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¿Quién soy? ¿de dónde vengo? ¿hacia dónde voy? ¿Cómo lo voy a hacer? Reflexión -.Debemos mirar hacia adelante, mirar hacia el futuro, creer en nosotros mismos; dejemos atrás todo lo que nos encadena lo que nos hace daño, pensemos siempre en lo positivo luchemos por lo que queremos y de esta manera llegara a nuestra vida solo paz y felicidad. Y finalmente debemos darle gracias a Dios por la vida ya que fue él quien nos la dio. ¿Qué es Sumak Kawsay? El Sumak Kawsay (es un modelo o forma de vida que promueve relaciones más sustentables con la naturaleza y menos consumistas, que constituye una opción ante el modelo desarrollista del "vivir mejor", 1 El concepto proviene del quechua , forma parte de las culturas indígenas del centro de Sudamérica y está presente de forma similar entre los aymará como suma qamaña y entre los guaraníes como teko para o teko kavi. En su significado original, Sumak hace referencia a la realización ideal y hermosa del planeta, mientras que Kawsay significa "vida", una vida digna, en plenitud. Autoconocimiento Proyecto de vida Recordar valores,principi os, normas,derecho s y deberes Objetivo, planificar, nuestro futuro a nivel. Personal universitario, familiar y social

BUEN VIVIR

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¿Quién soy?

¿de dónde

vengo?

¿hacia dónde

voy?

¿Cómo lo voy

a hacer?

Reflexión -.Debemos mirar hacia adelante, mirar hacia el futuro, creer

en nosotros mismos; dejemos atrás todo lo que nos encadena lo que nos

hace daño, pensemos siempre en lo positivo luchemos por lo que queremos

y de esta manera llegara a nuestra vida solo paz y felicidad. Y finalmente

debemos darle gracias a Dios por la vida ya que fue él quien nos la dio.

¿Qué es Sumak Kawsay?

El Sumak Kawsay (es un modelo o forma de vida que promueve relaciones más sustentables con la naturaleza y menos consumistas, que constituye una opción ante el modelo desarrollista del "vivir mejor",1 El concepto proviene del quechua, forma parte de las culturas indígenas del centro de Sudamérica y está presente de forma similar entre los aymará como suma qamaña y entre los guaraníes como teko para o teko kavi. En su significado original, Sumak hace referencia a la realización ideal y hermosa del planeta, mientras que Kawsay significa "vida", una vida digna, en plenitud.

Autoconocimiento

Proyecto de vida

Recordar

valores,principi

os,

normas,derecho

s y deberes

Objetivo, planificar,

nuestro futuro a nivel.

Personal universitario,

familiar y social

El sumak kawsay considera a las personas parte de una comunidad humana, la cual es un elemento de la Pachamama o Madre Tierra (madre mundo). Así, a diferencia de otros paradigmas, el buen vivir busca el equilibrio con la naturaleza en la satisfacción de las necesidades ("tomar solo lo necesario" con vocación para perdurar), sobre el mero crecimiento económico; es decir, una forma de vida más digna y más apegada a la vida, inspirada en los valores tradicionales indígenas.

Por ejemplo:

1. la satisfacción de las necesidades. 2. calidad de vida. 3. muerte digna. 4. amar y ser amado. 5. florecimiento saludable de todos en armonía con la naturaleza. 6. prolongación indefinida de las culturas. 7. tiempo libre para la contemplación. 8. la emancipación y ampliación de las libertades, capacidades y

potencialidades.

¿Cuáles son los artículos que se reflejan

El buen vivir?

Art-.275En la Constitución del Ecuador se supera la visión reduccionista del desarrollo como

crecimiento económico y se establece una nueva visión en la que el centro del desarrollo es el

ser humano y el objetivo final es el alcanzar el sumak kawsay o Buen Vivir. Frente a la falsa

dicotomía entre Estado y mercado, impulsada por el pensamiento neoliberal, la Constitución

ecuatoriana formula una relación entre Estado, mercado, sociedad y naturaleza. El mercado deja

de ser el motor que impulsa el desarrollo y comparte una serie de interacciones con el Estado, la

sociedad y la naturaleza. Por primera vez, en la historia de la humanidad una Constitución

reconoce los derechos de la naturaleza y ésta pasa a ser uno de los elementos constitutivos del

Buen Vivir.

Art-.276 La importancia que se da a la diversidad en la carta magna del Ecuador, no se

restringe al plano cultural, sino que se expresa también en el sistema económico. La

Constitución ecuatoriana reconoce al sistema económico como social y solidario,

incorporando la perspectiva de la diversidad en su concepción y superando la visión

mercado céntrico que lo definía como social de mercado.

