlns ... , esp. vol. IV. apartados lilA. - .Oe la botlga a lacompeny(a. y I1I.C. - .Companyles I IIran comen;. socletats de capllel I socle·rats de persones.: del mismo, .le ronnatlon de la bourgueolsle catalene auXVIII' sI6c1e•. en AttI del X COi1gresso Imemazlana/e dI Sclenze Storlche, Roma.1955; P. Molas. Los grlJmlos barclJ/oneses del $Ifllo XVIII. U estructuraCOIporatlvll ante 111 comienzo de /11 Revolución Industrla/, Madrid. 1970; del mrs·mo.•Le decad6ncla gremiaL •. especialmente el apartado V.•Els grups socle!s1 famlllars. y apoSndlces; del mIsmo. ·la Jun18 de Comercio...• : J. Jacob calvo.• Un sector de le burguesle catalana del siglo XVIII: los comerclenres metrlcu·lados •. Barcelona. 1969 (tesl" de licenciatura In6dltal. donde hey. sobre todo.un asfueno por sistematIzar las releelones lemlll"res: C. Mertlnez 5haw. Catlt'lufla en la Carrera ... , especialmente caps. 1 y 2; del mrsmo.• los orlgenes de lalndust.la algodonera catalana y el comercIo colonlal_. en J. Nadel y G. TortllJla(eds.), Agrlwltura. Comercio colon/al y CrecimIento ecOnOmlco en la E.peil,Cantempor6nB(l, Be.celena. 1974. pp. 243-261: J. M: Delgado Albas.•Le flotacatalana del comercIo libre (1718-1804). Un ceso de acumulación prevla_. llar·celona. 1971 (tesis de licenciatura In6dlta): R. Ferl\lirtde~ OIaz.• le burguesraberceloness del sllllo XVIII. la ¡amllla GlOria •. en La Economla e,pefKJIa al finaldel Antiguo R~glmen. Medrld. t982. 11. pp. 1.131; M. Andrllu Vldlel1a.• la flnenele·CIÓl'l de la IndustrIa naval en lIarclllone (114S.1160)_, Pedralbes. n: t (1981). pp.267,294; da la misma, .Catalunya lals mllrcets llspanyols .1 segle XVIII. le CasaEnnengol Gener•. Primer Cengrl!' d'Hllltórla Moderna da Catalunya, Barcelona,1984. l. pp. 533-SA4: J. C. Malx6 Altb, .le ColonIa IlllOOYesa en Ce18!unya enlos ,Iglos XVII y XVJIl: los Bensl., Primer Cotlprl!s..., l. pp. 523-532: C. E. Ben·como Mlra.•la ¡emllle Mlláns. Comercio y nobleze en le Catalulla del siglo XVIII •.Bercelona. 1983 (tesis de licenciatura Inédita).

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blente burgués. de la Junta de Comercio <l, y la Incorporación deFelb: Prat y Maleu CII/II a la dirección de un organismo como la Como¡Jalifa de Barcelona, que mira méll hacia atrés que hacia adelante, es otramuestra de ello. Ahora bien. ésto supone que. aunque luera sólo parapresidir 8U liquidacIón, la I/anguardla económica barcelonesa de cada mo·mento se halla interesada en estar al Irente de la Compañia a tral/és deelgunos de los hombres más representatll/os. Ya no es la l/leja guardiade los all08 cincuenta. le fundadoro de la Real Compañia y restauradorade las instituciones mercantiles barcelonesas. y que culmina su actitudgeneracional con una irreprimIble tendencia hacia la adquIsIción de po­slclones reconocIdas en el sistema social y económico del Antiguo Ré·glmen)o. los Pongem, los Guardia, los Pujol y otros engrosan, al cabode su l/Ida mercantU. la nómina de burgueses enriquecidos que rubricansu éxito como plebeyos con la Incorporación al estado noble. pasando ecodearse con los colegas suyos que desde antes ya contaban con el es·tatuto privilegiado. como los Duran. los Mlléns. Busquets, ros Nadal yotros. Paralelamente. y no sin relación con lo anterIor. debo plantearse 'aidea de sI los fundadores y gestores durante tantos aí'ios de la Compaí'ilscomienlan a hacer dejaciÓn, al llegar los añoa ochenta, de su interés porella. la edad de los comerclentes matriculados en las prlmeras horna·das ll • no parece suficiente para eKplicar la retirada parcial de la I/Islsguardia. Consecuentemente, parece oportuno Insinuar que la Real Comopañla da Barcelona serla finalmente abandonada a su destino por quIenesla crearon en 1755 y durante tantoa ailos monopolllaron su gobierno.

Para flnalilar estas observacIones, es obligado hacer referencia. aun·que sólo sea para recordarla. a la conocida identificación entre la RealCompañia y les InstItuciones mercanllles de la Barcelona del siglo XVIII.la comparación entre la Matriculo de Comercio, cuya entrada ya era losuficientemente selectll/a como para encuadrar sIn más titulas a sus In·tegrante! en la éllte marcantll barcelonesa, y la nómina de los dirigentesde la Compallía. delata que solamente dos de estos liltlmos no eran ofl·clalmente mIembros del Cuerpo de Comercio. Se trata de Joan BaptisteArOOl1 y de Jaume Guardia i Ardebol, ambos primogénitos de comercian·tes matriculados. El primero de e1l08. por no renunciar a su corredurlade cambios. IncumpHa uno de los requisitos para matrIcularse; el segun­do, hiJo y nieto de dirlgantes y fundadores de la Compañia, tampoco esrealmente una excepción. Naturalmente, hay muchos comerciantes ma·trlculados que no aparecen nunca en el gobierno de la Compañía. espe-

25. J. Vlcllns V11/8S. Industrisls I poIilics si 51;gl" XIX, 8arcolona. 1958.p. 125. La citada e~pr8sión _ambiente burgués •. por oposición a la de hombrllS denegocios Industrlale. da !lnale. del .Iglo XVIII. quizá podria ser melor enteooldasi se sustituye por ·ambiente mert:antll •.

26. P. VlIar.•El fin de los elamentos feudales y senoriales en Calaluna enlos siglos XVIII y XIX. con algunas referencias comparatll/a. al re.to de Espanay al Rosellón•. en J. Godechot y otros. La abolición del feudalismo ao el mundooccidental. Madrid. 1979. pp. 86-88.

27. Este upecto concrato en A" Rurz y Pablo. Historia de la Real Junta....pp, 27·28. Y en J. VleoM VII/liS.•Coyuntura oconómlca...•. p. 29.

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Mat r PI"( Jtor

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3.2. - LOS AGENTES ANTE LA CORTE

El agente de la Compañia de Barcelona ante la Corte debía ocuparse.como concreción más perdurable de sus gestiones. de la tramitación dememoriales y representaciones. debiendo saber encontrar los mediosadecuados para elcan~ar los filies apetecidos por la dirección. Dando porsupuesto que se limitaba a la traducción en debida lorma de las [nstruc·clones, quejas, peticiones y decisiones de la dirección. su misión consls'tlrfa en servirle de portavoz, constituyendo con su pericia en esle tratoel enlace necesario entre la Real Compañfa y la Administración. Sin duda.la desenvoltura a través de los laberintos de Palacio era cualidad Innatade los vecinos de la más que VUla. Corte. y virtud sólo asequible tr&scontinuada penitencia en tan intrincado ambiente. Se comprende por eiloque residir en la capital fuese una necesidad y que sea entre estos agen·tes donde únicamente se encuentran empleados significados de la Cornopaiíis de Barcelona que no sean naturales del Principado.

Bernardo Marin. el primero de ellos, ya nos es conocido como Intro·ductor en la Corte de Bernat GlOria y de Ramon Picó durante las ges­tiones que precedieron a la fundación de la Sociedad. Su fama de _acre·dltado y habil agente en Madrid_ se viO conlJrmada y le valló que losresponsables de [a recién creada Compañia le nombraran su represen·tante en la capital para. más tarda, en diciembre de 1756. una ve~ consti·tuida. ser apoderado formalmenle 36. Al mismo tlampo, el conocimientodirecto que de su capacidad obtuvo Bernat GlOria hizo que éste le con·fiara algunas gestiones particulares, como las negoc[aclones para la comopra dal despoblado de Almacelles. con su Jurisdicción. señorio y 'lasa·lIaJa n . Contó también con la estima profesional de otros negociantes bar'celoneses ya que en junio de 1760 fue nombrado su representante enMadrid por los comisionados de los fabricantes de indianas de Cataluña.asi como por diferentes comerciantes barceloneses con variados objetl·vos JI. la firma de Bernardo Marln apareca al pie de las representacionesde la Compañia de estos años. como una fechada en 1758 en la que pedía.y consiguió. que se cOnvoyara militarmente desde Cádlz a Barcelona dosembarcaciones ante el temor a la pirateria berberisca~. Renovados suspoderes en 1760 y en 1765, Bernardo Marin siguió haciendo buen uso dela confianza depositada en él por sus principales hasta su muerte. sobre·venida en 1768".

36. A.H.P.S•• Sebaetlll Prale. Capltulorum IV. fols. 63-66 y Escrllures XIII.101.307. Con aquellos call1leatlvos aparece Sil nombre en la retaclón de las ges·llanas que condlljaron a la raslauraclón de los Tras C1I8rpoS de Comercio deBarcelona con qllll se InicIa el _Libro de Matrlcllla_. raproduclda por A. Au;z yPablo. Historia de /0 ROII/ Junto ... , pp. 1-15.

31. Sobra esta aSllnto. P. Vllar. Cs/o/unyo dlns .... vol. ni. pp. 103.. 105. YR. Famhdal. _La burglles'a barcelonesa...•, pp. 18-80.

38. A.H.P.S.. seba!tl~ Prats, Escrituras XVII. fol. 178; Escrltllras XX. fol. 146.39. A.G.S., Secrotarla de Marina. leg. 506. _Navegación de Particulares •.•0. A.H.P.S.. Sabastll Prala, Escrituras XVII. 101. 16 YEserllums XXII. fol. 23(1.

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elección de agentes recaiga en personas conocedoras de los entresijosministeriales y de los Consejos. Por esta ralón cae por su peso queaparezcan funcionarios de cierto nivel en el escalafón admInistrativo.La experiencia en los enredados caminos de la burocracia era condiciónnecesaria: Incluso, a veces, aconsejaba recurrir a medios extraordina­rios en apoyo de memoriales y representaciones 51.

