Articulo 085

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1Resolucin mediante la cual se establece la normativa y procedimiento parael funcionamiento del Consejo EducativoMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACINRepblica Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educacin Despacho de la MinistraDM/N 058Caracas, 16 de octubre de 2012202 y 153De conformidad con lo establecido en el artculo 102 de la Constitucin de laRepblica Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones conferidas en el artculo 77 numeral 19 del Decreto N 6.217 con Rango, Valor y Fuerza deLey Orgnica de la Administracin Pblica, en el artculo 16 numeral 1 delDecreto N 6.732 sobre Organizacin y Funcionamiento de la AdministracinPblica Nacional; concatenado con lo dispuesto en el artculo 16 de la LeyOrgnica de Procedimientos Administrativos, artculo 5 numeral 2 de la Ley del Estatuto de la Funcin Pblica; en concordancia con los artculos 4, 5, 6 numeral 2 literales a y "g", numeral 3 literal "e" y numeral 4 literales a y"b", artculos 20 y 21 de la Ley Orgnica de Educacin,PROPSITOCon el supremo compromiso sustentado en valores ticos, morales, humansticos, y culturales, la presente Resolucin tiene como propsito democratizar la gestin escolar, con base en el modelo sociopoltico de la democracia participativa y protagnica establecida en nuestra Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (1999).Ello significa que los actores claves y otros corresponsales del proceso educacional participan activamente en los asuntos de inters de determinada comunidad educativa, mediante la organizacin de colectivos de estudiantes, docentes, padres, madres y representantes, directivos, quienes tendrn su2 vocera en el Consejo Educativo participando directamente en la gestin escolar y, por ende, en la toma de decisiones; as como establecer los necesarios vasos comunicantes entre la escuela o el liceo y la localidad donde ella se encuentra inserta, propiciando de esta manera una formacin para el ejercicio pleno de la nueva ciudadana.Tambin, con la creacin del Consejo Educativo se pretende desarrollar soluciones a los problemas que se presenten en cada institucin educativa, yendo incluso ms all de los muros del recinto escolar.Esta propuesta es el resultado de un proceso de sistematizacin de lo presentado y discutido en las mesas de trabajo realizadas a nivel municipal, regional y nacional.CONSIDERANDOa) Los cambios polticos, socioeconmicos, culturales, ambientales, ecolgicos y educativos que hoy se viven en Venezuela, ameritan un instrumento legal de las comunidades educativas que regule su organizacin y funcionamiento acordes con estas nuevas realidades.b) La soberana reside intransferiblemente en el Pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en la Constitucin de la RepblicaBolivariana de Venezuela (CRBV, Art 5)c) Todas las ciudadanas y ciudadanos tienen derecho a participar libremente en los asuntos pblicos y el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida poltica y comunitaria del pas. (CRBV,Art. 6, 51, 62, 72 y 132d) Son medios de participacin y protagonismo del pueblo en ejercicio de la soberana, la eleccin de cargos pblicos, la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones sern de carcter vinculante. (CRBV, Art. 70)e) La democracia protagnica revolucionaria se basa en la defensa, conservacin y desarrollo de la vida humana y en la corresponsabilidad solidaria por la vida del otro y la otra en comunidad3f) Los ambientes escolares son espacios abiertos los 365 das del ao, para la enseanza y el aprendizaje, la prctica democrtica y la transformacin de la estructura institucional necesaria para el desarrollo del poder popularg) La estrategia de Punto y Crculo focaliza el esfuerzo educativo social y territorial y genera espacios de encuentro, articulacin y sinergia con las instituciones y colectivos organizados que se hallan en un determinado radio de accin, lo que permite sentar las bases de unas nuevas relaciones de produccin orientadas al desarrollo pleno del ser humano y su incorporacin al trabajo productivo, cooperativo y liberador. Ley Orgnica de Educacin(LOE), Art. 6.h) La corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad aseguran los derechos de nios, nias y adolescentes como sujetos de derecho, Ley(Orgnica para la Proteccin de Nios, Nias y Adolescentes, (LOPNA), Art. 4.i) Las familias, las organizaciones comunitarias del poder popular, la gestin escolar, la comunidad educativa, la organizacin del estudiantado y las empresas pblicas y privadas son corresponsables de la educacin. (LOE,Captulo 2)j) Las familias, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el proceso de educacin ciudadana y el desarrollo integral de nios, nias y adolescentes, jvenes, adultos y adultas, de su formacin, participacin, cooperacin, protagonismo y solidaridad para lo cual contribuye en su organizacin. (LOE, Art 17)k) El Estado, a travs del rgano con competencia en el subsistema de educacin bsica, ejerce la orientacin, la direccin estratgica y la supervisin del proceso educativo y estimula la participacin comunitaria, incorporando tanto los colectivos internos de la escuela, como a diversos sujetos sociales comunitarios, participantes activos de la gestin escolar en las instituciones educativas, en lo atinente a la formacin, ejecucin y control de gestin escolar bajo el principio de corresponsabilidad (LOE, Art 19).4I) Los consejos comunales son instancias de participacin, articulacin e integracin entre las ciudadanas y ciudadanos de las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestin directa de las polticas pblicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construccin del nuevo modelo de sociedad socialista, de igualdad, equidad y justicia social(Ley Orgnica de los Consejos Comunales, Art 