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Sistema de Gestión Integrado SMCV Reglamento Interno para Empresas Contratistas de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. SGIre0002 Página 1 de 30 REGLAMENTO INTERNO PARA EMPRESAS CONTRATISTAS DE SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE S.A.A. Cambios realizados en este Documento VERSIÓN: 01 COPIA Nº: Elaborado por: Gerencia Legal, Gerencia Salud y Seguridad Fecha: Noviembre 2007 Modificado por: Revisado por: Aprobado por: N.A. Firma: Firma: Firma: Firma: ---- Gerente de Salud y Seguridad Gerente de Abastecimiento Gerente Legal Presidente SMCV REGLAMENTO INTERNO PARA EMPRESAS CONTRATISTAS DE SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE S.A.A Fecha: Fecha: Fecha: DOCUMENTO SÓLO PARA CONSULTA

Anexo C - Reglamento Interno Para Empresas Contratistas

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Cambios realizados en este Documento

VERSIÓN: 01 COPIA Nº: Elaborado por: Gerencia Legal, Gerencia Salud y Seguridad

Fecha: Noviembre 2007

Modificado por: Revisado por: Aprobado por:

NN..AA..

Firma: Firma: Firma:

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Gerente de Salud y Seguridad Gerente de

Abastecimiento Gerente Legal

Presidente SMCV

REGLAMENTO INTERNO PARA

EMPRESAS CONTRATISTAS DE SOCIEDAD MINERA

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CONTENIDO

1. PRINCIPIOS DE ADMINISTRACION DE LOS RIESGOS.............................................. 3 DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA CORPORATIVA DE SALUD Y SEGURIDAD............... 4 POLÍTICA AMBIENTAL ......................................................................................................... 6 POLITICA DE ALCOHOL Y DROGAS .................................................................................. 9 2. OBJETIVO(S) .................................................................................................................. 9 3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS ............................................................................ 10

3.1 DEFINICIONES...................................................................................................... 10 3.2 ABREVIATURAS................................................................................................... 12

4. LEGISLACION APLICABLE......................................................................................... 13 5. ALCANCE ..................................................................................................................... 14 6. NORMAS GENERALES................................................................................................ 14 7. RESPONSABILIDADES ............................................................................................... 15 8. RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA CONTRATISTA ...................................... 20 9. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES .......................................................... 22 10. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS...................................................... 27 11. TRANSGRESIONES Y/O FALTAS AL PRESENTE REGLAMENTO ....................... 27 12. COORDINACIÓN ENTRE SMCV Y LAS EMPRESAS CONTRATISTAS ................. 27 13. COMPORTAMIENTO PERJUDICIAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y/O DEL TRABAJADOR DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y ACCIONES .................................... 28 14. SANCIONES............................................................................................................... 29 15. REGISTROS ............................................................................................................... 29 16. ANEXOS ..................................................................................................................... 29

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1. PRINCIPIOS DE ADMINISTRACION DE LOS RIESGOS. La administración de toda empresa debe considerar, dentro de sus responsabilidades, la protección de sus recursos y personal que labora en ella y la ejecución eficiente de sus actividades. Consecuente con lo anterior, las empresas contratistas que prestan o prestaran sus servicios a Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., en adelante denominada “SMCV” deberán regirse bajo el presente Reglamento. Para la Corporación Freeport - Mc MorRan Copper & Gold Inc. y especialmente para la SMCV la seguridad es un valor fundamental, prioritario y está íntimamente ligada a todo proceso productivo.

a) Toda solicitud para la prestación de servicios para SMCV deberá ser canalizado a través de la Gerencia de Abastecimiento, Superintendencia Compras y Contratos.

b) Las empresas contratistas serán responsables directamente de prevenir los

accidentes del trabajo que pueden afectar a las personas o propiedades de SMCV o de terceros.

c) Deben mantener un ambiente seguro y libre de contaminantes para su personal, y

el personal de SMCV desde el comienzo y hasta el final de la obra o servicio.

d) Deben acatar los procedimientos y normativas legales e internas de seguridad, además deben dar a conocer éstos a todos sus supervisores, mandos medios y trabajadores en general, para lo cuál deberán registrar y documentar dicha comunicación.

e) La prevención de accidentes / incidentes debe desarrollarse en forma metódica y

sistemática, manteniendo un programa establecido de control de los riesgos en las operaciones o trabajos asignados

f) La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional y la Gerencia de Medio Ambiente,

controlarán y evaluarán el cumplimiento de este Reglamento. También podrán realizar las Auditorías a los programas de Control de Riesgos y Medio Ambiente establecidos.

g) SMCV se reserva el derecho futuro de eliminar de sus Archivos de Contratistas a

aquellas empresas que no cumplan con los estándares internos de seguridad & salud ocupacional y medio ambiente.

h) Queda estipulado que cualquier atraso en la ejecución de la obra o en la prestación

del servicio, por paralización temporal o permanente debida al incumplimiento de parte del contratista a las Normas de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente establecidas, no justificará contractualmente dicho atraso. Esta situación es de exclusiva responsabilidad de la empresa Contratista y por tanto sujeta a las penalidades en el contrato por demora de plazo establecido.

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Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc. Declaración de la Política Corporativa de Salud y Seguridad

La salud y la seguridad de todos los empleados de Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc. (FCX), junto con nuestro compromiso con el medioambiente, son nuestra mayor prioridad. Nuestro objetivo es que haya cero lesiones en el trabajo y cero enfermedades ocupacionales. Ciertamente, la producción y los costos son críticos para el bienestar de la Compañía, pero estas consideraciones nunca deben tomar precedencia sobre la seguridad, la salud de los empleados o el medioambiente. Creemos que todas las lesiones y enfermedades ocupacionales se pueden prevenir. Además creemos que las consideraciones de salud y seguridad están integradas y son compatibles con todas las otras funciones de gestión en la organización y que la adecuada gestión de salud y seguridad reforzará la producción y los costos en vez de afectarlos de manera adversa. Un principio fundamental de nuestra política es que se cumplirá con todos los estándares de salud y seguridad aplicables externos e internos. Debido a que la salud y la seguridad son responsabilidad de la supervisión de línea, las políticas de salud y seguridad y las prácticas deben ser apoyadas de manera activa por la gerencia. Además cada empleado debe hacerse responsable de manera individual por la seguridad. Es trabajo de cada empleado crear un ambiente laboral que elimine los riesgos ocupacionales de salud y seguridad cada vez que sea posible. Si un riesgo no se puede eliminar, entonces los empleados deben trabajar juntos para asegurar que esté efectivamente controlado. La asignación de responsabilidad y la determinación de medidas de responsabilidad para el desempeño en salud y seguridad se deben establecer en todos los niveles de gerencia. El Directorio monitoreará y recibirá informes regulares de los progresos y resultados. Mediremos el progreso en el logro de nuestros objetivos en comparación con puntos de referencia establecidos de manera regular. Proporcionaremos el entrenamiento y los recursos necesarios para el logro de nuestros objetivos de salud y seguridad y la gerencia será responsable de estos resultados. La gerencia debe comunicar sus responsabilidades de salud y seguridad de manera oportuna, efectiva y continua para cumplir con su rol en la prevención de lesiones y la protección de la salud de todos aquellos bajo su supervisión. Los empleados serán adecuadamente entrenados y serán responsables de seguir todos los procedimientos y prácticas de seguridad indicadas. La salud y la seguridad no se verán comprometidas. Cada empleado es responsable de su seguridad personal y del ambiente en el que trabaja. Ningún trabajo se considerará tan importante y ningún programa de trabajo tan urgente que no se pueda tomar el tiempo necesario para desarrollarlo de manera segura. El trabajo seguro es una condición del empleo. Como filosofía y práctica, consideramos a todos los contratistas que operan en nuestras instalaciones responsables del mismo nivel de seguridad que esperamos de nosotros mismos. Todos los contratistas incluirán cláusulas de seguridad específicas diseñadas para lograr este resultado. Realizaremos auditorias integrales de seguridad y auditorias de salud industrial de manera regular en nuestras operaciones (nacionales e internacionales) para evaluar el estado de

