164
GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 21- ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 21- 2014-GR.LAMB 2014-GR.LAMB (PRIMERA CONVOCATORIA) (PRIMERA CONVOCATORIA) « SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE LA OBRA DENOMINADA «INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION

BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO …zonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2014/000043/... · Web viewEn caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un

  • Upload
    vokiet

  • View
    218

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

BASES ADMINISTRATIVAS

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 21-ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 21-2014-GR.LAMB2014-GR.LAMB

(PRIMERA CONVOCATORIA)(PRIMERA CONVOCATORIA)

« SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACION DE

EXPEDIENTES TÉCNICOS DE LA OBRA DENOMINADA

«INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL

ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE

LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO,

PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE» y «INSTALACION DE LOS

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS

IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO

DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN

LAMBAYEQUE»

OCTUBRE - 2014

SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción

de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de los tres (3) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el comité especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

IMPORTANTE:

Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente1.

1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no admitida, en aplicación del artículo 33 de la Ley y el artículo 39 del Reglamento.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPEOi

Donde:i = Propuesta

1 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.12. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI).

3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidación final y se efectúe el pago correspondiente.

3.3. DE LAS GARANTÍAS

3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta que exista el consentimiento de la liquidación del contrato.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, en los casos de prestación de servicios de consultoría de obras, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

3.6. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.

3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.8. CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad del servicio es responsabilidad del órgano de administración o, en su caso, del órgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organización interna de la Entidad.

Adicionalmente, la conformidad requiere un informe del funcionario responsable del área usuaria, quien deberá verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento.

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

3.9. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

El procedimiento para la liquidación del contrato de consultoría de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 179 del Reglamento.

3.10. PAGOS

La Entidad deberá efectuar el pago a favor del contratista en la forma y oportunidad establecida en las Bases o en el contrato, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos ejecutados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

El pago comprende la cancelación del saldo resultante de la liquidación del contrato, de ser el caso.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

3.11. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : Gobierno Regional Lambayeque

RUC Nº : 20479569780

Domicilio legal : AV. JUAN TOMIS STACK Nº 975 – CHICLAYO

Teléfono/Fax: : 606060 – Anexo 2114 – 2113

Correo electrónico: : [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la «CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE LA OBRA DENOMINADA «INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE» y «INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE»

1.3. VALOR REFERENCIAL2

El valor referencial asciende a S/. 256,184.61 (Doscientos Cincuenta y Seis Mil Ciento Ochenta y Cuatro con 61/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Agosto.

Valor Referencial (VR)

Límite Inferior (incluye IGV)

Límite Superior (incluye IGV)

S/. 256,184.61 (Doscientos Cincuenta y

Seis Mil Ciento Ochenta y Cuatro con 61/100

Nuevos Soles)

S/. 230,566.15 (Doscientos Treinta mil Quinientos

Sesenta y Seis con 15/100)

S/. 256,184.61 (Doscientos Cincuenta y Seis Mil Ciento

Ochenta y Cuatro con 61/100 Nuevos Soles)

IMPORTANTE:

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.

Las propuestas económicas que excedan el valor referencial o aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no admitidas.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Jefatural Regional 494-2014-GR.LAMB/ORAD del 17 de setiembre del 2014.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

RECURSOS ORDINARIOS

IMPORTANTE:

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El servicio de consultoría de obra materia de la presente convocatoria se prestará en el plazo de Noventa (90) DÍAS CALENDARIOS. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

S/. 10.00 Nuevos Soles.

1.10. BASE LEGAL

- Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.- Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la

Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado, en adelante el Reglamento.- Ley Nº 29873, modifica el Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado. - D.S. Nº 138-2012-EF modificación al D.S. Nº 184-2008-EF Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.- Decreto Supremo N° 021-2009-EF - Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones

del Estado.- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa.- Directivas OSCE.- Ley Nº 27293, crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, modificado por leyes Nº 28522 y

28802.- D.S. Nº 102-2007-EF, Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública.- D.S. Nº 176-2006-EF, que aprueba Directiva para la Programación Multianual de la Inversión

Pública, y el Formato PMIP 01 – Ficha de Programación Multianual de la Inversión Pública. - Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución

Directoral Nº 003-2011-EF/68.01.- Disposiciones Especiales, Directivas, Guías Metodológicas SNIP.- Ley 27867; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

- Legislación sobre Regionalización y Gobiernos Regionales.- Reglamento Nacional de Edificaciones (D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA) y sus actualizaciones.- Reglamento de metrados para Obras de Edificación (RD 073-2010/VIVIENDA/VMCS-DNC).

Aplicable al metraje a efectuar.- Reglamento del Régimen de Formulas Polinómicas de reajuste de precio.- Normas técnicas para el diseño de locales de Educación Básica Regular, de OINFE. - Código Nacional de Electricidad.- Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Publico, aprobadas mediante Resolución de

Contraloría Nº 072-98-CG.- Ley y Reglamento de Regularización de Edificaciones (Ley 29090 y DS 024-2008-VIVIENDA).

Aplicable al trámite de consulta previa del proyecto arquitectónico, y a la estimación del costo de la obtención de la Licencia de Obra.

- Ley 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento.- DS Nº 019-2009-MINAN, Reglamento de la Ley 27446 del Sistema Nacional de EIA.- Ley Nº 28296 – Ley del Patrimonio Cultural de la Nación – D.S. 054-2013-PCM (16.05.0513) y

a la Directiva Nº 001-2013-VPMCIC/MC (04.06.13)- Norma Técnica G.050, Seguridad durante la construcción.- Otras normas que correspondan.- Decreto Supremo Nº 011-2011-ED, Reglamento de Instituciones Educativas Publicas Militares

de nivel educativo secundario de Educación Básica Regular.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3

Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 01 de Octubre del 2014Registro de participantes : Del: 02 de Octubre del 2014

Al: 16 de Octubre del 2014Formulación de Consultas y Observaciones

: Del:02 de Octubre del 2014 Al: 06 de Octubre del 2014

Absolución de Consultas y Observaciones

: 09 de Octubre del 2014

Integración de las Bases : 15 de Octubre del 2014Presentación de Propuestas : 20 de Octubre del 2014

En acto Público : Las Propuestas serán presentadas en el área de Apoyo a las Contrataciones con el Estado Sito en la Av. Juan Tomis Stack Nº 975 – Chiclayo – Lambayeque a las 10:00 am.

Calificación y Evaluación de Propuestas

: 21 de Octubre del 2014

Otorgamiento de la Buena Pro : 21 de Octubre del 2014*En Acto Público : En el área de Apoyo a las Contrataciones

con el Estado Sito en la Av. Juan Tomis Stack Nº 975 – Chiclayo – Lambayeque a las 10:00 am.

IMPORTANTE:

Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicación directa pública, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo diez (10) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo tres (3) días hábiles.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en Área de Apoyo en Contrataciones del Estado del Gobierno Regional Lambayeque, sito en Av. Juan Tomis Stack 975 Chiclayo – KM 4.5 – Carretera a Pimentel, en las fechas señaladas en el cronograma, o a través del correo electrónico: [email protected] en el horario de 08:00 a 16:00 horas.

En el momento del registro, en caso de realizarse en: El Área de Apoyo en Contrataciones del Estado del Gobierno Regional Lambayeque:

se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

A través del correo electrónico: Se remitirá Confirmación como Participante del mismo.El participante deberá indicar principales datos tales como: RUC, Razón Social, número y objeto del proceso, el nombre de la persona que efectúa el registro.

IMPORTANTE:

3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.

Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Av. Juan Tomis Stack 975 Chiclayo – KM 4.5 – Carretera a Pimentel, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 HORAS a 16:00 HORAS, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 021-2014-GR.LAMB – Primera Convocatoria, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: [email protected]

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas

2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en Av. Juan Tomis Stack 975 Chiclayo, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario Público.

Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 021-2014GR.LAMB, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

SOBRE N° 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

SeñoresGOBIERNO REGONAL LAMBAYEQUEAV JUAN TOMIS STAC 975 KM 4,5 CARRETERA A PIMENTEL

Att: COMITÉ ESPECIAL

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 021-2014-GR.LAMB

Denominación de la convocatoria: «CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE LA OBRA DENOMINADA «INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE» y «INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE»

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y 2 copias4.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos5, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección6 (Anexo Nº 2).

c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. La promesa formal de consorcio debe presentarse con firmas legalizadas de los integrantes que lo conforman y en el caso de personas jurídicas con la firma legalizada de sus representantes. (Anexo Nº 4)

4 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

5 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

6 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

SeñoresGOBIERNO REGONAL LAMBAYEQUEAV JUAN TOMIS STAC 975 KM 4,5 CARRETERA A PIMENTEL

Att: COMITÉ ESPECIAL

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 021-2014-GR.LAMB

Denominación de la convocatoria: «CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE LA OBRA DENOMINADA «INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE» y «INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE»

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).

IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso7.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad8.

c) Factor Experiencia en la actividad: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

d) Factor Experiencia en la especialidad: Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.

Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentará copia simple de: i) contratos y su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto. (En el caso que los Certificados y/o Constancias se encuentren suscritas por el mismo postor y/o por el mismo profesional al que se está proponiendo ya sea como Persona Natural o como Representante Legal de una Empresa dichos documentos deberán estar acompañados de una copia del contrato respectivo

7 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

8 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

y/o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia que se pretende acreditar). Se deberá adjuntar una copia de su documento nacional de identidad debidamente legalizado.

f) Factor mejora a las condiciones previstas: Para acreditar el factor mejora, se presentará una declaración jurada en la que conste la o las mejoras ofrecidas.

IMPORTANTE:

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA9

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 8).

El monto total de la propuesta económica deberá ser expresada con dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

Se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = 0.70

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. = 0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

9 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Que será acredita mediante la presentación

de una carta Fianza.c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.d) Código de cuenta interbancario (CCI). e) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.

IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarias para su aceptación y eventual ejecución

Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como:

a. Copia de DNI del Representante Legal.b. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.c. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.d. Copia del RUC de la empresa.

IMPORTANTE:

La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.

2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento.

La citada documentación deberá ser presentada en el Área de Apoyo a las Contrataciones del Estado del Gobierno Regional de Lambayeque, y dirigida a la Oficina Regional de Administración.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

2.9. FORMA DE PAGO

La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en Pagos Parciales o Periódicos. EL PORCENTAJE APLICABLE EN FUNCIÓN AL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL, será de acuerdo a lo siguiente:

1er Pago: Equivalente al Cuarenta (40%) del Monto Contractual para la elaboración del Expediente Técnico, contra presentación del Primer Informe y conformidad de la Entidad.

2do Pago: Equivalente al Sesenta (60%) del Monto Contractual para la elaboración del Expediente Técnico, contra presentación del Segundo Informe y conformidad de la Entidad.

Ver Numeral 19. FORMA DE PAGO, 19.1 Valorizaciones o Pagos a Cuenta de los Términos de Referencia adjunto.

De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

- Recepción y conformidad a cargo de la GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA, CONSTRUCCION, VIVIENDA Y SANEAMIENTO (GRINVCS), SIN PERJUICIO DE LO QUE SE DISPONGA EN LAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA ENTIDAD.

- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

Comprobante de pago.

2.10. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

2.11. REAJUSTE DE LOS PAGOS

Ver Numeral 19. FORMA DE PAGO, 19.2 Reajuste de las Valorizaciones o Pagos a Cálculo

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CAPÍTULO IIITÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

TÉRMINOS DE REFERENCIA

ELABORACIÓN DE LOS EXPEDIENTES TÉCNICOS DE LOS PROYECTOS:

“INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE” Y“INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE”1. ASPECTOS GENERALES.

1.1 Denominación del Proyecto:“INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE” (CÓDIGO SNIP N° 282365) Y“INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE” (CÓDIGO SNIP N° 278635)Meta de la Inversión:Elaboración de los Estudios Definitivos o Expediente Técnico Detallado.2. INTRODUCCIÓN.

El Gobierno Regional de Lambayeque ha aprobado el Programa Ordinario de Inversiones para el año 2014, en el cual están consideradas la ejecución de diferentes obras y actividades de desarrollo social que van a permitir mejorar la calidad de vida de la población de la Región Lambayeque. Dentro de los proyectos aprobados (según Oficio N° 1199-2014-GR.LAMB/ORPP. Reg. 1439672/1184239) se ha considerado la ejecución de los PIP: “INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE” con Código SNIP N° 282365, e “INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE”, con Código SNIP N° 278635 los cuales se encuentras VIABLES.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Proyectos considerados dado que la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque, prioriza y sugiere la reconstrucción y mejoramiento de la infraestructura educativa para la atención integral de las necesidades futuras del colegio. Asimismo se tiene que los estudios de pre inversión a nivel de perfil han sido elaborados por la Oficina de Formulación de Estudios de Pre inversión Gerencia Regional de Educación del Gobierno Regional de Lambayeque y que con INFORME TECNICO N°001-2014-GR.LAMB/ORPPI-WEZV de fecha 07/01/2014 se declara la VIABILIDAD del estudio de pre inversión a nivel de perfil para el proyecto con Código SNIP N° 282365; así mismo con INFORME TECNICO N°045-2013-GR.LAMB/ORPPI-WEZV de fecha 29/11/2013 se declara la VIABILIDAD del estudio de pre inversión a nivel de perfil para el proyecto con Código SNIP N° 278635. En dicho contexto se ha formulado los presentes Términos de Referencia para la elaboración del expediente técnico del PIP indicado. Los Centros Educativos Iniciales se encuentran ubicados según el siguiente detalle: PROYECTO SNIP N° 282365

I.E.I. Y UBICACIÓN

Departamento Provincia Distrito

II.EE N° 412 LAMBAYEQUE CHICLAYO

JOSÉ LEONARDO ORTIZ

II.EE N° 11265 LAMBAYEQUE CHICLAYO PÁTAPO

PROYECTO SNIP N° 278635

I.E.I. Y UBICACIÓN Departamento Provincia Distrito

I.E.408- SAN MARTÍN

LAMBAYEQUE CHICLAYO

OYOTÚN

I.E.409 – PAMPA LA VICTORIA

LAMBAYEQUE CHICLAYO PÁTAPO

3. OBJETIVOS.

3.1 DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA:

Determinar el procedimiento teórico y técnico que regirá el desarrollo de la Elaboración del Expediente Técnico Detallado, los lineamientos generales del

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

proyecto, los procedimientos, limitaciones, exigencias y requisitos mínimos para la prestación del servicio. Estos Términos de Referencia son considerados generales, no siendo excluyentes ni limitativos, debiendo El Postor efectuar los aportes necesarios para la correcta complementación y prestación del servicio para la Elaboración del Expediente Técnico.Los presentes Términos de Referencia formarán parte integrante del Contrato. Su acatamiento y cumplimiento constituye una obligación esencial de El Postor.Los aportes y ofrecimientos que formule El Postor en su Oferta Técnica, pasarán a complementar e integrar los presentes Términos de Referencia y, por consiguiente al Contrato. El Postor estará obligado a su cumplimiento, al haberlo ofertado voluntariamente, habiendo, además servido para la calificación que le mereció la Buena Pro.

3.2 DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO:

3.2.1 Objetivo general:

Elaboración de los Expedientes Técnicos Detallados: “INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE”, conforme a lo establecido en el Estudio de Pre - inversión a nivel de perfil (código SNIP 282365) e “INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE”, conforme a lo establecido en el Estudio de Pre - inversión a nivel de perfil (código SNIP 278635), en los cuales se detalla la ubicación y alcance de todas las infraestructuras proyectadas, que deberán ser verificadas en su oportunidad por el consultor, en concordancia con las normas técnicas de edificación, enmarcándolas dentro de los parámetros técnicos normativos vigentes y con las metas físicas estimadas en el estudio de pre - inversión declarado viable.3.2.2 Objetivos específicos:

Determinar el marco teórico, técnico y normativo que regirá el desarrollo de la elaboración del expediente técnico detallado, así como los lineamientos generales a ser desarrollados, los plazos, procedimientos, limitaciones, exigencias y requisitos mínimos para la prestación del servicio.Tomar conocimiento puntual de las características y condiciones físicas, económicas, técnicas, normativas, funcionales, topográficas, climatológicas, geológicas, etc. del terreno y edificaciones a intervenir y que tengan implicancias en el proyecto a desarrollar.Definir las características técnicas de diseño y estructuración de los proyectos requeridos en base al anteproyecto arquitectónico.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Definir las especificaciones técnicas de construcción del proyecto indicado.Establecer el costo de la ejecución de obra proyectada cumpliendo con las metas físicas establecidas en el Estudio de Pre inversión aprobado, según lo establece la Directiva General del SNIP, así como determinar el cronograma de ejecución para la construcción de la obra en días calendarios.4. UBICACIÓN DEL PROYECTO.

La ubicación del proyecto se encuentra en:PROYECTO SNIP N°282365

Departamento Provincia Distrito Localidad

LAMBAYEQUE CHICLAYO

JOSÉ LEONARDO ORTIZ

LAMBAYEQUE

CHICLAYO PÁTAPO

PROYECTO SNIP N°278635Departamento Provincia Distrito Localidad

LAMBAYEQUE CHICLAYO

OYOTÚN SAN MARTÍN

LAMBAYEQUE

CHICLAYO PÁTAPO PAMPA LA VICTORIA

5. GENERALIDADES DE LA ADJUDICACIÓN.

5.1 Sistema de Contratación: ADMINISTRACION INDIRECTA - POR CONTRATA5.2 Entidad Contratante:Gobierno Regional de Lambayeque con su Unidad Ejecutora 001 – Sede Central con RUC N° 20479569780, con domicilio legal en Av. Juan Tomis Stack Km. 4.5, Distrito y Provincia de Chiclayo, Teléfono 074-606060.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

5.3 Modalidad de Ejecución Contractual:SUMA ALZADA

5.4 Órgano Supervisor y Revisor:Gobierno Regional de Lambayeque a través de la Dirección de Estudios y Asistencia Técnica de la Gerencia Regional de Infraestructura, Construcción, Vivienda y Saneamiento.5.5 Citas y Referencias:Cuando en el presente documento se mencione la palabra “Ley”, sin especificarla se entenderá que se está haciendo referencia directa a la Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017.Bajo el mismo concepto, la mención al término “Reglamento” se entenderá como referida al Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias.La mención a las siglas OSCE, hace referencia directa al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.El término “El Postor”, hace referencia a la persona natural ó jurídica que, legalmente capacitada, participa en el proceso selectivo para la contratación de la elaboración del expediente técnico detallado que se regirá a través de los presentes Términos de Referencia.El término “Consultor”, hace referencia al postor que ha obtenido la buena pro del proceso de selección.La expresión “Términos de Referencia” hace referencia directa al presente documento.El término “La Entidad”, hace referencia directa al Gobierno Regional de Lambayeque, con su Unidad Ejecutora 001 – Sede Central.El término “Coordinador del proyecto”, corresponde al funcionario del GR que será designado para facilitar, coordinar y controlar las actividades de la consultoría.

El término “Revisores”, corresponde al grupo de profesionales que se encargará de revisar y dar conformidad al estudio, informes, proyecto y expediente técnico detallado.La mención al término “Proyectista”, hace referencia directa a la persona natural o jurídica que ha elaborado los estudios o la información técnica del expediente técnico de la obra, siendo el responsable El Consultor.6. REQUISITOS MÍNIMOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

6.1 Del Postor:

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Para el desarrollo del Expediente Técnico se requerirá los servicios de una persona natural ó jurídica, nacional o extranjera con inscripción vigente en el Registro de Consultores de Obras del RNP a cargo del OSCE, en la especialidad de Consultoría en obras urbanas, edificaciones y afines. El certificado de inscripción de El Postor debe estar vigente a la fecha de presentación de las propuestas.El Postor no deberá mantener sanción vigente aplicada por el OSCE, ni estar impedido, temporal o permanentemente, para contratar con el Estado Peruano. Por consiguiente, El Postor no deberá encontrarse incluido en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.El Postor, podrá participar en forma individual o en consorcio.El Postor que se encargue de la elaboración del expediente técnico detallado debe contar con la especialidad de CONSULTORÍA EN OBRAS URBANAS, EDIFICACIONES Y AFINES o CONSULTORÍA EN OBRAS MENORES la misma que corresponde al objeto de la convocatoria.6.2 De los recursos humanos serán los siguientes:

Por la naturaleza del proyecto, se considera indispensable que el consultor cuente con un equipo de profesionales, arquitectos e ingenieros. Ello, le permitirá desarrollar los aspectos técnicos requeridos.Todo el equipo profesional que labore en la realización del expediente técnico detallado, deberá estar habilitado por su respectivo colegio profesional, de conformidad con la Ley Nro.16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros.El personal profesional mínimo requerido para la prestación del servicio, así como los requisitos mínimos que deben cumplir cada uno de ellos, se detallan en el ítem 6.3.6.3 Responsabilidades y Requisitos Mínimos del Perfil Profesional para la Elaboración del Expediente Técnico:

Personal Responsabilidad y Funciones Requisitos Mínimos del perfil

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

profesional profesional

01 Arquitecto ó Ingeniero Civil, Jefe del Proyecto.

- Será el responsable de conducir todas las actividades del servicio contratado, de coordinar el desarrollo del Expediente Técnico detallado y sustentar toda la documentación.

- Planificar, coordinar y dirigir a los profesionales que conformarán el equipo técnico para la elaboración del Expediente Técnico Detallado.

- Solicitará y aprobará los trabajos desarrollados por los especialistas del equipo técnico en los plazos fijados según cronograma aprobado.