3.3. - FACTORES Y FACTORIAS DE LA COMPAliI1A DE BARCELONA

No parece necesario recordar la Importancia que en el comercIo delAntiguo Régimen alcanzaba el establecimiento de un eficaz sistema delactarías. Pero, esta Importancia se acrecienta en casos como el de laCompañía de Barcelona, que tenía fijados unos puntos determinados parallevar a cabo su comercio privilegiado. Pues bien, distribuidos los facto­res en el lugar a cada uno señalado. estos hombres tendrán responsa­bilidades que pueden sllr consideradas fundamentales para la buenamarcha del negocio: recepción y depósito de mercancias. venta de ellasen las ocasiones más propicias, preparación anticipada de los carga­mentos de regreso. remisión periódica de noticias sobre precios, géne­ros de mejor venta y prodUCCiones disponibles para los retornos y, engeneral. información precisa, variada y supuestamente fiel sobre el mer­cado linte el que se hallan: en IIn. ventajas diversas por muchos con­ceptos y diversidad de funciones que pueden resumirse en el contactodirecto con los clientes y proveedores americanos de la Compañia. Comoeslabones extremos de la cadena comercial, en manos de los factores es­taba el culminar provechosamente, con la flexibilidad en las operacionesfinales que sólo ellos podían aportar, el esfuerzo común que se desple­gaba radlalmente desde el núcleo directivo barcelonés, AUOQue teórica­mente sujetos a las directrices que llegasen desde Barcelona, los fac­tores de la Compañía, en la préctlca, tendrían un alto grado de respon­sabilidad y decisión. Incrementado por la distancIa. Componen. pues, unapieza fundamental en el movimiento de la maquinaria comercial por cons·tlIulr el otro pilar del puente sobre el que. a través del Atléntlco. deblandiscurrir mercancías y dinero con continuidad. De esta manera, graciasa sus lactores, la Compailla de Barcelona contó con una presencia fiJa yestable en Santo Domingo, Puerto Rico, La Margarita y la Provincia deCumaná. presencia sobre la cual se asentaba la posibilidad de desarrollarun tipo de negocio que, a priori, prometra una elevade tesa de repro·ducción del capital mercantil a través de la manipulación bien slncro·nlzada de mercancías y caudales.

Ahora bien, la centralización del sistema colon(al espailol en Cádlz

57. COrno en lns en Que, para spoyar uns representsclón. el agente JuanFrancisco Gonz61ez, en nombre de l. COmpsftíl. donó al Princípe de Asturias.un ltermollO tlgre_, a sabrendlS de Is afición de la Familia Real por la lIors ylauna exóticas (A.G.I., Indllorente Generel, leg. 2.3821.

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Ilvera: pero su colaboración no faltará nunca. En los eños siguientes con­tinuó prestando su nombre a exportadores cetalanes pata remUlr susmercenclas a América, lo que muchas veces hizo en los barcos de laCompeñía. contribuyendo así a acrecentar su negocio con los fletes ga·nados pera ella 011. Más tarde, en 1769, al ser necesario presentar flaruasdel maestre con ocasión de una expedición especial de la Companie aBuenos Aires, Tomlls Prats puso a disposición de ella su nombre, su presotigio y su solidez económlca l '. Asi. dBspués dB haber sido una piezafundamental en el inicio de la actividad de la Real Compañia, TomllsPrats siguió representando muy diversos intereses catalanes en la ca­becera de la Carrera de Indias. Finalmente, en los iiltlmas años setentay primeros ochenta, cuando ya eran muchos los de su edad. dejó paso aotros hombres en sus variadas ocupaciones"'.

3.3,1.2. - Francesc Salivera

Antes de vincularse a la Real Compañía. trabajó Junto con Prats yotros catalanes de la diáspora comercial. sirviendo de puente gaditanoentre Barcelona y Amérlca. Nacido en Sant Feliu de Guixols, obtuvo sumatrícula como cargador de Indias el 20 de octubre de 1752. TambiénIntervino, con Prats, Bn el juego de cesiones y transacciones de la fra­gllt!! N." S." de Montserrat, preparatorio dl,l sus viajes a América antes dela fundación de la Compnñia y, después. en la adquisición de la navepor ésta "'.

Su vinculación a la Real Compañia se Inició sustituyendo a TomhPrats cuando éste marchó a América en 1757. Sin embargo. unos mesesdespués de que e! titular hubiera regresado, Salivera pasó a ser el re·presentante oflclsl y apoderado de la Compañía de Bercelona en Cadlz.La escritura correspondiente, firmada en diciembre de 1758, especltlcabasus poderes que Inclufan la representación plena de la Compañia ante laContrateclón, todas las facultades necesarias para la Ol"galllzación del

6(i. En los registros de Contretaclón, tanto an las correspondlantes a ex·pedlclones de J. CompaMe C01T\O d" otros armadores. su nombre figurarii comocargador y como cons!gnatarlo da mucllas partidas de carga de mercanefas perotenecientes a diversos particulares actuando, ademh de par. sí mismo, comotestaferro do comerclantes catalanes e. Incluso. no c.t.lanes. en muchas e~·

pedicionee.67. A.O.l .. Contratación. Inventario 1Ir. le{!. 1.725.68. Por eJamplo, en 1778 su nombre aparece en el último balance de Al""

gre. Glbert y Cía: un año más tarda. en algunas operaciones de la sociedad MI.q~1 Alegre y Fill: en 1781 es sustituido por su sobrino Antonl Barceló I Prata.apoderado asimismo de Rafel Puget. Estos dato» procadan de J. M. Dalgado.•Ct\diz y Miilaga en el comercio colonial posterior a 1719., Actas del I Congresode Historie de Ande/ucle, Córdoba. 1919. t. Ill, p. 131.

69. A.G.I., Juzgado de Arribadas, log. 530. Y Contratación. Inventarlo nf,log. 2.902·A, n.· 4••Ubro do Asientos de Matrícula.... 1152·1719•. Véase. encuanto a au trabajo como corresponsar. M. lópez Izquierdo, .Comerclo cala­[;In.... , p. 90.

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MatE Jto,

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I

res 11. En definitiva, Pinyol fue quien se ocupó de representar en Hondu­ras a la Real Compañia con la ayuda de Cassany. aunque ya veremos queno tuvierOn 11111 mucho qua hacer por ella.

En 1761, con la ampliación del comercio de la Compañia do Barce­lona e le ProvincIa de Cumaná, su red de lactorías debió sufrir la con­siguiente expansión. En este caso no consta que de una manere expresaalguna persona recibiere el encargo, pero puede sobreentenderse que lacapitulación acordada en marzo de 1763 entre Bonaventura Casanovasy los directores incluyere esta comisión. El tldelíslmo y dúct1l empleadopudo añadir este olro mérito a su bien cumplida hoja de servicios. Casa­novas se comprometió a glrer visIta de Inspección a las factorías ya exi~·

tentes y. a continuación. pasar a Cumaná donde debería .cumplir qua""tos Instrucciones y Ordenes le serAn comunicadas por los Sres. Direc·tores". las cuales. cabe suponer. llevaban Impliclta la puesta en marchade las factorlas de Cumaná "'. En esta provincia la Compañia dispuso doslactarias. una en la cIudad del mismo nombre y otra en Nueva Barcelona.con una jerarquia idéntica a la que ya conocemos. Pero, a partir de 1766.la representación de la Compañia en Cumaná: incluyó una noveded par·ticularmente Interesante. En agosto de dicho año. los directores firma­ron con Ignacl 1I0rt. Mar¡;:al Gibert. Marill Marti y Josep Gulnart las ca­pitulaciones conducentes al establecimiento en Cumaná y Nueve Berce­lona (·aquella Barcelona.) de sendas .tiendas de vareo· y ·pulperías·Que. dependiendo de la lactoria respecllva. serian edmlnlstradas por laspersones mencionadas n. Se disponla asi de otrD!l tantos puntos de ven·ta, dedicados al comerciO por menor y especializados en tejidos los unosy en qulncallerla y mercerla 105 otros. que acercasen al consumidor laolerta de la Compañia.

Le experiencia debió resultar positiva pueslo que, desde 1771. on lapropia capital de Santo Domingo la Compañia abrió también una tiendade géneros dependiente de la lactoria y regentada por Francisco Báez.Igualmente. en Iss ciudades dominicanas de Santiago y San Ralael deAngélica contó con sendos establecimientos regentados por FarncescFerrer. segundo factor en Santo Domingo 11. Pero. en todo caso. estosestablecimientos no debieron suponer más que apéndices de las facto·rlas. constituyendo éstas los puntos. no sólo de compra de colonialespara remltlr a Barcelona. sino también de venta de la mayor parte de losgéneros y frutos recibidos desde la metrópoli, de manera que el comer·

7S. A.H.P.S.. Sttb.astl!l Prals. Escrituras XIII. fol. 335 y Escriluras XV. tal. 88:A.G.I.. Juzgado de Arribadas. lego 529.

76. A.H.P.B.• SebllStlj1 Prals. Escrituras XX. tal. 102.77. A.H.P.S .. Seb.astl!1 Prllts, EscrlturllS XXIII, rols. 262.264, 265 Y 267.78. A.C.A.. Real Patrimonio. Apl'indlce General. 1'1." 553 (aign. ant.). .Iola.

143. 148 Y 177; AH.N., Conse}os Suprimidos. leg. 21.0sa. hp. 9.' Este hecho lueconocIdo y muy Illabado por F. Rallola. aunque a lravés da otro documento pos­larlor que lo llevó a conlundir la lecha de apertura de estos establecimientos.V~ase F. Rehala. Comercio de ClI!lIlulilt... , p. 105.

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M'ltE pr( ,

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mejer a un aprendizaje, dándose la circunstancia en alguna ocasión deque el segundo factor sucede al primero. Por ejemplo. Josep Roca. unode 105 siete contratados en agosto de 1756, a Quien correspondió el pues·to de segundo factor en Santo Domingo, después fue destinado a Cumanácomo primer lactar. En cambio. Salvador PI I Plquer no hizo carrera enAmérica. Natural de Barcelona. an 1768 marchó a Santo Domingo an ca·IIdad de segundo lactar. cargo Que desempeñó. en primer lUgar, junto aPau Orry y. después, junto a Narcls Subirás, compartiendo con éste lazozobra Que vivió la lactaria en 1771. Dado que la firma de Salvador Pies la que aparece en las facturas pagadas por marcaderes y particularesdominicanos. se deduco Que a SU cargo estaba el trato directo con losclientes de la Compañia. Finalmente, en octubre de 1773. cuando con­taba 30 años. regresó a bordo de la frogata San Francisco do Pau/a de laCompañia, tras cinco años al servicio de ella~.