Art-.74 Las innovaciones fundamentales en el campo de los derechos, desde la

perspectiva del Buen Vivir en la nueva Constitución del Ecuador, parten del

reconocimiento del Estado como "constitucional de derechos y justicia" (Art. 1), frente

a la noción tradicional de Estado social de derechos. Este cambio implica el

establecimiento de garantías constitucionales que permiten aplicar directa e

inmediatamente los derechos, sin necesidad de que exista una legislación secundaria. La

Constitución ecuatoriana amplía además las garantías, sin restringirlas a lo judicial.

Existen tres tipos de garantías: normativas, políticas públicas y jurisdiccionales (Ávila,

2008: 3-4). De este modo, la política pública pasa a garantizar los derechos.

Art-.11 Derechos del Buen Vivir; derechos de las personas y grupos de atención

prioritaria; derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades; derechos de

participación; derechos de libertad; derechos de la naturaleza y derechos de protección.

¿Qué es la constitución?

La constitución es la Ley Fundamental del Estado soberano, escrita o no, establecida

o aceptada como guía para su gobernación; es decir, es la norma jurídica de más alto

rango en el ordenamiento político. La constitución fija los límites y define las relaciones

entre los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, estableciendo así las

bases para su gobierno. También garantiza al pueblo determinados derechos.

Ella establece la organización, atribuciones y relaciones entre los órganos del Estado,

los derechos y garantías de las personas y los cuerpos intermedios de la sociedad, los

sistemas para hacer efectiva la supremacía constitucional y el procedimiento de

reformas parcial o total de la constitución. La mayoría de los países tienen una

constitución escrita. La de Gran Bretaña, encarnada en numerosos documentos (por

ejemplo, la Carta Magna) y el derecho consuetudinario que definen las relaciones de los

ciudadanos con la Corona, el Parlamento y los tribunales, no está escrita, pese a que, en

muchas ocasiones, se ha postulado su redacción para que Gran Bretaña disponga de un

texto análogo al de la gran mayoría de estados.

Las constituciones pueden clasificarse mediante varios criterios: si están protegidas

contra enmiendas (constituciones blindadas), si presentan una clara separación de

poderes, si las disposiciones pueden ponerse en vigor mediante revisión de la actuación

del ejecutivo o del legislativo, si establecen un Estado unitario o federado, etc. Las

constituciones escritas están asociadas históricamente al liberalismo político y a

la Ilustración.

Una sociedad

Está integrada por

Sabiendo que

Resumen: Que todos somos iguales y que nadie es mejor que otra

persona.

Una sociedad

Hombres

Mujeres

Que se reconocen entre

si

Tienen deberes y derechos por

igualdad

UN SER HUMANO QUE DESEA VIVIR

EN SOCIEDAD

Resumen: Todos tenemos derecho a una integración de igualdad para mejorar una

calidad de vida.

LA SOCIEDAD DEL

BUEN VIVIR

El buen vivir es la forma de vida que

permite la felicidad y la permanencia de la

diversidad cultural y ambiental

Hacia la igualdad, la integración, y la

conexiónsocial.

Las políticas encaminan a

alcanzar mayor justicia igualdad

como garantía para el ejercicio

pleno de los derechos de los

seres humanos existiera la

estimulación con piloticos

orientados a generar cambios-

socia- cultural que establecen el

reconocimiento de los tipos de

discriminación

Ejemplo

Reflexión

HACIA UNA SOCIEDAD SOLIDARIA,

FRATERNALISTA Y COOPERATIVA.

Objetivos Definición

Es ordenar el equipo

multidisciplinario de

los valores de la paz y

la convivencia

solidaria en el estado.

Es la capacidad de las

personas de vivir con otras

personas en un marco con

respeto mutuo y solidario

reciproco explica el

conocimiento y respeta por la

diversidad valorar y aceptar

los diferentes tipos de vista de

otros.

Invertir los recursos para

garantizar que la próxima

generación tenga un nivel

de vida adecuado y

académico haya los valores

y la cultura de nuestra

participación y la

convivencia.

Debemos mirar hacia el

futuro en nosotros mismo

creo que amar un proyecto de

vida no es tan fácil para eso

debemos tener una visión

para poder definir y ordenar

nuestros objetivos.

Es

Y

ObjetivoReflexión

Hacia el cumplimiento de los derechos

universales y las potencialidades

humanas.