- Participará en la elaboración del resumen ejecutivo del proyecto y elaboración de formatos SNIP 15; 16 y/o 17.

- Organizará las entregas parciales y el informe final para su conformidad correspondiente.

- Deberá sellar y firmar todos los documentos que se generen del proyecto, siendo responsable del contenido.

Profesional en Arquitectura y/o Ingeniería Civil con un mínimo de Tres (03) años ó 36 meses de experiencia efectiva como Jefe en la elaboración de proyectos iguales o similares: Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud, Mercados de Abastos y/o Edificaciones en general.

Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Deberá tener disponibilidad a tiempo completo durante la elaboración del expediente técnico.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Dos (02) Arquitectos.

- Será responsable de las propuestas del diseño arquitectónico.

- Será de obligatoriedad que sus trabajos finales se encuentren visados y sellados.

Profesional en Arquitectura con un mínimo de Tres (03) años ó 36 meses de experiencia efectiva como Arquitecto responsable en la elaboración de proyectos iguales o similares: Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud y/o Edificaciones en general.

Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier otro documento que de manera fehaciente, demuestre la experiencia del personal propuesto.Deberá tener disponibilidad a tiempo completo durante la elaboración del expediente técnico.

Dos (02) Ingenieros Civiles calculistas o Ingenieros Civiles Estructurales responsables del proyecto de Estructuras.

- Será responsable de llevar a cabo los diseños estructurales (de acero, cálculos estructurales y/o metálicas).

- Será de obligatoriedad que sus trabajos finales se encuentren visados y sellados.

Profesional en Ingeniería Civil con un mínimo de Tres (03) años ó 36 meses de experiencia efectiva como Ingeniero Civil calculista o estructural en la elaboración de proyectos iguales o similares: Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud y/o Edificaciones en general.

Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Deberá tener disponibilidad a tiempo completa durante la elaboración del expediente técnico.

Un (01) Ingeniero Civil especialista en estudio de mecánica de suelos y/o especialista en topografía o un técnico con título a nombre de la Nación especialista en estudio de mecánica de suelos y/o especialista en topografía.

- Será responsable de llevar a cabo estudios de mecánica de suelos cumpliendo con la Norma E-050.

- Será responsable de llevar los estudios de toma de datos de topografía en planimetría y altimetría.

- Será de obligatoriedad que sus trabajos finales se encuentren visados y sellados.

Profesional en Ingeniería Civil 02 (dos) años ó 24 meses de experiencia efectiva como Ingeniero civil en la elaboración de Estudios de Mecánica de Suelos y/o Estudios de Topografía o Técnico con título a nombre de la Nación especialista en estudio de mecánica de suelos y/o especialista en topografía, de proyectos iguales o similares: Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud, Mercado de Abastos y/o Edificaciones en general.Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Un (01) Ingeniero

- Será responsable del proyecto de Instalaciones Sanitarias, por

Profesional en Ingeniería Sanitaria con un mínimo de Dos (02) años ó 24

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Sanitario. lo tanto de llevar a cabo los diseños de redes de agua, desagüe, drenaje pluvial, sistema de evacuación de aguas procedente de limpieza, sistema contra incendio, entre otros que le corresponda. - Será de obligatoriedad que sus trabajos finales se encuentren visados y sellados.

meses de experiencia efectiva como Ingeniero Sanitario en la elaboración de proyectos iguales o similares: Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud y/o Edificaciones en general.Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Un (01) Ingeniero Electricista y/o MecánicoElectrico.

- Será responsable del proyecto de Instalaciones Eléctricas, por lo tanto de llevar a cabo los diseños de redes y conexiones eléctricas especiales y puesta a tierra entre otros que le corresponda. - Se- Será de obligatoriedad que sus trabajos finales se encuentren visados y sellados.

Profesional en Ingeniería Eléctrica y/o Ingeniero Mecánico Eléctrico con un mínimo de Dos (02) años ó 24 meses de experiencia efectiva como Ingeniero Electricista y/o Ingeniero Mecánico Electromecánico en la elaboración de proyectos iguales o similares: Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud y/o Edificaciones en general.Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Un (01) Ingeniero Civil Ambiental o Ingeniero Ambiental o profesional con capacitación en Impacto Ambiental.

- Será responsable de llevar a cabo los estudios de impacto ambiental e impacto vial del proyecto. - Será de obligatoriedad que sus trabajos finales se encuentren visados y sellados.

Profesional en Ingeniería Ambiental o Ingeniería Civil Ambiental o cualquier profesional con capacitación en Impacto Ambiental, con un mínimo de Dos (02) años ó 24 meses de experiencia efectiva como especialista en la elaboración de estudios de impacto ambiental en proyectos iguales o similares:

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud, Mercados de Abastos y/o Edificaciones en general.Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier otro documento que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Un (01) Ingenieros Civiles o Arquitectos especialista en costos y presupuestos.

- Será responsable de llevar a cabo los metrados, análisis de costos, presupuesto total de obra y cronogramas de ejecución física y financiera, fórmulas polinómicas y otros que correspondan.

- Será responsable de elaborar la ruta crítica de la ejecución de la obra.

- Será de obligatoriedad que sus trabajos finales se encuentren visados y sellados.

Profesional en Ingeniería Civil o Arquitecto con un mínimo de Dos (02) años ó 24 meses de experiencia efectiva como Ingeniero Civil especialista en la elaboración de metrados, análisis de costos y presupuestos en proyectos iguales o similares: Mejoramiento y/o construcción y/o reconstrucción y/o rehabilitación de infraestructura de Centros Educativos, Centros cívicos, Palacios Municipales, Bibliotecas, Centros de Salud, Mercado de Abastos y/o Edificaciones en general.Dicha experiencia deberá ser acreditada con constancias, certificados, contratos con su respectiva conformidad, o cualquier otro documento que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Todos los Profesionales que conformen el equipo técnico deberán acreditar título profesional la colegiatura y habilitación se acreditará para el inicio efectivo del servicio.El Postor no debe utilizar personal de La Entidad para el desarrollo parcial o total del Expediente Técnico, lo cual será causal de la resolución del contrato.En caso de no presentar este equipo profesional completo, la propuesta será descalificada. Los profesionales serán calificados de acuerdo con lo establecido en las bases.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

7. ALCANCES DEL PROYECTO.

7.1 Implicancias del Proyecto:

El objeto de la presente convocatoria incluye la elaboración de los Estudios Básicos (Levantamiento Topográfico, Estudio de Suelos, Levantamiento de los Servicios Básicos, Vulnerabilidad del Terreno y otros que requiera el proyecto), expediente técnico detallado que incluye el estudio de impacto vial y el estudio de impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia y el perfil aprobado para el desarrollo de estos proyectos.El Expediente Técnico que elaborará El Consultor, se constituye en parte integrante del Proyecto de Inversión Pública (SNIP N° 282365 Y SNIP N° 278635), y como tal, están regidos por la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nro. 27293, modificada por la Ley Nro. 28802.La elaboración del Expediente Técnico detallado debe ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad y observar el cronograma de ejecución del proyecto indicado en el estudio de pre inversión con el que se declaró la viabilidad.El expediente técnico de edificación, según lo exige el Artículo 13º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, deberá ser elaborado de manera tal que, al momento de ejecutar las obras, no se haga necesario la aprobación de partidas adicionales o rectificaciones por omisiones, errores, falta de previsión o planificación; bajo exclusiva responsabilidad del consultor, salvo casos extremos e imprevisibles. Esta responsabilidad está claramente establecida en el artículo 22.1 de la Directiva Nº 002-2010-CG/OEA “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra“; aprobada con resolución de Contraloría Nº 196-2010-CG.La aprobación del estudio de impacto ambiental y del estudio de impacto vial (de ser el caso) será independiente y no limitante para la aprobación del expediente técnico de obra. El estudio de impacto ambiental se elaborará según lo establecido en la Ley 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental.En cualquier etapa en que se encontrase vigente el contrato, La Entidad rechazará el Expediente Técnico sí éste no se ha desarrollado respetando los alcances establecidos en el Estudio de Pre inversión aprobado; reservándose el derecho de resolver el Contrato por incumplimiento de El Consultor.Durante el desarrollo de las etapas previstas, El Consultor deberá informar oportunamente a La Entidad, sobre cualquier modificación, incongruencia o factor que pueda generar la alteración de los alcances establecidos en el estudio de pre inversión. La omisión de dicha comunicación, constituye falta de El Consultor, quien asumirá la absoluta responsabilidad por los hechos que se deriven de ello.Las Generalidades que enmarcan el Estudio de Pre inversión son los siguientes: Código SNIP del PIP: 282365

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Nombre del PIP:“INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE”.Ubicación del PIP:

Departamento Provincia Distrito Localidad

LAMBAYEQUE CHICLAYO JOSÉ

LEONARDO ORTIZ

LAMBAYEQUE

CHICLAYOPÁTAPO

Código SNIP del PIP: 278635Nombre del PIP:“INSTALACION DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL INICIAL N° 421 LAGUNA HUANAMA Y N° 414 CRUZ DE MAYO DEL DISTRITO DE SALAS DE LA PROVINCIA DE LAMBAYEQUE DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE E”.

Departamento Provincia Distrito Localidad

LAMBAYEQUE CHICLAYO OYOTÚN SAN MARTÍN

LAMBAYEQUE

CHICLAYO PÁTAPO PAMPA LA VICTORIA

Unidad Formuladora:Gobierno Regional Lambayeque – Educación.Unidad Ejecutora:Gobierno Regional de Lambayeque.Autor Responsable:GRLAMB – LAMBAYEQUE.Nivel del Estudio de Pre inversión:

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Perfil.Monto Total de la Inversión Prevista:SNIP N° 282365: S/. 2’052,565.00 Nuevos Soles.SNIP N° 278635: S/. 2’141,894.00 Nuevos Soles.8. MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL DEL PROYECTO REQUERIDO.

El Proyecto deberá estar orientado a lograr el cumplimiento de los siguientes objetivos básicos:Cumplimiento de las normas técnicas y municipales de edificación, zonificación, integración urbanística, seguridad, habitabilidad, etc.Máximo aprovechamiento de la disposición arquitectónica y de los servicios básicos.Proyecto constructivo de ejecución viable y no onerosa.Propuesta que responda al uso público, al limitado mantenimiento a la intemperie, etc.

9. SERVICIOS QUE PRESTARÁ EL CONSULTOR.

El Consultor realizará a favor de la entidad las siguientes prestaciones:9.1 Elaboración del Expediente Técnico:

Recopilación, evaluación y aprovechamiento de información base: Documentos, planos, mapas, normas, leyes, reglamentos, levantamientos, fotografía, etc.Ejecución y/o contratación de los ensayos y pruebas requeridas y/o pruebas o estudios necesarios para la elaboración del expediente técnico.Obtención y financiamiento de permisos, certificaciones y factibilidades de servicios básicos.Elaboración del levantamiento topográfico. Formulación de conclusiones y recomendaciones.Estudio de levantamiento de información de campo: Clima, servicios básicos, vulnerabilidades, etc. Formulación de conclusiones y recomendaciones.Elaboración del estudio de mecánica de suelos. Formulación de conclusiones y recomendaciones.Desarrollo del proyecto integral de acuerdo al Estudio de Pre-Inversión, en las especialidades de arquitectura, estructuración y cimentación, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, instalaciones especiales, componentes de mobiliario y equipamiento.Elaboración de especificaciones técnicas en las especialidades de arquitectura, estructuración y cimentación, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, mobiliario y equipamiento.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Elaboración de metrados y costos de edificación en las especialidades de arquitectura, estructuración y cimentación, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, especiales, del mobiliario y equipamiento.Formulación de costos y del presupuesto referencial de ejecución de la Obra y de los componentes de mobiliario y equipamiento, desagregados de gastos generales y desagregados de gastos de Supervisión.El presupuesto de ejecución deberá realizarse de acuerdo a los componentes del perfil de pre-inversión. Se realizarán de acuerdo a las metas planteadas. Deberá realizarse un presupuesto resumen separando los costos por metas para cada colegio, incluyendo un costo total (suma de cada costos individual por colegio).Elaboración de fórmulas polinómicas de reajuste de precios.Determinación de plazo de ejecución de la Obra y elaboración de calendarios y cronogramas de avance de Obra y cronogramas de calendario valorizados.Memorias descriptivas y de cálculo en las especialidades de arquitectura, estructuración y cimentación, instalaciones sanitarias y eléctricas, sistemas de redes y data.Elaboración de los estudios de impacto ambiental y vial, según el nivel establecido por la autoridad competente.Absolución permanente de las consultas referidas a la documentación técnica que elabore o presente como parte del mismo.Mantener reuniones periódicas con personal de la Dirección de Estudios y Asistencia Técnica, durante el proceso de elaboración del expediente técnico, siendo el área responsable del seguimiento y control del servicio de consultoría, a fin de evaluar permanentemente el avance del expediente técnico.No se aceptará las variaciones sustanciales respecto a lo señalado en el estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil del proyecto.Si producto de las reuniones llevadas a cabo durante la elaboración del expediente técnico, se evidencia la necesidad de autorizar modificaciones en el contrato, ampliaciones de plazo, adicionales, consultas, entre otros; el consultor deberá dar cumplimiento a las formalidades y obligaciones establecidas en el RLCE para servicios de consultoría de obra, que resulten aplicables a cada figura, dando cumplimiento a los plazos de ley.El desarrollo del expediente tiene etapas con entregables que pasarán por un proceso de revisión por parte de la Dirección de Estudios y Asistencia Técnica, las reuniones de coordinación no tienen el mismo grado de acuciosidad por lo que si es necesario para el interés del proyecto, no se podrá limitar la posterior revisión de la ejecución de los acuerdos.Respecto de los entregables a presentar por el consultor, éstos serán revisados y analizados por la Entidad, para el otorgamiento de la respectiva conformidad de cada entregable y/o de la elaboración del expediente técnico, dentro de los plazos máximos que establecen los artículos 176 y 181 del RLCE.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Elaborar los formatos SNIP 15; 16 y 17 según corresponda, en concordancia con lo normado en el Sistema Nacional de Inversión Pública.Tramitar y obtener la conformidad del órgano competente del Proyecto, como paso previo a la Licencia de Construcción de obra.La responsabilidad del consultor se extiende a levantar cualquier consulta o duda desde el momento del proceso de convocatoria para la ejecución de la obra y durante la ejecución de la obra posteriormente.10. INFORMACIÓN QUE BRINDARA LA ENTIDAD.

La Entidad suministrará a El Contratista, una copia simple de los siguientes documentos:Estudio de Pre inversión a Nivel de perfil del Proyecto de Inversión Pública materia de los presentes Términos de Referencia.Diseño de Membrete para Planos.Diseño Oficial del Cartel de Obra. Listado del contenido del Expediente Técnico, Cuadros y Formatos.El Consultor formulará su propuesta teniendo como base el esquema contenido en el Perfil de Pre-inversión, entregado por La Entidad. De requerir modificación por razones técnicas, deberá contar con la conformidad de La Entidad.El Consultor evaluará toda la información que le facilite La Entidad. Sin embargo, será el único responsable por la forma como aplique dicha información para la obtención de las conclusiones y recomendaciones que efectúe como resultado del servicio.11. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR.

Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Consultor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes a la Consultoría de Obra contratada, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente:Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la Consultoría de la Obra.Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia.Visitar la localidad, el terreno y/o inmueble que será materia de aplicación de la Consultoría de Obra.Tomar conocimiento del alcance del Estudio de Pre inversión viable, efectuando oportunamente ante La Entidad, las observaciones o consultas que correspondan.Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos,

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

análisis de impacto ambiental todos correspondientes a la localidad y al terreno sobre el que se ejecuta el proyecto.Determinar las características y la capacidad portante del terreno, mediante la ejecución del Estudio de Mecánica de Suelos.Garantizar la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna consultoría del Expediente Técnico Detallado.Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para la elaboración del Expediente Técnico Detallado.Asumir la responsabilidad total y exclusiva por la calidad del Expediente Técnico Detallado, para lo cual mantendrá coordinación permanente con La Entidad sobre los trabajos que se ejecuten.El Consultor será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal, por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas en la Obra que recomiende ejecutar como producto de los estudios efectuados.El Consultor está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la Ejecución de Obra, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para La Entidad.De ser necesario, el Consultor brindará las máximas facilidades para el cumplimiento de sus funciones al Coordinador que designará La Entidad, así como al Equipo Revisor que, eventualmente, tendrá a su cargo la revisión de los documentos que vaya elaborando El Consultor.El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales de El Consultor; las que se complementarán con los aquí listados.La revisión de los documentos y planos así como la declaratoria de conformidad del Proyecto Definitivo, por parte del Gobierno Regional de Lambayeque, no exime al Consultor de la responsabilidad final y total del mismo, técnica y/o administrativa por las probables fallas ocultas no declaradas y/o que por su dificultad no hayan podido ser detectadas y observadas a tiempo por los responsables de la revisión del mismo.El Consultor es responsable por la precisión de los metrados del Proyecto, los cuales deben estar dentro de un rango razonable de los metrados reales de obra, definido por un diferencial del orden de más o menos 5% de los metrados reales. En atención a que el Consultor es el responsable absoluto del Expediente Técnico Detallado que realiza, deberá garantizar su calidad y responder por el trabajo realizado, dentro de los términos que establecen las normas durante los siguientes siete (7) años, desde la fecha de recepción de la documento, por lo que en caso de ser requerido por el Gobierno Regional de Lambayeque, para absolver defectos, fallas y/o vicios ocultos que presenta el expediente técnico, no

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

podrá negar su participación y absolución de dichos requerimientos mencionados. En caso de no contestar por escrito y/o no concurrir a la citación antes indicada, se hará conocer su negativa al OSCE y a la Contraloría General de la República, a los efectos legales consiguientes, en razón de que el servicio prestado es un acto administrativo por el cual es responsable ante el Estado. El Postor, en su propuesta técnica o mediante Carta Notarial, deberá designar a su representante con domicilio legal en Lambayeque y/o la ciudad de Lima, a donde el Gobierno Regional de Lambayeque deberá cursar toda la documentación oficial que se origine del proceso de elaboración, presentación, revisión de informes, cumplimiento de plazos, etc. Asimismo, el Consultor deberá designar al Jefe de Proyecto.12. CONDICIONES GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO.

12.1 Organización:

El Consultor deberá presentar el equipo profesional y técnico que participará en la Elaboración del Expediente Técnico Detallado, incluyendo un organigrama donde se especifique las funciones y responsabilidades correspondientes de cada uno de ellos. Dicho programa se entregará dentro de los Cinco (05) días hábiles posteriores al Consentimiento de la Buena Pro.El Consultor deberá garantizar la participación de personal profesional, técnico y auxiliar calificado y experimentado en labores similares a la que se contrata. El personal colegiado, deberá demostrar encontrarse hábil para el ejercicio profesional en las especialidades de arquitectura, ingeniería civil, ingeniería sanitaria, ingeniería eléctrica, ingeniería informática o de sistemas, ambiental, entre otros necesarios, según lo exige la Ley Nro. 16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos e Ingenieros. Tal condición será acreditada con la presentación de la Boleta, Certificado y/o Constancia que emitirá el Colegio Profesional correspondiente (Original o copia legalizada).Los bachilleres y técnicos podrán integrar el equipo de El Consultor en calidad de asistentes. Sin embargo, no podrán asumir individualmente el desarrollo y la suscripción de los documentos que se formulen. Dicha documentación deberá ser supervisada y avalada por un profesional competente y colegiado.El Consultor podrá efectuar modificaciones y/o reemplazos entre su personal, por causa fortuita o fuerza mayor. No obstante, requerirá de la aprobación que le otorgará La Entidad para formalizar dicho reemplazo. El incumplimiento de dicha obligación constituye causal de resolución contractual atribuible a El Consultor, por incumplimiento.El personal profesional que sea reemplazado deberá reunir similares o mejores cualidades que el personal original. Tales cambios no irrogarán gasto adicional a La Entidad.El Consultor, así como el equipo profesional que presente para el desarrollo del Expediente Técnico Detallado, deberán contar con experiencia comprobada en el

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

desarrollo de Proyectos de Construcción y de Expedientes Técnicos; con la debida organización administrativa, la capacidad y respaldo técnico, y la solvencia económica suficiente. Acreditará, igualmente, domicilio legal conocido y estable.12.2. Responsabilidades y Funciones del Equipo Profesional Responsable de la Ejecución del Expediente Técnico:El personal profesional requerido para la prestación de la elaboración del Expediente Técnico debe cumplir lo siguiente:JEFE DE PROYECTO.