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cumplimiento de nuestros programas de salud y seguridad y comunicaremos dicha información a la alta gerencia. Los equipos de profesionales de seguridad que trabajan en nuestras operaciones deben asistir a la supervisión de línea en el logro de sus objetivos de salud y seguridad. Ellos le entregarán a la supervisión análisis, ayudarán a la gerencia en el desarrollo y la implementación de programas de seguridad efectivos y diseñarán los métodos para medir de manera efectiva el desempeño en seguridad. También analizarán los resultados y harán recomendaciones para mejorar el desempeño. Estamos comprometidos a proporcionar un lugar de trabajo seguro y sano y a entregar recursos adecuados por medio de programas de entrenamiento, programas de incentivo de seguridad y programas de salud ocupacional para lograr un liderazgo reconocido. Consideramos que los programas de salud y seguridad, dentro y fuera del trabajo, son una inversión en nuestro recurso más valioso, nuestros empleados. Adoptada por el Directorio de FCX Fecha: 31 de julio, 2007

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Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc. Política Ambiental

Generalidades En Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc. creemos que, como ciudadanos corporativos responsables, nuestro deber y el de nuestras filiales es minimizar el impacto de nuestras operaciones en el medio ambiente a través de estrategias de manejo de riesgos basadas en información válida y métodos científicos adecuados y, hasta donde sea posible, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente en las zonas donde se encuentran nuestras operaciones. También tenemos el compromiso de proporcionar un entorno laboral seguro para nuestros empleados y contratistas y de contribuir positivamente a un entorno social y económico saludable para los habitantes de las zonas donde operamos. Nos comprometemos no sólo a cumplir los estatutos y reglamentos ambientales aplicables, sino también a la mejora continua de nuestro desempeño ambiental en todas nuestras operaciones. Efectuamos auditorías ambientales regularmente para evaluar el cumplimiento de las obligaciones, los sistemas de gestión y las prácticas ambientales. En cada operación se fijan metas y puntos de referencia que sirven para medir el desempeño en asuntos medio ambientales. También trabajamos conjuntamente con los organismos gubernamentales, la población local y las organizaciones no gubernamentales responsables para mejorar nuestro desempeño en materia ambiental. En nuestra calidad de miembros del “International Council on Mining and Metals” (ICMM, Consejo Internacional sobre Minería y Metales), estamos implementando el Marco para un Desarrollo Sustentable de la ICMM compuesto por 10 principios orientados al desarrollo sustentable (ver documento adjunto), incluyendo el reporte público sobre nuestro desempeño con la confirmación y la verificación independiente del cumplimiento de estos principios. Principios Ambientales Para alcanzar los objetivos de esta Política, nosotros y nuestras filiales: • Cumplimos en todos los aspectos relevantes con todas las leyes y los reglamentos

aplicables en materia ambiental y, en las jurisdicciones donde éstos no existen o si existen son inadecuados, aplicamos prácticas de gestión costo-efectivas para promover la protección del medio ambiente y minimizar los riesgos ambientales.

• Hacemos de la gestión ambiental una alta prioridad de la Compañía y la integración de políticas, programas y prácticas ambientales es un componente esencial de la gestión, incluida la evaluación del desempeño de los empleados.

• Comunicamos a todos los empleados, contratistas y proveedores lo importante que es proteger el medio ambiente y proporcionamos los recursos, el personal y la capacitación requerida para que los empleados de todos los niveles puedan cumplir sus responsabilidades ambientales..

• Analizamos y tenemos en cuenta los efectos en el medio ambiente de cada actividad que realizamos, ya sea exploración, explotación minera o procesamiento, además, planificamos y conducimos el diseño, desarrollo, operación y cierre de cada instalación, incluyendo sistemas de control de la contaminación, en una forma que nos permita optimizar el uso económico de los recursos al mismo tiempo que se reducen los efectos adversos para el medio ambiente.

• Promovemos la eficiencia energética y el reciclaje responsable.

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• Certificamos todas nuestras operaciones en el mundo conforme a la norma ISO 14001. • Realizamos revisiones, evaluaciones y auditorías ambientales con regularidad y

tomamos las acciones que los resultados ameriten como medio para lograr la mejora continua.

• Reconocemos que ciertas áreas pueden tener un valor especial para la ecología, la biodiversidad o la cultura, así como también un potencial de desarrollo y, en esos casos, consideramos tales valores junto con los económicos, sociales y otros beneficios que resulten del desarrollo de esas áreas.

• Apoyamos la investigación para ampliar el conocimiento científico y desarrollamos tecnologías mejoradas para proteger al medio ambiente, promover la transferencia de tecnologías que permitan atenuar los efectos adversos al medio ambiente, y usamos tecnologías y prácticas que consideren y respeten en forma apropiada las culturas, las costumbres y los valores locales como también las necesidades económicas y ambientales.

• Reconocemos que las comunidades locales son partes interesadas y nos comprometemos con ellas en un proceso de consulta y comunicación con respecto a asuntos sociales y de gestión ambiental y su impacto.

• Apoyamos los programas sobre biodiversidad y el desarrollo sustentable en todas las áreas operacionales.

• Remediamos los lugares históricos por los cuales somos responsables. Auditorías Ambientales Las auditorías ambientales constituyen un componente fundamental de esta Política Ambiental. Éstas consisten en la evaluación objetiva y sistemática de las operaciones y las prácticas de una instalación y están diseñadas para: • Verificar el cumplimiento de las regulaciones ambientales, las políticas internas y las prácticas aceptadas. • Evaluar la eficacia de los sistemas de gestión ambiental vigentes. • Identificar y analizar todos los riesgos razonablemente previsibles asociados con las condiciones de peligro que se puedan atribuir a nuestras operaciones y prevenir o mitigar tales riesgos. Tal como se establece en nuestra Política sobre Auditorías Ambientales (ver documento adjunto), las instalaciones operativas principales se someterán a auditorías internas por lo menos cada dos años. Las instalaciones pueden auditarse con mayor o menor frecuencia con el consentimiento de la administración superior., La administración superior puede también estimar adecuado realizar auditorías externas periódicas en algunas instalaciones. La política sobre auditorías abarca todos los aspectos de la gestión ambiental, los programas, controles y los recintos de tratamiento ambientales. Control y Comunicación El Comité de Políticas Públicas de nuestra Mesa Directiva, y la propia Mesa Directiva, revisarán y actualizarán esta Política Ambiental periódicamente. Conforme con los resultados de las evaluaciones periódicas y las auditorías, la administración superior revisará y modificará, de ser necesario, los objetivos de la gestión de pasivos, programas y sistemas de gestión ambientales.

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Trabajaremos para adoptar a través de toda la Compañía y sus filiales un sentido de responsabilidad con respecto al medio ambiente. También reconocemos nuestra responsabilidad de informar al público acerca de nuestra condición y de los avances en materia ambiental a través de informes anuales, la publicación de las conclusiones de las auditorías externas, las notificaciones de las certificaciones ambientales y otras declaraciones y anuncios públicos. Adoptada por la Mesa Directiva de Freeport-McMoRan Copper & Gold Inc. 31 de julio de 2007.