Necesario una distribución igualitaria de las condiciones de

vida, dado si no se dispone de los recursos económicos.

Solo si esa distribución no es igualitaria existen

condiciones para mutuo reconocimiento sin el cual, no

hay una publica internalización de las capacidades.

Igualdad de

condiciones

para distribuir

conocimiento.

Hay que ejercer una igualdad de

capacidades para todas las

personas sin discriminación.

CONSTITUCION PLITICA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

TÍTULO II

DERECHOS

Capítulo primero

Principios de aplicación de los derechos

Art. 10.-Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son

titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los

instrumentos internacionales.

La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución.

Art. 11.-El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:

1. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva

ante las autoridades competentes; estas autoridades garantizarán su

cumplimiento.

2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y

oportunidades.

Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad,

sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión,

ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición

migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad,

diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o

permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de

discriminación.

El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real

en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de

desigualdad.

3. Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos

internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por

y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o

a petición de parte.

Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán

condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.

Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma

jurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción por

esos hechos ni para negar su reconocimiento.

4. Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las

garantías constitucionales.

5. En materia de derechos y garantías constitucionales, las servidoras y servidores

públicos, administrativos o judiciales, deberán aplicar la norma y la interpretación

que más favorezcan su efectiva vigencia.

6. Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles,

interdependientes y de igual jerarquía.

7. El reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en

los instrumentos internacionales de derechos humanos, no excluirá los demás

derechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y

nacionalidades, que sean necesarios para su pleno desenvolvimiento.

8. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las

normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará

las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio.

Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que

disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos.

9. El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos

garantizados en la Constitución.

El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio

de una potestad pública, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos

de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios

públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y

empleadas y empleados públicos en el desempeño de sus cargos.

El Estado ejercerá de forma inmediata el derecho de repetición en contra de las

personas responsables del daño producido, sin perjuicio de las responsabilidades

civiles, penales y administrativas.

El Estado será responsable por detención arbitraria, error judicial, retardo

injustificado o inadecuada administración de justicia, violación del derecho a la

tutela judicial efectiva, y por las violaciones de los principios y reglas del debido

proceso.

Cuando una sentencia condenatoria sea reformada o revocada, el Estado reparará

a la persona que haya sufrido pena como resultado de tal sentencia y, declarada la

responsabilidad por tales actos de servidoras o servidores públicos, administrativos

o judiciales, se repetirá en contra de ellos.

Capítulo segundo

Derechos del buen vivir

Sección primera

Agua y alimentación

Art. 12.-El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua

constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible,

inembargable y esencial para la vida.

Art. 13.-Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y

permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a

nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.

El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.

Sección segunda

Ambiente sano

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y

ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak

kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de

los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la

prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales

degradados.

Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías

ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo

impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía

alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo, producción,

tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas

químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente

tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes

biológicos experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados

perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los

ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al

territorio nacional.

Sección tercera

Comunicación e información

Art. 16.-Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos

los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia

lengua y con sus propios símbolos.

2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.

3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de

condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de

estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas

libres para la explotación de redes inalámbricas.

4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a

otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad.

5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de

la comunicación.

Art. 17.-El Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al

efecto:

1. Garantizará la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de

condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de

estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, así como el

acceso a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas, y precautelará

que en su utilización prevalezca el interés colectivo.

2. Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos,

privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de

información y comunicación, en especial para las personas y colectividades que

carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada.

3. No permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los

medios de comunicación y del uso de las frecuencias.

Art. 18.-Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada,

oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos,

acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.

2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las

privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá

reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley.

En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la

información.

Art. 19.-La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos,

educativos y culturales en la programación de los medios de comunicación, y

fomentará la creación de espacios para la difusión de la producción nacional

independiente. Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la

discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o

política y toda aquella que atente contra los derechos.

Art. 20.-El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto

profesional y la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a

través de los medios u otras formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad

de comunicación.

Sección cuarta

Cultura y ciencia

Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad

cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a

expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de

sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones

culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.

No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la

borrador Constitución.

Art. 22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al

ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse

de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las

producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.

Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público

como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la

igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias

expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley,

con sujeción a los principios constitucionales.

Art. 24.- Las personas tienen derecho a la recreación y al esparcimiento, a la

práctica del deporte y al tiempo libre.

Art. 25.- Las personas tienen derecho a gozar de los beneficios y aplicaciones del

progreso científico y de los saberes ancestrales.

Sección quinta

Educación

Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un

deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política

pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición

indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el

derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.

