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11/17/11 Vista PreYia 1/3 ¢QUIERE ABRIR UNA NUEVA EMPRESA? OBTENGA SU ACTA CONSTITUTIVA A TRAVÉS DE TUEMPRESA.GOB.MX Las nuevas tecnologías facilitan sus futuros planes y metas. Mediante un sencillo registro electrónico, usted podrá comenzar un nuevo emprendimiento y abrir una empresa. Obtendrá su AcWa ConVWiWXWiYa a través del portal www.tuempresa.gob.mx, un sitio web que el Gobierno Federal ha creado para facilitar trámites de apertura y constitución de Sociedades Anónimas de Capital Variable y Sociedades de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. ReVponVabilidad LimiWada de CapiWal VaUiable La Sociedad Anónima de Capital Variable es recurrente en empresas dedicadas a la comercialización de bienes y servicios. Se encuentra constituida por socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. El capital puede variar sin que exista una modificación en el acta constitutiva, siendo el capital mínimo para su constitución la suma de cincuenta mil pesos. En cambio, la Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable está constituida entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones. El capital mínimo no podrá ser inferior a tres mil pesos. Tuempresa.gob.mx permitirá la creación de su empresa y obtención de su acta constitutiva, enviando la información y datos necesarios a las dependencias correspondientes sin tener que acudir personalmente a realizar trámites que insumen tiempo y dinero. Si bien podrá facilitar estos trámites a través del portal, deberá concurrir de manera presencial ante el Fedetario para concluir el proceso. Éste podrá ser elegido a través de una lista proporcionada por el portal, en el que se detallará el tipo de Fedetario (Corredor P~blico o Notario P~blico) y su ubicación, pudiendo usted elegirlo de acuerdo a su conveniencia. Una vez que se asigna un Fedetario, se le proporcionará los datos de contacto del mismo para poder finalizar los trámites correspondientes. A través del portal, usted podrá obtener un expediente electrónico que contará con un proyecto de estatutos de su empresa y su Acta Constitutiva. Este expediente electrónico quedará a resguardo del Gobierno Federal. Por otra parte, obtendrá el permiso de uso de nombre o denominación social, la boleta de inscripción del Acta Constitutiva en el Registro P~blico de Comercio correspondiente, la Cédula

11/17/11 Vista Preia ¢QUIERE ABRIR UNA NUEVA EMPRESA ...€¦ · 11/17/11 Vista Preia 1/3 ¢QUIERE ABRIR UNA NUEVA EMPRESA? OBTENGA SU ACTA CONSTITUTIVA A TRAVÉS DE TUEMPRESA.GOB.MX

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¿QUIERE ABRIR UNA NUEVAEMPRESA? OBTENGA SU ACTACONSTITUTIVA A TRAVÉS DETUEMPRESA.GOB.MX

Las nuevas tecnologías facilitan sus futuros planes y metas. Mediante un sencillo registroelectrónico, usted podrá comenzar un nuevo emprendimiento y abrir una empresa. Obtendrásu Acta Constitutiva a través del portal www.tuempresa.gob.mx, un sitio web que elGobierno Federal ha creado para facilitar trámites de apertura y constitución de SociedadesAnónimas de Capital Variable y Sociedades de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. Responsabilidad Limitada de Capital Variable La Sociedad Anónima de Capital Variable es recurrente en empresas dedicadas a lacomercialización de bienes y servicios. Se encuentra constituida por socios cuya obligación selimita al pago de sus acciones. El capital puede variar sin que exista una modificación en el actaconstitutiva, siendo el capital mínimo para su constitución la suma de cincuenta mil pesos. En cambio, la Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable está constituida entresocios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones. El capital mínimo no podráser inferior a tres mil pesos. Tuempresa.gob.mx permitirá la creación de su empresa y obtención de su acta constitutiva,enviando la información y datos necesarios a las dependencias correspondientes sin tener queacudir personalmente a realizar trámites que insumen tiempo y dinero. Si bien podrá facilitarestos trámites a través del portal, deberá concurrir de manera presencial ante el Fedetario paraconcluir el proceso. Éste podrá ser elegido a través de una lista proporcionada por el portal, en el que se detallaráel tipo de Fedetario (Corredor Público o Notario Público) y su ubicación, pudiendo ustedelegirlo de acuerdo a su conveniencia. Una vez que se asigna un Fedetario, se le proporcionarálos datos de contacto del mismo para poder finalizar los trámites correspondientes. A través del portal, usted podrá obtener un expediente electrónico que contará con un proyectode estatutos de su empresa y su Acta Constitutiva. Este expediente electrónico quedará aresguardo del Gobierno Federal. Por otra parte, obtendrá el permiso de uso de nombre o denominación social, la boleta deinscripción del Acta Constitutiva en el Registro Público de Comercio correspondiente, la Cédula