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POLITICA DE ALCOHOL Y DROGAS La Compañía reconoce que el abuso del Alcohol, Drogas y otras sustancias similares por parte de los trabajadores, disminuye su capacidad para desempeñarse correctamente y produce efectos adversos sobre la seguridad, eficiencia y productividad. El abuso, posesión, distribución o venta de drogas ilícitas o lícitas, pero que no cuenten con receta médica, y la concurrencia a laborar en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas y/o estupefacientes –de acuerdo a ley-, no está permitido en las instalaciones de la Compañía, así como también el consumo, posesión, o venta de bebidas alcohólicas; si bien esta política se refiere específicamente al alcohol y las drogas, su propósito es hacerla extensiva a toda forma de mal uso de otras sustancias adictivas. Trabajar bajo los efectos de Drogas y/o Alcohol está estrictamente prohibido, por lo cual, las disposiciones generales de esta política, procedimientos y consecuencias, están referidos exclusivamente al ambiente laboral y al horario de trabajo efectivo de los trabajadores. SMCV puede efectuar búsquedas intempestivas selectivas o ante sospecha de introducción, distribución, consumo de Alcohol y drogas en los establecimientos de su propiedad o controladas por ellos. Si como consecuencia de estas búsquedas se encuentra Alcohol y/o drogas, el líder responsable las retendrá y hará entrega bajo inventario al Departamento de Salud Ocupacional, el cual si es necesario conseguirá que estas substancias sean analizadas y sus resultados guardados como evidencia en la carpeta de la empresa contratista. Las causales de testeo son: 1) Examen médico de ingreso. 2) En caso de accidentes o incidentes. 3) En casos de sospecha fundada. 4) Random o sorteo. La aplicación de la Política sobre el consumo de Alcohol y Drogas en el ambiente laboral representa, entre otros, el esfuerzo de la Compañía para mejorar la calidad de vida de todos los trabajadores, que directamente o a través de empresas contratistas trabajen en y para SMCV, también representa un esfuerzo por asegurar un lugar de trabajo seguro, sano y productivo. 2. OBJETIVO(S) 2.1 Objetivos Generales El propósito de este Reglamento es establecer las responsabilidades que en general deberán cumplir las empresas contratistas y sus subcontratistas en relación a la Seguridad & Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Protección Industrial durante el período en que presten servicios para SMCV.

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Las disposiciones más adelante detalladas, serán aplicadas a todas las empresas contratistas y sus subcontratistas que realicen, en cualquier lugar, un trabajo para SMCV, así como también:

a) Establecer normas de Prevención de Riesgos para todas las empresas contratistas, que ejecuten trabajos, obras y servicios para SMCV

b) Prevenir la ocurrencia de incidentes que lesionen al personal y dañen los recursos

de dichas empresas y/o de SMCV.

c) Las normas contenidas en este documento constituyen un complemento a las disposiciones legales vigentes sobre seguridad e higiene industrial y forman parte integral del contrato de servicios u obra.

2.2 Objetivos Específicos

a) Uniformar los principios que regulan la actividad laboral de la empresa contratista, estableciendo las obligaciones que deben cumplir.

b) Mantener un estricto control de los riesgos con mayor potencial de pérdidas para prevenir la ocurrencia de accidentes fatales o con incapacidad permanente y daños graves a la propiedad.

c) Lograr y mantener un índice de frecuencia de lesiones igual o inferior a los de SMCV.

d) Estimular el compromiso y voluntad de participación de todos y cada uno de los miembros de la empresa contratista y sus subcontratistas en el control de los riesgos potenciales.

e) Reducir en forma continua y permanente el impacto ambiental, la mínima generación de desechos sólidos, el reciclamiento y el óptimo uso de los recursos energéticos.

f) Promover la capacitación de los contratistas y subcontratistas en los temas de Seguridad & Salud Ocupacional y Medio Ambiente.

g) Promover controles o auditorías, destinados a evaluar los procedimientos y sistemas vigentes, para la identificación las posibles fuentes de contaminación y determinar las acciones mitigadoras y correctivas de las eventuales deficiencias.

h) Incorporar el Control de los Riesgos, el cuidado del Medio Ambiente y el cumplimiento de las disposiciones legales a la gestión directiva y operativa de las empresas contratistas y sus subcontratistas.

i) Asegurar el cumplimiento por parte del contratista de lo estipulado en el contrato. 3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 3.1 DEFINICIONES

3.1.1 Contratista

Toda persona natural o jurídica que, en virtud de un contrato de naturaleza civil, contrae obligaciones de ejecutar una obra material o prestar servicios a SMCV.

3.1.2 Subcontratista

Toda persona natural o jurídica que suscriba un contrato de obra o de servicios con el Contratista que realiza trabajos para SMCV y que en virtud de éste realiza parte de las obras o servicios entregados por el contratista. (Queda estrictamente

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prohibido, y puede ser causal de término de contrato, el empleo de subcontratistas sin la autorización del Administrador de Contrato por SMCV). Las presentes reglas definidas para el contratista son válidas para los subcontratistas, siendo el primero responsable por el cumplimiento del segundo.

3.1.3 Contrato

Documento suscrito entre SMCV y la Empresa Contratista para la ejecución de una obra o la prestación de un servicio y que contiene los derechos y obligaciones recíprocas.

3.1.4 Personal o trabajador contratista

Toda persona que tiene una relación de subordinación y dependencia con una empresa contratista y que deba ingresar, permanecer y/o circular en recintos de SMCV para cumplir las obligaciones contraídas de acuerdo a los respectivos contratos.

3.1.5 Obra.

Conjunto de trabajos a ejecutar por el contratista y la ubicación donde dichos trabajos se realizan, incluyendo las dependencias administrativas y de servicios del contratista.

3.1.6 Servicio

Actividades convenidas contractualmente por el contratista y SMCV, para ser realizadas en las instalaciones o para esta última.

3.1.7 Pase de Ingreso

Tarjeta personal e intransferible que se entrega al personal del contratista, que acredita su calidad de tal y permite ingresar a las áreas, o recintos que se especifican en ella.

3.1.8 Administrador del contrato por SMCV Es todo funcionario de SMCV, independiente de su rango, y que en virtud de las formalidades contractuales, se le consigne la responsabilidad por la administración directa e integral de un determinado contrato.

3.1.9 Supervisor de la empresa contratista

Trabajador de la empresa Contratista designado por ésta, por sus conocimientos, capacidad y experiencia, para dirigir un grupo de trabajadores que realiza determinadas actividades para un contrato y con el cual se realizan las coordinaciones permanentes entre SMCV y el Contratista..

3.1.10 Instalaciones del contratista

Son aquellas construcciones provisorias, realizadas por contratistas y autorizadas por SMCV en cuanto a su calidad y ubicación, destinadas a oficinas, bodegas o talleres.

3.1.11 Compañía

Para estas normativas se entiende por Compañía a SMCV. 3.1.12 Gerencia de Salud y Seguridad:

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Gerencia de SMCV encargada de planificar, organizar, ejecutar y supervisar acciones programadas y permanentes para evitar incidentes y pérdidas.

3.1.13 Gerencia de Medio Ambiente:

Gerencia de SMCV encargada de planificar, organizar, ejecutar y supervisar acciones programadas y permanentes para evitar incidentes y pérdidas ambientales.

3.1.14 Gerencia de Protección Industrial:

Gerencia de SMCV encargada de planificar, organizar, ejecutar y supervisar acciones programadas y permanentes para evitar pérdidas o actos ilícitos dentro de las instalaciones de la compañía.

3.1.15 Gerencia de Abastecimiento:

Gerencia de SMCV encargada de la negociación con y contratación de empresas contratistas para la prestación de servicios o ejecución de obras.

3.1.16 Gerencia Legal:

Gerencia de SMCV encargada de asesorar las negociaciones y contrataciones con las empresas contratistas para la prestación de servicios o ejecución de obras.

3.1.17 Incidente:

Acontecimiento no deseado que resulta o puede resultar en deterioro de la gestión de la empresa, amagando el logro de los objetivos de ella.

3.1.18 Línea de Mando:

Se entiende por Línea de Mando la cadena de cargos de la empresa Contratista.

3.1.19 Ingeniero encargado de Salud y Seguridad o Supervisor de Seguridad y Salud Ocupacional:

Personal del contratista con formación como Ingeniero, encargado de planificar, organizar, ejecutar y supervisar acciones programadas y permanentes para evitar incidentes y pérdidas.