2).m) La existencia efectiva de formas y mecanismos de participacin directa de los ciudadanos y ciudadanas en la formulacin, ejecucin y control de los planes, programas y proyectos vinculados a los aspectos territoriales, polticos, econmicos, sociales, culturales, ecolgicos, de seguridad y defensa. (Ley Orgnica de las Comunas, Art 7, numeral 5)RESUELVEEstablecer la normativa y procedimiento para el funcionamiento delConsejo Educativo.CAPITULOIDisposiciones FundamentalesEl Consejo Educativo se regir por la presente Resolucin, la cual desarrolla las normas y los procedimientos a ser cumplidos por sus integrantesEl Estado garantiza a travs del Ministerio del Poder Popular para laEducacin, como rgano rector con competencia en el subsistema de educacin bsica, la formacin integral y permanente de las y los estudiantes, padres, madres, representantes, responsables, docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras y obreros de las instituciones educativas, as como el desarrollo del potencial creativo de todas y todos los actores claves del proceso educacional, a efecto de garantizar la ejecucin de todas las acciones reglamentadas y vinculadas con la gestin escolar.5Objeto de la NormaArtculo 1.La presente norma tiene como objeto regular y desarrollar los principios, valores y procesos que garanticen una gestin escolar articulada, coordinada e integrada del Consejo Educativo en las instituciones educativas del subsistema de educacin bsica, de acuerdo a lo establecido en los principios y preceptos constitucionales de la Repblica Bolivariana de Venezuela.Adems, regula la planificacin, ejecucin, seguimiento, control, supervisin y evaluacin de los diversos planes, programas, proyectos, actividades y servicios en el marco del Estado Docente y la Poltica Pblica del Estado venezolano, sustentados en el humanismo social y en la doctrina bolivariana.Principios y ValoresArtculo 2.Los principios que rigen el Consejo Educativo son la democracia participativa y protagnica, la responsabilidad y corresponsabilidad, la justicia e igualdad social, la formacin para la independencia, la libertad y emancipacin, la cultura para la paz, el desarrollo de la conciencia social, el respeto a los derechos humanos, la equidad e inclusin, la sustentabilidad, la igualdad de gnero, la identidad nacional, la lealtad a la Patria, la defensa de la integridad territorial, la soberana nacional e integracin latinoamericana y caribea, el respeto a la autodeterminacin de los pueblos y la suprema felicidad social para el vivir bien.Se consideran como valores fundamentales el respeto a la vida, el amor, la fraternidad, la convivencia, la cooperacin, el compromiso", la honestidad, la lealtad, la tolerancia, el carcter humanista social, la valoracin del bien comn, la valoracin social y tica del trabajo, el respeto a la diversidad de los diferentes grupos humanos, reconociendo la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas6De la Definicin del Consejo EducativoArtculo 3.El Consejo Educativo es la instancia ejecutiva, de carcter social, democrtico, responsable y corresponsable de la gestin de las polticas pblicas educativas en articulacin inter e intrainstitucional y con otras organizaciones sociales en las instituciones educativas. Ella es concebida como el conjunto de colectivos sociales vinculados con los centros educativos en el marco constitucional y en las competencias del Estado Docente. Sus integrantes actuarn en el proceso educativo de acuerdo con lo establecido en las leyes que rigen el Sistema Educativo Venezolano, fundamentada en la doctrina de nuestro Libertador Simn Bolvar.De la Conformacin del Consejo EducativoArtculo 4.El Consejo Educativo est conformado por padres, madres, representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreros y obreras de las instituciones educativas, desde la educacin inicial hasta la educacin media general y media tcnica y todas las modalidades del subsistema de educacin bsica. Tambin podrn formar parte de la comunidad educativa las personas naturales y jurdicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones educativasDe los Objetivos del Consejo EducativoArtculo 5.1) Garantizar el desarrollo y defensa de una educacin integral y permanente, de calidad para todas y todos, democrtica, gratuita, obligatoria, liberadora, transformadora, emancipadora como derecho humano y deber social fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminacin, sin distingo de edad, gnero, con respeto a sus7 potencialidades, a la diversidad tnica, lingstica y cultural, atendiendo a las caractersticas locales, regionales y nacionales.2) Impulsar la formacin integral de las ciudadanas y los ciudadanos, fortaleciendo sus valores ticos, humanistas sociales, garantizando la convivencia comunal, sus deberes y derechos colectivos.3) Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y salud integral, intercultural, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberana y defensa integral de la Nacin y las tecnologas de la Informacin libre, a partir de la conformacin de colectivos de aprendizaje.4) Garantizar la organizacin del Consejo Educativo y su funcionamiento en los niveles y modalidades del subsistema de educacin bsica.5) Propiciar espacios de participacin protagnica y corresponsable para la organizacin, planificacin, ejecucin, control, seguimiento y evaluacin del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepcin de la escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la comunidad como centro del quehacer educativoDe la Duracin y Registro del Consejo EducativoArtculo 6.La duracin en el cumplimiento de las funciones de los rganos constitutivosdel Consejo Educativo es de un (01) ao contado a partir del momento de laeleccin y sus miembros podrn ser reelegidas y reelegidos, pudiendo serrevocadas