El caso de Francesc Ferrer i Alas es diferente. Su nombramientocomo factor segundo en Santo Domingo fue aprovechado para reorganizarla factorla. lo Que hace pertinente resumir el contenido de las extensascapitulaciones que Ferrer firmó con los directores en 8g0Sto de 1776·.Francesc Ferrer es presentado como un modesto comerciante barcelonésdispuesto a embarcarse inmediatamente. Se obliga a inventariar a sullegada a Santo l)Qmingo absolutamente todo lo que pudiera considerarseactivo de la Compañía en la Isla. desde géneros hasta créditos. sin olvidarlos utensilios de la factoria. Se compromete a esforzarse por dar salidaa todas las e,llistenclas. evitando las ventas al fiado por ser ésta una delas causas da los escasos beneficios. Naturalmente. se le Insta al cobrode las deudas ya existentes, debiendo poner especial empaño en enviarcontinuamente fondos a Barcelona para que el valor de los retornos su·pere siempre al de los envios. Ferrer mantendrá correspondencia men­sual con la dirección, detallándose en la contrata el contenido de estecarteo. que se enviada por triplicado y con una copla de la carta prece·dente. Además. Ferrer remitirá cada seis meses un resumen de todoslos datos anteriores y cada fin de año elaborará la cuenta general decargo y data. es decir, !.In ualance en toda renla. La e,llactitud y el conu>J1:le completará con los siete liryros contablp,s que han de llevarse en It:factoria. ILástima Que no haya llegado nada de ésto hasta nosotros!En cuanto a remuneraciones, se vuelve al sistema de comisiones espe­rándose que actuara como Incentivo. Se formará una suma con el 5 %de las mercancías vendidas, el .: % del vaJor de lo remitido, el 3 % sobreel cobro de las deudas _corrientes_, el S % sobre las -tardfas_ y el 30 %sobre las _malas., además del S % del beneficio liquido que obtuviera lafactorla. Del monto total. las dos terceras partes corresponderfen al fac·tor primero y sólo la tercera parte al segundo. SI todo lo estlpulado secumplió. el trabajo de Ferror debió ser ingente y su primera consecuen-

87. A.G.L. Indiferente General, leg. 2.382; A.H.N" Consejos Supflmldos.leg. 21.058. Exp. 2-

88. A.H.P.S.. Jean Prats. Instrumentornm vi. tal. 178.

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Mat! pn ~_ pe- _

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bl Esteve SIl/guera. desde puestos inferiores. ascendió hasta el deprimer factor en 176g. Diez años més tarde fue nombrado apoderado ge·neral para América. realizando una tan rigurosa Inspección a todos suscompalleros que parece conveniente reservar su caso para més adelante.en el lugar correspondiente a este otro encargo.

cl Josep Roce permaneció muchos años al servIcIo de la Compa­ñfa; pero eso no quiere decIr que lueran particularmente ejemplares. Con­tratado por los directores en 1756, Prats le destinó a la factorls de SentoDomingo como ayudante. Todavía como ayudante fue tresladado a Cu·maná en 1763. siendo en 1774 cuando relevó a Bruguera"".

Su trabajo como prImer lactor en Cumané se prolongó durante cincoaños. hasta que en 1780 lue cesado inmlserlcordemente por Bruguera,ahora apoderado general. Bruguara encontró poco claras las cuentas deRoca y. a poco que las esclareció, pudo ver que el lactar venia malver.sando londos de la Compañia mediante compra-ventas particulares ydesfalcándola en el precio pagado por el cacao en connivencIa con untal Martl Peñalver. Bruguera sintetizó asi el delito al comunIcarlo a losdirectores: ....hsvJa celebrado Contrata a Vs. Ms. y Nombre de laComp' para que éste 1M. Peñalver) abonasse el cacao a rasón de 17 p.'f.' la fanega. no haviendome dejado duda que en lo interior de este tratose le abonava solo a 14..... No estaba mal: tres pesos fuertes para subolsillo por cada fanega de cacao, además de calcularse sus comisionessobre diecisiete en vez de catorce. Asi, el descubierto en que quedó Roca,por sólo este concapto y descontado lo que le corresponderla legalmente,fue calculado por Bruguera en un mínimo de 53.600 reales de plata. FI­nalmente. parece que este asunto tuvo lunestas consecuencies para lasalud del desleal factor que falleció a finales del mismo silo lOO.

3.3.2.5. - La lactarla de Nueva Barcelona

A pesar de la importancia comercIal que alcanzó la lactoria de NuevaBarcelona, sobre ella recae la mayor escasez de Inlormación. Por ejem­plo. no consta quiénes ocuparon la plaza de factor antes de 1777. A partirde esta lecha será Josep Ferrusola quien ocupe el cargo.

Josep Ferrosola estaba en Nueva Barcelona al menos desde 177rJ.como ayudante de factor. Como lactar principal está desde enero de ln7.En 1781 se hallaba todavla en dicho puesto: pero llegó Bruguera y Ferru.sola lue otra de sus vfctlmas. Según una primllra apreciación del apo­derado general, la mala situación de la factorfa se debia al poco cuidadoque ponla Ferrusola en su trabajo. al desorden de los dependientes y ala _despotriquez_ de los esclavos. Unos meses más tarde. Broguera ad·

IOJ. A.G.I.. Contratación. Inventarlo lit lega. 1.677. 2A68 Y 2.674: A.H.P.S..Sllbaltl. Prata. Escrituras XX, 101. 148.

10.4. A.CA., Real Patrimonio. Ap6ndlce General. n' 553 (1Ign. ant.l, lols. 19.37 Y 41.

'"Mat r PI'( ,tor

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virtió que, además. desde el mismo dio del inicio de su trabajo, ferrosoladuplicaba sistemáticamente las anotaciones de las ventas de manereqUIJ sus comisiones también quedaban duplicadas. El monto defraudado.segun los c4lculos de Bruguera. superaba los 93.000 reales de plata, razónpor \0 cual se le anotó como descubierto y lue cesado sin compasión lo!.

Por otra parte, se recordará que en agosto de 1766 los directores dela CompañJa formal1l.aron la contratación de cuatro parsonas como ad·mlnistradores de las dos pulperlas y las dos tiendas de vareo que comopletarlan el entramado comercial en la Provincia de Cumaná. Estas per­sonas fueron Ignaci L1ort. vecino de Barcelona, y Man;al Glbert. MarlllMarU y Josep Gulnart, vecinos de Mataró. Sus capitulaciones respecti­vas son Idénticas e excepción de le designación de los dos primerospara ocuparse de las tiendes de vareo y los dos ultimas de las pulperJas:pero quiénes marchasen a Cumaná y quiénes a Nueva Barcelone quedabaa la discreción da las factoras 1Oii. los cuatro habrran de embarcarse ellel paquebote N.' S.' del PI/ar. el primer barco de la Compañia destinadodiractamente a Cumaná UIl. los establecimientos pertenecen a la Comopañla y los contratados solamente son administradores obligados a darcuenta. medlente balances anuales, de las ventas realizadas. los bene·flclos habrán de cubrir todos los gastos. desde el alquiler de las eaSll3-que, a diferencia de otros establecimientos. no serán propiedad de laCompañia. quizás por plantearse en 1766 como un experimento-, hastala manutención de los administradores y demás Insumas necesarios. Elresto de 105 beneficios se repartirá por mitad entre la factoria respectivay los dos administradores de cada ciudad. Estos Sil obligan tambIén asurtirse f1J1:clusivamente de la factorla a los precios mayoristas que tu­vieren los diversos géneros. finalmente. correrá a csrgo de cada adml·nlstrador remunerar a un muchacho que podré tenerse como ayudante.

Con posterioridad. otras personas se encargaron de estos establecI­mientos. Asi. de 1760 a 1764 Josep Gasset se halla al frente de la tiendade vareo de Nueva Barcelona. Gasset habla nacido en 1747 en Barcelonay ya antes habla trabajado en la factorfa de Cumané. Francese fargas,natorsl de Mataró, recorrió unll trayectoria parecida: en 1161 era depen­diente de la factorls de Cumané y en 1181 administraba la pulperla deNueva Barcelona 101.

105. A.CA.. Real Palrlmonlo. Ap.ndlca General. n.' 553 (slgn. ant.J. fols. 54.82. 130 Y 179; A.O"" Contrataci6n. Inventarlo 111. lego 1.678.

106. A.H.P.B., SebastlA Prats. EscrIturas XXlll. 101,. 262, 264. 265 Y 267.107. Anles. en 1761, habla sIdo exptldld<l la fragata San 10$8 y San Afio

10010 de P/tdIH'. pero fue apresada por los Ingleses trente a Gibraltar. Hubo queesperar a que. finalizada la guerra dll los Siete Alloa. se reenudsra el comerciomarltlmo de la Compa/Ua. V.ase más abato. 5.2.1. - ,Las exp&dlclones comer­clalas.; y 5.2.2. - ,La inseguridad en el comercio, nautragios y apresamientos,.

lOS. A.G.I.. Indlferanla General. lego 2.382. Contratacl6n. Inventario 111.leg. 1.676: A.CA.. Real Patrimonio. Apéndica Genaral. n.' 553 /slgn. ant.l. fol.62 Y 101. 63: A.G.S.. Direcci6n General de Rentas, ~. Aamesa. leg. 433.

