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NORMAS INTERNACIONAL DE AUDITORÍA (NIA) 250-260-265 Carolina Millan Cristian Sanchez

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NORMAS INTERNACIONAL DE

AUDITORÍA

(NIA) 250-260-265

Carolina Millan

Cristian Sanchez

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NIA 250

NIA 250

CONSIDERACIÓN DE LAS DISPOSICIONES

LEGALES Y REGALMENTARIAS EN LA

AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS.

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ALCANCE DE

La responsabilidad que tiene el auditor de

considerar las disposiciones legales y

reglamentarias en la auditoría de estados

financieros.

Efecto de las disposiciones legales y

reglamentarias a las que una entidad está

sujeta, constituyen el marco normativo.

Otras disposiciones legales y reglamentarias

deben cumplirse por la dirección.

NIA 250

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RESPONSABILIDAD DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS:

Es responsabilidad de la dirección, bajo lasupervisión de los responsables del gobierno dela entidad:

* Asegurar que las actividades de la entidad serealicen de conformidad con las disposicioneslegales y reglamentarias, incluido elcumplimiento de las que determinan lascantidades e información a revelar en losestados financieros de la entidad.

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RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR

Los requerimientos de esta NIA tienen como finalidad facilitar alauditor la identificación de incorrecciones materiales en los estadosfinancieros debidas a incumplimientos de las disposiciones legalesy reglamentarias.

El auditor es responsable de:

La obtención de una seguridad razonable de que los estadosfinancieros, en su conjunto, están libres de incorreccionesmateriales, debidas a fraude o error.

En la realización de una auditoría de estados financieros, elauditor tendrá en cuenta el marco normativo aplicable.

Las disposiciones legales y reglamentarias que, de formageneralmente admitida, tienen un efecto directo en ladeterminación de las cantidades e información materiales arevelar en los estados financieros.

otras disposiciones que no tienen un efecto directo en lainformación a revelar en los estados financieros, pero cuyocumplimiento puede ser fundamental para los aspectosoperativos del negocio.

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LOS OBJETIVOS DEL AUDITOR SON:

a) Obtención de evidencia de auditoría suficiente y

adecuada del cumplimiento de las disposiciones legales

y reglamentarias que, tienen un efecto directo en la

determinación de cantidades e información materiales a

revelar en los estados financieros;

b) Aplicación de procedimientos de auditoría específicos

que ayuden a identificar casos de incumplimiento de

otras disposiciones legales y reglamentarias que puedan

tener un efecto material sobre los estados financieros; y

NIA 250

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(c) Responder adecuadamente al incumplimiento o a

la existencia de indicios de un incumplimiento de las

disposiciones legales y reglamentarias identificados

durante la realización de la auditoría.

Incumplimiento: acciones u omisiones de la entidad,

intencionadas o no, que son contrarias a las

disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

Comprenden tanto las transacciones realizadas por

la entidad, o en su nombre, como las realizadas por

cuenta de la entidad, por los responsables de su

gobierno, la dirección o los empleados.

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CONSIDERACIÓN POR EL AUDITOR DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y

REGLAMENTARIAS

Al obtener conocimiento de la entidad y de su entorno deconformidad con la NIA 3154, el auditor adquirirá unconocimiento general del:

(a) marco normativo aplicable a la entidad y al sector enel que opera; y

(b) modo en que la entidad cumple con dicho marco.

Procedimientos de auditoría cuando se identifica o existenindicios de un posible incumplimiento

(a) conocimiento de la naturaleza del hecho y de lascircunstancias en las que se ha producido

(b) información adicional para evaluar el posible efectosobre los estados financieros.

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COMUNICACIÓN DE INCUMPLIMIENTOS IDENTIFICADOS O

DE LA EXISTENCIA DE INDICIOS DE UN POSIBLE INCUMPLIMIENTO

Información sobre incumplimientos a los responsables delgobierno de la entidad

El auditor comunicará a los responsables del gobierno de laentidad las cuestiones relativas a incumplimientos de lasdisposiciones legales y reglamentarias que haya llegado a suconocimiento en el transcurso de la auditoría, siempre que nose trate de cuestiones claramente intrascendentes.