y revocados al cumplir la mitad de su perodo (CRBV, Art.72).El Registro del Consejo Educativo se realiza despus de la eleccin yconformacin de cada uno de los Comit que la constituyen, a travs de unaTaquilla nica que se instale en la Zona Educativa, Municipio o DistritosEscolares correspondientes y en la Direccin de Comunidades Educativas delNivel Central en el Ministerio del Poder Popular para la Educacin, en untiempo no mayor de cuarenta y cinco (45) das continuos.8De la Conformacin y Organizacin del Consejo EducativoArtculo 7.Son rganos constitutivos del Consejo Educativo los Comit de Madres,Padres, Representantes y Responsables; Acadmico; Seguridad y DefensaIntegral; Comunicacin e Informacin; Ambiente, Salud Integral yAlimentacin; Educacin Fsica y Deportes; Cultura; Infraestructura y HbitatEscolar; Estudiantes; Contralora Social y, de otros que se considerenpertinentes, siempre y cuando su conformacin sea impar. As como, ladirectiva de la institucin educativa, la cual tiene un solo voto en el procesode decisin que defina esta instancia, desde la educacin inicial hasta laeducacin media y todas las modalidades en el Subsistema de EducacinBsica. Asimismo, pueden formar parte de esta instancia las personasnaturales y jurdicas, voceros y voceras de las diferentes organizacionescomunitarias vinculadas con las instituciones educativas (Art. 20 de la LOE2009).Son funciones del Consejo Educativo las siguientes:1. Participar en el diseo de estrategias que contribuyan con el desarrollosocioproductivo a partir del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC)en correspondencia con los Proyectos de Aprendizaje (PA)2. Articular, integrar y coordinar de manera intra e interinstitucionalmecanismos orientados al fortalecimiento de la gestin escolar, garantizandopermanentemente la organizacin estudiantil en el subsistema de educacinbsica.3. Coordinar acciones que contribuyan con la formacin de una concienciaecolgica a fin de preservar, defender la biodiversidad, la sociodiversidad, lascondiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursosnaturales.4. Elaborar y ejecutar acuerdos de convivencia escolar y comunitaria para laconstruccin y preservacin de una cultura de paz de las institucioneseducativas oficiales y privadas, donde todas y todos los responsables ycorresponsables de la instancia orgnica escolar deben participar de acuerdo9a lo establecido en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela ydems Leyes, Normativas y presentarlas en Asamblea Escolar del ConsejoEducativo para su aprobacin.5. Aplicar mecanismos de contralora social en los aspectos curriculares yadministrativos, que permitan de manera protagnica, participativa ycorresponsable la evaluacin de la gestin de planes, programas y proyectoseducativos de las instituciones educativas oficiales y privadas, encorrespondencia con el Proyecto Nacional Simn Bolvar y la poltica pblicadel Estado.6. Promover una cultura para el conocimiento, compresin, uso, anlisis crticoy reflexivo de contenidos de los medios de comunicacin social, pblicos,privados y alternativos, para el fortalecimiento de una convivencia ciudadanay una cultura de paz, territorialidad y nacionalidad, estableciendo corresponsabilidad con la conformacin y activacin de un rgano constitutivo deusuarias y usuarios, haciendo uso de los recursos que dispone el Estado parala contralora social.7. Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conscienciasocial y activadora del deber transformador de cada instancia de trabajo.8. Sistematizar, socializar y difundir las prcticas e innovaciones de la gestinescolar en los mbitos local, municipal, regional y nacional.9. Convocar y coordinar asambleas de voceras y voceros de las institucioneseducativas oficiales y privadas, viabilizando los procesos para la toma dedecisiones y su seguimiento y control en colectivo sobre los asuntos de lagestin escolar.10. Desarrollar en las y los docentes, las familias y la comunidad de formaintegrada, la formacin permanente en las polticas educativas y en lastemticas relacionadas con los ejes integradores para el proceso curricular:ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura depaz, lenguaje, trabajo liberador, soberana y defensa integral de la Nacin ytecnologas de la informacin libre en el marco de la gestin educativa.11. Contribuir con la gestin escolar, en cuanto a la calidad de los servicioseducativos que prestan las instituciones educacionales oficiales y privadas,generando mecanismos de relacin y articulacin intra e interinstitucional10con los entes gubernamentales, comunitarios y dems empresas pblicas, deacuerdo con sus caractersticas y en correspondencia con las polticasintersectoriales del Estado y los planes generales de desarrollo local, regionaly nacional.12. Impulsar la materializacin de los planes, programas y proyectoscomunitarios que viabilicen el proceso educativo y formativo de todas ytodos los actores claves.13. Apoyar la construccin de estrategias, organizacin y funcionamiento de losservicios alimenticios y nutricionales, tales como el Programa dealimentacin Escolar (PAE) para la consolidacin de la soberana y seguridadagroalimentaria, a travs de los planes, programas y proyectos querespondan a la poltica pblica del Estado.14. Desarrollar acciones conducentes al mantenimiento y conservacin de laplanta fsica, bienes muebles e inmuebles, seguridad de las instalaciones yambientes de la institucin educativa.15. Coordinar esfuerzos entre las y los colectivos para asegurar en el mbitoescolar, familiar, comunitario y otras instituciones de carcter social, laeducacin en valores ticos, humanistas sociales, democrticos y losderechos humanos de acuerdo a lo establecido en el Plan SocioeconmicoNacional y las leyes promulgadas.16. Organizar actividades recreativas, culturales, deportivas, educativas