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Mat r pnlegKJoporaen Jtor

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3.3.2.6. - Los Apoderados Genera/es para América de /a Real ComPiJi¡ia

En realidad, el primer apoderado general para América que tuvo laCompañia fue Tom!ls Prats. Es verdad que los poderes que le fueronotorgados, especialmente los referidos a la organización de las factO'riss, pueden relacionarse con la puesta en marcha de la Compañia, perosus gestiones fueron mas alla de los actos inaugurales. Como sustitutoy continuador de Tomlls Prats en América permanecIó Martl Campderrós,de quien ya conocemos su posición sobresaliente del resto de los fac·tares como .Visitador General_. la relación continuarla con BonaventuraCasanovas, el primer representante de la Compañia que ostentó, entre1763 y 1768. exactamente el titulo de _Apoderado General de la RealCompañia en América •• y con Pau Puiguriguer 1 Quintana y Narcls Subl·rás. éstos entre 1768 y 1771. de los que me he ocupado en págInas recien·tes. Conoceremos ahora a los restantes apoderados de fa Compañia paraAmérica.

a) Mar/il Rovlra marchó a AmérIca en Junio de 1174. Una nota delIntendente de Cataluña avisa que ha autorizado el embarque de • unsugeto ebll y de conozidas circunstancias para ellaminar el Comercioque alll haze la Comp.', la conducta de los que la manejan y los mediosde establelerse con solidez y progreso ...• 100. la necesidad de una prO'funda revisIón de los medios y de los hombres que tenia la Compañia enAmérica será, ellpressda de una u aIre forma, la finalidad del reltellldoenvio de apoderados generales a Amérlca. Hasta que no estuvo en CMizno fueron otorgados a Mari/l Rovira los poderes necesarlos n., Estos,ademils del general, le conceden atribuciones especIficas. En primer lu·gar, ha de pracl1car una _rigurosa residencIa_ a todos los factores y de·pendientes, TambIén debe remodelar, si lo cree conveniente. la organl·zación de las 'actorfas y requerir de los factores sus cuentas, libros ydemás papeles concernientes a la Compañia. Puede cambiar y nombrarotros factores, hacerse cargo de géneros, dinero y todo lo que pertenezcaa le Sociedad; en fin, unas facultades que hubieran permitido a Rovlrareplantear sobre bases nuevas las 'actorias americanas. Pero, Mari/l RO'vira no llegó a tanto. a pesar de que su visita se vio respaldada por laayuda de las autoridades Ill.

bl ESleve BruguerB, era hIjo del comerciante Manel Bruguara. Nacióen Barcelona en 1750 y quizás era parJanta da Josap Marlll Broguera 1Mltjans. un comerciante matriculado barcelonés que quedó lejos delos cotas más altos de la profesión. La vida de Esteve Bruguera giró. parabien y para mal, en torno a la Compañia. Habiendo trabajado ya en la Con­taduría. a los 16 años de edad marchó a Cumlné como ayudante de factor.

109. A.G.I .. Indiferente General, lag. 2.382, CUtJI!'los a Arrlaga, " de;onlo de In4.

110. A.H.P.S.. J08n Prata, lns!rumentorum tV, 101. 219.111. Al menos. JI eso diJo comprometerse el Gobernador de Cumlln6 &11 el

acuse dll recibo dll la R.O. por la qua sa le prllVenra que debla ewo.lllar .a DonMarleno RovIrll pera avarlguar 11I condueta de los DlIplIndlente. de l. Compañl.dll ClIthllluna.... (AG.I .. GobIerno. Caracas. leg. 161. 30 de octubre de 1774).

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Mal r Pf' J 1-"-' u Jtor

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Allí. además de contraer matrimonio, lue consumiendo etaJXIs de su vidaprofesional y en t170 ya era primer factor, cargo en el que estuvo hasta1174. En 1177 regresó a Barcelona, cerrando asl su primera etapa amerj·cano 1I/. En mayo de 1179 acordó con los directores la rea!lzoción de unaexhaustiva Inspección en las factorlas pertrechado con un poder y una se·rie de instrucciones verbales que, en términos generales, le facultabanpora ' ...recoger todo lo que luesse de lo Comp: como son Generos exls·tentes, Dinero efetlivo, Deudas pendientes y descubierto de los Faltares..•.de manera que se pudiera averiguar .... todo el Caudal Flslco que tiene (laCompañia) sin confusión .... y así poder ....continuar su Giro con más Eco·nomla· lll•

Efectivamente, Bruguera Fue visitando entre 1780 y 1781 uno a unatodas las factorías y del rigor de sus pesquisas supieron bien todos losfactores, especialmente Josep Roca y Josep Ferrusola, como ya hemosvisto, Por otra parte, de su esfuerzo salló una Importante cargll de cacaoy cueros. Pero, aunque lo pudo preveer, Bruguera no pudo evitar que lastres embarcaciones que transportaban el cargamento fueran apresadaspor los Inglesas en agosto de 1781 "'. Su esplrltu emprendedor le llevótamblón a intentar reactivar el comercio de la Compañía mediante lasalazón de pescado venezolano, según el método Inglés reformado por élmismo. El intento de obtener una salazón barata y de transporte rentableno tuvo éxito m, pero Ilustra bien el carácter inquieto de Bruguera.

En febrero de 1784 fue destituído como apoderado general '1<' y susrelaciones con la Compañía cambiaron radicalmente de sIgno. Acusado,entre olrlls cosas, de haber manoJado a au capricho los fondos de laCompañía -con mención explese al elevado sueldo que se atribuyó ya los cuantiosos gastos que ocasionó su esposa- y de haber hecho ne·goclos particulares -regresó con 800 fanegas de cacao y 1.623 pesoafuertes-o los responsablas de la Sociedad consiguieron una orden deembargo contra él. Bruguera contraatacó con su habitual energla y supoir directamente al flanco más débil que presentabe la Compallra en estosaños: se puso al frente de un grupo de 61 impositores, cuyas reclama·ciones sumaban casi 2'5 millones de reales. y acusó a su vez, a los di·rigentes do la Compañia de malversaCión y ocultación de bienes para nodevolver las Imposiciones a Interés. les cuales él ofrecla recuperar acambio de le tercera parte. El esunto se prolongó con las consiguientescomplicaciones Judiciales hasta que, en marzo de 1793, un dictámen del

112. A.G.L. IndllereRle General. lag,. 2.382 Y 2.383; Contratación, Invan­tario 111, legs. 1.6n, 1.678 y 2.675.

113. A.CA, Real Palrlmonlo, 'ntendencla. Reglatro 1/63, lo!,. 340-349. yApéndlca General, n.' SS3 (algn. ant.), fol,. 2 y 182.

114. V61111e más ebllJo.•perlado 5.2.2. - ,la Inseguridad en el comercio:naufragios y apreSllmientoe,.

115. M. A. Vlla, .La Real Compal'll•... en Vfll1ezuela_. p. 27: M. lzard,.Con-­trabandl.lllll. Comerciantes e Ilustrado••, BoIelln Amerlcanlsll. n.' 28 (19781, p, 42.

116. A.H.P.8.. Joa" Proa. Contractuum XIV, 101. 52.

116

M 'ltE p,e gido por den

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Consejo de Indias rechazó las reclamaciones de Bruguera, desautorizán­dole como representante de los acreedores de la Compai'ila m.

cl Otros Apoderados Generales panr América. Después de la con­moción que supuso el paso de Esleve Bruguera por las 1aclorlas, los di·reClores de la Compai'ihl fueron nombrando, Incluso slmult4neamente, aolros apoderados para superviser el Irabajo cada vel m4s escaso de losfllClores y, sobre lodo, para Ir recuperando lo que se pudiera de los ac­tivos de la Compai'ila en América.

El primero de estos apoderados de los años ochenta fue Juan Fran·cfsco Alba, Su nombramiento se escrituró en enero de 1783, aunque yaservla a la Compai'iía como sobrecargo desde meses anles. Se le atar·garon los poderes generales usuales y se añadieron poderes especfflcosque tampoco difieren de los anlerlores. CasI al mismo tiempo, poderesIdénticos, pero en calidad de suplente. recibió Pere Mora I Imbert, com­pañero de viaje de Alba. Dos aOos después, en febrero de 1785, este úl·timo. un hombre menos decidido que Brugueta. ha1l6ndose todavla enCuman4. recibió una reiteración de sus poderes. especlflcándose única·mante que estaba en sus manos la remoción de todos los factores 111,

Por otro lado. en febrero de 1784, Frarteesc Orlach. que hebla aldosegundo factor de Nueva Barcelona, fue elevado también a la categodade apoderado general para América .sln perjuIcio de los poderes atrl·bUldos a Don Juan Francisco Alva •. y con especificación de facultad paracomunicar a Bruguera su destitución. los directores explicaron a Gélvezla necesidad de 'a comisión de Orlach "':

_recoger los Efectos de consideración que la Comp." tiene em­plasados en las Isfas de Pta. Rico y Sto. Domingo en reaagos,Deudas crelldas y algunos Caudales: han determinado conacuerdo de la Junta Comisionada passe a dhos. destlnoa DonFrancisco Orlac, sujeto Inlellgente y avil. (para que) aquelquanlloso Fondo parado lastimosamente tanto tiempo con mo­libo de la Guerra no se Irustre....,

¿Recoger fondos es liquidar? Parece que éslo es fa que se evidenciaya en la misión encomendada a Francesc Orlach quien. Junto con JuanFrancisco Alba. tendrfa que ocuparse de una penosa tarea: desmantelarel entramsdo comercial montado en América treinta al'ios antes, lo quepara una compal'ila dedicada al comercio colonial era lo mIsmo que peroder los medios 8 través de los cuáles la5 Inversionf:ls y los esfuer20s df:lsus responsables s todos los niveles podfan convertirse en beneficios.

117. A.O.S.. Dirección Of:lneral de Rentas. 2' Remesa. leg. 572; A.CA"Real Patrimonio, Intendal'lCla. Registro 1/63, fols. 3(1)..349. RegIstro 1/65, fola.259-260. y Registro 1/71. lola. 38-41: A.O.l" Indiferente General. lega. 2.382 y 2.383.

118. A.G.J.. Indiferente General. IIrg. 2.382: A.HP.B.. Jmm Pratl, Contrae.tuum XlIl,lola. 11 y 14. Y COIltraetuum xv, fol. 26.