3.1.20 Supervisor de Salud y Seguridad:

Supervisor de SMCV con facultades de fiscalizar el cumplimiento de las normas de Salud y Seguridad vigentes y del presente Reglamento.

3.1.21 Supervisor de Medio Ambiente:

Supervisor de SMCV con facultades de fiscalizar el cumplimiento de las normas de Medio Ambiente vigentes y del presente Reglamento.

3.1.22 Supervisor Responsable del área de SMCV:

Supervisor o Jefe de Turno de SMCV responsable de un área específica y que administra los recursos para realizar una operación productiva y segura.

3.2 ABREVIATURAS SMCV : Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. SSO : Seguridad y Salud Ocupacional

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4. LEGISLACION APLICABLE Las Empresas Contratistas deben conocer, cumplir y hacer cumplir las normas legales vigentes, y de manera específica más no limitativa, las siguientes disposiciones legales:

- Ley N° 26790 (Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud).

- D.S. 033-2001-MTC (Reglamento Nacional de Tránsito).

- Ley N° 28611 (Ley General del Ambiente).

- Ley N° 25707 (Ley que declara en emergencia la utilización de explosivos de uso civil)

- D.S 086-92-PCM (Reglamento de la Ley 25707).

- Ley 28296 (Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación)

- D.S. 011-2006-ED (Reglamento de la Ley 28296)

- Ley 26842 (Ley General de Salud)

- D.S. 007-98-SA (Reglamento de la Ley General de Salud)

- Texto único ordenado del Decreto Legislativo 728 (Ley de Formación y Promoción

del Empleo)

- D.S. 046-2001-EM (Reglamento de Seguridad e Higiene Minera)

- D.S. 009 – 2005 –TR (Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo)

- D.S. 009-97-EM (Reglamento de Seguridad Radiológica)

- D.S. 015-2006-EM (Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos)

- D.S. 016 – 93 – EM Reglamento Ambiental para las Actividades Minero

Matalurgicas.

- D.S. 002-2003-MTC (Precisan y modifican disposiciones del D.S. 047-2001-MTC que estableció límites máximos permisibles de emisiones de contaminantes para vehículos automotores.)

- Ley 27314 (Ley General de Residuos Sólidos)

- D.S. 057-2004-PCM (Reglamento de la Ley 27314)

- Ley 28028 (Ley de Regulación de Uso de Fuentes de Radiación Ionizante)

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- D.S. 041-2003-EM (Reglamento de la Ley 28028)

- Ley 28305 (Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados)

- D.S. 053-2005-PCM (Reglamento de la Ley 28305) Adicionalmente, las Empresas Contratistas deben conocer, cumplir y hacer cumplir los requisitos legales establecidos en la “Lista de Temas de de Seguridad y Salud Ocupacional y Requisitos Legales y Otros" del sistema SSO de SMCV en lo que fuera aplicable. 5. ALCANCE Este Reglamento es aplicable a todas las empresas contratistas y sus subcontratistas que trabajen para SMCV, complementa las disposiciones legales vigentes e internas y forma parte del contrato suscrito para las obras o de servicios. 6. NORMAS GENERALES

a) El Contratista que postule a una licitación, deberá exhibir sus indicadores de accidentabilidad total con lesiones de los últimos 24 meses (Historial de Pérdidas Incidentales) con declaración jurada.

b) A las empresas cuya formación sea menor a un año, se exigirá su historial de

accidentabilidad desde el momento de su formación.

c) La calificación e historia de pérdidas incidentales serán consideradas tanto para la invitación a licitación como para la adjudicación de contratos.

d) El grado y forma de cumplimiento de las presentes disposiciones y pérdidas

incidentales por parte del contratista durante el desarrollo del contrato, serán considerados en su calificación al término del contrato.

e) Las infracciones a las disposiciones de este reglamento constituirán

incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, contraídas en virtud de un determinado contrato y podrán considerarse causal de resolución automática del contrato, suspensión de llamado a licitación, o eliminación del Registro de Proveedores de SMCV además de las acciones legales que de acuerdo a las circunstancias aconseje la Gerencia Legal.

f) SMCV entregará un ejemplar del Reglamento Interno para Empresas

Contratistas a cada contratista inscrito en el correspondiente registro, como también cuando, habiéndose adjudicado un contrato, solicite un ejemplar.

g) Para los efectos de la aplicación de este Reglamento, los subcontratistas son

considerados como personal dependiente del contratista que celebró el contrato con SMCV. El contratista será directamente responsable de las faltas u omisiones en que éstos incurran.

h) Este Reglamento regirá en todo contrato que sea realizado en cualquier

instalación o dependencia perteneciente a SMCV, en su Unidad de Producción

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en Arequipa, ó en Lima y otros lugares no especificados pero relacionados a SMCV; y regirán también para aquellos contratos celebrados en las oficinas de SMCV en la ciudad de Lima, y cuya ejecución física o servicio sea realizado dentro de las dependencias anteriormente indicadas. También aplicará a las instalaciones externas del contratista cuando sean utilizadas para la prestación del servicio a SMCV y estarán sujetas a inspección.

i) Es obligación ineludible del personal contratista y de sus sub contratistas

conocer, difundir, cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en este Reglamento, siendo el contratista directamente responsable de las faltas u omisiones en que incurra su personal y el personal de sus subcontratistas.

7. RESPONSABILIDADES

7.1 Responsabilidad de SMCV

a) En toda obra asignada a Contratistas, SMCV designará un supervisor responsable de velar por el buen desarrollo de ella, especialmente en lo relacionado a la seguridad y salud ocupacional y medio ambiente.

b) Cuando el contratista inicie las obras, el Administrador de Contrato de SMCV,

solicitará al supervisor responsable del área en donde se realice la obra o se preste el servicio, la AUTORIZACION DE PERMISO DE TRABAJO de acuerdo al procedimiento establecido.

c) SMCV exigirá a la empresa Contratista, la contratación de un Encargado de Salud

y Seguridad con experiencia en faenas industriales y en el tipo de obra o servicios que el contratista desarrolle. Las excepciones serán establecidas por la Gerencia de Salud y Seguridad de acuerdo a las características del trabajo o servicio y los riesgos asociados al mismo.

7.2 Administrador de Contrato de SMCV

a) Coordinar entre las empresas contratistas y las diferentes unidades de SMCV, el cumplimiento de las normas e instrucciones de este reglamento.

b) Verificar antecedentes técnicos profesionales del personal de contratistas,

cuando estime necesario.

c) Auditar el respectivo descanso de los trabajadores.

d) Proporcionar y generar autorización de ingreso para el personal de empresas contratistas, con 48 horas de anticipación, según listado oficial del personal contratista que ejecute la obra.

e) Proporcionar y generar autorización de entrada y salida de vehículo,

herramientas o equipos, previo verificación que están en condiciones de ser utilizados y cumplen con los estándares legales e internos.

f) Coordinar con el área de SMCV que corresponda, la ubicación y características

de las instalaciones del contratista.

