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Nuevos proyectos de Ley presentados por la Cámara y el Senado relacionados al consumo de alcohol: P C0320 1/4/2013 Para disponer que todo establecimiento comercial que opere en Puerto Rico y expenda bebidas alcohólicas cuente dentro de sus facilidades con un instrumento de pruebas de aliento (breathalyzer) para medir el alcohol en el organismo de aquellas personas interesadas en hacerse el examen; y para otros fines relacionados. P C0379 1/8/2013 Para enmendar el Artículo 7.04 de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a fin de realizar correcciones técnicas; disponer que a partir de la tercera convicción, en vez de la segunda, el tribunal también ordenará la confiscación del vehículo de motor que conducía el convicto bajo los efectos del alcohol o bajo los efectos de sustancias controladas; armonizar los términos dispuestos en sus subincisos (b)(4) y (b)(5) a tres (3) años para que las convicciones al amparo del referido Artículo no se tomen en cuenta en casos de reincidencia; y subsanar la inconstitucionalidad parcial de los aludidos subincisos (b)(4) y (b)(5), según declarada por el Tribunal Supremo de Puerto Rico. NO DEJES QUE EL ALCOHOL SE INTERPONGA EN LA

Boletin 8va edicion

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Page 1: Boletin 8va edicion

Nuevos proyectos de Ley presentados por

la Cámara y el Senado relacionados al

consumo de alcohol:

P C0320 1/4/2013 Para disponer que todo establecimiento comercial que opere en Puerto Rico y expenda bebidas alcohólicas cuente dentro de sus facilidades con un instrumento de pruebas de aliento (breathalyzer) para medir el alcohol en el organismo de aquellas personas interesadas en hacerse el examen; y para otros fines relacionados.

P C0379 1/8/2013 Para enmendar el Artículo 7.04 de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a fin de realizar correcciones técnicas; disponer que a partir de la tercera convicción, en vez de la segunda, el tribunal también ordenará la confiscación del vehículo de motor que conducía el convicto bajo los efectos del alcohol o bajo los efectos de sustancias controladas; armonizar los términos dispuestos en sus subincisos (b)(4) y (b)(5) a tres (3) años para que las convicciones al amparo del referido Artículo no se tomen en cuenta en casos de reincidencia; y subsanar la inconstitucionalidad parcial de los aludidos subincisos (b)(4) y (b)(5), según declarada por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

NO DEJES QUE EL ALCOHOL

SE INTERPONGA EN LA

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Un grupo de jóvenes de distintas Instituciones

Universitarias, comprometidos en llevar el

mensaje de prevención de alcohol en las

carreteras, se reunió el viernes, 26 de abril de

2013 en el Salón de Actividades de la

Asociación de Miembros de la Policía de Puerto

Rico en Guaynabo para adiestrarse sobre

temas relacionados a la seguridad en las

carreteras.

Estos jóvenes, integrantes de los Proyectos

FIESTA (Facilitadores Instructores en

Seguridad, Tránsito y Alcohol) llevan el

mensaje a sus pares de “si bebes, pasa la

llave”.

El adiestramiento fue titulado: “FIESTA en la

PISTA … Unidos Salvando Vidas”, dando

crédito a la ardua labor que estos equipos

realizan en su misión de concienciar a los

jóvenes acerca de las consecuencias de manejar

en estado de embriaguez.

Entre los Proyectos participantes se

encontraban: FIESTA XI (UPR Aguadilla),

FIESTA Utuado, FIESTA II (UPR Río

Piedras), FIESTA Colegial (UPR Mayagüez),

FIESTA VIII (UPR Cayey), PISTA (UMET),

FIESTA XII (PUCPR) , FIESTA IX (UPR

Ponce) y FIESTA CREATIVO (Hogares Crea).

Felicitamos a este grupo de jóvenes por la labor

realizada durante todos estos años.