Representará a El Consultor en todos los asuntos técnicos que competan a la Elaboración del Expediente Técnico Detallado, no pudiendo sus decisiones en ese respecto, ser enervadas o desconocidas por El Consultor.Planificará, coordinará y dirigirá a los profesionales que conformarán el equipo técnico para la elaboración del expediente técnico detallado.Será el responsable de conducir todas las actividades de la elaboración del Expediente Técnico Detallado y de coordinar el desarrollo del expediente técnico y los documentos que lo sustenten.Solicitará y aprobará los trabajos desarrollados por los especialistas del equipo técnico en los plazos fijados según cronograma aprobado.Participará en la elaboración del Resumen Ejecutivo del Proyecto descritos en el Volumen I del Anexo 1 de los presentes Términos de Referencia.Participará en la elaboración del Informe de Levantamiento de los Servicios Básicos descritos en el Inciso III del Anexo 1 de los presentes Términos de Referencia.Participará en la elaboración del Registro Fotográfico descritos en el Inciso III del Anexo 1 de los presentes Términos de Referencia.Efectuar los trámites correspondientes así como el seguimiento respectivo hasta obtener la Factibilidad de Suministro de Agua, Alcantarillado y Energía Eléctrica ante las Empresas Concesionarias, Empresas Prestadoras de Servicio de Agua Potable, Alcantarillado y Energía Eléctrica.Participará en la elaboración de la Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP), Términos de Referencia y el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), hasta la obtención de la Certificación Ambiental requerido según la clasificación de categoría establecida por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.Organizará las entregas parciales y el Proyecto Definitivo y hará entrega de éstos para su aprobación y/o conformidad ante las instancias del Gobierno Regional de Lambayeque.Deberá sellar y firmar todos los documentos que se generen del proyecto, siendo responsable del contenido técnico.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Encargará a los técnicos, la elaboración de los formatos SNIP 15; 16 y/o 17, según corresponda.Se encargará de revisar el proyecto de seguridad y señalización para efectos de evacuación y emergencia, que elaborará el arquitecto.ARQUITECTO RESPONSABLE DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO.Elaboración y Desarrollo del Proyecto Definitivo de Arquitectura (incluye Memoria Descriptiva, Vistas tridimensionales de la volumetría del proyecto, Memoria de Diseño, Especificaciones Técnicas, Cotizaciones y Planos Definitivos de Arquitectura) descritos en el Volumen II del Anexo 01 de los Términos de Referencia.Participará en la elaboración del Informe de Vulnerabilidades descritos en el Inciso III del Anexo 1 de los presentes Términos de Referencia.Se encargará de compatibilizar los planos finales de arquitectura, en concordancia con el resto de especialidades estructural, sanitaria, eléctrica, de sistemas de redes, entre otros.Se encargará de elaborar el proyecto de seguridad y señalización para efectos de evacuación y emergencia.Proporcionará la información necesaria de su especialidad al jefe del proyecto para la elaboración del Expediente técnico.INGENIERO CIVIL RESPONSABLE DEL DISEÑO ESTRUCTURAL.

Elaboración del Proyecto Definitivo de Estructuras (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Cálculo, Especificaciones Técnicas, Cotizaciones y Planos Definitivos de Estructuras) descritos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia.Participará en la elaboración del Informe de Vulnerabilidades descritos en el Inciso III del Anexo 1 de los presentes Términos de Referencia.La propuesta estructural respetará lo desarrollado por la arquitectura del proyecto.Proporcionará la información necesaria al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.INGENIERO CIVIL ESPECIALISTA EN ESTUDIO DE MECÁNICA DE SUELOS Y/O ESPECIALISTA EN TOPOGRAFÍA.

Participará en la elaboración del Estudio Básico de “Levantamiento Topográfico” que se detalla en el Anexo 02 de los presentes Términos de Referencia.Participará en la elaboración del Estudio Básico de “Estudio de Mecánica de Suelos” que se detalla en el Anexo 03 de los presentes Términos de Referencia.Proporcionará la información necesaria de su especialidad al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

INGENIERO SANITARIO RESPONSABLE DEL PROYECTO DE INSTALACIONES SANITARIAS.

Elaboración del Proyecto Definitivo de Instalaciones Sanitarias (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Cálculo, Especificaciones Técnicas, Cotizaciones y Planos Definitivos de Instalaciones Sanitarias) descritos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia.Participará en la elaboración del Informe de Vulnerabilidades descritos en el Inciso III del Anexo 1 de los presentes Términos de Referencia.Proporcionará la información necesaria de su especialidad al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.INGENIERO CIVIL AMBIENTAL Ó INGENIERO AMBIENTAL Ó PROFESONAL ESPECIALISTA EN TEMAS AMBIENTALES, RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL E IMPACTO VIAL.

Elaboración del Estudio Definitivo de Impacto Ambiental según la categoría (incluye diagnósticos y evaluación aspectos ambientales, evaluar el nivel del daño ocasionado en el ambiente del entorno de la construcción de acuerdo a las leyes medio ambientales y elaborar la estructura de costos ambientales del proyecto).Elaboración del Estudio Definitivo de Impacto Vial (incluye diagnóstico y evaluación del impacto vial que ocasionaría la ejecución del proyecto).Proporcionará la información necesaria de su especialidad al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO RESPONSABLE DE LOS COSTOS, PRESUPUESTO Y CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRA.

Elaboración de la Planilla de Metrados, Presupuestos, Análisis de Costos Unitarios, Relación de Insumos, Fórmula Polinómicas, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y cronogramas de ejecución técnica y financiera, del proyecto por especialidad y del proyecto final.Recibirá y coordinará información de cada especialidad para el consolidado final del presupuesto general del proyecto.Se encargará de presupuestar el mobiliario y el equipamiento del proyecto.Proporcionará la información necesaria de su especialidad al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.13. INFORMES DE LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO.

La Elaboración de cada Expediente Técnico Detallado se efectuará en dos (02) Informes de cumplimiento obligatorio, cuyos requerimientos y contenidos mínimos se detallan en los presentes términos de referencia. El Consultor podrá, sobre la base de su experiencia y responsabilidad profesional y contractual, recomendar la inclusión o desarrollo de algún trabajo o documento técnico que

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

permita mejorar, precisar o complementar el Servicio y el objeto del mismo. Sin embargo, no podrá dejar de cumplir con lo siguiente:13.1 PRIMER INFORME: Estudios Básicos, Planos preliminares del Proyecto Definitivo:Este Informe tiene por finalidad la presentación de los Estudios Básicos, Planos

Preliminares del Proyecto (en calidad de borrador).Contenido del Primer Informe – Primera Parte: Este Informe estará conformada por:El Estudio Básico: “Levantamiento Topográfico” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 y Anexo 02 de los presentes Términos de Referencia.El Estudio Básico: “Estudio de Mecánica de Suelos” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 y 03.El Informe de: “Vulnerabilidad del Terreno” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia.El Informe de “Levantamiento de los Servicios Básicos” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia.Fichas Técnicas de Información Básica del Proyecto según los contenidos establecidos en el Anexo 07 de los presentes Términos de Referencia.Cargos de las cartas con las cuales se ha solicitado la factibilidad de servicio eléctrico, servicio de agua potable y/o descarga de alcantarillado sanitario y Telefonía, a las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias responsables del área de intervención según corresponda. Este documento es obligatorio para los casos que el proyecto considere la ejecución de estos servicios.Cargos de las cartas con las cuales se ha iniciado el trámite de la obtención del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (C.I.R.A.) y/o Plan de Monitoreo ante el Ministerio de Cultura.Desarrollo del Anteproyecto Arquitectónico (planos de planta, cortes y elevaciones).Contenido del Primer Informe – Segunda Parte: Desarrollo de los Planos Preliminares de todas las especialidades del Proyecto (en calidad de Borrador).El proyecto deberá ser ejecutado, debidamente compatibilizado con la normatividad reglamentaria vigente en la zona y con los alcances de los estudios básicos.Con la finalidad de verificar que el proyecto esté desarrollado en base a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad, se deberá presentar un Cuadro Comparativo de las Metas Físicas y Financieras establecidas en el Estudio de Pre inversión con las Metas Físicas y Financieras Propuestas en el desarrollo del Proyecto a nivel de Planos Preliminares.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Los planos preliminares de cada especialidad (Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas – Electromecánicas, Redes de Data y Comunicaciones, Seguridad y Señalización, etc.) deberán ser presentados con sus respectivas memorias descriptivas (vistas tridimensionales de la propuesta) y memorias de cálculo, que sustenten y justifiquen el desarrollo del proyecto.La propuesta preliminar de cada especialidad representará la alternativa más conveniente desde el punto de vista organizativo, funcional, estético, volumétrico, estructural, presupuestal, en armonía con el entorno etc. En tal sentido, deberá ser permanentemente puesto en consideración de La Entidad, a efectos de que se formulen las críticas técnicas que el caso amerite.La propuesta preliminar se planteará respetando en todo momento, los alcances y limitaciones establecidos en el Estudio de Pre inversión a nivel de Factibilidad.Presentación del Proyecto Definitivo.Para la aprobación de este Informe es requisito indispensable la entrega completa de los estudios básicos, anteproyecto arquitectónico y planos preliminares de todas las especialidades, según lo mencionado anteriormente.13.2 SEGUNDO INFORME: Expediente Técnico Detallado:

Este Informe tiene por finalidad la presentación del Expediente Técnico materia del contrato, el cual deberá estar de acuerdo a los Términos de Referencia, Proyectos Definitivos Aprobados por las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias del área de intervención según corresponda, debiéndose integrar las correcciones a las observaciones que se hubieran realizado, todos estos documentos deberán ser presentados sin enmendaduras, ni borrones, en calidad óptima de presentación, considerando los formatos especificados en el Anexo 04 de los presentes términos de referencia.CONTENIDO Y DESARROLLO:

Este Informe estará conformada por:Resumen Ejecutivo del Proyecto según los contenidos establecidos en el Volumen I del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia.Desarrollo del Proyecto en todas sus especialidades (Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas, Seguridad y Señalización) según los contenidos establecidos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia.El proyecto deberá ser ejecutado, debidamente compatibilizado con la normatividad reglamentaria vigente en la zona y con los alcances de los estudios básicos.Con la finalidad de verificar que el proyecto esté desarrollado en base a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad, se deberá presentar un Cuadro Comparativo de las Metas Físicas y Financieras establecidas en el Estudio de Pre inversión con las Metas Físicas y Financieras Propuestas en el Proyecto Definitivo.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Desarrollo del Proyecto Definitivo de Arquitectura contempla el desarrollo de los siguientes trabajos: Comprende el planteamiento de la propuesta arquitectónica para la infraestructura educativa requerida, desarrollada a nivel de Proyecto Definitivo completo, al cual se adjuntará la Memoria Descriptiva que sustente y justifique la toma de partido asumida por El Consultor.El Proyecto Definitivo de Arquitectura representará la alternativa más conveniente desde el punto de vista organizativo, funcional, estético, volumétrico, estructural, presupuestal, etc. En tal sentido, el proyecto deberá ser permanentemente puesto en consideración de La Entidad, a efectos de que se formulen las críticas técnicas que el caso amerite.El proyecto se planteará respetando en todo momento, los alcances y limitaciones establecidos en el Estudio de Pre inversión (Perfil) aprobado.El proyecto contendrá Memoria Descriptiva, Plano de Localización a escala 1/5000, Plano de Ubicación, a escala 1/500, Planos de Plantas a escala 1/50, Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales, Planos de Elevaciones, Alzados o Fachadas, Frentes y exteriores, a escala 1/50, (06) Perspectivas Exteriores a color a escala 1/50, (08) Perspectivas Interiores a color, escala 1/50, Planos mobiliario y equipamiento, Planos de Detalles Constructivos de todos los elementos que participen y formen parte de la Ejecución de la Obra.Desarrollo del Proyecto de las demás Especialidades (Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas – Electromecánicas, Seguridad y Señalización) según los contenidos establecidos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia.Propuesta de Plan de Seguridad en la ejecución de la obra, en conformidad con la Norma Técnica G.050 Seguridad durante la construcción.Declaración de Impacto Ambiental, según el D.S. 019-2009-MINAM.Estudio de Impacto Vial, de corresponder.Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (C.I.R.A.) y/o Plan de Monitoreo ante el Ministerio de Cultura.Cotizaciones Planos Definitivos del Proyecto conforme al Inciso V del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia, debidamente sustentados mediante Memorias Descriptivas y Memorias de Cálculo por cada Especialidad.Presentación del documento de Aprobación al Proyecto Definitivo por parte de las empresas prestadoras de servicio y/o concesionaria del área de intervención según corresponda de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telefonía. La presentación de este documento es de carácter obligatorio, caso contrario, se considerará incompleta la documentación presentada. La Aprobación de los mismos ante las empresas prestadoras de servicio y/o concesionaria de los servicios de agua potable, alcantarillado

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

sanitario, electricidad y telefonía será presentado indefectiblemente a la Entrega de este Informe.Desarrollo del presupuesto definitivo de obra, resumen de presupuesto, desagregados de gastos generales y de supervisión, análisis de costos unitarios, cronogramas de ejecución de obra, cronogramas valorizados de obra, fórmula Polinómica. Se incluirá un resumen del presupuesto según las metas planteadas en el perfil, con un desagregado por colegio (tanto metas físicas como costos). Ver ejemplo:RESUMEN DE COSTOS POR COMPONENTES

COMPONENTES

UNIDAD

II.EE. N° 412

II.EE. N° 11265 TOTAL

COMPONENTES

UNIDAD

II.EE. N° 408

II.EE. N° 409 TOTAL

RESUMEN DE METRADOS POR COMPONENTESCOMPONENTES

UNIDAD

II.EE. N° 412

II.EE. N° 11265 TOTAL

COMPONENTES

UNIDAD

II.EE. N° 408

II.EE. N° 409 TOTAL

14. OPORTUNIDAD DE PRESENTACION, EVALUACION Y APROBACION DEL EXPEDIENTE TECNICO.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Durante el proceso de formulación del estudio, El Consultor efectuará dos (02) entregas oficiales y obligatorias, que corresponderá a los Informes que se define el Numeral 13 de los presentes Términos de Referencia.14.1 Oportunidad de presentación:

Para cada una de los Informes (Primer y Segundo) de la Elaboración del Expediente Técnico, El Consultor presentará al Gobierno Regional de Lambayeque (La Entidad), la documentación indicada en el numeral 13 de los presentes Términos de Referencia, debidamente sellada y firmada por cada profesional responsable de su elaboración, Jefe del Proyecto y el Representante Legal del Contratista. Los sellos deben ser legibles y contener el número de colegiatura correspondiente.Dicha documentación deberá ser presentada adicionalmente en Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente al Informe respectivo con los formatos y software requeridos en el anexo 04. Los CD’s deberán estar debidamente rotulados.El Consultor deberá presentar los informes correspondientes en los siguientes plazos (de ambos expedientes)Primer Informe - Primera etapa a los quince (15) días calendarios de iniciado el servicio, según la definición de fecha de inicio indicado en el numeral 18.2 de los presentes Términos de Referencia – a los 7 días de inicio se hará una reunión previa con el evaluador con el fin de verificar los avances; lo correspondiente al Primer Informe - Segunda etapa se presentará a los quince (15) días posteriores a la primera entrega y previa conformidad de la misma – a los 7 días de inicio de la segunda etapa, se hará una reunión previa con el evaluador con el fin de verificar los avances y corregir errores.Segundo Informe a los Sesenta (60) días calendarios computados a partir del día siguiente en que se le comunicó al Consultor la conformidad del Primer Informe - a los 25 días de inicio del segundo informe, se hará una reunión previa con el evaluador con el fin de verificar los avances antes de su presentación final.Todo retraso en la entrega total de la documentación establecida en el numeral 13 de los presentes Términos de Referencia, que exceda el plazo otorgado, se considerará como mora para efecto de la penalidad respectiva, de ser el caso; según lo señalado en el Numeral 22° del presente documento.De ser el caso que existan demoras que excedan a la fecha del levantamiento de observaciones del Informe Final (incluyendo el periodo máximo de revisión y levantamiento de observaciones) por parte de las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias en emitir la aprobación de los proyectos respectivos, se considerará este periodo de demora como tiempo muerto, no generándose la aplicación de penalidades al consultor, siempre que se demuestre haber cumplido con la presentación oportuna de dichos proyectos ante las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias, presentaciones que no podrá exceder de los plazos establecidos en el numeral 14 de los presentes Términos de Referencia y asimismo que demuestre haber subsanado oportunamente las observaciones que el Revisor, Municipio y/o las empresas prestadoras de servicio

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

y/o concesionarias le pudiera haber efectuado (subsanación dentro del plazo establecido para subsanación de observaciones establecido en los términos de referencia). Este tiempo de demora tampoco generará a favor del consultor derecho por concepto de intereses ni ampliaciones de plazo alguno. La demora de las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias en dar la conformidad y/o aprobación correspondiente, no es impedimento para que el contratista cumpla con presentar ante la Entidad el resto de la documentación en el plazo establecido para la presentación de cada una de los Informes del Expediente Técnico.Toda la documentación que se formule en el Informe correspondiente se elaborará cumpliendo los alcances, contenidos y formatos establecidos en los presentes Términos de Referencia y Anexos.No se considerará como entrega oficial, cuando el Consultor efectúe la presentación incompleta de los documentos exigidos en el Informe correspondiente. En este caso, y para todo efecto, se considerará como no efectuada la entrega.El Informe que se formule deberá ser firmado y sellado por el Representante Legal de El Consultor, y por el Jefe del Proyecto, y por el profesional colegiado responsable de su elaboración.14.2 Revisión, Evaluación y Aprobación:

La Entidad revisará los volúmenes correspondientes del Expediente Técnico, en un plazo referencial de quince (15) días calendario computados desde el día siguiente a la fecha en que fue recibida la documentación completa. De existir observaciones, éstas serán notificadas por escrito a El Contratista para su subsanación, adjuntándose el expediente observado.El Plazo que se tomen en revisar, evaluar, dar conformidad y/o aprobar las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias a los Informes y/o documentaciones correspondientes no deberá afectar al desarrollo del Expediente Técnico, por tanto, el Contratista debe cumplir con presentar la documentación correspondiente en la oportunidad establecida en el numeral 14 de los presentes Términos de Referencia, no debiéndose generar penalidades al Contratista, ni derecho de pago de interés algunos según las condiciones que se explican en el numeral 15 de los presentes Términos de Referencia. El Consultor contará con diez (10) días calendario, computados desde el día siguiente a la fecha en que recibe las observaciones del Gobierno Regional de Lambayeque, para disponer la subsanación total y nueva entrega. El Consultor contará con cinco (05) días calendario, computados desde el día siguiente a la fecha en que recibe las observaciones de las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias, para disponer la subsanación total y nueva entrega.La totalidad de la Subsanación de Observaciones efectuadas por el Gobierno Regional de Lambayeque será presentado en la Oficina del Gobierno Regional de Lambayeque.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

La totalidad de la Subsanación de Observaciones efectuadas por las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias, será presentado directamente ante dichas entidades y empresas mediante documento, cuyo cargo de entrega será entregado al Gobierno Regional de Lambayeque, siendo obligación del Contratista hacer el seguimiento y subsanar las observaciones que estas empresas le pudieran hacer hasta obtener las conformidades y/o aprobaciones correspondientes. Todo retraso en la entrega de los documentos corregidos que exceda el plazo indicado, se considerará como mora para efecto de la penalidad respectiva, cuya penalidad diaria se calculará de acuerdo a lo señalado en el Numeral 23° de los términos de referencia y artículo 165° del Reglamento. El Consultor adjuntará al expediente corregido, el expediente observado, a efectos de facilitar el control de las correcciones efectuadas. El Consultor no contará con plazo adicional para levantar observaciones no subsanadas, o que se deriven de correcciones fallidas. En este caso, la penalidad por mora se computará desde el mismo día en que se reciba el Pliego de Observaciones No Subsanadas.14.3 Conformidad y Aprobación:

La Entidad, luego de verificar el cumplimiento de cada una de los Informes, procederá a otorgar la Conformidad del Informe correspondiente de la elaboración del Expediente Técnico.La Entidad, luego de otorgar Conformidad al Primer y Segundo Informe procederá a otorgar la Aprobación del Expediente Técnico.La notificación de la conformidad de cada uno de los Informes le será cursada por escrito al Consultor. La aprobación y conformidad definitiva se otorgará, con la aprobación y emisión de la Resolución del Expediente Técnico por parte de la Entidad.No será procedente la Conformidad parcial para ningún Informe. Es decir que el Consultor deberá cumplir con presentar todos los volúmenes indicados y requeridos, caso contrario su presentación será incompleta y no se podrá dar por concluida el Informe correspondiente, debiéndose aplicar al contratista la penalidad correspondiente.El Consultor, dentro de los cinco (05) días calendarios siguientes a la aprobación de cada uno de los Informes (Primer y Segundo), hará entrega a La Entidad de lo siguiente:Un (01) ejemplar original completo, compatibilizado e integrado, de cada uno de los documentos indicados en el Numeral 13 de los presentes Términos de Referencia. Para documentos en formato A4 se empleará papel bond extra blanco alcalino de 80 gramos y para formatos A1 se empleará papel bond extra blanco de 90 gramos. Todos los ejemplares estarán debidamente suscritos y sellados por los profesionales responsables, Jefe del Proyecto y por el Representante Legal de El Consultor. Se presentarán en Pioners A-4 de tres

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

anillos y tapa plastificada rígida. Los expedientes deberán ser debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo.El ejemplar original completo deberá contar con documentos separadores según su estructura e índice e indicando los capítulos y especialidades que comprende.Un (01) Disco Compacto (CD ó DVD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente a cada uno de los Informes con cada uno de los archivos electrónicos en los formatos indicados en el Anexo 4 de los presentes Términos de Referencia. Dicha información debe contener toda la documentación que se indica en el Anexo 01. Los CD’s ó DVD’s deberán estar debidamente rotulados.La documentación digitalizada que presentará El Consultor, deberá incluir todas las modificaciones que se hayan suscitado durante el proceso de desarrollo del Expediente Técnico. En tal sentido, deberá rectificar, implementar, consolidar y compatibilizar dichos archivos con los documentos impresos, de manera tal que conforme un archivo integrado y completo.15. RESPONSABILIDAD POR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE.