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g) Entregar al representante del contratista en faena, para que informe a sus

trabajadores, las disposiciones y reglamentos internos vigentes y que tengan relación con las actividades que realizará la empresa contratista.

h) Coordinar la programación de charlas de seguridad y medio ambiente para los

trabajadores del contratista. i) Autorizar la salida de materiales, equipos y vehículos de propiedad de la

empresa contratista con la respectiva guía de salida, como así mismo velar por la devolución de los facilitados por SMCV durante el desarrollo de la obra o servicio.

j) Promover actitudes y prácticas seguras en el personal de la Empresa

Contratista.

k) Solicitar el Programa de Salud y Seguridad, para la actividad a realizar, elaborado por la empresa contratista, analizarlo y hacerle observaciones pertinentes y aprobarlo, previa consulta al Supervisor de Salud y Seguridad del Área.

l) Solicitar el Plan de Manejo Ambiental para la actividad a realizar, elaborado por

la empresa contratista, analizarlo y hacerle observaciones pertinentes y aprobarlo, previa consulta al Supervisor de Medio Ambiente del Área.

m) Explicar a la supervisión de la empresa contratista, las políticas de Seguridad y

de Medio Ambiente de SMCV y los alcances técnico administrativos que tiene su aplicación.

n) Informar a su superior jerárquico el resultado de la gestión de Salud, Seguridad y

Medio Ambiente del contratista.

o) Comprobar, fehacientemente que el personal del contratista conoce exactamente los riesgos potenciales de los trabajos propios de SMCV, los cuales pueden estar directamente relacionados con el desarrollo de las obras o servicios contratados y verificar que se hayan adoptado las medidas de control correspondientes.

p) Realizar inspecciones con la supervisión de la empresa contratista a toda la obra

y/o servicio, con una periodicidad que dependerá de las características de la misma.

q) Paralizar cualquier obra y/o servicio si a su juicio, las condiciones sub estándar o

actos sub estándar así lo recomiendan.

r) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de seguridad y medio ambiente establecidas por leyes o decretos y las normas y reglamentos internos de SMCV, en vigencia y los que se dicten durante el desarrollo de la obra.

s) Controlar la idoneidad de los trabajadores de las Empresas Contratistas y la

calidad de los recursos materiales que empleara en la obra y/o servicio.

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t) Podrá objetar o rechazar cualquier elemento, equipo o material que a su juicio se

encuentre defectuoso, en mal estado o fuera de estándar aceptado para la realización de la obra y/o servicio.

u) Está facultado para citar al representante legal o personal de contratista, a

reuniones de trabajo específicas programadas por la Gerencia de Seguridad y Salud y la Gerencia de Abastecimiento.

v) Controlar el avance de obras y/o servicios de manera que esta se desarrolle de

acuerdo a los planes establecidos, manteniendo un registro diario de avance de acuerdo al tipo de control establecido mediante el respectivo contrato.

w) Verificar que la calidad de la obra y/o servicio se desarrolle de acuerdo a lo

establecido en el respectivo contrato.

x) Autorizar los estados de pago de acuerdo a las tarifas pactadas y de los avances reales de las obras y/o servicios y preparar el acta final de recepción de obra y/o servicio, enviando una copia de estos al Área de Contratos.

y) Reportar a la Gerencia de Abastecimiento, en caso de incumplimiento de

cláusulas contractuales pactadas.

z) Avisar a la Gerencia de Protección Industrial el cese de algún trabajador del Contratista para proceder al bloqueo de la autorización de ingreso.

7.3 Gerencia de Salud y Seguridad.

a) Asesorar al Administrador de contrato de SMCV en las materias relacionadas con seguridad e higiene industrial, a objeto de que éstos ejerzan un adecuado control sobre obra o servicio brindado por los contratistas.

b) Verificar que todas las empresas contratistas que prestan servicios en SMCV,

cuenten con asesoría en Salud y Seguridad y autorizar las excepciones.

c) Revisar el cumplimiento del programa de Seguridad presentado por el contratista.

d) Verificar la calidad y cantidad del equipo de protección personal usado por el

personal de la empresa contratista

e) Promover el sentido de cooperación entre el personal del contratista y el de SMCV en todos los aspectos de Salud Y Seguridad

f) En caso de incidentes graves o fatales, la Gerencia de Salud y Seguridad está

facultada para citar a la línea de mando, personal y testigos, perteneciente a la empresa contratista, para declarar o reconstituir el hecho y a todas aquellas diligencias tendientes a esclarecer los hechos.

g) Verificar la investigación de todos los incidentes dentro del plazo establecido de

24 horas y recepcionar la información respectiva.

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h) Revisar los índices de accidentalidad de las empresas contratistas. i) Mantener actualizada la información estadística enviada por la empresa

contratista y verificar el cumplimiento de Metas y Programas de Salud y Seguridad.

j) Mantener una fiscalización directa sobre los encargados de Salud y Seguridad

de los contratistas, informar al Administrador de Contrato por SMCV, los problemas detectados en la supervisión de la empresa contratista.

k) Ante cualquier hecho evidente en que exista un compromiso grave o inmediato

de la integridad de las personas, equipos, instalaciones y medio ambiente, todos los integrantes de la compañía están facultados para adoptar medidas correctivas inmediatas, informando de ello al Administrador de Contrato de SMCV.

l) Recolectar el formulario de información estadística mensual de accidentes de las

empresas contratistas, preparar un informe consolidado y enviar mensualmente a la Gerencia Legal de SMCV.

7.4 Gerencia de Medio Ambiente.

a) Asesorar al administrador de contrato de SMCV, en las materias relacionadas con Medio Ambiente.

b) Incorporar el cuidado del medio ambiente y el cumplimiento de las disposiciones

legales a las empresas contratistas y subcontratistas.

c) Promover la capacitación ambiental.

d) Entregar y asesorar sobre normas de protección ambiental de SMCV a empresas contratistas y subcontratistas.

e) Seguimiento del cumplimiento de los Planes de Manejo Ambiental presentados

por las empresas contratistas.

f) Verificar la investigación de incidentes ambientales y derrames por parte de empresas contratistas y subcontratistas.

g) Monitoreo y fiscalización de las actividades que puedan causar impacto

ambiental a causa de estas empresas. 7.5 Gerencia de Proteccion Industrial.

a) Verificar los antecedentes individuales del personal de las empresas contratistas, cuando SMCV lo estime necesario.

b) Mantener actualizado el registro de personal de contratistas que haya ingresado

a los recintos de SMCV.

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c) Controlar, en el ingreso, las credenciales del personal contratista, previamente autorizado.

d) Controlar el acceso, permanencia y circulación del personal contratista del

recinto de SMCV.

e) Revisar y autorizar inventario de herramientas, equipos, materiales y elementos, que el contratista ingrese a los recintos de SMCV.

f) Revisar y controlar la salida de herramientas, equipos y elementos, que el

contratista retire de los recintos de SMCV, exigiendo las Guías debidamente visada por el Administrador de Contrato de SMCV.

g) Controlar que los conductores de empresas contratistas estén en posesión de la

licencia interna de conducir otorgada por SMCV.

h) Velar por el cumplimiento de los procedimientos aquí establecidos y en especial por la Política vigente de Alcohol y Droga, Reglamento de Conductores etc.

7.6 Posta médica.

a) Visar el examen médico preocupacional del personal contratista, manteniendo el file requerido por la ley.

b) Visar el examen médico preocupacional del personal contratista, que realizará

trabajos en alturas estructurales.

c) Proporcionar atención en la unidad de Salud Ocupacional en caso de urgencia y/o incidentes a todo el personal de empresas contratistas.

7.7 Gerencia de Abastecimiento / Superintendencia de Compras y Contratos.

a) Procesar cualquier requerimiento de SMCV con respecto de servicios de terceros.

b) Establecer en coordinación con el usuario garantías, multas y otras sanciones

para casos de infracciones y/o incumplimientos de los compromisos adquiridos, también cuando se superen los niveles de accidentalidad establecidos.

c) Entregar a las empresas contratistas, al momento de la licitación y adjudicación,

una copia del “Reglamento Interno para Empresas Contratistas”

d) Solicitar a la Empresa Contratista los documentos relacionados con seguros, relación contractual etc.

e) Instruir al contratista la presentación de certificados que sustenten el pago a

trabajadores, así como el cumplimiento de sus obligaciones y aportes sociales correspondientes, al momento de solicitar el pago de sus respectivas facturas.