Art. 27.-La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo

holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente

sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural,

democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de

género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la

cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y

capacidades para crear y trabajar.

La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la

construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo

nacional.

Art. 28.-La educación responderá al interés público y no estará al servicio de

intereses individuales y corporativos. Se garantizará el acceso universal,

permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el

nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente.

Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en

una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus

múltiples dimensiones.

El aprendizaje se desarrollará de forma escolarizada y no escolarizada.

La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, y gratuita hasta el

tercer nivel de educación superior inclusive.

Art. 29.-El Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la

educación superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y

ámbito cultural.

Las madres y padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus

hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones

pedagógicas.

Sección sexta

Hábitat y vivienda

Art. 30.- Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una

vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica.

Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus

espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las

diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del

derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y

ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía.

Sección séptima

Salud

Art. 32.-La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula

al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la

educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros

que sustentan el buen vivir.

El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales,

culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin

exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de

salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se

regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad,

calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y

generacional.

Sección octava

Trabajo y seguridad social

Art. 33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico,

fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las

personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa,

remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y

libremente escogido o aceptado.

Art. 34.-El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las

personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se

regirá e por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad,

eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de

las necesidades individuales y colectivas.

El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad

social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares,

actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a

quienes se encuentran en situación de desempleo.

Los derechos del buen vivir de la constitución

Sección primera-. Agua y Alimentación

Art.12 y Art.13

Objetivo 3: Mejorar la calidad de vida.

Sección segunda Ambiente Sano

Art.14 Art.15

Objetivo 4: Garantizar los derechos de la naturaleza y promover un

ambiente sano y sustentable.

Sección tercera-. Comunicación e Información

Art.16, 17, 18,19y20

Objetivo 1: Auspiciar la igualdad, cohesión e integración social y

territorial en la diversidad.

Objetivo 5: garantizar la soberanía y la paz e impulsar la inserción

estratégica en el mundo y la integración Latinoamericana.

Sección cuarta -. Cultura y Ciencias

Art.21, 22, 23,24

Objetivo 8: Afirmar y fortalecer la identidad nacional, las identidades

diversas, la plurinacionalidad y la intercultural.

Objetivo 9: Garantiza la vigencia de los derechos y justicia.

Sección quinta -. Educación

Art.26, 27, 28,29

Objetivo 2: Mejorar las capacidades y potencialidades de la ciudadanía

Objetivo 10: garantizar el acceso a la participación pública y política.

Sección sexta-. Hábitat y Vivienda

Art.30, 31

Objetivo 7: Construir y fortalecer espacios públicos, interculturales y de

encuentro común.

Objetivo 11: Establecer un sistema económico social, solidario y

sostenible.

Sección séptima-. Salud

Art. 32

Objetivo 12: Contribuir un Estado democrático para el Buen Vivir

Sección octava-. Trabajo y Seguridad social

Art.33, 34

Objetivo 6: Garantizar el trabajo, justo y digno en su diversidad de

formas.

¿QUÉ ES IDENTIDAD?

Es el conjunto de los rasgos propios de un individuo o de una comunidad. Estos rasgos

caracterizan al sujeto o a la colectividad frente a los demás. Por ejemplo: “El mate

forma parte de la identidad rioplatense”, “Una persona tiene derecho a conocer su

pasado para defender su identidad”.

La identidad también es la conciencia que una persona tiene respecto de sí misma y que

la convierte en alguien distinto a los demás. Aunque muchos de los rasgos que forman

la identidad son hereditarios o innatos, el entorno ejerce una gran influencia en la

conformación de la especificidad de cada sujeto; por esta razón tienen validez

expresiones tales como “estoy buscando mi propia identidad”.

PERSPECTIVAS PSICOLÓGICAS

En la actualidad el desarrollo humano es un punto importante para cada persona ya que

los diferentes factores que interviene en cada país ya sea de manera nacional e

internacional.las diferentes teorías que se encuentran de las cuales podemos hacer

mención una de ellas es la psicosocial, que esta nos plantea que algunos puntos

importantes para Erikson y que estos mismos influyen en el desarrollo humano es lo

social y con esto podemos observar dos factores y de los cual haremos mención uno de

los primero es el intrínseco cual nos menciona que son las motivaciones, conductas,

sentimientos, libertad, seguridad, afecto…. El segundo es el extrínseco y aquí ya vemos

un poco mas lo social, familiar, entre otros factores.