El Consultor es el único responsable por la calidad y contenido técnico de la documentación que elabore, proyecte, solicite, obtenga, procese, analice o incorpore al Expediente Técnico Detallado que entregará a La Entidad. Dicha responsabilidad es intransferible, e ineludible.La Entidad rechazará, en cualquier momento, informe, o circunstancia en que se encuentre la elaboración del Expediente Técnico Detallado; toda aquella documentación técnica que elabore El Consultor cuando ésta no se encuentre en concordancia con cualquier Norma Técnica, Reglamento, Directiva o Parámetro Normativo vigente que regule la ejecución o diseño respectivo.Sobre la base de lo expuesto, El Consultor está obligado a conocer la normatividad y reglamentación vigente, tanto en el ámbito nacional, regional o local; y que sea aplicable a la elaboración del Expediente Técnico. Su incumplimiento será considerado como causal de resolución del Contrato atribuible a El Consultor.En este orden de ideas, cuando se determine que la documentación técnica que haya elaborado, ya sea total o parcialmente, incumple la normatividad vigente; El Consultor se obliga y compromete a rectificarla a su costo, incluso en aquellos casos en que por omisión, error o desconocimiento, ésta haya sido aprobada por La Entidad. Dicha responsabilidad no podrá ser, en ninguna circunstancia, negada por El Consultor, quien tampoco podrá excusarse aduciendo contar con la aprobación del Coordinador y/o Revisor. El plazo que amerite dichas rectificaciones, será similar al asignado para subsanar las observaciones del Informe a la que correspondió la elaboración de tal documentación. Superado dicho plazo, El Consultor incurre en mora, siéndole aplicable la penalidad prevista.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Los adicionales y ampliaciones de plazo del Contrato de elaboración de Expediente Técnico Detallado estarán sujetos a los alcances y procedimientos establecidos en la Ley, así como a la evaluación y sustentación de la etapa efectivamente afectada (Ruta crítica). 16. PARÁMETROS NORMATIVOS Y TÉCNICOS QUE DEBERÁ APLICAR EL CONSULTOR.

La documentación técnica que elaborará y presentará El Consultor, estará sujeta obligatoriamente al cumplimiento de las siguientes normas, reglamentos y procedimientos. Su cumplimiento se considera obligación esencial de El Consultor:Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento D.S. Nº 157-2002-EF.Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento (D.L. Nº 1017 y D.S. Nº 184-2008-EF con Modificaciones: Ley Nº 29873, D.S. Nº 138-2012-EF y D.S. Nº 116-2013-EF). Ley del Presupuesto Participativo - Nº 28056 - CONCORDANCIAS: D.S. N° 171-2003-EF (Reglamento). Reglamento Nacional de Edificaciones (Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA) y sus actualizaciones, aplicable al diseño integral del edificio, de sus componentes, definición de especificaciones técnicas, y demás documentos aplicables directamente al diseño y a la construcción.Reglamento de Metrados para Obras de Edificación (RD 073-2010/VIVIENDA/VMCS-DNC). Aplicable al metraje a efectuar.Reglamento de Metrados para Obras de Habilitación Urbana (RD 073-2010/VIVIENDA/VMCS-DNC). Aplicable al metraje de exteriores, de ser el caso.Reglamento del Régimen de Fórmulas Polinómicas (D.S. Nro. 011-79-VC). Aplicable en la elaboración de las fórmulas polinómicas de reajuste de precios.Normas técnicas para el diseño de locales de Educación Básica Regular de Primaria y Secundaria, de la OINFE.Criterios normativos para el diseño de locales de educación básica regular, de OINFE.Código Nacional de Electricidad.Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante Resolución de Contraloría Nro. 072-98-CG.Ley y Reglamento de Regularización de Edificaciones (Ley Nro. 29090 y D.S. Nro. 024-2008-VIVIENDA). Aplicable al trámite de consulta previa del proyecto arquitectónico, y a la estimación del costo de la obtención de la Licencia de Obra.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Ley N° 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento.Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley 27446 del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental.Decreto Supremo N° 011-2011-ED, Reglamento de Instituciones Educativas Públicas Militares de nivel educativo secundario de Educación Básica Regular.Decreto Supremo N° 066-2007-PCM, Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil.Ley Nº 28296 - Ley del Patrimonio Cultural de la Nación - D.S. Nº 054-2013-PCM (16.0513) y a la Directiva Nº 001-2013-VPMCIC/MC (04.06.13).Norma Técnica G.050, Seguridad durante la construcción.El Consultor asumirá solidariamente la responsabilidad que le corresponda al profesional responsable de la elaboración de aquellos documentos técnicos que puedan ser motivo de observación por parte de los organismos de fiscalización del Estado, por no haber sido formulados en atención a las normas vigentes.Todos los documentos serán redactados en idioma castellano, usándose el sistema métrico decimal, ajustándose además; a las Normas Técnicas emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección a la Propiedad Intelectual – INDECOPI (Ex - INTINTEC); según corresponda.Otras normas que correspondan.17. FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOS DE LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO.

El cumplimiento de los formatos y normas de presentación de los documentos técnicos, se constituyen para El Consultor en obligación esencial, siendo requisito de primer orden en las entregas parciales, o en la entrega final, estando establecidos los formatos de presentación en el anexo N° 04.18. COMPUTO DE PLAZOS.

18.1 Generalidades:

Según lo indicado en el Artículo 151° del Reglamento de la Ley, los plazos de ejecución del servicio se computan en días calendarios, excepto en los casos indicados por dicho Reglamento. Se incluyen los días sábados, domingos y feriados.Las solicitudes de ampliación del Plazo de Ejecución, se gestionan según lo indicado en el Artículo 41° de la Ley, y en el Artículo 175° del Reglamento.El vínculo contractual quedará disuelto cuando quede consentida la Liquidación del Contrato.La entrega del Adelanto Directo; siempre y cuando haya sido solicitado por el Contratista dentro del marco establecido en el Numeral 21° del presente

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

documento, el cual no representará obstáculo alguno para el Cómputo de los Plazos de elaboración del Expediente Técnico.La entrega de la información que deberá proveer La Entidad, que se lista en el Numeral 10° de este documento, se efectuará como máximo al día siguiente de la suscripción del Contrato.El Acta de Reconocimiento del Terreno donde se construirá la obra deberá suscribirse al día siguiente de la fecha de suscripción del contrato, para lo cual deberá efectuarse el reconocimiento de la zona sobre la cual se proyectará el expediente técnico materia del contrato. En dicho reconocimiento participará el Jefe de Proyecto y un representante del Gobierno Regional de Lambayeque. En caso de no asistir el Jefe del Proyecto en el mencionado reconocimiento, se aplicará la penalidad de 1% por cada día de atraso hasta un tope del 10% del Monto Ofertado del Contrato para la Elaboración del Expediente Técnico.18.2 Inicio del Plazo de Ejecución de la Elaboración del Expediente Técnico:

El Plazo de la Elaboración del Expediente Técnico Detallado se computará a partir del día siguiente de la entrega del terreno de las respectivas instituciones educativas, previo a la entrega de toda la documentación necesaria para el desarrollo del proyecto por parte de la Entidad al Consultor.FORMA DE PAGO.

19.1 Valorizaciones o Pagos a Cuenta:

El abono de las valorizaciones de El Consultor se efectuará contra prestación y con la conformidad de La Entidad.Las Valorizaciones (Pagos a cuenta), que se efectuarán de la siguiente manera:1er. Pago: Equivalente al Cuarenta por ciento (40%) del Monto Ofertado del Contrato para la Elaboración del Expediente Técnico, contra presentación del Primer Informe y conformidad de La Entidad.2do. Pago: Equivalente al Sesenta por ciento (60%) del Monto Ofertado del Contrato Para la Elaboración del Expediente Técnico, contra presentación del Segundo Informe y conformidad de La Entidad.19.2 Reajuste de las Valorizaciones o Pagos a Cuenta:

El reajuste será efectuado por el Consultor en las Valorizaciones y Liquidación del Contrato, efectuando los cálculos correspondientes. Será de aplicación para el cálculo del reajuste, los Índices Generales de Precios al Consumidor publicados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, Según lo establece el Artículo 198° del Reglamento.SOLICITUD Y ABONO DE ADELANTOS.

A solicitud escrita de El Consultor, La Entidad abonará, el Adelanto Directo, hasta por el Veinte por ciento (20%) del Monto contractual.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

El abono del Adelanto Directo estará condicionado a la presentación que deberá efectuar El Consultor, de una garantía bancaria (Carta Fianza), por igual monto del adelanto, que deberá estar vigente hasta la amortización total del adelanto otorgado.La garantía deberá expresar literalmente las condiciones de: Solidaria, Irrevocable, Incondicionada y de Realización Automática a solo requerimiento de la Entidad. Dicho adelanto será descontado o amortizado proporcionalmente en cada uno de los pagos previstos en el presente documento.El plazo para que El Consultor solicite el Adelanto Directo será de ocho (08) días calendarios computados a partir de la suscripción del Contrato. La solicitud será efectuada por escrito, debiéndose adjuntar, necesariamente, el original de la garantía correspondiente y el recibo de honorario o factura correspondiente.La Entidad entregará el Adelanto Directo para la elaboración del Expediente Técnico Detallado dentro de los siete (07) días calendarios de haber recibido la garantía correspondiente.La Entidad sólo puede entregar los adelantos previstos en las Bases y solicitados por el Consultor, contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.CONTROL, SUPERVISIÓN Y REVISIÓN.

21.1. Control:

El Consultor estará sujeto a fiscalización permanente por parte de los funcionarios que designe La Entidad, quienes verificarán el cumplimiento de los avances de la elaboración del Expediente Técnico Detallado y de los compromisos contractuales asumidos. La Entidad designará un Coordinador de Proyecto, el que será acreditado de su propio plantel profesional (arquitecto, ingeniero, o profesional a fin); así como, eventualmente, un Equipo Revisor, que podrá ser contratado o de su propio plantel profesional; a quienes El Consultor brindará todas las facilidades del caso para el cumplimiento de sus funciones durante la elaboración del Expediente Técnico Detallado.El Coordinador estará encargado del seguimiento, control, coordinación y revisión básica de los documentos formulados por El Consultor. Controlará el cumplimiento de los alcances, plazos y compromisos contractuales asumidos por ambas partes. También tendrá a su cargo, informar sobre la procedencia de pago de las valorizaciones del Servicio; gestionando los documentos administrativos que se requiera.La Entidad, en aplicación de su derecho de fiscalizar y supervisar el desarrollo del objeto del Contrato, podrá convocar a El Consultor, en las oportunidades que crea necesario, para efectuar coordinaciones y revisiones al avance obtenido en

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

la elaboración del Expediente Técnico Detallado; así como para que informe o asesore en asuntos concernientes al objeto del contrato.Son competentes para evaluar, revisar y pronunciarse sobre el contenido técnico de los informes que presente El Consultor: la Gerencia Regional de Infraestructura, Construcción, Vivienda y Saneamiento (GRINVCS), la Dirección de Estudios y Asistencia Técnica, el Coordinador de Proyecto y el Equipo Revisor.El Consultor deberá levantar la totalidad de las observaciones que pudiera formularle La Entidad, dentro de los plazos límites establecidos en el presente documento.No procederá la aprobación de los documentos presentados por El Consultor si éste no ha efectivizado la entrega de la etapa completa, incluida la subsanación de las observaciones formuladas.El Consultor deberá garantizar que las actividades y documentos técnicos derivados de estos Términos de Referencia, serán asumidos directamente por los profesionales que presente a La Entidad como parte de su equipo técnico.Cualquier reemplazo en el equipo profesional que deba efectuar El Consultor, deberá ser autorizada por La Entidad, y deberá justificarse en causas fortuitas o de fuerza mayor. El incumplimiento de esta obligación ameritará la aplicación de la penalidad establecida en el Numeral 22° del presente documento. La reincidencia en esta falta, se constituye en causal de resolución del Contrato, por incumplimiento de una obligación esencial de El Consultor.La calidad del Servicio prestado es de exclusiva responsabilidad de El Consultor. En tal sentido, no podrá negarse a la rectificación y/o subsanación de las observaciones técnicas sustentadas y justificadas que le formule La Entidad, todas las veces que sea necesario; sin corresponderle por ello, reconocimiento de mayores gastos.21.1. Coordinación y Seguimiento:

El Consultor, bajo su exclusiva responsabilidad, deberá efectuar continuas reuniones con el Coordinador del proyecto, a efectos de uniformizar los criterios técnicos que servirán de base para el desarrollo de los diferentes rubros y etapas del estudio.Las coordinaciones están orientadas a minimizar las eventuales observaciones que pudieran presentarse al momento de efectuar la revisión oficial de los documentos técnicos por parte de la Entidad.Durante el desarrollo de la elaboración del Expediente Técnico Detallado, y en cualquier etapa de ejecución en que se encuentre éste, El Consultor deberá tomar en consideración las recomendaciones que le formulen los profesionales del Gobierno Regional, ya sean éstos: GRINVCS, el Coordinador de Proyecto, los Revisores o algún asesor externo convocado por La Entidad.La Entidad es la última instancia facultada a pronunciarse sobre la consistencia técnica y formal de los estudios, ensayos, evaluaciones, y demás documentos formulados por El Consultor. En tal sentido, El Consultor no podrá negarse a

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

subsanar las observaciones que la Entidad le formule a cualquier etapa del Servicio prestado, aduciendo haber sido aprobado previamente por otro funcionario o instancia técnica de La Entidad.La Entidad, en protección de los intereses del Estado, se reserva el pleno derecho de rechazar el Expediente Técnico Detallado elaborado por El Consultor, sí dicho documento no contase con la calidad y consistencia técnica requerida. La Entidad se reserva el derecho de requerir a El Consultor información complementaria a la elaborada y presentada por éste, cuando ésta presente inconsistencia técnica, o resulte ser incoherente, incongruente, ilógica o poco clara. El Consultor no podrá negarse a su cumplimiento. Dicha exigencia no implica ampliación de plazo, ni reconocimiento o pago de prestaciones adicionales.22. PENALIDAD APLICABLE.

El Consultor será merecedor a que se le aplique la penalidad por mora prevista en el Contrato, cuando exceda los plazos previstos para la entrega de las etapas establecidas, o exceda los plazos que se le otorgarán para subsanar observaciones a que fueran realizadas por el Gobierno Regional de Lambayeque. La Entidad deducirá dicha penalidad en cualquiera de las oportunidades pre vistas en el Artículo 165° del Reglamento de la Ley.El cumplimiento de los plazos de cada etapa es individual, y conlleva a la aplicación de penalidad por mora exclusivamente sobre la etapa que experimente el atraso.Las penalidades serán deducidas en cualquiera de las oportunidades previstas en el Artículo 165° del Reglamento de la Ley.Si La Entidad se excediera en los plazos referenciales que se han establecido para la revisión o aprobación de las etapas, dicho atraso no será computado con cargo a El Consultor.La Entidad no está sujeta a la aplicación de ningún tipo de penalidad por mora en la revisión y/o aprobación de las etapas del objeto del contrato.Cuando el acumulado de las penalidades alcance el Diez por ciento (10%) del Monto Contractual Actualizado, La Entidad podrá resolver el Contrato por incumplimiento de El Consultor, según lo previsto por el Artículo 169° del Reglamento.

23. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.

La Liquidación del Contrato se practicará de acuerdo con el procedimiento, plazos y formalidades establecidos en el Artículo 211° del Reglamento y Directiva N° 007/2005/CONSUCODE/PRE.La Liquidación del Contrato será formulada por El Consultor, y presentada por éste a La Entidad, sólo después de aprobada la última prestación del objeto del contrato.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Para efectos de la Liquidación del Contrato, se entenderá que la aprobación de la “Última Prestación” corresponde a la Recepción del Expediente Técnico Detallado por parte de la Entidad.En la Liquidación del Contrato se reconocerán:Los reintegros por reajuste de las Valorizaciones. Los intereses moratorios. Los saldos de valorización pendientes de pago.Los saldos pendientes de retención.Las penalidades que se hayan aplicado.La Liquidación del Contrato quedará consentida para todos sus efectos, cuando formulada y presentada por una de las partes, la otra no la observe dentro del plazo que establezcan la Ley, el Reglamento, Directiva N° 007/2005/CONSUCODE/PRE. o en defecto, El Contrato. Una vez que la Liquidación quede consentida, no cabrá reclamo o impugnación alguna sobre ella.La Liquidación consentida cierra el vínculo contractual; salvo en lo concerniente al plazo de garantía que otorga El Consultor por la calidad del servicio prestado, y a lo establecido en el Numeral 11° del presente documento.24. EXTENSIÓN DEL COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR.

El Consultor y su equipo profesional, asume con La Entidad el compromiso permanente de absolver y/o subsanar oportunamente, cualquier observación o consulta referida al Expediente Técnico Detallado, y que pueda provenir de La Entidad correspondiente durante el trámite de obtención autorizaciones y/o licencias, durante el proceso de convocatoria para ejecución de la Obra, de parte del Supervisor durante la ejecución de la Obra; o de los órganos de fiscalización y control del Estado, o de la propia Entidad, en las oportunidades que éstas últimas lo estimen necesario.El Consultor se compromete expresamente a subsanar y/o rectificar, a su propio peculio, los documentos que integran el Expediente Técnico Detallado, sí estos son observados durante el trámite de obtención de autorizaciones y/o Licencias.El Consultor asume estos compromisos bajo responsabilidad, para cuyo cumplimiento La Entidad podrá requerirlo para subsanar observaciones, ya sea por escrito, a través de reuniones de coordinación o mediante su presencia en la Obra; y en las oportunidades que sean necesarias. El Consultor no podrá negarse a cumplir dicha obligación bajo excusa alguna, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada.El compromiso que asume El Consultor, implica tanto la absolución de las consultas en forma escrita, o en forma personal; ya sea en las oficinas de La Entidad o en las oficinas de la contratista.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

El Consultor asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración del estudio, la responsabilidad por el contenido de la documentación técnica que lo integra.

25. CARÁCTER RESERVADO DE LA INFORMACIÓN.

Considerando el carácter Reservado que tendrá la Obra que será ejecutada con la documentación técnica materia de la elaboración del Expediente Técnico Detallado, por ser destinada al Gobierno Regional de Lambayeque; El Consultor se compromete expresamente a mantener la documentación técnica y administrativa que reciba y/o elabore de y para La Entidad, debidamente archivada, a efectos de garantizar que dichos documentos no sean utilizados por terceras personas.Concluido la elaboración del Expediente Técnico Detallado, El Consultor, bajo responsabilidad, devolverá toda la documentación que le haya sido proporcionada por La Entidad, incluso las reproducciones que hayan sido realizadas por él.La documentación técnica que elabore El Consultor para La Entidad, pasa a ser automáticamente propiedad de ésta última. No obstante, es plenamente aplicable al proyecto de construcción materia del objeto del contrato, los alcances establecidos en el Decreto Legislativo Nro. 822 - Ley sobre el Derecho de Autor, según su artículo 5°, incisos “g” e “i”. Es también aplicable el alcance del Capítulo IV: De las Obras Arquitectónicas, de la citada norma legal.26. PLAZO DE EJECUCIÓN PARA LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TÉCNICO.El plazo para la ejecución total es de Noventa (90) días calendarios, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se cumplan las condiciones establecidas en el Numeral 18° del presente documento. No se contabilizarán como parte del plazo de ejecución que tiene el contratista:El tiempo de revisión por parte del Gobierno Regional de Lambayeque, en dar conformidad al proyecto.El Plazo de Ejecución para la elaboración del Expediente Técnico Detallado está constituido por la sumatoria de los plazos parciales establecidos para el desarrollo de las diferentes etapas previstas para el cumplimiento del objeto del contrato.En este plazo no se consideran, los plazos previstos para las revisiones respectivas ni los plazos considerados para la subsanación de observaciones, contabilizándose sólo los plazos que tiene El Consultor para la presentación del Expediente Técnico Detallado.El Consultor podrá realizar la elaboración del Expediente Técnico Detallado en un plazo menor al pactado para el desarrollo de cada etapa. Sin embargo, queda plenamente establecido que los días no empleados en dicha etapa, no se acumularán para el desarrollo de las otras etapas, o para cubrir el atraso en que

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

haya incurrido en etapas previas. Tampoco podrá adicionar dichos días al plazo para subsanar observaciones. La entrega anticipada genera automáticamente el recorte del Plazo de Ejecución. En tal sentido, El Contratista deberá cerciorarse que la entrega que efectúe cumpla con todos los servicios, documentos y requisitos establecidos, así como con la calidad técnica exigida. En todo caso, es recomendable, como previsión, que El Contratista emplee todo su plazo para el desarrollo del Expediente Técnico.Cada etapa, además, con plazos definidos para la revisión que efectuará La Entidad y para la formulación de las observaciones que ésta considere pertinentes, de ser el caso. Asimismo, se han establecido plazos para que El Consultor efectúe las subsanaciones o correcciones que correspondan, estos plazos establecidos para la subsanación de observaciones los que no serán computados dentro del plazo de ejecución de cada etapa, razón por la cual no están sujetos a penalidad por mora. No obstante, los plazos que El Consultor requiera para subsanar nuevas observaciones, o para corregir observaciones no subsanadas, que se deriven ambas del pliego original de observaciones, ya sea por omisión o rectificación fallida; sí se considerarán dentro del Plazo de Ejecución, derivando en atraso, lo que conllevará a la aplicación inmediata de la penalidad por mora en dicha etapa; según lo previsto en el Contrato, y en el Numeral 22° del presente documento.