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f) Realizar auditorías “laborales” inopinadas de modo que tanto en libros como en el campo se pueda verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales de las empresas contratistas.

g) Recibir las Pólizas de Seguros necesarias de acuerdo a la naturaleza de la obra

o servicio. 8. RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA CONTRATISTA

a) El contratista deberá dar cumplimiento cabal a las disposiciones legales vigentes y

a toda normativa interna de SMCV.

b) Cada empresa Contratista deberá nominar un representante oficial, el cual actuará como el representante permanente ante SMCV. Dicha persona deberá demostrar, además, idoneidad, formación profesional y representatividad suficiente.

c) La responsabilidad por realizar acciones efectivas tendientes a evitar pérdidas y

lesiones, es de todos los trabajadores, esencialmente de la línea de mando de las empresas contratistas.

d) Es obligación para todas las empresas contratistas poner en práctica las normas

descritas en este manual, como también aquellas comunicadas por el libro de obra, en las bases administrativas del contrato y otras emanadas de la supervisión directa de SMCV.

e) El contratista debe mantener informado a todo su personal sobre los riesgos

generales dentro del área que realiza la obra o servicio en SMCV y aquellos específicos de su trabajo.

f) Instruir a todo su personal sobre la obligación de cumplir con la legislación vigente y

de los procedimientos internos de SMCV.

g) Entregar mensualmente a la Gerencia de Salud y Seguridad, el informe con la gestión realizada y las cifras estadísticas logradas. El plazo para entregar este informe vence el segundo día de cada mes.

h) El encargado de la obra o servicio y el Encargado de Salud y Seguridad de la

empresa contratista deberán de participar obligatoriamente en la reunión mensual del Comité de Contratistas. La no participación es una falta a las obligaciones contractuales. En caso que una persona se ausente en dos reuniones consecutivas sin justificación válida, será motivo para solicitar a la empresa contratista la remoción del responsable de las instalaciones de SMCV.

i) Comunicar a la Gerencia de Salud y Seguridad, en forma inmediata todos los

incidentes con lesiones a personas o daños con alto potencial, y presentar el informe de investigación de dicho accidente a la Gerencia de SMCV que administra el contrato en un plazo de 48 hrs.

j) Todo trabajador de empresa contratista debe asistir obligatoriamente a una charla

de inducción, antes del ingreso a cualquier instalación de SMCV. La charla de orientación tiene el carácter de general, siendo de responsabilidad de la supervisión

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del contratista instruir a sus trabajadores acerca de los riesgos específicos del trabajo a desarrollar.

k) Será responsabilidad de la administración de la empresa contratista solicitar la

inscripción en la charla de inducción con la antelación suficiente de poder completar el trámite de ingreso a lo menos con un día de anticipación al inicio de los trabajos.

l) Todas las Empresas Contratistas deben tener un Libro de Obras o servicios, en los

que se anotarán el avance de la obra o servicio, así como, observaciones Salud y Seguridad o medio ambiente realizadas por algún representante de SMCV.

8.1 Control de Riesgos El Control de Riesgos es parte fundamental del sistema de administración de toda organización y, es una responsabilidad natural del desempeño directivo y operativo. De esta manera se garantizará el éxito de las acciones programadas en el manejo de las operaciones productivas. Por este motivo SMCV ha establecido las siguientes disposiciones generales de Control de Riesgos para sus contratistas que operen en sus instalaciones: La responsabilidad del Control de Riesgo se inicia con el Gerente de la Empresa, Representante, supervisores y todos los integrantes de la empresa contratista. De los resultados de esta gestión dependerá su permanencia como contratista en SMCV. Todos los trabajadores de la Empresa Contratista, tienen la obligación de respetar y cumplir las disposiciones legales sobre Salud y Seguridad y Medio Ambiente, elaboradas por la autoridad competente. Al ser licitado una obra o servicio, el contratista adjudicado deberá presentar en un plazo no mayor a 10 días, al Administrador de Contrato por SMCV, un Programa Sistemático de Salud y Seguridad que considere por lo menos lo siguiente: 8.2 Política de Control de Riesgos.

Dicha política deberá ser firmada por el Gerente de la Empresa Contratista y ser publicada en los recintos de la instalación. La política deberá, además, estar inserta en el respectivo Programa de Salud y Seguridad. El Programa de Salud y Seguridad debe tener como base, una Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos, por lo que se exigirá se incorpore esta matriz en el Programa.

La Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos debe realizarse utilizando para ello la metodología del Valor Esperado de la Pérdida, (VEP). 8.3 De la Capacitación Se le deberá mostrar al Trabajador su lugar de trabajo e indicar los riesgos específicos del mismo, en el caso de:

- Trabajadores nuevos. - Cambio de puesto de trabajo.

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- Cambio de equipos y sistemas. - Trabajadores que retornan después de un accidente o enfermedad.

La empresa contratista deberá entregar capacitación respecto al manejo y transporte de sustancias peligrosas, cuando amerite. Es obligación del contratista informar a su personal sobre las condiciones de riesgo y medidas de seguridad a considerar en el área donde ejecutarán los trabajos, según lo dispuesto en el Decreto Supremo 046-2001-EM. El contratista deberá instruir a su personal sobre la manera de usar los extintores y demás equipos de control de incendios para casos de emergencia. En aquellas obras de gran magnitud y de un alto potencial de riesgos, situación que calificará en conjunto con el Administrador de Contrato por SMCV con la asesoría de la Gerencia de Salud y Seguridad y/o la Gerencia de Medio Ambiente, se exigirá al contratista extremar las medidas de control a través de la instalación de equipos y/o dispositivos anexos. 9. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES

a) Del encargado de Salud y Seguridad de la empresa Contratista.

Cada contratista deberá proporcionar, como mínimo un Ingeniero o Supervisor de Seguridad y Salud Ocupacional calificado a tiempo completo cada 25 empleados. En caso de un número mayor de trabajadores, será la Gerencia de Salud y Seguridad de SMCV quién en virtud de las características de los trabajos y el riesgo potencial del mismo, definirá cuantos Ingenieros de Seguridad y Salud Ocupacional adicionales se requerirán. Los Ingenieros de Seguridad y Salud Ocupacional que vayan a realizar trabajos en SMCV, previo al inicio de sus funciones deberán presentar sus antecedentes a la Gerencia de Salud y Seguridad, quienes se encargarán de verificar si cuenta con experiencia y competencias adecuadas para el tipo de trabajo que va a supervisar. b) Programa de Seguridad e Higiene Todas las empresas contratistas deben realizar actividades tendientes a evitar accidentes. El Programa de Seguridad e Higiene debe contener al menos lo exigido por el DS 046-2001-EM del Ministerio de Energía y Minas. Este programa deberá presentarse antes de iniciar sus actividades para su validación. Aquellas empresas que realicen diversos trabajos para SMCV y mantengan un programa anual vigente y validado, regirán todos sus trabajos en función de este programa. c) Normas generales de control de riesgos. El Contratista, antes de iniciar actividades, deberá interiorizarse de los riesgos que presentan el área o sector donde se desarrollarán las obras o servicios. Con este fin deberá solicitar antecedentes y asesoría técnica al Administrador del Contrato de SMCV, quedando constancia en el libro de obra o servicio la información y la asesoría entregada. El incumplimiento de esta disposición será causal suficiente para que se paralicen las obras o servicios.