Información sobre incumplimientos en el informe de auditoríasobre los estados financieros

Si el auditor concluye que el incumplimiento tiene un efectomaterial sobre los estados financieros, y que no ha sidoadecuadamente reflejado en ellos, el auditor expresará, deconformidad con la NIA 705, una opinión con salvedades o unaopinión desfavorable sobre los estados financieros.

NIA 250

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Si la dirección o los responsables del gobierno de la

entidad impiden al auditor obtener evidencia de

auditoría suficiente y adecuada para evaluar si se ha

producido o es probable que se haya producido un

incumplimiento que pueda ser material para los

estados financieros.

Documentación

El auditor hará constar en la documentación de

auditoría los incumplimientos identificados, o los

indicios de incumplimiento, de las disposiciones

legales y reglamentarias y los resultados de las

discusiones con la dirección y, cuando proceda, con

los responsables del gobierno de la entidad, así como

con partes ajenas a la entidad.

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RESPONSABILIDAD DEL CUMPLIMIENTO DE LAS

DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS

Es responsabilidad de la dirección, bajo la supervisión de los

responsables del gobierno de la entidad, asegurar que las

actividades de la entidad se realizan de conformidad con las

disposiciones legales y reglamentarias.

Seguimiento de los requerimientos legales y verificación de

que los procedimientos operativos están diseñados para

cumplir dichos requerimientos.

Establecimiento y utilización de sistemas adecuados de control

interno.

Desarrollo, promoción y observancia de un código de

conducta.

Verificación de que los empleados están adecuadamente

formados y conocen el código de conducta.

Seguimiento del cumplimiento del código de conducta y

medidas disciplinarias adecuadas para los empleados que no

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Contratación de asesores jurídicos para facilitar el

seguimiento de los requerimientos legales.

Mantenimiento de un registro de las disposiciones

legales y reglamentarias significativas que la entidad

debe cumplir dentro de su sector, así como de un

registro de reclamaciones.

En entidades de gran dimensión, estas políticas y

procedimientos pueden complementarse mediante la

asignación de responsabilidades adecuadas:

A una función de auditoría interna.

A un comité de auditoría.

A un departamento de cumplimiento de las

disposiciones legales y reglamentarias.

NIA 250

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PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA CUANDO SE IDENTIFICA O

EXISTEN INDICIOS DE UN POSIBLE INCUMPLIMIENTO

Si el auditor descubre la existencia de las siguientes cuestiones, o

información sobre ellas, puede ser un indicio de incumplimiento de las

disposiciones legales y reglamentarias:

Investigaciones por parte de organismos reguladores o por

departamentos de la Administración, o pago de multas o sanciones.

Pagos por servicios no especificados o préstamos concedidos a

consultores, partes vinculadas, empleados o funcionarios públicos.

Comisiones por ventas u honorarios de agencia que parecen

excesivos en relación con los habitualmente pagados por la entidad o

en su sector de actividad o con los servicios realmente recibidos.

Realización de compras a precios significativamente superiores o

inferiores a los de mercado.

Pagos inusuales en efectivo, pago de compras con cheques bancarios

al portador o transferencias a cuentas bancarias cifradas.

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Transacciones inusuales con empresas domiciliadas en paraísos fiscales.

Pagos por bienes o servicios realizados a países distintos de los de procedencia de los bienes o servicios.

Pagos sin la adecuada documentación sobre control de cambios.

Existencia de un sistema de información que, voluntaria o accidentalmente, no proporciona una adecuada pista de auditoría o evidencia suficiente.

Transacciones no autorizadas o registradas inadecuadamente.

Comentarios desfavorables en los medios de comunicación.