"9. AH.P.S.. Joan Prata. Contraetuum XlV. fol. 52. y A.G.I., IndiferenteOenellll. lego 2.382,

117

M 'r pr

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mente por •...el modo y las circunstancias que sean adaptables a lanaturalesa de este Permisso que deveran atemperarse y medirse por lasque practican las Comp.>' de Le Havana y Csracas...• w. Es. pues, elmodelo de las compai'ifas privilegiadas el seguido. concretsdo en Is deBarcelona por lo prescrito en su Cédula de Creación y Ordenanzas In·ternas. Según ello, los maestres de la Compai'ifa son también capitanesde sus barcos. asumiendo tanto las funciones náuticas como las comer­ciales. Pero estas últimas son muy limitadas. Tienen. claro está, toda laresponsabilidad de la carga a bordo, pero esta re!lponsabllidad terminaen el momento mismo de la descarga. al hacer entrega de ella a los lac­tares. Estos son quienes se ocupan dol almacenamiento y posterior ven­ta. y de la adquisición y preparsclón de los frutos y caudales para los te·tornos. De Igual manera. al rendir viaje en el puerto barcelonés. el maes­tre ve Ilnallzado su compromiso con la entrega del cargamento de vuelta.Por esa razón. los maestres de la Real Compañia se apro~lman más a lafigura del marino. aunque detenten el gobierno económico relativo a lanavegadOn. que a la del comerciante. Esta función. en todo caso limi­tada. sólo es ejercida por aquellos que. estando matriculados como car­gadores de Indias. aceptan ser consignatarios de mercancias y dinerode partIculares que utilizan las embarcaclone!l de la Compal'ila como mo­dio de transporte. las mercanclas propias de la Real Compaf'iía son car­gadas bajo nombre y marca de la Sociedad y consIgnadas a sua factoresen Cádlz y en América. Como resultado de ello. en el trabajo de estoshombres. se produce la fusión de ambas responsabilidades, plena la una.limitada al papel de lIobrecargo la otra. bllJo la denomlmlclón de .Capltány Maelltre. que adorna sus nombres en los registros de las expedicionesregulares de la Compañia de Barcelona. Por tanto. esta doble denomina·clón no debe Identillcarlle con la moltlple funcIón de los patrones de ba,..ca catalanes. la diferencia constatada no es, por otra parte, más que lalógica consecuencia del empleo del sistema de factorias y. en general.del tipo de comercio que desarrolla toda compal'ire privilegiada. En elcaso de los registros particulares. y también en el del patrón de barca.la duración de la operación comercial se mide por el tiempo requeridopara la consecución de los beneficios que proporciona un solo viaJe. Enel caso de la Compaí'iía. al quedar la comercIalización en manos de loadirectores y de los factores. el negocio se fundamenla en la contlnuldadde ventas y compras o. más e~actemente, en 01 aprovechamiento de laoportunidad mejor para una y otra cosa. De otre manera, su comerciopuede contar con la deSVInculación entre el ritmo de las expedicionesy el de generación de los beneficios. aunque nunca estuviera de más te­ner una bodega lista para ser cargada, por ejemplo, cuando los preciosestacionales de los frutos americanos fueran máll ventajosos.

Una segunda particularidad, a diferencia del patrón de barca. que

123. Ln Hnen reproducidas perterHI('en al .pe<:llmenlo. presentado IIl. Contratación por F"ncesc Sol1vera correspondiente e la aollcltada para elmaestre Jsume Grsu. de la fragala La StlCf. f.mllill. C~dlz, 26 do Junio de 1759(A.G.l .. Contratación, Inventarlo 111, le-g. 1.4521.

12'

Mat! pnegidoporden

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posee uns psrte. por pequei'ia que sea, de propiedad de la embarcación,es que el capitán y maestre de la Real Compai'ía no tiene con su barconinguna relación de propiedad. Sólo le ata a su nave 8U nombramiento yla familiaridad que sentimentalmente pueda establecerse entre el hom­bre y el medio de trabajo de cuyo manejo y conocimiento de sus partl·cularldades depende 8U seguridad en alta mar y su llegada a buen puerto.Por eso, la especIalización. que después seré resaltada. de algunos capl·tanes con determinadas naves no cabe achacarla a otra cosa que a lacompanetraclón técnica. las embarcaciones son de absoluta propiedadde la Compai'ifa y, a bordo de etlas, desde el capltén y maestre hasta elultimo paje van a sueldo. situación que no tiene obligadamente que con·duclr 11 plantear esta relación como capitalista. Algunas referenCiaS con·firman esta relación contractual y sólo una da Idea de la remuneración.Pere Barceló, capllén y maestre de la fragata N: S: de Montserrllt en1758, ItJvo asignado •...un sueldo de 8D p.' de 128 q. cada uno al mes,que deve g0858r desde que emplesen los cargues hasta cumplir las en­tregas de vuelta...• IN, es decir, 960 pesos al ai'io. una buena cantidad,aunque se tratase de un Ingreso dlscontfnuo.

Una tercera singularIdad, que liene que ver con las normas de laCasa de Contratación. es que los maestres de la Compañia de Barcelonano necesitan presentar fianzas ni fiadores. Esta diferencia venía contem­plada por la .Instrucción de las Reglas ... para la habilitación de los Na­vlos. y ya ta conocemos. la Compañia es quien queda. como tal, cons·tltulda en fIadora y sus maeslres aparecen e){entos de esta obligación.En la ,InstruccIón., aunque suponiendo erróneamente que todas las met­cancres pettenecetlan a la Compañia, se e){plica que la fldelidad de losresponsables de la carga seré una cuestión de ella misma "'.

Ya se entiende que las dllerellClas sei'ialadas son referidas solamen­te a aquallas e){pediclones que pueden considerarse plenemente de laCompañIa. es decir. las realizadas medianle sus propios barcos, dirigi­das a eus zonas de accIón privilegiada y con carga muy mayoritariamentede ella misma. En algunas ocasiones. no obstante. la Compañra de In·dias, por dIversas razones, organIzó también expediciones valiéndose deembarcaciones fletadas a otros armadores. En estos casos, obviamente,los términos son diferentes y dependen del contrato de fletamento acor·dado con el petrón o capitán de la nave. En las páginas siguientes 8e her'tambIén referencia a estos marinos; pero comenzaré por resenar lasactividades de los capitllnes-mllestres de la Compai'ila. aquellos hombresque durante una etapa més o menos prolongada de su vida profesionaleSluvieron dedIcados con e){cluslvldad 8 la Compai'ila de Barcelona.

124. A.G.L. ConttstaclÓll. Inventstlo 111. IBtI. 1.596. Les restantllS referen­el.s en A,CA.. Real Patrimonio, lnlen.dencla. Regltlros do la Intendencia 1/68.fol. 568, ,Despacho de emplazamiento s Instenclss de Is Compsllla de Comerciopor spelaclón ante el ConseJo ds In.dlas (de l. sentencls snterlor del Inlendente)sobre los sueldos dll la IrlptJl.elón del paquebote N.' S.' del PI/a,., 1 de Miode 1782.

125. Véase las nO\a8 44 y 45 del capítulo 2' de este trabajo.

'"MOllE pr( ,

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3.4.1.1. - M/que/ X/qués

Originarios de Canet. los Xlqués tuvieron una destacada partIcipa­ción en la apertura del comerCio directo do Cataluña con América. Ouizágracias a estos méritos familiares y. también a ros del pinque que patro·neaba. a Miquel Xiqués le cupo el honor de inaugurar la actividad comer­cial de la CompañIa de Indias.

Desde los años cuarenta. Francesc Xiqués, padre de Miquel. estuvoligado a los grandes apellidos mercantiles barceloneses -los Alegre.Gibert y Puiguriguer- y al comercio colonIal. En 1745 mandaba el pinqueN." S.' de Moo/serral y San José que, en viaje a Veracruz, lue capturadopor los ¡ngleses. Posteriormente. con más suerte, volvió a la aventuraamericana y, en abril de 1749. Fraocesc Xlqués se Inscribió en la matrf­cula de cargadores de Indias, como parte de los preparativos de la prl·mera expedición de LB Perle de Cata/uña l1rl• En octubra de 1751 flguracomo comprador del pinque N." S: del Pilar; pero ésto no era Sino unamaniobra aconsejada por la conveniencia de que Xlqués. nombrado pa.trón del pinque. apareciera en Cádiz como único propietario del barco 1:1'1.

En este primer viaje del N." S." del Pf/ar. Iniciado en Julio de 1752 condestino a Honduras. Francesc Xlqués ocupó la plaza de capitán. JosepPlnyol la de maestre. Tomas Prats la de fletador y Mlquel Xlqués. ademásde haber participado en la preparaCión del barco. viajó en él como escri­bano 1lI. En agosto de 1754 Mlquel pasó a ser el patrón del plnque, delorma que. cuando un año después el barco fuera comprado por la Coro­pai'ila, él pasó a ser el primer capitán y maestre a su servicio l:9. Conestas operaciones, Mlquel entró en contacto con la Compañia privilegia·da. aunque. en raalldad, este contacto Sft materializaba con ros mismoshombres para quIenes su padre y él ya venlan trabajando.

Mlquel Xiqués obtuvo su matricula en la Carrera de Indias el 31 dediciembre de 1756. precisamente mientras el N." S." de! Pilar cumplla enCádlz los trámites para ser despachado a América como barco de la Com·pañía. Después de esle viaje Inaugural. que se prolongó de 1156 a 1758. yde una segunda e~pedición en 1759l.l1l. MlqueJ Xlqués se desvinculó temoporalmente de la Compañia. Entre 1764 y 1766 aparece reiteradamente

126. P, Viler. Cafalunya dlns ...• vol. IV, pp. 505-517: C. Martlnez Shaw,Calaluña en la Carrara .. p. 115 Ypp. 161.167: A.G.I.. Juzgado de Arrlbedas, leg. 529.

127. En Uflll escritura de 6 de octubre da 1151, Fran<:esc Xlqu's reconoceque las 7.600 libras pagadas por el plnque, en raelldad. perteneclan a JosepPuigurlguar (A.H,P.S., Sebastl~ Prllts. Escritures VIII. 101. 371J. Véase mh abajo,5.1.1.1. _ .EI plnque o paquebote N' S' del Plle, y del Rosalio·.

128. A.H.P.S.. Sebastl~ Prllts. Escrlturas VIII, 101. 434: C. Mstlinaz Shaw.Cefaluñ8 en la Carrere...• pp. 183-192. Er. mlIY usual que el hiJo del patr6n ocu·pase la plaza de escribano desde la que. en realidad, actuaba como sobrftCllrgo.