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La Empresa Contratista mantendrá vigente, durante el plazo del contrato, un seguro Complementario de Trabajo de Riesgo a favor de sus trabajadores que contengan como mínimo, la cobertura para el caso de muerte por accidente o incapacidad permanente, ocurrida a raíz de accidente. La Gerencia de Abastecimiento por SMCV exigirá la exhibición de los documentos que acrediten la vigencia de dicho seguro. Cuando lo considere necesario, SMCV adquirirá el seguro por cuenta del contratista, debiendo indicarlo así en el contrato. Está totalmente prohibido que personal contratista opere, accione, manipule, etc., cualquier equipo de SMCV, incluso los propios, no estando entrenado ni autorizado para hacerlo. La omisión a esta disposición será considerada falta gravísima, debiendo responder por ella, el supervisor directo del contratista que autorizó la operación o el trabajador si la acción la realizó por motivación propia. El personal contratista deberá abstenerse de ingresar, transitar o permanecer en áreas que no sean las que correspondan al contrato, o estén relacionadas con éste; como también deberán limitarse a ocupar solamente el área que le fue asignada para la realización de sus trabajos por el Administrador de contrato por SMCV. d) De la documentación El Contratista mantendrá un Libro de Obra o Servicio, del tipo manifold, triplicado, foliado, tamaño hoja carta. En él se anotarán las observaciones técnicas originadas por el contratista y los Administradores de Contrato de SMCV, como también las indicaciones realizadas por los asesores de la Gerencia de Salud y Seguridad o Gerencia de Medio Ambiente de SMCV. El Libro de Obra o Servicio, deberá en el reverso de la tapa anterior indicar:

• Nombre de la empresa contratista, dirección comercial, fono y fax. • Nombre del Dueño o Representante legal de la Empresa Contratista, dirección y

fono. • Nombre del supervisor principal de la empresa contratista dirección y fono. • Número de contrato. • Nombre del Administrador de Contrato por SMCV

e) Libro de Asistencia del personal.

Toda empresa contratista deberá contar en faena con un libro foliado de asistencia diaria de su personal por obra o servicio. f) Inducción General

Antes de iniciar cualquier obra o servicio, los trabajadores de las empresas contratistas deberán asistir a una charla de inducción dictada por la Gerencia de Medio Ambiente y la Gerencia de Salud y Seguridad. No se permitirán excepciones a esta normativa. g) Inducción específica sobre los Riesgos Inherentes El contratista debe detectar, informar e instruir a todo su personal sobre los riesgos inherentes al trabajo, de acuerdo a lo exigido por las normas legales vigentes. Esta capacitación se debe

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registrar en forma obligatoria y por cada trabajador de acuerdo al D.S. 046-2001-EM; los cuales serán auditados por al Gerencia de Salud y Seguridad: ANEXO N° 14: Inducción y Orientación General para uso del Departamento de Seguridad e Higiene Minera. ANEXO N° 14 A: Inducción y Orientación en el Área de Trabajo ANEXO N° 14 B: Programa de Capacitación en el Trabajo / Tarea h) Disposiciones Legales Las empresas contratistas deberán conocer y aplicar las disposiciones legales tanto las mencionadas en el presente Reglamento o aquellas que de acuerdo a la naturaleza de los trabajos sean aplicables o que se pongan en vigencia durante la realización de los trabajos,: i) Personal Empresas Contratistas El Contratista deberá presentar a: La Gerencia de Abastecimiento, antes que comience la obra o servicio, la siguiente documentación:

• Nómina de personal, incluyendo Nº DNI y cargo. • Nómina de conductores, incluyendo fotocopia de la licencia de conductor. • Lugar donde se debe llevar al trabajador accidentado (clínica u hospital). • Copia de Tarjeta de Propiedad de los Vehículos. • Control de humos • SOAT

Al Administrador de contrato:

• Nomina del personal especializado • Certificado de especialización u homologación de acuerdo a los requerimientos del

contrato La Gerencia de Salud y Seguridad:

• Nomina del personal de Salud y Seguridad de la empresa contratista. • Resumen y experiencia comprobable de gestión del Ingeniero encargado de Salud y

Seguridad j) Áreas y Sectores de Trabajo

• También la supervisión de la empresa contratista debe recorrer el área o sector de trabajo para visualizar riesgos inherentes que pudieran generar incidentes.

• Ningún trabajador de empresas contratistas podrá transitar por áreas no asignadas por el contrato, cualquier trabajador que falte a esta norma será expulsado de las operaciones. Las excepciones las autorizará el administrador del contrato.

k) Orden y Aseo de las Instalaciones y de las Áreas de Trabajo Las empresas contratistas serán responsables de implementar sus propias instalaciones de acuerdo a los requerimientos mínimos de Seguridad, estética, salubridad y confort que

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R e g l a m e n t o I n t e r n o p a r a E m p r e s a s C o n t r a t i s t a s d e S o c i e d a d M i n e r a C e r r o V e r d e S . A . A .

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estipulan las disposiciones legales al respecto y los estándares aceptados por SMCV. Únicamente se aceptará la instalación de contenedores metálicos con tamaño mínimo de 20 píes en las zonas definiditas para cada caso por el Administrador de Contrato. Los contenedores deberá ser adecuados para la función que fueron destinados (oficina, almacén, vestuario, etc). En caso que sea responsabilidad de SMCV de proveer las instalaciones, el contratista mantendrá en buenas condiciones de conservación y al término de la Obra o Servicio, las devolverá en las mismas condiciones en que fueron recibidas. En sus instalaciones el contratista deberá demarcar los lugares de almacenamiento de materiales, de estacionamiento de vehículos. El estacionamiento deberá ser de tal manera que los vehículos siempre puedan salir hacia adelante. En la instalación del contratista en operaciones, cada trabajador deberá contar con un casillero guardarropa con puerta. En aquellos trabajos donde los trabajadores estén expuestos a sustancias tóxicas y/o contaminantes (definida así por SMCV), cada trabajador deberá contar con dos casilleros individuales, separados e independientes, uno destinado a la ropa de trabajo y el otro a la vestimenta habitual. En toda obra o trabajo de servicio, el contratista deberá contar con medios de extinción de incendio. Adicionalmente el contratista deberá confeccionar y dar cumplimiento a un programa de orden y aseo de su instalación en SMCV, como de todos los lugares de trabajo. Al término del trabajo el contratista debe dejar el área en buenas condiciones lo cual deberá ser avalado por una inspección de parte de la Gerencia de Salud y Seguridad, Gerencia de Medio Ambiente y Representante del área y el Administrador del contrato. Luego de la recepción se levantará un acta la cual será requisito para el pago total de la obra o trabajo. l) Condiciones Ambientales Durante el desarrollo de la obra o servicio, el personal de la empresa contratista debe cumplir con toda la legislación vigente y con aquellas normativas internas emanadas de la Gerencia de Medio Ambiente de SMCV. m) Información en Caso de Accidentes

1. El contratista está obligado a dar aviso en forma inmediata al Administrador por SMCV y a la Gerencia de Salud y Seguridad de cualquier incidente con lesiones a las personas o aquellos que dañen la propiedad.

2. El contratista deberá procurar la atención de sus trabajadores accidentados en la Posta

Médica que existe en SMCV. 3. En caso de accidentes graves y fatales debe informar inmediatamente al Administrador

del Contrato, quien a su vez informará a la Gerencia de Salud y Seguridad de SMCV. En estos casos, se aplicará el procedimiento interno para accidentes graves y fatales de SMCV.

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n) Entregar Información Estadística El contratista debe entregar mensualmente, y antes del quinto día de cada mes a la Gerencia de Salud y Seguridad reporte con la siguiente información:

1. Estadísticas de incidentes:

- Número de incidentes incapacitantes y no incapacitantes - Horas - hombre trabajadas - Días perdidos por los lesionados - Dotación de personal

2. Relacionado al cumplimiento del programa:

- Número de Investigación de incidentes realizados. - Número de inspecciones realizadas. - Número de charlas operacionales dictadas - Capacitación o instrucción formal dictadas - Número de reuniones realizadas. - Otras actividades realizadas.

Para cada actividad debe adjuntarse copia del formato de respaldo de la actividad. o) Equipo de Protección Personal Es obligación del contratista proporcionar a su personal en su primer día de trabajo sin costo alguno para el trabajador, el siguiente equipo de protección personal, siendo su uso de carácter obligatorio:

1. EPP Básico Consiste en el equipo básico, y será obligatorio su uso por todas las personas que ingresen en calidad de trabajadores a SMCV:

- Casco de seguridad con logotipo de la empresa. - Lentes de seguridad. - Zapatos de seguridad - Chaleco con cintas reflectivas y Logotipo de la Empresa en la parte posterior.