en lasinstituciones y comunidades que exalten, fortalezcan y afiancen los valorespatrios, la interculturalidad, identidad, diversidad socio cultural, biodiversidad y sociodiversidad, sentido de pertenencia y pertinencia geohistrica yotros elementos constitutivos de la venezolanidad, con visin caribea,latinoamericana y mundial.17. Realizar actividades que contribuyan al desarrollo y defensa del derecho auna educacin gratuita, obligatoria, integral, liberadora, transformadora,bolivariana y de calidad para todas y todos, en igualdad de condiciones yoportunidades, sin discriminacin tnica cultural, color, sexo, creencias,cultura u otra que limite el ejercicio de sus deberes y derechos.1118. Ejecutar acciones de carcter pedaggico administrativo que sedesarrollan en las instituciones educativas, a los fines de contribuir a laeficiencia y eficacia de la gestin escolar.19. Presentar trimestralmente ante la Asamblea Escolar el informe de losavances y resultados de la gestin escolar.De los Comit y el Consejo EstudiantilSon instancias conformadas por las voceras de los actores claves del procesoescolar para ejercer funciones especficas, atendiendo a las necesidades ydesarrollo de las potencialidades de la comunidad educativa, encorresponsabilidad con los principios y valores establecidos en la LeyOrgnica de Educacin (LOE 2009) y dems leyes vinculantes.Tambin, articulan y promueven la participacin e integracin de lasorganizaciones educativas, comunitarias y sociales, para garantizar elderecho a una educacin integral y de calidad para todas y todos.Los Comit estn conformados por voceras previamente elegidas y elegidospor todos los actores claves del proceso educacional, quienes sernpropuestas y propuestos ante la Asamblea Escolar para someterlas aaprobacin o no por la mayora de los participantes en dicha Asamblea. Lascorresponsabilidades de estas voceras son de articulacin, coordinacin eimpulso de las acciones correspondientes a los planes, programas yproyectos que se generen en cada Comit, bajo los principios de unidad,solidaridad, disciplina, ayuda mutua, honestidad, transparencia concompromiso con los intereses de la Asamblea Escolar y de la Patria.Del Consejo EstudiantilEl Consejo Estudiantil es la instancia organizativa y corresponsable delcolectivo de las y los estudiantes inscritas e inscritos en cada institucineducativa oficial y privada. El poder popular estudiantil acta de formaparticipativa, protagnica y corresponsable junto con el Consejo Educativo enlos diferentes mbitos, planes, programas, proyectos educativos y12comunitarios en un clima democrtico, de paz, respeto, tolerancia ysolidaridadEl Consejo Estudiantil est conformado por las voceras de las y losestudiantes en todas las instituciones educativas en los niveles y modalidadesdel subsistema de educacin bsica. Las y los estudiantes deben organizarseen Consejos Estudiantiles.Son funciones del Consejo Estudiantil las siguientes:1. Participar en forma protagnica en las diferentes acciones, mbitos, planes,programas y proyectos educativos y comunitarios, ejerciendo sus derechos ydeberes como sujetos sociales en un clima democrtico, de respeto, paz,tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armona y el buenfuncionamiento de las instituciones educativas.2. Convocar a sus voceras y voceros a reuniones ordinarias y extraordinarias, encada una de las instituciones educativas.3. Organizar las actividades referidas a la defensa de nuestra identidad,preservacin y conservacin del patrimonio ambiental, histrico y cultural.4. Asumir corresponsablemente el compromiso del mantenimiento de la plantafsica, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a lasinstituciones educativas. Asimismo, en el desarrollo de acciones quedisminuyan factores de riesgo y potencien los factores de proteccin.5. Participar en la construccin del Proyecto Educativo Integral Comunitario(PEIC), Proyectos de Aprendizajes (PA) y otras formas de organizaciones delos aprendizajes en las instituciones educativas, en aras de la integracin delas familias, escuela y comunidad, a fin de garantizar las transformacionesque ellos requieran.6. Articular con otras instituciones educativas para la organizacin y desarrollode los Comit Estudiantiles hacia la conformacin de redes estudiantileslocales, regionales y nacionales.137. Sistematizar y divulgar a travs de diferentes formas de comunicacin, lasexperiencias organizativas del Comit Estudiantil a nivel local, regional,nacional e internacional.8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Del Comit de Madres, Padres, Representantes y ResponsablesEs la instancia de participacin del colectivo social para ejercer funcionesenmarcadas en la formacin de principios, creencias, actitudes, hbitos,valores como el respeto, reflexin para concretizar en lo local, regional ynacional la responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela,sociedad y el Estado.El Comit de Madres, Padres, Representantes y Responsables estconformado por las voceras de las madres, padres, representantes yresponsables, como tambin por las voceras de los colectivos sociales de lacomunidad y de la escuela, reconociendo el hogar como la primera instanciasocializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje ydesarrollo de sus hijas e hijosSon Funciones del Comit de Madres, Padres, Representantes yResponsables las siguientes:1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el ConsejoEducativo, a travs de las y los voceros y viabiliza sus decisiones2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, econmicas,culturales, artsticas, deportivas y recreativas promovidas por el ConsejoEducativo u otra instancia comunitaria o del Estado.3. Participar en la construccin, ejecucin, control, seguimiento y evaluacin delProyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservacin, mantenimiento