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NIA 260COMUNICACION CON LOS

ENCARGADOS DEL GOBIERNO

CORPORATIVO

(El papel de las personas a quienes se

confía la supervisión, el control y dirección

de una entidad)

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Vigencia: Esta NIA entra en vigor en estados financieros por periodos que terminen en o después del 15 de diciembre de 2004.

El propósito

Establecer normas y proporcionar lineamientos, sobre la comunicación de asuntos de auditoría (de interés del

gobierno corporativo ) que surgen de la auditoría de los estados financieros entre el auditor y los encargados del gobierno corporativo de una entidad.

Esta NIA no proporciona lineamientos sobre comunicaciones de parte del auditor a partes fuera de la entidad. por ejemplo. Dependencias reglamentadoras o supervisoras externas.

NIA 260

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EL AUDITOR

DEBERA: Comunicar los asuntos de auditoría de interés del

mando, que surjan de la auditoría de los estados financieros.

A QUIENES? encargados del mando de una entidad.

Deberá determinar las personas relevantes que estén a cargo de! gobierno corporativo

Determinar con quienes se comunican los asuntos de auditoría e interés del gobierno corporativo.

considerara las responsabilidades legales de dichas personas.

En entidades donde se ha establecido un comité de auditoría, el auditor puede decidir comunicarse con el comité de auditoría, o con todo el consejo, dependiendo de la importancia de los asuntos de auditoría de interés del gobierno corporativo

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Informar al gobierno corporativo sobre las

representaciones erróneas no corregidas

acumuladas por el auditor durante la auditoría,

las cuales determinó la administración que no

eran de importancia relativa, ni en lo individual

ni en el agregado, para los estados financieros

tomados como un todo.

Oportunidad de las comunicaciones

Lo cual hace posible a los encargados del mando

tomar la acción apropiada, puede comunicar

dicho asunto más pronto de lo convenido.

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Formas de

comunicaciones

Forma oral o por escrito:

El tamaño, estructura de operaciones. estructura

legal. y procesos de comunicación de la entidad

que se audita.

La naturaleza, sensibilidad e importancia de los

asuntos de auditoría.

Los convenios hechos con respecto a reuniones

periódicas o información solicitada.

La cantidad de contacto permanente y diálogo

que el auditor tenga con el gobierno corporativo.

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Forma oral

El auditor documenta en los papeles de trabajo

los asuntos comunicados y respuestas a dichos

asuntos.

El auditor inicialmente comenta asuntos de

auditoría de interés del mando con la

administración, excepto cuando estos se

relacionan con cuestiones de competencia o

integridad de la administración.

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GOBIERNO

CORPORATIVOSon responsables de asegurar que la entidad logre sus objetivos,

• Respecto de la confiabilidad de la información financiera,

• efectividad y eficiencia de las operaciones,

• cumplimiento con las leyes aplicables,

• y de informar a las partes interesadas.

Los encargados del mando incluyen la administración sólo cuando

desempeña dichas funciones.

Las estructuras varían de un país a otro reflejando antecedentes

culturales y legales.

El auditor llega a un acuerdo con la entidad respecto a con quién se han

de comunicar los asuntos de auditoría de interés del mando;

Cuando:

la estructura no está bien definida,

los encargados del mando no están claramente identificados por las

circunstancias del trabajo, o por la legislación.

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Corrección al dictamen:

Si se requiere modificación(NIA 700, no pueden considerarse como sustituto las

comunicaciones entre el auditor y los encargados del gobierno corporativo)

El auditor considera:

Si los asuntos previamente comunicados pueden tener un efecto en los estados

financieros del año actual.

Si el punto sigue siendo un asunto de interés del gobierno corporativo y/o si debe

comunicar el asunto de nuevo a los encargados de él.

Confidencialidad

Los requisitos de los organismos contables profesionales nacionales, de la

legislación o reglamentación pueden imponer obligaciones de confidencialidad.

las comunicaciones se refiere a dichos requisitos, leyes y reglamentos antes de

comunicarse con los encargados del gobierno corporativo.