129. A.H.P.S.. 58l>.sll' Prals. Escrituras XI. foro 250, Escrlturss Xli, 101. 165Y Escrituras Xlii. 101. 67.

130. A.G.I .. Juzgado de Arrlbadss. leg. 530: Contratación. Inventario m.leg. 2.902·A, n.' 4. y Contratacl6n. Inventarlo 111. legs. 1,452. 2A59, 2.468. 2.916Y 2.961 .

•22

MatE PI"( egida por den Jtor

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como cargador. y a veces también como pasajero. de la saetia SeíkJrSan José, del patrón mallorquln Josep Pulg. que desde Sante Crul de Te­nerlfe viajaba regularmente a Clldil y a Barcelona Ul, Esto parece IndIcarque Xiqués y Puig formaron una llocledad especlalllada en el transportede efectos y dinero de comerciantes catalanes Interesados en el puentecanario. PosterIormente. en 1767. Miquel Xlqués Sil reincorporó a la plan·tilia da la Compai'ifa para realllar una tercera travesla atlántica. ahoracomo capItán y maestre del paquebote San Esteban. destinado a PuertoRico y Santo Domingo 1!.l.

A partir de actividades como las mencionadas. los Xlqués alcanla·ron una posIción ralevante que les permitió atravesar definitIvamente lafrontera entre el bat<:o y el almacén. Ampliándose la participación demiembros de le lamilla en el armamento naval, entre 1779 y 1796 acruancomo comerciantes Independientes en la sociedad Xlqub, Crul y Cra.de la que J. M. Delgado ha dado a conocer referencias que evidencIanuna Importante actividad w.

3.4.1.2. - Jeume Gfau

También de Canet, logró ver su nombre en la matricula de cargado­res de Indias en Junio de 1757, En dos ocasIones tUII capitán y maestrede la fragata La Sacra Famflla, de la Compaí'ila. la primera en 1757, enuna expedición que abarcó las tres Islas, y la segunda en 17S9, dirigIdaesta vez sólo a Santo Domingo 1.... Pero. al contrario que los Xlquás. noparece que Grau tuviera vinculación previa ni con la fragata ni con elcomercio colonial. Consiguientemente, su matricula en Cádlz. obtenidapoco antes de Iniciar el prImero de sus viajes, debe ponerse en relaciónúnicamente con la prestación de sus servicios a la Compai'\la privilegiada.

3.4.1.3. - Pere 8arce/ó

Fue otro de los pioneros del cemerclo celonlal catalán. Del grupo dePalafrugell y cUi'iado de Tomils Prats, en enero de 1749 fUII Inscrito comocargador dll IndIas con vistas a su papel de sobrecargo y consignatarioen la primera expedición de LB Pef/a de Cata/uña. Más larde. en 1753. lefue asignada lo maestrla del segundo viaje a Veracrul de estll fragata \».Precisamente al mando de esta misma embarcacIón estará, aunque unasola vez, al servicio de la Real Campallla. Fue en 1758. como capltén y

131. A.G.!., Contratat:IOn, Invent&rio 111, leg. 2.873.132. A.G.I" COntratación, Inventarlo 111. legs. 1.452 y 2A59.133. J, M. Oalg~o••C'dlz y M'laga...•, pp. 133-134.134. A.G.l., Juzgado de Arribadas. lag. 530. Y CI)n!rataci6n. Inventarlo 111.

lags. 1.452, 1.-456. 2.459. 2.468 Y 2.902·A, n· 4.135. A.G.l .. Juzgado de Arribadas. leg. 529: C. Martil1tlz Shaw. Cete/uil.

en ,,, C."tlr8 .... ~. 101. 174-118 Y 192·196.

Mal r PI'( J 1-"-' u ,tor

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maestre de lo linica de las expediciones f<uto de la concesión de diezregistros para HOrlduras. Con posterioridad. reapareció en la Carrera deIndias. Siguiendo también la derrota holldurei'la, en 1765 y 1767 tuvo a sucargo la tartana Jesús, Marls y José, cuyo propietario era el comerclarltegaditano José Retortillo llo.

3.4.1.4. ~ Francosc Berengll6r

Natural de Mahón. además de capitán de la COmpai'llll de Indias erapiloto de la Real Armada m. Elcperlencla militar y bravura en el combateno le faltaban. Al monos eso demostró en octubre de 1758 cuando elplnque de la Compai'Ha que mandaba, el Slln JUBn y San Savero. en rutade Barcelona a Cádiz fue acosado por una galeota berberisco. Su arengaa la tripulación, resuelta y eficaz, quedó grabada en la memoria de sushombros y. anos más tarde, certificada: •... ohora es tiempo de defenderlas Armas dol Rey. los Caudales de la Compan!a y la libertad de la trl­pulación...• ,'''. La amellllza fue rechazada Iras un combate de cuatro ha·ras y el plnque continuó hasta Cádlz y América. No obstante. D la postrey por lo que al barco se refiere la gesta de Berenguer no sirvió de muchoya que el San JlIan y San Severo acabó varado en el puerto de SentoDomingo m.

En cuanto regresó a Barcelona. Berenguer tuvo e su cargo airo batCOde la Compania. el paquebote N.' S: del PI/ar con el que en 1760 viajÓ aPuerto Rico y Santo Domingo. esta vez sin incidentes. Fue su último ser·vicio a la Componía de Indias: pero no abandonó la negociaciÓn ameri.cana: en 1167 aparece en ruta hacia Santo Domingo al mando de unafragata, sarcásticamente Ilemeda Le Feliz, perteneciente a la Compañiadel Asiento de Negros de Aguirre y Arístegui 1". Finalmente. Berengueroptó por permanecer en América y, en 1778, residía en la Habana 1<1.

3.4.1.5. - 8a/tassar Borrell

TrabajÓ como capitán y maestre de la Real Compañía an dos ocasIo­nas. la primera en 1760. mandando la fragata SlIn José y San Antonio dePac/va. destinada a Puerto Rleo y Santo Domingo. La segunda. con la

136. A.G.I .. Conlrelacl6n. Invenla.lo IJI. legs. 1.596. t.599. 2.601 Y 2.602.137. Haciendo acompsftar su firma de ambos t(lulos. 8erenguer olorgó en

1760 un poder e Francesc Vldal para qutl por ¡§I vendlestl los bIenes Inmueblesque posela en Mah6n (A.H.P.S.. SebaslHII Prals. Esc.lturas XVII. fol. 374J.

138. A.H.P.8 .• Sebnll~ P.als. Escrituras XIX, fol. 309.139. A.G.! .. Contratacl6n. Inventarlo 111. lag. 1.452.140. A.G.I.. Contratacl6n. Inventarlo 111. ¡egs. 1.457 y 2.0159.141. As! consla IIn una escritura otorgade a favor de una de sus hijas

por In cuatro restantes, vllClnas ye de 8arcelona. pa.a que aquella, aun enMehón. dlspusle.a la venta de los bl&nee hertldados de la esposa de 8erenguer.Antonja Hernándel (A,H.P.S.. Joan Prate. Conl.actuum VIII, f()1. 194).

'"MatE ¡Jrcegdoporaer

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celona. Por último, de la saga de los Font de Mataró manaron nuevasactividades en el comercio colonial a través de Joan Pau, en 1776: deJaume Font I Vlnyala, de 1776 a 1190; de otro Jaume Font, de 1792 a 1796,y de Francesc Font, en 1796 ID.

3.4.1.9. - Josep Berrer8

Su caso constituye uno de los de más notoria dedIcación a la Comopai'lla de Indias. ademila de aer el más espectacular en cuanto a su es­peclellzaclón al mendo de un mismo barco, el paquebote San Esteban,monopolizado por " a lo largo de una década. las e)(pedlclones que pro·tagonlzó Josep Barrera fueron les siguientes '''':

- en 1769·70, a Cumami.- en 177():.71, a Puerto Rico y Senlo Domingo.- en 1771·12, a Puerto RIco y Santo Domingo.- en 1173-14. a Puerto Rieo y Santo DomIngo.- en 1776·71. a Puerto Rico y Sanlo Domingo.

Pero la relación de los servicios de Josep Barrera a la Compai'lia deBarcelona no se agota con estas e)(pediclones. si bien las dos restanlesno fueron e)(podlclones coloniales y propiamente comerciales. En la prl·mera de ésla.s, de Jullo a noviembre de 1768, formó parte de un convoymllllar organizado por el Intendente de Cataluña como .patrón del palie­bot San Estevan •. En 1775, aprovechando otro de loa brevea inlervalosque dejaban sus e)(pedlclones americanas. Barrera partIcipó en otro con·voy similar al anterior. rindiendo en ambos casos buonos fletes a laCompatira de ComercIo l.U.

Después de los diez afios en que estuvo sin Interrupción al aerviclode la Compañia. y en los que de él dependió casI e)(clusivamente el su·ministro de mercsnclaa a las factorras de las Islaa, Josep Barrera C(lntl·nuó Irecuentlllldo les aguas colonIales. Como patrón de la saetra N.· S"del RemedIo. fletada por varios particulares. viajó a Barlovento en 1779,bajo las reglas de libre comercio, y en 17B3 y 1785. con la saella SeilorSan José, fletada por FllII:w: Prat y Cia. navegó a la Habana lió, precisa­mente mientras el titular de la sociedad fletadora era uno de los dlrec­torlls dll la Compai'lfa y vocal accIonista de la Junla ComIsIonada que lagobernaba.

153. B. Gómez Elórte1jul.•Comerclo catel6n en el siglo XVIII. El e/emplode la C.u Gallolr6 y COmpaftr. de Barcelon. (1787·1809) •• Barcelooe. 1973(Teal. de licencIatura lnédlla). p. SI; J. M. Delgado, .La nola catal.n....., p. 296Y nole 718.

154. A.G.I., ContratllClón.lnventarlo 1II,leg•. lAS7. 1.677. 2.•S9. 2A68 Y 2.67S.155. A.G.I.. Indiferente Generel. 1011. 2.382: B.C.C.• AJ.C.. Folletos soo.

,oms. n.· 7.~1 .•lnfOmte de la direccIón... de 2 de Mayo de 1771.; A.H.9.B .. Ea·crlbanrlll de MarIne, Vlcens Simón, Eacrituras 11765-68), 101. 290; A.CA.. Real"-trlmanlo, Intendencia. Manuales de Flete., 3/1S. fol. 107.

158. A.H.P.B., Eserlbenlas de Marln•. CoSrnll Rau~a. EacrlluraB VII. fol. 98:Escrituras 'X, fol. 4111 y Escrl\I,Jra. XI. fol. 53.