27. ANEXOS.

(Ver Anexo 1; 2; 3; 4; 5; 6 y 7 del presente documento).ANEXO 01CONTENIDO MÍNIMO DEL EXPEDIENTE TÉCNICOANEXO 01CONTENIDO MÍNIMO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO.

VOLUMEN – I: RESUMEN EJECUTIVO.Considera el resumen general del proyecto, exponiendo en forma genérica, pero clara el contenido y objetivo del mismo conteniendo los siguientes puntos:a) Nombre del proyecto, indicando el código SNIP.b) Antecedentes.c) Ubicación del Proyecto (Acceso al área en estudio, Condición climática y Altitud de la zona). (Por colegio)d) Objetivo del Proyecto.e) Descripción del Área en Estudio (Área y perímetro del terreno, Límites y medidas perimétricas, Área construida existente). (Por colegios)

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

f) Diagnóstico de la situación actual (Diagnóstico de la situación actual por cada Especialidad, Conclusiones y Recomendaciones del Levantamiento Topográfico, Conclusiones y Recomendaciones del Estudio de Mecánica de Suelos, Conclusiones y Recomendaciones de la Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de Servicios Básicos. (Por colegio)g).C.I.R.A. y/o Plan de Monitoreo Arqueológico. (Por colegio)h) Metas del Proyecto (Metas Físicas expresadas en Áreas y Ambientes). (Por colegio)i) Descripción técnica del proyecto. (Por colegio)j) Mapa de la Zona y Plano de Ubicación. (Por colegio)k) Valor Referencial de Ejecución de Obra (Desagregado por Especialidades, Obras Exteriores, Gastos Generales, Gastos de Supervisión, Utilidades e IGV). (El resumen del presupuesto se presenta por cada colegio, incluyendo además un resumen del total)l) Fuente de Financiamiento.m) Modalidad de Ejecución.n) Plazo de Ejecución de Obra.o) Vistas en 3D (Por colegio).VOLUMEN – II: EXPEDIENTE DEFINITIVODESARROLLO DEL PROYECTO POR CADA ESPECIALIDAD.Es importante indicar que lo solicitado es referencial y mínimo, pudiendo la Entidad solicitar información para una mejor comprensión del proyecto.El desarrollo del Proyecto por cada Especialidad deberá ser presentado de manera independiente, y con la siguiente estructura:MEMORIA DESCRIPTIVA.Antecedentes.Objetivos Del Proyecto.Ubicación del Proyecto.Descripción del proyecto por especialidad.Memorias Descriptivas del Proyecto, correspondiente a cada una de las especialidades como: Arquitectura, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, instalaciones especiales, sistemas de redes y comunicaciones, seguridad y señalización, obras exteriores, mobiliario y equipamiento etc.Conclusión sobre los resultados del estudio de ingeniería Básica.Criterios de Diseño utilizados para el desarrollo del proyecto.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Presupuestos.Relación de Profesionales que participaron en la elaboración del Proyecto.ESPECIFICACIONES TÉCNICASTodas las Partidas del Presupuesto deberán contar con las Especificaciones Técnicas respectivas. Se deberá utilizar la relación de partidas y sus unidades respectivas según lo normado en el reglamento de metrados para obras de edificación.Es Obligatorio, que las especificaciones técnicas para cada una de las partidas se organice de la siguiente forma:Definición de la Partida.Descripción de la Partida.Materiales.Proceso constructivo.Método de medición.Forma de pago.Especificaciones Técnicas del Proyecto, correspondiente a cada una de las partidas del Presupuesto Referencial y por cada una de las especialidades de: Arquitectura y acabados, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, instalaciones especiales, obras exteriores, etc. Cada Especificación Técnica se estructurará considerando, como mínimo, los siguientes ítems, debiendo ser claramente identificados y descritos: Descripción de trabajos, Calidad de los materiales, Procedimiento constructivo, Sistema de control de calidad, Métodos de medición y Condiciones de pago, de acuerdo a la norma técnica de metrados.PLANILLA DE METRADOS.En este numeral deben estar consignadas todas las planillas de metrados de cada una de las partidas del presupuesto, debidamente sustentadas con croquis y esquemas explicativos. Es obligatorio que cada una de las partidas del Presupuesto cuente con una planilla de metrados.Planilla Descriptiva de Cálculo de Metrados. A cada partida específica que conforme el Presupuesto Referencial, le corresponderá, necesariamente, un Metrado que se genera a partir de los Planos del Proyecto (indicar referencia del Plano que corresponda). No podrá existir partida consignada en el Presupuesto Referencial que no cuente con su respectiva Planilla de Metrado. Los Metrados deben ser detallados. El Consultor deberá evitar el empleo de Metrados Globales o Estimados. Las partidas deben ser debidamente cuantificadas.PRESUPUESTO DE OBRA.Es obligatorio ordenar la información de la siguiente forma:

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Cuadro Comparativo de Metas Físicas y Financieras: Resumen de costos y metrados de acuerdo a los componentes y/o metas del estudio de Pre Inversión. Se hará un desagregado por colegio, incluyendo el consolidado total. Ver ejemplo:

COMPONENTES

UNIDAD II.EE.…. II.EE.…. II.EE.…. TOTAL

Presupuestos.Presupuesto Referencial de Obra, estructurado por las especialidades de: Obras provisionales, Arquitectura y acabados, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, instalaciones electromecánicas, instalaciones especiales y obras exteriores. Incluye Cuadro Resumen. Los Costos que componen el Presupuesto Referencial que presente El Consultor, deberán ser actualizados a la fecha de la presentación final. Se deberá incluir las partidas y costos correspondientes a las conexiones domiciliarias y/o acometidas definitivas de los servicios de: Agua, Desagüe y Energía Eléctrica, además de costos de equipamiento y mobiliario. Los costos deben guardar relación con las cotizaciones efectuadas.Presupuesto Analítico por cada una de las especialidades: Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas y Electromecánicas, instalaciones especiales y Obras Exteriores. Estará estructurado por Específicas del Gasto, desagregados de acuerdo con la Resolución Directoral N° 010-2005-EF/76.01 “Clasificadores y Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento para el Año Fiscal 2005”, sin considerar la Utilidad. Fórmulas polinómicas.

Fórmulas Polinómicas de Reajuste Automático de Precios. Para la actualización del presupuesto General de la Obra, se elaborarán las Fórmulas Polinómicas por especialidad: Arquitectura, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, instalaciones electromecánicas, instalaciones especiales, Obras Exteriores, etc. Estarán sujetas a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 01-079-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

Análisis de Precios Unitarios.

Análisis de Costos Unitarios, para todas y cada una de las partidas del Presupuesto Referencial, el mismo que estará justificado mediante un Análisis de Costo Unitario, en el que se muestre los rendimientos para la ejecución de la partida, las cantidades y precios de los materiales mano de obra y equipos que intervienen en la ejecución de la partida.Relación de Insumos.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Relación de Insumos y Recursos. En esta lista aparecerán los insumos y recursos con las cantidades requeridas para la ejecución del proyecto.Relación de equipo mínimo de construcción.Relación de Equipo Mínimo de Construcción, Listado, Cuantificación y Características de los Equipos Mínimos necesarios para efectuar la Construcción de la Obra.Desagregado de Gastos Generales.Los Gastos Generales estarán conformados por los Gastos Directos e Indirectos. Los gastos Indirectos son los gastos que están vinculados con el tiempo como el personal, oficina y varios. Los Gastos Directos son los referidos a los gastos incurridos como costos fijos para la realización del proyecto.Desagregado de Gastos de Supervisión.Los Gastos Supervisión estarán conformados por los gastos que están vinculados con el personal que estará a cargo de la supervisión de la ejecución de la obra, y que requerirá de equipos u otros insumos para realizar su labor, asimismo debe contar con una Utilidad.Cálculo del flete.Se hará el cálculo del flete local o rural a la zona de trabajo.ESTRUCTURA DE DESGLOSE DE TRABAJO.Se elaborará en conformidad con la Guía del PMBOK, e indicará todas las tareas que comprende la ejecución de la obra.CRONOGRAMAS DE EJECUCIÓN.Se elaborará en conformidad con la Guía del PMBOK, e indicará todas las tareas que comprende la ejecución de la obra.Plazo de Ejecución de Obra expresado en Diagrama de Barras Gantt de cada una de las partidas que conforman el presupuesto de ejecución de obra, acompañado de la determinación de Cuadrillas de Mano de Obra óptimas para la zona de trabajo, de rendimientos y recursos acordes con los usados en los Análisis de Precios Unitarios. Debe incluir cada una de las Partidas del Presupuesto consideradas en los diferentes componentes del proyecto a ser desarrolladas mediante el software Ms Project. Al respecto, en el Diagrama de Barras GANTT, se debe expresar numéricamente la duración total del proyecto y de cada una de las actividades, así como las fechas de inicio y fin, predecesoras, y la ruta crítica en color rojo.Plazo de Ejecución de Obra expresado Diagrama de Red PERT-CPM (Critical Path Method o Método de la Ruta Crítica) de cada una de las partidas que conforman el presupuesto de ejecución de obra. Debe incluir cada una de las Partidas del Presupuesto consideradas en los diferentes componentes del proyecto a ser desarrolladas mediante el software Ms Project. Al respecto, en el Diagrama de Red PERT-CPM, se debe expresar numéricamente la duración total del proyecto y

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

de cada una de las actividades, así como las fechas de inicio y fin, predecesoras, y la ruta crítica en color rojo.Cronograma Valorizado Referencial de Ejecución de Obra mensual. El Cronograma Valorizado de Ejecución de Obra indicará el flujo económico de la ejecución de la obra en función a los tiempos y duraciones previstas en el Diagrama de Barras Gantt. El cronograma valorizado deberá ser expresado en periodos mensuales y/o quincenales.Cronograma de De0sembolsos (A coordinar con La Entidad). El Calendario de Desembolsos indicará el flujo económico de pagos que deberá realizar la entidad mensualmente por la ejecución de la Obra.MEMORIA DE CÁLCULO.

Se presentará la memoria de cálculo para cada una de las siguientes especialidades:7. 1. Estructuras.7.2. Instalaciones Sanitarias.7.3. Instalaciones Eléctricas.ESTUDIOS BÁSICOS.

Estudios Topográficos.2.1.1. Objetivos y Alcances.2.1.2 Resultados. Estudio de Mecánica de Suelos.2.2.1 Objetivos y Alcances.2.2.2 Aspectos generales.2.2.3 Investigaciones de campo.2.2.4 Ensayos de laboratorio.2.2.5 Ensayos Standard.2.2.6 Ensayos especiales2.2.7 Resultados de los ensayos in situ y de laboratorio.2.2.8 Perfiles estratigráficos.2.2.9 Descripción de la conformación del subsuelo del área en estudio.2.2.10Análisis de la cimentación.2.2.10.1 Tipo y Profundidad de la cimentación.2.2.10.2 Cálculo de la capacidad portante.2.2.10.3 Cálculo de Asentamientos.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Geología y Sismicidad en el área de estudio.2.3.1 Antecedentes Geológicos.2.3.2 Geodinámica Externa.2.3.3 Sismicidad. Estudio de Impacto Ambiental.2.4.1 Enfoque.2.4.2 Objetivos y Alcances.2.4.3 Diagnóstico del Área de estudio y su ámbito de influencia.2.4.4 Identificación y Evaluación de Impactos Ambientales.2.4.5 Plan de Manejo Ambiental.

8.5 PROPUESTA DE PLAN DE MONITOREO ARQUEOLOGICO

Se elaborará en conformidad con el Decreto Supremo N° 054-2013-PCM.

8.6 PROPUESTA DE PLAN DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓNSe elaborará en conformidad con la Norma G.050 del Reglamento Nacional de Edificaciones.

ANEXOS

9.1. Conformidad al proyecto por parte del Municipio Local.9.2. Aprobación del proyecto por parte de las empresas prestadoras del servicio y/o concesionaria.9.3. Cotizaciones.PLANOS (Ver V. Descripción de planos por especialidad) Arquitectura EstructurasInstalaciones Eléctricas.Instalaciones Sanitarias.Instalaciones de Data y comunicaciones.SeguridadSeñalizaciónIII. DESCRIPCIÓN DE LOS ESTUDIOS BÁSICOS

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Levantamiento Topográfico y Planimétrico del Terreno:Comprende la identificación, la definición y la descripción de las características físicas de la superficie del terreno. La definición de las cotas (curvas de nivel), pendientes, perímetro, linderos, colindancias, área, ángulos y vértices del terreno, referencias a las coordenadas UTM. Se incluye la formulación de las conclusiones y recomendaciones del caso; así como la comparación analítica entre la realidad física y los documentos de propiedad, en cuanto a las dimensiones del terreno; exponiendo las posibles causales que lo originan. Se presentarán curvas de nivel, cortes, cotas, ángulos, vértices, vistas fotográficas, etc. (Escala 1:50, 1:75 o 1:100, según corresponda la magnitud del terreno). El Levantamiento Topográfico y planimétrico del Terreno deberá ser desarrollado de manera independiente.El Levantamiento Topográfico y Planimétrico se efectuará tomando la base el Anexo - 02: “Exigencias para el Levantamiento Topográfico y Planimétrico”.Estudio de Mecánica de Suelos para fines de Pavimentación, Cimentación y Obras de Saneamiento:Estudio de Mecánica de Suelos con fines de Cimentación, Pavimentación y Obras de Saneamiento, ejecutado según sea aplicable la Norma Técnica Nacional E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones. Comprende la determinación y sustento de la capacidad portante del suelo, así como la determinación de su tipología y de sus características físicas y químicas: Gravas, limos, arcillas, cloruros, sulfatos, nivel de humedad, ubicación de calicatas, perfiles estratigráficos, ubicación de la napa freática, permeabilidad del suelo, sismicidad, geodinámica, asentamientos, etc.El Informe Técnico deberá incluir, necesariamente, los capítulos de: Trabajos de campo, ensayos y pruebas, análisis, conclusiones, y recomendaciones.El programa de investigación debe ser propuesto por el Consultor, sin embargo el número de Calicatas no deberá ser inferior a Una (01) Calicata por cada 450 m2 de Área Construida, sin embargo el número mínimo de calicatas para todo el proyecto no deberá ser menor a doce (12) Calicatas (03 como mínimo por colegio).Estos estudios deberán efectuarse bajo las consideraciones que se exponen en los presentes Términos de Referencia y en el Anexo - 03: “Exigencias para el Estudio de Mecánica de Suelos”.

Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos:Comprende la exploración, identificación, descripción, evaluación y replanteo de las redes públicas, y de las conexiones domiciliarias existentes, referidas a los servicios de agua potable, desagüe, energía eléctrica y telefonía. Incluye pronunciamiento sobre la calidad y frecuencia de los servicios indicados.La Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos deberán ser desarrollados de manera independiente por servicio.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Memoria Descriptiva de los Servicios Básicos existentes, con indicación de su estado operativo, diámetros, calibres, materiales, sistemas, demandas, capacidades, etc. Se presentará la documentación sustentadora del caso, incluido el análisis, las conclusiones y recomendaciones correspondientes. Se incluirá un anexo fotográfico que permita visualizar la situación expuesta. En caso de no existir dichos servicios públicos en la localidad, se describirán y evaluarán los sistemas alternativos empleados por los lugareños.

El Consultor formulará el levantamiento y la evaluación de los servicios básicos con los que cuente el terreno o inmueble, tomando en consideración, como mínimo, los siguientes puntos:Agua Potable: Se identificará, o descartará, la existencia de redes o conexiones domiciliarias y públicas de abastecimiento de agua. Se describirá su situación operativa, su origen (Red pública, pozo, manantial, etc.), la ubicación exacta de la acometida en el terreno, la frecuencia horaria del abastecimiento, la existencia de medidor, el diámetro de la tubería de acometida, los sistemas alternativos de suministro, etc. Asimismo, se aportará cualquier otra información complementaria. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.)El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones.Desagüe: Se identificará, o descartará, la existencia de redes o conexiones domiciliarias y públicas de desagüe. Se describirá su situación operativa, su origen (Red pública, pozo de percolación, acequia, etc.), la ubicación exacta por la cual sale del terreno, diámetro de la tubería de evacuación, pendiente, los sistemas alternativos de evacuación, etc., así como cualquier otra información complementaria: Buzones, acequias, etc. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.). El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones.Energía Eléctrica: Se identificará, o descartará, la existencia de redes y conexiones domiciliarias y públicas de suministro eléctrico. Se describirá su situación operativa, su origen (red pública, generador eléctrico, etc.), la ubicación exacta de la acometida en el terreno, la frecuencia horaria del suministro, la existencia de medidor, el tipo de suministro (monofásico, trifásico), el tipo de acometida (aérea, subterránea), los sistemas alternativos de alumbrado, etc., así como cualquier otra información complementaria. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.). El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones.Telefonía: Se identificará o descartará la existencia de redes domiciliarias y públicas de telefonía, la ubicación exacta de la acometida en el terreno, el tipo de acometida (Aérea, subterránea), etc., así como cualquier otra información complementaria. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.). El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Informe de Vulnerabilidades del Terreno:Se presentará la documentación sustentadora del caso, incluida la descripción de los factores, el análisis o evaluación de los mismos, así como las conclusiones y recomendaciones correspondientes. Se anexarán los gráficos, mapas, planos o vistas fotográficas que permitan visualizar dichas vulnerabilidades.Comprende la identificación, descripción y evaluación de los factores, existentes o potenciales, así como de las situaciones de riesgo o vulnerabilidad, que puedan afectar o actuar sobre el terreno, y, por consiguiente, sobre la Obra a proyectar, como pueden ser: Aludes, deslizamientos, inundaciones, filtraciones, sismos, precipitaciones, asentamientos, afloramientos, pendientes, invasiones, etc. Se incluye la formulación de las conclusiones y recomendaciones correspondientes.

IV. DESCRIPCIÓN DE COTIZACIONES.

Informe Técnico de Evaluación de los Costos de Construcción. Se informará sobre la ubicación de los principales proveedores y puntos de abastecimiento de materiales y equipos más cercanos al lugar donde se ejecutará la Obra. Se incluirá un listado resumen, según modelo que proporcionará La Entidad, de los materiales, insumos y equipos existentes en la localidad, así como el costo de los mismos, sin incluir el IGV. Se sustentará con las cotizaciones formales correspondientes de los proveedores consultados.Las cotizaciones deberán precisar, obligatoriamente, si el costo incluye el flete hasta el emplazamiento de la Obra.Se presentará, asimismo; información similar a la descrita, para los casos en que deban efectuarse cotizaciones en otras localidades.Se presentará y expondrán los criterios de cotización asumidos por El Consultor, así como el análisis efectuado, y las conclusiones y recomendaciones correspondientes.V. DESCRIPCIÓN DE PLANOS POR ESPECIALIDAD

Los planos deberán ser desarrollados para cada una de las zonas de intervención: obras de edificación y obras exteriores.Dicha presentación como mínimo para cada intervención contendrá lo siguiente:TopografíaVer Anexo 02Arquitectura:Plano de Localización, a escala 1/5,000. Plano de Ubicación, a escala 1/500.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Cuadro de Parámetros Urbanísticos, Edificatorios y/o secciones viales.Cuadro de Áreas, altura de edificación, etc.Plot Plan, a escala 1/100 o 1/125. Con proyección de sombras y volúmenes.Planos de Plantas, a escala 1/50.Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) cortes transversales, por zona de intervención.Planos de Elevaciones, Alzados o Fachadas, Frentes y exteriores, a escala 1/50.Plano de Techos, a escala 1/50. Se incluirán todos los techos de los componentes, indicando pendientes, cumbreras, aleros, coberturas, canaletas, montantes pluviales, etc.Diseño de cercos, patios, puertas, ventanas, mamparas, escaleras, barandales, pasamanos, rampas, jardineras, etc., a escala 1/25, 1/20 o indicada.Diseño y detalle de Servicios Higiénicos, a escala 1/25, 1/20 o indicada.Diseño de mobiliario fijo y/o móvil, a escala 1/25, 1/20 o indicada.Planos de Detalles Constructivos, a escalas 1/20, 1/25, 1/10, o indicada.Cuadro General de Acabados, Calidades y Texturas. Seis (06) Perspectivas Exteriores, a color, escala 1/50.Ocho (08) Perspectivas Interiores, a color, escala 1/50.Estructuras:

Planos de taludes, cortes y nivelaciones del terreno, a escala 1/50 o indicada.Planos de cimentación, según corresponda, a escala 1/50.Planos de paneles informativos, a escala 1/50.Planos de columnas, vigas, losas aligeradas, dinteles y techos, a escala 1/50.Planos de muros de contención, placas, calzaduras, rampas, escaleras, gradas, pilotes, etc.; según corresponda, a escala 1/50.Planos de estructuras metálicas de coberturas y detalles constructivos.Plano de pórtico de ingreso, a escala 1/50 o 1/25.Plano de estacionamiento, a escala 1/50 o 1/25.Planos de otros elementos estructurales considerados en el proyecto, a escala 1/50 o escala indicada.Planos de detalles constructivos y especificaciones técnicas de los materiales, recubrimientos mínimos de armaduras, longitudes de empalmes, anclajes, traslapes, dobleces, etc.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Cuadro de zapatas, columnas, vigas, placas, cimientos, etc. Indicarán profundidad de cimentación, recubrimientos, estribos, etc. Los anclajes y empalmes cumplirán las Normas Técnicas de Edificación 020, 030 y 060.Instalaciones Sanitarias:

Redes generales interiores y exteriores de agua potable, fría y caliente, según corresponda, a escala 1/50.Redes generales interiores y exteriores de desagüe, descarga y disposición final de las aguas servidas, a escala 1/50.Redes generales interiores y exteriores del sistema de evacuación pluvial.Planos de sistema de agua contra incendio.Planos del sistema de recirculación de agua de la piscina olímpica.Planos de detalles constructivos y especificaciones técnicas de los materiales, etc.; a escala indicada.Vistas isométricas de las redes de agua potable, desagüe y evacuación pluvial, a escala apropiada.Instalaciones Eléctricas, electromecánicas y especiales:Planos de acometidas eléctricas, telefónicas e informáticas, a escala 1/50.Planos de circuitos y redes de alumbrado interior y exterior, a escala 1/50.Planos de circuitos y redes de tomacorrientes, a escala 1/50.Planos de circuitos y redes de telefonía interna y externa, a escala 1/50.Planos de circuitos y redes de informática, a escala 1/50.Planos de circuitos y redes de ventiladores, alarmas, etc., a escala 1/50.Planos de circuitos y redes para detectores de incendios (Humos), a escala 1/50.Diseño de tableros eléctricos, a escala indicada.Diseño de pararrayos y pozos de tierra, a escala indicada.Cuadro General de Cargas, Diagrama de Circuitos, etc.Planos de detalles constructivos y Especificaciones Técnicas de los materiales, etc.Planos de instalación de electro bombas, a escala indicada.Planos de instalación de calentadores eléctricos, de ser el caso, a escala indicada.Planos de instalación de sistema de comunicación radial: Antena, etc., a escala indicada.Diseño de conexiones domiciliarias a la red pública o a la fuente de suministro eléctrico propuesto.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Otros planos de detalles constructivos ó instalaciones que se requieran.Seguridad:

Planos de Plantas, a escala 1/50.Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales, por zona de intervención.Planos de Elevaciones, Alzados o Fachadas, Frentes y exteriores, a escala 1/50.Señalización:

Plano de Localización, a escala 1/5,000. Plano de Ubicación, a escala 1/500.Planos de Plantas, a escala 1/50.Planos de cimentación, según corresponda, a escala 1/50.Planos de estructuras metálicas, a escala 1/50.Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales, por zona de intervención.Planos de Elevaciones, Alzados o Frentes, a escala 1/50.Planos de detalles, a escala 1/25 ó 1/20.ANEXO 02EXIGENCIAS REFERENCIALES PARA EL LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO Y PLANIMETRICOANEXO 02EXIGENCIAS REFERENCIALES PARA EL LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO Y PLANIMETRICO

1. GENERALIDADES.Objetivo del Estudio: Indicar claramente el objetivo para el que ha sido encomendado el Levantamiento Topográfico y Planimétrico.Metodología de Trabajo: Indicar claramente el planeamiento, reconocimiento, monumentado, los trabajos de campo, el trabajo de gabinete, etc.Ubicación y Descripción del Área en Estudio: Deberá indicarse claramente la ubicación política y geográfica del área de estudio: Región, departamento, provincia, distrito, centro poblado, zona rural, etc. Referencias geográficas: Latitud y longitud. Se incluirá una breve descripción del terreno, teniendo en cuenta el área de terreno, perímetro, colindancias, los límites del mismo y pendiente o pendientes del terreno expresada en porcentaje, etc.Acceso al Área de Estudio: Se deberá describir el acceso al área de estudio: Carretera ó pista asfaltada, trocha carrozable, etc. Los medios de transporte

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

existentes en la zona, así como el tiempo aproximado de llegada al lugar desde las localidades más próximas e importantes.Recopilación de Información: Se deberá recopilar información cartográfica y otras, relacionada al proyecto.

2. TRABAJOS DE CAMPO.Los trabajos de campo están constituidos por el conjunto de observaciones y actividades que se realizan directamente sobre el terreno para realizar las mediciones requeridas por el proyecto, de acuerdo con las normas aplicables. Los cálculos y comprobaciones de campo se considerarán como parte integral de las observaciones. Se hacen inmediatamente al final de las mismas. Tienen como propósito verificar el cumplimiento de los trabajos con las normas establecidas.Reconocimiento del Área de Estudio.Descripción del terreno en planimetría y altimetría.Deberá describirse cada una de las construcciones u elementos existentes dentro de la propiedad. En el supuesto de que existan construcciones, se indicarán los ambientes existentes, sus medidas, su emplazamiento dentro del lote, alturas, espesores de muros, vanos, materiales constructivos, estado de conservación de paredes, columnas, vigas, tijerales, techos, pisos, veredas, losas, etc., el estado de la construcción, niveles de pisos interiores y exteriores, y otros que ayuden a la apreciación del terreno. De existir construcciones colindantes, se deberán indicar y describir las mismas, identificando: propietario, tipo de uso, tipo de construcción (materiales), número de pisos (alturas) y datos de la cimentación existente.Indicar los linderos, perímetro, ángulos, diagonales y área del terreno, efectuando la comparación analítica entre la realidad física y los documentos de propiedad, en cuanto a las dimensiones del terreno; exponiendo las posibles causales que lo originan.Red de Control Horizontal y Red de Control Vertical.c. Monumentado de los Puntos Topográficos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) y Referencias.Descripción de materialización de los puntos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) y Referencias (mínimo 2 por cada Punto de Control). Todos los puntos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo), deben ser referenciados mediante Puntos de Referencia de Posicionamiento existentes (arista de esquinas de vivienda, postes, etc.) o Puntos de Referencia de Posicionamiento monumentados durante la etapa del levantamiento topográfico, y deben estar ubicados fuera del área de futuros trabajos de movimiento de tierras.El posicionamiento de cada uno de los Puntos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) deben ser referenciadas, como mínimo por dos (02) Puntos de Referencia, expresadas mediante: a) Longitud (m) - Longitud (m), b) Longitud (m) – Angulo, c) Angulo – Angulo, etc.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

En el caso del Bench Mark (BM), adicionalmente se añadirá las cotas de los Puntos de Referencia.Los Bench Mark (BM) deben dejarse bien monumentados en el terreno, en un lugar fuera del área de movimiento de tierras y de manera que perduren. El hito tendrá la siguiente especificación: Concreto f’c= 140 Kg./cm2 de 20x20x40 cm. de profundidad, colocándole una plancha de bronce (tipo registro de 4”), en el cual estará indicado el BM. En su defecto podrá ser implementado en una tapa de buzón externa o un elemento que garantice su permanencia.Precisión de los puntos de control horizontal (Poligonal Básica de Apoyo), el cual estará basado de acuerdo al Tipo de Precisión del Levantamiento Planimétrico empleado, siendo como mínimo una precisión de 1/10,000. Se debe verificar que el Error de Campo (Error en el eje Oeste-Este y Error en el Eje Norte-Sur) de la toma de datos, transformado a precisión, sea inferior a la precisión Teórica correspondiente al Tipo de Levantamiento Planimétrico utilizado. Se recomienda utilizar una Poligonal Básica de Apoyo Cerrada de Tres vértices como mínimo.Precisión de los puntos de control vertical (Nivelación), el cual estará basado de acuerdo al Tipo de Nivelación empleado, pudiendo ser Nivelación Ordinaria, Nivelación de precisión, etc., verificándose que el Error de Campo de la toma de datos sea inferior al error teórico correspondiente al Tipo de Nivelación utilizado.La nivelación se debe efectuar como mínimo a los Puntos de la Poligonal de Básica de Apoyo y al Bench Mark (BM).d. Levantamiento Topográfico Planimétrico.

Descripción de la recolección de Datos de Campo correspondientes al Levantamiento Topográfico Planimétrico. Presentar los Datos de Campo.El número de puntos taquimétricos y estaciones topográficas (Poligonal Básica de Apoyo), al efectuar el levantamiento o replanteo, debe ser tal, que se pueda obtener un rendimiento óptimo de cálculo. En algunos casos, por necesidad, se deberán indicar más detalles. Todos estos puntos deberán aparecer dibujados en los planos auxiliares, con su ubicación y cotas respectivas, y estarán distanciados a una longitud no mayor de 20 m.Levantamiento Topográfico Vertical.Descripción de la recolección de Datos de campo, correspondientes al Levantamiento Topográfico Vertical. Presentar los Datos de Campo.El número de puntos de Nivelación Vertical contendrá como mínimo a los Puntos de la Poligonal de Básica de Apoyo y al Bench Mark (BM). Todos estos puntos deberán aparecer dibujados en los planos auxiliares, con su ubicación y cotas respectivas.Ficha Técnica. Será presentada de acuerdo con los formatos predefinidos por la Subdirección de Estudios.Ficha de Puntos Topográficos de Control Horizontal y Vertical. Será presentada de acuerdo con los formatos predefinidos por la Subdirección de Estudios.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Equipos Topográficos. Descripción de los equipos empleados, indicar el modelo, características, descripción del funcionamiento y precisión del equipo.

3. TRABAJOS DE GABINETE.

Los cálculos de gabinete se ejecutan inmediatamente después de la etapa anterior, y están constituidos por todas aquellas operaciones que, en forma ordenada y sistemática, calculan las correcciones y reducciones a las cantidades observadas; determinando los parámetros de interés mediante el empleo de criterios y fórmulas apropiadas que garanticen la exactitud requerida. El ajuste o compensación deberá seguir, cuando sea aplicable, al cálculo de gabinete.Compensación y Cálculo de Coordenadas Planas UTM de los puntos de control horizontal (Poligonal Básica de Apoyo). Presentar Cuadros explicativos.Compensación y Cálculo de Coordenadas Planas UTM de los puntos de control vertical (BM y Poligonal Básica de Apoyo). Presentar Cuadros explicativos.Procesamiento de la información topográfica tomada en campo y descripción de la metodología del software utilizado. Presentar Cuadros explicativos.Cálculo de Coordenadas Planas UTM, Geográficas (en grados, minutos y segundos sexagesimales), ángulos internos y Nivel de Cota de los vértices del terreno. Presentar Cuadros explicativos.Área del terreno, área construida por niveles de los edificios existentes, área libre, etc. Presentar Cuadros explicativos.Longitud de cada uno de los lados del terreno, Perímetro Total del terreno y Propiedad de las áreas colindantes, identificando: propietario, tipo de uso, tipo de construcción (materiales), número de pisos (alturas) y datos de la cimentación existente, Ejemplo: Ministerio de Educación, Colegio, albañilería confinada de ladrillo, dos pisos (altura=5.50m), cimentación superficial compuesta por zapatas de concreto armado. José Pérez, Vivienda, adobe, un piso (altura=3.00m), cimentación superficial corrida de concreto ciclópeo.Se adjuntará los documentos legales que acrediten su posesión: Escritura Pública, Margesí, Constancia, o documentos que acrediten la donación del terreno u otros.Plano de localización. Ver Numeral 6.0 “Contenido Mínimo de Planos”, del presente documento.Elaboración de planos topográficos a escalas adecuadas. Ver Numeral 6.0 “Contenido Mínimo de Planos”, del presente documento.

4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.

Relacionadas al Levantamiento topográfico y otros.

5. OTROS.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Presentación de Fotografías. Anexar fotografías incluyendo panorámica que sustente como mínimo:Entorno urbano, calles, etc.Levantamiento topográfico (Curvas de nivel, etc.)Se adjuntarán vistas fotográficas de cada uno de los Puntos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) y Referencias.Detalles de los edificios existentes (Estado del edificio, vanos, materiales, etc.)Área de demoliciones (Fallas, causas, etc.)Una de las tomas debe ser panorámica (Incluir el esquema de trabajo de campo).Vistas panorámicas de los linderos e ingreso al local o terreno.Cada fotografía mostrada debe presentar su respectiva ubicación en planta y ángulo de la vista.Presentación de Documentos. Según los formatos indicados en los numerales 17°, 18°, 19° y 20° de los Términos de Referencia.

6. CONTENIDO MÍNIMO DE PLANOS.

Plano de localización. Urbana o rural (escala 1/5000), con indicación de los lugares identificables, tales como plaza de armas o edificio importante de la localidad.Se presentará de acuerdo con el inciso d) del numeral 64.2 del Artículo 64° del Reglamento de la Ley de Regularización de Edificaciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común / Ley Nro. 27157 y su Reglamento / Decreto Supremo Nro. 008-2000-MTC.Forma del Terreno. Medida de los linderos, que se verificará con los títulos de propiedad. Se indicarán las colindancias con terceros y la orientación del Norte Magnético (Escala 1/200). La orientación deberá coincidir entre el plano de planta y el de ubicación.El Levantamiento Topográfico estará referido a las Coordenadas Geográficas del IGN (en grados, minutos y segundos sexagesimales) y Coordenadas UTM del terreno.Cuadro de las Coordenadas de los Puntos Topográficos de Control Vertical (BM y Poligonal) y Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo) y Referencias, las mismas que deberán quedar monumentadas. Se consignará en un Cuadro Informativo, con los siguientes datos:Identificación de cada uno de los Puntos Topográficos de Control Vertical y Horizontal.Distancia entre cada uno de los Puntos Topográficos de Control Vertical y Horizontal.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Nivel de Cota de cada uno de Puntos Topográficos de Control Vertical y Horizontal.Coordenadas UTM y Geográficas (grados, minutos y segundos sexagesimales) de cada uno de los vértices del terreno.Ángulos y Azimut de la Poligonal Básica de Apoyo, en grados, minutos y segundos sexagesimales.Curvas de nivel a cada 0.50 m. Cuando el terreno tenga una pendiente mayor al 10% se requiere las curvas a cada 0.25m. Los puntos de relleno taquimétrico se mantendrán en el plano, y estarán distanciados a una longitud no mayor de 20 m. Se deberá también definir los puntos de inflexión del terreno. Las curvas de nivel deberán proyectarse hasta las calles aledañas y/o lotes aledaños, de ser posibleUbicación y levantamiento exacto de todos los elementos componentes de la topografía, como: Árboles, edificios, postes, veredas, jardines, calles colindantes, pozos, buzones de alcantarilla, canales, sardineles, escaleras, muros de contención, pircas, elevaciones, cambio de niveles, depresiones del terreno así como taludes, etc.En el caso que dentro de la propiedad existan construcciones, se deberá indicar su ubicación y replanteo de cada una de ellas. Realizar un levantamiento arquitectónico con plantas de distribución de ambientes y vanos, cortes y elevaciones, indicando materiales, niveles de pisos interiores y exteriores, dimensiones: Longitud, altura, espesor de muros, vanos, estado de conservación, etc. Se deberá presentar un cuadro general indicando detalles arquitectónicos y estructura, indicando el estado de conservación de los acabados de cada uno de los ambientes interiores, por ejemplo de la siguiente manera:

TIPO SISTEMA

MUROS COBER-TURA

PISOS PUERTAS Y VENTANAS

REVEST. Y PINTURA-(ZOCAL Y C/ZOCAL)

INST. ELECT. Y SANIT.

ESTADO DE CONSERVACIÓN Y RECOMEND.

RECEPCION

SIN COLS.BUEN EST

DE ADOBE REVESTIDO-REGUL

Techo de torta de barro mejorado.

CONCRETO BUEN ESTADO

METÁLICAS BUEN ESTADO

MORTERO DE YESO-M.EST

I.E.: N.T. I.S.: N.T.

MALO,DEMOLER

HALL APORTICADO-B.EST

adobe REVESTIDO-B. EST.

ALIGERADO EST. REGUL

CONCRETO MAL ESTADO

MADERA MAL ESTADO

MORTERO P. LÁTEX-B.ESTAD

I.E.: S.T.-M.EST I.S.: S.T.-B.EST

REGULAR, REHABILITAR

CERCO SIN COLS.

VIVO: ALAMBRE

- - - SIN REVEST. –

- REGULAR

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

REGULAR

S-M. ESTAD

MAL ESTADO

REHABILITAR

Un cuadro general de acabados, mostrando cuadro de vanos, puertas, ventanas, medidas y materiales, pisos.El Consultor deberá presentar como mínimo tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales del área en estudio, mostrando e identificando, con claridad, los límites de propiedad los principales pabellones y vías aledañas, indicando con una línea vertical el límite de propiedad. Asimismo, se presentará el perfil longitudinal de las calles adyacentes, el cual estará referido al eje central de la calle y al Bench Mark (BM). Los cortes y perfiles longitudinales estarán relacionados a una trama reticular gráfica de referencia (indicando distancia en metros y cota en metros).El número de puntos y estaciones, al efectuar el replanteo y/o levantamiento, debe ser tal que se pueda obtener un rendimiento óptimo de cálculo. En algunos casos por necesidad se deberán indicar más detalles. Todos estos puntos, incluidos los puntos de relleno, deberán aparecer dibujados en los planos con su ubicación y cotas respectivas y estarán distanciados a una longitud no mayor de 20 m.Ubicación y localización exacta del Bench Mark (BM) tomado. Este BM debe dejarse bien monumentado en el terreno en un lugar fuera del área de movimiento de tierras y de manera que perdure con la siguiente especificación: Concreto f’c= 140 Kg./cm2 de 20x20x40 cm. de profundidad colocándole una plancha de bronce (tipo registro de 4”), en el cual estará indicado el BM. En su defecto podrá ser implementado en una tapa de buzón externa o un elemento que garantice su permanencia. Con respecto al BM, indicar cortes de vías existentes, también corte oficial de las vías de acuerdo al Plan Director.Indicar linderos según título de propiedad u otro documento de Posesión y de acuerdo al levantamiento, indicar las medidas de todas las diagonales del terreno. Se consignará en un Cuadro Informativo, con los siguientes datos:Identificación de cada uno de los vértices del terreno.Medición de cada uno de los lados o Linderos del terreno.Medición de los ángulos de cada uno de los vértices del terreno, en grados sexagesimales, minutos y segundos sexagesimales. Niveles de cota de cada uno de los vértices del terreno, tanto interiores como exteriores.Coordenadas UTM y Geográficas (grados, minutos y segundos sexagesimales) de cada uno de los vértices del terreno.Acimut (grados, minutos y segundos sexagesimales) de los Lados o Linderos.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Asimismo se deberá indicar de manera precisa la existencia de cercos existentes, medianeros o independientes con sus niveles, medidas, alturas, materiales y estructuras y datos de la cimentación así como su estado de conservación.Indicación de los exteriores del terreno. Calles perimétricas, indicando, además, los puntos o cotas exteriores del muro perimétrico o linderos, sección de vías, buzones de alcantarilla con sus cotas respectivas (Tapa, fondo, llegadas, salidas, etc.), postes de luz, teléfono, subestación eléctrica, etc, todo ello referido al BM principal.

Indicar con precisión las curvas y niveles de terrenos colindantes. Mínimo 3 metros a partir de linderos con vecinos. En el caso de calles todo su ancho. De existir construcciones vecinas señalar el propietario, tipo de uso, tipo de construcción (materiales), número de pisos (alturas) y datos de la cimentación existente.Indicar dimensiones y niveles de veredas existentes, estado de conservación.Presentar Cuadros de Áreas del terreno, área construida por niveles de los edificios existentes, área libre, etc. Indicar distancia del terreno a la esquina más cercana y la distancia del terreno a la Plaza de Armas o hito importante.Presentar información de la existencia, características y situación actual de los servicios básicos de agua, desagüe, instalaciones eléctricas y telefonía.Indicar el sentido y dirección flujo natural de aguas pluviales (escorrentía) y que se indique en los planos.Incluir certificación de zonificación y alineación de vías.Norte Magnético o Geográfico. Se establecerá y consignará, con toda claridad, el norte magnético o geográfico, según corresponda.Los Planos incluirán un cuadro con los símbolos y leyendas, así como las escalas gráficas y numéricas empleadas. 7. FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOS.

Documentos Técnicos Gráficos - Planos:Determinados en el anexo 04.Documentos Técnicos – Redactados:Determinados en el anexo 04.Fotografías:Determinados en el anexo 04.ANEXO 03EXIGENCIAS REFERENCIALES PARA ELESTUDIO DE MECANICA DE SUELOSANEXO 03

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

EXIGENCIAS REFERENCIALES PARA EL ESTUDIO DE MECANICA DE SUELOS1. GENERALIDADES.

Objetivo del Estudio. Indicar claramente el objetivo para lo que ha sido encomendado el Estudio de Mecánica de Suelos (EMS).Normatividad. El estudio deberá estar en concordancia con la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones.Ubicación y Descripción del Área en Estudio.Deberá indicarse claramente la ubicación del área de estudio: Departamento, provincia, distrito, centro poblado, zona rural, etc. Así como una breve descripción del terreno.Adjuntar mapa de la zona y plano de ubicación.

2. GEOLOGÍA Y SISMICIDAD DEL ÁREA EN ESTUDIO.

Geología. Describir los aspectos geológicos más importantes (Geomorfología y Estratigrafía) con sus respectivo Mapa Geológico de la zona en estudio; así como también de acuerdo con la Geodinámica Externa. Indicar los aspectos que pudieran incidir en la obra a ejecutar y sobre el que el proyectista debe tomar conocimiento para evaluar las soluciones a tener en cuenta.Sismicidad.Preferentemente los aspectos de micro zonificación sísmica definiendo los parámetros de diseño a tener en cuenta.Adjuntar mapa de zonificación sísmica (Norma E.030 de Diseño Sismorresistente).