En algunas circunstancias, los conflictos potenciales con las obligaciones éticas y

legales de confidencialidad y de informar del auditor pueden ser complejos. En estos

casos, el auditor puede desear consultar a un asesor legal.

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ASUNTOS DE AUDITORÍA DE

INTERÉS DEL GOBIERNO

CORPORATIVOSon aquéllos que surgen de la auditoría de los estados financieros y, en la opinión del auditor, son importantes y, relevantes para los encargados del mando para supervisar el proceso de información financiera y revelación.

Incluyen sólo aquellos asuntos que han llegado a la atención del auditor como resultado del desempeño de la auditoría.

No se requiere del auditor,

En una auditoría conforme a NIAs,

Al diseñar procedimientos para el propósito específico de identificar asuntos de interés del mando.

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CARTA COMPROMISO DE

AUDITORÍA Comunicará sólo aquellos asuntos interés del gobierno corporativo.

Describirá la forma en que se harán las comunicaciones sobre

asuntos de auditoría;

Identificará a las personas relevantes con quienes se harán dichas

comunicaciones;

Identificará asuntos de auditoría específicos de interés del gobierno

corporativo que se ha convenido que deben comunicarse.

INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD PROFESIONAL

La efectividad de las comunicaciones se enriquece al desarrollar una

relación de trabajo constructiva entre el auditor y los encargados del

gobierno corporativo.

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ASUNTOS QUE HAN DE

COMUNICARSE

Enfoque general y alcance global de la auditoría, incluyendo limitaciones.

Selección de, o cambios en. políticas y prácticas contables importantes que

puedan tener, un efecto sobre los estados financieros.

Efecto potencial sobre los estados financieros de riesgos y exposiciones

importantes, (litigios pendientes)

Ajustes de auditoría, ya sea que se registren o no, por la entidad, que

pudieran tener, un efecto importante sobre los estados financieros de la

entidad.

Incertidumbres de importancia relativa relacionadas a sucesos y

condiciones que puedan proyectar duda sobre la capacidad de la entidad

para continuar como un negocio en marcha;

Desacuerdos con la administración sobre asuntos importantes para los

estados financieros o para el dictamen del auditor.

Estas comunicaciones incluyen consideración de si el asunto ha sido

o no. resuelto y la importancia del asunto.

Modificaciones esperadas al dictamen del auditor.

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Otros asuntos

Que justifiquen la atención de los

encargados del mando, tales como:

debilidades significativas en el control interno,

cuestiones respecto de la integridad de la

administración y

fraude que implique a la administración.

Page 27: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Perspectiva del Sector

Público Los principios básicos contenidos en esta NIA se aplican a la auditoría de estados

financieros del sector público.

Los tipos de asuntos que puedan ser de interés al órgano de mando pueden ser

más amplios que los tipos de asuntos analizados en la NIA, los cuales están

relacionados directamente a la auditoría de los estados financieros.

Los mandatos del sector público pueden requerir asuntos que se relacionen con:

a) Cumplimiento con los requisitos legislativos o reglamentarios y las autoridades

relacionadas.

b) Lo adecuado de los sistemas de control interno.

c) La economía, eficiencia y efectividad de programas, proyectos y actividades.

3. Para los auditores del sector público, las comunicaciones por escrito de los

auditores pueden ponerse al conocimiento público.

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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 265

COMUNICACIÓN DE LAS DEFICIENCIAS EN EL CONTROL INTERNO A LOS

RESPONSABLES DEL GOBIERNO Y A LA DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD

Page 29: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Alcance NIA 265La responsabilidad que tiene el auditor de comunicar

adecuadamente, a los responsables del gobierno de la entidad

y a la dirección, las deficiencias en el control interno que

haya identificado durante la realización de la auditoría de los

estados financieros.

No impone responsabilidades adicionales al auditor con

respecto a la obtención de conocimiento del control.