2. EPP Especial

Es aquel que se debe usar para realizar trabajos en el interior de nuestros recintos y está ligado a los riesgos inherentes al trabajo que se realiza y a los agentes ambientales presentes en el área, podemos señalar los siguientes:

- Equipo soldador. - Mameluco o mandil - Arnés de seguridad - Respiradores, cánister y/o equipos autónomos. - Diferentes tipos de guantes - Ropa especial

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- Tapones auditivos y protectores de copa, etc. Este equipo adicional se indicará a la empresa contratista a través del contrato y podrá ser el señalado o el que adicionalmente SMCV solicite de acuerdo a los riesgos de la actividad que realizará el trabajador de la empresa contratista. El contratista considerará en su propuesta el suministro de elementos de protección personal para sus trabajadores, cuya calidad deberá ser, como mínimo, la misma de SMCV, se controlará el cumplimiento de este requisito, separando de la operación a aquellos trabajadores de la empresa contratista que no cuenten con elementos de protección personal de acuerdo a la calidad exigida por SMCV. Cuando se liciten trabajos considerados de alto riesgo por SMCV, se establecerá en las bases de licitación respectivas y en la visita en terreno, el equipo de protección personal que los proponentes deberán considerar en sus ofertas. La reposición de todos los implementos de protección personal, deberá ser por cuenta del contratista. p) Manual de Seguridad y Salud del Contratista SMCV proveerá a las empresas contratistas del documento Manual de Seguridad y Salud del Contratista. Si la naturaleza del trabajo u obra contempla algunas labores no consideradas en el mencionado documento, se realizará el respectivo Análisis de Riesgo y conjuntamente entre el Contratista y la Gerencia de Salud y Seguridad se establecerán los estándares de ejecución de dichos trabajos. 10. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS

SMCV desarrollará y proveerá a las empresas contratistas de normativas y estándares específicos, y otros documentos relacionados al Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional. 11. TRANSGRESIONES Y/O FALTAS AL PRESENTE REGLAMENTO Cualquier supervisor de SMCV está facultado para formular observaciones de falta o trasgresión a las presentes normas. Esta observación debe presentarla al Supervisor Contratista y al Supervisor encargado de dicha obra, quien aplicará las medidas correctivas necesarias. Estas medidas correctivas pueden ir desde una amonestación verbal, el retiro del personal o hasta la resolución del contrato, dependiendo de la magnitud y frecuencia con que se hayan detectado dichas transgresiones y lo establecido en el contrato de la Obra o Servicio. 12. COORDINACIÓN ENTRE SMCV Y LAS EMPRESAS CONTRATISTAS Toda coordinación que requiera el contratista con el usuario para el desarrollo de la obra o servicio y que signifique interferir o se vea interferida por trabajos propios de SMCV, deberá efectuarse a través del Administrador de Contrato por SMCV y el coordinador del área donde se efectuará la labor, esto se registrará en el documento “Permiso de Trabajo Para Contratista”.

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13. COMPORTAMIENTO PERJUDICIAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y/O DEL TRABAJADOR DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y ACCIONES

Será considerado comportamiento perjudicial cuando se cometan las infracciones que a continuación se indican:

• Ejecutar labores o funciones en lugares no estipulados en el Contrato o no autorizados por escrito.

• No cumplir con una o más de las Reglas de Tolerancia Cero. • Manipular y/o transportar sustancias calificadas como peligrosas, tóxicas y/o

contaminantes, en general, sin estar debidamente capacitado e instruido para ello. • Cometer acciones que atenten contra el ambiente, de acuerdo a lo establecido en

las normas ambientales de SMCV. • SMCV se reserva el derecho a exigir la inmediata sustitución de cualquier trabajador

del Contratista, si a juicio de éste, no cumple con los requisitos de idoneidad exigidos, o si su cumplimiento general es perjudicial para el desarrollo de la obra. SMCV podrá impedir el ingreso a sus recintos de determinadas personas, considerando que los servicios que se presten o que las obras que pudieran ejecutarse requieren de gran especialización.

• En el terreno, cualquier supervisor de Cerro Verde podrá solicitar al representante del Contratista, que detenga los trabajos, en forma parcial o total cuando así lo requiera la seguridad de los trabajadores, directa o indirectamente relacionada con la obra o servicio, de los equipos e instalaciones o del trabajo mismo o que se esté incurriendo en un manejo inadecuado de aspectos relacionados con el medio ambiente. La paralización se mantendrá mientras subsistan las condiciones inseguras detectadas.

• Obstaculizar de cualquier forma el desplazamiento y actuación de vehículos y personas de emergencia.

• Desobedecer instrucciones generales o específicas en cuanto a procedimientos de trabajo o uso de elementos de protección personal.

• Cometer acciones que atenten contra la integridad del personal o instalaciones o de SMCV.

• Reparar vehículos, equipos o maquinarías en forma inapropiada, generando un riesgo adicional de accidente.

• No dar cuenta de situaciones evidentes de peligro para el personal o instalaciones del contratista o de SMCV.

• Ocultar o tergiversar información necesaria para el esclarecimiento de un incidente. • No informar oportunamente los incidentes. • Conducir vehículos sin estar en posesión de la Licencia Interna de Conducir de

SMCV. • Manipular explosivos sin estar en posesión de la Licencia de Manipulador de

Explosivos. • Participar en acciones en contra de bienes de la compañía. (Hurtos, Robos, etc.) • No respetar las disposiciones de éste y demás reglamentos y normas internas o las

indicaciones dejadas en el libro de obra o servicio.

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14. SANCIONES SMCV podrá aplicar penalidades a la empresa contratista en todos aquellos casos en que el personal de la Gerencia de Salud y Seguridad, Gerencia de Medio Ambiente, Gerencia de Protección Industrial, el Administrador del Contrato o cualquier Supervisor de SMCV, encuentre a personal del Contratista o de Subcontratistas infringiendo las normas de seguridad, medio ambiente o las normas aceptadas por el contrato. Se establece que cualquier atraso en la ejecución del Contrato, derivado de la aplicación de este reglamento, no constituirá, de ninguna forma, argumento para justificar dicho atraso ni tampoco sustituirá o limitará la aplicación de las penalidades, sanciones y demás remedios contractuales establecidos en el contrato que se haya celebrado con el Contratista. El contratista autoriza a Cerro Verde para cobrar las penalidades, de la facturas pendientes de pago o de las garantías constituida en el contrato, sin exclusión ni reserva alguna y renunciando a todo reclamo por este concepto. En caso de detectarse incumplimientos de las obligaciones laborales a cargo de la empresa contratista, ésta autoriza a SMCV a retener el monto de sus facturas pendientes de pago para cubrir las obligaciones de naturaleza laboral que pudiera mantener pendientes de pago con sus trabajadores. 15. REGISTROS El documento original y las constancias de recepción de la Regulación por parte de los trabajadores se archivarán de acuerdo al siguiente cuadro:

Nombre del Registro Responsable del Control Tiempo Mínimo de Conservación

Recepción de regulaciones Supervisor de Salud y Seguridad del Área Permanente

16. ANEXOS Anexo 1: Recepción de Regulaciones

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Anexo 1

RECEPCIÓN DE REGULACIONES

Acuso recepción conforme de la presente regulación, la cual contiene el “Reglamento Interno para Empresas Contratistas de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.”, elaborado por Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. dentro del marco legal vigente. Autorizo a Cerro Verde para que realice las inspecciones, verificaciones e intervenciones desarrolladas en el presente Reglamento.

Sobre el documento recibido, manifiesto haber tenido una instrucción adecuada, respecto de las materias incluidas en él, así como reitero mi compromiso de acatar íntegramente dichas instrucciones antes, durante y después de la realización de los trabajos encomendados.

NOMBRE del Representante Legal del Contratista

N° DNI / REGISTRO :

EMPRESA :

CARGO

FECHA RECEPCIÓN

Firma : ...................................................................................

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