3. INVESTIGACIÓN DE CAMPO.

El Consultor deberá ejecutar las técnicas de investigación aplicables a los EMS, de acuerdo con las técnicas establecidas en la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones. Se debe explicar las características de las investigaciones de campo efectuadas, resumen de los trabajos de campo, etc.El Consultor deberá definir su programa de investigación, debiendo necesaria y obligatoriamente, ubicarse dentro del área en la que se emplazarán las obras proyectadas (edificación, cercos perimétricos, losas deportivas, cisternas, tanques sépticos, etc), para cuyo efecto deberán demolerse áreas pavimentadas, si fuera necesario. Se debe explicar las características del programa de investigación efectuado. Resumen de los trabajos de campo. Muestreo de los registros de exploraciones, acompañadas de fotografías.En el caso de encontrarse con niveles freáticos altos y no sea posible la excavación de las calicatas, es recomendable realizar el “Ensayo de Penetración Estándar (SPT)” ó utilizar equipos de bombeo y encofrados.CIMENTACIÓN DE LAS ESTRUCTURAS A TOMAR EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD ADMISIBLE DE CARGA.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

El Consultor deberá tener en cuenta que las estructuras que se proyecten, eventualmente podrán ser del tipo mixto. Sobre este orden de ideas, para determinar la capacidad admisible o CBR de diseño del terreno, se contemplará:El tipo de estructura que se proyecte, el cual eventualmente será el descrito en el párrafo anterior.Dimensiones de cimentaciones, de acuerdo con las dimensiones geométricas a utilizar en el proyecto.En los suelos cuya capacidad admisible sea menor de 0.5 Kg/cm², El Contratista deberá presentar alternativas de solución. Dichas propuestas deberán ser económicas, funcionales y seguras para los intereses de La Entidad.ENSAYOS DE LABORATORIO.

Se realizarán como mínimo los siguientes ensayos:Granulometría.Clasificación de suelos.Contenido de humedad.Límites de Atterberg (Límite líquido, límite plástico, índice de plasticidad).Análisis químico de agresividad del suelo.Análisis químico de agresividad del agua (Cuando exista napa freática).Peso unitario.Densidad.Ensayo apropiado para evaluar la resistencia al corte del suelo de acuerdo a las condiciones encontradas en el campo.Ensayo apropiado para estimar los parámetros involucrados en la estimación de los asentamientos.Ensayo de percolación, en el caso que las redes de desagüe no se encuentren operativas o no existan.PERFILES ESTRATIGRÁFICOS.

Se indicarán claramente los perfiles estratigráficos referidos al Punto Topográfico de Control Vertical (Bench Mark: BM) y a los Puntos Topográficos de Control Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo). El número de calicatas y de muestras. Su clasificación: Origen, nombre y símbolo del grupo de suelo, según el sistema unificado de suelos (SUCS, ASTM D 2487). El espesor y profundidad del estrato, color, humedad, plasticidad, consistencia y/o densidad relativa, descripción, porcentaje en peso y dimensiones, tamaños máximos, etc., de acuerdo con los niveles de la estratigrafía de los estratos subyacentes, indicando, además, la napa freática o nivel de filtración en caso de haberse encontrado en la excavación realizada.ANÁLISIS DE LA CIMENTACIÓN.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Profundidad de la Cimentación. Se indicará claramente la profundidad mínima a la que deberán cimentarse las estructuras proyectadas. En caso de existir alternativas de cimentación, deberán indicarse las que se han tomado para el cálculo de la capacidad admisible de carga, y en el caso que se presenten diferentes profundidades de cimentación deberán indicarse los diferentes tipos utilizados para el cálculo de la capacidad admisible de carga. Tipo y Dimensión de la Cimentación. Se hará de acuerdo con lo descrito en los ítems 4.1 y 4.2 de este documento. En el caso que se presenten diferentes dimensiones geométricas de los elementos de la cimentación, se deberá tener en cuenta cada tipo para el cálculo de la capacidad admisible de carga.Cálculo y Análisis de la capacidad admisible de carga. El Consultor deberá presentar la metodología del cálculo con sus respectivas Tablas para la determinación de la capacidad admisible de carga, mostrando los parámetros o características físico mecánicas de los suelos ubicados dentro de la zona activa de la cimentación. La ubicación del nivel freático y valores numéricos que se están empleando, según sea el caso y teniendo en cuenta los ítems 7.1 y 7.2; fundamentando los criterios para el empleo de la formulación propuesta.

Cálculo de Asentamientos. El Consultor deberá presentar el cálculo que sustente la estimación de los asentamientos producidos por la presión inducida según los resultados de 7.3, en concordancia con las diferentes profundidades y tipos de cimentaciones de acuerdo a los ítems 7.1 y 7.2. Se señalarán explícitamente los valores utilizados y la fuente de información.En concordancia con la normatividad vigente, los asentamientos diferenciales permisibles en ningún caso deben ocasionar una distorsión angular mayor a L/500. En los casos de que se presente este inconveniente, la capacidad admisible deberá ser reformulada.En el caso de que la zona activa de la cimentación, se encuentren en suelos granulares saturados sumergidos, ya sea arenas limos no plásticos, o gravas contenidas en una matriz de estos materiales; el informe deberá evaluar el potencial de licuefacción de suelos, de acuerdo a la sección 6.4 establecida en la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones.Zonificación de Suelos. El Consultor deberá definir y presentar en un esquema la Zonificación de Suelos, con sus respectivos parámetros: Profundidades de la Cimentación, Tipos y Dimensiones de la Cimentación, Capacidades Admisibles de Carga, Asentamientos, etc. u otros parámetros que estime conveniente. La Zonificación de Suelos se graficará con un achurado a 45° grados sexagesimales en relación con alguna de las líneas principales del perímetro de la edificación, en el caso de existir más de una Zona de Suelos, se graficarán con achurados perpendiculares a los utilizados anteriormente, de tal manera que en planta se diferencien unos de otros.PROBLEMAS ESPECIALES DE LA CIMENTACIÓN.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

El Consultor deberá presentar su informe acerca de los problemas especiales de la cimentación establecidos en la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones; procediendo a su investigación correspondiente y/o descartándolo. Estos son los siguientes:8.1 Suelos Colapsables. El Consultor efectuará el estudio correspondiente para descartar o verificar la existencia de suelos colapsables, cuando estos puedan afectar a la estructura.8.2 Ataque Químico a la Cimentación. El Consultor deberá adjuntar en el estudio el análisis químico de suelos, tales como los porcentajes de sulfatos o cloruros y otros que puedan ser encontrados en las muestras representativas y que ejerzan sobre los materiales y elementos constructivos: Corrosión, disgregación, disolución, erosión, etc., debiendo efectuar las recomendaciones para su protección y/o neutralización. De acuerdo con estos resultados, deberá recomendar el tipo de cemento a utilizar, o el tratamiento especial según sea el caso.En el caso que se evidencie la presencia de napa freática deberá adjuntar en el estudio el análisis químico del agua, tales como los porcentajes de sulfatos o cloruros y otros que puedan ser encontrados en las muestras representativas, de acuerdo a éstos resultados deberá recomendar el tipo de cemento a utilizar, o el tratamiento especial según sea el caso.8.3 Suelos Expansivos. El Consultor efectuará el estudio correspondiente para descartar o verificar la existencia de suelos expansivos, cuando estos puedan afectar a la estructura.8.4 Licuefacción de Suelos. El Consultor efectuará el estudio correspondiente para descartar o verificar la ocurrencia del fenómeno de Licuefacción en los suelos ubicados bajo la napa freática.8.5 Calzaduras. Donde sea aplicable, el informe del EMS, deberá incluir los parámetros de suelos requeridos para el diseño de las obras de calzadura y sostenimiento de las edificaciones, muros perimetrales, pistas y terrenos vecinos, considerando que estos puedan ser desestabilizados como consecuencia directa de las excavaciones que se ejecuten para la construcción de las obras, o como consecuencia de un sismo o sobrecargas durante la ejecución de obras, las que deberán ser consignadas en cálculos respectivos.Para cumplir con lo indicado, El Consultor deberá proveer toda la información referente al perfil de suelos que será involucrado por la obra de calzadura y/o sostenimiento. Dicha información deberá incluir como mínimo: El perfil del suelo mostrando sus diferentes estratos y el nivel freático tal como se detalla en el Numeral 6.0 del presente documento, las características físicas, el peso unitario, el valor de la cohesión y el ángulo de fricción interna de los diferentes estratos que lo componen, según se aplique, debiendo obtenerse conforme se indica la Norma E-050. Estos mismos parámetros deben ser proporcionados por El Consultor para el caso de una eventual saturación del suelo.En caso de ser requerido el bombeo de la napa freática para la construcción de las obras de calzadura y/o sostenimiento, El Consultor deberá proponer los

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

coeficientes de permeabilidad horizontal y vertical del terreno, aplicables al cálculo del caudal de agua a extraer y deberá prevenir cualquier consecuencia negativa que pueda ocasionar a la obra o a las edificaciones existentes, el acto de bombear o abatir la napa freática.CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.

9.1 Referencias. Se procederá a indicar con claridad las alternativas de solución recomendadas, tales como profundidad de cimentación (pueden ser varias por zonas), capacidad admisible de carga con su respectivo asentamiento, (pueden ser varias por zonas y en cada zona con diferentes valores de acuerdo a los tipos y dimensiones geométricas de cimentaciones a utilizar en el proyecto), tipo de cemento a emplear, drenajes, etc.9.2 Figuras. Además del esquema de ubicación del Proyecto, se incluirá el esquema de ubicación de las calicatas, indicando la cota de cada una respecto al Bench Mark (BM) topográfico; referenciadas con medidas que permitan ubicar su posición con respecto a un punto claramente definido en el Proyecto, hito topográfico o edificio existente.9.3 Tablas. Se deberán presentar cuatro tablas, que corresponden a:Resumen de trabajos de campo.Cantidad de ensayos de laboratorio.Resumen de ensayos de laboratorio.Elementos químicos agresivos a la cimentación.9.4 Registro de Exploraciones. Se mostrarán todos los registros de exploraciones realizadas.9.5 Ensayos de Laboratorio. Se mostrarán todos los ensayos de laboratorio y certificados de análisis químicos; en original.OTROS.10.1 Presentación de Fotografías. El número de fotografías a presentar en el informe de suelos debe mostrar la ubicación, metodología y ejecución de los trabajos de campo realizados. Deben mostrar vistas fotográficas de cada uno de los puntos de investigación (Calicatas, Penetración Dinámica, DPL, SPT, etc.), incluyendo detalles del local o terreno en estudio, interiores, exteriores y/o alrededores. Cada fotografía mostrada debe presentar su respectiva ubicación en planta y ángulo de la vista. Debe incluirse una fotografía panorámica del local o terreno en estudio, indicando la ubicación de las exploraciones realizadas.10.2 Plano en Planta de Ubicación del Programa de Exploración y Zonificación. Se adjuntará un plano en Planta de Ubicación del Programa de Exploración y Zonificación.Se debe mostrar la ubicación en Planta (Coordenadas UTM) y Perfil (cota) de cada uno de los puntos de investigación (Calicatas, Penetración Dinámica, DPL, SPT,

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

etc), debiendo estar relacionado y referido al Punto Topográfico de Control Vertical (Bench Mark: BM) y a los Puntos Topográficos de Control Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo). Cada uno de los puntos de investigación realizados, deben ser referenciadas con medidas y/o ángulos que permitan ubicar su posición con respecto a un punto claramente definido en el Proyecto, hito topográfico o edificación existente.Se debe mostrar la Zonificación de Suelos con sus respectivos parámetros (Ejemplo, Zona Tipo I: Profundidades de la Cimentación, Tipos y Dimensiones de la Cimentación, Capacidades Admisibles de Carga, Asentamientos, etc.) La Zonificación de Suelos se graficará con un achurado a 45° grados sexagesimales en relación con alguna de las líneas principales del perímetro de la edificación, en el caso de existir más de una Zona de Suelos, se graficarán con achurados perpendiculares a los utilizados anteriormente, de tal manera que en planta se diferencien unos de otros.El Plano mostrará las curvas de nivel a cada 0.50m. Cuando el terreno tenga una pendiente mayor al 10%, se requerirá las curvas cada 0.25m. Asimismo, deberán indicarse los linderos, propietario, usos del terreno, obras existentes, situación de la infraestructura, datos de la cimentación, disposición de las acequias y drenajes y se deberá mostrar la ubicación prevista para las obras según el Anteproyecto aprobado por La Entidad. En el plano de ubicación se emplearán nomenclaturas indicadas en la Tabla Nro. 2.4.2 de la Norma E-050.10.3 Perfiles Estratigráficos en Corte Longitudinal y Transversal. Se adjuntarán Planos de los Perfiles Estratigráficos, en corte longitudinal y transversal al terreno; referidos al Punto Topográfico de Control Vertical (Bench Mark: BM) y a los Puntos Topográficos de Control Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo), de tal manera que se pueda visualizar y relacionar las exploraciones efectuadas con el levantamiento topográfico y el proyecto arquitectónico.10.4 Presentación de Documentos, Ensayos, Certificados. Todos los documentos, certificados y ensayos; serán firmados por los responsables y avalados por el profesional que ha recibido el encargo del estudio.10.5 Para Casos de Obras Menores. Para el caso de obras menores, tales como cercos perimétricos, casetas, servicios higiénicos de 01 piso, etc.; se deberán de dar las recomendaciones pertinentes, teniendo en cuenta que trasmiten cargas mínimas y probablemente la profundidad de cimentación no sea necesariamente la que corresponde a la infraestructura principal.10.6 Recomendación Referida a Capa de Afirmado o Material Granular. El Contratista deberá recomendar si es necesario colocar capa de afirmado, material granular u otro, indicando los espesores de éstos (mínimo 10 cm.), y los grados de compactación necesarios para recibir las capas de concreto en la ejecución de obras exteriores, como patios, veredas, losas deportivas, pisos, etc. De la misma manera se procederá para las obras interiores, es decir, los pisos interiores. En ambos casos, se señalará el tratamiento de la subrasante.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

10.7 Recomendación Referida al Término de Trabajo e Investigación de Campo. El Contratista deberá, luego de efectuar su trabajo de investigación de campo, ejecutar la clausura de las exploraciones efectuadas, dejando la zona de trabajo, tal como fue encontrada.11. FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.

11.1 Documentos Técnicos Gráficos – Planos: Determinados en el anexo 04.11.2 Documentos Técnicos – Redactados: Determinados en el anexo 04.11.3 Fotografías: Determinados en el anexo 04.ANEXO 04FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOS ANEXO 4FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOSDocumentos Técnicos Gráficos - Planos:Planos Topográficos, del Anteproyecto y del Proyecto de Construcción dibujados a través del software Autocad (Versión 2008 ó actual for Windows), Architectural Desktop (Versión 2008 ó actual for Windows).Planos impresos en Formato DIN – A1(84x59.4cm)Los membretes de los planos conforme al anexo 05.Se deberá contar con láminas separadoras según la especialidad.Documentos Técnicos – Redactados:Presupuestos, Análisis de Costos Unitarios, Fórmula Polinómica y Relación de Materiales y Base de datos completa, con la finalidad de actualizar el presupuesto; formulados a través del software S-10 (Versión 1.0 ó actual for Windows) y exportado al software Microsoft Excel (Versión compatible con Windows 98; XP o Vista).Memorias Descriptivas, Especificaciones Técnicas y textos en general, formulados a través del software Microsoft Word (Versión compatible con Windows 98; XP o Vista).Plantilla de Metrados y Memorias de Cálculo, formulados a través del software Microsoft Excel (Versión compatible con Windows 98; XP o Vista) y/o software Microsoft Word (Versión compatible con Windows 98; XP o Vista). Cronograma de Ejecución de Obra, Cronograma Valorizado de Avance de Obra, y Calendario Mensual de Desembolsos, formulados a través del software Microsoft Project (Versión compatible con Windows 98; XP o Vista).Diagramas de Barras Gantt y Diagrama CPM (Critical Path Method o Método de la Ruta Crítica), formulados a través del software Microsoft Project (Versión compatible con Windows 98).

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Fotografías:Formato Jumbo (10x15cm).Impresión a color de alta resolución. Acabado brillante.Indicación de fecha.Las fotografías serán escaneadas e impresas a color según el Anexo 07. Incluirán leyenda explicativa.Las fotografías serán tomadas de manera tal que permitan visualizar y comprender con claridad, el motivo o finalidad que exponen.Fuentes Tipográficas:

En la redacción de los textos se empleará fuente “Century Gothic”. El tamaño de la letra para los Títulos Generales será de 12 puntos. Para Títulos de 11 puntos. Para los Subtítulos de 10 puntos, y para los Textos de 9.5 puntos.Se empleará espaciado interlineal sencillo y alineación justificada.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO 05MODELO DE MEMBRETE PARA PLANOS

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

PROYECTO: ESCALA:

INSTITUCION EDUCATIVA :

FECHA:

PLANO: LAMINA: 1-DE-1CONSULTOR:PROFESIONAL RESPONSABLE:

UBICACION: LOCALIDAD: SEÑOR DE SICÁN DISTRITO: ILLIMO DIBUJO: TIPO DE OBRA:PROVINCIA: LAMBAYEQUE DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO POR AMPLIACIÓN DE COBERTURA EN LAS II.EE DEL NIVEL INICIAL N° 11252 – LA UNIÓN, N° 371 – FANNY ABANTO, N° 11579 – MIRADOR, N° 323 –

CASHIRCA, DISTRITOS DE POMALCA, CHICLAYO, CHONGOYAPE Y SALAS, DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE

PS-1COLEGIATURA:

GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA, CONSTRUCCION,

VIVIENDA Y SANEAMIENTOGOBIERNO REGIONAL DE

LAMBAYEQUE

I.E.I. N° 11136 - SEÑOR DE SICAN - SAPAME I.E.I. N° 11136 - SEÑOR DE SICAN - SAPAME

DIRECCION DE ESTUDIOS Y ASISTENCIA TECNICA

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO 06FORMATO DE ACTA DE INICIO DE

CONSULTORÍA

ACTA DE INICIO DE SERVICIO DE CONSULTORÍA

Mediante el presente documento se deja constancia del inicio del servicio de la consultoría:

Elaboración de los Expedientes Técnicos Detallados de los Proyectos de Inversión Pública

“INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE”(CÓDIGO SNIP N° 282365) Y

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

“INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE”(CÓDIGO SNIP N° 278635).

Adjudicado mediante proceso de selección: ………………………………………………………

Contrato: ……………………………………………………………………………………………….

Consultor: ……………………………………………………………………………………………….

Fecha de contrato: ……………………… Fecha de inicio del servicio: ………………………….

Plazo de ejecución del servicio: …………………………………………………………………….

Documentos alcanzados al consultor: …………………………………………………………….

……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

Observaciones: …………………………….………………………………………………………….

……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………

Firman en señal de conformidad, en la ciudad de ……………….., el día……………de……… .

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO 07 MODELO DE CUADROS Y FORMATOS

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FICHA Nro. 01

CONSULTORIA (PIP) :

CONSULTOR :

JEFE DE PROYECTO :

COORDINADOR - ESTUDIO :

FECHA DE ELABORACIÓN :

País :

Departamento :

Presición: Provincia :Distrito :Localidad :

ELEVACIÓN/ COTA

Latitud: Altitud:WGS - 84 (Check) Cota Relativa (m)

00°00'00'' S PSAD - 56 (Check) 0,000.00

Norte: Cota Absoluta (m.s.n.m.m)

00°00'00'' S 0,000.00

Descripción:(Describir lo que se aprecia en la fotografía)

Notas:(1) El croquis debe contar con la gráfica de orientación magética . Debe indicar, asimismo, la escala.(2) La vista fotográfica corresponde al Punto Topográfico o BM.

(4) Metros sobre nivel medio del mar (m.s.n.m.m.)/ Metros (m)

FICHA DE CONTROL HORIZONTAL Y VERTICAL DE PUNTOS TOPOGRÁFICOS

NOMBRE DE LA ESTACION O BENCH MARK

Fecha:

UBICACIÓN - UBIGEO

(Indicar la Estacion Topográfica o el BM)

1/00,000.00 ó 00 mm 12-ago-14

Elipsoide:

Zona U.T.M

00 (S ó L)

COORDENADAS U.T.M.