No impide que el auditor comunique a los responsables del

gobierno de la entidad y a la dirección cualquier otra cuestión

sobre el control interno que el auditor haya identificado

durante la realización de la auditoría.

Page 30: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Identificación y valoración del riesgo

de incorrección material :

Al efectuar valoraciones del riesgo, el

auditor tiene en cuenta el control interno

con el fin de diseñar procedimientos de

auditoría adecuados a las circunstancias, y

no con la finalidad de expresar una opinión

sobre la eficacia del control interno.

Page 31: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Objetivo del Auditor

Comunicar adecuadamente a los

responsables del gobierno de la entidad

y a la dirección las deficiencias en el

control interno identificadas durante la

realización de la auditoría y que, según

el juicio profesional del auditor, tengan

la importancia suficiente para merecer la

atención de ambos.

Page 32: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Deficiencia en el control interno.

Existe una deficiencia en el control interno cuando:

(i)un control está diseñado, se implementa u opera

de forma que no sirve para prevenir, o detectar y

corregir incorrecciones en los estados financieros

oportunamente; o

(ii)no existe un control necesario para prevenir, o

detectar y corregir, oportunamente, incorrecciones en

los estados financieros.

(b)Deficiencia significativa en el control interno: o

conjunto de deficiencias que, según el juicio

profesional del auditor, tiene la importancia suficiente

para merecer la atención de los responsables del

gobierno de la entidad.

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Requerimientos El auditor determinará:

si, sobre la base del trabajo de auditoría realizado, ha identificado una o más deficiencias en el control interno

Sobre la base del trabajo de auditoría realizado, si, individualmente o de manera agregada, constituyen deficiencias significativas

El auditor comunicará:

A los responsables del gobierno de la entidad, por escrito y oportunamente, las deficiencias significativas en el control interno identificadas durante la realización de la auditoría.

Al nivel adecuado de responsabilidad de la dirección

(a)por escrito, las deficiencias significativas en el control interno a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que, teniendo en cuenta las circunstancias, su comunicación directa a la dirección resulte inadecuada;

(b)otras deficiencias, identificadas durante la realización de la auditoría que no hayan sido comunicadas a la dirección por otras partes y que, según el juicio profesional del auditor, tengan la importancia suficiente para merecer la atención de la dirección

Page 34: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Comunicación escrita

Deficiencias significativas en el control

interno:

(a)Descripción de las deficiencias y una

explicación de sus posibles efectos; y

(b)información suficiente para permitir a

los responsables del gobierno de la

entidad y a la dirección comprender el

contexto de la comunicación.

Page 35: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

La comunicación por escrito Refleja la importancia de estas cuestiones y facilita a los

responsables del gobierno de la entidad el cumplimiento de sus

responsabilidades de supervisión.

En Entidades cotizadas, la recepción de la comunicación escrita

debe ser antes de la fecha de aprobación de los estados

financieros, con el fin de cumplir responsabilidades específicas

relativas al control interno a efectos normativos o de otro tipo.

Para otras entidades, el auditor puede emitir la comunicación

escrita en una fecha posterior; Sin embargo, en este último caso,

como la comunicación escrita del auditor sobre deficiencias

significativas forma parte del archivo final de auditoría, dicha

comunicación escrita está sujeta al requerimiento fundamental de

que el auditor finalice la compilación del archivo final de auditoría

oportunamente.

La NIA 230 (plazo adecuado no excede de 60 días desde la

fecha del informe de auditoría.)

Page 36: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

CONTENIDO DE LA COMUNICACIÓN ESCRITA:

El auditor también puede incluir sugerencias sobre las

medidas correctoras de las deficiencias, las respuestas

decididas o propuestas por la dirección, así como una

declaración relativa a si el auditor ha dado algún paso

para verificar si se han implementado las respuestas

de la dirección.