PERSPECTIVA SOCIAL

La perspectiva social es una forma de observar la sociedad. Se ve la sociedad como algo

por encima de la gente que compone esa sociedad. La sociedad no se ve como un simple

conjunto de personas, sino como un sistema de conductas, relaciones, ideas y valores,

todo ello transmitido y guardado por medio de símbolos en lugar de genes o

cromosomas.

Consulta de conflictos

1-. ¿De qué se trata el conflicto?

Tiene un largo recorrido y se ha acumulado una gran cantidad de conocimiento

sobre este fenómeno desde todos los campos de las ciencias formales,

experimentales y sociales. Lamentablemente resulta desalentador ver el escaso

grado de aplicación e interiorización de las técnicas y principios que existen para

gestionar conflictos. Una definición un tanto darwinista de conflicto sería que se

trata de una forma de interacción interpersonal en la que se lucha por recursos, en

este caso sociales, de naturaleza escasa.

2-. ¿Cómo es un conflicto?

Es una situación en que dos o más individuos con intereses contrapuestos entran

en confrontación, oposición o emprenden acciones mutuamente antagonistas, con

el objetivo de neutralizar, dañar o eliminar a la parte rival, incluso cuando tal

confrontación sea verbal, para lograr así la consecución de los objetivos que

motivaron dicha confrontación. Por su condición a menudo extrema o por lo

menos confrontaciones en relación a objetivos considerados de importancia o

incluso urgencia (valores, estatus, poder, recursos escasos) el conflicto genera

problemas, tanto a los directamente envueltos, como a otras personas.

3-. ¿Por qué se dan los conflictos?

Por falta de conocimientos

Por la falta de dirección

Por falta de comprensión

Por la inmadurez

Por la ignorancia

Por las formas de pensar diferente

4-. ¿Cuántos tipos de conflictos? Existe una gran variedad de conflictos y diferentes formas de clasificarlos. Y

aunque cada conflicto es único y no se repite pues sus causas tienen que ver con

situaciones históricas y de las sociedades.

5-. ¿Cómo afectan los conflictos en la vida personal? En la vida personal resultan sumamente nocivos para la salud y el bienestar de las

personas. También los conflictos mantenidos por depresión, incertidumbres. Crisis

generan dificultades en las relaciones interpersonales con daño en los vínculos

afectivos con personas significativas.

- LA AFECTACIÓN A NIVEL DE RELACIÓN

- Hay poca comunicación o comunicación conflictiva - Existe evasión a hablar o silencios - Distanciamiento físico y reproches - Puede Haber aislamiento social. - Malestar en distintos grupos de pertenencia. - Otros

.- AFECTACIÓN A NIVEL EMOCIONAL

- Tensión - Angustia. - Estrés sostenido. - Depresiones - Ansiedad - Crisis o ataques de pánico - Tristeza - Otros

- AFECTACIÓN A NIVEL FÍSICO

- Dolores de cabeza - Malestar estomacal - Pérdida de apetito - Dificultad para dormir - Debilitamiento - Otros.

-AFECTACIÓN A NIVEL MENTAL

- Incapacidad de hacer algo - Pensamientos centrados en problema (s) - Confusión - Zozobra sobre el futuro ¿Qué pasará? - Desubicación en los objetivos de vida

.- AFECTACIÓN A NIVEL ESPIRITUAL

- Crisis de valores - Adicciones incipientes - Búsqueda de soluciones mágicas - Cuestionamiento de la fe - Desesperanza - Otros

6-. ¿De qué forma los resolvemos? Se resuelven mediante un dialogo que beneficie a las personas sin bloquearse en

ellos mismos.

7-. ¿Las luchas los resuelven? No porque las luchas no los resuelve todo y también pueden ser perjudiciales para

los demás.

8-. ¿Qué es altruismo? Es la conducta humana que consiste enbrindar una atención desinteresada al

prójimo, aún cuando dicha diligencia atente contra el bien propio.

9-. ¿Qué es egoísmo? Es una doctrinaéticofilosófica que afirma que laspersonas deben tener la

normativa ética de obrar para su propio interés, y que tal es la única forma moral

de obrar, sin embargo permite realizar acciones que ayuden a otros

10-. ¿Qué es humildad? Se traduce no solamente como humildad sino también como bajo o de la tierra y

humus, ya que en el pasado se pensaba que las emociones, deseos y depresiones

eran causadas por irregularidades en las masas de agua.Debido a que el concepto

alberga un sentido intrínseco, se enfatiza en el caso de algunas prácticas éticas y

religiosas donde la noción se hace más precisa.