COORDENADAS GEOGRÁFICAS

CROQUIS DE UBICACIÓN DE LA ESTACIÓN O BENCH MARK VISTA FOTOGRÁFICA

Longitud:

00°00'00'' W

Este:

00°00'00'' W

DESCRIPCIÓN DEL PUNTO TOPOGRÁFICO

PROFESIONAL RESPONSABLE: REVISADO POR:

(3) La ubicación del punto topográfico o BM, debe, en el croquis, estar referido a dos (02) puntos fijos identificables (muros, postes, esquinas, veredas, etc). Indicar sus distancias o ángulos (Dist. Ref 1 - Dist.Ref - Ang. Ref 1 - Ang. Ref 2, Ang. Ref 2 - Ang. Ref 2), etc.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FICHA Nro. 02

CONSULTORIA (PIP) :CONSULTOR :JEFE DE PROYECTO :COORDINADOR - ESTUDIO :FECHA DE ELABORACIÓN :PROFESIONAL EVALUADOR :

II. UBICACIÓN - UBIGEODependencia :Jefe de la Dependencia :Teléfono / Fax :Correo Electrónico :Domilicio Dependencia :

:

a) Población Local : 0,000 Habitantes a) Superficia de la Localidad : 00,000.00 Km2b) Población Distrital : 00,000 Habitantes b) Superficie del Distrito : 000,000.00 Km2c) Población Provincial : 000,000 Habitantes c) Superficie de la Provincia : 0'000,000.00 Km2

Zona Urbana (Ciudades) Costa (Región Costera hasta los 1,000.m.s.n.m)Zona Urbano Marginal (AA.HH., PP.JJ.) Litoral (Región a orillas del mar)Zona Rural - Urbana (Pueblos) Desierto (Tablazo)Zona Rural (Caseríos, Anexos) Sierra (Región Andina)Zona Eriaza (Área de expansión) Puna (Región Andina sobre los 4,000 m.s.n.m)

Selva Baja (Llanura Amazónica )Selva Alta (Ceja de Selva)

Aéreo (Avión) Lacustre (Vía lago) Asfaltada Adoquinada

Aéreo (Helicóptero) Ferroviario (Tren) Pavimentada Otro (Indicar)

Aéreo (Avioneta) Otro (Indicar) Afirmada

Terrestre (Vehículos)

Terrestre (Acémila) Autopista AdoquinadaCamino de HerraduraTerrestre (Peatonal) Carretera Otro (Indicar)Trocha PeatonalMarítimo (Vía Mar) Vía RuralPluvial (Vía río) Vía Carrozable

X. a) Kilometraje X. b) Tiempo Empleado

A la Capital Distrital : 0.00 A la Capital Distrital : 00 HorasA la Capital Provincial : 00.00 A la Capital Provincial : 00 HorasA la Capital Departamental : 000.00 A la Capital Departamental : 00 HorasA la Capital de la República : 0,000.00 A la Capital de la República : 00 Horas

X. c) Medio de transporte usadi para el viaje (Indicar según corresponda)

Aéreo (Avión) Terrestre (Vehículos) Marítimo (Vía Mar) Ferroviario (Tren)

Aéreo (Helicóptero) Terrestre (Acémila) Pluvial (Vía río) Otro (Indicar)

Aéreo (Avioneta) Terrestre (Peatonal) Lacustre (Vía lago)

KilómetrosKilómetrosKilómetros

V. CONTEXTO URBANO (Marcar según corresponda) VI. CONTEXTO GEOGRÁFICO (Marcar según corresponda)

PaísRegión PolíticaDepartamentoProvinciaDistritoLocalidad

:::::

VII. TRANSPORTE (Marcar según corresponda) VIII. CATEGORÍA DE VÍAS (Marcar según corresponda)

X. DISTANCIAS Y TIEMPO DE VIAJE (Desde el Terreno o Local)

IX. TIPOLOGÍA DE VÍAS (Marcar según corresponda)

Kilómetros

III. ÍNDICES POBLACIONALES IV. ÍNDICES TERRITORIALES

FICHA TÉCNICA DE INFORMACIÓN BÁSICA

I. DATOS GENERALES

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CONSULTORIA (PIP) :CONSULTOR :JEFE DE PROYECTO :COORDINADOR - ESTUDIO :FECHA DE ELABORACIÓN :PROFESIONAL EVALUADOR :

Red Pública de Agua Potable A. Suministro EléctricoRed Pública de Alcantarillado y Desague Central Hidroeléctrico o TermoeléctricoRed Pública de Energía Eléctrica (Alumbrad0) Grupo ElectrógenoRed Pública de Telefonía B. Sumininstro de AguaPistas (Afoirmadas, adoquinados o pavimentadas) Planta Potabilizadora de AguaVeredas (Concreto o adoquín ) Pozo tubular (Captación Subterránea)Mobiliario Urbano (Bancas, Papeleras, rampas, etc.) Fuente Natural (Río, lagos, lagunas, manantiales, etc)

A. Agua Potable: B. Adatos del Servicio de Agua Potable Conencional:

Conexión a la Red Pública (Con medidor) Calle donde se ubica la Red Pública :

Conexión a la Red Pública (Sin medidor) Número de Medidor de servicio :

Pozo (Captación del subsuelo) Diámetro de la Tubería de Acomedida : 0" Diámetro

Lluvia (Captación libre) Horas de prestación de servicios : 00 Horas

Camión cisterna (Compra de agua) Consecionario del Servicio :

Otro (Indicar) Funcionamiento der servicio : Inoperativo/Operativo

C. Desague: D. Datos del Servcicio de Desague Convencional:Conexión a la Red Pública Calle donde se ubica la Red Pública :Pozo de Percolación (Descarga al subsuelo) Diámetro de la Tubería de Acomedida : 0" DiámetroLaguna de Oxidación Consecionario del Servicio :Otro (Indicar) Funcionamiento der servicio : Inoperativo/Operativo

FICHA Nro. 03

I. EXISTENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS II. FUENTE DE ABASTECIMIENTO - SERVICIOS PÚBLICOS

III.TIPO DE CONEXIÓN DOMICILIARIA DE SERVICIOS BÁSICOS (Marcar según corresponda)

FICHA TÉCNICA DE INFORMACIÓN BÁSICA

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FICHA Nro. 04

CONSULTORIA (PIP) :CONSULTOR :JEFE DE PROYECTO :COORDINADOR - ESTUDIO :FECHA DE ELABORACIÓN :PROFESIONAL EVALUADOR :

Domicilio : A. Datos de la Posesión: B. Datos de la OcupaciónBarrio : Propio PropioOcupadoLocalidad : Alquilado AlquiladoDesocupadoDistrito : Cedido en Uso Cedido en UsoOcupación Parcial

Provincia : Prestado PrestadoOtro (Indicar)

Departamento :

Región : Terreno Baldío PropioTerrebo Habilitado

País : Terreno Cercado AlquiladoTerreno Edificado

A. Datos de la Modlidad de Adquición B. Información de la Adquisición:Compra Venta Por Prescripción de Dominio a) Vendedor :Donación Incondicional Transferencia b) Donante :Donación Condicional Adjudicación c) Adjudicador :

Fecha del Acto: d) Transferidor :Lugar del Acto: Observaciones:

Observaciones:

A. Datos de la Modlidad de Adquición: B. Datos de la Documentación de Propiedad:

Ficha Registral (RR.PP.) Nro.: Titular - Propietario

Minuta Nro.:

Escritura Pública Nro.: Entidad Emisora :

Decreto Supremo Nro.: Fecha de Emisión :

Decreto Regional Nro.: Lugar de Emisión :

Resolución de Alcardía Nro.: Observaciones:

Resolución Ministerial Nro.:

Resolución Directoral Nro.:

Resolución Jefatural Nro.:

Acta de Acuerdo Nro.:

Otro (Indicar) Nro.:

I. LOCALIZACIÓN - UBIGEO II. POSESIÓN Y OCUPACIÓN DEL INMUEBLE:

III. SITUACIÓN FÍSICA DEL INMUEBLE:

IV. MODALIDAD DE ADQUISICIÓN DEL INMUEBLE

V. DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE (Marcar según corresponda)

FICHA TÉCNICA DE INFORMACIÓN DEL TERRENO O LOCAL

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FICHA Nro. 04

CONSULTORIA (PIP) :CONSULTOR :JEFE DE PROYECTO :COORDINADOR - ESTUDIO :FECHA DE ELABORACIÓN :PROFESIONAL EVALUADOR :

A. Según los Documentos de Propiedad: B. Según el Levantamiento Topográfico:

FICHA TÉCNICA DE INFORMACIÓN DEL TERRENO O LOCAL

VIII. CROQUIS PERIMÉTRICO DEL TERRENO:

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA ELABORACIÓN DE LOS EXPEDIENTES TÉCNICOS:

PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA / SNIP N° 282365 Y SNIP N° 278635

“INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL

ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE”

Y

“INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO

DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE”

…………… - 2014

PRIMER INFORMEVOLUMEN – I

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

(NOMBRE DEL PROYECTO)

“INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE

LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE”

Y

“INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE PATAPO,

PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE”

TOMO I: RESUMEN EJECUTIVO CONTENIDO

(PARA CADA EXPEDIENTE)

Índicea). Nombre del proyecto, indicando el Código SNIP.

b). Antecedentes.

c). Ubicación del Proyecto.

d). Objetivo del Proyecto.

e). Descripción del área en estudio (para cada colegio)Se incluirá:

Accesos - ubicación. Área y perímetro del terreno. Límites y medidas perimétricas. Área construida existente.

f ). Diagnóstico de la Situación Actual (para cada colegio)

Se incluirá: Diagnóstico de la situación actual (edif. Existente) por cada

especialidad. Levantamiento topográfico. Estudio de mecánica de suelos. Evaluación de factibilidad y levantamiento de servicios básicos.

g). Metas del Proyecto (Metas físicas en ambientes y áreas por I.E.I.).

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

h). Descripción técnica del proyecto. (Para cada colegio)

i ). Valor referencial en ejecución de la obra.

PROYECTO: “XXXXX”DESCRIPCIÓN I.E.I. 01 I.E.I. 02 I.E.I. 03

- Costos por especialidades.

Costo Directo.- Gastos Generales.

- Utilidad.Sub Total.- I.G.V. (18%)Total Presupuesto.- Supervisión.- Expediente Técnico

COSTO TOTAL DE FINANCIAMIENTO

j). Fuente de financiamiento.

k). Modalidad de ejecución.

l ). Plazo de ejecución de obra.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

(NOMBRE DEL PROYECTO)

“INSTALACION DE LOS SERVICOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS II.EE N° 412, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ Y N° 11265, DISTRITO DE PATAPO, PROVINCIA DE

CHICLAYO, REGION LAMBAYEQUE”

Y

“INSTALACION DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INICIAL ESCOLARIZADA EN LAS IIEE N° 408 SAN MARTIN, DISTRITO DE OYOTÚN Y N° 409 -PAMPA LA VICTORIA DISTRITO DE

PATAPO, PROVINCIA DE CHICLAYO, REGIÓN LAMBAYEQUE”

TOMO II: EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO

CONTENIDO

(PARA CADA I.E.I)

Índice General

I). Resumen Ejecutivo del Proyecto.

II). Memorias Descriptivas por Especialidad.

III). Especificaciones Técnicas.

IV). Planilla de Metrados.

V). Cuadro Comparativo de Metas Físicas y Financieras.

VI). Presupuesto Referencial de Obra.

VII). Presupuesto Analítico por Especialidad.

VIII). Fórmulas Polinómicas.

IX). Relación de Insumos y Recursos.

X). Relación de Equipo Mínimo de Construcción.

XI). Análisis de Costos Unitarios.

XII). Desagregado de Gastos de Obra.

XII-A). Desagregado de Gastos Generales.

XII-B). Desagregado de Gastos de Supervisión.

XIII). Cálculo de Flete Terrestre o Rural.

XIV). Cronograma de Obra.

XIV-A). Cronograma de Ejecución de Obra.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

XIV-B). Cronograma Valorizado de Obra y curva “S”.

XIV-C). Cronograma de Desembolsos.

XV). Memorias de Cálculo.

XV-A). Estructuras.

XV-B). Instalaciones Sanitarias.

XV-C). Instalaciones Eléctricas.

XVI). Estudios Básicos.

XVI-A). Levantamiento Topográfico.

XVI-B). Estudios de Mecánica de Suelos.

XVI-C). Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos.

XVI-D). Informe de Vulnerabilidad del Terreno.

XVI-E). Estudio de Impacto Ambiental.

XVI-F). Plan de Capacitación y Sensibilización.

XVI-G). Plan de Monitoreo Arqueológico (CIRA).

XVI-H). Otros.

XVII). Anexos

XVII-A). Conformidad al proyecto por parte del Municipio Local.

XVII-B). Aprobación del proyecto por parte de las empresas prestadoras del servicio y/o

concesionaria.

XVII-C). Cotizaciones.

XVII-D). Otros.

XVIII). Planos (ver inciso V)

XVIII-A). Topográficos.

XVIII-B). Arquitectura

Los planos de arquitectura incluirán:

XVIII-C). Estructuras.

XVIII-D). Instalaciones Sanitarias

Los planos de Instalaciones Sanitarias incluyen

XVIII-E). Instalaciones Eléctricas

XVIII-F). Seguridad y Señalización.

XVIII-G). Otros.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluación:

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN10

A. EXPERIENCIA DEL POSTORA.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD

10 De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

Criterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso (Elaboración de Expediente Técnicos en General), durante un periodo de NO MAYOR A QUINCE (15) AÑOS a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a UNA FACTURACIÓN NO MAYOR A TRES (3) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN.

Referida experiencia podrá ser acreditada tanto en Entidades Públicas y Privadas.Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe

M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría correspondientes a la actividad objeto del proceso

M >= 3 veces el valor referencial:

20 puntos

M >= 2 veces el valor referencial y < 3 veces el valor referencial:

10 puntos

M >= 1 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial:

05 puntos11

11 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad.

IMPORTANTE:Cuando el objeto del proceso sea la elaboración de expedientes técnicos deberá acreditarse la experiencia en la actividad con copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago referidos a servicios prestados en la elaboración de expedientes técnicos, sin considerar el tipo de especialidad prevista en el artículo 268 del Reglamento.Cuando el objeto del proceso sea la supervisión de obras deberá acreditarse la experiencia en la actividad con contratos o comprobantes de pago referidos a la supervisión de obras sin distinguir el tipo de especialidad prevista en el artículo 268 del Reglamento.

A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDADCriterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un periodo NO MAYOR A DIEZ (10) AÑOS a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a UNA FACTURACIÓN NO MAYOR A DOS VECES (2) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN.

SE CONSIDERARÁ SERVICIO SIMILAR A LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS DE MEJORAMIENTO Y/O CONSTRUCCION Y/O RECONSTRUCCION DE INFRAESTRUTURAS DE CENTROS EDUCATIVOS, CENTRSO CIVICOS, PALACIOS MUNICIPALES, BIBLIOTECAS, CENTROS DE SALUD, MERCADO DE ABASTOS Y/O EDIFICACIONES EN GENERAL.

Referida experiencia podrá ser acreditada tanto en Entidades Públicas y Privadas.

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS, correspondientes a un máximo de diez (10) servicios iguales o similares al objeto del proceso.

M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría iguales o similares al objeto de la convocatoria

M >= 2 veces el valor referencial:

10 puntos

M >= 1 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial:

05 puntos

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

B. CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Nivel 1: Maestría y/o Diplomado

10 Puntos

Nivel 2: Curso 05 Puntos

B.1. FORMACION ACADEMICA

1.- Jefe de Proyecto (Ing. Civil y/o Arquitecto)

Criterio : Se evaluará en función del nivel de formación académica del personal propuesto como Jefe de Proyecto en la Formulación y Elaboración de Proyectos de Inversión Pública (SNIP); Normatividad en proyectos de Inversión Pública o Elaboración de Expedientes Técnicos; los mismos que deberán estar culminados, considerándose los siguientes niveles:

NIVEL 1: Maestría y/o Diplomado. NIVEL 2 : Curso

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

AcreditaciónSe acreditarán con copia simple de Título y/o Diplomas; Constancias; Certificados.

2.- Arquitecto:

CriterioSe evaluará en función del nivel de formación académica de uno de los profesionales propuestos como Arquitecto en la Formulación y Elaboración de Proyectos de Inversión Pública (SNIP); Normatividad en proyectos de Inversión Pública o Elaboración de Expedientes Técnicos; los mismos que deberán estar culminados, considerándose los siguientes niveles:

NIVEL 1 : Maestría y/o DiplomadoNIVEL 2 : Curso

AcreditaciónSe acreditarán con copia simple de Título y/o Diplomas; Constancias; Certificados.

3.- Ing. Estructural:

CriterioSe evaluará en función del nivel de formación académica de uno de los profesionales propuestos como Ing. Estructural; en Diseño Estructural o programas de cálculo Estructural; los mismos que deberán estar culminados, considerándose los siguientes niveles:

NIVEL 1 : Maestría y/o Diplomado NIVEL 2 : Curso

AcreditaciónSe acreditarán con copia simple de Título y/o Diplomas; Constancias; Certificados.

4.- Ingeniero o Arquitecto Especialista en Costos y Presupuestos:

CriterioSe evaluará en función del nivel de formación académica del personal propuesto como Ing. de Presupuestos; en Metrados, Costos y Presupuestos y/o Programas de Presupuestos y/o Programas de Obra y/o Elaboración de Expedientes Técnicos; considerándose los siguientes niveles:

NIVEL 1 : Maestría y/o DiplomadoNIVEL 2 : Curso

AcreditaciónSe acreditarán con copia simple de Título y/o Diplomas; Constancias; Certificados.

Nivel 1: Maestría y/o Diplomado.

05 Puntos

Nivel 2: Cursos 03 Puntos

Nivel 1: Maestría y/o Diplomado.

05 Puntos

Nivel 2: Cursos 03 Puntos

Nivel 1: Maestría y/o Diplomado.

05 Puntos

Nivel 2: Cursos 03 Puntos

5.- Profesional especialista en impacto ambiental:CriterioSe evaluará en función del nivel de formación académica

Nivel 1: Maestría y/o Diplomado.

05 PuntosNivel 2: Cursos

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

del personal propuesto como especialista en impacto ambiental; considerándose los siguientes niveles:

NIVEL 1: Maestría y/o Diplomado.

NIVEL 2: Cursos

AcreditaciónSe acreditarán con copia simple de Diplomas; Constancias; Certificados.

03 Puntos

C MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS12 20 puntos

Mejora : 20 puntos

1.- Criterio:

Identifica las facilidades y dificultades en el desarrollo del servicio y propone medidas de solución, se refiere a las identificaciones de facilidades y dificultades en el desarrollo del servicio.

Acreditación:

Se acreditará mediante la presentación de un documento simple en el cual se consigne las mencionadas facilidades y dificultades en el desarrollo del servicio y las medidas de solución.

D OTROS FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA13

05 Puntos

Criterio:

Descripción de la Metodología y Plan de trabajo para ejecutar el servicio:

Presentación de una metodología de trabajo que incluya los procedimientos a emplear, sistemas de aseguramiento de calidad y de seguridad y organización y recursos del personal del postor. Acreditación:

Se acreditará mediante la presentación de un documento simple en el cual se consigne la mencionada metodología.

Criterio:

Programación de la Presentación del Servicio:

Presentación de una programación secuencial de todas las actividades

Acreditación:

Se acreditará mediante la presentación de un documento simple

05 Puntos

12 Las Bases podrán establecer aquellos aspectos que serán considerados como mejoras, debiéndose precisar a qué tipo de mejoras se le otorgará puntaje.

13 Podrá evaluarse factores, tales como: equipamiento, infraestructura, siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

en el cual se consigne la mencionada programación.

FACTORES DE EVALUACIÓN - OPCIONALES PUNTAJE/METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

D. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación14:

PCP= PF x CBC NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.PF = Puntaje máximo al postor.NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.CBC = Número de constancias de prestación válidas.

10 puntos15

Criterio:Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios de consultoría de obra presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.

Acreditación:Mediante la presentación de un máximo de diez (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:

1. La identificación del contrato indicando como mínimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al

que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.

PUNTAJE TOTAL 100 puntos16

IMPORTANTE : Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los

requerimientos técnicos mínimos. Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje

técnico mínimo de ochenta (80) puntos.

CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría de obra 14 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe

15 De consignarse en las Bases el factor cumplimiento del servicio, el puntaje que se asigne al mismo debe tener en consideración los márgenes de puntaje señalados por el artículo 46 del Reglamento, el mismo que precisa que el puntaje correspondiente a la experiencia debe incluir el que corresponda a los factores experiencia en la actividad y en la especialidad, así como el que corresponda al factor cumplimiento del servicio.

16 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

[CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMB para la contratación del servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Términos de Referencia.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.17

Este monto comprende el costo del servicio de consultoría, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO18

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR SI SE TRATA DE ÚNICO PAGO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo establecido en la liquidación del contrato.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos ejecutados, a fin que LA ENTIDAD cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓNEl plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se

17 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 9) en su propuesta técnica.

18 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ÚLTIMO CASO].

IMPORTANTE:

De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo siguiente:

“El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA] es de [……...…] días calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora19 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato20: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NÚMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

IMPORTANTE:

Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar la siguiente cláusula:

“CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO21

19 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

20 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

21 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.

EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos22

mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.

LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA.

En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.”

CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIOLa conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].

De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de 1 año.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

22 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde:

F = 0.25

Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

IMPORTANTE:

De preverse en los Términos de Referencia penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: DEL PLANTEL TECNICO MINIMO

El contratista a efectos de la ejecución del presente contrato de consultoría de obra, ha designado a los profesionales siguientes, los mismos que fueron propuestos en la etapa de proceso de selección.

PLANTEL TÉCNICO MÍNIMO PROPUESTO PARA LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICONº NOMBRES Y APELLIDOS PROFESION REGISTRO DE

COLEGIATURACARGO EN EL

PROYECTO12345678910

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado..

CLAUSULA DÉCIMO OCTAVA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA DE OBRALa liquidación del contrato de consultoría de obra se sujetará a lo establecido en el artículo 179 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLAUSULA DÉCIMO NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 23 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177, 179 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLÁUSULA DÉCIMO VIGESIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

23 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FORMATOS Y ANEXOS

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

FORMATO N° 124

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública N° 021-2014-GR.LAMB, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.25

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

24 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

25 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de consultoría de obra: [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMB, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

115

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 6EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

N° CONTRATO / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA26 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA27MONTO FACTURADO

ACUMULADO28

123456789

10TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

26 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

27 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

28 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

114

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 7EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

N° CONTRATO / COMPROBANTE DE

PAGO FECHA29 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA30MONTO FACTURADO

ACUMULADO31

123456789

10TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

29 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

30 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

31 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUEADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 21-2014-GR.LAMB

ANEXO Nº 8

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 021-2014-GR.LAMBPresente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTO COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.

Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.