Las disposiciones legales pueden requerir una copia de

la comunicación escrita del auditor sobre deficiencias

significativas a las autoridades reguladoras

Page 37: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Determinación “ si se han identificado deficiencias

en el control interno”

Para determinar si el auditor ha identificado una o más deficiencias en

el control interno, él puede:

Discutir los hechos y circunstancias relevantes relativas a sus

hallazgos con el nivel adecuado de la dirección

Obtener otra información relevante que tendrá en cuenta

posteriormente, como:

El conocimiento que tiene la dirección sobre las causas reales o

supuestas de las deficiencias.

Las excepciones por deficiencias en las que pueda haber reparado

la dirección; por ejemplo, incorrecciones que no fueron evitadas por

los controles relevantes de las tecnologías de la información (TI).

Page 38: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Consideraciones específicas

(Entidades de pequeña dimensión) Diferirán en cuanto al grado de formalización con que se

aplican.

Las entidades de pequeña dimensión pueden considerar innecesarios determinados tipos de actividades de control debido a los controles aplicados por la dirección.

Suelen tener menos empleados, lo que puede limitar la posibilidad de segregación de funciones.

En una entidad de pequeña dirigida por un propietario-gerente, éste puede llegar a ejercer una supervisión más eficaz que en una entidad de gran dimensión.

Este mayor nivel de supervisión por parte de la dirección debe ponderarse con la mayor probabilidad de que la dirección eluda los controles.

Page 39: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Deficiencias significativas en el

control interno

La significatividad de una deficiencia

depende no sólo de si se ha

producido realmente alguna

incorrección, sino también de la

probabilidad de que se pueda

producir y de la posible magnitud de

la incorrección.

Page 40: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Hora de determinar una

deficiencia:El auditor puede tener en cuenta cuestiones :

La probabilidad de que las deficiencias den lugar en el futuro

a incorrecciones materiales en los estados financieros.

La exposición del activo o pasivo correspondiente a pérdida

o fraude.

La subjetividad y complejidad a la hora de determinar

cantidades estimadas, Ej: estimaciones contables a valor

razonable.

Las cantidades en los estados financieros que podrían estar

afectadas por las deficiencias.

El movimiento que se ha producido o podría producirse en el

saldo de las cuentas o los tipos de transacciones.

Page 41: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

La importancia de los controles en relación con el proceso de información financiera; por ejemplo: Controles generales de seguimiento (como la supervisión de la dirección).

Controles sobre la prevención y detección del fraude.

Controles sobre la selección y aplicación de políticas contables significativas.

Controles sobre las transacciones significativas con partes vinculadas.

Controles sobre las transacciones significativas ajenas al curso normal del negocio.

Controles sobre el proceso de información financiera al cierre del periodo (tales como controles sobre asientos no recurrentes en el libro diario).

La causa y frecuencia de las excepciones detectadas como consecuencia de las deficiencias de los controles.

Page 42: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

indicadores de deficiencias

significativas en el control interno

Indicios de que los responsables no están examinando

adecuadamente transacciones significativas en las que la

dirección tiene intereses financieros.

La identificación de fraude de la dirección, sea o no material,

que el control interno de la entidad no evitó.

La falta de implementación por la dirección de medidas

correctoras adecuadas en relación con deficiencias

significativas comunicadas con anterioridad.

La ausencia de un proceso de valoración del riesgo dentro de

la entidad, cuando normalmente cabría esperar que se

hubiera establecido dicho proceso.

Page 43: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Evidencia de una respuesta ineficaz ante

riesgos significativos identificados (por ejemplo,

ausencia de controles sobre dichos riesgos).

Incorrecciones detectadas por los

procedimientos del auditor que el control

interno de la entidad no evitó, o bien no detectó

ni, por tanto, corrigió.

La reformulación de estados financieros

publicados anteriormente con el fin de reflejar

la corrección de una incorrección material

debida a error o fraude.

Page 44: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Los

controlesSe pueden diseñar para que funcionen de forma individual o en

combinación con otros con el fin de prevenir, o detectar y corregir, eficazmente las incorrecciones

En auditorías de entidades cotizadas , pueden requerir que el auditor comunique a los responsables del gobierno de la entidad o a otras partes relevantes (autoridades reguladoras) uno o más tipos específicos de deficiencias .