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Debe añadirse que el 12 de mayo de \772 fue lnscrito en la matri­cula de Indias Josep Barrera I Candera, natural de Santa Maria de Are·nys 157. Seguramente es la misma persona de la que aqui se habla.

3.4.1.10. - Salv8dor Vi/aseea

AUnque la relación que ligaba a Salvador Vllaseca con la Compañíade Ban::elona seria. en términos contra<:tuales, Idéntica a la del restode sus capitanes-maestres, no se le puede considerar exactamente unode ellos. La reserva nace de que nunca pudo dedicarse al comercio pro·pio de una compañía privilegiada. Durante los tres años comprendidosentre los últimos meses de 1768 y de 1771. Salvador Vilaseca estuvo almando del paquebote N: S: del Pilar. navegando a La Coruña. la Haba·na, Nueva Drleans, CM1z y otra vez a La Habana. Ah<Jra bien, salvo on elviajo Inicial a la Coruña. Vllaseca y el N: S: del Pilar fueron dedicadosal Servicio Real que una y otra vez los fletaba lit.

Antes de todo eso, como otros hombres de mar de la Compañía deBarcelOlla. Salvador Vllaseca era patrón de barca. En agosto de 1160 sefirmó el acta de patronill de la barca La Pura Concepción y San Fran·cisco de Paul8, de 4.000 quintales. por la que Vllaseca. natural de MatarÓ.fua nombrado su patrón !JO.

3.4.1.11. - Joscp GiSpefl

Quizá tuviera algún parentesco con los comerciantes barcelonesesdel mismo apellido. Sea así o no. a Josep Gispert le tocó ser el capitány msestre de la expedición de la Compañia que se prolongó por máslIempo. Fue la expedición concedida para Buenos Aires y emprendidaen 1769 con la fragata S81! Franc/sco de Paula. Estando ya cargada y listapara regresar. la fragata fue embargada y utilizada en la expedición mi'litar que Francisco de Paula Bucarell. Gobernador del Rlo de la Plata, or­ganIzó para expulsar a los Ingleses do las Malvinas. De resultas de ello,la San Franc/sco de Psula no regresó hasta 1172 lólI.

Josep Glspert lue el unlco capitán de la Real Compañia que ejercIócon plenitud las funciones de maestre. la razón está clara: en El Plata,la Compllí'ila de Barcelona no contaba con factoría ni representaciÓn al·guoa. la documentación rioplateose, incluida en el registro de regreso,

151. A.G.l.. Juzgado de Arribadas. 11l{I. 530. Y Contratación. Invantarlo lit.lag. 2.902·A. ti." 4.

1511. Váasa mh abaj<}o apartado 5.1.1.1. - .fl pinque O paquebote N" S'del PII", y del R03Brlo•.

159. A.H.P.B.. Escrlbanias de Marins. Vicens Simón. Escriluru l1751-&OJ.fol. 409.

lOO. A.G.I.. ConTratación. Inventario 111. lags. 1.725 y 2.754.

128

MatE PI"( egida po!" den Jtar

Page 125: Cataluña y el comercio privilegiado con América

muestra a Gispert como unico responsable de la fragata y de toda sucargs. Asr, lue él quien se ocupó de vender ls carga de Ida y de acoplarla de regreso. A le misma carencIa de representacIón de la Compalilaresponde la matriculación como cargador de Indias -por eata vaz_ con­seguida para Glspert en julio de 1169, cuando la Sen Frenc/sco de Peu/ese hallaba completando la carga en CAdlz "'.

3.4.1.12. - Joaep Pev Banavld8.

fs otro do los ejemplos más notables de especialización, tanto porlo que se refiere al barco que le lue confiado -la Perla de Cataluli&-.como por el destino --Cumaná- que una y otra vez le era asignado.Hasta tal punto se dieron ambas eapeclallzaclones que, desde 1710 enadelante. nadie más que él mandó le fragata y de él dependió que lasfactorlaa de Cuman6 estuvIeran bien provistas. En efecto, con dicho bar­co y destino, tuvo a su cargo cInco expediciones, emprendidas respecti·vamente en 1170, 1171, 1173, 1175 Y 117610:.

UJ recha se Interrumpió cuando, el regreso del ultimo de 101 Vi_JeaIndlc8doe, la N.' S.' de Montserr8t Quedó prácticamente Imposlbll1tadapara navegar. Pero Josep Pau Bonavlda no dejó de estar al servh;lo dela Compafifa. En enero de 1780 nlla de Barcelona con desllno e Vera·cruz, ahora al mando de la Sen Feroe/seo de Peu/e, .fletarla al Comerciode Barcelona_. Como este viaje no respondla al modelo de las expedl·clones de la Compal'ira, Bonavlda debió estipular contrata de trlpulaclóncon la marlnerla, lo Que permita conocer su filiación; .Don Joseph PabloBonavlda, vecino y de la Matricula de ArenYI... _. Acordó con sus hom­bres -o mejor, 108 directores por Intermedio de él- unos pactos muysencillos donde lo más sobresaliente es que la tripulación Iba a sueldo 1Ol.

los beneflclol obtenidos como capitán y maestre permitIeron a 60·navlda alguna Inversión en el armamento naval. Segun el acta de patto·nia de la 18etla N.' S: de /a Merced y Ssn Antonio, del patrón Joen Gual­ba. el .Capltén Joseph Pablo Bonavlda de la fragata Montserrat de laComp: de Comercio. posera un modesto trelntedoseno .....

3.4.1.13. - Josep Antonl Pulg

Representa otro de los casoa de especIalizacIón en el mando de ul'laemlnrcaclón. Anota bien, para reconocer plen,mente sus servicial a la

161. A.G.I., Contr.lKl6n, invente,lo 111. lell. 2.902·A, n.o 4.162. A.G.! .. Conlretacl6n. Inventetto IIl. 11111" 1.677, 1.61a y 2.675.163. A.G.S.. 8ecrllterf. de MariM, leg. 513. Y Dirección Ganeral da Rentas.

2' Remesa. lell. 569. _ComercIo libre•. la ellCal. de loa tlIeldoa era l. alllulel)­le: artIllero. 12 pe.os seocillos ,1 mee; ITIIrfnero, 10; IIttlmele. 5. y loa Pllles.4 pellOS. Se pall'r' 3 mena por adel.ntlIdo y 111 reato al rellre.o IA.HoP.S.. E.­crtbantes de M.rIM, Cosme Rau~l. E&crttvrN VII, fol. 4781.

ISI. A.H.P.8.. E.ctlbanias de M"lna. Vk:ena Simbo. Escritura. {1713-75J.fol. 414.

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Real Compañía debe sei'1alllrse que, antes de patrón. fue marinero. En ellargo viaje a Buenos Aires aparece Josep Antonl Pulg como segundo pi­loto. Inmediatamente después pasó a ser el capItán y maestre, quedandoa su cargo la fragala Son Francisco de Paul¡;¡ desde 1772 hasta 1777. Ou­ranle este liempo encabezó Ires expedicIones. la prImera a Puerto Ricey Cumaná y las dos restanles sólo a Cumaná 10:1.

J. M. Delgado ha Identificado la actividad de loa Pulg. palrones ori­ginarios da Sllges. a través de varios miembros de esta familia: sin em­bargo, el capItán y maestre Josep Antonl Puig. vecino de Arenys de Mar "",no parece pertenecer a dicha dinastía.

3.4.1.14. - Antoni Turzó

Era hiJo de un tejedor de lino de MahÓn fallecido en 1768 cuyo tes·tomento proporciona algunos datos sobre la fllmilla: el hermano mayorse llamaba Jaume. al IgUlll que un hijo de Anton!. En aquel momento, An'tonl TulZÓ era contramaestre de la fregata de la Compañia San Franciscode Paula 161. Ocupando la cllada plaza realizó el viaje a Buenos Aires:pero ya antes había sIdo tripulante del San Esteban 101.

Cuando alCllnZÓ el grado de capitán y maestre, le fue ancomendada.en primer lugar. la expedición del paquebote N." S.· del Pilar a santo Do·mingo y Cumané. emprendida en 1774. Años més tarde, y con el mismobarco, tuvo a su cargo otra expediciÓn a eumané y la MargarIta. Peroesta segunda aventura tuvo un dramático final ya qU8 el N." S.· del Pilar.tras un cruento combate, fue apresado por los Ingleses cuando en sep­!tembre de 1781 regresaba convoyada con otras dos naves fletadas porla Compañia "".

Mientras tanto. Jaume. el hijo de Antoni TuIZÓ. entró en relación conla CompañIa. aunque no llegara a ser uoo de los capitanes'maestres de­dicados al comercio privilegiado propio de ella, comercio prActlcamenteImposIble en los allos ochenta. Ademés, su flllaclón despertó dudas so-­bre su capacIdad. Con motivo de haberse utilizado el relato remitido porAntonl TulZó desde la Manlnlca en el pleito que siguió a los apresa·mientas de 1781. el procurador de Josep llenas. patrón del barco ffe-

165. kG.! .. COntratación. Inventarlo 111. legs. 1.457. 1.678, 2.468. 2.654.2.675 Y 2.923.

166. AsI se dice en la carla de PlllIO por el .dret de lleuda. correspon­dlenle e 189 mercenclas traldas en su segundo viaje (A.H.P.8.. JOlln Prats. Ins·trumentorum. VI. fol. 1): J. M. Delgado•• La Hota catalana..... p. 296 Y not. no.

167. A.H.P.B.. Sebastl~ Prats. TestalMntorum IV, 101. 35.168. Al menos en 1767. sin especiFicarse Is plaza que ocupaba (A.G.I ..

COntratacIón. Inventarlo 111. lego 2A59J. No seria asta caso. y el dll Josep An­lenl Pulg. 111 único de ap~ndl~.je a borda de los propios barcos de la Compallra.

169. A.G.I.. ContratacIÓn. Invllntarlo 111. lega. 1.452 y 2.459; A.G.S., S&Cre·taría de Msrlna. leg. 513. y DirecciÓn General de Rentlll. 2' Remese. leg 569••COmerclo libre•. Véase tlImblén mlls abajo. 5.2.2. _ .La Inseguridad en elcomercIo, naufragIos y apresamientos •.