yrecuperacin de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de lasinstituciones educativas.145. Promover la articulacin de las familias, escuela y comunidad para coadyuvaren la atencin educativa integral en los procesos de enseanzaaprendizajede las nias, nios, adolescentes, jvenes, adultas y adultos, participando enla elaboracin y ejecucin de los planes de accin.6. Sistematizar y difundir las prcticas e innovaciones de la gestin escolar, enlos mbitos local, municipal, regional y nacional.7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Del Comit AcadmicoEl Comit Acadmico es la instancia que contribuye a la formacinpermanente e integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables ycorresponsables de la gestin escolar. Apoya en el desarrollo depotencialidades para aprender y propicia la construccin e innovacin delconocimiento, de los saberes, fomentando la actualizacin, el mejoramientoy el desarrollo profesional de quienes lo Integran.El Comit Acadmico est conformado por las voceras del Colectivo deFormacin e Investigacin Permanente, estudiantes, trabajadoras ytrabajadores administrativos, directivas, directivos, docentes, obreras yobrerosSon funciones del Comit Acadmico las siguientes:1. Impulsar la formacin permanente e integral de todas y todos losresponsables y corresponsables que constituyen el Consejo Educativo, en losaspectos pedaggicos, ecolgicos, ambientales, culturales, recreativos,deportivos, socioproductivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, deinvestigacin e innovacin, tecnolgico, experiencias y saberes originarioscon el fin de generar una nueva ciudadana con responsabilidad social ysoberana cognitiva, que coadyuve desarrollo pleno de la personalidad parala transformacin social, consustanciados con los valores del humanismodemocrtico, as como la identidad nacional con visin latinoamericana ycaribea152. Promover la actualizacin y mejoramiento del nivel de conocimientos ydesempeo de las y los responsables de la formacin de ciudadanas yciudadanos.3. Participar conjuntamente con los dems integrantes del Consejo Educativoen la planificacin y ejecucin de la evaluacin del desempeo de las y losresponsables de la gestin escolar4. Impulsar el proceso curricular segn la realidad local, municipal, regional ynacional en el marco del enfoque geohistrico.5. Participar protagnicamente con los dems integrantes del ConsejoEducativo en la gestin escolar.6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolaren el mbito local, municipal, regional y nacional.7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Del Comit de Comunicacin e InformacinEs la instancia que contribuye a la promocin, divulgacin y comunicacinreferida a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red demedios pblicos y comunitarios.El Comit de Comunicacin e Informacin est conformado por las vocerasde estudiantes, directivas, directivos, docentes, trabajadoras y trabajadoresadministrativos, obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poderpopular.Son funciones del Comit de Comunicacin e Informacin las siguientes:1. Impulsar la conformacin de formas y medios de comunicacin (impresos,radiales y audiovisuales) en las instituciones educativas y en la comunidad.2. Hacer uso de la tecnologa de la informacin y la comunicacin paracoordinar, organizar y orientar la gestin escolar.3. Participar en la creacin y organizacin de un sistema de comunicacininstitucional, comunitario y alternativo, as como en la conformacin delcomit de usuarias y usuarios para promover y defender los derechos e16intereses comunicacionales de las nias, los nios, adolescentes, jvenes,adultas y adultos.4. Participar y articular acciones con los medios pblicos, alternativos ycomunitarios para el apoyo y difusin de las actividades y programaseducativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social,convivencia en armona, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivirbien.5. Impulsar la conformacin de los Comit de usuarias y usuarios voluntarioscon el propsito de fortalecer el uso reflexivo y crtico de los mensajestrasmitidos a travs de los medios de comunicacin social.6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolaren los mbitos local, municipal, regional y nacional.7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Del Comit de Seguridad y Defensa IntegralEs la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevencin,seguridad, defensa y proteccin, en el marco de la responsabilidad y lacorresponsabilidad, orientado por valores de respeto, reflexin yparticipacin, entre otros.Est conformado por las madres, padres, representantes y responsables,estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadoresadministrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.Son funciones del Comit de Seguridad y Defensa Integral las siguientes:1. Elaborar y coordinar un plan de promocin, defensa, prevencin y proteccinintegral para las instituciones educativas, en el cual se articulan accionesconjuntas entre familia, escuela y comunidad para contrarrestar cualquierexpresin de violencia en la escuela y su entorno.2. Impulsar acciones para la formacin permanente del Consejo Educativo quepotencien una cultura de defensa, prevencin y proteccin integral frente a17situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos parala integridad de las nias, los nios, adolescentes, jvenes, adultas y adultos.3. Articular estrategias para la seguridad y proteccin de las nias, los nios,adolescentes, jvenes, adultas y adultos y la proteccin de las institucioneseducativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: PolicaNacional Bolivariana, Bomberos, Proteccin Civil, Guardia NacionalBolivariana, Trnsito Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comit deSeguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla, OficinaNacional Antidrogas (ONA), Fundacin Jos Flix Ribas y DispositivoBicentenario de Seguridad Ciudadana (DBISC), entre otros.4. Contribuir con la formacin de los colectivos de gestin integral de riesgo enla elaboracin de planes de emergencia, sealizaciones de seguridad, mapasde estrategias para la seguridad y proteccin de las nias, nios,adolescentes, jvenes, adultas, adultos y la proteccin de las institucioneseducativas.5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situacionesde emergencia, entre otros, en el marco de la articulacin intra einterinstitucional y la comunidad para la prevencin de riesgos.6. Realizar inventario de los daos causados en las instituciones educativas,correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante losorganismos competentes las soluciones pertinentes a las realidadesevidenciadas.7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a laformacin permanente e integral de las nias, nios, adolescentes, jvenes,adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades.8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolaren esta materia en los mbitos local, municipal, regional y nacional.9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Comit de Ambiente, Alimentacin Salud IntegralEs la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promocin,prevencin, conservacin y preservacin del ambiente a favor de la salud18integral, orientada por valores de fraternidad, responsabilidad,corresponsabilidad, cooperacin y la convivencia en el marco de lasolidaridad.Est conformado por las madres, padres, representantes y responsables,estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadoresadministrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.Son funciones del Comit de Ambiente, Alimentacin y Salud Integral lassiguientes:1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integralpara potenciar el desarrollo local, regional y nacional, a travs deexperiencias, saberes populares y ancestrales que contribuyan con lapreservacin y conservacin del ambiente y de la salud integral de lasfamilias, la escuela y la comunidad.2. Garantizar el desarrollo del Programa de Alimentacin Escolar (PAE) juntocon los consejos comunales.3. Fortalecer la funcin social de la escuela a travs del desarrollo de jornadasde prevencin y promocin para potenciar la salud integral de las nias,nios, jvenes, adolescentes, adultas y adultos, con articulacin intra einterinstitucional con Barrio Adentro, Comit de los Consejos Comunales yComunas, Centros de Diagnstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional deNutricin, entre otros.4. Impulsar la formacin permanente integral de los actores claves del procesoeducacional para que participen reflexiva, crtica y creativamente en elsistema alimentario de las instituciones educativas y en la preservacin yconservacin del ambiente.5. Garantizar la salud integral a travs de acciones que creen concienciaindividual y colectiva sobre una alimentacin autctona, sana, segura,balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias, escueta y la comunidad, atravs de la supervisin, seguimiento, control y evaluacin del servicioalimentario de las instituciones educativas.196. Promover una educacin en salud preventiva no solo con el uso de lamedicina convencional, sino tambin con la medicina alternativa, como partede los saberes populares y ancestrales en lo local, regional y nacional.7. Crear colectivos ambientalistas y ecolgicos para la proteccin del ambiente,defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberana nacional.8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolaren los mbitos local, municipal, regional y nacional.9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Del Comit de Deportes y Educacin FsicaEs la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promocin,organizacin, fomento y administracin de la educacin fsica y el deporte,con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores deidentidad nacional, democracia participativa y protagnica, soberana,justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad,lealtad a la patria y sus smbolos, equidad de gnero, cooperacin,autogestin, corresponsabilidad, solidaridad y proteccin del ambiente.Est conformado por las madres, padres, representantes y responsables,estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadoresadministrativas, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.Son funciones del Comit de Deportes, Actividad Fsica y Educacin Fsica lassiguientes:1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines deplanificar, ejecutar y evaluar la educacin fsica y el deporte en lasinstituciones educativas2. Crear colectivos de educacin fsica y deportes que fortalezcan la saludintegral de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa engeneral y la comunidad circundante.203. Garantizar el desarrollo de los deportes y la educacin fsica mediante planesproyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y lasinstituciones del Estado.4. Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, quetributen a la cultura fsica, al vivir bien y al desarrollo de habilidadesdeportivas en las diferentes disciplinas.5. Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivasexistentes en las instituciones educativas.6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolaren los mbitos local, municipal, regional y nacional.7. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporacin de lapoblacin estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la prcticasistemtica de deportes y la educacin fsical.8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Del Comit de CulturaEs la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar elreconocimiento de las culturas a travs actividades locales, regionales ynacionales en las instituciones y centros educativos, promoviendo laformacin integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollode sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo la polticade inclusin vinculadas a la gestin escolar.Est conformado por las madres, padres, representantes y responsables,estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadoresadministrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.Son funciones del Comit de Cultura las siguientes:1. Promover la construccin de la identidad nacional, recuperandocolectivamente su historia, descubriendo y preservando sus races,tradiciones y luchas nacionales libertarias.212. Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan aconvertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria.3. Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redesescolares y culturales en cada instancia de organizacin y participacincomunitaria.4. Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrolloy consolidacin del PEIC y la integracin de toda la comunidad educativa enla gestin escolar.5. Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores delproceso curricular.6. Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con lasorganizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regionaly nacional.7. Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes,directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de lacomunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturasoriginarias de los pueblos y comunidades indgenas y afrovenezolanas,valorando su Idioma, cosmovisin, valores, saberes, conocimientos yorganizacin social que constituyen los valores de la Nacin.8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolaren los mbitos local, municipal, regional y nacional.9. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporacin de lapoblacin estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la prcticasistemtica de actividades culturales.10.Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Comit de Infraestructura y Hbitat EscolarEs la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar yevaluar las acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construccin,ampliacin, mantenimiento, rehabilitacin, dotacin y preservacin de losbienes nacionales y la planta fsica escolar.22El Comit de Infraestructura y Hbitat Escolar est conformado por lasvoceras de las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes,docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras,obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.Son funciones del Comit de Infraestructura y Hbitat Escolar las siguientes:1. Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientesaspectos: ubicacin geogrfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad,planta fsica, sistema elctrico, instalaciones sanitarias, ambientacin, reasverdes, dotacin (mobiliarios y equipos), entre otros.2. Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de accin previamentediscutido, para atender las necesidades detectadas en funcin de generar lasposibles alternativas de solucin.3. Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las quesean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios decalidad establecidos para la construccin de la planta fsica escolar.4. Organizar y desarrollar jomadas permanentes para el mantenimiento ypreservacin de la planta fsica, materiales, equipos, mobiliarios y otrosbienes pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, jornadas parala seguridad, proteccin y vigilancia de la infraestructura escolar.5. Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentesy las organizaciones comunitarias, actividades de promocin y prevencin enel marco de la gestin integral del riesgo y de desastres.6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolar,en los mbitos local, municipal, regional y nacional.7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.Del Comit de Contralora SocialEs la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevencin,supervisin, acompaamiento, seguimiento, control y evaluacin de lagestin escolar, antes, durante y despus de la ejecucin de los planes,programas, proyectos, y acciones de inters colectivo, basada en los23principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad, celeridad,honestidad, tica para la proteccin y defensa del buen uso de todos losrecursos disponibles de la gestin escolar.El Comit de Contralora Social est conformado por las voceras de losdistintos Comit que integran el Consejo Educativo, as como las voceras delas organizaciones comunitarias.Son funciones de la Contralora Social los siguientes:1. Prevenir, supervisar, acompaar, seguir, controlar y evaluar la gestin escolarde los planes, programas, proyectos y acciones de inters colectivo que seplanifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.2. Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantesde los colectivos sociales en relacin a la gestin de los Comit queconforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a laAsamblea Escolar.3. Divulgar los soportes jurdicos vinculantes al Consejo Educativo y garantizarsu cumplimiento.4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesospedaggicos y acadmicos, las lneas orientadoras que viabilizan el currculo,los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios acadmicos,la cuadratura, la sinceracin de nmina, la matrcula, la inscripcin y lasestadsticas de las instituciones educativas.5. Supervisar, acompaar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de losbienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las institucioneseducativas; as como los procesos relacionados con el servicio alimentario(insumos, abastecimiento, procesamiento y distribucin), higiene,manipulacin y calidad de los alimentos, men suministrado y contratacinde los servicios, entre otros.6. Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacerseguimiento ante los organismos competentes de las irregularidadespedaggicas, administrativas y jurdicas detectadas en las institucioneseducativas.247. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestin escolaren los mbitos local, municipal, regional y nacional.8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestin de las actividades antela Asamblea Escolar.De la Asamblea EscolarLa Asamblea Escolar es la mxima instancia de participacin, deliberacin ytoma de decisiones del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a loestablecido en las leyes y dems normas que rigen el Subsistema deEducacin Bsica.Constitucin de la Asamblea EscolarLa Asamblea estar conformada por las y los responsables y corresponsablescomo sujetos claves del proceso educativo vinculados a la gestin escolar.Decisiones de la Asamblea EscolarLas decisiones sern tomadas por consenso de la mayora de las y losasistentes a la Asamblea Escolar vinculados a la gestin escolar.Son funciones de la Asamblea Escolar las siguientes:1. Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con susrespectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la polticaeducativa del Estado.2. Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas defuncionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del iniciodel ao escolar.3. Definir criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes delos diferentes Comit, partiendo de lo establecido en la Constitucin de laRepblica Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgnica de Educacin(2009), La Ley Orgnica para la Proteccin de Nios, Nias y Adolescentes(2007) y el conjunto de Leyes del Poder Popular (2010 2011) que garantizanlos derechos de las ciudadanas y los ciudadanos.254. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicacin alternativa, salud,socioproductivos, infraestructura, recreacin, actividad fsica y deportes, loscuales se enmarcarn en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) yse articularn con los proyectos de la comunidad organizada y organismosdel Estado.5. Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta delConsejo Educativo.6. Conocer, discutir y por consenso diferir o legitimar los acuerdos deconvivencia del Consejo Educativo.7. Promover e impulsar la articulacin con las organizaciones comunitarias lorelacionado con el calendario socioproductivo y sociocultural, en funcin delmodelo socioproductivo, poltico y educativo venezolano definido en el Plande Desarrollo Econmico y Social de la Nacin, de acuerdo a las necesidadesreales de la comunidad y el proyecto de pas8. Garantizar el acto revocatorio previa solicitud del Consejo Educativo,transcurrido la mitad del perodo para el cual fueron electos las voceras y losvoceros integrantes de los Comit.De la convocatoria y tipos de Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos De laconvocatoriaPara realizar la convocatoria a las Asambleas ser por escrito a todas lasciudadanas y todos los ciudadanos que conforman el Consejo Educativo, conpor lo menos setenta y dos (72) horas de antelacin, incluyendo la Agenda atratar, acciones comunicacionales y de compromiso que promuevan laparticipacin protagnica.Tipos de AsambleaLa Asamblea ser Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria esaquella que se convoca cada tres (03) meses con la finalidad de abordar yhacer el control y seguimiento de la gestin escolar. La AsambleaExtraordinaria es aquella que se convoca cuando lo amerite el caso deacuerdo criterio del Consejo Educativo.26Al inicio de cada ao escolar en los primeros quince (15) das se convoca laprimera Asamblea Ordinaria con la finalidad de elegir el Consejo Educativo.Los perfiles y criterios de postulacin debern ser definidos, tomando encuenta la idoneidad, compromiso, solidaridad, tica, valores y principioshumanistas sociales, responsabilidad y corresponsabilidad, honestidad,trabajo, disposicin de trabajo voluntario y colectivo, participacin, justicia yrespeto. Asimismo, formarn parte de ella los colectivos internos de laescuela y los actores comunitarios participantes activos de la gestin escolarDISPOSICIN TRANSITORIAUNO. El funcionamiento interno de los Comit, el nmero de personas quelos conforman, as como la designacin o no de suplentes, sern establecidosen reunin de voceras y voceros de cada Comit, de acuerdo a la normativacontenida en la presente Resolucin y en la Constitucin de la RepblicaBolivariana de Venezuela.DOS. La presente Resolucin estar sujeta a revisin, evaluacin ymodificacin en el periodo de un ao, a los fines de su perfeccionamientoDISPOSICIN DEROGATORIANICA: Se deroga la Resolucin N 751 de fecha 10 de noviembre de 1986,publicada en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela N 33.598, del 14de noviembre de 1986, la Resolucin N 114 de fecha 19 de febrero de 1987,publicada en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela N 33.672 defecha 06 de marzo de 1987 y la Resolucin 1.675, de fecha 31 de octubre de1997, publicada en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela N 36.327de fecha 05 de noviembre de 1997. Igualmente se deja sin efecto cualquierdisposicin o norma que contradiga lo dispuesto en la presente Resolucin.DISPOSICIONES FINALES1) La presente Resolucin entrar en vigencia a partir de su publicacin en laGaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela.272) La protocolizacin, formalizacin y dems actuaciones del Consejo Educativoestar exento de cualquier tipo de pago de tributos nacionales y derechos deregistro.3) Lo no contemplado en esta Resolucin ser resuelto por el Ministerio delPoder Popular para la Educacin.Comunquese y publqueseMARYANN DEL CARMEN HANSON FLORESMinistra del Poder Popular para la Educacin