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de Identificación Fiscal con clave de RFC, y una cita ante la Subdelegación del InstitutoMexicano del Seguro Social para recoger su Aviso de Registro Patronal y Tarjeta de Identificación Patronal En tuempresa.gob.mx usted podrá constituir cuantas empresas desee en las siguientesentidades federativas: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua,Coahuila, Colima, Distrito Federal, Durango, Estado de México, Guanajato, Guerrero, Hidalgo,Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo,San Luis de Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán. Para poder obtener su acta constitutiva en el portal, usted deberá registrarse, seleccionar elnombre de la empresa o razón social, completar los datos requeridos, pagar los DerechosFederales correspondientes (vía Internet o por ventanilla bancaria) y finalmente formalizar laconstitución de la empresa a través de un Fedetario Público. El nombre de la empresa podrá ser escogido, mientras respete lo pautado por el Catálogo dePalabras Condicionadas para la Selección de Nombres de Personas Morales. El nombrecorresponderá con el rubro y actividad de la empresa, ya sea comercialización de bienes,producción de bienes o prestación de servicios. Si la razón social es autorizada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, deberá efectuar elpago correspondiente en los 5 días hábiles posteriores a dicha habilitación. Una vez realizado elpago, obtendrá la información del comprobante para validarlo en el portal y poder conservar lareserva del nombre. Asimismo, en los 90 días posteriores deberá protocolizar el contrato desociedad mercantil. . Para registrase en tuempresa.gob.mx solo necesitará proporcionar su nombre completo y teneruna cuenta de correo electrónico. Luego de aceptar los términos y condiciones de uso, recibiráun correo electrónico de confirmación de registro para dar de alta a su cuenta. Podrá ingresaren ella a través de su nombre de usuario y una contraseña de seguridad que usted mismoescogerá. Inmediatamente después, usted podrá registrar una nueva empresa en el portal. Para hacerlo,deberá proporcionar su domicilio, el domicilio de la empresa, datos generales de accionistas,socios y administradores, domicilio completo y RCF o CURP de los mismos. En el caso de que los accionistas sean personas morales, se debe consignar fecha deconstitución, Registro federal de Contribuyentes, domicilio y datos generales del representantede la persona moral. La documentación apropiada a presentar dependerá de las características de los socios,accionistas y administradores. En el caso de personas físicas, deberán presentar una identificación oficial (licencia de conducir,pasaporte, credencial de elector o cédula profesional), Registro Federal de Contribuyentes(RCF) y comprobante de domicilio.

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Las personas morales deberán presentar identificación oficial del socio o representante legal ycarta notarial o acta constitutiva que acredite al socio o representante legal. En el caso deextranjeros, será necesario el pasaporte y el documento migratorio (FM2 o FM3). En el caso de no poseer la totalidad de la información, usted podrá llenar los requerimientosque tenga en su poder y guardar los cambios, completando la información cuando lo deseesolamente ingresando en su cuenta. Asimismo, podrá completar la información al momento enque formalice la constitución de su empresa con el Fedatario Público. Mediante el portal, usted podrá realizar el pago del Permiso de uso de nombre y el Aviso deuso del permiso así como el pago de solicitud de inscripción en el Registro Nacional deInversiones Extranjeras, siempre y cuando haya obtenido la solicitud del nombre aprobada porla secretaría de Relaciones Exteriores y la información completa en la Integración del Capital. Si bien podrá crear cuantas empresas desee, una vez que haya iniciado los trámites para laapertura de una sociedad de manera presencial, no podrá continuar los mismos a través delportal. Finalmente, una vez cumplidos todos los requisitos correspondientes, ya obtenida su ActaConstitutiva, podrá comenzar a operar a través de su nueva empresa.