'"MatE ¡Jrcegdoporaer

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todo al que responsabilizaban los directores. Intentó descalificar la prue­ba afirmando que Anton! Tunó •..•es Iliterato y rudo y no sabe ni escribirni dictar...•• a/ladlendo que su versión era fruto de • ... un desordenadoafecto a su amor propio. con la mira de ganar por este medio injusto losaplausos de los Ores. como ya en el dla lo acredita la esperlencla me·dlante haber logrado dho Tutzo que un hijo sula. no obstante su notableimperlzia y ninguna practIca hala sido nombrado por los Ores. Advar·santas por Capitan de uno de los Buques de la Real Comp...... llll. Estebuque es le fragata Sen Frsnclsco de Peula y. efectivamente. como capi­tán de ella. el descalificado Jaume Tunó marchó en 1782 a Buenos AI­res. en un viaje fletado por MonJó. Montells y Cle l1l • En 1785 Jaume TunóvolvIó a navegar de cuenla de la Real Compañia, ahora hacia Veracrui:,habiendo sido fletada la San Francisco de P8ul8 por un grupo de carga·dores. Tan poco parecido tuvo este viaje con laa expediciones propias dela Compal'ila que, al pactarae las condiciones de la tripulación. se acordóque el producto del fletamento .se repartirá como se estila en la Navega·clón catalana...•, no estando le marlneda a sueldo de la Compañia m.

Tras recuperer su libertad, Antoni Tutzó siguió ligado al comerciomaritlmo. En enero de 1784 fue nombrado patrón del bergantln N: S: deGracia. del que eran pBrr;oners, entre otros. destacados comerclanlesbarceloneses, como Joan Pau Glspert y Pau Mlarons. asl como el monl·brlonense afincado en Cádlz Antonl Mlquel I Folch y el apoderedo de laCompaí'ila para América Maria Rovlra. En novlambre de 1787 le fue re­novado el nombramlanto: pero, poco después, al enfermar, su hijo Jaumele sustituyó en el viale que se preparaba lll. Al cabo. las actividades delos Tunó debieron alcanzar cierta relevancia puesto que. en sociedad conel mestre veler L1uis Feliu. Jaume Tutzó alquiló por cinco afio'. a contar

170. A.H.N" Connfos Suprlmldos. leg. 20.266. Ellp. S.'171. A.O.S., Dirección General de Rentes. 2.' Reme,.. legs. 570 y 571.

,Comercio Libra•.172. A.G.I.. IndIferente General. legs. 2.382 y 2.383; A.H.P.B., Estribanlas

de Marina. COlIme Rw((\s. Escrituras XI. fols. 663. 667 Y 673: P. Vllsr, C.ta­lunya dlns ...• vol. IV. p. 403.

173. A.H.P.B.. Escrlbanl.. da Marlns, Cosme Rau((\s. EscrIturas X, fols.5-9; Escrituras XIII, 101. 582 Y Escrlturas XIV. fols. 0·53, S5-S8 Y 395. El ultimodocumento citado es el contrato de f1etemlento del N.' S.o de Gracia. flete lid­qulrldo en msyo e nombre de Josep y MariA Tuxens. comercl.ntes de Matero.quienes seguramente tenlen Iras de si a otros mAs poderosos. Por otra parte. eldesllno no es Mvelado y unlc.mente sa lICUerda que el berglntin merchara rAm6rlC. con el compromiso de .Iocar en Málaga•. Sobre la utilización da puer­tos medlterrllnllOs como escalas intarmadlas donde completer el cargsmellto ysobre l. Importancia de esta prllctlca, v6a.sa J. M. Delgsdo, 'Comerclo colonialy Iraude fiscel en Catalulle. Algunas consideraciones en tomo a los registrosde libre comercio a IndIas (In8-1796] •. Esroolos Históricos y Documente»' delos Archivos de Protocolo•. VI (1978). pp. 311-326. Por mi parte. he constatadola pr'ctlca de estas escalas Intermedias en el comercio coIonlel catalAn ante­rior a 1m en mi .fieflexlonas an tomo si comercio libra de Barlovento. El casocatsllln •. comunicación prasentade al Simposio sobre Ubre Comercio y Crecl·miento Econdmlco (176("'824/. Puerto de Santa Maria. 19·21 dIciembre de 1985.

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'J las lonas da acción da la Compenia privilegiada. Hay pocos df,tos eneste sentido: pero de ellos se colige el angustioso dl!lflclt monetario,tanto en Cumané como en Puerto Rico y Santo Domingo, donde el clr·cul.nte se reducl. en 1773 a sólo medio millón de pesos fuertll8 segúnlas autoridades de la Isla". Sin embargo, a mi juicio, la razón fundamen·tal len! el cecao: otras ralones, de mucho menor peso y valor, serén loscueros y los demás frutos por los que se Interesó la Compal\la.

Conviene allora conocer la distribución anual da la relación entre losretornos en dinero y en frutos. Para ello han sido elaborados el CuBdron' 14, que expresa los respectIvos porcentajes anuales, y el Gráffco n' 1',descompuesto, a su vez, en tres expresiones de esta comparación. Desdeel principio, al balance se muestra desfavorable a la plate liquida, aun­que con diferencias poco ecusadas y MSta Invertidas en 1759, 1764 Y 1766,result8dos estos últimos desuudos y que ys fueron Justificados más arrl·bao Pero, a parllr de 1767, el porcentaje correspondiente a los caudaleaya nunca volvió e llegar al 30 % Y sólo sa aproximó a ese limite en con·tadas ocsslones. Es el momento en el que la preocupación por Importarplata pasa e un segundo plano. dejando el prlmaro, de una forma cada vezm" decIdida, para el empello por la Introducción de coloniales que pu·dieran ser postarlormente bIen vendidos en Barcelona, Cédll o reexporta­dos a Europa. Es m". en 1773, 1776, 1784 Y 1785 todo lo Importado por laCompañIa fueron frutos, no registrándose caudales ni sIquiera en con·cepto de caja de aoldadaa.

Todo lo anterior vIene a confirmar el carácter axial de la fecha de 1767,el allo del primer retorno directo desde Cumaná. Es la aparición en es­cena del cacao cumanagato lo que consolidó y aumentó le ventaja de losfrutos sobre loa caudalea importados. Asi, la relación entre unos y otrolestuvo determlnede, más que por ningún otro lactar, por las condicionesmuy favorablea que el cacao de Cumsn' ofrecla para el ejercIcIo de ledoble operación. A través de esta práctica, la CompalUa de Barcelona.aaentada la venta y la compra de mercancles sobre un enlrem&do estableen América. pudo poner en marcha un macanismo comercial mediante elcual Intenlar. si bien a costa de la prolongación del ciclo de reproduccióndel capital mercantil. el aprovechamiento más eficaz de 118 diferenciasde precios entre los eKtremos geognUlcos de su comercio. El papel delcomerCiante siempre ha consistido en comprar barato y vender caro. Gra·clas a sus factorias fIjas y a las condicIones loceles. ese pepel podleejercerlo la Compallia por duplicado, haciendo suceder den momentosdistintos y correlativos. Para ello necesitaba 111 persistencia de la des­Igualdad entre los mercados de la metrópoli y de las colonias, desaqul·

94. Sobre euman~ .•RellelOn del Estado de las e'lu Re.l., de Cumanjsegún los Ubros de la Contadur!•...•. de enero de 1759. en A.G.I .. Gobierno,<:Irae.., IlIQ. 121. Sobre 1.. 1.11$.•Informe de ie Contedurfl Mayor de 1.. 1.11'de Blrlovento...•. de diciembre de 1769. y .Reunlón de I1 Juntl de Re.l HI·cienOs sobre monede. de Vl!IlIón y macuquina de 5a,lto OomlnllO..... celebt.dael 12 de mirlO de 1773, ambos en A.G.I., Gobierno, Sto. Domingo. IlIQ. 9«.

",M,tE pn~QkJ()pord!'·n ;te

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REFLEXIONES F1NAlfS. COMERCIO PRIVILEGIADO, UBRE COMERCIO

Una vez que, desde diversos acercamientos temálicos. ha sido exa·minada la trayectoria de la Compañia de Comercio barcelonesa. es lahora de intentar un balance final. La hora de reflexionar sobre el slgnl·licado del episodio que la Sociedad privilegiada representó en las rela­ciones comerciales entre Catsluña y América en la segunda mitad delsiglo XVIIl.

La Real Compañia de Barcelona. fundada Justamente cuando culminael .prlmer momento da esplendor. de la presencia de Cataluña en laCarrera de Indias segun la periodización de C. Martinez Shaw. dio a loscomarclantes catalanes la ocasión de ensayar la experiencia de las so·ciedades privilegiadas de capital autocentrado. Estas sociedades por &C

ciones fueron elq>reslón de un esfuerzo ambicioso. aunque contradlcto·rio. que Impregnó de mercantilismo avanzado el primer reformismo borobónico aplicado a las relaciones coloniales españolas. Nacieron de formaperiférica a la Carrera de Indias: fueron pensadas como instrumentospara la recuperacIón de áreas especilicas del Imperio colonial hispano.Pero. como se ha escrito, se desarrollaron junto a la Contratación gadi­tana, no en su contra. asignándose a cada una de ellas zonas marginadaslradlcionalmente por la Carrera.

La agrupación del comercio barcelonés en torno a la Compania deIndias en 1755 ha sido explicada páginas atrlls como una manifestaciónmas de su sollderidad corporativa y como una oportunidad para aprove·char la favorable coyuntura económica de los años cincuenta. La creaciónde la Compañia privilegiada respondió lambién a la necesidad de conso·IIdar y concretar las aspiraciones de crecimiento de la primera burgue­sía de negocios de Cataluña que miró con decisión el futuro. Con su fun­dación y PUIISIS sn msrcha. los emprendedores negociantes barcelonesesdieron un paso adelante más. Abrieron una nueva fase en el desarrolloexpansivo del comercio colonial catahin y. a través de la Compañía ben·decida por el lavar real, lograron Incorporar ventajas fiscales. garantfasy el pleno reconocimiento oficial. Pero. veinte años más larde, a finalesde los setenta. las fórmulas legales e Impositivas del comercio colonIalespañol han cambiado sustancialmente. Más importantes aun son loscambios producidos en fas condicione! de la circulación del capital merocantil en Catalui'la donde. paralelamente. la formacló" del capital Indua·

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