El auditor, empleará términos y definiciones de conformidad con el requerimiento legal o reglamentario, cuando las disposiciones hayan establecido términos y definiciones específicos para dichos tipos de deficiencias

Es posible que el auditor aplique su juicio para determinar las cuestiones que vayan a comunicarse más allá del requerimiento legal o reglamentario, cuando la jurisdicción haya establecido términos específicos para la comunicación, pero no haya definido dichos términos.

Page 45: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

El auditor puede, en primera instancia, comunicarlas verbalmente a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, con el fin de facilitarles la adopción oportuna de medidas correctoras para minimizar los riesgos de incorrección material.

El grado de detalle de la comunicación de las deficiencias significativas lo decidirá el auditor, ejerciendo su juicio profesional, a la luz de las circunstancias que concurran.

factores para determinar el grado de detalle : La naturaleza de la entidad. (Entidad de interés público distinto

entidad que privada.

La dimensión y la complejidad de la entidad. (una entidad compleja diferente a la entidad cuyo negocio es simple.

La naturaleza de las deficiencias significativas que el auditor ha identificado.

La composición del gobierno de la entidad. ( mayor grado de detalle si entre los responsables del gobierno de la entidad hay miembros que no tienen experiencia significativa en el sector en el que opera la entidad o en las áreas afectadas)

Los requerimientos legales o reglamentarios relativos a la comunicación de tipos específicos de deficiencias en el control interno.

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IMPORTANTE:

Aunque el auditor haya comunicado una deficiencia significativa a los responsables del gobierno de la entidad y a la dirección en una auditoría anterior, continúa siendo necesario que el auditor repita dicha comunicación si aún no se han adoptado

medidas correctoras.

El auditor puede preguntar el motivo por el que la deficiencia significativa aún no se ha corregido.

El hecho de no actuar, en ausencia de una explicación racional, puede suponer en sí mismo

una deficiencia significativa.

Page 47: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensiónl

El auditor puede comunicarse con los responsables del gobierno de la

entidad de una manera menos formal que en el caso de entidades de

gran dimensión.

Comunicación a la dirección de

deficiencias en el control interno

Por lo general, el nivel adecuado de la dirección es el que tiene la

responsabilidad y autoridad necesarias para evaluar las deficiencias en

el control interno y adoptar las medidas correctoras necesarias.

En el caso de deficiencias significativas, el nivel adecuado

probablemente sea el presidente ejecutivo o el director financiero, ya que

también se requiere que estas cuestiones se comuniquen a los

responsables del gobierno de la entidad.

En cuanto a otras deficiencias en el control interno, el nivel adecuado

puede ser la dirección operativa que participe de forma más directa en

las áreas de control afectadas y tenga autoridad para adoptar las

medidas correctoras adecuadas.

Page 48: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Comunicación a la dirección de

deficiencias significativas en el control

interno

Determinadas deficiencias significativas pueden

poner en duda la integridad o la competencia

de la dirección, no siendo adecuado

comunicarlas directamente a la dirección.Por ejemplo, puede haber evidencia de fraude o de

incumplimiento intencionado de las disposiciones

legales y reglamentarias por parte de la dirección, o se

puede poner de manifiesto la incapacidad de la

dirección para supervisar la preparación de estados

financieros adecuados.

Page 49: Nias 250 260-265 CRISITIAN SÁNCHEZ - CAROLINA MILLAN

Comunicación a la dirección de otras

deficiencias en el control interno

La determinación de estas otras deficiencias se hará

ejerciendo el juicio profesional, a la luz de las

circunstancias, teniendo en cuenta la probabilidad y la

posible magnitud de las incorrecciones que puedan

afectar a los estados financieros como consecuencia

de dichas deficiencias.

Lacomunicación de estas, no han de realizarse

necesariamente por escrito, sino que puede ser verbal.